05 agosto 2015

4 DE AGOSTO 1821: LIBERTADOR JOSE DE SAN MARTÍN Y LA CREACIÓN POLÍTICA DEL DISTRITO DE MALA

POR: MARCELINO ANTONIO AGAPITO MANCO

El origen demarcatorio en el incanato (nos dice Urteaga en 1828) se da en la época de Túpac Inca Yupanqui, el primer demarcador del país, que terminó de dividir el imperio en 50 provincias, llamadas «guaniani» con 40,000 indios.
Durante la era hispánica, comenzó la demarcación del suelo virreinal, incluyendo la conquista en encomiendas, reparticiones, obispados, y diócesis, corregimientos, intendencias, partidos.
En la república, departamentos y provincias; los distritos aparecen recién con Bolívar, Y solo en 1834 (nos dice Tarazona) en la «Guía de Forasteros del Perú» se menciona los distritos.
El 10 de noviembre de 1820 las tropas de don José de San Martín desembarcaron en el puerto de Huaura y se desplazaron hasta la plaza principal para proclamar la independencia del Perú. Con la consigna de tumbarse al virrey, San Martín decidió acantonarse cerca de Lima y ubicar su centro de operaciones en un lugar militarmente estratégico. Tenía que tomar la ciudad capital del virreynato que se encontraba aún al mando del virrey José de la Pezuela.
La fase final de la cruzada libertaria estaba en marcha. Nada podía fallar. Luego de abandonar por mar la bahía de Pisco, el general San Martín, junto a la Expedición Libertadora, pasa por el Callao y Ancón despertando el entusiasmo y las esperanzas de los patriotas y alarmando a las fuerzas realistas. La primera estrategia del joven general rindió sus frutos: fortalecer la posición de sus huestes y empezar a gestar la derrota moral y política de la representación española en el Perú.

INCOMUNICADO
Es así que entre el 10 y el 12 de noviembre de 1820, Don José Francisco de San Martín Matorras desembarca junto a sus tropas en las playas de Huaura y establece su cuartel general en el pueblo del mismo nombre, escogido precisamente por ser considerado un enclave político-militar, por ser una salida privilegiada hacia el norte y por la abundancia de sus recursos. Se cortaron así las comunicaciones entre la capital y el norte del país. Huaura pasó a convertirse en la aduana marítima de los patriotas. Pocos días antes, el 6 de noviembre, el vicealmirante Lord Cochrane y sus hombres consiguieron, en una audaz incursión al Callao, capturar el principal navío realista. La fragata española Esmeralda fue tomada por los patriotas consiguiendo así una importante victoria militar y moral. Los ánimos de los rebeldes estaban al tope.
San Martín establece su vivienda en la Casa Hacienda Ingenio, de propiedad del patriota Manuel Salazar, quien incluso regala caballos y dinero a las tropas. El cuartel se ubicó en la Plaza de Armas de Huaura -a pocos kilómetros de su residencia-, adonde de a pocos fueron sumándose a la gesta los principales militares criollos que conseguirían sellar en los meses posteriores la independencia del Perú. Entre ellos figuraban Gamarra, Salaverry, Castilla, Domingo Nieto y el general Santa Cruz, entre otros.
Habían fracasado ya las negociaciones de Miraflores. Las fuerzas patriotas estaban diseminadas por la sierra centro, el norte y el sur del virreynato. Lima era un hervidero de inseguridad y temor por la presencia de las tropas de San Martín acantonadas en Huaura.

«EL PERÚ ES LIBRE E INDEPENDIENTE...»
Es en estas circunstancias que el libertador San Martín pronuncia por primera vez el 20 de noviembre de 1820 su famosa proclama libertaria: «El Perú es desde este momento libre e independiente por la voluntad general de los pueblos…», desde el balcón de su cuartel general ante sus más de 8 mil hombres entre militares, voluntarios y negros que habían sido esclavos y se unieron a la causa separatista. Meses después, en julio del año siguiente, San Martín repetiría el discurso en la Plaza de Armas de Lima «…y por la justicia de su causa que Dios defiende, viva la patria!…»
Estos reveses perturbaron al comando realista. Los funcionarios y jefes españoles, en su mayor parte liberales, presionaron al virrey Pezuela a presentar su renuncia, y el 29 de enero de 1821, el general José de La Serna asumió el mando.
Se había concretado así la primera consigna de la última fase libertadora: los patriotas habían tumbado al virrey.

NUEVA ERA
Después de declarar la independencia del Perú, el libertador don José Francisco de San Martin y Matorras, dictó diversos Decretos Supremos que alteraron la antigua demarcación del país, formando departamentos de las intendencias que creo el coloniaje, aunque dejando subsistentes los partidos de que ellas se componían.
El 12 de febrero de 1821, el general José de San Martín expide desde su cuartel general en Huaura el primer decreto «Reglamento Provisional» al crear los departamentos de las antiguas intendencias. Los primeros departamentos fueron: Trujillo, Tarma, Huailas, y la Costa, y posteriormente se erigió el departamento de Lima por Decreto del 4 de agosto de 1821 con las provincias de Lima, Cañete, Huarochirí y Yauyos, sentando las bases jurídicas del Perú como nación, que servirían como bosquejo de la Constitución Administrativa del Perú y como primer ensayo de Gobierno Nacional para dar forma legal a la ocupación militar de la parte del país que estaba bajo la influencia de los patriotas.
El régimen tambalea. La Serna lamenta su designación. Lima es el destino inmediato. No hay más tiempo que perder.
La Constitución Política de la República Peruana Sancionada por el Primer Congreso Constituyente el 12 de Noviembre de 1823 y promulgada por Don José Bernardo Tagle y Portocarrero, Gran Mariscal de los Ejércitos, y Presidente de la República Peruana, demarcó la división territorial de la república disponiendo en su artículo séptimo que esta se compondría de Departamentos, las cuales contarían de Provincias y Distritos formados por parroquias.
En virtud del cual, siguieron subsistiendo los Departamentos que ya había, pasaron hacer Provincias los Partidos de que ellos constaban y las Parroquias formaron por lo común Distritos (constitución 1823, capitulo CAPÍTULO X PODER MUNICIPAL)
En cuanto a los Distritos, a pesar de haber comenzado a figurar tan igual que las Provincias, desde Simón Bolívar, no ha sido posible encontrar documento alguno oficial que haga la relación de todos, sino el año 1834, en que aparecen en la Guía de Forasteros del Perú.
Por ejemplo para el caso nuestro la división política del Perú, según la Guía de Forasteros de 1834, señala los Departamentos creados de Amazonas, Arequipa, Ayacucho, Cuzco Junín, La Libertad, Lima y Puno.
Provincias del Departamento de Lima: Canta, Cañete, Cercado, Chancay, Huarochirí, Ica, Santa y Yauyos.
Distritos en que se subdividen las Provincias de Cañete: Cañete, Chilca, Chincha Alta, Chincha Baja, Coayllo, MALA, Lunahuana y Pacaran.
Si, por Decreto del 4 de agosto de 1821 se crea el Departamento de Lima con las provincias de Cañete, Huarochirí, Lima y Yauyos, se desprende por lo anteriormente citado que al crearse el Departamento de Lima conlleva la creación de la provincia y al mismo tiempo a los distritos de su circunscripción.
De conformidad a lo expuesto, Mala como Distrito fue creado el 4 de agosto de 1821; ya que, su territorio está circunscrito a la Provincia de Cañete del Departamento de Lima.

JUEZ DICTÓ ORDEN DE PRISIÓN CONTRA SECRETARIA GENERAL, 3 GERENTES Y TESORERA DE UN MISMO MUNICIPIO POR 164 «PROYECTOS FANTASMAS»

Escribe: Cleto Aguado Gutiérrez – CPP Reg. 110681

Dice el adagio popular: «La justicia, aunque con patas de tortuga llega y atrapa a los buitres de rapiña disfrazados de paloma». Es el caso que, algunos funcionarios municipales, naturalmente elementos allegados de confianza del Alcalde, presuntamente tramaron en secreto sus oscuras maniobras dolosas para amasar lucros personales con bienes y recursos públicos del municipio y sistemáticamente sacaban sus garras delictivas; pero como nada se oculta a la luz del día ni de la verdad. «Tanto va el cántaro al agua que finalmente se rompe».
Realizadas las investigaciones del caso y halladas las responsabilidades y evidencias de los hechos, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima – Sur dictó orden de prisión contra cinco funcionarios del vecino distrito de San Bartolo (ahora perteneciente a Lima Metropolitana) acusados de la apropiación de fondos públicos por S/. 750,000.00 en los años 2011 al 2013 en opinión de la Contraloría General de la República. Según la difusión periodística limeña, la orden judicial de prisión les afecta a la Secretaria General María Rueda Lescano, la Gerente Municipal Cecilia Sánchez Vásquez, el Gerente de Desarrollo Manuel Ruiz Blanco, la Gerente de Logística Judith Vilca Santos y la Tesorera Nancy Matías Ramirez. Estos funcionarios fraudulentamente hicieron uno de los fondos públicos para simular 164 contrataciones con «PROYECTOS FANTASMAS».
Las páginas de la Historia nos recuerda que el ahora San Bartolo, distrito de Lima Metropolitana en la época de su creación por Ley N° 10582 del 5 de Mayo de 1946 siendo Presidente de la República el Dr. Luis Bustamante y Rivero, su territorio pertenecía a la provincia de Cañete al igual que el otro distrito de Pucusana también es cañetano, que luego de su reconocimiento geográfico-político fueron incorporados a la provincia de Lima, no con la visión de progreso de ambos pueblos, sino movidos por el hilo de las influencias y la voluntad de la plutocracia imperante para construir lujosas mansiones veraniegas tal como existen en la actualidad.
Sin embargo lo más importante para la provincia de Cañete y sus municipalidades es la lección asumida por el Poder Judicial en San Bartolo contra la corrupción de todo índole que involucran impunemente a Alcaldes, Regidores, funcionarios, periodistas asalariados, incluso los depredadores de gestiones municipales anteriores.

CON ACTIVIDADES PROTOCOLARES LA PROVINCIA DE CAÑETE CELEBRÓ SUS 194 ANIVERSARIO DE CREACIÓN POLÍTICA

Con una serie de actividades protocolares que se inició con la misa Te Deum en la catedral de San Vicente, se celebraron los 194° Aniversario de Creación Política de la Provincia de Cañete y sus entonces 8 distritos. La ceremonia contó con la participación de las principales autoridades de la provincia y alcaldes de los distritos que la conforman.
Luego de la ceremonia litúrgica las autoridades se trasladaron a la plaza de armas donde después del paseo de la bandera por el perímetro de la plaza de armas, izaron el Pabellón Nacional la bandera de la ciudad y la bandera del poder judicial con motivo de celebrarse el “Día del Juez”. En esta ceremonia se reconoció también a los párrocos que también están de aniversario.
Finalmente todas las autoridades se dirigieron al salón de actos de la municipalidad provincial para participar de la sesión solmene donde se dio lectura al decreto supremo de creación política de la provincia de cañete del 4 de agosto de 1821 y diversas mociones de saludos por los 194 aniversarios.

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA
Según lo señalado en los artículos 56°y 57° del Estatuto del Partido Fuerza Popular, El Tribunal Electoral es autónomo e independiente, siendo competente de dirigir los procesos de democracia interna del partido político Fuerza Popular.
Conforme a lo señalado se convoca a todos los afiliados al Comité Provincial de Yauyos, a concurrir al lugar sito en Av 28 de Julio s/n., C.P. San Jerónimo, distrito de Viñac, Ref. Desvío Zona Sur Grande (Rest. «Wicho»), el día 10 de Agosto del 2015, a horas 09:00 a.m. (primera citación), y 10:00 a.m. (segunda citación), con la finalidad de elegir a los Secretarios Provinciales del respectivo comité.
Los ciudadanos de la circunscripción que deseen afiliarse al Comité Provincial de Yauyos, pueden hacerlo de manera libre, voluntaria y espontáneamente, gozando de todos los derechos de los afiliados al Partido Político Fuerza Popular.
Tribunal Electoral
Presidente
Fuerza Popular


CONVOCATORIA
Según lo señalado en los artículos 56°y 57° del Estatuto del Partido Fuerza Popular, El Tribunal Electoral es autónomo e independiente, siendo competente de dirigir los procesos de democracia interna del partido político Fuerza Popular.
Conforme a lo señalado se convoca a todos los afiliados al Comité Provincial de Cañete, a concurrir al lugar sito en Urb. La Paz, Mz. «A», Lte. 13, San Vicente, Ref. al frente del Hotel Villa del Sur, el día 10 de Agosto del 2015, a horas 09:00 a.m. (primera citación), y 10:00 a.m. (segunda citación), con la finalidad de elegir a los Secretarios Provinciales del respectivo comité.
Los ciudadanos de la circunscripción que deseen afiliarse al Comité Provincial de Cañete, pueden hacerlo de manera libre, voluntaria y espontáneamente, gozando de todos los derechos de los afiliados al Partido Político Fuerza Popular.
Tribunal Electoral
Presidente
Fuerza Popular

MINEDU: Preguntas y Respuestas para el Examen de Nombramiento Docente y Contrato Docente (23 Agosto 2015) www.minedu.gob.pe

CONCURSOS DE NOMBRAMIENTO Y CONTRATACIÓN DOCENTE
PREGUNTAS FRECUENTES

¿Cada concurso tiene una fecha de inscripción distinta?
No, ambos concursos tuvieron un solo proceso de inscripción que se realizó del 25 de mayo al 9 de junio de 2015.

¿Qué pasa si no completé mi inscripción en el Banco de la Nación?
No quedará inscrito en ninguno de los concursos.

¿La sede que seleccioné en el formato digital de inscripción para rendir la Prueba Única Nacional determina la plaza a la que postulo?
No, solo determina el lugar donde usted rendirá la Prueba Única Nacional el domingo 23 de agosto. La región donde se encuentran las plazas de nombramiento docente por las que desea concursar será seleccionada por usted en la segunda etapa del concurso (del 22 al 26 de setiembre de 2015), si es que supera los puntajes mínimos requeridos en las tres sub pruebas que constituyen la Prueba Única Nacional. Asimismo, si es que no logra adjudicarse una plaza de nombramiento o no supera los puntajes mínimos requeridos en la Prueba Única Nacional, posteriormente podrá seleccionar la UGEL de su interés para una plaza de contrato.

¿Se va a realizar Concursos de Nombramiento y Contratación Docente para profesores de educación técnico productiva?
Sí, el Minedu posteriormente establecerá los lineamientos para el nombramiento y contratación de docentes en plazas de educación técnico productiva.
¿Qué es la Prueba Única Nacional?
Es el instrumento de evaluación que todos los postulantes a ambos concursos (de nombramiento y contratación docente) deberán rendir. Se aplicará el domingo 23 de agosto en las diferentes sedes de evaluación dispuestas en todo el país. La prueba será rendida en formato impreso (prueba de lápiz y papel) y evaluará tres aspectos: razonamiento lógico (25 preguntas), comprensión lectora 25 preguntas) y conocimientos (40 preguntas).

¿Cómo se calificará la Prueba Única Nacional?
Se calificará asignando un puntaje por cada respuesta correcta, no hay puntos en contra. Las sub pruebas de Razonamiento lógico y Comprensión de textos tiene un valor de dos puntos por respuesta correcta; mientras que Conocimientos curriculares, pedagógicos y de la especialidad, tiene un valor de 2.5 puntos por respuesta correcta. Ver cuadro:

Sub prueba N° de preguntas Puntaje x respuesta correcta
Razonamiento Lógico 25 2
Comprensión de Textos 25 2
Conocimientos Curriculares,
Pedagógicos y de la
Especialidad 40 2,5

¿Cómo se calcula el puntaje final de la Prueba Única Nacional?
Sumando los puntajes obtenidos en las tres sub pruebas:
I = Razonamiento lógico
II = Comprensión de textos
III = Conocimientos Curriculares, Pedagógicos y de la Especialidad

I + II + III = Puntaje final de la Prueba Única Nacional

¿La Prueba Única Nacional tiene puntaje mínimo aprobatorio para participar en el concurso de Contratación Docente?
No, todos los postulantes que rindan la Prueba Única Nacional podrán ingresar al cuadro de mérito del concurso de Contratación Docente.

¿La Prueba Única Nacional tiene puntaje mínimo aprobatorio para participar en el concurso de Nombramiento Docente?
Sí, los postulantes que deseen concursar por una plaza de nombramiento deben obtener el puntaje mínimo requerido para cada una de las sub pruebas que la conforman. Ver cuadro:

Sub prueba Número de preguntas Puntaje por respuesta correcta Puntaje  Máximo Puntaje mínimo requerido
(solo para Nombramiento)
Razonamiento Lógico 25 2 50 30
Comprensión de Textos 25 2 50 30
Conocimientos Curriculares,
Pedagógicos y de la Especialidad 40 2,5 100 60

¿Qué pasa si supero los puntajes mínimos de la Prueba Única Nacional?
Quedará habilitado para participar de la etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento y, así, competir por una plaza de nombrado, siempre y cuando existan plazas disponibles para nombramiento en su grupo de inscripción.

¿Qué pasa si solo supero los puntajes mínimos de una o dos de las sub pruebas de la Prueba Única Nacional?
No habrá superado los puntajes mínimos de la Prueba Única Nacional y por lo tanto no podrá participar de la etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento.

¿Qué pasa si no supero los puntajes mínimos de la Prueba Única Nacional?
Estará impedido de participar en la etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento, pero podrá seleccionar una UGEL del país para concursar por una plaza de contrato docente de su grupo de inscripción.

¿Qué documentos debo llevar el día de la Prueba Única Nacional?
Solo debe llevar su Documento Nacional de Identidad (DNI) o Carnet de Extranjería, el que corresponda a su inscripción.

¿Qué pasa si no llego a rendir la Prueba Única Nacional?
Se le considerará retirado voluntariamente de ambos concursos.

¿Está permitido ingresar con objetos a los locales de evaluación donde se aplicará la Prueba Única Nacional?
No. Está prohibido el ingreso de cualquier tipo de aparato electrónico (celular, MP3, MP4, tablet, laptop, cámara de fotos o video, grabadora, etc.), cartera, maletín, mochila, o similar.
Tampoco lleve útiles para rendir la prueba, todo el material necesario para ello se lo entregarán en el aula de aplicación.

RESULTADOS
¿Cuándo se publicarán los resultados de la Prueba Única Nacional?
Los resultados serán publicados el miércoles 02 de setiembre de 2015, en la página web www.minedu.gob.pe

PRESIDENTE DEL PODER JUDICIAL EXHORTA A JUECES A GENERAR «MAYOR LEGITIMIDAD Y CONFIANZA CIUDADANA»... EN EL MARCO DE LAS CELEBRACIONES POR EL DIA DEL JUEZ

El presidente del Poder Judicial, Víctor Ticona Postigo, exhortó hoy a los magistrados del país a generar mayor legitimidad y confianza ciudadana en el ejercicio de sus funciones para fortalecer la democracia y el Estado de Derecho.
En el «Día del Juez», que se celebró en el Palacio del Poder Judicial, advirtió que los magistrados deben enfrentar presiones que buscan afectar su independencia, circunstancias «muchas veces difíciles», pero deben ejercer su autoridad jurisdiccional pensando en el usuario que exige justicia.
«Tenemos que pensar en el impacto social de nuestras decisiones, para evitar daños injustos y generar una mayor legitimidad y confianza ciudadana», subrayó.
El titular de la Corte Suprema, señaló que si bien se pueden tener «leyes defectuosas o cuestionables», nunca debe haber jueces de «actuación dudosa o deplorable».
Por ello, destacó que la «gran responsabilidad política y social» que tiene el Poder Judicial pasa por garantizar a la sociedad que el Derecho y la Razón «estén por encima de la violencia, del delito, de la extorsión, de la arbitrariedad y del caos».
En ese sentido, afirmó que el «deber imperativo» de quienes tienen el gobierno institucional y de todos los jueces de la República, consiste en velar por «la defensa irrestricta de su autonomía institucional» y por la independencia de los Jueces. 
Ticona Postigo expresó su saludo a los 2500 jueces de carrera que laboran en los diferentes niveles de la judicatura, como jueces de paz letrados, especializados, mixtos, superiores y supremos. 
También saludó a los más de 5,780 Jueces de Paz que en todo el territorio nacional y especialmente en los pequeños  poblados, en costa, sierra y selva, contribuyen de manera voluntaria y sacrificada a la paz social que reclama la ciudadanía.
De otro lado, advirtió que «es verdad que existe un reducido número de jueces que traicionan la alta función y misión que la sociedad les ha encomendado» y que lesionan la confianza que la comunidad debe tener al Poder Judicial.
«En consecuencia, como Presidente de este Poder del Estado, debo subrayar y reiterar mi homenaje y reconocimiento a los miles de jueces que actúan con genuina independencia e imparcialidad, abominan las dádivas y el clientelismo, y enfrentan con la mayor fortaleza las presiones externas», señaló.
Asimismo, indicó que los cambios estructurales en la administración de justicia se deben realizar «bajo el profundo y auténtico compromiso con el país» de postular un sistema judicial que promueva la paz social, la justicia, la seguridad jurídica y valores y principios de la Constitución Política. 
En ese sentido, indicó que los cambios estructurales «deben llevarse adelante bajo el liderazgo de los jueces» y con la participación importante del Ejecutivo, del legislativo, de la sociedad civil y demás entidades que tienen que tienen que ver con el sistema de justicia.
«Les exhorto (a los jueces), por tanto, a lograr un compromiso judicial con el país que nos permita a los jueces encarnar la legítima demanda ciudadana por una justicia eficaz, transparente y oportuna, con respeto de los derechos que corresponden a las partes, en el marco de un proceso justo», subrayó.

RINCÓN CONCILIATORIO

«No soy sicóloga, ni chamán ni maga: soy una abogada convencida que LA CONCILIACIÓN ES LA JUSTICIA PARA EL QUE VIVE DE SU TRABAJO: DEJA O DETÉN LOS JUICIOS QUE TE AHOGAN: ¡BIENVENIDOS!»
Rocío López Luna
Dra. del Centro De Conciliación «Madre De Cristo Conciliadora»
AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE - - Cel. 999 210 236, T. 01 3005603


Siempre le recomendamos a nuestros niños que lean: que leer los ayuda «en la vida», que tendrán una gran cultura, y muchas cosas más que les producirán una otitis con roncha. La verdad que leer es bueno, y mejor si se vuelve una sana costumbre, sin embargo ¡SEAMOS SINCEROS!: hay libros que nos gustan y otros que no, hay libros con magia y otros más fríos que la boquita de un pescado PESCADO… Yo, con franqueza te confieso querida lectora, querido lector que acabo de terminar un voluminoso libro A B U RR I D Í S I M O, sin embargo pude «pescar» algo bueno en su página 563, algo que comparto contigo:
«ALGUNOS HISTORIADORES AFIRMAN QUE LA DECADENCIA DE MESOPOTAMIA SE DEBIÓ A QUE COMENZARON A ADORAR A DEMONIOS QUE LOS TENTARON A SEPARARSE»… yo pensé ¡¿qué sería de nuestro variopinto país, y requetecolorido Cañete si lo hiciéramos también?! Todo se volvería caos, egoísmo, fracas y soledad, como ocurrió en nuestra Historia de esta semana:

HISTORIA: «DEL ZAFARRANCHO AL PARAÍSO»
Artemio ya no sabía ni cómo se llamaba de lo confundido que estaba: ¡3 LIQUIDACIONES LE HABÍA HECHO DAISY! Sus dos hijos en la pubertad tenían serios problemas de conducta, él comenzó a padecer insomnio, uno muy perjudicial en su trabajo de maestro de construcción, y ella se había vuelto una mujer amargada y llena de pesimismo.
Habían buscado hacía 4 años «lo gratis», pero como «lo barato sale caro» la entidad le ofreció una señora –asistenta social- que emitió un Acta de Conciliación que los dejó descontentos a ambos: los pagos se debían hacer en las instalaciones de tal entidad –que no nombraré por ética- pero tal persona iba a veces sí, a veces no como la canción.
La ineficiencia de redacción y modo hizo que el caso se ventilara ante el Juzgado de Paz: ¡cómo que ya no tuvieran bastante trabajo sus jueces!. El tiempo corría, y Artemio cumplía con la primera Liquidación cuando ya se le juntaba la segunda, y para colmo a los 2 meses le «cayó» la tercera…. Él trataba de pagar pero ya no sabía qué pagaba mientras su pareja actual lo atormentaba sin pausa desde que descubriera su estado de gestación…
Esta Historia continuará esta semana...
ARTEMIO SALIÓ DE TAL LÍO A TRAVES DE UN ECONÓMICO PROCESO CONCILIATORIO. ¿QUÉ CÓMO? PUES RECIBE TU CONSULTA GRATUITA CONMIGO EN LA AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE. RECUERDA QUE EL NORTE DE MIS CONSEJOS SE BASAN EN LA RAPIDEZ Y LA ECONOMÍA. LOS GASTOS ADMINISTRATIVOS ESTÁN ADECUADOS A TU BOLSILLO: ¡VISÍTAME!
Afectuosamente, ROCÍO LÓPEZ LUNA
OJITO: los SÁBADOS VÉANME A las 9 am en «Páginas en el Aire» en Activa-TV…Y escúchenme a las 2 pm en radio la Ribereña, 105.9 FM, en «Resolviendo tus problemas»…
GRACIAS POR CREER EN UN CAÑETE SIN VIOLENCIA A: EDICIONES PJK, A LA ESCUELA MASCULINA DE KUNG FU «TSOM TSOM» (Informes en Av. Benavides 610 SV) Y A «PIBE MARKET» (en Jr. San Agustín 181 San Vicente)

AVISOS JUDICIALES

PRIMER REMATE JUDICIAL – CAÑETE
 
 
En los seguidos por BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ con ÑAÑEZ REYNOSO AURELIA ALICIA y VICENTE ALVARADO HOVERT FLORENCIO, Expediente N° 00496-2012-0-0801-JR-CI-01, por orden del Primer Juzgado Civil de Cañete, Señor Magistrado Vargas Sánchez Manuel Rigoberto, Especialista Legal Giron Magallanes Eder Armando, el suscrito Martillero Público rematará en Primera Convocatoria dos inmuebles ubicados en: Inmueble I.- Asentamiento Humano Josefina Ramos Vda. de Gonzáles Prada, Mz. H2, lote 4, distrito de Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima, con N° de Partida P17004276.

VALOR DE TASACIÓN: US$ 70,415.87 (SETENTA MIL CUATROCIENTOS QUINCE CON 87/100 DÓLARES AMERICANOS).

PRECIO BASE: US$ 46,943.91 (CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 91/100 DÓLARES AMERICANOS), que son las dos terceras partes del valor de la tasación.

GRAVÁMENES Y CARGAS: Asiento 00003 – HIPOTECA: constituida por la sociedad conyugal Vicente Ñañez, en favor del fondo nacional de vivienda, por hasta la suma de S/. 10,500.00 nuevos soles, con objeto de garantizar sus obligaciones con la mencionada entidad. Asiento 00008 – INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA: la propietaria ha hipotecado el predio inscrito en la presente Partida a favor del BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, hasta por la suma de US$ 77,796.25, a fin de garantizar las obligaciones de pago.

Inmueble II: ubicado en Av. La Mar N° 765, distrito de Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima, inscrita en la Partida 90011413, de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, Oficina Cañete.

VALOR DE TASACIÓN: US$ 121,711.70 (CIENTO VEINTIUN MIL SETECIENTOS ONCE CON 70/100 DÓLARES AMERICANOS).

PRECIO BASE: US$ 81,141.13 (OCHENTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 13/100 DÓLARES AMERICANOS) que viene a ser las dos terceras partes del precio de tasación.

GRAVÁMENES Y CARGAS: Asiento D00004 – HIPOTECA, constituida por sus propietarios a favor del BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, hasta por la suma de $. 146,692.66 (CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 66/100 DÓLARES AMERICANOS).

DÍA Y HORA DEL REMATE: 14 de Agosto de 2015 a las 10:30 a.m. (Inmueble I) y 10:35 a.m. (Inmueble II).

LUGAR: En la sede del Juzgado Civil de Cañete, sito en Av. Mariscal Benavides 657, San Vicente de Cañete.

POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia. Adjuntar tasa judicial por derecho de participación en el remate, consignar en el mismo el número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley.

COMISIÓN DEL MARTILLERO: Corre por cuenta del Adjudicatario y se cancela a la firma del Acta, de acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS y están afectos al IGV.

Informes: Telf. 01-4412668 / #939063616 / www.martilleraluna.es.tl

CPC Alida M. Luna Tay de Correa

Martillero Público

Registro N° 237

Eder A. Giron Magallanes

Secretario Judicial

Juzgado Especializado en lo Civil

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: Del 04 al 10 de Agosto


 
EDICTOS PENALES (01 DIA)
 
 
EXP. N° 01247-2014-49: El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete – Juez Dr. Isaías Ascencio, mediante Resolución N° 09, Cañete 30 de Julio de 2015; SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia de Prisión Preventiva, para el día Jueves veinte de agosto del año dos mil quince, a horas (11:00) de la mañana, hora exacta la misma que se llevara a cabo en una de las salas de audiencia de este distrito judicial, ubicado en la av. Mariscal Benavides 657 del Distrito de San Vicente de Cañete, COMUNICANDO Y EMPLAZANDO al imputado EDUARDO TORRES SANCHEZ, para que concurra a dicha audiencia. En el proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito de Violación Sexual de Menor de Edad, en agravio de la menor de iníciales GCHP.- Suscribe el especialista Marcos Hernández.

EXP. N° 0398-2015: El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete – Juez Dr. Aroni, en el proceso; RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia de control de acusación, para el día 21 de agosto del 2015 a horas 09:30 AM. , emplazando a los acusados DIEMES ORIBES GONZALES ALCALA Y CESAR NOLBERTO SANTOS HERNANDEZ; para que concurran a dicha audiencia, en el proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio – Hurto Agravado en grado de Tentativa, en agravio de de Edwin Rommel Simón Urpe. Asist. De Aud. Carla Acevedo.



 
 
JUZGADO MIXTO PERMANENTE DE CAÑETE
 
 
Expediente N° 00111-2014, en los seguidos por ALBERTO MANUEL LUYO HUACHACA, contra GUILLERMINA GUTIERREZ DE MINCHAN Y OTROS, sobre REINVINDICACIÓN, El Sr. Juez Elmer Nicolás Velásquez Carbajal, ha dispuesto la publicación de un extracto de la RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE, de fecha dos de Julio del dos mil quince (parte pertinente) SE RESUELVE: 1.- DE OFICIO INCORPORAR al presente proceso en calidad de Litisconsorte Necesario Pasivo a la SUCESIÓN DE JULIO YUPAN RAMOS; en consecuencia EMPLAZAR a la Sucesión mediante EDICTOS, para que en el plazo de treinta días cumplan con apersonarse al proceso y hagan valer su derecho conforme a ley, bajo apercibimiento de designársele un curador procesal. 2.- SUSPENDER la tramitación del presente proceso hasta que se establezca correctamente la relación jurídica procesal. Fdo. Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal – Juez. Fdo. Percy Edwin García Paredes – Secretario Judicial.

Cañete, 24 de Julio de 2015.

Percy Edwin García Paredes

Secretario Judicial

Juzgado Mixto Permanente de Cañete

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 30 de Julio, 05 y 11 de Agosto


 
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

Exp. 08031-2015
 
 
La Registradora Civil de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 08031-2015 de doña DIONISIA MARIA ALMEYDA VDA. DE AVALOS, identificada con DNI N° 15390953, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 91, folio 41, año 1948, en el extremo que se ha consignado erróneamente en la parte textual los nombres y apellidos de los progenitores de la titular como VICENTE ALMEIDA y EUSEBIA ESPINOZA, siendo lo correcto VICENTE ALMEIDA DE LA CRUZ y EUSEBIA ESPINOZA PADILLA.

Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error u Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.

Maribel Rosario Sánchez Vicente

Sub Gerente (e) de Registro Civil
 
 
 


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COAYLLO

OFICINA REGISTRAL DE ESTADO CIVIL

EDICTO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO


Ante la Registradora Civil de la Municipalidad Distrital de Coayllo, la ciudadana SEBASTIANA BELLEZA PORRAS DE CORDOVA, ha solicitado con fecha 03 de Agosto del año 2015, la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE SU ACTA DE NACIMIENTO, registrada en el folio N° 106, libro del año 1944, por haberse omitido el apellido materno de la madre de la titular del acta, debiendo consignarse en forma correcta y completa como VICENTA PORRAS VEGA, por lo que solicita se corrija el error.

Coayllo, 03 de Agosto de 2015.

Liliana Torres de Cosme

Jefe de Registros Civiles



MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA


La Sub Gerente de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Imperial; en mérito al Expediente N° 6743-2015-MDI, presentado por la Sra. MARIA ISABEL LEIVA DE LA CRUZ, en el que solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN de CELINDA ISABEL DE LA CRUZ SANCHEZ, inscrita en el folio N° 01069974, libro N° 94, año 2006, donde en la parte principal se ha consignado erróneamente el nombre de su cónyuge dice: JULIO SAMUEL LEIVA MEZA, debe decir: SAMUEL JULIO LEIVA MEZA. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Ley N° 26497, D.S. 01598-PCM, artículo 71° al 75°, Directiva DI-263-GRC/017 Rectificación Administrativa por Error y Omisión No Atribuible al Registrador aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.

Imperial, 04 de Agosto de 2015.

Cecilia Y. Loayza Lozano

Sub Gerente Registro Civil