04 abril 2008

MAÑANA ENTREGARAN 584 BONOS 6000 EN LA PROVINCIA DE CAÑETE...

584 Bonos 6000 serán entregados éste fin de semana en la provincia de Cañete, por parte de funcionarios del Banco de Materiales, entre favorecidos que corresponden a los distritos de Imperial, Nuevo Imperial, Santa Cruz de Flores, San Antonio y Chilca.
Con la presencia del Ing. Jorge Aparicio, Gerente General del Banco de Materiales; así como del Sr. Hiler Maisel, miembros del Directorio del BANMAT, y los señores Víctor Raúl Espinoza y Manuel Arana, también funcionarios del BANMAT, éste sábado 05 de Abril, la comitiva realizará una recargada agenda de trabajo que se iniciará desde muy temprano, cuando enrumben hacia el distrito de Imperial, donde harán la primera entrega de 277 Bonos. 252 serán para el distrito de Imperial y 25 para Nuevo Imperial, en ceremonia que ha sido programada para las 09 de la mañana.

EN SANTA CRUZ Y CHILCA...
A las diez de la mañana, la comitiva parte rumbo a Santa Cruz de Flores donde harán entrega de 100 Bonos 6000 más. 62 para los pobladores de Santa Cruz de Flores y 38 para el distrito de San Antonio.
Finalmente, a golpe de mediodía, los funcionarios nombrados deberán llegar al distrito de Chilca, donde harán entrega de los últimos 207 Bonos 6000, a la población del distrito.
EMPADRONARAN A PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES DE ALGODON DE LAS PROVINCIAS LIMEÑAS...

Con el fin de contar con una base de datos actualizada de los pequeños y medianos productores de algodón de las provincias limeñas e impulsar su formalización, el Gobierno Regional de Lima realiza el empadronamiento de dichos agricultores.
Dicha base actualizada permitirá proporcionar información básica a los agentes económicos vinculados a la cadena productiva del algodón.
La labor registral, a cargo de la Dirección Regional de Agricultura, se lleva a cabo en las provincias limeñas (Barranca, Cajatambo, Cañete, Canta, Huaral, Huarochirí, Huaura, Oyón, Yauyos) con el apoyo de autoridades locales, juntas de usuarios y otras entidades del sector.
Los productores de algodón limeños deben presentar su documentación legalizada y fedateada, DNI y/o RUC, título de propiedad y/o constancia de tenencia.
En el caso de arrendatarios deben presentar, según la variedad, el contrato de arrendamiento y copia de título de propiedad del arrendador. También la Declaración Jurada de la denominación, la ubicación y extensión total del predio, así como del área total sembrada con algodón.
Además, se exige el documento que sustente la compra de semilla, así como el certificado de la comisión de regantes y/o del gremio algodonero en el que se indique que el solicitante es productor algodonero y se precisen las hectáreas sembradas, según corresponda.
Debe presentar, asimismo, el recibo de compra de agua.
El empadronamiento se hace según variedad del algodón: tangüis hasta el 15 de abril, del cerro/hazera hasta el 30 de abril, pima y áspero hasta el 6 de junio.
El presidente regional de Lima, Nelson Chui Mejia, destacó la activa participación de los productores y organizaciones de algodoneros, quienes buscan satisfacer la demanda de los usuarios en la toma de decisiones y en el diseño de planes para promover el desarrollo de la cadena productiva del algodón.
PROTEJAMOS A NUESTROS NIÑOS...
Escribe: Lic. César Calagua Gutiérrez

Ayer hemos escuchado un tanto sorprendidos como madres de familia y moradores de la zona del desierto de Nuevo Imperial, se quejaban de algunos inescrupulosos que venden licor a menores de edad. Creemos que no es justo que se pierda de esa manera a nuestros jóvenes que tanto necesitan de los mayores.
Es lamentable que estas cosas sucedan en nuestra provincia, donde lejos de ayudar y proteger a los menores se los empuja al abismo a través de la perdición de la droga y el alcohol a vista y paciencia de nuestras autoridades que no se preocupan de supervisar las tiendas camufladas que hay en tantos lugares.
Nuestra pregunta es ¿donde están los padres y familiares de estos niños y jóvenes que beben alcohol metílico y licores baratos expendidos por supuestas tiendas de abarrotes y otros en los asentamientos humanos y lugares alejados del centro de la ciudad?, porque no se pone mano dura contra estas personas que se aprovechan del abandono de los jóvenes para incitarlos a la perdición.
Creemos que se hace necesaria la participación de la Fiscalía de Prevención del Delito, de las autoridades municipales, de la gobernación y la policía nacional para cerrar estos establecimientos que se aprovechan no solamente de los niños y jóvenes, sino también de personas de mal vivir, quienes se juntan en estos antros de perdición con nuestros niños y jóvenes.
Este problema no solamente se da en las afueras de la ciudad, sino en el centro mismo de ella, donde se ve a diario a los menesterosos tirados en las pistas y veredas de la ciudad, producto del envenenamiento paulatino por beber estos licores tóxicos. Ojalá que se tomen las medidas correctivas de manera inmediata y nuestras autoridades coordinen acciones de manera urgente. Esperamos,
IMPORTANTES OBRAS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008 HARA MUNICIPIO PROVINCIAL...

La Municipalidad Provincial de Cañete, mediante nota de prensa enviada a los diferentes medios de comunicación, dio a conocer que se continúa con el trabajo decidido a favor de las poblaciones rurales de la provincia, con la ejecución de obras prioritarias que se encuentran incluidas en el Presupuesto Participativo 2008.
Mediante sendas resoluciones de alcaldía, se ha aprobado los perfiles técnicos y ejecución de obras, las mismas que detallamos a continuación:

CULMINACION DEL LOCAL COMUNAL DEL CENTRO POBLADO PLAYA HERMOSA
Aprobada mediante Resolución de Alcaldía Nº 135-2008-AL-MPC del 27 de marzo del año en curso, con un presupuesto ascendente a la suma de S/. 40,000.00 nuevos soles, que se ejecutará bajo la modalidad de obra por administración directa, con recursos del FONCOMUN, con un plazo de ejecución de 45 días calendarios.

CULMINACION DEL LOCAL COMUNAL DEL CENTRO POBLADO COCHAHUASI
Aprobada mediante Resolución de Alcaldía Nº 134-2008-AL-MPC del 27 de marzo del año en curso, con un presupuesto ascendente a la suma de S/. 30,000.00 nuevos soles, que se ejecutará bajo la modalidad de obra por administración directa, con recursos determinados y recursos directamente recaudados, con un plazo de ejecución de 30 días calendarios.

CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN EL ANEXO SANTA ROSA BAJA
Aprobada mediante Resolución de Alcaldía Nº 133-2008-AL-MPC del 27 de marzo del año en curso, con un presupuesto ascendente a la suma de S/. 120,000.00 nuevos soles, que se ejecutará bajo la modalidad de obra por contrata, con recursos del FONCOMUN, en un plazo de ejecución de 60 días calendarios.

CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN EL CENTRO POBLADO SAN CARLOS
Aprobada mediante Resolución de Alcaldía Nº 132-2008-AL-MPC del 27 de marzo del año en curso, con un presupuesto ascendente a la suma de S/. 100,000.00 nuevos soles, que se ejecutará bajo la modalidad de obra por contrata, con recursos del FONCOMUN, en un plazo de ejecución de 60 días calendarios.

CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN EL CENTRO POBLADO PLAYA HERMOSA
Aprobada mediante Resolución de Alcaldía Nº 131-2008-AL-MPC del 27 de marzo del año en curso, con un presupuesto ascendente a la suma de S/. 130,000.00 nuevos soles, que se ejecutará bajo la modalidad de obra por contrata, con recursos del FONCOMUN, en un plazo de ejecución de 60 días calendarios.
Hace 3 años no identifican a autores de asesinato del Alcalde de Huantán...
CRIMENES EN LA IMPUNIDAD POR INEFICACIA INVESTIGATORIA POLICIAL Y EL MINISTERIO PUBLICO...
Escribe: Cleto Aguado Gutiérrez

Aunque los jefes policiales en sus diferentes dependencias en la jurisdicción de Yauyos y Cañete digan lo contrario, lo cierto es que la ola delincuencial es incontenible en sus diversas modalidades, ya que estos indeseables provistos de armas de fuego y objeto punzo cortantes cometen asesinatos, violentan viviendas, arrebatan a transeúntes y asaltan establecimientos comerciales o se apoderan de automóviles y vehículos menores.
Particularmente los efectivos policiales en la zona de Yauyos, es costumbre que se coluden con los requisitoriados por amistad o dudosos otros convenios, protegen la corrupción de las autoridades locales y desatienden los requerimientos de justicia de humildes campesinos.

IMPUNE ASESINATO DE ALCALDE
El 07 de Julio de 2005, en horas de la noche en el descampado sector de Huacachivato (Imperial), fue asesinado el entonces Alcalde Distrital de Huantán (Yauyos), Valeriano Zacarías Jerónimo (39), que por razones de gestiones se encontraba de tránsito en contacto con su Tesorero y supuesto Contador de la Municipalidad. Los indicios proporcionados por la familia fueron más que suficientes para identificar a los autores homicidas; pero en los casi tres años transcurridos, tanto la investigación policial y de parte del Ministerio Público, por entonces a cargo de la tercera Fiscalía Penal, Dra. Victoria Aleman Luna no han contribuido en nada al esclarecimiento.

OTRO CRIMEN IMPUNE…
El 03 de Marzo último, en plena luz del día y en su propia vivienda rural ubicada en la Asociación de Ganaderos Vista Alegre, Manz. "A", Lote 09 en la jurisdicción de Imperial, fue victimado a pedradas y golpes el campesino Misael Rojas Trujillo (58), que con la ayuda de su hijo Javier Rojas Valentín fue socorrido en el Hospital Materno Infantil de Imperial, luego en el Hospital Rezola y por la gravedad de las múltiples heridas y traumatismo encéfalocraneano fue evacuado al Hospital Hipólito Unanue de Lima, donde pudo sobrevivir algunos días dejando de existir el 08 de Marzo reciente.

PUDO RECONOCER A SUS DOS ASALTANTES…
Según sus familiares, ocurrido el hecho criminal, en los primeros momentos de su desvanecimiento, pronunció los nombres de sus dos atacantes que corresponden a Melchor Flores y Ronal Cortez Gutiérrez, quienes vociferaban las frases "te has metido con mi tía", "te has metido con mi primo", lo que hace presumir que el móvil del crimen podría ser alguna venganza; pero, hasta el momento no es hallado ni detenido ninguno de los presuntos autores.
EDE CAÑETE S.A.

ACTO VANDALICO
(HUTO DE CONDUCTOR)
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico producida por Acto Vandálico (Hurto de Conductor) en la red de MT 10 kV, altura del camino a CP Santa Rosa del distrito de San Vicente, que afectó a las zonas indicadas líneas abajo.
De tener mayor información que ayuden a dar con los responsables de estos hechos que se vienen repitiendo más frecuentemente, le agradeceremos comunicarse con FONOCAÑETE al 4494400.
LUGAR: Camino a Anexo Santa Rosa - San Vicente
ZONAS AFECTADAS: Fdo. Sta. Rosita, CP Agua Dulce, CP Cochahuasi, CP Playa Hermosa, CP Boca del Río, CP La Encañada, CP Inmaculada Santa Rosa, CP H. Unanue, CP La Esmeralda, CP La Pampilla, CP San Pedro, CP Cuiva, CP Pampa Castilla, Pío Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, Zaire, San Juan, CP Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 3000 a SED 444A T SED 316A.
FECHA: Jueves 03 de Abril de 2008.
HORA DE INICIO: 11:35 hrs., Jueves 03 de Abril de 2008.
HORA FINAL: 16:50 hrs., Jueves 03 de Abril de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T., ocasionada por terceras personas, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después EDECAÑETE S.A. procedió a la normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE S.A. agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causas fuera de su control.
EDE CAÑETE S.A.

ACTO VANDALICO
(HUTO DE CONDUCTOR)
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico producida por Acto Vandálico (Hurto de Conductor) en la red de MT 10 kV, altura del Km. 145.5 de la Carretera Panamericana Sur del distrito de San Vicente, que afectó a las zonas indicadas líneas abajo.
LUGAR: San Vicente
ZONAS AFECTADAS: Fdo. Sta. Rosita, CP Agua Dulce, CP Cochahuasi, CP Playa Hermosa, CP Boca del Río, CP La Encañada, CP Inmaculada Santa Rosa, CP H. Unanue, CP La Esmeralda, CP La Pampilla, CP San Pedro, CP Cuiva, CP Pampa Castilla, Pío Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, Zaire, San Juan, CP Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 3000 a SED 444A.
FECHA: Jueves 03 de Abril de 2008.
HORA DE INICIO: 01:19 hrs., Jueves 03 de Abril de 2008.
HORA FINAL: 09:04 hrs., Jueves 03 de Abril de 2008.
LUGAR: San Vicente
ZONAS AFECTADAS: Urb. Santa Rosalía y Cliente Wester Cotton.
ALIMENTADOR: CÑ-04
CIRCUITOS AFECTADOS: Todo el Alimentador CÑ-04.
FECHA: Jueves 03 de Abril de 2008.
HORA DE INICIO: 04:57 hrs., Jueves 03 de Abril de 2008.
HORA FINAL: 06:50 hrs., Jueves 03 de Abril de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T., ocasionada por terceras personas, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después EDECAÑETE S.A. procedió a la normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE S.A. agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causas fuera de su control.
MINISTERIO PUBLICO
CONVOCATORIA A CONCURSO PUBLICO Nº 01-2008-MP-FN-COMISION-DJ-ICA CAÑETE SEDE ICA
Para cubrir Plazas Administrativas, para el Ministerio Público del Distrito Judicial de Cañete, documento autorizado por la Comisión de Concurso Público de Méritos, presidida por la Dra. Carmen Rosa Delgado Ccana Fiscal Superior Titular Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno Ica Sede Ica, en cumplimiento al D.S. 012-2004-TR y al acuerdo tomado el 07 de Marzo del 2008 y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 29142 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, concordado con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 236-2008-MP-FN de fecha 25 de Febrero del 2008.

ENTIDAD CONVOCANTE
Ministerio Público
Distrito Judicial de Cañete

OCUPACION
Personal Administrativo
2 Analistas
2 Especialistas Administrativos
7 Asistentes en Función Fiscal
1 Asistente Administrativo (chofer)

REQUISITOS DE LAS PLAZAS POR CARGOS
Analista
- Titulo Profesional Universitario de Economista, Ingeniería Industrial, o áreas afines con experiencia en manejo de indicadores de gestión.
- Experiencia mínima dos (2) años de preferencia haber laborado en la Administración Pública

Especialista Administrativo EA-1
- Bachiller Profesional Universitario en Ingeniería en Computación e Informática o áreas afines.
- Conocimiento en Redes Novel 4X, 5X, 6X y en Redes Linux, reparación de equipos de cómputo e impresoras.
- Experiencia mínima dos (2) años de preferencia haber laborado en la Administración Pública.

Especialista Administrativo EA-2
- Bachiller Profesional Universitario en Contabilidad o áreas afines
- Experiencia mínima dos (2) años de preferencia haber laborado en la Administración Pública (Logística, Presupuesto, Personal)

Asistente en Función Fiscal
- Egresado en Derecho
- Experiencias en áreas de la especialidad
- De preferencia haber realizado SECIGRA en el Ministerio Público.

Asistente Administrativo (Sistema Administrativo)
- Estudiante universitario o estudios superiores no universitarios afines al perfil del cargo.
- Experiencia laboral en áreas de la especialidad y laborales de Mesa de Partes en la Administración Pública.

Asistente Administrativo (Conductor)
- Estudios Secundarios completos con cursos de capacitación.
- Licencia de Conducir A-2
- Experiencia mínima de (2) años como conductor
- No contar con sanciones multas, o inhabilitación para conducir

CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA
* Aprobación de las Bases por el Comité de Evaluación: 11 de Marzo del 2008.
* Difusión por la Dirección Regional de Trabajo: 17 al 01 de Abril del 2008
* Difusión en el periódico mural de la Institución y diario nacional y local: 02 al 04 de Abril del 2008
* Inscripción de Postulantes: 07 al 09 de Abril del 2008
* Evaluación curricular y experiencia laboral: 10 de Abril del 2008
* Publicación de resultados de evaluación curricular y experiencia laboral: 11 de Abril del 2008
* Prueba de Conocimiento, Psicotécnico y Psicológico: 13 de Abril del 2008
* Publicación de resultados de prueba de Conocimientos, Psicotécnico y Psicológico: 14 de Abril del 2008
* Publicación de resultados de evaluación psicológica y psicotécnica: 14 de Abril del 2008
* Entrevista Personal: 15 al 18 de Abril del 2008
* Publicación de resultados finales: 21 de Abril del 2008

INSCRIPCION DE POSTULANTES
La inscripción de postulantes se realizará del 07 al 09 de Abril del 2008, en horario de 8:00 a 14:00 horas, dejando su currículo vital en la Oficina Descentralizada de Control Interno Ica – Cañete sede Ica ubicada en la Av. San Martín Nº 580 Ica.
Los postulantes deberán presentar su currículo vital en un fólder Manila o anillado, debidamente foliado, conteniendo lo siguiente:
Solicitud de inscripción, dirigida a la Comisión a cargo de los Concursos Públicos del Distrito Judicial de Cañete
Curriculum Vital debidamente documentado y foliado
Declaración Jurada de:
- No registrar Antecedentes Penales ni Judiciales
- No estar inhabilitado para contratar con el Estado
- Disponibilidad para trabajar dentro del Distrito Judicial de Cañete
- No tener parentesco con trabajadores, funcionarios o Fiscales.
- Declaración Jurada de no haber cesado durante los últimos cinco años acogiéndose a programas de incentivos en el sector público
- Declaración Jurada de no haber sido destituido o despedido por causal de falta grave en el sector público o privado en los últimos 5 años
- Declaración Jurada de residir en el Distrito Judicial de Cañete

ACTITUDES PARA EL CARGO:
- Vocación de servicio
- Proactividad
- Responsabilidad y confidencialidad
- Honestidad
- Trabajo en equipo
- Facilidad para establecer relaciones interpersonales
- Capacidad para atender adecuadamente al público

EVALUACION CURRICULAR Y EXPERIENCIA LABORAL
Lo que se cumple con remitir a efecto de que sea publicado en la página www.wmpleosperu.gob.pe

CONVOCATORIA DE 24 PLAZAS ADMINISTRATIVAS PARA LAS
FISCALIAS PROVINCIALES DEL DISTRITO JUDICIAL DE ICA


Fiscalía Superior en lo Civil y Familia de Ica: 1 Asistente Administrativo
1º Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de Chincha: 1 Asistente Administrativo
2º Fiscalía Sup. Mixta Descentralizada de Chincha: 1 Asistente Administrativo
Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de Pisco: 1 Asistente Administrativo
1º Fiscalía Provincial Penal de Ica: 1 Asistente Función Fiscal
5º Fiscalía Provincial Penal de Ica: 1 Asistente Administrativo
1º Fiscalía Provincial Penal de Chincha: 1 Asistente Función Fiscal
2º Fiscalía Provincial Penal de Chincha: 1 Asistente Función Fiscal
1º Fiscalía Provincial Penal de Pisco: 1 Asistente Función Fiscal
2º Fiscalía Provincial Penal de Pisco: 1 Asistente Función Fiscal
3º Fiscalía Provincial Penal de Pisco: 1 Asistente Administrativo
Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Pisco: 1 Asistente Función Fiscal
Fiscalía Provincial Mixta de Parinacochas: 1 Asistente Función Fiscal
Fiscalía Provincial Mixta de Lucanas: 1 Asistente Función Fiscal
Fiscalía Provincial Mixta de Palpa: 1 Asistente Función Fiscal
Fiscalía Provincial Mixta de Huaytara: 1 Asistente Función Fiscal
Fiscalía Provincial Mixta de Paucar Sara Sara: 1 Asistente Administrativo

ADMINISTRACION:
4 Analistas
2 Especialistas Administrativos
1 Asistente Administrativo (Conductor)

PERFIL PARA EL CARGO DE ANALISTA
1.- Título Profesional Universitario Economía, Ingeniería Industrial, Administración o áreas afines, con experiencia en manejo de indicadores de gestión.
2.- Experiencia mínima de dos (02) años, de preferencia haber laborado en la Administración Pública.
3.- Conocimiento de Computación a nivel usuario (entorno Windows).

PERFIL PARA EL CARGO DE ESPECIALISTA
1.- Bachiller Profesional Universitario en Ingeniería, en Computación e Informática o áreas afines.
2.- Conocimiento en Redes Novell 4x, 5x, 6x y en Redes Linux, reparación de equipos de cómputo en impresoras.
3.- Experiencia mínima de dos (02) años, de preferencia haber laborado en la Administración Pública.

PERFIL PARA EL CARGO DE ESPECIALISTA
1.- Bachiller Profesional Universitario en Administración, Ingeniería Industrial, Contabilidad o áreas afines.
2.- Experiencia mínima de dos (02) años, de preferencia haber laborado en la Administración Pública (Logística, Presupuesto, Personal)

PERFIL PARA EL CARGO DE ASISTENTE EN FUNCION FISCAL
1.- Egresado de Derecho y Ciencias Políticas.
2.- Experiencia Laboral en áreas de la especialidad.
3.- De preferencia haber realizado SECIGRA en el Ministerio Público.
4.- Conocimiento de Computación a nivel usuario (entorno Windows).

PERFIL PARA EL CARGO DE ASISTENTE ADMINISTRATIVO
1.- Estudiante Universitario en Derecho (cursando el 3er. Año).
2.- Experiencia laboral en áreas de especialidad.
3.- Conocimiento de computación a nivel usuario (entorno Windows).

PERFIL CARGO DE ASISTENTE ADMINISTRATIVO (CONDUCTOR)
1.- Estudiante de Secundaria Completos.
2.- Experiencia mínima de 02 años como conductor.
3.- Licencia de conducir A-02.
4.- No contar con sanciones, multas o inhabilitación para conducir.
Asimismo los postulantes deberán demostrar:
a) 1.- Contar con capacitación en la especialidad o afines.
2.- Vocación de servicio, proactividad, responsabilidad, confidencialidad y alto grado de honestidad.
3.- Capacidad para trabajar en equipo.
4.- Capacidad para atender adecuadamente al público.
b) Presentar Declaración Jurada de:
- No registrar antecedentes penales, ni judiciales.
- No estar inhabilitado para contratar con el Estado.
- No tener parentesco con trabajadores, funcionarios o fiscales.
- No haber cesado durante los últimos cinco años acogiéndose a programas de incentivos en el sector público.
- No haber sido destituido o despedido por causal de falta grave en el sector público o privado en los últimos cinco años.

Carmen Rosa Delgado Ccama
Fiscal Superior Titular
Jefe de la Oficina Descentralizado de Control Interno
Ica – Cañete – Sede Ica

Publicar 03, 04 y 05 de Abril
COMUNICADO

Se necesita terreno para compra, que reúna las siguientes características:
- Que se encuentre dentro del radio urbano
- De fácil Acceso y circulación vial.
- Inscrito en los Registros Públicos y totalmente saneado.
- Con servicios básicos de agua potable, luz y otros.
- Exento de problemas sobre disponibilidad.
Aquellos propietarios interesados, remitir copia de la documentación que acredite su propiedad junto con planos perimétricos y de ubicación a la Administración del Distrito Judicial de Cañete, hasta el 12 de Marzo del 2008, ubicado en Jr. Dos de Mayo Nº 392 San Vicente interior.
Cañete 05 de Marzo del 2008.
Administración
JUDICIALES

EDICTO
La Sala Superior Penal de Cañete, cita y emplaza a los siguientes procesados para que asista a la Sala de Audiencias y responda por los cargos que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenar su captura:
Exp. 2005-0372.- A Serapio Orihuela Lozano y Carlos Hermilio Quijandría León; Día: 09 de Abril del 2008, a las 11:00 a.m., bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Delito: Peculado doloso; agraviado: el Estado. Cañete, 24 de Marzo del 2008.
Exp. 2005-0667 a José del Carmen Farro Sánchez, Día: 16 de Abril del 2008, a las 10:30 a.m., bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Delito: Cohecho; Agraviado: El Estado. Cañete, 24 de Marzo del 2008.
Exp. 2002-0668, a Andy Williams Azcarate Mendoza; Delito: Contra el Patrimonio – Robo Agravado; Agraviado: Tienda Comercial El Siglo. Cañete, 19 de Marzo del 2008.
Presidente: Martìnez. Secretario: Peralta.
02, 03 y 04 de Abril

EDICTO
Expediente 2006-0547; EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez: ROMMEL FLORES SANTOS; mediante RESOLUCIÓN UNO, su fecha 08/06/2006, admitase la demanda interpuesta por el MINISTERIO PUBLICO contra Juan Raul Valdárraga Vivanco en agravio de Cleofé Leguía Hacho sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en vía de Proceso Único; RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE, su fecha 12/02/2008; emplácese al Demandado JUAN RAUL VALDARRAGA VIVANCO a fin que dentro del término de QUINCE DIAS se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.
Fdo. Juez Flores; Secretaria Yerén.
Cañete, 03 de Marzo del 2008.
Dra. Jessica Vargas Hilasaca
Administradora
Corte Superior de Justicia de Cañete

EDICTO
Expediente 2004-0495; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez MARÍA GARNICA PINAZO, mediante RESOLUCION DIECISEIS, su fecha 20/09/2007 (parte pertinente), SE RESUELVE: 1º DECLARAR FUNDADA la demanda de página veiticuatro y siguientes, interpuesta por el MINISTERIO PUBLICO contra JORGE MARCELO CHAVEZ SARMIENTO en agravio de su esposa EUGENIA ANTONIA VILLAR ALCALÁ y de sus menores hijos; sobre VIOLENCIA FAMILIAR – Maltrato Psicológico. Fdo. Juez Garnica; Secretario Quispe.
Cañete, 13 de Febrero del 2008.
Dra. Jessica Vargas Hilasaca
Administradora
Corte Superior de Justicia de Cañete

NOTARIA GARRAFA
SUCESION INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi 199, San Vicente, Cañete, Lima, EMILIANA CARBONEL VDA. DE ROSALES, identificada con DNI 15373824, solicita la Sucesión Intestada de su hermana MARCELINA CARBONEL FLORENTINI, fallecida el 23 de Octubre del 2007, teniendo como último domicilio en el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley.
San Vicente, 02 de Abril del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogado
Notario de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
ORDENANZA Nº 003 - 2008 - MDCH
Chilca, 10 de Marzo de 2008.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA;
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Chilca en Sesión Ordinaria de la fecha 10 de Marzo de 2008; y estando al Dictamen de la Comisión de Transporte; al Informe de la Dirección de Servicios Comunales y Sociales; y a la Opinión Favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para crear, modificar y suprimir tasas, conforme a ley, según lo establecen los Artículos 194º y 195º numeral 4 de la Constitución Política, modificados por la Ley de Reforma Constitucional, Ley No 27680;
Que, el artículo 15º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, señala que las Municipalidades Distritales son autoridades competentes respecto al transporte y tránsito terrestre según corresponda;
Que, el artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972, preceptúa que en materia de tránsito, viabilidad y transporte público las Municipalidades distritales; 3.2. otorga licencias para la circulación de vehículos menores de acuerdo con lo establecido en la regulación provincial;
Que, el Servicio de Transporte Público Especial en Vehículos Menores es una actividad que permite la movilización de la población en rutas cortas dentro del distrito, lo que constituye un complemento al servicio urbano de pasajeros;
Que, conforme lo precisó el dictamen de la Comisión de Transporte del Concejo Municipal, en aplicación de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre - Ley N° 27181, artículo 3º, el objetivo de la Acción estatal, en materia de Transporte y Tránsito Terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como de la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto. Y el artículo 18º inciso a), del mismo cuerpo legal expresa que, las Municipalidades Distritales ejercen en materia de transporte en general de acuerdo a los Reglamentos nacionales y las normas emitidas por la Municipalidad provincial respectiva y en particular, la regulación de transporte menor (mototaxis y similares).
Que, de otro lado, en aplicación de la Ley de Transporte Público Especial para Pasajeros en Vehículos Menores – Ley N° 27189, que reconoce y norma el carácter y la naturaleza del servicio público especial de pasajeros en vehículos menores, mototaxis y similares, señalando en su artículo 3º, el servicio sólo podrá ser prestado luego de obtener la respectiva autorización otorgada por la municipalidad correspondiente, donde presta dicho servicio.
Que, el Artículo 10º del Reglamento dispone que la municipalidad distrital de la jurisdicción donde se presta el servicio público de transporte especial de pasajeros en vehículos menores es competente para autorizar dicho servicio; así como aplicar las sanciones por infracciones a dicho reglamento y a las disposiciones complementarias que dicte en ejercicio de su función reguladora del servicio especial.
Que, la Municipalidad Distrital de Chilca; está en la facultad de determinar el número de personas jurídicas que prestaran el servicio de transporte en vehículos menores, sustentados en estudios técnicos, considerando la antigüedad de los que han estado prestando el servicio, la extensión de las zonas y otros parámetros específicos que determine la autoridad municipal.
Que, la Comisión de Transporte, ha concluido que la Municipalidad Distrital de Chilca es competente para autorizar a las personas jurídicas que cumplan con los requisitos exigidos, para que presten Servicio de Transporte de Pasajeros en la Zona y/o Vías de trabajo establecidas. Y teniendo presente la Reglamentación establecida por Ordenanza Municipal, es necesario autorizar la apertura para regular el ingreso de nuevas empresas que presten el Servicio Público de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Menores;
En uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del Artículo 9º y el Artículo 40º y 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley No 27972, el Concejo por Unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, ha aprobado lo siguiente:
ORDENANZA QUE AUTORIZA
INSCRIBIR NUEVAS EMPRESAS PARA
PRESTAR SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y DE CARGA EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS
CAPITULO I
OBJETO
Artículo 1º.- Del Objeto
Otórguese un plazo de 30 días naturales, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, para que nuevas empresas de Transporte Público Especial, obtengan la Resolución de Autorización Municipal, para prestar servicio de Transporte en la modalidad de mototaxis, conforme a lo regulado por la Ordenanza Nº 07-2004-MDCH, Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados del Distrito de Chilca.
Artículo 2º.- De los requisitos
Las empresas que soliciten Resolución de Autorización Municipal, para prestar el servicio de Transporte en la modalidad de mototaxis, además de los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 07-2004-MDCH – Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados y Ordenanza Nº 001-2007-MDCH - TUPA, deberán presentar la Vigencia de Poder del Representante Legal; copia literal de Registros Públicos de sus órganos de administración actualizado; y que los socios no cuenten con acciones en otras empresas que operen en el Distrito de Chilca en servicio similar.
Artículo 3º.- Las empresas podrán solicitar Resolución de Autorización Municipal, para prestar el servicio de Transporte en la modalidad de mototaxis, para los siguientes lugares:
- AA.HH. Olof Palme (1)
- Colonia Rural Modelo Papa León XII (1)
- AA.HH. 15 de Enero (1)
- Las Salinas (1)
- Chilca Pueblo (2)
DISPOSICION COMPLEMENTARIAS
y MODIFICATORIA
Primera.- Suspéndase la aplicación de la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 07-2004-MDCH, que aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados del Distrito de Chilca, durante la vigencia de la presente Ordenanza.
Segunda.- La Municipalidad les designará los paraderos a las nuevas empresas que obtengan la Resolución de Autorización Municipal, en aplicación de la presente Ordenanza.
Tercera.- Prohíbase a los Vehículos Menores Motorizados que prestan el servicios de Transporte en la Modalidad de mototaxis, hacer ruidos molestos, por las vías del Distrito de Chilca, en caso de incumplimiento se procederá al decomiso de los equipos de sonido, que ocasionan dichos ruidos.
Cuarta.- Modifíquese el numeral 17, del artículo 38º de la Ordenanza Nº 07-2004-MDCH, que aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados del Distrito de Chilca, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 38º .- INFRACCIÓN DE LOS CONDUCTORES:
17. Conducir con persona (s) al costado de su asiento."
Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Pablo Nalda Quiróz
ALCALDE

03 abril 2008

LA LEY Nº 28683:
En los lugares de atención al público las mujeres embarazadas, las niñas, niños, las personas adultas mayores y con discapacidad, deben ser atendidos preferentemente. Deben implementarse medidas para facilitar, al grupo señalado en el párrafo anterior, el uso y/o acceso adecuado a los servicios que brinda la SUNAT.


Para nadie es desconocido que en el país y particularmente en nuestra provincia las normas y disposiciones están hechas para los más tontos o los honestos, que dicho sea de paso son pocos.
Y comenzamos con esto porque no es justo que los hombres y mujeres se quieran pasar de vivos y no respeten los avisos colocados en las dependencias públicas y privadas, donde muy claramente se coloca el sticker de "atención preferencial", LEY N° 28683 (Num. 2 del Artículo 2°), que indica la atención preferente a las personas con discapacidad, ancianos de la tercera edad, madres gestantes, minusválidos, etc.
Hay personas que se quieren pasar de vivas y se aprovechan para ponerse en la cola que no les corresponde dejando de lado a los que realmente están inmersos en esta ley preferencial, sino que por la pasividad que siempre se muestra, hay quienes se las quieren dar de inteligentes y no respetan nada.
Pero aquí también debemos llamar la atención de los responsables de las diversas instituciones, ya que en casi la totalidad tienen vigilantes privados, policías y otros que no hacen nada por hacer respetar las normas y lo que es peor delante de ellos, estos inescrupulosos y avivatos dejan de lado a los ancianos y minusválidos.
Las leyes se han hecho para ser cumplidas, entonces hay que poner mano dura a estos inescrupulosos y exigir responsabilidad y cumplimiento a esta norma que es específica y directa. Esperamos,
EL SABADO... TELEFONIA CELULAR ESTARA RESTRINGIDA POR SIETE HORAS, POR AUMENTO DE NUMERO DE DIGITOS...

El servicio de telefonía móvil estará restringido entre las 00:00 y 07:00 horas del sábado 5 de abril debido al cambio de software que realizarán las empresas proveedoras para ampliar a nueve el número de dígitos de los teléfonos celulares a nivel nacional, señaló la directora de Asuntos Regulatorios de Telefónica Móviles, Elizabeth Galdo.
"La ampliación de la numeración móvil entrará en vigencia desde este sábado porque es una medida necesaria para continuar impulsando el gran crecimiento que ha experimentado este servicio durante los últimos años y que hoy atiende a 16 millones de clientes en todo el país", sostuvo.
Destacó que la ampliación de los dígitos para los números celulares fue una disposición del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), y los operadores que brindan este servicio, es decir, Telefónica Móviles (Movistar), América Móvil (Claro) y Nextel del Perú trabajan desde hace seis meses para adecuar sus redes y plataformas a la nueva numeración.
En ese sentido, descartó una posible postergación del proceso, tal como lo había solicitado el congresista Yohny Lescano, miembro de la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de la República.
"Nosotros acataremos cualquier decisión del MTC, y si decide la postergación lo haremos, pero las circunstancias serán las mismas (restricción del servicio móvil) se haga el proceso hoy, el sábado o dentro de un mes", aseveró Galdo, quien precisó que el nuevo plan de numeración móvil implica tres fases de implantación que han sido divididas por departamentos. Así, los usuarios de Lima y Callao deberán anteponer el 9 a su actual número telefónico, mientras que en cuatro regiones se deberá anteponer un código de dos dígitos: La Libertad (94), Arequipa (95), Piura (96) y Lambayeque (97), seguido de su número celular.
En las demás regiones los usuarios deberán colocar después del primer dígito del celular (9), el código de área al cual pertenece dicha línea y los demás dígitos del celular.
Explicó que la restricción del servicio móvil se debe a que la ampliación del número de dígitos es un trabajo complejo, lo que técnicamente se denomina "ventana de mantenimiento" que durará siete horas. Puntualizó que las siete horas de restricción son para los teléfonos móviles prepago, mientras que los post pago sólo tendrán una restricción de una hora.
Refirió que este trabajo se hará durante la madrugada del sábado justamente por su complejidad, teniendo en cuenta que las necesidades de comunicación son menores.
"Las líneas de los teléfonos prepago y post pago están instaladas en diferentes plataformas por eso el trabajo será diferente. Sin embargo, en la medida que se vaya actualizando la información se irá liberando el tráfico y se restaurará paulatinamente el servicio para los teléfonos prepago", acotó.
Dijo que también se verían afectados el servicio de telefonía fija inalámbrica porque también utilizan la misma plataforma de los celulares.
Sin embargo, indicó que el servicio menos perjudicado será el que brinda Nextel del Perú pues la tecnología que usa es para radios, por lo que tendrá menos restricciones.
En ese sentido, invocó a los usuarios a tomar las precauciones necesarias para evitar inconvenientes en su comunicación, y recomendó que durante este período se utilicen otros canales como los teléfonos fijos, públicos o correo electrónico.
La funcionaria de Telefónica indicó que la difusión acerca de las restricciones que sufrirá el servicio celular este sábado se está haciendo desde hace dos semanas en provincias y en la capital desde la semana pasada.
"La demora en difundir estas restricciones es justamente porque queríamos dar el tiempo exacto en el cual los usuarios se podrían ver perjudicados mientras dure este proceso. Pero haremos una difusión masiva a través de los medios de comunicación", finalizó.
EMAPA Sola, No Es La Responsable De La Nefasta Administración...
ALCALDES DE CAÑETE Y EMAPA COMPLICES EN EL NEGOCIO DEL CALAMITOSO SERVICIO DE AGUA IMPURA...
Ecribe: Cleto Aguado Gutiérrez

El agua captada desde el río Cañete a través de un canal de riego y que EMAPA suministra a los domicilios de la población cañetana, paradójicamente la llamamos "AGUA POTABLE", cuando en realidad es agua contaminada desde su origen en Yauyos, que se mezcla con desagües de todos los pueblos a lo largo de la cuenca, incluyendo los residuos químicos del relave proveniente del asiento minero de Yauricocha en Yauyos; en consecuencia, con exceso de cloro su aparente "potabilización" que publicita EMAPA es un engaño para la salud cañetana.
A pesar de ello, nuestra provincia por el caudal permanente del río Cañete durante todo el año, es la más privilegiada de todo el litoral peruano al lado del río Santa en Ancash, pero lo que los usuarios no podemos soportar ni tolerar es el pésimo servicio (desperfectos, cortes intempestivos, inundaciones de vías públicas, desabastecimientos y alzas de tarifas), que los 9 Alcaldes accionistas con su eterno silencio sepulcral aceptan y encubren todas las irregularidades que se comete en EMAPA, porque allí "trabajan sus familiares, parientes y recomendados".

REFUGIO DE INCAPACES Y DESOCUPADOS…
En más de una oportunidad ya hemos dicho que, EMAPA se ha convertido en vergonzoso refugio de incapaces, mediocres y desocupados, excepto algunos profesionales que tienen algo de ética y moral; pues la mayoría de sus "trabajadores" ingresaron antes y ahora, no por méritos, experiencias, ni concursos, sino por ser familiares o parientes de algunos Alcaldes y Regidores de Municipalidades accionistas de EMAPA, incluso los llamados "periodistas" acostumbrados a dedicarse a lucros y beneficios mediante la adulación recomiendan a sus allegados y "concubinas" para integrarse a la frondosa burocracia pagados con dinero de todos los usuarios.

EMAPA PAGA ALQUILER DE TRES LOCALES…
Aparte de la burocracia parasitaria, EMAPA que tiene preferencia por la publicidad pagada con dinero de los usuarios, nunca difunde la cantidad total que recauda mensualmente de los miles de usuarios de los 9 distritos accionistas, tampoco menciona las inversiones y gastos, pero sí tienen la costumbre de realizar "compras bambas", poner las camionetas en las juergas nocturnas y con guachimán al costado, etc. Pero, la verdad es que, EMAPA se ha llenado de "trabajadores" improductivos que han montado sus oficinas en tres locales de dos plantas ubicadas en Jr. Bellavista Nº 162, otro en el mismo Jr. Bellavista Nº 170 y otro en el Jr. San Agustín Nº 385; sobre estos inmuebles nadie sabe cuánto pagan mensualmente.

ALCALDES COMPLICES DE EMAPA…
Los directos responsables del funcionamiento catastrófico de EMAPA son los 9 Alcaldes accionistas siguientes: Javier Alvarado Gonzales Del Valle (San Vicente), Richard Yactayo Durán (Imperial), Víctor Hugo Carbajal Gonzales (Mala), Celestino Yactayo Villalobos (Quilmaná), Ovidio Espinoza Escajadillo (Lunahuaná), Juana Raspa de Paín (Cerro Azul), Jesús Agapito Ramos (San Antonio), César Cama Aparicio (Santa Cruz de Flores) y Paulino Antezana Urbina (San Luis); quienes teniendo las decisiones más adecuadas en sus manos se hacen los indiferentes y con su actitud de Pilatos encubren la desastrosa administración de EMAPA.
En cambio, los otros 7 distritos y sus Alcaldes que corresponden a Zúñiga, Pacarán, Coayllo, Asia, Calango, Chilca y Nuevo Imperial están libres de la vía crucis impuesta por EMAPA por el líquido vital.

DIRECTORIO DECORATIVO POR INEPTITUD…
Desde hace varios meses, la conducción de EMAPA actual, está bajo la responsabilidad de una nueva administración conformada por el Gerente Ing. María del Carmen Quevedo Caiña, el Presidente Ing. Rafael Espinoza de Tomás y los Directores Ing. Lázaro Vicente Yactayo, Filiberto Ramos Medrano, José Vicente Cama y el CPC Fernando Luí Vásquez.
La Gerente, en el concurso para el cargo, ganó con un cúmulo documentado de méritos, así como los integrantes del Directorio podrían ser buenos profesionales en su especialidad académica; pero como funcionarios en los cargos que ocupan nos han defraudado, porque ni siquiera han hecho conocer al usuario público el estado financiero de la anterior ADMINISTRACION JUDICIAL, acción generada por el "pillaje" institucional del Directorio de entonces, pero al final "el remedio resultó más dañino y perjudicial que la enfermedad".

SOLUCION ES LA PRIVATIZACION DE EMAPA…
Del funcionamiento de EMAPA en nuestra provincia durante el tiempo transcurrido desde su iniciación, tenemos suficiente experiencia que dicha institución no nos ha brindado servicios beneficiosos pese a la millonaria cantidad de soles que recauda mensualmente de los usuarios; al frente de esta empresa han pasado innumerables Directorios, pero ninguno ha dado resultados halagadores ni esperanzadores, de modo que los permanentes males de los que adolece EMAPA, no tienen cuando llegar a su final, por lo que la población usuaria de Cañete opina por la urgente PRIVATIZACION DE EMAPA, iniciativa que deben asumir de inmediato los Alcaldes si es que aún piensan por la buena salud y el bienestar de sus conciudadanos.
MINISTERIO PUBLICO
CONVOCATORIA A CONCURSO PUBLICO Nº 01-2008-MP-FN-COMISION-DJ-ICA CAÑETE SEDE ICA

Para cubrir Plazas Administrativas, para el Ministerio Público del Distrito Judicial de Cañete, documento autorizado por la Comisión de Concurso Público de Méritos, presidida por la Dra. Carmen Rosa Delgado Ccana Fiscal Superior Titular Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno Ica Sede Ica, en cumplimiento al D.S. 012-2004-TR y al acuerdo tomado el 07 de Marzo del 2008 y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 29142 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, concordado con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 236-2008-MP-FN de fecha 25 de Febrero del 2008.

ENTIDAD CONVOCANTE
Ministerio Público
Distrito Judicial de Cañete

OCUPACION
Personal Administrativo
2 Analistas
2 Especialistas Administrativos
7 Asistentes en Función Fiscal
1 Asistente Administrativo (chofer)

REQUISITOS DE LAS PLAZAS POR CARGOS
Analista
- Titulo Profesional Universitario de Economista, Ingeniería Industrial, o áreas afines con experiencia en manejo de indicadores de gestión.
- Experiencia mínima dos (2) años de preferencia haber laborado en la Administración Pública

Especialista Administrativo EA-1
- Bachiller Profesional Universitario en Ingeniería en Computación e Informática o áreas afines.
- Conocimiento en Redes Novel 4X, 5X, 6X y en Redes Linux, reparación de equipos de cómputo e impresoras.
- Experiencia mínima dos (2) años de preferencia haber laborado en la Administración Pública.

Especialista Administrativo EA-2
- Bachiller Profesional Universitario en Contabilidad o áreas afines
- Experiencia mínima dos (2) años de preferencia haber laborado en la Administración Pública (Logística, Presupuesto, Personal)

Asistente en Función Fiscal
- Egresado en Derecho
- Experiencias en áreas de la especialidad
- De preferencia haber realizado SECIGRA en el Ministerio Público.

Asistente Administrativo (Sistema Administrativo)
- Estudiante universitario o estudios superiores no universitarios afines al perfil del cargo.
- Experiencia laboral en áreas de la especialidad y laborales de Mesa de Partes en la Administración Pública.

Asistente Administrativo (Conductor)
- Estudios Secundarios completos con cursos de capacitación.
- Licencia de Conducir A-2
- Experiencia mínima de (2) años como conductor
- No contar con sanciones multas, o inhabilitación para conducir

CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA
* Aprobación de las Bases por el Comité de Evaluación: 11 de Marzo del 2008.
* Difusión por la Dirección Regional de Trabajo: 17 al 01 de Abril del 2008
* Difusión en el periódico mural de la Institución y diario nacional y local: 02 al 04 de Abril del 2008
* Inscripción de Postulantes: 07 al 09 de Abril del 2008
* Evaluación curricular y experiencia laboral: 10 de Abril del 2008
* Publicación de resultados de evaluación curricular y experiencia laboral: 11 de Abril del 2008
* Prueba de Conocimiento, Psicotécnico y Psicológico: 13 de Abril del 2008
* Publicación de resultados de prueba de Conocimientos, Psicotécnico y Psicológico: 14 de Abril del 2008
* Publicación de resultados de evaluación psicológica y psicotécnica: 14 de Abril del 2008
* Entrevista Personal: 15 al 18 de Abril del 2008
* Publicación de resultados finales: 21 de Abril del 2008

INSCRIPCION DE POSTULANTES
La inscripción de postulantes se realizará del 07 al 09 de Abril del 2008, en horario de 8:00 a 14:00 horas, dejando su currículo vital en la Oficina Descentralizada de Control Interno Ica – Cañete sede Ica ubicada en la Av. San Martín Nº 580 Ica.
Los postulantes deberán presentar su currículo vital en un fólder Manila o anillado, debidamente foliado, conteniendo lo siguiente:
Solicitud de inscripción, dirigida a la Comisión a cargo de los Concursos Públicos del Distrito Judicial de Cañete
Curriculum Vital debidamente documentado y foliado
Declaración Jurada de:
- No registrar Antecedentes Penales ni Judiciales
- No estar inhabilitado para contratar con el Estado
- Disponibilidad para trabajar dentro del Distrito Judicial de Cañete
- No tener parentesco con trabajadores, funcionarios o Fiscales.
- Declaración Jurada de no haber cesado durante los últimos cinco años acogiéndose a programas de incentivos en el sector público
- Declaración Jurada de no haber sido destituido o despedido por causal de falta grave en el sector público o privado en los últimos 5 años
- Declaración Jurada de residir en el Distrito Judicial de Cañete

ACTITUDES PARA EL CARGO:
- Vocación de servicio
- Proactividad
- Responsabilidad y confidencialidad
- Honestidad
- Trabajo en equipo
- Facilidad para establecer relaciones interpersonales
- Capacidad para atender adecuadamente al público

EVALUACION CURRICULAR Y EXPERIENCIA LABORAL
Lo que se cumple con remitir a efecto de que sea publicado en la página www.wmpleosperu.gob.pe

CONVOCATORIA DE 24 PLAZAS ADMINISTRATIVAS PARA LAS
FISCALIAS PROVINCIALES DEL DISTRITO JUDICIAL DE ICA


Fiscalía Superior en lo Civil y Familia de Ica: 1 Asistente Administrativo
1º Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de Chincha: 1 Asistente Administrativo
2º Fiscalía Sup. Mixta Descentralizada de Chincha: 1 Asistente Administrativo
Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de Pisco: 1 Asistente Administrativo
1º Fiscalía Provincial Penal de Ica: 1 Asistente Función Fiscal
5º Fiscalía Provincial Penal de Ica: 1 Asistente Administrativo
1º Fiscalía Provincial Penal de Chincha: 1 Asistente Función Fiscal
2º Fiscalía Provincial Penal de Chincha: 1 Asistente Función Fiscal
1º Fiscalía Provincial Penal de Pisco: 1 Asistente Función Fiscal
2º Fiscalía Provincial Penal de Pisco: 1 Asistente Función Fiscal
3º Fiscalía Provincial Penal de Pisco: 1 Asistente Administrativo
Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Pisco: 1 Asistente Función Fiscal
Fiscalía Provincial Mixta de Parinacochas: 1 Asistente Función Fiscal
Fiscalía Provincial Mixta de Lucanas: 1 Asistente Función Fiscal
Fiscalía Provincial Mixta de Palpa: 1 Asistente Función Fiscal
Fiscalía Provincial Mixta de Huaytara: 1 Asistente Función Fiscal
Fiscalía Provincial Mixta de Paucar Sara Sara: 1 Asistente Administrativo

ADMINISTRACION:
4 Analistas
2 Especialistas Administrativos
1 Asistente Administrativo (Conductor)

PERFIL PARA EL CARGO DE ANALISTA
1.- Título Profesional Universitario Economía, Ingeniería Industrial, Administración o áreas afines, con experiencia en manejo de indicadores de gestión.
2.- Experiencia mínima de dos (02) años, de preferencia haber laborado en la Administración Pública.
3.- Conocimiento de Computación a nivel usuario (entorno Windows).

PERFIL PARA EL CARGO DE ESPECIALISTA
1.- Bachiller Profesional Universitario en Ingeniería, en Computación e Informática o áreas afines.
2.- Conocimiento en Redes Novell 4x, 5x, 6x y en Redes Linux, reparación de equipos de cómputo en impresoras.
3.- Experiencia mínima de dos (02) años, de preferencia haber laborado en la Administración Pública.

PERFIL PARA EL CARGO DE ESPECIALISTA
1.- Bachiller Profesional Universitario en Administración, Ingeniería Industrial, Contabilidad o áreas afines.
2.- Experiencia mínima de dos (02) años, de preferencia haber laborado en la Administración Pública (Logística, Presupuesto, Personal)

PERFIL PARA EL CARGO DE ASISTENTE EN FUNCION FISCAL
1.- Egresado de Derecho y Ciencias Políticas.
2.- Experiencia Laboral en áreas de la especialidad.
3.- De preferencia haber realizado SECIGRA en el Ministerio Público.
4.- Conocimiento de Computación a nivel usuario (entorno Windows).

PERFIL PARA EL CARGO DE ASISTENTE ADMINISTRATIVO
1.- Estudiante Universitario en Derecho (cursando el 3er. Año).
2.- Experiencia laboral en áreas de especialidad.
3.- Conocimiento de computación a nivel usuario (entorno Windows).

PERFIL CARGO DE ASISTENTE ADMINISTRATIVO (CONDUCTOR)
1.- Estudiante de Secundaria Completos.
2.- Experiencia mínima de 02 años como conductor.
3.- Licencia de conducir A-02.
4.- No contar con sanciones, multas o inhabilitación para conducir.
Asimismo los postulantes deberán demostrar:
a) 1.- Contar con capacitación en la especialidad o afines.
2.- Vocación de servicio, proactividad, responsabilidad, confidencialidad y alto grado de honestidad.
3.- Capacidad para trabajar en equipo.
4.- Capacidad para atender adecuadamente al público.
b) Presentar Declaración Jurada de:
- No registrar antecedentes penales, ni judiciales.
- No estar inhabilitado para contratar con el Estado.
- No tener parentesco con trabajadores, funcionarios o fiscales.
- No haber cesado durante los últimos cinco años acogiéndose a programas de incentivos en el sector público.
- No haber sido destituido o despedido por causal de falta grave en el sector público o privado en los últimos cinco años.

Carmen Rosa Delgado Ccama
Fiscal Superior Titular
Jefe de la Oficina Descentralizado de Control Interno Ica – Cañete – Sede Ica

Publicar 03, 04 y 05 de Abril
JUDICIALES

EDICTO
La Sala Superior Penal de Cañete, cita y emplaza a los siguientes procesados para que asista a la Sala de Audiencias y responda por los cargos que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenar su captura:
Exp. 2005-0372.- A Serapio Orihuela Lozano y Carlos Hermilio Quijandría León; Día: 09 de Abril del 2008, a las 11:00 a.m., bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Delito: Peculado doloso; agraviado: el Estado. Cañete, 24 de Marzo del 2008.
Exp. 2005-0667 a José del Carmen Farro Sánchez, Día: 16 de Abril del 2008, a las 10:30 a.m., bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Delito: Cohecho; Agraviado: El Estado. Cañete, 24 de Marzo del 2008.
Exp. 2002-0668, a Andy Williams Azcarate Mendoza; Delito: Contra el Patrimonio – Robo Agravado; Agraviado: Tienda Comercial El Siglo. Cañete, 19 de Marzo del 2008.
Presidente: Martìnez. Secretario: Peralta.
02, 03 y 04 de Abril

EDICTO
Expediente 2004-0495; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez MARÍA GARNICA PINAZO, mediante RESOLUCION DIECISEIS, su fecha 20/09/2007 (parte pertinente), SE RESUELVE: 1º DECLARAR FUNDADA la demanda de página veiticuatro y siguientes, interpuesta por el MINISTERIO PUBLICO contra JORGE MARCELO CHAVEZ SARMIENTO en agravio de su esposa EUGENIA ANTONIA VILLAR ALCALÁ y de sus menores hijos; sobre VIOLENCIA FAMILIAR – Maltrato Psicológico. Fdo. Juez Garnica; Secretario Quispe.
Cañete, 13 de Febrero del 2008.
Dra. Jessica Vargas Hilasaca
Administradora
Corte Superior de Justicia de Cañete

EDICTO
Expediente 2006-0547; EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez: ROMMEL FLORES SANTOS; mediante RESOLUCIÓN UNO, su fecha 08/06/2006, admitase la demanda interpuesta por el MINISTERIO PUBLICO contra Juan Raul Valdárraga Vivanco en agravio de Cleofé Leguía Hacho sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en vía de Proceso Único; RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE, su fecha 12/02/2008; emplácese al Demandado JUAN RAUL VALDARRAGA VIVANCO a fin que dentro del término de QUINCE DIAS se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.
Fdo. Juez Flores; Secretaria Yerén.
Cañete, 03 de Marzo del 2008.
Dra. Jessica Vargas Hilasaca
Administradora
Corte Superior de Justicia de Cañete

RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION
NOTARIA "CAMACHO GÁLVEZ"
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324, San Vicente – Cañete, se presentó don JULIO VALENTIN VILLALOBOS RUIZ, quien solicita se rectifique el ACTA DE DEFUNCION de su recordada madre doña NORA FORTUNATA RUIZ SANCHEZ, inscrito en la Municipalidad Metropolitana de Lima, en donde se omitieron consignar los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la Titular del Acta de Defunción: Dice: NORA RUIZ SANCHEZ.- Debe Decir: NORA FORTUNATA RUIZ SANCHEZ. Lo que comunico para los fines de ley.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA "CAMACHO GÁLVEZ"
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, DE San Vicente de Cañete, se presentó don JULIO VALENTIN VILLALOBOS RUIS, quien solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos del Padre: Dice: JOSE VILLALOBOS.- Debe Decir: JOSE BASILIO VILLALOBOS RUIZ.- Datos de la Madre: Dice: NORA RUIZ.- Debe Decir: NORA FORTUNATA RUIZ SANCHEZ. Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 27 de Marzo del 2008.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA "CAMACHO GÁLVEZ"
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, de San Vicente de Cañete, se presentó doña MARITA PASTORA VILLALOBOS DE HUARI, quien solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la madre: Dice: NORA RUIZ SANCHEZ.- Debe Decir: NORA FORTUNATA RUIZ SANCHEZ.- Datos de la Titular: Dice: MARITA PASTORA.- Debe Decir: MARITA PASTORA VILLALOBOS RUIZ.. Lo que comunico para los fines de ley. Cañete, 27 de Marzo del 2008.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA "CAMACHO GÁLVEZ"
Ante mi despacho notaria, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, de San Vicente de Cañete, se presentó doña DORIS AMELIA VILLALOBOS RUIZ, quien solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (parte Principal): Datos del Padre de la Titular de la Partida de Nacimiento: Dice: JOSE B. VILLALOBOS R.- Debe Decir: JOSE BASILIO VILLALOBOS RUIZ.- Datos de la Madre de la Titular de la Partida: Dice: NORA RUIZ SANCHEZ.- Debe Decir: NORA FORTUNATA RUIZ SANCHEZ. Lo que comunico para los fines de ley.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

SUCESION INTESTADA
Ante mi despacho, Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó VICTOR JORGE HERNADEZ ROSAS, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña JULIA ROSAS TORRES, quien falleció AB INTESTADA el día 25 de Julio del 2004, a efecto de que se declare como únicos y universales herederos a su cónyuge supérstite don: PEDRO HERNANDEZ CHUMPITAZ y a sus hijos: CARLOS JUAN HERNANDEZ ROSAS, ANTONIO HERNANDEZ ROSAS, GENARO HERNANDEZ ROSAS, NELLY JUANA HERNANDEZ ROSAS, JORGE VICTOR HERNANDEZ ROSAS, JUANA VALERIA HERNANDEZ ROSAS respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Cañete, 26 de Marzo del 2008.
Hubert Camacho Gálvez<
Notario de Cañete

EDICTO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Juez Dr. Kuan y Sec. Sánchez. Exp. 2008-0020 CARLOS ANTONIO QUISPE CONDEZO, solicita la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO en donde pide; la ADICIÓN de su apellido materno "CONDEZO" ya que en la partida materia de rectificación solamente aparece como "CARLOS ANTONIO QUISPE C.", debiendo ser lo correcto el de "CARLOS ANTONIO QUISPE CONDEZO"; igualmente pide la ADICIÓN del segundo nombre "DOMINGA" de su progenitora, porque aparece como "LUZMILA CONDEZO YSHUAYLAS", siendo lo correcto "LUZMILA DOMINGA CONDEZO YSIHUAYLAS"; y por último peticiona la ADCIÓN del segundo nombre "CELESTINO" de su progenitor, porque aparece como "PEDRO C. QUISPE CAMPOS", siendo lo correcto "PEDRO CELESTINO QUISPE CAMPOS"
Lunahuaná, 25 de Marzo del 2008.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná

RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO
NOTARIA "CAMACHO GÁLVEZ"
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324, San Vicente – Cañete, se presentó don JULIO VALENTIN VILLALOBOS RUIZ, quien solicita se rectifique el ACTA DE MATRIMONIO de sus recordados padres don JOSE BASILIO VILLALOBOS RUIZ y doña NORA FORTUNATA RUIZ SANCHEZ, inscrito en la Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos del Titular del Acta de matrimonio: Dice: JOSE BASILIO VILLALOBOS.- Debe Decir: JOSE BASILIO VILLALOBOS RUIZ.- (Parte Marginal): Datos de la Titular del Acta de matrimonio: Dice: NORA F. RUIZ SANCHEZ.- Debe Decir: NORA FORTUNATA RUIZ SANCHEZ. Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 27 de Marzo del 2008.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi 199 – San Vicente – Cañete – Lima, SATURNINA MALLQUI BORJAS, identificada con DNI 15409122, solicita la SUCESION INTESTADA de su progenitor GERARDO MALLQUI OSCCO, fallecido el 13 de Febrero de 1997, teniendo como último domicilio en el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 02 de Abril del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaría itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima FELIX ALEJANDRO SANCHEZ NEGRON, DNI 15418749, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Provincial de Cañete, en el que existe error material en el apellido materno de su progenitor y omisión de apellido materno de su progenitora, Dice: JUSTO SANCHEZ ALLAUCAN, MARCELINA NEGRON; Debe Decir: JUSTO SANCHEZ AYAUCAN, MARCELINA NEGRON AYLLON. Lo que se publica para los fines de ley.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

EDICTO NOTARIAL
En mi oficio notarial se ha presentado JUAN JOSE BERROCAL GONZALES solicitando la SUCESION INTESTADA de su madre MARIA ROSA GONZALES MALDONADO, fallecida el 6 de Noviembre de 1985, a fin de que se declare como sus herederos universales al solicitante y a su hermano CESAR LUIS BERROCAL GONZALES. Lo que se comunica para los fines consiguientes.
Cañete, 31 de Marzo del 2008.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, EDITH ESMILA SANCHEZ NEGRON y MARIA LUISA SANCHEZ NEGRON, solicitan se rectifique sus PARTIDAS DE NACIMIENTO, asentadas en la Municipalidad Provincial de Cañete, en la que se omite los apellidos maternos de sus progenitores, Dice: JUSTO SANCHEZ, MARCELINA NEGRON; Debe Decir: JUSTO SANCHEZ AYAUCAN, MARCELINA NEGRON AYLLON. Lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 01 de Abril del 2008.
Itala A. Garrafa peña
Abogada
Notario de Cañete

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en el Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, JUANA ROSA RAYMONDI DE YAURI, con DNI 15349265, solicita se rectifique la PARTIDA DE NACIMIENTO, de quien en vida fuera su madre: MARIA EUGENIA PAREDES inscrita en la Municipalidad Provincial de Cañete, en la que se omite su apellido materno dice: MARIA EUGENIA PAREDES Debe Decir: MARIA EUGENIA PAREDES ESPINOZA. Asimismo se incurrió en error material en el apellido paterno de la progenitora dice: CELINDA ESPINOSA, Debe Decir: CELINDA ESPINOZA. Lo que se publica para los fines de ley. Cañete, 01 de Abril del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

EDICTO
Exp. Nº 110-2008.- Ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Juez: Dr. José De La Cruz Vargas; Secretario: Ernesto Hurtado Villavicencio, JOSE DOMINGO VILLAR FLORIAN, solicita se RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que se ha consignado erróneamente en la parte marginal izquierda su nombre sólo como el de José Domingo Villar; habiéndose omitido consignar su apellido materno "Florián" siendo su nombre correcto y completo el de JOSE DOMINGO VILLAR FLORIAN.
Se comunica para los fines de Ley.
Imperial, 02 de Abril del 2008.
COMUNICADO

Se necesita terreno para compra, que reúna las siguientes características:
- Que se encuentre dentro del radio urbano
- De fácil Acceso y circulación vial.
- Inscrito en los Registros Públicos y totalmente saneado.
- Con servicios básicos de agua potable, luz y otros.
- Exento de problemas sobre disponibilidad.
Aquellos propietarios interesados, remitir copia de la documentación que acredite su propiedad junto con planos perimétricos y de ubicación a la Administración del Distrito Judicial de Cañete, hasta el 12 de Marzo del 2008, ubicado en Jr. Dos de Mayo Nº 392 San Vicente interior.

Cañete 05 de Marzo del 2008.
Administración
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 023 -2007-MDI

Imperial, 14 de Diciembre del 2007

LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL:

VISTO:
En Sesión Extraordinaria de fecha 14 de Diciembre del 2007 los Regidores de la Municipalidad Distrital de Imperial;

CONSIDERANDO:
Que el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del Texto Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que mediante Ordenanzas Municipal N° 020-2007-MDI de fecha 07 de septiembre del 2007 y 021-2007-MDI de fecha 24 de Septiembre del 2007 se dispuso la rebaja del 100% por derechos de licencia de construcción a todas las personas cuyos inmuebles han sido destruidos por el sismo y/o demolidos;

Que se hace necesario ampliar la vigencia de la exoneración del 100% del pago por derechos de licencia de construcción desde el 01 de Enero hasta el 31 de Diciembre del 2,008, ya que es necesario apoyar en el proceso de reconstrucción del Distrito;

Estando a lo expuesto, de conformidad con la Constitución Política del Estado, el Artículo 61 Capitulo II, Subcapítulo II de la Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto aprobatorio en mayoría del tercer punto de la Agenda de la Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de fecha 14 de Diciembre del 2007.

ORDENANZA:

Artículo 1º.– Ampliar la vigencia de la Exoneración del 100% del pago por derechos de Licencia de Construcción desde el 01 de Enero del 2008 hasta el 31 de Diciembre del año 2,008, quedando subsistente los demás establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 020-2007-MDI y Nº 021-2007-MDI.

Artículo 2º.– Encargar a la Gerencia Municipal, Departamento de Obras, y Departamento de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE-

RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
Alcalde
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2007-MDI

Imperial, 14 de Diciembre del 2007

LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE

POR CUANTO:
El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de fecha 31 de Mayo del 2007, el proyecto de Ordenanza sobre Certificado de Domicilio;

CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Órganos del gobierno local, tienen autonomía Política, Económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, las ordenanzas Municipales son las Normas de carácter general de mayor Jerarquía en la estructura normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la regularización, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 28862 publicado el 05 de Agosto del 2006 prescribe que, toda mención o exigencia dispuesta en nuestra legislación referida a Certificados Domiciliarios expedidos por la Policía Nacional del Perú, a partir de la vigencia de la presente Norma, debe entenderse como certificado domiciliario que puede ser expedido por los gobiernos locales, notarios Públicos o jueces de Paz, conforme a las Leyes vigentes;

Que, es finalidad de la Municipalidad procurar el bienestar de su vecindario otorgándole las facilidades que correspondan por ello en el marco de servir a la comunidad se ha considerado conveniente establecer un procedimiento simplificado para la obtención del certificado domiciliario de los vecinos de la Jurisdicción del Distrito de Imperial;

Estando a lo expuesto, y de conformidad con la Constitución Política del Perú y Artículo 39º y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; con el voto Mayoritario de los señores Regidores, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE REGULA EL TRAMITE DEL CERTIFICADO DE DOMICILIO

ARTICULO 1º.- EXPEDIR a partir de la fecha de publicación de la presente Ordenanza el Certificado de Domicilio que soliciten los vecinos de la Jurisdicción del Distrito de Imperial, Provincia de Cañete.

ARTICULO 2º.- ESTABLECER los siguientes requisitos para su obtención:
a) Solicitud – Declaración Jurada, adjuntando copia fedateada del Documento Nacional de Identidad del Solicitante.
b) Copia Fedateada del recibo de agua o electricidad o telefonía, o Declaración Jurada de autoavalúo del previo que ocupa, del último mes o año, respectivamente.
c) Recibo de pago por concepto de certificado domiciliario.

ARTICULO 3º.- APROBAR la Tarifa por concepto de Certificado de Domicilio el valor de OCHO NUEVOS SOLES (S/. 8.00).

ARTICULO 4º.- DISPONER que el Departamento de Rentas en coordinación con el Area de Fiscalización, asuma la responsabilidad de la expedición de los Certificados de Domicilio, llevando un Registro del mismo.

ARTICULO 5º.- COMUNICAR al Area de Relaciones Públicas, para la difusión correspondiente.

POR TANTO:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA

RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
Alcalde

02 abril 2008

NUEVAMENTE TRANSPORTES EN LA MIRA...
Escribe: Lic. César Calagua Gutiérrez

Hoy tenemos, lamentablemente, que tocar nuevamente el tema de transportes porque cada día surgen nuevos problemas que la gerencia municipal respectiva no tiene cuando dar solución a los mismos, que no son propiamente de la ciudad capital, sino de los distritos, anexos y centros poblados.
Es lamentable que cada día se susciten nuevos problemas cuando todavía no solucionan los anteriores. No olvidemos que no solamente es el caso de las combis destartaladas que quieren llevar pasajeros y carga (bultos) juntos, sino que encima de eso el cobrador y el chofer no tienen una buena presentación, porque se visten como quieren y están mal olientes.
Paran cuando les conviene; en mitad de la pista, a media cuadra del paradero, en las esquinas, en las zonas restringidas… e imponen la velocidad que quieren, no tienen cinturón de seguridad, sus asientos parecen mecedoras, las puertas se les caen y no sé cuantas cosas más.
A esto hay que agregarles el problema de las mototaxis que igualmente no están afiliadas a empresas debidamente constituidas, no tienen SOAT, no tienen cinturón de seguridad, etc., y pasan por donde quieren. Ahora último van por la Panamericana Sur a pesar que estan prohibidos de usar esta vía por ser de peligro inminente.
No solucionan el problema de los taxis que no tienen paradero formal, los inspectores de transportes no laboran como se requiere porque permiten que se estacionen en cualquier lugar: (cerca del mercado, mercadillo, frente al Hospital Rezola, etc), permitiendo los embotellamientos en las horas llamadas punta y no se preocupan por exigir a los transportistas de combis que recojan y den buen servicio a los escolares.
Creemos que es necesario un mejor trabajo o quizás un cambio de actitud de la gerencia de transportes con los transportistas y la población. Tienen mucho trabajo por hacer y deben preocuparse por hacerlo bien, en beneficio de la colectividad. Esperamos
MUNICIPIO DE IMPERIAL EXPONE EN LIMA EXPERIENCIAS DE PRIMER AÑO DE MUNICIPALIZACION EDUCATIVA...

Representantes de los municipios de Imperial – Cañete, Los Olivos de Lima, Simón Bolívar de Pasco, Yarinacocha de Ucayali, San Juan de Loreto, entre otros, vienen exponiendo desde el día de ayer en un taller, sus experiencias del primer año de su participación en la Municipalización de la Gestión Educativa.
Al respecto, el jefe de la Oficina de Coordinación Regional del Ministerio de Educación, Luciano Chang Tarazona, recordó que una de las metas del proceso de municipalización de la gestión educativa es integrar los programas educativos de cada localidad en una política que permita mejorar la productividad y competitividad de cada una de las regiones del país.
Este proceso se viene llevando a cabo en 48 alcaldías distritales del Perú y cuenta con el apoyo y acompañamiento del Ministerio de Educación.
El funcionario destacó entre los logros alcanzados en el primer año del plan piloto, la conformación y puesta en marcha de los Consejos Educativos Municipales y de las Secretarias Técnicas en 48 municipalidades.
También subrayó que las autoridades ediles están realizando inversiones y gastos en construcción, mantenimiento y reparación de aulas, cercos perimétricos, áreas deportivas, mobiliario y equipamiento, especialmente en salas de cómputo.
Otra de las actividades que se ha priorizado es el perfeccionamiento de los docentes, mediante cursos y pasantías que las municipalidades auspician y organizan.
Agregó que ya se está realizando un trabajo organizado con los más de 90 municipios distritales incorporados en el segundo año del plan piloto.
Asimismo, informó que a lo largo del 2008 se transferirá progresivamente el presupuesto a las administraciones municipales conforme éstas acrediten estar aptas para el cumplimiento eficiente de las funciones respectivas.
CUATRO DIAS...
El taller iniciado el día de ayer en el hotel Riviera, tendrá una duración de cuatro días y está dirigido a los integrantes de los Consejo Educativos Municipales: alcaldes y secretarios técnicos de las municipalidades que han sido clasificadas para la transferencia de los centros educativos de su jurisdicción.
También está dirigido a jefes de gestión pedagógica, jefes de gestión institucional, especialistas de los niveles educativos de Inicial, Primaria y Secundaria de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) y de las Direcciones Regionales de Educación (DRE).
SE INTENSIFICA CAMPAÑA DE DECLARACION DE IMPUESTO A LA RENTA 2007...

La actual campaña de la declaración jurada del Impuesto a la Renta 2007 y pago de la regularización del Impuesto a las Transacciones Financieras ingresa a su recta final.

ASPECTOS A CONSIDERAR...
A continuación, los aspectos más trascendentes de esta obligación tributaria.
Según la RS Nº 002-2008/Sunat, los sujetos obligados a presentar la declaración jurada son: a) Los que hubieran obtenido rentas de tercera categoría, como contribuyentes del régimen general del IR; y b) los que hubieran obtenido rentas distintas a las de tercera categoría, siempre que por dicho ejercicio se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:
Primero, cuando consignen un saldo a favor del fisco en la casilla 142 del Formulario Virtual Nº 659, después de deducir los créditos con derecho a devolución; cuando arrastren saldos a favor del IR de ejercicios anteriores o hayan aplicado dicho saldo contra los pagos a cuenta del IR durante el ejercicio gravable 2007; cuando tengan pérdidas tributarias pendientes de compensar acumuladas al ejercicio gravable 2006 o tengan pérdidas tributarias en el ejercicio gravable 2007.
También, cuando hayan percibido durante el ejercicio 2007 rentas de cuarta categoría por un monto superior a S/. 30,188. Dichas rentas se determinarán sumando los montos de las casillas 107 y 108 del Formulario Virtual Nº 659; que la suma total de la Renta Neta Global más la Renta Neta de Fuente Extranjera obtenidas durante el ejercicio gravable 2007, sea superior a S/. 30,188. Dichas rentas se determinarán sumando los montos de las casillas 113 y 116 del Formulario Virtual Nº 659.
Las personas finalmente que hubieran realizado operaciones gravadas con el ITF, por los pagos, en un ejercicio gravable, de más del 15% de las obligaciones se hubieran llevado a cabo sin utilizar dinero en efectivo ni medios de pago.
Se señala, asimismo, expresamente que no deberán presentar la DJ los siguientes contribuyentes: a) los deudores tributarios que en el ejercicio gravables 2007 hubieran obtenido exclusivamente rentas de quinta categoría; y b) los no domiciliados en el país que obtengan rentas de fuente peruana.
Otras disposiciones
Se fija que tanto los contribuyentes que cuenten con contratos de exploración y/o explotación de hidrocarburos, así como los titulares de actividad minera con contratos de estabilidad tributaria, presentarán la DJ mediante el Formulario Virtual Nº 660 (Rentas de Tercera Categoría e ITF), debiendo consignar el íntegro de la información que fuera requerida a cada uno de los contratos de exploración y explotación.
Los deudores tributarios que hasta el día 8.01.08 hubieran comunicado la determinación del IR correspondiente al ejercicio gravable 2007 en forma distinta a la presente resolución, deberán regularizar la presentación de su DJ mediante el medio correspondiente, hasta los plazos previstos en el cronograma arriba señalado.
ITF referido en el inciso g) del artículo 9º de la Ley Nº 28194, norma referida a aquellas operaciones en las cuales, en un ejercicio gravable, más del quince por ciento (15%) de las obligaciones se hubieran llevado a cabo sin utilizar dinero en efectivo ni medios de pago.
Archivo personalizado
La Sunat además ha puesto a disposición de los contribuyentes obligados a presentar su declaración mediante el Formulario Virtual Nº 659 (Persona Natural - Otras rentas), un archivo personalizado.
El mencionado archivo incorpora en el PDT, de manera automática, información referencial de las rentas, retenciones y pagos del IR, que deberá ser verificada y, de ser el caso, completada o modificada por el declarante antes de generar y enviar su declaración a la Sunat.
La información de este archivo estará actualizada al 31 de enero de 2008.
De interés
Declaración
1) Para la declaración y pago del ITF, se establece que en aquellas operaciones en las cuales, en un ejercicio gravable, los pagos de más del 15% de las obligaciones se hubieran llevado a cabo sin utilizar dinero en efectivo ni medios de pago, se deberá ingresar la siguiente información en el rubro ITF del Formulario Virtual Nº 660:
2) El monto total de los pagos efectuados en el país y en el extranjero.
3) El monto total de los pagos efectuados en el país y en el extranjero utilizando dinero en efectivo o medios de pago.
Datos
Balance de comprobación. Los sujetos que hubieran obtenido en el ejercicio 2007 rentas de tercera categoría como contribuyentes del Régimen General del IR, iguales o superiores a 500 UIT, deberán consignar como información adicional a la declaración presentada, mediante el Formulario Virtual Nº 660, el Balance de Comprobación.
Formularios virtuales por utilizar: a) Formulario Virtual Nº 659: Generado por el PDT - Renta Anual 2007 - Persona Natural - Otras Rentas; y b) Formulario Virtual Nº 660: Generado por el PDT - Renta Anual 2007 - Tercera Categoría e ITF.
Insistirán En Creación De Distrito Electoral... Y Además Se Aumentaron Remuneraciones...
CONSEJO REGIONAL DISPONE UN MILLON PARA PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES...

En sesión extraordinaria, el Consejo Regional de Lima acordó destinar un millón de nuevos soles, provenientes del canon, para la elaboración del Plan de Prevención y Atención de Desastres en las nueve provincias limeñas.
Será el Comité Regional de Defensa Civil, quien tendrá la responsabilidad de ejecutar las tareas designadas, detalla en una nota de prensa el gobierno regional.
El pleno de consejeros tomó este acuerdo ante los constantes movimientos sísmicos y fenómenos naturales suscitados recientemente, y bajo la premisa de que la prevención constituye una tarea prioritaria.
Los recursos serían destinados también para fortalecer los almacenes de avanzada, con una capacidad mínima que permita mitigar los efectos de los desastres naturales.

CREACION DE DISTRITO ELECTORAL LIMA PROVINCIAS…
Por otro lado, se resolvió también acelerar las acciones que permitan la creación del Distrito Electoral de Lima Provincias y tener así una representación en el Congreso destinada a defender sus intereses. La iniciativa se suma a las gestiones que realiza el presidente regional Nelson Chui Mejía desde el inicio de su gestión y de una comisión presidida por la consejera Marianela Junco.

SE AUMENTARON REMUNERACIONES…
El consejo dispuso, además, fijar la remuneración del presidente regional en 5.5 por ciento de la unidad de referencia de pago al sector público, por lo que ésta será de 14 mil 300 nuevos soles. El vicepresidente ganará nueve mil 100 nuevos soles.
Con este reajuste, los consejeros, que de acuerdo con la ley deben tener como dieta el 30 por ciento de la remuneración del titular regional, percibirán cuatro mil 300 nuevos soles.
EDE CAÑETE S.A.

ACTO VANDALICO
(HUTO DE CONDUCTOR)
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico producida por Hurto de Conductor en la red de MT 10 kV, en la Carretera Imperial - Quilmaná, altura entrada a Casa Pintada en Imperial, que afectó a las zonas indicadas líneas abajo.
LUGAR: Entrada a Casa Pintada - Imperial
ZONAS AFECTADAS: CP El Chilcal, Urb. Melchorita, Ramos Larrea, Cerro Alegre, Carmen Alto, San Benito, La Quebrada, CPM Pueblo Nuevo de Conta, CP San Isidro, Anexo San Francisco, Anexo La Victoria, Cantagallo, Roldán, La Huerta, Cinco Esquinas, Los Angeles y el distrito de Quilmaná de la provincia de Cañete del departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-02
CIRCUITOS AFECTADOS: Del alimentador CÑ-02 a SED 198A T SED 195A.
FECHA: Martes 01 de Abril de 2008.
HORA DE INICIO: 00:50 hrs., Martes 01 de Abril de 2008.
HORA FINAL: 06:22 hrs., Martes 01 de Abril de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T. 10 kV, ocasionada por hurto de conductor, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después EDECAÑETE S.A. procedió a la normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE S.A. agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causas fuera de su control.
MAS DE 14 MIL MILLONES PARA OBRAS ENTREGARAN A GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES...
Anuncia Presidente Alan García...

El presidente de la República, Alan García, anunció ayer que los gobiernos regionales y locales contarán durante el presente año con más de 14 mil millones de nuevos soles para invertir en obras de infraestructura social en sus respectivas jurisdicciones, lo cual les permitirá atender la necesidad de la población más necesitada.
Tras culminar la reunión que sostuvo ayer con los presidentes regionales del país, el jefe del Estado precisó que estas instancias de gobierno contarán con 4,549 millones, mientras que las administraciones locales y municipales tendrán 9,781 millones. Asimismo, añadió que el Gobierno Central invertirá en las provincias y regiones 7,281 millones de nuevos soles.
"Los gobiernos regionales y locales podrán invertir en agua potable, colegios, carreteras, canales de regadío y en programas de acción", indicó tras señalar que estos recursos se obtienen gracias al buen contexto internacional, pero también gracias al esfuerzo de los propios peruanos.
Resaltó que ahora se invertirán 4 veces más de los que se invertía anteriormente y subrayó que de cada 3 nuevos soles, 1 se invierte en el Gobierno Nacional y 2 en los gobiernos regionales y locales.
El objetivo de la reunión fue discutir los principales problemas de sus respectivas regiones, así como buscar e impulsar mecanismos directos para hacer más fluido el diálogo y la coordinación con el Ejecutivo.
Al finalizar la cita, dijo sentirse muy satisfecho por la reunión, a la que calificó de "muy productiva", y comentó que los resultados la población los podrá observar en breve plazo.
Añadió que la labor de su gobierno, lejos de buscar enfrentamientos con las regiones, es facilitar su trabajo y "limpiar el camino" para que actúen con eficiencia y con la confianza de contar con el apoyo del Ejecutivo.
Muestra de ello, son lo acuerdos a los que se arribó en la extensa reunión, que se realizó en Palacio de Gobierno y que duró más de 11 horas ininterrumpidas. Por ejemplo, mencionó que se acordó liberar los fideicomisos mineros para ser reinvertidos en obras productivas y sociales. También se acordó que el Fondo de Infraestructura Regional se ponga en marcha para que aporte al trabajo de las regiones, especialmente a quienes no cuentan con el canon minero.
Respecto a la descentralización fiscal, indicó que se acordó darle luz verde, pero con la condición de que las regiones no pierdan de vista que el impuesto tiene un carácter redistributivo y compensatorio.
"Tenemos que ir a un sistema de distribución fiscal que permita compensar a los que menos tienen; necesitamos que la descentralización fiscal favorezca la agrupación de departamentos en pequeñas regiones", subrayó.
Otro de los acuerdos, dijo, fue entregar a los gobiernos regionales las empresas eléctricas de distribución regional, con la finalidad de que participen en ese trabajo con la condición de efectuar los pagos y establecer las tarifas nacionales.
Asimismo, indicó que los programas sociales del gobierno como la alfabetización, Juntos, la estrategia Crecer y el Sistema Integral de Salud, pasarán a ser "compartidos, coparticipados y actuados" por los gobiernos regionales junto con el Ejecutivo.
Para mí esto es muy importante porque significa que cada proyecto de lucha contra la pobreza podrá ser ejercido y trabajado por las autoridades locales, lo cual despolitiza totalmente los programa sociales", subrayó.
Al respecto, opinó también que instituciones como el Programa de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos (Pronamachs), Foncodes o los programas de irrigación, deben formar parte del trabajo de los gobiernos regionales. El jefe del Estado dio cuenta de la decisión de entregar al gobierno regional de Ancash la administración del puerto de Chimbote, y añadió que desde su punto de vista, otros puertos -a excepción de los que por su gran calado e importancia estratégica deben permanecer en el ámbito nacional- podrían ser administrados por las regiones.
En otro ámbito, informó que la mesa de diálogo acordó que el Canal 7 abra sus espacios a las regiones para que sean ellas mismas las que produzcan sus programas y de ese modo puedan promover su cultura y su oferta turística.
"Todo esto lo hemos conversado democrática, cordial y amenamente. Estoy muy satisfecho, es la segunda reunión, sabemos de los buenos propósitos que se dan en un marco de tensiones permanente, pero les he dicho que creo en la institucionalidad democrática, representan a los pueblos y si negamos su presencia y su legitimidad estamos afectando las bases de la democracia", indicó en declaraciones a la prensa.
La reunión contó con la presencia de 25 presidentes regionales quienes llegaron especialmente a Lima para participar en esta importante reunión de coordinación.
EDE CAÑETE S.A.

ACTO VANDALICO
(HUTO DE CONDUCTOR)
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico producida por Actos Vandálicos (Hurtos de Conductor) MT 10 kV, uno a la altura del Km. 148 y otro a la altura del Km. 149.5 de la Carretera Panamericana Sur del distrito de San Vicente de Cañete, que afectó a las zonas indicadas líneas abajo.
De tener mayor información que ayuden a dar con los responsables de estos hechos que se vienen repitiendo más frecuentemente, le agradeceremos comunicarse con FONOCAÑETE al 4494400.
LUGAR: San Vicente
ZONAS AFECTADAS: Fundo San Agustín, CP La Pampilla, CP San Pedro, CP Cuiva, CP Pampa Castilla, Pío Pampa Azul, Sector Clarita, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, El OIívar, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, CP El Zaire, CP Establo, San Juan, CP Espíritu Sto. de Palo, La Isla, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 3010 a SED 444A T SED 344A.
FECHA: Martes 01 de Abril de 2008.
HORA DE INICIO: 01:37 hrs., Martes 01 de Abril de 2008.
HORA FINAL: 09:25 hrs., Martes 01 de Abril de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T. 10 kV, ocasionada por terceras personas, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después EDECAÑETE S.A. procedió a la normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE S.A. agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causas fuera de su control.
JUDICIALES

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr Bolognesi Nº 199 San Vicente – Cañete – Lima, CESAR YACTA VIDAL, DNI 21579036, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Provincial de Cañete, en el que existe error aterial en su apellido paterno y de su progenitor dice: yacta debE decir: LLACTA; asimismo se omite el segundo nombre de su progenitora, dice URBANA VIDAL HUAROC, debe decir: URBANA MUNIVIA VIDAL HUAROC, lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 26 de Marzo del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

EDICTO
Expediente 2006-0547; EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez: ROMMEL FLORES SANTOS; mediante RESOLUCIÓN UNO, su fecha 08/06/2006, admitase la demanda interpuesta por el MINISTERIO PUBLICO contra Juan Raul Valdárraga Vivanco en agravio de Cleofé Leguía Hacho sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en vía de Proceso Único; RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE, su fecha 12/02/2008; emplácese al Demandado JUAN RAUL VALDARRAGA VIVANCO a fin que dentro del término de QUINCE DIAS se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.
Fdo. Juez Flores; Secretaria Yerén.
Cañete, 03 de Marzo del 2008.
Dra. Jessica Vargas Hilasaca
Administradora
Corte Superior de Justicia de Cañete

EDICTO
La Sala Superior Penal de Cañete, cita y emplaza a los siguientes procesados para que asista a la Sala de Audiencias y responda por los cargos que se le imputan, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenar su captura:
Exp. 2005-0372.- A Serapio Orihuela Lozano y Carlos Hermilio Quijandría León; Día: 09 de Abril del 2008, a las 11:00 a.m., bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Delito: Peculado doloso; agraviado: el Estado. Cañete, 24 de Marzo del 2008.
Exp. 2005-0667 a José del Carmen Farro Sánchez, Día: 16 de Abril del 2008, a las 10:30 a.m., bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Delito: Cohecho; Agraviado: El Estado. Cañete, 24 de Marzo del 2008.
Exp. 2002-0668, a Andy Williams Azcarate Mendoza; Delito: Contra el Patrimonio – Robo Agravado; Agraviado: Tienda Comercial El Siglo. Cañete, 19 de Marzo del 2008.
Presidente: Martìnez. Secretario: Peralta.
02, 03 y 04 de Abril

NOTARIA GARRAFA
SUCESION INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi 199 San Vicente – Cañete - Lima, YENI SABINA RODRIGUEZ DE SILVA, identificada con DNI 15376033, solicita la SUCESION INTESTADA de si esposo JOSE EVARISTO SILVA QUISPE, fallecido el 15 de Diciembre de 1988, teniendo como último domicilio en el distrito de Imperial – Cañete, lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 31 de Marzo del 2008
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi 199 San Vicente – Cañete – Lima, VICTORIA MOSCOSO DE SANCHEZ, identificada con DNI 15345785, silicita la SUCESION INTESTADA de su esposo VICTOR RAUL SANCHEZ GARCIA, fallecido el 13 de Julio del 2007, teniendo como último domicilio en el distrito de San Vicente - Cañete, lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en forma establecida por ley.
San Vicente, 28 de Marzo del 2008
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

EDICTO
Que, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala a cargo de la Juez Dra. Norma Gonzáles Ventura, y Secretaria que da cuenta se admitíó a trámite la solicitud de SUCESION INTESTADA, presentada por ALVARO DIEGO BRAMON MELO, de quien en vida fuera AMADOR BRAMON REYES, fallecido el dia 09-04-2006 AB INTESTATO, en el distrito de Chilca – Lima.
Lo que se publica para los fines legales y pertinentes
Mala, 17 de Marzo del 2008.
Katia Gissela Herrera Quispe
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala

EDICTO
Expediente 2004-0495; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez MARÍA GARNICA PINAZO, mediante RESOLUCION DIECISEIS, su fecha 20/09/2007 (parte pertinente), SE RESUELVE: 1º DECLARAR FUNDADA la demanda de página veiticuatro y siguientes, interpuesta por el MINISTERIO PUBLICO contra JORGE MARCELO CHAVEZ SARMIENTO en agravio de su esposa EUGENIA ANTONIA VILLAR ALCALÁ y de sus menores hijos; sobre VIOLENCIA FAMILIAR – Maltrato Psicológico. Fdo. Juez Garnica; Secretario Quispe.
Cañete, 13 de Febrero del 2008.
Dra. Jessica Vargas Hilasaca
Administradora
Corte Superior de Justicia de Cañete