30 marzo 2008

240 BONOS 6000 SE ENTREGARAN MAÑANA EN IMPERIAL...

Con la presencia del Viceministro de Vivienda, el día de mañana a partir de las 09:30 a.m., a la ciudad de Imperial se entregarán 240 Bonos a los ciudadanos favorecidos. Al igual que ellos, 25 pobladores del distrito de Nuevo Imperial, también serán beneficiados con dicha entrega.
De esta manera, se viene incrementando poco a poco el número de beneficiados de ambos distritos del Programa Bono 6000.
La Municipalidad No Es Beneficencia Caritativa...
ALCALDE DE IMPERIAL REGALA FLUIDO ELECTRICO A "GLOBAL LASER" MEDIANTE CONEXION DESDE EL MUNICIPIO...

Según establece la Constitución Política del Estado, todos tenemos derecho al trabajo; pero ello no implica que algunas autoridades municipales disfrazada de virtudes filantrópicas hagan mal uso de los bienes de la municipalidad conculcando los derechos legítimos de toda la ciudadanía contribuyente.
Es el caso que, ante la tolerancia e impotencia de la colectividad imperialina, el Alcalde Richard Yactayo Duran usurpando funciones que no son propias de una municipalidad se ha permitido autorizar la instalación ambulatoria del consultorio oftalmológico "GLOBAL LASER" en plena pista de la Plaza de Armas de Imperial con fines comerciales porque cada consulta es pagada por el paciente y el pueblo no se beneficia en nada ni con nada, porque también otras instituciones similares cobran igual tarifa por consulta.
Pero, el hecho insólito e inexplicable es que el mencionado Alcalde permite que este Consultorio "Global Láser", para el funcionamiento de sus equipos eléctricos utilice indebidamente el fluido eléctrico captando desde una tomacorriente ubicada en el interior de la Municipalidad a través de un cable tirado a lo largo de la pista vehicular. Es oportuno enfatizar que este "consultorio" viene funcionando diariamente y con la misma modalidad de servicio eléctrico desde comienzos de Enero pasado a la fecha y en las noches guarda sus equipos en la municipalidad.
Sobre esta utilización ilícita del fluido eléctrico hemos tratado de indagar si "Global Láser" paga o no su consumo eléctrico, pero en el municipio de Imperial nadie sabe nada, si hay o no recibos y cuánto es el valor y a quien paga. Los regidores de adorno y no entienden el significado de la palabra FISCALIZAR, también ignoran este curioso caso pero lamentable porque se trata de una institución particular con fines comerciales, en consecuencia no se diga falsedades haciendo creer que es una campaña a favor del pueblo, y "el que regala lo que no es de él, es generoso con el trabajo de los demás". Nos preguntamos, ¿por qué tanta gollería y preferencia…?, ¿quién o quiénes son los favorecidos…?. Esperamos respuesta.
POSTULANTES A INSTITUTOS PEDAGOGICOS DAN EXAMEN HOY...

Hoy domingo 30 de marzo, a partir de las 8:30 de la mañana, se aplicará, en todo el país, la prueba del Examen de Admisión Único Nacional para los postulantes a Institutos Superiores Pedagógicos (ISP), Escuelas Superiores de Formación Artística e Institutos Superiores de Formación Docente, tanto públicos como privados, anunció el viceministro de Gestión Pedagógica, Idel Vexler.
Señaló que de acuerdo al cronograma de actividades, el proceso de admisión 2008, para el cual se presentan 6 mil 914 jóvenes, está constituido por dos fases, ambas con carácter eliminatorio. La nota mínima para aprobar, en ambas etapas, es 14, recordó el viceministro.
Idel Vexler explicó que la primera etapa, a cargo del Ministerio de Educación, es de aplicación nacional y medirá la capacidad comunicativa y lógico matemático, así como los conocimientos generales básicos del postulante. El 5 de abril se darán a conocer los resultados a nivel nacional, remarcó el viceministro.
Asimismo, indicó que dos días después se desarrollará la segunda fase a nivel regional, con pruebas de tipo psicológico, vocacional y de aptitudes personales respecto al nivel y la especialidad a los que aspira el postulante. Luego tendrá lugar una entrevista personal que verificará las capacidades de expresión comunicacional, conocimiento de la actualidad regional, y actitudes personales para la carrera a la que se postula, agregó Idel Vexler.
Por su parte, el director de Educación Superior Pedagógica del Ministerio de Educación, Guillermo Molinari Palomino, recordó que desde el año pasado, por decisión expresa del ministro Antonio Chang, empezó esta nueva modalidad de concurso, que – aseguró- busca elevar la calidad educativa mediante una mejor selección de los interesados en la carrera docente.
El año pasado, de los 14 mil 847 postulantes a los ISP, Escuelas Superiores de Formación Artística e Institutos Superiores de Formación Docente, sólo ingresaron 454.
En años anteriores se presentaban entre 25 mil y 30 mil postulantes y todos ingresaban. Pero desde el año 2007, con la aplicación, por primera vez en la historia del país, de la prueba única establecida por el Ministerio de Educación se ha generado una reducción considerable de la demanda. Entre los años 2002 y 2006, el número de postulantes promedio que ingresaban superaban los 24 mil.
Entre otras medidas que han permitido reducir la oferta de formación docente en el Perú figuran: La suspensión de la creación de nuevos institutos superiores pedagógicos hasta el 2011, el recorte de metas de ingreso al primer año de estudios en los institutos que no lograron una evaluación satisfactoria de su funcionamiento, y la aplicación de la evaluación nacional para el ingreso a estudios en la carrera docente que supone obtener un puntaje mínimo de 14 en una escala vigesimal.
14 DOCENTES INGRESAN CON PUNTOS DE VENTAJA A SEGUNDA ETAPA DE NOMBRAMIENTO...
Plazo Para Presentar Expedientes Vence El 1º de Abril y, Prueba Para Ocupar Una De Ls 23,970 Plazas Orgánicas, Se Inicia El Martes 08 Del Mismo Mes...

Catorce de los 151 maestros que calificaron para la segunda etapa del Concurso Público de Nombramiento de Docentes ingresarán a la prueba, que se iniciará el 8 de abril próximo, con puntos de bonificación, de acuerdo al Artículo 53 del Decreto Supremo Nº 027-2007-ED, que aprobó el Reglamento de la Ley 28649 y que autoriza el concurso.
Así lo aseguró la jefa de la Unidad de Personal del Ministerio de Educación, Magnet Márquez, tras indicar que el mencionado artículo a la letra dice: "los postulantes que obtuvieron 53 puntos y más y no les fueron adjudicadas plazas en el concurso público autorizado por la Ley Nº 27491, tendrán, por mandato de la Ley Nº 28649, una bonificación excepcional del diez por ciento (10%) sobre el puntaje obtenido en la etapa de selección".
Indicó que los docentes favorecidos con esta bonificación son: María Orellana Santibáñez, Percy Cordero Estefo, Santos Bartolo Collantes, Francisco Julián Huaman, Gianina del Rosario Ortiz Almeyda, Augusto Maza Quispe, Marlene Tipula Tipula, Liliana Delgado de la Cruz, Teresa Robles Musaja, Walter Mesías Almeyda, Yraida Acco Ccaico, Rosa Gómez Gonzáles, Victoria Medina Bellido, y Elizabeth Aquije Tipiana.
El Ministerio de Educación remitió esta información a las autoridades de las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y de las Unidades de gestión Educativa Local (UGEL) con el objetivo que expida la constancia correspondiente a cada uno de los docentes mencionados, remarcó Magnet Márquez.
EL 1º DE ABRIL VENCE PLAZO PARA PRESENTAR EXPEDIENTES...
Asimismo, recordó que el martes 1 de abril vence el plazo para que los profesores que calificaron para la segunda etapa del Concurso Público de Nombramiento de Docentes presenten sus respectivos expedientes en las DRE o UGELs donde postularon.
De acuerdo al cronograma establecido en enero último, la revisión de dichos expedientes se hará en los 4 días siguientes y la aplicación de la evaluación correspondiente se realizará entre el 8 y el 17 de abril. Al día siguiente se publicarán los resultados y la presentación de reclamos se efectuará el 21 y 22 de abril.
El cronograma establece que la resolución de los reclamos presentados por los maestros sea del 23 al 25 y que la publicación definitiva del cuadro de méritos se haga el 28 de abril. El proceso de adjudicación de las plazas se desarrollará del 29 de abril al 27 de mayo del presente año.
Del total de las 23 mil 970 plazas orgánicas existentes para el nombramiento de docentes de Educación Básica Regular, Educación Especial, y Educación Alternativa y Técnico Productiva, 4 mil 385 están en Loreto (18.29%), 2 mil 787 en Lima Metropolitana (11,63%), mil 463 en Ucayali, mil 396 en Ayacucho, mil 76 en Lima Provincias, mil 69 en Cusco, mil 49 en Ancash, mil 36 en San Martín y mil 17 en Junín, entre otros.
QUE PASA EN CAÑETE... LA MODERNIDAD ADMINISTRATIVA NO HA LLEGADO...
Escribe: Lic. Enrique Nuñez Palomino

El presente articulo no es con la intencion de perjudicar a ninguna entidad Municipal, sino el de impulsar que se cumpla con lo prescrito por ley, y que las municipalidades cuenten con profesionales idóneos que cumplan la tarea de trabajar en la modernidad de la administración del estado.
Es necesario que pongamos el hombro para una buena gestión, es el momento de la competitividad y de gente con calidad de trabajo, hay que saber rodearnos, y sin distingos políticos… no a los que siempre dicen si, por satisfacer egoísmos y engaños… la amistad y el partidarismo no se deben de confundir con la capacidad innovadora.
EL D.S. Nº 079-2007-PCM INDICA EL PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR EL TUPA (EL TEXTO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOS PARA LOS COBROS Y REQUISITOS QUE EXIGEN LAS MUNICIPALIDADES).
SI ESTOS NO HAN CUMPLIDO CON LA LEY, EL CIUDADANO NO ESTA OBLIGADO AL PAGO Y REQUISITOS EXIGIDOS POR ELLOS…
El Gobierno ha considerado conveniente actualizar la normativa de los procedimientos administrativos en las entidades de la Administración Pública que constan en el respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, documento de gestión cuya elaboración debe realizarse sobre la base de criterios de simplicidad y flexibilidad en un contexto de uso racional de los recursos públicos y de mejora en la calidad de atención al administrado. Considerando lineamientos para elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA.- y habiéndose expedido la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y estando el Estado peruano en proceso de modernización la finalidad es mejorar la gestión pública en todos sus niveles.
Y además el presente Decreto Supremo se ampara en la ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, que en su artículo 48 otorga competencia a la Presidencia del Consejo de Ministros para garantizar el cumplimiento de las normas sobre simplificación administrativa.
Así mismo habiéndose expedido mediante Ley Nº 29060, la Ley del Silencio Administrativo Positivo, se modificaron los procedimientos sujetos al procedimiento administrativo positivo, reduciendo el ámbito de aplicación del silencio administrativo negativo, con la finalidad de ofrecer una mejor atención de los procedimientos y no obstaculizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos. De igual forma se establece que, en caso de que se venza el plazo para que opere el silencio administrativo positivo, los administrados podrán presentar una Declaración Jurada ante la propia entidad, y que dicho documento configura prueba suficiente de la resolución aprobatoria ficta de la solicitud o trámite iniciado;( ya lo hemos Explicado en Ediciones anteriores).

DE LOS ORGANOS RESPONSABLES DE LA ELABORACION DEL TUPA
La dirección o gerencia de Planificación o planeamiento, es el órgano encargado de conducir el proceso de elaboración, que se sustenta legalmente con la gerencia de asesoría jurídica, y la gerencia de Administración que se encarga de la sustentación de los costos que debe de cobrar cada municipalidad o gobierno local, previamente a su aprobación.

DEL COBRO A LOS USUARIOS Y SUS EFECTOS
En el caso de los costos que se cobran por los trámites administrativos, estos se deberán haber adecuado a la metodología aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 087-95-INAP/DTSA que aprueba la Directiva Nº 001-95-INAP/DTSA, con la finalidad de sustentar y cobrar el costo adecuado de inversión de los administradores (Gobierno Regional y Municipios) a los administrados (Usuarios).
Rescatemos dos aspectos importantes por ejemplo, "el monto de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos no deberá exceder el costo real del servicio, y ninguna Entidad puede cobrar tasa alguna al interior de un procedimiento administrativo como condición o requisito previo a la impugnación de un acto emitido por la propia Entidad (ejemplo para solicitar una Reconsideración, Apelación o Revisión), si los Gobiernos regionales cobran al respecto se declara nula la norma que aprueba dicho TUPA.".

DE SU CONTENIDO, APROBACION , Y PUBLICACION…
Contenido del TUPA.- El TUPA de las entidades debe establecer de manera clara todos los procedimientos administrativos, incluidos los recursos administrativos, así como los servicios prestados en exclusividad, y también los formatos para su aprobación deberán contar con la opinión favorable de la Gerencia Regional y de la Gerencia Municipal, respectivamente. Así como que también debe de estar sustentado los mecanismos de procedimientos expresados en dicha propuestas, presentada por los órganos involucrados encargados de la elaboración de sus TUPAs. Para su Publicación se hará en el diario de los avisos Judiciales de la Región y localidad, además que cada entidad deberá de difundir y publicitar el TUPA aprobado.

EN CASO DE INCUMPLIMEINTO
Efectos en caso de incumplimiento: La no remisión de la sustentación contenida en los documentos arriba señalados o su remisión incompleta, conllevará a que la Entidad no aparezca en la relación que deberá publicar la Presidencia del Consejo de Ministros, otorgándosele 15 días calendarios para su subsanación. De no efectuarse la justificación la Entidad no podrá exigir dichos procedimientos, quedando sin efecto hasta que se complete o regularice dicha omisión. Asimismo, le impedirá aplicar el silencio administrativo negativo en sus procedimientos, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, debiendo aplicar a los mismos el silencio administrativo positivo

EN EL CASO DE CAÑETE... ¿quienes han cumplido?
Como se podrá apreciar en la Portal de LA PRESIDENCIA DEL CONCEJO DE MINISTROS (www.pcm.gob.pe), el último 26 de Marzo del 2007, la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, ha presentado una relación de las entidades que cumplieron con remitir la documentación establecida en la primera disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, luego de haberse dado el plazo de subsanación; el mismo que señala lo siguiente:
"Conforme lo establecido en el punto 5 de la primera disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros otorgó un plazo de subsanación de 15 días calendarios para que las
entidades que no hayan remitido la sustentación legal y técnica de los procedimientos contenidos en sus TUPAs dentro del plazo por establecido lo hagan. En ese sentido, la
Secretaría de Gestión Pública cumple con publicar la relación de entidades que han cumplido con remitir dicha documentación dentro del plazo de subsanación establecido. (Ver Anexo N°
001)".
En el Anexo 001, se tiene una relación de las diversas entidades de gobierno, así como municipios que han cumplido con todo el proceso. En el caso de Cañete, no hay ninguna municipalidad que haya cumplido. En cambio, es destacable saber que ha cumplido la Municipalidad Provincial de Yauyos, así como las Municipalidades Distritales de Ayavirí, Catahuasi, Omas, Pilas y Quinocay de la vecina provincia de Yauyos.
Hay que precisar que en anterior boletín informativo del 13 de Febrero de la PCM se tenía a los municipios de Cerro Azul y San Antonio, como los únicos distritos de Cañete que habían cumplido con presentar la documentación sustentatoria, pero parece que ha tenido observaciones, las mismas que no han levantado, por ello, es que no se encuentran en la actual relación de municipios que han cumplido con remitir la documentación.
EDE CAÑETE S.A.

AVERIA POR TERCEROS

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico producida por Avería por Terceros ocasionada por caída de antena sobre red de MT 10 kV en la Urb. Santa Bárbara, distrito de San Luis de la provincia de Cañete, que afectó a las zonas indicadas líneas abajo.
De tener información que ayuden en dar con los responsables de estos hechos que se vienen repitiendo muy frecuentemente, le agraderecemos comunicarse a FONOCAÑETE al 4494400.
LUGAR: Urb. Santa Bárbara - San Luis..
ZONAS AFECTADAS: Los Olivos, Arona, CP Santa Bárbara, Santa Cruz, San Luis, Laura Caller, Sector Tranquera de Fierro, CP Don Oscar, CP Casa Blanca, CP Señor de los Milagros, Sector Paguatodo, Asoc. de Viv. Miraflores, CP Bellavista, Nuevo Cerro Azul, Zona céntrica del distrito de Cerro Azul, Circuito de Playas al Norte de Cerro Azul y parte de playas del distrito de Asia de la provincia de Cañete del departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 5010 a PMI 55360 T SAM 301A
FECHA: Viernes 28 de Marzo de 2008.
HORA DE INICIO: 19:48 hrs., Viernes 28 de Marzo de 2008.
HORA FINAL: 21:09 hrs., Viernes 28 de Marzo de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T., ocasionada por terceras personas, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después EDECAÑETE S.A. procedió a la normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE S.A. agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causas fuera de su control.

29 marzo 2008

EN MENOS DE 6 HORAS... 2 TEMBLORES ALARMA POBLACION CAÑETANA...

Un nuevo movimiento telúrico sacudió esta mañana a las 7:51 horas la ciudad de Lima, y alertó a toda la población del Sur chico del país... Se trataba del segundo sismo que se registraba en poco más de seis horas y que provocó cierta alarma entre los habitantes.
De acerdo a reportes del Instituto Geofísico del Perú (IGP), el temblor tuvo una magnitud de 5.3 grados en la escala de Ritcher y una intensidad de 4 grados en la escala de Mercalli.
Según Hernando Tavera, funcionario del IGP, el epicentro estuvo ubicado a 54 kilómetros al suroeste del Callao.
A consecuencia, del sismo se produjo un desprendimiento de rocas en la Costa Verde en el sector de la playa Waikiki, en Miraflores, que ha motivado el cierre temporal del tránsito vehicular.
Seis horas antes, a las 1:40 horas, Lima sufrió un temblor de 4.3 grados en la escala de Richter y su epicentro se ubicó a 40 kilómetros al suroeste del Callao.
Mientras ello sucedía en la capital... en Cañete la población se alarmó por los temblores que nos recordaron los sucesos ocurridos el pasado 15 de Agosto del año pasado; no se ha reportado ningún hecho que lamentar en la provincia.
Desde hace siete meses no cuentan con buen servicio…
POBLADORES DE SANTA BÁRBARA MARCHARON Y PROTESTARON EN FRONTIS DE EMAPA – CAÑETE…


SAN VICENTE.- Cansado de la ineficiencia y la inoperatividad de parte de la gerencia y del directorio de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, EMAPA – Cañete, S.A., los pobladores de Santa Bárbara, protestaron ayer por las calles de esta localidad, dirigiéndose hasta el frontis de esta empresa.
Portando pancartas, banderolas y lanzando arengas en contra de esta empresa, así como sonando las ollas y baldes vacíos, los pobladores exigieron a EMAPA CAÑETE, la solución inmediata a sus reclamos.
“No hay agua. Estamos tomando agua sucia desde hace más de siete meses. No hay gerente, no hay directorio… Los funcionarios y directores son incapaces”, expresaban los moradores.

ALCALDE SE “SUBIÓ AL CARRO”…
Por su parte, al cuestionado alcalde de San Luis, Arturo Antezana, no le quedó otra alternativa que aprovechar el momento y “subirse al carro” de los pobladores e identificarse con sus problemas.
“Creo que es un reclamo digno de ellos. Esperemos que se solucione el problema”, dijo Arturo Antezana ante la protesta de los pobladores que exigían a voz en cuello: “agua, agua, agua”.
Puntualizó que el problema ha sido que la empresa que ha ganado la buena pro para realizar las obras en dicho sector, ha tenido problemas y eso ha sido uno de los factores de la demora.

SE LOGRAN ACUERDOS…
En las oficinas de EMAPA Cañete, los pobladores de Santa Bárbara se reunieron con la Gerente General, Ing. Maria del Carmen Quevedo Caiña; el Administrador General, C.P.C. Enrique Loyola y funcionarios de la EPS, por parte de los pobladores estuvieron el Sr. Victorino Ricardo Inga, Presidente; Sra. Gloria Palomino Apolaya, Agente Municipal; Sr. Teodoro Ayllón Vilcapoma, poblador; además del Regidor de San Luis, Jhon Sánchez Huamán y el Alcalde de este distrito, el Sr. Arturo Antezana Urbina.
Los acuerdos tomados son los siguientes: Culminación de la obra de rehabilitación de la línea de conducción de agua potable de Compradores hasta Tupac Amaru, se realizará la 3º semana de Abril del pte. año. Se realizará la prueba hidráulica de la tubería de 160mm de Panamericana Sur hacia Sta. Bárbara, en coordinación con el Alcalde de San Luis, quien prestará el apoyo con el personal no calificado, en la 1º semana de abril.
El abastecimiento de agua al CPM Santa Bárbara se realizará 2 horas diarias, a partir de la 2º semana de abril, después de hacer culminada las pruebas hidráulicas y realizado los empalmes a los C.P.M. de Santa Cruz y San Pedro.
Llenado total de los tanques y mantenimiento (limpieza) con apoyo de los pobladores.
Buen trato del personal que distribuye el agua en camiones cisternas hacia la población.
EMAPA CAÑETE, aprovecho la ocasión para hacer la invitación a los representantes del CPM Santa Bárbara a la visita de campo a la obra de rehabilitación de a línea de Compradores, previa coordinación.
AVISO DE TRANSFORMACION
SAN JUAN DE ARONA – ALAYZA & COMPAÑÍA S.R.L.

De conformidad con el art. 337º de la Ley General de Sociedades se comunica al público que por acuerdo de Junta General de Socios de San Juan de Arona – Alayza & Compañía S.R.L., de fecha 25 de Febrero del 2008, ha sido acordada la transformación de la empresa a Sociedad Anónima Cerrada adoptando el texto del nuevo estatuto social aprobado en la citada empresa.
Lima, 27 de Febrero del 2008.
La Gerencia General
17, 23 y 29 de Marzo.
BAJA PRESION Y POCA CONTINUIDAD EN LAS ZONAS ALTAS DE IMPERIAL
Comisión de regantes de Canal Viejo Imperial secará el canal...


La Comisión de regantes del Canal Viejo Imperial, realizará sus trabajos de reparación del mismo en el Sector Ungará para lo que requiere secar este canal desde el domingo 30 de marzo a horas 12.pm. al miércoles 02 de abril del presente año.
Por ello las partes altas de Imperial sufrirán de baja presión y poca continuidad, tales como: A.H. Josefina Ramos, Las Malvinas, Asunción 8, Melchorita, Primavera y zonas aledañas.
Recomendamos a los usuarios almacenar el agua potable en recipientes desinfectados con cloro y mantenerlos tapados; además el camión cisterna estará alerta ante cualquier adversidad para abastecer de agua potable a la población.
WESTERN COTTON S.A. PODRIA NO DESPEDIR A TRABAJADORES QUE INCURRIERON EN ABANDONO DE TRABAJO POR MAS DE TRES DIAS…

Mediante nota de prensa enviada a los diferentes medios de comunicación, la Oficina de Relaciones Públicas de la Western Cotton S.A., dio a conocer que “los trabajadores de dicha empresa, que hayan incurrido en falta grave, abandono de trabajo por más de tres días consecutivos (artículo 25º numeral “h”, del Decreto Supremo 003-97-TR) y decidan ingresar voluntaria y pacíficamente hasta el día de hoy a laborar; se les comunica que podrían no ser sancionados con despido justificado a criterio de la Empresa según sus antecedentes de buena conducta y productividad”.
Sin duda, una atinada
medida que trata de limar las asperezas entre los trabajadores y los empleadores; y que busca en primer lugar reestablecer la vida laboral y productividad de la Western Cotton.
WESTERN COTTON S.A. LANZA CONVOCATORIA PARA PUESTOS DE TRABAJO

Western Cotton S.A. comunica a la población mayor de edad de Cañete, con ánimo y buena predisposición de trabajo, que se encuentran disponibles por el momento cincuenta y tres (53) vacantes de puestos de trabajo, entre obreros textiles, mecánicos y operarios en general; por lo que se convoca a que asistan el lunes 31 de Marzo del 2008, a horas 07:00 am. con copia de su DNI, antecedentes policiales, certificado de salud y copia de recibo de agua o luz de su domicilio, traerlos al local sito en Carretera Panamericana Sur Km. 147.5, San Vicente de Cañete.

Cañete, 28 de Marzo del 2008

Oficina de Relaciones Públicas de Western Cotton S.A.
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

COMUNICADO

PAGO A PERSONAL ACTIVO Y PENSIONISTAS DEL SECTOR SALUD

El Gobierno Regional de Lima informa a la opinión pública lo siguiente:

1.- Que la modificación en el cronograma de pagos al personal activo y pensionistas del Sector Salud en el mes de marzo, obedece al proceso de transferencia de la Dirección de Salud III y las Redes de Salud en el ámbito de las nueve provincias de la Región Lima al Gobierno Regional de Lima.

2.- Cabe indicar, al respecto, que el viernes 14 de marzo se emitió el Decreto Supremo Nº 008-2008-SA que autorizó la transferencia. El lunes 17 de marzo el Consejo Regional aprobó en Sesión Extraordinaria la transferencia presupuestal, de competencias y funciones mediante el Acuerdo Regional 29-2008 CR/GRL, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de marzo.

3.- Es a partir de esa fecha que el Gobierno Regional de Lima recién puede iniciar gestiones ante el Ministerio de Economía y Finanzas para desarrollar una serie de adecuaciones presupuestales que permitan la posterior autorización de las transferencias de recursos a las Unidades Ejecutoras incorporadas al ámbito regional. Esta labor, que comprende varios procedimientos, debe concluir el viernes 28 de marzo en lo que corresponde al Gobierno Regional y las Unidades Ejecutoras del sector salud.

4.- En tal sentido, se informa que el Gobierno Regional estima que los pagos que se encuentran pendientes al personal activo y pensionistas del Sector Salud podrían hacerse efectivos a partir de la próxima semana. Respecto al cronograma de pagos de abril, se abonará en las fechas establecidas con anterioridad.


Huacho, 28 de marzo de 2008
Se trata de un conductor de la empresa de Asia...
APEDREAN A VEHÍCULO DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES “VIRGEN DEL CARMEN DE MALA”…
Caos y zozobra vivieron pasajeros que viajaban San Vicente – Mala…


MALA.- Un vehículo de la empresa de transportes “Virgen del Carmen” de esta localidad, fue apedreado por un sujeto rompiendo las lunas de sus ventanas y parabrisas, causando zozobra y caos entre los pasajeros que viajaban de San Vicente a Mala.
El hecho ocurrió al promediar las 14:30 horas a la altura del puente de Mala (La Huaca) en momentos en que al vehículo RGD 935, conducido por el chofer Jorge Peña Cáceres, le fue cerrado el paso por uno de sus pares del distrito de Asia.
Fue en ese instante que el conductor del vehículo agresor, cuyas características se guarda en estricta reserva, se baja y en un acto de lo más vil y delincuencial le increpa y se produce algunas escaramuzas.
No contento con eso. Agarró unas piedras y lanzó con toda su furia al vehículo, rompiendo la parabrisas y las ventanas de los vehículos, sin importarles la integridad física de los pasajeros.
La peor parte se la llevó el cobrador, Alan Cuenca, quien ante la maniobra del chofer del vehículo y al tratar de estacionarse fuera de la berma izquierdo, perdió el equilibrio y aterrizó en la pista sufriendo traumatismo en diversas partes del cuerpo.

PARADERO INFORMAL ORIGINA PROBLEMA…
El gerente de transporte de la empresa “Virgen del Carmen”, Alejandro Huamaní, protestó sobre este hecho y anunció que irá hasta las últimas consecuencias para dar con los responsables.
Puntualizó que el problema, por lo general, se origina en el kilómetro 101 de la Panamericana Sur donde existe un paradero informal, utilizado por las empresas de Virgen del Rosario y San Isidro ambos del distrito de Asia que cubren la ruta Asia – Mala.
“Constantemente nuestros vehículos, los conductores y cobradores son agredidos por algunos malos choferes y cobradores de estas empresas. Pero, el del día de ayer, si ya rebasó el vaso de agua”, relató Huamaní.
Precisó que en más de una oportunidad se le ha dicho al gerente de transporte de la Municipalidad Provincial de Cañete, Dr. Luis Fernández Estrella, que clausure el paradero informal, pero ha hecho caso omiso.
“Incluso, en una reunión que tuvimos con la Policía Nacional, le increpé para que dé solución al problema. Pero, el problema sigue igual y es un latente peligro para los pasajeros. Esperamos que esta vez dé solución al reclamo”, manifestó.

PNP INTERVIENE…
Alejandro Huamaní, presentó la denuncia en la Comisaría de Mala, donde el mismo Mayor PNP, Williams Mathías Mathías, vienen realizando las investigaciones para dar con los responsables.
Los conductores del vehículo asiano, hasta el cierre de nuestra edición se encontraba como “no habido”, especulándose que se habría dado a la fuga.
Por su parte, el Gobernador del lugar, Vidal Chumpitaz Ávila, manifestó que interpondrá sus buenos oficios para dar solución al problema, toda vez que se trata de la vida de cientos de pasajeros.
REGULAN REGIMEN DE BENEFICIO PARA CONTRIBUYENTES QUE MANTIENEN OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS PENDIENTES DE PAGO

La Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Ordenanza Nº 009-2008-MPC aprobó la regulación de un Régimen de Beneficios a aquellos contribuyentes que mantengan pendiente el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias que se encuentren en cobranza ordinaria o coactiva, cuyo acreedor tributario sea la entidad municipal provincial.
En aplicación de dicho dispositivo, se consideran las siguientes obligaciones tributarias y no tributarias, que se encuentren vencidas al 31 de diciembre de 2007:
Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Multas Tributarias,
Multas Administrativas y
Licencia de Funcionamiento.
Podrán acogerse a los beneficios otorgados por la respectiva ordenanza aquellos contribuyentes que mantengan deuda tributaria y no tributaria pendiente de pago con la Municipalidad Provincial de Cañete, inclusive los contribuyentes que hayan efectuado fraccionamiento de pago en forma anterior a la publicación de la misma norma.
El plazo improrrogable de acogimiento al presente beneficio, vence el 31 de marzo de 2008. El acogimiento implica el pago o fraccionamiento efectuado dentro del término de vigencia de la ordenanza.
Para mayores informes los contribuyentes pueden acercarse a la Oficina de la Gerencia de Tributación Municipal en el horario de 7.45 a.m. á 2.45 p.m.
Inscripciones hasta el seis de Abril…
UNIVERSIDAD “ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE” CONVOCA A EXAMEN PARA MAESTRÍA EN CIENCIAS DE LA EDUCACION…


SAN VICENTE.- La Universidad Nacional de Educación “Enrique Guzmán y Valle”, viene convocando al Examen de Admisión 2008 – A, para seguir los estudios de Maestría en Ciencias de la Educación.
Las especialidades que ofrece esta prestigiosa universidad del país, son: Gestión de la Calidad Educativa, Problemas de Aprendizaje y Docencia Universitaria.
Los requisitos para continuar este grado académico son: Copia original de estudios universitarios, currículum vital documentado, copia de grado académico de bachiller y otros.
Las inscripciones se vienen realizando en local del Instituto Superior Pedagógico “Jesús de Nazareth”, sito en la autopista Imperial – San Vicente, altura del Coliseo “Lolo Fernández”.
“Es una nueva oportunidad para que los docentes de nuestra provincia, puedan estudiar la Maestría en Ciencias de la Educación”, expresó el profesor José Sánchez Torres, coordinador de esta casa de estudios en Cañete.
JUDICIALES

AVISO JUDICIAL
RECTIFICACION DE SU ESTADO CIVIL
Exp. Nº 2007-0034-C, Ante el Juzgado de Paz Letrado de Yauyos, a cargo del Dr. Daniel Alexander Soto Borjas y Secretaria Rosa Salazar Balvin, de Don OBED JORGE FLORES HUARI, solicita su RECTIFICACION DE SU ESTADO CIVIL, en su documento nacional de identidad, debiendo aparecer como “soltero” y no como erróneamente aparece como casado.
Yauyos, 19 de Marzo del 2008.
Rosa Salazar Balvin
Secretaria
Juzgado de Paz Letrado de Yauyos

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. Nº 2008-21, Ante el 1er Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la señora Juez Patricia Martínez Guando, se ha admitido la solicitud interpuesta por LOURDES CARMEN RUIZ ARANDA quien solicita la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMENTO de su hijo EDGAR RENE SALVADOR RUIZ, sentada ante la Municipalidad Provincial de Cañete, número 358, del año 1989, inscrito en el Libro Nº 29, folio Nº 58, señalando en la demanda que en ella se ha consignado lo siguiente: aparece por error el apellido materno del padre (FERNANDO VILLAVICENCIO SALVADOR) como si este fuera el paterno es decir: EDGAR RENE VILLAVICENCIO RUIZ, debiendo ser lo correcto EDGAR RENE SALVADOR RUIZ. Lo que se publica conforme a ley.
Cañete, 07 de Febrero del 2008.
Omar Velásquez Ochoa
Secretario Judicial
1er. Juzgado de Paz Letrado de Cañete
EDE CAÑETE S.A.

ACTO VANDALICO
(HURTO DE CONDUCTORES)

çDando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico producida por Actos Vandálicos (Hurto de conductor) en la red de MT 10 kV, altura del camino carrozable a Playa Hermosa del distrito de San Vicente, que afectó a las zonas indicadas líneas abajo.

De tener información que ayuden en dar con los responsables de estos hechos que se vienen repitiendo muy frecuentemente, le agraderecemos comunicarse a FONOCAÑETE al 4494400.

LUGAR: Camino a Playa Hermosa - San Vicente.
ZONAS AFECTADAS: Fdo. Santa Rosita, CP Agua Dulce, CP Cochahuasí, CP Playa Hermosa, CP Boca del Río, CP La Encañada, CP Inmaculada Santa Rosa, CP H. Unanue, CP La Esmeralda, CP La Pampilla, CP San Pedro, CP Cuiva, CP Pampa Castilla, Pío Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, Zaire, San Juan, CP Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 3000 a SED 444A T 316A
FECHA: Viernes 28 de Marzo de 2008.
HORA DE INICIO: 00:19 hrs., Viernes 28 de Marzo de 2008.
HORA FINAL: 09:15 hrs., Viernes 28 de Marzo de 2008.

La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T., ocasionada por terceras personas, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después EDECAÑETE S.A. procedió a la normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE S.A. agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causas fuera de su control.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA Nº 010-2008-MPC

Cañete, 25 de marzo de 2008

EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;

POR CUANTO:
En Sesión de Concejo de fecha 14 de marzo de 2008, el pedido de ampliación del plazo para el pago de la primera cuota del Impuesto Vehicular, Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al mes de enero y febrero del ejercicio fiscal 2008;

CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia, y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, el vencimiento para el pago al contado del Impuesto Predial o la primera cuota fraccionada sobre este mismo tributo, vence el último día hábil del mes de febrero;

Que, mediante Ordenanza Nº 030-2007-MPC, publicada con fecha 26 de diciembre de 2007, la Municipalidad Provincial de Cañete aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2008;

Que, el Artículo 5 de la mencionada ordenanza establece que los arbitrios municipales son de periodicidad y determinación mensual, debiendo cancelarse dentro de los plazos establecidos, esto es el último día hábil de cada mes, habiéndose determinado que el pago de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de enero y febrero del 2008 tenían como fecha de vencimiento el día 29 de febrero del presente año fiscal;

Que, sobre el particular, conviene mencionar que el Artículo 60° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, establece que las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fije la ley;

Que, asimismo, conforme lo dispone el último párrafo del Artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, la Administración Tributaria, entiéndase gobierno local, en el presente caso, se encuentra facultada a prorrogar con carácter general el plazo para el pago de la deuda tributaria;

Que, considerando la difícil situación económica por la que se encuentran atravesando muchas familias del distrito de San Vicente de Cañete, a consecuencia del sismo del 15 de agosto del 2007, es política de la actual gestión municipal brindar a los vecinos facilidades para el pago de sus obligaciones tributarias, para ello es preciso otorgar prórrogas en los plazos para el cumplimiento de las mismas, así como el incentivo por pago al contado;

Que, por lo anteriormente expuesto, y de conformidad con el Artículo 9, numeral 8, el Artículo 39 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Pleno del Concejo Provincial, se aprueba lo siguiente:

AMPLIA PLAZO PARA EL PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL MES DE ENERO Y FEBRERO DEL EJERCICIO FISCAL 2008

Artículo Primero.- Ampliar, el plazo para efectuar el pago al contado, o pago de la primera cuota del Impuesto Vehicular y el Impuesto Predial 2008, así como el pago del primer vencimiento de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazo correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo del presente año.

Artículo Segundo.- Prorróguese hasta el 31 de marzo del presente año el incentivo por pago al contado establecido en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 030-2007-MPC.

Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Tributación Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza, y a la Oficina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional la divulgación y difusión de sus alcances y a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

José Antonio Espinoza Peña
TENIENTE ALCALDE
ALCALDE (e)
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA Nº 011-2008-MPC

Cañete, 25 de marzo de 2008

EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;

POR CUANTO:
En Sesión de Concejo de fecha 14 de marzo de 2008, el pedido que precise los alcances de la Ordenanza Nº 008-2008-MPC en relación a la presentación de ciertos requisitos para la obtención de la Constancia de Posesión a fin de simplificar el trámite de entrega de la Constancia de Damnificado Beneficiario;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son órganos de gobierno local, las cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia;

Que, a través de la Ordenanza Nº 008-2008-MPC de fecha 29 de febrero de 2008, la Municipalidad Provincial de Cañete aprobó la exoneración del costo del derecho de trámite para la obtención de la Constancia de Posesión y eliminación de ciertos requisitos a fin de simplificar el trámite para la entrega de la Constancia de Damnificado Beneficiario, conforme a los alcances del Decreto de Urgencia Nº 023-2007, que regula el otorgamiento de una subvención destinada a aliviar el efecto de la destrucción total de las viviendas a consecuencia del terremoto ocurrido el 15 de agosto de 2007, por el monto de S/. 6,000.00 (Seis Mil y 00/100 Nuevos Soles);

Que, el Artículo Segundo de la Ordenanza citada en el párrafo precedente establece los requisitos que deberán presentar los damnificados para la expedición de las constancias de posesión, entre los que se encuentra el documento que acredite el pago del monto insoluto por concepto de Impuesto Predial de los ejercicios fiscales 2006 y 2007, tomando como referencia que una de las principales dificultades que vienen atravesando centenares de damnificados del distrito de San Vicente de Cañete, están relacionadas al Saneamiento Físico Legal de terrenos de propiedad privada, que recaen sobre posesionarios que cuentan con legitimidad para iniciar los procedimientos especializados, en virtud del convenio que esta Municipalidad Provincial ha celebrado con el Organismo de la Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI;

Que, conforme a lo anterior, y dentro del ejercicio de la función de representación y de orientación que compete a este Concejo Municipal, resulta apropiado que se precise los alcances del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 008-2008-MPC, respecto del pago por concepto de Impuesto Predial de los ejercicios fiscales 2006 y 2007, a fin de brindar una correcta interpretación a los damnificados de la jurisdicción de San Vicente sobre el compromiso de sus obligaciones tributarias;

Que, por lo anteriormente expuesto, y de conformidad con el Artículo 9, numeral 8, el Artículo 39 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Pleno del Concejo Provincial, se aprueba lo siguiente:

ORDENANZA QUE PRECISA LOS ALCANCES DEL ARTÍCULO SEGUNDO DE LA ORDENANZA Nº 008-2008-MPC EN RELACION A LA PRESENTACION DE CIERTOS REQUISITOS PARA LA OBTENCION DE LA CONSTANCIA DE POSESION QUE PERMITA ACCEDER A LA CONSTANCIA DE DAMNIFICADO BENEFICIARIO

Artículo Único.- Precisar que para la obtención de la Constancia de Posesión que establece la Ordenanza Nº 008-2008-MPC, además de la presentación de los requisitos que establece el Artículo Segundo de la referida ordenanza, los damnificados solicitantes deberán presentar el documento que acredite el pago del monto insoluto por concepto de Impuesto Predial de los ejercicios fiscales 2006 y 2007. Lo anterior, no constituye condonación, ni exoneración ni otra modalidad de supresión de la deuda tributaria y/o no tributaria que pueda mantenerse pendiente de pago.

Si el damnificado solicitante registrara deuda pendiente por obligaciones de naturaleza tributaria o no tributaria, que no corresponda al tributo y los años señalados en el párrafo anterior, así como de otros ejercicios fiscales anteriores, podrá acogerse al Régimen de Beneficios Tributarios, conforme a la normatividad municipal vigente sobre la materia.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

José Antonio Espinoza Peña
TENIENTE ALCALDE
ALCALDE (e)