09 septiembre 2010

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
COMUNICADO
Se comunica a los usuarios de los servicios de justicia, abogados y litigantes, que ya se encuentran disponibles las Salas de Lectura de Expedientes, ubicadas en la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito en Av. Mariscal Benavides 657, en 2do. Piso; y en la sede Panamericana Sur Km. 144, San Vicente de Cañete.
Para solicitar la lectura de expedientes, se llenará un formato que se les facilitará en dichas salas en horario de 2.15 p.m. a 4.30 pm., de Lunes a Viernes.
El expediente será puesto a disposición en la Sala de Lectura correspondiente, al día siguiente de su solicitud, en horario de 9.00 a.m. 1.00 p.m.
Cañete, 07 de Setiembre del 2010
La Administración


EMPRESA DE TRANSPORTES VIRGEN DE FATIMA N° 5 S.A.
CONVOCATORIA
De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Social y la Ley General de Sociedades, se convoca a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, a todos los socios de la empresa para el día 14 de Setiembre del 2010, a horas 08:00 p.m., en primera convocatoria, en el local sito Av. Oscar Ramos Cabieses s/n., La Florida, distrito de Nuevo Imperial, para tratar la siguiente agenda:
1.- Remoción del Directorio.
2.- Ratificación del Gerente.
En caso de no realizarse la Junta General de Accionistas en la fecha prevista, se hará en segunda convocatoria, el día 21 de Setiembre a horas 08:00 p.m.
El Directorio
Cañete, 05 de Setiembre del 2010.
José Espinoza... «No Podemos Acusar A Nadie Hasta Que Terminen Las Investigaciones»
José «Pepe» Espinoza, Alcalde de la Provincia de Cañete, ayer acaparó la atención de casi todos los medios de comunicación de nuestra provincia, y es que desde las primeras horas rindió declaraciones, con la finalidad de responder las críticas que a su gestión, en los últimos días, se habían vertido.
Señaló que en torno al cambio de los gerentes general y de administración, a ellos se les había iniciado investigaciones, para determinar su responsabilidad en algunos presuntos manejos que denunció el ex Alcalde Provincial, Javier Alvarado Gonzales del Valle.
«Pepe» Espinoza indicó que él no podía decir si hubo delito o no, simplemente hay que investigar y como producto de la investigación recién podremos decir que grado de responsabilidad hay en los funcionarios.
De otro lado, el burgomaestre cañetano señaló que las relaciones con el Sindicato de Trabajadores Municipales de Cañete, son bastante estables, y que no existe pedido alguno de cambio de personal de confianza.
José Espinoza indicó que no hay ningún apoyo a la agrupación política a la que él pertenece… «yo me he alejado del devenir de mi agrupación política, justamente porque soy el Alcalde de la Provincia, y no sería ético, y tampoco es mi estilo, destinar recursos para la agrupación política a la que pertenezco», señaló.
De otro lado, agregó que se viene elaborando importantes instrumentos de gestión… «El ROF y el MOF son importantes en toda administración edil… y lo que se busca es diagnosticar si el funcionario edil reúne o no el perfil requerido para asumir las funciones encomendadas» refirió. En ese sentido indicó que él no va a estar con los brazos cruzados esperando a la próxima gestión. Finalmente indicó que el Balance de la Festividad cañetana, está en azul… «no nos podemos quejar, la festividad se cumplió dentro de los objetivos que nos habíamos propuestos, y creo que habrán recursos para la celebración de la navidad del niño cañetano, refirió.

MINISTERIO PÚBLICO DE CAÑETE REALIZÒ II CONFERENCIA PARA ADMINISTRADORES DE JUSTICIA
«Tutela de Derechos y Derecho de Defensa»
Con singular éxito y de acuerdo a lo esperado por la Comisión de Capacitación en Derecho del Ministerio Público de Cañete, que dirige el Dr. Noe Cárdenas Ortíz y su equipo de trabajo, además de una expectante participación de los operadores de justicia, se llevó a cabo la II Conferencia de un Ciclo de estas que se han programado hasta el mes de diciembre, dirigido a los hombres de derecho de las instituciones administradoras de justicia en nuestro distrito judicial.
El Tema tratado fue «Tutela de Derechos y Derechos de Defensa», que tuvo a su cargo de exponer el Dr. Juan Fernando Ramos Castilla, Director de la Defensoría Pública de Cañete, quien brindó información del tema y puso en practica sus criterios de acuerdo a lo trabajado por su institución en nuestro distrito judicial. Luego de su ponencia el Dr. Ramos fue interrogado por los Panelistas , quienes comenzaron un debate sobre el Tema de Defensa de Derechos y la participación del Defensor Público en las diligencias en conjunto con el Ministerio Público. También fueron absueltas las preguntas del público asistente que ha sido bastante entendido e interesado en este tema.
EL 16 DE SETIEMBRE... NUEVA CONFERENCIA...
De este modo el Ministerio Público continúa con la capacitación y actualización de los conocimientos de su Personal fiscal y Administrativo, labor que hará también el próximo 16 de Setiembre con la Conferencia denominada «Análisis de los Acuerdos Plenarios en Materia de Derecho Penal», que se realizará a horas 5:30 p.m. en el auditorio Institucional, ubicado en Calle Santa Rosa Nº 748, costado del Banco de la Nación.
EN QUINOCAY SE REALIZO CAMPAÑA SOCIAL DE ACERCAMIENTO A LA POBLACIÓN...
De otro lado, el Ministerio Público dio a conocer que por dos días consecutivos el Personal de las Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Mala, dirigidos por el Fiscal Provincial Dr. Juan Jesús Wong Abad, La División Médico Legal de San Vicente y Mala en coordinación con su personal homólogo de Yauyos, realizaron la IV Campaña Social de Acercamiento a la Población, esta vez en el distrito de Quinocay de la provincia de Yauyos, los días 02 y 03 de Septiembre últimos.
El día 02 de septiembre se llevó a cabo en el Centro Piloto de Educación a Distancia Quinocay una charla a los alumnos de nivel secundario respecto a los temas de Violencia Familiar, adolescentes gestantes y se desarrolló un taller de sensibilización de «Autoestima y Asertividad» con los adolescentes; Asimismo, el personal médico, efectuó pruebas respectivas para determinar la talla, peso, fluorización, exámenes odontológicos y toma de muestras de sangre para determinar el tipo sanguíneo de cada alumno. En horas de la tarde se cumplió en realizar consejería legal – Psicológico y diagnóstico médico a los padres de familia que concurrieron al local Municipal.
Mientras que el día 03 de septiembre el Fiscal Civil y de Familia dialogo con las autoridades y población en general presente del distrito, en el Centro de Salud de Quinocay, en donde además se continuó realizando servicios de fluorización, exámenes odontológicos, extracciones, chequeos médicos generales, y otro taller de sensibilización en la problemática de «Jóvenes Gestantes y Violencia Familiar».
Campañas Sociales que benefician a los centros poblados como el mencionado que se encuentra lejano y que donde difícilmente llega este tipo de labor institucional que promueve el Ministerio Público de Cañete y que asistió a un total de 324 niños, jóvenes y adultos ciudadanos de Quinocay en Yauyos.
EN QUILMANA... PROGRAMA DE FISCALIAS ESCOLARES...
Es bueno señalar también que el Ministerio Público del Distrito Judicial de Cañete, en cumplimiento del «Programa de Fiscalías Escolares y Ambientales» realizó el pasado 03 de setiembre la visita y charlas en el Distrito de Quilmaná.
La actividad se inició en la Institución Educativa José Carlos Mariátegui del Anexo de la Huerta del distrito en mención, donde se hicieron presentes la doctora: Irene Liliana Corrales Osorio, Fiscal Provincial de la Fiscalía Penal Coorporativa de Cañete y el Asistente Richard Yonni Lovera Herrera, quienes estuvieron presentes en dicha Institución Educativa con el propósito de hacer conocer a los estudiantes la función que cumple el Ministerio Público, así como el rol protagónico que vienen realizando los Fiscales Escolares y Ambientales designados en su Institución, comprometiéndoles a trabajar en equipo en temas y actividades que promuevan «La defensa de la legalidad y los derechos humanos», dicha visita fue propicia para hacer la presentación de los veinte integrantes del programa que representan a su Institución Educativa.
Acto seguido visitaron la Institución Educativa «Miguel Grau» de Quilmaná, con la finalidad de brindar la charla «Los Valores Humanos»,» Tengo derecho al buen trato y También tengo deberes, dicho tema desarrollado fue a solicitud de los Fiscales Escolares.
El evento estuvo dirigido para cuarenta y cinco adolescentes aproximadamente. Ante ellos los expositores hicieron el desarrollo del tema, concientizando a los adolescentes sobre la práctica de los valores,la implicancia del buen trato y sobre todo el cabal cumplimiento de sus deberes.
A cada estudiante al finalizar la actividad se le hizo entrega de Trípticos « Funciones del Ministerio Público y material referente «Tengo derecho al buen trato y también tengo deberes»
La Fiscal Escolar de dicha Institución Educativa: Maria Carpio Francia, manifestó que está en coordinación el requerimiento de apoyo por la Fiscalía a través de psicólogos y demás profesionales a fin de brindar el apoyo pertinente; de la misma manera hizo mención que dentro de su Plan de trabajo se realizará en la siguiente semana un concurso sobre reciclaje, entre otras actividades que están plasmados en su plan. Asimismo vienen comunicando a través del correo electrónico los problemas más frecuentes que se presentan a fin de tomar las acciones pertinentes.

ODPE- CAÑETE REALIZA TALLERES A LA POLICIA NACIONAL SOBRE DIFUSION ELECTORAL Y ENTREGA DE CREDENCIALES PERSONALIZADA
La ODPE-Cañete desarrollo Taller de capacitación al cuerpo de la Policía Nacional del Perú, sobre el proceso de «Elecciones Regionales, Municipales y Referéndum 2010».
El referido Taller se llevó a cabo en la instalaciones de la Comandancia P.N.P. sito en la Plaza San Martin S/N San Vicente, contando con una nutrida participación de los efectivos policiales. En dicho evento se resaltó el papel de la Policía Nacional del Perú en los próximos comicios, tanto en el control del orden interno, resguardo y vigilancia de los materiales electorales así como su participación haciendo uso del derecho del sufragio.
Culminado el taller se procedió al colocado en zonas estratégicas, afiches de difusión y orientación, a electores, miembros de mesa.
Las Oficinas distritales empezaron a capacitar y a entregar sus credenciales y cartillas a los miembros de mesa

PARTICIPACION DESTACADA DE REGION EN MISTURA 2010...
El presidente del Gobierno Regional de Lima, Dr. Luis Custodio Calderón, destacó que los productores y comerciantes de esta jurisdicción hayan ocupado más stands que los representantes de otras regiones en la Tercera Feria Gastronómica Internacional de Lima «Mistura 2010».
«Ello significa que la región Lima tiene una diversidad de productos representativos, los cuales son bastante apreciados no sólo en el mercado nacional, sino también internacional. Además, demuestra que el trabajo que hacemos para promoverlos está dando sus frutos, de lo contrario no habrían llegado tantos representantes de nuestras nueve provincias», dijo la autoridad.
Enumeró a los 16 participantes de la región que exhiben nuestra deliciosa salchicha, el exquisito pisco y los apreciados frutos como la chirimoya, la palta y el melocotón. «Nuestras provincias son bastante conocidas por estos productos. Los chefs que se encuentran en Mistura 2010 los han elogiado por su calidad», manifestó.
Custodio Calderón participó en la inauguración de Mistura 2010 junto a la gerenta general regional, Mg. Sonia Arce Serpa, quien señaló que «el Gobierno Regional de Lima continuará con sus gestiones para fortalecer el cultivo y elaboración de estos productos».
La Tercera Feria Gastronómica Internacional de Lima «Mistura 2010» es organizada por un comité encabezado por el reconocido chef Gastón Acurio. Estuvieron en el inicio el presidente de la República, Dr. Alan García Pérez, así como algunos ministros y otras autoridades políticas del país.
Este evento se prolongará hasta el 12 de setiembre, con la participación de cocineros y chefs de 14 regiones del Perú y cerca de 600 productores con más de mil 500 variedades de productos de nuestra biodiversidad peruana. Cada año aumenta el espacio que se emplea para la realización de la feria. En el 2009 fue 40 mil metros cuadrados y este, de 80 mil metros cuadrados.
Sin duda, todo un acierto la participación de los diferentes stands de la región, donde la delegación cañetana destacó nítidamente con sus deliciosos potajes y su buen vino y pisco.
PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Banco Agropecuario (Agrobanco) con Eusebio Martin Lescano Asin y Margarita Marina Quispe Conde sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 63-09, por orden del Primer Juzgado Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Doctor Raúl Nemesio Cuentas Lagos y Especialista Legal Doctor Omar Velásquez Ochoa, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El Predio Rural La Máquina, con Código Catastral 8_3308610_15701, Proyecto Predios de Calango Valle Mala, distrito de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 0.1606 Has. y cuyas demás características se encuentran en la Partida N° 17025149 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, Zona Registral N° IX Sede Lima.
VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 2,473.00 (Dos mil cuatrocientos setenta y tres con 00/100 Dólares Americanos).
BASE DE REMATE: US$ 1,648.67 (Mil seiscientos cuarenta y ocho con 67/100 Dólares Americanos).
AFECTACIONES:
1) Hipoteca.- Constituida por sus propietarios a favor del Banco Continental hasta por la suma de US$ 4,000.00 y según Escritura Pública de fecha 20/7/06 ante Notario Hubert Camacho Gálvez, inscrita en el asiento D00003 de la Partida N° 17025149 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao. Fecha de Inscripción 29/8/06. 2) Hipoteca.- Constituida a favor del Banco Agropecuario hasta por la suma de US$ 2,473.00, según Escritura Pública de fecha 17/8/06 ante Notario Pedro Alonso Noriega Altamirano, inscrita en el asiento D00004 de la Partida N° 17025149 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao. Fecha de Inscripción 30/11/06.
DIA Y HORA DEL REMATE: 21 de Setiembre del 2010, a horas 12:00 del medio día.
LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado Especializado Civil de Cañete.
POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación, en efectivo o cheque de Gerencia girado a su nombre, presentarán su DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copias de los mismos). Adjudicatario cancela Honorarios de la Martillera más IGV conforme al D.S. 008-05-JUS. María Ángela Zeballos Alva, Martillera Pública, Reg. N° 142. Cel. 1998706190
María Ángela Zeballos Alva
Martillera Pública - Reg. N° 142
Omar Velásquez Ochoa
Secretario Judicial
Juzgado Civil de Cañete
Publicar: Del 06 al 11 de Setiembre.

EDICTOS PENALES
EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA, Juez CHIPANA, ha dispuesto notificar a los siguientes inculpados y agraviados:
EXP.-2010-0008; inculpado CESAR HILARIO FLORES MELGAR, la RESOLUCIÓN N°_04, fecha 10/08/2010 que DECLARA: CONSENTIDA la Resolución N°01, de fecha 10-08-2010, por Accidente de Tránsito-c.Daños materiales en agravio de Manuel Alberto Vindrola Rivas Plata...Asia, 10.08.2010; Secretaria: Medina.
EXP.-2010-0018; inculpado JULIO MANCILLA CUETO, la RESOLUCIÓN N°_03, fecha 10/08/2010 que DECLARA: CONSENTIDA la Resolución N°01, de fecha 04-05-2010, por Accidente de Tránsito c.daños materiales...Asia, 10.08.2010; Secretaria: Medina.
EXP.-2009-0111; cita para el Día 29.10.2010 a los Agraviados: HILDA MENDOZA HUAMAN, Hora: 9.30_a.m.; a SOLEDAD ROBLES ABARCA, Hora: 10.00_a.m.; a AURELIO TUMBA VILCA, Hora: 11.30_a.m.; para que formulen la Denuncia penal y presenten el Certificado médico legal realizado en su persona, bajo apercibimiento de archivarse la presente denuncia por inconcurrencia. Proceso seguido contra ELOY FLORES FLORES, por Faltas c.la Persona-Lesiones Dolosas.-Resolución N°_32;.fecha 27.08.2010; Secretaria: Medina.
8, 9 y 10 de Setiembre

AVISO JUDICIAL
Exp. N° 2010-392-CI.- Ante el 2° JPLCÑ, que despacha el Dr. Daniel A. Soto Borjas, solicita JUAN EMILIO BRAVO FLORES, la Rectificación de la Partida de Nacimiento N° 0369, año 1930, libro 14, folio 369, perteneciente a su señor padre fallecido BENIGNO ERAGDIO BRAVO PELAEZ, en el extremo que se ha omitido consignar su apellido materno «PELAEZ», ya que solo aparece «BENIGNO ERAGDIO BRAVO», debiendo aparecer correctamente BENIGNO ERAGDIO BRAVO PELAEZ; quedando intacto lo demás que contiene. Cañete, 07 de Setiembre del 2010.
Elizabeth A. Yaya Alcalá - Secretaria Judicial - 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete

EDICTO FAMILIA
EXP.2010-00634.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA.-Juez POLANCO; mediante edicto ha ordenado se publique extracto de Resolución 01 de fecha 13.07.2010, ADMITIR LA DEMANDA interpuesta contra MARIO NARCIZO ROSAS VALLADARES, como presunto autor de Actos de VIOLENCIA FAMILIAR-Maltrato Físico, en agravio de JUANA BRIGIDA VILLAVICENCIO OLIVO, y córrase TRASLADO AL DEMANDADO por el término de QUINCE DIAS, a efectos que se apersone al proceso y haga valer sus derechos conforme a ley, bajo apercibimiento de NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL, y a conocimiento de la agraviada. Fdo.Secretaria: Herrera. Cañete, 01.09.2010. (9, 10 y 11 de Setiembre)
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

«Año De La Consolidación Económico Y Social Del Perú»

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2010-A/MDA

Asia, 26 de agosto del 2010

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE ASIA

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de agosto del 2010, el Informe N° 0354-10-DATR/MDA, y el Informe N° 173-2010-OAJ/MDA/EAUO, de la Oficina de Asesoría Legal.

CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar o derogar Arbitrios, Derechos y Licencias, así mismo el artículo 41º del mismo cuerpo legal señala que excepcionalmente podrán condonar con carácter general el Interés moratorio y las sanciones de los tributos que administra;

Que, en vista de existir dificultades para la recaudación tributaria y que los contribuyentes del distrito puedan efectuar el pago puntual de los tributos municipales así como de las obligaciones tributarias accesorias, tales como intereses por moras y/o multas, y con la finalidad de administrar adecuadamente la captación de las rentas municipales por estos conceptos, resulta conveniente establecer un régimen tributario de excepción para lo cual deberá emitirse la norma correspondiente que reglamente las condiciones y la forma de aplicación de dicho régimen.

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 20 inciso 5), y Art. 9 inciso 9), de la Ley Orgánica de la Ley de Municipalidades Nº 27972, en Sesión de Concejo de fecha 26 de agosto del 2010, con el voto unánime de los señores regidores y con la dispensa de los trámites de Comisiones y de Lectura y Aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:

«ORDENANZA QUE ESTABLECE UN REGIMEN TRIBUTARIO DE EXCEPCION EN EL DISTRITO DE ASIA»

Artículo 1º.- OBJETO DE LA NORMA
Establézcase un Régimen Tributario de Excepción en el Distrito de Asia, a favor de las personas naturales y/o jurídicas contribuyentes del Distrito de Asia, provincia de Cañete, deudores de obligaciones tributarias generadas hasta la vigencia de la presente Ordenanza, de acuerdo a las consideraciones que a continuación se detallan.

Artículo 2º.- VIGENCIA
El plazo para acogerse del beneficio normado en la presente Ordenanza, se inicia a partir del día 20 de setiembre del 2010 y terminara el día 31 de octubre del 2010. Transcurrido dicho plazo, se procederá a dar inicio al procedimiento correspondiente para proceder con la ejecución coactiva del integro de las deudas acotadas.

Artículo 3º.- ALCANCE DE LA AMNISTIA
El Régimen Tributario de Excepción dispuesto en el artículo 1° de la presente Ordenanza, se aplicara a las deudas tributarias generadas por concepto de:
· Impuesto Predial: deudas generadas y vigentes hasta el año 2009.
· Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo: deudas generadas y vigentes hasta el año 2009.
· Multas tributarias (impuestas hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza)

Artículo 4º.- OBJETO DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE EXCEPCIÓN
El objeto de la presente Ordenanza es otorgar facilidades de pago a los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Asia considerados deudores tributarios de cualquiera de los conceptos señalados en el artículo 3° de la presente Ordenanza y que a la fecha de su promulgación se encuentren en la condición de morosos. Asimismo, el Régimen Tributario de Excepción contempla la promoción del pago puntual de las obligaciones tributarias a través de un programa de incentivos.

Artículo 5º.- APLICACIÓN DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE EXCEPCIÓN
El Régimen Tributario de Excepción comprende los siguientes beneficios tributarios:

a.- Condonación del 100% (cien por ciento) del interés moratorio generado por la falta de pago del Impuesto Predial acotado para cada año fiscal hasta el año 2009. Esta exoneración será aplicable bajo la condición que el contribuyente proceda con la cancelación del total del monto insoluto de la sumatoria de la deuda acotada hasta el año 2009. No incluye los gastos administrativos.

b.- Condonación del 100% (cien por ciento) del interés moratorio generado por la falta de pago de los arbitrios municipales acotados para cada año fiscal hasta el año 2009. Esta exoneración será aplicable bajo la condición que el contribuyente proceda con la cancelación del total del monto insoluto de la sumatoria de la deuda acotada hasta el año 2009. No incluye los gastos administrativos.

c.- Fraccionamiento de la deuda tributaria correspondiente a Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales, el cual se aplicara sobre el total del monto insoluto de la deuda acotada hasta el año 2009 más el 50% del interés moratorio generado por dicha deuda hasta la fecha de presentación de la solicitud para la suscripción del acuerdo de fraccionamiento. El fraccionamiento se realizara según la escala establecida en la tabla que a continuación se detalla y de acuerdo con las condiciones establecidas en el artículo 7° de la presente Ordenanza:



Total de la deuda acotada (monto insoluto mas interés moratorio) en nuevos soles. Cuota inicial. Número máximo de cuota para la cancelación del saldo de la deuda.

De S/. 101.00 a S/. 700.00 30% 03
De S/. 701.00 a S/. 1,400.00 25% 05
De S/.1,401.00 a S/. 3,000.00 20% 08
De S/. 3,001.00 a S/. 5000.00 15% 10
De S/.5001.00 a mas 10% 14

El monto de las cuotas resultantes de los contratos de fraccionamiento que se celebren dentro del marco de la presente Ordenanza, incluirá el monto correspondiente al interés compensatorio calculado de acuerdo al tiempo de vigencia del contrato.

Artículo 6º.- MULTAS TRIBUTARIAS
El monto correspondiente a las multas tributarias acotadas hasta la fecha de puesta en vigencia de la presente Ordenanza, se condonara el 100% de las mismas bajo la condición de que el obligado haya cancelado el total de la deuda acotada o se haya aprobado el convenio de fraccionamiento tributario correspondiente dentro del marco de la presente Ordenanza.

Artículo 7º.- CONDICIONES PARA EL FRACCIONAMIENTO DE LA DEUDA TRIBUTARIA
Los contribuyentes que deseen acogerse al beneficio del fraccionamiento de la deuda tributaria, previamente deberán tener en consideración lo siguiente:
Los requisitos para la solicitud del beneficio de fraccionamiento de la deuda tributaria son:
a.- Recibo de pago por expediente administrativo
b.- Solicitud dirigida al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Asia.
c.- Copia simple del Documento Nacional de Identidad, o Carne de Extranjería, del solicitante.
d.- Copia literal de la vigencia de poderes, en al caso de personas jurídicas.
e.- Recibo correspondiente al pago de la cuota inicial pactada para el fraccionamiento solicitado.
f.- Declaración jurada de bienes del solicitante, adjuntando la documentación que acredite la propiedad de lo declarado.
g.- Para el caso de deudas acumuladas mayores a S/. 5,000.00 (cinco mil y 00/100 nuevos soles) en total, deberá adjuntarse carta fianza de carácter irrevocable y de realización automática a favor de la Municipalidad Distrital de Asia – Cañete, por el total de la deuda mas el 15% por concepto de intereses.
h.- Quedaran sin efecto los convenios de fraccionamiento tributarios suscritos en el marco de la presente Ordenanza cuando se incumpla con el pago de dos (02) cuotas consecutivas, debiendo procederse con la quiebra del fraccionamiento, retornando la deuda a su estado original para el inicio de las acciones pertinentes para proceder con la ejecución coactiva de la misma.

Artículo 8º.- FRACCIONAMIENTOS VIGENTES
Los contribuyentes que hayan solicitado el fraccionamiento de su deuda tributaria deberán desistirse de dicho procedimiento a fin de acogerse a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza.
La imputación de los montos cancelados en cumplimiento de los convenios de fraccionamiento vigentes, se hará de acuerdo a lo establecido en el Art. 31º del Código Tributario.

Artículo 9º.- DESISTIMIENTO DE RECLAMACIONES
El acogimiento a los beneficios de la presente Ordenanza de parte de aquellos contribuyentes que cuenten con expedientes de reclamo o impugnación de impuesto y/o arbitrios municipales, que se encuentren en trámite o pendientes de Resolución, presume el desistimiento de dichas acciones, teniéndose por culminando el procedimiento en cuestión y archivándose definitivamente todo lo actuado.

DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- Facúltese al Alcalde de la Municipalidad de Asia para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la aplicación de la presente norma.

SEGUNDA.- Dispóngase que la Gerencia Municipal, conjuntamente con los órganos de línea pertinentes se encarguen de la ejecución y difusión de la presente Ordenanza.

TERCERA.- La presente Ordenanza deberá publicarse en el Diario Oficial de la localidad para que proceda su vigencia.

CUARTA.- En lo que no se encuentre regulado por la presente Ordenanza respecto del beneficio del fraccionamiento de la deuda tributaria, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza No. 032-2007-MDA, del 13 de noviembre del 2007.

POR TANTO:
Regístrese, Comuníquese, Publíquese Y Cúmplase

Agapito Ramos Campos
Alcalde