23 mayo 2009

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2009-MDCA

«Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa»

Cerro Azul, 21 de Mayo de 2009.

EL ALCALDE (E) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Cerro Azul, en Sesión de Concejo de fecha 14 de Mayo de 2009;

Visto; el Informe Nº 171-2009/PP/MDCA, de fecha Doce de mayo del año en curso, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe de la Asesoría Legal Externa de fecha Doce de mayo del presente año, respecto al Proceso del Presupuesto Participativo 2010.

CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 012-2007/MDCA, se aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2008 de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul;  cuya vigencia fue prorrogada por Ordenanza Municipal Nº 008-2008-MDCA, a fin de ser aplicado al  Presupuesto Participativo del año 2009;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 021-2008 EF/76.01 de la Dirección Nacional de Presupuesto Público, se aprobó el Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo, en el cual con carácter orientador, se establecen los mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso en el marco de la Ley de Presupuesto Participativo Nº 28056, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003 EF y la Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411; mecanismos y pautas que en esencia se encuentran en la Ordenanza Nº 012-2007/MDCA, dictada en aplicación de dichas disposiciones, proceso que se precisa debe desarrollarse en un enfoque de resultados;

Que, en consecuencia, procede disponer que se mantenga la vigencia del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo aprobado por Ordenanza Nº 012-2007/MDCA, a excepción del Cronograma de Actividades de las fases del Proceso del Presupuesto Participativo y de la  conformación del Equipo técnico, que deben actualizarse;

De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la Ley Marco del Presupuesto Participativo Nº 28056, modificado por la Ley Nº 29298 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003 EF y la Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411; el Instructivo Nº 002-2008 EF/76.01 aprobado por Resolución Directoral Nº 021-2008 EF/76.01para el Proceso del Presupuesto Participativo;

Estando a lo expuesto, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo aprobó la siguiente:

ORDENANZA: PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO - 2010

ARTÍCULO PRIMERO.- MANTENER LA VIGENCIA, de la Ordenanza Nº 012-2007/MDCA, que aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2008, cuya vigencia fue prorrogada por la Ordenanza Nº 008-2008/MDCA. Dicho Reglamento será de aplicación para los futuros procesos de Presupuestos Participativos.

ARTÍCULO SEGUNDO.- MODIFICAR la conformación del Equipo Técnico, el mismo que queda de la siguiente manera:
- Gerente de Planeamiento y Presupuesto: Lic. Esther Orrego Velásquez
- Gerente de Desarrollo Urbano y Rural: Ing. César Calderón Romero
- Asesor Técnico: Ing. Ana Lorena Cano Amado
- Asesor Legal Externo: Dra. Lourdes Linares Tejada
- Representante de Sociedad Civil: Sr. Máximo Benites Jara.

ARTÍCULO TERCERO.- Disponer que los Cronogramas de Actividades de las fases de los Presupuestos Participativos, se aprobarán mediante Resolución de Alcaldía.
 
ARTÍCULO CUARTO.-  La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Matices de la Provincia de Cañete.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

DIEGO QUISPE GONZALES
ALCALDE (E) 
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA Nº 020-2009-MPC

Cañete, 15 de Mayo de 2009

EL ALCALDE DE LA  MUNICIPALIDAD  PROVINCIAL DE  CAÑETE

POR CUANTO:
El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria  de fecha 14 de Mayo del  2009; y,

CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución establece que las municipalidades provinciales son órganos de gobierno, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, con fecha 01 de octubre de 2008 se expide la Ordenanza Nº 029-2008-MPC por medio del cual se exonera del pago de derechos administrativos por concepto de licencia de construcción a la instituciones educativas que resultaron afectadas a consecuencia del sismo del 15 de agosto de 2007; y, asimismo, se condonan las multas administrativas impuestas por no contar con licencias de construcción; 

Que, no obstante lo anterior, cierto es que algunas instituciones públicas de nuestra localidad, cuentan con las fichas técnicas y expedientes técnicos para que sea viable la reconstrucción de sus sedes institucionales y de operación, por haber tenido una infraestructura inhabitable o de alto riesgo desde fecha anterior al terremoto, como es el caso de la Compañía de Bomberos Voluntarios de San Vicente de Cañete, una institución que no persigue fines de lucro, y que requiere contar con los tramites para poner en marcha la nueva construcción de su sede de operaciones;

Que, asimismo, conviene señalar que mediante Decreto Supremo Nº 026-2009-PCM, publicado el jueves 07 de mayo del presente año, se declara el Estado de Emergencia en las provincias que resultaron afectadas a consecuencia del sismo del 15 de agosto de 2007 (como lo es la provincia de Cañete) por un plazo de 60 día calendarios, permitiendo que se continúen con las acciones de reconstrucción y apoyo que competen a las diferentes instancias de gobiernos;

Que, por ello, resulta atendible efectuar una modificación a la Ordenanza Nº 029-2008-MPC a efectos que, dentro de un ejercicio democrático y de representatividad social, se permita garantizar el correcto funcionamiento de la Administración Pública, dando celeridad a la reconstrucción de sus infraestructuras, y permita correcta y segura atención a los ciudadanos usuarios y administrados de nuestra jurisdicción, ampliando los alcances de la misma;

Que, es atribución del Concejo Municipal suprimir o exonerar  de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme al numeral 9 del Artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades;
           
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del Artículo 9  y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo en forma unánime y, con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE AMPLIA LOS ALCANCES DE LA ORDENANZA Nº 029-2008-MPC

Artículo 1º.- AMPLIAR los alcances de la Ordenanza Nº 029-2008-MPC a favor de las entidades de la administración pública que requieran construir la infraestructura de sus sedes institucionales u operacionales en el distrito de San Vicente, al haber sido declaradas inhabitable por los organismos correspondientes
Artículo 2º.- Lo anterior no exime de la obligación de tramitación de la licencia de construcción, remodelación, ampliación y reparación, que corresponde, presentando la documentación correspondiente.
Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, y a la Gerencia de Tributación Municipal, para que accionen lo conveniente, en cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo 4º.- Precisar que la Ordenanza Nº 029-2008-MPC tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010.

POR TANTO:
MANDO SE REGISTRE, COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLASE.

Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRESIDENCIA

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 183-2009-P-CSJCÑ/PJ

San Vicente de Cañete, 24 de Abril del 2009.

VISTOS:
La Resolución Administrativa Nº 121-2008-CE-PJ, de fecha veintinueve de Abril del dos mil ocho, mediante la cual se aprueba la Directiva Nº 008-2008-CE-PJ, para la conformación y funcionamiento de las Comisiones de Capacitación de Magistrados, el acuerdo adoptado en sesión de Sala Plena de fecha cinco de Marzo del presente año, el Oficio Nº 21-2009-JPLM-RNCL, remitido por el doctor Raúl Nemesio Cuentas Lagos, Juez del Juzgado de Paz Letrado deMala, y el Oficio Nº 047-2009-JMM-CSJCÑ, emitido en la fecha por el doctor Jorge Villanueva Pérez, Juez Decano, Magistrado del Juzgado Mixto de Mala; y,

CONSIDERANDO:
Que, es responsabilidad de los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia, ejecutar los acuerdos de Sala Plena, siendo además los encargados de cautelar la pronta y correcta administración de Justicia en el Distrito Judicial a su cargo;

Que, mediante la Resolución Administrativa de Vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso aprobar la Directiva Nº 008-2008-CE-PJ, para la conformación y funcionamiento de las Comisiones de Capacitación de Magistrados;

Que, según la mencionada Directiva la Comisión de Capacitación de Magistrados, tiene como objetivo organizar y ejecutar eventos de capacitación, actualización, especialización y programas de inducción, para Magistrados de distintos niveles y especialidades del Poder Judicial; desarrollar y canalizar de manera coordinada con los Magistrados que conforman la Corte Superior, las iniciativas legislativas, que en materia de administración de justicia, permitan viabilizar el perfeccionamiento del ordenamiento jurídico nacional; así como desarrollar y canalizar la participación de los Magistrados en la labor de investigación;

Asimismo, la indicada Directiva señala que las Comisiones de Capacitación de Magistrados, están conformadas y conducidas por Magistrados de las distintas especialidades y niveles jerárquicos, y cuentan como mínimo con: Un Vocal Superior Titular, elegido por Sala Plena (quien la preside); un Juez Especializado o Mixto Titular, elegido por la Junta de Jueces; y un Juez de Paz Letrado Titular, elegido por los Jueces de Paz Letrados.

Que, mediante sesión de Sala Plena de fecha cinco de Marzo del año en curso, por unanimidad se designó a la Doctora Luz Gladys Roque Montesillo, Vocal Superior Titular de la Sala Civil, como Presidenta de la Comisión de Capacitación de Magistrados; asimismo mediante Oficio Nº 021-2009-JPLM-RNCL, el doctor Raúl Cuentas Lagos, Juez del Juzgado de Paz Letrado de Mala, hace de conocimiento que en Junta de Jueces de Paz Letrados, han elegido como integrantes de la referida Comisión a la doctora Estela Alejandrina Solano Alejos, Juez Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete, habiendo adjuntado el acta respectiva; de otro lado, mediante Oficio Nº 047-2009-JMM-CSJCÑ, de la fecha, el doctor Jorge Alfredo Villanueva Pérez, Juez Decano del Distrito Judicial de Cañete, remite el Acta respectiva, a través de la cual hace de conocimiento que en Junta de Jueces de su grado han elegido al doctor Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Juez Titular del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, como integrante de la referida Comisión; por lo que resulta necesario designar a la Comisión antes mencionada;

Por tales consideraciones, visto el acuerdo de Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cañete, de fecha cinco de Marzo del año en curso, y en uso de las facultades conferidas por los numerales 6) y 9) del artículo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Conformar la Comisión de Capacitación de Magistrados de la Corte Superior de Justicia de Cañete, para el Año Judicial 2009, la misma que estará integrada por los siguientes magistrados:
- Dra. Luz Glayds Roque Montesillo, Vocal Superior Titular de la Sala Civil, Presidenta de la Comisión.
- Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Juez Titular del Juzgado Especializado en lo Civil, Integrante de la Comisión.
- Dra. Estela Alejandrina Solano Alejos , Juez Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete, Integrante de la Comisión.

Artículo 2º.- Disponer que la Comisión mencionada precedentemente, proceda a su respectiva instalación a la brevedad posible.

Artículo 3º.- La Comisión designada deberá cumplir con las funciones y/o responsabilidades específicas establecidas en la Directiva Nº 008-2008-CE-PJ, para la conformación y funcionamiento de las Comisiones de Capacitación de Magistrados; asimismo deberá remitir oportunamente su respectivo Plan de Trabajo y el Plan Anual de Capacitación, a la Presidencia de la Corte Superior  de Justicia de Cañete y al Centro de Investigaciones Judiciales.

Artículo 4º.- Póngase la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, del Centro de Investigaciones Judiciales de la Oficina de la Administración Distrital, de los Órganos Jurisdiccionales y de los Magistrados designados, para los fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.

Silvia Consuelo Rueda Fernández
Presidenta
Corte Superior de Justicia de Cañete

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRESIDENCIA

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 187-2009-P-CSJCÑ/PJ

Cañete, 05 de Mayo del 2009.

VISTOS:
El Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control dela Magistratura del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 129-2009-CE-PJ, y el acuerdo adoptado en sesión de Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cañete, de fecha cinco de Mayo del dos mil nueve, y;

CONSIDERANDO:
Que, es responsabilidad de los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia, ejecutar los acuerdos de Sala Plena, siendo además los encargados de cautelar la pronta y correcta administración de Justicia en el Distrito Judicial a su cargo;

Que, mediante Resolución Administrativa Nº 129-2009-CE-PJ, de fecha veintitrés de abril del dos mil nueve, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobó el «Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial»;

Que, el segundo párrafo del artículo 40º del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, establece que el Jefe de la ODECMA será elegido en Sala Plena de la Corte Superior respectiva, por un período de dos años a dedicación exclusiva;

Que, en sesión de Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cañete, de fecha cinco de Mayo del año en curso se designó al doctor José Antonio Aguilar Angeletti, Vocal Decano de la Corte Superior de Justicia de Cañete, como Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior;

Que, en tal sentido, se debe adoptar las medidas administrativas pertinentes a efectos de designar al mencionado magistrado como Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, a dedicación exclusiva;

Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas por los numerales 6) y 9) del artículo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar al Doctor José Antonio Aguilar Angeletti, Vocal Decano de la Corte Superior de Justicia de Cañete, como Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura.

Artículo 2º.- Remitir la presente Resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, del Magistrado designado, de la Oficina de la Administración Distrital, y de los Órganos Jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

Silvia Consuelo Rueda Fernández
Presidenta
Corte Superior de Justicia de Cañete
JUDICIALES

EDICTO
Que, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, a cargo del señor Juez Dr. Raúl Nemesio Cuentas Lagos, y Secretaria Judicial que da cuenta, se admitió a trámite la solicitud de SUCESION INTESTADA presentado por JOSEFA TERESA GARCIA DE MESTAS, de quien en vida fuera MARCIAL MESTAS CARDENAS, fallecida el día 05-06-07, AB INTESTATO, en la ciudad de Lima. Lo que se comunica para que se presenten las personas que se crean con vocación hereditaria.  Lo que se publica para los fines legales pertinentes
Mala, 18 de Mayo del 2009.
Paola Esmeralda Ramos Condori
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala

DIRIMENCIA
SALA CIVIL.- EXP. N°  2006-00251-0-0801-JR-CI-1.- Civil – Indemnización por Daños y Perjuicios.
RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ.- Cañete, doce de enero del año dos mil nueve.- AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO: - PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, la señora Vocal doctora Luz Gladys ROQUE MONTESILLO (Ponente), emite su VOTO para que se CONFIRME la sentencia de fecha veintisiete de abril del dos mil siete, de fojas ciento cincuenta y uno a ciento cincuenta y ocho, que resuelve declarar fundada en parte la demanda de fojas veinticinco a veintiocho subsanada a fojas cincuenta y cuatro a cincuenta y seis; en consecuencia, consentida y ejecutoriada que sea la presente resolución, DISPONE que el demandado Banco de Crédito del Perú abone a favor de la demandante Julia Elia Benavides la suma de veinte mil nuevos soles por concepto de indemnización por daño moral, intereses legales, deducidos desde el veinte de enero del dos mil cuatro; e INFUNDADA la misma demanda en el extremo que peticiona la suma de cuatro millones de nuevos Soles por concepto de indemnización por daño emergente y lucro cesante. Con costas y costos.—
SEGUNDO.- Que, la señora Vocal doctora Silvia RUEDA FERNÁNDEZ, emite su VOTO en discordia para que se REVOQUE la sentencia apelada resolución de fecha veintisiete de junio del dos mil ocho, que obra a fojas doscientos cincuenta y siete a doscientos sesenta y cinco que resuelve declarar fundada en parte la demanda interpuesta por Julia Elia Estela Benavides sobre Indemnización de daños y perjuicios contra el Banco de Crédito del Perú; REFORMÁNDOLA se declare INFUNDADA. Sin costas ni costos procesales por haber tenido motivo para litigar, mas la demanda se declara infundada por improbada. Que, el señor Vocal doctor Víctor DURAND PRADO se adhiere al voto en discordia de la señora Vocal antes citada.—————————————————————————————--------------------
TERCERO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en consecuencia se ha producido discordia en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.————————————————————
CUARTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos  a través de cualquier medio de  prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el  diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta  contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.———
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Vocal Titular doctor PAULO VIVAS SIERRA para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el Vocal Dirimente el día  ONCE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE, a horas OCHO de la mañana con QUINCE MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA.- Notificándose. En los seguidos por Julia Elia Estela Benavides con Banco de Crédito del Perú, sobre Indemnización por daños y perjuicios. 
S.S. PAREDES DÁVILA, 
ROQUE MONTESILLO 

DIRIMENCIA
SALA CIVIL.- EXP. Nro. 2006-0251-0-0801-JR-CI-1.- Civil - Indemnización.- RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIUNO.- Cañete, doce de abril del año dos mil nueve.   AUTOS Y VISTOS:  puesto en Despacho para resolver la recusación planteada por la demandante Julia Estela Benavides, contra el doctor  Jorge Villanueva Pérez, es el caso delimitar la concurrencia de presupuestos que declare fundada e infundada la recusación de los referidos magistrados, y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, la demandante Julia Estela Benavides, al amparo del artículo 305° inciso seis, y 312°  del Código Procesal Civil, formula recusación contra el señor Vocal Doctor Jorge Alfredo Villanueva Pérez, manifestando que el Juzgado Civil de Cañete emitió sentencia declarando fundada  la demanda y ordena que el Banco de Crédito del Perú le pague la suma de veinte mil nuevos soles, por concepto de indemnización  por daño moral; agrega, también que al ser apelada dicha sentencia, el referido magistrado que integró el Colegiado de la Sala Civil hizo su voto en mayoría y revocó la apelada indicando que no le correspondía  indemnización por que el daño moral no estaba en los fundamentos de hecho de la demanda, es decir que el señor Magistrado ya se ha pronunciado sobre el fondo de este proceso. SEGUNDO.- Que, verificado los documentos que la recurrente acompaña a su escrito de recusación, aparece de fojas cuatrocientos dieciocho a cuatrocientos veintitrés, la resolución número diez de fecha trece de noviembre del dos mil siete, en la que sustenta su pedido de recusación la demandante. TERCERO.- Que, del estudio de la resolución en mención, se advierte que el pronunciamiento del Colegiado integrado por el Magistrado recusado, fue por que se declare nula la sentencia que declaró fundada en parte la demanda, más no así, como refiere la demandante, que revocó la apelada (sentencia). CUARTO.- Que, estando a lo expuesto, los argumentos de la recusación contra el doctor Jorge Alfredo Villanueva Pérez, no resultan amparables, toda vez que no existen documentos probatorios que nos lleve a verificar causal alguna de recusación y de impedimento previstos en los artículos 307° y 305° respectivamente del Código Procesal Civil; empero, también es de apreciarse de lo expuesto en la recusación, que se tratan de apreciaciones subjetivas que no tienen sustento en la realidad de los hechos, las mismas que sólo de concreto tienen el hecho de  que el magistrado recusado ha conocido del proceso anteriormente, lo que de ningún modo puede considerarse causal de impedimento o recusación del referido Magistrado, por cuanto si bien conoció del proceso; sin embargo, el citado Magistrado no se  pronunció sobre el fondo de la materia. QUINTO.- Que, de lo antes anotado devendría en infundada la recusación formulada por Julia Elia Estela Benavides,  por cuanto el pedido de recusación no se encuentra enmarcado en ninguna de las causales de recusación que indica el artículo 307° del Código Procesal Civil, ni en causales de impedimento  prevista en el artículo 305° de la citada norma adjetiva. Por lo expuesto y estando a lo previsto en el artículo 310 del Código Procesal Civil; RESOLVIERON: declarar INFUNDADA la recusación formulada por Julia Elie Estela Benavides contra el señor Magistrado doctor Jorge Villanueva Pérez; en consecuencia, siendo el citado Magistrado el Vocal llamado por ley para que dirima  la discordia descrita en la resolución número diez de fecha doce de enero del dos mil nueve y, atendiendo que la última vista de la causa se programó para el quince de abril del dos mil nueve, la misma que no llevó a cabo por situaciones presentadas en autos; REPROGRAMARON: la vista de la causa para el día Miércoles DIEZ  de JUNIO del DOS MIL NUEVE a horas OCHO de la mañana con CUARENTA MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la resolución número diez de fecha doce de enero del dos mil nueve en el diario oficial de la provincia  «Al día con matices» por el término de un día. En los seguido por Julia Elia Estela Benavides con Banco de Crédito del Perú, sobre Indemnización. Notificándose y oficiándose.
S.S. ROQUE MONTESILLO, DURAND PRADO 

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el Expediente Nº 2004-00447-0-0801-JR-CI-1 seguido por LUIS ALFREDO TRUJILLO AÑAZGO sucesor procesal de CAJA RURAL DE AHORRO CRÉDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. (antes Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete S.A.A.) contra HERMEN GREGORIO GOMEZ VILLAR y ELSA CASTILLO ESPINOZA DE GOMEZ sobre Ejecución de Garantías Reales, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la dirigencia de Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Av. Ramos Nº 447 (antes Nº 487) distrito de Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima; cuyo dominio, áreas y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
TASACIÓN: U.S. $ 36,212.92 (Treinta y seis mil doscientos doce con 92/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: U. S. $ 24,141.94 (Veinticuatro mil ciento cuarenta y uno con 94/100 Dólares Americanos) que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1) Primera y preferencial Hipoteca a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de U.S. $ 20,000.00 (Veinte mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en la Partida Electrónica Nº 90285036 antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 04 de Junio del 2009 a horas 13:00 p.m. (una de la Tarde).
LUGAR DE REMATE: Local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en cheque de gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando tasa judicial en original y copia en la que se consignará a este Juzgado, número de Expediente y número de DNI, se adjuntará DNI en original y copia, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS y están afectos al IGV. 
Carlos Alberto Gonzales Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez.  Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Carlos Alberto Gonzales Barzotti
Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil Cañete
Publicar: Del 22 al 28 de Mayo

EDICTO
Exp. Nº 2008-220-CI Por ante el Juzgado Mixto del Distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha el doctor Jorge Villanueva Pérez y Secretario Elmer Flores Vilchez, por Resolución Nº cuatro, de fecha 03 de Marzo del 2009, en la vía del proceso ABREVIADO se ADMITIO a trámite la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por VICTOR HUGO CARBAJAL GONZALES contra JUAN DIEGO VELASQUEZ ESPINOZA y FELIX DAVID ESPINOZA  AVILA, para que se declare propietaria del predio urbano ubicados en la Avenida Malecón – Las Palmeras sin número del Anexo de Bujama Baja, sito en la Manzana E – Lote 1B y Lote 02, distrito de Mala, provincia de Cañete; ordenándose notificar a los demandados por edicto, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en rebeldía, notificándose asimismo a los propietarios de los predios colindantes, por ofrecidos los medios probatorios y agréguense a los autos los anexos.  Mala, 14 de Abril del 2009.
Elmer Flores Vílchez
Secretario
Juzgado Mixto de Mala
Publicar: 21, 22 y 23 de Mayo

EDICTO PENAL
Pirmer Juzgado Penal de Cañete.- Exp. Nº 2006-0281.- Sec. Mabell Y. Castillo F.
Se requiere y emplaza a FERNANDINA ESPERANZA LUYO ARMAS, SANDRO CASTILLO LUYO y DAVID CASTILLO LUYO para que dentro del término de diez días cumplan con la desocupación de los bienes usurpados Puestos Nº 153 y 154 del Mercado Virgen de las Mercedes en el distrito de Mala a favor de los agraviados, bajo apercibimiento de procederse al lanzamiento en el proceso penal que se les siguió por el delito contra el Patrimonio – USURPACIÓN AGRAVADA, en agravio de Yanet Roxana Julia Luyo y otro.
Cañete, 23 de Setiembre del 2008
Dr. Javier Ventura López
Juez Penal (e)
1er. Juzgado Penal de Cañete
Publicar: 21, 22 y 23 de Mayo

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Oficina Distrital de Control de la Magistratura
JEFATURA
EDICTO
QUEJA No. 034-2007.- Res. No. 13 de fecha: 13 de Abril del 2009. Se pone en conocimiento al quejoso Eusebio de la Cruz Castillón, que mediante Resolución de la referencia, se impuso la Medida Disciplinaria de Apercibimiento al Servidor Judicial Luis Alberto Melgarejo Fernández, en su actuación como Secretario del Juzgado Mixto de Cañete sobre Inconducta Funcional – Infracción a sus Deberes.
Abog. Georgina Ferrer Manrique
SECRETARIA DE LA ODICMA
Corte Superior de Justicia de Cañete
 
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Oficina Distrital de Control de la Magistratura
JEFATURA
EDICTO
QUEJA No. 059-2007.- Res. No. 13 de fecha: 15 de Abril del 2009.  Se pone en conocimiento al quejoso Carlos Cuicapusa Torres, que mediante Resolución de la referencia, se impuso la Medida Disciplinaria de Apercibimiento a la Magistrada Doctora María Guadalupe Garnica Pinazo, en su actuación como Juez del Primer Juzgado de Familia por Infracción a sus Deberes.
Abog. Georgina Ferrer Manrique
SECRETARIA DE LA ODICMA
Corte Superior de Justicia de Cañete

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
Luis Chocca De la Cruz, con DNI Nº 15345424, en calidad de Presidente de la Asociación de Vivienda Popular San Carlos Alto, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, conforme al Artículo 15 del Estatuto de la Asociación, concordante con el Artículo 30 del mismo cuerpo legal, cita a los socios activos de la Asociación a una reunión de Asamblea General Extraordinaria, que se llevará a cabo en el local del Vaso de Leche de la Asociación, para el día Viernes 29 de Mayo del 2009; en Primera Convocatoria para las 5:00 p.m., y en Segunda y última Convocatoria para las 6:00 p.m. de la misma fecha; llevándose en este último caso con el quórum del Artículo 32 del Estatuto, para tratar la siguiente Agenda:
1.- Elección de la Nueva Junta Directiva de la Asociación, de acuerdo al Artículo 13 del Estatuto, comprendido entre el periodo del 05/05/2008 hasta 04/05/2011.
Cañete, 19 de Mayo del 2009.
Luis Chocca De la Cruz 
Presidente

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O’Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, MARIA ISABEL FORTUNATTY MARQUEZ, DNI Nº 41277096, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, ASENTADA EN LA Municipalidad Provincial de Cañete, en el que existe error material en su apellido paterno, dice: MARIA ISABEL FORTUNATTY MARQUEZ; debe decir: MARIA ISABEL FORTUNATTI MARQUEZ.  Lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 21 de Mayo del 2009.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O’Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ADELA NATIVIDAD CORDERO GALINDO, con DNI Nº 15341975, solicita se rectifique su PARTIDA DE MATRIMONIO, inscrita ante la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete; en el que se omite su segundo nombre, dice: ADELA CORDERO GALINDO; debe decir: ADELA NATIVIDAD CORDERO GALINDO.  Lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 20 de Mayo del 2009.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O’Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, YNES FLORES ARISTIDES, con DNI Nº 15346974, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre FRANCISCO FLORES CONDORI fallecido el 24 de Agosto del 2004, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.  San Vicente, 19 de Mayo del 2009.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don GUSTAVO WILFREDO ASTOCAZA MORALES, con DNI 43497242, de 23 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión obrero, de nacionalidad peruana, domiciliado en AA.HH. Los Angeles Mz. A Lote 08, San Luis – Cañete; y doña LAURA CARDENAS AEDO, con DNI 43763604, de 22 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/ profesión su casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en AA.HH. Los Angeles Mz. A Lote 08 San Luis – Cañete; pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 30 de Mayo del 2009.
Elena Cornejo Vargas
Registradora Civil

22 mayo 2009

COMISIÓN ESPECIAL DE IMPLEMENTACION DEL NUEVO CODIGO PROCESAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA SE  REUNE EN  LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

La Secretaría Técnica de la Comisión  Especial de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal del Ministerio de Justicia (ST-CEI- CPP) visitó la Corte  Superior de Justicia de Cañete, reuniéndose en dos turnos con las Comisiones de Magistrados y la Comisión Interinstitucional del Distrito Judicial de Cañete. Allí se ratificó la decisión de adelantar para el uno de noviembre la vigencia de este modelo procesal penal en la jurisdicción de Cañete y Yauyos.

Los representantes del  MINJUS, Karla Gonzales y Javier Yasila Martir presentaron detalles del mapeo y el cronograma tentativo del Plan Conjunto para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Cañete, previsto para el uno de noviembre de este año, fijándose metas las Comisiones de Magistrados (CMI) y la Comisión Distrital  Interinstitucional (CDI), la cual integran el Poder Judicial, Ministerio Público, Defensores de Oficio (MINJUS), Policía Nacional y Colegio de Abogados de Cañete.

Las reuniones se desarrollaron en la Sala de Audiencia de la Sede Central de la Corte Superior de Cañete, con la presencia de los actores para la aplicación del nuevo modelo procesal penal encabezados por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Dra. Silvia Rueda Fernández y  los vocales superiores titulares, Dr.  Manuel Paredes Dávila (Presidente de la CMI),  Dr. Víctor Durand Prado, y magistrados que integran dicha Comisión.
REGION LIMA SE PREPARA A CELEBRAR CON DIVERSAS ACTIVIDADES EL DIA NACIONAL DE LA PAPA

La papa, es el cultivo andino que el Perú ha legado al mundo como uno de los productos más importantes e imprescindibles en la alimentación. Nuestro país es el centro de mayor diversidad con 100 especies y 2800 variedades, actualmente se promueve la identidad de un producto 100% peruano difundiendo sus valores nutricionales, su mejoramiento genético y su aporte a la seguridad alimentaria
Asimismo, con el objetivo de resaltar los atributos biológicos y nutricionales del tubérculo, se ha conformado la Comisión Multisectorial «Día Nacional de la Papa 2009- Región Lima», integrado por las siguientes personas de diversas instituciones: Ing. Luis Jiménez Sánchez, Director Regional de Agricultura de Lima; Lic. Jacinto Romero Trujillo, Alcalde Distrital de Huaura; Dr. Enrique Rodríguez Perauna, Director Hospital Regional Huacho; Dr. Hernán Borjas Pezo, Director ESSALUD Huacho; Dra. Elsa Oscuvilca Tapia, Rectora Universidad Nacional «José Faustino Sánchez Carrión»; Ing. Renzo Zegarra Morán, AGRORURAL; Dr. William Guzmán Sánchez, Decano Facultad Ciencias Agrarias e Industrias Alimentarias – UNJFSC; Sr.Walter Maldonado Quispe, Presidente Asociación de Productores Agrarios del Valle Sayán-Huaura e Irrigación Peñico; Ing. Edwin Justiniano Aysanoa, Jefe de SENASA – Huacho; Mg. Soledad Llañez Bustamante, Decano Facultad de Bromatología – UNJFSC; y el Ing. Jorge Lluen Altuna de la Agencia Agraria Huacho.
La Comisión Multisectorial «Día Nacional de la Papa 2009 – Región Lima»,  ha programado una serie de eventos que permitirán incentivar las virtudes de este alimento, su producción, elaboración, consumo y comercialización
El Presidente del órgano promotor, Ing. Luis Jiménez Sánchez, Director Regional de Agricultura de Lima; en coordinación con diversas entidades públicas y privadas han programado diversas actividades celebratorias: 
Estas se inician el 22 de Mayo a partir de las diez de la mañana, con una Conferencia de Prensa a realizarse en el Auditorio Municipalidad Distrital de Huaura.
Luego el 25 de Mayo, a partir de las tres dela tarde, habrá una charla de capacitación en valor nutritivo, hábitos de consumo y manipulación de alimentos – Comedor Popular Tambo Blanco; mientras que a las seis de la tarde se pasará un video alusivo a la Papa por parte de las Agencias Agrarias.
El 27 de Mayo, a partir de las diez de la mañana se inicia el Taller de capacitación: Perspectivas de la Papa frente al TLC – Zona de Vinto – Barranca.  El 28 de Mayo, a partir de las 10:00am, se llevará a cabo la Ceremonia Pago a la Tierra, en el Distrito de Huaura.
El 29 de Mayo, se llevará a cabo el  Festival Gastronómico Distrital, concurso de platos innovadores en base a papa, a realizarse en la Plaza de Armas Distrito de Huaura.
El Sábado 30 Mayo, es el Día Central y se llevará a cabo un Festival Gastronómico Regional, con la exhibición de variedades de papa nativa, concurso de platos innovadores, a realizarse en la Plaza de Armas de Huacho.
Mientras que a partir de las 09:00am, se llevará a cabo la Feria «De la Chacra a la Olla», a realizarse en el Hipermercado San Bartolomé
Durante este acontecimiento se ha previsto a difundir los excepcionales atributos de este cultivo alimenticio, resaltando las bondades de este producto; su importancia histórica, económica, social y alimentaria. 
Actualmente, se viene impulsando un plan de desarrollo regional de ciencia y tecnología en agroindustria de nuestro producto andino, contribuyendo e impulsando la promoción de la papa, un verdadero tesoro genético del Perú.
Mientras esto sucede en las provincias norteñas de la Región, acá en Cañete, no se avizora nada.
También se acordó modificar el artículo 90° de la Carta Magna para incrementar a 130 número de legisladores...
CONGRESISTAS CUMPLIERON SU PROMESA… SE CREO DISTRITO ELECTORAL LIMA PROVINCIAS… 
  
La representación nacional aprobó anoche en primera votación modificar el artículo 90° de la Carta Magna vigente, elevando de 120 a 130 el número de parlamentarios, luego de lo cual se acordó también la creación del distrito electoral de Lima Provincias.  La modificatoria al artículo 90 obtuvo 82 votos a favor, 20 en contra y 0 abstenciones.
La norma, que deberá ser sometida a segunda votación en la próxima legislatura ordinaria para que tenga plena validez, incorpora una tercera disposición a la Constitución de 1993, estableciendo que de los diez escaños que se están creando cuatro corresponderán al distrito electoral de Lima Provincias.
Mientras que los 6 restantes serán distribuidos por el Jurado Nacional de Elecciones entre las jurisdicciones electorales existentes conforme a ley.
La norma aprobada establece que el número de congresistas será de 130, y precisa que el Congreso se elige por un periodo de cinco años mediante un proceso electoral organizado conforme a ley.
Asimismo, mantiene los requisitos que existen en la actualidad para ser elegido parlamentario, tales como ser peruano de nacimiento, haber cumplido 25 años de edad y gozar del derecho al sufragio.
De igual manera, la representación nacional aprobó –por 99 votos a favor, 1 en contra y ninguna abstención- una norma que modifica el artículo 21° de la Ley Orgánica de Elecciones, estableciendo que para efectos de la elección congresal el territorio de la República se subdivide en 26 distritos electorales.
«Uno por cada departamento y los distritos restantes correspondientes a Lima Provincias y a la Provincia Constitucional del Callao. Los electores residentes en el extranjero son considerados dentro del Distrito Electoral de Lima», precisa la ley.
En ese sentido, la norma aprobada, que de acuerdo con la Oficialía Mayor del Congreso requiere de una segunda votación, establece que el Jurado Nacional de Elecciones asignará a cada distrito electoral un escaño, distribuyendo las demás curules en forma proporcional al número de electores que existe en cada uno de ellos.
«La elección de congresistas a que se refiere el artículo 90° de la Constitución Política del Perú, se realiza mediante el sistema del distrito electoral múltiple aplicando el método de la cifra repartidora con doble voto preferencial opcional, excepto en los distritos electorales donde se elige menos de dos congresistas, en cuyo caso hay un solo voto preferencial opcional», indica la norma.

Voto preferencial…
Finalmente el pleno del Congreso desestimó el dictamen que proponía modificar los artículos 21° y 286° de la Constitución vigente que planteaba suprimir el voto preferencial y disponer la postulación de listas cerradas y bloqueadas para las elecciones al Congreso de la República.
Dicha propuesta se rechazó al obtener 39 votos a favor, 51 en contra y 3 abstenciones. Para su aprobación se requería una votación de la mitad más uno del número legal de congresistas (61), tal como lo establece el artículo 81° del Reglamento del Congreso.
Al rechazar retorna al sistema bicameral...
CONGRESO PERDIO OPORTUNIDAD DE REALIZAR REFORMA IMPORTANTE, SOSTIENE TRANSPARENCIA…

El Congreso perdió una gran oportunidad para realizar una reforma importante al rechazar el dictamen que planteaba el retorna al sistema bicameral, opinó el secretario técnico de la Asociación Civil Transparencia, Percy Medina.
En ese sentido, Medina dijo que antes de discutir el tema, las bancadas del Congreso interesadas en impulsar esta reforma debieron construir los  consensos suficientes para garantizar su aprobación.
«Se ha perdido una gran oportunidad. Considero que poner en discusión dos temas de importancia, como el retorno al sistema bicameral y la eliminación del voto preferencial, sin haber trabajado previamente en los acuerdos, lejos de ayudar perjudica a la posición favorable a dichas reformas», manifestó a la Agencia Andina.
Opinó que la posición favorable a la eliminación del voto preferencial se vio debilitada por que no se pusieron de acuerdo en encontrar mecanismos adecuados para garantizar la cuota de género y la democracia interna de los partidos políticos.
En adelante, dijo, si se quiere impulsar la aprobación de estas reformas, se deben crear las condiciones necesarias para que en una eventual reconsideración se obtenga el respaldo suficiente. 
«Poner estos temas en discusión sabiendo que no existen los votos necesarios para su aprobación debilita las posibilidades de avanzar en la eliminación del voto preferencial y el retorno al sistema bicameral», anotó.
En otro momento, saludó la decisión de incrementar a 130 el número de legisladores resulta positiva porque garantiza el derecho de representatividad de Lima Provincias. 
«Un número mayor de legisladores permite una mejor distribución de escaños, de hecho ayuda a mejorar la representación, si es que se hace en forma adecuada», anotó. 

UN MILLON SEISCIENTOS MIL SOLES PAGA CELEPSA POR IMPUESTO PREDIAL 2009…
El pago del impuesto predial se realizará anualmente en forma proporcional a los distritos donde hay obras de infraestructura de la Central Hidroeléctrica El Platanal.

El importante monto de impuesto predial que asciende aproximadamente al millón seiscientos mil soles, fue distribuido proporcionalmente en los distritos donde hay obras de infraestructura del proyecto El Platanal como Tanta, Ayauca, Catahuasi, Chocos y Zúñiga. La entrega de los respectivos cheques a nombre de la municipalidad se realiza públicamente en Mesa de partes o caja de cada municipio.
Los impuestos prediales son anuales, por lo que montos cercanos al millón seiscientos mil serán pagado todos los años por CELEPSA, mientras duren las operaciones de la Central Hidroeléctrica.
«Desde el año 2008, la empresa viene pagando con puntualidad, como un vecino contribuyente responsable, el impuesto predial a los diversos municipios donde ejecutamos obras, de acuerdo a la magnitud y al ámbito donde cada una se desarrolla», expresó el Ing. Carlos Adrianzén, Gerente de Seguridad, Medio Ambiente y Relaciones Comunitarias de CELEPSA.
Los impuestos prediales son tributos de acuerdo a ley, y van a las arcas municipales formando parte de su presupuesto, por ello es importante que en el proceso participativo de este año, que ya debe estar comenzando en junio, la población tenga en cuenta este aporte de CELEPSA, para que puedan solicitar dónde desean invertir estos recursos de manera que puedan brindar un beneficio a sus comunidades.
Estos ingresos deben servir para que los municipios ejecuten obras en bien del desarrollo de las poblaciones (anexos) involucrados directamente en el área de influencia del Proyecto El Platanal. Por ejemplo, en la construcción de aulas, mejoramientos de postas médicas u ornato de los pueblos.
MPC APRUEBA CONSTRUCCION DE 14 AULAS EN EL OLAYA BALANDRA DE CERRO AZUL…

La Municipalidad Provincial de Cañete mediante Resolución de Alcaldía N° 164-2009-AL-MPC, aprobó el Expediente Técnico y la Ejecución de la Construcción de 14 aulas y equipamiento de la Institución Educativa Pública N° 20131 «José Olaya Balandra» del distrito de Cerro Azul en la provincia de Cañete.
Esta obra cuenta con un presupuesto ascendente a la suma de S/. 1’427,370.30 nuevos soles y se ejecutará en un plazo de 150 días calendarios, bajo la modalidad de Obra por Contrata con Fuente de Financiamiento proveniente de Transferencias del FORSUR (Fondo de Reconstrucción del Sur) a la Municipalidad Provincial de Cañete.
Es importante indicar que mediante Acta del Comité de Reconstrucción de la Municipalidad Provincial de Cañete del 14 de abril de 2009, se aprobó la Ficha Técnica de PIP DE EMERGENCIA POR DESASTRE DE GRAN MAGNITUD, cuya ficha fue derivada al FORSUR para su trámite respectivo.  Allí a través de Acuerdo de Directorio del FORSUR (N° 051-2008-D-FORSUR) del 17 de abril del 2008, se aprobó la Ficha Técnica de esta importante obra, en donde la Municipalidad Provincial de Cañete es responsable de la Unidad Ejecutora.

EsSalud organizó campaña preventiva
ALREDEDOR DEL 2% DE PERUANOS ESTA INFECTADO POR EL VIRUS DE LA HEPATITIS…
Enfermedad lastima el hígado y no presenta síntomas
 
Más de 500 personas recibieron atención gratuita en la Campaña «Tú también puedes evitar la Hepatitis» que organizó la Unidad de Hígado del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins de EsSalud con el objetivo de detectar a las personas en riesgo de padecer esta enfermedad y de brindar información oportuna para prevenirla.
«Es importante conocer si padecemos Hepatitis. En el Perú, las estadísticas señalan que alrededor del 2% de personas tiene el virus y no lo sabe. Esto la convierte en un problema grave pues es de fácil contagio y una importante causa de enfermedades que ocasionan la muerte», señaló la gastroenteróloga Milagros Dávalos Moscol. 
La hepatitis es una enfermedad infecciosa provocada por un virus que inflama y altera las funciones del hígado. Aunque existen diversos tipos de virus, el B y el C son los que causan mayor daño porque pueden llegar a convertirse en crónicos. Si no son tratados adecuadamente, pueden lastimar el hígado poco a poco, sin presentar síntomas, llevando a la persona a la cirrosis o al cáncer.
El virus puede transmitirse de dos formas: por la vía oral (el alimento) o por la vía parenteral (con el contacto de secreciones corporales contaminadas). Por ello es fundamental que los pacientes conozcan si padecen la enfermedad  para que puedan tomar precauciones para evitar la transmisión del virus.
Según explica la doctora Dávalos, prevenir esta enfermedad requiere cumplir pautas muy sencillas como vacunarse contra la Hepatitis A y B, mantener un estilo de vida saludable y evitar conductas de riesgo como relaciones sexuales inseguras, uso de drogas y aplicación de tatuajes sin las medidas sanitarias adecuadas.
Cabe señalar que las enfermedades hepáticas crónicas como la cirrosis, el cáncer de hígado y la hepatitis crónica son el principal motivo de hospitalizaciones en este centro asistencial. Por ello, la detección precoz y el tratamiento desde las primeras fases de la enfermedad puede menguar la lesión hepática, prevenir las complicaciones asociadas a su aparición y reducir el impacto en la calidad de vida de los pacientes.
La población debe ser consciente de que la Hepatitis tiene tratamiento pero no cura, por ello el hospital Rebagliati puso a su disposición en la campaña charlas informativas a cargo de un equipo multidisciplinario de especialistas, además de toma de presión arterial y vacunación para prevenir este problema. 
 
JUDICIALES

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el Expediente Nº 2004-00447-0-0801-JR-CI-1 seguido por LUIS ALFREDO TRUJILLO AÑAZGO sucesor procesal de CAJA RURAL DE AHORRO CRÉDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. (antes Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete S.A.A.) contra HERMEN GREGORIO GOMEZ VILLAR y ELSA CASTILLO ESPINOZA DE GOMEZ sobre Ejecución de Garantías Reales, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la dirigencia de Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Av. Ramos Nº 447 (antes Nº 487) distrito de Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima; cuyo dominio, áreas y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
TASACIÓN: U.S. $ 36,212.92 (Treinta y seis mil doscientos doce con 92/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: U. S. $ 24,141.94 (Veinticuatro mil ciento cuarenta y uno con 94/100 Dólares Americanos) que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1) Primera y preferencial Hipoteca a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de U.S. $ 20,000.00 (Veinte mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en la Partida Electrónica Nº 90285036 antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 04 de Junio del 2009 a horas 13:00 p.m. (una de la Tarde).
LUGAR DE REMATE: Local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en cheque de gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando tasa judicial en original y copia en la que se consignará a este Juzgado, número de Expediente y número de DNI, se adjuntará DNI en original y copia, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS y están afectos al IGV. 
Carlos Alberto Gonzales Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez.  Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Carlos Alberto Gonzales Barzotti
Martillero Público
Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil Cañete
Publicar: Del 22 al 28 de Mayo

EDICTO
Exp. Nº 211-2009, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Juez Dr. De la Cruz, don ALFONSO CARLOS LOSTAUNAU HUAPAYA solicita SE RECTIFIQUE LA PARTIDA DE DEFUNCION de quien en vida fuera su esposa doña CONSUELO ARIAS GARCIA. En el sentido que se adicione el segundo nombre del recurrente CARLOS debiendo de figurar su nombre completo como el de ALFONSO CARLOS LOSTAUNAU HUAPAYA.  Se comunica para los fines de ley.
Imperial 14 de Mayo del 2009.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete

EDICTO
Expediente Nº 2009-18 Ante el Juzgado de Paz Letrado de Asia, que despacha el Señor Juez Juan Siguas Fuentes, doña MARIA TERESA CHUMPITAZI BUSTAMANTE DE LA ROSA, solicita la RECITIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO inscrito en la Municipalidad Distrital de Chilca – Cañete, debiéndose rectificar su nombre Gabiela Asunción la Rosa Chumpitazi por Gabriela Asunción La Rosa Chumpitazi. Lo que se publica conforme a ley.
Asia 14 de Abril del 2009.
Cristina Del Rosario Medina Brigada
Secretaria Judicial
Corte Superior de Justicia de Cañete

EDICTO
Exp. Nº 2008-220-CI Por ante el Juzgado Mixto del Distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha el doctor Jorge Villanueva Pérez y Secretario Elmer Flores Vilchez, por Resolución Nº cuatro, de fecha 03 de Marzo del 2009, en la vía del proceso ABREVIADO se ADMITIO a trámite la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por VICTOR HUGO CARBAJAL GONZALES contra JUAN DIEGO VELASQUEZ ESPINOZA y FELIX DAVID ESPINOZA  AVILA, para que se declare propietaria del predio urbano ubicados en la Avenida Malecón – Las Palmeras sin número del Anexo de Bujama Baja, sito en la Manzana E – Lote 1B y Lote 02, distrito de Mala, provincia de Cañete; ordenándose notificar a los demandados por edicto, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en rebeldía, notificándose asimismo a los propietarios de los predios colindantes, por ofrecidos los medios probatorios y agréguense a los autos los anexos.  Mala, 14 de Abril del 2009.
Elmer Flores Vílchez
Secretario
Juzgado Mixto de Mala
Publicar: 21, 22 y 23 de Mayo

EDICTO PENAL
Pirmer Juzgado Penal de Cañete.- Exp. Nº 2006-0281.- Sec. Mabell Y. Castillo F.
Se requiere y emplaza a FERNANDINA ESPERANZA LUYO ARMAS, SANDRO CASTILLO LUYO y DAVID CASTILLO LUYO para que dentro del término de diez días cumplan con la desocupación de los bienes usurpados Puestos Nº 153 y 154 del Mercado Virgen de las Mercedes en el distrito de Mala a favor de los agraviados, bajo apercibimiento de procederse al lanzamiento en el proceso penal que se les siguió por el delito contra el Patrimonio – USURPACIÓN AGRAVADA, en agravio de Yanet Roxana Julia Luyo y otro.
Cañete, 23 de Setiembre del 2008
Dr. Javier Ventura López
Juez Penal (e)
1er. Juzgado Penal de Cañete
Publicar: 21, 22 y 23 de Mayo

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Oficina Distrital de Control de la Magistratura
JEFATURA
EDICTO
QUEJA No. 034-2007.-
Res. No. 13 de fecha: 13 de Abril del 2009.
Se pone en conocimiento al quejoso Eusebio de la Cruz Castillón, que mediante Resolución de la referencia, se impuso la Medida Disciplinaria de Apercibimiento al Servidor Judicial Luis Alberto Melgarejo Fernández, en su actuación como Secretario del Juzgado Mixto de Cañete sobre Inconducta Funcional – Infracción a sus Deberes.
Abog. Georgina Ferrer Manrique
SECRETARIA DE LA ODICMA
Corte Superior de Justicia de Cañete
 
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Oficina Distrital de Control de la Magistratura
JEFATURA
EDICTO
QUEJA No. 059-2007.-
Res. No. 13 de fecha: 15 de Abril del 2009.
Se pone en conocimiento al quejoso Carlos Cuicapusa Torres, que mediante Resolución de la referencia, se impuso la Medida Disciplinaria de Apercibimiento a la Magistrada Doctora María Guadalupe Garnica Pinazo, en su actuación como Juez del Primer Juzgado de Familia por Infracción a sus Deberes.
Abog. Georgina Ferrer Manrique
SECRETARIA DE LA ODICMA
Corte Superior de Justicia de Cañete
MUNICIPALIDAD  PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA Nº 016-2009-MPC

Cañete, l5 de Mayo de 2009

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

POR CUANTO;
El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de fecha l4 de mayo de 2009, trató el Informe Nº 055-2009-GTM-MPC de fecha 04 de mayo de 2009, de la Gerencia de Tributación Municipal, Informe Legal Nº 382-2009-AS.-LEG-MPC de la Oficina de Asesoría Legal, de fecha 04 de mayo de 2009, el Dictamen de la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal, relacionados  a la Tasa de Interés Moratorio  para el pago de tributos que administra la Municipalidad Provincial de Cañete;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, se reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

Que, el Artículo 33º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, y modificado por el Decreto Legislativo Nº 953 publicado con fecha 05 de febrero del 2004; señala «La SUNAT fijará la TIM respecto a los tributos que administra o cuya recaudación  estuviera a su cargo. En los casos de los tributos administrados por los Gobiernos Locales, la TIM será fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no podrá ser mayor a la que establezca la SUNAT;

Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 032-2003/SUNAT del 07 de  febrero del 2003, la SUNAT aprobó la Tasa de Interés Moratorio (TIM) del 0.05% diario, siendo la TIM mensual de 1.5; el mismo que continúa vigente a la fecha;

Que, mediante Informe Legal Nº 382-2009-AS-LEG-MPC, de fecha 04 de mayo de 2009, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que es factible la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba la Tasa de Interés  Moratorio, para el pago de los Tributos  que administra la Municipalidad Provincial de Cañete;

Que, a través del Dictamen Nº 014-2009-CPEAM, la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal, señala que es procedente  aprobar la Tasa de Interés Moratorio (TIM) que aplique la municipalidad a los tributos que administra y/o recauda en 1.5% mensual;

Estando a lo expuesto, y de conformidad con el Artículo 40º de  la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y D.S. Nº 135-99-EF, y el  Decreto Legislativo Nº 953 que modifica algunos Artículos del Texto Único Ordenado del Código Tributario, con el voto unánime, y con  dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Concejo aprobó la siguiente;

ORDENANZA QUE FIJA LA TASA  DE INTERES  MORATORIO PARA EL  PAGO DE TRIBUTOS QUE ADMINISTRA LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

Artículo 1º.- Fíjese en uno y cinco décimas (1.5%)  la Tasa de Interés Moratorio (TIM) mensual a las deudas tributarias, correspondientes a los tributos que administra y/o  recauda la Municipalidad Provincial de Cañete.

Artículo 2º.- Los pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza  son válidos y no se encuentran sujetos a compensación y/o devolución.

Artículo 3º.- Encargar a la  Gerencia de Tributación Municipal, a través de la Sub Gerencia de Administración Tributaria y a la Oficina de Ejecutoría Coactiva, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE

21 mayo 2009

PRESIDENTA DE CORTE CAÑETANA VISITA JUZGADO DE PAZ DE PACARÁN

En el marco del cronograma de visitas a los Juzgados de Paz  más alejados , la Dra. Silvia Consuelo Rueda Fernández , Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete se trasladó al Juzgado de Paz de Pacarán, ubicado a 17 km. al Este de la provincia de Lunahuaná.
La Dra. Silvia Rueda Fernández se entrevistó con el Juez del Juzgado de Paz de Pacarán, Miguel Lévano Rivadeneyra. Verificó la atención  y el magistrado le informó que había recibido útiles de oficina, y que las funciones la realiza los días lunes, miércoles y viernes de 3:00 p.m. a 6:00 p.m. 
Miguel Lévano despacha en una oficina construida de material noble cedida por la Municipalidad Distrital de Pacarán. Cuenta con computadora, mobiliario entregado por JUSPER,  Biblia, Códigos Civil y Penal,  entre otros. 
Indicó que el Distrito de Pacarán cuenta con mil 200 pobladores, en su mayoría dedicada a la agricultura. Miguel Lévano comparte sus labores como agricultor.

MODIFICARON CUADRO DE COMISIONES EN MUNICIPIO IMPERIALINO...

Un nuevo giro parece que tendrá la Municipalidad de Imperial, y es que en Sesión Ordinaria de Concejo desarrollado el día de ayer, miércoles 20 de mayo en horas de la mañana, procedió a aprobar las comisiones de trabajo 2009, quedando conformada de la siguiente manera: 
Comisión de Servicios Comunales y Comercialización: Será presidida por Enrique Candela Ochoa, y tendrá como integrantes a Florentino Campos Egui, en calidad de Secretario; y a Andrés Oré Cárdenas como Fiscal.
Comisión de Población, Salud y Saneamiento Ambiental: Presidirá esta comisión la regidora Angélica Arata Tasso; y tendrá como acompañantes a Greta Stucchi Peña como Secretaria, y a Andrés Oré Cárdenas como Fiscal.
Comisión de Transporte: Será presidida por Ovidio Castillón Matos; y tendrá como Secretaria a Angélica Arata Tasso, y como Fiscal a Enrique Candela Ochoa.
Comisión de Educación, Cultura, Recreación y Deporte: Un regidor muy voluntarioso preside esta comisión, nos referimos a Florentino Campos Egui; quien tendrá como secretario a Hebert Huamaní  Sermeño, y como Fiscal a Ovidio Castillón Matos.
Comisión de Desarrollo Urbano:
Será presidida por Greta Stucchi Peña, y tendrá a Ovidio Castillón Matos como Secretario, y a Angélica Arata Tasso como Fiscal.
Comisión de Asuntos Legales y Asentamientos Humanos: Será presidida por Andrés Oré Cardenas, y tendrá como Secretario a Hebert Huamaní Sermeño, y a Enrique Candela Ochoa como Fiscal.
Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto: Será presidida por Hebert Huamaní Sermeño, y a Greta Stucchi Peña como Secretaria; y a Florentino Campos Egui como Fiscal.
BANCADAS EXPRESAN APOYO PARA QUE REGION LIMA TENGA SUS CONGRESISTAS…

Los representantes de las diversas bancadas del Congreso de la República han reafirmado su compromiso de apoyo para que la Región Lima vuelva a tener sus representantes parlamentarios.
Así, se lo expresaron el día de ayer al presidente del Gobierno Regional de Lima, Ing. Nelson Chui Mejía, los congresistas Keiko y Santiago Fujimori, Luisa María Cuculiza (Grupo Fujimorista), Yonhy Lescano y David Waisman (Alianza Parlamentaria), Alda Lazo Ríos (Alianza Nacional), José Vega Antonio (Unión por el Perú), Lourdes Alcorta Suero, (Unidad Nacional), Jorge del Castillo (Partido Aprista).

Chui dijo que tiene cifradas esperanzas que el Pleno del Congreso, el día de hoy, jueves 21 apruebe el dictamen que propone incrementar el número actual de congresistas, hecho que le permitiría a la Región Lima tener cuatro o cinco parlamentarios, a partir del año 2011.
 «Somos la única región del Perú que no tiene representación parlamentaría», remarcó.
Respecto a la posición del Partido Nacionalista, se supo que dicha bancada sostendrá una reunión previa para analizar su apoyo en la votación.
Cabe señalar que en la agenda del Pleno del Congreso, se ha considerado en el punto 5, el debate de la modificación del artículo 90 de la Constitución y en el punto 6 la modificación del artículo 21 de la Ley Orgánica de Elecciones que crea el Distrito Electoral de Lima Provincias.
INVERSIONES AGROINCA SAC EMITE COMUNICADO ACLARANDO SOBRE COBROS INDEBIDOS

Mediante nota de prensa enviada a nuestro medio de comunicación, la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial hace de conocimiento que ha recibido un comunicado emitido por INVERSIONES AGROINCA SAC  donde aclara sobre supuestos cobros indebidos como beneficiarios del Programa TECHO PROPIO.
Por ser un tema de interés social lo ponemos a consideración de la opinión pública.
El documento señala que: INVERSIONES AGROINCA SAC es una Entidad Técnica registrada por el Ministerio de Vivienda y Saneamiento para ejecutar el PROGRAMA TECHO PROPIO , programa, que de acuerdo a ley, es de naturaleza gratuita toda vez que el Bono Familiar Habitacional es de carácter no reembolsable.
Dentro de este contexto, el señor JOSE LUIS SANCHEZ YACTAYO no tiene vinculo laboral , ni injerencia en la administración de la Entidad Técnica INVERSIONES AGROINCA SAC, como tampoco tuvo ni tiene injerencia en el manejo de los fondos del PROGRAMA TECHO PROPIO , tampoco fue autorizado para hacer cobro alguno a los beneficiarios del programa, dejando expresa constancia que el citado señor fue elegido por los propios pobladores beneficiarios como COORDINADOR o PROMOTOR ante dicha Entidad Técnica.
En ese sentido, cualquier COBRO INDEBIDO realizado por el señor JOSE LUIS SANCHEZ YACTAYO fue efectuado a título personal, constituyendo DELITO DE ESTAFA cuya comisión es ajena a la Entidad Técnica, AGROINCA SAC, por lo que, los beneficiarios perjudicados tienen la absoluta libertad de ejercer las acciones legales que estimen conveniente a la defensa de sus intereses.
Asimismo, INVERSIONES AGROINCA SAC, deja expresa constancia que ningún beneficiario del PROGRAMA TECHO PROPIO que decida denunciar al señor JOSE LUIS SANCHEZ  YACTAYO se verá perjudicado o perderá el beneficio de construcción de su vivienda, toda vez que, como indican, dicha persona nunca ha tenido injerencia alguna en el manejo de dichos fondos ni en la administración de los mismos, por lo que AGROINCA SAC concluirá con la construcción y entregará las viviendas conforme a las condiciones pactadas con los beneficiarios Finalmente, AGROINCA SAC deja expresa constancia que las denuncias propaladas les ha causado sorpresa al desconocer plenamente la existencia de cobros indebidos toda vez que, en todas las  reuniones sostenidas con los beneficiarios han cumplido con informarles respecto de la naturaleza gratuita del PROGRAMA TECHO PROPIO, haciéndoles hincapié de la prohibición de pagos, no habiendo recibido a la fecha denuncia alguna, verbal o escrita, por parte de los beneficiarios. 
DELINCUENTES PROVISTOS DE ARMAS DE FUEGO SECUESTRARON OMNIBUS DE SOYUZ – PERU BUS EN CAÑETE…
 
SAN VICENTE.- Cuatro sujetos fuertemente armados, secuestraron la medianoche de ayer, a un ómnibus la empresa interprovincial de Soyuz – Perú Bus, desvalijando toda las pertenencias de los pasajeros que se dirigían de Ica a Lima.
El hecho ocurrió al promediar las cero cero horas del día de ayer 20 de Mayo, a la altura del monumento histórico del Castillo de Hipólito Unánue, de esta ciudad.
«Los malhechores subieron en Chincha simulando ser  pasajeros de ruta y al cruzar el puente Clarita (Rio Cañete), redujeron al chofer y a los pasajeros, instándolos a viva voz a mantenerse tranquilos y desviar la ruta», expresó uno de los testigos.
Un efectivo policial de apellido Escárate que viajaba de civil, en vano trató de sofocar el asalto con su arma particular porque los delincuentes le redujeron con un golpe en la cabeza con la cacha del revólver.
En medio de la zozobra y la incertidumbre, el ómnibus de placa VG-5034, mas los 17 pasajeros, fueron conducidos a un paraje descampado del sector de Cochahuasí para cometer sus actos delictivos. 
«Menos mal que no se suscitaron hechos que lamentar, sólo pérdidas materiales y dinero en efectivo que están en investigación», comentó el Comisario de San Vicente de apellido Robles. 
El efectivo policial, aclaró que la responsabilidad de la ruta es de competencia estricta de la Policía de Carreteras que hasta el cierre de la edición aún no había dado a conocer los pormenores del secuestro.
El administrador de la firma Soyuz Perú – Bus de la agencia de Cañete, Liborio Huari, lamentó el incidente y responsabilizó la falta de seguridad en las carreteras peligrando la integridad física de los pasajeros.
Trascendió que los malhechores ya habrían sido identificados, toda vez que los omnibuses de Soyuz – Perú Bus, a parte de estar asegurados, cuentan con un GPS que registra las imágenes de todos los viajeros (CL)
PERCY ALCALA… POR FIN PRESIDE FESTEJOS CAÑETANOS… FUE SIN QUERER QUERIENDO… O QUERIENDO POR QUERER…

Dicen que el hombre es el único animal que tropieza dos veces con la misma piedra… y lo peor de todo es que lo hace a sabiendas… Y ese dicho parece caerle como guante al dedo, a nuestro amigo Percy Eloy Alcalá Mateo… y es que vuelve a integrar la Comisión de la Semana de Cañete esta vez en calidad de Presidente…

Hace un par de años, asumió la responsabilidad en vísperas de las fiestas cañetanas… ya que Javier le endilgó tal responsabilidad… vino el terremoto, hubo problemas… y allí Percy diría… nunca más… pero las palabras se las lleva el viento… y ahora vuelve, y ojalá que sea para mejorar lo hecho…
Esta vez tuvo que lidiar con un común amigo, Alan Juárez… quien fue propuesto por Sonia Ramos… sin embargo declinó o quizás se vio presionado a declinar… y al final Percy asumió la presidencia de la Comisión de la Semana de Cañete…
Sin embargo para muchos analistas de la política cañetana, esto parece ser un dulce… un caramelito… para que deje trabajar tranquilo a otros, que quieren llevarse la mayor porción de la torta… Será cierto eso… vaya uno a saber… lo cierto es que las fiestas cañetanas es una tarea ardua, que va a tener muy ocupado a Percy Alcalá… o sino pregúntenle a Florentino Campos Egui, en Imperial.
LE QUIEREN PONER CASCABELES AL GREMIO DE CONSTRUCCION CIVIL…

La ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Nidia Vílchez, aseguró que su portafolio ya está coordinando la creación del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil, que permitirá frenar la violencia en ese sector.
Tras lamentar la muerte  de una persona durante un enfrentamiento entre dos grupos de obreros de construcción civil en las inmediaciones de una edificación San Martín de Porres, recalcó que a través del registro se podrá identificar a las personas que cobren cupos a trabajadores para que ingresen a laborar en determinados proyectos.
«El registro permitiría que los trabajadores se inscriban en todas las obras que hay a nivel nacional, y hoy ya hemos presentado la propuesta a los ministerios de Justicia y Trabajo afectos a si se corresponde una norma de rango de ley o un Decreto Supremo», manifestó. 
Sostuvo que si bien el Ministerio de Vivienda en coordinación con el sector Interior ha puesto en marcha el Plan Ladrillo para frenar actos de violencia vinculados con la construcción, recalcó que un registro es de suma importancia para imponer orden en dicho gremio.

IDENTIFICAR A CABECILLAS Y CHANTAJISTAS...
«Nosotros queremos identificar a aquellos cabecillas, chantajistas, y poner orden», señaló Vilchez. 
Precisó, que en los últimos meses, de abril a mayo, se han presentado actos de violencia entre los obreros de construcción a nivel nacional, que han culminado con la muerte de cinco personas. 
Sin duda una medida acertada que busca frenar los actos violentistas de un gremio que más que construir se dedica a destruir.
Y es que hay que señalar que es un gremio que se la pasa de disturbio en disturbio... por lo menos, la ministra ha fijado el camino a seguir... ahora lo que falta es que no le tiemble la mano, y las medidas que ha anunciado se cumplan... de esa forma, vamos a ganar todos... 
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Oficina Distrital de Control de la Magistratura
JEFATURA
EDICTO
QUEJA No. 034-2007.- Res. No. 13 de fecha: 13 de Abril del 2009. Se pone en conocimiento al quejoso Eusebio de la Cruz Castillón, que mediante Resolución de la referencia, se impuso la Medida Disciplinaria de Apercibimiento al Servidor Judicial Luis Alberto Melgarejo Fernández, en su actuación como Secretario del Juzgado Mixto de Cañete sobre Inconducta Funcional – Infracción a sus Deberes.
Abog. Georgina Ferrer Manrique
SECRETARIA DE LA ODICMA
Corte Superior de Justicia de Cañete
 
 
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Oficina Distrital de Control de la Magistratura
JEFATURA
EDICTO
QUEJA No. 059-2007.- Res. No. 13 de fecha: 15 de Abril del 2009. Se pone en conocimiento al quejoso Carlos Cuicapusa Torres, que mediante Resolución de la referencia, se impuso la Medida Disciplinaria de Apercibimiento a la Magistrada Doctora María Guadalupe Garnica Pinazo, en su actuación como Juez del Primer Juzgado de Familia por Infracción a sus Deberes.
Abog. Georgina Ferrer Manrique
SECRETARIA DE LA ODICMA
Corte Superior de Justicia de Cañete
 

MILES DE PEREGRINOS PARTICIPAN EN LA FESTIVIDAD CENTRAL DEL SEÑOR DE LA ASCENSION DE CACHUY EN YAUYOS
Escribe: Wilfredo Cayllahua León

YAUYOS.- Miles de peregrinos continúan arribando a esta provincia para participar en la peregrinación hacia el Santuario del Señor de la Ascensión de Cachuy, cuya fecha central se celebra hoy (jueves) con múltiples actividades, pero la festividad se prolonga hasta el domingo.
Los feligreses tras arribar al centro poblado de Canchán, jurisdicción del distrito de Catahuasi, se aposentan en este lugar porque es el punto de partida obligado de los devotos, para iniciar el viaje.  
Abasteciéndose de alimentos, portando una caña que servirá de apoyo, linternas en mano, una frazada para aplacar el frío y con mucha devoción, los peregrinos se encomiendan al ser divino.
El presidente de la Hermandad Central del Señor de la Ascensión de Cachuy, Constantino Espinoza Tito, dio la bienvenida a todos los devotos al Santuario e inauguró simbólicamente el “Año de la Misión Continental”.
“Esto quiere decir que en el Santuario de Cachuy, se inició la conversión de todo cristiano en un plan evangelizador que tiene la misión de difundir la palabra de Dios, tal como fue el acuerdo de obispos de Latinoamérica”, precisó Tito Espinoza.
En todo momento mostró su agradecimiento al obispo de la prelatura Cañete, Yauyos y Huarochirí, Monseñor Ricardo García y García, quien estará presente en la homilía central de hoy.

ALCALDE DE CATAHUASI...
Por su parte, el burgomaestre de la Municipalidad Distrital de Catahuasi, Josías Luciani Mateo, se convierte en el anfitrión porque cada 40 días después de la Semana Santa, su distrito se viste de gala con la presencia de miles de peregrinos de distintos puntos del país.
“Como todo buen devoto del Señor de Cachuy, nuestra comuna, ha brindado todas las facilidades del caso a los feligreses que han arribado a nuestra localidad para participar en la festividad religiosa”, comentó Luciani Mateo.
Para la fecha central, se ha programado un acto litúrgico muy especial y una procesión de la réplica de la sagrada imagen, teniendo en cuenta que  la original se encuentra celosamente custodiada en su altar desde hace 300 años.

COMUNICADO

La Entidad Técnica AGROINCA S.A.C. comunica al público en general que no mantiene vínculo laboral y/o comercial con el señor José Luis Sánchez Yactayo, por tanto, cualquier comentario, trámite o gestión que dicha persona realice a nombre de nuestra entidad carece de validez y eficacia alguna.

Cañete, 18 de Mayo del 2009.

Gerencia General
AGROINCA S.A.C.
RESTITUCION DE BICAMERALIDAD Y ELIMINAR EL TOPE DE 120 CONGRESISTAS DEBEN SER LAS PRINCIPALES REFORMAS... OPINA EX JEFE DE ONPE, FERNANDO TUESTA SOLDEVILLA...

La restitución del sistema bicameral y la eliminación del tope de 120 curules deberían ser los puntos de partida de la reforma constitucional que se reiniciará mañana en el pleno del Congreso, opinó el ex jefe de la ONPE Fernando Tuesta Soldevilla.
Afirmó que los legisladores deben hacer un esfuerzo para dotar al país de un mejor Congreso, con una estructura eficiente, al margen de las diferencias políticas.
Por eso, insistió en la necesidad de instaurar la doble cámara en el Parlamento, a pesar de tratarse de una propuesta impopular debido a la mala imagen del Congreso.
Indicó que los legisladores deben tener la habilidad de llevar a cabo esa reforma, porque el país necesita de un sistema bicameral que implique una doble representación poblacional y territorial.
«Sé que es un tema sensible, pero la estructura actual del Congreso, de 120 legisladores, ha demostrado ser ineficiente y hay que crear conciencia en la población sobre la necesidad de cambiar la estructura para mejor.» 
Asimismo, consideró indispensable eliminar el tope del número de legisladores, porque impide al país dotarse de un mejor Parlamento.
Tuesta juzgó necesario lograr una mayor representatividad, lo cual supondría elevar el número de legisladores de 120 a 240 (180 diputados y 60 senadores), como en 1992.
Añadió también que se requiere crear dos nuevas circunscripciones electorales: Lima Provincias y la de peruanos residentes en el extranjero.
La razón, dijo, es el crecimiento de estos dos sectores de la población, que merecen la posibilidad de elegir a sus propios representantes políticos.
El ex jefe de la ONPE sostuvo que la decisión que tomará mañana el Parlamento sobre este sensible tema no será definitiva, ya que se necesita de una segunda votación en la próxima legislatura.
Sin embargo, observó que no será una tarea fácil debido al fraccionamiento político que existe en el Parlamento, que hace difícil constituir grandes mayorías.
Advirtió que la oposición de la bancada fujimorista sobre el proyecto de bicameralidad y del humalismo respecto a la reforma parcial de la Constitución, podría terminar por abortar este nuevo intento de sacar adelante la reforma constitucional.
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, el Articulo 90 inciso C de  la Ley de concesiones eléctricas informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.
 
LUGAR: San Gerónimo- Lunahuaná
ZONAS AFECTADAS: Lunahuaná, Pacarán y Zúñiga pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-06.
CIRCUITOS AFECTADOS: IP 6100 CÑ-06  Por Seguridad
DIA: Martes 19 Mayo de 2009.
HORA DE INICIO: 11:15 hrs. Martes 19 Mayo de 2009.
HORA FINAL: 17: 11hrs. Martes 19 Mayo de 2009.

La interrupción del servicio fue ocasionada por choque de postes de las redes de MT, desconectando el circuito afectado manualmente por Seguridad.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control. 

JUDICIALES

EDICTO
Exp. Nº 2008-220-CI Por ante el Juzgado Mixto del Distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha el doctor Jorge Villanueva Pérez y Secretario Elmer Flores Vilchez, por Resolución Nº cuatro, de fecha 03 de Marzo del 2009, en la vía del proceso ABREVIADO se ADMITIO a trámite la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por VICTOR HUGO CARBAJAL GONZALES contra JUAN DIEGO VELASQUEZ ESPINOZA y FELIX DAVID ESPINOZA AVILA, para que se declare propietaria del predio urbano ubicados en la Avenida Malecón – Las Palmeras sin número del Anexo de Bujama Baja, sito en la Manzana E – Lote 1B y Lote 02, distrito de Mala, provincia de Cañete; ordenándose notificar a los demandados por edicto, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en rebeldía, notificándose asimismo a los propietarios de los predios colindantes, por ofrecidos los medios probatorios y agréguense a los autos los anexos.  Mala, 14 de Abril del 2009.
Elmer Flores Vílchez - Secretario - Juzgado Mixto de Mala
Publicar: 21, 22 y 23 de Mayo

PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O’Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, CARMEN LIDIA GARCIA CALIXTRO, DNI Nº 15423039, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, en el que existe error material en el segundo nombre de su progenitora dice: ANTONIA BERTILIA CALIXTRO MENDOZA debe decir: ANTONIA VERTILIA CALIXTRO MENDOZA, lo que se publica para los fines de Ley.  Cañete, 16 de Mayo del 2009.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada - Notario de Cañete

PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O’Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, TERESA YANINA GARCIA CALIXTRO, DNI Nº 40091195, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Provincial de Cañete, en la que se omite el segundo nombre de su progenitora dice: ANTONIA CALIXTRO MENDOZA debe decir: ANTONIA VERTILIA CALIXTRO MENDOZA, lo que se publica para los fines de Ley.  Cañete, 16 de Mayo del 2009.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada - Notario de Cañete

PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O’Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, CARLOS GREGORIO GARCIA CALIXTRO DNI Nº 40371818, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, en el que existe error material en el segundo nombre de su progenitora dice: ANTONIA BERTILA CALIXTRO MENDOZA debe decir: ANTONIA VERTILIA CALIXTRO MENDOZA, lo que se publica para los fines de Ley.  Cañete, 16 de Mayo del 2009.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada - Notario de Cañete

NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O’Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, VIDAL TEOFILO MENESES QUIROZ, con DNI 15417378, solicita la SUCESIÓN INTESTADA  de su progenitora NATALIA QUIROZ SANCHEZ, fallecida el 28 de Abril del 2001, teniendo como último domicilio el distrito de Zúñiga – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley.
San Vicente, 18 de Mayo del 2009.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada - Notario de Cañete

PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O’Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, TERESA YANINA GARCIA CALIXTRO, DNI 40091195, solicita se rectifique la PARTIDA DE DEFUNCION, de quien en vida fuera su madre: ANTONIA VERTILIA CALISTRO MENDOZA inscrita en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, en el que existe error material en su apellido paterno, dice: ANTONIA VERTILIA CALISTRO MENDOZA; debe decir: ANTONIA VERTILIA CALIXTRO MENDOZA.  Lo que se publica para los fines de Ley.  Cañete, 16 de Mayo del 2009.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada - Notario de Cañete

SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña MILAGROS CARMEN CONDE ARIAS, manifestando ser cónyuge de quien fuera en vida don JOSE MANUEL NAVARRETE GARCIA; quien falleció AB-INTESTADO el día 14 de Agosto del año 2008, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a su cónyuge supérstite MILAGROS CARMEN CONDE ARIAS y a su hijo: ANGEL JOSE NAVARRETE CONDE, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 27 de Abril del 2009.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
PUBLICACIÓN
En mi oficio notarial, sito en Plaza Constitución 120 de la ciudad de Yauyos – Lima, se presentó MANUEL REYES FABIAN, solicitando se rectifique la PARTIDA DE DEFUNCIÓN de su hija OLGA SINDULFIA REYES PEREZ, referente a su edad, donde dice edad 49; debe decir: edad 55. Se publica para los fines de Ley.
Yauyos, 18 de Mayo del 2009.
César Ramos Ramos
Abogado – Notario Público

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
El Jefe del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497, Capítulo V, Sección Segunda, Artículo 73 manda publicar; que con expediente Nº 1871-09-MDQ de fecha 18 de Mayo del presente año don WILFREDO JESÚS ENSISO ALVITES solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO registrada en esta Municipalidad Distrital de Quilmaná en el sentido de rectificar que el apellido materno, Alvites y no como fue registrado Albites, que por error figura asentado. Quienes consideren que pueden salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. 68 de la arriba indicada
Quilmaná, 19 de Mayo del 2009.
Nelsa Polar Málaga
Jefe OREC – MDQ

EDICTO PENAL
Pirmer Juzgado Penal de Cañete.- Exp. Nº 2006-0281.- Sec. Mabell Y. Castillo F.
Se requiere y emplaza a FERNANDINA ESPERANZA LUYO ARMAS, SANDRO CASTILLO LUYO y DAVID CASTILLO LUYO para que dentro del término de diez días cumplan con la desocupación de los bienes usurpados Puestos Nº 153 y 154 del Mercado Virgen de las Mercedes en el distrito de Mala a favor de los agraviados, bajo apercibimiento de procederse al lanzamiento en el proceso penal que se les siguió por el delito contra el Patrimonio – USURPACIÓN AGRAVADA, en agravio de Yanet Roxana Julia Luyo y otro.
Cañete, 23 de Setiembre del 2008
Dr. Javier Ventura López
Juez Penal (e)
1er. Juzgado Penal de Cañete
Publicar: 21, 22 y 23 de Mayo