02 marzo 2010

CONTINUAN TRABAJOS DE PREVENCIÓN EN PROVINCIAS DE LA REGIÓN LIMA...

La Dirección Regional de Agricultura de Lima (DRAL) continúa con los trabajos de prevención de desbordes en diferentes provincias de la región. Para ello, ha dispuesto el envío de dos tractores oruga para la limpieza del cauce del río Pativilca, ante el aumento considerable de su caudal.
Los sectores críticos que se han identificado a lo largo de esta ribera son Roncador, Huayto, Bernabé, Vinto y Galpón. Cabe indicar que los trabajos en esta zona se están ejecutando en coordinación con la Junta de Usuarios del Valle Pativilca.
Estas labores también se desarrollan en la provincia de Huarochirí, por la crecida del río Rímac. Las zonas afectadas son Corcona (parte alta) y Santa Cruz de Cocachacra, donde un tractor oruga se encarga del volteo de rocas.
Asimismo, se está limpiando a lo largo de la ribera del río Huaura y el cauce en los sectores de Alcantarilla, Huacán y Vilcahuaura. La DRAL ha cedido un tractor oruga, la que se encuentra a cargo de la Junta de Usuarios del Valle Huaura que se encarga de abastecerlo de combustible para su funcionamiento.
«No podemos descuidar los trabajos de emergencia, porque la finalidad es prevenir daños de mayor magnitud. Hacemos un llamado a los pobladores, en especial a los de las zonas cercanas a las márgenes de los ríos, para que se mantengan alertas e informar sobre posibles desbordes», afirmó Luis Jiménez Sánchez, Director Regional de Agricultura.
Como podemos apreciar de la presente nota de prensa, hay trabajo de prevención en la zona norte, pero no se señala ni una raya sobre cualquier posible trabajo de prevención en nuestra provincia, en clara señal de que no hay trabajo de prevención o en su defecto, hay una pésima labor de difusión de Imagen Institucional en este sector de la región.
MTPE DETECTÓ TRABAJADORES FUERA DE PLANILLA EN LOCALES DEL BOULEVARD DE ASÍA...

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó que cerca de 60 inspectores laborales realizaron un operativo sorpresa en el Boulevard de Asia este fin de semana, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las normas sociolaborales y multar a quienes infringen la ley.
Indicó que los inspectores visitaron más de 120 locales donde se solicitó el registro de trabajadores en planilla y a aquellos empleadores que señalaron no contar con los documentos pertinentes en ese momento fueron citados al MTPE.
El personal que fue encontrado laborando también fue empadronado para verificar su situación laboral.
El ministerio explicó que una vez iniciado el proceso investigador, corresponde ahora realizar el cruce de información con la Sunat para determinar la verosimilitud de la documentación que fue o será presentada por el empleador.
«De encontrarse irregularidades, se les dará un promedio de 15 días para que regularicen la situación de sus trabajadores», añadió.
Agregó que si no lo hacen en este plazo perentorio entonces podrían ser multados con montos que van desde los 1,080 nuevos soles hasta los 36, 000 soles.
El MTPE reportó que, por el momento, sólo se ha detectado que algunos establecimientos tienen a sus trabajadores fuera de planilla y otros no entregan boletas de pago.
En los próximos días se presentará los resultados de las investigaciones iniciadas así como el monto de las multas propuestas, detalló.
El operativo fue supervisado por el Director Regional de Trabajo de Lima, Carlos Cavagnaro y el Jefe de la Zona de Cañete, Edison Echevarría.
Afirma, Viceministro de Justicia, Dr. Gerardo Castro. Rojas, tras firma de Convenio...
«JUSTICIA, NO SÓLO ES ADMINISTRACIÓN JURISDICCIONAL SINO DISTRIBUCIÓN EQUITATIVA DE RIQUEZAS».
El Presidente de la Beneficencia Pública de Cañete, Victor Candioti y el Viceministro de Justicia, Dr. Gerardo Castro, muestran satisfechos la firma del convenio para la edificación de la Casa de la Justicia de San Vicente...

SAN VICENTE.- «La Casa de la Justicia de San Vicente, congregará a los Defensores de Oficio, Conciliadores Extrajudiciales, Servicio de Información Jurídica, Defensor del Pensionista, Centro de Emergencia Mujer y otros servicios del Estado que garanticen el acceso a una mejor atención a la comunidad».
Así lo expresó el Viceministro de Justicia, Dr. Gerardo Castro Rojas, tras suscribir un convenio con el presidente de la Sociedad de Beneficencia Pública de Cañete, Víctor Raúl Candioti para la edificación proyecto.
«La justicia es la distribución equitativa de riquezas», precisó Gerardo Castro, remarcando que es el Estado que estudia, monitorea y aplica las políticas en materia de acceso a la justicia,
«Lo que hacen el Ministerio Público o el Poder Judicial, es administrar justicia a través de su aparato jurisdiccional»; precisa Gerardo Castro, acotando que la Casa de Justicia, se construirá en el barrio de 9 de Diciembre de esta ciudad.
«En un país como el nuestro, la justicia va mucho más allá. Justicia es: distribución equitativa de riquezas, descentralización del presupuesto, y compartir las tareas en materia de acceso a la justicia con los gobiernos locales y regionales», acotó
Precisa que el ciudadano, que es el objetivo principal de un Estado Democrático que respeta los derechos y tenga acceso a los servicios para estar cerca a la gente y construir la paz social en el país.
Gerardo Castro, puso como ejemplo el himno del distrito de Quilmaná: «Siempre Unidos», que a pesar de contar con menos años de vida política, está notificando a la provincia, que ya es diferente.
«Debemos practicar la unidad entre todos, construyendo un país diferente y que nuestros hijos tengan un futuro mejor, gozando de una pensión decorosa y digna cuando llegue la tercera edad», concluyó Gerardo Castro.
Por su parte, el presidente de la Beneficencia Pública, Víctor Candioti, señala que el terreno se da en «cesión de uso», por 30 años al MIJUS, para que en breve tiempo, echen andar el proyecto.
Cabe señalar, que la Casa de la Justicia, la primera y única que existe en la Región Lima, fue inaugurada el pasado cuatro de Diciembre en el distrito de Quilmaná por el Ministro de Justicia, Dr. Aurelio Pastor y las autoridades del lugar.
QUINTA PARTE DEL FONDO DE CAMISEA PARA LA UNIVERSIDAD DE CAÑETE...

Acaba depublicarse en el diario oficial El Peruano la Resolución Ministerial N° 114-2010-EF-15 del Ministerio de Economía y Finanzas en la cual se determina la Modificación de los Índices de Distribución del Fondo de Desarrollo Económico de Camisea (FOCAM) a ser aplicados a las Universidades Públicas.
De acuerdo al art. 4 de la ley 28451 se establece los porcentajes de distribución de la FOCAM para los gobiernos regionales, locales y universidades nacionales de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Ica y Lima (a excepción de Lima Metropolitana); asimismo por el art. 4 del Decreto Supremo 042-2005-EF se establece los porcentajes y criterios de distribución de la FOCAM, y por el art. 5 se establece que la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) proporciona la relación de Universidades; pero ocurrió que la ANR había remitido la relación de las siguientes Universidades: San Cristóbal de Huamanga, Huancavelica, San Luis Gonzaga y José Faustino Sánchez Carrión a través del oficio N° 063-2010-SE-DGPU/DE, excluyendo a la Universidad Nacional de Cañete. Otorgándose a cada uno un índice de 0.25 del total del FOCAM.
Posteriormente mediante Oficio N° 250-2010-DGPE-DE-ANR de fecha 23 de Febrero del 2010 la ANR rectificó e incluyó dentro de la relación de universidades a LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE, motivando que el Ministerio de Economía y Finanzas modifique y establezca el nuevo índice de distribución del fondo, que se considera debe ser el 0.2 del total del FOCAM.
Evidentemente esta noticia es muy grata para nosotros, toda vez que ya se viene aplicando la Ley 29488, Ley de creación de la Universidad Nacional de Cañete, esto implica que estamos ad portas de que se publique los nombres de la Comisión Organizadora de nuestra Universidad.
Abierta negligencia en nosocomio cañetano...
MÉDICOS DE ESSALUD DEJAN MORIR A ANGELITO PORQUE MADRE ERA ASEGURADA EN VITARTE

Por Rubén Auqui Cáceres (*)

Eran las tres de la madrugada del día domingo 28 de febrero. A Emergencia de ESSALUD - Cañete, hacía su arribo, Liz Camargo, quien entre sus brazos traía a su hijo de dos meses de nacido para su atención médica inmediata.
Aunque parezca increíble, la doctora Beatriz Santibáñez -médico de turno y pediatra- atinó a decirle a la madre del infante que se lo lleve al hospital de ESSALUD del distrito limeño de Vitarte porque en ese lugar había sido asegurada.
La humilde madre, una joven con escaso grado de instrucción y de bajos recursos económicos, se quedó en el pasillo de Emergencia esperando que alguien se apiade de su dolor y del sufrimiento de su bebé.
Cuando los relojes marcaban las ocho de la mañana, llega don Marcelino Camargo, abuelo de la criatura quien se quedó perplejo al ver a su nieto que se desvanecía ante la falta de la atención médica.
El niño se ponía de color moradito por las complicaciones del mal que le aquejaba. Su corazoncito se resistía a detenerse y nadie en el nosocomio le quería dar el apoyo.
El abuelo muy molesto tomo al bebé, comenzó a gritar de impotencia retumbando todo el pabellón y recién fue atendido por un nuevo médico, luego que la inhumana doctora Beatriz Santibáñez ya se había retirado.
El martirio de los Camargo continuaba porque el nuevo médico sólo le puso una bolsa de suero al menor y los brazos del abuelo servían de camilla.
La familia sin comer y esperando que puedan atender como se merece su niño, sólo les quedaba rezar. Nada pudo ablandar el corazón de estos médicos negligentes.
Mientras el corazón de Ángelo dejó de latir a las nueve de la mañana, los ojos de la criatura, cuyo nombre significa «el enviado de Dios», se cerraron.
¿Podrá dormir la Dra. Beatriz Santibáñez?, Si hubiera sido el hijo de un Ministro, Juez, Fiscal o de un Médico, ¿igual suerte hubiera corrido?.
El único delito de este niño era ser pobre. El incapaz, inhumano e indolente Dr. Ismael Iparraguirre Guerrero ¿hará algo?, ¿alguien podrá parar semejantes negligencias?.
Ojalá que estas interrogantes puedan ser absueltas por la memoria de este Angelito por parte de las autoridades políticas y de salud del régimen actual.
Ángelo ¡descansa en Paz! porque ni Beatriz, ni Iparraguirre creo que lo hagan. Que tu muerte sirva para que no se produzca más actos negligentes en este cuestionado nosocomio.
(*) Panelista del programa «MC Noticias» y redactor de www.caneteenlanoticia.blogspot.com
PRESIDENTE DEL CEM DEL DISTRITO DE IMPERIAL INDICO QUE NO ES OBLIGATORIO EL UNIFORME ESCOLAR

El Consejo Educativo Municipal del Distrito de Imperial precisó que el uso del uniforme escolar no es requisito obligatorio para asistir a clases y por ello ningún alumno puede ser impedido de ingresar a las aulas si no cuenta con esa vestimenta.
El presidente del Consejo Educativo Municipal del Distrito de Imperial Richard Yactayo Duran, remarcó que los alumnos que no hayan podido adquirir el uniforme o hayan tenido algún inconveniente con dicho vestuario, podrán acudir con ropa de calle sin problema alguno, si así lo desean.

UNIFORME NO ES OBLIGATORIO
«En las Instituciones Educativas del Distrito de Imperial pertenecientes al CEM, el uniforme escolar no es obligatorio. Todos los alumnos deben asistir con total normalidad al dictado de clases», así lo manifestó Yactayo Duran esta mañana en dialogo con la prensa al momento de monitorear diversas Instituciones Educativas.
El presidente del CEM aprovechó la ocasión para desear a los alumnos, maestros y padres de familia un inicio de clases exitoso y productivo para beneficio de la comunidad.
El Consejo Educativo Municipal del Distrito de Imperial informó que el Año Escolar 2010 en las Instituciones Educativas públicas tendrá una duración no menor de 40 semanas lectivas.
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES REVOCO VACANCIA DE REGIDORA MALEÑA…
Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (Corresponsal en Mala)

RESOLUCIÓN DE JNE TRAERÁ CONSECUENCIAS PENALES… DURO REVÉS PARA VÍCTOR HUGO CARBAJAL GONZALES…
La frase «la justicia tarda, pero llega» casi siempre está acompañada de un calvario, de un océano de lágrimas, de injusticias y sufrimientos, es casi un modelo de muerte súbita... cuantos hombres y mujeres en el mundo han alcanzado justicia en el último minuto de su vida, cuando ya repicaban las campanas para anunciar su muerte; a otros les llegó con una carta al cielo; en otros casos fueron recibido por sus familiares, ante la mudez y el silencio eterno del difunto... en la siguiente crónica expongo un caso escandaloso, vilmente abusivo y malévolamente cobarde, como es acusar a una joven mujer por el sólo hecho de solicitar transparencia en la función pública.
Cuando de justicia se trata la pluma se convierte en la mejor arma de guerra, pues cada gota de tinta sabemos que penetra mucho más que cualquier sofisticado misil... Hace pocos días el Jurado Nacional de Elecciones, emitió la Resolución N° 50-2010-JNE, con Fecha de Promulgación del 27/01/10, y Fecha de Publicación el 25/02/10, Lima-Cañete-Mala, Asunto Artículo único.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la regidora Erika Cecilia Ramírez Chumpitaz; en consecuencia, REVOCAR el Acuerdo de Concejo Nº 048-2009-MDM adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 009-09 de fecha 2 de septiembre de 2009, donde se declara la vacancia de su cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Mala; así como la Resolución de Alcaldía Nº 1000-2009-A/MDM, de fecha 11 de septiembre de 2009; REFORMÁNDOLOS se declara infundada la solicitud de vacancia interpuesta por César Augusto Francia Miranda.
Para ayudar a comprender este escandaloso caso haré algunas interrogantes.

DUDOSA DENUNCIA…
El día 2 de Junio del 2009 el ciudadano maleño Cesar Augusto Francia Miranda ingresó por Mesa de Partes de la MDM una solicitud de vacancia de la Regidora Erika Cecilia Ramírez Chumpitaz registrando el Expediente 3897 – 09, hora 16.40, se amparaba en el artículo 23 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en su primer fundamento expresa: «Señor Alcalde, recientemente y de manera casual, me he enterado del contrato de Arrendamiento de Inmueble que fuera suscrito el día 4 de setiembre del año 2007 entre la MDM, a través de su gerente municipal, Sr. Carlos Ernesto Labbé Pérez y el señor Luis Darwin Ramírez Sánchez, padre de la Regidora Srta. Erika Ramírez Chumpitaz, la misma que mediante Carta de fecha 25 de julio del año 2008 dirigida a su persona, reconoció expresamente la vigencia del indicado contrato de arrendamiento de bien inmueble, claro está por cuanto con su intervención como Regidora del Concejo Distrital de Mala intercedió para la contratación de su señor padre… (3) consecuentemente ha incurrido en la causal de vacancia por nepotismo prevista en el art. 22. Inciso 8 de la Ley 27972…».

¿QUÉ ES EL NEPOTISMO?...
Es el tipo de corrupción política que consiste en beneficiar con honores, cargos y prebendas a parientes y amigos. El parentesco es el vínculo jurídico entre personas de un mismo tronco familiar, es la relación existente entre las personas que descienden de un ascendiente común, se le llama también parentesco consanguíneo, pero también existe parentesco por afinidad y adopción. En el plano jurídico la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público en casos de parentesco se tipifica por Ley N° 26771 y su modificatoria el D.S N° 017-del 08 de marzo 2002, y el D.S N° 034-2005 PCM publicado el 7 de mayo 2005.

DOCUMENTOS DE UNA VACANCIA INJUSTA…
Asimismo adjunta copia simple de Contratación de Servicio de arrendamiento de inmueble para depósito de materiales de la ejecución de la obra del malecón Bujama; en su cláusula Cuarta dice: «el plazo de arrendamiento del Inmueble descrito en la clausula Primera del presente contrato, es contado a partir del 5 de setiembre del 2007 hasta la culminación de la ejecución de la obra y liquidación final de la misma. Dicho plazo es de carácter forzoso para el Arrendador, no así para la municipalidad y se firmó en el distrito de Mala el 4 de setiembre del 2007 entonces ¿Dónde están los recibos de los meses de setiembre del 2007 a mayo 2008 si fuese cierto la existencia de dicho contrato de arrendamiento que la Regidora Erika Ramírez ha negado tajantemente su existencia y manifiesta además que se ha falsificado dicho documento?, ¿A quién se pagó en esos meses faltantes?, ¿Dónde están los otros recibos de pago?, cierto es que en el peor de los casos la regidora tampoco ha firmado algún contrato de arrendamiento ó algo que se parezca.
Asimismo presenta una copia simple de la carta de fecha 25 de julio 2008 suscrita por la Regidora materia de la vacancia, dicho documento es la Carta N° 001-2008-Reg.MDM donde la Regidora Erika Ramírez informa al Alcalde Víctor Hugo Carbajal Gonzales refiriendo: «… El día de hoy por la tarde se encontraban reunidos los trabajadores de la obra de construcción del Malecón de Bujama Baja, en casa de mis padres, donde una parte del domicilio está alquilado a la Municipalidad de Mala, para ser utilizado como almacén de la construcción de Berma Central y Lateral del Malecón de Bujama Baja, aquí cabe preguntarse ¿Se puede comparar una carta donde se informa sobre un hecho de trabajo de rutina con un contrato de arrendamiento?, ¿ Si el contrato se firmó el 4 de setiembre del 2007, cómo el Alcalde, algún otro Regidor, el Gerente u otro funcionario, no se dieron cuenta que este hecho contravenía la ley? Es obvio que no tiene ninguna relación, es más en dicho documento la regidora denuncia una falta de respeto del Arq. Señor Jorge Wong Gerente de Obras quien estuvo acompañado del señor William Lapa, el informe se emite el 25 de julio 2008.

PARA LA SUNAT ESTOS DOCUMENTOS CARECEN DE VALOR…
Es de conocimiento público que cualquier persona natural o jurídica para trabajar con cualquier institución del Estado tiene que cumplir con ciertos requisitos como estar habilitado por la SUNAT, CONSUCODE…etc. En caso contrario es imposible contratar, el hacerlo es incurrir en falta o delito de acuerdo a las circunstancias, por ello de ser cierto el haberse pagado con dinero del erario local en copia simple los recibos de fecha 24 de junio y otro el 24 de julio del año 2008 en lo que aparece que el padre de la Regidora Erika Ramírez Chumpitaz recibe de la Municipalidad de Mala, el importe de S/.400.00 por concepto del arrendamiento del inmueble de su propiedad, la responsabilidad es total de los funcionarios de la MDM pues sólo un inepto (s) haría estas cosas y por ende este tipo de gente no debería de estar en la administración pública. ¿Por qué se procedió a pagar dinero «público» en papeles simples que no tiene ningún valor de tipo contable y administrativo?.

REGIDORA REFIERE QUE CESAR AUGUSTO FRANCIA MIRANDA ES UNAS PERSONA UTILIZADA…
Erika Ramírez Chumpitaz se presentó a una entrevista exclusiva para Radio Imperial 96.5 F.M y Radio Súper F.M de Mala (Programa Periodístico «Poder Político» de Lunes a Viernes: 5 a 6 p.m), estas fueron sus declaraciones: « Bueno, recapitulando mi función de regidora, es estrictamente fiscalizadora de la labor municipal, la he venido ejerciendo desde el primer día que asumí el cargo en la municipalidad, y durante este tiempo he sido atacada con una serie de agravantes que se ha podido manifestar y relucir el mismo día de la vacancia, donde fue el sello a todo esto, el objetivo era lograr amedrentarme y retirarme de la municipalidad; le explico que con respecto al arrendamiento tiene que haber un contrato, lo cual no existe, para que se lleve a cabo se tendría que presentar otros documentos, el recibo de honorario de mi padre, que esté inscrito en Consucode, hasta la fecha la municipalidad no ha presentado ningún solo documento, lo cual acredita que todo es falso, por ello he entablado una denuncia en la Fiscalía Mixta de Mala... bueno que podemos esperar de una persona que ni siquiera sabemos en que condición está en la municipalidad, no tenemos documentos de la capacitación para asumir el cargo de gerente municipal, el cual hemos solicitado, particularmente yo lo he hecho en reiteradas oportunidades, he solicitado la referencia, el currículo para que la población maleña tenga la seguridad de que quien dirige la gerencia municipal es una persona idónea, no hay nada que nos avale, que nos demuestre que es una persona capacitada, el dice que desconoce a mi familia, a mi padre, entonces podemos darnos cuenta de la falsedad de esta persona que acompañada por el alcalde fueron a mi casa, hablaron con mi señor padre, solicitaron que mi señor padre les apoye con una parte de mi casa, pueda utilizarla y guardar ciertos materiales de la obra y mi padre le ayudó, eso fue lo que sucedió, cuando el día de la sesión dice que firmó los contratos y ahora lo niega deja mucho que desear, eso queda a conciencia de toda la población maleña que no es tonta, se da cuenta, ahora todo está al descubierto, sabemos que clase de personas tenemos enclaustradas en este municipio, para la celebración de un contrato tiene que haber un proceso y va de acuerdo ley; con respecto a los 3/4 de millón que «está no habido» en la municipalidad por mi ausencia no he podido solicitar toda clase de documento, pero ahora retomando mis funciones me voy a documentar de la parte administrativa, mire usted el día que declaran mi vacancia estábamos a pocos días de que nos entreguen una serie de documentos que nosotros íbamos a mostrar a la población, de una cifra grande de dinero que desapareció, habíamos formado un grupo de 4 regidores, una comisión de fiscalización para solicitar documentos, pero que coincidencia esa semana me vacan, creo que el ciudadano Cesar Augusto Francia Miranda es una persona utilizada porque dice, que sobre el hecho se enteró de manera casual en la calle, quiere decir que los documentos de la municipalidad están en la calle, en cada esquina, eso es lo que manifiesta el ciudadano, creo que este señor no hace nada bueno por la vida, porque lo que hizo conmigo no es nada bueno... con respecto a mis colegas ellos representan al igual que yo al pueblo, se armó esta patraña para tenerme fuera de la municipalidad, no es a Erika a quien han ultrajado, ha sido a todo la población maleña, cuando estábamos en la sesión ellos no me permitieron ejercer mi derecho de defensa, yo mostré con mi abogado los documentos totalmente distintos y aun así se mantuvieron en su posición para llevar a cabo la sesión, pero ahora que el JNE hizo justicia que yo esperaba y se dio, nos volveremos a ver en el concejo.

DINERO SE REPARTIÓ INESCRUPULOSAMENTE…
Recordemos el año 2008 cuando se desapareció de la municipalidad más de 100 mil soles, cuando se repartió ese dinero como quien reparte cada hijo por vecino, haciendo las indagaciones se opusieron a darme la información y una semana antes me retiran de mis funciones, bueno discúlpame que me sonría por la sinverguenzura que hay en la municipalidad, en el caso de este señor Pedro Huapaya Ayala, nosotros solicitamos que se le quite la confianza, nosotros le retiramos la confianza, el alcalde sigue confiando en él ¿Por que será? Eso les dejo para el pensamiento de cada uno de ustedes; solicitamos también el cese del gerente municipal, el alcalde también se aferró a él, le dejó otra interrogante.

UNA PERLA MÁS…
Los funcionarios son unos ineptos, no están a la altura de la administración de una municipalidad, aquí quiero ser bastante claro, y eso está grabado en las sesiones pasadas, yo hice público esto cuando el 10 de julio del año 2008 en el anexo de Bujama Baja se hizo la inauguración del canal «El Toro», del parque y la gente de Bujama recaudó dinero para dicha inauguración, hicieron una ceremonia muy bonita y en la municipalidad me doy con la sorpresa disque que habían desembolsado dinero para hacer ese agasajo, lo cual también es totalmente falso, una vez más quedó demostrado la falsedad, me indigna que se burlen de Bujama, la municipalidad nunca llevó dinero para ese agasajo. Yo he aprendido mucho en este tiempo, esto afectó a toda mi familia, pusieron al centro para fusilar a Erika, fui proliferada con una serie de calificativos de la peor manera, no hice nada ilegal, eso me hace más fuerte, siempre tuve el soporte de mi familia.

HA DENUNCIADO
AUTORIDADES Y
FUNCIONARIOS…
Mi decisión está tomada desde el 2 de setiembre del 2009, he denunciado penalmente al alcalde, a tres regidores, y a funcionarios que pidieron mi vacancia, yo estoy siguiendo el proceso y esperando la respuesta del pronunciamiento de la fiscalía y que siga el procedimiento, voy a seguir con mis funciones enmarcado dentro de la razón y la verdad, con esto pierde todo nuestro pueblo, no hay avance ni desarrollo, quiero dejar en claro un hecho, cuando a mi me sacan el 2 de setiembre yo presento mi recurso de reconsideración, pero por resolución de alcaldía me declaran improcedente; luego el 21 de setiembre se lleva una sesión de concejo ordinaria, en la cual no es tratada mi solicitud de recurso de reconsideración, sin embargo me dan una carta notarial poniéndome en conocimiento, que en esa sesión el concejo por mayoría declara improcedente mi solicitud de reconsideración, lo cual una vez más es totalmente falso, porque tengo cartas de dos regidores que envían a la municipalidad diciendo que nunca se trató mi recurso de reconsideración, y son los regidores Esteban Avalos Quispe y Francisco Francia Yaya, los dos confirman, manifiestan y hacen constar que nunca se llevó a cabo la agenda, es más no se pudo llevar porque fue en una sesión ordinaria y la ley dice que tiene que ser en una sesión extraordinaria, yo tenia que estar invitada, no hubo eso, ahora a pesar de eso yo envío mi recurso de apelación el 22 de setiembre, lo cual a los tres días la municipalidad según la LOM art.23 dice que tiene que ser derivado al JNE, desde el 22 de setiembre al mes de noviembre no tengo respuesta, yo envío al JNE quejándome de esta arbitrariedad de la MDM y en noviembre vuelvo a enviar a la municipalidad, reiterando mi recurso de apelación, la municipalidad recién el 17 de noviembre eleva mi apelación al JNE, mire cuanto tiempo ha pasado, la municipalidad haciendo caso omiso a todo, el JNE pidiéndole documento; la municipalidad qué iba a entregar, si sus documentos eran falsos, no tenían nada que avalar, como sustentar su posición, por eso ha sido la demora en el procedimiento por el JNE; bueno el JNE recopiló todos los documentos, ya se ha manifestado el jurado, me repone en mi cargo, es un acto de justicia que yo esperaba y allí están los resultados. Todo esto me indigna, me asquea como tratan a una ciudadana maleña, esto duele, es innegable, quiero agradecerle por la oportunidad que me da, de permitirme aclarar los hechos, un saludo a todos y muy pronto nos veremos en la municipalidad…». Finalmente, quiero expresar mi saludo y agradecimiento al Jurado Nacional de Elecciones, Organismo Autónomo del Estado Peruano, por haber actuado conforme a la ley y a nuestro proceso evolutivo democrático que merece decisiones justas y equitativas para evitar abusos de poder, que incluso puedan llegar como EN este caso a mancillar el honor y la dignidad de una persona.
Elecciones Regionales y Municipales
JNE APRUEBA REGLAMENTO DE PROPAGANDA ELECTORAL
Contempla diversas sanciones a infractores, entre ellas una multa de 30 a 100 UIT

Mediante Resolución N° 136-2010-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el reglamento de propaganda electoral, cuyo objeto es regular la acción en este campo de las entidades del Estado y de los funcionarios que postulen a un cargo de elección popular o a una reelección, de las organizaciones políticas y particulares y de los medios de comunicación en las elecciones regionales y municipales del 3 de octubre.
Cabe precisar que la propaganda electoral tiene el propósito de conseguir adhesión o apoyo hacia una organización o candidatura que participa en un proceso electoral, mientras que la publicidad estatal está vinculada a la promoción de un servicio.
Dicho reglamento rige a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano

1. Limitaciones a entidades estatales
Este documento establece que las entidades del Estado, en todos sus niveles, están prohibidas de difundir mensajes expresos o subliminales destinados a promover, auspiciar o favorecer determinada candidatura u organización política.
Asimismo, precisa que está prohibido el uso de locales, oficinas o instalaciones de cualquier entidad pública del gobierno nacional, los gobiernos regionales y municipalidades, así como de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, para conferencias, asambleas, reuniones o algún acto político de propaganda electoral en favor de cualquier organización política o candidato.
Tampoco se pueden utilizar esos locales para la instalación de juntas directivas o el funcionamiento de cualquier comité partidario. La misma restricción se aplica también respecto de la difusión de información negativa contra una organización política, sus candidatos, personeros, militantes o simpatizantes.

2. Limitaciones a funcionarios públicos
El reglamento establece que durante los 90 días previos al día de las elecciones, todo funcionario público que sea candidato a la elección o reelección, y no esté sujeto a la obligación legal de renunciar o pedir licencia de su cargo durante ese periodo (los alcaldes y regidores), estará impedido de hacer proselitismo político en la inauguración e inspección de obras públicas y de repartir a personas o entidades privadas bienes adquiridos con fondos públicos o como producto de donaciones de terceros a una entidad pública.
Igualmente, estará impedido de referirse directa o indirectamente a los demás candidatos o movimientos políticos en sus disertaciones, discursos o presentaciones públicas oficiales, sin que ello restrinja el ejercicio de sus derechos fundamentales.

3. Limitaciones a organizaciones políticas y particulares
Respecto de las limitaciones a la propaganda electoral efectuada por particulares, el documento determina que está prohibida la propaganda que atente contra la dignidad, el honor y la buena reputación de toda persona natural o jurídica y promueva actos de violencia, discriminación o denigración contra cualquier persona, grupo de personas u organización política.
Está prohibida, además, la propaganda que se desarrolle en las instalaciones de las entidades públicas, de los colegios profesionales, instituciones educativas estatales o particulares y los locales de las iglesias de cualquier credo. Además, no se puede hacer propaganda mediante pintas o inscripciones en calzadas y muros de predios públicos y privados, y tampoco difundir a través de altoparlantes desde el espacio aéreo e invocar temas religiosos de cualquier credo.

4. Control de propaganda en medios de comunicación
El reglamento también señala que el JNE y los Jurados Electorales Especiales podrán disponer que un medio de comunicación difunda propaganda electoral de una organización política determinada, en la medida que exista una negativa injustificada de prestar tal servicio.
Además, precisa que la propaganda electoral está prohibida veinticuatro (24) horas antes del día de las elecciones, debiendo retirarse toda aquella que esté ubicada en un radio de 100 metros alrededor de los locales de votación.

Sanciones
El reglamento contempla las siguientes sanciones: cese de la infracción o retiro de la propaganda electoral, y en caso de persistir la infracción una amonestación pública y una multa a la organización política o al infractor que, según la gravedad de la infracción, será no menor de 30 ni mayor a 100 unidades impositivas tributarias (UIT).
Sin embargo, el JEE o el JNE también podrán disponer la suspensión en el ejercicio de sus funciones del funcionario o servidor público si éste no adopta las medidas correctivas pertinentes dentro del plazo establecido. El infractor también puede ser pasible de sanción penal, de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente.
La infracción en cada caso podrá ser advertida de oficio o a pedido de parte.