17 agosto 2009

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

ACUERDO DE CONCEJO Nº 026-2009/MDCA

«Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa»

Cerro Azul, 15 de Agosto del 2009

EL CONCEJO DISTRITAL DE CERRO AZUL - CAÑETE

VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, estando próximos a cumplirse dos años del movimiento telúrico ocurrido en la zona sur del país, incluido nuestro Distrito de Cerro Azul, con resultados de consideración que afectaron la salud y la vida de las personas, así como ocasionó perdidas materiales de consideración, el Concejo Municipal, analizó a través de cuadros estadísticos el caso relativo a nuestros vecinos damnificados de la localidad a la actualidad.

Que, del número total de damnificados, se ha determinado que a la fecha son 268, los que aún no se les ha entregado el «BONO 6000», pese a que recibieron la CONSTANCIA que los califica como tales hace más de un año.

Que, otro caso que merece especial atención es el de las 298 familias, que teniendo condición de damnificados, por motivos burocráticos no recibieron la CONSTANCIA que los acredita como tales, lo que les imposibilita tener acceso a la entrega del «BONO 6000», por haberse suspendido la entrega de dichas constancias en cumplimiento al cuestionado D.S. 012-2009-PCM que dispuso, entre otros aspectos la conclusión de las acciones de emisión y entrega de las Constancias de Damnificado para el otorgamiento del «BONO 6000» respecto de los damnificados del terremoto del 15 de agosto del 2007;

Que, en total, en el DISTRITO DE CERRO AZUL, no recibieron «BONO 6000» un total de 566 DAMNIFICADOS, lo que debe entenderse que son «familias» en esas condiciones por lo que la cifra resulta considerable, y merece un pronunciamiento por el pleno del Concejo Municipal.

Que, es de resaltarse, que el Comité Distrital de Defensa Civil de Cerro Azul, ha remitido las ultimas listas de los damnificados el ocho de setiembre del 2008 al INDECI y a la SUNARP-CAÑETE; mucho antes que se expida el cuestionado D.S. 012-2009-PCM publicado el 19 de febrero de este año en el Diario El Peruano.

Que, el Concejo Municipal de Cerro Azul, se ha expresado públicamente mediante el Acuerdo de Concejo Nro. 042-2008-MDCA publicado en el Diario Oficial «El Peruano» el 25 de febrero del 2009, haciendo conocer su preocupación y dirigiendo la misma a la Presidencia del Consejo de Ministros, para trasmitir el malestar de la Población damnificada de nuestro Distrito por la demora incurrida en el otorgamiento de la Subvención por «Bono 6000» a favor de los Damnificados.

Que, de otro lado, existen también fundamentos legales para cuestionar el precitado Decreto Supremo 012 -2009 PCM, el mismo que atenta no solo contra los derechos adquiridos por los Damnificados a quienes se les impide acceder al «BONO 6000» (ayuda social), aprobado mediante el Decreto de Urgencia Nro. 023-2007, en el cual no se ha establecido fecha de conclusión; sino que además, se atenta contra el «Principio de la Jerarquía de las normas» pues mediante un Decreto Supremo no puede modificarse disposiciones emitidas con rango de Ley como lo es el Decreto de Urgencia referido; y también atenta contra el «Principio de irretroactividad de las normas» consagrado en el Art. 103 de la Constitución Política del Estado, en virtud del cual, la Ley se aplica sólo a las consecuencias de las relaciones y situaciones Jurídicas existentes y no tiene fuerza ni efectos retroactivos, salvo por excepción así declarada, que no es el caso.
Estando a lo expuesto, se concluye que el cuestionado D.S. 012-2009-PCM afecta los derechos de los Damnificados cuyos listados han sido aprobados y remitidos a las entidades competentes con fecha anterior al 19 de febrero del 2009; razón por la cual el Concejo Municipal como representante del Vecindario del Distrito de Cerro Azul, no puede dejar de transmitir al Gobierno Central, el malestar de la Población Damnificada contra el referido Decreto Supremo, por la demora en la entrega del «Bono 6000», y por haber declarado la caducidad del mismo respecto de damnificados reconocidos con anterioridad; solicitando en consecuencia su derogatoria y/o la modificación a fin que no se afecten los derechos adquiridos de nuestros vecinos como ha quedado precisado.
En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, el Concejo Municipal por acuerdo unánime de los Señores Regidores expresado en la Sesión Extraordinaria del 15 de Agosto de 2009, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

SE ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Solicitar al Gobierno Central la derogatoria y/o la modificación del D.S. 012-2009-PCM, a fin que sus alcances no afecten los derechos de los Damnificados, cuyos listados han sido aprobados y remitidos por los Comités Distritales de Defensa Civil a las entidades competentes con fecha anterior al 19 de febrero del 2009.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Solicitar al Gobierno Central la reanudación inmediata de los tramites para el otorgamiento de la Subvención por Perdidas Materiales «Bono 6000» a favor de los Damnificados a consecuencia del Terremoto del 15 de Agosto del 2007, conforme a los listados aprobados que se encuentran en las entidades competentes, Banco de Materiales, INDECI, SUNARP.

ARTÍCULO TERCERO.- Remitir Copia Certificada del presente Acuerdo a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Ministro de Vivienda, Saneamiento y Construcción, al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), al Gobierno Regional de Lima, a la Municipalidad Provincial de Cañete para su conocimiento y fines pertinentes.

REGISTRESE, COMUNIQUESE y PUBLIQUESE

JUANA RASPA VDA. DE PAÍN
ALCALDESA

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