29 junio 2012

JAVIER ALVARADO EN PROBLEMAS POR CASO TELEFONICA - LUNAHUANA

Según informa el diario El Comercio, en su edición del día 26 de Junio del presente, la Fiscalía de Cañete presentó una acusación contra el presidente Regional Javier Alvarado Gonzales del Valle, por 3 delitos: Por Colusión, Delito contra la Fé Pública y Falsedad Genérica.

ACUSACION BASADA EN PERITAJE DE CONTRALORIA
Un peritaje de la Contraloría habría determinado que Alvarado cometió los 3 delitos cuando fue alcalde del distrito de Lunahuaná entre 1999 y el 2002. Habría favorecido a un ejecutor coactivo contra una empresa y recibido pagos indebidos.
La Fiscal Elizabeth Vadillo denunció penalmente al presidente regional y solicitó 6 años de pena privativa de su libertad, el pago de 50 mil soles de Reparación Civil a favor de la Municipalidad de Lunahuaná y la suspensión por 2 años para ejercer cualquier cargo público.
La denuncia se basa en el peritaje y auditoría contable que realizó la Contraloría General de la República a las cuentas de la Municipalidad de Lunahuaná en el periodo en que el acusado fue su alcalde distrital.
Según la demanda se ha determinado mediante el informe de Contraloría, que Alvarado dispuso contratar los servicios de un ejecutor coactivo para que trabe embargo por la vía coactiva a las cuentas bancarias de la empresa Telefónica, en favor de esa comuna por casi 3´489,000 soles.
El informe de Contraloría habría determinado que de ese monto cobrado por la empresa Reften SAC, Alvarado les asignó el 35% (1´221,000 soles), sin conocimiento ni aprobación del Pleno de regidores, lo cual fue considerado como Pago Indebido. Además de los 2´268,000 soles que deberían ingresar a las arcas municipales, sólo ingresaron 252 mil soles, desconociéndose el destino de los 2´016,000 soles restantes.
Según el peritaje y auditoría, ha quedado demostrado que Alvarado concertó con la empresa Reften SAC para celebrar un contrato ilegal y beneficiarse con el dinero embargado, destinándolo a presuntas e inexistentes obras, valiéndose de actos fraudulentos que perjudicaron a la Municipalidad y al Estado, señala la denuncia Fiscal.
En esta denuncia también se encuentra comprendidos los ex regidores de Lunahuaná: José Antonio Espinoza Peña (Ex Alcalde Provincial de Cañete que sucedió en el cargo a Javier Alvarado), Pascuala Victoria Chuquispuma Mayta, Manuel José Hurtado Yactayo, Felipe Sánchez, y Gregorio Gabriel Sánchez De La Cruz; además 3 ex funcionarios y 2 representantes de la empresa Reften SAC.
Hay que señalar por caso similar ya se encuentra sentenciado el Alcalde de Chilca, Numa Rueda, así como los representantes de la empresa Reften SAC, que están involucrados tanto por el caso de Chilca como de Asia; mientras que por el caso de Asia, hay dos funcionarios ediles sentenciados, y se encuentran no habidos tanto el Alcalde de Asia, José Arias Chumpitaz, como la consejera regional Liliana Torres Castillo.

SAN PEDRO: FELIZ DIA PESCADOR

El 29 de Junio de cada año celebramos la Festividad de San Pedro y San Pablo. Hablar de San Pedro es hablar del pescador, por lo tanto nos lleva a pensar en la población de Cerro Azul y todos los pueblos que viven alrededor de la costa peruana. Este año en Cerro Azul ocurrirá algo muy importante por vez primera los devotos de San Pedro utilizar el habito que los identifica como devotos de San Pedro, esto ayuda unificar en una misma fe y también a mejorar la vida personal y familiar. La vida del pescador es muy sacrificada, estar horas, días, semanas y muchas veces meses fuera de la familia, buscando con mucha fe y esperanza de llevar a buen puerto una buena pesca, arriesgando su vida por el clima del mar, pasar frio, lleva a ver al pescador como una persona admirable y digna de ejemplo para muchos jóvenes y niños.
La vida de San Pedro nos ayuda a acercarnos más a Jesús, él subió a la barca de Pedro y juntos mar adentro, obtuvieron una pesca maravillosa que tuvieron que buscar más embarcaciones porque no podían más. Jesús elige al hombre sencillo y humilde de mar, como Cabeza de la Iglesia. Es un día para rezar por quien representa a San Pedro, el Papa Benedicto XVI. «Donde esta Pedro, esta Cristo». Que sea un día para unirnos más a la Iglesia que nos cuida y protege nuestra vida espiritual, Iglesia que el mismo Cristo el fundo, porque todos necesitamos de la gracia de Dios que da paz y fuerza espiritual. Lo que hace grande al ser humano es reconocer nuestros errores para mejorar, por ello los sacramentos dejados por Cristo son las herramientas para superarnos cada día y llegar un día al cielo.

ALCALDESA PROVINCIAL INAUGURÓ MODERNA INFRAESTRUCTURA EN PALACIO MUNICIPAL

«La construcción de la ampliación del segundo y tercer piso de palacio municipal, significa un gran avance en la administración municipal, porque abre las puertas a la modernidad y al progreso que tanto nos exige este mileno», expresó la alcaldesa de la provincia de Cañete, María Montoya Conde, al momento de la inauguración de la nueva infraestructura de palacio municipal.
Los nuevos ambientes, cuenta con sótano con estacionamiento, modernas y amplias oficinas con mamparas de vidrios, servicios higiénicos amplios y adecuados para la cantidad de público que acuden para realizar diversas gestiones; también se cuenta con rampas para las personas con discapacidad, modernos ascensores.
Esta nueva infraestructura ha sido diseñado con acabos de primera calidad, que permite tener una buena presentación al público que visita el municipio provincial.
María Elsa Vásquez (trabajadores de la MPC) y José López Cubillas, ex funcionario del concejo edil, fueron los encargados de develar la placa recordatoria. Asimismo, Luci Vicente y el Dr. Emilio Prado Macalupú ( ex trabajador municipal), fueron los encargados de romper el champan; de igual forma, el teniente alcalde, Juan Suarez Gómez y Elvira González, procedieron con el corte de cinta.
Participaron además del acto de inauguración los alcaldes distritales de Mala (Víctor Hugo Carbajal Gonzáles), Calango ( Juan Huapaya Ávila), Chilca ( Alfredo Chauca Navarro), Santa Cruz de Flores ( Dr. Pedro Riega Guerra) y del distrito de Cerro Azul, (Hugo Rivas Sánchez); también estuvieron presente el Cdte. Rudy León Zaa (Comisario de San Vicente); Ing. Genaro de Paz Moreno, Gerente General de la Unidad Ejecutora Lima Sur; Dr. Emilio Prado Macalupú (Fiscal de Prevención del Delito); Pbro. Alejandro Zelada Villalobos, Párroco de San Vicente; regidores, gerentes, funcionarios, trabajadores y público.

MUNICIPIO BRINDO AYUDA A FAMILIA DAMNIFICADA DE ASENTAMIENTO HUMANO COLINA BLANCA

El burgomaestre del distrito de Cerro Azul, Hugo Rivas Sánchez se apersonó la mañana del día de ayer, Jueves 28, al domicilio de la Señora Ana Goycochea Rojas, que domicilia en el Asentamiento Humano Colina Blanca, con la finalidad de brindarle ayuda material, al haberse perdido parte de sus enseres, producto del incendio que se registró en la humilde vivienda de esta pobladora, hecho que se registró al promediar las 01:30hrs. (1:30am.) del día martes 26 de los corrientes.
Como se recuerda, en este grave incidente, resultó con quemaduras de segundo grado el menor de iniciales A.C.G. de tan solos siete años, el mismo que luego de ser llevado de urgencia a un nosocomio local (Hospital Rezola) fue derivado hacia el Hospital Guillermo Almenara Irigoyen donde se recupera, estando al cuidado de su madre.
Es por ello que, la primera autoridad edilicia asistió a la vivienda afectada, en compañía del primer regidor Víctor Aquije Francia, el Secretario Técnico de Defensa Civil Armando Gutiérrez Meneses y la Jefa de DEMUNA Sra. Rosa Rojas Vicente, quienes hicieron entrega de diversos enseres y artículos que permitirán que la familia que quedó desamparada pueda rehacer su vida cotidiana.
Fue así que el Alcalde Hugo Rivas Sánchez, pudo entregar a la menor Dayana Goicochea Rojas de lo siguiente: cinco camas plegables, cinco colchonetas, cinco frazadas, un bidón de 150 litros (para almacenar agua), dos baldes de 15 lts. c/u. seis platos tendidos, seis platos hondos y seis tazones, todo ello en presencia del Presidente del Asentamiento Humano señor Gaspar Colana y un grupo de pobladoras que saludaron esta iniciativa solidaria del concejo municipal cerroazuleño.
La ayuda fue coordinada con la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial y del Gobierno Regional de Lima, comprometiéndose –igualmente- el Alcalde del denominado «Puerto de los Ensueños» a brindar ayuda con uniformes y útiles escolares a los 5 menores integrantes de esta familia, así como a reparar parte de la vivienda dañada, como una manera de contribuir a que puedan seguir haciendo su vida en condiciones que le permita salir de este difícil momento que le ha tocado vivir.

120 PADRES DE FAMILIA DE LA I.E. Nº 325, RECIBIERON CHARLA SOBRE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR

Continuando con el desarrollo del Plan de Persecución Estratégico del Delito, el Ministerio Público a través de la Unidad de Asistencia a Victimas y Testigos del Distrito Judicial de Cañete, brindó una charla denominada: «Prevención de la Violencia Familiar», cuyo objetivo era que los participantes conozcan sus derechos y logren una vida familiar sin violencia.
Este evento tuvo una participación de un total de 120 padres familias y se desarrolló en el auditorio del CEBE Nº 4 de la I.E. Nº 325, ubicado en el AA.HH. Nº 8 del distrito de Imperial.
Los representantes del Ministerio Público, que brindaron esta charla fueron: el Abogado, Dr. Pedro Ordóñez Álvarez, la Psicóloga Rosa Escarlet Aguirre Rojas y la Asistente Social, Elena Aquino Ramos, integrantes de la UDAVIT de Cañete.
Luego de las exposiciones, los padres de familia hicieron una serie de consultas e interrogantes que fueron amablemente absueltas por los profesionales, recomendándoles además, que en caso de ser victimas de alguna forma de violencia realicen su denuncia en la Fiscalía de Familia o en la comisaría más cercana.
Al terminar esta importante charla, se hizo entrega de lapiceros y material de difusión sobre la prevención de la violencia familiar, funciones del ministerio publico y funciones de la Udavit a todos los participantes quienes mostraron su agradecimiento.

PROCESO CONTRA LILIANA TORRES SE «QUEBRO» HACE MAS DE UNA SEMANA

A raíz de la orden de detención de la Dra. Torres, algunas personas (principalmente comunicadores y muy pocos abogados) se han esforzado por plantear una opinión sobre cómo proseguirá el proceso penal. Otros sin embargo, muy orondos, salieron a despotricar, a difamar, a generar intrigas con un solo objetivo: demoler al adversario político.
Pero como en todo lío judicial hay dos partes, la parte afectada sacó a relucir sus argumentos logrando hacer cambiar el viento ideológico que algunos buscaban envenenar, BUEN LOGRO. Se salió al frente, se confrontó ideas y acá estamos, más fuertes que nunca.
Pues bien, hoy a 3 semanas de la sentencia (en parte) del proceso José Arias, podemos decir que el Juicio Oral se ha «quebrado» y esto no significa que alguien lo cogió y lo rompió en dos, o que se quebró solito. Es un término coloquial, muy utilizado por los asesores jurídicos, que significa que el proceso oral nuevamente se va a realizar.
Se han dicho tantas cosas sobre el asunto que es necesario poner las cosas en su lugar. Se decía por ejemplo que la Sala Penal era inquebrantable, que no se podía cambiar a los integrantes de la terna, algo tan usual en procesos penales y/o civiles; incluso hasta infamaron diciendo que se amenaza a los vocales por decir una práctica cotidiana. Un abogado señaló que el motivo del Habeas Corpus era para recusar a los magistrados y así buscar otro criterio, seguramente eso hace el susodicho en sus litigios, nosotros no, solo buscamos cambiar el mandato de detención pues estamos convencidos que sea la sala que fuere, sea el vocal que fuere los hechos y el derecho son uno solo, no cambia, es el mismo.
Una Sala Penal puede variar su conformación en el desarrollo de las audiencias, eso lo contempla el Código de Procedimientos Penales en su art. 269; asimismo también procede cuando hay una disposición superior, sea por el Presidente de Sala Plena de acuerdo a sus facultades expresando las razones, así como por un mandato del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre conformación de Sala Penal y/o Civil, derivado de alguna petición expresa o reclamo de un vocal para ajustar las conformaciones de acuerdo a lo que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial, como hoy ha sucedido en el caso concreto. En síntesis una Sala Penal o Civil puede variar en cualquier momento, es una posibilidad contemplada en la Ley.

SOBRE LA «QUIEBRA DE LA AUDIENCIA»
Como hemos señalado anteriormente y de acuerdo a lo establecido en el art. 267º del Código de Procedimientos Penales, se produce la causal de interrupción de audiencia (también llamado quiebra de la audiencia) cuando el tiempo que media entre sesión y sesión sea mayor a 8 días hábiles y no se han presentado situaciones por causas imprevistas o por fuerza mayor; estas causas por tener un carácter objetivo y general no incluye a las enfermedades de un vocal, de un acusado o de un testigo.
Pero ¿cuál es el fundamento jurídico de esta «quiebra de audiencia»?
Toda audiencia penal o juicio oral tiene sus principios que la rigen, desde el principio de Unidad y continuidad de audiencia (caso empezado, caso terminado), de inmediación (cara a cara), de oralidad, de concentración (el tiempo necesario), del contradictorio, de celeridad, de libertad de declaración, entre otros.
El fundamento de la «quiebra de audiencia» se sostiene en los principios de concentración y unidad de audiencia, que están «orientados a garantizar la auténtica formación de convencimiento judicial – y las imprecisiones que la actuación probatoria y los alegatos de las partes han dejado en el juzgador- para emitir sentencia»*1.
El principio de Unidad de Audiencia como acto jurisdiccional de juzgamiento significa que «la audiencia es una totalidad compleja y contradictoria, oral y pública»*2 desde que se da inicio con la apertura de audiencia hasta el acto de conclusión con la lectura de sentencia.
El principio de Concentración dicta que la audiencia debe realizarse en el tiempo estrictamente necesario según la situación o caso concreto. Esto implica que las sesiones no deben ser entre ellas ni muy cortas ni prolongadas en el tiempo. Solo si se da «en el tiempo estrictamente necesario se podrá preservar la autenticidad del conocimiento integral sobre el caso»*3 hasta dar la lectura de sentencia.

Lucio Flores Sabogal señala:
«La razón de ser de este principio está en que como el Tribunal es el Juzgador, oyendo, y viendo todo lo que ocurre en audiencia, va reteniendo, se va reteniendo en su memoria; pero, cuanto más larga sea la audiencia, se va diluyendo dicho recuerdo y podría expedir un fallo no justo; en cambio, si el juicio oral termina en el menor tiempo, en el tiempo necesario, los recuerdos del magistrado están frescos y él puede expedir una sentencia consistente, más justa»*4
Siendo la aspiración máxima el descubrir la verdad o la falsedad, el error total o parcial del litigio y teniendo en cuenta que todos no tenemos la misma capacidad de retención, es que la norma establece que la retención de la información obtenida en el juicio oral solo puede mantenerse hasta un máximo de 8 días hábiles, posterior a ella se distorsiona atentando contra un juicio imparcial e independiente, libre de subterfugios.
En el caso en concreto, la audiencia última se desarrolló el 07 de Junio 2012, significa esto que el tiempo máximo de volver a reanudarse la sesión, para los acusados ausentes, fue el 19 de junio; pero como es sabido los acusados ausentes no han sido detenidos por consiguiente sea al ser detenidos o presentarse al proceso serán nuevamente citados para el desarrollo de un nuevo juicio oral con otra sala penal.

NOTA ÚLTIMA
Acerca de una última resolución dada por la Sala Liquidadora, beneficia a la Dra. Torres dentro de las expectativas del Habeas Corpus.
(*)
1. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA PENAL PERMANENTE. RN Nº 1004-2005.Huancavelica. El Peruano del 03-05-2005 p. 6182.
2. MIXÁN, Florencio. Juicio oral. BLG Ediciones, Trujillo: 2006: p. 83
3. Id. p. 84
4. Notas de clase. En MIXÁN, Florencio. P. 84

ACERCA DE LA INASISTENCIA INJUSTIFICADA DE LA CONSEJERA LILIANA TORRES AL CRL

Por Vicente Sánchez Vásquez

Dice don Edgar Cama Torres, con tono tan categórico que suena más a autoconvencimiento que a la realidad, que la posibilidad de vacancia de la consejera regional Liliana Torres no va a suceder. Y como intenta convencerse desde la interpretación jurídica, pues me tomo la libertad de opinar también sobre el tema y ver que tan certero es su punto de vista.
Lo primero que quiero decir es que no escribo esto por mala leche o por alguna animadversión a la consejera regional. Lo he dicho más de una vez y lo vuelvo a decir: no le deseo a nadie la cárcel y menos a una mujer. Pero si un juez debe leerle una sentencia a un ciudadano, ese ciudadano, hombre o mujer, debe ponerse a derecho y sujetarse a las decisiones judiciales. Por cierto, tiene todo el derecho de defenderse en los marcos legales vigentes. Mal hace la Sra. Liliana Torres (tal vez mal asesorada), en rehuir a la justicia. Y peor aún si es una notoria autoridad política.
Lo segundo que quiero decir es que coincido con don Edgar de que la política recorre todos los ámbitos de la vida humana. Por tanto, mi posición jurídica tiene tanta connotación política como la suya. Pero yo no lo niego y no me escudo en el Derecho para decir que solo yo tengo la verdad y que los análisis jurídicos de los demás no valen porque tienen motivaciones políticas. Aclarado esto vayamos al tema.
En aplicación del artículo 30° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el artículo 8° del Reglamento Interno del Consejo Regional (RICR) expresa que el cargo de Consejero Regional vaca por inasistencia injustificada al Consejo Regional, a tres sesiones consecutivas o cuatro alternadas durante un año.
Aplicando este dispositivo a la situación de la consejera regional Liliana Torres parece que no está en discusión su primera inasistencia injustificada, siendo materia de polémica el carácter de su segunda inasistencia. Edgar Cama refiere que el Consejo Regional de Lima mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 080-2012-CR/GRL procedió a justificar la inasistencia de la consejera regional a la sesión del 31 de mayo de 2012, y por ende, ella tendría solo una inasistencia injustificada.
No conocemos todavía el acuerdo del Consejo Regional en su sesión del 21 de junio de que habría anulado por falta de sustento el acuerdo del 31 de mayo, así que ignoro a la fecha los considerandos que la motivan.
Respecto al artículo 14 inciso b) del RICR hay que decir que regula las inasistencias a las sesiones del Pleno y de las diversas comisiones. Pero la causal de vacancia por inasistencia injustificada sólo se aplica a las sesiones del Pleno, y no al caso de las comisiones. Dice además que las inasistencias no justificadas por escrito dentro de los siete días siguientes a la sesión, se consideran injustificadas. Por tanto, la lectura pertinente de dicho inciso al caso es que si la consejera regional no justifica por escrito su inasistencia a una sesión del Pleno dentro de los siete días siguientes a la sesión del 31 de mayo, esa inasistencia será injustificada. Por escrito se entiende con documentación probatoria material, no oral.
Según el ACR 080-2012 publicado en la página web del Gobierno Regional de Lima, la consejera regional comunicó por mail que no podía asistir a la sesión del 31 de mayo por la razón ya conocida, añadiendo que «en el término de ley hará llegar los documentos probatorios pertinentes». Obviamente, el término de ley son los siete días que señala el artículo 14° inciso b) del RICR.
La pregunta entonces cae por su propio peso: ¿Cómo se explica que el Consejo Regional apruebe justificar la inasistencia de Liliana Torres a la sesión del 31 de mayo sin haber recibido los «documentos probatorios pertinentes»? ¿Por qué el apresuramiento?, ¿Por qué ni siquiera se anotó en la parte resolutiva del acuerdo: «con cargo a la presentación de las pruebas respectivas»? ¿Ese es el nivel de informalidad con que actúa el Consejo Regional de Lima o hay una intencionalidad política de favorecer a la consejera regional?
Aquí es donde Edgar Cama quiere hacer de Harry Potter fracasando tristemente en el intento. Dice textualmente: «Es decir que el Consejo Regional dio por aceptada la petición de la consejera Torres y consideró que no era necesaria la presentación de algún escrito, bastaba el mail enviado; por eso es que justificaron la inasistencia sin hacer ningún requerimiento ni en la parte considerativa ni en la resolutiva del Acuerdo.» ¿Cómo que bastaba el email enviado, si la misma consejera dice que enviará luego los documentos probatorios? ¿le parece bien que el Consejo justificara la inasistencia sin los documentos a la vista?... Pero lo que sigue es de Ripley: «Esto es acorde con el espíritu de lo normado en el art. 14º. Más aún que es cierta la realización de la audiencia del juicio oral el día 31 de Mayo, al cual estaba citada la consejera regional.» ¿Con el espíritu del artículo 14°, el mismo que pide se justifique por escrito dentro de los siete días siguientes a la sesión?, ¿si fuera suficiente justificar una inasistencia con un mail señor Cama, para que darle 7 días a los consejeros?... Es absoluta y meridianamente claro que el Consejo Regional de Lima se excedió gravemente e incumplió su propio Reglamento Interno.
Ya ni siquiera opino si Liliana Torres asistió o no a la audiencia del juicio oral de esa fecha. En caso de inasistencia, hago una pregunta hipotética: ¿Si alguien presenta una citación judicial (sin concurrir a la misma) para justificar su inasistencia a la sesión de concejo en esa misma fecha y hora, significa que está justificada por la sola citación?. La respuesta es lógica.
En conclusión, el Consejo Regional de Lima no debió aprobar ese Acuerdo 080-2012, el cual es nulo de pleno derecho. Si Liliana Torres presentó los documentos probatorios que señaló en su mail dentro de los 7 días siguientes, recién entonces, y teniendo en consideración los mismos, podrá expedirse el Acuerdo de Concejo que justifica o no su inasistencia del 31 de mayo.

«FUERZA REGIONAL» DE RICHARDO CHAVARRÍA FORTALECE SUS BASES EN CAÑETE

El movimiento independiente Fuerza Regional que lidera el Ing. Ricardo Chavarrìa Oria, continua fortaleciendo sus bases partidarias en los diferentes pueblos de la región Lima con miras a las próximas contiendas electorales del 2016.
Cañete no está al margen de esta actividad partidaria y prueba de ello el Dr. Marcos Guerra, secretario general, informó que viene consolidando sus bases en toda la provincia.
«En primer lugar, hemos reestructurado nuestro Comité Ejecutivo Provincial con personas comprometidas con el desarrollo, no sólo de Cañete sino de nuestra región», precisó Marcos Guerra.
Informó que su junta directiva lo complementan: Pedro Malasquez Manco (Sub secretario general), Enrique Guerra Manrique (Secretario de Organización), y Roberto De la Cruz De la Cruz (Secretario de Actas).
Asimismo están Luis Goicochea Huari (Sec. Juventud), Mayra Fernández Román (Sec de la Mujer), Wily Contreras Huarachi (Prensa y Propaganda), CPC Victor Ortíz Borjas (Economìa) y Heriberto Aldazabal Vilcas (Coordinador General).

DISTRITOS.
El máximo dirigente provincial del movimiento regional que tiene como símbolo el arbolito, informó que ya se han realizado las elecciones internas democráticas en algunos distritos.
Tal es el caso del distrito de Imperial donde César Yactayo Luyo, popular «Checho», ganó las contiendas internas y obtuvo la secretaria general. En Nuevo Imperial, está el ex alcalde Luis Alberto Sánchez Arias, popular «Vin» y en Chilca está Cristhian Huamán Torres.
«En un 95 por ciento de los distritos de la provincia, se han conformado las juntas directivas y próximamente en una rueda de prensa, haremos público», sostuvo Marcos Guerra.
El siempre polémico Heriberto Aldazabal, no dejó de mencionar que ya se han hecho algunas alianzas internas, pero que «aún no podemos sacar a la luz por cuestiones de estrategia».
Sin duda, la gente del arbolito, no pierde el tiempo y viene trabajando de la mano con su lìder Ricardo Chavarría Oria, uno de los serios aspirantes para llegar al sillón regional.

TRES CANDIDATOS SE ALISTAN PARA ELECCIONES EN CP «PUEBLO NUEVO DE CONTA»

Al cierre del plazo para la inscripción de candidatos para la alcaldía del Centro Poblado «Pueblo Nuevo de Conta», 3 candidatos lograron registrarse, a espera de pasar la calificación y confirmar su participación de la elección a llevarse a cabo el próximo 26 de agosto.

VICKY PEREZ LEON
Una de las candidatas es Vicky Winkelman Pérez León, de profesión docente de inglés, ex teniente gobernadora, dirigente política de Acción Popular y de noble corazón apoyando casos sociales. Proviene de una familia dedicada a la política.

JUAN MANRIQUE... FIRME CANDIDATO
Otro candidato es el ex regidor distrital de Nuevo Imperial, Juan Manrique De la Cruz. Docente de profesión, árbitro de fútbol, presidente de la Liga Intra Provincial de Fútbol de su centro poblado, actual dirigente de la Liga Provincial de fútbol de Cañete.

JAIME FALCON... ES EL TERCERO
El tercer candidato es el ex teniente gobernador Jaime Falcón Gil, conocido por su carácter y temperamento al momento de pronunciarse sobre la problemática que afecta a su comunidad.
Los tres se han inscrito y se espera la confirmación del comité electoral que preside el sr. Pablo Cueto y lo integran Ketty Huapaya, Dalila Cueto y el Sr. Martinez.
Por el momento, ya se publicaron las 3 listas inscritas para ser sometidas al periodo de tachas, de pasar esto satisfactoriamente serán habilitados para el proceso electoral.
Actualmente la Sra.  Enma  Campusano es la alcaldesa de dicho centro poblado, y prefirió no candidatear, pese a los importantes logros obtenidos a favor de su comunidad, dedicando buena parte de su tiempo a las gestiones ante las diversas instancias gubernamentales locales, regionales y nacional para pedir atención a sus necesidades.

ROSA QUINTO ES LA NUEVA ALCALDESA DEL C. P. «SAN ISIDRO»

El pleno del concejo provincial de Cañete acordó por mayoría ratificar los resultados de las elecciones del centro poblado «San Isidro»-Imperial que dio como ganador a la Sra. RosaQuinto.
Así lo determinaron luego de una serie de idas y venidas, reclamos y quejas de uno y otro lado. Tras poner el tema en agenda y debatirlo, se procedió a la votación que fue secreta, teniendo como resultados 7 a favor y 3 en contra.
De esta manera le ponen fin al proceso administrativo, luego de los reclamos de quien aún está en el cargo, y que no acepta su derrota, como es el sr. Carlos Arias Briceño.
Rosa Quinto agradeció la decisión de la mayoría de los regidores provinciales ya que esperaba que se haga justicia con ella, toda vez que ganó limpiamente y lo único que tenían que hacer las autoridades municipales era respetar la voluntad popular.
Ahora se espera que el Sr. Arias Briceño proceda con la transferencia del cargo y ponerle fin a esta situación que no hizo más que provocar ciertos enfrentamientos en sectores de su población que salía a favor de uno y en contra de otro.

PRESIDENTE JAVIER ALVARADO PARTICIPÓ EN INSPECCIÓN SANITARIA AMBIENTAL REALIZADA EN LA GRANJA DE PORCINO DE LA EMPRESA SAN FERNANDO EN CHILCA

El presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales Del Valle, preocupado por la salud de los pobladores del distrito de Chilca -provincia de Cañete- participó en la inspección sanitaria ambiental realizada en la Granja de Porcino de la empresa San Fernando, ubicado a la altura del kilómetro 66.5 de la Panamericana Sur. 
El Mandatario Regional estuvo acompañado del gerente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente Ing. Abel Valdez, con quien comprobó las correcciones medioambientales ejecutadas por la empresa San Fernando, que había recibido una serie de críticas de los vecinos que venían siendo perjudicados con la contaminación en el lugar. 
Es así que en el recorrido observó la construcción de pozas de oxidación impermeables donde se almacenan las aguas residuales provenientes de los orines y heces de los cerdos. Asimismo, los olores fétidos, la reproducción de insectos y roedores han disminuido en la zona. No obstante, los administradores de la empresa se comprometieron ante la máxima autoridad regional en continuar operando bajo la normatividad ambiental. 
Recordar que estas acciones se iniciaron con el envío de una carta del presidente Javier Alvarado a los administradores de dicha compañía para que implementen nuevas medidas ambientales en su proceso de producción con el objetivo de reducir el impacto en la población aledaña. 
Al término de la visita, el titular de la región Lima manifestó que continuará fiscalizando a la empresa para que cumpla con sus compromisos, toda vez que su deber en condición de autoridad es velar por la salud de sus hermanos de Chilca. 
En esta inspección el presidente Javier Alvarado fue recibido por el Gerente General de San Fernando, Ing. Rizal Bragagmini Oliver y la Jefa de Medio Ambiente Ing. María Grazia Rossi. En tanto, también participaron de este recorrido el Coordinador de Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Lima Ing. Juan Chávez y especialistas de la Dirección Regional de Salud, Ricardo Morales e Iliana Baylón.

EDICTOS JUDICIALES

EDICTOS PENALES Y DE FAMILIA
PRIMER JUZGADO DE FAMILIA.- Juez Alejos; emplaza::
EXP.-341-2012; Resolución 03: ADMITIR la demanda interpuesta contra EDGAR YAURIVILCA MERGE, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO, en agravio de MONICA CRISTINA ICHPAS CORNEJO, debiendo tramitarse como PROCESO UNICO; CONFIRIENDOSE al presunto agresor el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS para contestar la demanda, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL.

SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA.- Juez Guevara; emplaza::
EXP.-2009-680; EMPLAZA a través de sus padres JULIAN APAZA HUAHUA Y AVELINA BERROCAL PAUCAR, al adolescente LUIS ALBERTO APAZA BERROCAL para que se apersone ante el Juzgado por habérsele declarado ADOLESCENTE AUSENTE y responda por los cargos que se han formulado en su contra en los seguidos por Infracción contra el Patrimonio-Hurto Agravado en agravio de Luis Alberto Cárdenas Trujillo.

JUZGADO MIXTO DE MALA.- Juez Zamudio; cita y emplaza:
EXP.:019-2011; al menor GIANCARLOS ARTEAGA SALAZAR, para que se defienda de los cargos de la denuncia Fiscal, debiendo estar acompañado de uno de sus padres, responsables o tutores y abogado defensor. RESOLUCIÓN 11 (14-06-2012): DECLARAR REO CONTUMAZ al menor GIANCARLOS ARTEAGA SALAZAR, en consecuencia NOMBRESE a un abogado Defensor Publico, ORDENARSE su conducción por la Policía Nacional, DISPONIENDO su ubicación y captura , y sea puesto a disposición de este juzgado en día y hora hábil de despacho. Secretaria: CAMARGO.
EXP.:018-2011; al menor PABLO ALEXANDER ARIAS QUISPE , para que se defienda de los cargos de la denuncia Fiscal, debiendo estar acompañado de uno de sus padres, responsables o tutores y abogado defensor. RESOLUCIÓN 14 (12-06-2012): DECLARAR REO CONTUMAZ al menor PABLO ALEXANDER ARIAS QUISPE, en consecuencia NOMBRESE a un abogado Defensor Publico, ORDENARSE su conducción por la Policía Nacional, DISPONIENDO su ubicación y captura , y sea puesto a disposición de este juzgado en día y hora hábil de despacho. Secretaria: CAMARGO.

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA.- Juez Castillo; cita y emplaza:
EXP. 2012-09-01-JPU a PAUL CARRIZALES CLEMENTE, para diligencia de Audiencia de Juicio Oral, día: 06-07-2012, hora 9:00 a.m. Lugar: Juzgado de Mala. Delito: HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA. Especialista: Loyola.
28, 29 y 30 de Junio

PEDIRAN EXTRADICION DE PERUANO POR NO PASAR ALIMENTOS A SU HIJO

Por primera vez, el Estado peruano pedirá la extradición de un connacional por no pagar la pensión alimenticia a sus hijos, anunció el ministro de Justicia, Juan Jiménez Mayor, quien señaló que en el país ya hay alrededor de 800 personas privadas de su libertad por el mismo motivo.
Se trata de William Johny Huertas Ramírez, quien vive en Madrid, España, y se encuentra en calidad de reo ausente con mandato de ubicación y captura internacional por orden de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.
En conferencia de prensa ofrecida luego de la sesión de Consejo de Ministros, Jiménez Mayor calificó la medida como un «claro mensaje» que el Gobierno quiere enviar a tantos hombres irresponsables que no cumplen con la asistencia familiar a sus hijos y esposas.
«En otros gobiernos un tema de extradición por esta razón no hubiera sido importante pero para este gobierno sí lo es porque queremos dar una señal clara a los padres de que deben cumplir sus obligaciones», remarcó.
Agregó que se está pidiendo a España la repatriación de esta persona para que sea juzgada en nuestro país por el delito de omisión de asistencia alimentaria «lo que demuestra la firme voluntad política de que se cumplan los deberes, inclusive en temas de alimentos».
El titular de Justicia sostuvo que el cumplimiento de las obligaciones familiares es muy importante y que en el país hay miles de juicios en curso por esa razón y que se busca que ese problema se revierta.

CAMPAÑA DE SALUD GRATUITA, EN LA VII JORNADA CÍVICA DESCENTRALIZADA DEL PROGRAMA «MÓDULO PERÚ», EN LA PROVINCIA DE CAÑETE.

El Congreso de la República, realiza la VII Jornada Cívica de Integración Nacional «Módulo Perú», conjuntamente con el Gobierno Regional de Lima y la Municipalidad Provincial de cañete, este sábado 30 de junio, desde las 9:00 a.m., en la Plaza de Armas del distrito de San Vicente.
El Módulo Perú es una jornada cívica que permite a las instituciones del Estado llegar hasta los lugares de extrema pobreza y beneficiar, de esta manera, a sus pobladores con servicios de programas sociales y productivos, que viene promoviendo la actual administración del Gobierno Central, para contribuir al desarrollo de sus pueblos».
Asimismo, dentro de las actividades programadas en esta importante Jornada, se realizará una Campaña de Salud Gratuita en las siguientes especialidades y servicios: Medicina General, Ginecología, Pediatría, Descarte de cáncer de cuello uterino, Odontología, Psicología, Afiliaciones al SIS, Laboratorio, Ecografía, Farmacia, y
Enfermería, entre otros. Así que ya lo saben, acudir a la plaza de armas sanvicentinas y poder recibir los beneficios de esta campaña.

28 junio 2012

EDICTOS JUDICIALES

EDICTOS PENALES Y DE FAMILIA
PRIMER JUZGADO DE FAMILIA.- Juez Alejos; emplaza::
EXP.-341-2012; Resolución 03: ADMITIR la demanda interpuesta contra EDGAR YAURIVILCA MERGE, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO, en agravio de MONICA CRISTINA ICHPAS CORNEJO, debiendo tramitarse como PROCESO UNICO; CONFIRIENDOSE al presunto agresor el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS para contestar la demanda, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL.

SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA.- Juez Guevara; emplaza::
EXP.-2009-680; EMPLAZA a través de sus padres JULIAN APAZA HUAHUA Y AVELINA BERROCAL PAUCAR, al adolescente LUIS ALBERTO APAZA BERROCAL para que se apersone ante el Juzgado por habérsele declarado ADOLESCENTE AUSENTE y responda por los cargos que se han formulado en su contra en los seguidos por Infracción contra el Patrimonio-Hurto Agravado en agravio de Luis Alberto Cárdenas Trujillo.

JUZGADO MIXTO DE MALA.- Juez Zamudio; cita y emplaza:
EXP.:019-2011; al menor GIANCARLOS ARTEAGA SALAZAR, para que se defienda de los cargos de la denuncia Fiscal, debiendo estar acompañado de uno de sus padres, responsables o tutores y abogado defensor. RESOLUCIÓN 11 (14-06-2012): DECLARAR REO CONTUMAZ al menor GIANCARLOS ARTEAGA SALAZAR, en consecuencia NOMBRESE a un abogado Defensor Publico, ORDENARSE su conducción por la Policía Nacional, DISPONIENDO su ubicación y captura , y sea puesto a disposición de este juzgado en día y hora hábil de despacho. Secretaria: CAMARGO.
EXP.:018-2011; al menor PABLO ALEXANDER ARIAS QUISPE , para que se defienda de los cargos de la denuncia Fiscal, debiendo estar acompañado de uno de sus padres, responsables o tutores y abogado defensor. RESOLUCIÓN 14 (12-06-2012): DECLARAR REO CONTUMAZ al menor PABLO ALEXANDER ARIAS QUISPE, en consecuencia NOMBRESE a un abogado Defensor Publico, ORDENARSE su conducción por la Policía Nacional, DISPONIENDO su ubicación y captura , y sea puesto a disposición de este juzgado en día y hora hábil de despacho. Secretaria: CAMARGO.

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA.- Juez Castillo; cita y emplaza:
EXP. 2012-09-01-JPU a PAUL CARRIZALES CLEMENTE, para diligencia de Audiencia de Juicio Oral, día: 06-07-2012, hora 9:00 a.m. Lugar: Juzgado de Mala. Delito: HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA. Especialista: Loyola.
28, 29 y 30 de Junio

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA
SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
En el Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a los quince días de junio del año dos mil doce siendo las ocho y treinta de la mañana, se reunieron los señores Jueces Superiores Víctor Durand Prado (Presidente de Sala), Elmer Rebaza Parco y Ángel Polanco Tintaya, a fin de programar la fecha para la realización de la SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 031–2012–P–CSJCÑ-PJ del nueve de enero del dos mil doce, señalándose para el JUEVES VEINTIOCHO DE JUNIO del año en curso a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, a efecto que se garantice que los procesos penales con reos en cárcel se tramiten dentro del plazo fijado por la ley, y el derecho de todo procesado a ser juzgado en plazos razonables o ser puesto en libertad por exceso de detención, conforme lo dispuesto en el Decreto Ley 25476; en consecuencia OFICIESE al Juzgado Penal Liquidador de Cañete, Segundo Juzgado Mixto de Cañete, Juzgado Liquidador de Mala, Juzgado Penal Liquidador de Yauyos, Primera Fiscalía Superior Penal, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos, y al Penal de Nuevo Imperial, a efecto que INFORMEN antes de la fecha de la audiencia, el PLAZO DE DETENCION que tuvieran los acusados hasta el jueves 28 de junio del año en curso, cuyas causas estén pendiente de sentencia y dictamen. Oficiando y mandándose publicar la presente resolución en el Diario «El Peruano», y el de mayor circulación de ésta localidad.
S.S.
DURAND PRADO, REBAZA PARCO, POLANCO TINTAYA

GRATIFICACIONES DE FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD NO TENDRAN DESCUENTOS HASTA EL 2014

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Parlamento aprobó por mayoría un dictamen según el cual las gratificaciones de los trabajadores por Fiestas Patrias y Navidad estarán libres de descuentos hasta el año 2014.
El legislador Víctor Andrés García Belaunde, autor de la propuesta, dijo que se ha demostrado que la gran mayoría de trabajadores emplean sus gratificaciones para pagar sus deudas de consumo adquiridas por medio de créditos con entidades financieras.
Por ello, destacó la importancia de liberar a las gratificaciones de descuentos a fin de permitir a la ciudadanía disponer de más dinero para cumplir con sus obligaciones así como para incentivar la economía a través del consumo.
“Sabemos que el mes trae 30 días y no 60, los trabajadores no tienen que pagar doble por un mismo servicio”, señaló.
Asimismo, los parlamentarios Gustavo Rondón, de Solidaridad Nacional, y Luis Galarreta, de Alianza por el Gran Cambio, destacaron que esta iniciativa beneficiará también a los cesantes y jubilados.
Según informó el Congreso, la propuesta dictaminada favorablemente amplía por dos años más la vigencia de la exoneración.
Este proyecto también fue aprobado recientemente por la Comisión de Economía del Parlamento

RENIEC VERIFICO DOMICILIOS EN BUSCA DE ELECTORES GOLONDRINOS

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) realizó operaciones de fiscalización domiciliaria en 48 distritos donde se llevarán a cabo consultas de revocatoria de autoridades municipales el próximo 30 de setiembre, se informó.
El propósito de las intervenciones fue descartar o comprobar la existencia de votantes golondrinos, es decir, ciudadanos que trasladan su domicilio a un distrito en el que no residen con la finalidad de distorsionar el registro electoral.
La consulta popular se llevará a cabo en 266 distritos y cuatro provincias, pero las operaciones se efectuaron en los 48 distritos donde el Reniec registró, durante los últimos meses, una cantidad inusual de cambios de dirección en los DNI.
En 25 de los 48 lugares la fiscalización domiciliaria fue coordinada con el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), organismo que también realiza intervenciones para garantizar que las consultas recojan la voluntad popular.
Por ley, el Reniec es la entidad responsable del padrón electoral y, por lo tanto, debe entregar al JNE la relación de electores hábiles para sufragar.
Por ese motivo, el Reniec toma medidas orientadas a depurar el padrón electoral y una de ellas es la fiscalización domiciliaria.
Otra es la publicación del padrón electoral inicial durante cinco días en lugares céntricos y de fácil acceso de todas las localidades donde habrá un proceso electoral o de consulta.
Los ciudadanos pueden revisar los datos incluidos en las listas de votantes y presentar observaciones o tachas cuando, por ejemplo, en el padrón figura alguien que ha fallecido o que no reside en el distrito declarado en su DNI.
Una vez recogidas las observaciones de los ciudadanos, el Reniec depura el padrón electoral y lo envía al JNE para su aprobación y uso.
El Reniec publicó en junio el padrón electoral inicial en 296 distritos: 266 donde se busca revocar a las autoridades distritales y 30 distritos donde la consulta se refiere a las autoridades provinciales.
Algunos de los distritos en los que se verificó la autenticidad de domicilios declarados en los DNI fueron Llama, Uticyacu, San Gregorio y Utco, en Cajamarca; Cochas, en Áncash.
También en Shapaja y Pósic, en San Martín; Mollebaya, Islay, Lomas, Maca, Bella Unión, en Arequipa; Machu Picchu, en Cusco; Santa Eulalia, Chilca y Huachupampa, en Lima.

REGION LIMA EMITIRA RESOLUCION QUE OTORGA BENEFICIOS ECONOMICOS A MAESTROS... COMO REGALO POR SU DIA...

En el Día del Maestro, el gobierno regional de Lima emitirá el 6 de julio una resolución que otorgará beneficios económicos a los docentes por la preparación de sus clases, anunció su gerente general, Luis Fernández Estrella.
En una reunión con los secretarios de los comités de base del Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación del Perú de la provincia de Huaura, señaló que se trata de una medida que reivindica los derechos de los docentes.
«Esta resolución será un regalo para los maestros en su día. El presidente regional, Javier Alvarado, está comprometido en reivindicar los derechos de nuestros educadores», manifestó.
Recordó, además, que en agosto de 2011 el gobierno regional emitió una resolución ejecutiva regional, por la cual se otorgaban beneficios económicos a los docentes por cumplir 20, 25 y 30 años de servicios.
Asimismo, para que la procuraduría pública regional no interpele y se allane frente a las demandas de los docentes que exigen dicha reivindicación salarial.
Por otro lado, el gobierno regional y los docentes iniciaron coordinaciones destinadas a formar una comisión mixta para la formulación de una resolución que permita el ascenso de los profesores.

SE COMEN ENTRE ELLOS… PROBLEMA LIMITROFE ENFRENTA A CHINCHANOS...

Al comprobar que ni la razón y la ley los asiste, se comen entre ellos. Decenas de pobladores de la llamada Cuna de Campeones, se enfrentaron a las autoridades del Gobierno Regional de Ica, encabezadas por su titular, Alonso Navarro Cabanillas, luego que estas pretendieran realizar la última sesión del pleno regional a puertas cerrada. La explicación, no difundir las estrategias a utilizar para defender sus límites con la provincia de Cañete.
«Nosotros necesitamos discutir la estrategia de defensa de nuestros límites con Cañete», dijo uno miembros del pleno regional a un importante sector de la comuna chinchana presente en esta reunión, que de inmediato protestó contra sus autoridades a quienes calificaron de cobardes y vendidas.
Navarro Cabanillas, expresó que existe la necesidad de discutir con los Consejeros Regionales y los juristas de la zona, cual es el panorama actual sobre sus límites.
«No es el momento oportuno para hacer público en qué condiciones nos encontramos», expresó la máxima autoridad regional sureña, tras recibir el apoyo de sus Consejeros y el rechazo del público presente.

POBLACION SANLUISINA EN CONTRA DE SU POLICIA

Catalogados por propios y extraños como lacras uniformadas, esta vez fueron los vecinos de la Cuna el Arte Negro, quienes se encargaron de contribuir al creciente desprestigio de los llamados efectivos del orden. Decenas de vecinos del distrito de San Luis denunciaron que parte del personal que labora en la Comisaria del lugar, aparentemente estarían coludidos con la delincuencia.
Bastante indignados, manifestaron que quienes deberían ser ejemplo de respeto y cumplimiento a la ley, estarían liberando a conocidos delincuentes de la zona a cambio de un beneficio económico a pesar de haberse formulado las denuncias correspondientes.
Los vecinos del distrito más antiguo de Cañete, formularon un llamado especial al Jefe Provincial de la Policía Nacional del Perú (PNP), Leónidas Arribasplata Vallejos, para que investigue lo registrado en su comuna y tome las acciones correctivas, ante la negativa del Comisario, Mayor PNP José Montañez, quien sospechosamente atinó a decir a la población y medios de comunicación que desconoce lo sucedido en su jurisdicción.

MIENTRAS USUARIOS REPORTAN CONSTANTES ROBOS DE MEDIDORES DE AGUA EN SAN VICENTE... EMAPA CAÑETE CORTA SERVICIO EL DIA DE HOY POR CAMBIO DE VALVULA

Durante los últimos días, los usuarios de EMAPA CAÑETE S.A. vienen reportado robos de sus medidores en las cajas de registro de agua potable, generando aniegos y malestar entre la población.
Ante ello, EMAPA CAÑETE inicio la tarea de brindar a los usuarios una serie de recomendaciones a fin de poder controlar dichos robos, y poder de una forma u otra capturar a estos fascinerosos.
De otro lado, comunicaron que, si es víctima del robo de su medidor, el usuario afectado deberá realizar la denuncia correspondiente ante la autoridad policial, y poner en conocimiento a la empresa, a fin de que sea considerado para la exoneración del pago de reposición de dicho equipo medidor.
Cabe señalar que, para cualquier denuncia pueden comunicarse al FONO AGUA 581-3249, la atención es las 24 horas del día.

CAMBIO DE VALVULA GENERA CORTE DE SERVICIO EN SAN VICENTE
Igualmente, y con la finalidad de mejorar la presión y continuidad en algunos sectores del distrito de San Vicente, la Gerencia de Operaciones ha programado la instalación de una válvula de 8".
Dichos trabajos se realizarán el Día de hoy, Jueves 28 de Junio del 2012 desde las 2pm. hasta las 6pm.
Las zonas afectadas serán:
Av. Mcal. Benavides (Cdra. 1 – 4);
Urb. Santa Rosa; Jr. José Gálvez; Av. 28 de Julio; Urb. Casuarinas, y Urb. Libertad.
EMAPA CAÑETE S.A. recomienda a sus usuarios almacenar el agua necesaria para superar las horas de desabastecimiento.

ES UNA REALIDAD EL AGUA Y ALCANTARIILADO DEL CENTRO POBLADO «LA FLORIDA»

Después de más de 50 años de creación del C.P. La Florida, los pobladores de esa zona han venido sufriendo por la falta de los servicios básicos en especial por el liquido elemento; esto ha venido motivando que los pobladores tomen agua del conocido canal de la mancha, canales de regadío incluso hasta comprar el agua en costo no razonable.

LABOR DE GESTION DE ALCALDESA ZULMA MATUMAY SANTOS
Gracias al esfuerzo, la perseverancia, las constantes visitas al Ministerio de Vivienda y sobre todo gracias al respaldo y confianza de los vecinos de la Florida con su autoridad, la primera autoridad edilicia de Nuevo Imperial Zulma Matumay Santos, como es su política primordial atender los requerimientos de los servicios básicos para su población, logró que la tan ansiada obra de la construcción del sistema de agua potable, alcantarillado y la planta de tratamiento de agua residual del Centro Poblado La Florida, se vaya haciendo realidad.
En un año y medio de gestión, la máxima autoridad edil ha demostrado su capacidad de gestión, logrando obras importantes para su pueblo como el sistema de agua potable y alcantarillado del C.P. Pueblo de Nuevo de Conta y ahora ya es una realidad el agua potable y alcantarillado para la Florida cumpliendo de esta manera su promesa.
La obra que asciende a un monto de s/4’000 000 soles, será financiado en su totalidad por un crédito suplementario dado por el Gobierno Central, con el decreto de urgencia N° 016-2012 ya se encuentra publicado en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

UGEL 08 ORGANIZA CONCURSO DE ORATORIA «MUJERES PERUANA QUE HACEN HISTORIA»

Reza el dicho «Que detrás de un buen hombre hay una buena mujer», así como este dicho habrán muchos que pretenderán colocar a la mujer en segundo plano; en razón a estas viejas costumbres machistas la UGEL Nº 08 viene organizando el I Concurso de Oratoria «MUJERES PERUANAS QUE HACEN HISTORIA», este evento no es de corte feminista, pero busca revalorar el trabajo de la mujer madre, profesional, campesina, intelectual, comerciante, ambulante y de todas las ocupaciones conocidas en el orbe.
Este evento se realiza en tres sectores y la más reciente es la que se realizó en el auditórium de la Institución Educativa Augusto B. Leguía de Nuevo Imperial, donde más de una veintena de alumnos representantes de los distritos de Imperial, Nuevo Imperial, Lunahuaná, Pacarán y Zúñiga asistieron para rememorar el trabajo diario que realiza la mujer; inspiraciones de todo tipo a manera de diálogos, en versos o rimas fueron el plato fondo de esta jornada literaria que se realiza por primera vez en el sector educación de la provincia de cañete.
La próxima velada es el martes 3 de Julio en el auditórium de la Biblioteca Municipal Jesús Garro Muñante donde se reconocerá el trabajo que realizan las mujeres representativas de nuestra provincia. El evento final se realizará a partir de las 10 de la mañana y se contará con la participación de los ganadores de los tres sectores (Mala, Nuevo Imperial y San Vicente).

SE VIENE REALIZANDO LA VIGILANCIA Y CONTROL SANITARIO DE QUIOSCOS ESCOLARES SALUDABLES 2012

Mediante Ley 26842 «Ley General de Salud» y el D.S. 007-98-S.A. «Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas de Consumo Humano», el Gobierno Regional de Lima, a través de la Estrategia Sanitaria de Salud Ambiental de la Red de Salud Cañete Yauyos, conjuntamente con la UGEL N°08 y la Municipalidad Provincial de Cañete, vienen realizando la vigilancia sanitaria de alimentos dentro del ámbito escolar, incorporando temas de higiene y manipulación de alimentos, para la cual se viene realizando inspecciones y capacitaciones en las diversas instituciones educativas públicas y privadas, a través de sesiones en temas de peligros, riesgos de contaminación de alimentos, buenas prácticas de manipulación de alimentos, higiene y saneamiento, exigiendo que cumplan los propietarios de los diversos quioscos escolares con las normas de calidad sanitaria establecida, de modo que al concluir el programa contemos con módulos saludables y calificados.

SE BUSCA OFRECER A ESTUDIANTES ALIMENTOS DE PRIMERA CALIDAD
La iniciativa es promovida con el fin de ofrecer a los estudiantes alimentos de primera calidad como frutas y verduras, y dejar de lado la denominada comida chatarra, que hará que no nos alejemos de la comida saludable.
De esta forma se comenzará a crear hábitos de higiene que garanticen el control y seguridad de los alimentos, a fin de proteger la salud de los estudiantes con la venta de productos autorizados con registro sanitario y así se cumplan con todas las condiciones de higiene y seguridad.

ADMINISTRACION LOCAL DE AGUA MALA - OMAS - CAÑETE

«Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad

AVISO: «ESTUDIO DE APROVECHAMIENTO DE RECURSOS HIDRICOS DEL RÍO CAÑETE – CANAL NUEVO IMPERIAL CON FINES RECREACIONAL – NUEVO IMPERIAL»

La Administración Local de Agua Mala – Omas – Cañete, da a conocer el pedido de Autorización para la Ejecución del: «ESTUDIO DE APROVECHAMIENTO DE RECURSOS HIDRICOS DEL RIO CAÑETE – CANAL NUEVO IMPERIAL CON FINES RECREACIONAL – NUEVO IMPERIAL», con fines de uso recreativo, presentado por la Sra. Alcaldesa de Nuevo Imperial ZULMA MARGGINA MATUMAY SANTOS. Ubicados los puntos de captación:

Captación Nº 01 margen derecha Canal Nuevo Imperial: coordenadas UTM 8553247.18 N y 360614.64 E
Captación Nº 02 margen izquierda Canal Nuevo Imperial: coordenadas UTM 8553244.24 N y 360614.07 E

El estudio se encuentra ubicado en la provincia de Cañete, distrito de Nuevo Imperial, localidad del Centro Poblado La Florida. Indicándose que las obras de captación se encuentran ejecutadas para verificación en vías de regularización.
Toda persona, natural o jurídica, que se considere afectado podrá presentar la oposición respectiva, hasta el décimo día de la última publicación, en la Oficina de la ADMINISTRCIÓN LOCAL DE AGUA MALA – OMAS – CAÑETE, sito en la Calle Panamericana Sur Km. 144.50, distrito de SAN VICENTE DE CAÑETE, provincia de CAÑETE región LIMA debiendo presentar las pruebas instrumentarías, técnicas – legales que se sustenten su pedido.
Mayores detalles respecto al cumplimiento de los requisitos y el estudio de aprovechamiento de recursos hídricos del río Cañete – Canal Nuevo Imperial con fines recreacional, pueden ser constatados y verificado en la Oficina de la ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AGUA MALA – OMAS – CAÑETE.

Ing. José Genaro Musayon Ayala
Administración de Agua

LIMPIABA TORRE DE INTERNET... EN IMPERIAL... Y CAE ENCONTRANDO LA MUERTE...

No había tomado las precauciones del caso... y sucedió un lamentable accidente que le cobró la vida, cuando se encontraba haciendo mantenimiento de antenas de una torre ubicada en un local frente a la plaza de armas de Imperial.  
Los relojes marcaban las 10.00 am, cuando un fuerte grito irrumpió la tranquilidad de la zona.
Humberto Teodoro Salinas Mendoza de 43 años de edad, se encontraba realizando servicio de mantenimiento a las antenas de una empresa que brinda el servicio de internet inalámbrico... él se encontraba casi en la punta de la antena, cuando al parecer ella habría cedido al peso del operador, y se habría roto, cayendo Salinas Mendoza pesadamente, desde aproximadamente 30 metros de altura.
Humberto Salinas Mendoza de 43 cayó sobre el techo de la vivienda contigua y yacía sangrando y balbuceante.
Aún con signos de vida fue socorrido por dos enfermeras del Centro de Salud de Imperial. Efectivos de la policía nacional se trasladaron hasta el Materno Infantil de Ramos Larrea a traer camilla y ambulancia para trasladar al herido.
Llegaron los bomberos desde San Vicente para apoyar en el traslado, pero fue la ambulancia imperialina la que presurosa llevó al convaleciente. Sin embargo, minutos después de ingresado al hospital Rezola dejó de existir.
Humberto Salinas había sido contratado por la empresa COMPUNET, específicamente para la labor de limpieza de la antena; no era trabajador de la misma ya que se dedicaba a este tipo de trabajos en los lugares donde era requerido.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO

ORDENANZA Nº 004-2012-MDSA

San Antonio, 29 de Abril del 2012

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha,

CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 002-2008-MDSA de fecha 14.FEB.2008, el Concejo Municipal aprobó el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de la Municipalidad Distrital de San Antonio – Cañete;

Que, dentro del Reglamento de Organización y Funciones mencionado, se ha omitido consignar las Funciones de la Oficina de Ejecutoria Coactiva, lo que si se encuentra en el Organigrama Estructural y el Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad;

Que, mediante Informe Nº 002-2012-EC-MDSA de la Oficina de Ejecutoria Coactiva, se señala que en Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, solo se encuentran estipuladas las funciones de la Gerencia de Rentas; asimismo da a conocer actividades y principales funciones de dicha Oficina;

Que, con motivo de cumplir con su labor el personal de la Oficina Coactiva, se hace necesario insertar en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, las funciones que les asiste;

Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Asesoría Legal y en uso a lo prescrito en los Artículos 9º numeral 8), 20º numerales 3) 4) 5), y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la votación unánime del pleno del Concejo, y con la dispensa de la aprobación del acta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.- INCORPORESE las funciones de la Oficina de Ejecución Coactiva en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de la Municipalidad Distrital de San Antonio – Cañete, con el tenor siguiente:

“DE LA OFICINA DE EJECUCION COACTIVA

ARTÍCULO 47-A.- Es el procedimiento que emplea la Municipalidad Distrital de San Antonio para exigir al contribuyente el cumplimiento con sus deudas tributarias pendientes de pago.

El procedimiento se inicia con la notificación de la Resolución de Ejecución Coactiva (REC). La Resolución de Ejecución Coactiva (REC), es el medio por el cual la MDSA le comunica al contribuyente que en sus registros existe una deuda pendiente de pago, por lo que deberá pagar los montos adeudados en un plazo de 7 (siete) hábiles. De no efectuarse el pago se procederá a efectuar cualquiera de los embargos establecidos en el Código Tributario. 

ARTÍCULO 47 – B.- Son Funciones de la Oficina de Ejecución Coactiva:

a) El Ejecutor Coactivo Ejerce a nombre de la Municipalidad, las acciones coercitivas necesarias para hacer cumplir las obligaciones de dar, de hacer y no hacer de acuerdo a las normas establecidas en la Ley de Ejecución Coactiva y su Reglamento correspondiente.

b) Mantener actualizado los documentos normativos de gestión municipal en materia de Ejecución Coactiva.

c) Estudiar los expedientes coactivos puestos en su consideración.

d) Exigir a nombre de la Municipalidad las deudas que no han sido pagadas o levantar la medida coactiva por cancelación de la deuda;

e) Firmar conjuntamente con el Auxiliar Coactivo las resoluciones que sean necesarias para el Proceso de Ejecución Coactiva;

f) Ordenar todas las medidas cautelares necesarias;

g) Estudiar el expediente y disponer qué medida o forma de cobranza se ejecuta;

h) Notificar al deudor el valor de la cobranza;
i) Coordinar con Gerencia de Seguridad Ciudadana para las ejecuciones forzosas;

j) Ordenar embargos, ejecución forzosa, demoliciones y tapiado entre otros y disponer la tasación y remate del bien ciñéndose con las reglas del código procesal civil, código tributario, Ley de ejecución coactiva y demás normas pertinentes;

k) Realizar inspecciones oculares y otras diligencias cuando el caso lo amerite:

l) Analizar y emitir informes técnicos de expedientes coactivos;”

ARTÍCULO 2°.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el portal Institucional y carteles de avisos municipales para conocimiento público; así como en el medio periodístico oficial de la provincia.
.
ARTÍCULO 3°.- Téngase por presente en todo lo demás el contenido de la Ordenanza Nº 002-2008-MDSA de fecha 14.FEB.2008, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por la misma.

ARTÍCULO 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación.

Regístrese, publíquese y archívese.

Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde

EDICTOS JUDICIALES

EDICTOS PENALES (1 DIA)
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Flores; cita, emplaza y notifica:
EXP.-739-2011-80; Resol 06 (fecha:19.06.2012): a EDWIN ROJAS CHAVEZ, quien ha sido declarado REO AUSENTE, en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito CONTRA LA FAMILIA-OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR. Agraviado: Cristian Rojas Castro y Otro. Se dispone la reserva del presente proceso y se ordena la remisión de oficios para su inmediata ubicación y captura; el acusado podrá ponerse a disposición del juzgado en horas de juzgamiento y designar a un abogado de su elección. Asistente: Acosta.

TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Aroni; Cita, emplaza y notifica:
EXP.-0319-2011-53; Resolución 03(fecha:22.06.2012): a JUAN ROMULO ANAYA AVILA, para Audiencia de Juicio Oral, día: 31-07-2012, hora 2:45 pm, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y/o ausente. Delito: CONTRA LA FAMILIA-OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR. Agraviado: Tania Anaya Avilez. Asistente: Acosta.
EXP.-738-2011-31; Resolución 05(fecha:26.06.2012): DECLARAR REO AUSENTE al imputado WILMER RAUL CASTRO ROJAS, ordenándose su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD. Agraviado: La Sociedad. Asistente: Salinas.

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA.- Juez Castillo; cita y emplaza:
EXP. 2011-57-01; Resolución 05: RESUELVE: PRIMERO: Declarar REO CONTUMAZ a LUIS GERARDO CARDENAS QUISPE. SEGUNDO: DESIGNAR como abogado defensor publico al Doctor Eder Rober Escobedo Espinoza. TERCERO: DISPONGASE el archivo provisional del presente proceso hasta que el acusado sea habido o se ponga a derecho. Mala, 21.06.2012.

JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAÑETE; Director de Debate, Juez Flores; Cita, emplaza y notifica:
EXP.-0534-2010-26; Resolución 06(fecha:18.06.2012): a JUSTO ALONSO MUCHA RIVAS, para Audiencia de Juicio Oral, día: 16-07-2012, hora 10:00 a.m., bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y/o ausente. Delito: CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA-TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO Agraviado: El Estado. Asistente: Acosta.
EXP.-384-2011-84; Resolución 03(fecha:17.04.2012): a JOSE LUIS JANAMPA VALENCIA, para Audiencia de Juicio Oral, día: 04-07-2012, hora 8:30 a.m., bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y/o ausente. Lugar: Sala Audiencias Juzgado Penal Colegiado. Delito: CONTRA EL PATRIMONIO-ROBO AGRAVADO. Agraviado: Luis Iván Ramos Michuy y Municipalidad Distrital de Quinchez. Asistente: Salinas.
EDICTOS PENALES Y DE FAMILIA
PRIMER JUZGADO DE FAMILIA.- Juez Alejos; emplaza::
EXP.-341-2012; Resolución 03: ADMITIR la demanda interpuesta contra EDGAR YAURIVILCA MERGE, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO, en agravio de MONICA CRISTINA ICHPAS CORNEJO, debiendo tramitarse como PROCESO UNICO; CONFIRIENDOSE al presunto agresor el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS para contestar la demanda, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL.

SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA.- Juez Guevara; emplaza::
EXP.-2009-680; EMPLAZA a través de sus padres JULIAN APAZA HUAHUA Y AVELINA BERROCAL PAUCAR, al adolescente LUIS ALBERTO APAZA BERROCAL para que se apersone ante el Juzgado por habérsele declarado ADOLESCENTE AUSENTE y responda por los cargos que se han formulado en su contra en los seguidos por Infracción contra el Patrimonio-Hurto Agravado en agravio de Luis Alberto Cárdenas Trujillo.

JUZGADO MIXTO DE MALA.- Juez Zamudio; cita y emplaza:
EXP.:019-2011; al menor GIANCARLOS ARTEAGA SALAZAR, para que se defienda de los cargos de la denuncia Fiscal, debiendo estar acompañado de uno de sus padres, responsables o tutores y abogado defensor. RESOLUCIÓN 11 (14-06-2012): DECLARAR REO CONTUMAZ al menor GIANCARLOS ARTEAGA SALAZAR, en consecuencia NOMBRESE a un abogado Defensor Publico, ORDENARSE su conducción por la Policía Nacional, DISPONIENDO su ubicación y captura , y sea puesto a disposición de este juzgado en día y hora hábil de despacho. Secretaria: CAMARGO.
EXP.:018-2011; al menor PABLO ALEXANDER ARIAS QUISPE , para que se defienda de los cargos de la denuncia Fiscal, debiendo estar acompañado de uno de sus padres, responsables o tutores y abogado defensor. RESOLUCIÓN 14 (12-06-2012): DECLARAR REO CONTUMAZ al menor PABLO ALEXANDER ARIAS QUISPE, en consecuencia NOMBRESE a un abogado Defensor Publico, ORDENARSE su conducción por la Policía Nacional, DISPONIENDO su ubicación y captura , y sea puesto a disposición de este juzgado en día y hora hábil de despacho. Secretaria: CAMARGO.

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA.- Juez Castillo; cita y emplaza:
EXP. 2012-09-01-JPU a PAUL CARRIZALES CLEMENTE, para diligencia de Audiencia de Juicio Oral, día: 06-07-2012, hora 9:00 a.m. Lugar: Juzgado de Mala. Delito: HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA. Especialista: Loyola.
28, 29 y 30 de Junio

SUCESIÓN INTESTADA
Exp. Nº 00228-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Srta. Juez Dra. Patricia Razzeto Zavala y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, don MANUEL FELIX FLORIAN CUZCANO solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera BEATRIZ PAREDES HUAMAN, fallecida el 10 de Abril de 2006 en el distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima. Lo que se publica para que se apersonen los que se crean con derecho a que se le incluya como heredero.
Cañete, 01 de Junio de 2012.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2º Juzgado de Paz Letrado - Cañete

EDICTO
Exp. Nº 2012-44-CI; Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda y Secretaria Judicial Rosario Medina Brigada, por Resolución número dos de fecha siete de Mayo del año dos mil doce, en la vía del proceso abreviado se ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por ERNESTO JORGE BLUME FORTINI contra INSTITUTO DE LOS HERMANOS DE LAS ESCUELAS CRISTIANA LA SALLE y INMOBILIARA LOS TUNELES DE BUJAMA S.A., a fin de que se le declare propietario por prescripción del bien inmueble ubicado en el lote SL: 1 sector: Los Acantilados de Bujama, Bujama Baja, distrito de Mala, provincia de Cañete y departamento de Lima cuya extensión es de 255.08 m2. y consecuentemente se ordene la inscripción en los registros de la propiedad inmueble Sunarp; EMPLAZANDO a los demandados que tengan interés en el proceso, para que contesten dentro del plazo de treinta días, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Mala, 07 de Mayo de 2012.
Cristina Del Rosario Medina Brigada
Secretaria Judicial
Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 22, 28 de Junio y 05 de Julio.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA
SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
En el Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a los quince días de junio del año dos mil doce siendo las ocho y treinta de la mañana, se reunieron los señores Jueces Superiores Víctor Durand Prado (Presidente de Sala), Elmer Rebaza Parco y Ángel Polanco Tintaya, a fin de programar la fecha para la realización de la SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 031–2012–P–CSJCÑ-PJ del nueve de enero del dos mil doce, señalándose para el JUEVES VEINTIOCHO DE JUNIO del año en curso a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, a efecto que se garantice que los procesos penales con reos en cárcel se tramiten dentro del plazo fijado por la ley, y el derecho de todo procesado a ser juzgado en plazos razonables o ser puesto en libertad por exceso de detención, conforme lo dispuesto en el Decreto Ley 25476; en consecuencia OFICIESE al Juzgado Penal Liquidador de Cañete, Segundo Juzgado Mixto de Cañete, Juzgado Liquidador de Mala, Juzgado Penal Liquidador de Yauyos, Primera Fiscalía Superior Penal, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos, y al Penal de Nuevo Imperial, a efecto que INFORMEN antes de la fecha de la audiencia, el PLAZO DE DETENCION que tuvieran los acusados hasta el jueves 28 de junio del año en curso, cuyas causas estén pendiente de sentencia y dictamen. Oficiando y mandándose publicar la presente resolución en el Diario «El Peruano», y el de mayor circulación de ésta localidad.
S.S.
DURAND PRADO
REBAZA PARCO
POLANCO TINTAYA

27 junio 2012

HOSPITAL REGIONAL DE CAÑETE SE VA HACIENDO REALIDAD...

El Gobierno Regional de Lima recibirá en los próximos días un Crédito Suplementario de 59 millones 917 mil 126 soles otorgado por el Poder Ejecutivo, que permitirá la ejecución de 13 proyectos de inversión pública para los sectores Agrícola, Salud, Saneamiento Básico y Vías de Comunicación. 
A través del Decreto de Urgencia N°016 -2012 publicado en el Diario Oficial El Peruano, el presidente de la República Ollanta Humala Tasso ha dispuesto como incentivo la transferencia económica de este presupuesto para 13 de las 26 regiones del país, que hasta la fecha han demostrado mayor capacidad de inversión del gasto público. 
Este desembolso hará realidad el esperado proyecto de la Construcción y Equipamiento del Hospital Regional en la provincia de Cañete, cuya inversión en su primera etapa es de 33 millones 900 mil soles. Así como la edificación de represas, el mejoramiento de los establecimientos de salud y carreteras en nuestras provincias. 
«Es un logro importante que se ha conseguido por ser eficientes en la ejecución del gasto público. Esta transferencia hará realidad la puesta en marcha de proyectos muy esperados por nuestros hermanos de las diversas provincias», indicó el presidente Javier Alvarado, quien agregó que este crédito suplementario generará nuevos puestos de trabajo para la población a través de las obras. 
En otro momento, explicó que la transferencia de los más de 59 millones de nuevos soles hará que el Gobierno Regional de Lima ceda -por unos meses- el primer lugar del ranking nacional en la ejecución de proyectos de inversión pública. Sin embargo, afirmó que ese dinero facilitará a su gestión a que pueda atender a la población más necesitada de las nueve provincias.
Cabe mencionar que dicho Decreto de Urgencia ha sido establecido por el Gobierno Central con el objetivo de mantener y promover el dinamismo de la economía nacional a través de créditos suplementarios que impulsará el desarrollo de las regiones.

SISMO DE 4.3 GRADOS REMECIO PROVINCIAS DE PISCO, CHINCHA Y CAÑETE

Un sismo de 4.3 grados de magnitud en la escala de Richter remeció el día de ayer, la provincia de Pisco y Cañete, en el departamento de Ica y lima, según reporte preliminar del Instituto Geofísico del Perú (IGP).
El temblor ocurrió a las 16:17 horas locales (21:17 GMT) y su epicentro fue localizado en el mar, a 22 kilómetros al norte de Pisco.
El movimiento telúrico tuvo una profundidad de 48 kilómetros y una intensidad III en Pisco y Chincha, de acuerdo a la escala de Mercalli Modificada.
Las autoridades locales de Defensa Civil no han reportado, hasta el momento, daños personales ni materiales.
Según reportes radiales, algunos pobladores ganaron rápidamente las calles en busca de un lugar seguro.
El Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), a través del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) coordinó con las autoridades locales, con el fin de monitorear la zona del evento.
Perú se encuentra en la zona denominada Cinturón de Fuego del Pacífico, donde se registra aproximadamente el 85 por ciento de la actividad sísmica mundial.
Por ello, el INDECI recomienda a la población estar preparada y elaborar de manera previa un plan de evacuación familiar.

ACERCA DE LA INASISTENCIA JUSTIFICADA DE LA DRA. TORRES AL CONSEJO REGIONAL DE LIMA

Escribe: Edgar Cama Torres

Últimamente se está hablando sobre la posibilidad de la vacancia de la Consejera Regional por Cañete Dra. Liliana Torres Castillo, evidentemente esto genera incertidumbre en muchos de ver a su consejera en dilemática posición; pero aquellos que estamos cerca expresamos que eso no va a suceder.
En el Capítulo V de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales se establece los requisitos de la vacancia y suspensión de un consejero regional.
Uno de ellos y motivo de este comentario, es acerca de la inasistencia injustificada a las sesiones del Pleno del Consejo Regional por tres veces consecutivas, o cuatro alternadas durante un año; situación que también es contemplada en el art. 8º del Reglamento Interno del Consejo Regional.
Algunos interesados económicamente (dentro y fuera del GORELI) y otros interesados políticamente, hablan de que ya se ha producido la segunda inasistencia injustificada, lo cual no es tan cierto; pese a que, como mencionan algunos, el Consejo Regional en su reunión del jueves 21 de Junio habría dispuesto anular el pedido de justificación de la inasistencia del 31 de Mayo por «no tener sustento».

ANÁLISIS DE LA NORMA SOBRE INASISTENCIAS AL CONSEJO REGIONAL
Pues bien, analicemos el tema in commento; el inciso b del art. 14 del Reglamento Interno del Consejo Regional, de los Deberes Funcionales de los Consejeros, establece que un consejero tiene el deber de:
«Participar en las sesiones del Pleno, de las Comisiones Ordinarias, Investigadoras y Especiales cuando sean miembros de ella. Las inasistencias no justificadas por escrito dentro de los siete días siguientes a las sesiones mencionadas en el párrafo precedente, se consideran injustificadas».
Vista la norma, interpretémosla. La norma busca que los consejeros tengan una participación activa en los Plenos del Consejo Regional y pone un límite a las inasistencias que no sean justificadas por escrito; esto quiere decir que hay un margen grande de discrecionalidad para proceder a justificar, pues solo basta hacerlo con un escrito y esto parte del principio de la buena fe del Consejero Regional.
Caso distinto es lo que señala el art. 37 del Reglamento Interno del Consejo Regional que a la letra dice:
«Cada Presidente de Comisión debe dar cuenta al Consejo Regional en forma mensual de la asistencia de sus miembros a las Sesiones. La inasistencia de un Consejero Regional a tres (03) sesiones consecutivas o no consecutivas deja vacante el cargo respectivo, debiendo el Consejo Regional elegir a su reemplazante. Es justificable la inasistencia por salud debidamente documentada y acreditada, dentro de las 48 horas posteriores a la sesión»
En esta norma el radio de acción es muy restringida, pero se puede interpretar de dos maneras, la primera sería una interpretación literal que solo son justificables las inasistencias por salud (y las que no son de salud, ¿en el limbo?); la segunda sería una interpretación sistemática en la que diríamos que todas las inasistencias pueden ser justificables pero las de salud si deben ser documentada y acreditada. La razón de la norma es para darle mayor fuerza al funcionamiento de las Comisiones Ordinarias, cuya tarea medular es la fiscalización.
Si comparamos ambas normas, el art. 14º con el art. 37º, observamos que no solo la redacción es distinta sino también su contenido. En la primera se habla de inasistencia no justificada y del amplio margen de discrecio-nalidad; y en la otra se menciona de las inasistencias justificadas y que son más restrictivas. Podemos tener discrepancias de la forma como ha sido redactado el Reglamento Interno del Consejo Regional, pero esas son las reglas de juego sobre las cuales cada hecho concreto se debe subsumir.

SUPUESTO ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL DEL 21
DE JUNIO ¿SE AJUSTA A DERECHO?
Según el Acuerdo de Consejo Regional Nº 080-2012-CR/GRL, la Dra. Liliana Torres comunicó vía mail (arts. 36º y 46º del RICR) que no podía asistir a la sesión extraordinaria programada para el día 31 de mayo, por tener que asistir a la Audiencia de la Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Cañete y que posteriormente en el término de ley haría llegar los documentos pertinentes.
Sometido a debate, la petición de la Dra. Torres, en el Pleno del Consejo Regional, se acordó «con el voto por mayoría de los Consejeros Regionales concurrentes» y de acuerdo a «los incisos a) y s) del art. 15º, concordado con el art. 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales»:
«JUSTIFICAR la inasistencia de la Consejera Regional por la provincia de Cañete, Dra. Rosa Liliana Torres Castillo a la Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, realizada en la ciudad de Huacho el día 31 de Mayo 2012.»
Es decir que el Consejo Regional dio por aceptada la petición de la consejera Torres y consideró que no era necesaria la presentación de algún escrito, bastaba el mail enviado; por eso es que justificaron la inasistencia sin hacer ningún requerimiento ni en la parte considerativa, ni en la resolutiva, del Acuerdo. Esto es acorde con el espíritu de lo normado en el art. 14º. Más aún que es cierta la realización de la audiencia del juicio oral el día 31 de Mayo, al cual estaba citada la consejera regional.
Posterior a la reunión del 21 de junio pasado, algunos han salido a decir que el Consejo Regional acordó dejar sin efecto el Acuerdo Regional Nº 080-2012-CR/GRL. Sería bueno tener a la vista el nuevo Acuerdo de Consejo Regional para ver si se ha producido o no la nulidad de oficio del anterior Acuerdo; tendremos que esperar hasta la próxima sesión, pues allí será donde se apruebe el acta de la sesión del 21 de Junio pasado (inciso c del art. 57º del RICR).
De haberse producido la nulidad de oficio, por lo menos deberían de notificar a la Consejera Regional, para que pueda ejercer su derecho a impugnarla toda vez que ya se había justificado su inasistencia sin requerimiento alguno. Sería mayor la gravedad que habría incurrido el Consejo Regional, porque la Dra. Torres, pese a no estar obligada, presentó el acta de la audiencia judicial del 31 de Mayo (hacer hincapié que estas actas se aprueban en la siguiente audiencia y recién después de días se hace entrega si se ha peticionado).
Así que hay tiempo para seguir debatiendo sobre la legalidad de este nuevo acuerdo, estaremos a la espera de la aprobación del acta del Consejo Regional.

NOTA:
El ex candidato al Gobierno Regional de Lima y al Congreso de la República Andrés Tello de las filas del Apra ha salido a pronunciarse sobre la situación de la consejera regional Liliana Torres, señalando que debe ponerse a derecho, señalando que le «parece que estamos transmitiendo un mal ejemplo» a la comunidad. Ideas apresuradas que buscan negar el carácter político del asunto.
Pero hay que hacerle recordar al buen aprista Tello Velazco que no olvide la situación que ocurrió el 03 de Octubre de 1948 cuando se produjo una rebelión militar en el país, se culpó al Apra y Haya de la Torre fue perseguido como responsable de haberla instigado y dirigido. El 4 de enero de 1949, el Embajador de Colombia en Lima informó al Gobierno del Perú del asilo concedido Haya de la Torre, que lo había calificado como refugiado político y que se expidiera un salvoconducto que permitiera al asilado abandonar el país. El Gobierno del Perú rechazó esa calificación y se negó a conceder un salvoconducto, alegando que Haya de la Torre había cometido delitos comunes y no podía beneficiarse del asilo. Este es un caso que todo estudiante de Derecho debe de conocer, con mucha mayor razón un buen aprista.

CULMINA PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN IMPERIAL CON PROYECTOS PRIORIZADOS HASTA POR 3 MILLONES DE SOLES

Tras 4 meses de trabajo, el equipo técnico de la Municipalidad Distrital de Imperial, contando con la importante participación de agentes de la sociedad civil, culminó el proceso del presupuesto participativo para el año 2013 con la priorización de proyectos hasta por un monto total de 3 millones de soles.
Hace un par de días se llevó a cabo el último taller en el que los agentes participantes suscribieron el Acta de acuerdos y compromisos de aquellos que fueron calificados y asignados partidas económicas en forma prioritaria, mientras que aquellos que no alcanzaron presupuesto fueron consignados para ser tomados en cuenta en futuras ampliaciones presupuestales o modificación de los proyectos recogidos anteriormente.
Antes de suscribir el acta se eligió a los integrantes del Comité de Vigilancia y control del proceso del presupuesto participativo, recayendo en las siguientes personas:
Presidenta: Inés Yaya Gomez
1er titular: Nicanor Romero Postillón
2do titular: Justo Reyna Ramos
Accesitarios:
Norma Diaz Canchari
Vicente Chunga Tume.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
CERRO AZUL

«Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de nuestra Diversidad»


ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 004-2012/MDCA

Cerro Azul, 31 de Mayo del 2012

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE CERRO AZUL

POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha;

CONSIDERANDO:
Que, la Gerencia de Administración eleva el proyecto de Reglamento de Altas, Bajas y Enajenación de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul para su aprobación respectiva;

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú modificado por el artículo único de la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, que señala que dicha autonomía radica en la capacidad de emitir actos de gobierno, administrativos y de administración de acuerdo al ordenamiento jurídico;

Que, dicha autonomía no es absoluta, sino que debe ser aplicada de acuerdo al marco normativo nacional, al interés público y a los principios generales del derecho; en el ámbito de su competencia; en ese sentido, debe ser ejercida de acuerdo a la normatividad vigente y a las normas especiales sobre la materia;

Que, el artículo 55 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio; el patrimonio municipal se administra por cada municipalidad de manera autónoma, con las garantías y responsabilidades de ley;

Que, la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, Ley Nº 29151, indica en su artículo 3 que los bienes estatales comprenden los bienes muebles e inmuebles, de dominio privado y de dominio público, que tienen como titular al Estado o a cualquier entidad pública que conforma el Sistema Nacional de Bienes Estatales, independientemente del nivel de gobierno al que pertenezcan;

Que, de acuerdo al artículo 9 de la ley citada en el párrafo precedente los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, así como los de dominio público que se encuentran bajo su administración, se ejecutan conforme a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y a la presente Ley y su reglamento, en lo que fuera aplicable, estando obligados a remitir a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN información de los referidos bienes para su registro en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales - SINABIP; respecto de los bienes de dominio público bajo administración local, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN deberá efectuar las funciones de supervisión y registro;

Que, en ese sentido, las municipalidades distritales, como es el caso de la Municipalidad de Cerro Azul, se encuentran en la capacidad de administrar autónomamente los bienes de su propiedad, así como los de dominio público que se encuentran bajo su administración; en ese sentido, se encuentra dentro de sus facultades regular las disposiciones y procedimientos correspondientes para las altas, bajas y ventas de los bienes patrimoniales muebles de la Municipalidad;

Que, de la revisión del proyecto de Reglamento de Altas, Bajas y Enajenación de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, se puede observar que el mismo se encuentra conforme al marco normativo nacional, especialmente en concordancia con la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, Ley Nº 29151 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, y normas complementarias y conexas;

Que, asimismo, el proyecto de Reglamento de Altas, Bajas y Enajenación de Bienes Patrimoniales, ha sido redactado de acuerdo a las normas emitidas por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, especialmente a la Directiva Nº 004-2002-SBN, Procedimientos para el Alta y la Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal y su Recepción por la Superintendencia de Bienes Nacionales; la Directiva Nº 002-2005-SBN, Procedimientos para la Ventas de los Bienes Muebles dados de Baja por las Entidades Públicas, aprobado por la Resolución Nº 029-2005-SBN; Directiva Nº 005-2009-SBN, Saneamiento de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal, aprobado por la Resolución Nº 147-2009-SBN; y la Directiva Nº 003-2010-SBN, procedimientos para la Baja y Venta de los Bienes Muebles Estatales en Calidad de Chatarra, aprobado por la Resolución Nº 124-2010-SBN;

Que, el artículo 10 literal j) del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, indica que son funciones , atribuciones y obligaciones de las entidades, entre otras, aprobar el alta y baja de sus bienes.

Que, de acuerdo a lo indicado en el artículo 9 numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades es competencia del Concejo Municipal aprobar, modificar y derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo en el numeral 29) del mismo artículo, se indica que el concejo municipal aprueba el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales;

Estando a los considerándose precedentes, en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 9 y 40 de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se ha dado la siguiente:

ORDENANZA
QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ALTAS, BAJAS Y ENAJENACION DE BIENES PATRIMONIALES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

Artículo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO DE ALTAS, BAJAS Y ENAJENACION DE BIENES PATRIMONIALES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul www.municerroazul.gob.pe.

Artículo Segundo.- FACULTAR al Despacho de Alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias que se requieran para una mejor aplicación de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y demás unidades orgánicas competentes el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase

HUGO RIVAS SANCHEZ
ALCALDE

FISCAL LOGRA CONDENA DE 25 AÑOS Y 6 MESES PARA SUJETO QUE VIOLÓ A MENOR DE EDAD

En audiencia pública llevada a cabo el 25 de junio del presente, el Dr. Jaime E. Ortega Gómez, Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, logró que se dictara sentencia condenatoria para Juan Miguel Orellana Landeón, quien fue acusado por el delito de violación de la libertad sexual en agravio de la menor de 14 años de iniciales V.S.S.L.
La condena impuesta por el Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior de Justicia de Cañete, fue de veinticinco años y seis meses de pena privativa de libertad, debiendo además el sentenciado realizar el pago de trescientos nuevos soles a favor de la agraviada, lo cual concuerda con la acusación y solicitud del representante del Ministerio Público.
Los hechos motivos de este juicio, se produjeron en el mes de mayo del 2010, cuando el sentenciado quien conducía una mototaxi, interceptó a la menor que se dirigía a su centro educativo, llevándola a un lugar descampado en el AA.HH. 8 de Imperial, donde mantuvo relaciones sexuales con ella, siendo conciente de la minoría que esta tenía.
Al termino de la audiencia, se ordenó el inmediato internamiento del sentenciado en el Centro Penitenciario de Nuevo Imperial – Cañete.

EDICTOS JUDICIALES

EDICTO JUDICIAL
Expediente Nº 25-2012 por ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez Elmer Nicolás Velásquez Carbajal y Secretaria Giovanna Mendoza Magallanes, se tramita el Expediente Nº 25-2012 seguido por MANUEL GASPAR SANCHEZ YACTAYO contra NANCY GONZALES DEL VALLE RIVAS se expidió la Resolución número Dos (25-05-2012); 1) ADMÍTASE A TRÁMITE LA DEMANDA sobre DESLINDE interpuesta por MANUEL GASPAR SANCHEZ YACTAYO, contra NANCY GONZALES DEL VALLE RIVAS, debiendo tramitarse en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO. 2) TRASLADO de la demanda a NANCY GONZALES DEL VALLE RIVAS para que dentro del plazo de DIEZ DIAS absuelva la demanda, bajo APERCIBIMIENTO de declararse su REBELDÍA y proseguirse el proceso según su estado 3) Téngase por ofrecidos los medios probatorios de la parte demandante para ser calificados en la estación procesal correspondiente. 4) ORDENAR LA PUBLICACIÓN del extracto del autoadmisorio de la demanda por tres veces con intervalo de tres días en el Diario Oficial «El Peruano» y el Diario de la localidad «Al Día Con Matices», por TRES VECES con intervalo de TRES DÍAS. Firmado por el Juez y Secretaria Judicial.
Cañete, 25 de Mayo de 2012.
Abog. Giovana E. Mendoza Magallanes
Secretaria Judicial
1º Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 21, 27 de Junio y 04 de Julio.

EDICTO
Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete que despacha el Juez Dr. Enrique Amílcar Cárdenas Chancos se tramita el Exp. Nº 0087-2012 seguidos por Diómedes Heredia Palomino y Clara Mercedes Velorio Kuramoto contra Manuel Lizarme García y Regina Carbajal Cahuana sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, se ha dictado la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS: SE RESUELVE ADMITIR a trámite la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio del inmueble ubicado en la Urbanización El Olivar Mz. B, Lote 07 del distrito de Cerro Azul de Cañete de un área de UN MIL CIENTO TRES PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS, en proceso abreviado y se confiere traslado a la parte demandada por el término de diez días, se ordena publicar un extracto de la demanda para que se puedan apersonar los que crean tener derecho y los ejerzan como corresponde. Firma Dr. Enrique Amílcar Cárdenas Chancos – Juez.- Fdo. Dr. Henry Manuel Dantas Aparcana.
Cañete, ocho de Mayo del dos mil doce.
Henry M. Dantas Aparcana
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 21, 27 de Junio y 04 de Julio.

EDICTO
Exp. Nº 2009-163-CI; Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha la Dra. Teresa Esperanza Zamudio Ojeda y Secretaria Judicial Katia Herrera Quispe por Resolución número quince de fecha tres de Mayo del año dos mil doce, en la vía del proceso abreviado se ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO interpuesta por HUGO MÁRIO PEDEMONTE THOMPSON, en contra de los demandados JUAN MARTINEZ GARAY y ESPOSA CLELIA LERCARI FLORES, a fin de que se le declare propietarios por prescripción del bien inmueble de un área de 1,183.60 m2. más 88.00 m2. de pasaje interno conforme el testimonio de compraventa de fecha 21 de Mayo de 1997 del predio urbano llamado Ex Fundo Chacalla ubicado en la Mz. D sub lote 3º jurisdicción del distrito de Asia – Cañete – Lima. EMPLAZANDO a los demandados y a los que crean tener interés en el proceso, para que contesten dentro del plazo de diez días, notificándose también a los predios colindantes. Mala, 14 de Junio de 2012.
Dra. Katia Gissela Herrera Quispe
Secretaria
Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar 21, 25 y 27 de Junio.

EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Civil de Cañete, Exp. 2012-162, se ha dictado la Resolución que se transcribe: RESOLUCIÓN DOS. Treinta de Mayo del dos mil doce. AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por LUIS GONZALES RIEGA contra la COOPERATIVA DE VIVIENDA «BANCARIA CAÑETE» LTDA. Nº 409 sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA (demandada), del lote 8 de la Mz. «C» de la Urbanización Valle Hermoso de San Vicente de Cañete, de un área de 300.000 m2., ordenándose el Emplazamiento por Edictos a la mencionada demandada, para que dentro del término especial de TREINTA DÍAS, se apersone a la instancia bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.- Una firma Dr. Cárdenas Chancos – Juez.- Una firma Dr. Dantas – Secretario. Cañete, 21 de Junio de 2012.
Henrry Manolo Dantas Aparcana
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: 25, 26 y 27 de Junio.

EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Civil de Cañete, Exp. 2012-163, se ha dictado la Resolución que se transcribe: RESOLUCIÓN DOS. Treinta de Mayo del dos mil doce. AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por LUIS GONZALES RIEGA contra la COOPERATIVA DE VIVIENDA «BANCARIA CAÑETE» LTDA. Nº 409 sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA (demandada), del lote 7 de la Mz. «C» de la Urbanización Valle Hermoso de San Vicente de Cañete, de un área de 300.000 m2., ordenándose el Emplazamiento por Edictos a la mencionada demandada, para que dentro del término especial de TREINTA DÍAS, se apersone a la instancia bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.- Una firma Dr. Cárdenas Chancos – Juez.- Una firma Dr. Dantas – Secretario. Cañete, 21 de Junio de 2012.
Henrry Manolo Dantas Aparcana
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: 25, 26 y 27 de Junio.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA
SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
En el Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a los quince días de junio del año dos mil doce siendo las ocho y treinta de la mañana, se reunieron los señores Jueces Superiores Víctor Durand Prado (Presidente de Sala), Elmer Rebaza Parco y Ángel Polanco Tintaya, a fin de programar la fecha para la realización de la SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 031–2012–P–CSJCÑ-PJ del nueve de enero del dos mil doce, señalándose para el JUEVES VEINTIOCHO DE JUNIO del año en curso a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, a efecto que se garantice que los procesos penales con reos en cárcel se tramiten dentro del plazo fijado por la ley, y el derecho de todo procesado a ser juzgado en plazos razonables o ser puesto en libertad por exceso de detención, conforme lo dispuesto en el Decreto Ley 25476; en consecuencia OFICIESE al Juzgado Penal Liquidador de Cañete, Segundo Juzgado Mixto de Cañete, Juzgado Liquidador de Mala, Juzgado Penal Liquidador de Yauyos, Primera Fiscalía Superior Penal, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos, y al Penal de Nuevo Imperial, a efecto que INFORMEN antes de la fecha de la audiencia, el PLAZO DE DETENCION que tuvieran los acusados hasta el jueves 28 de junio del año en curso, cuyas causas estén pendiente de sentencia y dictamen. Oficiando y mandándose publicar la presente resolución en el Diario «El Peruano», y el de mayor circulación de ésta localidad.
S.S.
DURAND PRADO
REBAZA PARCO
POLANCO TINTAYA

ADMINISTRACION LOCAL DE AGUA: MALA - OMAS - CAÑETE

AVISO: «ESTUDIO DE APROVECHAMIENTO HIDRICO DEL CENTRO ACUICOLA CATAHUASI – YAUYOS – LIMA»


La Administración Local de Agua Mala – Omas – Cañete, da a conocer el pedido de Autorización para la Ejecución del: «ESTUDIO DE APROVECHAMIENTO HIDRICO DEL CENTRO ACUICOLA CATAHUASI – YAUYOS – LIMA», con fines de uso acuícola, presentado por el señor ABELARDO RAFAEL CAMPOS OTERO, ubicado el punto de Captación en la margen izquierda del río Cañete, distrito de Catahuasi, Centro Poblado de Catahuasi, en las coordenadas UTM WGS84, 8 586 168.01 N – 403 023.76 E, para ser utilizada con fines Acuícola.

Toda persona, natural o jurídica que se considere afectado podrá presentar la oposición respectiva, hasta el décimo día de la última publicación, en la oficina de la ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AGUA MALA – OMAS – CAÑETE, sito en la calle Panamericana Sur Km. 144.50, distrito de SAN VICENTE DE CAÑETE, provincia de CAÑETE, región LIMA, debiendo presentar las pruebas instrumentarias, técnicas – legales que se sustenten su pedido.

Mayores detalles respecto al cumplimiento de los requisitos y el estudio de aprovechamiento hídrico del Centro Acuícola Catahuasi – Yauyos, del VALLE CAÑETE pueden ser constatados y verificado en la Oficina de ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AGUA MALA – OMAS – CAÑETE.

Ing. José Genaro Musayon Ayala
Administración de Agua

26 junio 2012

DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE ES EL QUE TIENE MENOR DENUNCIAS POR ESTAFAS

Un promedio de 30 denuncias por el presunto delito de estafa y otras defraudaciones son formuladas a diario en el Ministerio Público, informó hoy el gerente del Observatorio de la Criminalidad de esa institución, Juan Huambachano.
Detalló que entre 2000 y 2011, el Ministerio Público tiene reportado un total de 131,470 presuntos delitos de estafa y otras defraudaciones, muchas de las cuales corresponden al ámbito de la compra y venta de inmuebles.

LOS DE MAYOR DENUNCIAS
Los distritos judiciales con mayor número de denuncias por esos delitos son: Lima, Arequipa, Lambayeque, Cusco, Junín, Piura, La Libertad, Callao, Ica y Lima Sur.
Estos 10 distritos representan el 78.1 por ciento de los registros.

CAÑETE ENTRE LOS DE MENOS DENUNCIAS
Los distritos judiciales con menor número de delitos de estafa son: Áncash, San Martín,Cañete, Apurímac, Moquegua, Tumbes, Amazonas, Huancavelica, Madre de Dios y Pasco. Estos 10 distritos judiciales representan el 5.4 por ciento de lo registrado.
«El 84.5 por ciento de estos delitos registrados en el Ministerio Público corresponde al tipo penal básico de estafa; el 6.7 por ciento, a defraudación con simulación de juicio; el 3.4 por ciento, a estelionato (fraude o engaño en los contratos) y el 0.9 por ciento, a defraudación con abuso de firma en blanco», dijo.
Agregó que el 0.2 por ciento de los ilícitos tiene que ver con defraudación con alteración de precio o condición de contrato, y en el 4.4 por ciento no se ha registrado el tipo penal específico.
En tanto, los departamentos en donde se reportan menos denuncias por estafa son: Áncash, San Martín, Cañete, Apurímac, Moquegua, Tumbes, Madre de Dios y Pasco.
Los Registros Públicos no son la única entidad en donde se puede consultar la acreditación de un bien inmueble, sino también en los municipios, donde toda propiedad está inscrita necesariamente.

II TALLER DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO «PRIORIZACION DE PROYECTOS» EN CERRO AZUL, FUE TODO UN ÉXITO

En el marco del cumplimiento de los objetivos cifrados por la presente gestión, el pasado sábado 23, se realizó el II Taller del Presupuesto Participativo «Priorización de Proyectos y Formalización de Acuerdos» de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul.
En esta actividad estuvieron presentes, agentes participantes de los diversos sectores de la sociedad cerroazuleña, quienes aprobaron los proyectos que se ejecutarán el próximo año 2013 en beneficio de la población.
Así lo dio a conocer el burgomaestre del «Primer Encanto del Sur», Hugo Rivas Sánchez, quien indicó a los medios de prensa que esta actividad estuvo coordinada con el equipo técnico que lidera la CPC. María del Carmen Prentice Hernández y funcionarios de la municipalidad local y que se desarrolló entre las 09:00hrs. (9:00am.) y culminó a las 14:00hrs. (02:00pm.) teniendo como sede: el salón de Recepciones «Yoti» sito en el Jirón Jorge Chávez 671 frente a la Plaza de Armas.

«VEN, PARTICIPA Y DECIDE»
Cabe indicar que los agentes participantes inscritos por ante el equipo técnico, responsables y/o representantes de las instituciones, tomaron muy en cuenta el lema de este taller «Ven, participa y decide» con lo que asumieron el compromiso de contribuir al progreso y modernidad de la jurisdicción cerroazuleña.
Los partícipes de la reunión, expresaron su alegría por los proyectos priorizados, destacando entre ellos, el Señor Juan Torres del Centro Poblado Casa Blanca, quien dijo estar de acuerdo con lo aprobado para su sector; de igual proceder fue los representantes de la I.E.P. Gerardo Salomón Mejía Saco, así como el delegado de la I.E.P. 20131 José Olaya Balandra y otros concurrentes como las integrantes de clubes de madres y programas del Vaso de Leche que asistieron a la reunión.

ELIGIERON COMITE DE VIGILANCIA
Luego del acto de la aprobación, se eligió al Comité de Vigilancia, en los cargos de miembros titulares a la señora Julissa Manco Flores y Alfredo Papaffava Guerrero y como suplentes, los señores: Máximo Benites Jara y Pedro León Yataco.
De esta manera, la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, en cumplimiento de las normas generales del Presupuesto Participativo, hizo posible que la ciudadanía democráticamente participe de este importante acto popular que significó un respaldo a la gestión presente que continúa trabajando en la senda de la moderbnidad y el progreso, bajo el lema «juntos construimos nuestro desarrollo».