13 febrero 2007

HAY QUE MEJORAR EL ORNATO DE NUESTRA CIUDAD…
Lic. César Calagua Gutiérrez

Nuestra población se encuentra a la espera de algunos cambios positivos y de mejora de la ciudad, al menos del ornato, pero lamentablemente parece que esto demorará un buen tiempo. La respuesta de la ciudadanía ha sido un poco negativa ante las escasas acciones que se vienen dando de la parte de la autoridad municipal.

Por ejemplo, se dice que tenemos serenos de "seguridad ciudadana", pero solamente son SIETE (7) personas para que estén en las inmediaciones de la plaza de armas… y el resto de la ciudad… o ¿acaso San Vicente es solamente la plaza de armas…?, creemos que no, la población en su conjunto necesita de seguridad ciudadana, y cuidadito que a pesar que ahora están 7 supuestos efectivos de este nuevo cuerpo de seguridad municipal, la plaza de armas sigue igual, con jóvenes que usan las bancas como quieren, tomando licor a diestra y siniestra, sin que se intente al menos poner orden.

Se ha pintado las inmediaciones de la plaza San Martín, nos parece bien, pero no gasten tontamente en poner banners de publicidad, porque todos sabemos que el trabajo lo ha realizado la Municipalidad y la población ya sabe quien es su alcalde y como se llama, entonces para que poner más carteles con el nombre del alcalde, si aún no ha limpiado las paredes de plazas y calles con su nombre de cuando era candidato.

Hay que dejar la figuración de lado, lamentablemente parece que el alcalde no tiene un buen asesor de imagen, porque aquí no hay que buscar marketing, ya que sus obras hablaran por si solas… ¿o acaso hay otra entidad o personas que arreglen pistas, que quite a los ambulantes que venden comida en las pistas y veredas… impidiendo el libre tránsito de los sufridos peatones que pagan sus impuestos para caminar por las veredas libres y limpias mas no por la pista...?.

Por ejemplo, en las urbanizaciones hay lotes vacíos que se han transformado en sendos basurales, donde no se recoge la basura y que los vecinos y los constructores los han tomado como algo suyo donde depositan sus residuos y otros. En estos lotes, el municipio debe levantar dichos residuos y cobrarle luego al propietario en los recibos de impuestos prediales, para ofrecer así una mejor vista y tener limpia nuestra ciudad; por ello decimos que San Vicente no solamente es el centro de la ciudad… nuestra capital es grande y necesita con urgencia de la presencia y la atención de su autoridad edil.

Por ejemplo, en la Urbanización Los Libertadores, por donde queda el Banco de la Nación (a espaldas de la loza deportiva Beto Di Laura) hay una calle pequeña que es muy transitada y la pista esta destrozada, necesita atención urgente. Este trabajo no costará mucho y tiene gran afluencia de transito vehicular, pongan allí el ojo para una obra pequeña, pero que va a ayudar mucho a nuestra colectividad y mejorará nuestro ornato. Esperamos

JUANITA DE PAIN ANUNCIA CONSTRUCCIÓN DE NUEVO MERCADO MUNICIPAL EN EL PUERTO DE LOS ENSUEÑOS…

La alcaldesa del distrito de Cerro Azul, Juanita Raspa de Pain, anuncio la puesta en marcha, en un plazo no mayor a los quince días calendario, de la construcción de un flamante mercado municipal en su distrito.
Este nuevo edificio de propiedad municipal, que además contará entre sus instalaciones con un moderno comedor, el cual será puesto al servicio de un club de madres, pasará a reemplazar al hoy, ya anticuado y desfasado mercado existente en el distrito porteño. Esta obra valorizada en más de un cuarto de millón de soles colocará a Cerro Azul a la vanguardia de los distritos de Cañete en contar con un moderno centro de abastos. Esta gestión ha sido canalizada por la gestión de Juana de Pain en sus primeros treinta días de gobierno, habiéndose ya coordinado con los comerciantes que ocupan el mercado de Cerro Azul, indicándoles que serán reubicados en un terreno especialmente ya alquilado y acondicionado por la propia Municipalidad, y ubicado a escasos metros del propio mercado a fin de no perjudicar a ninguno de estos pequeños empresarios, mientras dure la ejecución de la obra, que será en un tiempo aproximado a los noventa días.
Otra de las novedades que indicó la señora Pain es que, para la construcción de esta obra se estará dando preferencia a trabajadores que sean vecinos del distrito de Cerro Azul.

ANTONELLA PRESENTE EN LA SERENATA DEL HOSPITAL REZOLA…

Hoy, a partir de las nueve de la noche se estará dando inicio a un gran espectáculo musical organizado por el Hospital Rezola de Cañete con motivo de cumplirse veintisiete años de su incorporación al Ministerio de Salud.
Por este motivo, y como un tributo, a sus miles de usuarios la Dirección Ejecutiva del Hospital a cargo del dinámico doctor Julio Málaga Mendiola ha anunciado la presentación de un espectáculo artístico sin precedente en la, ya acostumbrada, serenata del Hospital.
Este evento, se estará llevando a cabo en el frontis del nosocomio en donde se levantará un escenario, en el que se encontrarán desfilando artistas de la talla de Octavio Lara y su grupo SABOR y COLOR, las pequeñas Tentadoras de Chincha, Los hermanos Murga de Imperial, Antuco López, entre otros y teniendo como plato fuerte la presentación de ANTONELLA, la juvenil artista cañetana que viene triunfando en sus presentaciones en diferentes partes del territorio nacional, y que promete hacer pasar un imborrable momento al público presente.
Este espectáculo de primer nivel podrá apreciarse completamente gratis hoy día. Es un sentido y sincero homenaje de nuestro Hospital a todo el pueblo cañetano, mencionó el Director Ejecutivo y Director Artístico de este evento, el doctor Julio Málaga Mendiola.

También Rescata El Parque Infantil…
RICHARD YACTAYO INICIA REMODELACION DE LA PLAZA DE ARMAS DE ESTA LOCALIDAD…

IMPERIAL.- ¡El cambio en marcha!. Los trabajos de remodelación de la plaza de armas de esta localidad, se dieron inicio anoche con la colocación de plásticos en su contorno y así evitar cualquier tipo de molestia a los operarios.
El burgomaestre de Imperial, Richard Yactayo Durand, manifestó que los trabajos se realizarán en cuatro meses y su costo bordeará los 300 mil nuevos soles, tal como se aprobó en sesión de concejo.
Precisó que hoy mostrarán la maqueta en el frontis del Palacio Municipal de Imperial, a fin de que la población pueda observar “in situ” esta obra que será de carácter turístico.
“Queremos captar a los turistas. Imperial se proyectara como una ciudad moderna, a la par, de otras ciudades importantes del país. Eso, es lo que queremos recuperar”, manifestó Richard Yactayo.

RECUPERA PARQUE INFANTIL…
En el parque infantil que estuvo olvidado en todo este tiempo, comenzó también los trabajos. Los juegos infantiles ya han sido refaccionados en su totalidad y sus paredes se pintarán con dibujos alusivos a la niñez.
Asimismo se sembrarán plantas ornamentales y grass, además de brindar una iluminación de primera, construcción de servicios higiénicos y la colocación de nuevos juegos atractivos que la niñez requiere.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

ORDENANZA Nº 002-2007/MDCA

Cerro Azul, 30 de Enero de 2007.

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

POR CUANTO:
El Concejo Municipal del distrito de Cerro Azul, en Sesión Ordinaria de fecha 09 de febrero del año 2007, y;

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 74° de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales.
Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú.
Que, del mismo modo el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas.
Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, señala que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley.
Que, el artículo 69° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, dispone que la determinación de las tasas por servicios públicos o arbitrios, deberán ajustarse a criterios de razonabilidad que consideren el costo efectivo del servicio, su mantenimiento, así como el servicio individual prestado de manera real y/o potencial así como el grado de intensidad en su uso; que respecto a la distribución entre los contribuyentes de una Municipalidad, del costo de las tasas por servicios públicos, se deberá utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio público involucrado, entre otros criterios que resulten válidos para la distribución.
Que, mediante las sentencias N°s. 0041-2004-AI/TC, 00053-2004-PI/TC, publicadas en el Diario Oficial el Peruano, el Tribunal Constitucional se pronunció en proceso de inconstitucionalidad sobre diversos temas vinculados al ejercicio de la potestad tributaria municipal en la aprobación y determinación de arbitrios municipales, constituyendo jurisprudencia vinculante no sólo respecto al fallo sino a la totalidad de su contenido.
Que, asimismo, mediante Sentencia N° 0018-2005-AI/TC publicada el 19 de julio de 2006, el Tribunal Constitucional estableció que los criterios vinculantes de constitucionalidad material de las Ordenanzas de arbitrios municipales desarrollados en la Sentencia N° 0053-2005-PI/TC, si bien resultan bases presuntas mínimas, estas no deben entenderse rígidas en todos los casos, pues tampoco lo es la realidad social y económica de cada Municipalidad.
Que, en este sentido, la Municipalidad Distrital de Cerro Azul ha procedido a adecuar la Ordenanza N° 018-2006/MDCA, que regula el Régimen Tributario de Arbitrios para el Año Fiscal 2007, dentro del marco legal que aprueba la estructura de costos, metodología de distribución, sobre el cual se distribuirán los arbitrios municipales en el distrito.
Asimismo, conforme al numeral 9 del artículo 9° de la Ley N° 27972, corresponde al Concejo Municipal el crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley.
En uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de aprobación de acta, se aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 018-2006/MDCA, Y ADECUA EL REGIMEN TRIBUTARIO DE ARBITRIOS PARA AÑO FISCAL 2007

Artículo Primero.- Modifíquese el artículo 1° de la Ordenanza N° 018-2006/MDCA, el cual quedará de la siguiente forma:
Art. 1° PRINCIPIOS PARA LA DETERMINACION DE LOS ARBITRIOS
El monto de los arbitrios municipales se determinara distribuyendo el costo total efectivo del servicio correspondiente entre todos los responsables u obligados teniendo en consideración los principios siguientes:
a.- Determinación de los arbitrios individuales mediante la distribución entre los contribuyentes del costo total efectivo del servicio público correspondiente, en función al beneficio real o potencial obtenido.
b.- Aplicación del carácter general de los arbitrios, teniendo en consideración que el servicio prestado se proporciona a la generalidad de los contribuyentes.
c.- Identificación de los indicadores de beneficio y nivel de uso, aprovechamiento o disfrute de los servicios que se utilizarán como parámetros de distribución de los costos de los servicios públicos municipales entre los usuarios o contribuyentes.

Artículo Segundo.- Inclúyase los artículos 7 y 8 en la Ordenanza N° 018-2006/MDCA, que ha continuación se especifican:
Art. 7° CRITERIOS DE DETERMINACION DE ARBITRIOS
1.- EN LIMPIEZA PÚBLICA:
A.- BARRIDO Y LIMPIEZA DE CALLES:
A.1.- Longitud del frontis del predio (Expresado en metros lineales)
A.2.- La intensidad del servicio (Frecuencia del servicio)
B.- RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS:
B.1.- El nivel de generación de desperdicios (Toneladas métricas)
B.2.- Las actividades desarrolladas en los predios (Uso del predio)
B.3.- Tamaño del Predio (Extensión del área construida en m2)
2.- EN PARQUES Y JARDINES:
A.- Ubicación geográfica del predio (Cercanía a áreas verdes)
B.- Uso y Tamaño del predio (Criterio complementario)
3.- SERENAZGO:
A.- Ubicación del Predio
B.- Uso del Predio
Art. 8° APROBACIÓN DEL INFORME TÉCNICO DE DISTRIBUCIÓN DEL COSTO DE ARBITRIOS ENTRE LOS SUJETOS OBLIGADOS
La estructura de costos, criterios de distribución y estimación de los ingresos se encuentran detallados en el Informe Técnico anexo, el mismo que se aprueba y que en su integridad forma parte de la presente Ordenanza.

DISPOSICION FINAL O TRANSITORIA
ARTICULO ÚNICO.-
A) Para el pago al contado Condónese el 100 % de los intereses de arbitrios, este beneficio no incluye el ejercicio 2007, y para el caso de deudas que en su totalidad superan 1 U.I.T. el porcentaje de condonación será de 70% de sus intereses.
B) Para el pago fraccionado: La cuota inicial será de 30 % o más, las cuotas de fraccionamiento no podrá superar el 31 de diciembre de 2007, y el interés de fraccionamiento será de 90 % de la T.I.M. Excepcionalmente, la Gerencia de Administración Tributaria y siempre que el caso lo amerite, autorizará la disminución de la cuota inicial y reducción del interés de fraccionamiento no pudiendo ser menor del 50 % de la T.I.M.
C) Los contribuyentes que se acojan al presente beneficio tributario no podrán solicitar la devolución de lo pagado.
D) El plazo de vigencia del beneficio tributario será hasta el 10 de marzo de 2007, su prorroga podrá efectuarse mediante Decreto de Alcaldía.

Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.

Juana Raspa de Pain
Alcaldesa
Municipalidad Distrial de Cerro Azul

APRUEBAN SUELDO Y DIETAS DE ALCALDE PROVINCIAL

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ACUERDO DE CONCEJO Nº 07-2007-MPC

Cañete, 01 de febrero de 2007

Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 31 de enero de 2007, el pedido de los señores regidores de la Municipalidad Provincial de Cañete;

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 12º de la Ley No. 27972 Orgánica de Municipalidades dispone que el monto de las dietas es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local; y el artículo 21º de la citada ley, prescribe que el alcalde desempeña su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneración mensual fijada por acuerdo de concejo municipal;

Que, mediante Decreto de Urgencia No. 038-2006 se establece la modificación del artículo 5º numeral 5.2 de la Ley No. 28212, que señala que los Consejeros Regionales y Regidores Municipales reciben únicamente dietas, según el monto que fijen los respectivos Consejos Regionales y Consejos Municipales, de conformidad con lo que disponen sus respectivas leyes orgánicas. En ningún caso dichas dietas pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de la remuneración mensual del Presidente del Gobierno Regional o del Alcalde correspondiente;

Que, la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece en su artículo 9º numeral 28 que es atribución del Concejo Municipal el aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores; asimismo, en el artículo 13º establece que el Concejo Municipal se reúne en sesión ordinaria no menos de dos, ni más de cuatro veces al mes, para tratar los asuntos de trámite regular;

Que, la actual gestión integrada por los regidores y la primera autoridad en clara muestra de signos de austeridad y desarrollo consensual del distrito, actuando dentro del imperio de la Ley, y por efectos de austeridad proponen un monto menor al tope permitido;

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia No. 038-2006 y en uso de las facultades conferidas por el artículo 41º y artículo 9º numeral 28 de la Ley No. 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta;

SE ACORDO:
Artículo 1º.- Fijar como remuneración mensual del Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete, el monto de S/ 8,900.00 (ocho mil novecientos y 00/100 nuevos soles).

Artículo 2º.- Fijar por concepto de dieta de los Regidores de la Municipalidad Provincial de Cañete, el monto de S/ 667.50 por asistencia efectiva a cada sesión de Concejo, abonándose hasta por un máximo de cuatro (4) sesiones al mes.

Artículo 3º.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Economía y Finanzas y, Sub-Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Planificación.

Artículo 4º.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el diario oficial correspondiente.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

JAVIER J. ALVARADO GONZALES DEL VALLE
ALCALDE