19 julio 2018

FIESTA ELECTORAL... Y algo más... Escribe Wilfredo Cayllahua

MIGUEL CHUQUISPUMA Y MIRELLA CANDELA: LISTOS PARA CUMPLIR EL SUEÑO DE JORGE BRIGNOLE.
Avanza País, presenta un plan de gobierno con propuestas de impacto para el desarrollo auto sostenible de Cañete.    
Tras el deceso de Jorge Brignole, más de uno pensó que el movimiento Avanza País, no iba a participar en la contienda electoral. Pero, la respuesta oportuna de su esposa Mirella Candela Zevallos, opacó a todos al aclarar que «el proyecto continua».
Los dirigentes se reunieron y de inmediato, pusieron las «barbas en remojo» para empujar el tren y enrumbar a su destino en la ruta de las elecciones regionales y municipales 2018, tal como lo diseñó «el león».
El Ing. Miguel Chuquispuma Caycho, empresario y consultor cañetano que hasta entonces encabezaba la lista de regidores, asumió el reto de postular a la alcaldía por Cañete y en su reemplazo, convocó a Mirella Candela Zevallos.
Nacido en Cerro Alegre (Imperial), el flamante candidato, conoce de cerca nuestra realidad, puesto que emergió de una zona de extrema pobresa como es el C.P Carmen Alto, jurisdicción de Nuevo Imperial donde pasó su infancia.   
Junto a sus padres se dedicó a la agricultura en la chacra de sus abuelos. Estudió su nivel primario en la I.E.P 20795 de Carmen Alto mperial para luego trasladarse a Mala y matricularse en el colegio emblemático «Dionisio Manco Campos» donde concluyó su secundario.
De profesión ingeniero industrial, graduado en la decana Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Estudió también Ingeniería Civil en la Universidad Privada del Norte, títulos más que suficientes para conducir los destinos de Cañete.
Hizo Maestría en Finanzas en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Doctorado en Administración en la Universidad Nacional Federico Villareal, además de haber dictado cátedra y participado importantes congresos a nivel nacional.
Miguel Chuquispuma, es asesor y consultor financiero de empresas; también se dedica al rubro de la construcción y farmacia; además de administrar proyectos en diferentes puntos del país para empresas peruanas y extrangeras.
Es un personaje hecho y derecho. Está formado para asumir grandes retos, esperando dar la sorpresa y ser convocado para los debates donde mostrará las propuestas  de impacto para el desarrollo auto sostenible.


ANGEL MANERO: NO ILUSIONEMOS NI ENGAÑEMOS A LA POBLACIÓN CON RESPECTO A LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO.
Angel Manero a raíz de las informaciones que diversos medios señalamos sobre sus declaraciones con respecto a EMAPA CAÑETE, indicó que:
No es decisión o facultad del alcalde poner las tarifas o privatizar EMAPA... opinando así el candidato de Acción Popular a través de su cuenta de facebook
Estimados amigos. 
«Por décadas escucho a candidatos a alcalde, ofrecer agua o desagüe a centros poblados y asentamientos humanos; y en la mayoría de los casos, las promesas se han incumplido.
No es decisión o facultad del alcalde provincial poner (subir o bajar) las tarifas del agua o privatizar EMAPA. Hay un marco legal que existe y que busca mejorar estas empresas y convertirlas en EPS.
Es mi opinión personal que el agua es un recurso valioso y que debemos aprender a no desperdiciarla y si es necesario que la población pague un poquito más por un buen servicio (agua de calidad las 24 horas del día) no debemos dudar en hacerlo. Lo importante es que todos los cañetanos tengamos agua y desagüe.
El alcalde no pone las tarifas pero debe preocuparse más por aquellos que no tienen el servicio o lo tienen parcialmente o de mala calidad. No ilusionemos ni engañemos a la población.
Angel Manero»


AMANECIMOS CON NUEVA SUBPREFECTA...
Mediante Resolución Directoral 0489-2018-IN-VOI-DGIN, del 13 de Julio, emitida por el Ministeiro dekl Interior se nombró a la nueva Subprefecta de Cañete, a la Sra. Claudia Vanessa Tarazona Lezameta, ella ha venido desempeñándose como Procuradora en el distrito de Mala, y en breve asumirá sus funciones en este encargo como representante del Jefe de Estado.

HOMBRE ENCONTRADO SIN VIDA... EN EL DISTRITO DE IMPERIAL...
El día de ayer, al promediar las 06.30 hrs, el Serenazgo de Imperial, encontró a un sujeto en la interperie a la altura de la Av 2 de mayo con la Av. Atahualpa.
Se trataba de una persona de sexo masculino, aparentemente durmiendo en el piso; inmediatamente los serenos le brindaron abrigo y al observar que su color no era normal, junto con la policía de Imperial lo llevaron de emergencia al Hospital Rezola, el cual certificó su deceso.
El occiso no tiene ningún documento personal sólo contaba con una tarjeta de atención que corresponde al nombre de Luis Cárdenas Reyes edad aproximada de 58 años, su cuerpo fue derivado a la morgue...
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA N° 027-2018-MPC

Cañete, 18 de julio de 2018

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

VISTO:
En Sesión de Concejo Ordinaria Ordinaria de fecha 17 de julio de 2018, el Informe Nº 757-2018-GDSyH-MPC de fecha 21 de junio de 2018 de la Gerencia de Desarrollo Social y Humano de la Municipalidad Provincial de Cañete; y

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Art. II de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, la misma que señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica, en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante Ordenanza N° 011-2007-MPC de fecha 21 de mayo de 2007, se aprueba el Reglamento para las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete; estableciéndose en el primer párrafo del Art. 4° del Reglamento antes mencionado, que el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Ordenanza, convoca a elecciones de autoridades municipales con una anticipación no menor a 120 días naturales al acto electoral;

Que, con Resolución de Alcaldía N° 072-2015-AL-MPC de fecha 06 de febrero de 2015, se proclamó a las Autoridades Municipales del Centro Poblado «Nuevo Ayacucho» distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, para el periodo 2015-2018; posteriormente, mediante Resolución de Alcaldía N° 273-2017-AL-MPC de fecha 22 de noviembre de 2017, se proclamó nuevas autoridades al haberse suspendido el cargo de Alcalde y de algunos regidores;

Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; asimismo el Art. 130° de la Ley Orgánica antes mencionada establece que «Los concejos municipales en los centros poblados están integrados por un alcalde y cinco regidores; los alcaldes y regidores de centros poblados son elegidos por un periodo de 04 años contando a partir de su creación» y el Art. 132° del mismo cuerpo normativo, establece que «El alcalde y los reidores de las Municipalidades de Centro Poblados son proclamados por el Alcalde Provincial, ratificando el resultado de las elecciones convocadas para tal fin»;

Que, en el primer párrafo del Art. 2° de la Ley N° 28440 – Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, se establece que el Alcalde Provincial convoca a elecciones con ciento veinte (120) días naturales de anticipación al acto de sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad;

Que, el primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria de la Ley antes mencionada estipula que las autoridades municipales de centros poblados que hayan sido electos, bajo la vigencia de la Ley N° 23853, culminarán su mandato a los cuatro (4) años contados a partir de su designación, de conformidad con la Décima Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 27972;

Que, en el Art. 5° de la Ley N° 28440 – Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, estipula que la convocatoria, fecha de sufragio, funciones, conformación del padrón electoral e inscripción de listas de candidatos, impedimentos, tachas, reglas sobre el cómputo y proclamación de las autoridades de centros poblados, impugnaciones, asunción y juramentación de los cargos y demás aspectos relacionados, se establecen por ordenanza provincial;

Que, mediante el Informe N° 216-2018-MPC/SGPC de fecha 18 de junio de 2018, el Sr. Marcos Alberto Ferrer Chávez - Sub Gerente de Participación Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Cañete (MPC), señala que estando próximo al vencimiento del periodo edil del Alcalde y Regidores del Centro Poblado «Nuevo Ayacucho» del distrito de San Vicente, provincia de Cañete, es necesario se convoque a elecciones municipales para el día domingo 18 de noviembre de 2018, del citado centro poblado; el cual fue derivado a la Gerencia Municipal mediante Informe N° 757-2018-GDSyH-MPC de fecha 21 de junio de 2018, emitido por el Lic. Cristhian A. León Cárdenas – Gerente de Desarrollo Social y Humano de la MPC; para continuar con el trámite correspondiente;

Que, mediante Informe Legal N° 183-2018-GAJ-MPC de fecha 28 de junio de 2018, el Abg. Horacio Hinostroza Delgado - Gerente de Asesoría Jurídica de la MPC, concluye: 1) Que, se eleve los presentes actuados al Pleno de Concejo Municipal para deliberar y determinar la aprobación de la Ordenanza que convoca a elección de autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado «Nuevo Ayacucho» – San Vicente, de acuerdo al cronograma de acciones y actividades elaborados por la Sub Gerencia de Participación Ciudadana; 2) Que, se encargue a la Gerencia de Desarrollo Social y Humano, a través de la Sub Gerencia adscrita a su dependencia , dar cumplimiento irrestricto al cronograma de acciones y actividades establecidas bajo responsabilidad; y 3) Que, se encargue a la Secretaria General remita el acto recaído en los presentes actuados al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para conocimiento y fines, disponiendo al mismo tiempo su publicación de acuerdo a ley;

Que, mediante Dictamen Nº 013-2018-CDSyH-MPC de fecha 13 de julio de 2018, la Comisión de Desarrollo Social y Humano, sugiere: 1) Aprobar el proyecto de ordenanza que convoca a elecciones de autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado «Nuevo Ayacucho» del distrito de San Vicente de acuerdo al cronograma de acciones y actividades elaboradas por la Sub Gerencia de Participación Ciudadana, para el día 18 de noviembre de 2018, con la finalidad de no contravenir el Art. 2° de la Ley N° 28440 – Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados; 2) Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social y Humano, a través de la Sub Gerencia adscrita a su dependencia, dar cumplimiento irrestricto al cronograma de acciones y actividades establecidas, bajo responsabilidad; 3) Encargar a la Gerencia de Secretaria General, la remisión del acto recaído en los presentes actuados AL Jurado Nacional de Elecciones (JNE)y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para conocimiento y fines, disponiendo al mismo tiempo su publicación de acuerdo a Ley; y 4) Remitir el presente Dictamen con todos los actuados al Despacho de Alcaldía, a fin de poner en conocimiento al Pleno de Concejo Municipal, para su deliberación y pronunciamiento;

Estando a lo expuesto, y de conformidad con el numeral 8) del Art. 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME del Pleno de Concejo y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta; se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE CONVOCA A ELECCIONES DE AUTORIDADES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO «NUEVO AYACUCHO» – SAN VICENTE

ARTÍCULO 1°.- CONVOCAR A ELECCIÓN DEL ALCALDE Y REGIDORES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO NUEVO AYACUCHO – SAN VICENTE, PROVINCIA DE CAÑETE, PARA EL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DE 2018; de conformidad con los fundamentos expuestos en la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2°.- APROBAR el CRONOGRAMA DEL PROCESO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES DEL CENTRO POBLADO NUEVO AYACUCHO DEL DISTRITO DE SAN VICENTE – CANETE, que forma parte integrante como ANEXO N°01 de la presente Ordenanza

ARTÍCULO 3°.- DISPONER que las elecciones se regirán por la Ley N° 28440 - Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, la Ordenanza N° 011-2007-MPC - Reglamento para las Elecciones, Revocatoria y Vacancia de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Cañete, la Ley N° 26864 - Ley de Elecciones Municipales y la Ley N° 26859 – Ley Orgánica de Elecciones, en cuanto fuera aplicable.

ARTÍCULO 4°.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Tecnologías de la Información y a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Municipalidad Provincial de Cañete, otorgarán los recursos necesarios que demanda la aplicación de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 5°.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General, remita la presente Ordenanza al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), conforme al Art. 2° de la Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados.

ARTÍCULO 6°.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial de la Provincia, en cumplimiento al numeral 2) del Art. 44° de la Ley N° 27972 y el Art. Art. 5° del Reglamento para las Elecciones, Revocatoria y Vacancia de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Cañete.

REGISTRESE, COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE.

Alexander Julio Bazán Guzmán
Alcalde

ANEXO N°01
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES DEL CENTRO POBLADO NUEVO AYACUCHO DEL DISTRITO DE SAN VICENTE - CAÑETE

INICIO DE CONVOCATORIA Y PUBLICACIÓN DE LA ORDENANZA 20 DE JULIO 2018

PUBLICACIÓN PREVIA DEL PADRÓN ELECTORAL 04 DE AGOSTO 2018

PRESENTACIÓN DE TACHAS AL PADRÓN ELECTORAL DEL 06 AL 08 DE AGOSTO

PUBLICACIÓN DEFINITIVA DEL PADRON ELECTORAL. 09 DE AGOSTO 2018

ELECCION DEL COMITÉ ELECTORAL 19 DE AGOSTO 2018

INSCRIPCION DE LISTAS DE PARTICIPANTES 04 AL 18 DE SETIEMBRE 2018

PUBLICACION DE LISTA DE PARTICIPANTES 19 DE SETIEMBRE DE 2018

PRESENTACIÓN DE TACHAS A LISTAS DE PARTICIPANTES 22 AL 24 DE SETIEMBRE

RESOLUCION DE TACHAS 25 AL 27 DE SETIEMBRE

APELACION A LA RESOLUCION DEL COMITE 28 AL 30 DE SETIEMBRE

RESOLUCION DE APELACION 01 AL 03 DE OCTUBRE

PUBLICACIÓN DE LISTAS DEFINITIVAS 04 DE OCTUBRE 2018

SORTEO DE UBICACIÓN EN LA CEDULA 05 DE OCTUBRE 2018

SORTEO DE MIEMBROS DE MESA 19 DE OCTUBRE 2018

PUBLICACION DE LOS MIEMBROS DE MESA Y LOCAL DE VOTACION 21 DE OCTUBRE 2018

PLAZO DE TACHAS PARA LOS MIEMBROS DE MESA 22 AL 26 DE OCTUBRE

CAPACITACION A LOS MIEMBROS DE MESA 11 DE NOVIEMBRE 2018

CIERRE DE PROPAGANDA ELECTORAL 15 DE NOVIEMBRE 2018

ELECCIONES 18 DE NOVIEMBRE 2018

RESULTADOS OFICIALES 21 DE NOVIEMBRE 2018

PRESENTACION DE IMPUGNACIONES CONTRA EL RESULTADO 22 AL 24 DE NOVIEMBRE

RESOLUCION DE IMPUGNACIONES 25 AL 27 DE NOVIEMBRE

APELACION A LA RESOLUCION DE IMPUGNACION 28 AL 30 DE NOVIEMBRE

RESOLUCION DE LA APELACION 01 AL 03 DE DICIEMBRE

PROICLAMACIÓN DE RESULTADOS 07 DE DICIEMBRE DE 2018

EDICTOS DEL 19 DE JULIO

EDICTO JUDICIAL (03 DÍAS)
Juez: Iris Maritza Anchante Yataco. Especialista: Víctor Rubén Canelo Torreblanca. Por medio del presente se NOTIFICA a los investigados ALDER LAOS PALOMINO y VÍCTOR MANUEL LAOS PALOMINO, así como al agraviado AMANCIO FIRMIN ROJAS LUYO la resolución N° 09 (auto de enjuiciamiento) emitida en audiencia de control de acusación de fecha 28 de mayo del 2018 y resolución N° 10 de fecha 28 de junio del 2018 conforme a lo ordenado por este despacho judicial; asimismo se sirva disponer a quien corresponda, la publicación en el diario oficial encargado de los avisos judiciales «Al Día con Matices» del Distrito Judicial de Cañete» un extracto sucinto de la resolución N° 09 (auto de enjuiciamiento) emitida en audiencia de control de acusación de fecha 28 de mayo del 2018 y resolución N° 10 de fecha 28 de junio del 2018:
RESOLUCIÓN N° NUEVE.- Chincha, veintiocho de mayo del dos mil dieciocho
SE RESUELVE:
Primero: TENER POR DESISTIDO POR PARTE DEL MINISTERIO PÚBLICO LA DECLARACIÓN DE SILVANA LUCINDA QUISPE ARIAS.
Segundo: TENER POR ACLARADO RESPECTO A LA PERTINENCIA, CONDUCENCIA Y UTILIDAD DE LOS MEDIOS PROBATORIOS ofrecidos para juicio por parte del representante del Ministerio Público y TÉNGASE POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS POR PARTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, así como el medio de prueba consistente en los ANTECEDENTES PENALES de los acusados, EXCEPTO la declaración de Silvana Lucinda Quispe Arias de quien se ha desistido.
Tercero: TENER POR OFRECIDOS LOS MEDIOS POROBATORIOS POR PARTE DE LA DEFENSA TÉCNICA DE LOS ACUSADOS, los cuales han presentado por escrito de fecha 11 de mayo del año en curso y oralizado en audiencia pública en día de la fecha.
Cuarto: DECLARAR LA VALIDEZ FORMAL DE LA ACUSACÓN de fecha quince de marzo del dos mil dieciséis Y TENGASE POR OFRECIDAS las pruebas por parte del Ministerio Público, consecuentemente este órgano jurisdiccional procede a DICTAR AUTO DE ENJUICIAMIENTO en contra de:
- VICTOR MANUEL LAOS PALOMINO cuyas generales de ley son las siguientes: DNI N° 48384950, masculino, nacido el 20 de octubre de 1993, de 22 años de edad, nacido en el distrito de Zúñiga, provincia de Cañete y departamento de Lima, sus padres Manuel Ismael y Valeria Alberta con grado de instrucción 3ero de secundaria, soltero de ocupación agricultor, y con domicilio en Caserío de San Marcos, Anexo de Pacarán – Lunahuaná – Cañete – Lima.
- ALDER LAOS PALOMINO cuyas generales de ley son las siguientes: DNI N° 48329339, masculino, nacido el 05 de setiembre de 1993, de 22 años de edad, nacido en el distrito de Lunahuaná, provincia de Cañete y departamento de Lima, sus padres son Manuel Ismael y Santa Victoria con grado de instrucción 2do de secundaria, soltero de ocupación desconocido, y con domicilio en Anexo de Apotara s/n Zúñiga – Cañete – Lima.
Haciendo presente que la adecuación jurídica de los acusados es contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones Graves tipificado en el inciso 1° del artículo 121° inciso 3 del Código Penal, siendo la pena solicitada de cuatro años de pena privativa de la libertad para cada uno de los imputados, no habiendo constitución en actor civil, y siendo la pena de reparación civil el monto de Dos Mil Soles (S/ 2000.00) que deberán ser pagados en forma solidaria por los acusados a favor del agraviado Amancio Firmin Rojas Luyo.
A) PARTES CONSTITUIDAS EN LA CAUSA:
REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO: FISCAL PROVINCIAL PENAL DE LA SEGUNDA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE CHINCHA: Dr. RUBEN ALBINO ALVARADO TELLEZ. Domicilio Procesal: Av. Fátima N° 208 – tercer piso - Chincha Alta, Casilla Electrónica: 11721.
ACUSADO VICTOR MANUEL LAOS PALOMINO con DNI N° 48384950, y con domicilio en Caserío de San Marcos, Anexo de Pacarán – Lunahuaná – Cañete – Lima.
ACUSADO ALDER LAOS PALOMINO con DNI N° 48329339 y con domicilio en Anexo de Apotara s/n Zúñiga – Cañete – Lima.
DEFENSA TÉCNICA DE LOS ACUSADOS: Dr. DENIS RODIL ROMERO MORALES con REG. C.A.L.L. N° 5699. Domicilio Procesal: Calle Mariscal Castilla N° 430 y Casilla Electrónica: 75861.
AGRAVIADO AMANCIO FIRMIN ROJAS LUYO con domicilio en Pacarán s/n Cañete – Lima.
ACTOR CIVIL: No constituido.
B) CONVENSIONES PROBATORIAS: No Hubo.
C) PRUEBA ANTICIPADA. No hubo.
D) MEDIDA COERCITIVA: Se ha dictado medida de COMPARESCENCIA SIMPLE.
COMPETENCIA PARA EL JUICIO ORAL: REMÍTASE la causa para su conocimiento y desarrollo del proceso al JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHINCHA, para que proceda con arreglo a Ley, dentro del plazo que establece la norma procesal penal. Se notifica a los sujetos procesales con la presente Resolución.
FISCAL: Conforme
DEFENSA TÉCNICA: Conforme
RESOLUCIÓN N° DIEZ.- Chincha, veintiocho de junio, año dos mil dieciocho.-
DADO CUENTA: A mérito de la razón emitida por el especialista cursor que antecede; Téngase presente lo que se indica y SE DISPONE: NOTIFICAR la resolución N° 09 (autos de enjuiciamiento) emitido en audiencia de control de acusación de fecha 28 de mayo del 2018 en sus domicilios reales de los acusados por la naturaleza de la defensa técnica y a la parte agraviada, sin perjuicio de notificárseles mediante EDICTOS judiciales un extracto sucinto de la Resolución N° 09 (autos de enjuiciamiento) y presente resolución en el diario judicial de la Corte Superior de Justicia de Cañete, oficiándose con tal fin, y fecho remítase al Juzgado Penal Unipersonal de turno de Chincha para su juzgamiento.- H.s.- Chincha, 28 de Junio del 2018.-
Publicar: 19, 20 y 21 de Julio de 2018.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Cañete, tres de Julio de dos mil dieciocho
AUTOS Y VISTOS: Con el escrito de demanda que antecede; CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, al amparo del Derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva, doña MARIA ISABEL CASTILLO DE MEZA, interpone demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO contra AMADEO CONTRERAS YARANGA y LIDIA PAREDES QUISPE, a fin de que se le declare propietaria del bien inmueble, ubicado en AA.HH. Vía Jesús Salvador, calle Jr. Belén Mz. A Lote 11, del distrito de San Luis, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 174.00 m2. y que se encuentra inscrito con ficha N° 0450, tomo 94, fojas 26, asiento 21 del Registro de Predios de la Zona – sede Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por MARIA ISABEL CASTILLO DE MEZA contra AMADEO CONTRERAS YARANGA y LIDIA PAREDES QUISPE, TRASLADO a los demandados por el plazo de DIEZ DÍAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía; por ofrecidos sus medios probatorios; sin perjuicio de calificación y admisión. Notifíquese.
Edgar Luis Mallma Vargas
Juez
Cristina Medina Brigada
Especialista
Publicar: 19, 25 y 31 de Julio de 2018.

EDICTO PENAL (03 DÍAS)
EXPEDIENTE: 00174-2018-26-0806-JR-PE-01. JUEZ: MARTINEZ GUTIERREZ MARÍA ELENA GIOVANNA. ESPECIALISTA JUDICIAL: HIRIAM ISABEL CARBAJAL DEL AGUILA. El Juzgado de Investigación Preparatoria de Mala, cita y emplaza al acusado: TIBURCIO CRUZ PANIAGUA: con Documento de Identidad N° 31523916 en mérito a la Resolución número cinco de fecha diecisiete de julio del dos mil dieciocho, mediante la cual se señala AUDIENCIA DE COMPARECENCIA CON RESTRICCIONES para el DÍA NUEVE DE AGOSTO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.) la misma que es de CARÁCTER INAPLAZABLE, a llevarse a cabo en la sala de audiencias «B» DEL MODULO PENAL DE MALA, sito en el Pasaje San José N° 100 – Mala – Cañete, para que se presente y se defienda de los cargos formulados en su contra por la presunta comisión del delito DE VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD; en agravio de MENOR DE EDAD DE INICIALES E.E.C.U., de lo que se deja constancia para los fines de Ley. Mala, 17 de julio del 2018.
Publicar: 18, 19 y 20 de Julio de 2018.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Sub Gerente de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Imperial, en mérito al Expediente N° 425-2018-SGRCYC-MDI, presentado por el Sr. OSCAR VALERIO CARBAJAL OCHOA, donde solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE SU ACTA DE NACIMIENTO, inscrito en el folio N° 401, libro N° 65, del año 1960, rectificación en la parte principal donde se ha consignado erróneamente el nombre de la madre del titular dice: ANITA OCHOA SANCHEZ, debiendo decir: VICTORIA OCHOA SANCHEZ.
Esto al amparo de la Directiva DI-415-GRC/032 «Rectificación Administrativa por Error u Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 049-2017-SGEN/RENIEC, dejando subsistentes e invariables los demás datos que contiene dicho documento público. Imperial, 25 de Junio de 2018.
Cecilia Y. Loayza Lozano
Sub Gerente Registro Civil

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ROBERTO FELIX ARIAS CAMPOS, con DNI N° 15363885, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre ELEONIDA CAMPOS DE ARIAS, fallecida el 28 de octubre del 2016, teniendo como último domicilio el distrito de Cerro Azul – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley. San Vicente, 10 de Julio de 2018.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ROBERTO FELIX ARIAS CAMPOS, con DNI N° 15363885, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre MIGUEL ARIAS OCHOA, fallecido el 16 de Noviembre de 2012, teniendo como último domicilio el distrito de Cerro Azul – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley. San Vicente, 10 de Julio de 2018.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, FAUSTA CRUZADO SARMIENTO, con DNI N° 31000090, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su hijo GERBERT MICHEL SILVA CRUZADO, fallecido el día 14 de Julio del 2012, teniendo como último domicilio el distrito de Quilmaná – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley. San Vicente, 03 de Julio de 2018.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, LUZ MARINA LOAYZA DE LEVANO, con DNI N° 15341604, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su hijo LUIS ANDRES LEVANO LOAYZA, fallecido el día 03 de Octubre del 2016, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley. San Vicente, 06 de Julio de 2018.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, EMILIO ALEJANDRO MENDIETA GARAMENDI, con DNI N° 15393158, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su hijo ANDY NAVIB MENDIETA FRANCIA, fallecido el día 26 de Diciembre del 2016, teniendo como último domicilio el distrito de Calango – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley.
San Vicente, 02 de Julio de 2018.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ROSA YSABEL CAMPOS CHUMPITAZ, con DNI N° 15444037, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre FRANCISCO CAMPOS QUISPE, fallecido el 17 de Junio del 2018, teniendo como último domicilio el distrito de Asia – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley.
San Vicente, 06 de Julio de 2018.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARÍA CAMACHO GÁLVEZ
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña ERIKA RAMIREZ SARAVIA, de quien fuera su recordado hijo don JAVIER ALEXANDER ROJAS RAMIREZ, quien falleció AB-INTESTADO el día 11 de Junio del año 2018, a efecto de que se declare como herederos a sus padres JAVIER CLEMENTE ROJAS ALIAGA y ERIKA RAMIREZ SARAVIA. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 22 de Junio de 2018.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Chilca, provincia de Cañete, Expediente N° 0070-2018-C; RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Chilca, AUTOS Y VISTO: 1° ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Marcela Gloria Huapaya Rueda; trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial fije fecha para la audiencia actuación y declaración judicial para el día 24.07.2018 a horas 11:00 a.m. 2° NOTIFÍQUESE la presente resolución tres; 3° CUMPLA la solicitante con publicar por una sola vez un extracto del auto admisorio en los diarios El Peruano y en el diario local Al Día Con Matices. Una firma Dr. H. Medina L. – Juez. Una firma de R. Salazar B. – Secretaria Judicial.
Chilca, 18 de Junio de 2018.
Rosa Delia Salazar Balvin
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado Permanente de Chilca
Corte Superior de Justicia de Cañete

SEGUNDO JUZGADO CIVIL
PERMANENTE DE CAÑETE
Expediente N° 00093-2018, en los seguido por FÉLIX MANUEL CAYCHO TORRES representado por Arturo Conde Caycho con PETRONILA YATACO CARDENAS VIUDA DE FLORES Y OTROS, sobre ENRIQUECIMIENTO INDEBIDO; la Srta. Magistrada Judith Marcelo Ciriaco ha dispuesto la publicación de un extracto de la RESOLUCIÓN NÚMERO DOS, de fecha veintiocho de Mayo del dos mil dieciocho, (parte pertinente). TRASLADO: de la demanda mediante EDICTOS, a la SUCESIÓN DE MANUEL TEOBALDO FLORES SEVILLA, SUCESIÓN DE VÍCTOR FLORES SEVILLA, SUCESIÓN DE YOLANDA FLORES DE AZALDEGUI Y LA SUCESIÓN DE HONORIA VICTORIA VILA UNTIVEROS DE FLORES, para que dentro del plazo de SESENTA DÍAS, se apersonen al proceso y hagan valer su derecho conforme a Ley, bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal, publicándose un extracto en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Al Día Con Matices de esta localidad, por tres veces con intervalo de tres días. Fdo. Dra. Judith Marcelo Ciriaco – Juez. Fdo. Percy Edwin García paredes – Secretario Judicial.
Cañete, 18 de Julio de 2018.
Percy Edwin García Paredes
Secretario Judicial
Segundo Juzgado Civil Permanente
Corte superior de Justicia de Cañete
Publicar: 18, 25 y 31 de Julio de 2018.

AGRÍCOLA TERCER MUNDO S.A.
CONVOCATORIA
El Directorio de Agrícola Tercer Mundo S.A. cita a los accionistas a la Junta General Extraordinaria a efectuarse en su local institucional, sito en Los Jardines de la Casona Montalván, ubicado en la antigua Panamericana Sur, Km. 143.5 del distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, a realizarse el día 03 de Agosto de 2018, a horas 9:30 a.m. en Primera Convocatoria y el día 07 de Agosto de 2018, a horas 9:30 a.m. en Segunda Convocatoria.
AGENDA:
1.- Acordar la Enajenación del Predio San Carlos, Cerrito San Miguel, Predio San Bernardito, Predio Era, Ranchería Alta, Predio Santa Isabel, áreas excedentes de la Habilitación Urbana Tercer Mundo y otras áreas excedentes.
2.- Acordar otorgamiento de facultades al Presidente del Directorio don Ernesto Solórzano Rivas y a la Gerente General Lucila Victoria Gálvez Yangali para que firmen y suscriban las Minutas y Escrituras Públicas de compra venta de los Predios San Carlos, Cerrito San Miguel, Predio San Bernardito, Predio Era, Ranchería Alta, Predio Santa Isabel, áreas excedentes de la Habilitación Urbana Tercer Mundo y otras áreas excedentes.
3.-Facultades al Presidente Ernesto Solórzano Rivas y Gerente General Lucila Victoria Gálvez Yangali para que puedan acumular y/o introducir modificaciones físicas, independizar, subdividir y realizar todas las modificaciones necesarias que se requiera en cada caso de los Predios urbano y/o rústico de la propiedad de Agrícola Tercer Mundo S.A.
Cañete, 18 de Julio de 2018.
El Directorio

EDICTO JUDICIAL (03 DÍAS)
Exp. N° 342-2015. Ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, que despacha la Señora Juez, Doctora Haydee Pérez Saavedra, Secretario Judicial Luis Jesús Raymondi Lorenzo AUTOS Y VISTOS; Con el escrito de demanda. CONSIDERANDO: AL PRINCIPAL.- PRIMERO: La demanda que corre en autos, reúne los requisitos de admisibilidad, procedibilidad y competencia contenidos en los artículos 424° y 425° del Código Procesal Civil concordante con el artículo 164° del Código de los Niños y Adolescentes; SEGUNDO: Asimismo la demanda no se encuentra incursa dentro de los presupuestos generales de inadmisibilidad e improcedencia establecidos en los artículos 426° y 427° del Código Procesal Civil, concurriendo los presupuestos procesales y las condiciones de la acción exigidos por los preceptos citados, por estas consideraciones; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la presente demanda interpuesta por YAQUELE SOLEDAD ARAUJO CCANTO contra ROBERT CARLOS QUISPE QUISPE, sobre ALIMENTOS, en la VÍA DE PROCESO ÚNICO. En consecuencia CÓRRASE TRASLADO de la demanda al demandado por el término de CINCO DÍAS para que la conteste, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a los autos los anexos que se adjunta. En el acto de la contestación de la demanda, el demandado deberá acompañar la última declaración jurada presentada de su impuesto a la renta o del documento que legalmente la sustituya o una certificación jurada de sus ingresos con firma legalizada, sin cuyo requisito no será admitida; PUBLÍQUESE por una vez en el Diario de Avisos Judiciales «Al Día con Matices» y en el diario oficial «El Peruano». Mala, 05 de abril del 2018.
Publicar: 17, 18 y 19 de Julio de 2018.

REMATE JUDICIAL EN
PRIMERA CONVOCATORIA
En el Expediente N° 172-2016 en los seguidos por FINANCIERA QAPAQ S.A. contra WILIAM ALVA ROCHA y SUSSAM KARLA MEDINA GUERRA sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA, el Primer Juzgado Civil de Cañete – sede central, a cargo del Juez Edgar Luis Mallma Vargas, Especialista Legal Nancy Jane León Orellana, ha facultado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro N° 293 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien:
INMUEBLE: ubicado en Pasaje J N° 164, Urbanización Los Viñedos de Chincha, Primera Etapa, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica, que corre inscrito en la Partida N° 11010484, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX, sede Ica.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 22,109.40 dólares americanos.
BASE DE REMATE: US$ 14,739.60 dólares americanos.
AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: Hasta por la cantidad de US$ 22,109.40 dólares americanos a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CRÉDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A. PROFINANZAS S.A., inscrita en el asiento 4-D de la Partida N° 11010484 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX, sede Ica.
DÍA Y HORA DEL REMATE: Día 31 de Julio del 2018 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana)
LUGAR DE REMATE: En el local del Primer Juzgado Civil de Cañete – sede central, ubicado en la Av. Mariscal Benavides N° 657, San Vicente, provincia de Cañete, Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, además se deberá adjuntar DNI en original y copia y tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de Expediente y número de DNI, copia y original firmados. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Artículo 18° del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelarán culminado el Acto de Remate. Gianni Gasttone Chávez Enciso, Martillero Público con Registro N° 293; Especialista Nancy Jane León Orellana, Primer Juzgado Civil de Cañete – sede central
Gianni Gasttone Chávez Enciso
Martillero Público
Registro N° 293
Publicar: Del 17 al 24 de Julio de 2018.

SEGUNDO JUZGADO CIVIL PERMANENTE DE CAÑETE
Expediente N° 000452-2017, en los seguidos por DANIEL ENRIQUE SÁNCHEZ QUISPE Y OTROS con CARLOS ALBERTO SEGOVIA ESPINOZA, sobre CONVOCATORIA JUDICIAL, la Srta. Magistrada Judith Marcelo Ciriaco, ha dispuesto la publicación de un extracto de la RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO, de fecha doce de Abril del dos mil dieciocho (parte pertinente). EMPLÁCESE a la SUCESIÓN DE NEMESIO FERNANDO LUI VÁSQUEZ, mediante EDICTOS, para que en el plazo de SESENTA DÍAS, cumplan con apersonarse al proceso y hagan valer su derecho conforme a Ley, bajo apercibimiento de designarse un Curador procesal, publicándose un extracto en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Al Día Con Matices de esta localidad, por tres veces con intervalo de tres días. Fdo. Dra. Judith Marcelo Ciriaco-Juez. Fdo. Percy Edwin García Paredes-Secretario Judicial. Cañete, 27 de Junio de 2018.
Percy Edwin García Paredes
Secretario Judicial
Segundo Juzgado Civil Permanente
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 13, 19 y 25 de Julio de 2018.

EDICTO JUDICIAL (03 DÍAS)
EXP. 00174-2018-26-0806-JR-PE-01, ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Mala, que despacha la Sra. Juez María Martínez Gutiérrez y la Especialista Judicial Hirian Carbajal Del Águila; DISPONE notificar al imputado TIBURCIO CRUZ PANIAGUA, con domicilio real en Comunidad Huayñura – Curpahuasi – Grau – Apurímac, con la Resolución N° 03 (parte pertinente) que cita a AUDIENCIA DE COMPARECENCIA CON RESTRICCIONES, la misma que se llevará a cabo el día DIECISIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas ONCE DE LA MAÑANA, (hora exacta) audiencia que se desarrollará en la Sala de Audiencias «B» del Módulo Penal de Mala, situado en Pasaje San José N° 100 – Segundo Piso – Mala; con la presencia obligatoria del Fiscal y el Abogado Defensor del imputado. De lo que se deja constancia para los fines de ley.- Mala, 26 de junio del 2018.
Publicar: 17, 18 y 19 de Julio de 2018.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251-CC
Se hace saber que don JORGINHO TEOBALDO MEZA GUERRERO, de 27 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de ocupación taxista, con DNI N° 46887716, domiciliado en Jr. O´Higgins 491 – San Vicente y doña YOSSELIN NASHELI COLANA HUMAREDA, de 26 años de edad, natural de Tarma – Junín, con DNI N° 72079653, de ocupación Asist. De Socso, domiciliada en CPM Colina Blanca Mz. E Lote 04 – Cerro Azul; van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el 06 de Agosto de 2018. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley. San Vicente de Cañete, 13 de Julio de 2018.
Lizbet Cuzcano Sánchez
Registradora Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 250° del Código Civil se hace saber que ante el Alcalde del Concejo Distrital de San Luis – Cañete, se han presentado don PHOCO MANZO PEDRO LUIS, de 27 años de edad, con DNI N° 47153230, natural de San Luis, de nacionalidad peruana, ocupación PNP, estado civil soltero, domiciliado en calle Comercio N° 535, del distrito de San Luis, provincia Cañete, departamento de Lima, hijo de don Luis Alberto Phoco Machaca y doña Juana María Manzo Quispe, estado civil casados y doña FAJARDO BENAVENTE ROSARIO ELIZABETH, de 27 años de edad, identificada con DNI N° 71975662, domiciliada en calle Salaverry Mz. K Lote 15, distrito de San Luis, provincia Cañete, departamento de Lima, de nacionalidad peruana, ocupación Administradora, estado civil soltera, hija de don Juan Fajardo Ramos y doña Elizabeth Fidela Benavente Reyes, estado civil casados, domiciliada en calle Salaverry, Mz. K Lote 15, distrito de San Luis, provincia de Cañete, departamento de Lima. Pretendiendo contraer matrimonio Civil el día Viernes 03 de Agosto a las 10:00 a.m. en el Local Municipal. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término señalado que es de ocho días conforme a Ley.
San Luis, 17 de Julio de 2018.
Cristian Alfredo Pérez Franco
Alcalde
Marlene R. Quispe Cama
Encargada de Registro Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Sub Gerente de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Imperial, en mérito al Expediente N° 426-2018-SGRCYC-MDI, presentado por la Sra. LUCY ELENA CARBAJAL OCHOA, donde solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE SU ACTA DE NACIMIENTO, inscrito en el folio N° 58, libro N° 60, del año 1957, rectificación en la parte principal donde se ha consignado erróneamente el nombre de la madre de la titular dice: VICTORIA ANITA OCHOA SANCHEZ, debiendo decir: VICTORIA OCHOA SANCHEZ. Esto al amparo de la Directiva DI-415-GRC/032 «Rectificación Administrativa por Error u Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 049-2017-SGEN/RENIEC, dejando subsistentes e invariables los demás datos que contiene dicho documento público. Imperial, 25 de Junio de 2018.
Cecilia Y. Loayza Lozano
Sub Gerente Registro Civil

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, CAROLA LISSETH LUYO SUAREZ, con DNI N° 41220526, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor PEDRO LUYO GUERRA, fallecido el 22 de Junio del 2014, teniendo como último domicilio el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley.
San Vicente, 10 de Julio de 2018.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NÓMINA DE MARTILLEROS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE


CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRESIDENCIA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 0404-2018-CSJCÑ-PJ-P

Cañete, veintiocho de Junio del año dos mil dieciocho

VISTOS:
La Resolución Administrativa N° 0323-2018-P-CSJCÑ/PJ y el Informe N° 003-REDIJU-RMP-CSJCÑ/PJ-PCM; y

CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Mediante Resolución Administrativa N° 0323-2018-P-CSJCÑ/PJ, se estableció el plazo de presentación de solicitudes de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos que integran la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Cañete, hasta el 15 de Junio de 2018 como fecha límite improrrogable, correspondiente al año judicial 2018.

SEGUNDO.- Por Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 27728, Ley del Martillero Público, que establece que todo Martillero Público mantendrá su inscripción vigente mediante la habilitación anual, para el ejercicio de sus funciones.

TERCERO.- Por Resolución Jefatural N° 162-2018-SUNARP-Z.R.N° IX-JEF, de fecha 21 de marzo de 2018, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos dispuso la habilitación anual para ejercer el cargo de Martilleros Públicos para el año 2018.

CUARTO.- A través del Informe N° 003-REDIJU-RMP-CSJCÑ/PJ-PCM, emitido por el encargado del Registro de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia de Cañete, de fecha 26 de Junio de 2018, pone en conocimiento de esta Presidencia la presentación de 51 solicitudes que cumplen con los requisitos exigidos por esta Corte Superior de Justicia, habiendo abonado el arancel correspondiente.

QUINTO.- Que, todos los solicitantes además de cumplir con los requisitos, y de estar autorizados por la Zona Registral N° IX – sede Lima de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, han cumplido con abonar el arancel correspondiente, según lo dispone el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 161-2015-CE-PJ.

SEXTO.- Con relación a la solicitud de reinscripción del Sr. Alberto Oscar Ramos Wong, Martillero Público, con Registro N° 226, la Superintendencia nacional de los Registros Públicos mediante Resolución N° 058-2018-SUNARP/SN, de fecha 10 de Abril de 2018 le impuso la sanción de suspensión del ejercicio por un año por haber incurrido en responsabilidad administrativa al haber incumplido las obligaciones previstas en el numeral 2 y 8 del artículo 16° de la Ley del Martillero Público, Ley N° 27728.

En consecuencia, estando a las consideraciones expuestas, y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la Nómina de Martillero de la Corte Superior de Justicia de Cañete, correspondiente al año judicial 2018 conformada de la siguiente manera:

N° MARTILLERO PÚBLICO
1 Gonzales Vila, Alcides Andrés
2 Gutierrez Quispe, Nelly Isabel
3 Rojas Tamayo, Pablo Colbert
4 Chavez Enciso, Gianni Gasttone
5 Jara Chumbes, Sandro Alberto
6 Luna Tay de Correa, Alida María
7 Correa Guerrero, Alcibíades Orlando
8 Gonzales Barzotti, Carlos Alberto
9 Reynoso Eden, Edwin Fernando
10 Farfan Zambrano, Rodolfo Alberto
11 Osnayo Pazos, Diana Esmilda
12 Zeballos Alva, María Ángela
13 Galindo Schroder, Carla Francisca
14 Escudero Lozano, Alberto César
15 Vega Tirado, Asdel Edilberto
16 Roca Cuzcano, Orlando Florencio
17 Urbina Chumpitassi, Marco Antonio
18 Reynoso Eden, Javier Víctor Rafael
19 Ponce Valdivia, Héctor Mauricio
20 Bautista Lizarbe, Roberto Carlos,
21 Xong Eyzaguirre, Juan Pablo
22 Majluf Delaude, Katia Patricia
23 Lafitte Lamas, Ricardo
24 Ramos Romani, Rudy Oscar
25 Pisfil Flores, Eloy Octavio
26 Ipenza Negri, Víctor Manuel
27 Quintana Chuquizuta, Wilder
28 Chira Moreno, Joseph Alberto
29 Vergara Coaguilla, Fanny Adeli
30 Mariñas Sánchez, Abraham
31 Vásquez Zubieta, Patricia Victoria
32 Echevarría Camargo, Gonzalo Efraín
33 Matsuoka Sato, Gustavo Daniel
34 Llumpo Arce, Esperanza Marina
35 Lara Sobrevilla, María Rocío
36 Zapata Obando, Emilardo
37 Alva Rivera, Pamela Marisol
38 Tello Flores, Mercedes Narcisa
39 Larrea Nongrados, Cinthia Karina
40 Melendez León, José Carlos
41 Diaz Vargas, Juan Favio
42 Vargas Mallqui, Bernarda Melchora
43 Vargas Mallqui, Carina Georgina
44 Chumioque Hidalfo, Enrique Orlando
45 Antezana Soto, José Antonio
46 Olivera Bernal, Justiniano Augusto
47 Olivera Fernández, Boris Augusto
48 Villegas Aranda, Ruth Maribel
49 Pizarro Casaverde, Justo
50 Muñoz Aguirre, Claudia Melissa
51 Alvarado Malpica, Bethuel Leudmin

ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR improcedente la solicitud de reinscripción a la Nómina de Martilleros Públicos, correspondiente al año 2018 de esta Corte Superior de Justicia, del Sr. ALBERTO OSCAR RAMOS WONG; conforme a lo resuelto mediante Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 058-2018-SUNARP/SN, de fecha 10 de Abril de 2018.

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que la Nómina aprobada, sea registrada en el Registro de Peritos Judiciales – REPEJ, de este Distrito Judicial, registro que se encuentra a cargo del encargado del Registro de Martilleros Públicos y que la designación de los Martilleros Públicos aprobados en la presente Resolución, se realicen aleatoriamente en base a los requerimientos de los diversos Órganos Jurisdiccionales de este Distrito Judicial.

ARTÍCULO CUARTO.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Oficina de Administración Distrital, Oficina de Servicios Judiciales y a la Oficina de Imagen Institucional para los fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase

Dr. Raúl Jimmy Delgado Nieto
Presidente (E)
Corte Superior de Justicia de Cañete