16 mayo 2012

DICTAN SENTENCIA CONDENATORIA POR ACTOS CONTRA EL PUDOR A EX – SACERDOTE...

A 7 años de pena privativa de libertad y al pago de 10 mil nuevos soles por concepto de reparación civil, fue condenado el ex Sacerdote del Distrito de Chilca, Ismael Moisés Montero Casas, por el delito de Actos Contra el Pudor, tipificado en el Art. 176 del Código Penal.
Esta sentencia fue emitida por el Colegiado de la Corte Superior de Justicia, correspondiendo a la acusación que hiciera el Dr. Edwin Choque Sanabria, Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala, quien tuvo a su cargo este caso y que presentó las pruebas correspondientes recopiladas como el examen médico del menor, declaraciones y otros.
 Montero Casas, fue internado en el Centro Penitenciario de Cantera, donde se encontraba con la medida coercitiva de prisión preventiva, teniéndose que realizar audiencia de juicio oral en este establecimiento, audiencia que culminó con la lectura de sentencia que lo condenó, el pasado 10 de mayo del presente.
Los Actos Contra el Pudor que se han comprobado fueron efectuados por el Ex – Sacerdote, en agravio de un menor de quince años.

REGIDORES Y ALCALDE: A PROPÓSITO DEL DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL

Escribe: Ceguferno

Allá por el siglo XVIII, Montesquieu con su célebre «El espíritu de las Leyes» y otros filósofos y políticos en la búsqueda del equilibrio de poderes, idearon la separación de poderes que es uno de los fundamentos del estado democrático; y así el poder ejecutivo es el administrador y ejecutor de las políticas de estado, encargado de cumplir y hacer cumplir la leyes, y el parlamento es el ente normativo (da las leyes) y fiscalizador de la labor del ejecutivo; igual, cuando producto de la descentralización, se diseña el gobierno regional, este sigue la misma lógica, esto es, la presidencia es el ente ejecutor y administrador de la región, así como el Consejo Regional es el ente normativo y fiscalizador de la labor de la presidencia y sus funcionarios; de manera similar, los gobiernos municipales dividen funciones entre el Alcalde y los regidores, ambos elegidos por la voluntad popular.
El Alcalde acompañado por sus funcionarios (gerentes, subgerentes, jefes de área, etc.) ejercen la labor ejecutiva y de administración de los bienes y servicios municipales; a su vez, los regidores (reunidos en consejo) ejercen función normativa (mediante acuerdos y ordenanzas) y fiscalizadora de la labor del alcalde y sus funcionarios, aunque el Alcalde reserve para sí la facultad de reglamentar las ordenanzas mediante decretos.
Entonces lo real es que los (buenos) regidores para desarrollar su labor fiscalizadora requieren de expedientes de obras, tener acceso a las liquidaciones, revisar las rendiciones de gastos, que las subastas sean públicas y transparentes, que no existan componendas entre funcionarios y proveedores, en fin, una profusa revisión documentaria contrastada con inspecciones de campo y algunas veces, el asesoramiento de un perito; pero a los funcionarios esto obviamente les incomoda y abiertamente niegan (y la más de las veces con la complicidad del alcalde) los documentos y tratan de llevar los actos de administración con el mayor secretismo para evitar ser fiscalizados; esta constante pugna entre la administración y la fiscalización es la tesis y antítesis prevista en el ordenamiento legal; infelizmente y no pocas veces es llevado al plano personal; pero aclaremos, es de interés del ciudadano (contribuyente) que exista la fiscalización de los regidores al Alcalde y sus funcionarios, ello debería conllevar a evitar que se dilapide los recursos municipales en actos de corrupción.

EL PODER DE LA PRENSA... AMARILLA...
Por supuesto hay cierta prensa amarilla anclada sobre todo en provincias que tergiversan las funciones y los motivos del regidor en su labor de fiscalización, y ello responde las más de las veces al interés económico de la prensa amarilla porque en provincias el gran empleador de los medios de comunicación (radio, televisión y prensa escrita) es el Alcalde, el mismo que maneja un nada despreciable presupuesto para gastos en prensa, por el contrario un regidor no gana un sueldo sino las más de las veces una magra dieta tres veces menor que el sueldo del alcalde y casi siempre inferior a los sueldos de los altos funcionarios y que además y por ley, no puede manejar presupuestos, casi siempre se convierte en victima preferida de la prensa amarilla y parametrada que cuida los intereses del alcalde y sus funcionarios cual mastín que impide que un visitante se acerque a su amo.

AGARRADITOS LOS DOS... AMARRADITOS LOS DOS...
Cuando el Alcalde y regidor van agarraditos de la mano a cuanta ceremonia organiza el municipio; en las votaciones del Consejo el regidor vota sin previa discusión a favor de las mociones del Alcalde; cuando vemos que encubierta o abiertamente el regidor asume labores administrativas; esta constantemente en migas con los funcionarios, entonces preocupémonos, posiblemente la lógica de la democracia no esté funcionando y , la fiscalización, labor fundamental del regidor está siendo nula o casi nula y la corrupción campea en la administración pública y si no recordemos el caso FINVER, caso emblemático de la corrupción en la provincia de Cañete y para que sucediera esta orgía con los fondos municipales previamente hubo de conseguir regidores genuflexos ante el poder del Alcalde que con dadivas y gollerías compro la conciencia y el voto de los llamados a fiscalizar.

NUEVO IMPERIAL
Pero es del caso que debemos referirnos a los hechos acontecidos recientemente en la municipalidad de Nuevo Imperial y concretamente a dos hechos relevantes: la negativa de los regidores a un acto que compromete una modificatoria presupuestal y el acto denunciado por los regidores referidos a que el Gerente Municipal presidio o pretendió presidir una sesión de concejo cumpliendo un pedido de la Alcaldesa.

CUIDADO...
Cierto es que la modificatoria presupuestal compromete un dinero que da factibilidad a obras a favor de la comunidad, pero ello no puede facultar a la Alcaldesa a exigir el voto de los regidores sin que antes ellos hayan tenido la documentación del caso y con la anticipación debida en estricto cumplimiento de la 27972 (artículo 14) que facilite su labor de fiscalización, exigir lo contrario simplemente significa «no importa que robe si hace obras», frase completamente inaceptable que no solo es una agresión a los valores sino también atenta que con el mismo presupuesto se puedan acometer nuevas obras, porque este presupuesto es succionado por la voracidad de la corrupción.
Pero si la actuación anterior de la alcaldesa es un atropello a la transparencia y por supuesto a la fiscalización de los regidores, el que un Gerente municipal presida una sesión de concejo es un atropello al principio de la separación de poderes de Montesquieu y por supuesto sancionable administrativamente: la actuación dolosa del funcionario puede ser causal de cese por acuerdo de concejo (art´9 y 27 de la LOM) y la actuación de la alcaldesa puede ser pasible de suspensión y es que hay un precedente reciente de un alcalde que permitió que su cuarto regidor presida una sesión cuando debía corresponder al primer regidor, bueno el JNE le impuso treinta (30) días de suspensión por esta falta, indudablemente la falta de la alcaldesa nuevo imperialina es significativamente más grave y podría ser pasible de igual o mayor sanción.

II ASAMBLEA DEL CONSEJO PARTICIPATIVO REGIONAL DE EDUCACIÓN SE REALIZARÁ EN CAÑETE

La institución educativa Nº 20135, ubicada en el distrito en Chilca – Cañete, será sede de la II Asamblea del Consejo Participativo Regional de Educación (COPARE) de la región Lima, a realizarse este viernes 18 de mayo a partir de las 9 de la mañana.
Para dicha asamblea se ha propuesto en agenda los siguientes puntos: Plan de Lanzamiento del Proyecto Educativo Regional – «PER Caral 2021»; informe sobre la implementación de los Programas de Educación Logros de Aprendizaje del II ciclo de Educación Inicial, Educación Primaria y Educación Secundaria de la Educación Básica Regular para el periodo lectivo 2012; avances en la implementación del Proyecto de Inversión Pública «Desarrollo de capacidades de los actores educativos de la Educación Básica Regular en 13 distritos de la región Lima», entre otros.
Asistirán a la asamblea los directores, jefes del área de gestión Pedagógica e Institucional y especialistas de Planificación de las nueve unidades de gestión educativa local de la región Lima, así como los representantes de la Sociedad Civil.
La jornada de trabajo estará dirigida por el director regional de Educación de Lima Provincias, Prof. Ricardo Dolorier Urbano, como presidente del COPARE, quien estará acompañado por funcionarios de la DRELP.
Previo a la realización de la asamblea, los representantes de la Secretaría Técnica del COPARE se reunirán el jueves 17 de mayo, con el objetivo de tratar la propuesta de proyectos de inversión pública en el sector Educación, que deberá ser considerada en el Presupuesto Participativo 2013.

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA LLEVARÁ A CABO LANZAMIENTO REGIONAL DEL PLAN QUIOSCOS ESCOLARES SALUDABLES 2012

Este jueves 17 de Mayo, el Gobierno Regional de Lima y la Dirección Regional de Salud, realizarán el «Lanzamiento Regional del Plan de Quioscos Escolares Saludables 2012» en la Institución Educativa «Los Naturales», de la provincia de Huaral, con la finalidad de contribuir a mejorar el estado nutricional de los escolares y de la comunidad educativa en general, promoviendo el consumo de alimentos inocuos y nutritivos en los quioscos de las Instituciones Educativas de la Región Lima.
El Director Regional de Salud, Dr. Marco Antonio Montoya Cieza, informó que según la Encuesta Global de Salud 2010, realizada en 50 Instituciones Educativas en 16 regiones del país; el 28,6 % de estudiantes prefieren no moverse de su asiento, ni hacer deporte y el 10,7% tiene hábitos alimentarios negativos. Ante esta problemática el Gobierno Regional de Lima viene realizando acciones de intervención integral entre la DIRESA-LIMA y la Dirección Regional de Educación de Lima Provincias (DRELP), en aspectos de nutrición y salud preventiva promocional, ya que en las instituciones educativas, se presenta una importante oportunidad de combatir los problemas de inseguridad alimentaria y de malnutrición.
Asimismo, señaló que la etapa escolar es la clave para la adquisición de hábitos en la alimentación y nutrición saludable. «Muchos de los buenos hábitos de los niños aprendidos en la escuela, son asimilados por los adultos, por lo que estas intervenciones pueden apoyar a generar cambios a nivel familiar y comunitario», precisó
Esta iniciativa multisectorial impulsada por el Presidente Regional, Ing. Javier Alvarado, tiene como propósito ofrecer a los menores en etapa escolar, alimentos de primera calidad como frutas y verduras, dejando de lado la denominada comida chatarra. «Consumir frutas y verduras hará posible que nos alejemos de la comida chatarra, que solo nos trae malos hábitos de alimentación y enfermedades que luego tenemos que lamentar. Queremos hacer que la escuela se convierta en un escenario de cambio con la prevención en salud», finalizó el Dr. Marco Montoya.
Es preciso señalar que se viene trabajando de manera articulada con la Dirección de Educación para la Salud, Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental de la DIRESA y la DREL-P, para la implementación de Quioscos Escolares Saludables en la Región Lima, realizando esta intervención en 199 Instituciones Educativas Públicas de Nivel Primario y Secundario, así como la vigilancia sanitaria a 238 quioscos escolares en la Región.

EN CERRO CANDELA CONTINUAN TALLERES DE SENSIBILIZACIÓN A SOCIEDAD CIVIL PARA PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2013

La Municipalidad Distrital de Imperial, a través de la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Centros Poblados, ha iniciado una serie de talleres de capacitaciones descentralizadas a la sociedad civil para que se ilustre sobre el presupuesto participativo del año 2013.
Los talleres se iniciaron en Vista Alegre y continuarán hasta el 04 de junio, siendo los lugares a visitar los siguientes:
Cerro Candela: Mamariana y Los Angeles, 16 de mayo
San Isidro: El Establo, San Isidro Chico, San Ambrosio, Santa Teresa, Compradores Alto, medio y bajo, 18 de Mayo.
Alto Valle Hermoso, 20 de mayo
Cantagallo, 21 de mayo
San Benito: Nuevo Amanecer, Sr. De Cachuy, Naranjal, Platanal, Eucaliptos, 23 de mayo.
Cerro Alegre: La Huerta y La Alameda, 25 de mayo
Villarreal y Santa Gliceria, 28 de mayo
Asunción 8: La Primavera, Cocharcas, Luis Felipe de las Casas, Alto Alianza y La Esperanza, 30 de mayo
Josefina Ramos: El Sol, María Magdalena y Buenos Aires, 01 de junio
Ramos Larrea y San Antonio, 04 de junio.
Se espera la participación activa de la población para que se informe adecuadamente de su valiosa presencia en el proceso del presupuesto participativo para el próximo año 2013.

MATINOTAS POLICIALES

«TARZAN» SE SUICIDÓ EN CHILCAL
Muchos recordarán a José Alfonso de la Cruz Quesada de 45 años conocido por todos como «Tarzán», como un buen padre y esposo que dio todo por su familia. Pero en los últimos días, él se encontraba sumido en una fuerte depresión antes de tomar la decisión de autoeliminarse afligido por un proceso judicial que ya había perdido.
La decisión habría sido tomada por parte de «Tarzán» quien disparó la escopeta retrocarga en su cabeza. Su cuerpo fue hallado sin vida por el agricultor Raúl Víctor Carhuallanqui Huamán (38) en sus campos de cultivo de vid en la parcela N° 24 de chilcal, a las 8 de la mañana del último martes cuando iba a comenzar con sus labores habituales.
Hasta el lugar llegaron sus familiares que escenificaron desgarradores escenas de dolor por la pérdida irreparable. La Dra. Lita Sánchez Tejada, Fiscal Titular de la 1ra. Fiscalía Penal se hizo presente al lugar de los hechos con personal del Instituto de Medicina Legal para el levantamiento y traslado del cadáver a la morgue de San Vicente al promediar las 10:45 de la mañana.
Actualmente las investigaciones vienen siendo realizadas por personal de la DEPICAJ-DIVPOL-CAÑETE.

EN CHILCA HALLAN ARMAS DE FUEGO EN PATIO DE VIVIENDA
Ingrata sorpresa se llevó Zulema Estrella Zuloaga Zanelli de 65 años cuando realizaba cuidados de mantenimiento en su vivienda ubicada en el distrito de Chilca. En el patio de su casa encontró un costal en cuyo interior había 2 escopetas con ropa usada.
Consternada por el hallazgo dio parte de la ocurrencia a la policía del sector que llegó a su vivienda para encontrar el armamento: Una (01) escopeta retrocarga marca «NEW HAVEN, BY MOSSBERG, MADE IN USA, 666 AT -12GA», en mal estado de conservación (con las partes metálicas oxidadas) y Una (01) escopeta tipo artesanal, sin marca, ni número de serie a la vista, con su estructura completamente oxidada y en mal estado de conservación.
El inmueble está ubicado en la Av. Virrey Amat N° 650 – Las Salinas - Chilca, y no es habitada con regularidad por su propietaria, quien según indica, cada veinte a treinta días visita dicho bien con el propósito de darle el cuidado respectivo.

REALIZAN OPERATIVO «CONTROL DE TRÁNSITO» EN SAN VICENTE
De otro lado, continúan los operativos de tránsito por parte de nuestra policía nacional del Perú en el distrito capital de la provincia de Cañete con la finalidad de erradicar la informalidad en el transporte público de pasajeros.
Esta vez se intervino a 49 conductores de vehículos mayores y menores.
El resultado es el siguiente: 49 vehículos intervenidos con 6 papeletas impuestas por infracción a la ley del tránsito.

ASALTARON DISCOTECA ANUBIS EN SAN VICENTE
Sábado de discoteca con música, cerveza y buena compañía cae a pelo a muchos que se van de farra los fines de semana. Por supuesto que la seguridad está garantizada para evitar percances entre los asistentes pero no para el hampa organizada.
Es así que el último domingo 13 de mayo al promediar las 6 y 20 de la mañana cuando sacaban cuentas de la venta de la noche, 3 personas fuertemente armadas redujeron al vigilante para luego maniatar a los trabajadores y apoderarse de S/. 7,000 nuevos soles. Emprendiendo la fuga con rumbo desconocido.
Ana Olaychea Pizarro de 46 años propietaria de la discoteca ANUBIS hizo la denuncia. La constatación policial determinó que no hubo forcejeo para el asalto y menos violencia para ingresar. El vigilante Andy Nelson Sánchez Pizarro de 34 años fue golpeado con la cacha del revolver que los delincuentes empleaban; mientras que Eric Lucio Gonzales Avellaneda (25), Irma Mariela Murga Tovar y Cristian Hugo Gutiérrez Quispe de 19 años fueron agredidos por los delincuentes en diferentes partes del cuerpo.
La identificación y captura de los delincuentes es cuestión de horas; uno de ellos es de contextura gruesa y los otros de contextura normal. Se presume que días antes la gavilla de delincuentes habría estado en el interior de la discoteca planeando el atraco.

QUINCEAÑERO MUERE EN QUILMANA TRAS ACCIDENTE
Salir a dar un paseo en bicicleta le costó la vida a Eyner Cuya Neyra de 15 años de edad el último domingo en Quilmana al promediar las 8:15 de la noche.
Los hechos sucedieron cuando Eyner manejaba su bicicleta a la altura del grifo «Celestino» cuando hizo su aparición violenta la moto lineal negra Pulsar conducida por Wilfredo Avendaño Ricardo de 37 años quien atropelló al menor.
El impacto fue tan fuerte que el cuerpo del quinceañero fue lanzado al pavimento llegando cadáver al Centro de Salud del distrito quilmaneño, donde el Dr. Ricardo Laura Verano diagnosticó traumatismo encéfalo craneano grave.
Mientras que Wilfredo Avendaño fue trasladado al hospital Rezola por encontrarse en estado de gravedad donde se viene recuperando.

EDICTOS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, en mérito al Exp. Adm. Nº 717-2012-MDCA, doña Juana Rosa Huapaya Malasquez, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE DEFUNCIÓN de su señora madre Desideria Ada Malasquez de Huapaya, inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 38, folio 01214326, año 2010, que erróneamente se ha consignado:
EN EL RUBRO APELLIDOS Y PRE-NOMBRES DEL CONYUGE:
Dice: HUAPAYA BASTANTE LEONIDAS
Debe decir: HUAPAYA BASTANTE LEONIDAS MARINO
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC. Cerro Azul, 15 de Mayo de 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 4433-2012, doña Susy Gloria Abregú Mateo, solita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 155, folio 14, año 1963, en el extremo que se consigna como nombre de los padres de la titular FERMIN ABREGU y CRISTINA MATEO, siendo lo correcto FERMIN ABREGU ACUÑA y ALEJANDRINA CRISTINA MATEO HUAPAYA. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 15 de Mayo de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 4432-2012, doña Consuelo Violeta Abregú Mateo, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 143, folio 3, año 1961, en el extremo que se consigna como nombre de los padres de la titular FERMIN ABREGU y CRISTINA MATEO, siendo lo correcto FERMIN ABREGU ACUÑA y ALEJANDRINA CRISTINA MATEO HUAPAYA. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 15 de Mayo de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 4431-2012, doña Margarita Elena Abregú Mateo, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 123, folio 95, año 1957, en el extremo que se consigna como nombre de los padres de la titular FERMIN ABREGU y CRISTINA MATEO, siendo lo correcto FERMIN ABREGU ACUÑA y ALEJANDRINA MATEO HUAPAYA. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 15 de Mayo de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 4428-2012, don Alexander Jorge Abregú Mateo, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 102, folio 46, año 1952, en el extremo que se consigna como nombre de los padres de la titular FERMIN ABREGU y CRISTINA MATEO, siendo lo correcto FERMIN ABREGU ACUÑA y ALE JANDRINA CRISTINA MATEO HUAPAYA. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 15 de Mayo de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 4430-2012, don Fermin Eduardo Abregú Mateo, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 112, folio 133, año 1954, en el extremo que se consigna como nombre de los padres del titular FERMIN ABREGU y CRISTINA MATEO, siendo lo correcto FERMIN ABREGU ACUÑA y ALEJANDRINA CRISTINA MATEO HUAPAYA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 15 de Mayo de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 4384-2012, don Alejandro Bustamante Napan, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro, folio 133, año 1954, en el extremo que se consigna como nombre del padre del titular ALEJANDRO BUSTAMANTE, siendo lo correcto ALEJANDRO BUSTAMANTE SANCHEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 15 de Mayo de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

EDICTOS DE FAMILIA Y PENAL
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA.- Juez Castillo; cita y emplaza:
EXP. 268-2007, a CESAR AUGUSTO ROMERO ZAVALA, para diligencia de Lectura de Sentencia, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Día:21.05.2012. Hora:03:45 p.m. Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-Lesiones Culposas Graves. Agraviado: Cristhiam Anaya Javier. Secretario: Caceda.

JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA; Juez: Chipana; ha ordenado publicar:
EXP.- 2012-03; Resolución 07 de fecha 04.05.12: DECLARA CONSENTIDA la resolución 06 de fecha 16.04.2012, REMITASE los actuados al archivo definitivo. Delito: FALTAS CONTRA LA PERSONA-LESIONES. Imputada: Mónica Mabel Yactayo Reyna. Agraviada: Rosa Viterina Reyna de Yactayo .Secretaria: Yeren.
16, 17 y 18 de Mayo.

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 4050-2012, doña Nancy Mascaro Francia, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Jairo Youri Egos Mascaro, inscrita en esta Municipalidad en el libro 423, folio 60791254, año 1999, en el extremo que se consigna como nombre del padre del titular WILLIANS EGAS DELGADO, siendo lo correcto WILLIAM SANTIAGO EGOS DELGADO, asimismo se ha consignado como apellido paterno del titular EGAS, siendo lo correcto EGOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 15 de Mayo de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe


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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

FE DE ERRATAS
ORDENANZA MUNICIPAL N° 008-2012-MDI

Mediante Oficio N°233-2012-ALC-MDI la Municipalidad Distrital de Imperial solicita se publique la Fe de Erratas de la Ordenanza Municipal N°008-2012-MDI publicada en la edición del día 15 de Mayo del 2012.

DICE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la AMPLIACION por un plazo de cinco (05) días la atención y expedición de PERMISOS DE OPERACIONES a las Empresas de Servicio de Transporte Público que a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ordenanza han presentado su solicitud y se encuentran en trámite; así como aquellas solicitudes nuevas que se presentasen con la finalidad de proceder a la regularización y formalización del servicio de moto taxis en el Distrito de Imperial y por las razones descritas en el considerando.

DEBE DECIR:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la AMPLIACION por un plazo de tres (03) días la atención y expedición de PERMISOS DE OPERACIONES a las Empresas de Servicio de Transporte Público que a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ordenanza han presentado su solicitud y se encuentran en trámite; así como aquellas solicitudes nuevas que se presentasen con la finalidad de proceder a la regularización y formalización del servicio de moto taxis en el Distrito de Imperial y por las razones descritas en el considerando.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA

RESOLUCION DE ALCALDIA N° 001-2012-AL/MDCH

Chilca, 02 de Enero del 2012

El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chilca – Provincia de Cañete, departamento de Lima:

VISTO:
El Informe N° 001-2012-GM/MDCH, emitida por la Gerencia Municipal en su calidad de presidente de la Comisión Especial del Concurso Público de Méritos para cubrir las plazas de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo de esta Municipalidad en el que se indica el resultado del concurso de méritos.

CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante resolución de Alcaldía N° 025-AL/MDCH, de fecha 23 de Noviembre del 2011 se aprobaron las bases administrativas del concurso de méritos para la selección de un Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Chilca, conforme a las disposiciones contenidas en la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley 27204, Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es de confianza, decreto legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90-PCM;

Que, el concurso público de méritos están sujetos a un riguroso proceso de selección que es llevado a cabo por la citada comisión con el objeto de tener funcionarios con una excelente preparación que conlleven a llevar un adecuado desenvolvimiento de la gestión municipal en referente a la ejecución coactiva;

Que, el ejecutor coactivo y auxiliar coactivo será cubierto conforme a lo señalado en la Ley 27204, previo concurso público, para cumplir las funciones y/o actividades que dispone la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, plaza que se encuentra considerada en el cuadro de asignación de personal CAP, percibiendo una remuneración de carácter permanente, para cuyo efecto deberá expedirse el acto administrativo correspondiente;

Que, en mérito a las atribuciones conferidas en el numeral 6 y 28 del artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y contando con el Visto Bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y la Gerencia de Asesoría Jurídica.

SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al abogado ALAN ELEAZAR SECLEN PEREZ, identificado con DNI N° 42469290, en el cargo de Ejecutor Coactivo y DESIGNAR al Bachiller en Derecho al señor WILDER DENNIS PALMA GARCIA, identificado con DNI N° 44179110, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Chilca, provincia de Cañete y departamento de Lima.

Artículo Segundo.- El gasto que origina el cumplimiento de la presente resolución se AFECTARA a la partida específica correspondiente del presupuesto municipal.

Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente resolución a las áreas pertinentes.

Artículo Cuarto.- Disponer a la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE

Alfredo R. Chauca Navarro
Alcalde