02 agosto 2009

FO...Una anécdota hecha relato...
Autor : Antonio Ruiz Tovar

Introducción
Mi abrazo y respeto a los abogados y jueces de Cañete, Perú y del mundo, que sienten en su corazón el bullir de la justicia.
Igualmente a los policías, servidores del Ministerio Público, empleados públicos - mujeres y hombres - que ajustando su vida de servicio, al cumplimiento de su noble función, fortaleciendo el principio constitucional de que nadie esta obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe, hacen permanente la existencia de un Estado fuerte y respetable: un Estado de Derecho, donde no se alimenta la corrupción.
A.R.T.

Presentación
Nací y crecí en un barrio humilde, generoso y ejemplar de San Vicente, de Cañete, PERU. «El paso de las ovejas» le llamaban históricamente. Hoy se le conoce como la Avenida 28 de Julio.
Las familias, en su mayoría, trabajaban en la fábrica «la Unión». Vivían de su trabajo, y de algunas actividades domésticas, que formaban verdaderas estampas pueblerinas: las mesas sabatinas ofertando variedades de platos de comida, las pailas de tamales domingueras, - al frente de sus casas - las periódicas quermeses a lo largo de la calle etc.
Padres y madres humildes, laboriosos, e ingeniosos, además, que supieron alimentar, vestir y educar a sus hijos, cuidarlos, y guiarlos con amor y ejemplo
con el producto de la actividad lícita.
Ese medio fue influyentemente positivo para las generaciones de esa época. Abundaron en ese barrio, gente que propiciaba el cuidado de los muchachos a través del deporte, el esparcimiento sano, la competencia y la defensa de sus derechos cívicos.
Allí crecí, sin tener la suerte de conocer a mi padre; pues murió cuando yo tenía un año y medio. Sin embargo, por los comentarios de sus amigos que se quedaron en el pueblo, y que para mí fueron respetables ciudadanos, como el abogado Fernández, quien me aceptó como pasante de su estudio, Don Eugenio Venturo Estrada, Director del diario «la Voz del Pueblo» y el señor Flores propietario de un próspero restaurante, logré hacerme un perfil de él.
No lo conocí, pero lo amé, lo amo y lo amaré hasta el día en que Dios me recoja por haberme dado la vida, y darme un apellido limpio.
Siempre he creído estar viviendo bajo su mirada y su aliento; y sobre todo bajo la influencia de su espíritu. Hoy lo tengo frente a mí, en un hermoso retrato, al momento en que escribo esta historia. Mi padre, según me contaron sus dilectos amigos, fue muy bueno; y por su espíritu social, un activista, que luchó a favor de los pobres como conocedor de la ley que fue, en la época en que la defensa no estaba «cautiva» Ante mi madre, un cierto día, juré seguir su línea y dar lustre a este hermoso apellido que me legó; fue así que me hice profesor y abogado, gracias al apoyo de mi familia, particularmente de mi hermano mayor Humberto…
De lo que hice, lo que llegué a ser y hacer en mi pueblo, que lo digan quienes algún día se interesen en escribir mi biografía, alguno, lo hará, quien sabe, con cierta carga de antipatía. Y eso será algo natural, dado que nadie es moneda de oro que pueda gustar a todos, como dijo José María Escrivá .
Luchar desde abajo es el sino de los que no tuvimos la suerte de nacer en cuna de oro; pero eso que es esencial en el hacerse, exige también, y esto es fundamental, mantener los valores con que uno creció, y aplicarlo, en su vida cívica, sobre todo si es servidor público. Y, si alcanzando ciertos niveles y poderes transitorios, no adoptamos la figura ni el comportamiento del pavo real, ni nos deleitamos en, ni con, esa sensualidad y distorsión en que se revuelcan muchos, cuando llegan a ocupar un cargo.
La historia que hoy les entrego, revela a un ser con poder, pero con desajustes, que lo lleva a efectuar un hecho inaudito.
Su postura es sólo un matiz de los cientos y miles de hechos que realizan seres que llegan a ostentarlo. Se constituyen en peligros ante la sociedad.
Claro que lo de FO era reparable, empero hay acciones de otros que repercuten seriamente en el seno de la sociedad organizada jurídica y políticamente. Seres abyectos que abdican de sus funciones y atribuciones, entregándose al político de turno olvidándose de quiénes son, qué defienden, que representan en ese hermosa arquitectura construida con dolor en el curso de los años, y que llamamos Estado de Derecho.
Esos, son los delincuentes de la democracia. Forman parte de la familia de FO
A.R.T.

Fue un viernes; pero, no recuerdo de qué mes ni de qué año... ¡Tanto tiempo ha pasado! Sin embargo, la conducta cretina del «letrado» que desempeñaba el cargo de juez suplente, no se ha borrado de mi memoria. Se apellidaba Fa....; mejor, no digo su apellido, a fin de no comprometer a familias que con dignidad lo llevan; pero, para el presente relato, lo llamaremos FO; sí, porque su otro apellido comenzaba con la O; así que de ahora en adelante, ya sabe, a ese juez suplente lo identificaremos como FO.
Era un abogado ya entrado en edad; limitado en cultura jurídica, lo cual era evidente. Siendo escaso en bagaje jurídico, no sabemos de qué artificios se valió y/o una «mano negra» movió influencias y ¡zas! le dieron credencial de Juez Suplente en lo civil, de la provincia de Cañete, después de haber ejercido la suplencia en lo penal, anteriormente, cargo del que fue sacado por haber dado libertad en Semana Santa a quien no debía recibirla. Aun así, lo designaron suplente en lo civil... El tal FO, no se cómo apareció en Cañete, pero allí estaba, en mi pueblo, ejerciendo de defensor, de no sé cuántas causas, ya que al parecer también era pobrísimo en clientela. Vivía en un inmueble situado en la Calle 2 de Mayo. Le habían arrendado un apartamentito donde había instalado su «oficina»... Allí vivía y atendía . Cómo era ésta?, no sé, pero ya me imagino.
Antes de ser Juez, se le veía dar vueltas y vueltas cada noche, con las manos atrás, agarradas, en la Plaza de Armas, -de San Vicente- a veces solitariamente; y en otras, acompañado de alguien. Era ya un poco vejete, pero tenía ojos para mirar a las jovencitas que se le cruzaran en esos paseos... Cómo se moría por una guapa dama cañetana; no había dudas; por ella, estaba hasta el copete, como diría mi abuela; pero la joven, que estaba enterada de esta proyección sentimental, tomaba el asunto a la chacota... Ella era el sueño de su vida, su amor imposible, su quimera, su ilusión; su amor utópico diría yo... En la vida de relación profesional, muchas veces sentí que buscaba mi amistad, pues a veces se paraba para saludarme y extenderme la mano, cuando en ese trajín de caminar por el parque, aparecía en sentido contrario. Por esa época yo desempeñaba el cargo de Presidente de la Asociación de Abogados de la provincia. Algunas veces supe escuchar de sus labios palabras elogiosas, según creo, ex profesamente preparadas para agradar a mi ego. Así, establecimos una relación, sin mezclarnos; donde el buenos días o buenas tardes o buenas noches resulta lo normal, la respetuosa forma de saludarse, de esas comunes, que se producen en los pueblos, en la plaza de armas, que se convierte en el único lugar de refugio para el reposo, después de la jornada de trabajo.
Un día, nos enteramos que FO había sido nombrado Juez Suplente en lo Civil. Algunos colegas se alegraron sólo por el hecho de ver que un abogado viejo era merecedor de tal distinción; otros como yo, no aceptamos esa designación porque el tal colega no tenía ni los más mínimos requisitos para representar algo tan excelso, a la magistratura; y, porque en Cañete habían otros colegas con mejores merecimientos. No fue nada personal, sólo mi permanente deseo de que la justicia estuviera realmente representada por una persona idónea en mi tierra. El cambio de personalidad que adoptó ante este hecho- insólito para algunos abogados del gremio- fue tan revolucionario que cortó toda relación con los que no eran de su confianza, como si el ejercicio de esta profesión le diera a algún Juez apertura para mantener una vida social propia de hongos y con prurito selectivo; era el repliegue del que se sabe no merecer una designación .
Tomó partido y se volvió sectario, pero, supo mantener sobre su entorno un pequeño grupo, allí estaban; se arremolinaban a su alrededor, pero sólo para sacar provecho... ¡ Ay, la historia sinuosa, de quienes decían llamarse defensores..! Sus caras las tengo enfrente, los veo parados delante de una pared y yo, detrás de la luna identificándolos, ¡ Qué ricos tipos ...!
Por aquélla época el Juzgado Civil, funcionaba en un sólo ambiente del mercado de abastos de la localidad; esto, cuando el tal mercado presentaba signos iniciales de deterioro, con estructuras corroídas por los materiales malos que usaron al construirlo. Allí se trasladó este importante servicio judicial, allí estaba el juzgado como si la justicia fuera un producto más, aparte de la papa, la yuca, el camote etc. que abajo se ofertaban. Este traslado se aceptó dada la carencia de locales adecuados en Cañete, y la magra economía de la Corte del Callao, de la cual dependíamos.
El juzgado tenía como enseres, un escritorio pequeño, con una silla de madera para el Juez; y tres mesitas, cada cual con sus sillas viejas, para el despacho de los secretarios. El ambiente estaba separado por una «pared» de madera prensada, y tenía una puerta sin «chapa» o seguro. No había nada más. El Juez tenía que llevar sus códigos, y documentos; y los secretarios, su enorme ruma de expedientes en los brazos; y otras veces ayudados por sus amanuenses; su máquina, lapicero etc. Casi en una esquina se situaba el escritorio del Juez, y allí se realizaban los juramentos de rigor. Las otras diligencias fijadas las llevaba directamente a cabo cada escribano en el otro sector del ambiente; y allí los abogados nos lucíamos vanidosamente, contestando las demandas en voz alta para que nos escucharan los otros litigantes citados en esa tarde; la burda vanidad del abogado del mundo pueblerino. Allí, las partes se ratificaban en la demanda, o se escuchaba un «niego la demanda, en todos sus extremos», «pido la confesión del actor», «tacho de nulo y sin valor tal o cual documento”, « tacho al testigo ofrecido por al actor»; «reconvengo» – o contrademando - a fulano, mengano, y mil otras creaciones con escaso contenido jurídico o de pura baba... ¡ Qué ricos tiempos.!
Era una verborrea interminable que se escuchaba, palabrería barata, mayormente; salvo excepciones, de algunos contados colegas serios y estudiosos; y por ende versados. Eran las viciosas costumbres del procedimiento en los juzgados; «los medios de defensa» de aquéllos tiempos; y, allí estaban prefijadas las disposiciones, en la codificación procesal civil anterior, la antigua, en aquélla mole jurídica que lo permitía todo; desde enredar los procesos hasta generar las malditas nulidades de las causas, cuando éstas llegaban a la Corte Suprema, después de haberse batallado años y años en la litis, porque algún abogado mañoso, a propósito, dejó de absolver algún extremo de la demanda al contestarla, o algún «otro si digo»; o por negligencia no lo hizo. Vaya «instrumento legal» hecho por los juristas «vivos» de antaño; y vaya el tiempo que rigió el procedimiento civil de marras.
Pues allí funcionaba el juzgado que resolvía los juicios de alimentos, de indemnización, asuntos laborales, que eran interminables; patria potestad, asuntos de herencia, divorcios, los típicos interdictos y tantas cosas más. Y allí estaba, una lumbrera sin lumbre, un advenedizo, un aventurero, como juez suplente, como a lo mejor siguen habiéndolos en algún estamento del Poder Judicial, a pesar de tantos organismos creados para tamizar los nombramientos.
El tal FO, me hace recordar a otro que era de su misma laya, que llegó después; pero aun cuando tenía otra personalidad, era cero o nulo en materia de Derecho Civil y de procedimientos... Y su exceso de celo en materia de «seguridad» hacía que no permitiese a los secretarios le ayudasen, como era lo corriente, y se abarrotaba de demandas y recursos y no resolvía las peticiones... Ese colega fue otro problema. FO, estaba en las nubes, se sentía un hermoso pavo real; según él, dictando justicia; mejor diría firmando las resoluciones y o sentencias alcanzadas por los secretarios. FO ponía todo su nombre con clarísimas letras y se sentía orgulloso de «colaborar» con la patria desde este estamento tan importante y solemne como es un juzgado civil, aún cuando de su cabeza no salieran los «autos», los «vistos» y mucho menos los «considerandos». Así era; nadie puede desmentir a esta época de raro poder de los secretarios; así era la costumbre, aceptada; costumbre que se arrastró por lustros y que funcionaban con aparente formalidad aún cuando esos actos no contenían esencia de legalidad; costumbres que hicieron que muchos «jueces» estuvieran y actuaran como simples mequetrefes; costumbres que quizá no se han desarraigado del todo de ese intrincado aparato que se llama PODER JUDICIAL, tal como nos revelan las severas críticas que se escuchan por doquier. Esos tiempos, abiertamente lo permitían.
Que hubieron excepciones, sí, las hubo. Recuerdo con aprecio y respeto a un juez que ejerció antes que nuestro personaje, que controlaba sus diligencias; y sus resoluciones las hacía de su puño y letra; fue una antípoda jurídica a FO. Sin querer salirme de la trama recuerdo que a este excelente magistrado por eso de hacer sus sentencias a mano fue amonestado cierta vez por la Sala Civil de la Corte del Callao... Qué otra cosa le quedaba al juez Juan Vergara Gotelli si ni siquiera máquina de escribir le habían asignado a su Juzgado? La Asociación de Abogados lo desagravió de aquél desvarío. Esto, nos da una idea del concepto de poder judicial imperante en aquélla época, y los criterios obtusos que se movían en algunos magistrados superiores. Es bueno que se recuerde esto, para que se sepa que también hubieron buenos jueces y por ende la justicia estaba garantizada; y, para que quienes llegan sólo a usufructuar los cargos, sepan de una vez por todas que los asuntos de justicia se deben mover no por personalísimos criterios, intereses, o a su antojo, sino a lo que ordena la Constitución de la República, los códigos sustantivos, adjetivos, LOS CÓDIGOS DE ETICA, la ley orgánica del poder judicial etc.; y sobre todo por lo que fluye como mandato de una mente y corazón limpios, llenos de efluvios jurídicos que generen justicia.
De la Asociación, el magistrado Vergara, recibió justos merecimientos, porque hacía respetable su función; y por sus calidades agregadas a su personalidad los abogados lo respetábamos.
Cuando FO se enteró que la Asociación de Abogados había cuestionado su nombramiento a dedo, se convirtió en un empedernido enemigo gratuito, aún cuando jamás lo consideré como tal; pues a mí no me movían intereses ni personales, ni de grupo, sólo el deber de fiscalizar y cuidar la dignidad judicial en el suelo que me vio nacer. Como respuesta a ese nombramiento, recuerdo que decidí no aceptar defensas civiles y sólo me dediqué a las de naturaleza penal; y así me mantuve con un cierto duelo en la defensa de causas civiles; pero seguí las que ya estaban en trámite. De la fecha del cuestionamiento del nombramiento pasaron unos días; en uno de ellos se produjo una movida domiciliaria.

SU DORMITORIO EN EL JUZGADO...
Nos informaron que el tal FO había trasladado su cama y algunos enseres de dormitorio a la parte del ambiente donde funcionaba el «privado» del juez; y que había puesto un colgajo de plástico de color azul, como un separador de ambiente.. Es decir, la mitad del «privado» era ahora «su» dormitorio y la otra parte el Despacho judicial. ¿Despacho...? ¡ Que rico tipo! . ¡ Qué indignidad ¡ Y bueno fuera que el dormitorio del juez estuviera con un aspecto agradable, aunque esto tampoco haría aceptable esa metamorfosis degradante, NO; presentaba un espectáculo bochornoso, inmundo. Y allí vivía, y dormía el juzgador y su oscuro concepto de lo que es representar a la justicia en esta bendita, pero maltratada provincia. ¿En qué tinieblas se envolvía la mente de FO en cuanto a la noción de lo que es un Juzgado?
Lo que debió ser reverente se transformó en un cuchitril. Aquello inficionaba, ensuciaba moral y materialmente la alta majestad de una magistratura, aparte de afrentar a Cañete. FO, sin quererlo quizá, estaba matando la solemnidad de un juzgado; tal vez sin quererlo; sí, porque es una verdad que muchos tenemos ojos y no vemos; tenemos oídos y no escuchamos, a veces... Como que también hay quienes se hacen los sordos, y los ciegos, cuando les conviene. Pero, haya sido lo que fue, ya no tiene importancia, ocurrió y punto; por lo demás, le ordenaron sacar esa inmundicia de colgajo ipso facto, apenas la Corte fue comunicada de tan grotesca instalación. Se puso así fin a una agresión al espíritu de las leyes y de la justicia. Fue así que concibió la idea de venganza. En este su deseo de venganza, fue el hecho de que por insinuación de alguien, estimulado por algún enemigo soterrado que no falta en los pueblos, un viernes, se las agarró conmigo. FO cometió una barbaridad, sí, porque actuó como un fiero y cruel juez; se creyó el súper juez, el ser omnímodo, y se negó admitirme como letrado, como defensor, como abogado, en un proceso en el que el anterior Juez había fijado día y hora para un comparendo.
Ese viernes, una mente que tenía tapiada su luz, tuvo una visión defectuosa del mundo de la defensa legal, del excelso plano de la magistratura y del mundo jurídico en general.. Se le ennegrecieron las neuronas y su mente quedó en cero respecto al significado del poder jurisdiccional . FO, se apartó de lo aceptado como lícito, al abdicar su judicatura, en cuestionable posición «ideológica». Afirmaba que ningún comunista sería atendido en su Despacho. Hablaba de comunismo, comunista, etc., de asuntos que estoy seguro tampoco conocía, que nada tenían que ver con la defensa a la que cualquier abogado puede acceder por ante los tribunales, oficinas públicas etc., en cualquier república... Es una verdad que los que tienen espíritu de serpiente, y mente de obtusos eran, son, y seguirán siendo, enemigos gratuitos de la gente pensante y de avanzada, de los amantes de lo justo.
Cuando obtienen un poder transitorio, se deleitan con los «chicheñó», los franeleros, los que claudican mendigando justicia, y se someten a los que ofertan, olvidándose que el tiempo se encarga de presentar sus fotografías impresas en el pedestal de los inicuos comunales. No sólo FO me acuñó ese señalamiento injusto, no cierto, de «comunista»; también lo hizo un elemento, retirado de la policía que se afincó en la provincia y cual tinterillo tramitaba por lo bajo ciertas cuestiones; era muy allegado a FO; y no dudé que fuera él quien le influenció para que me impidiera la defensa en la forma como lo hizo... «Ese es comunista» era el « mote» que le cargaban los reaccionarios que pululaban en Cañete –y en todo el Perú- a los que no estaban con sus costumbres. Estos, creyendo que este hermoso pueblo era una propiedad repartible no tenían otra forma para «desacreditar» a quienes en Cañete supimos, en diversas actividades, dar nuestro corazón, nuestra alma, nuestra vida por los mas necesitados y luchar por cambiar viejas y pestilentes costumbres enraizadas.. Olvidaban o no sabían que me había formado en la ilustre casona de Bolívar y Sánchez Carrión en un ambiente de fermento que ansiaba un cambio de estructuras, siendo por ello que de mi boca y de mi praxis, brotaban esos frutos, esas exigencias de respeto a la ley, a los derechos del pueblo; pero, jamás, de mi corazón ni de mi boca salió un grito de muerte ni de sangre, para nadie.

ELSERVICIO A LOS MAS NECESITADOS...
En cuanto al ejercicio profesional siempre procuré ajustarla a ley, y a Derecho, por eso, ningún juez llegado a estas tierras podrá decir que tuve que darle alguna dádiva para recibir una pronta e injusta sentencia a favor de mis clientes; y esto, porque siempre defendí causas justas, en cumplimiento del juramento que hice al recibirme de abogado; el «orabunt causas mellius» era nuestro ideal, un ideal generacional, el servicio a los más necesitados. Prueba pública lo constituyó esa «TRIBUNA DEL LIBRE PENSAMIENTO» que instauré en el salón amplio de mi estudio de Jirón Bolognesi 173 por donde desfilaron profesionales y juristas, de Cañete y Lima, y desde la cual se formulaban las propuestas para los nuevos tiempos. Por lo demás soy honesto en decir que la ignorancia ideológica confundía al líder inquieto, al luchador social, con un «rabanito»... Era un hombre de izquierda, y lo sigo siendo, por la calificación que hicieron los estudiosos a las personas de avanzada, y por mi extracción; pero con pensamiento abierto que se encuadra dentro del orden, la paz, la justicia, el derecho, la defensa por la vida como muy bien lo supe estampar en mis hermosas canciones «CIMARRONES» y «TODOS SOMOS HERMANOS»; pero hoy, con mayor sentido e ilustración de lo que esas cosas significan, con un pensamiento solidamente social cristiano. Bueno, de FO, y de los reaccionarios podía esperarse cualquier denominación.
Ese viernes, como todos los días, llegué temprano al juzgado con mi cliente. Luego, llegó el secretario de mi causa... FO no estaba en el Despacho; llegó después de la una y media de la tarde. Se metió a la oficina y se sentó. Luego entró el escribano y le hizo ver que yo estaba esperando dentro del término de la hora para la diligencia fijada.
— «Dígale a ese abogado que este Despacho, no atenderá ninguna de sus causas, que este juzgado no es para «comunistas», y que se queje donde sea. La Corte ya está enterada de esta decisión; y tengo además el apoyo de los abogados de Cañete, y también de la Corte... Yo soy el juez, y aquí mando yo...» Esto, se escuchaba en el otro compartimento. El respetuoso y laborioso secretario, salió algo turbado, perplejo, y atinó a decir:
— Doctor, usted ha escuchado....
— No se preocupe Don Juanito, todos hemos escuchado al juez. Dígale que deseo hablar con él, y que me atienda unos minutos. Don Juan volvió a ingresar al despacho, y FO algo irritado, le supo decir:
— Ya le dije que aquí no atendemos a abogados comunistas, y no voy a hablar con él; mientras yo esté aquí de juez, no podrá defender así que tendrá que irse a otro sitio a trabajar. En el lugar contiguo al Despacho ya se encontraban los otros dos secretarios y algunas personas más.
Quienes habían escuchado las baboserías expresadas por FO se miraban entre sí, y movían sus cabezas dando a entender que resultaba incomprensible esa conducta en un juez; y otros, levantando su mano derecha y poniendo su dedo pulgar cerca de su sien, con un clásico movimiento indicaban que FO estaba «loco», o que estaba perdiendo el coco. Yo, mantenía la cordura., frente a esas habladurías sin sustancia que profería el indigno. Muchas otras cosas decía FO, alejadas de todo basamento legal. Su mente, movida por la rabia que le había producido saber nuestras discrepancias con su nombramiento, la orden de sacar el colgajo que «construyó» etc. etc., lo habían puesto de un humor no descifrable. Toda su sangre se vio inundada por el colesterol, haciendo sus efectos en su cerebro saturado por la esclerosis y atrofias; se le aceleraron la producción de toxinas, amen de otras cosas, y así su cerebro ingresó en el más negro y pantanoso desenfreno; todo eso hizo que en ese infausto día me declarara «guerra a muerte». No era el FO afable de meses pasados, era su otro yo dominando su estructura humana; actuaba alimentado por la bilis que a chorros, intuyo, le salía por el filtro hepático.
— «Don Juanito, le dije, entonces deseo que se redacte una acta donde se deje constancia de este impedimento, y todo lo manifestado por el juez, para yo hacer valer mis derechos ante la Sala Civil del Callao, sin perjuicio de la denuncia y demanda que oportunamente interpondré contra el ciudadano FO que oficia de Juez, por su arbitrariedad, e ignorancia en la función»
Don Juan ingresó nuevamente hacia el interior, y salió nuevamente haciendo conocer la respuesta de FO. No se dejaría acta alguna, no me dejaría actuar como defensor y prevalecería, en todo caso, su desnaturalizada conducta. Las personas que fueron testigos de este bochornoso acto, de esta conculcación de los derechos de la defensa se quedaban cada vez más atónitos, pasmados. Me acerqué a mi cliente y le dije que me esperase, que retornaría luego. Fui a mi estudio jurídico, cogí el teléfono y llamé a la presidencia de la Corte del Callao; hablé con la Presidenta. Le hice conocer los hechos, y ella supo decirme: «Doctor Ruiz, lamento lo ocurrido. Por favor tenga la bondad de esperarme usted con su cliente en el Despacho. En este preciso momento parto hacia Cañete...» No es una vanidad histórica, pero resultó agradable escuchar a nuestra Presidenta de la Corte; y sobre todo conocer su decidida resolución. Una mente letrada, femenina, concibió que la conducta del magistrado burlaba los deberes y derechos de un juez, y de la sagrada defensa; que rompía la esencia de la ética en el ejercicio de la función. FO, había tirado al hediondo río de la prepotencia, la constitución los códigos adjetivos, sustantivos; el código de ética, la ley orgánica del poder judicial, y muchos instrumentos jurídicos... SE VOLVIO UN ATEO DE LA LEY, Y SE CONVIRTIO EN CUESTION DE MINUTOS EN ASESINO DEL ESPIRITU DEL DERECHO... ¡ EN UN BICHO NOCIVO DENTRO DEL ESTADO DE DERECHO, DENTRO DE LA DEMOCRACIA!.. Pero allí estaba una magistrada que no permitiría tamaña afrenta a los derechos humanos. Entendió que ese abogado hecho «juez,»que juró ante una efigie de Cristo cumplir sagradamente los deberes, no sólo era un blasfemo, un perjuro; un ser que rompió la razón de ser de un juez, que es el servicio, comprendió que era un peligro.
FO era la tesis en este nuevo conflicto. La Presidenta de Corte con criterios tan profundos y abiertos acerca de la razón de ser de la magistratura frente a FO, era la antítesis.
Ordené a mi secretaria que fuese al Juzgado para que haga compañía al cliente; me tomé un tiempo para irme a mi casa, para ingerir un poco de leche fresca, comer unas tostadas con miel de abeja y desocupar mi vejiga. Esa tarde la gente que acudió a sus diligencias no se retiró del Juzgado; y cada vez se veía mayor concurrencia en el local. Los escribanos, que acostumbraban retirarse después de sus diligencias no quisieron perderse el desenlace; incluso algunos periodistas se habían dado cita. Abogados del entorno de FO, trataban de enterarse de lo ocurrido; hasta ahora me dura el asco y repugnancia que me causaban el verlos merodear el juzgado. Dos horas exactas duró la espera. En ese lapso, no dí ninguna explicación a quienes llegaban hasta mí. Hubo un colega que me dijo que estaba conmigo, y que era importante que la Asociación de Abogados hiciera público un comunicado y pidiera la destitución de FO. Le agradecí el gesto, pero supe decirle que este no era un problema con la Asociación, que era un problema con un abogado, que tenía muy claro el criterio de lo que tenía que hacer. Sí, un asunto personal para mí, pero propiciado según me enteré después. por una cuadrilla, un diminuto grupo de abogados, movidos por ese elemento policial retirado mencionado y un regordete sub-oficial, abusivo, a quien supe parar muchas veces haciendo respetar la sagrada función de un letrado. Sí, porque jamás dejé que funcionarios, de todo tipo, se burlaran de mi adorada profesión, ni permití que vejaran a colegas, cuando se apersonaban a sus despachos a ver un asunto encargado.

QUIEN LO PUSO... QUE LO SAQUE...
En mi caso, esta defensa a la sagrada representación que tiene una persona que egresa titulado de una Facultad de Derecho indudablemente tenía y tiene que ser firme, cabal, férrea, respetuosa, sin miedo.
Yo gozaba haciendo prevalecer mi calidad de defensor ante ciertos funcionarios arbitrarios, que por desgracia los hubo; los hay? Los habrán??? No hay duda. Y es que bajo mi estrella de oro prendida en mi solapa, con el número 1024 de la ilustre Orden del Callao, llevaba la coraza y un corazón donde mi sangre alborotaba esa formación recibida, que me dio alma de abogado; y contra esos malos funcionarios abusivos (policías, jueces, fiscales, alcaldes etc.) mi máquina hablaba por mí, cantando esos hermosos habeas corpus, o acciones de amparo y ó denunciándolos ante sus superiores con copias a diversasdependencias... Toda la «valentía», mejor diría, el esperpento y mente abusiva injusta, toda esa MATONERIA de quienes mal usan una función, que son jactanciosos y pendencieros y que desde su cargo procuran intimidar a los demás, hacía agua.
Cómo desfilaban después, por mi domicilio y o estudio jurídico, sus familiares, o terceros, pidiendo audiencia o clemencia en sus nombres. Así arreglaba los excesos, aunque después me tuvieran como enemigo y me desviaran los clientes hacia otros bufetes... No me importaba... Pero al final, la gente llegaba hasta nosotros al darse cuenta que estaban mal «orientados». A más maldad, mayor y mejor era mi fama. Hoy recuerdo a esos malos servidores y me sonrío; y me siento satisfecho de haber sido y actuado como actué; como también recuerdo a otros excelentes de los cuales gocé de su amistad sin comprometer el ejercicio de sus cargos y por su entrega a sus funciones, los vimos llegar alto. Ahora, con FO, estaba frente a una situación atípica. Yo, era consciente que este hecho tendría una diversidad de repercusiones, por eso no me expuse; y no permití que se produjeran, por el claro concepto y respeto que tenía y tengo de la honrosa profesión de abogado. Sabía que habían enemigos gratuitos que solapadamente esperaban que salga mal parado para exigir mi renuncia a la presidencia de la Asociación. Cuando escuchábamos lo que hablaba el Juez; lo que respondía a las peticiones que formulaba por intermedio del escribano, delineaba una estrategia de defensa. Pensé en el acta, lo que haría constar en ella, el pedido que formularía para que el juez resuelva en el acto etc. Pero esta vía la veía dilatada, porque tendría que apelar y entonces ese cuadernillo, en copia certificada tendría que elevarse a la Sala Civil de la Corte de Justicia del Callao y este trámite haría perder días; no era contundente. Decía, «tengo que eliminar al obtuso en el acto, hoy mismo. Tengo que generar hechos concretos, al tiro... Mucha gente ha sido testigo de este hecho planeado y pueden surgir opiniones malintencionadas que hicieran mermar mi reputación...» «Lo procesal no va a operar con inmediatez frente a lo que hemos visto...» Así que resolví lo siguiente : ¡ Quien lo puso- la Corte chalaca- que lo saque! .
Fue así, que opté por efectuar la llamada telefónica al Callao, como dije, y tuve suerte, pues encontré a la Presidenta. Regresé a mi estudio jurídico a recoger la cédula de notificación a fin de obtener una fotocopia, para llevarla al juzgado, pues de hecho se requería para el expedientillo que habría de formarse. Ante mi retiro del local del Juzgado, el Juez creyó que me había vencido; así interpretaba mi ausencia. Por otro lado, algunos periodistas pretendían entrevistarme. Nada les dije sobre la venida de la magistrada superior. Permanecí sólo en mi privado el tiempo necesario, y cuando lo creí conveniente salí con dirección al juzgado. Lo hice a pie, acompañado por gente de la prensa hablada y escrita, clientes y curiosos. Quienes veían este pequeño cortejo ignorando lo que en verdad ocurría, quizá pensaban que eran familiares de detenidos, y cuyos casos íbamos a atender. Así llegué al mercado, mejor dicho al Juzgado. Subí los escalones de la escalera que llevaba al segundo piso, donde se ubicaba el Juzgado, é ingresé al ambiente repleto de gente.
Al cabo de unos veinte minutos aparecieron tres personas, dos mujeres y un hombre. Una era la presidenta de la Corte, otra la secretaria y el varón era el chofer del auto de la presidencia , en que vinieron. Don Juanito, ya estaba caminando al encuentro de la comitiva y presto anunció al juez, su presencia. No sé qué conmoción se operó en la masa humana de aquél, que fungiendo de juez suplente, exhalaba un empacho de presunción, vanidad infundada, y ridícula; pero que en esa tarde creyéndose estar en una nube, estaba convertido en un ser falto de razón y de entendimiento.
Hubo un silencio jamás visto en Cañete en un juzgado. Todos querían escuchar lo que se hablaría adentro. A mí no me interesaba; pero presentía que en esa misma tarde se resolvería un asunto grave, que determinaría la permanencia o destitución de FO. En esa tarde un juez iba a ser sentenciado. En esa tarde se obtendría la síntesis de dos posiciones opuestas. Con la llamada telefónica, y la positiva respuesta de la magistrada, se estaba operando, en Cañete, un proceso de transformación en el que dos opuestos, la estupidez -tesis- y la cordura -antítesis- chocarían resolviéndose en un plano superior; sí porque la estupidez notable de un necio, jamás podrá vencer a quienes tienen juicio, a las personas que reflexionan antes de determinar; a las personas que estudiaron derecho el Derecho y que viven mirando y admirando su hermoso entorno, defendiendo apasionadamente la vida y el mundo jurídico y el sueño eterno de la humanidad: LA JUSTICIA.

LA DESTITUCION ERA EL FINAL...
A mi modo de ver, la destitución era el final.
Entre mí decía, la presidenta no puede obligar a FO que lleve a cabo la diligencia, porque ella sabe lo del respeto, de la autonomía de un juez, autonomía que, desde luego, se basa en el cumplimiento de la ley: la independencia; y si lo hace?, yo, haría prevalecer que : ya no era la hora. Yo me opondría, y en todo caso haría que se elaborase el acta que inicialmente solicité, y en donde, ahora, haría constar además la presencia de la magistrada y de la secretaria y los nuevos hechos. Desde luego que eso le comprometería sobremanera ante la Sala Plena y magistrados supremos; y ella lo sabía y por ende no lo aprobaría. Es decir se haría una chanfaina procesal con ilegales ingredientes...
Adentro se escuchaba un dictado a manera de susurros, tecleos, rasgados de papel y el golpe de un lapicero que se dejó caer en el escritorio. De hecho algunos corazones latían alterados.. La presidenta había dictado in situ una resolución de destitución con cargo de dar cuenta a la Corte, y el oficio de destitución de FO; y por medio de la secretaria le había hecho firmar la copia en señal de recepción...
De repente, FO apareció en el otro lado del Despacho, convertido ya en EX JUEZ SUPLENTE, causando sorpresa, sin mirar a nadie; y ante la vista de todos los presentes, del pueblo litigante, curiosos y chismosos, avanzó raudo, sin su clásico caminar; esta vez, en la última de su vida, por los pasillos de eso que se llamaba Juzgado. Abandonó el local con su mirada enterrada en el piso... Toda la concurrencia lo barrió de una mirada, de arriba abajo...Se iba compungido. Descolorido estaba el hombre. Su cara mostraba un estado de ánimo descompuesto... Se le notaba una evidente contracción de los labios; sus dientes, amarillos y desgastados estaban al descubierto, dando a su boca un aspecto con sonrisa forzada. No había dudas, su estado de ánimo era cadavérico; caminaba, pero era un difunto solitario, pues no había un pariente delante de él que presidiese el duelo; sus allegados, los abogados aduladores o ayayeros de nuestro personaje hicieron mutis, como la lechuza de mi relato «Makako», haciendo más penosa su situación; sólo la soledad le acompañaba, pues algunos dicen que ni su sombra quiso seguirlo... La presidenta por intermedio del secretario, me hizo pasar al interior, y con palabras suaves me hizo ver que su Despacho, jamás aceptaría que se limite la defensa que para ella era sagrada; y mucho más, que para ser magistrada no podía olvidar que primero fue abogada defensora; y que así como respetaba la profesión respetaba también el decoro de los letrados, de la magistratura, y otras cosas más. En pocas palabras me supo recordar el legado de mis maestros acerca del valor de un juez en un juzgado, el significado de la dignidad de un poder judicial como integrante de una sociedad jurídicamente organizada y lo que representa en un estado de derecho; aunque para los tránsfugas el ser juez les hace imitar la ceguera de la mujer que aparece con una venda en los ojos en el símbolo de la justicia, en un sentido autocrático, y por ende se desubica del contexto real; y por eso genera indignidad con sus actividades plagadas de inconsistencias, malogrando la imagen institucional, profundizando la malsana idea de que la actuación del poder judicial no es predecible ni confiable...
Elogió nuestra serena conducta asumida y por nuestro intermedio brindó un abrazo a los miembros de la orden y nos prometió la llegada del nuevo Juez Suplente en el día siguiente; como en efecto ocurrió.
La Asociación de Abogados de Cañete, por esa época, gozaba de mucho prestigio, tenía respetabilidad por su continuo hacer en la problemática judicial local y nacional; y en la defensa de los derechos de sus integrantes; creo que esto también pesó mucho en la toma de decisión de la magistrado de resolver personalmente esa crisis.
«Por lo demás, Ruiz Tovar se contaba entre los pocos abogados que pisaba los tribunales superiores y de la Suprema y en esos estrados supo hacer conocer el espíritu de defensa, y rectitud, que aún bullen en su ser; y sus intervenciones hicieron sonar el nombre de Cañete, asociado a lo legal.
Cómo olvidar por ejemplo ese especial caso a favor de los 11 agricultores de la Cooperativa agraria de SOCSI...» supo decir un periodista radial de la localidad, tiempo después en que recordó esto que llega a ustedes como una anécdota para templar las fibras de mis colegas que día, a día se integran al mundo de la defensa.
Esta remembranza, que aparece como un relato, quizá para unos pueda oler a jactancia, pero no me importa que así lo huelan; ni es tal cosa, ni mucho menos vanidad; es una de las tantas anécdotas que forman parte de mis vivencias como hombre del foro de Cañete PERU; y las imprimo para que quienes me siguen en ese hermoso trajinar de la defensa se estimulen a trabajar y alcanzar esa alma de la toga, no imitándome, sino siendo cada cual el defensor, que su amor propio, su moral personal le pueda impulsar, el que espera la Patria, más allá del abogado de la simple causa. Para que actúen sabiendo quiénes son ante un despacho público; y ante cualquier arbitrariedad hagan prevalecer la autoridad que les da la Constitución y las leyes; y para que en su actuación hagan recordar a quien funge de funcionario, que es un SERVIDOR, y no dueño de un servicio público; para hacerles ver que ser funcionario público, un servidor público, es lo más honroso que puede tener un ciudadano de una república, pues desde ese sillón sirve a la nación; que su labor es patriótica; pero, que ese poder no es para defenestrar los derechos ciudadanos ni mucho menos para aprovecharse del poder; y si muchos no lo saben que lean a Pedro Patrón Faura; y para que sepan o recuerden que su paga lo hace el pueblo, con sus impuestos.
Ese defensor con ese perfil, demostrará que frente a un poder transitorio hay otro más fuerte, más vigoroso que ese poder vicioso del que mal interpreta el valor del servicio público. Contra esa lacra hay que arremeter. No hay que permitirles que desarrollen sus pasiones por el dominio tanto de personas como de la institución para fines incorrectos. Pero, examinando nuestra caminar, porque son tantas las circunstancias en que sin darnos cuenta podemos sustituir el verdadero poder de la toga que tenemos y debemos emplear; y por las formas y matices sensuales de cómo se mal usa y manipula el poder, sin más ni más, podemos caer en la red.
Sin soberbia, sin orgullo, pero firmes, en y con completa libertad, actuando con el poder que nos da la ley, y el conocimiento cabal de los estatutos, los reglamentos, los procedimientos. Actuando dentro de esos marcos, resplandecerá vuestra autoridad, el poder de que estamos investidos los abogados.
Fue lo cierto y real; y la verdad contada es digna aunque a los enemigos que pululan en los sótanos les duela. Esta anécdota sale al tapete para que quienes nos lean reflexionen sobre la necesidad de rescatar todo lo hermoso y bello que nos enseñaron, y enseñan los maestros, en las cuatro paredes de las aulas de las Facultades de Derecho; y sobre todo como un mensaje a los estudiantes que se están formando en las facultades de Derecho, particularmente, en las provincias.
Las ideas expuestas, van como semillas de amor; al igual que las que esparcen sus maestros, en sus mentes, en sus espíritus y corazones. Van también para los abogados en potencia que se forman en Cañete, mi tierra adorada. Estoy seguro que allí fructificará un ramillete de seres con visión y acción nueva, diferente; y demostrarán al Perú que aunque no se esté en un edificio como el de la U de Lima, Harvard o Wisconsin, es el estudiante quien da brillo y dignifica a su alma mater; pues se sabe que el abogado nace y se hace cuando sus estudios los realiza con seriedad, dedicación, sacrificio y amor; con ética de estudiante en pos de un ejercicio profesional idóneo, sin temor, ajustándose a ley y a derecho, siempre; y con maneras equilibradas, y versación. Yo no sé si es verdad que hoy «cualquiera», con el perdón de ciertos lectores letrados, puede tener un título de abogado, pero, esta afirmación se escucha por doquier, y esto me duele… Esto se expresa sin ningún ánimo de afrenta; pero sí como un reto, un desafío a quienes quizá puedan dar más y mejor en su ejercicio. No olvidar que Cañete es foco de lanzamiento de magistrados hacia niveles superiores y a la Suprema; a fortiori, también debe ser, manantial de hermosos ejemplares, amantes del derecho y la justicia, que con libertad y honestidad profesional hagan brillar sus pensamientos en el firmamento jurídico y de la justicia fuera de las fronteras de la provincia. Siempre dije que el estudiante que obtiene un titulo «pasado por agua caliente» se convierte en un timorato, o sea tímido, indeciso, encogido; por ello actúa con moral de doble filo y se entrega a la causa de la profesión postrándose ante venales, que fungen de funcionarios, o forman las camarillas para urdir las tramas que evidencian los hilos con los que se tejen las redes de la corrupción; es triste decirlo, pero así es. Por ello, al existir tan importantes instituciones que tienen que ver con el mundo del Derecho y la justicia, en nuestra provincia, es de esperar se ensanche el camino de un mejor orden a favor de una sociedad anhelante de justicia oportuna bajo la garantía de un debido proceso. Charlas, conferencias, mesas redondas, investigaciones, discusio-nes de casos, grupos de estudios, consultorios jurídicos gratuitos, clínicas jurídicas que funcionen con espíritu profesional, convenciones, congresos nacionales e internacionales etc., debieran ser los ejes dinámicos de este accionar.
Algunos considerarán que es imposible que esto se plasme en Cañete; yo, digo que: SI SE PUEDE;pero, para ello, HAY QUE ECHARLE GANAS, y haciendo nuestro lo que dijo Eduardo J. Couture:
Ten fe en el derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia como destino normal del Derecho; En la paz, como el substituto bondadoso de la justicia Y sobre todo ten fe en la libertad sin la cual no hay Derecho, ni justicia, ni paz»

OTROSI DIGO
Al respecto, la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Silvia Consuelo Rueda Fernández, está impulsando, en su representada, una conducta nueva; y estimulando a que se cumpla lo que dijo en su discurso de apertura del presente año en cuanto a que el juez no debe torcer el derecho, y otros fundamentos más. Silenciosamente está generando un positivo quehacer judicial y creo que hay en Cañete, un nuevo amanecer.
Se convertirá el Distrito Judicial de Cañete, en el paradigma jurisdiccional de PERU?
Lo mismo, digna de reconocimiento es la labor de Juan Vergara Gotelli de hacer del Tribunal Constitucional, que preside, un ente guardián de la democracia y del Estado de Derecho en el Perú, sin someterse a poder ni autoridad alguna del Estado, salvo a la CONSTITUCION.
Y se percibe ya, que lo propio hará la juez americana Sonia Sotomayor, la primera latina lista a ocupar el máximo cargo jurisdiccional en el país más poderoso del mundo AL RATIFICAR LO EXPRESADO FRENTE A LA COMISION DE JUSTICIA DEL SENADO: su fidelidad a la ley en cada uno de sus actos jurisdiccionales.
Julio 26 del 2009
Verano Wisconsin EUU.

Nota:
El autor, tuvo el privilegio de ser Presidente de la Ex Asociación de Abogados de Cañete Perú, por varios períodos; y fue impulsor prominente del actual Colegio de Abogados de dicha localidad. Igualmente tuvo el honor de desempeñar la judicatura agraria y civil en calidad de Suplente en Cañete, cargos a los que supo honrar.
No está en Cañete, pero su corazón, sigue preocupado, por el bienestar y fortalecimiento de las instituciones de su patria.
Nuestra ventana virtual publica esta anécdota matizada con figuras literarias, ad portas del Día del Juez en Perú, por sus profundas reflexiones que inciden en la actividad profesional difícil, grata y hermosa que es la defensa legal y jurisdiccional; y porque estamos seguros que a más de un lector inmerso en el mundo jurídico le hará reflexionar.
JUDICIALES

EDICTO PENAL
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO PENAL DE CAÑETE
Expediente N°: 2008-0203. Sec.: Kuan
El Juez del Primer Juzgado Penal de Cañete: ha dispuesto publicar al inculpado Tony Gonzáles Advincula, la parte resolutiva de la Res. de fecha 08-04-2009, derivada de la Excepción de Naturaleza de Acción en el proceso seguido a dicho sujeto procesal, por delito contra los Derechos Intelectuales – Derechos de Autor - en Agravio de Aristocrat Tecnologies Inc.
«Cañete, ocho de abril del dos mil nueve.- De conformidad a lo dictaminado por la representante del Ministerio Público de fojas doscientos quince a doscientos dieciséis; y considerando….. El Primer Juzgado Especializado en lo Penal de Cañete, RESUELVE: DECLARAR INFUNDADA La Excepción de Naturaleza de Acción, promovida por el procesado Tonny Gonzáles Advincula, en la instrucción que se le sigue por el delito contra los derechos intelectuales – Derechos de Autor – en agravio de Aristocrat Tecnologies Inc.; MANDO: Que consentida y/o ejecutoriada que sea la presente resolución, se archiven los actuados en su oportunidad, debiendo de continuarse el proceso según su estado. Notificándose a los sujetos de la resolución procesal; con conocimiento de la representante del Ministerio Público». Fdo.Ascencio:Juez; Secretario: Kuan.
Cañete: 08-07-2009.

EDICTO FAMILIA
EXP.2006-1177.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez FLORES; ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN.N°01, fecha: 28.12.2006: RESUELVE: ADMITIR la Demanda contra ABELARDO MASCCO MEZA, sobre Violencia Familiar; Agraviada: EDITH MORALES ROMERO, RESOLUCION.N°12, fecha: 22-06-2009; NOTIFICAR mediante EDICTOS a la agraviada.-Fdo.Secretario: Claudia.
Cañete 21.07.2009.

EDICTO FAMILIA
EXP. N° 2009-431, Dte: Ministerio. Ddo. Juan Santos Lopes Sosa. Agrav. Editada Arancibia Lazaro y otro. Mat. Violencia familiar; por ante el Primer Juzgado Especializado de Familia- Cañete, la señorita Juez ha dictado la siguiente resolución que se transcribe:
Resolución N° 01, de fecha 28 de Mayo del 2009, 1º) ADMITIR la presente demanda interpuesta por el Representante del MINISTERIO PUBLICO contra JUAN SANTOS LOPES SOSA sobre VIOLENCIA FAMILIAR, Maltrato Psicológico, en agravio de EDIGADA ARANCIBIA LAZARO Y DE SU MENOR HIJO LUIS ALBERTO LOPES ARANCIBIA, REPRESENTADO POR SU SEÑORA MADRE EDIGADA ARANCIBIA LAZARO, en consecuencia tramítese conforme a las pautas del proceso UNICO; Córrase TRASLADO al presunto autor JUAN SANTOS LOPES SOSA, por el término perentorio de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de tenerse por contestada la demanda en su rebeldía, debiendo el demandado pronunciarse respecto de cada uno de los hechos alegados que se le imputan en la demanda, el silencio, la respuesta evasiva o la negativa genérica puede ser apreciados por el Juzgador como conocimiento de la verdad, debiendo el demandado una vez recibida la notificación, deberá apersonarse al Local del Juzgado dentro del TERCER día de notificado, a efecto de que tome conocimiento de la demanda y anexos, debiendo adjuntar el comprobante del Arancel Judicial por concepto de copia simple del Atestado Policial y Denuncia del Ministerio Público que deberá abonar ante el Banco de la Nación. Téngase por ofrecidos los medios probatorios, los mismos que se actuaran en la etapa correspondiente, agregándose a los autos los anexos que se acompañan. 2º) ORDENO: como MEDIDA DE PROTECCION que el demandado JUAN SANTOS LOPES SOSA se abstengan de todo tipo de Violencia familiar – Maltratos físicos y/o psicológicos, en agravio de EDIGADA ARANCIBIA LAZARO Y DE SU MENOR HIJO LUIS ALBERTO LOPES ARANCIBIA, REPRESENTADO POR SU SEÑORA MADRE EDIGADA ARANCIBIA LAZARO; BAJO APERCIBIMIENTO DE ORDENARSE SU DETENCION POR VEINTICUATRO HORAS. OFICIÁNDOSE a la Autoridad Policial sobre la medida adoptada y para que preste las Garantías y Auxilio del caso a la citada Agraviada. Y de conformidad con el artículo 165° del Código Procesal Civil, NOTIFÍQUESE al demandado Juan Santos Lopes Sosa mediante EDICTOS, bajo apercibimiento de NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL; y para tal fin cumpla la Secretaria cursora con elaborar los edictos correspondientes; y OFÍCIESE a la Administración de ésta Corte Superior de Justicia, a efectos de que proceda a la publicación de los edictos ordenados en autos en el diario Oficial «El Peruano» y en el diario local de ésta ciudad «Al Día Con Matices». Notificándose y Oficiándose.Fdo. Juez. Maria G. Garnica Pinazo- Sec. Jovanna Hernández Vásquez.-

EMAPA CAÑETE S.A.

CONVOCATORIA A JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

El Presidente del Directorio de EMAPA CAÑETE S.A., convoca a la Junta Extraordinaria de Accionistas, de conformidad con sus Estatutos; a llevarse a cabo el día jueves 13 de Agosto del presente año, en el Salón de Actos de la Municipalidad Provincial de Cañete, ubicado en el Jr. Francisco Bolognesi Nº 250 – San Vicente.
Primera Citación: 09:00 a.m. Segunda Citación: 09:30 a.m.

AGENDA:
1.- Ratificación del Director propuesto por el Gobierno Regional de Lima.
2.- Informe de la Prestación del Servicio: Cobertura de Agua, Cobertura de Alcantarillado, Continuidad del Servicio de Agua Potable.
3.- Informe de Recursos Humanos: Despidos y Contrataciones, Convocatoria y Selección de Gerente General, Clima Organizacional, Incidencia de Gastos de Personal en la estructura de Costos.
4.- Informe del Estado de las obras financiadas por FORSUR: Nivel de avance físico, nivel de avance financiero, incidencias registradas en la supervisión de obras, plazo de culminación.
5.- Informe del Estado Situacional del Pozo Nº 3, y de la donación de los equipos eléctricos y de bombeo de parte de GTZ.
6.- Otros a tratar.

Cañete, 31 de Julio del 2009.

CPC Erly Roberto Lázaro Vicente
Presidente del Directorio
EMAPA CAÑETE S.A.

01 agosto 2009

3 EX GERENTES INVESTIGADOS POR IRREGULARIDADES EN EMAPA

Los ex gerentes de Emapa Cañete, María del Carmen Quevedo Caiña; Russell Alberto Flores Lozano y Enrique Porfirio Loyola Arias, se encuentran comprendidos en las observaciones realizadas por el Organo de Control Institucional de la entidad referente a la elaboración y entrega para ejecución de los proyectos «Rehabilitación de Redes de Agua y Desagüe y Reconexiones Domiciliarias de San Vicente» que hasta la fecha mantienen a las calles de la ciudad en un completo desastre.
Mediante informe Nº 001-2009-2-3828 se califica el actuar de tales funcionarios como negligente y deficiente al inobservar la normativa vigente para las Contrataciones y Adquisiciones del Estado, incurriendo en Responsabilidad Administrativa Funcional.
A uno de los citados se le responsabi-liza por ejemplo de haber hecho oidos sordos de las advertencias realizadas por los postores, e incluso de la propia cabeza del Presidente del Comité Especial encargado de otorgar la buena pro de los citados proyectos, en el hecho que los costos de los mismos eran deficientes lo que finalmente fue corrobarado y tuvo consecuencias como el incumplimiento de las metas y plazos previstos. Resultado: Cañete hasta ahora parece zona de guerra. (De: Cañetehoy)
POBLADORES DEL ANEXO SAN JUAN DE MALA Y EMAPA CAÑETE FIRMAN CONVENIO PARA ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO

Agradecidos... así se mostraron los pobladores del Anexo San Juan del distrito de Mala, luego de firmar el convenio que permitirá la elaboración del expediente técnico que facilitará la construcción del sistema de agua potable y alcantarillado que beneficiará a más de 500 familias que en la actualidad no cuentan con estos servicios básicos.
Olinda Campusano Vásquez, en calidad de Presidenta del Anexo San Juan, estampó su firma en el convenio que compromete a la empresa Emapa Cañete, la elaboración del expediente técnico para la construcción del sistema de agua potable y alcantarillado del anexo San Juan I,II y III etapa ampliaciones, Buenos Aires, y Cerro La Libertad de la Comunidad Campesina de Mala.
En la actualidad, los pobladores del Anexo San Juan se abastecen del agua mediante el camión cisterna de Emapa Cañete; esa realidad cambiará muy pronto, ya que cuando se culminen los trabajos contarán con diez horas continuas de servicio.
«Gracias a Emapa Cañete por escucharnos, después de 14 años por fin se hará realidad nuestros sueños y muy pronto podremos contar con el servicio de agua potable», expresó muy emocionada Olinda Campusano, en representación de los pobladores de San Juan.
«El agua es un servicio primordial, y en la empresa estamos para atenderlos» señaló por su parte el Ing. José Delgado Fernández, Gerente General de Emapa Cañete quien puntualizó además que dentro de 20 días se verán los primeros avances de los trabajos.
SANTA ADELA, CELEBRA SUS «BODAS DE PLATA» DE LA FESTIVIDAD DE SU SANTA PATRONA...

NUEVO IMPERIAL.- Con salva de 21 camaretazos, en horas de la madrugada de hoy, se inició la celebración de la festividad patronal de la Santísima Virgen del Carmen del fundo Santa Adela de esta localidad, que este año conmemora sus «bodas de plata». «Son 25 años de tradición, y no lo podemos pasar así nomás, sino tenemos un programa especial para esta fecha», expresó el presidente de la Comisión de Fiestas, Leonardo Ramos Ponce.
Precisan que desde muy temprano se realizarán diferentes actividades como competencia ciclística, fulbito, compar-sas, show musical, inauguración de obras, misa de víspera y otros.
En horas de la noche se llevará a cabo la serenata con la presencia de artistas de la localidad, Aunténticos, Arturito Junior, Duo Magisterial, Los Mariachis y la presentación estelar de Los Hermanos Castro de Mala.
Como en las grandes solemnidades y para presentar un artista de nivel internacional, tiene que haber otro similar, motivo por el cual ha sido contratado ventajosamente, el maestro de ceremonias Mario Secundino Moreno Ramírez, el popular «Cuco».
A la medianoche se quemará un hermoso castillo de cuerpos. Las actividades continuarán mañana, fecha central con diferentes actividades, sociales, culturales y religiosas.
Los miembros de la Comisión de Fiesta, además de su presidente antes mencionado, conforman: Raúl Candela Ojeda, Juan Carlos Yupán Peña, Javier Sánchez Sánchez, Wilfredo Espinoza Carbonero, Elías Cárdenas Ojeda, Moisés Sánchez García y Carmen Candela Ojeda.
INTENSA ACTIVIDAD POLICIAL EN LOS ULTIMOS DIAS DEL MES DE JULIO...

Detienen a personas implicadas en el Delito contra el Patrimonio – Hurto agravado de material no metálico en grado de tentativa, ocurrido en Cerro Azul
El pasado 30 de Julio, a las 14.00 horas aproximadamente, personal PNP de la Comisaría de Cerro Azul, dio cuenta sobre la denuncia efectuada por la persona de Richard Fernando PAREJA GUZMAN (41) en su condición de Representante de la Empresa No Metálica «GIGIA» quien posee la concesión para la explotación de mineral no metálico (piedras de canto rodado) en la zona de playa del sector denominado Puente Tabla, a fin de denunciar la comisión del presunto delito contra el Patrimonio – hurto agravado de aproximadamente 08 toneladas de mineral no metálico, valorizado en mil doscientos nuevos soles, por parte de tres sujetos varones.
Personal de dicha Sub-Unidad policial, al realizar un operativo en forma inmediata, logró intervenir en comisión flagrante a las personas de Felipe ARIAS LA MADRID (61) Luis Javier CACERES PEVES (31) y Armando Freddy CACERES PEVES (29) en circunstancias que sustraían material no metálico siendo conducido a la dependencia policial por su implicancia en el delito contra el patrimonio, en coordinación con el representante del Ministerio Público de Cañete, quien dispuso la detención hasta el esclarecimiento del hecho denunciado.
Se ejecuta Operativo Policial «Control de Tránsito» con la vigencia del DS. Nº 017-2009-MTC

OPERATIVO CONTROL DE TRANSITO...
El mismo 30 de Julio, a las 09.00 horas aproximadamente personal PNP del Departamento de Tránsito de esta DIVPOL-Cañete, puso en ejecución el Operativo Policial «Control de Tránsito» en el Distrito de San Vicente, de conformidad a la entrada en vigencia del DS. Nº 017-2009-MTC Reglamento de Administración de Transporte, en coordinación con los inspectores de Transporte de la Municipalidad Provincial de Cañete, con la finalidad de erradicar la informalidad en el transporte público de pasajeros, en el Jr. O´Higgins con la Carretera Panamericana Sur.
Constituido a dicho lugar se constató un ambiente diseñado para pasajeros en espera, lo cual carece de autorización asimismo se ubicó al vehículo de placa LGU-602 en cuyo interior se encontraban pasajeros con dirección a la ciudad de Lima, verificándose que el conductor de dicho vehículo carecía de la documentación pertinente para efectuar el servicio de transporte público de pasajeros, razón por la cual dicho vehículo fue internado en el Depósito Municipal Vehicular de San Vicente; asimismo se dio el siguiente resultado:
Vehículos mayores intervenidos: 51, vehículos menores intervenidos: 24, papeletas impuestas: 19, Actas impuestas: 06, vehículos mayores al DMV: 01.

Capturan a requisitoriados por diversos delitos en San Vicente como resultado del Operativo Policial «RETEN-20009»
El mismo 30de Julio, a las 21.00 horas aproximadamente personal PNP de la Comisaría de San Vicente, puso en ejecución el Operativo Policial «RETEN 2009», por las diferentes arterias de esa localidad, con el siguiente resultado de personas y vehículos intervenidas con resultado positivo para REQUISITORIAS:
RAFAEL PACHAS AVALOS (34) solicitado por el 3er. Juzgado Penal de Chincha por el Delito contra la Libertad de denuncia la comisión del presunto delito contra la Libertad Sexual – Violación de la libertad sexual.
EDWIN HUMBERTO DELGADO CLAUX (24) solicitado por el 3er, Juzgado Penal de Cañete, por delito de denuncia calumniosa .
Vehículo automóvil de placa DH-2235 conducido por José Ramón CONDORI LUQUE, solicitado por la Comisaría de Canto Rey, motivo Contra el Patrimonio de fecha 19JUL09.
Vehículo automóvil marca toyota de placa BGD-653 conducido por Freddy César CAMACHO RODRIGUEZ solicitado por el SAT motivo municipal.

Capturan a personas por encontrase requisitoriado en el Distrito de Mala
En la misma fecha, a las 20.00 horas aproximadamente, personal PNP de la Comisaría de Mala, dan cuenta sobre el resultado del Operativo Policial RETEN 2009, donde lograron la intervención del ciudadano Lowel Hildebrando CHUQUIZUTA HUAPAYA (41) el mismo que conducía el vehículo combi de placa QQ-6142 quien luego de solicitar al sistema DATAPOL de la PNP se obtuvo resultado positivo con orden de captura, por el delito de falsificación de documentos en general solicitado por el 2do Juzgado de Instrucción/Juzgado Penal de Lima; siendo puesto a disposición de la autoridad judicial competente para las acciones pertinentes.
Asimismo, se intervino a la persona de Raúl TRUJILLO HUAMAN (31) el mismo que conducía el vehículo camión de placa XG-4142 quien luego de solicitar al sistema DATAPOL de la PNP se obtuvo resultado positivo con orden de captura, por el delito de Peligro Común solicitado por el Juzgado Mixto de Urcos - Cuzco; siendo puesto a disposición de la autoridad judicial competente para las acciones pertinentes.

Accidente de tránsito deja un muerto en Imperial
El mismo día, a las 20.45 horas aproximadamente personal PNP de la Comisaría de Imperial, dan cuenta sobre un accidente de tránsito (choque por alcance) en la carretera Imperial – Quilmaná, altura del Fundo Rotondo entre los vehículos de placa PQK-026 de propiedad de Caritas del Perú conducido por el Sacerdote Marco Martínez Ruiz (39) y el otro vehículo menor no motorizado (carreta jalada por 04 acémilas) conducido por Gregoria ALFARO HUAMANCULLI (52). Según las investigaciones preliminares, el accidente de tránsito se habría producido cuando la camioneta de placa PQK-026 circulaba de Sur a Norte y estando a la altura del Fundo Rotondo, impactó con la parte anterior lado izquierdo de la carreta, quien durante el impacto originó que la conductora de la carreta caiga al pavimento y se produzca lesiones graves de necesidad mortal, siendo auxiliado de inmediato al centro de salud de Imperial, donde la Dra. Patricia LEONA CHACON diagnosticó «llegó cadáver». Se investiga.

SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO PENAL DE CAÑETE
Expediente Nº 2008-1000-O-0801-JR-PE-2.
Secretario: Daniel Alexander Soto Borjas.
Acción: HABEAS CORPUS.
A Favor de JUAN DOMINGO VERA ARANA.
Contra: FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL DRA. ELIZABETH VADILLO LEAÑO.
SENTENCIA Nº 60.-
Cañete, veintiuno de mayo del dos mil nueve
VISTOS: Puesto en despacho el Proceso Constitucional de Habeas Corpus promovida por Ángel Luis Rodríguez Díaz, mediante recurso de folios uno a trece, a favor de Juan Domingo Vera Arana, en contra de la FISCAL DE LA SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL Dra. Elizabeth Vadillo Leaño, por lo que habiendo recibido la contestación efectuada por el Procurador Público de los Asuntos Judiciales del Ministerio Público y las copias certificadas requeridas, ha llegado el momento que el Juez Constitucional resuelva la presente demanda constitucional.

ANTECEDENTES:
Conforme de observa de la propia demanda constitucional, se tendría como antecedente el Exp. Nro.1010-2005, el mismo que gira ante este Juzgado Penal, seguido contra Jesús Alfonso Chumpitaz Vásquez y otros, por delito contra el Patrimonio – Usurpación Agravada, en agravio de la Asociación de Agricultores Los Ángeles de Quilmaná y otra investigación preliminar ordenada por la representante del Ministerio Público demandada. Es en dichas circunstancias que se plantea la presente acción.
ARGUMENTOS DE LA ACCIÓN DE HABEAS CORPUS:
La acción de Garantía Constitucional de Habeas Corpus, planteada por demanda de folios uno a trece, se sustenta en que denuncia como acto lesivo que causa agravio inconstitucional al favorecido, el «avocamiento indebido» sobre un hecho que se encuentra judicializado ante el Segundo Juzgado Penal de Cañete y constituyen la expresión pura de la arbitrariedad en el ejercicio de atribuciones que han sido conferidas constitucional y legalmente. El acto de arbitrariedad se expresa con la expedición de la Resolución del cinco de setiembre del dos mil ocho, que la Fiscal Provincial demandada decidió autorizar investigación policial contra el favorecido –delegando para dichos efectos a la DEPICAJ-, por presuntos hechos delictivos cometidos el primero de octubre del dos mil cinco en el sector denominado Pampas Los Ángeles de Quilmaná – Distrito de Quilmaná, pese a tener pleno conocimiento que por dicho hecho ya es sometido a instrucción judicial ante el Segundo Juzgado Penal de Cañete, Expediente Nro.1010-2005. Se fundamenta la misma entre otros en que la resolución expedida por la demandada transgrede el derecho a la interdicción del avocamiento indebido, previsto por el inciso 2 del artículo 139 de la Carta Fundamental, pues viene asumiendo investigación sobre hechos que se encuentran pendientes de resolver ante el Segundo Juzgado Penal de Cañete en la instrucción 1010-2005, que mas allá de provenir de una Fiscal que tiene conocimiento de la instrucción 1010-2005, al ser parte en el proceso, tanto en la investigación como haber formulado acusación, demuestra ausencia de respeto al derecho al debido proceso, trasgrede el derecho a la interdicción del ne bis in idem, solicitando la nulidad total de la resolución Fiscal del cinco de septiembre del dos mil ocho y abstenerse de seguir cometiendo avocamiento indebido.
No se ha recibido el dicho del favorecido.

ARGUMENTOS DE LA PARTE ACCIONADA:
Por otro lado no se ha verificado la toma de dicho de la Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Dra. Elizabeth Vadillo Leaño, sin embargo obra en autos un escrito de la demandada ejerciendo su derecho de defensa, a folios doscientos nueve, solicitando se declare improcedente, señalando que si bien es cierto que el accionante no ha precisado la identificación de la investigación preliminar que sería la misma que ya se encuentra a nivel judicial, también es cierto, que el accionante de haber sido notificado, citado o tomado conocimiento que se tratarían de los mismos tiene la opción de hacerlo conocer en dicha investigación preliminar, de esta manera la defensa colaboraría con el esclarecimiento de los hechos, no teniendo a la fecha conocimiento la suscrita de que investigación preliminar se trataría, atendiendo al número de denuncias que ingresa en forma mensual y de la existencia de varios procesos judiciales, por lo que se requeriría el informe al respecto, no habiendo aportado ningún otro dato relevante solo la fecha en que presuntamente ocurrieron los hechos, debiendo tener en cuenta que el área materia de cuestionamiento según la copia que se adjunta sería mayor a mil hectáreas, por lo que se verificará si se trataría de los mismos hechos no solo por ser de la misma fecha sino por las mismas partes y de una misma área o zona.
A folios doscientos noventa y uno a trescientos, se tiene la contestación a la demanda, efectuada por el Procurador Público de los Asuntos Judiciales del Ministerio Público, señalando que la demanda resulta improcedente, ya que no se está investigando los mismos hechos, por lo que no se vulnera el principio ne bis in idem, que no existe amenaza de la Libertad Individual, ya que las actuaciones del Ministerio Público son postulatorias y en ningún caso decisorias, pues es la Judicatura la que resuelve, dicho en otras palabras el Ministerio Público no tiene facultades para coactar la libertad individual, habiendo actuado de acuerdo a sus atribuciones conferidas por la Constitución la Ley Orgánica del Ministerio Público.
Asimismo, se ha agregado a actuados las copias certificadas pertinentes de los actuados en el expediente 2005-1010, seguida contra Juan Domingo Arana Vera y otros, por el delito de Usurpación Agravada, en agravio de la Asociación de Agricultores Los Ángeles de Quilmana, ante el Segundo Juzgado Penal de Cañete, los que aparece de folios doscientos veintinueve a doscientos setenta y ocho, agregadas por el cursor de dicho proceso, y las copias certificadas de los actuados preliminares seguida contra Segundo Manuel Sánchez Paredes y otros, por el delito contra el Patrimonio – Usurpación y Daños en agravio de Luis Fernando Velarde Barrantes y otros, de folios doscientos ochenta a doscientos ochenta y siete, remitidos por la Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial de Cañete.

FUNDAMENTOS DEL JUEZ CONSTITUCIONAL:
PRIMERO: Conforme es de verse del escrito que plantea la Acción de Habeas Corpus, esta se encuentra fundamentada en que al haberse expedido la Resolución del cinco de septiembre del dos mil ocho, la Fiscal Provincial decidió autorizar la investigación policial contra el favorecido, delegando para dichos efectos a la DEPICAJ (Policía), por presuntos hechos delictivos cometidos del primero de octubre del dos mil cinco en el sector denominado Pampas Los Ángeles de Quilmaná – Distrito de Quilmaná, pese a tener pleno conocimiento que por dicho hecho ya es sometido a instrucción judicial ante el Segundo Juzgado Penal de Cañete, Expediente Nro.1010-2005. Incurriendo en avocamiento indebido y vulneración al ne bis in idem.

SEGUNDO: Que, de las copias agregadas, se advierte de folios doscientos treinta y dos y siguientes, que ante el Segundo Juzgado Penal de Cañete, se sigue instrucción contra el favorecido Juan Domingo Vera Arana y otros, por el delito contra el patrimonio – Usurpación agravada, en agravio de la Asociación de Agricultores Los Ángeles de Quilmaná, imputándose a los procesados haber ingresado en forma violenta y con amenaza con un grupo indeterminado de personas al sector denominado Pampas Los Ángeles de Quilmaná, hechos ocurridos entre otros el día primero de octubre del año dos mil cinco, encontrándose la misma en trámite, pendiente de sentencia.

TERCERO: Que, si bien conforme lo señala el demandante la Fiscal Provincial demandada, mediante resolución Fiscal de fecha cinco de septiembre del dos mil cinco, habría ordenado a la Policía – DEPICAJ abrir investigación preliminar, por hechos cometidos el mismo día primero de octubre del dos mil cinco en el sector denominados Pampas Los Ángeles de Quilmaná, pese a la existencia de que ello ya se ha sometido a investigación judicial ante el Segundo Juzgado Penal de Cañete (Expediente 1010-2005), (Aún el accionante no haya acompañado las copias pertinentes a efectos de precisar de que investigación preliminar se está refiriendo), empero, la investigación preliminar constituye una atribución del representante del Ministerio Público, cuya finalidad entre otras es la recabar indicios o elementos de juicio suficientes de la existencia de un delito, que amerite la formalización de denuncia ante el Poder Judicial, o la existencia de otras causas que impidan la promoción de la acción penal, atribución que nace en la norma fundamental correspondiéndole conducir desde un inicio la investigación del delito, y estando la Policía obligada a cumplir sus mandatos(Artículo 159 inciso 4 de la Constitución), empero, dentro de dicha función, no escapa de sus atribuciones que se haya sometido a su conocimiento o se haya denunciado, hechos que en la practica puedan implicar la existencia, ya de una investigación por los mismos hechos, o que la misma ya se encuentre en sede judicial, empero, tratándose que la investigación previa, en éste caso la investigación preliminar, también mediante ella, se puede llegar a dicha conclusión, para cuyo efecto, las partes tienen los recursos de ley, en ejercicio de su derecho a defensa, hacerlo saber, a efectos de se corte un proceso, si en ella se presenta casos como el que alega el accionante, mas aún que dicho Ministerio está obligado y en la practica está frente a múltiples denuncias, que puedan escapar a dicho control, y es durante la investigación previa, es donde se debe determinar si se presentan esos casos, mas aún que aún se tratará de los mismos hechos, ocurridos en la misma fecha, queda la circunstancia de poder descartar o presentarse si además si las partes agraviadas se consideran las mismas, tratándose de un delito de usurpación, que podría darse el caso de que ésta aún en el mismo lugar, se denuncie por bienes usurpados en distinta ubicación o no comprendidos en la denuncia anterior, y que razonablemente es comprensible puedan ser demostradas o determinadas en plena investigación preliminar.

CUARTO: Que, concordante a ello, se aprecia de las copias certificadas de folios doscientos ochenta a doscientos ochenta y siete, remitidas por la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Cañete, se tiene la resolución de fecha tres de febrero del dos mil nueve, por el cual la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Cañete, frente a una denuncia presentada por Luis Fernando Velarde Barrantes, Laura Barrantes de Velarde y Laura Isabel Velarde Barrantes contra Segundo Manuel Sánchez Paredes, Jesús Alfonso Chumpitaz Vásquez y Juan Domingo Vera Arana por el delito contra el Patrimonio – Usurpación y Daños, ha resuelto declarar No ha lugar a formular denuncia penal, contra los denunciados, entre otros contra el accionante, fundamentándola entre otros que de la denuncia de parte presentada son por hechos ocurridos el primero de octubre del dos mil cinco en terrenos de la Asociación de Agricultores Los Ángeles de Quilmana de mil treinta y cuatro hectáreas, de otro lado, se aprecia del expediente mil diez guion dos mil cinco seguida por la Asociación de Agricultores Los ángeles de Quilmaná contra Juan Domingo Vera Arana y otros, por el delito de usurpación agravada en la que se llevó una inspección judicial en el lugar materia de litis el cual cuenta con un área de mil treinta y cuatro hectáreas, del que se infiere que se trataría de los mismos hechos que se vienen investigando a nivel judicial, por lo refiriendo la independencia en el ejercicio jurisdiccional que prohíbe avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones, no formalizo denuncia, advirtiendo en dicho estado lo que el interponiente cuestiona, asimismo se tiene la resolución de fecha dos de marzo del dos mil nueve, por el cual frente a una queja de derecho interpuesta por la parte agraviada, el Fiscal Superior de Cañete declara Infundada la misma, por fundamentos similares y precisando que en todo caso los probables agraviados no es en dicha sede que puedan reclamar sus derechos.

QUINTO: De lo expuesto y agregando a lo señalado en el considerando tercero, no se aprecia vulneración al avocamiento indebido y al principio no bis in idem denunciado por el accionante, mas aún que su parte tomado conocimiento de ello, en sede Fiscal tuvo todos los recursos correspondientes para hacerlo saber y determinarse en todo caso, si es que se trataba de los mismos hechos, hacerlo saber, y no reclamar a priori dicha vulneración, además que tomado conocimiento de ello, pese a que las partes propiamente no eran en su totalidad las mismas, ni los agraviados comprendidos en la instrucción o proceso judicial señalado eran en su totalidad las mismas, además que la representante del Ministerio Público no ha formalizado denuncia ante el Poder Judicial, es decir no ha denunciado otra vez por dichos hechos, no existiendo a nivel judicial doble investigación, al margen que también si aún así fuera las partes tienen los recursos correspondientes además de su derecho a defensa, la excepción correspondiente para hacerla valer, si es que ésta se hubiese judicializado, mas aún que propiamente no ha existido propiamente amenaza contra su libertad individual, al no haber habido denuncia, ni acto postulatorio ante el Poder Judicial, por lo que se debe declarar Infundada la demanda interpuesta.

RESOLUCIÓN:
En consecuencia, estando a los fundamentos precedentemente señalados, el Señor Juez del Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Cañete; en uso de sus atribuciones que le confiere la ley y la Constitución Política del Estado, RESUELVE: declarar INFUNDADA la demanda de Habeas Corpus de folios uno a trece, interpuesta por Ángel Luis Rodríguez Díaz a favor de JUAN DOMINGO VERA ARANA, en contra de la Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial de Cañete ELIZABETH VADILLO LEAÑO; ORDENO: La publicación de la presente resolución en el diario oficial «El Peruano», consentida y/o ejecutoriada que sea la presente resolución conforme lo dispone la cuarta de las disposiciones finales de la ley 28237 y en su oportunidad ARCHÍVESE los actuados. Notifíquese.-

DICTAN CHARLA DE PREVENCION CONTRA VIRUS DE INFLUENZA AH1N1 EN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Presidenta De Corte Superior Sigue Visitando Juzgados…
Una charla de prevención para evitar el contagio del virus de la Influenza AH1N1, conocida como la «gripe porcina» se realizó en la Corte Superior de Justicia de Cañete, con la asistencia de Magistrados y personal de esta Sede Judicial.
La exposición estuvo a cargo del médico de ESsalud, Dr. Enrique Gil Guevara quien dió detalles sobre la transmisión, signos de alarma, y tratamiento de esta enfermedad.
El jueves 11 de junio de 2009, la Organización Mundial de la Salud (OMS) tras una reunión en Ginebra decretó la fase 6, es decir el estado de pandemia Mundial por la gripe AH1N1, tras 41 años de no haberla declarado.
Se recomendó, qué el uso de mascarillas deberá ser utilizada en lugares cerrados y de alta concentración de personas o si está en contacto con una persona con influenza, además se precisa que la persona sana, evitar el contacto con personas con síntomas de enfermedades respiratorias, evitar lugares de alta concentración de personas, evitar tocarse constantemente la boca y nariz, lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón.
Asimismo indicó que se deben ventilar todas las áreas de trabajo, abriendo las ventanas y permitiendo la entrada del sol, cubrir con manteles de tela las mesas y escritorios de trabajo. Lavar y cambiar a diario los mismos.

PRESIDENTA DE CORTE SUPERIOR DE CAÑETE REALIZO VISITA A JUZGADOS DE TURNO…
La Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Dra. Silvia Consuelo Rueda Fernández realizó una visita el pasado domingo 26 de Julio a los juzgados de turno durante el presente mes, Primer Juzgado de Familia y el Segundo Juzgado Penal de Cañete.
Durante su recorrido pudo constatar la asistencia del Juez del Segundo Juzgado Penal de Cañete, Dr. Hubert Biricinio Aroni Maldonado, quien se encontraba con su secretario en plena declaración instructiva a un procesado por delito contra el patrimonio. Lo propio hizo en el órgano jurisdiccional en mención.
De esta forma, la máxima autoridad judicial viene realizando visitas inopinadas en los despachos judiciales a fin de garantizar el normal funcionamiento, así como verificar el cumplimiento turno establecido.

PRESIDENTA DE CORTE PARTICIPA EN ACTOS CONMEMORATIVOS AL ANIVERSARIO PATRIO…
Finalmente, hay que señalar que la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Dra. Silvia Consuelo Rueda Fernández con motivo del 188 ° Aniversario de la Proclamación de la Independencia Nacional, participó de los diferentes actos protocolares.
La máxima autoridad judicial asistió a la Misa Te Deum, luego recorrió junto a las autoridades locales en el clásico «Paseo de la
Bandera Nacional» en la Plaza de Armas hasta llegar a la Plaza San Martín, donde se depositaron los aparatos florales, entre las cuales la del Poder Judicial.
Por otro lado, el pasado viernes 24 se realizó una ceremonia de izamiento del Pabellón Nacional con motivo del aniversario patrio, con la asistencia de Magistrados y personal de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
El acto cívico patriótico se realizó en el frontis del Palacio de Justicia, lugar en donde la Presidenta de la Corte Superior, Dr. Silvia Rueda Fernández izó el Pabellón Nacional acompañada del Dr. Moisés Martínez Meza, Presidente de la Sala Penal de Cañete, Dr. Hubert Biricinio Aroni Maldonado, Juez del Segundo Juzgado Penal de Cañete y Dr. Helder Ormeño.
Asimismo se izó la Bandera del Poder Judicial a cargo del Dr. Ricardo Astoquilca Medrano, Presidente de la Sala Civil de Cañete, Dr. Manuel Roberto Paredes Dávila, Vocal Titular; Dra. Estela Solano, Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado y Dra. Esther Lázaro. Luego se entonó el Himno Nacional.
Por su parte, el Jefe de Imagen Institucional, Wilfredo Ramón Morales hizo una reseña histórica de la fiesta nacional, culminando el acto protocolar.

JUDICIALES

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO DE BIEN INMUEBLE
Expediente Nº 2005-00569-0-801-JR-CI-1, en los autos seguidos por LUIS ALFREDO TRUJILLO AÑAZCO en calidad de Sucesor Procesal de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. contra JOSE JULIO MATSUBARA AVILA Y ROSA PILAR MUÑOZ DE MATSUBARA ,sobre EJECUCION DE GARANTIAS, el 1ER. Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del Doctor, JACINTO ARNALDO CAMA QUISPE, Secretario Judicial Dra. DAISY GUZMAN SANCHEZ, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO, EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente bien INMUEBLE:
1.- Lote Nº 1, Sector Herbay Bajo Valle Cañete, Unidad Catastral 01101, con un área de 8.8273 inscrito en la FICHA 2426 y su continuación en la PARTIDA ELECTRONICA Nº 21000195 -Zona Registral Nº IX Sede Lima- de la Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACION: El valor de tasación asciende a la suma de US $ 64,235.34 DOLARES AMERICANOS.
BASE DE REMATE: Las dos terceras parte de la tasación, lo que asciende a la suma de US $ 42,823.56 DOLARES AMERICANOS.
AFECTACIONES: El bien inmueble tiene las siguientes afectaciones:
1.- HIPOTECA a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de US $ 25,000 DOLARES AMERICANOS, inscrito en el asiento d-1 de la Ficha 2426, con fecha 29-09-95.
2.- Ampliación de hipoteca inscrito en el asiento d-1 de la Ficha 2426, a favor de Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete, hasta por la suma de US $ 38,000.00 dólares americanos, inscrito en el Asiento D00002, con fecha 16-02-98.
FECHA Y HORA DEL REMATE: El bien será rematado el día 18 de Agosto del año 2009, a horas 15:00 p.m.
LUGAR DEL REMATE: En el ambiente acondicionado en la entrada del Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete, ubicado en el Km. 144.5 de la Carretera Panamericana Sur (frente a Valle Grande), del distrito y provincia de Cañete, departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación del bien mediante depósito, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y presentarán el arancel judicial correspondiente a la orden del Juzgado Civil de Cañete en original y copia y su DNI en copia simple, suscribiendo dicho arancel, con el número de Expediente, Juzgado y generales de Ley en FORMA LEGIBLE. El presente remate estará a cargo del Abogado Martillero Público Alberto Oscar Ramos Wong, con Registro Nacional Nº 226, con Telf. 992636873 y e-mail: albertooscarramos@hotmail.com. El adjudicatario pagará los honorarios del martillero, más el IGV.
Cañete, 15 de Julio del año 2009.
Alberto Oscar Ramos Wong
Martillero Público Reg. 226
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil – Cañete
Del 01 al 07 de Agosto del 2009.

EDICTO
SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO: En los seguidos por BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ (SUCESOR PROCESAL DEL BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO) contra VÍCTOR GUILLERMO SANTOLALLA VILLANUEVA-MEYER y SARA ISABEL LUNA DE SANTOLALLA sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente: 2007-00846-0-1801-JR-CI-9, el DECIMO SEGUNDO JUZGADO CIVIL SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL a cargo de la señorita Juez, Dra. Milagros Serena Requena Vargas y el Especialista Legal, Dr. André Rolando Luis Infantes, ha dispuesto sacar a REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA el bien inmueble signado como Lote 8 Mz. C de la Parcelación Semirústica Papa León XIII del distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas a fojas 187-188 del Tomo 30 (P.E. 90116207) del Registro de Predios de la Zona Registral IX Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. VALOR DE TASACIÓN: US $ 110,410.00 (CIENTO DIEZ MIL CUATROCIENTOS DIEZ Y 00/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DE REMATE: US $ 62,565.66 (SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO Y 66/100 DOLARES AMERICANOS), que son equivalentes a las 2/3 partes de la Tasación con la reducción del 15%.
AFECTACIONES: Embargo en forma de inscripción: Acreedor.- Banco de Crédito del Perú, Deudores.- Víctor Guillermo Santolalla Villanueva-Meyer y Sara Isabel Luna de Santolalla, en virtud de la Resolución Nº 02 del 03 de Diciembre de 2003 y Resolución Nº 03 del 27 de Enero de 2004, ambas expedidas por el Juez, Dr. Juan Ricardo Macedo Cuenca y Especialista Legal Nery Urquia Bedriñaña, corregidas por la Resolución Nº 05 del 26 de Marzo de 2004, expedidas por el Juez, Dr. Néstor Fernando Paredes Flores y Secretario Carlos Aldo Salinas Sánchez del 42º y 44º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima hasta por la suma de US $ 5,500.00 que corre inscrita en el asiento D 00001 de la P.E. 90116207 del Registro de Predios. FECHA DE REMATE: JUEVES 06 DE AGOSTO DEL 2009 A HORAS 12:30 P.M. LUGAR DE REMATE: SALA DE REMATES 01 PISO 01 EN EL EDIFICIO «JAVIER ALZAMORA VALDEZ» UBICADO ENTRE LA INTERSECCIÓN DE LA AV. ABANCAY CON LA AV. NICOLÁS DE PIÉROLA DEL DISTRITO DEL CERCADO DE LIMA, LIMA. Los postores oblarán el 10% de la tasación en efectivo o mediante cheque de gerencia a su nombre, sin sello no negociable, esto es US $ 11,041.00 (ONCE MIL CUARENTA Y UNO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) y presentarán el original del pago del arancel respectivo a nombre del Juzgado consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, su firma y adjuntando copia simple del documento de identidad. El adjudicatario cancelará los Honorarios Profesionales del Martillero Público de conformidad con el artículo 732º del C.P.C., Ley 27728 y su Reglamento según escala indicada en el D.S. 008-2005-JUS. Lima, 20 de Junio del 2009. Dr. José Carlos Meléndez León – Abogado Martillero Público Reg. 225.
Sr. Andrés Rolando Luis Infante
Secretario Judicial - 12º Juzgado Civil Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
Dr. José Carlos Meléndez León - Martillero Público - Reg. 225
Publicar: 30 y 31 de Julio; y 01 de Agosto.

EDICTOS PENAL
LA SALA PENAL DE CAÑETE, Presidente MARTÍNEZ, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2007-0078, a JULIO LAURA MANRIQUE, JONAS DESIDERIO VICENTE MAURICIO y WALTER JAVIER SÁNCHEZ BERNALES, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 04-08-2009, Hora: 09.00 am, Delito: Violación Sexual. Cañete: 16.07.2009
EXP.-2006-0310, a RAÚL ENRIQUE HUAMANÍ CHOQUE, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 04-08-2009, Hora: 10.00 am, Delito: Receptación. Cañete: 15.07.2009
EXP.-2006-0310, a ALEX WILLIAMS FERNÁNDEZ YACTAYO, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 04-08-2009, Hora: 10.00 am, Delito: Robo Agravado. Cañete: 15.07.2009
EXP.-2007-0458, a ELMER TEOFILO GAMARRA MORALES, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 14-08-2009, Hora: 09.00 am, Delito: Receptación. Cañete: 20.07.2009
Secretario: Miranda.
EL JUZGADO MIXTO DE YAUYOS, Juez GONZÁLES, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-0109, a JHONNY TORRES MELGAREJO, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar, Contra el Patrimonio-Estafa; Agraviado: su menor hijo Luis Miguel Torres Gómez. Yauyos, 06.07.2009.
EXP.-2005-0047, a SAÚL EULOGIO EULOGIO, Delito: Violación Sexual; Agraviado: Menor de iniciales E.R.M. Yauyos, 08.07.2009.
Secretario: Delgado

EDICTO
Que, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, doña MARLEN MAGALY CAYLLAHUA MERCADO, solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento de su menor hijo MIKELE ALEJANDRO PAUCAR CAYLLAHUA, donde aparece como Mikele Alejandro Paucar Cayllagua, debiendo ser lo correcto MIKELE ALEJANDRO PAUCAR CAYLLAHUA; asimismo el nombre de la madre aparece como Marlen Magaly Cayllagua Mercado, debiendo ser lo correcto MARLEN MAGALY CAYLLAHUA MERCADO, en el cuerpo de la citada partida, quedando intacto los demás que contiene. Lo que se publica para los fines pertinentes.
Mala, 22 de Julio del 2009.
Paola Esmeralda Ramos Condori
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala

EDICTO PENAL
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-1069, a EDUARDO FABIÁN VIALE ORE, en su condición de tercero civilmente responsable en la instrucción contra FERNANDO FLORIAN HUARI CASTRO, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 31-07-2009, Hora: 04.00 pm, Delito: Lesiones Culposas Graves. Agraviado: Angel Alfonzo Vicente Sánchez. Cañete: 21.07.2009
Secretaria: Flores

EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez ARONI, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2006-0495, a MARIA TEODORA GERMAN AVALOS para AMPLIACIÓN DE DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Delito: Hurto Agravado; Agraviada: Petronila Luisa German Avalos. Cañete: 23.07.2009
Secretario: Astohuaman

EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0156, a RICHARD EDUARDO LUYO MALDONADO, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 06-08-2009, Hora: 10.00 am, Delito: Sustracción de Menor en Agravio de Araceli Rocio Gil Flores. Cañete: 17.07.2009
Secretario: Morales

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
QUILMANA – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
El Jefe del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497, Capítulo V, Sección Segunda, Artículo 73 manda publicar; que con expediente Nº 2863-09-MDQ, de fecha 24 de Julio del presente año, doña Juana Delia Vicente de Godoy, solicita la Rectificación de la Partida de Matrimonio registrada en esta Municipalidad Distrital de Quilmaná, en el sentido de rectificar los datos de la contrayente en el libro principal de matrimonio por omisión de datos de la contrayente y en el libro duplicado rectificar por omisión del apellido materno de la contrayente que debe de decir Juana Delia Vicente Fernández y no como fue registrado por error; quienes consideren que pueden salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de Ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. 68 de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 31 de Julio del 2009.
Nelsa Polar Málaga
Jefe OREC – MDQ.

EDICTO
Exp. Nª 2009-00412.- Ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial de la provincia de Cañete, que despacha el Dr. José De La Cruz Vargas, solicita Teresa Catalina Yataco de Quiróz, la Rectificación de su Partida de Matrimonio expedida por la Municipalidad Distrital de Imperial, inscrita con el número cuarenta y dos, en la fecha ocho de Junio del año 1965; en el extremo que se ha consignado en dicha partida como nombres CATALINA TERESA, siendo lo correcto TERESA CATALINA, quedando intacto lo demás que contiene.- Imperial, 09 de Julio del 2009.
Max. Cuzcano Remuzgo
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial.

EDICTO
Exp. Nº 2009-037-CI.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha el doctor Jorge Villanueva Pérez y Secretario Elmer Flores Vilchez, por Resolución Número Uno, de fecha 28 de Mayo del 2009, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO se ADMITIO a trámite la solicitud de DECLARACION DE DESAPARICION, interpuesta por ROSANA RITA CHUMPITAZ CASTRO, para que se declare la desaparición de su cónyuge don ALANS VALDEMAR CHUMPITAZ FAUSTINO, a quien se le notifica por medio de la presente como dispone la Ley. Mala, seis de Octubre del dos mil ocho.
Elmer V. Flores Vilchez
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Mala
EDICTO PENAL
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO PENAL DE CAÑETE
Expediente N°: 2008-0203. Sec.: Kuan
El Juez del Primer Juzgado Penal de Cañete: ha dispuesto publicar al inculpado Tony Gonzáles Advincula, la parte resolutiva de la Res. de fecha 08-04-2009, derivada de la Excepción de Naturaleza de Acción en el proceso seguido a dicho sujeto procesal, por delito contra los Derechos Intelectuales – Derechos de Autor - en Agravio de Aristocrat Tecnologies Inc.
«Cañete, ocho de abril del dos mil nueve.- De conformidad a lo dictaminado por la representante del Ministerio Público de fojas doscientos quince a doscientos dieciséis; y considerando….. El Primer Juzgado Especializado en lo Penal de Cañete, RESUELVE: DECLARAR INFUNDADA La Excepción de Naturaleza de Acción, promovida por el procesado Tonny Gonzáles Advincula, en la instrucción que se le sigue por el delito contra los derechos intelectuales – Derechos de Autor – en agravio de Aristocrat Tecnologies Inc.; MANDO: Que consentida y/o ejecutoriada que sea la presente resolución, se archiven los actuados en su oportunidad, debiendo de continuarse el proceso según su estado. Notificándose a los sujetos de la resolución procesal; con conocimiento de la representante del Ministerio Público». Fdo.Ascencio:Juez; Secretario: Kuan. Cañete: 08-07-2009.
31 de Julio y 01 y 03 de Agosto

EDICTO FAMILIA
EXP.2006-1177.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez FLORES; ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN.N°01, fecha: 28.12.2006: RESUELVE: ADMITIR la Demanda contra ABELARDO MASCCO MEZA, sobre Violencia Familiar; Agraviada: EDITH MORALES ROMERO, RESOLUCION.N°12, fecha: 22-06-2009; NOTIFICAR mediante EDICTOS a la agraviada.-Fdo.Secretario: Claudia. Cañete 21.07.2009.
31 de Julio, 01 y 03 de Agosto.

EDICTO FAMILIA
EXP. N° 2009-431, Dte: Ministerio. Ddo. Juan Santos Lopes Sosa. Agrav. Editada Arancibia Lazaro y otro. Mat. Violencia familiar; por ante el Primer Juzgado Especializado de Familia- Cañete, la señorita Juez ha dictado la siguiente resolución que se transcribe:
Resolución N° 01, de fecha 28 de Mayo del 2009, 1º) ADMITIR la presente demanda interpuesta por el Representante del MINISTERIO PUBLICO contra JUAN SANTOS LOPES SOSA sobre VIOLENCIA FAMILIAR, Maltrato Psicológico, en agravio de EDIGADA ARANCIBIA LAZARO Y DE SU MENOR HIJO LUIS ALBERTO LOPES ARANCIBIA, REPRESENTADO POR SU SEÑORA MADRE EDIGADA ARANCIBIA LAZARO, en consecuencia tramítese conforme a las pautas del proceso UNICO; Córrase TRASLADO al presunto autor JUAN SANTOS LOPES SOSA, por el término perentorio de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de tenerse por contestada la demanda en su rebeldía, debiendo el demandado pronunciarse respecto de cada uno de los hechos alegados que se le imputan en la demanda, el silencio, la respuesta evasiva o la negativa genérica puede ser apreciados por el Juzgador como conocimiento de la verdad, debiendo el demandado una vez recibida la notificación, deberá apersonarse al Local del Juzgado dentro del TERCER día de notificado, a efecto de que tome conocimiento de la demanda y anexos, debiendo adjuntar el comprobante del Arancel Judicial por concepto de copia simple del Atestado Policial y Denuncia del Ministerio Público que deberá abonar ante el Banco de la Nación. Téngase por ofrecidos los medios probatorios, los mismos que se actuaran en la etapa correspondiente, agregándose a los autos los anexos que se acompañan. 2º) ORDENO: como MEDIDA DE PROTECCION que el demandado JUAN SANTOS LOPES SOSA se abstengan de todo tipo de Violencia familiar – Maltratos físicos y/o psicológicos, en agravio de EDIGADA ARANCIBIA LAZARO Y DE SU MENOR HIJO LUIS ALBERTO LOPES ARANCIBIA, REPRESENTADO POR SU SEÑORA MADRE EDIGADA ARANCIBIA LAZARO; BAJO APERCIBIMIENTO DE ORDENARSE SU DETENCION POR VEINTICUATRO HORAS. OFICIÁNDOSE a la Autoridad Policial sobre la medida adoptada y para que preste las Garantías y Auxilio del caso a la citada Agraviada. Y de conformidad con el artículo 165° del Código Procesal Civil, NOTIFÍQUESE al demandado Juan Santos Lopes Sosa mediante EDICTOS, bajo apercibimiento de NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL; y para tal fin cumpla la Secretaria cursora con elaborar los edictos correspondientes; y OFÍCIESE a la Administración de ésta Corte Superior de Justicia, a efectos de que proceda a la publicación de los edictos ordenados en autos en el diario Oficial «El Peruano» y en el diario local de ésta ciudad «Al Día Con Matices». Notificándose y Oficiándose.Fdo. Juez. Maria G. Garnica Pinazo- Sec. Jovanna Hernández Vásquez.-

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCION DE REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don Herbert Rubén Centeno Isacupe, con DNI 42948493, de24 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión Empleado, de nacionalidad peruana, domiciliado en Comercio 318 – San Luis – Cañete; y doña Nuria Melissa Huari Villalobos, con DNI 45158541, de 21 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión estudiante, de nacionalidad peruana, domiciliada en Asoc. De Vivienda UPIS – Nuevo San Luis, Mz. «B», Lote 6, San Luis; pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley.
San Luis, Julio del 2009.
Laudy Lady Chávez Casanova
Jefe de Registro Civil

31 julio 2009

HABRIAN DOS VICTIMAS MAS, DE LA INFLUENZA AH1N1

SAN VICENTE.- Una mujer y una niña, habrían sido las primeras víctimas de la temible influenza H/A1-N1, en esta provincia, según informaron fuentes bien informadas al sector salud de esta provincia.
Algunos galenos del Hospital Rezola, expresaron que la víctima del mal es María Florián Sánchez (50), natural de esta ciudad, que ingresó al nosocomio con una infección en la garganta.
Si bien el galeno, del que mantenemos en reserva su nombre, no confirmó el deceso por este mal, pero de acuerdo a su amplia experiencia, informó que tiene los síntomas similares a los otros cuatro pacientes. La sospecha se asemeja más aún porque uno de los médicos de la Unidad de Cuidados Intensivos, UCI donde pasó los últimos momentos de su existencia la víctima, habría sido contagiado porque está siendo tratado con el Tamiflú.
En total sumarían seis las personas que han sido diagnosticadas con la influenza H1-N1 en Cañete de los cuales cuatro ya están fuera de peligro, uno que está en tratamiento y una fallecida.

UNA NIÑA…
Por otro lado, se tuvo conocimiento de una menor de cuatro años, natural del distrito de Santa Cruz de Flores, quien con las características de este mal, fue trasladado al hospital María Auxiliador de Lima donde dejó de existir.
Frente a esta situación, las autoridades de salud, continuaron con la recomendación a la población de Cañete de mantener las prevenciones para evitar mayores contagios de este mal.
Por otra parte, los miembros de la Comisión Semana de Cañete, que preside el regidor Percy Alcalá Mateo, continúa empecinándose en querer llevar adelante la festividad en Agosto. Mientras tanto, el alcalde provincial, Javier Alvarado, convocará a los miembros del Comité Provincial de Defensa Civil para tomar las medidas correctivas del caso y buscar las alternativas para sofocar el avance de la Influenza. Todo parece indicar que los espectáculos por este nuevo aniversario de la fundación «española» de Cañete, se postergaría, porque la llamada «gripe porcina» tendrá su pico más elevado en agosto.
MODULO DE PROMOLIBRO «NOS DIVERTIMOS LEYENDO» DE UGEL 08 CUMPLE 1er ANIVERSARIO FOMENTANDO EL HABITO DE LA LECTURA Y CULTURA…

Cuando el esfuerzo y el empeño que ponen la gestora Lic. Rosita Victoria Mesías Soto, Especialista de EBR; Lic. Flor Ananora Saavedra Feliz, Directora de la UGEL Nº 08 – Cañete; los directores y docentes de las diversas instituciones educativas de la provincia de Cañete, por fomentar el hábito de lectura y la cultura iniciada por nosotros mismos, proyectándonos a la familia, la escuela, y la comunidad ; por ello nace la idea de crear un espacio de lectura a nivel de la UGEL Nº 08 de Cañete, donde se comprometió a todos los estamentos e instituciones educativas que en nuestra provincia contamos a fin de que esta iniciativa se ejecute en cada sector; por ello nace y se inaugura el Módulo del Plan Lector PROMOLIBRO de la UGEL Nº 08 – CAÑETE «NOS DIVERTIMOS LEYENDO» con fecha 31 de julio del 2008.
Este objetivo de PROMOLIBRO, no solo es crear este espacio de lectura institucional abierto al público, sino crear mecanismos útiles para expandir la lectura con nuevos espacios que sean ubicados en las instituciones educativas de cada distrito, haciendo que los niños, adolescentes, padres de familia y la comunidad tengan acceso a bibliotecas y módulos de lectura, y así buscar un acercamiento íntimo y espontáneo con los libros.
Actualmente, este ideal de los módulos de lectura en las instituciones educativas, se inició en los distritos de Chilca, con la IE, Nº 20135; en Mala, con las IEs. Nº 20927 – Dignidad Nacional, IE. Nº 21015, IE. Nº 20796 – Santa Rosa de Mala; en San Vicente, IE Nº 20190 «República de Chile»; en Imperial, IE. Nº 20147, IE. Nº 20798, IE. Nº 21506 – San Benito; en Quilmaná, IE. Nº 20178; en Zúñiga, IE. Nº 20200; en Lunahuaná, IE. Nº 20150; esto ha servido ahora para que otras instituciones educativas se sigan adhiriendo a la promoción de la lectura.
Es por ello, hoy 31 de julio se celebrará el Primer Aniversario en la sede institucional de la provincia del módulo de PROMOLIBRO «NOS DIVERTIMOS LEYENDO» de la UGEL Nº 08 – Cañete que viene sirviendo como paradigma de fomento de la lectura. Desde las 10 am., se concentrarán las autoridades educativas e invitados para revalorar este objetivo que se viene ejecutando, además de recordar póstumamente al Prof. Gregorio Gabriel Sánchez De la Cruz (Q.E.P.D) de Lunahuaná, activo propulsor de este proyecto, como recordar vivencias del desarrollo del proyecto de PROMOLIBRO en la provincia a través de la Directora de la IE. Nº 20135 - Chilca Zoila Arias Díaz, Misa de Aniversario por la autoridad eclesiástica de la provincia, Charla sobre el Plan Lector a cargo de autoridades del Ministerio de Educación; alegría musical a cargo de mariachis, Brindis de Honor y Almuerzo de Confraternidad entre los participantes y autoridades. ¡FELICIDADES POR EL ANIVERSARIO Y EL COMPROMISO POR LA LECTURA DE PROMOLIBRO! (Lic. José Chumpitaz Solís).
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA

ORDENANZA N° 007- 2009/MDCH
Chilca, 30 de Junio del 2009

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE CHILCA

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28607, Art.194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria;

Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que la deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley. Excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren;

Que, es política de la actual gestión municipal, promover mecanismos que faciliten el pago de la deuda tributaria y administrativa, a través de incentivos que permitan la captación de recursos económicos para la prestación efectiva de los servicios públicos; así como otorgar el máximo de facilidades a los contribuyentes y/o administrados, mediante un régimen temporal que permita el saneamiento de las deudas tributarias y no tributarias;

En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8) del Art. 9º y Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con el voto UNANIME de los miembros del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente, con dispensa del trámite de aprobación de Actas;

ORDENANZA
QUE ESTABLECE BENEFICIOS PARA LA REGULARIZACION DE
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE CHILCA
ARTICULO PRIMERO.- Establecer a favor de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Chilca, el Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias, el cual comprende a su vez los siguientes beneficios:

1.- Condonación del INTERÉS MORATORIO DEL IMPUESTO PREDIAL de los años 1998 al 2008, según los tramos siguientes:

TRAMO I
CONTRIBUYENTES CUYA DEUDA INSOLUTA TOTAL AL 2008 NO SUPERE
LAS 5 UIT 100%

TRAMO II
CONTRIBUYENTES CUYA DEUDA INSOLUTA TOTAL AL 2008 SUPERE
LAS 5 UIT HASTA 10 IUT 50%

TRAMO III
CONTRIBUYENTES CUYA DEUDA INSOLUTA TOTAL AL 2008 SUPERE
LAS 10 UIT 25%

2.- Condonación del INTERÉS MORATORIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES de los años 2000 al 2008 según los tramos siguientes:

TRAMO I
CONTRIBUYENTES CUYA DEUDA INSOLUTA TOTAL AL 2008 NO SUPERE
LAS 5 UIT 100%

TRAMO II
CONTRIBUYENTES CUYA DEUDA INSOLUTA TOTAL AL 2008 SUPERE LAS
5 IUT HASTA 10 IUT 50%

TRAMO III
CONTRIBUYENTES CUYA DEUDA INSOLUTA TOTAL SUPERE
LAS 10 UIT 25%

3.- Condonación del monto insoluto de Arbitrios Municipales desde el año 2000 al 2009, en la siguiente orden:

TRAMO I:
CONTRIBUYENTES CUYA DEUDA INSOLUTA NO SUPERE LAS 5 UIT:
AÑO DESCUENTO
2000 90%
2001 80%
2002 70%
2003 60%
2004 50%
2005 40%
2006 30%
2007 20%
2008 10%

TRAMO II: CONTRIBUYENTES CUYA DEUDA INSOLUTA SUPERE LAS 5 UIT:

AÑO DESCUENTO
2000 al 2002 50%
2003 al 2008 25%

4.- Condonación del 50% de las Multas Administrativas.

ARTICULO SEGUNDO.- Adicionalmente al beneficio establecido en el numeral 3 del Artículo Primero, se condonará el 100% del insoluto de Arbitrios Municipales de ejercicios anteriores al 2003, a los Contribuyentes que cumplan con cancelar la totalidad de sus Arbitrios desde el ejercicio 2003 al 2008.

ARTÍCULO TERCERO.- Para solicitar el beneficio previsto en el numeral 4.- del Artículo Primero, los administrados deberán previamente acreditar que se encuentran regularizando la omisión y/o infracción administrativa que dio origen a la sanción. Asimismo, de encontrarse cuestionando la Multa en la vía administrativa y/o judicial deberán presentar su desistimiento a dicho trámite.
DISPOSICIONES COMPLEMETARIAS Y FINALES

PRIMERA: A partir de la vigencia de la presente Ordenanza quedan extinguidas las deudas por concepto de Arbitrios Municipales de los ejercicios 1998 y 1999.

SEGUNDA: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

TERCERA.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias que se requieran para cumplir los objetivos de la presente Ordenanza, incluyendo la ampliación de su vigencia con cargo a dar cuenta al Concejo.

CUARTA.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Unidad de Administración Tributaria y Rentas, Unidad de Tesorería y Oficina de Secretaria General.

POR TANTO:
Mando se

REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA.

Pablo Nalda Quiróz
Alcalde



EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de interrupciones en el servicio eléctrico.
LUGAR: Panamericana Sur Km 133
ZONAS AFECTADAS: C.P. Laura Caller, Distrito de Cerro Azul y parte del
Circuito de Playas del Distrito de Asia de la Provincia
de Cañete del Departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05.
CIRCUITOS: CEPS 5020.
DIA: Sábado 25 de Julio de 2009.
HORA DE INICIO: 08:36 hrs. Sábado 25 de Julio de 2009.
HORA FINAL: 09:13 hrs. Sábado 25 de Julio de 2009.

LUGAR: Camino al CPM Santa Barbara.
ZONAS AFECTADAS: Zona Céntrica de San Luis, Vía Jesús Salvador, CPM
Santa Barbara, CPM Santa Cruz, C.P. Laura Caller,
Fdo. Don Oscar, C.P. Casa Blanca, todo el Distrito de
Cerro Azul y parte del Circuito de Playas del Distrito de
Asia de la Provincia de Cañete del Departamento de
Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05
CIRCUITOS: CEPS 5010
DIA: Lunes 27 de Julio de 2009.
HORA DE INICIO: 18:43 hrs. Lunes 27 de Julio de 2009.
HORA FINAL: 21:45 hrs. Lunes 27 de Junio de 2009.

LUGAR: Carretera Imperial- Quilmana altura entrada Cinco
Esquinas.
ZONAS AFECTADAS: Anexo Cantagallo, C.P. San Francisco, Anexo La
Victoria, Fundo Pacayales, C.P. La Huerta, C.P. Los
Angeles, Anexo Cinco Esquinas, C.P. Buenos Aires,
Anexo Puente Negro, C.P. Roldan, y toda la zona
céntrica del Distrito de Quilmaná de la provincia de
Cañete del Departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-02
CIRCUITOS: CEPS 2020
DIA: Miércoles 29 de Julio de 2009.
HORA DE INICIO: 04:47 hrs. Miércoles 29 de Julio de 2009.
HORA FINAL: 06:37 hrs. Miércoles 29 de Julio de 2009.

Las interrupciones del servicio fueron causadas por terceros en red particular en la red de M.T. y Actos Vandálicos, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.

JUDICIALES

NOTARIA GARRAFA
SUCESION INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 - San Vicente - Cañete - Lima, GLORIA RAMIREZ GARAY, con DNI 44613432, solicita la Sucesión Intestada de JULIO ADAN AVILA MALASQUEZ, fallecido el 12 de Junio del 2008, teniendo como ultimo domicilio en el distrito de Cerro Azul - Cañete, a favor de JORGE LUIS AVILA RAMIREZ, LUIS ANGEL AVILA RAMIREZ. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley.
San Vicente, 24 de Julio del 2009.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

EDICTO JUDICIAL
PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE PROPIEDAD
Exp. Nº 2009-1798.- Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha el Dr. Jacinto A. Cama Quispe, Secretario Judicial Dr. Omar Velásquez Ochoa; se ordena efectuar la presente publicación: ADMITASE a trámite la demanda interpuesta por CUENCA PAUCARIMA BEATO y FLORES DE CUENCA FLORA, contra CHUPAYO SOTO MAGDA y SAENZ MENCIA FELIPE, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE PROPIEDAD, respecto al bien inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Josefina Ramos Vda. de Gonzales Prada, Mz. “O”, Sub Lote 22-A, comprensión del distrito de Imperial, provincia de Cañete, de propiedad de los demandados; TRAMITESE la demanda en la vía del PROCESO ABREVIADO, y córrase TRASLADO de la misma a la parte accionada, a los efectos que la conteste en el término de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de declararse su REBELDIA (...). PUBLIQUESE un extracto del presente.
Lo que se notifica vía edictos, conforme al artículo 506º del Código Procesal Civil.
Cañete, 27 de Mayo del 2009.
Omar Velásquez Ochoa
Secretario Judicial
Juzgado Civil de Cañete
31 de Julio, 5 y 10 de Agosto.
EDICTO PENAL
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-1069, a EDUARDO FABIÁN VIALE ORE, en su condición de tercero civilmente responsable en la instrucción contra FERNANDO FLORIAN HUARI CASTRO, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 31-07-2009, Hora: 04.00 pm, Delito: Lesiones Culposas Graves. Agraviado: Angel Alfonzo Vicente Sánchez. Cañete: 21.07.2009
Secretaria: Flores

EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez ARONI, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2006-0495, a MARIA TEODORA GERMAN AVALOS para AMPLIACIÓN DE DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Delito: Hurto Agravado; Agraviada: Petronila Luisa German Avalos. Cañete: 23.07.2009
Secretario: Astohuaman

EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0156, a RICHARD EDUARDO LUYO MALDONADO, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 06-08-2009, Hora: 10.00 am, Delito: Sustracción de Menor en Agravio de Araceli Rocio Gil Flores. Cañete: 17.07.2009
Secretario: Morales

EDICTO
SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO: En los seguidos por BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ (SUCESOR PROCESAL DEL BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO) contra VÍCTOR GUILLERMO SANTOLALLA VILLANUEVA-MEYER y SARA ISABEL LUNA DE SANTOLALLA sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente: 2007-00846-0-1801-JR-CI-9, el DECIMO SEGUNDO JUZGADO CIVIL SUB ESPECIALIDAD COMERCIAL a cargo de la señorita Juez, Dra. Milagros Serena Requena Vargas y el Especialista Legal, Dr. André Rolando Luis Infantes, ha dispuesto sacar a REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA el bien inmueble signado como Lote 8 Mz. C de la Parcelación Semirústica Papa León XIII del distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas a fojas 187-188 del Tomo 30 (P.E. 90116207) del Registro de Predios de la Zona Registral IX Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. VALOR DE TASACIÓN: US $ 110,410.00 (CIENTO DIEZ MIL CUATROCIENTOS DIEZ Y 00/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DE REMATE: US $ 62,565.66 (SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO Y 66/100 DOLARES AMERICANOS), que son equivalentes a las 2/3 partes de la Tasación con la reducción del 15%.
AFECTACIONES: Embargo en forma de inscripción: Acreedor.- Banco de Crédito del Perú, Deudores.- Víctor Guillermo Santolalla Villanueva-Meyer y Sara Isabel Luna de Santolalla, en virtud de la Resolución Nº 02 del 03 de Diciembre de 2003 y Resolución Nº 03 del 27 de Enero de 2004, ambas expedidas por el Juez, Dr. Juan Ricardo Macedo Cuenca y Especialista Legal Nery Urquia Bedriñaña, corregidas por la Resolución Nº 05 del 26 de Marzo de 2004, expedidas por el Juez, Dr. Néstor Fernando Paredes Flores y Secretario Carlos Aldo Salinas Sánchez del 42º y 44º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima hasta por la suma de US $ 5,500.00 que corre inscrita en el asiento D 00001 de la P.E. 90116207 del Registro de Predios. FECHA DE REMATE: JUEVES 06 DE AGOSTO DEL 2009 A HORAS 12:30 P.M. LUGAR DE REMATE: SALA DE REMATES 01 PISO 01 EN EL EDIFICIO «JAVIER ALZAMORA VALDEZ» UBICADO ENTRE LA INTERSECCIÓN DE LA AV. ABANCAY CON LA AV. NICOLÁS DE PIÉROLA DEL DISTRITO DEL CERCADO DE LIMA, LIMA. Los postores oblarán el 10% de la tasación en efectivo o mediante cheque de gerencia a su nombre, sin sello no negociable, esto es US $ 11,041.00 (ONCE MIL CUARENTA Y UNO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) y presentarán el original del pago del arancel respectivo a nombre del Juzgado consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, su firma y adjuntando copia simple del documento de identidad. El adjudicatario cancelará los Honorarios Profesionales del Martillero Público de conformidad con el artículo 732º del C.P.C., Ley 27728 y su Reglamento según escala indicada en el D.S. 008-2005-JUS. Lima, 20 de Junio del 2009. Dr. José Carlos Meléndez León – Abogado Martillero Público Reg. 225.
Sr. Andrés Rolando Luis Infante
Secretario Judicial - 12º Juzgado Civil Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
Dr. José Carlos Meléndez León - Martillero Público - Reg. 225
Publicar: 30 y 31 de Julio; y 01 de Agosto.

EDICTOS PENAL
LA SALA PENAL DE CAÑETE, Presidente MARTÍNEZ, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2007-0078, a JULIO LAURA MANRIQUE, JONAS DESIDERIO VICENTE MAURICIO y WALTER JAVIER SÁNCHEZ BERNALES, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 04-08-2009, Hora: 09.00 am, Delito: Violación Sexual. Cañete: 16.07.2009
EXP.-2006-0310, a RAÚL ENRIQUE HUAMANÍ CHOQUE, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 04-08-2009, Hora: 10.00 am, Delito: Receptación. Cañete: 15.07.2009
EXP.-2006-0310, a ALEX WILLIAMS FERNÁNDEZ YACTAYO, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 04-08-2009, Hora: 10.00 am, Delito: Robo Agravado. Cañete: 15.07.2009
EXP.-2007-0458, a ELMER TEOFILO GAMARRA MORALES, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 14-08-2009, Hora: 09.00 am, Delito: Receptación. Cañete: 20.07.2009
Secretario: Miranda.
EL JUZGADO MIXTO DE YAUYOS, Juez GONZÁLES, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-0109, a JHONNY TORRES MELGAREJO, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar, Contra el Patrimonio-Estafa; Agraviado: su menor hijo Luis Miguel Torres Gómez. Yauyos, 06.07.2009.
EXP.-2005-0047, a SAÚL EULOGIO EULOGIO, Delito: Violación Sexual; Agraviado: Menor de iniciales E.R.M. Yauyos, 08.07.2009.
Secretario: Delgado

EDICTO
Que, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, doña MARLEN MAGALY CAYLLAHUA MERCADO, solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento de su menor hijo MIKELE ALEJANDRO PAUCAR CAYLLAHUA, donde aparece como Mikele Alejandro Paucar Cayllagua, debiendo ser lo correcto MIKELE ALEJANDRO PAUCAR CAYLLAHUA; asimismo el nombre de la madre aparece como Marlen Magaly Cayllagua Mercado, debiendo ser lo correcto MARLEN MAGALY CAYLLAHUA MERCADO, en el cuerpo de la citada partida, quedando intacto los demás que contiene. Lo que se publica para los fines pertinentes.
Mala, 22 de Julio del 2009.
Paola Esmeralda Ramos Condori
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala

EDICTO FAMILIA
EXP. N° 2009-431, Dte: Ministerio. Ddo. Juan Santos Lopes Sosa. Agrav. Editada Arancibia Lazaro y otro. Mat. Violencia familiar; por ante el Primer Juzgado Especializado de Familia- Cañete, la señorita Juez ha dictado la siguiente resolución que se transcribe:
Resolución N° 01, de fecha 28 de Mayo del 2009, 1º) ADMITIR la presente demanda interpuesta por el Representante del MINISTERIO PUBLICO contra JUAN SANTOS LOPES SOSA sobre VIOLENCIA FAMILIAR, Maltrato Psicológico, en agravio de EDIGADA ARANCIBIA LAZARO Y DE SU MENOR HIJO LUIS ALBERTO LOPES ARANCIBIA, REPRESENTADO POR SU SEÑORA MADRE EDIGADA ARANCIBIA LAZARO, en consecuencia tramítese conforme a las pautas del proceso UNICO; Córrase TRASLADO al presunto autor JUAN SANTOS LOPES SOSA, por el término perentorio de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de tenerse por contestada la demanda en su rebeldía, debiendo el demandado pronunciarse respecto de cada uno de los hechos alegados que se le imputan en la demanda, el silencio, la respuesta evasiva o la negativa genérica puede ser apreciados por el Juzgador como conocimiento de la verdad, debiendo el demandado una vez recibida la notificación, deberá apersonarse al Local del Juzgado dentro del TERCER día de notificado, a efecto de que tome conocimiento de la demanda y anexos, debiendo adjuntar el comprobante del Arancel Judicial por concepto de copia simple del Atestado Policial y Denuncia del Ministerio Público que deberá abonar ante el Banco de la Nación. Téngase por ofrecidos los medios probatorios, los mismos que se actuaran en la etapa correspondiente, agregándose a los autos los anexos que se acompañan. 2º) ORDENO: como MEDIDA DE PROTECCION que el demandado JUAN SANTOS LOPES SOSA se abstengan de todo tipo de Violencia familiar – Maltratos físicos y/o psicológicos, en agravio de EDIGADA ARANCIBIA LAZARO Y DE SU MENOR HIJO LUIS ALBERTO LOPES ARANCIBIA, REPRESENTADO POR SU SEÑORA MADRE EDIGADA ARANCIBIA LAZARO; BAJO APERCIBIMIENTO DE ORDENARSE SU DETENCION POR VEINTICUATRO HORAS. OFICIÁNDOSE a la Autoridad Policial sobre la medida adoptada y para que preste las Garantías y Auxilio del caso a la citada Agraviada. Y de conformidad con el artículo 165° del Código Procesal Civil, NOTIFÍQUESE al demandado Juan Santos Lopes Sosa mediante EDICTOS, bajo apercibimiento de NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL; y para tal fin cumpla la Secretaria cursora con elaborar los edictos correspondientes; y OFÍCIESE a la Administración de ésta Corte Superior de Justicia, a efectos de que proceda a la publicación de los edictos ordenados en autos en el diario Oficial «El Peruano» y en el diario local de ésta ciudad «Al Día Con Matices». Notificándose y Oficiándose.Fdo. Juez. Maria G. Garnica Pinazo- Sec. Jovanna Hernández Vásquez.-

EDICTO PENAL
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO PENAL DE CAÑETE
Expediente N°: 2008-0203
Sec.: Kuan
El Juez del Primer Juzgado Penal de Cañete: ha dispuesto publicar al inculpado Tony Gonzáles Advincula, la parte resolutiva de la Res. de fecha 08-04-2009, derivada de la Excepción de Naturaleza de Acción en el proceso seguido a dicho sujeto procesal, por delito contra los Derechos Intelectuales – Derechos de Autor - en Agravio de Aristocrat Tecnologies Inc.
«Cañete, ocho de abril del dos mil nueve.- De conformidad a lo dictaminado por la representante del Ministerio Público de fojas doscientos quince a doscientos dieciséis; y considerando….. El Primer Juzgado Especializado en lo Penal de Cañete, RESUELVE: DECLARAR INFUNDADA La Excepción de Naturaleza de Acción, promovida por el procesado Tonny Gonzáles Advincula, en la instrucción que se le sigue por el delito contra los derechos intelectuales – Derechos de Autor – en agravio de Aristocrat Tecnologies Inc.; MANDO: Que consentida y/o ejecutoriada que sea la presente resolución, se archiven los actuados en su oportunidad, debiendo de continuarse el proceso según su estado. Notificándose a los sujetos de la resolución procesal; con conocimiento de la representante del Ministerio Público». Fdo.Ascencio:Juez; Secretario: Kuan. Cañete: 08-07-2009.
31 de Julio y 01 y 03 de Agosto

EDICTO FAMILIA
EXP.2006-1177.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez FLORES; ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN.N°01, fecha: 28.12.2006: RESUELVE: ADMITIR la Demanda contra ABELARDO MASCCO MEZA, sobre Violencia Familiar; Agraviada: EDITH MORALES ROMERO, RESOLUCION.N°12, fecha: 22-06-2009; NOTIFICAR mediante EDICTOS a la agraviada.-Fdo.Secretario: Claudia. Cañete 21.07.2009.
31 de Julio, 01 y 03 de Agosto.