20 diciembre 2010

UN MUERTO TRAS ACCIDENTE A LA ALTURA DEL BOULEVARD

Escribe: Marcelino Agapito

Un hombre, identificado por algunos testigos como Miguel Ángel Luque Areas de 23 años de edad, murió en un accidente de tránsito a la altura del kilómetro 97 de la Panamericana Sur, en el Boulevard de Asia.
La víctima, se encontraría en estado de ebriedad, y manejaba un vehículo de color plomo, de placa AJ4567; producto del estado de ebriedad invadió el carril contrario, chocando frontalmente contra un ómnibus interprovincial de la empresa Flores que se dirigía de Chincha hacia la Lima.
Miembros del Cuerpo General de Bomberos de Cañete rescataron el cadáver que será trasladado a la Morgue Central de Lima.

FALTA DE PUENTES PEATONALES EN ESTA ZONA... ORIGINA MUCHOS ACCIDENTES...
Las autoridades y pueblo en general de éste distrito considerado «LA CAPITAL TURÍSTICA DEL VERANO» están cansados de reclamar al Ministerio de Transportes y a otras autoridades del gobierno, la construcción de puentes peatonales en esta zona.
Lamentablente en el Contrato – Ley firmado entre el Estado Peruano y H & H Constructores (Empresa Ecuatoriana) no ha tomado en cuenta la construcción de puentes peatonales en lugares estrategicos; es por ello que sería necesario realizar una Addenda, en pocas palabras la empresa no se negaría a construirlo, solo que su contrato se ampliaría por más años.
La elaboración de esta Addenda beneficiaría indirectamente a la empresa transnacional, mientras ello se produce, estamos a la espera de la próxima víctima.

MATRICULA ESCOLAR ES GRATUITA E INCONDICIONAL EN COLEGIOS PUBLICOS..

La matrícula escolar en todos los colegios públicos a nivel nacional es única, gratuita y se realiza cuando el menor inicia la educación inicial o primaria, o cuando es trasladado desde una institución de educación privada a una estatal.
Así lo recordó el viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, Víctor Raúl Díaz Chávez, quien señaló que tampoco se puede condicionar la matricula al previo pago de pensiones en los colegios privados.
El funcionario hizo está aclaración porque a pesar de que el año escolar aún no termina, ya se está recibiendo denuncias de padres de familia a través de la línea gratuita de la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos del Ministerio de Educación (CADER), indicando que se está condicionando el pago de Apafa a la matrícula de sus hijos para el siguiente año escolar.
Díaz Chávez expresó que en colegios públicos no puede existir ningún tipo de condicionamiento económico. Los directores o integrantes de la Asociación de Padres de Familia (APAFA) no pueden obligar a realizar aportes económicos para el mantenimiento del colegio o compras de materiales educativos ni tampoco se puede exigir la compra de uniformes o textos escolares.
El viceministro recordó que si bien en los casos de los colegios privados es el Indecopi el que resuelve las denuncias sobre materia económica, el Ministerio de Educación cautela que no existan maltratos por parte de los promotores hacia los alumnos, como por ejemplo impedir que sean evaluados por no estar al día en el pago de pensiones.
Indicó que esta acción implica una sanción económica para la institución privada, lo que está contemplado en el Decreto Supremo 005-2002 y que puede ser de 10 a 15 Unidades Impositivas Tributarias (UITS), es decir 36 mil a 54 mil soles.
El viceministro indicó que los padres pueden realizar sus denuncias en las oficinas de CADER que se encuentran en las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) así como a la línea gratuita 0800-13687, que atiende desde las  08.00 hasta las 18.00 horas, todos los días del año, inclusive los feriados.

REFORMA TRIBUTARIA PARA OBTENER MAS RECURSOS PUBLICOS, PLANTEAN JEFES DE PLANES DE GOBIERNO...

El impulso de una reforma tributaria para ajustar impuestos, mejorar los niveles de recaudación y obtener fondos públicos, coincidieron en plantear los jefes de plan económico de cuatro partidos políticos en sus propuestas de Gobierno.
Para Kurt Burneo, de Perú Posible, es válido que el Estado tenga participación de las sobre ganancias mineras, y para lograrlo, es necesario hacer ajustes sobre los porcentajes aplicados a los montos obtenidos por las compañías de extracción.
«Obviamente consideramos que debe existir un impuesto mayor a las sobre ganancias (…) El Estado debe ser el principal impulsor de la investigación en el país, y la única manera de obtener recursos es a través de la recaudación de impuestos», sostuvo.
Similar opinión expresó José Távara del Partido Descentralista Fuerza Social, al considerar que los sectores de mayores ingresos deben aportar a la caja fiscal, por un mero principio de proporcionalidad en el pago de los tributos.
«Pero eso forma parte de una reforma tributaria que incluye el aumento del impuesto a la renta, el incremento de las regalías mineras y la revisión de los contratos de estabilidad tributaria de los que gozan algunas empresas», indicó.
A su vez, Félix Jiménez, del Partido Nacionalista Peruano, coincidió en la necesidad de aplicar porcentajes mayores a las empresas que obtienen ganancias voluminosas, de tal forma que la presión tributaria se incremente en el país para tener caja fiscal.
«La medida de fondo es una reforma tributaria que incluya la eliminación de depreciaciones, aumentar el impuesto a las sobre ganancias mineras, y llevar adelante una efectiva descentralización fiscal», sostuvo.
Finalmente, Elmer Cuba, de la Alianza Solidaridad Nacional, manifestó que también se impone un rediseño del régimen tributario de las empresas mineras, sobretodo por el alto precio de los metales que los benefició en los últimos años.
«Parte de una reforma tributaria debe incluir un fiscalización efectiva de aquellas personas que eluden el pago del impuesto a la renta y evaluar la posibilidad de incrementar el impuesto general a las ventas», comentó.
Los cuatro economistas expusieron durante el XXI Seminario Anual del Consorcio de Investigación Económica y Social (CIES), donde plantearon los retos del gobierno que asumirá funciones en 2011.

EN CHOCOLATADA, SUTEP - CAÑETE, ANUNCIA CONVENIO CON ASOCIACION DE VIVIENDA PARA LA ADQUISICION DE TERRENOS HABILITADOS

El último fin de semana, en el salón de Recepciones de La Municipalidad Provincial de Cañete, la Secretaría General del SUTEP - CAÑETE, ofreció una chocolatada a los profesores de la provicia, y realizó un sorteo de varias canastas navideñas.
La Directiva del SUTEP, representada por su Secretaria General, Profesora Zaida Trejos, dio la bienvenida a los docentes, y destacando la presencia del Señor Oscar A. Ramos Navarro, promotor de la «Asociación De Vivienda Las Dunas de Cañete», se dirigió a los presentes diciendo: «El día de hoy nos hemos reunidos por la celebración de la paz y el bienestar magisterial. Los docentes somos como niños que aguardan la navidad con inusitada esperanza e ilusión…».
En otro pasaje, exhortando a los maestros manifestando: «Queridos colegas, que esta navidad sea de reflexión prosperidad y alegría en nuestros hogares, con la esperanza puesta en el futuro…».
En su alocución expresó su agradecimiento al Señor Oscar Ramos, a quien denominó «Amigo del Magisterio», por haber sido éste, quien habría permitido con su colaboración la realización de la presente actividad.
Destacó además que esa amistad, se manifestaba en el hecho de haber tenido la gentileza de suscribir un convenio que beneficia a los maestros cañetanos y que les permitirá realizar la adquisición de un terreno para la construcción de sus viviendas.
Luego cedió el uso de la palabra al señor Ramos, quien al dirigirse a los presentes expresó que, el convenio suscrito con EL SUTEP, era un acuerdo mutuo, a través del cual, se podía demostrar que se podía vivir bien y a bajo costo y con una baja tasa de interés, los docentes podrán tener acceso a terrenos habilitados con: luz, agua, desagüe pistas y veredas.
Agradeció la invitación hecha por la Secretaria del SUTEP e invitó a que se acerquen y pongan de manifiesto sus inquietudes, haciendo las preguntas que deseen.
De esta forma absolvió algunas dudas de los docentes a quienes finalmente agradeció por la atención prestada.
Acto seguido la secretaria gremial, procedió al sorteo de canastas, entre los docentes que se hallaban presentes, a quienes previamente se les había entregado un boleto numerado.
Fueron aproximadamente una veintena de canastas las que se sortearon entre los docentes. Así como la chocolatata acompañada del tradicional panetón.
Los docentes interesados en obtener más información dirigirse al local del SUTEP, en Av. Mariscal Benavides, de lunes a viernes de 2:00 p.m. a 6:00 p.m. y sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.

MIEMBROS DEL JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE CAÑETE, ULTIMAN DETALLES PARA CONCLUIR SU LABOR

SAN VICENTE.- Con la reciente proclamación como electo presidente regional al candidato del movimiento Patria Joven, Javier Alvarado Gonzales del Valle, los Jurados Electorales de las distintas provincias de la región Lima, vienen ultimando detalles para concluir su labor encomendada por el Jurado Nacional de Elecciones.
Particularmente la presidenta del Jurado Electoral Especial de Cañete, Dra. Judith Marcelo Ciriaco, viene recabando toda la documentación correspondiente para presentar su informe final.
La tarea, ha sido ardua. Pero, primó la experiencia de la titular del pliego para que las elecciones del tres de octubre y del cinco de diciembre respectivamente, se desarrollen sin mayores percances y respetando la decisión popular.
Si bien es cierto, que hubo algunos hechos aislados, principalmente en la «primera vuelta» donde los grupos «perdedores» con todo el derecho que les asiste, apelaron ante el JNE, empero las resoluciones fueron confirmadas.

PROYECTO
VOTO INFORMADO
El proyecto Voto Informado, fue una de las novedades en la presente jornada electoral y que con acierto el Jurado Electoral Especial de Cañete, llevó adelante con la participación de la sociedad civil, los medios de comunicación y partidos políticos.
Aquí el objetivo fue promover al ciudadano un voto responsable e informado, sobre la base de la conducta transparente de los candidatos de las organizaciones políticas y la participación cívica electoral responsable e interesada de los ciudadanos.
Más aún, porque despertó el interés del elector en conocer de cerca a sus candidatos a través de los debates, tal como se hizo en Huaura entre los candidatos que pasaron a la segunda vuelta y en donde acudió la Dra. Judith Marcelo.
«El valor del voto como decisión y poder de cambio, procura un sufragio responsable e informado que permita mejorar la calidad del representante político y fortalezca la institución de la democracia», expresó la Dra. Judith Marcelo Ciriaco.
Mostró su agradecimiento a la ciudadanía por cumplir con su deber cívico y asumir su compromiso con la sociedad para que nuestros hijos prosigan construyendo una sociedad, con valores y proyección democrática por el buen destino de nuestra patria.

NAVIDAD Y AÑO NUEVO
Finalmente, a nombre de su cuerpo colegiado Rosario del Pilar Cubas Gonzales e Iván Miranda Revollar, deseó unas felices fiestas de Navidad y un venturoso año nuevo.
«Llega la Navidad, época de paz, amor y reconciliación. Abramos el corazón al espíritu de Belén y que el ejemplo de la familia de Nazaret reconforte nuestros hogares y se abra una luz de esperanza. ¡Feliz Navidad! «, concluyó Judith Marcelo

JAVIER ALVARADO FUE PROCLAMADO PRESIDENTE REGIONAL DE LIMA...

En una sencilla pero emotiva ceremonia realizada en la mañana del viernes 17 en el Hotel Centenario de Huacho, el Jurado Electoral Especial de Huaura, presidido por el Dr. Walther Alberto Checa Carlín, entregó las credenciales y proclamó como Presidente de la Región Lima a Javier Alvarado Gonzáles del Valle, líder del Movimiento Político Regional Patria Joven.
El evento se inició con la lectura del acta que daba cuenta de los resultados del cómputo de la votación obtenida por cada uno de los candidatos a la presidencia regional de Lima en la segunda vuelta electoral realizada el pasado domingo 5 de diciembre, donde Alvarado obtuvo 239,948 votos, es decir el 53.091%.

FAMILIA PRESIDENCIAL...
El flamante Presidente electo asistió con su esposa Silvia Blather y sus pequeños hijos Neil y Bris. También concurrieron el Gobernador de la Provincia de Huaura, Walther Espinoza, los alcaldes electos de Supe Puerto y Paramonga (Provincia de Barranca), Evedardo Vinotera y Roberto Díaz, respectivamente; y de Cochamarca, Provincia de Cajatambo, Fernando Carrera Gervasio.
También se entregaron las credenciales a la Vicepresidenta regional de Lima, Lita Román Bustinza, y a la Consejera Regional por la Provincia de Cañete, Liliana Torres.

UN GOBIERNO CON CRONOGRAMA...
Alvarado reiteró que cumplirá con las propuestas de gobierno hechas durante su campaña. «El primer día del año expondré con detalles y plazos nuestro plan de gobierno, no dejaremos las promesas en la incertidumbre del cuándo se cumplirán, trabajando con cronogramas podemos medir nuestros avances», detalló.

CORRUPCION...
«Las elecciones ya pasaron y ahora es tiempo de trabajar unidos, pero investigaremos los actos ilícitos que se pudieran haber cometido y si encontramos culpables no dudaremos en denunciarlos penalmente», enfatizó. También añadió que vigilará a su propio equipo de gobierno para evitar que la corrupción se infiltre en su gestión. Javier Alvarado asumirá el cargo el 1 de enero del 2011 en una ceremonia pública que se realizará en horas de la tarde en la Plaza de Armas de Huacho.

LAS INCONGRUENCIAS DE LA DIRECTIVA 009-2010-TNE-PAP

El TNE ha publicado la Directiva 009-2010-TNE-PAP referida al proceso de elecciones internas de candidatos al Congreso de la República y al Parlamento Andino.
Dicha norma establece el número mínimo de candidaturas a elegir y un número máximo de candidaturas designadas, estableciendo que de las 140 a elegir en el caso del Congreso 28 de ellas serán ocupadas por Invitados.
Para la designación de invitados, la Ley de Partidos Políticos y el JNE establecen la aplicación de un criterio de proporcionalidad, siempre y cuando la elección se dé por listas cerradas
Sin embargo, para nuestro caso el TNE del PAP no ha manifestado: ¿cuál es el criterio utilizado para determinar en cada región del número de invitados y por qué una región si tiene invitados y otra región no tiene esa condición, a pesar de tener el mismo número de congresistas?
El tema es tan forzado que no se establece si es invitado o invitada, por lo que las listas que se inscriban podrían tener dos hombres y una mujer y si es «invitado», alguien que gana una elección podría ser desembarcado. Pero luego se dice que si no hay invitado o no se consigue, se corre la lista y asume el accesitario. ¿EN QUE QUEDAMOS?
En el caso de Lima Provincias se pretende establecer que sólo se elegirán 3 de los cuatro cargos, porque alguien se le ha ocurrido premiarnos con un «invitado o invitada», ignorando que el partido en Lima Provincias esta en un franco proceso de recuperación a pesar de las conocidas fracturas internas, que el CER está tratando de recomponer la unidad, convocando para este proceso electoral a todas las facciones.
En este marco se busca lograr una lista de unidad que represente a todos los militantes de Lima Provincias, pero en un acto contradictorio y cuando ya se tiene prácticamente consensuada una lista al congreso que incluye a dos compañeras y dos compañeros, se nos pretende imponer una invitada que no sería de Lima Provincias y que no conoce al Partido en la Región.
Este acto es rechazado por todos los grupos de militantes del PAP en la Región, generando nuevos conflictos, frustrando los intentos unitarios. Deben recordar nuestros dirigentes de Lima Metropolitana que todos estos compañeros que ahora ustedes pretenden desplazar, lucharon y consiguieron que Lima Provincias tenga nuevamente una representación Congresal propia.
No podemos pretender sacarle la vuelta a un logro de cada uno de los militantes y ciudadanos de la Región.
Por otro lado, comparado los últimos resultados electorales del PAP en la Región Lima Provincias, con otras seis regiones en las cuales no se les asigna «invitados» y en las cuales todos los candidatos serán compañeros, tenemos que el PAP ha obtenido una baja votación muy lejos de los 50,000 votos obtenidos en Lima Provincias:
Callao (4 Congresistas) 4º lugar 17,132 votos
Ica (4 Congresistas) 5º lugar 26,869 votos
Huánuco (3 Congresistas) 7º lugar 15,773 votos
Tumbes (2 Congresistas) 3º lugar 14, 782 votos
Tacna (2 Congresistas) No participó
Ucayali (2 Congresistas) No participó
Como todos sabemos aquí el TNE sólo está haciendo de títere de otras instancias partidarias que cambian las fechas y las condiciones de acuerdo a su conveniencia. En el caso de la Región Lima Provincias, el recuento de todo lo sucedido es el siguiente:
1- Fuimos la única Región cuyo proceso electoral interno se realizo en fecha diferente al del resto del país.
2- Se enviaron 300 observadores para verificar el proceso electoral interno, todos pagados y con movilidad, esto no sucedió en ningún lugar del Perú.
3- La resolución del TNE, que permitía la inscripción de la lista regional se autorizo casi al final del plazo
4- Grupos de «compañeros», avalados por la dirigencia nacional del partido hicieron contra campaña, por los medios de comunicación de la región en contra de la candidatura regional
5- El Candidato a la reelección regional, Nelson Chui se llenaba la boca diciendo que hablaba con tal o cual dirigente nacional y que el APRA lo apoyaba.
6- Para colmo el Presidente de la república en medio del proceso electoral, visita la ciudad de Huacho y declara ante la prensa que «Chui, es uno de los mejores Presidentes Regionales y que debería quedarse en el cargo»
7- Ahora que aún a pesar de que el partido no pasó a la segunda vuelta, se obtuvo un tercer lugar con más de 50,000 votos, se está buscando contar con una lista de consenso y unidad que permita afrontar el proceso sin este lastre de la división
Podemos afirmar que la actuación del TNE, que ha firmado esta directiva y resolución, no se encuentra arreglada a la Ley de Partidos Políticos, al Estatuto Vigente inscrito ante el JNE y tampoco respeta lo establecido en las resoluciones emitidas por el JNE sobre democracia interna.
Es cuando desde Lima y con la complicidad del TNE, que no es el responsable directo, bajo el argumento de la frase santa «la candidata a la presidencia de la república lo ha pedido» se pretende imponer un «invitado o invitada» que nadie conoce y que aparentemente aun no tienen, resquebrajando la posibilidad electoral del partido en la región.
Como si esto fuera poco, lo que no saben los dirigentes nacionales que perpetran este atentado contra esta región, es que un ex funcionario público de este gobierno, emisario de los Sánchez Paredes está caminando la región, promoviendo la conformación y presentación de otra lista a las internas del PAP, ofreciendo abiertamente el apoyo económico del grupo «WONG», uno de los responsables del caos y la violencia social vivida en nuestra región por el caso de la Azucarera Andahuasi.
Este siniestro personaje ha llegado con los bolsillos llenos y está a la compra de conciencias en la región.
¡Compañeros… dirigentes nacionales…! Ya le hicieron bastante daño a la región, dejen que se inscriban las listas con sus cuatro cupos como corresponde y dejen que las bases decidan. De lo contrario, dejen de escudarse en las faldas de la candidata y asuman su responsabilidad, designen sus candidatos en la región y carguen con el costo político de los resultados electorales.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
Año de la consolidación económica y social del Perú

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2010-A/MDA

Asia, 17 de diciembre del 2010

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE ASIA

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de diciembre del 2010.

CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar o derogar Arbitrios, Derechos y Licencias, así mismo el artículo 41º del mismo cuerpo legal señala que excepcionalmente podrán condonar con carácter general el Interés moratorio y las sanciones de los tributos que administra;

Que, el inciso 5) del artículo 195° de la Constitución Política del Estado, dispone que los Gobiernos Locales en ejercicio de su autonomía política, económica, y administrativa, tiene competencia para organizar, reglamentar y administrar servicios públicos, locales de su responsabilidad;

Que, el artículo 74° de la Constitución Política del Perú, faculta a los gobiernos locales para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdicción, siendo esta facultad corroborada por el Art. 60° del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal y la Norma IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario y el Art. 9° , numeral 9) de la Ley 279721 Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, según el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, «Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa».

Que, de conformidad con los artículos 24° y 26° de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, acceso al suelo y Dotación de Servicios Básicos concordante con el artículos 27° de su Reglamento, Decreto Supremo Nº 006-206-VIVIENDA y sus modificatorias, establecen que para la formalización de la propiedad informal de terrenos ocupados por posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares, la posesión se acreditara con el certificado o constancia de posesión emitida por la municipalidad de la jurisdicción y la factibilidad de Servicios Básicos en los terrenos ocupados por posesiones informales se otorgara previo Certificado o Constancia de Posesión que otorgara también la Municipalidad de la jurisdicción.

Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3) del Articulo 196º de la Constitución, concordante con el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades concordante a su vez con el Decreto Legislativo Nº 776 y su Reglamento, «Mediante ordenanza municipal se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por la Ley».

Que, asimismo, el Decreto Legislativo 776, Ley de Tributación Municipal y su Texto Único Ordenado, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señalan que las Tasas Municipales son los tributos creados por los Concejos Municipales cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por la Municipalidad de un servicio publico o administrativo, reservado a la Municipalidades de acuerdo a la Ley Orgánica; asimismo señalan que las Municipalidades podrán imponer las siguientes tasas: Tasas por servicios Administrativos o derechos, siendo definidos como «Las tasas que debe pagar el contribuyente a la Municipalidad por concepto de tramitación de procedimientos administrativos o por el aprovechamiento particular de bienes de propiedad de la Municipalidad».

Que, mediante Ordenanza Nº 001-2008-MDA, de fecha 15.01.08, fue aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Asia, el mismo que señala en el Numeral 103) Área competente: Desarrollo Urbano, el Procedimiento denominado Constancia de Posesión, considerando como requisitos el pago de los siguientes derechos:

· Pago por Inspección Ocular S/. 34.50.
· Inspección Ocular fuera de Jurisdicción 20% adicional
· Vivienda S/. 47.60
· Comercio S/.68.00
· Industria S/. 345.00

Que, ante la dificultad que enfrentan algunos pobladores del distrito, para cumplir con el pago del derecho de emisión de la Constancia de Posesión que requieren para realizar sus trámites de formalización de los predios que vienen ocupando en calidad de posesionarios, así como para solicitar la instalación de los servicios básicos de agua, desagüe y electricidad, y considerando que es política municipal el promover y facilitar el proceso de formalización, y la ejecución de obras de servicios básicos de agua, desagüe y electricidad en las áreas consolidadas y en proceso de formalización, el Concejo Municipal considera necesario exonerar el pago del derecho por la emisión de la Constancia de Posesión de acuerdo a las condiciones establecidas.

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 20 inciso 5), y Art. 9 inciso 9), de la Ley Orgánica de la Ley de Municipalidades Nº 27972, en Sesión de Concejo de fecha 17 de diciembre del 2010, con el voto por unanimidad de los señores regidores y con la dispensa de trámite de la lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE EXONERA DEL PAGO DEL DERECHO DE EMISION DE LA CONSTANCIA DE POSESION

ARTICULO PRIMERO.- Objeto
El objeto de la presente Ordenanza es exonerar , a partir del siguiente a la fecha de su publicación, del pago del derecho para la emisión de constancia de posesión, previsto en el numeral 103 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Asia, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2008-MDA, de fecha 15.01.08, en favor de los pobladores del Distrito de Asia a fin de coadyuvar, facilitar, y promover el proceso de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo para uso de vivienda y facilitar la ejecución de obras de servicios básicos en el Distrito de Asia, de acuerdo a la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, acceso al suelo y Dotación de Servicios Básicos, y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 006-206-VIVIENDA y sus modificatorias.

ARTICULO SEGUNDO.- Beneficiarios
Podrán acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza todos los pobladores del Distrito de Asia.

ARTÍCULO TERCERO.- Vigencia del beneficio.
El beneficio al que se refiere la presente Ordenanza tiene una vigencia a partir de su publicación y hasta el día 30 de diciembre del 2010.

ARTICULO CUARTO.- Procedimiento
Para acogerse al beneficio establecido en la presente Ordenanza los solicitantes deberán adjuntar la siguiente documentación:

1.- Solicitud dirigía al Alcalde del Distrito de Asia solicitando la exoneración del pago del derecho por emisión de Constancia de Posesión, y la emisión de Constancia de Posesión fundamentando de manera detallada el trámite que se desea realizar con la Constancia de Posesión.
2.- Documento Nacional de Identidad del beneficiario.
3.- Pago del derecho de trámite.

ARTICULO QUINTO.- Competencia
La Gerencia Municipal es el área competente para calificar el pedido de exoneración regulado por la presente Ordenanza, quien deberá emitir Resolución Gerencial, declarando fundada la solicitud de exoneración en el termino de tres días de recibido el expediente. Luego de ello, se remitirá lo actuado a la Oficina de Desarrollo Urbano y Rural para que continúe con el tramite para la emisión de la Constancia de Posesión solicitada, de acuerdo al procedimiento establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Asia.

La resolución a la que se hace mención en el párrafo anterior es requisito excepcional para solicitar la emisión de Constancia de Posesión, y sirve para demostrar la exoneración del pago.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

PRIMERA.- Facúltese al Alcalde de la Municipalidad de Asia para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la aplicación de la presente norma.

SEGUNDA.- Dispóngase que la Gerencia Municipal, conjuntamente con los órganos de línea pertinentes se encarguen de la ejecución y difusión de la presente Ordenanza.

TERCERA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

POR TANTO:
Regístrese, Comuníquese, Publíquese Y Cúmplase

Agapito Zacarías Ramos Campos
Alcalde
Municipalidad Distrital de Asia

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRIMER JUZGADO MIXTO DE CAÑETE
EDICTO JUDICIAL
Expediente N° 2010-046 por ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION NUMERO DOS.- Cañete seis de Agosto del año 2010. ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO que dio origen 1) A LAS TRANSFERENCIAS DESDE SU CELEBRACION EL CONTENIDO DEL CONTRATO PRIVADO DE FECHA DIECISIETE DE ENERO DEL DOS MIL UNO y DE LA ESCRITURA DE TRASPASO DE POSESION POR COMPRAVENTA DE FECHA VEINTISIETE DE JULIO DEL DOS MIL SIETE y 2) NULIDAD DE LOS MENCIONADOS DOCUMENTOS, debiendo tramitarse la misma en la VIA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO. (…) EMPLACESE la demanda a sus SUCESORES DE DON DIMAS YAYA SANCHEZ. Para que dentro de SESENTA DIAS de notificado por EDICTO absuelvan la demanda, bajo APERCIBIMIENTO de NOMBRANSELE CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento. (…) PUBLIQUESE en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «Matices» de esta localidad un extracto de la presente resolución (Auto Admisorio); por TRES VECES con Intervalo de TRES DIAS.
José de la Cruz Vargas Juez; Fdo.- Carlos Coñes Falcón.- Secretario Judicial.
Cañete, 17 de Diciembre de 2010.
Carlos Coñes Falcón
Secretario Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 20, 24 y 30 de Diciembre

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA
CUARTA AUDIENCIA PÚBLICA
EXTRAORDINARIA
En el distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, a los dieciséis días de Diciembre del año dos mil diez, siendo las ocho y diez de la mañana, se reunieron los Jueces Superiores Moisés Martínez Meza (Presidente de la Sala), Víctor Durand Prado y Ángel Polanco Tintaya, a efecto de programarse la fecha de realización de la CUARTA AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA, de conformidad a lo establecido mediante Resolución Administrativa N° 035-2010-P-CSJCÑ/PJ del primero de Febrero del dos mil diez, señalándose para el día JUEVES TREINTA DE DICIEMBRE del año en curso a horas OCHO Y QUINCE DE LA MAÑANA, a fin de que se garanticen que los procesos penales con reos en cárcel se tramiten dentro de los plazos fijados por ley, y el derecho de todo procesado de ser juzgado en plazo razonable, o ser puesto en libertad por exceso de detención, conforme a lo establecido en el Decreto Ley N° 25476; en consecuencia OFICIESE a los Juzgados Penales Liquidadores de Cañete, Juzgado Liquidador de Mala, Juzgado Liquidador de Yauyos, Primera Fiscalía Superior Penal, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa Cañete, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa Mala, Fiscalía Provincial Penal Corporativa Yauyos y al Establecimiento Penal Nuevo Imperial, a fin que INFORMEN antes de la fecha programada de audiencia, el PLAZO DE DETENCIÓN que tuviere los inculpados al Jueves 30 de Diciembre, y cuyos procesos se encuentren pendiente de sentenciar y dictaminar.
Oficiando y mandándose publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en el de mayor circulación de esta localidad.
S.S.
Martínez Meza
Durand Prado
Polanco Tintaya
Pulbicar: 18, 20 y 21 de Diciembre de 2010.