28 abril 2007

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA Nº 08-2007-MPC

Cañete, 03 de Abril de 2007

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

POR CUANTO:
El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de fecha 02 de abril de 2007, y de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972;

CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972;

Que, el Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972 señala que los gobiernos locales están sujetos a las Leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;

Que, de acuerdo a la Ley No. 25307 se declara prioritario y de interés nacional la labor que realizan los Clubes de Madres, Comedores Populares, Centros Familiares, Parroquiales entre otros;

Que, de acuerdo al informe No.045-2007-GDSPV-MPC, la Gerente de Desarrollo Social y Participación Vecinal, así como la Comisión respectiva, solicitan la aprobación del Reglamento para comedores que reciben apoyo del Programa de Complementación Alimentaria, con la finalidad de regular y orientar a las instituciones sobre la organización, funcionamiento y supervisión de los Comedores. Asimismo, se cuenta con la opinión favorable de la Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Informe Legal No. 197-2007-AS-LEG-MPC, elevándolo al Pleno del Concejo para su determinación;

Estando a lo expuesto, con las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972, con el voto unánime y con la dispensa del trámite de aprobación del acta;

SE ACORDO:
Artículo Unico.- Aprobar el Reglamento para Comedores que reciben apoyo del Programa de Complementación Alimentaria, compuesto de 10 capítulos, 03 disposiciones finales y 03 anexos, los que forman parte del presente.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y PUBLIQUESE.

JAVIER J. ALVARADO GONZALES DEL VALLE
ALCALDE

REGLAMENTO PARA COMEDORES QUE RECIBEN APOYO DEL PROGRAMA DE COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA

CAPÍTULO I
FINALIDAD, OBJETIVOS Y ALCANCES
Artículo 1º.- El presente Reglamento tiene como objetivo regular y orientar la organización, funcionamiento y supervisión de los Comedores en relación directa y exclusiva con el apoyo que reciben de los Programas de Complementación Alimentaria, que administra la Municipalidad Provincial de Cañete, con la finalidad de promover una mayor participación de sus integrantes para alcanzar un desarrollo auto sostenido y elevar el nivel alimentario de la población en situación de Pobreza y extrema pobreza.

Artículo 2º.- Los objetivos del presente Reglamento son:
a) Unificar los criterios en torno a la atención, organización, funcionamiento y supervisión de los Comedores.
b) Establecer los procedimientos para la admisión de los Comedores en los Programas de Complementación Alimentaria.
c) Establecer los lineamientos y procedimientos de supervisión a los Comedores en el uso del apoyo alimentario que reciben.

Artículo 3º.- Las disposiciones del presente Reglamento son de aplicación y estricto cumplimiento para todo Comedor que reciba apoyo Alimentario de la Municipalidad Provincial de Cañete, quien administra los Programas de Complementación Alimentaria.

CAPÍTULO II
DISPOSICIONES GENERALES DE LOS PROGRAMAS DE COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA.
Artículo 4º.- Los Programas de Complementación Alimentaria, priorizando las zonas de pobreza y extrema pobreza, brindarán apoyo a los Comedores que cumplan con los requisitos de la presente norma, por medio de la asistencia alimentaria.

Artículo 5º.- El apoyo alimentario estará destinado preferentemente a personas y/o familias vulnerables y en alto riesgo nutricional y/o alimentario, especialmente: niños, niñas, madres gestantes, madres lactantes y adultos mayores de zonas rurales y urbano marginales.

Artículo 6º.- Los Comedores receptores de apoyo alimentario, cooperarán con la estrategia institucional de atención a los grupos vulnerables, en alto riesgo nutricional y otros casos afines; comprometiéndose a entregar un número de raciones en función del apoyo que reciben.

Artículo 7º.- Para los efectos del presente Reglamento se entiende por:
a) Programa de Complementación Alimentaria.- Denominados legalmente también como Programas de Apoyo Alimentario y Compensación Social; son programas que brindan apoyo alimentario con utilización de recursos Públicos del Estado.
b) Asistencia Alimentaria.- Consiste en la donación de alimentos a la población de pobreza y extrema pobreza.
c) Organizaciones Sociales de Base- OSB.- Organizaciones autogestionaria, conformadas por iniciativa de personas de bajos recursos económicos, para enfrentar sus problemas alimentarios con la finalidad de alcanzar un desarrollo humano integral. No persiguen fines políticos.
d) Comedor.- OSB, cuyas actividades principales son la preparación de alimentos y el apoyo social. Pueden ubicarse tanto en zonas de pobreza y extrema pobreza. Pueden ser: Comedor Popular, Comedor de Clubes de Madres, Comedor Parroquial y otros afines.
e) Cesión en uso.- Forma contractual por la cual se entregan bienes a los Comedores para su uso, de acuerdo a las condiciones y plazos señalados en la respectiva Resolución.
f) Infracción.- Incumplimiento por parte del Comedor que recibe apoyo alimentario de las disposiciones señaladas en el presente Reglamento.
g) Promotor.- Representante acreditado, encargado de realizar las supervisiones respectivas.
h) Veedoras.- Representantes acreditadas por la OSB, encargadas de supervisar la ejecución de los Programas de Complementación Alimentaria.
i) Socias Activas.- Son aquellas que participan en forma directa en todas las actividades del Comedor.

CAPITULO III
BASE LEGAL
Artículo 8º.- El presente Reglamento tiente como Base Legal las siguientes disposiciones:
a) Ley Nº 25307 que declara prioritario y de interés nacional la labor que realizan los Clubes de Madres, Comedores Populares, Centros Familiares, Parroquiales entre otros.
b) Decreto Legislativo Nº 866, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano- PROMUDEH, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893.
c) Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano- PROMUDEH.
d) Decreto Supremo Nº 020-92-PCM, de creación del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria- PRONAA.
e) Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH, Reglamento de Organización y Funciones del PRONAA.
f) Resolución Presidencial Nº 084-98-PRONAA/P que aprueba la Directiva General Nº 005-98-PRONAA/OFAD, sobre Normas para el Manejo de los Bienes Adquiridos, Donados y Adjudicados destinados a Organizaciones de Base.
g) Resolución Jefatural Nº 0609-2003-PRONAA/J., que aprueba el Reglamento para Comedores que reciben apoyo alimentario.

CAPITULO IV
ADMISIÓN DE UN COMEDOR AL PROGRAMA DE COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA
Artículo 9º.- Para efectos de que un Comedor acceda al apoyo alimentario otorgado por los Programas de Complementación Alimentaria, éstos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Estar constituido como grupo organizado, localizados en áreas o zonas preferentemente en situación de extrema pobreza, con énfasis en el ámbito urbano marginal y rural.
b) Contar con un mínimo de 15 socias activas.
c) Tener un Libro de Actas de Asamblea General y Junta Directiva debidamente legalizados por Notario Público o Juez de Paz.
d) Tener un Acta de Asamblea de Constitución del Comedor.
e) Contar con Junta Directiva vigente, elegida por las socias del Comedor, donde la Presidenta será la representante del comedor, para realizar coordinaciones y trámites referidos al mismo.
f) No debe existir otro Comedor que reciba apoyo alimentario a menos de 500 metros a la redonda en el caso de los Comedores ubicados en zona urbana. En el caso de las ubicadas en zonas rurales se realizará una evaluación previa. Poseer un Reglamento interno aprobado.
g) Contar con un Padrón de Socias.
h) Contar con Cuaderno de Gastos diarios y Raciones.
i) Contar con lugares adecuados para la recepción, almacenaje y preparación de los alimentos.
j) Proyectar la preparación de un mínimo de 50 raciones diarias.
k) Contar con un informe favorable de parte de la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal.

Artículo 10º.- Cumplidos los requisitos señalados en el Artículo 9º, el Comedor a través de la Presidenta de la Junta Directiva, presentara a la Municipalidad Provincial de Cañete una solicitud de admisión.
Recibida la solicitud, la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal encargada, programará dentro de los 30 días útiles siguientes, una supervisión in situ, la misma que tiene como finalidad comprobar el cumplimiento de los requisitos señalados en el Artículo 9º, y en la que el Comité de Gestión competente participará de forma activa; terminada la visita, se levantará un Acta de Supervisión de acuerdo al formato que como Anexo 1 forma parte del presente Reglamento, el Acta debidamente suscrita deberá ser anexada al expediente de Admisión.

Artículo 11º.- La Admisión de un Comedor como parte de un Programa de Complementación Alimentaria, previa evaluación y disponibilidad presupuestal, deberá efectuarse mediante Resolución de Alcaldía de la Municipalidad Provincial de Cañete. La resolución de admisión otorga el derecho a recibir asistencia alimentaria.

CAPÍTULO V
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMEDORES RECEPTORES DE APOYO ALIMENTARIO
Artículo 12º.- La Asamblea General de Socias es el órgano máximo: Se reunirá de acuerdo a lo señalado en sus Estatutos, teniendo 15 socias activas como mínimo.

Artículo 13º.- La Junta Directiva es el órgano encargado de la administración, y deberá contar como mínimo, con los siguientes miembros:
a) Presidenta
b) Vicepresidenta
c) Tesorera
d) Secretaria
e) Encargada del Almacén.
f) Fiscal

Artículo 14º.- Sin perjuicio de lo señalado en los respectivos Estatutos y en el Reglamento Interno, y para efectos del presente Reglamento, es la Presidenta de la Junta Directiva la representante legal del Comedor y la responsable, ante la Municipalidad Provincial de Cañete, de la custodia y conservación de los bienes que fuesen cedidos en uso.

Artículo 15º.- La Junta Directiva deberá ser elegida por las socias activas del Comedor por el período de dos años. Ningún miembro de la Directiva saliente, podrá ocupar un cargo en la nueva Directiva.

Artículo 16º.- La Junta Directiva del Comedor no podrá estar conformada por miembros que sean parientes cercanos, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

Artículo 17º.- Con la finalidad de acceder al Apoyo Alimentario, los Comedores deberán contar como mínimo con los documentos institucionales siguientes:
a) Estatuto o Reglamento interno de la OSB, aprobado en Asamblea General de Socias.
b) Libros de Actas de Asamblea General y Junta Directiva, en el cual debe constar la Fundación del Comedor; Reglamento Interno; elección de la Junta Directiva, avalada por la mitad más uno de las socias activas inscritas en el padrón; y todos los acuerdos adoptados por las socias activas del comedor.

c) Archivo de Actas de Supervisión, debidamente foliadas.
d) Archivo de Actas de Entrega de Alimentos, debidamente foliadas.
e) Padrón de socias.
f) Cuaderno de Almacén.
g) Cuaderno de Gastos Diarios y registro de raciones.
h) Registro de bienes.


CAPÍTULO VI
DE LA ASISTENCIA ALIMENTARIA

Artículo 18º.- La Asistencia Alimentaria a los Comedores se realiza mediante la entrega mensual de alimentos crudos, para su buen almacenamiento y preparación de los menús diarios. El volumen de alimentos es calculado en relación con el número de beneficiarios, ración por persona y la disponibilidad presupuestal.
La ración alimentaria, estará conformada preferentemente por cereales, menestras, proteínas de origen animal, grasas, frutas y tubérculos y/o raíces, de acuerdo a los alimentos regionales y hábitos de consumo del beneficiario y disponibilidad de alimentos en los almacenes respectivos.

Artículo 19º.- Para contar con la asistencia alimentaria de la Municipalidad Provincial de Cañete, es indispensable el funcionamiento permanente del comedor, y que cumpla con lo establecido en el Capítulo V del presente Reglamento. Asimismo, para el caso de los Comedores nuevos, se considerará el trabajo autogestionario de las socias del Comedor.

Artículo 20º.- Los alimentos se entregarán en los Centros de Distribución previamente fijados, de acuerdo a una programación establecida, deberán ser recepcionados por la Presidenta de la Junta Directiva o algún otro miembro designado expresamente para estos efectos por la Junta Directiva. Toda entrega de alimentos deberá constar en Acta firmada por la persona que recepcione los alimentos y el representante de la Entidad encargado del reparto. No se entregarán los alimentos si el Comedor no presenta el libro de Actas, el Cuaderno de Almacén y el Cuaderno de diario al día.
El formato de Acta de Recepción forma parte del presente Reglamento como Anexo 2. Todas las Actas de Entrega deberán ser foliadas y conservadas por el Comedor, para éstos es obligación del Promotor otorgar una copia del Acta respectiva.

Artículo 21º.- Los Comedores deben poseer espacios adecuados con ventilación, higiene y seguridad para el almacenaje y buena conservación de los alimentos. Para la administración del almacén se deberá contar con un cuaderno de Almacén, que permita registrar el movimiento diario de ingreso, salida y saldos de alimentos.

Artículo 22.- Los Comedores deben preparar los alimentos asegurando una adecuada higiene, buen balance alimenticio, de acuerdo a las capacitaciones recibidas en los cursos de alimentación y nutrición.
El Comedor debe poseer un cuaderno Diario de Gastos y balance, donde se consignarán los nombres de los beneficiarios y número de raciones preparadas y entregadas; así como los gastos realizados en la preparación y el número de Casos sociales atendidos.

CAPITULO VII
SUPERVISIÓN
Artículo 23º.- El Programa de Asistencia Alimentaria, directamente a través de representantes acreditados y/o a través de instituciones públicas con quienes suscriba Convenios, realizará supervisiones a los Comedores cuando lo estime conveniente o cuando el presente Reglamento así lo estipule.
De otro lado, la Municipalidad Provincial de Cañete podrá suscribir Convenios con Entidades privadas para efectos de la supervisión, siempre que se cuente con la aprobación de Comité de Gestión competente.

Artículo 24º.- La Supervisión permitirá verificar el cumplimiento de las disposiciones recogidas por el presente Reglamento; y será inmediata cuando las circunstancias lo requieran, ocasionadas por problemas surgidos que ameriten pronta solución. La negativa a la supervisión por parte del Comedor, implicará una falta grave, sancionada con suspensión temporal.

Artículo 25º.- Terminada la Supervisión, se levantará un Acta, de acuerdo al Anexo 3 del presente Reglamento, que será suscrita tanto por el representante del Comedor como por los encargados de la Supervisión; copia del Acta deberá conservarse y foliarse en el documento que se denomina Archivo de Actas de Supervisión.

Artículo 26º.- La Supervisión permitirá verificar el stock de alimentos del Comedor y la revisión del Libro de Actas, Cuaderno Diario de gastos y Cuaderno de Almacén. Estos documentos deberán ser visados por el supervisor y no podrán ser retirados del local del Comedor.

Artículo 27º.- La supervisión permitirá verificar el número de raciones que elaboran y distribuyen, lo que servirá de referencia para las variaciones que sean necesarias en la cantidad de alimentos a distribuir.

CAPÍTULO VIII
CAPACITACIÓN
Artículo 28º.- La Municipalidad Provincial de Cañete brindará capacitación en su ámbito de acción, de acuerdo a los programas orientados a la autogestión del Comedor. Esta capacitación se brindará a las asociadas de los Comedores receptores de apoyo alimentario, teniendo énfasis en aquellos con menos tiempo en el Programa, en lo concerniente a la organización y funciones, alimentación, nutrición, hábitos de consumo, gestión administrativa, técnicas productivas y otros relacionados, Las representantes de las OSB en el Comité de Gestión competente participarán en el diseño, ejecución y evaluación de la capacitación.

Artículo 29º.- Los cursos de capacitación se dictarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, deberán adecuarse a las necesidades expresadas e identificadas por las socias. Su asistencia es obligatoria.

CAPÍTULO IX
LAS SANCIONES
Artículo 30º.- Cuando a través de las supervisiones se detecten las infracciones contenidas en el siguiente artículo y dependiendo de la persistencia de la infracción, se aplicarán las siguientes sanciones:
a) Suspensión temporal de la asistencia alimentaria.
b) Cancelación definitiva de la asistencia alimentaria.

Artículo 31º.- Son causas para la aplicación de sanciones:
a) La existencia de irregularidades en la administración, manejo y/o funcionamiento del Comedor.
b) Si los alimentos fuesen usados por las socias con otros fines, que incumplan los objetivos del Programa al que pertenece el Comedor.
c) En caso de apropiación ilícita de los alimentos o bienes otorgados en cesión de uso.
d) En caso el Comedor no se encuentre operando.
e) Si los bienes cedidos fuesen usados por personas ajenas al Comedor.
f) El negarse a la realización de una Supervisión relacionada directa y exclusivamente con el apoyo que reciben del Programa de Asistencia Alimentaria.
g) Contar con un número menor de 15 socias activas.
h) La inexistencia de la Junta Directiva debidamente elegida de acuerdo a su Estatuto.
i) La falta o no presentación del Reglamento interno.
j) La falta o no presentación del Libro de Actas.
k) La falta o no presentación del Cuaderno de Almacén.
l) La falta o no presentación del Cuaderno de Gastos y Registro de Raciones.
m) No contar con un lugar adecuado para el almacenamiento y/o preparación de alimentos.
n) No brindar un trato adecuado a los usuarios del Comedor.
o) Entregar y/o vender los alimentos en crudo.
p) Incumplir alguna de las estipulaciones del Reglamento.

Artículo 32º.- El procedimiento para la aplicación de sanciones es:
1.- Detectada cualquiera de las infracciones contenidas en el artículo anterior, se procederá a levantar el Acta de supervisión respectiva, y se suspenderá temporalmente la asistencia alimentaria.
2.- La suspensión temporal tiene una duración de dos meses y deberá ser comunicada al Comedor mediante la remisión de copia de la Resolución Gerencial dirigida a la Presidenta de la Junta Directiva.
3.- Transcurrido el plazo de la suspensión temporal, se procederá a programar una nueva supervisión con la participación del Comité de Gestión competente, de persistir las infracciones se procederá a levantar el Acta respectiva, copia de la cual deberá ser remitida para su conocimiento al Comité de Gestión y Fiscalización correspondiente.
Transcurridos 15 días hábiles como mínimo desde el levantamiento del Acta de Supervisión y la comunicación al Comité de Gestión y Fiscalización correspondiente y para efectos de la cancelación, la Municipalidad Provincial de Cañete, emitirá la Resolución correspondiente de cancelación de la asistencia alimentaria.
4.- De comprobarse que el Comedor atiende a menos beneficiarios que los programados, se procederá automáticamente a realizar la disminución de raciones, de acuerdo a lo observado.

CAPÍTULO X
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- El presente Reglamento se distribuirá a cada comedor para su conocimiento, cumplimiento y publicación.
Segunda.- Las entidades administradoras de Programas de Complementación alimentaria, deberán respetar la autonomía de gestión y administración de las OSB que reciben apoyo alimentario.
Tercera.- El presente Reglamento para el caso de la Municipalidad Provincial de Cañete, será aplicado a los Programas de Complementación Alimentaria que éste administra, independientemente del cambio estructural, organizacional o legal del mismo.

JAVIER J. ALVARADO GONZALES DEL VALLE
ALCALDE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS

ORDENANZA Nº 003-2007-MDSL

El Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Luis de Cañete

VISTOS:
En Sesión de Concejo de fecha 26 de Febrero del 2007, y estando al Informe Nº 017 y 023 AR-MDSLC del Area de Rentas, Informe Nº 001-2007-GM-MDSL Gerencia Municipal, y el Informe 001-07-OAJ-MDSL, de la Oficina de Asesoría Jurídica y,

CONSIDERANDO:
Que, por D.S. Nº 156-2004-EF, se aprueba el T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, que establece los Tributos y Rentas de los Gobiernos Locales, entre los cuales se encuentra el Impuesto Predial, que grava el valor de los predios urbanos y rústicos, cuya recaudación y fiscalización del Impuesto corresponde a la Municipalidad Distrital donde se encuentra ubicado el predio;

Que, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa correspondiéndole funciones normativas y fiscalizadoras por la cual dictan las disposiciones que sean necesarias para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 411-2006-VIVIENDA, se aprueba los Planos Básicos Arancelarios de los distritos de la provincia de Cañete, Resolución Ministerial Nº 414-2004-VIVIENDA, se aprueba los Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones Urbanas para la costa; y por Resolución Ministerial Nº 469-99-MTC/15.04, se aprueba la Tabla de Depreciación por antigüedad y estado de conservación de edificaciones, la misma que se encuentra en vigencia para el presente ejercicio;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 213-2006-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas, determina el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), en S/. 3,450 (Tres mil cuatrocientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) para el año 2007;

Que, el artículo 13º del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por D.S. Nº 156-04-EF, faculta a las Municipalidades a establecer un monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial, equivalente a 0.6% de la UIT vigente al 1 de Enero del año al que corresponde el Impuesto;

Que, el Impuesto podrá cancelarse de acuerdo a las alternativas establecidas en el artículo 15º del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por D.S. Nº 156-04-EF;

Que, el artículo 66º estipula que las tasas son los tributos creados por los Consejos Municipales cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por la Municipalidad de un servicio público o administrativo, y el artículo 68º inciso a), resuelve que las municipalidades podrán imponer el cobro de tasas por servicios públicos o arbitrios;

Que, la cuarta disposición final del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, aprobado pro D.S. Nº 156-04-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de Emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de Impuestos y de recibos de pagos correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor del 0.4% de la UIT vigente al 1 de Enero de cada ejercicio;

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 9º numeral 8, y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, y el voto unánime del pleno del Concejo, se aprobó lo siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º.- Aprobar la Emisión Mecanizada de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial, correspondiente al Ejercicio Tributario 2007, fijándose en S/. 13.80 (Trece y 80/100 Nuevos Soles), el derecho de emisión y distribución a domicilio en las Declaraciones Juradas del Autoavaluo.

Artículo 2º.- Fíjese las fechas de cancelación del Impuesto Predial con las siguientes alternativas:
a.- Al contado, hasta el último día hábil del mes de Febrero del 2007.
b.- En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales cuyos vencimientos son los siguientes:
1ra. Cuota del Impuesto Predial vencimiento hasta el 28-02-2007.
2da. Cuota del Impuesto Predial vencimiento hasta el 31-05-2007.
3ra. Cuota del Impuesto Predial vencimiento hasta el 31-08-2007.
4ta. Cuota del Impuesto Predial vencimiento hasta el 30-11-2007.

Artículo 3º.- Fíjese como monto de pago por arbitrios de Limpieza Pública, lo normado el año anterior, según lo regula el artículo 69º-B del D.S. 156-2004-EF, de acuerdo a la siguiente escala:
Casa Habitación de 01, 02 y 03 pisos S/. 31.92 anual.
Comercio menores, mayores e industrias S/. 127.92 anual
Terrenos sin construir S/. 15.97 anual

Artículo 4º.- Establecer como monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial la suma de S/. 20.70 (veinte y 70/100 Nuevos Soles).

Artículo 5º.- La Gerencia Municipal y el Area de Rentas, y las que tienen competencia quedan obligadas en la ejecución y cumplimiento de la presente Ordenanza.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

Primera.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.

Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la provincia al Día con Matices.

Tercera.- Déjese sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza.

Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase

Paulino Arturo Antezana Urbina
Alcalde

27 abril 2007

PAULO VIVAS SIERRA SIGUE AL FRENTE DE LA CORTE CAÑETANA...
Medida De Abstención De Laborar, No Le Alcanza, Según Informe De La OCMA


Ayer dimos a conocer la información que publicara la Agencia Andina, así como también fuera reproducida en La Republica, Ojo, y el portal cañetano 3i.com, sobre la separación del Presidente de la Corte Superior de Justicia, de su cargo, por pesar sobre él y otros Vocales un proceso disciplinario.
Pues bien, en horas de la noche logramos conversar con el Dr. Paulo Vivas Sierra, y nos señaló que la OCMA se había rectificado en cuanto a la información emitida, señalando que si bien es cierto se le ha abierto una investigación, sobre ellos no alcanza la medida de abstención para laborar en el Poder Judicial.
Ante ello, nos envió el documento que le remitiera la Oficina de Control de la Magistratura, la cual reproducimos para conocimiento de nuestros lectores.
Finalmente debemos de señalar que el Dr. Paulo Vivas Sierra, sigue al frente de la Corte Superior de Justicia de Cañete, y que el día de ayer estuvo justamente por Yauyos, en visita de inspección.
ACCIDENTE DE TRANSITO EN PANAMERICANA SUR KM. 63.8 DEJA 5 MUERTOS...

Un nuevo accidente tiñó de sangre la Panamericana Sur, a la altura del Puente de Chilca, Km. 63.8, con el lamentable saldo de 5 muertos, tres mujeres y dos hombres.
Aproximadamente a las 04:50 horas, el Trailer de Placa YI-5249 con remolque de placa ZI-5760, conducido por Abelardo Castillón Lozano de 45 años de edad, que se dirigía hacia la ciudad capital, fue embestido por detrás, por el Ómnibus de la Empresa Los Libertadores de placa UZ-3042, conducido por Carlos Janampa Rua de 42 años de edad.
La colisión originó que el ómnibus quedará incrustado en la parte posterior, producto del cual fallecieron 5 personas, de las cuales no se tiene su identificación. Cuatro de ellas, perecieron en el acto, mientras una quinta falleció en el trayecto hacia el Centro Materno de Chilca, donde llegó cadáver.
Igualmente, personal policial de la Comisaría de Chilca, derivó hacia el Hospital María Auxiliadora, aproximadamente a unos 15 ó 16 heridos, a fin de que puedan ser atendidos.
PREVENIR ES MEJOR QUE CURAR... LO IMPORTANTE FUE EMPEZAR...
Por: Lic. César Calagua Gutiérrez

El pasado miércoles 25, en el Auditorium del Hospital de EsSalud, se desarrolló el foro «PREVENIR ES MEJOR QUE CURAR”, a la cual se invitó a las autoridades, funcionarios y responsables de empresas de la localidad, para lograr la coordinación adecuada y realizar posteriormente en base a alianzas estratégicas las campañas de prevención y promoción de la salud del presente año.
En este foro justamente se trataría de hacer conocer a los funcionarios, autoridades y líderes de los diversos sectores de nuestra población lo que ofrece esta dependencia de salud, porque es necesario involucrar en este tipo de actividades a quienes tienen responsabilidad en la conducción de los pueblos… a estas autoridades y funcionarios en la problemática de la salud de la población más desprotegida.
Indudablemente que el crear conciencia en la población sobre la importancia de la prevención de la enfermedad y promoción de la salud, es difícil, pero igualmente es importante promover en la población estilos de vida saludable, para lograr un buen desarrollo de la persona y evitar lógicamente enfermedades prevenibles.
Se tuvo como ponentes al Dr. Jaime Cuadros Mendoza, Fiscal Titular de la Tercera Fiscalía Provincial Civil y Familia (PROBLEMAS SOCIO JURÍDICOS DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE EN CAÑETE), Dra. Rosario Salazar Cárdenas, Fiscal Adjunta Provincial de la Tercera Fiscalía Civil y Familia (PROBLEMAS SOCIO JURÍDICOS DE LA MUJER EN CAÑETE), Dr. Walter Soto (prevalencia de cáncer gástrico), Dr. Emilio Injante De la Cruz (Prevalencia de enfermedades de transmisión sexual y uso de métodos anticonceptivos), Dra. Verónica Ferro Galdos (Saneamiento ambiental), Dr. Ricardo Vilcapoma (prevalencia de cáncer de utero y mamas), Dr. Juan Granda Zamudio (crecimiento y desarrolo del niño), Lic. Inés Pelaés García (habitos alimenticios), Pbro. Felix Cuzcano Quintín (ética y moral).
Los asistentes saludaron la iniciativa del Director del Hospital de EsSalud Cañete, Dr. Juan Carlos Salas Suarez, por la feliz iniciativa de promover este tipo de reuniones que sí se realizó en alguna oportunidad, pero que allí quedaron porque no se continuó con este importante trabajo en la colectividad cañetana.
Los asistentes a este foro, resaltaron la ausencia de algunas autoridades y funcionarios que están involucrados con el tema, pero que brillaron por su ausencia, sin enviar siquiera un representante, a pesar de haber confirmado su presencia un día antes del evento, pero esto no fue motivo para que se continuase con la tarea iniciada.
Una de las conclusiones de este foro ha sido reiterar la invitación a estas autoridades ausentes el día miércoles y alcanzarles igualmente copia de lo acordado, para que en la próxima reunión lleven un plan estratégico de como podrían participar conjuntamente con los demás sectores en beneficio de la población cañetana. Esperamos,
CONFERENCIA DE PRENSA O FORUM MUNICIPAL...
Después de hora y media se inició pésima información edilicia…


Confundiendo algunos de los términos y presentando un video institucional con gruesos errores ortográficos, alcalde imperialino Richard Yactayo Durán intentó contentar a la prensa que en su mayoría se retiró insatisfecha, toda vez que las expectativas generadas tras la convocatoria a una rueda de prensa que no fue tal, dejó sorprendido a los asistentes que representaban a los medios de comunicación. Muchas personas que no tenían nada que ver con el tema de la mal denominada “conferencia” se presentaron en el lugar, no obstante, haber asegurado que no estarían… sin embargo, esas personas que formaban parte del grueso del partido nacionalista, estuvieron ahí.
En fin creemos que de hecho, tal como lo afirmáramos en nuestra edición de ayer, no se hizo una verdadera rendición de cuentas de los primeros cien días de la gestión Yactayo. Y, estuvo tan aburrida que hasta el padre del Alcalde se dormía constantemente y después de dos horas, se retiró. Yactayo Durán habló del pago de obreros, gratificaciones, fotochecks y forro de libros, como un logro de su gestión. Asimismo, indicó como Obras, lo siguiente: cartografía Digital satelital, cuando eso es un instrumento de gestión. Un portón, rejas, bancas, astas en las plazas menores, lo definió como obras. Igualmente, la demolición del CE. 21508 y cuyo narrador pronunció mal, pues dio otro número. Pusieron “Casapintada”, en lugar de Casa Pintada, “Loza” en lugar de “Losa” y el Alcalde, Bien Gracias. ¡Que ináudito!.
Luego hubo un altercado que dejó mal parados a los regidores cuando el Dr. Andrés Oré Cárdenas dijo que nunca le han permitido realizar buena labor fiscalizadora a pesar de haberse dirigido en innumerables oportunidades al Alcalde y al Gerente Municipal sin obtener respuestas. Pero, ¡Oh Sorpresa! Su colega Ovidio Castillón lo refutó tratando de minimizarlo y generó una histeria entre los periodistas, Ovidio Castillón fue “más papista que el Papa”. Así de simple, haciendo un papel que fue más que absurdo.
Por otro lado, cabe destacar que a solicitud de un hombre de prensa, hablaron los regidores sobre algunos de los proyectos o gestiones que han presentado ya en forma individual o colectiva. Además, sostuvo el burgomaestre imperialino que como parte de la atracción turística ….!!!! instituiría el “Festival de la Sopaseca”. Que mal, Richard Yactayo. Siendo hombre de prensa, sabe que desde hace muchos años, el distrito de Nuevo Imperial, realiza anualmente en el mes de junio dentro de su programa de Aniversario dicho festival, al que el mismo ha concurrido en su calidad de Director del Noticiario que conducía. ¿Qué busca Yactayo Durán, acaso pelearse con Nuevo Imperial? Pues dijo orondamente que eso no estaba inscrito en Indecopi. Increíble.
Respecto de la Obra Plaza de Armas dijeron que en 120 días, de todas maneras se cumplirá con la remodelación de la citada Plaza Mayor. Sin embargo, también se informó que un monto que superaba los 240,000 Nuevos Soles se gastaría más allá de los 300,000 soles que aprobaron los miembros del Concejo a inicios de año. No obstante esta observación hecha por el colega Eladio Quispe Muchotrigo de Radio Exa la primera autoridad edilicia dijo que “prácticamente” todo ese monto sería gracias a gestiones con empresas o instituciones diversas. Ummm. Bueno, esperamos que los miembros del cuerpo edilicio, puedan tener acceso a las diferentes oficinas administrativas y tengan la información precisa y puedan ello dar cuenta de una verdadera acción fiscalizadora.
Respecto del tema de publicidad.. Yactayo Duran sostuvo que… “ha sido gracias a los medios de comunicaciones, que se ha logrado que el Policlínico Ernesto Mispireta Valdivia se llene ahora de gente”. Sin embargo eso no es del todo cierto. Ahora las unidades de transporte llegan a ese lugar, como antes no se hacía. Además no dijo porque hay gente que estaría cobrando “por interpósita persona” respecto de algunos medios allegados a su gestión. No dijo tampoco porque existen cerca de cuatro spots diferentes sobre lo que hace su persona y no el Concejo municipal, puesto que todos los avisos de la Municipalidad de Imperial son personalistas, es decir que solo hablan del Alcalde, como si el fuera el único que realiza labor ignorando a todo el Concejo en pleno. Tampoco se refirió al tema de las becas de INABEC en donde el Municipio es garante de las becas que se otorguen a los trabajadores ¿Qué pasaría si algunos de los funcionarios y/o empleados dejan de laborar en esta corporación? Nada, que simplemente el municipio tiene que asumir la deuda. Así de simple.
Finalmente, habría que indicar que si de rendición de cuentas se trata, ésta jamás se dio el día de ayer. Habrá que esperar. Mientras tanto, se sabe que tres integrantes del Concejo municipal han presentado un documento por Mesa de partes ante el Alcalde solicitando la efectiva rendición de cuentas. AH1 Olvidaba decir que es imposible que la foto de “Antauro Humala” que hoy purga condena en el Penal de “Piedras Gordas” esté ubicado en la oficina de Participación Vecinal del municipio. ¿Cómo es posible que esto se permita, Sr. Alcalde?. Otra cosa que no dijo fue que la Bandera Nacional no puede izarse al lado de una bandera de un movimiento Político”.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VIÑAC – YAUYOS

ORDENANZA Nº 01-2007-MDV

Viñac, 13 de Marzo del 2007.

El Concejo de la Municipalidad Distrital de Viñac,

POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Legal del Asesor Legal Externo,

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reconoce a las Municipalidades como Organos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972;

Que, el Art. 195º numeral 3 y 4 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes de desarrollo, por lo que tienen competencia para: Administrar sus bienes, rentas, para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley;

Que, el numeral 36.1 del artículo 36º de la Ley de Procedimientos Administrativos General – Ley Nº 27444, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en los casos de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos – TUPA;

Que, el Art. 29º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General, establece que, se entiende por procedimiento administrativo al conjunto de actos y diligencia tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados;

Que, la norma precitada precisa que en el caso de los gobiernos locales, el TUPA se aprueba por Ordenanza Municipal, publicándose en su integridad cada dos años, pudiendo hacerlo antes cuando se considere que las modificaciones producidas en el mismo lo amerite;

Que, mediante informe de Visto, de fecha 2 de Marzo del 2007, el Asesor Legal Externo remite el proyecto de Ordenanza que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad – TUPA, el cual se ha elaborado de conformidad a lo normado por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y a la Ley de Procedimientos Administrativo General – Ley Nº 27444;

Que, del informe Legal se infiere que el proyecto propuesto ha sido elaborado en coordinación estricta con las unidades orgánicas que tienen bajo responsabilidad procedimientos, el mismo que se encuentra acorde con la estructura orgánica de la Municipalidad, habiendo tenido presente los dispositivos legales en que se sustentan los diversos procedimientos y costos, enmarcados dentro de la Ley Nº 27444;

Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de aprobación de Actas, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VIÑAC

Artículo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativo – TUPA y Servicios prestados en exclusividad, de la Municipalidad Distrital de Viñac; el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2º.- Derogar toda norma que se oponga a la presente Ordenanza.

Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo de ratificación del Cuadro de Tasas – Derechos por tramitación de los procedimientos contenidos en el presente Texto Unico de Procedimientos Administrativos emitido por la Municipalidad Provincial de Yauyos.

POR TANTO:
Mando se Registre, Publique, Comunique y Cumpla

Teodardo D. Carrión Huamán
Alcalde


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VIÑAC – YAUYOS

ORDENANZA Nº 02-2007-MDV

Viñac, 14 de Marzo del 2007.

El Concejo de la Municipalidad Distrital de Viñac,

POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Legal del Asesor Legal Externo,

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reconoce a las Municipalidades como Organos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972;

Que, en la Sesión Extraordinaria de la fecha se ha aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y en la Ley de Procedimientos Administrativo General – Ley Nº 27444;

Que, las Tasas Derechos correspondiente a la tramitación de los procedimientos a cargo de la Municipalidad, contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad, deben ser aprobados de conformidad con lo establecido en el artículo 70º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; el cual establece que los mismos no excederán del costo de prestación del servicio y su rendimiento será destinado exclusivamente al financiamiento del mismo. En ningún caso el monto de las tasas por servicio administrativo o por derechos podrán ser superior a una (1) UIT, en caso que estas superen dicho monto se requiere acogerse al régimen de excepción que será establecido por Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y del Ministerio de Economía y Finanzas conforme a lo dispuesto por la Ley de Procedimientos Administrativo General. Las Tasas que se cobre por tramitación de procedimientos administrativos, sólo serán exigibles al contribuyente cuando consten en el correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos – TUPA;

Que, conforme a lo establecido en el numeral 4 del Artículo 195º y por el Art. 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones, tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la Ley. En aplicación de lo dispuesto por la Constitución se establece las siguientes normas generales: a) La creación y modificación de tasas y contribuciones se aprueban por Ordenanza, con los límites dispuestos por el presente Título, así como por lo dispuesto en el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante Informe de Visto, de fecha 03 de Marzo del 2007, el Asesor Legal Externo remite el proyecto de Ordenanza que aprueba el Cuadro de Tasas – Derechos de la tramitación de los procedimientos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad – TUPA, el cual se ha elaborado de conformidad a lo normado por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y a la Ley de Procedimientos Administrativo General – Ley Nº 27444 y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156º-2004-EF;

Que, del Informe Legal se infiere que el proyecto propuesto ha sido elaborado en coordinación estricta con las unidades orgánicas que tiene bajo responsabilidad los procedimientos, el mismo que se encuentra acorde con la estructura orgánica de la Municipalidad, habiendo tenido presente los dispositivos legales en que se sustentan los diversos procedimientos y costos enmarcados dentro de las normas legales referidas;

Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de aprobación de Actas, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO DE TASAS – DERECHOS DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVO CONTENIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VIÑAC

Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro de Tasas – Derechos de los Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Viñac; y la Estructura de Costos que lo sustenta; los mismos que en anexo adjunto forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2º.- Derogar toda norma que se oponga a la presente Ordenanza.

Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación del Acuerdo de Concejo de ratificación del Cuadro de Tasas – Derechos emitido por la Municipalidad Provincial de Yauyos.

POR TANTO:
Mando se Registre, Publique, Comunique y Cumpla

Teodardo D. Carrión Huamán
Alcalde


MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2007.

Yauyos, 18 de Abril del 2007.

VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 05 de Abril de 2007, el Oficio Nº 015-2007-MDV, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Viñac solicita la Ratificación de la Ordenanza Nº 002-2007-MDV que aprueba el Cuadro de Tasas y Derechos por procedimiento contenidos en su respectivo TUPA; y,

CONSIDERANDO:
Que, los Artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Art. 60º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante D.S. Nº 156-2004-EF; establece la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanza en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por la Municipalidad Provincial de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad;

Que, la Municipalidad Distrital de Viñacc, en aplicación y observancia de la normatividad vigente aprobó la Ordenanza materia de ratificación, remitiéndola con tal fin a la Municipalidad Provincial de Yauyos, conjuntamente con la información sustentatoria respectiva, la que tiene carácter de declaración jurada;

Que, la Comisión de Administración, Planificación, Presupuesto y Rentas ha emitido su Dictamen de Comisión Nº 002-2007/MPY/COM.APPR, mediante el cual opina por la ratificación de lo solicitado por la Municipalidad Distrital de Viñac;

Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el Pleno del Consejo por Unanimidad ORDENA lo siguiente:

Artículo 1º.- Fines y Objetivos de la Ordenanza: RATIFICAR la Ordenanza Nº 02-2007-MDV, que aprueba el cuadro de Tasas y Derechos por Procedimientos contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Viñac.c

Artículo 2º.- Publicación: Disponer que la Municipalidad Distrital de Viñac cumpla con la publicación de la presente Ordenanza, para garantizar su vigencia y aplicación conforme a Ley.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Diomedes A. Dionisio Inga
Alcalde

26 abril 2007

OCMA SUSPENDE A PRESIDNETE DE CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE...
Medida Tambien Recaería Sobre Otros 4 Vocales Superiores

La Oficina de Control de la Magistratura (Ocma), abrió proceso disciplinario contra el presidente de la Corte Superior de Cañete y otros cuatro vocales superiores de este distrito judicial, por presunta conducta irregular en el ejercicio de sus funciones.
Adicionalmente, se abrió investigación a la relatora de la Sala Civil y dos servidores de la misma Corte, a quienes se les atribuye actuaciones irregulares en el trámite de una acción de amparo.
Según la resolución suscrita por la jefa de la Ocma Elcira Vásquez, el presidente de la Corte de Cañete, Paulo Vivas Sierra y su antecesor, Manuel Paredes, habrían infringido la normatividad contenida en la Ley Orgánica del Poder Judicial respecto a la convocatoria y selección de la nómina de los magistrados suplentes, designación que en el caso de Cañete no habría sido transparente.
Durante una pesquisa indagatoria se verificaron irregularidades en los nombramientos de los vocales suplentes Ricardo Fernández Valencia, José Borda Chanca y Wilser Delgado Vásquez.
Además, la Ocma tuvo conocimiento que estos magistrados actuaron de manera irregular al cursar una demanda de amparo iniciada por una empresa de telefonía.
Estos magistrados han sido notificados con la medida cautelar para que se abstengan de laborar en el Poder Judicial mientras dure la investigación.
La misma disposición pesa contra la relatora y secretaria de Sala, Carmen Nelly Rangel Purilla por su presunta conducta funcional irregular.

JORNADA INTEGRAL DE SALUD EN SAN BENITO…
Se llevará a cabo el Próximo 05 de Mayo…
El próximo 5 de mayo, la Organización de Afrodescendientes de San Benito, el Concejo Municipal Delegado y el Concejo de Administración de la Cooperativa, han organizado una importante Campaña Integral de Salud que contará con la presencia de destacados profesionales, entre ellos, los médicos: Oscar Jáuregui Flores, Eduardo Pachas Napán y otros profesionales que se están sumando a esta jornada. De igual manera, los odontólogos: Gladys Sánchez Candela, Arturo Chau Quintana, Eusebio y Omar Yactayo Cama. Así también el Colegio de Abogados de Cañete gracias a su presidente Dr. Julián Ramos Castillo y al Vicepresidente Freddy Toribio Candela, los que brindarán asesoría jurídica gratuita. Asimismo, ha confirmado su presencia el Psicólogo Freddy Ayllaucán. Esta es una ayuda integral en beneficio de una población cercana a los cuatro mil habitantes que no cuenta con una Posta Médica, asistencial o centro de salud. Por eso, esta es otra contribución del Diario Al Día con Matices con la población sanbenitana.

ALCALDE DE IMPERIAL DEBE RENDIR CUENTAS AL CONCEJO…
Lo hace en una Conferencia de Prensa…?
Bueno. No obstante la falta de cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 148º de la Ley Orgánica de Municipalidades, pues los gobiernos locales están sujetos a las normas de transparencia y sostenibilidad fiscal y a otras conexas en el manejo de recursos públicos, el Alcalde de Imperial, lejos de rendirle cuentas a la ciudadanía en general o hacerlo ante el pleno del Concejo, respecto de la gestión del primer trimestre, lo va a hacer en una Conferencia de Prensa. Bueno, es lógico deducir. Vean: en esta Conferencia de Prensa, no podrán hacer intervenciones ningún ciudadano que quiera hacer sus interrogantes respecto de la marcha de la Municipalidad. Además. Ha dicho la encargada del Área de Relaciones Públicas que van a estar presentes los regidores…?. Ummm. Bueno. Pero eso no quiere decir que estén de acuerdo con lo que quiera expresar el Alcalde. Lo dudamos. Lamentablemente, hasta las notas de prensa, carecen de fundamento, de una buena redacción, etc. Pero, volviendo al asunto, debió de aprender del Concejo Regional de Lima, que el día Martes convocó a una Sesión Extraordinaria en donde el presidente del Gobierno Regional Nelson Chui Mejia hizo un informe general de la gestión y en donde públicamente hicieron uso de la palabra los miembros en pleno del Concejo, para posteriormente aprobar lo expresado por Chui, pero con la salvedad de corregir los errores. Así se debería hacer. En fin. Esperaremos. Ummm cabe una pregunta, ¿Qué clase de intervención tendrán algunos hombres de prensa, ligados a la gestión?. Veremos.

¡DEMOLICION DEL PALACIO MUNICIPAL FIGURA COMO OBRA…!
En el Concejo Provincial…
Sí pues. Aunque Ud. no lo crea. Se ha escuchado entre los avisos publicitarios de la corporación edil provincial, que la demolición de la parte inhabitable del edificio municipal que eso es una obra. Bien. Si lo ubicamos como sinónimo de faena, trabajo, etc. es bien recibido el concepto. Pero, para efectos de conocer como «obra» tal como lo entiende el ciudadano común y corriente, creo que sobran las palabras. No obstante, están haciendo un aviso previo de las «obras» que realizarán –o, han comenzado a realizar- el Concejo provincial. Pues bien, Ojalá y ello se cumpla. No es que pongamos en duda la ejecución de estos trabajos en beneficio de las Comunidades que convergen en Cañete. Lo que pasa aquí es que -por ejemplo- si han puesto como una gran realización el pintado (con gigantografía incluida) de edificios privados, ¿Qué cosa, se podría esperar?. En fin. Tiempo al tiempo. Quizá nos equivoquemos y ojalá sea así por el bien de todos los cañetanos. Máxime aún, si de por medio, anteponemos los intereses colectivos antes que los particulares.

PUBLICIDAD MUNICIPAL ES A TITULO PERSONAL…?
En municipios provincial e imperialino, solo trabaja el Alcalde? y, ¿el Concejo en pleno?...
Bien. Habría que decir que se escucha en casi todos los medios de comunicación ubicados en el espectro electromagnético cañetano, que “el Alcalde Javier Alvarado” o “El Alcalde Richard Yactayo” en vez de escuchar el Concejo Municipal o la Municipalidad tal, realiza o ejecuta tal acción. ¡Por supuesto! Que los medios dirán –con absoluta certeza- eso no es cosa nuestra, es cosa de los relacionistas públicos, que son más “papistas que el Papa”. Sí pues. Aún no entienden que su labor no es a favor de la primera autoridad edilicia, sino en representación de la corporación edil. Seamos claros. Por ahí, no faltará algún erudito en la materia que diga ¿Quién representa al municipio, no es el alcalde?. De eso pues no tenemos duda alguna. Pero raya en el colmo de los anuncios, escuchar por ejemplo que “El Alcalde de Imperial en coordinación con el Administrador del Polícilinico Mispireta…” ¡Que absurdo, por Dios!.. O, de pronto, escuchar entre otras cosas una parte de un aviso del provincial: “El Alcalde Javier Alvarado… Ha reglamentado, la reglamentación..! Que tal lisura!. Que lamentable, Sabe Ud. amigo lector ¿Cuántos avisos al día se propalan del municipio provincial o imperialino?. Le pedimos los cuente. De veras, se sorprenderá. Lo dejamos ahí.

NELSON CHUI INFORMO SOBRE SUS PRIMEROS TRES MESES DE GESTIÓN

Presentó graves denuncias contra ex presidente regional.

El pleno del consejo regional brindó hoy de manera unánime un voto de confianza a la gestión del Ing. Nelson Chui Mejía, luego de que el presidente de la región Lima presentara su informe por los tres primeros meses de gestión.
Ante una nutrida concurrencia que se dio cita al club Sociedad de Obreros de la Unión de la ciudad de Huacho, el presidente regional dio a conocer a la opinión pública el balance de los tres meses al frente de la región Lima.
En la misma, Chui Mejía hizo anuncios importantes como por ejemplo la construcción de la carretera: Huaura-Río Seco-Sayán-Churín; Huaral-Acos Huayllay, y Canta - La Viuda-Huayllay. Todas ellas a través del Proyecto Perú.
De igual forma, el presidente regional ha manifestado que se invertirán un promedio de 5 millones de soles en obras adicionales a lo presupuestado en este año para las provincias de Barranca-Huaral y Huaura, entre otros trabajos de desarrollo para la región.
Dentro de los cambios anunciados la autoridad regional ha dispuesto el cese del Director Regional de Educación, Lic. Yulino Milla Salas y la permanente evaluación a todos sus funcionarios. Otra de las medidas tomadas por Chui Mejía es el adecuamiento del personal que labora en la región, del régimen privado del Decreto Legislativo 728 al 276 y su respectivo reglamento.
De otro lado el Ing. Nelson Chui dio a conocer algunas de las irregularidades presuntamente cometidas por la gestión anterior, como por ejemplo el caso de la obra denominada “Mejoramiento de la Plaza de las Cruces del Malecón Roca” lo que ha motivado que el procurador del gobierno regional interponga las denuncias penales ante el Ministerio Público.
Otra de las graves denuncias presentadas hoy, es la referente a una carta enviada por el contratista de la obra: “Mejoramiento del Centro Educativo 20179, Alejandro Baldomero Camacho Cuya, de San Antonio en Cañete” en donde da a conocer que pagó la suma de S/ 47,000 nuevos soles al presidente del comité especial permanente de ese entonces, por concepto de comisión.
Chui Mejía, reconoció algunos errores involuntarios cometidos durante su mandato pero agradeció a las personas por el múltiple respaldo que viene consiguiendo para su gobierno y se comprometió a seguir trabajando por el futuro de la región Lima

ARRIBA EL TELON
Por Ray Martín

LOS 50 AÑOS DE LA PRELATURA
La Santa Sede, mediante la Bula Apostólica “Expotulanti Venarabili” del 12 de Abril de 1957, creó la Prelatura Nullius de Yauyos, La Santa Sede encomendó esta nueva Prelatura a la “Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz y Opus Dei”… La finalidad que la Santa Sede pretendió al erigir prelaturas territoriales, es que se vayan creando las condiciones necesarias (formación de los fieles, fomento de las vocaciones sacerdotales y religiosas, etc.) para que, con el correr del tiempo, puedan alcanzar la condición de diócesis… Se trataba de una tarea difícil, tanto por las circunstancias geográficas y económicas del territorio como por la misma labor apostólica que se pretende realizar… El 25 de Septiembre de 1957, el viejo Trasatlántico “Marco Polo” llegaba al puerto del Callao con los cinco primeros sacerdotes, donde ya les esperaba Mons. Ignacio María de Orbegozo, recientemente nombrado Prelado de Yauyos… Estos primeros sacerdotes eran Enrique Pélach, a quien se le debe entre otras cosas, la puesta en escena del Drama “La Pasión de Cañete”… Monseñor Frutos Berzal Robledo, quien continúa hasta hoy en la Prelatura, Jesús María Sada Aldaz (quien radica ahora en España), Alfonso Fernández y José de Pedro… El 2 de Octubre de 1957, festividad de los Santos Angeles Custodios, fue efectuada la Erección de la nueva Prelatura Nullius de Yauyos, por el Rvdo. Manuel Botas Cuervo, Consiliario del Opus Dei en el Perú, en representación del Excmo. y Rvdmo. Mons. Francisco Lardone, Nuncio Apostólico en el Perú. En aquel mismo día Mons. Ignacio María de Orbegozo y Goicoechea tomó posesión de la naciente Prelatura… La Sagrada Congregación Consistorial, por el Decreto del 24 de Marzo de 1962, dio la comunicación oficial por la que se anexaba la provincia civil de Cañete a la Prelatura de Yauyos y el traslado de la Sede Prelaticia a la ciudad de Cañete. Monseñor Orbegozo posesión de Cañete el 15 de Junio de 1962…

"Per aspera ad astra"…
Por los caminos ásperos se llega a las más altas cumbres…
El Primer Prelado, Monseñor Ignacio María de Orbegozo, toma como signo de vida y trabajo de los sacerdotes que forman parte de esta cruzada de solidaridad, vocación de servicio y ayuda cristiana, este lema que los conduciría a cumplir los preceptos de la Santa Iglesia católica… Se sentían muy acompañados por la oración de muchas personas y, en especial por la del Fundador del Opus Dei, Mons. Josemaría Escrivá de Balaguer, quien les escribía con frecuencia transmitiéndoles su atención de Padre e interesándose por sus más pequeñas cosas… hicieron una profunda labor de catequesis… Formaron una Asociación de Acólitos, a los que se inculcó el amor a la Eucaristía y la devoción a la Santísima Virgen… Fue el germen del despertar vocacional de los futuros sacerdotes… Construyeron el Seminario Menor y, en cuanto fue posible, el 4 de abril de 1971 empezó la "Academia San José" de Cañete, con cinco alumnos; era el cimiento del Seminario Mayor… Entonces el Obispo-Prelado era ya Mons. Luís Sánchez-Moreno, quien el 26 de abril de 1968 fue nombrado Obispo de la Prelatura Yauyos, tomando posesión de su nuevo cargo el 26 de mayo del mismo año… En 1978 recibieron la ordenación sacerdotal los cuatro primeros sacerdotes… En la actualidad, el número de los sacerdotes ordenados en la Prelatura pasan de los cincuenta, superando ya en número a los que vinieron de otros países a lo largo de los años… Los sacerdotes también se dedicaron con ahínco a la labor pastoral con las Cofradías, Cáritas, los Concursos de Catecismo, la Hoja Dominical, las Misiones Populares, los Cursillos de Cristiandad y Radio ERPA… Algunas de estas instituciones, como las Cofradías y Cáritas, ya existían, y otras se crearon, adaptándose a la mentalidad de las gentes y a sus costumbres… Los frutos de esa abnegada labor son muchos y muy alentadores, para los mismos interesados, que tuvieron la alegría de sembrar y alimentar la vida cristiana en muchos corazones; después, en tantísimas personas que han recibido esa ayuda espiritual, la gracia de los sacramentos y el ejemplo de una vida de entrega… Y esa tarea continúa, porque las almas siguen teniendo hambre de pan y hambre de Dios, y otros han cogido la posta para servir a Dios y a los demás en estas tierras de Yauyos, Cañete y Huarochirí… En 1996 Monseñor Luis Sánchez-Moreno Lira fue nombrado Arzobispo de Arequipa trasladándose a esta Sede… En 1997, Monseñor Juan Antonio Ugarte, hasta ese momento, Administrador Apostólico de Yauyos, fue elegido obispo para esta jurisdicción… El actual Prelado, es Monseñor Ricardo García García quien tomó posesión el 4 de diciembre de 2004 y que continúa brindando la sabiduría que emana de Dios, para seguir contribuyendo con las familias cristianas… Para impulsar las vocaciones… Para trabajar siempre pensando en los demás… Fue su gesto noble el que permitió que se solucionen los problemas en cuanto a la Hermandad del Señor de Cachuy… Tiene siempre la plena disposición para escuchar y atender a quienes requieren de su investidura para mediar en conflictos (que muchas veces no son tales) y que con paciencia “jobiana”, Monseñor, sabe aclarar dudas, ideas y conceptos en la medida de una ayuda espiritual que bien otorga… Ricardo García suele siempre ir por las calles, conversar con las personas, no importando su edad ni condición social... Siempre dispuesto a trabajar en beneficio colectivo… Dios es de casa en la Prelatura… ¡Bendito el que viene en nombre del Señor!...

INSTITUTO DE AFRODESCENDIENTES CAÑETANOS EN MARCHA…
¡Otro Gol de Matices… !!!
Muy bien… Gracias a Dios Omnipotente, el próximo 12 de Mayo a las 14:00hrs. (2:00pm). Se llevará a cabo en el Colegio «GALOIS» la gran reunión de los afrodescendientes cañetanos… Pues bien… Ahí estarán aquellos que forman parte de esa noble descendencia de los que sufrieron en carne propia, la cruenta esclavitud… Pues bien… En marcha, hay una plena disposición que emana de la voluntad de los que son herederos de una corriente que dio arte, cultura y tradición a los pueblos del Perú… Por eso es que esta reunión tendrá visos de ser aquella que reoriente todo lo referente a la posibilidad de contar con más de mil afrodescendientes el próximo 4 de Junio, cuando se conmemore el Día de la Cultura Afroperuana… Luego de varios años de permanentes coordinaciones de un amplio sector de afroperuanos, desde congresistas de regímenes anteriores y del actual, académicos como José «Che Che» Campos, ONG's, comunidades afroperuanas e incluso de la propia familia Santa Cruz, que elevó el pedido de cambiar la fecha inicial propuesta: el 5 de febrero, fecha del fallecimiento de Don Nicomedes Santa Cruz, por el día 4 de junio, fecha de su nacimiento… Por eso, es que lamentablemente hay mucha gente que no entiende que las muertes no se celebran, solo se conmemoran… Hoy por fin podemos ver promulgado el tan ansiado "Día de la Cultura Afroperuana"…. Y, aquí en Cañete, lo vamos a celebrar, sin que medien intenciones «non sanctas»... Sin que traten de vulnerar los derechos de los afrocañetanos… Sin figuretismo… Es la hora… Ahí estaremos…

Y, bajamos el telón…
Hoy estaremos en San Benito coordinando algunas acciones en beneficio del «populorum»… Luego estaremos en la Coordinación de la reunión del 12 de mayo de los afrodescendientes… Cuídense que los estoy chequeando con mis lentes de contacto.

25 abril 2007

CAMPAÑA CIVICA POR LA REINVINDICACION DE VALORES Y CALIDAD DE ATENCION A PACIENTES DE ESSALUD...

AMIGOS COMUNICADORES SOCIALES, PERIODISTAS, DIRECTORES DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN:
Me dirijo a ustedes, como un Comentarista que ya lleva buen tiempo afincado y enraizado familiarmente en nuestras queridas tierras Cañetanas. Una persona que, como todos ustedes, vive el día a día de los acontecimientos y los trata de digerir con el mejor optimismo pero con la mayor contundencia en no aceptar las imposiciones de Instituciones o Entidades Públicas o Privadas que hagan daño o mermen la calidad moral y de vida de nuestros conciudadanos.
Es por ello, que habrán podido apreciar, en el rebote del día a día que, en el programa de Radio Max. MC NOTICIAS dirigido por Gustavo Calderón, hemos iniciado una campaña cívica por la reivindicación de los valores y la calidad de atención de los pacientes y asegurados por EsSalud. Entidad que vive de los aportes de los cientos y miles de trabajadores a nivel nacional y en especial de nuestro querido Cañete.
Ante los oídos sordos y la prepotencia, es que estamos convocando para este sábado 28 de Abril a horas 12.00 en el Auditórium Libertad de la Municipalidad Distrital de Imperial, a todos los asegurados y personas que han sido atropelladas y han visto vulnerados sus derechos, llegando hasta la muerte de algunos familiares y seres queridos. Contaremos con un pool de abogados de los Estudios Yactayo Cama, Lozano Guerra y Canales Alfaro, equipos y personal que atenderá las denuncias y requerimientos de los asegurados.
Amigos Periodistas, Comunicadores Sociales, cerremos filas ante la desidia de los médicos de la Provincia, este tema no es económico, no es de coordinar una factura a fin de mes, es de moral, de solidaridad, en fin de humanismo cristiano.
Los esperamos y esperamos el rebote de la información e invitación.
Muy Agradecido.

JORGE BRIGNOLE SANTOLALLA
DNI 15429027

PREVENIR ES MEJOR QUE CURAR…
Por: Lic. César Calagua Gutiérrez

Essalud, en el marco de la campaña de "VACUNACION DE LAS AMERICAS" que se inició el lunes 23 y culmina la semana siguiente, que involucra a niños de 0 a 5 años, hoy realiza un foro denominado "PREVENIR ES MEJOR QUE CURAR", para sensibilizar a la población y sobretodo hacer conocer a los funcionarios, autoridades y líderes de los diversos sectores de nuestra población los problemas que aquejan a nuestra colectividad.
Pero sobretodo involucrar a estas autoridades y funcionarios en la problemática de la salud de la población más desprotegida, para crear conciencia en la colectividad sobre la importancia de la prevención de la enfermedad y promoción de la salud.
Igualmente fijar en el criterio de los asegurados, la preocupación existentes de EsSalud por promover estilos saludables de vida, fortalecer la imagen institucional ante la opinión pública, para lograr acuerdos y estrategias con los funcionarios y autoridades de la provincia para prevenir, promover y mejorar la salud y calidad de vida de la población de Cañete.
El objetivo de este foro es aplicar los acuerdos en el ámbito de nuestra jurisdicción incidiendo en los niños, adolescentes, la mujer y también en el adulto y adulto mayor, que son los que más necesitan de sus autoridades y de sus instituciones representativas, en este caso de Essalud.
Para lograr estos objetivos propuestos por la dirección del Hospital de Essalud, se estará contando con la participación de la Tercera Fiscalía provincial y familia, que trataran el problema socio jurídico del niño y el adolescente como también de la mujer.
También estarán participando médicos especialistas del Ministerio de Salud, de la Red Básica de Salud de la provincia y Essalud respectivamente con temas muy importantes que tienen que ver mucho con la problemática a tratar hoy de 09.00a.m. a 1.00 p.m. en el Auditorium del Hospital de Essalud.
Se tratará sobre la prevalencia del problema niño/adolescente (crecimiento y desarrollo), del cáncer de mama y cuello uterino, de cáncer de estómago, del uso de los métodos anticonceptivos, de enfermedades de transmisión sexual, sobre el climaterio de la mujer, de salud ambiental, de la alimentación saludable, etc.
Por ello se espera la asistencia de los invitados debido a que los temas son importantes y porque se reafirmarían las alianzas estratégicas que permitirá acercar más al asegurado y a EsSalud, que llegará hasta sus centros de labores para prevenir las enfermedades propias del trabajo o de las inclemencias del tiempo. Esperamos



Escritor cañetano, Emilio Viccina Bisso en el umbral de la cultura pisquera del Perú. …
PRESENTACION DEL LIBRO… “ASI SOY YO, EL PISCO”

Por: RAMÓN PAYAT ARTEAGA

Una interesantísima obra literaria próximamente será presentada en la Provincia de Cañete, la misma que tendrá como principal protagonista a su autor, al inédito Escritor cañetano Emilio Viccina Bisso y a su fiel compañero de inspiración el Pisco, bebida espirituosa y producto bandera de nuestra nación.
En sus elegantes pàginas se detalla con lenguaje ameno, objetivo y fácil de entenderse la historia de esta bebida que data del Siglo XVI , así como también del nombre y los primeros cultivos de la vid, lo que hizo que el Perù se convirtiera en el primer paìs de América en cultivar la uva y producir vinos y aguardientes.
Gracias a sus constantes viajes de investigación el autor rescata a los personajes, sus tradiciones y a los pueblos que se han encarnado en la producción de este elixir del paladar, siendo asì que pronto este libro estará en nuestras manos y lo leeremos con especial, y casi màgico disfrute.
A ello le va su gran ingenio que se ve reflejada en la creatividad de los personajes del pisco: a los duendes Argit y Ranik y al Jardín de gloxíneas; tambièn a la botella que dio origen a esta historia y a las vacaciones en las que conoció a una bella dama con la cuál tuvo una amena conversación sobre el pisco e hizo que se preguntara cuàntas personas desconocen el origen y la historia de este legado arraigado en los Distritos de Lunahuanà, Pacaràn y Zuñiga.
Asimismo la presente obra es una importante recopilación de referencias y anécdotas del Pisco en la que su autor destaca la presencia de Don Francisco de Caravantes con la traída de las primeras cepas desde las Islas Canarias al Perù, siendo plantadas en las afueras de Lima y en la serranía.
En sus nueve e ilustres capítulos se describe con gran precisión una bien detallada información sobre la Elaboración del Pisco y sus pasos a seguir como la vendimia, la pisa, la fermentación y la destilación, tambièn sus diferentes variedades, entre éstos el Pisco puro, No Aromático, Aromático, Pisco Acholado, Mosto verde. Alude asimismo a la Uvina como una cepa fibrosa y propia de los Distritos de Pacaràn, Zuñiga y Lunahuanà, con excepcionales cualidades por su alto contenido de flavonoides que da lugar al alargue de la vida del ser humano.
Nos indica asimismo la forma de cómo identificar un buen pisco, de sus principales componentes y el significado de la Denominación de Origen, puntualizando que la palabra Pisco pertenece al Perù y es patrimonio cultural. A ello se agregan las interesantes citas que señala de parte de Don Ricardo Palma sobre el Pisco en sus “Tradiciones Peruanas” refiriendo que este es “un alborotador quitapesares”, y la encuesta del importante Diario Chileno “El Mercurio” en el que define al Pisco Peruano como el mejor.
Tambièn al apoyo que da Javier Navarro del Rìo a los buenos productores artesanales; al diseño de la Copa del Pisco y a las conceptualizaciònes de la famosa Enóloga Cristina Vallarino a favor del Pisco Peruano.
Emilio Viccina Bisso, natural de San Vicente de Cañete e hijo de padre italiano y madre cañetana nos relata en esta su primera obra la diferencia entre Falca y Alambique; las cosas mínimas que no deben faltar en un bar y una breve historia de la creación del Pisco Sour en la que celebres actores como Clark Gable, John Wayne y Ernest Hemingway se deleitaron con este espirituoso licor.
Y como si fuera poco añade en su texto un bien nutrido recetario de cokteles, comidas preparadas con Pisco y una breve síntesis histórica de los Distritos de Lunahuanà, Pacaràn y Zuñiga.
Finalmente los organizadores vienen realizando los preparativos a fin de que este significativo evento tenga el realce el que merece, barajándose la posibilidad de que el mismo se efectúe en las instalaciones de la Casa “Bernardo O`higgins” o en la Casa-Hacienda “Juan de Arona”, iconos y posadas de ilustres personajes que forjaron la identidad del pueblo cañetano.

SERENAZGO MUNICIPAL DE CERRO AZUL, SALVA VIDA A JOVEN SUICIDA…

Personal del cuerpo de seguridad ciudadana de la Municipalidad de Cerro Azul, evitó la inminente muerte de una joven mujer de 19 años de edad, la cual el día lunes en horas de la noche ingresó al mar, a la altura de la Playa Puerto Viejo con el propósito de segar su vida.
Esta joven, cuyo nombre mantenemos en reserva, se encontraba ataviada con el uniforme de un conocido Instituto de Educación Superior Particular de una Institución de San Vicente.
El personal municipal, el cual cumplía con efectuar su servicio de rutina detectó una actitud sospechosa en esta dama y tras seguirla pudo rescatarla, justamente cuando ya había ingresado al agua y era cubierta hasta la mitad de su cuerpo, encontrándose en un evidente estado de crisis.
El personal Municipal trató de tranquilizar a la señorita, y luego, en cumplimiento de la ley, la condujo hasta la Comisaría PNP del sector, en donde las autoridades policiales se encargaron de contactar a su familia.

La Alcaldesa del Distrito, Juana Raspa de Pain, tras felicitar esta acción del personal de la Municipalidad, manifestó que su Comuna continuará trabajando para brindar un cada vez más eficiente servicio de Seguridad Ciudadana

HOSPITAL REZOLA REABRE PUERTAS EN SU DEPARTAMENTO DE EMERGENCIA Y MEJORA SERVICIO…

La Dirección Ejecutiva del Hospital Rezola de Cañete, hoy a cargo del Doctor Julio Málaga Mendiola, aplicando un adecuado criterio técnico, acaba de reabrir las puertas principales del área del Servicio de Emergencia de este Hospital, las cuales, actualmente, permiten un acceso directo del paciente a este servicio tan importante para la población.
Estas puertas, las cuales increíblemente permanecieron cerradas durante años, impidiendo el libre acceso del público usuario, fueron reabiertas por el actual Director Ejecutivo, en los primeros días de su gestión como mandamás de la Institución Remolina; otra novedad de esta nueva gestión es el descongestionamiento de comerciantes ambulantes, que antes se ubicaban exactamente en las puertas de este nosocomio, bloqueando indiscriminadamente la entrada de los pacientes a este Hospital

“DIA DEL LIBRO Y DE LOS DERECHOS DEL AUTOR” SE CELEBRO POR VEZ PRIMERA EN CAÑETE…
La Municipalidad
Provincial
de Cañete que representa el burgomaestre Javier Alvarado Gonzáles del Valle, por vez primera, celebró el “Día Mundial del Libro y de los Derechos del Autor”, contando con la activa participación de los profesores que forman parte del Curso Taller de Capacitación Docente “Comprensión Lectora y Producción de Textos” que viene promoviendo gratuitamente la comuna provincial.Con un espectáculo artístico realizado en la Plaza de Armas de San Vicente a partir de las 6.00 p.m. el ingenio y la creatividad de los maestros fue puesto de manifiesto en el escenario con la presentación de obras literarias, resaltando la obra magistral de Miguel de Cervantes Saavedra “El Hidalgo del Quijote de la Mancha”.Dentro del marco de este evento, el alcalde cañetano procedió con reconocer el valioso aporte cultural de insignes personajes de la provincia, quienes con su trabajo intelectual han contribuido al progreso social y cultural de la humanidad. Entre ellos podrán mencionar al Padre Félix Cuzcano Quintín (“Biografía de Santo Domingo Sabio” y “Los Angeles”), Luciano Correa Pereyra (reconocido historiador), José Hugo Murga Salvatierra (Creador de los Himnos de Cañete, Imperial y Quilmaná), Juan Carlos Guerrero (“Algunos cuentos para ti y otros para el mundo”) y un reconocimiento póstumo a Don Alvaro Morales Charún (Compositor y decimista).
Como se recuerda en 1,995, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO, instituyó esta celebración, como un homenaje universal a los autores por su contribución e impulso en el progreso social y cultural de la humanidad.

NOMBRAN COMISION ESPECIAL ENCARGADA DE LA DEFENSA DE LOS LÍMITES DE CAÑETE
Mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 017-2007 se nombró una Comisión Especial encargada de la Defensa de los Límites de Cañete con la provincia de Chincha a pedido expreso del propio presidente regional Nelson Chui Mejia.
La Comisión es presidida por el Ing. Nelson Chui Mejia e integrada por el Vice-Presidente Regional Dr. Luís Custodio Calderón, los Consejeros Regionales Marianela Junco Barrera, José Mosto Fonseca, Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro y Berta Ramos Urbina.
Así mismo, lo integran como invitados y asesores los señores Javier Alvarado Gonzáles del Valle (alcalde provincial de Cañete), Victor Mancini Echevarría y José López Cubillas.
Este acuerdo ha quedado refrendado con su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, publicado el 24 de Abril en Normas Legales.

RECONOCEN ASOCIACION DE COMERCIANTES “MI SAGRADO NIÑO JESUS” DE SAN VICENTE…
La Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0168-2007-AL-MPC fechada el 11 de abril del año en curso, reconoció a la Asociación de Comerciantes “Mi Sagrado Niño Jesús” y su Concejo Directivo del distrito de San Vicente de Cañete, conformado por las siguientes personas:
Presidente: Sra. Rosa Jesús Cruz; Vicepresidente: Sr. Régulo Evert Espinoza Falcón; Secretario de Actas y Archivo: Sr. Jaime Ronald Sáenz Sulluchuco; Secretaria de Economía: Sr. Esmith Noor Manuyama Medina; Secretario de Defensa: Sra. Idelfonsa Magali Vivas Mendoza; Secretario de Organización: Sra. Nacianceno Quinte Mencia; Secretario Prensa: Sra. Ana Cipriano Yangali Surichaqui; Fiscal: Sr. Salomón Vallenas Vargas; Primer Vocal: Sra. Marlene Alcira Huayta López; y Segundo Vocal: Sra. Teodolinda Camposano Román de Roja.
Debemos señalar, que la esta asociación, cuenta con personería jurídica, tal como consta en la Partida Nº 21092024 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral Lima-Zona Registral Nº IX Sede Lima.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

Cerro Azul, 17 de Abril de 2007.

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006 2007- MDCA

VISTO:
El Informe Nº 031-2007-MDTA/GAT, de fecha 14 de Abril de 2007, suscrito por la Gerente de Administración Tributaria respecto a la regulación de Ordenanza Nº 019-2006/MDCA.

CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en su artículo 42ª prescribe que: “ los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal.”

Que, la Ordenanza Nº 019-2006/MDCA, expedida con fecha 15 de Diciembre de 2006, publicada el 22 de diciembre del presente año, estableció en su artículo 1º la emisión y distribución domiciliaria del autovaluo, disponiendo la emisión mecanizada y distribución domiciliaria de los formularios HR (Hoja Resumen), PU (Predio Urbano), PR (Predio Rústico) y recibos de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al año Fiscal 2007, en la Jurisdicción del distrito de Cerro Azul.

Que, en su Primera Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza en mención, se faculto al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza Nº 019-2006/MDCA.

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2007-MDCA de fecha 14 de Marzo de 2007, en su artículo único se estableció que el primer trimestre y pago al contado del Impuesto Predial y Arbitrios, podría efectuarse hasta el 14 de Abril del presente año, sin intereses.

Que, es indispensable volver a regular la Ordenanza Nº 019-2006/MDCA., a razón que la distribución domiciliaria de los formularios del año 2007 aún se encuentra en proceso de distribución.

De conformidad a lo establecido en el artículo 20º, numeral 6 de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Establecer que el 1er trimestre y pago al contado del Impuesto Predial y Arbitrios, podrá efectuarse hasta el 15 de Mayo del año 2007, sin intereses.

REGÍSTRESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul

24 abril 2007

LA ETICA Y LA MORAL EN EL CAMPO DEL SABER…
Por: Lic. César Calagua Gutiérrez

Es probable que hayamos escuchado muchas veces la siguiente opinión: "lo importante no es saber, sino hacer". Esto indudablemente que es una opinión, pero no una verdad, porque los mejores filósofos desde hace más de XXV siglos hasta hoy, coinciden en que para hacer una cosa bien, hay que saber bien.
De una forma general, la actividad humana que busca saber el porque de las cosas, en sus aspectos fundamentales y centrales, se llama filosofía. Esta palabra quiere decir, amor a la sabiduría, amor a la verdad. Y ésta no se da diariamente donde debe estar la verdad, por sobre todas las cosas.
La filosofía es una saber especializado, pero, por otra parte, todos somos filósofos. porque todos damos siempre alguna respuesta a estas preguntas fundamentales como: ¿qué es el mundo, qué es la vida, qué es el hombre, cómo debe comportarse el hombre, que es la libertad, que es la justicia, etc.?
Aquí debemos indicar muy claramente que la ciencia que tiene que ver con los actos humanos se llama ética o moral.
En este sentido debemos indicar que la ética no es una cosa abstracta, desligada de la vida. Todo lo contrario, continuamente estamos dando juicios éticos y nos preguntamos: ¿es bueno o malo dominar la naturaleza?, ¿es bueno o malo considerar la vida humana como algo de lo que se puede disponer caprichosamente?, ¿la vida humana es algo que pertenece a cada persona o a la sociedad?.
La libertad es un valor humano, sin embargo ¿hasta que punto es ético permitir que la libertad de unos se emplee en dañar a los demás?.
En el trato interpersonal, en las relaciones en familia, en las relaciones de trabajo, en la vida política, etc. se plantean problemas éticos o morales. Esto es tan importante que se puede decir, aunque sea simplificando un poco, que una persona es lo que es su comportamiento ético o moral.
Todo esto explica la importancia del conocimiento de la ética o de la moral, el período de formación no llega a su pleno cumplimiento, a su realización, hasta que la persona no adquiere una jerarquía de valores morales que le sirve de orientación y guía. Entonces quien no tiene el mínimo de ética o moral, pues es simple y llanamente un inmoral.
Y esto de la ética y la moral implica y tiene que ver mucho con nuestro accionar de cada día, porque es algo que esta inmerso con la persona. Esperamos…

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
DIRECCION GENERAL DE JUEGOS DE CASINO Y MAQUINAS TRAGAMONEDAS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley Nº 28945 y el artículo 8º, el literal b) del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se pone en conocimiento de terceros interesados y de la colectividad en general, la siguiente informaci´con:
La Empresa EXACTUM GAME S.A.C., ha presentado cinco (5) solicitudes de Reordenamiento y Formalización para obtener Autorización expresa para explotar máquinas tragamonedas en la Sala de Juegos ubicada en la siguiente dirección:

Expediente Nº Dirección

024005-2006-MINCETUR Jr. Real y Prolongación Marchand s/n., distrito de San Pedro de Mala, provincia de Mala, departamento de Lima.

024006-2006-MINCETUR Asentamiento Humano Túpac Amaru de Villa, Manzana “E-5”, Lote 2, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima.

024064-2006-MINCETUR Prolongación Marchand Nº 100, distrito de San Pedro de Mala, provincia de Mala, departamento de Lima.

024065-2006-MINCETUR Malecón San Martín, Manzana 7, Lote 6, distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima.

000274-2007-MINCETUR Jr. Francisco Bolognesi Nº 354, distrito y provincia de Chimbote, departamento de Ancash

Cualquier información con respecto a la solicitante, sus socios y/o representantes legales, vinculada al cumplimiento de la Ley Nº 27153, modificada por las Leyes Nºs 27796 y 28945 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, puede ser remitida a la siguiente dirección:

Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas
Calle Uno Oeste Nº 050, Urbanización Córpac
San Isidro
Lima
Teléfono 5136100 anexo 9000, 5136122