23 septiembre 2009

REALMENTE NELSON CHUI ESTA ENTRE LA ESPADA Y LA PARED...?
Huachanos Señalan Que Debe Decidir Entre Lo Que Ordena Corte Superior de Cañete y Huaura...

Que las declaraciones del Alcalde de Huañec, Wiston Reyes ha calado hondo, es cierto… Ha llamado a preocupación de que las autoridades yauyinas se pronuncien a favor del traslado de la Sede Regional hacia Cañete. Ya se ha informado de la acción de cumplimiento que ha admitido la Corte Superior de Huaura, acción que ha presentado el ex Alcalde norteño Barba Mitrani, la misma que viene siendo presentada como «la más firme herramienta de lucha por la defensa de Huacho».
Barba Mitrani va más allá… y pide a «todas las fuerzas vivas de la provincia a sumarnos para hacer respetar el derecho que nos asiste. Organicémonos, tal y como lo han empezado a hacerlo en Yauyos los Alcaldes», señala, con cierto temor.
En Huacho… Se está tratando de crear la imagen que Nelsón Chui se encuentra ahora entre la espada y la pared tratando de equiparar nuestra sentencia que corre ya en segunda instancia con la acción que el Poder Judicial norteño recién verá. El diario Ecos señala al respecto: »(Nelson Chui) tendría chance solo hasta este viernes para finalmente decidir cuál de los dos mandatos judiciales da cumplimiento: si el dictado por la Corte de Cañete que ordena el traslado de la sede regional a la ciudad de San Vicente (ubicada en la referida provincia sureña) o si al dispuesto por la Corte de Huaura que lo insta a emitir una resolución ejecutiva estableciendo como sede a Huacho.
Lo más preocupante de todo esto es que en ambos casos, Chui prácticamente estaría en la obligación de acatar dichos mandatos; de lo contrario se expondría a ser denunciado por el presunto delito de Resistencia a la Autoridad.
El asesor legal de Barba, Luis Flores Valderas, agrega »En realidad, el panorama que se le presenta (a Chui) es bastante complejo, pues está sujeto a ser acusado, procesado, sentenciado y posteriormente vacado, y encima quedaría impedido de volver a postular. Por coincidencia, solo hay tiempo hasta el viernes para presentar un recurso de agravio (como medio impugnatorio) ante el Tribunal Constitucional. En ese caso, la apelación le correspondería hacer al procurador Ad Hoc Santa Cruz, mientras que en la sede judicial de Huaura lo haría el procurador Pisconte Peña». Salvo que la Corte de Huaura ya se hubiese pronunciado todo esto no contribuye sino a desinformar.
ATRAPAN AL ASESINO DE SHIRLEY... EN TARAPOTO...

En Tarapoto, la Policía de Investigaciones detuvo a Juan Luis Rojas Salas (42) presunto asesino de Shirley Emperatriz Enríquez Tapayuri (22), una joven tarapotina a quien habría obligado a prostituirse y a la cual finalmente asesinó y cuyo cuerpo abandonó al interior de una maleta en el distrito cañetano de San Antonio.
Peritos policiales no tuvieron mayores problemas para detener al presunto homicida puesto que no opuso resistencia a pesar de encontrarse en su tierra natal donde vivía con su madre. En las próximas horas será trasladado hacia Lima para verificar la autoría del crimen- aún cuando trascendió que habría confesado su crimen- y luego ser internado en el penal de Lurigancho.
La lentitud policial nuevamente se hizo notar toda vez que hace más de quince días se ordenó la búsqueda de Rojas Salas a quienes los familiares de Shirley veían pasear oróndamente por las calles del nor oriente donde la joven creció. Incluso una de sus tías escribió hace unos días en nuestro portal el siguiente clamor:
«Señor Fiscal de Mala hace mas de un mes de la muerte de mi sobrina que apareció muerta en una maleta en Cañete, se trata de Shirley Emperatriz Tapayuri y hasta hoy no capturan al asesino de Juan Rojas Salas. El está aquí en Tarapoto, no se que deba hacer para agilizar este macabro asesinato, o para el pobre no hay justicia. Quisiera que me ayude para que dicten la orden de captura, esto está en la DININCRI de Cañete. Somos personas humildes, queremos justicia y la pena máxima para este sicópata que ha matado cruelmente a mi sobrina de 22 años. Yo quiero justicia no quiero que quede impune su muerte.
Nosotros lo hemos visto aquí en Tarapoto, se pasea como si nada. No es posible que para el pobre no haya justicia, yo creo en usted que va hacer justicia señor fiscal Fernando Escobar Arrese. Usted conoce el caso, por favor ayúdeme. Muchas Gracias. Marina Tapayuri»
Finalmente, Shirley Emperatriz Enríquez Tapayuri podrá descansar en paz. (De Cañete Hoy)
EL JURADO DE ELECCIONES NO ES INFALIBLE...

Ha pasado el tiempo, y desde que publicamos en el Diario Matices, y en Matices La Revista, una nota sobre el proceso de amparo que ganaron los regidores de Chilca que fueron indebidamente vacados de su cargo; hasta la fecha nadie ha señalado nada al respecto. Lamentamos que ningún otro medio haya publicado algo al respecto.
Sin embargo, por ser una nota de particular interés, porque no siempre sucede que el Jurado Nacional de Elecciones, no tenga la razón. Detallaremos algunos aspectos.
Los Regidores de Chilca-Cañete, que fueron sacados del cargo en forma arbitraria (Vacados), ganaron el Proceso de Amparo al (JNE) Jurado Nacional de elecciones.
La primera Sala Civil de la Corte Superior de Lima, con Resolución del 18 de mayo 2009, notificado recién en el mes de Agosto a los señores Regidores, que el Proceso al que recurrieron: «…declararon FUNDADA su acción de amparo y ordenaron al JNE, no vuelva a incurrir en las acciones que motivaron la interposición de la demanda, en atención al Art. 1° del Código Procesal Constitucional, mandaron… se publique en el diario oficial con arreglo a ley en los seguidos por Esther Clotilde PARAGUAY CAYCHO» y Federico D. LEYVA HUAPAYA, contra el JNE sobre Acción de Amparo»

Hecho curioso…
Claro que sí, y es que por primera vez en la historia del Perú, Regidores vacados logran vencer en juicio al poderoso Jurado Nacional de Elecciones (pilar de la Democracia).
Según la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades, la función de los Regidores Municipales entre otras, es de fiscalizar la gestión municipal; por ende, la gestión administrativa del alcalde. Ahora se confirma que los Regidores Municipales pueden continuar con la facultad de fiscalizar la gestión Municipal y por tanto al alcalde, a fin que no vuelva a incurrir en acciones de corruptela.
Los vacados actuaron en interés de una Causa Pública; y, en el ejercicio regular de un derecho, por lo tanto, estaban exentos de responsabilidad, (Art. 1971º CC.). y exentos de pena (Art. 134º del C. P.).
Utilizando los recursos legales, contra once abogados del alcalde llegaron a la Corte Suprema de Justicia de la República, donde lograron la Nulidad de la Sentencia del juzgado y su confirmación por la Corte Superior de Cañete. Fueron absueltos de todo cargo. Con la Resolución de la Corte Suprema que entregaron al JNE debieron ser repuestos en el cargo; pero, en extraña actitud los Vocales del JNE que les dieron la razón públicamente; hicieron caso omiso a la jerarquía de la Corte Suprema, y aprobaron la vacancia.
Esta resolución del JNE fue irregular y prematura por decir lo menos, con flagrante resistencia a la Autoridad de la Corte Suprema y Abuso de Autoridad.
Los Regidores recurrieron en Acción e Amparo y luego de tres años de largo juicio han logrado obtener que la ley, el derecho y la justicia, se manifiesten en su favor.
Sobre la base del principio jurídico universalmente reconocido que señala que, en materia penal la CULPABILIDAD SE PRUEBA Y LA INOCENCIA SE PRESUME, los Regidores harán valer su derecho por Abuso de Autoridad, Resistencia a la Autoridad y otros, mas la indemnización por Daños y Perjuicios y el pago de sus dietas que injustamente el alcalde les dejó de pagar desde marzo del año 2005.
Hay que precisar que la resolución no puede ser apelada; el JNE, tiene que acatar la resolución de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Lima: sin embargo, es menester hacer saber al Procurador del JNE que su función es la defensa del Estado, mas no la de entorpecer la acción de la justicia.
Nuestros lectores están pendientes de lo que expongan los Regidores: Esther PARAGUAY CAYCHO, Federico LEYVA HUAPAYA y Daniel AYALA CAYCHO, al ser entrevistados, y así conocer los pormenores de la vacancia, con la única finalidad que el pueblo esté bien informado.
SANTA CRUZ DE FLORES RINDIO HOMENAJE A LA VIRGEN DE QUITO COMO AGRADECIMIENTO POR APOYO RECIBIDO POR EL TERREMOTO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2009

El distrito de Santa Cruz de Flores demostró ser un distrito agradecido… y como una muestra de aprecio y gratitud por el apoyo invalorable proporcionado por el Distrito Metropolitano de Quito Ecuador, la comuna cañetana rindió homenaje a la Virgen de Quito, patrona de Ecuador, con una misa de acción de gracia.
Al concluir la misa, el burgomaestre César Cama agradeció la presencia de todos los asistentes, entre vecinos florinos y ecuatorianos; resaltando la figura del cónsul de Ecuador, don Diego Rivadeneira, que llegó con una comitiva.
A pesar de que la Virgen de Quito no es patrona del distrito ni del Perú, el pueblo de Santa Cruz de Flores mostró su agradecimiento y respeto hacia la patrona de Ecuador, acudiendo masivamente a la misa y procesión, demostrando que mantienen un profundo fervor religioso, cualidad que se viene perdiendo en otros distritos cañetanos.
El cónsul de Ecuador en el Perú Diego Rivadeneira se sintió agradecido por las profundas muestras de cariño que recibió, y también por el homenaje a la Virgen de Quito; «es un honor por que es el recuerdo de solidaridad que es común en nuestro pueblo» señaló Rivadeneira recordando que cuando su país sufrió desastres como consecuencia de la erupción de un volcán, el Perú fue el primer país que acudió a la ayuda.
Cesar Cama Aparicio como alcalde y anfitrión, en honor a Santa Cruz de Flores como productor de pisco y vino, obsequió al cónsul un pisco al cual se le ha dado la denominación de «pisquito» como muestras de hermandad de dos pueblos que tienen las mismas costumbres y en algún momento de la historia fueron uno solo.
En otro pasaje del evento, Cama Aparicio dio a conocer que su comuna se comprometió a realizar el expediente técnico para la construcción de la Iglesia que sufrió las consecuencias del terremoto, y cumpliendo con su palabra el burgomaestre entregó al padre Julio Untiveros López, dicho proyecto.
Como se recordará, el Distrito Metropolita de Quito Ecuador, en la persona de Paco Moncayo, entregó a César Cama Aparicio, un importante donativo de S/. 130 MIL DÓLARES que fueron invertidos en la remoción de escombros del distrito y de la iglesia, ocasionado por el fatídico terremoto del 15 de Agosto del 2007.
TRABAJOS DE EMPALME DE RED MATRIZ OCASIONARÁ CORTE DE SERVICIO EN EL DISTRITO DE IMPERIAL

Dentro de los trabajos programados por el Consorcio Cañete 1 en las obras de Rehabilitación de redes de agua potable y alcantarillado en el distrito de Imperial, el día de ayer, 22 de setiembre, en horas de la noche, aproximadamente a las 8 pm se realizaron tres empalmes de la red matriz, los mismo que ocasionarán que el servicio se vea suspendido desde ese horario durante toda la noche.
Los trabajos se efectuaron en horario nocturno para evitar el malestar de la población ante los cortes de servicio.
Las calles afectadas fueron Jr. Huancayo, Av. Manco Cápac, Jr. Atahualpa y el Jr. Ayacucho; aunque también se pudo apreciar que no hubo el lìquido elemento en otras importantes calles del distrito de Imperial.
TRABAJADORES JUDICIALES BUSCAN QUE ESTADO CUMPLA CON BONIFICACION POR CUMPLIMIENTO DE META...

La nueva Junta Directiva de la Federación Nacional de Trabajadores del Poder Judicial, dio a conocer que el Proyecto de Ley N 3390-2009, el cual tiene por objeto autorizar la habilitación de Partida de Gastos 2.1.1. «Retribuciones y complementos de efectivo», para el otorgamiento de la Bonificación por Cumplimiento de Metas, ascendiente a una remuneración a todos los trabajadores judiciales, se viene impulsando ante la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, a fin de conseguir el respectivo dictamen favorable y posterior aprobación ante el Pleno del Congreso.
En tal sentido, exhortaron a toda la comunidad judicial a mantenerse alertas y en unidad, ante cualquier llamado que efectue el Comité Ejectivo Nacional de la Federación, en procura de la materialización de la Bonificación por Cumplimiento de Metas.
PCM y MINISTERIO DE LA PRODUCCION PRESENTARON GUIA DE TUPA MODELO PARA MUNICIPALIDADES...

micro y pequeñas empresas (mype) podrían obtener licencias de funcionamiento para establecimientos de hasta 100 metros cuadrados en menos de 15 días, ello con la aplicación de la Guía de Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) Modelo para Municipalidades, afirmó el día de ayer, el Ministerio de la Producción.
«Esta propuesta de TUPA modelo para las municipalidades permitirá dar un mejor servicio a los ciudadanos como a las empresas, ya que se simplificarán procedimientos, haciendo los trámites más rápidos especialmente aquellos muy largos y engorrosos», señaló la ministra de la Producción, Mercedes Aráoz.
El presidente del Consejo de Ministros, Javier Velásquez; y Aráoz presentaron la Guía de TUPA Modelo para Municipalidades, importante herramienta de fácil aplicación para la formulación del TUPA, que será entregada a los funcionarios municipales.
Este documento tiene como objetivo contribuir a la modernización de la gestión pública a través de la estandarización de los procedimientos clave de mayor frecuencia vinculados a la instalación de negocios y al desarrollo económico local.
«La simplificación de procedimientos implica abreviar requisitos, acortar plazos, reducir costos y pago de tasas, así como eliminar instancias y pasos a fin de agilizar procesos.»
La ministra añadió que teniendo en cuenta la importancia de los procedimientos que impactan en los negocios y la ciudadanía, se ha diseñado un formato único para que todas las entidades públicas uniformicen la presentación de los procedimientos del TUPA.
Esto sin perjuicio de brindar recomendaciones prácticas para adecuar los procedimientos a la normativa actual sobre silencio administrativo, manifestó.
La Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), que colaboró en la elaboración de esta guía modelo, indicó que según la Ley Orgánica de Municipalidades el plazo máximo para la expedición de la licencia de funcionamiento es de 15 días hábiles, pero no se cumple en diversas municipalidades de Perú.
«Consideramos que en menos de un día hábil puede expedirse esta licencia si se cuenta con todos los requisitos de ley, tal como lo efectúan algunas municipalidades que han simplificado el procedimiento», comentó la USAID.
Sin embargo, existen experiencias reconocidas que demuestran que la entrega en un plazo mucho menor al establecido en la ley es posible, agregó.
Refirió que la municipalidad distrital de Independencia (Huaraz) ha reducido el plazo de expedición de la licencia de funcionamiento de 35 días a sólo tres horas.
De acuerdo con el Scorecard Municipal 2007 de la Corporación Financiera Internacional (IFC), miembro del Grupo del Banco Mundial, la Municipalidad Metropolitana de Lima es el municipio provincial que demora menos (un día) en la expedición de una licencia de funcionamiento de las 75 municipalidades que conforman dicho documento.
La guía mencionada centra su atención y desarrolla con más detalle los procedimientos considerados clave y que están vinculados a la mejora del clima de negocios y al desarrollo de las actividades de la comunidad.
Entre ellos destacan la licencia de funcionamiento para establecimientos de hasta 100 metros cuadrados, licencia de habilitación urbana o de edificación de las modalidades A y B de anuncio (paneles) publicitario, y autorización para la instalación de infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones.
También, la autorización para rotura de pistas y calzadas y autorización para la ocupación eventual de la vía pública con fines comerciales.
APLICACIÓN DEL TUPA MODELO SERVIRA PARA DISTRIBUIR FONCOMUN A MUNICIPIOS… SEÑALA VELASQUEZ QUESQUEN…

puesta en práctica del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA Modelo) será un factor para distribuir el Fondo de Compensación Municipal (Foncomun) a los concejos, afirmó el presidente del Consejo de Ministros, Javier Velásquez.
«Uno de los criterios para distribuir los 800 millones de nuevos soles del Foncomun para el próximo año será la aplicación de la guía TUPA en los municipios del país», afirmó tras presentar el documento junto a la ministra de la Producción, Mercedes Aráoz.
Durante la ceremonia de presentación, destacó que el Gobierno haya puesto énfasis en profundizar la modernización del Estado por tratarse de una prioridad en el mandato del presidente Alan García.
Al respecto, dijo que el Jefe del Estado asumió el compromiso de duplicar el Foncomun en los próximos años, y señaló que una forma de incentivar que los concejos apliquen el TUPA Modelo es con la distribución del dinero destinado a los gobiernos locales.
Según explicó, el documento presentado es un formato único para que todas las entidades públicas uniformicen la presentación de los procedimientos en el TUPA, sin perjuicio de brindar recomendaciones prácticas para adecuar los trámites a la normativa actual sobre el silencio administrativo.
«Lo importante del documento es que el Estado consiga la satisfacción del pueblo, y facilitar el comercio y el negocio.»
Agregó que en una primera etapa, el TUPA Modelo desarrolla «procedimientos clave» para favorecer con mayor incidencia a las micro y pequeñas empresas (mype), que desarrollan actividades en el ámbito nacional.
Entre esos procedimientos clave mencionó la licencia de funcionamiento para establecimientos de hasta 100 metros cuadrados, licencia de habilitación urbana o de edificación de las modalidades A y B, y autorización de anuncios publicitarios.
También citó la autorización para la instalación de infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, autorización para rotura de pistas y calzadas, y autorización para la ocupación eventual de la vía pública con fines comerciales.
Finalmente, adelantó que en los próximos meses se establecerán los procedimientos a fin de uniformizar las tasas cobradas en los concejos municipales.
La guía del TUPA Modelo para municipalidades fue elaborada conjuntamente por la secretaría de gestión pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de la Producción, con la asistencia técnica del proyecto USAID/Perú Pro Descentralización.
JUDICIALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que don Héctor Esteban De la Cruz Pillaca de 21 años natural de San Vicente – Cañete, de ocupación estudiante, con DNI 45199762, domiciliado en Urb. Santa Rosa - J - 13 – S.V.; y doña Sandybell María Jesús Rojas Huapaya, de 21 años, natural de San Vicente – Cañete, con DNI 44797894, de ocupación estudiante, domiciliada en Urb. Santa Rosa - J-13 - S.V., van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el 02 de Octubre del 2009 hora 12:00 m. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley.
San Vicente de Cañete, 22 de Setiembre del 2009.
Maribel R. Sánchez Vicente
Oficial de Registro

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don José Antonio Damiano Castillo con L.E. /DNI 15412496 de 43 años de edad, estado civil soltero, ocupación/profesión empleado, de nacionalidad peruano, domiciliado en C.P.M. La Quebrada Mz. P Lote 21 Los Angeles – San Luis; y doña Yesenia Margarita Quispe Zegarra con L.E. / DNI. 44019186, de 29 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión su casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en C.P.M. La Quebrada Mz. P Lote 21 Los Angeles – San; Luis pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlo conforme a Ley.
San Luis, 16 de Setiembre del 2009.
Laudy Lady Chávez Casanova
Jefe de Registro Civil

EDICTO
Exp. Nº 364-2009, ante el J.P.L. de Imperial que despacha el doctor José De la Cruz Vargas, Doña EUDELIA DE LA CRUZ SANCHEZ solicita la SUCESION INTESTADA de quien en vida fuera su madre doña MARIA ANGELICA SANCHEZ VICENTE fallecida el 05-12-2006 en el C.P.M. Cerro Alegre del distrito de Imperial, Provincia de Cañete – Departamento de Lima. Se comunica para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia.
Imperial, 01 de Julio del 2009.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete

EDICTO
Ante mí se ha presentado JUAN LUCIO ESPIRITU MALPARTIDA, solicitando la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, expedida por la Municipalidad Provincial de Cañete, en el siguiente extremo:
Nombre del Padre dice: JUAN ESPIRITU. Debe decir: JUAN ESPIRITU CUEVA
Dice: CASADO. Debe decir: CONVIVIENTE
Nombre de la Madre dice: TEOFILA MALPARTIDA. Debe decir: TEOFILA MALPARTIDA RUTTY
Dice: CASADA. Debe decir: CONVIVIENTE
Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 18 de Setiembre del 2009.
PEDRO ALONSO NORIEGA ALTAMIRANO
ABOGADO – NOTARIO

EDICTO
Ante mí se ha presentado JUAN LUCIO ESPIRITU MALPARTIDA, solicitando la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA NACIMIENTO de TOMAS ESPIRITU MALPARTIDA, expedida por la Municipalidad Provincial de Cañete, en el siguiente extremo:
Nombre del Padre dice: JUAN ESPIRITU. Debe decir: JUAN ESPIRITU CUEVA
Dice: CASADO. Debe decir: CONVIVIENTE
Nombre de la Madre dice: TEOFILA MALPARTIDA. Debe decir: TEOFILA MALPARTIDA RUTTY
Dice: CASADA. Debe decir: CONVIVIENTE
Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 18 de Setiembre del 2009.
PEDRO ALONSO NORIEGA ALTAMIRANO
ABOGADO – NOTARIO

EDICTO
Ante mí se ha presentado JUAN LUCIO ESPIRITU MALPARTIDA, solicitando la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA NACIMIENTO de SANTA TERESA ESPIRITU MALPARTIDA, expedida por la Municipalidad Provincial de Cañete, en el siguiente extremo:
Nombre del Padre dice: JUAN ESPIRITU. Debe decir: JUAN ESPIRITU CUEVA
Dice: CASADO. Debe decir: CONVIVIENTE
Nombre de la Madre dice: TEOFILA MALPARTIDA. Debe decir: TEOFILA MALPARTIDA RUTTY
Dice: CASADA. Debe decir: CONVIVIENTE
Lo que se notifica en cumplimiento de la Ley 26662.
Cañete, 18 de Setiembre del 2009.
PEDRO ALONSO NORIEGA ALTAMIRANO
ABOGADO – NOTARIO

NOTARIA GARRAFA
SUCESION INTESTADA
Ante el oficio Notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, MARCO ANTONIO RUIZ MEZA, con DNI Nº 15354141, solicita la SUCESION INTESTADA de su padre REYNALDO WALTER RUIZ TOVAR, fallecido el 10 de Diciembre del 2006, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente - Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley. San Vicente, 19 de Setiembre del 2009.
ITALA A. GARRAFA PEÑA
ABOGADA - NOTARIO DE CAÑETE

EDICTOS PENALES
LA SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, Presidente MARTÍNEZ, Secretario MIRANDA; ha ordenado publicar la parte resolutiva pertinente del siguiente proceso:
EXP.-0511-94 (24-93).- a SULPLICIO VILCAPUMA BARRIOS, a fin de que tenga conocimiento de la Resolución que declara extinguida la acción penal, por el delito de Robo Agravado.- DECLARARON: de oficio PRESCRITA LA ACCIÓN PENAL seguida contra ALEJANDRO ROJAS ASTUÑAUPA por Delito Contra El Patrimonio-Robo Agravado, en agravio de Suplicio Vilcapuma Barrios; en consecuencia ORDENARON: que consentida y/o ejecutoriada sea la presente, se anulen los antecedentes generados y se archive definitivamente los actuados; levantándose las ordenes de ubicación y captura que pudieran estar vigentes a la fecha, notificándose y con conocimiento de la representante del Ministerio Público. S.S.- ROQUE MONTESILLO, DURAND PRADO, BUITRON ARANDA; Secretario: Miranda.
LA SALA PENAL DE CAÑETE, Presidente MARTÍNEZ, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2006-0914, a DAYGOR ELMER MELCHOR FLORES, para INSTRUCTIVA, Delito: Robo Agravado, Agraviado: Dax Robert Tintayo Zarate. Cañete: 14.09.2009.
EXP.-2004-0959, a ROBERTO CARLOS CASTRO AGUILAR, para INSTRUCTIVA, Día 29-09-09; Hora: 10.00 am, Delito: Violación Sexual. Cañete: 11.09.2009.
Secretario: Miranda.
21, 22 y 23 de Setiembre

Asociación De Damnificados «15 DE AGOSTO 2007»
COMUNICADO
Se hace de conocimiento a los integrante del Proyecto Productivo « Crianza de Cuy – Raza Perú», en convenio con el PNUD y la Asociación de Damnificados « 15 de Agosto - 2007» San Vicente – Cañete, que en nuestra última reunión de trabajo, se ha tratado la irregular situación de los Asociados inhábiles, a quienes se les ha exhortado en reiteradas oportunidades el cumplimiento del pago de sus cuotas; ante ello se tomó el siguiente acuerdo:
1.- Otorgar un plazo de 5 días calendarios a partir de la fecha, para que regularicen su situación, caso contrario quedan automáticamente separados del programa.
2.- Los integrante del proyecto deberán suscribir un acta de acuerdo, que será respetado en su integridad, salvo excepción por acuerdo orgánico.
Cañete 21 de Setiembre del 2009.
Juan Alberto Neyra Bolivar
Coordinador

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
«Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa»

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2009/MDCA

Cerro Azul, 22 de Setiembre de 2009

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

POR CUANTO:
Visto; en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de setiembre del 2009, el Proyecto de Ordenanza sobre asignación de numeración a predios ubicados en el Casco Urbano del Distrito de Cerro Azul;

CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 003-2004/MDCA, de 23 de Marzo del 2004, se aprobó la nomenclatura de las vías públicas y numeración predial del Balneario de Puerto Viejo y Casco Urbano del Distrito de Cerro Azul;

Que, para la identificación individual de las viviendas se aprobaron los Planos de Numeración Predial : PC 03; PC 04; PC 05; PC 06; PC 07; PC 08; y PC 09 , en base a los cuales debía asignarse la Numeración Municipal y expedirse los certificados de numeración establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2002 MDCA. (Procedimientos Nº 030 y Nº 031 - Área Desarrollo Urbano, Rural y Medio Ambiente-Departamento de Obras Privadas y Catastro);

Que, a pesar del tiempo transcurrido desde la entrada en vigencia de la mencionada Ordenanza, a la fecha un gran número de Predios no exhibe la numeración que le corresponde;

Que, es propósito de esta gestión municipal adoptar acciones convenientes al ordenamiento urbano, siendo parte importante de este el Catastro y Numeración de los predios;

Que, en consecuencia es necesario modificar la Ordenanza Nº 003-2004/MDCA sustituyendo los Planos de numeración Predial aprobadas en dicha Ordenanza, por el Plano General de Numeración del Casco Urbano, actualizado por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, así como disponer que se de amplia difusión al mismo, exonerando temporalmente de los derechos por asignación de numeración municipal y por obtención de certificado de numeración previstos en el TUPA, dejando establecido que la asignación de numeración no significa reconocimiento de derecho de propiedad o de posesión del predio;

Que, asimismo debe precisarse en el caso de Predios con construcciones antirreglamentarias o sin la Licencia de Construcción, se asignará numeración siempre y cuando previamente sus titulares se pongan a derecho;

De conformidad con el artículo 9º, numeral 8 ; articulo 40º y los numerales 3.3. y 3.4 del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE ASIGNA NUMERACIÓN A PREDIOS
UBICADOS EN EL CASCO URBANO DEL DISTRITO DE CERRO AZUL;

ARTICULO 1º.- Modificar el artículo primero de la Ordenanza Nº 003-2004 /MDCA, sustituyendo la Memoria Descriptiva y los Planos que se detallan en dicho articulo, por la Memoria Descriptiva y el Plano General de Numeración del Casco Urbano del Distrito, que se anexa y que forma parte integrante de la presente Ordenanza, plano al que se dará amplia difusión, incluso en la Pagina Web de la Municipalidad.

ARTICULO 2º.- Aprobar el Diseño y Material para la confección de las Placas de numeración de los Predios, cuyo modelo se adjunta a la presente Ordenanza y que también será difundida para conocimiento de la población, incluso en la Pagina Web de la Municipalidad.

ARTICULO 3º.- Disponer la exoneración de los derechos de asignación de numeración y expedición de certificados de numeración previstos en los Procedimientos 030 y 031 del TUPA aprobado por Ordenanza Nº 007-2002 MDCA, a favor de los Predios ubicados en el Casco Urbano del Distrito de Cerro Azul, que lo soliciten dentro de 120 días calendarios de entrada en vigencia de la presente Ordenanza.

ARTICULO 4º.- La asignación de numeración o la expedición de certificado de numeración no significan en ningún caso, reconocimiento de la calidad de propietario o poseedor del que habita o conduce actividades en el Predio, respondiendo solamente a fines catastrales.

ARTICULO 5º.- La presente disposición será aplicable en el caso de Predios en los que se haya efectuado construcciones antirreglamentarias o se haya construido sin Licencia de Construcción, siempre y cuando previamente sus titulares se pongan a derecho.

ARTICULO 6º.- Los propietarios o conductores de predios en el Distrito, para efectuar cualquier tramite administrativo en la Municipalidad, previamente deberán haber obtenido la asignación de la numeración del predio, en la Oficina de Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad.

ARTICULO 7º.- Disponer que la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural efectué la identificación y señalización de las Avenidas, Jirones, Calles y Pasajes del Casco Urbano del Distrito.

ARTICULO 8º.- Facúltese a la Alcaldesa a aprobar las normas reglamentarias que sean necesarias, para la aplicación de la presente Ordenanza, asimismo para prorrogar el plazo para acogerse a sus disposiciones, de ser necesario.

REGISTRESE, COMUNIQUESE PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

JUANA RASPA VDA .DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul