25 abril 2009

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO

ORDENANZA N° 005-2009-MDSA

San Antonio, 16 de Marzo del 2009

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ANTONIO DE CAÑETE

POR CUANTO:
El Concejo Distrital de San Antonio, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha.

CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; marco normativo concordante con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Leyes de Reforma Constitucional Nros. 27680 y 28607;

Que, la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobada mediante Ley Nº 26979 y modificada por las Leyes Nros. 28165 y  28892, y reglamentada mediante Decreto Supremo Nº 069-2003-EF, establece el marco legal de los actos para la ejecución de obligaciones tributarias y no tributarias de los Gobiernos Locales, entre otras entidades de la Administración Pública Nacional; 

Que, conforme al Artículo 9º y el numeral 25.4 del Artículo 25º de la Ley Nº 26979, establece que los gastos y costas en los que haya incurrido la Entidad en la tramitación de los procedimientos de Ejecución Coactiva, son considerados obligación exigible dentro de los mismos procedimientos;

Que, la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva Nº 26979, en concordancia con la autonomía política consagrada a favor de las municipalidades por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, señala que cada gobierno local aprobará mediante Ordenanza el Cuadro de Arancel de Gastos y Costas Procesales aplicables a los Procedimientos de Cobranza y Ejecución Coactiva; asimismo Artículo 196º de la carta magna señala con relación a los bienes y rentas de las municipalidades, que son las aplicables a las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanzas Municipales, conforme a Ley; 

Que, mediante Informe Nº 06-EC-MDSA-2009, de la Oficina de Ejecutoria Coactiva, se solicita al Concejo Municipal la aprobación de la Ordenanza que Regule  el Cuadro de Arancel de Gastos y Costas Procesales para los Procedimientos de Cobranza y Ejecutoria Coactiva; presentando la exposición de motivos, proyecto de Ordenanza y Cuadro de Costas mencionado;

Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Asesoría Legal, y visto bueno de la Gerencia Municipal, de conformidad a lo establecido por la Ley Orgánica de  Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA

Artículo Primero.- Aprobar el Arancel de Costas y Gastos Administrativos de los Procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de San Antonio de Cañete, el mismo que consta en 02 cuadros anexos y que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- Los gastos que asuma la Municipalidad por actuaciones de peritos, martilleros públicos, interventores, recaudadores y otros que intervengan en el proceso de ejecución coactiva, así como las publicaciones de aviso de remate a efectuarse en el Diario Oficial El Peruano, en el diario encargado de la publicación de los avisos judiciales de la localidad donde se encuentren los bienes a ser rematados o a través de cualquier otro medio de notificación edicta, serán exigibles al obligado, conforme a la liquidación de gastos que para el efecto se realice.

Artículo Tercero.-  Queda encargada la Gerencia Municipal para que en coordinación con la Oficina de Ejecutoria Coactiva, se dé el cumplimiento debido a lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

POR TANTO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Esteban Jesús Agapito Ramos
Alcalde

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