10 septiembre 2011

MUNICIPALIDAD DE IMPERIAL VIENE EJECUTANDO DIVERSAS OBRAS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2011, DEL PLAN DE INCENTIVOS Y PRESUPUESTO INTERNO

Diversas obras consideradas dentro del presupuesto participativo 2011 viene ejecutando la Municipalidad Distrital de Imperial, algunas de las cuales ya han concluido, y otras están en ejecución.
En la Casa Huerta “Santa Ana” en el Cerro Candela se culminó la construcción de su local comunal, con una inversión de S/.50, 000 nuevos soles.
Mientras que en el A.H “La Esperanza” se ha concluido la construcción del Muro de Contención del parque ecológico, con un presupuesto de S/. 50.000.
Otra obra culminada es la del AH “Alto Alianza”, donde con un presupuesto de S/.65, 000 se dotó de los sistemas de Agua Potable y Alcantarillado.
En el sector Educación se ha cumplido con el programa "Una Oportunidad para Seguir Estudiando" - CEBA - I.E.P. 20145, donde se invirtió S/. 30,000 para dotarles de una sala de cómputo más un proyector multimedia.
Mientras que los alumnos de la institución educativa inicial 013 del Centro Poblado “San Benito” han sido beneficiados con el equipamiento de 9 computadoras y un proyector multimedia con un monto de S/.20, 000.
La Asociación de Mujeres Imperialinas viene ejecutando el Programa "Yo Aprendí a Escribir, Hoy Aprendo a Leer y Producir", que va en un avance del 70% y que cuenta con un presupuesto de S/. 30,000, por el cual se vienen beneficiando hombres y mujeres iletradas de las zonas más pobres del distrito con un programa de Alfabetización.
La misma Asociación viene ejecutando el Programa "Nosotros Hacemos micro Empresa Produciendo” con un presupuesto de S/. 35,000, donde se desarrollan talleres productivos (repostería, decoración de globos, industria del vestido, industrialización de polos, tejido, tejido de zapatos, cosmetología, danza y decoración de flores en telas).
Actualmente se vienen ejecutando las siguientes obras:
- Culminación de Red de Alcantarillado con Sistema Biodigestor y Cámara de Bombeo en Anexo “San Isidro chico”, que tiene un presupuesto de S/. 60,000
- Sistema de Desagüe y Conexiones Domiciliarias de la Habilitación Urbana Maria Magdalena Imperial, con un monto de S/. 120,000
- Renovación de Redes de Agua y Desagüe Calle 15 de Noviembre, que tiene un presupuesto de S/. 100,000
- Pavimentación de Calle Alfonso Ugarte A.H. Asunción 8, con un presupuesto de S/. 120,000
- Construcción de Comedor Popular para San Isidro Grande, con un presupuesto de S/. 30,000
- Pavimentación y Veredas de Av. Real de San Isidro Grande, con un presupuesto de
S/. 150,000
De otro lado, a través del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal se viene ejecutando la obra de Construcción de Comedor Popular “José Maria Escriba Balaguer” en el Centro Poblado de Cerro Alegre.
Asimismo, se viene realizando el parchado de la pista del sector de “La Alameda” en Cerro Alegre, que forma parte del proyecto de Mantenimiento de Vías y Veredas del Distrito de Imperial.
De esta manera, la gestión edilicia que lidera el alcalde Eddy del Mazo Tello viene cumpliendo con ejecutar las obras que son reclamadas y atendiendo las necesidades de la población imperialina.

«MEJORAR NUESTRA SOCIEDAD ES RESPONSABILIDAD DE TODOS»

Ing. Armando Samaniego Orellana

Somos un país con tanta historia, riquezas naturales y arqueológicas, un territorio con tantas posibilidades y oportunidades, podemos ser un país desarrollado, aunque te cueste creerlo si podemos solo depende de que tú y yo empecemos a trabajar en ello, porque la transformación de una nación desarrollada ya no está sólo en los políticos, la transformación del país está en tí, está en mí, está en todas nuestras organizaciones y de trabajar juntos con verdadera responsabilidad social. Es hora de hacer el cambio. «Yo cambio, la gente cambia, el mundo cambia, todo cambia y tu, ¿vas a quedarte ahí mirando?»... «¿Por qué se ha de temer a los cambios?, Toda la vida es un cambio. ¿Por qué hemos de temerle?» «Las personas cambian cuando se dan cuenta del potencial que tienen para cambiar las cosas».

NO TENGAS MIEDO AL CAMBIO
«Las masas humanas más peligrosas son aquellas en cuyas venas ha sido inyectado el veneno del miedo.... del miedo al cambio». «No tengas miedo al cambio» haz el cambio» «tú eres el cambio». Nos parece difícil cambiar este círculo vicioso que hay en nuestra sociedad. Podemos ser mejores y de ti depende que el Perú transite por la senda del desarrollo y bienestar social, concentrémonos en hacer las cosas bien y ponerlos en práctica. Siempre diremos que el Perú está mal porque las generaciones pasadas hicieron poco o nada por nuestra patria, pero hoy somos nosotros los responsables de corregir estos males de nuestra sociedad. Cambiemos nuestros hábitos, vivamos virtudes y valores que construyan a una sociedad más justa y solidaria. Un país es desarrollado entre otras características por tener un alto nivel educativo. Y ello se demuestra en los pequeños detalles: Como no arrojar basura en la calle, evitar la violencia en la casa, a no robar, a tener buenos modales, educar a los hijos con valores para la vida, a respetar las señales de transito, a ser eficiente en la labor encomendada, ser respetuoso, honesto, solidario, etc…».
El cambio no solamente es necesario en la vida, es la vida misma». «El cambio es ley de vida. Cualquiera que sólo mire al pasado o al presente, se perderá el futuro». «Sé el cambio que quieres ver en el mundo».

GOBERNANTES ÍNTEGROS
Nuestra sociedad está necesitada de gobernantes capaces, con una alta moral, que sea capaz de ayudar a todos. Una sociedad corrompida, espera gobernantes incorruptos. Una sociedad que miente quiere gobernantes veraces. Una sociedad inmoral necesita gobernantes de alta fiabilidad moral. La única forma de lograr un buen gobernante es lograr una buena sociedad, formada por hombres íntegros que sepan leer la realidad y que se esfuercen en armonizar la vida con una visión exenta de sectarismos, odios y rencores, que trabajen por elevar la calidad de vida de todos. Por ello es importante recordar: «La decencia y la pulcritud en la conducta son el único lujo que el hombre no necesita comprar con dinero». «La integridad del hombre se mide por su conducta, no por sus profesiones». La dignidad humana se basa en la grandeza de lo principios ético, la bondad de los sentimientos y la integridad de la conducta».

LÍDERES CAMBIANDO LA HISTORIA
A lo largo de la historia han existido líderes que no le han tenido miedo a los cambios y que inclusive ofrendaron su vida por los ideales de cambio para bien de la humanidad. Y nos han dejado mensajes de ánimo para seguir luchando por nuestras metas. Nos infunden determinación, compromiso y responsabilidad para alcanzar el éxito. Quienes nos siguen diciendo: «El hecho de triunfar no consiste en vencer siempre sino en nunca caer en el desánimo». « Un sueño no se hace realidad a través de magia: conlleva sudor, determinación y trabajo duro». «No perdamos de vista los factores más importantes que llevan un liderazgo exitoso: el compromiso, una pasión por dejar huellas, una visión por lograr un cambio positivo y el coraje para la acción». «En pocas palabras, un líder es un hombre que sabe adónde quiere ir, se pone de pie y va». «Un hombre con ideas es fuerte, pero un hombre con ideales es invencible».
El líder es una persona de coraje, no se amilana ante los obstáculos. Mejorar nuestra sociedad es responsabilidad de todos cada uno en el lugar y el papel que le corresponde, realizando la labor bien hecha siendo ejemplos de eficiente en el trabajo encomendado.
Hoy la sociedad te necesita para hacer el cambio, te pide asumir nuevas responsabilidades y liderar cambios que la sociedad necesita. No sabes cuanto puedes hacer hasta que lo intentes. Decídete.

SE INAUGURO CONSTRUCCION DE 01 AULA EN I.E.INICIAL Nº 595 DEL C.P. LA FLORIDA

La Alcaldesa del Distrito de Nuevo Imperial Dra. Zulma Matumay Santos, viene realizando diversas obras intensificando el desarrollo de su pueblo, no solo en el cercado de Nuevo Imperial sino también en los Centros Poblados y Anexos de su Distrito. Matumay Santos, conociendo que la educación es la base principal para formar excelentes profesionales, y que para ello se necesita que los alumnos reciban sus clases en ambientes adecuados e implementados.
El día de ayer, viernes a las 12.00 m, se procedió a una ceremonia de inauguración de la obra: Construcción de un aula de la Institución Educativa Inicial Nº 595 del C.P. La Florida.
En dicho evento estuvo presente la primera autoridad edilicia del distrito y su cuerpo de regidores, así como la Directora de la I.E.P. Nº 595 Profesora Aida Sulluchuco Huari, Presidenta de la APAFA la Sra. Wendy Huapaya Agapito y autoridades del lugar.
El monto de obra ascendió a la cantidad de S/. 42,486.55;
·La Empresa encargada de realizar la obra fue C.G. SOSA S.A.C. Y El Plazo de Ejecución : 45 Días calendarios

APUNTES DEL MUNDILLO FUTBOLERO

Por ceguferno

Han culminado los cuartos de final y en la antesala de semifinales de la departamental que la disputaran dos equipos cañetanos, aquí los apuntes de un aficionado:
Ya en octavos se había eliminado el último equipo del sur cañetano, el Sport Estrella, y ya antes, en la antesala de semifinales de la provincial, fueron eliminadas la «I» a manos de Estrella y Bella Esperanza, víctima de FUSA- Delfines; pero, en cierto modo, nos sentimos identificados por el equipo Yauyino de San Cristóbal de Chocos y los seguimos y es que no solo este equipo estaba conformado por jugadores de Imperial y San Vicente aglutinados por Matices sino que también su localía la fijaba en el viejo recinto del Roberto Yáñez y allí estaban los «chingo», «Kiwi», «tuto» y otros chicos que ya hoy no son el futuro sino el presente del fútbol cañetano; cierto que enfrentaron al Estudiantes Condestable formado por jugadores capitalinos, la mayoría, que representan a Cañete y al norte de la provincia, muchos más cuajados en la competencia, pero estos enfrentamientos ha podido avizorar un porvenir esperanzador, un equipo cañetano formado por jugadores cañetanos, cierto que, estamos inmersos en una transición generacional, donde asistimos a la aparición de nuevos valores que asumen el reto ante el franco declive de generaciones anteriores, aun así, hay fundadas esperanzas que si se puede ante los mejores equipos de copa Perú.
Cierto, se perdió y claramente, pero en los duelos individuales nunca fueron menos que los jugadores del «minas», entonces… ¿Porqué se perdió?... en los minutos iníciales, Riega y los volantes listados metieron varios pelotazos a la espalda de los zagueros centrales, uno de esos pelotazos desembocaría en el primer gol «minero»…¿ Qué motivo esto?... uno, la marca de la volante y defensa por el sector derecho fue deficiente y dos, los centrales estaban jugando en línea, y claro, la delantera «minera» dominaba bastante bien el pique corto, creando situaciones de gol y al final termino minando las piernas del equipo choquino.
En el segundo tiempo se acentuó la diferencia de preparación física, lo que revela que las sesiones de entrenamiento fueron muy blandas y es que a este nivel las exigencias físicas son mayores, con un equipo cansado y relajadas las marcas (el zaguero termino de «9»), llegaron los goles.
Hay una generación de chicos que ya tomo la posta y que esperamos pueda revertir la suerte del fútbol cañetano que casi siempre se cae en la antesala de la regional y casi siempre a manos de los representantes del norte chico.
¿Por qué el norte chico, Huaral, Huacho nos eliminan en las últimas fases de la departamental?... el fútbol cañetano siempre se mostró más técnico que su par norteño, está dotado de mayor bagaje técnico, pero sufre el mal del fútbol peruano; no tiene cultura táctica y carece de definidores; los huaralinos y norteños nos traen gordos y viejos y nos ganan y siempre nos quejamos que los «palomares», «chizan», «abante» nos vacunan en partidos definitorios; la diferencia esta, nos parece, en entrenadores, los norteños siempre se codearon con segunda y primera (los Ruiz, Melgar y otros), mientras los cañetanos carecemos de entrenadores de nivel y así, también hemos carecido de delanteros definidores y ya los delanteros están en franco declive y en vísperas del retiro como los Seminario, «Bebeto» Gonzales, Llerena, «fantasma», pero se nos viene una generación mucha más técnica de goleadores como Cotrina, Ardiles, Ricopa, Rivas, Zumelzu y otros chicos que deben cambiar la suerte del fútbol cañetano.
¿Estudiantes Condestable y San Lorenzo están capacitados para ganar a huachanos y limeños?... la llegada de los equipos del norte de nuestra provincia a las lides departamentales y a 180 minutos de la regional, nos dice bien a las claras que el fútbol de Mala está en alza y lo demostró a lo largo de la provincial, y esto es un factor de unión más de nuestra provincia, ahora a través del fútbol, porque estos equipos ya no representan sólo a Mala sino que son los representantes del fútbol cañetano. A la pregunta, la tarea de eliminar a huachanos y limeños no es fácil; pero en el caso de «minas», tiene jugadores tácticos y definidores dentro del área como «pelusa» Bautista y Ray Espinoza, dos buenos pasadores cómo Maraví y Riega, pero sufre en la marca por la izquierda y no entendemos porque no juega Monserrate.
En el caso de San Lorenzo, la cosa se complica porque Villata y Fajardo o Valdizan no son grandes definidores y atrás Chacón y Panta la van a tener difícil con «Cusi» Peralta, un pericotero, eximio jugador de fulbito, capaz de crear situaciones de gol en un metro de terreno; no hay otra que destinar un volante que no le deje recibir cómodo; con todo, allí están vivas las posibilidades de los cuadros cañetanos de llegar a las instancias regionales aunque para ello tengamos que degustar chicharrones y tamales, que se le va a hacer… después de todo… sea por el fútbol…
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO-CAÑETE
FE DE ERRATAS
ORDENANZA Nº 003-2011-MDSA

Mediante Oficio Nº  533-2011-MDSA, la Municipalidad Distrital de San Antonio-Cañete, solicita se publique la Fe de Erratas de la Ordenanza Nº  003-2011-MDSA, publicada en fecha 08.09-20011

DICE:
ARTICULO 5º.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial «El Peruano», sin perjuicio de su difusión por los medios de Comunicación del Distrito de San Antonio, para conocimiento Público.

DEBE DECIR:
ARTICULO 5º.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial «El Peruano», o en el Diario Oficial de la Provincia de Cañete «Al Día con Matices», sin perjuicio de su difusión por los medios de Comunicación del Distrito de San Antonio, para conocimiento Público.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

«Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo»

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2011/MDCA

Cerro Azul, 07 de Setiembre de 2011

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de Agosto de 2011, el in forme Nº 52-2011-GPP/MDCA, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto referido al Proyecto de Ordenanza que reglamenta la elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local –CCL Distrital de Cerro Azul- Cañete, periodo 2011-2013.

CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Nº 52-2011-GPP/MDCA, señala que « Los artículos 102°, 103° y 104° de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por Ley N° 27972, establecen la definición, composición, instalación y funciones del Consejo de Coordinación Local Distrital básicamente como órgano de coordinación y concertación del Plan de Desarrollo Municipal Distrital y del Presupuesto Participativo Distrital, así como para Proponer la elaboración de Proyectos de Inversión y de Servicios Públicos Locales; proponer convenios de Cooperación Distrital para la prestación de servicios públicos y de fondos de Inversión como estimulo a la Inversión Privada en apoyo del Desarrollo Económico Local Sostenible y las demás que señale el artículo 104° de la Ley señalada.

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, establece en el artículo 9° las competencias del Concejo Municipal, precisando en el numeral 1, que le compete aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo; y en el numeral 14, la de aprobar las normas que garanticen una efectiva participación vecinal.

Que, es política de la actual gestión fortalecer la gobernabilidad democrática del gobierno local, lo cual implica de manera especial realizar un amplio proceso de inclusión ciudadana en la gestión de sus instituciones de gobierno a fin de concertar y trabajar decididamente por el desarrollo humano y favorecer los mecanismos de participación, transparencia y rendición de cuentas que aseguren un uso eficiente y eficaz de los recursos públicos en la construcción del desarrollo local;

Estando a lo expuesto y de conformidad a las facultades conferidas a los gobiernos locales en la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, se aprueba mediante la presente ordenanza el siguiente reglamento:

REGLAMENTO DEL PROCESO DE ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE CERRO AZUL PERIODO 2011-2013

Título I
FINES Y OBJETIVOS

Artículo 1°. El presente reglamento regula el proceso elección de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital bajo el amparo de la Constitución Política del Estado, de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859 y según lo establecido en el artículo102º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972.

TÍTULO II
DEFINICIONES BASICAS

Artículo 2°.- Se considera como Consejo de Coordinación Local al órgano de coordinación y concertación municipal de participación obligatoria en el proceso de programación del presupuesto del Gobierno Municipal. Están integrados por el Alcalde y Regidores, así como por los representantes de las organizaciones de la sociedad civil de cada localidad distrital.

Artículo 3°.- Para fines del presente reglamento se considera como organizaciones de la sociedad civil local a:
a) Las personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, debidamente constituidas e inscritas en los registros respectivos, a excepción de las organizaciones políticas como partidos, movimientos independientes y alianzas electorales, que cuenten con autonomía organizativa administrativa y económica, y que no estén adscritas a ningún órgano o institución del Estado sea este de nivel nacional, regional o local.
b) Las organizaciones creadas o reconocidas por ley que cuenten con autonomía organizativa, administrativa y económica, y que no estén adscritas a ningún órgano o institución del Estado sea éste de nivel nacional, regional o local.
c) Las organizaciones que no cuenten con su respectiva inscripción o estatutos, podrán participar en las elecciones para el presente período, siempre que estén inscritos en el Registro Único de Organizaciones Sociales de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul-Cañete.

Artículo 4°.- Se considera como organizaciones de nivel distrital a las de la sociedad civil cuya sede institucional se encuentre en la jurisdicción del distrito.

Artículo 5º.- Las organizaciones de la sociedad civil que pueden participar del proceso de elección de representantes para el Consejo de Coordinación Local se clasifican en:

1.- Organizaciones Sociales de Base: Las organizaciones sociales de base son aquellas que realizan labores directas con los pobladores. Entre ellas, se tiene a los Clubes de Madres, Comités de Vaso de Leche, Comedores Populares Autogestionarios, Cocinas Familiares, Centros Familiares, Centros Materno Infantiles y demás organizaciones sociales afines, regidas mediante la Ley N° 25307.
2.- Asociaciones: Son organizaciones de personas o ciudadanos, que a través de una actividad común persigue un fin no lucrativo como asociaciones de personas con discapacidad, de padres de familia, culturales, educativas, juveniles, deportivas, artísticas u otras. Desarrollan actividad económica siempre que ella no esté dirigida a obtener utilidades, y están reguladas por el Código Civil.
3.- Organizaciones de Productores: Son organizaciones de personas que producen bienes o servicios determinados, y que se agrupan adoptando alguna forma de personería jurídica que los cohesione por actividades afines.
4.- Gremios Empresariales: Son las organizaciones constituidas por empresas, como fábricas y tiendas comerciales y/o por empresarios o comerciantes formales, agrupados por la afinidad del rubro de actividades empresariales.
5.- Juntas vecinales: Son las organizaciones constituidas por personas que mantienen vínculos de vecindad, entendida como la residencia continua en un ámbito territorial específico de una misma localidad, generada por el uso personal de un inmueble como vivienda ordinaria y/o permanencia habitual para fines de trabajo independiente.
6.- Otras organizaciones: Cualquier otra forma de organización ciudadana que sea de nivel distrital excluyéndose a las universidades y a los gremios profesionales, siempre que se ajuste a lo establecido en el artículo 2º del presente reglamento.

Artículo 6°.- Representante de la Sociedad Civil. Es la persona natural que integra el Consejo de Coordinación Local en representación de la sociedad civil organizada, que es electa democráticamente entre los delegados de las organizaciones inscritas para participar del Consejo de Coordinación Local Distrital.

Artículo 7°.- Delegado-Elector de la Organización Civil. Es la persona natural designada por su organización para participar en el proceso de elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital. Un mismo delegado no puede tener la representación de dos o más organizaciones inscritas.

Artículo 8°.- Padrón Electoral. Es el documento que contiene la relación de las organizaciones con derecho a participar en la elección de los representantes de la sociedad civil, siempre que estén debidamente inscritas en el Registro Distrital de la Municipalidad de Cerro Azul- Cañete para el Consejo de Coordinación Local, en el que consta la denominación social, el nombre e identificación del representante legal, el nombre e identificación del delegado-elector que representará a cada organización, para efectos de la presente Ordenanza.

Artículo 9°.- Candidato.
Es el delegado-elector, nominado como postulante en la elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local.

Título III
DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL

Artículo 10º.- Apertura del Registro
El artículo 102° de la Ley Orgánica de Municipalidades considera al «Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil», en el cual se inscriben las organizaciones de la sociedad civil que cumplan con las exigencias legalmente establecidas e interesadas en participar a través del Consejo de Coordinación Local Distrital en el desarrollo de las funciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades.
La Municipalidad Distrital de Cerro Azul- Cañete abre un «Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil» en el que se inscribe a las organizaciones señaladas en el artículo 5º del presente Reglamento que deseen participar en el proceso de elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local.

Articulo 11°.- El Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil, es un instrumento público y permanente, no constitutivo de personería jurídica. Está a cargo de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, su mantenimiento y actualización está a cargo de esta misma Gerencia de la Municipalidad de Cerro Azul- Cañete.
Para cada uno a las clases de organización señaladas en el artículo 5º del presente Reglamento se consigna el nombre de la organización y siglas que la identifican, fecha de inscripción en el registro, fecha de constitución, dirección oficial, dirección de la persona designada como delegado- elector.

Artículo 12.- Requisitos de solicitud de inscripción:
Para inscribirse en el Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil, las organizaciones de la sociedad civil deberán presentar una solicitud dirigida al Alcalde de la Municipalidad que señale de manera expresa la clasificación de la misma, el domicilio legal para todos los fines de comunicación y la identificación de la persona natural en la que recae la delegatura de la organización (esta solicitud tendrá valor de declaración jurada sobre la veracidad de los documentos y su contenido, debiendo expresar y acompañar lo siguiente:
a) Nombre o denominación social de la organización que se pretende inscribir, el objeto social o fines de la organización, el domicilio, los nombres y apellidos completos del delegado-elector.
b) Copia autenticada de la Escritura de Constitución inscrita en el Registro Público correspondiente.
c) Copia del documento de identidad del delegado designado.
d) Copia de documentos que acrediten como mínimo tres (3) años de actividad institucional y/o presencia efectiva y de trabajo en la localidad respectiva. Para ello, las organizaciones podrán adjuntar: libro de actas de la organización, instrumentos jurídicos suscritos, memoriales, publicaciones, entre otros.
f) Declaración jurada del delegado -elector manifestando que no se encuentra incurso en los impedimentos e incompatibilidades establecidos en el artículo 8º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en lo que corresponda.

Artículo 13°.- La inscripción
El proceso de inscripción se inicia con la presentación de la solicitud aludida en el artículo anterior ante la Municipalidad Distrital de Cerro Azul. La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, debe emitir pronunciamiento en un plazo máximo de tres días hábiles de presentada la solicitud. De no emitir pronunciamiento dentro de dicho plazo, la inscripción se entenderá por aprobada sin perjuicio de las impugnaciones de los ciudadanos al padrón electoral.
En caso de observación a la inscripción por falta de requisitos de forma en el plazo previsto para emitir pronunciamiento, la organización podrá subsanar la falta en un plazo no mayor a dos (2) días hábiles de notificada. Se tendrá por no presentada la solicitud de no haberse subsanado las omisiones.
En caso de tacha y declaratoria de improcedencia de la solicitud de inscripción por falta de requisitos de fondo, la organización podrá interponer recurso de apelación, dentro de los dos días hábiles siguientes a la notificación, debiendo resolver en última instancia el Comité Electoral dentro de los 2 días siguientes a la presentación del recurso.

Artículo 14°.- Actualización del Registro
Las organizaciones inscritas se obligan a actualizar cualquier información, siguiendo el mismo trámite establecido para la inscripción.

Artículo 15°.- Difusión del Registro
El listado de organizaciones inscritas será colocado en lugares visibles de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul- Cañete.

Título IV
PROCESO DE ELECCION DE REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL AL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL

Artículo 16°.- Proceso de elección
El proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil para conformar el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad de Cerro Azul- Cañete constituye un mecanismo democrático que permitirá la participación de la sociedad civil dentro de los alcances de la Ley Orgánica de Municipalidades y se desarrollará bajo supervisión y asesoría en materia legal electoral del Jurado Nacional de Elecciones-JNE y con la Asistencia Técnica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales-ONPE, pudiendo contarse con la observación de otras instituciones.

Capítulo 1°
Del Comité Electoral

Artículo 17°.- Conformación
El Comité Electoral tiene a su cargo la responsabilidad de la conducción y desarrollo para que el proceso de elección de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Cerro Azul se realice de manera democrática y transparente.
El Comité Electoral está integrado por:
a) El Gerente de Administración, quien lo presidirá.
b) El Gerente de Asesoría Jurídica, Miembro
c) El Gerente de Planeamiento y Presupuesto, Secretario Técnico
El Comité Electoral es autónomo en el ejercicio de sus atribuciones y sus decisiones son definitivas e inimpugnables, pudiendo delegar funciones y tareas en funcionarios de la municipalidad debidamente acreditados.

Artículo 18°.- Atribuciones y obligaciones
El Comité Electoral tiene las siguientes atribuciones y obligaciones:
a) Organizar, dirigir y controlar el desarrollo del proceso electoral y actuar como miembros de mesa el día de la elección.
b) Preparar los diseños y formatos de cédulas y demás documentos que se requieran para el proceso electoral.
c) Definir el padrón electoral.
d) Impartir justicia electoral sobre dicha elección.
e) Resolver la inscripción de los candidatos, impugnaciones si las hubieran, observaciones u otras incidencias, que se produzcan durante el proceso electoral.
f) Realizar públicamente el conteo de la votación.
g) Redactar y suscribir el Acta Electoral del proceso.
h) Proclamar, otorgar credenciales y juramentar a los candidatos elegidos.
i) Comunicar al Alcalde los resultados del proceso electoral, para que informe al Concejo Municipal y se emita la correspondiente Resolución de Alcaldía, señalando los integrantes del Consejo de Coordinación Local Distrital.

Artículo 19°.- Contenido del Acta Electoral
En el Acta Electoral se consignará el nombre de la elección, el lugar, la fecha y la hora de inicio y término de las elecciones, y, estará compuesta por los siguientes documentos:
a) Acta de Instalación: en la cual se indicará la hora de la instalación del Comité Electoral; el número de representantes de las organizaciones de la sociedad civil a elegir como miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital de Cerro Azul ; los miembros del Comité Electoral y su firma.
b) Acta de Sufragio: en la cual se indicará el número de Delegados-electores que sufragaron; la hora del término de votación; los nombres y la firma de los Miembros del Comité Electoral.
c) Acta de Escrutinio: en la cual se indicará el número de votos alcanzado por cada uno de los candidatos , la cantidad de votos nulos y en blanco; el nombre de las organizaciones y los candidatos; las observaciones, impugnaciones u otras incidencias que se hubiesen producido en las elecciones; los nombres y la firma de los miembros del Comité Electoral.

Capítulo 2°
De la convocatoria

Artículo 20°.- Para la convocatoria a elección de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital es hecha por la Alcaldía, estableciéndose el lugar, la fecha y hora en el que se procederá a la elección. Para la presente elección de representantes de la Sociedad civil, mediará no más de treinta (30) días hábiles, entre la convocatoria y la fecha designada para la elección.

Artículo 21º.- En la resolución de convocatoria se establecerá además del día de las elecciones, el calendario electoral que incluye las fechas del cierre de las inscripciones en el Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil, de la publicación del padrón electoral y del plazo de impugnación contra el padrón electoral, entre otra información. En ningún caso el lugar del acto electoral puede realizarse fuera de la jurisdicción del distrito.

Capítulo 3°
Del Padrón Electoral

Artículo 22°.- El Comité Electoral en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto elabora el padrón electoral sobre la base de las inscripciones hechas en el Registro Distrital de las Organizaciones de la Sociedad Civil.

Se publicará el padrón electoral en un lugar visible del local de la Municipalidad al cierre de la inscripción de organizaciones en el Registro Distrital. La publicación incluye el nombre de las organizaciones inscritas y el de sus delegados acreditados.

Artículo 23º: Cualquier ciudadano de la localidad puede impugnar la inscripción de la organización civil y/o del delegado designado, ante el Comité Electoral dentro de los 2 días calendarios posteriores a la publicación. Éste resolverá en única instancia la impugnación.

Artículo 24°: Participan en el día de la elección únicamente los delegados-electores acreditados por las organizaciones inscritas en el Registro Distrital y que figuren en el padrón electoral.

Capítulo 4°
Del Proceso Electoral

Artículo 25°.- Proceso de elección
El proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil para conformar el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad de Cerro Azul constituye un mecanismo democrático que permitirá la participación de la sociedad civil dentro de los alcances de la Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo 26°.-Candidatos
Para efectos de la elección el Comité Electoral asignará un número a cada candidato según su orden de inscripción.
Vencido el plazo para la inscripción el Comité Electoral publicará en un lugar visible de la Municipalidad, la relación de candidatos; las impugnaciones a los candidatos inscritos se presentaran debidamente fundamentados y/o documentados dentro de las 24 horas de presentadas, las tachas son resueltas en igual periodo por el Comité Electoral, siendo su Resolución inapelable. Cada Candidato de estimarlo pertinente podrá inscribir a un personero, el mismo que será acreditado por el comité electoral.

Artículo 27°.- Características del voto
El voto es secreto, obligatorio, personal e indelegable.

Artículo 28°.- Cartel de candidatos
El Cartel de candidatos, con sus nombres completos, el de su organización y su número correspondiente será publicado por el Comité Electoral en un lugar visible del municipio, en el recinto donde se realicen las elecciones y en la cámara secreta.

Artículo 29°.- Material Electoral
Está conformado por el Padrón Electoral, Cartel de Candidatos, las cédulas de votación, una cabina secreta, un ánfora, un tampón y el Acta Electoral.

Artículo 30°.- Instalación del Comité Electoral
Se reunirá en el horario establecido a través del Decreto de Alcaldía, en el lugar de votación en la fecha para la cual fueron convocadas las elecciones. Se instalará luego de verificar que el material electoral esté conforme.
El acto electoral se inicia con la instalación del Comité Electoral. La elección es supervisada por La Oficina Nacional de Procesos Electorales-ONPE, el Jurado Nacional de Elecciones, pudiendo contarse con la observación de otras instituciones.

Artículo 31º: Quórum
Una vez instalado el Comité Electoral, su Presidente pasará a tomar lista de los delegados que figuran en el Padrón Electoral y de no verificar la presencia de la mitad más uno de los delegados electores se dará un receso de media hora, vencida la cual se volverá a pasar lista y se dará inicio a la votación con los delegados electores asistentes.

Artículo 32°.- Votación
El Comité Electoral leerá el Cartel de candidatos y su correspondiente número de tal manera que los delegados-electores puedan elegir correctamente. Acto seguido procederá a llamar uno por uno a los delegados-electores, luego de identificarse ante el Comité Electoral con su documento de identidad-DNI, recibirá una cédula de votación, pasará a la cámara secreta a emitir su voto, marcará con una cruz o un aspa dentro del recuadro correspondiente de hasta 04 candidatos de su preferencia, depositará su voto en ánfora y suscribirá e imprimirá su huella digital en el Padrón Electoral.

Artículo 33°.- Votación en ronda única
Se eligen como representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local a los candidatos que hayan obtenido la mayoría simple de los votos.
a) Votación en ronda única
Este caso se produce cuando el número de candidatos que hayan obtenido mayoría simple es igual a la cantidad de representantes a elegirse ante el Consejo de Coordinación Local.
b) Votación en varias rondas
Cuando en la primera ronda de votación el número de candidatos que hayan obtenido mayoría simple es menor a la cantidad de representantes a elegirse ante el Consejo de Coordinación Local. Se realizarán tantas rondas de votación como sean necesarias hasta alcanzar dicho número.
El Comité Electoral en las cédulas de votación que se utilicen en la segunda ronda, inutilizará los recuadros en cantidad igual al número de candidatos ya elegidos en la primera ronda, y así sucesivamente.
Todos los delegados-electores tienen derecho a voto en todas las rondas que se realicen.

Artículo 34°.- Escrutinio y Acta Electoral
El escrutinio se llevará a cabo en público, siendo el Secretario del Comité Electoral el encargado de anotar la contabilidad de los votos. Los resultados serán anotados en el Acta Electoral, que será suscrita en dos ejemplares por el Comité Electoral y por todos los participantes de la elección que así lo deseen, los cuales serán distribuidos de la siguiente manera:
- Un ejemplar para el Presidente del Comité Electoral
- Un ejemplar para el Alcalde
- Un ejemplar para la ONPE
- Un ejemplar para el JNE

Artículo 35°.- Destino de las cédulas de votación
El Comité Electoral las destruirá las utilizadas una vez terminado el escrutinio.

Artículo 36°.- Proclamación
Concluido el escrutinio y redactada el Acta Electoral el Comité Electoral procederá a proclamar y entregar credenciales a los tres (03) representantes elegidos; y procederá a tomarles juramento.

Artículo 37°.- Difusión de Resultados
El Comité Electoral comunicará al Alcalde por escrito la relación de los Tres (03) representantes titulares electos ante el Consejo de Coordinación Local, adjuntando el Acta Electoral. La Municipalidad publicará los resultados en lugares visibles del Municipio.

Artículo 38°.- Cronograma Electoral
El cronograma electoral del proceso general para las elecciones al Consejo de Coordinación Local, quedara establecida de la siguiente forma:
· Aprobación y Publicación de la Ordenanza: 10 de Setiembre de 2011
· Presentación de solicitudes de inscripción al libro de registro: 13 al 23 de Setiembre de 2011.
· Pronunciamiento a las solicitudes: 24 de setiembre de 2011.
· Subsanación a observaciones o apelaciones a las tachas: 29 de Setiembre de 2011.
· Resoluciones del Comité Electoral: 05 de Octubre de 2011.
· Primera Publicación del Padrón Electoral: 07 de Octubre de 2011.
. Impugnaciones al Padrón Electoral: 12 de Octubre de 2011.
· Resolución de Impugnaciones y publicación definitiva del Padrón Electoral: 14 de Octubre de 2011.
· Taller de capacitación para delegados electores: 17 de Octubre de 2011.
· Inscripción de candidatos: 18 de Octubre de 2011.
· Impugnación a candidatos: 19 de Octubre de 2011.
· Resolución de impugnación a candidatos: 20 de Octubre de 2011.
· Día de la Elección, proclamación de ganadores, entrega de credenciales, difusión de resultados y juramentación: 21 al 22 de Octubre de 2011.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

UNICA.-En lo que respecta al requisito precisado en el inciso b) del artículo 12º de la presente ordenanza, se establece que de no estar inscrita la respectiva organización en los registros públicos correspondientes, bastara la presentación de copia autenticada de correspondiente inscripción en el Registro Único de Organizaciones Sociales de esta municipalidad distrital, ello en consideración a lo dispuesto en la decimo sexta disposición complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº27972 y, lo que es concordante con los principios rectores de participación e igualdad precisados en los numerales 1. y 3. de la Ley Marco del Presupuesto Participativo-Ley No.28056.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

HUGO RIVAS SANCHEZ
ALCALDE
EDICTOS PENALES
SALA CIVIL DE CAÑETE; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-019-2008; Resol. 30 del 23.06.2011. 1. Suspender la elevación de los actuados a la Corte Suprema de Justicia. 2. Emplaza a los SUCESORES del demandante HELDER JESUS ORMEÑO PALOMINO por el plazo de TREINTA DÍAS. Bajo apercibimiento de nombrar curador Procesal. Demanda de Acción de Amparo contra los integrantes de Sala Civil de Cañete y que consentida y ejecutoriada se conceda el recurso de revisión que sancionan con medida disciplinaria y multa. Firmado: Dr. Martínez, Secretario: Siguas. Cañete 07.09.2011
EL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAÑETE; Juez: Aroni; Cita, llama y emplaza a:
EXP.-230-2010-71; a JOEL ALBERTO RUPAY MUÑOZ. Para Juicio Oral. Día 06.010.2011 a horas 02:45p.m. Bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y ordenar su captura a nivel nacional. Delito; Homicidio Calificado. Agraviado; B.C.T.C. Asistente. Alvarado. Cañete 02.09.2011
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez: Solano; Cita y emplaza a:
EXP.-2008-865 a GIULIANO GUSTAVO GUERRA ARIZAGA. Lectura de Sentencia. Día 07.10.2011 a horas 10:30a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su captura a nivel nacional. Delito; Hurto Agravado. Agraviado; Julio Enrique Arizaga Casas. Secretario Yaya. Cañete 07.09.2011
EXP.-2007-788 a JAIME ETHEWOLDO RAMIREZ PEÑA. En condición de reo Contumaz. Para que se ponga a Derecho. Delito; Contra la Seguridad Pública. Agraviado; La Sociedad. Secretario Flores. Cañete 01.09.2011
EXP.-148-2009 a FRANCISCO LEONARDO VICENTE YACTAYO. Lectura de Sentencia. Para que se ponga a Derecho. Delito; Contra el Patrimonio. Agraviado; Carmen Noelia Candela Arias. Secretario Astohuaman. Cañete 05.09.2011
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA; Juez: Castillo; Cita bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional:
EXP.-2009-198 a ALBERTO JACINTO BARRAZA, MELCHORA MAGALIA MANCO LARA Y HAYDEE MAGALLANES DE FRANCIA. Lectura de Sentencia. Día 16.09.2011 a horas 09:45a.m. Delito; Estafa. Agraviado; Keny Guerrero Barraza y Otros. Secretaria Herrera. Cañete 31.08.2011.
EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA; Juez: Chipana; Ha ordenado publicar los siguiente:
EXP.-2010-89 a ALDO ANATOLI GONZALES MENDOZA Y RICHARD JESUS RAMOS QUISPE. Resol. 06 del 26.08.2011 Declara consentida la resol. 01 del 23.11.2011. Secretaria Medina. Cañete 06.09.2011.
(AUXILIO JUDICIAL)
EL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.- Juez Guevara; Ha ordenado publicar lo siguiente:
EXP.-2010-015; a su padre WILFREDO GUTIERREZ CERVANTES. Con resol. 37 del 24.08.2011. Ampliación por el plazo de 30 días. Continuación de Audiencia de Esclarecimiento de Hechos. Día 28.09.2011 a horas 12:00a.m. Para Declaración del padre de la menor Tutelada. Proceso de abandono. Secretaria Priale. Cañete 02.09.2011
EXP.-2011-127; a la agraviada ANA MARIA MARTINEZ CULLAS. Con resol. 21 del 01.09.2011. Ampliación por 20 días. Continuación de Audiencia de Esclarecimiento de Hechos. Día 20.09.2011 a horas 11:30a.m. Delito; Hurto Agravado. Inculpados. Menores G.E.Y.C y C.L.A.T. Secretaria Claudia. Cañete 01.09.2011.
10, 12 y 13 de Setiembre

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luis, que en mérito al Exp. Adm. N° 2504-2011 Doña AMALENA CARDENAS AEDO, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la PARTIDA DE NACIMIENTO de su hija NANCY ADELA ASTOVILCA CARDENAS, inscrita en esta Municipalidad en el libro 096, folio 070, año 1994; que erróneamente se ha consignado como nombre de la madre de la titular MALENA CARDENAS AEDO siendo lo correcto AMALENA CARDENAS AEDO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Luis de Cañete, 07 de Setiembre de 2011.
Julia Vilches Alvarado
Jefa de Registro Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don FREDY LUIS QUISPE AUDANTE, de 34 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 80075160, con domicilio en Jr. Arequipa N° 389 – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación jardinero y doña YESENIA NAPAN PACHECO, de 36 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15440406, de estado civil soltera, de ocupación obrera, domiciliada en Jr. Arequipa N° 389 – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 09 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don FELICIANO VICTORIANO BONIFACIO VILLANUEVA, de 36 años de edad, natural de Chingalpo – Ancash, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 33248610, con domicilio en Av. Arequipa 6ta. Cuadra s/n – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación agricultor y doña MARIELA FLORENTINA TORREJON MORILLO, de 31 años de edad, natural de Chingalpo – Ancash, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 40806746, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Av. Arequipa 6ta. Cuadra s/n – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 09 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don ANTHONY JOEL ALBINO DE LA CRUZ, de 20 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 47493461, con domicilio en Jr. Huancavelica Mz. U1 Lote 16 – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación obrero, y doña RUDDY CATTHERINE MUNIVE GASPAR, de 20 años de edad, natural de Imperial – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 46938231, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en Jr. Huancavelica Mz. U1 Lote 16 – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito el día 16 de Setiembre del 2011, a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente. Quilmaná, 09 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
Jefatura del Registro del Estado Civil
AVISO MATRIMONIO
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don VICTOR FERNANDO FERNANDEZ HERNANDEZ, de 41 años de edad, natural de Quilmaná – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI 15423089, con domicilio en Av. Arequipa 564 – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión ú ocupación empleado y doña ELIZABETH NANCY GARCIA RAMOS, de 40 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 15423413, de estado civil soltera, de ocupación obrera, domiciliada en Av. Arequipa 564 – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil masivo ante la Municipalidad de nuestro distrito el día 16 de Setiembre del 2011 a horas 12:00 m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 09 de Setiembre de 2011.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 6786-2011, doña Maria Bertha Izaguirre Quispe, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 174, folio 223, en el extremo que se consigna como nombre del padre TEODODOSIO YSAGUIRRE VEGA, siendo lo correcto TEODORO IZAGUIRRE VEGA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 08 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7601-2011, don Lorenzo Elias Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 118, folio 135, en el extremo que se consigna como nombre del padre LORENZO OCHOA, siendo lo correcto LORENZO OCHOA LUYO; y de la madre como FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 09 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7602-2011, doña Felicita Gloria Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 118, folio 134, en el extremo que se consigna como nombre del padre LORENZO OCHOA, siendo lo correcto LORENZO OCHOA LUYO; y de la madre como FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 09 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7603-2011, doña Julia Eulalalia Ochoa Castillo, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 86, folio 65, en el extremo que se consigna como nombre del padre LORENZO OCHOA, siendo lo correcto LORENZO OCHOA LUYO; y de la madre como FELICITA CASTILLO, siendo lo correcto FELICITA ENIT CASTILLO MENDIETA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 09 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7528-2011, doña Alicia Mirtha Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 178, folio 121, en el extremo que se consigna como nombre de la madre MERCEDES MARIA LOPEZ GUTIERREZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 09 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Adm. N° 7529-2011, don Gaston Ismael Lopez Lopez, solicita la RECTIFICACIÓN de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro 158, folio 96, en el extremo que se consigna como nombre de la madre MERCEDES LOPEZ, siendo lo correcto MARIA MERCEDES LOPEZ GUTIERREZ, y del padre como JUSTO LOPEZ, siendo lo correcto JUSTO TEODORO LOPEZ CAMPOS.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional e identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete. 09 de Setiembre de 2011.
Mirtha De los Ángeles Sotelo Pérez
Jefe

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, JORGE LUIS CUZCANO LUYO, con DNI N° 07585333, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre PETRONILA LUYO CARDENAS, fallecida el 01 de Enero del 2011, teniendo como último domicilio el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 02 de Setiembre de 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, NIEVES SUCANTAIPE HUACCHARAQUE, con DNI 15412310, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su esposo ARMANDO RAYME ROJAS, fallecido el 07 de Setiembre del 2001, teniendo como último domicilio el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 06 de Setiembre de 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete