21 enero 2016

ASÍ AMANECIÓ WONG EN ASIA... DESPUÉS DEL INCENDIO...

Así amaneció el día de hoy, el Boulevard del distrito de Asia... muda señal del incendio de proporciones que arrasó con el Centro Comercial Wong ubicado en dicho distrito. Fueron horas de interminable lucha, se controló el incendio y gracias a dios no hubo perdidas humanas que lamentar... las perdidas económicas se recuperan.
Pero así, como quedó el Boulevard asiano, así quedaron destruidas las ilusiones del pueblo cañetano de tener representantes que peleen la posibilidad de colocar a un cañetano en el próximo congreso. Ya no va más, ni Percy Alcalá en Fuerza Popular, ni Segundo Díaz, Liliana Torres, ni Javier Alvarado... la lucha en APP fue brava, y creemos que Marcial Palomino jugó sus fichas para quedarse sin rival... y ser un bolo seguro en el próximo congreso. Al final, hay que señalar que nadie sabe para quien trabaja.

INCENDIÓ ARRASÓ CON CENTRO COMERCIAL WONG EN EL BOULEVARD DE ASIA...

A veces se piensa que las tiendas o centros comerciales de gran magnitud, tienen todo controlado, y que dificilmente podría ocurrir una tragedia en su interior... más los sucesos diarios nos hacen recordar que ello no es cierto.
Y es que, un incendio de grandes proporciones se desató al promediar las 7.00 p.m. en el centro comercial Wong ubicado en el boulevard de Asia (Cañete) a la altura del kilómetro 97 de la Panamericana Sur.
Inmediatamente equipos de los Bomberos de Mala, Chilca y Cañete llegaron al lugar para intentar sofocar las llamas que, según testigos, se inició en los almacenes y se propagó a la tienda. Sin embargo, fue la falta de agua lo que ocasionó problemas a los hombres de rojo quienes llevaron en total 37 unidades. 
Varios usuarios de las redes sociales informaron en sus cuentas de Twitter y Facebook sobre el siniestro mientras las autoridades trataban de evacuar del lugar a todas las personas.
Otros usuarios de las redes sociales sostenían que en la zona de mercadería hubo un corto circuito y se registraron explosiones dentro del local. 
El corresponsal de RPP Noticias en Cañete informó en directo que a 60 metros se ubica un grifo de la empresa Pecsa por lo que las personas temían lo peor. 
Enzo Vattuone, comandante de los Bomberos, indicó que afortunadamente se había logrado sacar «a todas las personas del lugar y se pudo retirar un camión de combustible que estaba cerca».
Al promediar las 10.00 p.m., las siete compañías de Bomberos que se encontraban en el lugar, lograron hacer disminuir el fuego aunque no estaba totalmente controlado. Se informó de grandes pérdidas económicas por lo ocurrido. 
A la misma hora, la cadena de tiendas Wong emitia un comu-nicado en su cuenta de Facebook mediante el cual lamentaban «profundamente lo ocurrido» y asegurando que todas las personas pudieron ser evacuadas a tiempo por lo que «no se registró ningún herido». 
Fue el coronel PNP, Carlos Velásquez, jefe de la División Policial de Cañete, quien se encargó de anunciar que el incendio había sido controlado y que no se extendería más. Aseguró, que ninguna persona había resultado herida, mas fue el director de Comunicaciones de los Bomberos, Iván Paredes quien  diría lo contrario puesto que indicó que sí hubieron algunas afectadas aunque de levedad. 
«Ha habido personas que sufrieron asfixia y con algunas quemaduras leves. Fueron personas que estaban intentando ayudar». 

HABLA IVÁN PAREDES…
El director de Comunicaciones del Cuerpo General de Bomberos, Iván Paredes dijo que algunas personas resultaron con quemaduras leves y sufrieron de asfixia, durante el incendio que se produjo en las tiendas Wong en el boulevard de Asia (provincia de Cañete). 
Esto pese a que minutos después el jefe de la División Policial de Cañete, Carlos Velásquez, aseguró que ninguna persona resultó lesionada por el siniestro. Luego el mismo coronel Velásquez aceptó que sí hubieron algunos afectados pero «nada de gravedad».
«Ha habido personas que sufrieron asfixia y con algunas quemaduras leves. Fueron personas que estaban intentando ayudar», señaló Iván Paredes.
Por su parte Carlos Velásquez dijo: «De acuerdo a los planes de contingencia se procedió a la evacuación de todo el lugar lo que ha permitido que no tengamos ningún tipo de lesiones personales, hay un control del orden público adecuado. El boulevard está cerrado». 
«Yo debo felicitar a las personas que se encontraban en el lugar por su extraordinaria colaboración, eso fue en cumplimiento del plan de contingencia. Las atenciones médicas que han habido son quemaduras muy sencillas, nada grave». 
Sobre las causas, Velásquez sostuvo que se dio una versión inicial de que el incendio se habría producido por un corto circuito pero no se puede asegurar nada al respecto. 
«Debemos esperar a los resultados de la investigación», dijo.

EL COMUNICADO DE WONG…
La cadena de supermercados Wong emitió en horas de la noche de este miércoles un comunicado en su cuenta de Facebook donde dio detalles del incendio que consumió buena parte de su tienda en el distrito cañetano de Asia. 
Lamentó el incidente y aclaró que inmediatamente se produjo en hecho, se procedió a evacuar a todas las personas del lugar y dar parte a los bomberos y autoridades para que puedan aplacar el fuego lo más pronto posible.
Estimado Clientes, lamentamos profundamente lo sucedido en Wong Asia. Afortunadamente, se evacuó a todas las personas de forma ordenada y no hay ningún herido. Estamos apoyando en todo lo que podemos al cuerpo de Bomberos voluntarios del Perú. Les pedimos guardar la calma en estos duros momentos y esperamos logren controlar el incendio lo más pronto posible.
Tan pronto como se encuentre solucionado, nos volveremos a comunicar con ustedes.»
Por redes sociales se acusó de la falta de agua y otras adversidades contra las que también tienen que luchar los hombres de rojo. 

BENEFICENCIA PÚBLICA DE CAÑETE

CONVOCATORIA A CONTRATACIÓN CAS N° 01-2016-SBPC

La Sociedad de Beneficiencia Pública de Cañete, convoca a Proceso de Selección de Personal para cubrir por Contrato Administrativo de Servicios (CAS) al siguiente personal:
. Un (01) Personal Limpieza, Mantenimiento y Conserje

1.- Plazo del Contrato Del 01 de Febrero al 30 de Junio de 2016.

2.-Retribución Bruta mensual sujeta a descuento de Ley:
. Personal Limpieza, Mantenimiento y Conserje S/. 850.00

3.- Horas a laborar 48 horas semanales como máximo

4.- Régimen laboral D.L. N° 1057, modificado por Ley N° 29849 y su Reglamento aprobado por
D.S. N° 075-2008-PCM, modificado por D.S. N° 065-2011-PCM


CRONOGRAMA

1.- Publicación de Convocatoria del Proceso de Selección: a través de lugares visibles en la Oficina principal, Cementerio General y Red Social (facebook) de la SBP de Cañete. Del 18 al 20 de Enero de 2016.

2.- Publicación en el Diario Oficial de la provincia. 21 de Enero del 2016.

3.- Entrega de Bases a través de la Comisión Evaluadora. 22 de Enero del 2016.

4.- Recepción de Expedientes. 25 de Enero del 2016.

5.- Evaluación de Currículum Vitae. 26 de Enero del 2016.

6.- Evaluación escrita. 27 de Enero del 2016, a las 09:00 a.m.

7.- Entrevista personal. 28 de Enero del 2016, a las 10:00 a.m.

8.- Publicación del resultado final, será publicado en lugares visibles de acceso público al Local Institucional. 29 de Enero del 2016.

9.- Suscripción de Contrato. 29 de Enero del 2016.

10.- Inicio de labores. 01 de Febrero del 2016, a las 08:00 a.m.

Cañete, 21 de Enero del 2016

SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE CAÑETE

CONVOCATORIA A PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL N° 01-2016-SBPC

La Sociedad de Beneficiencia Pública de Cañete, convoca a Proceso de Selección de Personal para cubrir por Contrato de Servicios Personales la plaza de Auxiliar de Cementerio - Sepulturero con Código N° A1-05-870-1,según Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Institución, teniendo en consideración lo siguiente:
1.- Plazo del Contrato Del 01 de Febrero al 30 de Junio de 2016.
2.- Remuneración Bruta mensual a percibir, sujeta a descuentos de Ley:
- Auxiliar de Cementerio - Sepulturero S/. 674.13 Nuevos Soles
3.- Régimen Laboral Público D. Leg. N° 276 y su Reglamento aprobado por D.S. N° 005-90-PCM

CRONOGRAMA

1.- Publicación de Convocatoria del Proceso de Selección: a través de lugares visibles en la Oficina principal, Cementerio General y Red Social (facebook) de la SBP de Cañete. Del 18 al 20 de Enero de 2016.

2.- Publicación en el Diario Oficial de la provincia. 21 de Enero del 2016.

3.- Entrega de Bases a través de la Comisión Evaluadora. 22 de Enero del 2016.

4.- Recepción de Expedientes. 25 de Enero del 2016.

5.- Evaluación de Currículum Vitae. 26 de Enero del 2016.

6.- Evaluación escrita. 27 de Enero del 2016, a las 09:00 a.m.

7.- Entrevista personal. 28 de Enero del 2016, a las 10:00 a.m.

8.- Publicación del resultado final, será publicado en lugares visibles de acceso público al Local Institucional. 29 de Enero del 2016.

9.- Suscripción de Contrato. 29 de Enero del 2016.

10.- Inicio de labores. 01 de Febrero del 2016, a las 08:00 a.m.

Cañete, 21 de Enero del 2016

LIDERAZGO PEDAGÓGICO

Por: Dra. María Elena Díaz Yaya.

Trabajar en educación implica revisar a diario nuestras prácticas pedagógicas toda vez que existen paradigmas educativos, tendencias, relaciones sociales y cambios tecnológicos que se dan a diario en nuestra sociedad.
En las Instituciones Educativas donde existe un liderazgo pedagógico del Director se observa procesos de cambio mejora de los aprendizajes y es notorio reconocer al líder pedagógico por:
- Un líder pedagógico es alguien capaz de conducir a su equipo hacía metas y objetivos que permitan mejorar los aprendizajes de los estudiantes, un buen líder es el que proporciona dirección y ejerce influencia en su equipo,
- El liderazgo del Director incide en el mejoramiento escolar, ello implica comprometerse y promover la motivación de los maestros , el desarrollo de las habilidades y capacidades, el mejoramiento de las condiciones de trabajo en las cuales realiza sus labores.
- Primordial que el líder Pedagógico demuestre vocación de servicio.

- Un director, líder pedagógico es . capaz de conocer, comunicar, convencer, construir sentidos y proponer un destino común, llevando a la institución a tener un sitial dentro de una comunidad.

RINCÓN CONCILIATORIO...

«No soy sicóloga, ni chamán ni maga: soy una abogada convencida que LA CONCILIACIÓN ES LA JUSTICIA PARA EL QUE VIVE DE SU TRABAJO: DEJA O DETÉN LOS JUICIOS QUE TE AHOGAN: ¡BIENVENIDOS!»
Rocío López Luna
Directora del Centro De Conciliación «Madre De Cristo Conciliadora»
AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE - Cel. 999 210 236, T. 01 3005603, Rpm 103 931


Ya no veo a un problema como a un profundo pozo… ahora lo reconozco como un túnel con un trampolín al final ¡esa imagen ayuda! Por eso la comparto contigo Querida Lectora, Querido Lector!
Yo no te intento cambiar, ni que entres a mi grupo religioso ni político... porque no lo tengo ; Lo que quiero es ANIMARTE para que encuentres más caminos a través de las pruebas que tengas.
Yo no te quiero imponer nada, sólo recomendarte -como buenos libros y amigos lo hicieron a su vez conmigo-: ¡CUÁN LIBRE ERES CUANDO TE DESCONECTAS DE LA CULPA, DEL MIEDO Y LA DEPRESIÓN Y DECIDES SOLUCIONAR TUS PROBLEMAS!...
Somos de carne y hueso, caemos pero también nos levantamos. Vénme a ver, QUE TE ESPERO SIN DESESPERO ;) tanto en el Centro de Conciliación como en NATURWASI

AVENTURAS EN MI CHACRA «NATURWASI»
En la chacra sabemos quiénes somos y qué nos pasa. Hace poco me enteré en el Combi que me lleva cada mañana de Ihuanco a Cerro Azul, que un vecino había sufrido la pérdida de un dedo con su motosierra: ¡EN LA CHACRA HAY TAMBIÉN ACCIDENTES, TODO NO ES COLOR DE ROSA! Y este sabio señor, en lugar de quejarse hizo un comentario, tan digno de mención que te lo transcribo tal y cual: «SI HUBIERA IDO A LA PLAYA, ME HUBIERA TAL VEZ AHOGADO» ¿No te parece hermoso?, en lugar de lloriquear pensó que su mal era quizás un mal menor ante la pérdida de la vida. A veces maldecimos lo que nos pasa porque no nos gusta, pero, ¿es realmente lo peor? Puedes perder el trabajo, tu tarjeta de crédito o tu celular, pero peor es perder a un hijo o a un padre ¿verdad? Este es un ejemplito de la sabiduría de la chacra…

NATURWASI TE ABRE SUS PUERTAS LOS SÁBADOS Y DOMINGOS, ES UN FUNDO RECREATIVO NATURAL EN DONDE TE AYUDAREMOS A ‘DESESTRESARTE’ A TRAVÉS DE CONVERSACIÓN, HIGIENE MENTAL,ESCUELA DE PADRES, MÁSCARAS DE BARRO Y SÁBILA PARA EL PELO. LOS NIÑOS TIENEN LA POSIBILIDAD DEL KUNG FU, AJEDREZ, RAQUETAS…
LA ENTRADA POR PERSONA ES DE S/. 10.- CON LIMONADA DE AGUA PURA DE PUQUIO DE CORTESÍA, Y SI DESEAS ALMORZAR EL COSTO ES DE S/. 30.- TAMBIÉN POR PERSONA, PERO ENTONCES SÍ ME DEBES AVISAR AL 999 210 236 HASTA EL JUEVES PARA ORGANIZARNOS… ¡BIENVENIDOS!

Ahora sí lo prometido:

MINI-HISTORIA «¡MI SOBRINO ES EL CHORO!»
Don Jobito siempre quiso ser policía. Ni diez años tenía y ya se había leído todos los libros de Sherlock Holmes que cayeron a sus manos. La vida empero tenía otros planes con él y acabó siendo camionero.
«¡Qué pena, pobrecito!» comentarás Querida Lectora, Querido Lector… pues te equivocas, porque don Jobito es un respetado vecino tarmeño residente en nuestro Cañete, dueño de una flota de 15 camiones que hacen recorridos de Piura a Tacna y gana lo que quiere. Sin embargo, no ha perdido sus maneras sencillas pues el dinero no lo atarantó, y se dedicó mas bien a ayudar a su familia ‘a salir adelante’.
Parte de esa ayuda fue apoyar a Javicho, hijo de su hermano menor, Luchín. Luchín tuvo un derrame cerebral producto de una caída y yacía en cama poco después de haberlo concebido. Don Jovito proveyó de sustento a su recién fundada familia, pero Javichín resultó ser una pata del diablo: de chiquito malcriado, contestón, vago. Cuando creció la lista de ‘dones’ creció añadiendo ser también borracho y faldero.
‘Para seguir ayudándolo’ dado que no quería estudiar nada de nada, lo puso a manejar uno de sus camiones, uno que dejaba mucha pérdida en el último tiempo. Entonces, luego de averiguaciones y pesquisas en Talleres y otros trabajadores, llegó a la conclusión que lleva el título de esta Historia: la sangre de su sangre le robaba sin empacho ni gratitud.
¡¿QUÉ HACER? ¿DENUNCIARLO? ¿A LA SANGRE DE SU SANGRE?¿TERMINAR DE MATAR A SU HERMANO DE LA PENA?!... A esas alturas me vino a ver, y yo le descubrí, simplemente, lo que él quería: darle una sanción pero ni mancharlo con una denuncia ni menos que su hermano Luchín sufra esa vergüenza.
Iniciamos un PROCESO CONCILIATORIO EXTRAJUDICIAL POR OBLIGACIÓN DE HACER: en mérito a la deuda originada por las ‘adquisiciones irregulares de repuestos del camión’ trabajaría sin goce de haber 6 meses la ruta Arequipa – Puno, lejos de sus amiguitos y francachelas a fin de cancelar el monto de ‘lo adeudado’.
El cambio le vino bien a Javicho, allá conoció una laboriosa puneña que lo puso en vereda, don Jovito recuperó en trabajo la pérdida económica de los robos, y Luchín con su mujer se sintieron tranquilos de ver en su hijo un muchacho maduro y responsable: ¡ESTO ES APLICACIÓN DE LA TEORÍA DEL CONFLICTO: COLORÍN COLORADO LA CONCILIACIÓN A GANADO!!!!!!!!!!!
Afectuosamente,
ROCÍO LÓPEZ LUNA

GRACIAS POR CREER EN UN CAÑETE SIN VIOLENCIA A:EDICIONES PJK, A LA ESCUELA MASCULINA DE KUNG FU «TSOM TSOM» que ahora funciona en NATURWASI. NATURWASI es nuestro Centro de Recreación Natural en Ihuanco: casa blanca redonda que está en la carretera Ihuanco-Roldán al lado de Pasamayito (Informes en Av. Benavides 610 SV)
PD.- ESTA SEMANA TENDREMOS: HISTORIA «CHOLO SOY Y NO ME COMPADEZCAS»… no te las pierdas ;)

LUZ DEL SUR S.A.A



Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.

LUGAR: CP Herbay Alto – Distrito de San Vicente.

ZONAS AFECTADAS: La Pampilla, C.P. San Pedro, C.P. Cuiva, C.P. Pampa Castilla, Puente Clarita, Pío Pampa Azul, Sector Clarita, Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena Baja, La Arena Alta, El Olivar, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, C.P. El Zaire, C.P. Establo, San Juan Alto, San Juan Bajo, C.P. Espíritu Sto. de Palo, La Isla Baja y La Isla Alta, pertenecientes al distrito de San Vicente de la Provincia de Cañete del Departamento de Lima
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS: CEPS 3010
DIA: Martes , 19 de Enero de 2016.
HORA DE INICIO: 15:24 hrs. Martes , 19 de Enero de 2016.
HORA FINAL: 19:08 hrs. Martes, 19 de Enero de 2016.

La interrupción del servicio eléctrico fue ocasionada por daños en la Red de MT ocasionados por terceros, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, LUZ DEL SUR S.A.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

LUZ DEL SUR S.A.A. agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.

EDICTOS

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRESIDENCIA

«Año de la Consolidación del Mar de Grau»

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 043-2016-P-CSJCÑ-PJ

San Vicente de Cañete, 13 de Enero del 2016.

VISTOS:
El Decreto Ley N° 25476, de fecha cinco de mayo de mil novecientos noventa y dos, que establece la realización de Audiencias Públicas Extraordinarias.
La Resolución Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 18 de Marzo del 2011, que aprueba el Reglamento de las Audiencias Públicas Extraordinarias; y,

CONSIDERANDO:
Mediante Decreto Ley de VISTOS, se estableció la realización de Audiencias Públicas Extraordinarias destinadas a tratar aspectos relacionados con la reorganización del Poder Judicial y la Administración de Justicia; estableciéndose en el artículo 3° que «Los Presidentes de las Salas Penales son responsables del estricto cumplimiento del presente Decreto Ley».

Dispositivo legal que en el artículo 2°, tiene establecido que los Presidentes de Cortes Superiores aprobarán un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias a fin de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fijados por la ley, así como garantizar el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad.

Asimismo, en el artículo 5° del citado Decreto Ley, se dispuso que la Corte Suprema de Justicia de la República dictará las normas complementarias que sean necesarias para su mejor cumplimiento.

En tal sentido, la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante la Resolución Administrativa de VISTOS, aprobó el Reglamento de las Audiencias Públicas Extraordinarias estableciendo las normas y el procedimiento de tales Audiencias previstas en el artículo 367° del Código de Procedimientos Penales, conforme a la modificación dispuesta por el Decreto Ley N° 25476.

Conforme al artículo 5° del citado Reglamento, corresponde al Presidente de cada Corte Superior de Justicia la aprobación de un calendario trimestral de realización de las Audiencias Públicas Extraordinarias por parte de las Salas Penales y Mixtas que vienen liquidando los procesos penales iniciados bajo la vigencia del Código de Procedimientos Penales, por lo que en cumplimiento a las disposiciones normativas, corresponde aprobar para el presente año judicial el calendario trimestral mencionado por parte de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de este Distrito Judicial, precisándose además: 1)que el procedimiento especial de las Audiencias Públicas Extraordinarias regulado por dicho Reglamento, únicamente es aplicable para los procesos penales ordinario, con encausados en cárcel y libres; así como a los procesos penales sumarios con encausados en cárcel, y 2) que los objetivos de las Audiencias Públicas Extraordinarias son: 2.1) controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de instrucción y juzgamiento de los procesos penales señalados en el ítem 1); 2.2) ordenar la libertad inmediata así como la libertad bajo vigilancia de los encausados cuya carcelería ha vencido, y 2.3) dictar las medidas correctivas y disciplinarias a los responsables de los atrasos en el cumplimiento de los plazos procesales establecidos por ley.

Cabe precisar, que la realización de las Audiencias Públicas Extraordinarias quedarán sujetas a la vigencia como órgano jurisdiccional de la Sala Penal de Apelaciones, que en adición es Sala Penal Liquidadora Transitoria de Cañete.

El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa y representa al Poder Judicial en el Distrito Judicial a su cargo y como tal tiene facultades para adoptar las medidas administrativas que considere convenientes para estimular el mejor desarrollo de las labores jurisdiccionales y administrativas e identificación con este Poder del Estado.

Por tales fundamentos con las facultades conferidas por los numerales 1) y 3) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR para el presente año judicial 2016, el CALENDARIO TRIMESTRAL de realización de las AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS que deben llevar a cabo la Sala Penal de Apelaciones, que en adición es Sala Penal Liquidadora Transitoria de Cañete, que a continuación se detalla:

DEPENDENCIA: Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora Transitoria.
I TRIMESTRE (Enero - Marzo): 23 de Marzo del 2016
II TRIMESTRE (Abril - Junio): 23 de Junio del 2016
III TRIMESTRE (Julio - Setiembre): 21 de Setiembre del 2016
IV TRIMESTRE (Octubre - Diciembre): 20 de Diciembre del 2016

Artículo Segundo.- DISPONER que las Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora Transitoria, cumpla con realizar las Audiencias Públicas Extraordinarias de acuerdo al cronograma trimestral aprobado en el artículo precedente.

Artículo Tercero.- DISPONER que en el plazo de dos días de realizada cada Audiencia Pública Extraordinaria, el Presidente de la Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora Transitoria deberá remitir el expediente generado a la Presidencia de esta Corte Superior, bajo responsabilidad disciplinaria en caso de incumplimiento.

Artículo Cuarto.- PUBLIQUESE la presente Resolución Administrativa en el Diario Judicial «Al Día Con Matices», así como en el portal web de esta Corte Superior de Justicia.

REMITIR la presente Resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la Oficina de Control de la Magistratura, del Presidente de la Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora Transitoria de esta Corte Superior, de la Oficina de Administración Distrital, y de la Oficina de Imagen Institucional, para los fines consiguientes.

Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese

Elmer Soel Rebaza Parco
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

EDICTO PENALES y FAMILIA (03 DIAS)
JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez Dra. Amparo Fernández. Especialista: Carmen Huamán:
EXP. N° 00668-2015-12: En lo seguido contra JORGE LUIS VASQUEZ REYES por el delito de Lesiones Leves, se dispone NOTIFICAR a JORGE LUIS VASQUEZ REYES, con resolución N° 06, que cita para audiencia de Sobreseimiento para el día TRES DE FEBRERO del año en curso a horas nueve de la mañana; en la sala de audiencias G de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cañete. Cañete, 06 de Enero de 2016.

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LUNAHUANA - CAÑETE; Juez Dr. Luis Chávez. Especialista: Laura Rodríguez:
EXP. N° 0042-2015-0: Notifica a las imputada FLOR DE MARIA ESPILCO AGUILAR con la resolución numero uno de fecha 31 de agosto de 2015, en la cual se le concede tres días a efecto de que nombre abogado defensor y señale domicilio procesal, bajo apercibimiento de nombrarle un defensor público. Investigación seguida en su contra por el presunto delito contra la seguridad pública – Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad representada por el Ministerio Publico. Juzgado de Investigación Preparatoria de Lunahuana ubicado en Jr. Grau N° 625 Distrito de Lunahuana – Cañete. Lunahuana, 12 de enero de 2016.

SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez Dr. Armando Huertas. Especialista: Rafael Ochoa:
EXP. N° 001026-2015-48: Ha ordenado la publicación mediante edicto la resolución N° 01, Cañete 15.01.2016; SE FIJA: Fecha para la audiencia de Juicio Oral para el día 11.03.2016 a horas 10:00 am, a llevarse a cabo en la Sal de Audiencias «B» de los Juzgados Penales Unipersonales de la Corte Superior de Justicia de Cañete, COMUNICANDO Y EMPLAZANDO al acusado FELIX DAVID LOZANO JOYA, para que concurra a dicha audiencia, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. En el Juicio Oral que se sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Publica – Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio de la sociedad.

EL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Juez Dr. Ángel Polanco. Secretario: Henrry Dantas:
EXP. N° 01414-2015: Resolución Numero Uno.- Cañete. diez de noviembre de dos mil quince; AUTOS Y VISTO: SE RESUELVE: A.- PROMOVER investigación tutelar a favor del menor MATHIAS LUCIANO ZEVALLOS INGA, interpuesta por el representante del Ministerio Publico, Resolución Numero TRES.- Cañete, doce de enero de dos mil dieciséis; DADO CUENTA: CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS para el día DIECISIETE DE DE MARZO DE DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA, en la cual se recibirá la declaración de SAMUEL BERNARDO ZEVALLOS SLEE, conforme a los dispuesto en los artículos 165° y 167° del Código Procesal Civil.- Cañete, 12 de Enero de 2016.
19, 20 y 21 de Enero

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, EUGENIO DOMINGO QUEZADA ENCARNACION, con DNI 07140837, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitora MARIA NIEVES ENCARNACION POLICIO, fallecida el 20 de Noviembre de 1987, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 16 de Enero de 2016.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

1° JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE CAÑETE
Expediente N° 925-2013, el Señor Juez del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE de fecha 22-10-2015, SE NOTIFIQUE POR EDICTO al codemandado JUAN FRANCISCO WONG REYES, UN EXTRACTO DE LA DEMANDA, QUE MEDIANTE RESOLUCIÓN NÚMERO DOS DE FECHA 06-12-2013, DONDE SE ADMITE a trámite la demanda sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN, de los bienes que conforman la masa hereditaria de la Sucesión de VICTOR ABRAHAM WONG MENDOZA entre los herederos inscritos en la Partida 90085522 del Registro de Sucesión Intestada, bienes que son: 1.- Inmueble Urbano ubicado en la calle Bellavista N° 150 del distrito de San Vicente, provincia de Cañete, 2.- Inmueble Urbano ubicado en la calle Bellavista N° 156 del distrito de San Vicente, provincia de Cañete y 3.- Predio Rústico denominado Puquio Castilla, ubicado en el distrito de San Vicente, provincia de Cañete. En la demanda interpuesta por la demandante JUANA HEDY WONG CHAVEZ contra JUAN FRANCISCO WONG REYES Y OTROS, debiendo de tramitarse en la VÍA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO, CORRIÉNDOSE TRASLADO de la demanda a los demandados por el plazo de TREINTA DÍAS. Siendo que conforme a lo ordenado mediante Resolución N° 17 de fecha 22-10-2015 en lo que respecta al codemandado JUAN FRANCISCO WONG REYES de conformidad a lo previsto en el Art. 435° del Código Procesal Civil se le emplaza por el PLAZO DE NOVENTA DÍAS de notificado por EDICTOS cumpla con apersonarse al proceso y contestar la demanda, bajo apercibimiento de designársele Curador Procesal en caso de incumplimiento. Suspendiéndose la tramitación del presente proceso hasta que se establezca correctamente la Relación Jurídica Procesal.
PUBLÍQUESE en el Diario Oficial El Peruano y en Diario Al Día Con Matices de esta localidad, un extracto de la demanda. Dr. Manuel Rigoberto Vargas Sánchez Juez; Fdo. Ethel Paulina Peña Baez Secretaria Judicial.
Cañete, 22 de Octubre de 2015.
Ethel Paulina Peña Baez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 21, 27 de Enero y 02 de Febrero

REMATE PÚBLICO JUDICIAL
Expediente 49-2014, en los seguidos por Scotiabank Perú S.A.A. con Ferretería Lalo S.A.C., Juan Audante Vicente y Juana Amelia Cárdenas Borjas, sobre Ejecución de Garantías, por orden del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha la Dra. Victoria Lucila Arca Ríos, Especialista Legal Ana María Chong Correa, la Martillera Pública Diana E. Osnayo Pazos rematará el día 28 de Enero del 2016;
1.- A horas 3:00 p.m.: Tercera Convocatoria del Inmueble, ubicado en Centro Poblado Imperial, Mz. A, Lote 30, distrito de Imperial, provincia Cañete, departamento de Lima, inscrito con Código de Predio P17035485 del Registro de Propiedad de Inmueble de Cañete, área 447.30 m2., Tasación: US$ 689,994.00 (seiscientos ochenta y nueve mil novecientos noventa y cuatro con 00/100 dólares americanos), Base de Remate: US$ 332,347.11 (trescientos treinta y dos mil trescientos cuarenta y siete con 11/100 dólares americanos), equivalente a dos terceras partes de la tasación menos dos veces 15% por tratarse de tercera convocatoria. Gravámenes: (i) Hipoteca constituida a favor de Scotiabank Perú S.A.A. hasta por US$ 345, 921.00 dólares americanos, Escritura Pública del 13/09/2010, Notaría Ítala Andrea Garrafa Peña, asiento 00004; (ii) Modificación de hipoteca del asiento 4, se amplía hasta por US$ 497,580.00 dólares americanos, Escritura Pública del 31/10/2011, Notaría Ítala A. Garrafa Peña, asiento 00005; (iii) Medida Cautelar de Anotación de Demanda: Res. 2 del 04/05/2015, Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, en los seguidos por Scotiabank Perú S.A.A. contra Ferretería Lalo S.A.A., Juan Joseph Audante Vicente y Juana Emilia Cárdenas Borjas, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 00049-2014-99-0801-JR-CI-01, fecha de inscripción 17/06/2015, asiento 00007.
2.- A horas 3:30 p.m.: Segunda Convocatoria del Inmueble ubicado en Centro Poblado Imperial, Mz. D, Lote 15, distrito de Imperial, provincia Cañete, departamento de Lima, inscrito con Código de Predio P17035749 del Registro de Propiedad de Inmueble de Cañete, área: 172.50 m2., Tasación: US$ 300,269.36 (trescientos mil doscientos sesenta y nueve con 36/100 dólares americanos), Base de Remate: US$ 170,152.64 (ciento setenta mil ciento cincuenta y dos con 64/100 dólares americanos), equivalente a dos terceras partes de la tasación menos 15% por tratarse de segunda convocatoria. Gravámenes: (i) Hipoteca constituida a favor de Scotiabank Perú S.A.A. hasta por US$ 260,864.80 dólares americanos, Escritura Pública del 29/01/2011 y aclaratoria del 14/02/2011, Notaría Ítala A. Garrafa Peña, asiento 00004; (ii) Medida Cautelar de Embargo hasta por S/. 70,000.00 nuevos soles, Res. 01 del 26/11/2013, Juzgado Especializado Civil de Cañete, en los seguidos por Jorge Alberto Ramos Hernández con Juan Joseph Audante Vicente, sobre Medida Cautelar, Expediente 1042-2013, asiento 00006; (iii) Medida Cautelar de Anotación de Demanda: Res. 2 del 04/05/2015, Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, en los seguidos por Scotiabank Perú S.A.A. contra Ferretería Lalo S.A.A. Juan Joseph Audante Vicente y Juana Emilia Cárdenas Borjas, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 00049-2014-99-0801-JR-CI-01, fecha de inscripción 17/06/2015, asiento 00007.
3.- A horas 4:00 p.m.: Segunda Convocatoria del Inmueble ubicado en Asentamiento Humano «Josefina Ramos Vda. de Gonzáles Prada», Mz. H2, Lote 17, distrito Imperial, provincia Cañete, departamento de Lima, inscrito con Código de Predio P17004289 del Registro de Propiedad de Inmueble de Cañete, área: 110.00 m2., Tasación: US$ 167,504.00 (ciento sesenta y siete mil quinientos cuatro con 00/100 dólares americanos), Base de Remate: US$ 94,918.93 (noventa y cuatro mil novecientos dieciocho con 93/100 dólares americanos), equivalente a dos terceras partes de la tasación menos 15% por tratarse de segunda convocatoria. Gravámenes: (i) Hipoteca constituida a favor de Scotiabank Perú S.A.A. hasta por US$ 171, 757.72 dólares americanos, Escritura Pública del 27/10/2011, Notaría Ítala A. Garrafa Peña, asiento 00007; (ii) Medida Cautelar de Anotación de Demanda: Res. 2 del 04/05/2015, Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, en los seguidos por Scotiabank Perú S.A. A., contra Ferretería Lalo S.A.A. , Juan Joseph Audante Vicente y Juana Emilia Cárdenas Borjas, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 00049-2014-99-0801-JR-CI-01, fecha de inscripción 17/06/2015, asiento 00009.
LUGAR DE LOS REMATES: Local del Primer Juzgado Civil de Cañete, sito en Av. Mariscal Benavides N° 657, San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima. POSTORES: Oblarán 10% de tasación en efectivo o cheque de Gerencia a su nombre (endosable), y presentarán Arancel Judicial con Expediente N° 49-2014, documento de identidad y Juzgado. Adjudicatario cancela honorarios de la Martillera. Informes teléfono 996707093.
Ana María Chong Correa
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Diana E. Osnayo Pazos
Martillero Público Reg. 180
Publicar: 21, 22 y 23 de Enero

NOTARÍA GARRAFA
RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, doña TREYSSI ESTEFANI ROJAS SIMON, con DNI N° 70769865 y CARLOS ALFREDO MONTES ARIAS con DNI N° 46615076, solicitan el RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, respecto de la unión libre, voluntaria y sin impedimento matrimonial que mantiene desde el diez de Julio del dos mil doce, hasta la actualidad. Lo que se publica a efecto de que los que tengan que formular alguna oposición se apersonen dentro del plazo de 15 días.
Cañete, 18 de Enero de 2016.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AGROINDUSTRIAS SAN ISIDRO S.A.
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
RUC 20129029308
El Directorio de Agroindustrias San Isidro S.A. de conformidad con el Art. 13° de los Estatutos de la Sociedad y el Art. 113 de la Ley General de Sociedades, cita en Primera Convocatoria a la Junta General Extraordinaria de Accionistas para el 25 de Enero del 2016 a horas 02:00 p.m., sito en el Auditorio de nuestras Oficinas C.P. San Isidro – Imperial – Cañete, a efectos de tratar la siguiente agenda
AGENDA:
1.- Propuesta de Financiamiento para traslado de Establo.
En caso que en la Primera Convocatoria no se contara con el quórum reglamentario, se cita en Segunda Convocatoria para el día 01 de Febrero del 2016, a horas 02:00 p.m. en el mismo lugar de la Primera Convocatoria.
Cañete, San Isidro, 20 de Enero de 2016
El Directorio

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Sub Gerente de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Imperial, en mérito al Expediente N° 052-2016-SGRCYC-MDI, presentado por la Sra. BLANCA INES CENTENO INCA, en donde solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN, inscrita en el folio N° 5000424273 del registro en línea del año 2015; cuya titularidad obedece a MARINA IBARRA DE CAPCHA, rectificación en la parte (principal) donde se ha consignado erróneamente el apellido materno de la titular dice: MARINA IBARRA DE CAPCHA, debe decir: MARINA IBARRA ACUÑA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Ley N° 26497, D.S. 01598-PCM, artículo 71° al 75°, Directiva DI-263-GRC/017 Rectificación Administrativa por Error y Omisión No Atribuible al Registrador aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
Imperial, 20 de Enero de 2016.
Cecilia Y. Loayza Lozano
Sub Gerente Registro Civil

EDICTO
Ante mí se ha presentado EMILIA ALFONSO DE ALVARADO, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su esposo ADOLFO ALVARADO RIVADENEYRA, fallecido el día 03 de Junio del año 2006, a fin de que se declare como heredera universal a la solicitante. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la Ley 26662.
Cañete, 18 de Enero de 2016.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, GILBERTO BENJAMIN SANCHEZ SANCHEZ con DNI N° 06700427, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su cónyuge BERTHA SANCHEZ MARTINEZ DE SANCHEZ, fallecida el 31 de Octubre del 2015, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete – Lima. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 13 de Enero de 2016.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, JUANA MARTHA ORTEGA SANCHEZ, con DNI 07405309, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor FELIPE RODOLFO ORTEGA CUADROS, fallecido el 08 de Enero de 1966, teniendo como último domicilio el distrito de Pacarán – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 16 de Enero de 2016.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, VIVIAN INES SANCHEZ ORMEÑO, con DNI 15410320, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor ESTEBAN BENJAMIN SANCHEZ CANDELA, fallecido el 17 de Agosto de 1999, teniendo como último domicilio el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 15 de Enero de 2016.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete