24 enero 2013

EN CORTE CAÑETANA SETENCIAN A ONCE MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD EFECTIVA POR OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR…

Un importante paso para la Justicia Cañetana se dio el día viernes 18 del presente mes y año, cuando el Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cañete, el Dr. Armando Huertas Mogollón, sentenció al acusado JORGE ELVIS MARTINEZ HURTADO, por Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de sus menores hijos J.J.J.C y J.E.M.C., condenándolo a ONCE MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA, disponiendo su inmediato internamiento en el establecimiento penitenciario ubicado en el Distrito de Nuevo Imperial, denominado «Penal Cantera».
Esta pena se hubiera evitado si el ahora interno Jorge Martínez Hurtado hubiera cumplido con el pago oportuno de las pensiones de alimento que mensualmente debió efectuar, ya que el acumulado ascendía a S/. 2,927.40 nuevos soles. Además el señor Juez dispuso el pago de S/. 300.00 nuevos soles por reparación civil.
Ahora los deudores alimenticios pensarán dos veces el no cumplir con su obligación de padres.
La sentencia será leída íntegramente el día lunes 28 de los corrientes, a las cuatro de la tarde. En ese mismo acto los sujetos procesales podrán interponer sus recursos impugnatorios si lo consideran pertinente.

EDICTOS

NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
Exp. Nº 2012-090.- El Primer Juzgado Mixto de Cañete, que despacha el Sr. Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal, ha ordenado se publique un extracto de la RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ, de fecha diecisiete de Diciembre del año dos mil doce y corregida mediante resolución once de fecha diez de Enero del dos mil trece, SE RESUELVE: 3º EMPLAZAR mediante edictos a los sucesores del demandado JOSE ALFONSO DE LA CRUZ QUEZADA, para que en el PLAZO ESPECIAL DE QUINCE DIAS, se apersonen al proceso acreditando su condición de tales BAJO APERCIBIMIENTO de designarse curador procesal, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «Matices» de la localidad por tres veces con intervalo de tres días.
Cañete, 10 de Enero de 2013.
Dra. Esther Yovana Lázaro Vicente - Secretaria Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete - Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 24, 30 de Enero y 04 de Febrero.

EDICTO JUDICIAL
Ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, que despacha el Sr. Juez Elmer Nicolás Velásquez Carbajal y el Secretario Percy Edwin García Paredes, se tramita el Expediente Nº 0377-2012-0-0801-JM-CI-01, seguido por Robby Willy Tadeo Yactayo y otra con Sucesión de Julia Nolazco viuda de Yactayo, sobre Otorgamiento de Escritura Pública; en la que se dispone se notifique un extracto de la resolución número cuatro, en el siguiente sentido: 1º).- ADMITIR a TRÁMITE LA DEMANDA sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA, interpuesta por ROBBY WILLY TADEO YACTAYO e ISABEL REYNA RUIZ SERIN contra SUCESIÓN DE JULIA NOLAZCO VIUDA DE YACTAYO, debiendo tramitarse la misma en la VÍA DEL PROCESO SUMARÍSIMO; 2º) TRASLADO de la demanda, anexos y auto admisorio a la demandada, a efectos de que conteste en el plazo de CINCO DÍAS, y desconociendo su domicilio, PUBLÍQUESE por Edicto un extracto del a presente resolución (Auto Admisorio) en el Diario Oficial «El Peruano» y en Diario «Matices» de esta localidad por tres veces con intervalo de tres días, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Firmado por el Juez y Secretario Judicial. Cañete, diecisiete de Diciembre del dos mil doce.
Percy Edwin Gacía Paredes - Secretario Judicial - Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 24, 30 de Enero y 04 de Febrero

SUNAT ESTABLECE MAYORES FACILIDADES PARA USO DE LIBROS ELECTRONICOS...

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó hoy que dispuso mayores facilidades a los contribuyentes para poder adecuar sus sistemas e implementar de manera electrónica su registro de ventas e ingresos, así como su registro de compras.
Según una resolución de la Sunat publicada recientemente, en primer lugar se amplía el plazo máximo que tienen los contribuyentes para anotar la información en los mencionados registros y que permite generar y enviar el resumen del libro electrónico.
Ahora se efectuará según el nuevo cronograma de vencimientos establecido por la Sunat de acuerdo al último dígito del Registro Unico del Contribuyente (RUC).
Precisó que los principales contribuyentes (pricos) deben llevar el registro de ventas e ingresos y el registro de compras de manera electrónica desde el primero de enero del 2013, mientras que a partir del primero de junio, tendrán que llevar, además, el libro diario y el libro mayor electrónico.
Los contribuyentes que se afiliaron voluntariamente a este servicio desde julio del 2010 tendrán mayores facilidades puesto que solo deberán llevar el registro de ventas e ingresos, el registro de compras, el libro diario y el libro mayor de manera electrónica.
La nueva versión del Programa de Libros Electrónicos (PLE) está a disposición de los contribuyentes desde el 31 de diciembre del 2012 e incluye como principales novedades la incorporación de los totales de control (que muestran los totales por tipo de operación en el resumen de cada libro), así como el detalle de las facturas, notas de crédito y notas de débito emitidas.
También considera el control automático de los plazos máximos de atraso, que permitirá a los contribuyentes conocer si están presentando la información dentro o fuera de los plazos establecidos por la Sunat.
Una de las principales ventajas de este moderno soporte informático es que ya no será necesario imprimir, legalizar, ni almacenar libros y registros físicos, puesto que todo se registrará electrónicamente, lo que representa una reducción de costos para el contribuyente y facilita el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

PROFESORES DESTACARON TRANSPARENCIA DE LA PRUEBA ÚNICA REGIONAL «CONTRATO DOCENTE 2013» REALIZADO EN LA REGIÓN LIMA PROVINCIAS

Los profesores que participaron en la Prueba Única Regional «Contrato Docente 2013» en la región Lima Provincias, destacaron la transparencia, orden y seriedad que se mostró antes, durante y después de la evaluación.
Así lo señalaron al término del examen que se desarrolló el fin de semana. «No se ha notado nada extraño, se ha cumplido con iniciar la evaluación a la hora indicada. De igual manera los resultados fueron oportunos a diferencia de otros años», señaló una de las docentes que participó en el proceso de evaluación y que espera cubrir una plaza vacante en la provincia de Cañete.
En la ciudad de Cañete se facilitaron cuatro locales de aplicación de la prueba regional donde 1773 docentes de la provincia de Cañete sumado a los docentes de Yauyos participaron de este proceso que fue catalogado como uno de los mejores en su organización y ejecución.

CRONOGRAMA DE ADJUDICACION DE PLAZAS
El cronograma de adjudicación programado para la UGEL Nº 08 es el siguiente, según la (RJ-Nº 3675-2012-ED/DIRECTIVA. Nº 015-2012-MINEDU/SG-OGA-UPER).
Inicial - EBE: 05 de Febrero del 2013
Primaria: 06 de Febrero del 2013
Secundaria CETPRO – EBA: 07 y 08 de Febrero del 2013 a partir de las 10:a.m. en el auditórium de la UGEL Nº 08.

ORLANDO DE LA CRUZ, HACE TEMBLAR A MINERA INMET – PERÚ AL DECLARAR PERSONA NO GRATA A SU FUNCIONARIA DE CONFIANZA

El día 17 del presente autoridades locales y pobladores convocados por la Comisión de representantes del Anexo Lúcumo Lunahuaná presidido por don Francisco Sánchez, se hicieron presentes en el auditorio de la Municipalidad Distrital para tratar sobre las pretensiones de exploración minera de parte de la transnacional canadiense INMET PERU, ante solicitud de sus representantes.
Lamentablemente de manera irrespetuosa no se hizo presente su representante legal, el Ingeniero Percy Arhuata, no obstante se hizo la comunicación oportuna de los dirigentes de Lunahuaná mediante Oficio de fecha 03 Enero en donde le comunican que no dialogarán con la relacionista comunitaria Sra. Pilar Campana, funcionaria de segundo nivel.
Esta acción al margen de ser una falta de respeto al pueblo de Lunahuaná, fue considerado como un acto de provocación al presentarse a esta reunión la referida relacionista comunitaria, persona que en todo momento desde su aparición en el 2010 por el Anexo Lúcumo no ha sido transparente, ha pretendido siempre dividir al pueblo ofreciendo dadivas y lo que es colmo a los pobladores y sus dirigentes fue su última acción de pretender enfrentar al alcalde (Luis Conislla) con el pueblo al difundir cuadros en las que consigna que la gestión municipal, actual en el periodo 2011-201, habría recibido de esta minera la suma de S/.50,000, hecho que el alcalde ha desmentido públicamente y que en esta reunión en la que estuvo como una simple asistente más, el alcalde la invito para que aclare, nerviosa y sin argumentos válidos quiso desviar la atención lo que dio motivos para que el dirigente Orlando De la Cruz, intervenga y pida que se refiera al punto y al no poder esta sustentar su sicosocial y caer en contradicciones, De la Cruz de manera contundente ante el auditorio, declaró Persona No grata a Pilar Campana, relacionista comunitaria que llena de nerviosismo tuvo que agachar la cabeza de vergüenza. No era para menos, si todos los participantes de manera unánime están en contra de las pretensiones de esta minera en Lunahuaná y apoyan lo disertado por De la Cruz, en el sentido que es considerada como una de las actividades más contaminantes en el mundo.
En esta reunión también estuvieron presentes el Presidente del Frente de Defensa de los Intereses de Cañete, Ítalo Maldonado y el Presidente del Frente de Defensa de la Provincia de Yauyos, Gumercindo Centeno, quienes coincidieron en señalar que apoyaran la lucha que emprenda el pueblo de Lunahuaná en defensa de su medio ambiente, recursos naturales, agricultura, turismo y fundamentalmente en defensa de las aguas del río Cañete - Yauyos, cuyo principal afectado será la población de la provincia cañetana.
A su turno el Agente Municipal del Anexo Paullo, Señor Ramón Rivas, denunció que en su anexo existe el denuncio minero EL PINO y que tienen el mismo problema, por lo que coincide en que se consolide el FRENTE DE DEFENSA DE LOS INTERESES DE LUNAHUANA, que dicho sea de paso está en pleno proceso de constitución para adquirir su personería jurídica.
Finalmente los dirigentes de Lúcumo: Francisco Sánchez, Salomón Guerrero y Orlando De La Cruz en entrevista a los periodistas Wilfredo Cayllahua y Juan Valeriio,  para los medios de la provincia de Cañete, señalaron que a mediados del mes de Febrero convocarán a los empresarios turísticos, agrícolas, vitivinícolas y pobladores de todos los anexos para tomar decisiones sobre la amenaza de esta minera.
Asimismo solicitarán copia de todo lo actuado por esta minera ante el Ministerio de Energía y Minas para tomar acciones que permitan anular las autorizaciones otorgadas por la serie de irregularidades que se han cometido, que consolidarán el Frente de Defensa y que ante el pedido de la asistente Sra. Campana para futura reunión con representantes de INMET, manifestaron que por ser interés de ellos, esta debe ser solicitada por la minera que asegure la presencia de su gerente y que podría realizarse en el mes de Abril, por razones que para esa fecha han comprometido su visita los dirigentes aymaras e indigenas en cumplimiento a los acuerdos tomados en la I Asamblea Nacional de los Pueblos del Perú y el Tahuantinsuyo realizado en Cajamarca con relación a la formación de frentes de defensas en todos los distritos del país. (Nohemí Flores)

GUMERCINDO CENTENO FUE REELECTO COMO PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE PUTINZA

Gumercindo Centeno, fue electo una vez más como presidente de la Comunidad Campesina de Putinza, en elecciones internas desarrolladas recientemente  para la renovación de su junta directiva periodo 2013 – 2014.
La Lista de Color Amarillo que lo encabezó Gumercindo Centeno, obtuvo un total de 147 votos, mientras que su contrincante Guillermo Salvador Asencio de la Lista de Color Rojo, apenas alcanzó 69 votos.
El presidente del Comité Electoral, Adelmo Quispe Rojas, informó que del total de 288 comuneros hábiles, hubo un voto viciado, dos blancos, haciendo un total de 216 votos válidos. Mientras que 69 no acudieron a las urnas.
El reelecto presidente, mostró su agradecimiento, en primer lugar a la divina providencia y luego a los comuneros que le depositaron su nueva confianza por un periodo más.
«Vamos a continuar trabajando por el desarrollo y engrandecimiento de Putinza, haciendo realidad la presa Chupuy Punta, ubicada a 4,600 MNS para irrigar las extensas pampas de nuestra comunidad», dijo Gumercindo en medio de la algarabía popular.
Invocó a las autoridades en general a trabajar en coordinación para alcanzar los objetivos trazados, no sólo en bien de su comunidad sino de la vecina provincia de Yauyos.
Sin egoísmo, dijo que no está en contra de la inversión privada como «muchos dicen por ahí» y consideró que es el motor de desarrollo de una nación.
«Pero sí exigimos el cumplimiento de las leyes y la protección del ecosistema de nuestra diversidad», manifestó Gumercindo Centeno quien a fines de este mes estará juramentando en el cargo.
Las elecciones se desarrollaron con toda normalidad, aunque hubo unas pequeñas escaramuzas al inicio protagonizados por los simpatizantes de ambas lista, sin llegar a mayores consecuencias.

YAUYOS: AYAUCA ES EL NUEVO DISTRITO QUE SE UNE AL PROCESO DE REVOCATORIA

Revocatoria en Distrito de Ayauca, Provincia de Yauyos. Otro Distrito que se suma a la lista de vecinos descontentos con sus autoridades edilicias, conformado por el alcalde y los cinco regidores.
Es preciso indicar que el promotor de la revocatoria es el ciudadano José Rodríguez De la Cruz, quién no está de acuerdo con el alcalde Freddy Herline Zavala Gago, y sus regidores, Venancio Esteban Quispe Toribio, Félix Rossine Ramos Rodríguez, Vicitación Vidal Cabello Arteaga, Ritta Gaby Gaspar Casavilca, Leonardo Saúl Torres Suárez.

ERRONEA INFORMACION
De otro lado, vecinos del distrito en mención señalan que personas ligadas al alcalde vienen circulando una errónea información, sobre la no realización de la consulta popular de revocatoria, por lo que en el presente artículo, ratificamos que en el Distrito de Ayauca, si se llevará a cabo la revocatoria.
Sobre el cuestionado alcalde, el ciudadano José Rodríguez De la Cruz, comentó: «Como es posible que en lugar de entregar regalos a los pobladores de Ayauca, el alcalde Herline Zavala, se dirija con regalos a otros distritos como Pilas, donde el 26 de Diciembre para la fiesta de las pastoras se dio el lujo de entregar panetones.
Es materia de investigación si el alcalde viajó a Pilas con la camioneta de la Municipalidad o con la de algún proveedor. 
En la foto, el burgomaestre con botella de cerveza en mano hace entrega de panetones a la cantante «Flor Pileña».
Será que es bondadoso o pretendería  postular al sillón Provincial de Yauyos en las próximas elecciones municipales?

ACCIONES PREVENTIVAS DEL BULLYING ESCOLAR

Por: Marco A. Caldas Pozo – Presidente de la FEDAC - Cañete

La Federación de APAFAS de Cañete, pone a disposición de las APAFAS y de los Padres de Familia, acciones concretas para prevenir el Bullying, matoneo, intimidación o acoso escolar. La Prevención Primaria es responsabilidad de los Padres, de la Familia, de la Sociedad y de los medios de comunicación. La Prevención Secundaria son las medidas concretas sobre la población de riesgo: Escolares o adolescentes, y sobre la población directamente vinculada a esta: Profesores, Autoridades, etc.
Entre las ACCIONES PREVENTIVAS DEL BULLYING, tenemos:

COMUNICACIÓN FLUIDA CON NUESTROS HIJOS:
Es necesario preguntarles a nuestros Hijos con quien o quienes pasan el tiempo en el Colegio y en el vecindario, lo que sucede en el camino hacia o desde la Escuela. A través del dialogo podemos darnos cuenta si son víctimas o agresores del Bullying. De esta forma será mejor tu involucramiento en situaciones riesgosas.

ASISTENCIA A LA ESCUELA Y AL RECREO ESCOLAR:
Los casos de maltrato físico o psicológico a nuestros Hijos suceden en nuestra ausencia, por ello lo adecuado es apoyar al Colegio en las medidas de prevención de Bullying y asistir periódicamente a la Escuela con nuestro Hijo y/o permanecer en las Horas de Recreo, te ayudará a conocer a sus compañeros y como se relacionan.

PREDICAR CON EL EJEMPLO: Los Padres son el mejor ejemplo e imagen que los Hijos tienden a imitar. Diferente es la teoría de cómo comportarse, que enseñar con el ejemplo, de cómo relacionarnos con la familia, meseros, cobradores, comerciantes, vendedores, taxistas, etc.

IDENTIFICAR LOS SIGNOS DE BULLYING:
Cuando los niños se quejan de dolores de cabeza o de estómago, pierden sus pertenencias, pierden interés por asistir al colegio, evitan salir al recreo o a las actividades de la escuela, tratan de llegar muy temprano o tarde a la escuela, etc. Debemos tener en cuenta que los niños intimidados por lo general no lo comentan con los adultos.

ORIENTAR COMO AFRONTAR LAS INTIMIDACIONES:
Enseñemos a nuestros Hijos a no agredir en forma verbal o física a sus compañeros, evitar los empujones, bromas pesadas, insultos, etc. Enseñemos a nuestros Hijos a contar los casos de intimidación a los adultos y familiares. Muchas veces los niños no distinguen cundo están siendo intimidados o están actuando como agresores.

INTERVENCIÓN DIRECTA COMO TESTIGO DE BULLYING:
El triángulo del Bullying está formado por el agresor, el agredido y el espectador. Debemos instruir que todo «espectador» debe intervenir ante casos de bullying. Está demostrado que la intervención oportuna del espectador (niño o adulto) a favor de la convivencia pacifica reduce los casos de bullying.

APOYAR EL PLAN DE
CONVIVENCIA ESCOLAR:
En toda escuela se forma un Comité de Tutoría y Convivencia Democrática, en base a la Ley 29719, su Reglamente el Decreto Supremo 010-2012-ED o la Resolución Vice Ministerial 022-2007-ED, normas para el fortalecimiento de la convivencia. Es necesario la comunicación y actividades entre los miembros de la comunidad educativa; también participar en la elaboración del Plan de Convivencia y del Reglamento Interno. Contrato de un psicólogo y asistente social si fuera posible.

INTIMIDACIONES POR INTERNET, RADIO Y
TELEVISIÓN:
Debemos instruir a los niños para que distingan las intimidaciones por los medios de comunicación, enseñarles a rechazar toda comunicación agresiva, grosera, vulgar, información sensible o privada de otras personas, imitar personajes que alteran los valores, la ética y las buenas costumbres. Seleccionar sus amistades y escoger programas educativos.

ENSEÑAR A LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:
Los conflictos forman parte de la vida en todas nuestras actividades y por lo general generan violencia, por ello es necesario educar a los niños en la resolución pacifica, dialogando y negociando, concertando para llegar acuerdos saludables para todos, sin llegar a las intimidaciones. Debemos enseñar exponiendo casos frecuentes y diarios.

DIFUSIÓN DE LOS PERJUICIOS DEL BULLYING ESCOLAR:
Debemos distinguir las intimidaciones, algunos adultos los consideran como una fase normal del crecimiento de los niños y típica de su infancia. Sin embargo, está comprobado que toda forma de intimidación, hostilización matoneo, acoso o bullying son perjudiciales para el agresor, la victima y los espectadores y las consecuencias pueden ser: la depresión, la ansiedad, el abuso de sustancias, la bulimia, la anorexia, la violencia familiar y comportamiento criminal, el alejamiento de la educación, el perjuicio económico, perjuicio físico y hasta la muerte.
El bullying debe ser tarea de toda la comunidad educativa, porque atenta el normal desarrollo de las actividades educativas al interior y exterior de los Centro Educativos.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2013-MDM

Mala, 18 de Enero del 2013

VISTO:
En Sesión Ordinaria de la fecha 18 de Enero del 2013, el Informe N° 435-2012-GAT-MDM, de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº 713-2012-GAL/MDM de la Oficina de Asesoría Legal, sobre proyecto de Ordenanza Municipal que fija la Tasa de Interés Moratorio - Tasa aplicable a los tributos administrados por la Municipalidad Distrital de Mala para el ejercicio presupuestal 2013.

CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Mala ejerce su función normativa mediante la aprobación de Ordenanzas, dispositivos con rango de Ley según lo dispuesto por el artículo 200°, numeral 4) de la Constitución Política del Perú.

Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, señala que: «Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal».

Que, el segundo párrafo del artículo 33° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99 EF y sus modificatorias establece que: « La SUNAT fijará la Tasa de Interese Moratorio respecto a los tributos que administra o cuya recaudación estuviera a su cargo. En los casos de los tributos que administrados por los Gobiernos Locales, la Tasa de Interese Moratorio será fijada por la Ordenanza Municipal, la misma que no podrá ser mayor a la que establezca la SUNAT...».

Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 032-2010-SUNAT, publicada en el Diario Oficial el Peruano con fecha 17 de Febrero del 2010, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria ha fijado una tasa de interese moratorio (TIM) la misma que ha disminuido de 1.5% a 1.2% mensual.

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9o numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, el Concejo Municipal por Unanimidad aprobó la siguiente:

ORDENANZA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la Tasa de Interés Moratorio (TIM) de uno por ciento (1%) mensual, aplicable a los tributos administrados y/o recaudados para el año 2013 por la Municipalidad Distrital de Mala.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Establecer que la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aprobado mediante la presente Ordenanza, se mantendrá vigente tanto la SUNAT no lo modifique.

ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

ARTÍCULO CUARTO- Precisar, que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario Judicial de la jurisdicción de Cañete.

DISPOSICIÓN FINAL Y ÚNICA
Facultar al Alcalde para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecución de la presente Ordenanza.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION

La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el distrito de San Vicente de Cañete; el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:

· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de San Vicente de Cañete, dentro de un perímetro de 6 manzanas de la Plaza de Armas y de fácil accesibilidad vehicular.
· Área del terreno total no menor a 1500 m2 con área construida mínima de 1000 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.

Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION

La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el Distrito de Mala, el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:

· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Mala, de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima a 800 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.

Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION

La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el Distrito de Imperial, el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:

· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Imperial, dentro de un perímetro de 6 manzanas de la Plaza de Armas y de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima a 200 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.

Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe


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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION

La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el Distrito de Lunahuaná; el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:

· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Lunahuaná y ser de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima de 100 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.

Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO

ORDENANZA Nº 001-2013-MDSA

San Antonio, 16 de Enero del 2013

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE

POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe No. 001-2013-OAT/MDSA, de la Oficina de Administración Tributaria de la Municipalidad, referido a las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales Año 2013.

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 194° y 195º de la Constitución Política del Perú, se reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y son competentes para administrar sus bienes y rentas, así como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley;

Que, el artículo 14º inc. a) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 776 – Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, dispone que los Contribuyentes están obligados a presentar declaración Jurada Anualmente, el último día hábil la actualización de valores de predios, sustituye la obligación formal de presentar declaración jurada, anualmente, dentro de los plazos establecidos; y el artículo 15º de la misma norma acotada señala que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año; o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre;

Que, la Municipalidad Distrital de San Antonio – Cañete, mediante Ordenanza No. 016-2012-MDSA de fecha 13.OCT.2012, aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales del Distrito para el año 2013, la misma que es debidamente ratificada por la Municipalidad Provincial mediante Acuerdo de Concejo Nº 107-2012-MPC de fecha 18.DIC.2012; disposiciones municipales que para su puesta en vigencia se encuentran publicadas en el Diario Oficial Judicial de la Provincia de Cañete «Al Día con Matices» con fecha 26.DIC.2012;

Que, el artículo 5º de la Ordenanza Nº 016-2012-MDSA , señala que los arbitrios de Limpieza Pública, en las modalidades de Recolección de Residuos Sólidos, de Parques y Jardines, y de Serenazgo son de periocidad y determinación en su recaudación mensual, debiéndose cancelarse hasta el último día hábil de cada mes;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 237-2012-VIVIENDA, de fecha 29.OCT.2012, se aprueba los listados de Valores Oficiales que contienen los Valores Arancelarios de los Terrenos Rústicos ubicados en el territorio de la República, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013; mediante Resolución Ministerial Nº 240 – 2012 - VIVIENDA, de fecha 29.OCT.2012, se aprueba los Planos Prediales que contienen los valores Arancelarios de Terrenos de las áreas urbanas, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013; y mediante Resolución Ministerial Nº 241-2012-VIVIENDA, de fecha 29.OCT.2012, se aprobó los Valores Unitarios Oficiales de Edificación para las localidades de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, la costa, Sierra y Selva, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013; estando comprendido el distrito de San Antonio – Cañete, dentro de las respectivas disposiciones del referido Ministerio;

Que, de conformidad a lo establecido en la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, en concordancia con lo normado en los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Perú, y el inc. 9) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; se faculta al Concejo Municipal a crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos, conforme a Ley;

Estando a lo expuesto, con la opinión legal favorable, con las atribuciones conferidas por el artículo 9º incisos. 8) y 9) y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; el pleno del Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó lo siguiente;

ORDENANZA QUE FIJA VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y BENEFICIO TRIBUTARIO PARA EL AÑO 2013

ARTICULO PRIMERO.- De conformidad con el Artículo 15º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 776 - Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, la obligación para el pago del Impuesto Predial vence:

1.- Pago Anual al Contado : 28 de Febrero
2.- Pago Fraccionado:
· Primera Cuota : 28 de Febrero
· Segunda Cuota : 31 de Mayo
· Tercera Cuota : 31 de Agosto
· Cuarta Cuota : 30 de Noviembre

Estas cuotas serán reajustadas con la variación acumulada de acuerdo al Índice de Precios al Mayor que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por el periodo comprendido entre el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago.

ARTICULO SEGUNDO.- La obligación de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2013 vence:
· Enero : 31 de Enero del 2013
· Febrero : 29 de Febrero de 2013
· Marzo : 30 de Marzo de 2013
· Abril : 30 de Abril del 2013
· Mayo : 31 de Mayo del 2013
· Junio : 29 de Junio del 2013
· Julio : 28 de Julio del 2013
· Agosto : 31 de Agosto del 2013
· Setiembre : 28 de Setiembre del 2013
· Octubre : 31 de Octubre del 2013
· Noviembre : 30 de Noviembre del 2013
· Diciembre : 31 de Diciembre del 2013

ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Oficina de Administración Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Oficina de Informática su debida implementación en el sistema informático, y a la Secretaría General su publicación en el diario respectivo.

ARTICULO CUARTO.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto dicte las disposiciones complementarias y ampliatorias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza

POR TANTO:
Mando: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase

C.P.C. LOEL CARLOS SALAZAR YANCE
ALCALDE (P)

EDICTOS

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12614-2012, doña Teresa Fernández Arata, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 95, folio 83, año 1950, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular JULIA ARATA, siendo lo correcto JULIA ARATA AYLLON DE FERNÁNDEZ. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 28 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12615-2012, doña Teresa Fernández Arata, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Luis Felipe Fernández Arata, inscrita en el libro 105, folio 30, año 1952, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular JULIA ARATA, siendo lo correcto JULIA ARATA AYLLON DE FERNÁNDEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 28 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12613-2012, doña Teresa Fernández Arata, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Jose Manuel Fernández Arata, inscrita en el libro 99, folio 188, año 1951, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular JULIA ARATA, siendo lo correcto JULIA ARATA AYLLON DE FERNÁNDEZ. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 28 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12613-2012, doña Teresa Fernández Arata, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE Carlos Julio Fernández Arata, inscrita en el libro 121, folio 129, año 1956, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular JULIA ARATA, siendo lo correcto JULIA ARATA AYLLON DE FERNÁNDEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 28 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 00689-2013, doña Juana Rosa Luyo Rivas, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Gregorio Luyo Solis, inscrita en el libro 25, folio 117, año 1916, en el extremo que se ha consignado el nombre del titular como GREGORIO LUYO, siendo lo correcto GREGORIO LUYO SOLIS. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 23 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 00371-2013, doña Maria Ruth Chumpitaz Espinoza, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Anabel Brigitte Paico Chumpitaz, inscrita en el libro 027-A, folio 68265566, año 2010, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular LIDER PAICO GANZALES, siendo lo correcto LIDER PAICO GONZALES. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 14 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 00652-2013, don Alex Martin Gamez Muñiz, solicita la RECTIFICACIÓN DE L A PARTIDA DE NACIMIENTO de Alex Martin Gamez Muñiz, inscrita en el libro 145, folio 97, año 1961, en el extremo que se ha consignado el nombre de la madre de la titular como MARIA MUÑIZ, siendo lo correcto MARIA MANUELA MUÑIZ RAMOS. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 23 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0578-2013, don Ricardo Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 157, folio 138, año 1964, en el extremo que se ha consignado el nombre de los padres como: CIPRIAN NAVARRO y LAURA RIVERA, siendo lo correcto CIPRIANO NAVARRO SULCA y LAURA RIVERA ASENCIO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0580-2013, doña Grimaldina Yolanda Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 128, folio 7, año 1952, en el extremo que se ha consignado el nombre de los padres como: CIPRIAN NAVARRO y LAURA RIVERA, siendo lo correcto CIPRIANO NAVARRO SULCA y LAURA RIVERA ASENCIO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0579-2013, doña Ana Yovanna Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 202, folio 189, año 1974, en el extremo que se ha consignado el nombre del a madre como LAURA RIVERA ACENCIO, siendo lo correcto LAURA RIVERA ASENCIO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0582-2013, doña Irma Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 141, folio 3, año 1961, en el extremo que se ha consignado el nombre de los padres como CIPRIANO NAVARRO y LAURA RIVERA ACENCIO, siendo lo correcto CIPRIANO NAVARRO SULCA y LAURA RIVERA ASENCIO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0581-2013, doña Rosa Maria Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 245, folio 163, año 1979, en el extremo que se ha consignado el nombre de la madre como LAURA RIVERA ACENCIO, siendo lo correcto LAURA RIVERA ASENCIO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don CLIFFORD CLAY SANABRIA PAYANO, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña MEGDONIA PAYANO VALERIO, quien falleció AB-INTESTADA el día 25 de Febrero de 2010, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a sus hijos: CLIFFORD CLAY SANABRIA PAYANO y RUIZ PILAR SANABRIA PAYANO, respectivamente, lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 14 de Agosto de 2012.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. Nº 00676-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de San Vicente de Cañete que despacha la Sra. Juez Dra. Daisy Guzmán Sánchez y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, doña MARIA CRISTINA ALTAMIRANO HUAMANÑAUI DE VALLE y SANTIAGO AQUILES ALTAMIRANO HUAMANÑAUI como litis consorte, solicitan la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se rectifique el nombre de su progenitor ALEJANDRINO ALTAMIRANO GARCIA siendo lo correcto «GONZALO ALEJANDRO ALTAMIRANO GARCIA». Lo que se publica para conocimiento.
Cañete, 17 de Enero de 2013.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial - 2do. Juzgado de Paz Letrado de Cañete

EDICTO
Ante mí se ha presentado TEODORA SANCHEZ PORTUGUEZ DE ROBLES, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su padre VALENTIN SANCHEZ LEON, fallecido el día 22 de Junio de 1989, a fin de que se declare como herederos universales a la solicitante, a su madre: HIPOLITA PORTUGUEZ CARBONERO y a sus hermanos: GERARDO, VALENTIN GONZALO, LINO ANTONIO, FELICITA, EMILIA, PORFIRIA ERNESTA, TEODORA, DOMINICA, CELINDA y VICTOR MANUEL SANCHEZ PORTUGUEZ. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la ley 26662. Cañete, 16 de Enero de 2013.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario

EDICTO
Ante mí se ha presentado APOLINARIO LOPEZ BEDOYA, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su esposa PORFIRIA ERNESTA SANCHEZ PORTUGUEZ, fallecida el 26 de Febrero de 1998, a fin de que se declare como herederos universales al solicitante y a sus hijos MOISES ANTONIO y ANGELICA EDITH LOPEZ SANCHEZ. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la ley 26662. Cañete, 16 de Enero de 2013.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario

EDICTO
Ante mí se ha presentado TEODORA SANCHEZ PORTUGUEZ DE ROBLES, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su madre HIPOLITA PORTUGUEZ CARBONERO DE SANCHEZ, fallecida el día 29 de Octubre de 2004, a fin de que se declare como herederos universales a la solicitante y a sus hermanos: GERARDO, VALENTIN GONZALO, LINO ANTONIO, FELICITA, EMILIA, PORFIRIA ERNESTA, TEODORA, DOMINICA CELINDA y VICTOR MANUEL SANCHEZ PORTUGUEZ. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho, Lo que se comunica de conformidad con la ley 26662.
Cañete, 16 de Enero de 2013.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario

INSCRIPCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN
Exp. Nº 00636-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Sra. Juez Dra. Daisy Guzmán Sánchez y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, don ANGEL ARIAS RAMOS solicita la INSCRIPCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN de su señora madre «HERMINIA RAMOS SANCHEZ» fallecida el día 29 de Abril de 1995, en el Hospital General Nacional Arzobispo Loayza de Lima. Lo que se publica para conocimiento
Cañete, 08 de Enero de 2013.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2do. Juzgado de Paz Letrado Cañete

EDICTOS (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Polanco cita y emplaza a los acusados siguientes
EXP.- 2010-0170; a ALEJANDRO MANOLO RIVEROS TOVAR, LIUBER JHON SOLIS SOLIS RAMOS Y LEONEL CALIXTRO REYES, para que asistan a Sala de Audiencias y respondan de los cargos formulados en su contra el Día 28.01.2013; hora 09.30a.m; Delito: Contra El Patrimonio-Robo Agravado; Agraviado: Oscar Arismendiz Martínez y Raul Martinez Monsalve, a fin de continuar su juzgamiento bajo apercibimiento de declararlos Contumaz y revocarse la comparecencia por detención si no aisiten, Secretario: Miranda. Cañete, 17.01.2013.
23, 24 y 25 de Enero

EDICTOS PENALES ( 3 DIAS)
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Jueza: Garnica; ha resuelto:
EXP.- 989-2011; Resolución Uno: ADMITIR, la demanda interpuesta por el Ministerio Publico contra MIGUEL JAIME GUERRA VICENTE, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FÍSICO- en agravio de HAYDE SANTA GUTIERREZ PEREZ., debiendo tramitarse vía Proceso Único: NOTIFIQUESE a la agraviada, bajo apercibimiento de NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. Secretario: Quispe. Cañete, 28.12.2012.
22, 23 y 24 de Enero

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE
EDICTO JUDICIAL
Exp. Nº 2012-0932.- Primer Juzgado de Familia – Cañete: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- ADMITIR en Vía de Proceso de Conocimiento la demanda interpuesta por Leonides Luyo Sánchez, contra la Sucesión de German Segundo Melgar Bautista, sobre RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA; confiriéndose TRASLADO de la demanda a los integrantes de la Sucesión antes mencionada, por el PLAZO DE 60 DÍAS. BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL.- NOTIFICÁNDOSE; por el término de tres días. Juez Garnica – Secretario Rivera.
Dr. Víctor Hugo Rivera del Risco
Secretario Judicial - Primer Juzgado de Familia de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 22, 23 y 24 de Enero.

EDICTOS PENALES (1 DIA )
PRIMER JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Dr. Ventura comunica y emplaza:
EXP.- 0012-2013-92-0801-JR-PE-01(CUADERNO DE PRISION PREVENTIVA).- a JOSE MIGUEL QUISPE VILLARUBIA, Resolución N° Dos(21.01.2013): Resuelve Reprogramar Audiencia de Prisión Preventiva. Día 29.01.2013 a horas 09:00a.m; en la Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria, investigación que se sigue en su contra por Delito de Violación Sexual de Menor Edad; Agraviado: Menor de Iniciales V.S.S.L. Asistente de Audiencia: Gutiérrez. Cañete 21.01.2013.