29 mayo 2018

PROGRAMACION DEPORTIVA

MATINOTAS

CONTRALORÍA EN EL REZOLA...
El día de ayer, 28 de mayo, llegaron a la provincia de Cañete, específicamente al Hospital Rezola, funcionarios de contraloria de la República, que en función a las necesidades en la atención de salud de la población Cañetana, encontraron la ssiguientes deficiencias:
Tomografo Malogrado.
Acta de Supervicion de SUSALUD en araes critica, Emergencia, centro quirúrgico entre otras en gestión de funciones negativa en la atención de salud.
Faltantes de medicamento y material médico en la atención de salud de los pacientes.
Falta de reactivos para examen clínicos.
Honorarios exhorbitantes a funcionarios de confianza.
Plan Anual de contrataciones convocados a destiempos.
entre otros.
Ante ello, el Secretario General, QF. Christian Sanchez Jimenez, señaló lo siguiente: señor controlador la población Cañetana tiene fe en que se va mejorar la gestión cañetana en su atención de salud por ser el Hospital Rezola quien albergan toda la población sur que le corresponde a la Provincia de Cañete.
El resultado final permitirá que manera constructivo se logre mejoras y atención de calidad en la salud cañetana y para el trabajador que hacemos artificios para su atención a los pacientes.

ALLISON CANDIDATO A LA PROVINCIA DE CAÑETE ACTUAL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MAR GASTO MÁS DE UN MILLÓN DE SOLES EN IMAGEN INSTITUCIONAL...
Diversos medios vienen cuestionando la fuerte suma que viene gastando Francis Allison, en materia de publicidad y gastos en imagen en su comuna... mientras que él viene haciendo gala de una fuerte campaña política en nuestra provincia...
Ojalá que los recursos que viene usando, sea de su propio peculio... porque no queremos imaginar que sea la Municipalidad de Magdalena del Mar, quien venga indirectamente financiando su campaña política.
Allison viene sosteniendo su campaña, gracias a una fuerte presencia en diversos medios de comunicación local... que es evidente, no es gratuita...
Mientras su rendición de cuentas en materia electoral, sea clara y transparente, no hay problema... pero cuando se escuchan denuncias de todo tipo... entonces, simplemente si el río suena es porque piedras trae...

¡JUSTICIA PARA CAÑETE! El caso FINVER llegó a su primera final... sentenciado Javier Alvarado y varios funcionarios más, por la emisión de 163 cheques cobrados por la suma de más de 4 MILLONES de soles, empresas fantasmas, una red criminal mezclada entre ancashinos y cañetanos... y la verdad es que hasta la fecha los que vienen pasando piola son los funcionarios comprometidos en el banco Continental... ya que ellos pagaron cheques a quien no debieron, y hasta hoy, ni han hecho un mea culpa... ni a nadie se le ha ocurrido involucrarlos como debrería... ¡Todo un infierno! Y nadie habla ni dice nada..
De otro lado, viene circulando un folleto en donde se narra el caso FINVER... Más de 4 Millones robados a Cañete y nadie hasta el día de hoy solicita la reintegración de este dinero del pueblo, que serviría para cubrir muchas necesidades de diferentes distritos. Un folleto que resulta interesante y que está en diversos puestos de revistas y periódicos... que debe servir de punto inicial a estudiantes universitarios y público en general, para que conozcan algo de la corrupción existente en nuestra provincia. Pidelo en tu quiosco favorito. ¡Comparte para que el pueblo se entere!

CANDIDATURAS QUE PUEDEN QUEDARSE SIN PARTIR...
Por un lado aseguran que en cualquier momento Angel Manero podría quedar fuera del tablero... José Guillén también puede quedarse fuera... lo cierto, es que mientras en algunos el problema es el lío interno por las ubicaciones como regidores... también la parte económica asusta... y sobre todo cuando aparecen candidaturas distritales que quieren la mesa servida... ojo eso viene pasando en diversas tiendas políticas... y viene haciendo retroceder a varios candidatos, que saben que no tienen mucho combustible para esta lid. Parece que Fuerza Popular no colocaría candidato en Imperial... y eso por qué será...

EDICTOS

EDICTO PENAL (03 DÍAS)
La señora Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Mala: DISPONE NOTIFICAR al acusado LUIS FERNANDO NEYRA SOLANO, con la Resolución número 01 de fecha 17-05-2018, (parte pertinente) que dispone: 1. CITAR A LA AUDIENCIA DE INCOACIÓN AL PROCESO INMEDIATO, que tiene carácter inaplazable, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencia B del Módulo Penal sito en Pasaje San José N° 100 – Mala, el día UNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (Hora exacta); la misma que se instalará con presencia obligatoria del represente del Ministerio Público, del abogado defensor y del imputado; 2. DESIGNAR al imputado, un Abogado defensor Público del Ministerio de Justicia para que asuma su defensa técnica en el estado en que se encuentre el proceso. Firmando: Juez: Dra. Martínez y Especialista Judicial: Carbajal. Mala 17 de mayo del 2018.

El Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cañete, ha ordenado la publicación de edictos en el proceso N° 0084-2018-79; JUEZ: Anco Gutiérrez, Resolución N° 01, NOTIFICAR vía edicto al imputado TEOFILO SEBASTIAN SARAVIA lo siguiente: AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO en el proceso contra TEOFILO SEBASTIAN SARAVIA para el día 22 DE JUNIO DEL 2018 A HORAS 11:00 A.M. (HORA EXACTA) en la SALA DE AUDIENCIAS «F» DEL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE; ubicado en la Av. Benavides N° 657 – San Vicente de Cañete, DECLARANDOSE dicha diligencia de carácter INAPLAZABLE. Bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del imputado TEOFILO SEBASTIAN SARAVIA sera declarado REO CONTUMAZ O AUSENTE En el proceso que se sigue por el delito contra la familia – Omisión a la Asistencia Familia en agravio de El Estado y otro. Asist. de causas. Vargas.

EXPEDIENTE: N° 00148-2010-0-0801-SP-PE-01 La Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de Cañete, presidida por el Señor Juez Superior Dr. Luis Enrique García Huanca, cita y emplaza a los acusados FIORELLA MARIA ROMANI ANGELES, VIDAL VALDIVIA REMON, MANUEL RUIZ QUIROZ ANGELES Y ANA MARIA LAZO PÉREZ, a fin de que concurra a la audiencia de INICIO DE JUICIO ORAL, señalado para el día JUEVES 07 DE JUNIO DEL 2018 a horas 10:00 de la mañana. LUGAR: Av. Mariscal Benavidez N° 657, Sala de Audiencias de la Sala Penal de Apelaciones – San Vicente de Cañete; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional, DELITO: Contra la Administración Pública – Peculado, en AGRAVIO del Estado. Secretario: Luis Alberto Espinoza Siguas.
Publicar: 26, 28 y 29 de Mayo de 2018.

SEGUNDO JUZGADO CIVIL PERMANENTE DE CAÑETE
Expediente N° 0167-2018, por ante el Segundo Juzgado Civil Permanente de Cañete, el Sr. Juez ha dispuesto lo siguiente: MEDIANTE RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha 20-04-2018, ADMÍTASE a trámite la demanda interpuesta por ROSARIO GALV+ÁN TROCONES sobre Pretensión Principal: PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO, que tiene por objeto que se le declare propietario del predio rústico denominado Parcela 61, con Código Catastral N° 10985, Proyecto sin nombre, Sector Parte Baja – Pampas de Quilmaná, del distrito de Quilmaná, provincia de Cañete y departamento de Lima, que se encuentra inscrito en la Partida N° P03141411 del Registro de la Propiedad Inmueble de Cañete y como Pretensión Accesoria: INSCRIPCIÓN REGISTRAL Y CANCELACIÓN DE ASIENTO REGISTRAL, debiendo de tramitarse la presente en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO (..) TRASLADO de la demanda a la parte demandada EDMUNDO CONTRERAS VARGAS, por el plazo de DIEZ DÍAS a fin de que conteste la demanda, bajo apercibimiento de declararse rebelde en caso de incumplimiento. Publíquese un extracto de la presente Resolución (Auto Admisorio) en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Al Día Con Matices de esta localidad por tres veces con intervalo de tres días. Una rúbrica del Sr. Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal. Fdo. Percy Pablo Muñoz Campos – Secretario Judicial.
Cañete, 04 de Mayo de 2018.
Percy Muñoz Campos
Secretario Judicial
Segundo Juzgado Civil Permanente
Corte Superior de Justicia de Cañete

EDICTO JUDICIAL
Por ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 283-2016, en el cual se ha dictado la siguiente Resolución número seis se transcribe: Se resuelve ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por URSICIA ELISA MANRIQUE CASTILLÓN en representación de ASOCIACIÓN DE GANADEROS DE MINA DE ORO contra VALDIVIA MISAD HERNÁN ATILIO Y OTROS sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, tramítesele en la vía del PROCESO ABREVIADO, se ordena la notificación por edicto del demandado VALDIVIA MISAD HERNÁN ATILIO por desconocer el domicilio de este publicándose en el Diario Oficial El Peruano y Al Día Con Matices, por tres días, un extracto del auto admisorio a fin que en el plazo de TREINTA DÍAS se apersone al proceso haciendo valer su derecho de defensa; bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Una firma Dr. Edgar Mallma Vargas – Juez. Una firma Cristina Medina Brigada – Secretaria Judicial.
Cañete, 08 de Mayo de 2018.
Dra. Cristina Del Rosario Medina Brigada
Secretaria Judicial
Primer Juzgado Especializado Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 23, 29 de Mayo y 04 de Junio de 2018.

EDICTOS (02 DÍAS)
En la Investigación N° 111-2016, la magistrada contralora de ODECMA Cañete María Elena Giovanna Martínez Gutiérrez, ha ordenado se publique un extracto de la siguiente resolución: Resolución N° DIEZ de fecha quince de diciembre del año dos mil dieciocho: SE RESUELVE:…SEGUNDO: Encontrándose responsabilidad funcional en AMPARO FERNANDES CALLATA, en el ejercicio de sus funciones como Juez del Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Transitoria de Cañete por la Falta Leve se le impone sanción de Amonestación Verbal, Magistrada Contralora de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Cañete María Elena Giovanna Martínez Gutiérrez. Asistente de Procedimientos Regina Miriam Campó Munayco. Cañete, 28 de Marzo del 2018.
Publicar: 29 y 30 de Mayo

EDICTO (03 DÍAS)
El Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de San Vicente de Cañete, que despacha la señora Magistrada: Dra. Gladys Susana Orellana Huamán, a cargo del presente proceso, EXP. 01132-2016-0, con la finalidad de comunicar y emplazar a: JOEL GOZAR FLORES, y ponerle de conocimiento lo resuelto en la resolución N° 07, de fecha 11 de abril de 2018, la misma que resuelve Declarar CONSENTIDA la resolución número cuatro, que DECLARA INFUNDADA LA DEMANDA DE HABEAS CORPUS interpuesta por don Joel Gozar Flores, a favor de Emilio Rojas Vilcatoma, José Roberto Tito Cuadros, José Armando Tito Cusi, Saúl Efraín Vásquez Reyes y Roberto Vásquez Cóndor, en contra del Comandante PNP Cesar W. Díaz Jáuregui. Giancarlo Alberto Mendoza García. San Vicente de Cañete, 11 de Abril de 2018.
Publicar: 29, 30 y 31 de Mayo de 2018

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
La Jefe de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 26497, capítulo V, sección segunda, artículo 73, manda a publicar, que con Expediente N° 2244-2018-MDQ, de fecha 24 de Mayo del presente año, que MARLENE MARILU MEDRANO PORTUGUEZ pide la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTA DE NACIMIENTO de GUSTAVO EDGARDO MEDRANO PORTUGUEZ ya que existe omisión del segundo prenombre del padre del titular del acta debiendo decir DOMINICO FILIBERTO MEDRANO BRUNO y no como se ha registrado en el acta N° 03, libro N° 36, año 1968. Quienes consideran que puedan salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de ley, caso contrario se procederá a la inscripción según Art. 68 de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 28 de Mayo de 2018.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de Registro Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
La Jefe de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 26497, capítulo V, sección segunda, artículo 73, manda a publicar, que con Expediente N° 2243-2018-MDQ, de fecha 24 de Mayo del presente año, que MARLENE MARILU MEDRANO PORTUGUEZ pide la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTA DE NACIMIENTO de WALTER JOHNNY MEDRANO PORTUGUEZ ya que existe omisión en los siguientes rubros:
1.- Omisión de los apellidos (paterno y materno) del titular del acta donde debe decir WALTER JOHNNY MEDRANO PORTUGUEZ y no como se ha registrado en el acta N° 168, libro N° 30, año 1963.
2.- Omisión del segundo prenombre del padre del titular del acta debiendo decir DOMINICO FILIBERTO MEDRANO BRUNO y no como se ha registrado en el acta N° 168, libro N° 30, año 1963.
3.- Omisión de la firma del registrador civil de la época.
Quienes consideran que puedan salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de ley, caso contrario se procederá a la inscripción según Art. 68 de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 28 de Mayo de 2018.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de Registro Civil

EDICTO
Ante el Juzgado Mixto Permanente de Chilca, Exp. N° 74-2018-CI, Juez Elmer Manuel Ochoa Galloso, Secretario Judicial Abog. Carlos Alberto Jaime Ramos, mediante Resolución número dos de fecha dieciocho de Abril del 2018, se ha ordenado publicar el extracto de la parte resolutiva contenida en la RESOLUCIÓN NÚMERO DOS, DE FECHA 02-07-2018, cuyo tenor es el siguiente: SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del bien mueble, en la VÍA DE PROCESO ABREVIADO, interpuesta por ANA MARIA HUAPAYA VDA. DE CASTILLO Y WILMER ALFREDO FLORES MOZON en contra de JULIO MENCHELLI CORSI; CÓRRASE TRASLADO AL DEMANDADO JULIO MENCHELLI CORSI por el plazo de DIEZ DÍAS, para que sea contestada. DISPONGO: Se efectúe las publicaciones por el plazo de tres días con intervalo de tres días, conforme a los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil, en el Diario encargado de los Avisos Judiciales y otro de amplia circulación de esta ciudad. Téngase por ofrecidos los medios probatorios. A sus antecedentes los anexos acompañados. Tómese razón y hágase saber. Secretario Judicial Carlos Alberto Jaime Ramos.
Abog. Carlos A. Jaime Ramos
Secretario Judicial - Juzgado Mixto Permanente de Chilca
Publicar: 29 de Mayo, 04 y 08 de Junio de 2018.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
La Jefe de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 26497, capítulo V, sección segunda, artículo 73, manda a publicar, que con Expediente N° 2242-2018-MDQ, de fecha 24 de Mayo del presente año, que MARLENE MARILU MEDRANO PORTUGUEZ pide la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTA DE NACIMIENTO de FERNANDO WILLIAM MEDRANO PORTUGUEZ ya que existe omisión en los siguientes rubros:
1.- Omisión del segundo prenombre del padre del titular del acta debe decir DOMINICO FILIBERTO MEDRANO BRUNO y no como se ha registrado en el acta N° 164, libro N° 29, año 1962.
2.- Omisión del sello del registrador civil de la época.
Quienes consideran que puedan salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de ley, caso contrario se procederá a la inscripción según Art. 68 de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 28 de Mayo de 2018.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de Registro Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 250° del Código Civil, se hace saber que ante el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Imperial, se han presentado doña ANA ANDREA ZUÑIGA ARONE, de 23 años de edad, identificada con DNI N° 70390428, de estado civil soltera, natural del distrito de Imperial, provincia Cañete, departamento de Lima, domiciliada en Av. La Mar N° 320, distrito de Imperial, provincia Cañete, departamento de Lima y don JERONIMO YOEL ENCISO SARAVIA, de 26 años de edad, identificado con DNI N° 47716864, de estado civil soltero, natural del distrito de Lima, provincia Lima, departamento Lima; quienes pretenden contraer Matrimonio en esta Municipalidad, las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de ocho días conforme a Ley.
Imperial, 28 de Mayo de 2018.
Cecilia Y. Loayza Lozano
Sub Gerente Registro Civil


EDICTO
Exp. N° 00047-2018 por ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, que despacha el Sr. Juez Dr. Luis Benjamín Vásquez Alza y Secretario Judicial Papías Abilo Sánchez Sáenz, doña NAVARRO DE SANCHEZ YOLANDA solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, de WILLIAM ERNESTO SANCHEZ NAVARRO, en el extremo de la letra «S» debiendo ser lo correcto WILLIAMS ERNESTO SANCHEZ NAVARRO.
Imperial, 24 de Mayo de 2018.
Papías Abilo Sánchez Sáenz
Secretario (e) Judicial
Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial
Jesús Gonzalo Canales Alfaro
Reg. CAL. N° 12159


CAÑETANO ES ASESINADO DE 10 BALAZOS EN VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

Delante de sus amigos, con quienes bebía licor en la puerta de una cantina, el obrero Wilmer Centeno Carrasco (30) fue asesinado de diez balazos por un sicario que bajó de un auto, en Villa María del Triunfo .
La dueña del bar-cebichería ‘La Tía Olga’ , ubicado en la calle Inca Roca 824, Tablada de Lurín, contó que a la 1:30 de la madrugada un auto con varios ocupantes, entre ellos dos mujeres, se estacionó frente a su negocio para que les venda cerveza.
“Llegaron tres muchachos y dos chicas se quedaron tomando cervezas en lata. Luego escuché varios balazos y al salir vi que un muchacho estaba muerto con heridas en la cara, tórax, brazos y piernas”, contó.
Agregó que sus acompañantes subieron al auto y se fueron del lugar, mientras el pistolero corrió, abordó un carro y huyó.

NO LE ROBARON
Policías que llegaron al lugar informaron que la víctima era de San Vicente de Cañete . Los deudos llegaron al lugar y lo identificaron en medio del llanto.
“Se le ha encontrado su reloj, billetera y celular, por lo que se descarta que haya sido asesinado por un intento de asalto”, explicó un perito.
Los agentes de investigación criminal del distrito creen que fue un ajuste de cuentas porque la víctima habría pertenecido a un sindicato de construcción civil.

ORDENAN UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO DE JAVIER ALVARADO

JOSÉ CAICO: PATRIA JOVEN ESTÁ MÁS FUERTE QUE NUNCA...

Tras expresar que esto recién comienza, el candidato a la alcaldía provincial de Cañete, José Caico Fernández, señaló que resulta paradójico que quien denunció la desaparición del dinero del FINVER, termine sentenciado
Luego de la sentencia que condena a 6 años de prisión al líder de los “toritos”- Javier Alvarado Gonzáles del Valle, el candidato a la alcaldía provincial de Cañete José Caico Fernández – aseguró que Patria Joven está más fuerte que nunca.
En ese sentido – hizo un llamado a las bases del referido movimiento político para que unan fuerza y mantengan la calma. “Estamos en una campaña electoral y hay muchos intereses de por medio. Si bien esta sentencia en primera instancia, es una noticia negativa, lo cierto es que el grupo Patria Joven se ha fortalecido más, porque sabe que el trabajo debe continuar” – agregó.
“Esto recién comienza y Patria Joven no sabe arriar banderas ni rendirse, porque somos peruanos comprometidos con el desarrollo de nuestros pueblos”, continuó diciendo.

FISCAL DEL CASO FINVER: SI MANTENÍA A ALVARADO COMO AUTOR... IBA A SER ABSUELTO...

Escribe: Guillermo Peña

El representante del Ministerio Público señaló que fue estratégico cambiar al grado de participación de Javier Alvarado de “autor” a “cómplice”, lo que le permitió obtener una sentencia condenatoria.
Para el Dr. Manuel Mendoza Hernández, fiscal a cargo del emblemático Caso FINVER Cañete (desfalco sistemático del fondo de inversiones por un monto superior a los S/4 millones de soles), fue crucial que el Ministerio Público cambiara el grado de participación de Javier Alvarado Gonzáles del Valle en la etapa de Acusación Complementaria, trasladando su responsabilidad de autor a cómplice, pues de haber mantenido la misma posición en el sentido de “autoría”, el líder de Patria Joven pudo haber terminado absuelto de toda condena.
«Les agradezco a ustedes que informen la veracidad de los hechos de cómo se ha desarrollado el juicio. En el juicio es fundamental cuando el Ministerio Público hizo la acusación complementaria. En base a la acusación complementaria, cuando cambié el grado de participación de “autor” a “cómplice”, por esa condición es que lo han condenado. Porque si manteníamos la misma posición en el sentido de autoría, lógicamente iba a caer en una absolutoria que no hubiera permitido lo que ahora el juez ha condenado […]», dijo.

SEIS AÑOS DE CÁRCEL PARA JAVIER ALVARADO POR CASO FINVER...

Escribe: Guillermo Peña

En primera instancia, el juez Edmundo Guillén Gutiérrez ordenó la captura inmediata del líder de Patria Joven y su traslado al Penal de Cantera en el distrito de Nuevo Imperial para que purgue condena.
Luego de casi una década el emblemático caso FINVER llegó a su parte final, por lo menos en primera instancia. El magistrado Edmundo Guillén dio la lectura del fallo y en ella condenó a 6 años de pena privativa de la libertad con carácter de efectiva a Javier Alvarado Gonzáles del Valle, y a todos sus cómplices, entre ellos Eduardo Dalarier Wanus Gonzáles y José Espinoza Peña, por el delito contra la administración pública en la modalidad de peculado doloso en agravio de la Municipalidad Provincial de Cañete.
Como se recordará el asunto se remonta al año 2010, cuando el hoy condenado era el alcalde de la comuna en mención y se emitieron cheques a diestra y siniestra del fondo de inversiones (FINVER).
Él y los demás sentenciados deberán pagar una reparación civil de S/ 5 millones de soles en favor del Estado Peruano, además de la inhabilitación de ejercer cargo público alguno por 3 años en el caso de Javier Alvarado.
En esta audiencia se leyó tan solamente la parte resolutiva del fallo, pues se ha programado una última audiencia para el jueves 7 de junio a las 4 de la tarde, fecha en la que se dará íntegramente la lectura de la sentencia.
Algo que llamó la atención es que ninguno de los hoy sentenciados se presentó en la sala... al parecer presentían un fallo de esta naturaleza, que los hubiera llevado directamente al Penal de Cantera.