12 febrero 2008

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ORDENANZA N° 006-2008-MPC
Cañete, 31 de Enero de 2008.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de Enero de 2008; el Informe Legal Nº 807-2007-AS.LEG-MPC de fecha 28 de noviembre de 2007 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de esta Municipalidad, en la cual presenta proyecto de ordenanza por concepto de expedición de partidas de Registro Civil a favor de las personas con discapacidad;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 333-2003-JEF/RENIEC de fecha 17 de julio de 2003, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobó la Campaña de tramitación y expedición del Documento Nacional de Identidad para personas con discapacidad, adultos mayores que viven en hospicios, miembros de las comunidades nativas y menores de edad, en forma gratuita en número de 67,500, a realizarse desde el 20 de julio hasta el 31 de diciembre del 2003.
Que, según lo dispuesto por el Art. 84º inciso 2.4 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es función específica exclusiva de los gobiernos locales organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo de niños adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación;
Que, corresponde al Concejo Municipal, a tenor de lo dispuesto por el artículo 9º numeral 9) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley, dispositivo que concuerda con el artículo 40º de la ley precitada que establece la aprobación de dichos actos mediante Ordenanza;
Estando al dictamen de la Comisión de Desarrollo Social y a la visación de la Gerencia Municipal, en uso de las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta; se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- EXONERESE del pago de derecho por concepto de expedición de partidas de Registro Civil, a las personas con Discapacidad debidamente empadronadas en la Oficina de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED) de la Municipalidad Provincial de Cañete.
Artículo 2º.- Entiéndase que el petitorio para acogerse a la presente Ordenanza es de carácter personal.
Artículo 3º.- El presente beneficio rige hasta el 31 de diciembre del 2010.
Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal y a la Unidad de Registro Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo 5º.- Encargar a la Secretaría General, la publicación y difusión del presente Dispositivo Municipal.
REGISTRESE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE

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