20 junio 2007

ENTREVISTA:
Promete Que Apoyará A Familiares De Occisa...
DR. LUIS CUSTODIO CALDERON RECUSA Y NIEGA VERSIONES PROPALADAS POR MUFARECH...

SAN VICENTE.- El vicepresidente del Gobierno Regional de Lima, Dr. Luís Custodio Calderón, salió al frente para responder algunas acusaciones hechas en su contra por parte de don Miguel Ángel Mufarech, en su reciente visita a la provincia, así como también acusaciones a otros consejeros de la gestión actual.
"Son mentiras y más aún sabiendo de la persona de quien viene, no le voy a hacer el menor caso. Sé lo que he hecho y lo que voy a realizar, por lo tanto, yo me debo simplemente a mi forma de vida. No me interesa lo que otra persona pueda opinar de una manera falsa", respondió en forma tajante, Custodio Calderón.
El mencionado galeno quien está involucrado en el deceso de una humilde moradora de Huacho a consecuencia de un accidente de tránsito, en rueda de prensa recusó algunas versiones en su contra.
Entre otras palabras lo que ha dicho don Miguel Ángel Mufarech, es que usted tuvo el accidente de tránsito cuando iba camino hacia un prostíbulo
Esa es su costumbre, probablemente piense que todos son iguales. Pero, yo nunca he ido a ninguno de esos sitios, yo no conozco.
Se dice que ha movido algunas influencias en la Policía Nacional para quitarle toda responsabilidad a Luis Custodio y, según las mismas versiones, Ud. Habría estado un poco ebrio…
Felizmente no conozco a ningún policía allá en Huacho. Yo soy de Cañete. Tengo 30 años en Cañete, pero no en Huacho. Si he tenido la oportunidad de conocer a alguien ha sido por un saludo oficial, nada más. Es más yo soy el que estuve mal, desde que ingresé al hospital no he tenido la oportunidad de conversar hasta la media noche que me sacaron todos los análisis. No he tenido la oportunidad de buscar a alguien como para que me ayude de algo que no deben de ayudarme.
¿Qué hacía usted?.
Yo viajaba, precisamente, a Lima porque al día siguiente tenía una reunión con la Ministra de Transporte (Zavala) y aprovechaban del viaje dos hijos de funcionarios que tenían que ir a la Universidad y por eso es que lo llevaba. Yo me iba a Lima (risas), no a otro sitio como lo han dicho.
Dr. Custodio, en todo caso. ¿En qué situación se encuentra este problema?.
La situación es que ya di mi declaración a la Policía. ¡Bueno…! No quiero conversar de las cosas que supuestamente pertenecen a mi persona. He conversado con uno de los familiares porque me interesé de saber el resultado de lo que había allá, porque recién me enteré del tercer día, después de la operación que me hicieron aquí en Lima. Pero, nada más, ni propaganda personal voy a hacer con lo que haré por ellos. Será una cosa humanitaria y personal. Claro es lógica que se dé.
Pero, manifiestan que a la familia se le ha prometido el oro y el moro, sin embargo, hasta la fecha usted no lo ha cumplido.
Perdón, yo acabo de hablar con la familia, a mi me dieron de alta esta semana, yo no he prometido nada. La promesa lo hago en forma personal, no he enviado a nadie para que hable por mí. Así que esas supuestas opiniones que está dando el señor (Mufarech) se las habrá imaginando. Yo no sé de qué está hablando. La promesa que hago, las cumplo. Pero, no tengo por qué estar opinando de lo que otros suponen que ha sido así.
Ex Presidente Regional Cuadra Al Actual Jefe de la Región...
MUFARECH - CHUI EN LIOS DE COMPADRES...
Reciente Visita De Ambos Personajes Desatan Una Batahola Política Por El Control De La Región...

Las acusaciones van y vienen desde ambos bandos, y al parecer se ha desatado una disputa política por tomar el rumbo de las acciones del Gobierno Regional.
El Ex – Presidente Regional Miguel Angel Mufarech Nemy, se lanza como candidato otra vez para las próximas elecciones regionales, y muy suelto de huesos olvidando una gestión pasada no tan aceptable -así lo demuestran los resultados- ofrece espectaculares propuestas de trabajo para su posible próximo gobierno. Es cierto, casi muchas de sus propuestas van a marca el rumbo de los acontecimientos de casi todos los Gobiernos Regionales del País. Pero difícilmente creo que el pueblo en su mayoría va a confiar nuevamente en él, sobretodo por exhibir debilidades tan notorias como la de ser muy prepotente y autoritario, el dejarse influenciar por chismes infundados, hechos que delatarían y mellarían la aceptación del pueblo Cañetano y de muchos otras provincias de la Región de Lima.
Lo criticable es que el Presidente Regional, Nelson Chui, no haya formalizado con una buena sustentación las denuncias respectivas que pesan sobre el Gobierno de Mufarech y por eso él, ahora se presenta como el gran moralizador, el que va a fiscalizar la gestión de Chui. Lo que pasa es que Mufarech, no tiene la ética y la moral para ser un aceptable moralizador de la Región por su pasado gobierno con muchos desaciertos e irregularidades. Unos ejemplos: Nunca hizo obras de defensas ribereñas en zonas críticas de gran peligrosidad como "Lúcumos" a pesar que fue anunciado pomposamente. Hizo repoblamientos del camarón sin sostenibilidad en el río Cañete, pues casi nada de lo que invirtió queda. Votó arbitrariamente -y al parecer por un soplo infundado a un Director Regional de Energía, sólo para perjudicar la electrificación a un centro poblado ribereño.
La presentación de Mufarech con mucho auspicio, al parecer está buscando conocer si aún conserva su capacidad de convocatoria y así sondear con sus propuestas – Buenas-, la aceptación del pueblo cañetano, podría ser que encuentre aceptación, pero tiene que dar un giro de 180 grados. También eso de conforma un Frente de Defensa de los Límites parece buena idea; pero, así como están las cosas con conflictos y entredichos va a ser difícil lograrlo. Nosotros si tenemos un trabajo avanzado del caso y tenemos unas 27 organizaciones de base que no están en la política ni líos de por medio. Sólo faltan regularizar algunos detalles y todo por un fin de servicio a la colectividad cañetana.
Escrito por: Crisanto Laura Cueva. Frente Cívico de Cañete
PUNTO DE VISTA...
DETECCION DE RIESGO CORONARIO E HIPERTENSION...
Escribe: Lic. César Calagua Gutiérrez

La semana que culminó, Essalud desarrolló una nueva campaña y muy importante en bien de la colectividad de nuestra provincia, dentro y fuera del hospital, para lograr identificar a tiempo a la población con factores de riesgo coronario e hipertensión arterial, para lo cual se realizaron actividades diversas de promoción de la salud, especialmente promoviendo los estilos de vida saludables, en la población adulta y adulta mayor asegurada.
Se realizó igualmente el tamizaje para la detección oportuna de las enfermedades crónicas no transmisibles como Hipertensión arterial. Igualmente se tuvo que contribuir a identificar a la población con riesgo coronario e Hipertensión arterial, a través de la educación y prevención
El incremento de las enfermedades no transmisibles (ENT) y la posibilidad de evitarlo hacen apremiante la puesta en marcha o el reforzamiento de los programas preventivos de este tipo. Sin embargo, existe una serie de mitos alrededor de las ENT, que dificulta la aplicación de dichos programas; en estos mitos subyace la idea de que éstas son: a) degenerativas e incurables; b) enfermedades de la vejez, y c) enfermedades de los ricos. Asimismo, existen mitos según los cuales los programas preventivos de las ENT son: a) difíciles de implementar; b) costosos, y c) ineficaces.
En casi todos los países de América Latina y el Caribe, las transformaciones sociales, económicas, demográficas y epidemiológicas de las últimas décadas han contribuido a la aparición de nuevas prioridades de salud. Entre estas últimas destacan, por su importante aumento, las enfermedades no transmisibles (ENT), que incluyen problemas cardiovasculares, cánceres, diabetes y padecimientos renales relacionados con la hipertensión, entre otros.
Las ENT más frecuentes son evitables en gran medida. La prevención está dirigida a evitar la aparición de los factores de riesgo que anteceden a la presentación de la enfermedad, o bien, a tratar dichos factores lo antes posible una vez que han aparecido. El incremento de las ENT y la posibilidad de evitarlo hacen apremiante e impostergable la puesta en marcha o el reforzamiento de los programas preventivos, destinados a modificar la prevalencia de los factores de riesgo, particularmente entre los adolescentes y adultos jóvenes.
Sin embargo, existe una serie de preconcepciones o mitos relativos a las enfermedades crónicas, que dificulta o impide la puesta en marcha de dichos programas y de la cooperación técnica que los acompaña.
Existe la creencia de que en los países menos desarrollados el costo de la prevención de las ENT es mayor que el de la de otros problemas; es decir, que las intervenciones para prevenir las ENT son menos costoefectivas que aquellas relacionadas con problemas a los que la cooperación técnica ha prestado tradicionalmente más atención. Una revisión de las evidencias existentes al respecto indica que esto no es necesariamente cierto, por
ejemplo, algunas intervenciones antitabáquicas son igualmente costo-efectivas que algunos programas de vacunación como el de la polio (triple vírica) o inclusive más que el del cólera.
Los programas de detección oportuna de cáncer de cuello de útero o de mama, o los programas integrados de prevención primaria y secundaria de las enfermedades cardiovasculares, son más costo-efectivos que algunas intervenciones preventivas de las diarreas (programas para mejorar prácticas higiénicas personales y domésticas) o que algunos programas de control de vectores de la malaria o el dengue. En cualquier caso, hay que considerar que las intervenciones preventivas de las ENT son al menos 20 veces más costo-efectivas que las clínicas en el ámbito de estas mismas enfermedades.
Es por ello que Essalud asume este reto y difunde sus campañas con la participación de la población como sucede en nuestra provincia donde se involucra inicialmente a los trabajadores para llegar a la colectividad, a través de las empresas que se visitan para contrarrestar estos males, que preocupan muchos a las autoridades de Essalud.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA Nº 012-2007-MPC

Cañete, 19 de Junio del 2007

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

POR CUANTO:
El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de Junio de 2007; y

CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a las competencias y funciones específicas establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la Municipalidad Provincial tiene facultad para normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano en su jurisdicción, de conformidad con la ley y Reglamentos Nacionales sobre la materia.

Que, conforme a lo establecido por la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre N° 27181, artículo 17° numeral a), la Municipalidad Provincial en el ámbito de su territorio tiene competencia para emitir normas y disposiciones en forma complementaria, así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los reglamentos nacionales.

Que, de conformidad a la Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores N° 27189 y su Reglamento, D.S. N° 004-2000-MTC, modificado por el D.S. 009-2000-MTC, la Municipalidad Distrital en donde se presta el servicio público de transporte especial de pasajeros en vehículos menores, es la encargada de autorizar dicho servicio y aplicar las sanciones por las infracciones al citado reglamento.

Que, la Municipalidad Provincial de Cañete para administrar el servicio ha emitido el Reglamento para la Prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores de Tres Ruedas, Motorizados y no Motorizados del Distrito de San Vicente de Cañete - Cañete, mediante la Ordenanza N° 031-2004-MPC, modificándose la escala de infracciones mediante la ordenanza N° 031-2005-MPC.

Que, mediante la Ordenanza N° 08-2006-MPC, de 17 de Febrero del 2006, se autorizo la estandarización o nivelación de las flotas de las empresas concesionarias, hasta completar el limite autorizado según reglamento, otorgando el plazo improrrogable de 15 días hábiles luego de la publicación, para que las empresas se acojan a dicho beneficio, aperturando igualmente ampliación para la concesión a dos nuevas empresas de este servicio.

Que, vencido el plazo otorgado por la Ordenanza N° 08-2006-MPC y teniendo en cuenta los registros de la Gerencia de Transporte actualmente una sola empresa en operación logró alcanzar el número máximo de flota autorizada y solamente una empresa se acogió la oferta brindada, para la inscripción de dos nuevas empresas del servicio en vehículo menor - mototaxi.

Que, del análisis de documentación en la División de Transporte Público, se establece que existe mas de una empresa de transporte en vehículos menores que en su oportunidad no han dado cumplimiento a la Resolución de Concesión ni a las condiciones del contrato, que se refiere a la anticipación con que debieron solicitar las renovaciones de concesión, para seguir operando el servicio, así mismo se ha establecido la existencia de Empresas de transporte de personas en vehículos menores – Mototaxi que vienen operando con un número menor, a la cantidad mínima de 10 unidades que establece el Reglamento.

Que, del informe de la División de Transito y Seguridad Vial, luego de un seguimiento ejecutado por los Inspectores Municipales de Transporte de la Municipalidad Provincial de Cañete plaqueando las unidades prestando servicio, se ha establecido que mas del 50% de vehículos menores denominados Mototaxis, viene trabajando en condición de informales.

Que, habiendo sido notorios los esfuerzos administrativos de la Municipalidad Provincial de Cañete, para lograr la formalidad del servicio de transporte en vehículos menores - Mototaxis sin haberse obtenido los resultados deseados, es necesario brindar una nueva y definitiva oportunidad para su regularización, emitiendo el dispositivo legal que autorice excepcionalmente la inclusión de nuevas unidades al servicio mediante la nivelación de las flotas y oportunidad para quienes no renovaron a tiempo sus concesiones.

Estando a lo expuesto, y, en uso de las facultades contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y contando con la aprobación favorable de la Comisión de Transporte y Seguridad Vial, el Concejo Municipal Provincial de Cañete por votación unánime y, con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, se otorga la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA PARA LA REGULARIZACIÓN DEL
SERVICIO DE TRANSPORTE EN VEHÍCULOS MENORES MOTOTAXI EN EL DISTRITO DE SAN VICENTE

I.- DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1°.- Autorizar excepcionalmente a las empresas de transportes del servicio de Transporte en Vehículos Menores - Mototaxi, que en su oportunidad no solicitaron la renovación de sus contratos de concesión, para que en el plazo que vence el 15 de Julio del 2007 formulen su petición de renovación concesión, y en el lapso que vence el 31 de Julio del 2007, concluyan el tramite con la expedición de la correspondiente Resolución de Renovación de Concesión, contrato correspondiente y habilitación de los vehículos de la flota autorizada.

Articulo 2°.- Al día siguiente útil de vencido el primer plazo, sin que se hubiera solicitado la nueva Concesión y Contrato correspondiente a que se refiere el artículo que antecede, el Gerente de Transporte y Seguridad Vial, bajo responsabilidad administrativa emitirá la Resolución de Gerencia correspondiente, extinguiendo toda Autorización, Resolución, Contrato, y Certificados de habilitación Vehicular, de aquellas Empresas que no se acogieron a este beneficio excepcional.

Artículo 3°.- Aún presentado el expediente de petición dentro del primer plazo y si los trámites no lograran concluirse dentro del lapso del segundo plazo señalado en el articulo primero, de igual forma al siguiente día útil, el Gerente de Transporte y Seguridad Vial, procederá conforme al artículo segundo.

Artículo 4°.- Las Empresas de Transporte en Vehículos menores, que presenten sus documentos y los tramiten dentro de los plazos establecidos en la presente Ordenanza, cancelarán los derechos obligatorios que están establecidos en el TUPA de la Municipalidad, para los tramites de renovación de Concesión y demás que correspondan conforme a ley.

Artículo 5°.- Autorizar a las empresas de Transporte en Vehículos Menores, con contrato de concesión vigentes, la inscripción de nuevas unidades vehiculares para el servicio en Vehículos Menores - Mototaxi, bajo el modo de nivelación de flota, que les permita si así lo desean, alcanzar el tope máximo de 30 unidades en la flota establecido en el Reglamento para este Servicio, cumpliendo con los requisitos y pagos de los derechos que establece el TUPA de la Municipalidad y en los mismos plazos establecidos en los artículos que anteceden..

Artículo 6°.- Inclúyase en los alcances de la presente Ordenanza, a las empresas que actualmente tienen contrato vigente y vienen prestando servicio con un número menor de diez unidades que es el mínimo autorizado por el Reglamento. Vencido los plazos establecidos sin que hubieran alcanzado el número mínimo de vehículos en la flota, el Gerente de Transporte y Seguridad Vial emitirá la correspondiente Resolución Gerencial extinguiendo la autorización y demás, conforme se ha establecidos en los artículos precedentes de esta Ordenanza.

Articulo 7°.- Establecer que en tanto se autorice un nuevo Reglamento del Servicio de Transporte en Vehículos Menores-Mototaxi, del distrito de San Vicente de Cañete, los solicitantes para obtener autorización, propietarios de los vehículos ofertados y conductores, deben acreditar domicilio legal y/o fiscal dentro del radio Urbano de San Vicente, firmando declaración jurada con firma legalizada, señalando la Dirección en donde oficialmente se entregue las comunicaciones.

II.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Primera: En el plazo que vencerá el 31 de Julio del presente año, el Gerente de Transporte de la Municipalidad Provincial de Cañete alcanzará un proyecto reformulado del nuevo Reglamento para el Servicio de transporte en vehículos menores del Distrito de San Vicente de Cañete.

Segunda: Encárguese a la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, para que adicionalmente a la notificación por la publicación oficial de la presente Ordenanza, se curse notificación con cargo de recepción del presente dispositivo a todos los representantes de las Empresas Transporte en vehículos menores registrados en la Municipalidad.

Tercera: La Gerencia de Transporte y Seguridad Vial, al finalizar el plazo que se otorga en la presente Ordenanza, formulará los análisis de los resultados alcanzados y propondrá los correctivos que sean convenientes, para su tratamiento en el pleno del Concejo.

III.- DISPOSICION FINAL:
Primera: Deróguese expresamente la Ordenanza N° 08-2006-MPC, que declaró saturado el servicio de transporte en vehículos menores Mototaxi y las disposiciones Municipales, emitidas con anterioridad que se opongan al cumplimiento de la presente.

Segunda: La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial de las publicaciones Judiciales de la Provincia de Cañete.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA

CONVOCATORIA

SE INVITA A LA POBLACION DEL DISTRITO DE CHILCA, PARA EL DIA 23 DE JUNIO DEL 2007 A HORAS 3:00PM, DE ACUERDO A LO NORMADO EN LA LEY Nº 28545 Y SU REGLAMENTO PARA LA ASAMBLEA ELECCIONARIA Y DESIGNAR A LA COMISIÓN ESPECIAL ELECTORAL QUE ESTARA INTEGRADA POR VECINOS NOTABLES.
SOBRE EL PROCESO DE ELECCION DE JUECES DE PAZ.
1ERA. NOMINACION Y SEGUNDA NOMINACION
LUGAR: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA. 2DO. PISO

PABLO NALDA QUIROZ
ALCALDE
JUDICIALES

DIRIMENCIAS
SALA CIVIL.- Exp. N° 2003- 0270-0-0805-JM-LA-01.- Laboral – Beneficios sociales
RESOLUCION NUMERO CUATRO: Cañete, veintiocho de Mayo del dos mil siete.- AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en la votación de la presente causa, los señores Vocales doctor Ricardo Astoquilca Medrano (Vocal Ponente) y Judith Marcelo Ciriaco, emiten su VOTO para que se REVOQUE la sentencia que viene en revisión en fojas ciento setenta y siete a ciento setenta y nueve, su fecha veintitrés de Noviembre del dos mil seis, que declara fundada en parte la demanda de fojas seis a diez con todo lo demás que contiene; REFORMÁNDOLA se declare INFUNDADA la demanda de fojas seis a diez; en los seguidos por Marcelino Reines Marcos Celestino con Rubén Lizardo Caycho Rivas, sobre Pago de Beneficios Sociales; SEGUNDO: Que, la Señora Vocal doctora Luz Gladys Roque Montesillo, emite su VOTO para que se CONFIRME la sentencia de fecha veintitrés de Noviembre del dos mil seis, en el extremo que resuelve declarar fundada en parte la demanda de fojas seis a diez y señala intereses legales y costos y se REVOQUE en cuanto señala los montos por concepto de Compensación por Tiempo de Servicios, Gratificación, Vacaciones y Costas; y REFORMÁNDOLA: se ordena que Rubén Lizardo Caycho Rivas pague a don Marcelino Reines Marcos Celestino por Compensación de Tiempo de Servicios las suma de Dos mil trescientos un Nuevos Soles con cinco céntimos, por Gratificaciones la suma de Cuatro mil cuatrocientos noventa Nuevos Soles con sesenta y dos céntimos y por Vacaciones la suma de Dos mil cuatrocientos Nuevos Soles con cincuenta céntimos, sumada los tres conceptos asciende a la suma de Nueve mil ciento noventa y dos Nuevos Soles con cincuenta céntimos, monto que deberá cancelar el empleador a favor de Marcelino Reines Marcos Celestino; En los seguidos por Marcelino Reines Marcos Celestino con Rubén Lizardo Caycho Rivas, sobre Pago de Beneficios Sociales; TERCERO: Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución al tratarse la resolución consultada una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se ha producido discordia en el presente proceso la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del Texto Legal acotado; CUARTO: Que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos, a través de cualquier medio de prensa o difusión, o de cualquier otros servicios, honorarios u otros conceptos, por lo que debe de omitirse la publicación en el diario oficial "Peruano" lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada ley orgánica, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario. Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al Señor Vocal doctor JORGE VILLANUEVA PEREZ para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el Señor Vocal dirimente el día VEINTISEIS DE JUNIO del presente año a horas OCHO DE LA MAÑANA CON DIEZ MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia " Al Día con Matices" por el término de UN DIA; en los seguidos Marcelino Reines Marcos Celestino con Rubén Lizardo Caycho Rivas, sobre Pago de Beneficios Sociales. Interviene el doctor Durand Prado para efectos del llamamiento; Publicándose y Notificándose.
S.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
ROQUE MONTESILLO
DURAND PRADO

DIRIMENCIAS
SALA CIVIL.- Exp. N° 2005- 0389-0-0801-JR-CI-01.- Civil – Proceso contencioso administrativo
RESOLUCION NUMERO CUATRO: Cañete, veintiocho de Mayo del dos mil siete.- AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en la votación de la presente causa, los señores Vocales doctor Ricardo Astoquilca Medrano y Judith Marcelo Ciriaco (Vocal Ponente), emiten su VOTO para que se declare NULA la resolución número trece (auto), venida en apelación de fojas ciento veintitrés a ciento veinticuatro, su fecha ocho de Enero del dos mil siete, que resuelve rechazar la demanda interpuesta por Rosa de Tomas Cuzcano; en consecuencia NULO todo lo actuado hasta fojas ciento ocho inclusive, quedando susbsistente los documentos que no contengan actos procesales y renovando el acto procesal SE ORDENE que el A-quo se avoque al conocimiento de la causa y proceda a calificar la demanda, de acuerdo a los considerandos de la presente resolución; e INSUBSISTENTE el concesorio que corre a fojas ciento veintiocho; En los seguidos por Rosa de Tomas Cuzcano con Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Administrativo; SEGUNDO: Que, la Señora Vocal doctora Luz Gladys Roque Montesillo, emite su VOTO para que se REVOQUE la resolución número trece, su fecha ocho de Enero del dos mil siete, corriente en fojas ciento veintitrés y siguientes, que resuelve rechazar la demanda interpuesta por Rosa de Tomas Cuzcano, mediante escrito de fojas seis a ocho; y REFORMÁNDOLA: MANDARON que se dé tramite a la demanda con arreglo a ley; En los autos seguidos por Rosa de Tomas Cuzcano contra la Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Administrativo; TERCERO: Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución al tratarse la resolución consultada una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se ha producido discordia en el presente proceso la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del Texto Legal acotado; CUARTO: Que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos, a través de cualquier medio de prensa o difusión, o de cualquier otros servicios, honorarios u otros conceptos, por lo que debe de omitirse la publicación en el diario oficial "Peruano" lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada ley orgánica, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario. Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al Señor Vocal doctor JORGE VILLANUEVA PEREZ para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el Señor Vocal dirimente el día VEINTISEIS DE JUNIO del presente año a horas OCHO DE LA MAÑANA CON QUINCE MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia " Al Día con Matices" por el término de UN DIA; en los seguidos Rosa de Tomas Cuzcano con Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Administrativo. Interviene el doctor Durand Prado para efectos del llamamiento; Publicándose y Notificándose.
S.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
ROQUE MONTESILLO
DURAND PRADO

EDICTO PENAL
EL 2° JUZGADO PENAL, Juez Ventura; Cita y emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho, rindan su instructiva de ley, y se defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue:
Exp. 2006-0449, a ANGEL IMAN ESTRADA; Delito: Lesiones; agraviado: Eduardo Alberto Campos Vicente. Cañete, 07/06/2007.
Secretaria: Ascona.
20, 21 y 22 de Junio

EDICTO PENAL
EL 1° JUZGADO PENAL, Juez Ascencio; Cita y emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho, rinda su instructiva de ley y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue:
Exp. 2000-0930, a KUVENKA ESPINOZA WESTREICHER: Delito: Usurpación; agraviado: Huberto Campos Zapata. Cañete, 08/06/2007.
Secretaria: Yzaguirre.
20, 21 y 22 de Junio

EDICTO JUDICIAL
Exp. N° 2004-1338, en los seguidos por el Ministerio Publico en contra de Edwin Sante Villcas sobre Violencia familiar en agravio de Nelly Gutiérrez León, por ante el Segundo Juzgado de Familia de Cañete, que despacha la señora Juez Maria de Los Milagros Luyo Sánchez, interviniendo la Secretaria Judicial. Victoria Lisbeth Mesias De La Cruz ha dictado la siguiente resolución que se transcribe:—————————
RESOLUCION N°01 de fecha 22-12-2004, AUTOS Y VISTOS (...). ADMITIR LA demanda interpuesta por el MINISTERIO PUBLICO contra EDWIN MOISES SANTE VILLCAS, sobre VIOLENCIA Familiar en agravio de Nelly Gutiérrez León. RESOLUCION NUMERO OCHO Cañete 19-03-2007 (...) se dispone: Notificar por edictos a don EDWIN MOISES SANTE VILLCAS (..) a efecto de que se apersone al proceso y conteste la demanda dentro del plazo de quince días, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL, teniéndose por notificado a partir del tercer día de realizada la última publicación. Cañete 19-Marzo del 2007; Fdo. Juez Luyo. Fdo. Mesias .-Sec. Judicial.
20, 21 y 22 de Junio

EDICTO JUDICIAL
Ante el Segundo Juzgado de Familia de Cañete, que despacha la Señora Juez MARÍA DE LOS MILAGROS LUYO SANCHEZ, interviene el secretario MIGUEL EDUARDO MORAN RUIZ, se tramita el Exp. Nro. 2006-0743, RESOLUCIÓN NÚMERO TRES: Cañete, 08-08-06, AUTOS y VISTOS: (…): APERTURAR INVESTIGACION TUTELAR a favor del menor N.N. de dos años de edad. RESOLUCION NÚMERO VEINTIUNO: Cañete, 21-05-07: AUTOS Y VISTOS: (…): ORDÉNESE la publicación del extracto del auto de apertura de Investigación Tutelar. Cañete, 21 de Mayo del 2007. Fdo. María de los Milagros Luyo Sánchez.-Juez. Fdo. Miguel Eduardo Morán Ruiz.-Secretario Judicial.
20, 21 y 22 de Junio

PUBLICACION
Ante el Oficio Notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jirón Bolognesi Nº 199 - San Vicente - Cañete - Lima, CESAR ALBERTO AQUIJE FRANCIA, con DNI Nº 15364721, solicita se Rectifique la Partida de Defunción, de quien en vida fuera su cónyuge BLANCA ISABEL PADILLA DE AQUIJE inscrita en la Municipalidad Distrital de Cerro Azul - Cañete, en la que han consignado el segundo apellido como: HUAPAYA, debiendo ser: DE AQUIJE. Lo que se publica para los fines de Ley.
Cañete, 18 de Junio del 2007.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
SUTE BASE CENTRO DE VARONES 20874 SAN VICENTE

PRONUNCIAMIENTO A LAS AUTORIDADES Y A LA OPINION PUBLICA

El Glorioso SUTE BASE del Centro de Varones Nº 20874 de San Vicente, bastión de las verdaderas jornadas de luchas sindicales por más de tres décadas demostrando consecuencia y disciplina sindical, con la autoridad moral que nos asiste comunicamos lo siguiente:
1.- El 14 de Junio del presente año en asamblea general de docentes, ante los últimos acontecimientos en el SUTEC provincial de Cañete, alzamos nuestra más enérgica voz de protesta por la burda patraña orquestada por el siniestro Martín Yangali Cóndor personificado por el nefasto Amalio Ynca Canales y sus seguidores oportunistas y mediáticos; quienes utilizaron vilmente el padrón de firmas de nuestra base y de otros colegios entregados durante la Huelga Nacional Indefinida del año 2003, sólo y exclusivamente para sus apetitos personales, de esta forma sorprendiendo a las autoridades locales, regional y nacional (UGEL Nº 08, DREL, Ministerio de Transporte, etc).
Al mismo tiempo denunciamos la actitud inescrupulosa y maquiavélica de estos individuos por enquistarse en el cargo avalados por el CEN de Patria Roja; quienes no pueden llegar ni llegarán al poder por los medios legales. De la misma forma no reservamos el derecho iniciar acciones legales en salvaguarda de nuestro buen nombre y prestigio institucional. No podemos dejar pasar por alto la acción del Notario Hubert Camacho Gálvez por "certificar" un documento que no se sujeta a la verdad. ¿Estos notarios merecen nuestra provincia?.
2.- Deslindamos en forma categórica que los integrantes de nuestra base no apoyan ni apoyarán a ningún oportunista sectario nombrados a dedo. Reiteramos nuestro más enérgico repudio a estos seudo dirigentes, toda vez que ningún docente de nuestra Base del Glorioso Centro de Varones participó en las reuniones de repartición de cargos de los otorongos caviares Amalio Ynca Canales y José Sánchez Candela.
Por lo tanto, desconocemos como representantes de nuestro sindicato, más por el contrario instamos a los maestros consecuentes de nuestra provincia organizarnos y
Elegir democráticamente a nuestros auténticos representantes UN MAESTRO, UN VOTO.
San Vicente, 14 de Junio del 2007.
¡Abajo los oportunistas y traidores del SUTEC!.
SUTE BASE CENTRO DE VARONES Nº 20874
Leonel Gonzales Santiago, Eladio Hipólito Torres, Carlos Francia Faustino, Gladis Ferreira Segura, Julián Rojas Ayllón… siguen firmas.
Se Fue Enma Obeso, En Medio Del Escándalo y Las Críticas...
Dr. MARCO ANTONIO MONTOYA CIEZA, NUEVO DIRECTOR DE LA RED DE SALUD CAÑETE - YAUYOS...

SAN VICENTE.- El Ministro de Salud, Dr. Carlos Vallejos Sologuren, finalmente aceptó la "renuncia" de la Dra. Enma Obeso Ledesma y designó al Dr. Marco Antonio Montoya Cieza como Director Ejecutivo de la Dirección de Red de Salud Cañete Yauyos de la Dirección de Salud III Lima.
El citado encargado de dicho portafolio ministerial, emitió la Resolución Ministerial, Nº 499 – 2007 – MINSA, publicada en el diario El Peruano el pasado domingo 17 de Junio, designando a Marco Antonio Montoya Cieza.
El flamante representante de la otrora S.B.S., estuvo laborando en el Hospital Rezola de Cañete y su designación ha sido evaluada, al lado, de muchas otras propuestas más presentadas ante el Ministerio de Salud.

ARDUA LABOR…
A Montoya Cieza, le espera realizar una ardua al frente de esta institución, teniendo en cuenta que hay un "desbarajuste" total en esta red, por la deficiente gestión a favor de los sectores más necesitados.
La Red de Salud, abarca no sólo la provincia de Cañete, sino también Yauyos, zonas en la que se señala que en los últimos meses los puestos de salud fueron abandonados, sin que nadie haga nada o se preocupe por su implementación.
Los médicos y enfermeras que tenían que estar en la zona rural, fueron trasladados a Cañete para desarrollar trabajos administrativos, sin importarle la salubridad de la gente de extrema pobreza que clama salud.

GOBERNADOR DESEA EXITOS…
Uno de los más duros críticos de la gestión de Enma Obeso, fue el Gobernador de Cañete, Ing. Fausto Espinoza, quien le deseó todos los éxitos al nuevo mandamás de la Red de Salud Cañete – Yauyos.
"En mi condición de autoridad política, simplemente, pido que realice una buena gestión. Quiero que las cosas sean transparente y se ejecute un buen trabajo en todas las jurisdicciones que está a su cargo", expresó Fausto Espinoza.
MUNICIPIO IMPERIALINO REALIZA OPERATIVO A CABINAS DE INTERNET...

La Municipalidad Distrital de Imperial, a través del Area de Rentas, en acción conjunta con el representante del Ministerio Público Fiscal de Prevención del Delito Dr. Noé Cárdenas Torres, Fiscal de la Familia Dr. Juan Wong Abath y la PNP Distrito de Imperial, realizaron operativo a las diferentes "Cabinas Públicas de Internet", que vienen infringiendo la reglamentación.
La Ordenanza Municipal Nº 001-2004-MDI, señala que está terminantemente prohibido emitir el Acceso a Cabinas no Acondicionadas para menores de edad, páginas web, chats, correos electrónicos, portales y cualquier otro mecanismo de acceso análogo, de contenido pornográfico violento y/o similar que atenta contra la moral, las buenas costumbres y el desarrollo psicológico de los usuarios menores de 18 años de edad. Asimismo se impuso sanciones a los establecimientos que no contaban con zonas reservadas para menores de edad, que no contaban con mecanismos de seguridad con programas (Software) que limitan o restringen el acceso a contenidos pornográficos a menores de edad, también a las cabinas de Internet que no poseían Licencia de Funcionamiento y a las que no contenían medidas de seguridad.
Del mismo modo, las autoridades encargadas manifestaron que se continuarán realizando estos operativos en forma inopinada.