19 febrero 2007

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
“En lucha frontal e indesmayable contra la corrupción”
Presidencia

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 029-2007-PJ-CSJCÑ/P


Cañete, diecinueve de enero del dos mil siete.-


VISTOS:
Informe N° 003-07-AS-OA-OP-CSJCÑ, de la Asistente Social de la Corte Superior de Justicia de Cañete.

Y CONSIDERANDO:

Que, mediante el Informe de Visto, se da cuenta del fallecimiento del señor Jacinto Cama Vicente, padre biológico del señor Magistrado Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Juez Titular del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, sucedido el día jueves dieciocho de enero del año en curso, en la Ciudad de Imperial, Provincia Cañete y Departamento Lima, en horas de la tarde, como es de público conocimiento; correspondiendo a dicho magistrado la respectiva licencia por duelo, de conformidad con el inciso 4) del Art. 241° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.


Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables, en virtud a ello se encuentra facultado a designar, reasignar, encargar y ratificar a Magistrados Provisionales.

Que, la señora Magistrada Estela Alejandrina Solano Alejos, Juez Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete; cumple con los requisitos establecidos en el Art. 180° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para asumir la encargatura del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete;

Que, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario adoptar las medidas administrativas pertinentes, a efecto de dar continuidad el despacho jurisdiccional del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, por lo que se debe encargar el Despacho a la señora Magistrada Estela Alejandrina SOLANO ALEJOS, a dedicación exclusiva, a partir del día diecinueve del mes y año en curso, hasta la reincorporación del señor Magistrado Jacinto Arnaldo Cama Quispe a sus labores como Juez Titular del referido juzgado; asimismo, la Magistrada Patricia María MARTINEZ GUANDO, a partir del día diecinueve del mes y año en curso se hará cargo del despacho del Primer Juzgado de Paz Letrado de San Vicente de Cañete y los cumplirá en adición a su labor jurisdiccional, hasta que la señora Magistrada Estela Alejandrina SOLANO ALEJOS se reincorpore a su cargo como Juez Titular del referido juzgado de paz letrado.

Que, en consecuencia, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: ENCARGAR el despacho del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete a la señora Magistrada Estela Alejandrina SOLANO ALEJOS, a partir del día 19 de Enero del año en curso, a dedicación exclusiva, hasta la reincorporación del Juez Titular, señor Doctor Jacinto Arnaldo Cama Quispe.-

ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR el despacho del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete a la señora Magistrada Patricia María MARTINEZ GUANDO con adición a su labor jurisdiccional, como Juez Provisional del Segundo Juzgado de Paz Letrado de San Vicente de Cañete, hasta la reincorporación de la Juez titular señora Magistrada Estela Alejandrina SOLANO ALEJOS.-

ARTICULO TERCERO: HACER de conocimiento la presente resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General y Gerencia de Personal del Poder Judicial, de la Administración de este Distrito Judicial y de las magistradas para los fines pertinentes.-

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese

Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 036-2007-PJ-CSJCÑ/P

Cañete, veintidós de enero del dos mil siete.-

VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Administrativa N° 011 – 2006/PJ-CSJCÑ-P de fecha cuatro del dos mil seis, se unificó hasta que se dicte disposición en contrario las labores del Registro Distrital de Condenas de la Corte Superior de Justicia de Cañete, del Registro Distrital de Requisitorias de Cañete, del Convenio del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), del Registro Distrital de Internos Procesados y Sentenciados de la Corte Superior de Justicia de Cañete REDIPROS, y el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) de la Corte Superior de Justicia de Cañete, designándose a la servidora Carmen Marleny Ysagawa Montoya como responsable de los mismos para el año próximo pasado y como personal de apoyo al servidor Daniel Borjas Yache.

Que, a la fecha las designaciones referidas en el considerando precedente han concluido, por lo que resulta necesario adoptar medidas conducentes al normal funcionamiento de los citados Registros.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables.

Que, en consecuencia, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: RATIFICAR a la servidora Carmen Marleny YSAGAWA MONTOYA como Responsable del Registro Distrital de Condenas de la Corte Superior de Justicia de Cañete, del Registro Distrital de Requisitorias de Cañete, del Convenio del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), del Registro Distrital de Internos Procesados y Sentenciados de la Corte Superior de Justicia de Cañete REDIPROS, y el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) de la Corte Superior de Justicia de Cañete, y como personal de apoyo al servidor Alvino Daniel BORJAS YACHE.-

ARTICULO SEGUNDO: AUTORIZAR a la responsable del Registro Distrital de Condenas designada en la presente resolución y en su ausencia al Jefe de la Oficina de Administración Distrital, a certificar la firma digitalizada del Jefe del Registro Nacional de Condenas, impresa en el Certificado de Antecedentes Penales.-

ARTICULO TERCERO: DISPONER que el Jefe de la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Cañete, se encargue de realizar las coordinaciones pertinentes con la Gerencia General del Poder Judicial para la capacitación constante y permanente del personal designado en la presente resolución, así como la difusión de la presente resolución entre el personal jurisdiccional y los justiciables.-

ARTICULO CUARTO: HACER de conocimiento la presente resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, del jefe del Registro Nacional de Condenas, de los Órganos Jurisdiccionales de esta Corte, de la Oficina de Administración de este Distrito Judicial y de los interesados.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese

Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 038-2007-PJ-CSJCÑ/P

Cañete, veinticuatro de enero del dos mil siete.-

VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2° del Decreto Ley N° 25476, dispone la realización trimestral de Audiencia Públicas Extraordinarias;

Que, en cumplimiento de la citada norma y a fin de garantizar la tramitación normal de los procesos penales, en los plazos previstos por la Ley, y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable a su correspondiente puesta en libertad, resulta necesario señalar el cronograma de realización trimestral de las Audiencias Públicas en referencia.

Por tales fundamentos, con las facultades conferidas por los numerales 1) y 3) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; con cargo a dar cuenta en Sala Plena;

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: SEÑALAR fechas para la realización de las AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS en el Distrito Judicial de Cañete, correspondiente al Año Judicial 2007.

- PRIMER TRIMESTRE : 30 de Marzo del 2007
- SEGUNDO TRIMESTRE : 27 de Junio del 2007
- TERCER TRIMESTRE : 28 de Setiembre del 2007
- CUARTO TRIMESTRE : 28 de Diciembre del 2007

ARTICULO SEGUNDO: HACER de conocimiento la presente resolución de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, del Presidente de la Sala Penal y de la Oficina de Administración Distrital.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese

Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 039-2007-PJ-CSJCÑ/P

Cañete, veinticinco de enero del dos mil siete.-

VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa N° 135-2006-CE-PJ, de fecha 20 de octubre del año próximo pasado, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, resuelve disponer las vacaciones correspondientes al Año Judicial 2007, para Magistrados, personal Auxiliar Jurisdiccional y Administrativo, las mismas que se harán efectivas desde el 1° de febrero al 2° de marzo del año en curso.

Que, el artículo tercero de la citada Resolución, establece que durante el mes de vacaciones funcionarán órganos jurisdiccionales de emergencia, propuestos por los Presidentes de las Cortes Superiores, los mismos que seguirán conociendo los procesos a su cargo y atenderán preferentemente las siguientes materias de los órganos jurisdiccionales que saldrán de vacaciones: Penal: Hábeas Corpus, calificación de denuncias con detenido, trámite de libertades, apelación de mandato de detención, homonimias, y rehabilitaciones. Civil: Acciones de garantía y medidas cautelares fuera de proceso; Familia: Consignaciones de alimentos, autorización de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores; Laboral: Consignaciones laborales; y Contencioso Administrativo.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna del mismo, dictando las medidas administrativas internas, pertinentes y necesarias para el mejor funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativo, a fin de brindar un mejor servicio de la administración de justicia en beneficio de los justiciables.

Que, en consecuencia, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3° y 9° del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER el funcionamiento de los siguientes Órganos Jurisdiccionales de Emergencia, en el periodo vacacional comprendido entre el 1° de febrero al 2° de marzo del año 2007:
Sala Mixta de Vacaciones, conformada por los señores Vocales Superiores doctores:
Ricardo ASTOQUILCA MEDRANO, Presidente
Víctor Raymundo DURAND PRADO, Vocal Titular
Judith Lucia MARCELO CIRIACO, Vocal Suplente

Primer Juzgado Especializado en lo Penal de Cañete, a cargo del doctor Isaías José ASENCIO ORTIZ, que atenderá sólo por el periodo vacacional en adición a sus funciones, el Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Cañete y el Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de Cañete.

Juzgado Especializado de Familia, único y permanente, a cargo de la doctora María Guadalupe GARNICA PINAZO, que atenderá sólo por el periodo vacacional en adición a sus funciones, el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete.

Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete a cargo de la doctora Estela Alejandrina SOLANO ALEJOS, que atenderá sólo por el periodo vacacional en adición a sus funciones, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete y el Juzgado de Paz Letrado de Imperial.

Juzgado Mixto de Cañete, a cargo del doctor José Alejandro DULANTO SANTINI, que atenderá sólo por el periodo vacacional en adición a sus funciones, el Juzgado Mixto de Mala, y el Juzgado Mixto de Yauyos.

Juzgado de Paz Letrado de Asia a cargo del doctor Gilbert Alfredo SANCHEZ CANDELA, que atenderá sólo por el periodo vacacional en adición a sus funciones, el Juzgado de Paz Letrado de Mala.

Juzgado de Paz Letrado de Lunahuana a cargo del doctor Manuel Rigoberto VARGAS SANCHEZ, que atenderá sólo por el periodo vacacional en adición a sus funciones, el Juzgado de Paz Letrado de Yauyos.

ARTICULO SEGUNDO: Los Órganos Jurisdiccionales de emergencia, seguirán conociendo los procesos a su cargo y atenderán preferentemente las materias señaladas en el artículo 3° de la Resolución Administrativa N° 135-2006-CE-PJ.

ARTICULO TERCERO: Los señores Magistrados y personal auxiliar que no cuenten con el récord laboral exigido no saldrán de vacaciones y conformarán los órganos jurisdiccionales de emergencia, previa designación del Presidente de Corte.

ARTÍCULO CUARTO: Los Magistrados de Primera Instancia, que se encuentren a cargo de los Despachos de los Juzgados Especializados en lo Penal y Juzgados Mixtos, designados como órganos de emergencia, desarrollarán los turnos correspondientes en el Juzgado de Turno Permanente.

ARTICULO QUINTO: De conformidad con lo expuesto en la Resolución Administrativa N° 135-2006-CE-PJ, en cada Juzgado Especializado en lo Penal, en que el personal se encuentre gozando de vacaciones en el mes de febrero, se designará un técnico judicial a fin de que, previo inventario y bajo responsabilidad, tenga a su cargo los expedientes en giro y en archivo, para que se dé trámite a asuntos materia de requerimiento. Dicho personal será propuesto por el Magistrado que corresponda.

ARTICULO SEXTO: La Administración Distrital dispondrá la permanencia, en el mes de vacaciones, de un personal en cada uno de los órganos jurisdiccionales que no han sido considerados como de emergencia, del personal mínimo necesario en los órganos jurisdiccionales de emergencia, así como en los órganos de apoyo administrativo y de servicios judiciales. Conforme al cuadro de vacaciones de Magistrados, personal auxiliar jurisdiccional y administrativo que se adjunta.

ARTICULO SETIMO: Los Magistrados y personal auxiliar que trabajen del 1 de febrero al 2 de marzo del año en curso, harán uso de vacaciones según las necesidades del servicio, entre los meses de abril y noviembre del presente año, previa autorización del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial o de esta Presidencia, siempre y cuando hayan cumplido al 31 de enero del 2007 el récord laboral exigido.

ARTICULO OCTAVO: PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de CODICMA, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administración de este Distrito Judicial y de los Órganos Jurisdiccionales de esta Corte para los fines pertinentes.-

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese

Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 041-2007-PJ-CSJCÑ/P

Cañete, veinticinco de enero del dos mil siete.-

VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna del mismo, dictando las medidas administrativas internas, pertinentes y necesarias para el mejor funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativo, a fin de brindar un mejor servicio de la administración de justicia en beneficio de los justiciables.

Que, por Norma General de Tesorería N° 08 aprobada por Resolución Directoral N° 026-80-EF/77 y modificada por Resolución Directoral N° 054-2000-EF/77.15, congruente con la norma de Control Interno Nº 230-12 aprobada por Resolución de Contraloría N° 072-98-C-CG, Directiva Nº 02-2006-66/PJ; resulta necesario se establezca como práctica sana de control interno, la realización en forma mensual del arqueo sorpresivo a los fondos asignados a esta Corte Superior de Justicia.

Que, estando a lo expuesto, se constituyó en esta Corte Superior de Justicia, una comisión encargada de efectuar en forma mensual el Arqueo de los Fondos, la misma que realiza acciones necesarias a fin de cumplir con lo normado.

Que, con el objeto de dar funcionalidad y como política sana, se dispone que la comisión a nombrar estará integrada en forma trimestral, cuyos responsables ejercerán sus funciones en forma mensual en el periodo correspondiente.

Que, en consecuencia, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3° y 9° del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR para el presente año judicial, la Comisión Encargada de Efectuar en forma mensual el Arqueo sorpresivo de fondos asignados a la Corte Superior de Justicia de Cañete, cuyos integrantes accionaran dentro del trimestre que les corresponda, conforme se detalla a continuación:

PRIMER TRIMESTRE 2007
Dra. Estela Alejandrina SOLANO ALEJOS
Dr. Percy Edwin GARCÍA PAREDES

SEGUNDO TRIMESTRE 2007
Dra. Patricia María MARTINEZ GUANDO
Sra. Sonia Marlene HERNANDEZ RAMOS

TERCER TRIMESTRE 2007
Dr. Javier Donato VENTURA LÓPEZ
Sr. Luis Alberto PEÑA GOISETA

CUARTO TRIMESTRE 2007
Dr. Jacinto Arnaldo CAMA QUISPE
Dra. Jessika VARGAS HILASAKA

ARTICULO SEGUNDO: PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, del Contador General del Poder Judicial, Oficina de la Inspectoría General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración de este Distrito Judicial, y de los designados en la presente resolución para los fines pertinentes.-

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese

Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 042-2007-PJ-CSJCÑ/P

Cañete, veinticinco de enero del dos mil siete.-

VISTA
La Resolución Administrativa N° 043-2004-CE-PJ, publicado en el Diario Oficial “El Peruano”, el 22 de abril del año dos mil cuatro; y,

CONSIDERANDO:
Que, el artículo segundo de la citada resolución dispone que los Secretarios de las Salas Superiores de las Cortes Superiores de Justicia de la República, remitan bimestralmente a la Secretaria Administrativa de la Presidencia, dos ejemplares con un disquete, de las resoluciones consentidas y/o ejecutoriadas emitidas por las Salas, a excepción de las relativas a procesos de reserva;

Que, esta Presidencia considera pertinente, establecer un cronograma de entrega de la documentación indicada, para el presente año judicial, a efectos de mantener orden y control en su recepción y dará cumplimiento con lo establecido por el citado órgano de gobierno y gestión;

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna del mismo, dictando las medidas administrativas internas, pertinentes y necesarias para el mejor funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativo, a fin de brindar un mejor servicio de la administración de justicia en beneficio de los justiciables.

Que, en consecuencia, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3° y 9° del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER que los Secretarios de las Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Cañete, remitan bimestralmente dos ejemplares de las resoluciones indicadas en el primer considerando de la presente resolución, y el respectivo disquete que las contiene, a Secretaría de la Presidencia de esta Corte Superior, en las fechas que se detallan a continuación:
Bimestre Fecha de Entrega
Enero – Febrero del 2007, 8 de marzo
Marzo – Abril del 2007, 9 de mayo
Mayo – Junio del 2007, 10 de Julio
Julio – Agosto del 2007, 7 de setiembre
Setiembre – Octubre del 2007, 9 de noviembre
Noviembre – Diciembre del 2007 10 de enero del 2008.

ARTICULO SEGUNDO: La entrega de la documentación, con los folios debidamente enumerados en forma correlativa por cada ejemplar y el disquete, se hará efectiva en la Mesa de Partes de la Secretaría de la Presidencia de esta Corte Superior.

ARTICULO TERCERO: Los Presidentes de las Salas Superiores de esta Corte, verificarán que se cumpla con las disposiciones señaladas en la presente resolución, dentro de los plazos establecidos en el indicado cronograma.

ARTICULO CUARTO: DISPONER que la Oficina de Estadística de esta Corte, centralice la remisión de la documentación señalada en el artículo primero de la presente resolución, para dar estricto cumplimiento de la Resolución Administrativa N° 043-2004-CE-PJ.

ARTICULO QUINTO: PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Director del Centro de Investigaciones Judiciales, Gerencia General del Poder Judicial, Salas Superiores, Oficina de Administración Distrital para los fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese

Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 043-2007-PJ-CSJCÑ/P

San Vicente, veinticinco de enero del dos mil siete.

VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, en Cada Corte Superior de Justicia, funciona un COMITÉ DE DAMAS, integrada por las esposas de los señores magistrados y las señoras magistradas del Distrito Judicial, organización encargada de desarrollar actividades de carácter social, a favor de los trabajadores del respectivo Distrito Judicial y de la población vulnerable de la Provincias de Cañete y Yauyos.

Que, la Presidencia del Comité de Damas, es asumida por la esposa del Presidente de Corte, de acuerdo a los Estatutos de la Asociación de Damas del Poder Judicial – ADAPOJ.

Que, para el bienio 2007-2008, la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cañete, ha elegido al Dr. Paulo Jorge Vivas Sierra, como Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete, quien ha asumido funciones el inicio del presente año judicial, por tanto su señora esposa, la señora Juana María Santisteban Chaupin de Vivas, debe asumir la Presidencia del COMITÉ DE DAMAS de esta Corte.

Que, el COMITÉ DE DAMAS, del Distrito Judicial de Cañete, actuará dentro del marco de las políticas de sensibilidad social y emoción humana, que conlleven a la integración de la familia judicial de su jurisdicción, en el bienio 2007 -2008, contribuyendo así con la construcción nacional de un país inclusivo, sin distinción de razas, credos, nivel socioeconómico o rango laboral.

Estando a lo expuesto, y con las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR el COMITÉ DE DAMAS de la Corte Superior de Justicia de Cañete para el presente año judicial, con las siguientes integrantes:
Sra. Juana María Santisteban Chaupin de Vivas, Presidenta
Dra. Liliana Torres Castillo de Cama, Vice Presidenta
Sra. Karionov Castilla Quehuarucho de Quispe, Integrante
Dra. Luz Gladys ROQUE MONTESILLO, Integrante
Dra. María Guadalupe GARNICA PINAZO, Integrante
Dra. Estela Alejandrina SOLANO ALEJOS, Integrante
Dra. María de los Milagros LUYO SANCHEZ. Integrante

ARTICULO SEGUNDO: DISPONER que la Oficina de Administración de esta Sede Judicial, brinde al Comité de Damas, que se detalla en el artículo precedente el apoyo necesario para el eficiente desempeño de sus funciones.

ARTICULO TERCERO: NOTIFIQUESE con copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Asociación de Damas del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital y de las integrantes del referido COMITE para los fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.

Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 044-2007-PJ-CSJCÑ/P

Cañete, 29 de enero del 2007

VISTO:
El acuerdo de Sala Plena de fecha veintinueve de enero del dos mil siete; y el Comunicado N° 01 -2007 – MAG – SNA; y,

CONSIDERANDO:
Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, para el bienio dos mil siete - dos mil ocho, tiene dentro de sus objetivos primordiales la lucha frontal e indesmayable contra la corrupción en el ámbito de la administración de justicia del Distrito Judicial de Cañete y Yauyos,

Que, ello implica una tarea minuciosa de sensibilización con los propios actores tanto los operadores de justicia, los auxiliares y el público usuario, resultando indispensable la actividad pedagógica, en el caso del público, con la finalidad que conozca sus derechos fundamentales, y las exigencias mínimas indispensables de un debido proceso como garantía de una recta administración de justicia; en el caso de los primeros, es indispensable una actualización y estudio permanente del derecho como disciplina así como la actualización jurídica constante.

Que, dentro de esta concepción, resulta indispensable que la Corte Superior de Justicia de Cañete, actúe dentro del SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION, de la Academia de la Magistratura, que como lo señala su Reglamento, tiene como objetivos primordiales entre otros: “Fomentar el aprendizaje e investigación…”basada en el intercambio de experiencias en resolución de casos y problemas; fomentar la práctica de valores democráticos, promoviendo el diálogo y la participación horizontal entre los magistrados y auxiliares de justicia tanto del Poder Judicial como del Ministerio Público, a través de los “grupos de auto capacitación” que se conformen para tal fin.

Que, asimismo es necesario conformar la UNIDAD ACADEMICA de la Corte Superior de Justicia de Cañete, con las formalidades previstas en los Artículos 7° y 8° del Reglamento de la AMAG, aprobado por Resolución N° 014-2006-AMAG, y contando con el acuerdo unánime de los magistrados de la Sala Plena del veintinueve de enero del dos mil siete; y con la atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia, ejecutar los acuerdos de Sala Plena y del Consejo Ejecutivo Distrital, conforme lo establecido en el numeral 6) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- CONFORMAR LA COMISION DE AUTOCAPACITACIÓN de la Corte Superior de Justicia de Cañete para el año dos mil siete, integrada por los siguientes magistrados:

Dr. Víctor Raymundo DURAND PRADO, Presidente
Vocal Titular

Dra. Estela Alejandrina Solano Alejos, Integrante
Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete.

Dra. Patricia María Martínez Guando, Integrante
Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DESIGNAR para el presente año judicial al doctor Víctor Raymundo DURAND PRADO como COORDINADOR DE LA UNIDAD ACADEMICA del Distrito Judicial de Cañete, quien será el nexo con la Academia de la Magistratura.

ARTICULO TERCER.- DISPONER que la Oficina de Administración y de Imagen Institucional de esta Corte, brinden todo su concurso a LA COMISION DE AUTOCAPACITACIÓN y al Coordinador de la Unidad Académica de la Corte Superior de Justicia de Cañete.

ARTICULO CUARTO.- HACER de conocimiento mediante copia certificada de la presente Resolución: a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Academia de la Magistratura, de la Oficina de Administración y demás dependencias de este Distrito, así como de los designados mediante la presente Resolución.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese

Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 045-2007-PJ-CSJCÑ/P

Cañete, veintinueve de enero del dos mil siete.-

VISTOS:
El Oficio N° 012.2007-CIJ/PJ del Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial de fecha 09ENE07; y el acuerdo de Sala Plena de fecha veintinueve de enero del dos mil siete; y,

CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 116° del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder judicial, establece la posibilidad de que las Salas Especializadas, se reúnan en plenos jurisdiccionales nacionales, regionales o distritales a fin de concordar jurisprudencia de su especialidad uniformizando materias jurisdiccionales, haciendo de esta manera predecibles las resoluciones judiciales y por ende mayor seguridad jurídica en la colectividad.

Que, los Plenos Jurisdiccionales Distritales Especializados son sesiones de Sala Plena celebradas por todos los Magistrados de la Corte Superior de Justicia, con el objeto de fijar principios y doctrina jurisprudencial que constituyan precedentes vinculantes.

Que, siendo de necesidad la realización de plenos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Cañete es conveniente la designación de la Comisión Coordinadora de Magistrados para que proceda a la celebración de Plenos Jurisdiccionales Distritales, conforme al contenido del Oficio N° 012.2007-CIJ/PJ del Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial de fecha 09ENE07.

Que, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia, ejecutar los acuerdos de la Sala Plena y del Consejo Ejecutivo Distrital, conforme lo establecido en el numeral 6) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Por tales consideraciones y atribuciones conferidas a los Presidentes de Corte por la precitada Ley Orgánica del Poder Judicial y acuerdo de Sala Plena;

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR LA COMISIÓN COORDINADORA DE MAGISTRADOS para Plenos Jurisdiccionales Distritales, de la Corte Superior de Justicia de Cañete, integrada por los siguientes magistrados:

Doctor Moisés MARTINEZ MEZA, Presidente
Vocal Titular

Doctor Ricardo ASTOQUILCA MEDRANO, Integrante
Vocal Titular

Doctora Judith Lucia MARCELO CIRIACO, Integrante
Vocal Suplente

Doctor Jacinto Arnaldo CAMA QUISPE, Integrante
Juez del Juzgado Civil de Cañete

Doctor José Isaias ASENCIO ORTIZ, Integrante
Juez del Primer Juzgado Penal de Cañete

ARTICULO SEGUNDO: DISPONER que la Oficina de Administración Distrital y de Imagen Institucional de esta Corte, brinden apoyo a la Comisión conformada en la presente resolución.

ARTICULO TERCERO:. PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, del Centro de Investigaciones del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, de todos los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Cañete, y de los designados en la presente resolución.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese

Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete
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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 046-2007-PJ-CSJCÑ/

Cañete, veintinueve de enero del dos mil siete.-

VISTOS:
El acuerdo de Sala Plena de fecha veintinueve de enero del dos mil siete; y,

CONSIDERANDO:
Que, dentro del proceso de modernización del Poder Judicial la capacitación permanente del operador del derecho constituye objetivo prioritario para la optimización del servicio de Administración de justicia.

Que, la Corte Superior de Justicia de Cañete con el objetivo de fomentar la capacitación y perfeccionamiento constante de los actuales auxiliares de justicia, pudiéndose hacer extensiva a otros operadores, ha creado mediante Resolución Administrativa N° 093-2005-PJ/CSJCÑ/P de fecha 13 de julio del 2005, la “Escuela de Formación y Capacitación de Auxiliares Jurisdiccionales”.

Que, manteniendo continuidad en el desarrollo de actividades de la referida escuela, mediante Resolución Administrativa N° 062.2006-PJ-CSJCÑ/P de fecha 23 de marzo del 2006, se ratificó para el año judicial 2006, como Director de la Escuela de Formación y Capacitación de Auxiliares Jurisdiccionales, al Doctor Isaias José Ascencio Ortiz, Juez Titular del Primer Juzgado Penal de Cañete, así mismo se ratificó para el mismo año, a la Comisión Encargada de la organización de la Escuela, integrada por los doctores Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Juez Titular del juzgado Civil y José de la Cruz Vargas, Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Imperial y al Servidor Helder Jesús Ormeño Palomino, Secretario de la Sala Civil.

Que, el Director de la Escuela y los integrantes de la comisión señalados en el considerando precedente, han cumplido satisfactoriamente con la tarea encomendada y con el reglamento aprobado, por lo que debe disponer su ratificación para el presente año judicial.

Que, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia, ejecutar los acuerdos de la Sala Plena y del Consejo Ejecutivo Distrital, conforme lo establecido en el numeral 6) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Por tales consideraciones y atribuciones conferidas a los Presidentes de Corte por la precitada Ley Orgánica del Poder Judicial y acuerdo de Sala Plena;

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RATIFICAR para el presente año judicial al doctor Isaias José Ascencio Ortiz, Juez Titular del Primer Juzgado Penal de Cañete como DIRECTOR DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE AUXILIARES JURISDICCIONALES.

ARTICULO SEGUNDO: RATIFICAR a la COMISIÓN ENCARGADA DE LA ORGANIZACIÓN DE LA ESCUELA, integrada por los Doctores Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Juez Titular del Juzgado Civil de Cañete y José de la Cruz Vargas, Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Imperial, y al servidor Helder Jesús Ormeño Palomino, Secretario de la Sala Civil.

ARTICULO TERCERO: PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital y de los Magistrados y servidor ratificados en la presente resolución, así como de todos los órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese

Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS
ORDENANZA Nº 001-2007-MDSL

El Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Luis,

VISTOS:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de Febrero del 2007, y estando al informe presentado por el despacho de Secretaría General Nº 01-2007-SG-MDSL, de fecha 19 de Enero del 2007, respecto a la Expedición de Certificados Domiciliarios por la Municipalidad Distrital de San Luis, y:

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

Que, el Art. 40 de la norma legal antes señalada, tipifica que las Ordenanzas de las Municipalidades Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueban la organización interna, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias específicas en que la Municipalidad tiene competencia; de la misma forma el tercer párrafo de este mismo cuerpo legal, señala que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales;

Que, mediante Ley 28862, se le ha concedido a los Gobiernos Locales las facultades en cuanto a la Expedición del Certificado Domiciliario, motivo por el cual resulta de suprema importancia el de emitir disposiciones legales orientados a establecer las formalidades que se deben de realizar en este procedimiento administrativo;

Estando a lo expuesto, y al amparo de las facultades conferidas por el numeral 9) del Artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972, con el voto mayoritario de los señores Regidores, y con la dispensa de lectura y aprobación del acta; se aprueba lo siguiente:

ORDENANZA
Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento para la Expedición de los Certificados Domiciliarios en el distrito de San Luis que cuenta con 01 Título, 03 Capítulos, 09 Artículos y Tres Disposiciones Complementarias y Finales.

Artículo 2º.- REMITIR la presente Ordenanza a la Municipalidad Provincial de Cañete, a efectos de que proceda a ratificar los nuevos tributos aprobados conforme a Ley.

Artículo 3º.- ENCARGUESE al despacho de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza y su difusión entre los órganos administrativos de la Municipalidad.

Artículo 4º.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Arturo Antezana Urbina
Alcalde

17 febrero 2007

POLICIA CAPTURA A IMPLICADOS EN MUERTE DE OFICIAL PNP JULIO MARCIAL MEZAGEL RAMOS...

El día de ayer, 16 de Febrero a horas 20.00 aprox., personal PNP del Departamento de Investigación Criminal de la División Policial de Cañete, pusieron en ejecución los Operativos Policiales “Reten-2007” e “Impacto-2007”, con la finalidad de prevenir y contrarrestar la delincuencia común en todas sus modalidades, en las jurisdicciones policiales de los Distritos de Imperial, Nuevo Imperial y San Vicente de Cañete.
Debido a ello, aproximadamente a horas 20:35 tuvieron conocimiento en forma confidencial que delincuentes comunes al margen de la ley provistos de armas de fuego se encontraban reunidos en inmediaciones de la esquina formada entre el Hospital Materno Infantil y la primera cuadra de la Av. 28 de Julio del Distrito de Imperial; lográndose ubicar e intervenir al prontuariado Arturo TORRES CABRERA (21) (a) “ POMPINCHUM”, por lo que al notar la presencia policial trataron de evadir su detención poniendo tenaz resistencia ante la intervención policial, mas aún tratando de escudarse en las personas que se encontraban en las inmediaciones, tratando de evitar su detención, aprovechando su superioridad numérica.
Al ser interrogado, dicho delincuente, aceptó tener conocimiento que se encuentra REQUISITORIADO, por el Tercer Juzgado Penal de Cañete, por el Delito Contra el Patrimonio – Robo Agravado de dinero en efectivo en agravio de NECSUR – CAÑETE y subsecuente Homicidio del SOT2. PNP. Julio Marcial MESAGEL RAMOS, ocurrido el 20 de Enero del presente año, en el distrito de San Vicente – Cañete.
Posteriormente, siendo las 21.15 horas del mismo día, continuaron realizando los operativos policiales por inmediaciones del Mercado “Virgen del Carmen”, del distrito de Imperial, donde lograron ubicar y capturar al Freddy Wilfredo NOLAZCO CARBAJAL (29) (a) “Freddy”; quien se encuentra REQUISITORIADO, por el Tercer Juzgado Penal de Cañete, por el Delito Contra la Fe Pública – Falsificación de Documentos Públicos, en agravio del Estado Peruano. Los detenidos serán puestos a disposición del Ministerio Público para las investigaciones de Ley.
Estas acciones de trabajo y captura se pudo lograr gracias a la rápida reacción y coordinación del personal de la PNP y a los Planes Operativos dispuestos por la superioridad para estos casos, la PNP continuara trabajando en forma incansable en toda la Provincia de Cañete, con la finalidad de mantener la seguridad ciudadana y el orden público

Por demolición de parte posterior de sede central municipal...
REUBICAN OFICINAS ADMINISTRATIVAS Y DE ATENCION AL PUBLICO A PARTIR DEL 19 DE FEBRERO

Mediante Resolución de Alcaldía Nº 0086-2007-AL-MPC del 12 de febrero del año en curso, se aprobó el Expediente Técnico del proyecto denominado “Demolición del Palacio Municipal Cañete”, por un monto de S/ 95,000.00 nuevos soles por un plazo de ejecución de 45 días calendarios, bajo la modalidad de contrata a financiarse con recursos de Regalías Mineras y Focam de la Municipalidad Provincial de Cañete.
Los trabajos comprenderán la demolición en forma integral y planificada de los ambientes de la sede central de la Municipalidad Provincial de Cañete en plena Plaza de Armas de San Vicente, que se encuentran ubicados en el primer y segundo piso de la parte posterior del Palacio Municipal, la misma que fue declarada INHABITABLE mediante Resolución de Alcaldía Nº 216-2002-AL-MPC el 04 de julio de 2,002.
Por lo cual, para proceder con el cronograma establecido de la demolición, se ha dispuesto la reubicación de las oficinas municipales con la finalidad de permitir el funcionamiento administrativo y la atención al público a partir del lunes 19 de febrero, quedando las oficinas distribuidas de la siguiente manera:

PALACIO MUNICIPAL: Alcaldía, Salón de Sesiones (Sala de Regidores), Secretaría General, Gerencia Municipal, Asesoría Legal, Procuraduría Municipal, Registro Civil, Relaciones Públicas, Oficina de Control Institucional

GALERIA SAN AGUSTIN: Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia de Servicios Públicos, Unidad de Policía Municipal.

BIBLIOTECA MUNICIPAL: Gerencia de Administración, Economía y Finanzas, Gerencia de Tributación Municipal, División de Educación y Biblioteca, Unidad de Logística

JR. O’HIGGINS Nº 130 (Frente Panadería La Suprema): Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, Defensoría Municipal del Niño y Adolescente DEMUNA, Almacén de Logística

MATINOTAS EDILES..

SE CONFORMO E INSTALO EL COMITÉ DE DEFENSA CIVIL DEL DISTRITO DE SAN LUIS DE CAÑETE...
El día Viernes 16 de Febrero del presente año, se realizó la reunión en el salón de los actos de la Municipalidad Distrital del San Luis de Cañete, contando con la presencia de las principales Autoridades Civiles, Políticas, Educativas y Policial. Con la finalidad de conformar e instalar el Comité Distrital de Defensa Civil. Esta reunión estuvo Presidido por el Alcalde Sr. Paulino Arturo ANTEZANA URBINA, quien solicitó a las autoridades presentes, tomar mayor conciencia para el cumplimiento del deber ciudadano. El Comité Distrital de Defensa Civil de San Luis de Cañete, quedo conformado de la siguiente manera:
PRESIDENTE: Sr. Paulino Arturo Antezana Urbina – Alcalde Distrital de San Luis
VICEPRESIDENTE: Sr. Walter Dario Maravi Vega – Gobernador del Distrito de San Luis.
SECRETARIO TECNICO: Sr. Ricardo Ojeda Castro – Funcionamiento de la Municipalidad de San Luis.
MIEMBROS VOCALES: PNP. Marino Ormeño Huacachi – Representante de PNP, Sr. Marco Antonio Benavente Quispe – Juez de Paz de San Luis, Sr. Grover Aquino Francisco – Representante del Centro de Salud de San Luis, Sra. Carmen Huapaya Solano – Representante de las Instituciones Educativas, y el Sr. Aquilino Moreno Mata – Comandante del Cuerpo de Bomberos del Perú.

NUEVO IMPERIAL CLAUSURO VACACIONES UTILES…
Con marcado éxito, el pasado 14 de Febrero, se clausuró el programa de Vacaciones Utiles que organizó la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial. Desde muy temprano fueron llegando los niños de los diferentes centros poblados y anexos, para su participación en el concurso de conocimientos, en las áreas de lógico matemático y comunicación integral, así como en las disciplinas deportivas de fulbito y voley.
En la ceremonia de clausura que se inicio con la asistencia de la Comisión Organizadora, alumnos, profesores y padres de familia, la regidora Marlene Gonzales, hizo entrega del premio consistente en una computadora a los niños de La Florida, que acumularon mayor puntaje en el concurso.
El primer regidor, Jesús Chulluncuy, en representación del Alcalde Jorge García, felicitó a los participantes por el empeño puesto durante los días que se realizaron las clases, y destacó el trabajo realizado por los promotores y docentes de quienes dijo se merecen todo el reconocimiento por haber ayudado a los niños a mejorar sus conocimientos en estas vacaciones.
De esta manera, la gestión que preside el Alcalde Jorge García, cumplió con el compromiso de hacer entrega a los ganadores de una computadora. El evento se cerró con un fin de fiesta, en donde los niños disfrutaron de un almuerzo de camaradería e instantes de esparcimiento y distracción en los juegos mecánicos completamente gratis.

MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS REALIZA EMPADRONAMIENTO DE LOS BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA VASO DE LECHE...
La Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, informa a la opinión pública, que se viene realizando el empadronamiento de los beneficiarios del Programa de Vaso de Leche para el periodo 2007, a través del Comité de Administración del Programa de Vaso de Leche, dentro del procedimiento del Marco legal de la Ley.
El Alcalde Señor PAULINO ARTURO ANTEZANA URBINA. Preocupado por la niñez, madres gestantes y lactantes del distrito de San Luis. Y; con vocación social que siempre se ha caracterizado desea que este programa llegue a todas las personas que califiquen como beneficiarios tomando en consideración las prioridades correspondientes:
Niños de 0 a 6 años de Edad.
Madres Gestantes hasta el alumbramiento.
Madres lactantes hasta que el niño cumpla los doce meses de edad.
Asimismo este programa estará dirigido exclusivamente de acuerdo a ley a los Asentamientos Humanos, Pueblos Jóvenes, Asentamiento urbano marginales, Caseríos, anexos, Centros Poblados, comunidades carentes de infraestructura física sanitaria y localidades donde se acredite población extrema necesidad o en estado de indigencia.
Por otra parte El Alcalde de san Luis – cañete, ante el escaso recurso económico asignado a esta municipalidad para el programa del vaso de leche, ha iniciado las gestiones ante el Ministerio de Economía y Finanzas, solicitando la ampliación de la partida presupuestal para satisfacer la atención a más beneficiarios contemplados en la Ley.

EN NUEVO IMPERIAL CONFORMAN COMITÉ DE SEGURIDAD CIUDADANA…
El Alcalde Jorge García Quispe de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, asumió en días pasados, la presidencia del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, así lo dio a conocer la Oficina de Comunicaciones y Relaciones Públicas, mediante nota de prensa enviada a los diferentes medios de comunicación.
Acompañan a Jorge García, el Gobernador José Padilla, así como el Comisario Mayor William Girón, la Juez de Paz, la doctora Sonia Valencia, así como los Alcaldes de los Centros Poblados de Carmen Alto, Rosa Huallamares, y la de Pueblo Nuevo de Conta, Gisela Miranda.
Durante la reunión el profesor Salomón Guerrero conocedor del tema, sostuvo que la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, permite a los vecinos colaborar desde el lugar en que se encuentran con la seguridad en coordinación estrecha con las autoridades, pero para esto es importante contar con un plan estratégico y diagnóstico de las zonas vulnerables para tener éxito, preciso.
En la reunión, el burgomaestre Jorge García expresó su compromiso de trabajar coordinadamente con todas las autoridades y la sociedad civil en su conjunto, a fin de disminuir la sensación de inseguridad entre los vecinos nuevo imperialinos y anuncio que poco a poco se implementaran las medidas necesarias para conseguir que vivamos más seguros. La próxima reunión se desarrollará el 21 de Febrero, donde los centros poblados y anexos presentarán su diagnóstico correspondiente.

MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS DE CAÑETE AMPLIA HORARIO DE ATENCION AL PÚBLICO...
La Nueva Administración Municipal del Alcalde Señor Pabilo Arturo Antezama Urbina. Con la finalidad de brindar un mejor servicio de toda las Personas que realizan gestiones y/o tramites en las diferentes oficinas de esta Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, ha aprobado en Sesión de Concejo Ordinario AMPLIAR EL HORARIO DE ATENCION AL PUBLICO, desde el Día Lunes 05 de Febrero 2007.
DE LUNES A VIERNES:
Mañanas: de 08:00 a. m. a 12:00 m.
Tardes: de 14:00 p. m. a 18:00 p.m.
De esa manera la Municipalidad Distrital de san Luis – Cañete, cada día mas cerca hacia un cambio en beneficio de los vecinos San Luisinos.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA N° 06-2007-MPC

Cañete, 09 de Febrero de 2007

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;

POR CUANTO:
Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza presentado por el despacho de Alcaldía, la Comisión de Servicios Públicos y la Comisión de Administración, Planificación y Presupuesto, sobre aprobación del horario nocturno a establecerse en los establecimientos comerciales y espectáculos públicos, en la jurisdicción de San Vicente de Cañete;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el artículo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que las Municipalidades son órganos de gobierno local y como tal gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y económico de su circunscripción; en tal sentido, deben realizar un conjunto de acciones destinadas a brindar un ambiente adecuado al ciudadano que garantice su integridad moral, psíquica y física;

Que, de conformidad al artículo 79º de la Ley Nº 27972 se establece que las Municipalidades ejercen funciones respecto a la organización del espacio físico y uso del suelo, entre los que se cuenta la apertura de establecimientos industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación, y específicamente tienen la potestad legal y el deber de controlar los establecimientos donde se expenden bebidas alcohólicas;

Que, como resultado de las labores de fiscalización llevada a cabo por la Administración Municipal en algunos establecimientos dedicados a la venta de licor, se ha verificado que sus conductores o titulares vienen infringiendo lo dispuesto en el Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones de la Municipalidad Provincial de Cañete, por la comisión de infracciones de carácter administrativo, las cuales vienen ocasionando se pongan en grave riesgo la vida, salud e integridad física de los vecinos de nuestra jurisdicción; asimismo se ha constatado la asistencia de escolares menores de edad en los bailes juveniles realizados en horas de clase; por lo es necesario emitir una norma que disponga la protección y adopción de medidas de prevención ante el acaecimiento de estos sucesos;

Que, los conductores de los establecimientos sujetos a Licencia con horario especial, son responsables que el funcionamiento de su local comercial se desarrolle manteniendo el orden y las buenas costumbres, evitando actos reñidos contra la moral, así como advertir que se respete la tranquilidad del vecindario. Están obligados a no permitir la venta de licores a menores de edad; no permitir que su establecimiento atienda al público después del horario autorizado; no aceptar el ingreso del público a su establecimiento después del horario autorizado; no permitir el consumo de bebidas alcohólicas en el frontis del local, no se debe permitir el consumo de bebidas alcohólicas dentro de vehículos o en la vía pública; no permitir que en su establecimiento se vendan estupefacientes; no permitir que se practique la prostitución clandestina; en caso de que las prohibiciones antes señaladas, fuesen detectadas y los conductores no cumplen con la responsabilidad administrativa, ésta será solidaria con el propietario del inmueble, para los efectos de la ejecución de dicha responsabilidad;

Que, de acuerdo al artículo 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 se ha establecido que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento genera las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. Las sanciones que aplique la autoridad municipal podrán ser las de multa, suspensión de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliarios, entre otras;

Que, en ejercicio de la capacidad sancionadora conferida por los artículos 49º y 78º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el fin de salvaguardar la moral, las buenas costumbres y lograr una ciudad ordenada, tranquila y saludable, el Concejo Municipal debe aprobar las normas reglamentarias correspondientes que regule el horario de atención de estos comercios;

Que, con fecha 05 de Marzo del 2006, se ha publicado en el Diario Oficial, la Ley N° 28681 que regula la Comercialización, Consumo y Publicidad de Bebidas Alcohólicas, la misma que en su artículo 5° inciso f), prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública debidamente concordada con el articulo 4” Del mismo cuerpo legal.

Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Ordenanza Nº 013-2003-MPC que aprueba el Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones, su modificatoria aprobada por Ordenanza N° 020-2003-MPC, y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha dado la siguiente:

ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA COMERCIALIZACION Y EL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS EN EL DISTRITO DE SAN VICENTE DE CAÑETE

CONTENIDO Y ALCANCES
ARTICULO 1º.- La presente ordenanza reglamenta la comercialización y el consumo de bebidas alcohólicas en el distrito de San Vicente de Cañete con la finalidad de preservar la salud, la moral y las buenas costumbres de la población en general y, en especial de la niñez y de la juventud, así como prevenir las consecuencias que acarrea el consumo de alcohol.

ARTICULO 2º.- La Municipalidad de la Provincia de Cañete coordinará la aplicación de la presente ordenanza, con el ente rector de la Defensoría del Niño y del Adolescente, con el Ministerio de Salud, con la Policía Nacional del Perú, con el Ministerio Publico y en general con todas las entidades públicas y privadas, que en forma directa o indirecta, tenga que ver con la problemática de la comercialización y consumo del alcohol; así mismo consumo estupefacientes y sustancias alucinógenas.

PROHIBICIONES
ARTICULO 3º .- A partir de la presente ordenanza queda prohibido en el distrito de San Vicente de Cañete:
- La comercialización cualquiera que sea su modalidad , el consumo de bebidas alcohólicas, cualquiera sea su forma de presentación o preparación, en las áreas públicas del Distrito de San Vicente de Cañete, tales como vías, veredas, parques, playas, y en general en todas las zonas abiertas al público ,y de propiedad pública
- El expendio de bebidas alcohólicas, cualquiera sea su forma de presentación o de preparación sin licencia o autorización municipal correspondiente.
- El expendio de bebidas alcohólicas después de las 23:00 horas, salvo aquellos establecimientos que cuente con licencia Municipal especial.

INFRACCIONES Y SANCIONES
ARTICULO 4º.- A los infractores de las prohibiciones señaladas en el artículo anterior, se les aplicará las siguientes sanciones:
a).- Multa
b).- Clausura Temporal; y
c).- Clausura definitiva y cancelación de la Licencia Municipal de Funcionamiento.

ARTICULO 5º.- La primera sanción será sancionada con multa equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente a la fecha de su cancelación.

ARTICULO 6º.- En caso de reincidencia, se sancionará con multa equivalente al 30 % de la unidad impositiva tributaria, vigente a la fecha de cancelación, y con clausura temporal por 30 días.
En caso que el infractor no respete el plazo de la clausura y reabra el establecimiento se le aplicará la sanción de clausura definitiva y cancelación de la licencia de funcionamiento.

ARTICULO 7º. Además de las sanciones previstas en la presente ordenanza se interpondrán las acciones legales que correspondan. .

ARTICULO 8.- Serán considerados infractores, los propietarios de los establecimientos que expendan bebidas alcohólicas en violación de las prohibiciones referidas en el articulo tercero de la presente ordenanza.

ARTICULO 9º.- Las bebidas alcohólicas, objeto de comercialización o consumo, tanto en la vía publica como en los establecimientos no autorizados o fuera del horario permitido, serán inmediatamente decomisadas por la autoridad municipal.

ARTICULO 10º.- Cuando el consumo de bebidas alcohólicas se realice dentro de un vehiculo en la vía pública se procederá al decomiso de las mismas, sin perjuicio de la aplicación de una multa equivalente al 30% de la UIT al propietario o conductor del vehiculo.

ARTICULO 11º.- Las personas consumidoras de bebidas alcohólicas, que infrinjan las prohibiciones contenidas en la presente ordenanza, serán sancionadas con una multa equivalente al 10% de la UIT, vigente a la fecha de su cancelación, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar por los actos que protagonicen.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA: Encárguese a la Alcaldía y a las Gerencias respectivas de la Municipalidad Provincial de Cañete, velar por el estricto cumplimiento de la presente ordenanza y debiendo solicitarse el concurso de los vecinos del Distrito para su implementación.

SEGUNDA: Coordinar con la Policía Nacional del Perú, el Ministerio Público, la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente, la Policía Municipal y Seguridad Ciudadana , para el cumplimiento de la presente ordenanza, y la ejecución de los operativos que correspondan.

TERCERA: Antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, encárguese a la Oficina de Relaciones Públicas y a la Secretaría General para su difusión, por el termino de cinco días, y cumplido ellos publíquese conforme a ley .

CUARTA: Queda sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente ordenanza.

REGÍSTRESE COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

JAVIER J. ALVARADO GONZALES DEL VALLE
ALCALDE


FERIA INFORMATIVA SOBRE EL DENGUE ORGANIZA RED DE SALUD… EL DOMINGO EN SAN VICENTE…

Una Feria Informativa “Juntos Evitaremos El Dengue”, es lo que viene preparando para éste domingo 18 de Febrero, la Red de Salud Cañete Yauyos, buscando que cumplir con su rol de prevenir y cuidar la salud de la población de su jurisdicción sanitaria.
La mencionada feria informativa tiene como objetivos informar, educar y sensibilizar a la población en temas relacionados a la prevención del dengue.
Los stands informativos son: ¿qué es el dengue?, signos y síntomas;: prevención del dengue en cementerios; conociendo el zancudo del dengue; Larvicidas y su uso; Lavado y Tapado de Recipientes, Información Audiovisual, y toma de presión arterial.
Hay que señalar que la Feria Informativa se realizará desde las 3 de la tarde hasta las 8 de la noche, en la Plaza San Martín del distrito de San Vicente.

MINISTRO CHANG ESCOBEDO PUSO EN MARCHA PLAN PILOTO DE MUNICIPALIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN
Autoridades locales podrán medir, supervisar y controlar el cumplimiento de los objetivos educativos, dijo en una reunión con más de 300 autoridades del país.

El ministro de Educación, José Antonio Chang Escobedo, ante la presencia de más de 300 autoridades de todo el país, puso hoy en marcha el Plan Piloto de la Municipalización de la Educación Inicial y Primaria, que otorga una mayor participación a todos los peruanos en el proceso educativo de las futuras generaciones de nuestra patria.
“Creemos que los distritos son los lugares más adecuados para poder medir, supervisar y controlar el cumplimiento de los objetivos educativos. La Municipalización, sin duda alguna, favorece a una mejor gestión de la educación”, dijo el ministro en el concurrido encuentro realizado en el Centro Vacacional de Huampaní.
Recordó que el Plan Piloto de Municipalización, autorizado por el Decreto Supremo Nro 078-2006-ED, se desarrollará en mil 232 Instituciones Educativas de Primaria y 651 de Inicial, donde el control lo asumirán las autoridades municipales y padres de familia, así como miembros de la sociedad civil organizada.
Hoy están recibiendo los lineamientos generales del Plan Piloto y luego vendrán las capacitaciones correspondientes al personal de los municipios, agregó el ministro ante la presencia de autoridades de los gobiernos regionales y de las municipalidades que asistieron al encuentro.
En la cita, que reunió a la casi totalidad de las autoridades de los 56 distritos involucrados en el proceso de Municipalización de la Educación, se le informó a los asistentes, todo lo relacionado al Plan Piloto, el mismo que tendrá como núcleo principal a los Consejos Educativos Municipales.
Este Consejo estará presidido por el alcalde y conformado por representantes de los padres de familia y de la sociedad civil organizada, que tendrán la potestad de verificar el currículo, readecuarlo, instrumentarlo y de verificar si la infraestructura escolar es la adecuada.
También velará por el fiel cumplimiento de las labores pedagógicas en las aulas, como por ejemplo la jornada de las mil 200 horas efectivas de clases.
Otro de los objetivos de la reunión que será clausurada mañana viernes, fue el de informar, a las autoridades involucradas en el Plan Piloto, el apoyo que recibirán del Estado, así como las atribuciones que se les transferirán para formular orientaciones, recomendaciones, directivas o normas que permita establecer una positiva gestión educativa.

POLICIA CAPTURA A VARIOS DELINCUENTES EN DIVERSOS OPERATIVOS REALIZADOS EN LA PROVINCIA DE CAÑETE...

Policía captura a Angel GUTIERREZ REYES por el Delito de Peligro Comun (Tenencia Ilegal de Arma de Fuego) Delito contra el Cuerpo, la Vida y la Salud (Tentativa de homicidio), en el Distrito de Quilmana...
El día 16FEB07 a horas 19.40 Personal PNP de la Comisaría de Quilmaná, a merito de una denuncia presentada por la persona de Edy Humberto ALCALA NOLAZCO (49) por haber sido víctima de Homicidio por parte de Angel Juan GUTIERREZ REYES (57) quien lo amenazó con dispararle con un arma de fuego (revolver, marca Smith Wesson, con serie Nro.54963), quien inicialmente realizó un disparo al aire para atemorizarlo, y luego apuntarle amenazándolo, por lo que en un descuido el agraviado le tomo del brazo logrando quitarle el arma y constituirse a la Dependencia Policial a denunciar el ilícito penal. Personal PNP al constituirse al lugar de los hechos ubicó a la persona sindicada como el presunto autor del Delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, quien se encontraba con lesiones en el rostro, producto de haber sufrido al parecer una caída con su moto lineal a la vez de presentar visibles síntomas de ebriedad, siendo auxiliado y conducido al Centro de Salud de Quilmaná para su inmediata atención. Se investiga.

Policía detiene a Cesar Angel HUAYTA SAIRITUPAC (30) y Clímaco Juan CUSIATAO MEJIA (42) por el Delito Contra el Patrimonio (Robo agravado de vehículo menor) Delito Contra la Salud Pública (Tráfico Ilícito de Drogas) y Delito contra la Seguridad Pública (Tenencia Ilegal de Arma de Fuego) hecho registrado en el Distrito de Imperial...
El día 17FEB07 a horas 00.10 aproximadamente Personal PNP de la Comisaría de Imperial, al mando del Comisario Mayor PNP Wilmer CUSMA TICLLA pusieron en ejecución el Operativo Policial “PRESENCIA POLICIAL”, quien en compañía del representante del Ministerio Público recibieron una llamada telefónica donde manifestaron que en AA.HH. Josefina Ramos, una persona se encontraba realizando disparos al aire, por lo que de inmediato se constituyeron al lugar en mención, percatándose al momento de llegar que un sujeto se daba a la fuga portando un arma de fuego, ingresando al inmueble de la Mz. A2, Lot.21,motivando la intervención en el interior del inmueble, identificando al autor como César Angel HUAYTA SAIRITUPAC (30), hallándose en su poder un arma Revolver Taurus de serie 115911. En el interior del domicilio también se encontraba la persona de Clímaco Juan CUSIATO MEJIA (42) desconociéndose el motivo de su presencia en dicho lugar. Al realizar el registro domiciliario se logró encontrar lo siguiente: Una motocicleta lineal color azul, semi desmantelada marca Honda 125 con numero de motor WH156FMI-2 “04670727 con numero de chasis erradicado (limado). Una motocicleta lineal color azul marca Honda 125 semi desmantelada con número de motor 0503184055 con numero de chasis erradicado (limado). Una motocicleta lineal color rojo marca CYCLER º125 con numero de motor 156FMI-2 “41407534, con numero de chasis CB125SE15432581. Dos asientos de motocicleta color negro. Dos Tanques de gasolina de motocicleta lineal color azul. Cuatro tapas laterales de motocicleta color azul. Tres baterias de motocicletas; y otros accesorios diversos para motocicleta, artefactos y otras especies. También. En uno de los ambientes se logro Comisar Cuatro (04) envoltorios de papel periódico conteniendo en su interior una sustancia blanquesina pulverulenta al parecer PBC. Al existir los elementos suficientes de manera indubitable, los mencionados fueron puestos a disposición de la Comisaría en calidad de DETENIDOS para las investigaciones del caso.

Policía captura a Adrian ROJAS ORE (30) (a) “Ñaño” por el Delito Contra el Patrimonio (Robo Agravado) y Delito Contra la Seguridad Pública (Tenencia ilegal de arma de fuego), en el Distrito de Imperial...
El día 16FEB07 a horas 20.00 aproximadamente, personal PNP de la Comisaría de Imperial, durante la ejecución del Operativo Policial “PREVENCION – 2007”, en los diferentes puntos críticos de la jurisdicción de Imperial, con la finalidad de prevenir, neutralizar cualquier accionar delincuencial en sus diversas modalidades; por lo que durante el desarrollo del operativo en mención se intervino 07 establecimientos de venta de licor, a la vez donde se viene practicando el meretricio clandestino, en donde se encontraron un total de 50 personas de sexo masculino y 10 de sexo femenino, de igual manera se intervino a 30 vehículos en donde en uno de ellos se transportaba Adrian ROJAS ORE (30) (a) “Ñaño”, quien hechas las consultas al sistema de Requisitoriados dio POSITIVO solicitado por el 1er, Juzgado Penal de Cañete por el Delito contra el Patrimonio (Robo Agravado) y Delito Contra la Seguridad Pública (Tenencia Ilegal de Arma de Fuego) y otros delitos solicitados por el Juzgado de Instrucción de Chincha en agravio del Estado Peruano. Se continuará informando, se investiga.
Estas acciones de trabajo y captura se pudo lograr gracias a la rápida reacción del personal de la PNP quienes continuarán trabajando en forma incansable en toda la Provincia de Cañete, con la finalidad de mantener la seguridad ciudadana y el orden público

CAMPAÑA DE CORTE DE CABELLO GRATUITO EN SAN LUIS...

La Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, bajo la Administración del Alcalde Señor Arturo Antezana Urbina, ante la proximidad del inicio del año escolar el 1º de Marzo 2007, estará llevando a cabo la CAMPAÑA DE CORTE DE CABELLO en forma GRATUITA para todos los alumnos de los diferentes niveles del Distrito y Centros Poblados.
De esta manera la Municipalidad Distrital de San Luis preocupados por el futuro del estudiantado estará apoyando a la niñez y a la Juventud San Luisina con esta campaña el mismo que se realizara de acuerdo al siguiente cronograma:
Estadio del centro Poblado Menor Santa Bárbara, Viernes 23 /02/07, 2:00 p.m.–4:00 p.m.
Calle Principal del Centro Poblado Menor Santa Cruz, Viernes 23/02/07, 4:00 p.m.-6:00 p.m.
Costado de la Posta Médica del CPM la Quebrada, Sábado 24/02707, 3:00 p.m.- 6:00 p.m.
Plazuela del Centro Poblado Menor Laura Caller, Lunes 26702/07 , 3:00 p.m. – 6:00 p.m.
Losa Deportiva UPIS San Cristóbal, Martes 27/02/07, 3:00p.m.- 6:00 p.m.
Plaza de Armas de San Luis, Miércoles 28/02/07, 10:00a.m.- 14:00p.m.

FISCALIA DE PREVENCION DEL DELITO INCAUTA SACOS DE ARROZ Y PALLARES EN MAL ESTADO…

SAN VICENTE.- La Fiscalía de Prevención del Delito, Dr. Noe Cárdenas Ortiz, intervino el almacén de la Municipalidad Provincial de Cañete y comprobó la existencia de 400 sacos de arroz y 130 bolsas de pallares en mal estado.
Según fuentes extraoficiales, el representante del Ministerio Público, acudió al citado almacén ante la denuncia hecha por un trabajador anónimo que se había percatado de la existencia de dichos víveres malogrados.
El saco de arroz y las bolsas de pallares, estaban con gorgojos, hecho que era “voz pópuli” al interior de la comuna, pero que los trabajadores, al parecer, no denunciaban por temor.
Es ahí que sorpresivamente se hizo presente el Dr. Noe Cárdenas Ortiz quien con el apoyo de la fuerza pública detectó este hecho inaudito que causa un nuevo escándalo en la opinión pública.
Por su parte, los representantes del Ministerio de Salud, tras comprobar el hecho, recomendaron que sean incinerados porque no es un alimento apto para el consumo humano.
Si bien es cierto que la nueva gerente de Desarrollo Social, Lilia Samaniego, expresó que los alimentos fueron adquiridos en la gestión anterior, sin embargo, no hay nada claro al respecto.
Menos el burgomaestre provincial, Javier Alvarado Gonzáles del Valle, ha explicado sobre la adquisición del producto que el municipio compra con dinero que envía el gobierno.
Todo parece indicar que pretenden responsabilizar a la gestión anterior, aunque ellos, a través de sus voceros han respondido que los responsables son de la gestión de Javier Alvarado.
“La transferencia se desarrolló con normalidad. Ahí consigna la entrega de todo los bienes de la Municipalidad a la actual gestión. De esto es la firma de un tal Fernando Estrella quien no observó nada”, expresan los “rufinistas”.
Mientras tanto, la Fiscalía de Prevención del Delito continúa con las investigaciones sobre este hecho que mancha la gestión actual y de esta forma denunciar a todos los que resulten responsables.
Por su lado, el Gobernador de Cañete, Ing. Fausto Espinoza Ibáñez, hizo de conocimiento los hechos al Gobierno Interior para “los fines que hubiere lugar” a alto nivel.
Mientras tanto, los comedores populares, mostraron su queja, y también exigieron una exhaustiva investigación y expresaron que no es la primera vez que se producen estos hechos.
Agregan además que en más de una oportunidad han recibido alimentos malogrados “pallares duros y frijoles duros”, pero que tienen que recibir porque no tienen qué comer. (cl).

16 febrero 2007

LA BIBLIOTECA MUNICIPAL Y EL CRES EN LOS COLEGIOS
POR CECILIA M.CHÁVEZ C.
cmchavezc@yahoo.es

Si queremos que los chicos lean, pues que los libros estén a su alcance. La Biblioteca Municipal y el Centro de Recursos Educativos tienen que convertirse en dinamizadores de la vida escolar para crear hábito lector.

Pareciera una misión imposible el despertar el amor hacia la lectura por parte de nuestros niños, niñas, púberes y adolescentes; sin embargo no lo es, tampoco existen métodos infalibles; pero las experiencias exitosas sobre la promoción del hábito lector refieren que se puede lograr este noble objetivo si la lectura está ligada a la afectividad, a momentos divertidos y placenteros que permitimos vivenciar a los estudiantes. De ninguna manera por la imposición u obligación.
Para comenzar si queremos que los chicos lean, pues que los libros estén a su alcance. La Biblioteca Municipal y el Centro de Recursos Educativos tienen que convertirse en dinamizadores de la vida escolar para crear hábito lector.
En este sentido, la Biblioteca Municipal debe ser un recinto promotor de la cultura en el distrito, no un lugar opaco, sin vida en donde está guardados los libros empolvados… Más bien, tendría que invertirse en la implementación y remodelación en los lugares en donde se cuenta con una. Y en las que no la tienen, iniciar la construcción lo más pronto posible porque es una prioridad.
No estamos pidiendo realicen una gestión que no les corresponde, ya que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su artículo 82, señala las atribuciones y responsabilidades del municipio en lo concerniente a la educación, cultura, deportes y recreación.
Además que las personas encargadas de atender las Bibliotecas Municipales sean profesionales que aman la lectura, reconoce su importancia y están dispuestas a ser promotores activos, innovadores y creativos.
De otro lado, y no menos importante en cada Institución Educativa Pública, deben aprovecharse los recursos didácticos y bibliotecas escolares que el Ministerio de Educación les ha dotado, a través de la formación del Centro de Recursos Educativos, cuya función es la gestión y promoción de la lectura en el colegio y en el aula. Para ello, deberá organizarse el Comité de Gestión del Centro de Recursos Educativos, integrado por: Director o su representante, un docente, dos alumnos designados por el Municipio Escolar, un padre de familia de APAFA y un padre del Comité de Aula. Este equipo debe trabajar con la finalidad de cuidar, mantener e incrementar los textos, los manuscritos, medios audiovisuales, informáticos, manipulativos y otros. Asimismo de convertir este centro en un lugar agradable y acogedor.
Si ambos lugares de aprendizaje están dotados con textos y materiales actualizados van a contribuir en la aplicación de los planes lectores, pues algunos alumnos y alumnas no cuentan con los medios para adquirir bibliografía necesaria. Además estarán promoviendo la equidad, ya que todos los niños, niñas, púberes y adolescentes; aún sus condiciones económicas, tienen derecho a tener acceso a una educación de calidad.
Por ello, resulta imprescindible que las autoridades municipales y educativas, lideren la renovación e implementación de sus respectivas bibliotecas y centros de recursos educativos.

En Imperial alistan rendir un homenaje…
APRISTAS CELEBRAN 112 ANIVERSARIO DEL NACIMIENTO DE SU MAXIMO LIDER VICTOR RAUL HAYA DE LA TORRE

IMPERIAL.-. El 22 de Febrero se celebra a nivel nacional el onomástico del líder y fundador del Partido Aprista Peruano, Víctor Raúl Haya de la Torre, y los militantes de la base de Imperial en mérito a su reconocimiento en beneficio de los sectores menos favorecidos, realizarán un homenaje.
Creador, fundador y líder máximo del partido Alianza Popular Revolucionaria Americana, APRA, filosofía y doctrina, que fue y es una herramienta de lucha contra todo tipo de imperialismo para la liberación económica de los pueblos de América Latina.
Luchó con los obreros por la conquista de las ocho horas de trabajo, fundó las universidades populares, dirigió las jornadas por la libertad de conciencia en el Perú, vivió más de 30 años en la clandestinidad.
Fue preso y desterrado a petición de la oligarquía y terratenientes. Luchó por pan, justicia y libertad para el pueblo peruano. Hoy que las naciones en el mundo se debaten entre la mal llama “Globalización”, él sostuvo un espíritu visionario: La unidad de América Latina para competir económicamente con los países imperialistas.
“Fuiste y seguirás siendo nuestro guía, los apristas seguiremos practicando tu ejemplo de lucha que nos dejaste como un mandato imperativo para lograr el desarrollo de nuestro pueblo”, señala uno de sus militantes..
“En esta fecha tan especial, todo compañero aprista debe tener presente el lema: “Ser aprista significa que es un soldado que va a servir al Partido y no servirse del Partido”, (El Pueblo)

COMUNICADO DE UGEL 08

La UGEL Nº 08 de Cañete, cumplió con notificar al Prof. Luis Alfredo Ñaña Acuña, la R.D. Nº 000100 que en su parte resolutiva dice: Art. 1º: Instaurar Proceso Administrativo a don Luis Alfredo Ñaña Acuña, Prof. de la I.E.P. Nº 20795 Carmen Alto Cañete.
Art. 2º: Poner a disposición de la Oficina de Personal al Prof. Luis Alfredo Ñaña Acuña, en tanto concluya el Proceso Administrativo de conformidad a lo previsto en la RM 1073-2002-ED que firma la Ex Directora Flor Ananora Saavedra Feliz.
R.D. Nº 000267 – que en su parte resolutiva dice: Art. 1º, Rectificar la R.D. 00100 UGEL 08 – C; respecto a la fecha de emisión donde dice: 25/01/07 y debe decir: 23/01/07 quedando intangible las demás que contiene la parte Resolutiva de la citada Resolución Directoral; que firma la Directora Prof. Olinda Magali Quispe Cama, concordante con la Ley del Profesorado 24029 su modificatoria 25212, Reglamento 019-90-ED Ley General Procedimiento Administrativo Nº 27444.

Oficina de Trámite Documentario

COMUNICADO DE UGEL 08

La UGEL Nº 08 de Cañete, cumplió con notificar al Prof. Luis Alfredo Ñaña Acuña, la R.D. Nº 000100 que en su parte resolutiva dice: Art. 1º: Instaurar Proceso Administrativo a don Luis Alfredo Ñaña Acuña, Prof. de la I.E.P. Nº 20795 Carmen Alto Cañete.
Art. 2º: Poner a disposición de la Oficina de Personal al Prof. Luis Alfredo Ñaña Acuña, en tanto concluya el Proceso Administrativo de conformidad a lo previsto en la RM 1073-2002-ED que firma la Ex Directora Flor Ananora Saavedra Feliz.
R.D. Nº 000267 – que en su parte resolutiva dice: Art. 1º, Rectificar la R.D. 00100 UGEL 08 – C; respecto a la fecha de emisión donde dice: 25/01/07 y debe decir: 23/01/07 quedando intangible las demás que contiene la parte Resolutiva de la citada Resolución Directoral; que firma la Directora Prof. Olinda Magali Quispe Cama, concordante con la Ley del Profesorado 24029 su modificatoria 25212, Reglamento 019-90-ED Ley General Procedimiento Administrativo Nº 27444.

Oficina de Trámite Documentario

Tribunal Registral de la SUNARP en el ojo de la tormenta…

“CON SIMPLE DECLARACION JURADA ADMITEN INSCRIPCION DE FERNANDO GARCIA EN LA COMUNIDAD CAMPESINA DE ASIA…”
¿Asamblea General de Socios del 14 de Octubre no existió…?

ASIA.- El Tribunal Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, SUNARP, puede verse envuelto en un escándalo, de comprobarse los vicios que se han cometido en el proceso de inscripción de don Fernando García Huasasquiche como presidente de la Comunidad Campesina de Asia.
La alerta la dieron los comuneros de Asia, tras enterarse que con un simple documento de “declaración jurada”, el Tribunal Registral ordenó la inscripción de Fernando García Huasasquiche ante los Registros Públicos.
Precisan que todo esto ocurrió el pasado 14 de Octubre (2006), fecha en la que supuestamente Fernando García, habría convocado a una Asamblea General de Socios para elegir a la nueva junta directiva.
Según testimonios de los mismos comuneros, afirman que nunca se llevó a cabo tal convocatoria, prueba de ello es que no tuvo conocimiento la policía del lugar y menos se invitó a un Notario Público para dar fe.
“En todas las asambleas la Comisaría de Asia tiene conocimiento de la reunión. A la vez, se invita a un Notario Público para dar fe de los acuerdos, pero curiosamente aquí no fueron convocados”, afirmó un comunero de nombre Julio Chumpitaz.
La situación se agrava más aún al tomar los nombres de la mayoría de los comuneros haciéndoles creer que estuvieron presentes en la Asamblea, incluido hasta los fallecidos.
Ahí están los nombres de don Fortunato Avalos Chumpitaz, Melchorita Villalobos Quispe, Alejandrina Campos Arias, Demetrio Aburto Malásquez Tomas Malásquez Apolaya, quienes tienen de fallecidos, entre uno a tres años respectivamente.
Más aún esperan el pronunciamiento oficial del burgomaestre de Asia, Armando García Huasasquiche y del Gobernador, Francisco Ojeda Malásquez, a quienes se les consigna también que estuvieron presentes en la asamblea, en su condición de socios.
Los comuneros se encuentran indignados sobre esta situación y emplazan a los miembros del Tribunal Registral de la SUNARP a rectificar la Resolución que emitió el pasado ocho de Enero.
“Tenemos suficientes pruebas que la Asamblea de Socios del 14 de Octubre no existió. El Tribunal Registral, al parecer, confió mucho en la declaración jurada de Fernando García y la aceptó”, señaló uno de los comuneros de Asia.

Más de un “compañero” tiembla con su presencia…
ANGEL ATUNCAR MIEMBRO DEL TRIBUNAL DE ETICA Y MORAL DEL APRA…

SAN VICENTE.- Un verdadero acierto ha sido la designación de don Ángel Atuncar Gutiérrez, como Instructor del Tribunal de Etica y Moral del Partido Aprista Peruano, base Cañete.
Su amplia experiencia como dirigente de base, asiduo crítico hasta de sus propios “compañeros” por no cumplir con los lineamientos del APRA, Atúncar será uno de los que pondrá el matiz en esta nueva labor que le encarga el partido.
Ángel Atuncar, es un viejo dirigente sindical y luchador social por excelencia. Su sorpresiva presencia el Tribunal de Ética y Moral, ha causado más de un comentario en más de un compañero.
Pero, él tiene suficiente correa para salir al frente y decir sus cuatro verdades, “sin pelos en la lengua”. No en vano ha estado en situaciones muy difíciles que le ha tocado vivir al partido. Es que… él es hombre del partido.
En su condición de Instructor, hará respetar las directivas que emana del Partido y luego de analizar las denuncias que, seguramente le llegará de sus propios compañeros, no se hará problemas y en conjunto serán aplicadas.
“Con la presencia de Ángel Atuncar, está garantizado el Tribunal de Etica y Moral del Apra”, comentan algunos compañeros y señalan que más de uno serán sancionados con suspensión o separación. ¡Habrá que verlo!.

RECONSTRUCCION DE PLAZA DE ARMAS IMPERIALINA SE HA PROGRAMADO EN 120 DIAS… Y POR EL VALOR DE 300 MIL NUEVOS SOLES…
Desde hace algunos días, se han iniciado los trabajos de remodelación de la Plaza de Armas del distrito de Nuevo Imperial; obra que está programada para efectuarse en 120 calendarios, la misma que de acuerdo al expediente técnico contará con un presupuesto de trescientos mil nuevos soles.
Esta obra iniciada el 12 de Febrero, que debe de culminarse en la quincena del mes de Junio del presente año; contempla los siguientes trabajos de remodelación: una alameda central de carácter cívico; la colocación de piso estampado de color en toda la superficie de tránsito de parque; el mejoramiento de la pileta central y renovación del juego de aguas; el rebajado de altura y mejoramiento del diseño de las rejas que cercan las áreas verdes; la elevación del nivel de terreno en los jardines interiores para efectos de una mejor visibilidad de las áreas verdes y la renovación floral en su totalidad.
Incluye además, la implementación del área de estacionamiento en el perímetro de la plaza de armas, y la reconstrucción de veredas y estacionamiento en el frontis de la Municipalidad e Iglesia de Imperial.

CAYERON CON TODO A CAMAL DE AVES DE CARLOS GUTARRA…
Sorpresivamente se realizó un operativo al camal de aves ubicado en el Jr. El Carmen Nº 116 – Imperial, de propiedad del Sr. Carlos Gutarra Aguirre, quien había recibido una notificación para que dicho camal no funcione, habiendo hecho caso omiso a dicha llamada de atención, por lo que en esta oportunidad la intervención estuvo aparejada de la papeleta de sanción Nº 01454, por desacato a la Ordenanza Municipal.
La intervención estuvo a cargo del Señor Alcalde Richard Yactayo Duran, conjuntamente con el personal de la Municipalidad, la Policía Nacional, el Fiscal de Prevención del Delito de la provincia, y personal de SENASA.
Se anunció que se seguirán realizando operativos en forma inopinada.

HOY HABRA RESTRICCION EN EL SERVICIO DE AGUA EN QUILMANA… POR CORTE DE LUZ…
Mediante nota de prensa enviada a los diferentes medios de comunicación, EMAPA Cañete, a través de la Oficina de Imagen Institucional, dio a conocer que debido al trabajo de mantenimiento de la Red de Media Tensión 10 kv del Alimentador CÑ 02, en el distrito de Quilmaná se efectuará un corte de servicio eléctrico programado para el día de hoy, viernes 16 de Febrero, a partir de la 01:30 p.m. y hasta las 05:30 p.m.
En tal sentido, dicho corte obliga paralizar la estación de bombeo que abastece el servicio de agua potable a todos los sectores del distrito.
EMAPA CAÑETE, invocó la comprensión de la población, por las incomodidades que ocasionará el referido corte de servicio de energía eléctrica, en el abastecimiento del líquido elemento, hecho ajeno a su voluntad.

MPC INICIO CAMPAÑA DE TRIBUTACION EDIL 2007…
La Gerencia de Tributación Municipal, dio a conocer que se ha dado inicio a la Campaña de Tributación Municipal correspondiente al presente año, con la distribución en los domicilios fiscales de los contribuyentes, de la Cuponera que contiene la determinación del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública.
Para el pago del Impuesto Vehicular se debe de presentar la declaración jurada del vehículo año 2007.
Finalmente hace recordar que el pago al contado de la primera cuota, vence el 28 de Febrero del 2007. Para mayor consultas, se pueden dirigir a la Oficina de Administración Tributaria, en horario de oficina, de lunes a viernes, o llamando al teléfono 5811347.