04 abril 2012

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA LOGRA 4º UBICACION EN EJECUCION DE INVERSIONES

La meta planteada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) fue del 15% para poder otorgar incentivos económicos... el Presidente Regional Javier Alvarado mencionó hace unos días atras que habían llegado al 19%, pero lo que muestran las cifras de Transparencia Económica del MEF al 31 de Marzo (primer trimestre del año) es que han llegado al 24.6% de la Ejecución de inversiones.

Evidentemente es un logro teniendo en cuenta que en el primer trimestre «los avances son lentos, por la ocurrencia de fenómenos naturales que suelen presentarse en este período, hecho que ha sido visible en varios departamentos del interior del país» como lo señala el congresista Juan Carlos Eguren en su informe trimestral. 

En la Región Lima, como provincia nos encontramos en el 6º lugar con 14.5% de ejecución de inversiones superando a Huaral, Yauyos y Cajatambo.

Respecto a la Provincia de Cañete, la Municipalidadde Coayllo obtiene el primer lugar con el 26.8% de ejecución de inversiones, seguido por Pacarán con 24.6% e Imperial con 23.6%. La Municipalidad Provincial se encuentra en el 11º lugar con el 10.3% de ejecución de inversiones.

EJECUCIÓN DE PLANES ANUALES SEGÚN LA OSCE

En la Región Lima, la Sede Central del GRL de más de 82 millones convocados al 31 de Marzo ha ejecutado solo el 52.13%, la Unidad Ejecutora Lima Sur de 16 millones y medio solo ha realizado un avance del 22.3%. Lo que llama a preocupación es que hay dependencias donde no se ha ejecutado absolutamente nada de lo programado: la SBS de Cañete-Yauyos (tenía programado 1’250,361); la UGEL 09 (tenía programado 916,365.00); la Dirección Regional de Agricultura (tenía programado 889,869.00) y la DRELP (tenía programado 390,720.00).

MALA: 100%

En la provincia de Cañete, la Municipalidad de Mala se lleva las palmas toda vez que ejecutó el 100% de lo convocado (4’524,126.39), seguida por Calango con el 91.47% (2’931,055.98), luego viene Imperial con el 86.59% (515,896.43). La gestión de la Sra. María Montoya, en la provincial,  se ubica en el puesto 10 dentro de los 16 distritos de Cañete con una ejecución de 6.81% (ejecutó 1’472,869.32 de un total programado de 21’629,825.99). Quienes no han ejecutado nada se encuentran: Nuevo Imperial (programado 1’359,276 y tuvo un avance de 0%);  Chilca (programado 4’463,589, avance 0%) y Santa Cruz de Flores (programado con 758,916.72, avance 0%).

Reparar que en el portal OSCE no se menciona a Pacaran ni a Coayllo.

¿ES SOLO CULPA DEL PERIODISMO QUE HAYA MERCADERES DE LA INFORMACIÓN EN CAÑETE?

Quienes tenemos cuentas en las redes sociales, entre ellas facebook, hemos visto en los últimos días ataques enconados en contra de comunicadores sociales de Cañete a quienes se les acusa entre otros desatinos - sin ser eufemistas - de ser unos reverendos mermeleros. Si se tiene razón o no para endilgar tales apelativos a algunos personajes de la comunicación no es el momento de discutirlo.

Pero veamos algunos conceptos. Quedó claro que:

La objetividad periodística es más que nada un ideal. A dos personas testigos de un mismo hecho relatan el mismo de manera diferente.

El periodista responsable tiene -o debe tener- sustento para cada afirmación de sus notas y no basarse sólo en subjetividades. 

Sin embargo aquí se omite una y otra vez un tercer factor que haría que la comunicación sea realmente objetiva: el del lector crítico: Si el ciudadano no aprende a valorar la noticia, comprendiendo primero el tema de la objetividad y subjetividad, pero a la vez alerta por el hecho de que la nota no tenga más que juicios de valor sin sustento tangible, entonces podrá ser manipulado para uno u otro fin. 

Sí, en efecto, el periodista debe ser responsable pero el oyente/lector/radioescucha/internauta también debe ser un duro crítico de lo que se le informa. No aceptar a rajatabla si algún comunicador le repite una y otra vez por ejemplo que una autoridad es la última reserva moral de tangamandapio o si el presidente del más allá le dice que está trabajando. 

Sólo con oyentes/lectores/radioescuchas/internautas que no se crean todo lo que les diga ya no será tan escandaloso descubrir la debilidad pecuniaria de un seudo periodista en Cañete.

CONSTRUCCION CIVIL ADMITE PRESENCIA DE EXTORSIONADORES EN SU GREMIO... Y PIDE ESTRATEGIA INTEGRAL PARA COMBATIRLOS...

El gremio de Construcción Civil pidió al Gobierno que aplique una estrategia integral de fortalecimiento de la seguridad ciudadana, a fin de acabar con las mafias que extorsionan a las empresas y trabajadores de ese sector.

Tras advertir que, lamentablemente, la ola de extorsiones se está extendiendo a otros sectores, el secretario general de la CGTP, Mario Huamán, remarcó que ya es momento de afrontar este problema de manera integral.

El dirigente señaló que solo en Lima operarían 28 de estas mafias y que a nivel nacional hay cientos de estas organizaciones.

Señaló que para pedir una acción más decidida por parte de las autoridades, los afiliados a la CGTP realizarán el miércoles 11 una movilización, en primer lugar al Ministerio de Trabajo, para presentar su pliego de reclamos, y luego se dirigirán hacia el Congreso de la República.

En la sede del Legislativo, ese gremio pedirá el endurecimiento de las penas para el delito de extorsión como una forma de frenarlo.

EL CHOLO JACINTO UNO DE LOS CABECILLAS

Según dijo Huamán, el delincuente Jacinto Aucayauri Bellido, (a) Cholo Jacinto, sería uno de los cabecillas de esas mafias que ordenaría la extorsión a las empresas constructoras desde la cárcel.

El dirigente gremial dijo que la banda de Aucayauri le habría pedido como cupo a la empresa brasileña OAS el dos por ciento de la inversión que hará en el proyecto Vía Parque Rímac, es decir 14 millones de dólares.

«Pero no solo es contra las constructoras. También los trabajadores son blanco de los extorsionadores a quienes les piden 300 soles para ingresar a un trabajo y 50 soles semanales para dejarlos trabajar tranquilos», comentó en conferencia de prensa ofrecida en la sede de su gremio.

MUNDIALISTA «PACO» MANZO Y CPC ERLY LÁZARO, APADRINAN OBRAS DE ALCANTARILLADO Y CONEXIONES DOMICILIARIAS

El mundialista Rodulfo «Paco» Manzo y el CPC Erly Lázaro Vicente, apadrinaron una importante obra del sistema de red de alcantarillado y conexiones domiciliarias que beneficiará a más de 150 familias de los sectores de UPIS – San Cristóbal y Vía Jesús Salvador del distrito cañetano de San Luis.

La ceremonia de la entrega formal de las obras, se realizó el último fin de semana en la losa deportiva del lugar en presencia de más de un centenar de vecinos que estaban alborozados por alcanzar un sueño postergado de hace más de 20 años.

El lugar, conocido como «el cerrito» y donde pernoctan en su mayoría familias procedentes de la zona andina de nuestro país,  concitó gran expectativa entre las autoridades edilicias locales y personas invitadas.

«El proyecto se hace realidad gracias al apoyo en conjunto entre la Municipalidad Distrital de San Luis, población y EMAPA – Cañete, quienes pusieron los materiales, mano de obra y la orientación técnica», dijo el presidente del directorio Erly Lázaro Vicente.

Precisó que el objetivo de EMAPA – Cañete, no es sólo «dejar al libre albedrío las aguas servidas de las comunidades», sino ejecutar el proyecto ambicioso de la construcción de una planta de tratamiento para San Luis» y se  espera hacer realidad pronto.

RODULFO «PACO» MANZO

Por su parte, Rodulfo «Paco» Manzo, quien vistió la casaquilla peruana en el Mundial de Argentina 78, tras su retorno de Italia, se sintió orgulloso que la zona donde practicaba el deporte en su niñez y juventud, mejore la calidad de vida.

«Lo más importante no son las autoridades, sino ustedes que han hecho realidad esta obra», manifestó Rodulfo «Paco» Manzo dirigiéndose a la población de quien siempre remarca su afecto y cariño por compartir anécdotas inolvidables.

Tras culminar la ceremonia procedieron con la ruptura del tradicional champang en medio de la algarabía de los pobladores para luego proceder con el banquete que consistió en una pachamanca ayacuchana y como fin de fiesta la presencia de una artista vernacular que deleitó a los asistentes..

NUEVO AYACUCHO RENUEVA SU FE Y ESPERANZA CON LA CELEBRACIÒN DE LA SEMANA SANTA... 

Con un acto litúrgico por Domingo de Ramos que rememoró los pasajes más importantes de los últimos días de vida de nuestro Señor Jesucristo, la feligresía católica del CP Nuevo Ayacucho, inició la festividad por Semana Santa en la «frontera viva» de Cañete.

La festividad concitó gran expectativa en la zona, cuyos devotos jamás renunciaron a sus creencias y, muy por el contrario, en una prueba de fe y esperanza, renovaron su compromiso de mantener la tradición en la azolada pampa.

La organización que recayó en un grupo de «damnificados» del terremoto del 2007 de Cañete, encabezados por don Gumercindo Peláez y doña Elvia Hernández, superaron todas las expectativas.

La Jueza de Paz del lugar, Susana Carrera, quien fungió de coordinadora, congregó a un buen grupo humano para los preparativos del ingreso triunfal del «Jesús Nazareno»  montado en su burrito a «la tierra prometida».

El párroco del lugar, Rp. Manuel Escate, escogió a cuatro vecinos entre ellos al alcalde, Joaquín Ayala, para ser partícipes de la lectura de los pasajes de la Semana Santa, acto que fue atentamente vigilada por los feligreses.

«La Semana Santa debe servir como un acto de fe de renovación. Es tiempo de reflexionar, perdonar y cambiar en sí. El cambio está en uno, no en otros lares», manifestó el párroco.

La festividad continuó con el recorrido procesional de la sagrada imagen del Señor Nazareno en medio de las palmas y olivos, ofreciéndose posteriormente el tradicional ponche ayacuchano, su respectivo pan y coctel ayacuchano.

Los actos litúrgicos por Semana Santa, continúan el Miércoles Santo con una Misa, ofrecida por los hermanos Eddy y Guillermo Mora, artistas ayacuchanos que tallaron la imagen del Jesús Nazareno que hoy ase encuentra en este lugar.

PROVINCIA DE CAÑETE RECIBE A MILES DE TURISTAS POR SEMANA SANTA DEL 01 AL 08 DE ABRIL

Con la bendición de los Ramos, el último domingo, en la plaza de armas de San Vicente, se dio inicio a los actos por Semana Santa en nuestra provincia.

El Obispo Prelado de Cañete y Yauyos, presidió el acto de bendición de palmas y olivos, símbolo que representa la entrada triunfal de Jesús, antes de dar inicio a los días santos para finalmente celebrar la Pascua de resurrección.

TURISTAS LLEGAN A CAÑETE POR SEMANA SANTA

La alcaldesa provincial, María Montoya Conde, dio a conocer que con motivo de la Semana Santa, miles de turistas vienen visitando nuestra provincia, por lo que invitó a participar de la Solemne Misa Crismal que se realizará en la catedral el martes 03 de abril a las 07:00 pm., así como también el viernes Santo, en el que se recuerda las siete últimas palabras de Cristo en la Cruz; de igual forma, el sábado santo, se ha programado la Solemne Vigilia Pascual y la procesión del domingo de resurrección.

LA PASION DE CRISTO... EN EL SANTUARIO MADRE DEL AMOR HERMOSO

De igual manera, la alcaldesa de la comuna cañetana, manifestó que durante estos días de recogimiento, en el Santuario Madre del Amor Hermoso, se desarrollaran diversas actuaciones de la Pasión de Cristo, donde pobladores del lugar, representarán a diversos personajes bíblicos durante la escenificación.

BUENA ATENCION AL TURISTA

Finalmente, Montoya Conde, exhortó a los establecimientos comerciales a poder atender con amabilidad y cordialidad a los turistas que visitarán estos días nuestra ciudad y los lugares turísticos que tienen nuestra provincia.

POLICIALES


BALEAN A AGRICULTOR EN COAYLLO


Dos balazos recibió en las piernas un agricultor en presencia de su esposa por parte de dos personas que lo acusaron de soplón en el anexo SOCSA del distrito de Coayllo.

La jornada de trabajo en sus sembríos de camote había culminado con normalidad para Luis Armando Valladolid Pariona de 35 años e Inés Hayde Rojas Reyna de 33 años. Los relojes marcaban las 7 y 40 de la noche del ultimo martes cuando dos personas preguntaron de quien era el sembrío de camote y al referirse Luis Valladolid como el propietario lo acusaron directamente de soplón y le dispararon en varias oportunidades dejándolo gravemente herido.

El estruendo fue tal que los vecinos salieron en su ayuda siendo trasladado al distrito de Mala para recibir las primeras atenciones y posteriormente ser trasladado al Hospital ESSALUD en San Vicente por la gravedad de las heridas.

El Diagnostico emitido por el medico de turno Dr. Miguel Santibáñez es «Herida Por PAF. Muslo De Pierna Derecha Con Orificio De Entrada Y Herida Por PAF. En Muslo Izquierdo Con Orificio De Entrada Y Salida».


«PEPE» FUE CAPTURADO CON 260 KETES EN IMPERIAL

De otro lado, el querer pasar desapercibido cuando trasladaba entre sus pertenencias más de 260 ketes de PBC por las calles de las Malvinas de Imperial… lo hizo presa del nerviosismo que al final delató a José Reynaldo Flores Muñoz de 23 años que intento fugar en una mototaxi siendo intervenido rápidamente por la policía nacional.

Todo sucedió el martes 3 de abril al promediar las 11 de la mañana, cuando realizaban su patrullaje de rutina los agentes del departamento de antidrogas de Cañete por el Asentamiento Humano Josefina Ramos Vda. de Gonzales Prada del Distrito de Imperial, notaron que a la altura de la Mz. C-23, José Flores caminaba presuroso y en actitud sospechosa.

No lo pensó dos veces al notar la presencia policial intentó darse a la fuga en una mototaxi pero el largo brazo de la ley le cayo. Al momento de realizarle el registro personal se le hayo en posesión de una bolsa plástica transparente con 260 envoltorios de papel cuadriculado con PBC.

Las investigaciones continúan por parte del ministerio público por la presunta comisión del Delito de Tráfico Ilícito de Drogas (Microcormecializacion de Drogas) y Comiso de PBC.


EN SAN LUIS... QUINCEAÑERA ESCAPA DE SU CASA

Nadie encuentra razón y motivo del porque Deysi María Flores Gonzales de 15 años escapó de su hogar el último sábado 31 de marzo en el centro poblado Laura Caller.

Deysi salió de su casa a las 5 de la tarde del domingo hacia la casa de una amiga en San Luis para hacer unos trabajos de colegio. Las horas pasaban y la noche llego rápidamente con la preocupación en sus progenitores por la demora.

Los relojes marcaban las 10 de la noche y unos vecinos informaron a los angustiados padres que cuando estaban en su establo Deysi había salido con unas mochilas con rumbo desconocido.

Actualmente el paradero y ubicación de la quinceañera es desconocido. Mientras tanto la policía nacional esta alerta para dar con la menor.


CAEN PERSONAS CON REQUISITORIA EN CAÑETE

Finalmente, en el distrito de Mala fue detenido Daive Yeferson Mercado Taquila de 22 años identificado con DNI. 45965790, por encontrase con orden de captura dispuesta por el juzgado de paz de San Juan de Miraflores, por faltas contra la paz pública.

De igual manera José Luis Martínez Bermúdez de 40 años, identificado con DNI. 80633270, domiciliado en Jr. Huancas M 624 san Carlos Huancayo. Por encontrarse con orden de captura por Omisión a la Asistencia Familiar. Solicitado por el 2do. Juzgado de instrucción penal de Huancayo.

En San Vicente, fue detenido José Reynaldo Flores Muñoz de 23 años, por el Delito de Tentativa de Hurto Agravado, Solicitado por el Juzgado Penal Especial Transitorio-Cañete.

Culminando con la detención de José Luis Quispe Arce de 18 años, por el presunto Delito Contra el Patrimonio.- Robo Agravado, en agravio del escolar, menor edad Jesús Miguel Quispe Sánchez (15); hecho ocurrido en los alrededores del Colegio José Buenaventura Sepúlveda, ubicado en la Av. Libertadores - San Vicente - Cañete.

ALCALDE DE CATAHUASI, CONTINÚA REALIZANDO OBRAS PARA EL DESARROLLO DE SU PUEBLO

El burgomaestre de la Municipalidad Distrital de Catahuasi, Abrahan Ascensio Quispe, dio a conocer los trabajos que viene ejecutando en favor de su comunidad correspondiente al presente año lectivo.

Entre los trabajos que destaca la actual administración, están: la construcción del hospedaje de la Comunidad Campesina de Catahuasi que está en el tercer nivel y servirá para obtener los recursos para los comuneros.

Otra de las obras es la construcción del Local Cultural de Catahuasi. Éste se ubicará en el pueblo antiguo y viene concitando una gran expectativa entre los pobladores del lugar.

La  construcción de la carretera Mollegrande – Cachuy, es otro de los proyectos que viene ejecutando la administración de Ascensio Quispe, producto del cual viene recibiendo el respaldo de la feligresía del lugar

«Es una obra que lo inició el ex alcalde Abraham Clemente y luego continuada por Josías Luciani Mateo. Nuestro objetivo es culminar de acuerdo al proyecto establecido»; manifestó Ascensio Quispe quien se compenetra con la población.   


MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE




ORDENANZA Nº 012-2012-MPC




Cañete, 27 de Marzo del 2012.


LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE


POR CUANTO:

El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; y,


CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución, en concordancia con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción. La autonomía que la Constitución Política del Estado establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;


Que, el Artículo 132º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que el procedimiento para la elección de Alcaldes y Regidores de las Municipalidades de Centros Poblados se regula por la ley de la materia;


Que, la Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, aprobada mediante Ley Nº 28440, en su artículo 2º, primer párrafo, establece que el alcalde provincial convoca a elecciones con ciento veinte (120) días naturales de anticipación al acto de sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad;


Que, el primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 28440, establece que las autoridades municipales de centros poblados que hayan sido electas bajo la vigencia de la Ley Nº 23853 culminarán su mandato a los cuatros (4) años contados a partir de su designación o elección, de conformidad con la Décima Segunda Disposición Complementaria de la Ley 27972;


Que, el primer párrafo de Artículo 4º de la Ordenanza Nº 011-2007-MPC, que aprobó el Reglamento para Elecciones, Revocatoria y Vacancia de autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete, establece que el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Ordenanza, convoca a elecciones de autoridades municipales con una anticipación de 120 días naturales al acto electoral;


Que, la División de Participación Vecinal mediante Informe Nº 044 -2012-SGPV-GDSPV-MPC, su fecha 16 de Marzo de 2012, señala que es procedente la convocatoria a elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado «RINCONADA DE CONTA», correspondiente a la jurisdicción del distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, adjuntando el proyecto de Ordenanza que convoca a elecciones en dicho Centro Poblado;


Que, la Subgerencia de Asesoría Jurídica, teniendo a la vista el Proyecto de Ordenanza que convoca a Elección de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado « RINCONADA DE CONTA», opina favorablemente a través del Informe Legal Nº 132-2012/AJ-MPC de fecha 20 de marzo de 2012;


Que, la Comisión de Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal a través del Dictamen Nº 002-2012-CDSPV-MPC, de fecha 21 de marzo del 2012, emite Dictamen favorable para aprobar la propuesta de la Ordenanza que convoca a Elección de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado «Rinconada de Conta», así como se eleve al Pleno del Concejo para su deliberación;


Estando a lo expuesto, y, en uso de las facultades contenidas en el numeral 8) del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial de Cañete por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente:


ORDENANZA:

QUE CONVOCA A ELECCION DE AUTORIDADES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO «RINCONADA DE CONTA» – DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL – PROVINCIA DE CAÑETE


ARTÍCULO 1º.
- CONVOCAR
para el domingo 12 de Agosto del 2012, a elección de Alcalde y Regidores de la Municipalidad del Centro Poblado «RINCONADA DE CONTA», jurisdicción del distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, conforme al cronograma de acciones y actividades que elabora la Subgerencia de Participación Vecinal.


ARTÍCULO 2º
.-
Las elecciones se regirán por la Ley Nº 28440-Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, la Ordenanza Nº 011-2007-MPC-Reglamento para las Elecciones, Revocatorias y Vacancias de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete, la Ley Nº 26864-Ley de Elecciones Municipales y la Ley Nº 26859-Ley Orgánica de Elecciones, en cuanto fuera aplicable.


ARTÍCULO 3º
.-
La Gerencia de Administración, Economía y Finanzas dispondrán los recursos que demande la aplicación de la presente Ordenanza.


ARTÍCULO 4º
.-
Encargar, a la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal, para que a través de la División de Participación Vecinal, de cumplimiento de la presente Ordenanza.


ARTÍCULO 5º.
- COMUNICAR
a la brevedad la presente convocatoria a elecciones al Jurado Nacional de Elecciones, conforme al artículo 2º de la Ley Nº 28440, debiendo adjuntarse el cronograma de acciones y/o actividades que deberá ser remitido a través de la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal.


ARTÍCULO 6º
.-
La presente Ordenanza tendrá vigencia al día siguiente de su publicación.


REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


MARÍA M. MONTOYA CONDE

ALCALDESA


MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE




ORDENANZA Nº 011-2012-MPC



Cañete, 27 de Marzo del 2012.


LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE


POR CUANTO:

El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; y,


CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución, en concordancia con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción. La autonomía que la Constitución Política del Estado establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;


Que, el Artículo 132º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que el procedimiento para la elección de Alcaldes y Regidores de las Municipalidades de Centros Poblados se regula por la ley de la materia;




Que, la Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, aprobada mediante Ley Nº 28440, en su artículo 2º, primer párrafo, establece que el alcalde provincial convoca a elecciones con ciento veinte (120) días naturales de anticipación al acto de sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad;


Que, el primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 28440, establece que las autoridades municipales de centros poblados que hayan sido electas bajo la vigencia de la Ley Nº 23853 culminarán su mandato a los cuatros (4) años contados a partir de su designación o elección, de conformidad con la Décima Segunda Disposición Complementaria de la Ley 27972;


Que, el primer párrafo de Artículo 4º de la Ordenanza Nº 011-2007-MPC, que aprobó el Reglamento para Elecciones, Revocatoria y Vacancia de autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete, establece que el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Ordenanza, convoca a elecciones de autoridades municipales con una anticipación de 120 días naturales al acto electoral;

Que, la División de Participación Vecinal mediante Informe Nº 043-2012-SGPV-GDSPV-MPC, su fecha 16 de Marzo de 2012, señala que es procedente la convocatoria a elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado «Augusto B. Leguía», correspondiente a la jurisdicción del distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, adjuntando el proyecto de Ordenanza que convoca a elecciones en dicho Centro Poblado;


Que, la Subgerencia de Asesoría Jurídica, teniendo a la vista el Proyecto de Ordenanza que convoca a Elección de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado « Augusto B. Leguía», opina favorablemente a través del Informe Legal Nº 131-2012/AJ-MPC de fecha 20 de marzo de 2012;


Que, la Comisión de Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal a través del Dictamen Nº 003-2012-CDSPV-MPC, de fecha 21 de marzo del 2012, emite Dictamen favorable para aprobar la propuesta de la Ordenanza que convoca a Elección de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado «Augusto B. Leguía», así como se eleve al Pleno del Concejo para su deliberación;


Estando a lo expuesto, y, en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial de Cañete por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente:


ORDENANZA:

QUE CONVOCA A ELECCIÓN DE AUTORIDADES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO «AUGUSTO B. LEGUIA» – DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL – PROVINCIA DE CAÑETE.


ARTÍCULO 1º
.- CONVOCAR
para el domingo 22 de Julio del 2012, a elección de Alcalde y Regidores de la Municipalidad del Centro Poblado «Augusto B Leguía», jurisdicción del distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, conforme al cronograma de acciones y actividades que elaborará la Subgerencia de Participación Vecinal.


ARTÍCULO 2º
.-
Las elecciones se regirán por la Ley Nº 28440-Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, la Ordenanza Nº 011-2007-MPC-Reglamento para las Elecciones, Revocatorias y Vacancias de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete, la Ley Nº 26864-Ley de Elecciones Municipales y la Ley Nº 26859-Ley Orgánica de Elecciones, en cuanto fuera aplicable.


ARTÍCULO 3º
.-
La Gerencia de Administración, Economía y Finanza dispondrá los recursos que demande la aplicación de la presente Ordenanza.


ARTÍCULO 4º
.-
Encargar, a la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal, para que a través de la División de Participación Vecinal, de cumplimiento de la presente Ordenanza.


ARTÍCULO 5º
.-
Comunicar a la brevedad la presente convocatoria a elecciones al Jurado Nacional de Elecciones, conforme al artículo 2º de la Ley Nº 28440, debiendo adjuntarse el cronograma de acciones y/o actividades que deberá ser remitido a través de la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal.


ARTÍCULO 6º
.-
La presente Ordenanza tendrá vigencia al día siguiente de su publicación.


REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


MARÍA M. MONTOYA CONDE

ALCALDESA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE




ORDENANZA Nº 010-2012-MPC



Cañete, 27 de Marzo del 2012.


LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE


POR CUANTO:

El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; y,


CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución, en concordancia con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción. La autonomía que la Constitución Política del Estado establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;


Que, el Artículo 132º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que el procedimiento para la elección de Alcaldes y Regidores de las Municipalidades de Centros Poblados se regula por la ley de la materia;


Que, la Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, aprobada mediante Ley Nº 28440, en su artículo 2º, primer párrafo, establece que el alcalde provincial convoca a elecciones con ciento veinte (120) días naturales de anticipación al acto de sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad;


Que, el primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 28440, establece que las autoridades municipales de centros poblados que hayan sido electas bajo la vigencia de la Ley Nº 23853 culminarán su mandato a los cuatros (4) años contados a partir de su designación o elección, de conformidad con la Décima Segunda Disposición Complementaria de la Ley 27972;


Que, el primer párrafo de Artículo 4º de la Ordenanza Nº 011-2007-MPC, que aprobó el Reglamento para Elecciones, Revocatoria y Vacancia de autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete, establece que el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Ordenanza, convoca a elecciones de autoridades municipales con una anticipación de 120 días naturales al acto electoral;


Que, la División de Participación Vecinal mediante Informe Nº 045-2012-SGPV-GDSPV-MPC, su fecha 16 de Marzo de 2012, señala que es procedente la convocatoria a elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado «La Quebrada», correspondiente a la jurisdicción del distrito de San Luis, adjuntando el proyecto de Ordenanza que convoca a elección en dicho Centro Poblado;


Que, la Subgerencia de Asesoría Jurídica, teniendo a la vista el Proyecto de Ordenanza que convoca a Elección de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado «La Quebrada», opina favorablemente a través del Informe Legal Nº 133-2012/AJ-MPC de fecha 20 de marzo de 2012;


Que, la Comisión de Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal a través del Dictamen Nº 004-2012-CDSPV-MPC, de fecha 21 de marzo del 2012, emite Dictamen favorable para aprobar la propuesta de la Ordenanza que convoca a Elección de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado «La Quebrada», así como se eleve al Pleno del Concejo para su deliberación;


Estando a lo expuesto, y, en uso de las facultades contenidas en el numeral 8) del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial de Cañete por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente:


ORDENANZA:

QUE CONVOCA A ELECCIÓN DE AUTORIDADES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO «LA QUEBRADA» – DISTRITO DE SAN LUIS – PROVINCIA DE CAÑETE


ARTÍCULO 1º
.- CONVOCAR
para el domingo 19 de Agosto del 2012, a elección de Alcalde y Regidores de las Municipalidad del Centro Poblado «La Quebrada», jurisdicción del distrito de San Luis, provincia de Cañete, conforme al cronograma de acciones y actividades que elaborará la Subgerencia de Participación Vecinal.


ARTÍCULO 2º
.-
Las elecciones se regirán por la Ley Nº 28440 - Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, la Ordenanza Nº 011-2007-MPC-Reglamento para las Elecciones, Revocatorias y Vacancias de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete, la Ley Nº 26864-Ley de Elecciones Municipales y la Ley Nº 26859-Ley Orgánica de Elecciones, en cuanto fuera aplicable.


ARTÍCULO 3º.
-
La Gerencia de Administración, Economía y Finanza dispondrá, los recursos que demande la aplicación de la presente Ordenanza.


ARTÍCULO 4º
.-
Encargar, a la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal, para que a través de la División de Participación Vecinal, el cumplimiento de la presente Ordenanza.


ARTÍCULO 5º
.-
Comuníquese a la brevedad la presente convocatoria a elecciones al Jurado Nacional de Elecciones, conforme al artículo 2º de la Ley Nº 28440.


ARTÍCULO 6º
.-
La presente Ordenanza tendrá vigencia al día siguiente de su publicación.


REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


MARÍA M. MONTOYA CONDE

ALCALDESA

EDICTOS


CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

PRIMER JUZGADO MIXTO DE CAÑETE

EDICTO JUDICIAL


Exp. Nº 310-2005 por ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN Nº 36.- Cañete 09 de Enero del año 2012 (…) NOTIFÍQUESE al codemandado: GUILLERMO CAPELLETI ZARATE, para que en el plazo de TREINTA DIAS, se apersone al proceso señalando domicilio procesal dentro del radio urbano de esta ciudad, en los seguidos por ASOCIACIÓN DE AGRICULTORES LOS ANGELES DE QUILMANÁ y RAUL LUDEÑA JIMENES y OTROS, sobre PROCESO DE NULIDAD DE ACTO JURÍDICO, bajo APERCIBIMIENTO de NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL y continuarse el proceso según su estado, en caso de incumplimiento. (…) PUBLÍQUESE en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «Al Día con Matices» de esta localidad un extracto de la Resolución 25, por TRES VECES con intervalo de tres días. José De la Cruz Vargas Juez; Fdo. Carlos Coñes Falcón Secretario Judicial.

Cañete, 28 de Marzo de 2012.

Carlos Coñes Falcón - Secretario Judicial - Primer Juzgado Mixto de Cañete

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 04, 12 y 18 de Abril.



AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA


La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 2282-2012, don Jorge Luis Bautista Sanchez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Carlos Augusto Soto, inscrita en esta Municipalidad en el libro 57, folio 22, año 1935, en el extremo que se consigna como nombre del padre del titular ALEJANDRO SOTO, siendo lo correcto: MANUEL ALEJANDRO SOTO SANCHEZ. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.

San Vicente, 30 de Marzo de 2012.

Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Jefe



AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA


La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 2526-2012, don Juan Antonio Juiguinta Cardoso, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 171, folio 4, año 1967, en el extremo que se consigna como nombre del padre del titular ANTONIO PABLO JUIGUINTA HERNÁNDEZ, siendo lo correcto PABLO ANTONIO JUIGUINTA FERNANDEZ. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.

San Vicente, 30 de Marzo de 2012.

Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Jefe



AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA


La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 2763-2012, doña Celestina Quispe Evangelista, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 315, folio 100, año 1988, en el extremo que se consigna como nombre del padre de la titular LUIS EDUARDO RIVAS SANCHEZ, siendo lo correcto: LUIS EDUARDO RIVAS SANTOS. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.

San Vicente, 03 de Abril de 2012.

Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Jefe



AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA


La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 3214-2012, doña Eudocia Julia Hidalgo Solis, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de José Moises Hidalgo Solis, inscrita en esta Municipalidad en el libro 77, folio 191, año 1943, en el extremo que se consigna como nombre de los padres del titular ANTOLINO HIDALGO y JULIA SOLIS, siendo lo correcto: ANTOLINO HIDALGO ARDILES y JULIA SOLIS BRUNO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 03 de Abril de 2012.

Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Jefe



AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA


La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 3214-2012, doña Eudocia Julia Hidalgo Solis, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 74, folio 144, año 1940, en el extremo que se consigna como nombre de los padres del titular ANTOLINO HIDALGO y JULIA SOLIS, siendo lo correcto: ANTOLINO HIDALGO ARDILES y JULIA SOLIS BRUNO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 03 de Abril de 2012.

Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Jefe


AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 3214-2012, doña Eudocia Julia Hidalgo Solis, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Pedro Antolino Hidalgo Solis inscrita en esta Municipalidad en el libro 75, folio 27, año 1942, en el extremo que se consigna como nombre de los padres del titular ANTOLINO HIDALGO y JULIA SOLIS, siendo lo correcto: ANTOLINO HIDALGO ARDILES y JULIA SOLIS BRUNO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 03 de Abril de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe