19 julio 2009

GOBIERNO OFICIALIZA DECRETO PARA ACELERAR EJECUCIÓN DE OBRAS Y CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS...

El Gobierno hizo oficial ayer un Decreto de Urgencia que otorga mejores condiciones para que las entidades del Estado, como ministerios, gobiernos regionales y gobiernos locales, aceleren la contratación de bienes y servicios y la ejecución de obras en beneficio de la población a nivel nacional.
Dicha norma, suscrita por el jefe de Estado, Alan García Pérez, busca dinamizar la economía fomentando la producción, la generación de más empleo y la infraestructura y servicios públicos. El decreto 078-2009, aprobado en el marco del Plan de Estímulo económico, establece que las entidades públicas realizarán la contratación de bienes y servicios siguiendo los procedimientos dispuestos en los artículos 2º al 12º del Decreto de Urgencia Nº 041-2009.
«Siempre que la contratación corresponda a una licitación mayor o concurso público conforme a la Ley de Presupuesto del sector Público y su valor referencial no sea mayor a 550 mil nuevos soles». En los casos de contratación de servicios de consultoría de obras para la elaboración del expediente técnico deberán corresponder a un concurso público y se sujetarán a lo dispuesto al referido Decreto de Urgencia Nº 041-2009, en los artículos 2º al 12º.

Adjudicación directa
Asimismo, las entidades públicas contratarán bienes, servicios y obras a través de un proceso de adjudicación directa y adjudicación de menor cuantía en un menor plazo. En los casos de adjudicación directa de bienes, servicios y obras se reduce el plazo de los procesos de selección de 54 días hábiles a 34 días hábiles entre la convocatoria y la suscripción del contrato respectivo.
Para la adjudicación de bienes, servicios y obras de menor cuantía se reduce el plazo de 49 días hábiles a 25 días hábiles.
En la contratación de bienes y servicios a través de un proceso de adjudicación de menor cuantía se reduce el plazo de los procesos de selección de 33 días hábiles a 18 días hábiles.
La aplicación de la norma no irrogará gasto adicional al erario nacional. Por el contrario tiene como objeto agilizar las contrataciones de bienes, servicios y obras, lo cual contribuirá a minimizar los riesgos de afectación del aparato estatal y permitirá el desarrollo y el crecimiento de la economía nacional.
El Decreto de Urgencia aprobado por el jefe de Estado, que comprende 38 artículos, dos Disposiciones Complementarias Finales y dos Disposiciones Complementarias Transitorias, es publicado en la edición de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

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