05 agosto 2009

2 MUERTOS... 16 CASOS EN LA PROVINCIA... Y SE SUSPENDE FIESTA CAÑETANA...

La verdad es que para opinar del tema, hay que tener datos, información de lo que realmente se vive… y no dejarse llevar por el derecho que muchos pueden tener para celebrar como Dios manda, nuestras fiestas.
En este medio hemos difundido notas que solicitaban la atención de las autoridades, buscando que se tomen medidas para tratar de prevenir que se propague la Influenza AH1N1… algunos de esos comentarios apuntaban también a la suspensión de la festividad cañetana; pero lo más importante era tomar medidas preventivas.
Se ha tenido dos días seguidos en donde se ha buscado por todos los medios una toma de decisiones en cuanto a este tema. Primero con una reunión del Comité Provincial de Defensa Civil; y luego en base a ello, el debate en el pleno del Concejo para buscar la suspensión de la festividad.
Las razones de uno y otro lado pueden ser importantes… pero hay algo que debe primar y es la salud de la población… Hasta el día del debate se tenía la existencia de un muerto y 7 casos… hoy un día después se tienen dos muertos oficiales y 16 casos en evaluación… esa es la cruda realidad.
Los pacientes en evaluación provienen de siete distritos de la provincia… no hay que minimizar estos datos… 8 de esos casos son en San Vicente… Qué preferimos, tener fiestas o evitar muertes en nuestra población.
Hay que entender que las fiestas traen turismo… gente de uno u otro lugar del país, gente que puede haber estado en mayor medida cerca de la fuente de contagio… dos de los 16 casos provienen de Lima… Y eso en vez de mejorar el nivel económico puede de una forma u otra, acarrear problemas de salud.
Lógicamente lo que hay aquí es una reacción, a mi entender un poco tardía… porque se dejó avanzar el trabajo de una Comisión, que en boca de su Presidente trató de hacer una buena gestión, y que hoy en día, se siente frustrado. Bien se pudo tomar las precauciones del caso… y aunque Percy Alcalá tomó ciertas medidas… avanzó y la decisión tomada lo deja por segunda vez, sin las fiestas que él empezaba a organizar.
La medida de suspensión de las fiestas cañetanas, seguirá creando un debate que a estas alturas deviene en estéril… Hay que asumir lo que se ha hecho, y como dijo ayer Percy Alcalá, hay que bajar al llano, y realizar un plan de trabajo para afrontar la propagación de la enfermedad… y evitar que haya mayores estragos de los que ya viene causando.
El Alcalde Javier Alvarado lo ha señalado, se partirá Cañete en 4 zonas, y se tomará como estrategia que los regidores lideren cada una de las zonas para hacer una campaña masiva de prevención… Eso es ponerse a la altura de las circunstancias… Y si mañana no tenemos más afectados, que no se diga… ya ven, por gusto se suspendió las fiestas… que se diga, menos mal que se suspendió y se evitó mayores complicaciones…
En ese trabajo queremos que se centren nuestras autoridades… no en lo fácil del argumento de decir que sí se pueden hacer actividades en escenarios abiertos o cerrados… ya no tenemos fiestas… ahora trabajemos para que la Influenza AH1N1, no origine más estragos en nuestra población.
SUSPENDEN ACTIVIDADES PÚBLICAS Y EN ESTABLECIMIENTOS DE PROPIEDAD PRIVADA QUE PONGAN EN RIESGO LA SALUD DE LA POBLACIÓN, HASTA EL 31 DE AGOSTO...
*Pleno de Concejo Provincial de Cañete acordó tal medida a consecuencia de Influenza AH1N1 que ya ocasionó la muerte de una persona

El Pleno del Concejo Provincial de Cañete, en sesión extraordinaria de la fecha, por mayoría, aprobó la suspensión de eventos y/o actividades públicas de cualquier índole, que generen gran concentración de personas, hasta el 31 de agosto en el ámbito de nuestra jurisdicción, con el objeto de prevenir un mayor contagio entre la población a consecuencia de la Influencia AH1N1, plazo que puede eventualmente ser modificado de acuerdo a las disposiciones que en forma pueda emitir el Ministerio de Salud.
Como consecuencia de ello, quedan suspendidas las actividades programadas con motivo de un aniversario más de nuestra provincia, como la «Elección y Coronación de la Señorita San Vicente» (08 de agosto), celebración del «Día del Arte Negro» (09 de agosto) y de la Semana Turística de Cañete (del 21 al 31 de agosto). No se encuentran suspendidas las actividades que desarrollan de manera normal y ordinaria las instituciones públicas y privadas dentro de sus competencias y funciones.
También se ha dispuesto la suspensión de eventos y/o actividades programadas en locales o establecimientos de propiedad privada, (discotecas, bares, karaokes, pub y otros), que pongan en riesgo la salud pública, hasta el 31 de agosto.
Asimismo se ha dispuesto que los propietarios y/o conductores de establecimientos dedicados a la venta de alimentos y bebidas y aquellos que brinden servicios de atención al público, incluidas a las que se brindan dentro de instituciones públicas y privadas; deben proporcionar a sus trabajadores métodos de protección que la Red de Salud establezca.
Las personas naturales y/o jurídicas que vulneren e incumplan las disposiciones antes indicadas, serán sancionadas con el pago de una multa económica ascendente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
Estas medidas fueron sugeridas por el Consejo Regional de Salud a través de los Acuerdos 6 y 10, las mismas que fueron hechas suyas por el Comité Provincial de Defensa Civil de Cañete, en sesión de sus miembros realizada ayer y puestas en consideración al Concejo Provincial de Cañete para su aprobación.
Es importante indicar que la Dirección Regional de Salud ha informado, que hasta ayer se habían presentado 41 casos de ciudadanos afectados por la Influenza AH1N1 en la Región Lima, involucrando a 5 provincias, entre ellas, Cañete con 7 casos oficiales, siendo la jurisdicción con la mayor cantidad de pacientes que han re querido hospitalización (06 casos) y la única provincia que registra una víctima mortal, lo que ha motivado un rápido accionar de las autoridades políticas, sociales, policiales, judiciales, fiscales, sociales, religiosas, representantes de instituciones públicas y privadas del ámbito de la provincia.
Finalmente debemos señalar que hasta el momento, según información proporcionada por la Dirección Ejecutiva del Hospital Rezola de Cañete, son 17 las muestras enviadas a laboratorio en Lima, de las cuales 10 han sido confirmadas como casos de Influenza AH1N1, 02 casos descartados y se encuentran a la espera de los resultados de los cinco casos restantes. Estos casos provienen de diversos distritos de la provincia, como Nuevo Imperial, Cerro Azul, San Vicente, Imperial, Calango, Asia y Mala.
PRIMER PROYECTO DE INVERSION DE EMERGENCIA PARA GRIPE AH1N1 DESARROLLA GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

El Gerente Regional de Desarrollo Social, Dr. Jorge Núñez Acevedo, declaró que se viene ejecutando el primer proyecto de inversión de emergencia para la gripe AH1N1, que consiste en la implementación de los centros de salud del ámbito regional, con una inversión de 1 millón 200 mil soles aproximadamente, además de la adquisición de modernos ventiladores mecánicos para los hospitales de Barranca, Chancay, Huaral y Huaura.

DOS MUERTOS EN CAÑETE...
Por su parte, el Director Regional de Salud confirmó la lamentable noticia de dos primeros casos mortales, correspondientes a pacientes que residían en la provincia de Cañete, ambos de sexo femenino, con edades entre 44 y 55 años, quienes llegaron en estado avanzado de la enfermedad al Hospital Rezola y el Puesto de Salud de Chilca. La última, fue derivada al Hospital María Auxiliadora en la capital, donde finalmente falleció.
Irribarren Poicón anunció también que en la víspera se reunió con alcaldes distritales de Cañete quienes acordaron suspender hasta fines de agosto las actividades festivas próximas en la mencionada provincia. Anunció también que el Consejo Regional de Salud ha sugerido a los Ministerios de Educación y Salud la suspensión de las clases y actividades escolares como medidas de prevención de contagio en el ámbito regional.
Mientras tanto, el Director del Hospital Regional de Huacho, Dr. Enrique Rodríguez, recomendó no bajar la guardia, vigilar y fortalecer las medidas de prevención sobre todo en las personas con alto factor de riesgo.
Los pacientes tratados con la nueva influenza humana en los hospitales de la región Lima son los siguientes: 29 en Huaral, 8 en Cañete, 3 en Huaura, un caso en Barranca y Huarochirí en cada provincia. Consecuentemente, el número de casos reportados oficialmente asciende a cuarenta y dos.
Esta información se dio a conocer en conferencia de prensa realizada en los ambientes del Hospital Regional de Huacho y que contó con la participación de los funcionarios señalados.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN CONSIDERA QUE LABORES ESCOLARES SE REANUDARÁN EL LUNES 10 Y NO HABRÁ NUEVA PRÓRROGA...

Hasta el momento, están dadas las condiciones para que las labores escolares se reanuden el lunes 10 de agosto, sostuvo el día de ayer, el viceministro de Gestión Institucional del sector Educación, Víctor Raúl Díaz Chávez, al indicar que se viene coordinando el monitoreo sanitario con el Ministerio de Salud.
Al señalar que no sería necesario ampliar la suspensión de clases más allá de lo establecido, el funcionario recordó que -según el último reporte del Minsa- existe un descenso del 70 al 30 por ciento en la incidencia de contagio en la población escolar, lo cual permite suponer que la medida adoptada dio resultados.
«Según los últimos reportes sanitarios, creemos que no es necesario prorrogar la medida (de suspensión de clases) y, por eso, insistimos mucho en el fortalecimiento de las medidas de prevención tanto dentro de los colegios como fuera de ellos», manifestó.
Igual comentario tuvo el viceministro de Gestión Pedagógica, Idel Vexler, quien dijo que «son rumores sin fundamento» las versiones de que se ampliaría más la suspensión de clases. «Ellos (los escolares) ya tuvieron 25 días fuera de las aulas y el día lunes 10 de agosto se reincorporarán normalmente».
En el caso de los colegios privados, indicó que éstos deberán reprogramar sus actividades escolares de acuerdo a su realidad y autonomía, porque muchos de ellos trabajan hasta las 16:00 horas.
«Tienen que cumplir su plan de trabajo para que en el pago por la prestación del servicio haya correspondencia y no tengan problemas con el Indecopi y además para que los alumnos estudien lo que se había planificado», dijo.

Supervisión de limpieza en colegios
Díaz Chávez expresó estos alcances durante un recorrido realizado por varios centros educativos públicos para supervisar las acciones de limpieza, fumigación y habilitación de los ambientes, sobre todo servicios higiénicos, como una medida de prevención del contagio de la influenza AH1N1.
Al respecto, refirió que las acciones de limpieza y desinfección –con agua, lejía y pino, así como la colocación de jabón líquido en los lavatorios- forman parte de una labor permanente a lo largo del año, en el marco del Programa de Mantenimiento Preventivo Escolar.
Dijo que mediante este programa, el Ministerio de Educación transfiere recursos directamente a los directores de los colegios públicos para rehabilitar, mejorar y mantener la infraestructura del centro de estudios.
Afirmó que el conocimiento acerca de la pandemia se incorporó de manera transversal a la currícula escolar, luego que todos los profesores fueran capacitados, de tal manera que en todos los cursos se pueda abordar y dar a conocer información sobre esta enfermedad, especialmente en las formas de prevenirla.
A ello se suma la difusión de las medidas de prevención mediante los medios de comunicación y la distribución de material gráfico que enseña cómo tener hábitos saludables preventivos, los cuales se han colocado en los centros educativos para que todos los alumnos tengan conocimiento de ello.
Díaz Chávez consideró que la recuperación de clases no significa que los escolares tengan que estudiar los fines de semana para recuperar las horas de clase, sino que los docentes pueden reprogramar los contenidos de la currícula para lograr los objetivos fijados para el año lectivo 2009.
Es decir –anotó- que se cumplan 900 horas en el nivel Inicial, las mil 100 en el Primaria, y las mil 200 en el nivel Secundaria.

Acompañamiento en el hogar.
En otro momento, el viceministro de Gestión Institucional consideró fundamental que los padres de familia aprovechen estos últimos días de descanso de sus hijos para ayudarles en el repaso de los contenidos vistos en clase, sobre todo en aquellos casos donde el alumno no anda bien en su desempeño o haya mostrado menor rendimiento.
Asimismo, subrayó la importancia de fortalecer sus lazos afectivos, con mayor comunicación, ejerciendo su rol formativo, «porque la educación empieza en casa y no debe ser trasladada sólo a la escuela».
«Los docentes cumplen una labor en la instrucción y formación del escolar, pero no reemplazan a los padres, quienes tienen la primera obligación de educar transmitiendo valores esenciales a sus hijos. Es un error pensar que la casa es un centro de aburrimiento», remarcó.
DRS CHM
Dirección de Red de Salud CHILCA MALA

COMUNICADO OFICIAL

La Dirección de Red de Salud Chilca Mala informa a toda la población que, hoy martes 04 de agosto, se confirmó el primer caso de fallecimiento a causa de la nueva influenza A/H1N1, en nuestra jurisdicción, cuya víctima es una mujer adulta de 44 años de edad que reside en el distrito de Chilca, provincia de Cañete.

De acuerdo al «Informe de Resultado», que emitió el Instituto Nacional de Salud (INS) a la Dirección Ejecutiva de nuestra Institución, la mujer dio positivo en el análisis por laboratorio practicado el 31 de julio, fecha en que falleció la paciente en horas de la madrugada en el hospital «María Auxiliadora», del distrito de San Juan de Miraflores, Lima.

A consecuencia de este hecho, el personal de salud viene realizando hasta la fecha visitas de seguimiento para identificar la presencia de casos sospechosos en el entorno familiar de la victima.
Precisamos también que tenemos en nuestra jurisdicción, hasta la fecha, un caso positivo de gripe A/H1N1, que recae en un adolescente de 18 años, procedente de la zona de Olof Palme del distrito de Chilca, quien viene restableciéndose favorablemente del cuadro gripal.

Asimismo, se ha presentado un caso sospechoso de A/H1N1 también en Chilca. Se trata de un niño de 11 años, a quien se le diagnosticó asma bronquial y resfrío común, que viene cumpliendo un oportuno tratamiento médico y aislamiento domiciliario.

San Antonio, 04 de Agosto del 2009

Área de Comunicaciones y Relaciones Públicas
www.drschilcamala.gob.pe - Juliocampos75@hotmail.com
RADIO IMPERIAL CELEBRÓ SUS BODAS DE ORO A LO GRANDE

La emisora decana de la provincia de Cañete, Radio Imperial celebró –como se merece- sus Bodas de Oro, 50 años de fructífera vida radial al servicio de la comunidad. Sus fundadores Roberto Pachas Calagua y Felicita Ochoa de Pachas al lado de su inseparable hija Ulda Pachas Ochoa y Víctor Hugo Cárdenas Torres y toda su prole fueron los anfitriones de quienes llegaron hasta las instalaciones de la emisora a dejar sus saludos y felicitaciones por tan importante e histórica fecha.
Uno a uno llegaron amigos de uno y otro lado. Los funcionarios de Celepsa con Walter Peve a la cabeza; de la Universidad Nacional del Callao; del Centro Musical de Cañete con Miguel Fernández Valencia; el Jefe de Seguridad Ciudadana de Cañete, Crnl..PNP (r) Miguel Angel Zuloeta Marchand; Angel Galvez Pinedo, el combativo alcalde delegado del C.P «Nuevo Ayacucho»; el respetado abogado cañetano Italo Quispe Lévano; el Ing. Alberto Llona Alvarez, el polémico periodista Eliseo Vicente Peña, el popular «Baretazo»; el Presidente del Centro Federado de Periodistas de Cañete, Dario Camayo Orihuela; Arnold Sánchez Alfonso, Presidente del Círculo de Periodistas Deportivos de Cañete; el correcto Capitán PNP Benito Cervantes, el cantante «Pany» Calagua, entre otras amistades que fueron desfilando por la emisora a lo largo del día.
No pudieron faltar quienes alguna vez pasaron por los micrófonos de la «escuelita» como son el recordado y querido José Hugo Murga Salvatierra «El tío Pepe», así como también el Ing. José Cama Vicente, recordado narrador deportivo del legendario y mas exitoso programa de ese nivel que tuvo la radiodifusión cañetana como fue «GOLAZO DEPORTIVO»; llegó por ahí el querido médico de la familia y también hombre de radio Dr. José Brañez Sánchez.
Estuvieron las nuevas voces, la nueva generación de Radio Imperial con Yanina Cabrera «La Ronquita», Carlos Cahuana «El osito cariñoso», «El pumita de la radio», «Peluchin» , Marcelo Ochoa, director del Noticiero HORA 7 y toda la familia de esta emisora decana.
La familia Cárdenas Pachas se hizo presente con Víctor Hugo y su esposa Cristel junto a sus vástagos Víctor Hugo Junior y Alexia Natalia; Robert Michel junto al «Titón» Cárdenas Sánchez; Denisse Elizabeth al lado de su esposo Miguel Flores y la popular «Chechi», Juan Carlos y esposa Gavidia, la engreída Andreita anda de vacaciones por Lima a su retorno de España. Ulda Elizabeth y esposo Alberto Llona al lado de sus hijos Sebastián y Cristina. Desde Japón se enlazó telefónicamente Miguel Angel al lado de su esposa Patricia del Rosario y acá en Cañete la risueña Carla Kaori.
La fiesta no pudo salir mejor con la presencia de una de las mejores bandas musicales de toda la Región Lima: La Gran Banda JUVENTUD SENSACIÓN Cañete-Yauyos del Director Rodrigo Mateo Sandoval que interpretaron lo mejor de su repertorio, ganándose el sostenido aplauso y reconocimiento de los asistentes.
Una fecha histórica, linda, festiva, inolvidable…FELIZ 50 AÑOS RADIO IMPERIAL.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA Nº 026-2009-MPC

Cañete, 04 de agosto de 2009

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;

POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE CAÑETE;

VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 04 de agosto de 2009, el Acta del Comité Provincial de Defensa Civil de Cañete del 03 de agosto de los corrientes, donde se acuerda entre otros puntos la adopción de acciones que disminuyan los índices de riesgo en la salud de los ciudadanos de nuestra jurisdicción, a consecuencia de la Influenza AH1N1, en eventos públicos con gran concentración de personas, y su remisión a este Pleno Concejal, para las atenciones que correspondan, y;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194 de la Constitución Política de Perú, las municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, resulta imprescindible señalar que el Artículo 1 de la Constitución establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; por ello, este Concejo Provincial considera a la persona como un valor superior al cual el Estado en sus tres niveles de gobierno, en este caso municipal, está obligado a protegerla, por que el cumplimiento de este valor supremo supone la vigencia irrestricta del derecho a la vida, el cual constituye el de mayor connotación y se erige en el presupuesto para el goce de los demás derechos fundamentales;.

Que, por ello el Artículo 7 de nuestra principal norma, instituye que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa; lo que guarda correspondencia con el Artículo 80 de la Ley Orgánica de Municipalidades, que establece la competencia municipal en materia de saneamiento, salubridad y salud indicando que los municipios provinciales son competentes, en coordinación con las municipalidades distritales, en gestionar la atención primaria de la salud.

Que, el máximo interprete de nuestra Constitución y principal garante de los derechos fundamentales, como lo es el Tribunal Constitucional ha señalado en la sentencia emitida en el Expediente Nº 1711-2004-AA, que el derecho a la salud debe entenderse como la facultad que tiene toda persona para el disfrute de toda una gama de facilidades, bienes, servicios y condiciones necesarias para alcanzar el más alto nivel posible de salud, que involucren condiciones ambientales y ocupacionales saludables, entre otros;

Que, es de conocimiento de la opinión pública a nivel nacional e internacional, que con fecha 11 de junio de 2009, la Organización Mundial de la Salud clasificó a la Influenza AH1N1 como nivel de alerta seis, es decir en una pandemia debido a la rapidez con que la se ha extendido en todo el mundo, siendo que al 03 de agosto de 2009, el Ministerio de Salud en nuestro país informaba con registros oficiales la presencia de 4781 casos, con un registro lamentable de 30 vidas humanas, obligando a las autoridades a que se adopten medidas preventivas eficaces que reduzcan su transmisión en el territorio nacional;

Que, en la última reunión del Comité Provincial de Defensa Civil de Cañete, el Funcionario Responsable de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Lima, ha informado que al 03 de agosto se han presentado 41 casos de ciudadanos afectados por la influenza AH1N1 en la Región Lima – Provincias, involucrando a 05 provincias, entre ellas, la provincia de Cañete con 07 casos oficiales, siendo la jurisdicción con la mayor cantidad de pacientes que han requerido hospitalización (06 casos), y la única provincia que registra una víctima mortal, lo que ha motivado un rápido accionar de la autoridades políticas, sociales, policiales, judiciales, fiscales, sociales, religiosas, representantes de instituciones públicas y privadas del ámbito de la provincia de Cañete;

Que, efectivamente, los miembros plenos, y representantes, del Comité Provincial de Defensa Civil de Cañete, órgano colegiado multisectorial integrante de la función ejecutiva de Sistema Nacional de Defensa Civil, conforme lo dispone el inciso a) del Artículo 8 del respectivo reglamento, le ha correspondido dictar medidas y coordinar la ejecución de acciones necesarias para hacer frente a los sucesos y registros que viene suscitando la influenza AH1N1 en la jurisdicción de la provincia de Cañete, en concordancia con las disposiciones técnicas emitidas por el Ministerio de Salud, ante ello acordó, entre otros: i) Hacer suyos los Acuerdos Nº 6 y 10 emitidos por el Consejo Regional de Salud, recomendando: a) La suspensión de los eventos y/o actividades públicas programadas, que generen gran concentración de personas en locales cerrados, hasta el 31 de agosto en el ámbito de la provincia de Cañete; b) La suspensión de eventos y/o actividades programadas en locales o establecimientos de propiedad privada, y las autorizaciones de licencias destinadas a actividades nocturnas, como son discotecas, bares, karaokes, pub, y otros, que pongan en riesgo la salud pública, hasta el 31 de agosto;

Que, en ese sentido, este Concejo Provincial, como parte integrante del Estado Peruano, y garante de la vigencia irrestricta de los derechos fundamentales de las personas que consagra nuestra constitución, ante los registros oficiales, y las recomendaciones técnicas formuladas por el Comité Provincial de Defensa Civil, debe asumir el compromiso ineludible e inalienable de protección de los ciudadanos de nuestra provincia, mediante la adopción de medidas preventivas de carácter provisionales, extraordinarias, razonables y proporcionales en concordancia con los valores superiores del derecho a la vida y a la salud que desea proteger, por mandato constitucional;
Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto mayoría de los Señores Regidores y, con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se aprobó la siguiente ordenanza:

ORDENANZA QUE SUSPENDE ACTIVIDADES Y/O EVENTOS PUBLICOS DE CUALQUIER INDOLE, Y EN ESTABLECIMIENTOS DE PROPIEDAD PRIVADA HASTA EL 31 DE AGOSTO DE 2009, A CONSECUENCIA DE LA INFLUENZA AH1N1

Artículo 1.- SUSPENDER todos los eventos y/o actividades públicas programadas, de cualquier índole, que generen gran concentración de personas, hasta el 31 de agosto en el ámbito de nuestra jurisdicción, con el objeto de prevenir un mayor contagio entre la población a consecuencia de la Influenza AH1N1, plazo que puede eventualmente ser modificado de acuerdo a las disposiciones que en forma posterior emita el Ministerio de Salud.

Artículo 2.- SUSPENDER, como consecuencia de lo señalado en el párrafo anterior, y siendo próximo las festividades por la Semana Turística de Cañete, las actividades programadas los días 4, 8, 9, y del 21 al 31 de agosto del presente año.

Asimismo, conviene precisar que no se encuentran suspendidas las actividades que desarrollan de manera normal y ordinaria las instituciones públicas y privadas dentro del ejercicio de sus competencias y funciones.

Artículo 3.- SUSPENDER los eventos y/o actividades programadas en locales o establecimientos de propiedad privada, que pongan en riesgo la salud pública, conforme a lo dispuesto en la parte considerativa de la presente ordenanza, hasta el 31 de agosto del presente año.

Artículo 4.- DISPONER que los propietarios y/o conductores de establecimientos dedicados a la venta de alimentos y bebidas, y aquellos que brinden servicios de atención al público, incluidos las que se brinden dentro de instituciones públicas y privadas, deben proporcionar a sus trabajadores métodos de protección que la red de salud correspondiente establezca.

Artículo 5.- ESTABLECER una sanción pecuniaria equivalente al 50% del valor de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) imponible a las personas naturales y/o jurídicas que vulneren e incumplan lo dispuesto en la presente ordenanza.

Artículo 6.- ENCARGAR a la Gerencia General, a la Gerencia de Tributación Municipal, y a la Gerencia de Servicios Públicos la adopción de las acciones necesarios para el pleno cumplimiento de la presente ordenanza, debiendo para ello, coordinar de manera concertada, y dentro del marco normativo, con la Policía Nacional del Perú, y el Ministerio Público.

Artículo 7.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General, para que por intermedio de la Oficina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional, se realice una difusión masiva de los alcances de la presente ordenanza, y de las medidas preventivas coordinadas con el Sector Salud, en los diversos medios de comunicación, radial, televisivo y escrito de la localidad, así como su notificación a los propietarios y/o conductores de los establecimientos involucrados ubicados en el ámbito de nuestra jurisdicción.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE.

JAVIER JESÚS ALVARADO GONZÁLES DEL VALLE
ALCALDE
JUDICIALES

EDICTO
Exp. Nº 2008-331-FA seguidos por AIDE SHUMAY SANABRIA CUEVAS contra NICANOR CASTILLO GALVEZ sobre ALIMENTOS, la señora Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete doctora Angélica Victoria Cucho Mendoza ha dictado: RESOLUCION NUMERO SIETE.- Cañete, de Julio del 2009.- DADO CUENTA; Estando a lo expuesto y habiendo agotado las gestiones destinadas a conocer el domicilio del demandado, PROCEDASE a notificar al demandado NICANOR CASTILLO GALVEZ, mediante edicto en el Diario Oficial El Peruano y Al Día Con Matices de esta localidad para que dentro del término de VEINTICINCO DIAS, absuelva el traslado conferido mediante resolución número uno, bajo apercibimiento de designarse un CURADOR PROCESAL conforme lo señala el Artículo 108 del Código Procesal Civil.- Lo que notifico a Ud. conforme a ley.- Rubricado Dra. Angélica V. Cucho M.- Juez.- Fdo. Elizabeth A. Yaya Alcalá.- Secretaria.- Cañete, 20 de Julio del 2009.
RESOLUCIÓN NUMERO UNO: Cañete, nueve de Octubre del 2008.- AUTOS Y VISTOS, ADMITASE a trámite la demanda de ALIMENTOS, en la vía proceso UNICO, traslado al demandado FRANCISCO NICANOR CASTILLO GALVEZ, por el término de CINCO DIAS, para que contesten la demanda, bajo apercibimiento de declararse rebelde y proseguirse el trámite del presente proceso.- Lo que notifico a Ud. conforme a ley.- Rubricado Dra. Angélica V. Cucho M.- Juez.- Fdo. Elizabeth A. Yaya Alcalá.- Secretaria.- Cañete, 09 de Octubre del 2008. Cañete, 20 de Julio del 2009.
Elizabeth A. Yaya Alcalá
Secretaria Judicial de Cañete
2do. Juzgado de Paz Letrado de Cañete
5 y 7 de Agosto

EDICTOS YAUYOS
EL JUZGADO MIXTO DE YAUYOS, Juez GONZÁLES, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2001-0054, a JORGE SANDOVAL VARILLAS, REO CONTUMAZ, Delito: Falsificación de Documentos, Agraviado: El Estado Peruano, Municipalidad Distrital de Alis y Elisa Reymondi Rojas. Yauyos: 20.07.2009.
EXP.-2009-0017, a ISABEL ADOLFO CASTRO ROMERO, con Mandato de COMPARECENCIA, Delito: Omisión a la Asistencia Familiar, Agraviado: su menor hijo Jheyson Edder Castro Pascual. Yauyos: 20.07.2009.
Secretario: Delgado
4, 5 y 6 de Agosto

EDICTO PENAL
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez ARONI, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-0714, a JHON CHRISSTIAN ORMEÑO JIMÉNEZ, Delito: Hurto, Agraviado: Jaime Luis Ibarra Rivera. Cañete: 20.07.2009. Secretario: Soto
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2003-0657, a NAPOLEÓN SANTIAGO URETA SÁNCHEZ, ELENA ARAKI YUKI, ELENA PATRICIA TAKEDA ARAKI DE LEON, ROBERTO TAKEDA ARAKI y ANA ROCIO TAKEDA ARAKI, para AMPLIACIÓN DE DECLARACIÓN INSTRUCTIVA, Día: 13-08-2009, Horas: 10.00; 10.30; 11.00; 11.30; Y 12.00 m. respectivamente, Delito: Falsa Declaración en documento, en Agravio Unión Bíblica del Perú, bajo apercibimiento de ser declarados Reos Contumaces. Cañete: 13.07.2009. Secretario: Morales
4, 5 y 6 de Agosto

NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
EXP.2009-0429.- EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez GARNICA; ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN. N°01 y 03, fecha: 16.07.2009.- SE RESUELVE: 1° ADMITIR la demanda contra HILARIO URBANO SÁNCHEZ NUÑEZ sobre VIOLENCIA FAMILIAR – MALTRATO FÍSICO en agravio de TEODOLINDA HUMBERTA MARTÍNEZ PUMA.- Tramítese Vía Proceso ÚNICO; 2° ORDENO: Como medida de protección inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de violencia familiar en agravio de TEODOLINDA HUMBERTO MARTÍNEZ PUMA; Bajo apercibimiento de ordenarse su DETENCIÓN confiérase TRASLADO al presunto agresor HILARIO URBANO SÁNCHEZ NUÑEZ por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de NOMBRARSE CURADOR PROCESAL.- Fdo Dra.Garnica.-Juez Fdo.Mesias.-Secretaria Judicial.
4, 5 y 6 de Agosto

EDICTO FAMILIA
EXP.2008-0519.- EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez FLORES; ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN. N°16, fecha: 09.07.2009:en los seguidos por el Ministerio Público contra JUAN LLAMOCA HUAMANI Agraviada: Mónica Bejar Chachi sobre VIOLENCIA FAMILIAR; RESUELVE: 1° SEÑALAR fecha para Audiencia Única, Día: 07-09-2009, Horas 9.30 am, notifíquese a la agraviada mediante edictos, Fdo.Secretaria: Herrera. Cañete 09.07.2009
4, 5 y 6 de Agosto

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO DE BIEN INMUEBLE
Expediente Nº 2005-00569-0-801-JR-CI-1, en los autos seguidos por LUIS ALFREDO TRUJILLO AÑAZCO en calidad de Sucesor Procesal de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. contra JOSE JULIO MATSUBARA AVILA Y ROSA PILAR MUÑOZ DE MATSUBARA ,sobre EJECUCION DE GARANTIAS, el 1ER. Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del Doctor, JACINTO ARNALDO CAMA QUISPE, Secretario Judicial Dra. DAISY GUZMAN SANCHEZ, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO, EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente bien INMUEBLE:
1.- Lote Nº 1, Sector Herbay Bajo Valle Cañete, Unidad Catastral 01101, con un área de 8.8273 inscrito en la FICHA 2426 y su continuación en la PARTIDA ELECTRONICA Nº 21000195 -Zona Registral Nº IX Sede Lima- de la Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACION: El valor de tasación asciende a la suma de US $ 64,235.34 DOLARES AMERICANOS.
BASE DE REMATE: Las dos terceras parte de la tasación, lo que asciende a la suma de US $ 42,823.56 DOLARES AMERICANOS.
AFECTACIONES: El bien inmueble tiene las siguientes afectaciones:
1.- HIPOTECA a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de US $ 25,000 DOLARES AMERICANOS, inscrito en el asiento d-1 de la Ficha 2426, con fecha 29-09-95.
2.- Ampliación de hipoteca inscrito en el asiento d-1 de la Ficha 2426, a favor de Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete, hasta por la suma de US $ 38,000.00 dólares americanos, inscrito en el Asiento D00002, con fecha 16-02-98.
FECHA Y HORA DEL REMATE: El bien será rematado el día 18 de Agosto del año 2009, a horas 15:00 p.m.
LUGAR DEL REMATE: En el ambiente acondicionado en la entrada del Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete, ubicado en el Km. 144.5 de la Carretera Panamericana Sur (frente a Valle Grande), del distrito y provincia de Cañete, departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de la tasación del bien mediante depósito, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y presentarán el arancel judicial correspondiente a la orden del Juzgado Civil de Cañete en original y copia y su DNI en copia simple, suscribiendo dicho arancel, con el número de Expediente, Juzgado y generales de Ley en FORMA LEGIBLE. El presente remate estará a cargo del Abogado Martillero Público Alberto Oscar Ramos Wong, con Registro Nacional Nº 226, con Telf. 992636873 y e-mail: albertooscarramos@hotmail.com. El adjudicatario pagará los honorarios del martillero, más el IGV. Cañete, 15 de Julio del año 2009.
Alberto Oscar Ramos Wong - Martillero Público Reg. 226
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil – Cañete
Del 01 al 07 de Agosto del 2009.

EDICTO PENAL
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-1069, a EDUARDO FABIÁN VIALE ORE, en su condición de tercero civilmente responsable en la instrucción contra FERNANDO FLORIAN HUARI CASTRO, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 31-07-2009, Hora: 04.00 pm, Delito: Lesiones Culposas Graves. Agraviado: Angel Alfonzo Vicente Sánchez. Cañete: 21.07.2009
Secretaria: Flores

EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez ARONI, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2006-0495, a MARIA TEODORA GERMAN AVALOS para AMPLIACIÓN DE DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Delito: Hurto Agravado; Agraviada: Petronila Luisa German Avalos. Cañete: 23.07.2009
Secretario: Astohuaman

EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0156, a RICHARD EDUARDO LUYO MALDONADO, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 06-08-2009, Hora: 10.00 am, Delito: Sustracción de Menor en Agravio de Araceli Rocio Gil Flores. Cañete: 17.07.2009. Secretario: Morales

EDICTO JUDICIAL
PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE PROPIEDAD
Exp. Nº 2009-1798.- Ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha el Dr. Jacinto A. Cama Quispe, Secretario Judicial Dr. Omar Velásquez Ochoa; se ordena efectuar la presente publicación: ADMITASE a trámite la demanda interpuesta por CUENCA PAUCARIMA BEATO y FLORES DE CUENCA FLORA, contra CHUPAYO SOTO MAGDA y SAENZ MENCIA FELIPE, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE PROPIEDAD, respecto al bien inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Josefina Ramos Vda. de Gonzales Prada, Mz. “O”, Sub Lote 22-A, comprensión del distrito de Imperial, provincia de Cañete, de propiedad de los demandados; TRAMITESE la demanda en la vía del PROCESO ABREVIADO, y córrase TRASLADO de la misma a la parte accionada, a los efectos que la conteste en el término de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de declararse su REBELDIA (...). PUBLIQUESE un extracto del presente. Lo que se notifica vía edictos, conforme al artículo 506º del Código Procesal Civil. Cañete, 27 de Mayo del 2009.
Omar Velásquez Ochoa
Secretario Judicial - Juzgado Civil de Cañete
31 de Julio, 5 y 10 de Agosto.
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO
En los seguidos por VICTOR VIDAL AGAPITO RODRIGUEZ, contra JUAN MARCACUZCO VIVANCO sobre, PAGO DE MEJORAS, en el Expediente Nº 2002-529, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Especialista Legal Dr. Luis Miguel Yalan Ahedo, quien ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente inmueble ubicado en: Parcela denominada Marinero U.C. 10657, del Distrito de Mala, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, inscrito en la foja 245del tomo 53 y su continuación en Partida Electrónica Nº 90228889 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima y Callao. VALOR DE TASACION: US $ 8,798.60 Ocho Mil Setecientos noventa y ocho 60/100 dólares americanos. BASE DEL REMATE: US $ 5,865.73(Cinco Mil ochocientos sesenta y cinco 73/100 dólares americanos) que corresponde a las 2/3 terceras partes del valor de la tasación. AFECTACIONES 1) EMBARGO: Expedido por el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, se ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción sobre el inmueble inscrito en esta Partida hasta por la suma de S/. 35,000.00 (Treinta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles) en los autos seguidos por VICTOR VIDAL AGAPITO RODRIGUEZ contra JUAN MARCACUZCO VIVANCO sobre pago de Mejoras, inscrito en el asiento D0001. DIA Y HORA DEL REMATE: 20 de Agosto del 2009, a las 12:30 p.m. LUGAR DE REMATE: En el Primer Juzgado Civil de Cañete en la sede de la Corte Superior de Cañete ubicada en la Panamericana Sur Km. 144, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación del inmueble y presentarán Tasa de Postor Judicial respectiva por cada inmueble (con copia del arancel y del D.N.I. o R.U.C.) suscribiendo dicho arancel con numero de expediente y generales de Ley. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV.
Lima, 2 de Julio del 2009.
Marco Antonio Urbina Chumpitaz - Abogado – Martillero Público - Reg. O.R.L.C. 196
Del 05 al 11 de Agosto

SUCESION INTESTADA
Exp. Nº 2009-273, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete, que despacha la doctora Angélica V. Cucho Mendoza y secretaria que suscribe, doña HILARIA AEDO MEDINA está solicitando la SUCESION INTESTADA de quien en vida fue don JUAN FRANCISCO AEDO OSTUA, fallecido el día 17 de Marzo del 2004 en Essalud – Jesús María – Lima. Lo que hago de su conocimiento para los fines de ley. Cañete, 07 de Julio del 2009.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2º Juzgado de Paz Letrado – Cañete
Jesús Gonzalo Canales Alfaro - Abogado – C.A.L. 12159
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en el Jr. Jorge Chávez Nº 291 Imperial – Cañete: GLADYS BASTY CALDERON CAYCHO, solicita Rectificación de la Partida de Defunción de su difunto y querido padre, don: VICTOR CALDERON FLORES, inscrito en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete. Por haberse omitido el segundo nombre de su madre: «CIRCUNSICION» en dicha partida. En consecuencia debe de ser y rezar correctamente el nombre de su madre en dicha partida de defunción como: DALILA CIRCUNSICION CAYCHO ABURTO. Presenta medios de prueba, se publica para fines de Ley. Cañete, 03 de Agosto del 2009.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete