31 diciembre 2010

RUFINA SE LAVA LAS MANOS POR EMBARGO A LA MUNI PROVINCIAL

A pesar de haber sido quien rompió el contrato con la TEC Corporation y generó el proceso judicial contra la MPC, la ex alcaldesa provincial de Cañete, Rufina Lévano Quispe, señaló que su única responsabilidad en todo este asunto es simplemente haber defendido una vez más los intereses del pueblo de Cañete.
Recordó que al ingresar al sillón municipal, encontró que esta cuestionada empresa que fue la encargada de la administración del sistema de transito en la provincia, había celebrado un contrato que perjudicaba la economía de la Municipalidad Provincial.
Dejo entrever que desde un momento estuvo en contra de la forma como venia actuando esta corporación en Cañete, resumiendo que su único objetivo era ganar dinero aplicando papeletas a diestra y siniestra.
«Los transportistas expresaron su confianza en que Rufina Lévano iba a poner fin a este abuso que cometía esta empresa», continuó diciendo, tras indicar que su decisión fue avalada por el propio pleno del Concejo y la Comisión Jurídica de la MPC.
De haber continuado al frente de la MPC, aseguró que dicha empresa no se llevaría ni un sol de las arcas municipales y perjudicar al pueblo con la ejecución de obras de desarrollo.
Agregó que simplemente hizo lo que tenia que hacer por encargo del propio pueblo que no quería más abusos de parte del capital privado.

DIRECTOR DE SANTA RITA DE CASSIA FUE SANCIONADO POR ABUSO DE AUTORIDAD

De acuerdo a la Resolución Directoral N° 02964 de la UGEL 08 – Cañete del 11 de Noviembre del 2010, se ha sancionado al Lic. David Baldarrago Pastor con una suspensión de dos meses y al término de la misma en el servicio se tendrá que reincorporar a otra plaza distinta, de conformidad con el Artículo 137 del Reglamento de la Ley del Profesorado, aprobado por D.S. N° 019-90-Ed, modificado por D.S. N° 011-2007-ED.
En el considerando de la Resolución Directoral N° 02964, expresa haber incurrido en Incumplimiento de Deberes y Obligaciones, así como Negligencia y Abuso de Autoridad en el Desempeño de sus Funciones, por haber desconocido públicamente la legitimidad de los miembros de la APAFA, a pesar de reconocerlos mediante Resolución Directoral N° 0210-2009/D-IEP-“SRC”-C; así como, de no querer reconocer a los Representantes de la APAFA, ante el Comité de Mantenimiento y Comité Veedor de la referida Institución Educativa suscrita mediante Acta. En esta Resolución también menciona que el Lic. Baldarrago Pastor, se presentó reiterativamente a Asambleas de APAFA sin haber sido invitado, para expresar que la APAFA, había sido elegido por pocos Padres de Familia y que debería elegirse otro Comité Electoral. También se menciona que estos incidentes empiezan cuando Baldárrago Pastor es fiscalizado al amparo de las normas educativas, por el Consejo Directivo de APAFA, Presidido por Marco Antonio Caldas Pozo (Presidente de la Federación de APAFAS de Cañete), Vice-Presidente Luís Elías Huallamares (Ex -Gobernador de Cañete), Tesorero Rubén Auqui Cáceres (Ex -Alcalde de Cañete), Secretaria Julia Pachas Castilla y Vocal César García Serpa, así como por el Sr. Angel Chuquispuma Donayre – Representante de APAFA ante el CONEI (Regidor Provincial).
Precisan que el Director de la IEP “Santa Rita de Cassia”, trasgrede la Ley de APAFAS N° 28628, Art. 03 que expresa, “… el Personal Directivo y Jerárquico de las Instituciones Educativas apoyan a las APAFAS, sin interferir en sus actividades; salvo que están pongan en peligro el normal funcionamiento”.
Asimismo en su Art. 6 tienen como atribución: Inciso f.- Recibir información sobre el adecuado manejo administrativo, financiero y económico de la Institución Educativa, entre otros.

YAUYOS: DECLARARON NULA ELECCIONES EN QUINOCAY

Escribe: Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)

LA PALABRA DE HONOR DE UN PUEBLO ¿QUÉ ES LO QUE VERDADERAMENTE SUCEDIÓ EN ESTAS ELECCIONES?
PODER POLÍTICO, ingresó a las entrañas de Quinocay para tener un referente correcto de la realidad, precisamente en estas elecciones se habían instalado 3 mesas de sufragio, 02 para Quinocay 01 para Viscas, con un Total de 602 Electores Hábiles. Ante el pésimo gobierno de Clemente Manta Martínez se sumó un sospechoso fraude con la colusión de autoridades electorales, por lo menos esa es la sensación que tienen los ciudadanos quinocainos, en vista que en primer lugar de manera sospechosa funcionarios de ONPE faltando 72 horas para las elecciones decidieron que un promedio de 60 electores, todos hijos auténticos de Quinocay vayan a sufragar a Viscas, que está a una distancia de viaje de 1 y 1/2 hora aproximadamente, personas que históricamente votaron en Quinocay, además que no había ninguna razón para trasladarle ya que existía capacidad en la I.E.P.I N° 548; además el mismo día de las elecciones en el lugar de votación no hubo los padrones electorales publicados en las paredes respectiva como suele hacerse; a todo ello se sumó que a los personeros del candidato  Feliciano Trinidad Ramírez (Perú Posible) no se le permitió el ingreso argumentando que faltaban la firma y el sello de sus credenciales por el JNE. En Viscas tampoco aceptaron a sus personeros, y quizá lo que colmó los ánimos fue que algunos miembros de mesa que llegaron al lugar de votación encontraron los materiales repartidos (distribuidos sospechosamente). Ante ello en salvaguarda de su responsabilidad y su honor optaron por retirarse de inmediato y dar cuenta a la autoridad política y el pueblo.
Como es natural la gente se aglomeró, pero jamás hubo violencia física o amenaza contra la vida, el cuerpo y la salud como de manera vil y cobarde Clemente Manta ha señalado, utilizando al denunciante, señor Juan Castro Sánchez para que denuncie en la Segunda Fiscalía Provincial Mixta Penal de Mala – Caso N° 1106034502-2010-621-0, a los ciudadanos honestos y respetables de la talla de: Feliciano Timoteo Trinidad Ramírez, Guillermina Valeriano Alberto, Máximo William Ignacio Alarcón, Cesar Augusto Alarcón Ballarta, José Antonio Velásquez Reyes, Aida Yannina Calixto Valeriano, María Soledad Lara Alberto, Luis Jaime Rodríguez Ramos, Octavia Heddy Ballarta Olivares y Emilio Waldir Valeriano Ramírez, por el Presunto Delito Contra el Derecho de Sufragio, Perturbación e  Impedimento de Proceso Electoral y  Contra La Libertad  – Secuestro en Agravio Del Estado (Leer otros artículos en www.poderpolitico.info).  Clemente Manta y su «filipillo» utilizan esta patraña para esconder sus oscuros intereses, suena irónico pues que quienes presuntamente cometieron el delito, ahora resulten denunciando.
El pueblo quinocaino ha dicho en voz alta que hará respetar su honor y decisión soberana dentro del marco de la ley y contra demandaran a estos sujetos a quienes lo han declarado  PERSONA NO GRATA por mentir al pueblo y al país entero.
La situación pudo ser peor, ya que ciudadanos de Viscas en el justo derecho de hacer respetar su voto se trasladaron en camiones a filo del medio día para protestar ante el pueblo quinocaino. Felizmente cundió la ponderación y respeto. En conclusión Clemente Manta (Concertación Para el Desarrollo Regional) era el único que iba a tener personeros; a éste distrito jamás llegó un miembro de Transparencia, a todas luces no hubo garantía electoral de neutralidad e imparcialidad de hecho y derecho, es digno de aplauso y reconocimiento a esa cantidad de demócratas que nos dan ejemplo de que es lo que debemos hacer en circunstancias similares, ya que de no ser por la reacción sabia y pacifica de éste pueblo, quizá se hubiera consumado un fraude que no se puede aceptar en nombre de la democracia. En cuanto al JNE es saludable que se recupere la confianza con esta decisión saludable de desenmascarar a aquellos que quisieron realizar un fraude electoral que rechazamos diametralmente.

LO QUE DIJO EL JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE YAUYOS
Según Exp. N° 242-2010-066  de fecha Yauyos, 26 de octubre de dos mil diez, resuelve en su artículo primero anular la votación Distrital y Provincial del Acta Electoral Nº 244185-41P, correspondiente al proceso de Elecciones Municipales, del distrito de Quinocay, provincia de Yauyos, departamento de Lima, de las mesas de sufragio N° 081518 y 244185; del cual se desprende que los comicios convocados para el día tres de octubre no se llevó a cabo por la misma población de Quinocay, a causa de disconformidad con la relación de lista de electores, por tal motivo la Gobernadora  Guillermina Valeriano Alberto incitó a las personas  y se sublevaron al momento de sufragio; además de ello señala que el otro motivo fue por que los personeros del candidato de Perú Posible contaban con sus credenciales, pero no estaban acreditados ante el Jurado Electoral Especial de Yauyos; por tales razones en eso momento tomaron el local de votación a partir de ese momento las personas tomaron los locales de votación, interrumpiendo con ello el proceso electoral, peor aun que las personas que se encontraban en la puerta del Local encadenaron con llaves las puertas de los locales de votación para impedir la votación de los electores, quedando encerrados todos los miembros de mesa, personal de la ONPE y JEE de Yauyos, impidiendo con ello realizar sus labores conforme a sus atribuciones.

LA VOZ DEL PUEBLO QUINOCAINO, ES LA VOZ DE DIOS QUE SE HIZO RESPETAR Y DIJO ¡BASTA DE INJUSTICIA Y TANTA CORRUPCIÓN!
El 25 de marzo 2010, San Pedro de Quinocay cumplió 50 años de creación política y lo celebró resentido con su autoridad de turno (Clemente Manta Martínez) por la pobreza extrema y abandono en que viven muchos de sus hijos, sin obras prioritarias como un plan integral de irrigación que pueda mejorar la producción agrícola y ganadera, encima de ello Manta Martínez es alcalde y representa al Movimiento Regional Concertación Para El Desarrollo Regional del cuestionado Nelson Chui Mejía, denunciado por hechos irregulares y corrupción, en 4 años pese a ser parte del gobierno Regional – Distrital, solo avanzó 200 metros del proyecto de irrigación Ñauñaco – Tres Cruces, lo cual es considerado como una burla al pueblo quinocaino, lo que es peor existe falta de transparencia de un gobernante que no siente empatía y ofrenda un espíritu altruista con el pueblo, a pesar que éste le dio la oportunidad de ser gobierno local en dos periodos consecutivos, desde el 01 de enero del año 2003 al 31 de diciembre 2010 (siempre se le cuestionó por llevar votos golondrinos), quizá sea porque no vive, o no es nativo de Quinocay, y a pesar que por razón conyugal es allegado al Anexo de San Juan de Viscas. Ante estos atropellos sus hijos que han tenido que emigrar para buscar una mejor calidad de vida, pero que no olvidan su tierra natal, fundaron el 08/10/10 la Asociación Central de Quinocainos, la misma que ya está inscrito en la SUNARP con Título 2010 - 00008518 de fecha 25/10/10 que viene trabajando arduamente y es celoso vigilante de lo que sucede en estas tierras donde se producen sabrosos blanquillos, preside la institución Wuilder Macedonio Sotelo Alarcón, lo acompañan Héctor Raúl Calixto Ramírez, Máximo William Ignacio Alarcón, Hernán Dolores Ballarta Olivares, Luis Virginio Calixto Valeriano, Iris Marcela Rodríguez Rivera, Teogenes Magne Padin Ramírez, Edmundo Zósimo Rodríguez Olivares y Vides Florián Calixto Valeriano.
Históricamente también juegan algunas pasiones encontradas del pasado (rivalidad que deben ser superadas) entre las comunidades campesinas de Viscas y Quinocay, conflictos por terrenos que sucedieron a mediados del siglo pasado y que cambio de rumbo al crearse el distrito de Quinocay, quedando ambos dentro de un mismo circunscripción territorial, surge entonces un nuevo reto de las autoridades que deben distribuir la riqueza equitativamente, esta polarización se acrecentó con Clemente Manta Martínez pues el 98 % de su lista en los dos periodos lo conformó con pobladores del Anexo de San Juan de Viscas, por ello en las elecciones del 2002 hubo 6 candidaturas (5 de ellas eran quinocainos y dispersaron el voto, corriendo Manta Martínez casi solo); en el 2006 hubo 3 candidatos ) 2 de  ellos nativos de Quinocay, por ello para las elecciones del 3 de octubre, el pueblo se unió en una sola candidatura con un representante nativo de Quinocay, señor Feliciano Timoteo Trinidad Ramírez,   es fácil prever ante el grado de polarización cualquier buen alcalde debería hacer denodados esfuerzos por unificar al distrito políticamente y no pensar en un resultado electoral, mirando solo cantidades para ser gobierno y no las capacidades y calidades humanas de sus hijos, que deben vivir en armonía, equidad y justicia social.

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES DECLARÓ NULA LAS ELECCIONES EN QUINOCAY
Según Resolución No 5001-2010 – JNE del 23 de diciembre del 2010 determinó declarar nula las elecciones en el Distrito de Quinocay, Provincia de Yauyos, Región Lima, en su considerandos (No 5) dice: «Por otro lado, se puede constatar también que los Jurados Electorales especiales y el Jurado nacional de Elecciones declararon la NULIDAD de las elecciones en treinta y cuatro (34) distritos a nivel nacional. Art. 2 Declarar que en los treinta y cuatro (34) distritos enumerados en el cuadro siguiente, las autoridades municipales elegidas para el periodo de gobierno municipal 2007-2010 continúan en funciones, en sus respectivos concejos municipales, por lo que se mantiene en vigencia de sus credenciales hasta que las nuevas autoridades sean elegidas en elecciones complementarias y asuman el cargo tras la culminación del proceso de transferencia establecido en la Ley No 26997. Art. 3 Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia del Concejo de Ministros, al Ministerio de Economía y Finanzas, al Ministerio del Interior, a la Contraloría General de la República, al Banco de la Nación, a la ONPE y al RENIEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. (Miembros titulares SS. Sivina Hurtado, Pereira Rivarola, Minaya Calle, De Bracamonte Meza, Velarde Urdanivia). Bravo Basaldúa, Secretario General».
Es importante añadir que en la Región Lima junto al distrito de Quinocay (Yauyos) también habrá elecciones complementarias en los distritos de Chicla y Cuenca  (Huarochirí); en Paccho  (Huaura) y Cochamarca (Oyón).
Para finalizar PODER POLÍTICO felicita al pueblo quinocaino por enarbolar la bandera de la justicia, pese a la escasa oportunidad de educación,  y olvido del Estado, nos entrega un ejemplo de amor por su pueblo, respeto a los valores democráticos y mucha sabiduría para enfrentar a la corrupción.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ACUERDO DE CONCEJO Nº 086-2010-MPC

Cañete, 28 de diciembre de 2010

Visto; en Sesión de Concejo Ordinaria, de la fecha, la ratificación de la Ordenanza Nº 013-2010-MDM del distrito de Mala, que determina el «Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2011;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; que tiene como finalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, mediante Oficio Nº287-2010-A-MDM, la Municipalidad Distrital de Mala solicita la ratificación de la Ordenanza Nº013-2010/MDM de fecha 25 de noviembre del 2010, que determina el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2011;

Que, mediante Informe Legal Nº1454-2010-AS.LEG-MPC de fecha 16 de diciembre del 2010, la Asesoría Jurídica opinó que se ratifique la Ordenanza Nº013-2010-A-MDM de fecha 25 de noviembre de 2010, que determina Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2011, por encontrarse conforme con las disposiciones técnicas y legales vigentes;

Que, a través del Dictamen Nº 006-2010-CSSPP-MPC, de la Comisión de Servicios Públicos, opinan por la procedencia de lo solicitado por la Municipalidad Distrital de Mala, elevándolo al Pleno del Concejo para su debate y ulterior aprobación;

Que, en aplicación del artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades y lo establecido en las sentencias recaídas en los Expedientes Nº0041-2004-AI/TC y 0053-2004-PI/TC, las ordenanzas que aprueban tributos municipales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia; por lo que su aplicación sin la publicación del Acuerdo de Concejo Provincial que aprueba su ratificación resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva;

Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, el Decreto Legislativo Nº776-Ley de Tributación Municipal, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta;

SE ACORDO:
Artículo 1º.- Ratificar la Ordenanza Nº013-2010/MDM, de la Municipalidad Distrital de Mala, que determina el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo durante el ejercicio 2011, en dicho distrito, de acuerdo a los considerandos del presente.

Artículo 2º.- Notifíquese el presente a la Municipalidad Distrital de Mala, y a las unidades orgánicas que corresponda.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

JOSE ANTONIO ESPINOZA PEÑA
ALCALDE
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

ORDENANZA N° 017-2010/MDCA

Cerro Azul, 11 de Noviembre del 2010

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

POR CUANTO:
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que mantiene la vigencia de la Ordenanza N° 022-2007-MDCA.

CONSIDERANDO:
Que, conforme al art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, como órgano del gobierno local, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, Mediante Ordenanza Nº 022-2007/MDCA,de fecha 09 de noviembre del 2007, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 093-2007/MPC del 21 de diciembre del año 2007, de la Municipalidad Provincial de Cañete; se aprobó el Régimen Tributario de las Tasas de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el año 2008, el mismo que también fue aplicado durante el ejercicio 2009, en concordancia con el Art. 69-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004 EF;

Que, asimismo mediante Ordenanza Nº 019-2009/MDCA del 26 de noviembre del 2009, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 084-2009-MPC, de fecha 21 de diciembre del 2009; se restablece la vigencia de la Ordenanza Nº 022-2007/MDCA, a fin de que se aplique en el año 2010;

Que, mediante Informe Nº 204-2010/MDCA, la Gerencia de Administración Tributaria propone que se mantenga para el año 2011, la aplicación de las mismas tasas establecidas en la Ordenanza N° 022-2007-MDCA;

De conformidad con los artículos 9º, 20º y 40º de la Ley Nº 27972- Orgánica de Municipalidades; D.S. Nº 135-99-EF-TUO del Código Tributario, D.S. Nº 156-2004 EF-TUO de la Ley de Tributación Municipal; el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta; aprobó la siguiente;

ORDENANZA
QUE MANTIENE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA N° 022-2007-MDCA «RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LAS TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO PARA EL AÑO 2011»

Artículo Primero.- MANTENER la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 022-2007/MDCA de fecha 09 de Noviembre de 2007 que establece el Régimen Tributario de las Tasas de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, para su aplicación en el ejercicio 2011".

Articulo Segundo.- REMITIR la presente Ordenanza Municipal a la Municipalidad Provincial de Cañete, para los fines de Ley.

Registrarse, Publíquese, Comuníquese y Cúmplase

JUANA RASPA VDA. DE PAÍN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul

*****

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ACUERDO DE CONCEJO Nº 088-2010-MPC

Cañete, 28 de diciembre de 2010
Visto; en Sesión de Concejo Ordinaria de la fecha, la ratificación de la Ordenanza Nº 017-2010-MDCA del distrito de Cerro Azul, que aprobó mantener la vigencia de la Ordenanza Nº022-2007/MDCA que establece el «Régimen Tributario de las Tasas de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio 2011;

CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; que tiene como finalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, mediante Oficio Nº215-2010-SG/MDCA, la Municipalidad Distrital de Cerro Azul solicita la ratificación de la Ordenanza Nº017-2010/MDCA de fecha 12 de noviembre del 2010, Ordenanza que aprobó mantener la vigencia de la Ordenanza Nº022-2007/MDCA «Régimen Tributario de las Tasas de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio 2011»;

Que, mediante Informe Legal Nº1356-2010-AS.LEG-MPC de fecha 29 de noviembre del 2010 la Asesoría Jurídica opinó que se ratifique la Ordenanza Nº017-2010/MDCA de fecha l2 de noviembre de 2010, Ordenanza que aprobó mantener la vigencia de la Ordenanza Nº022-2007/MDCA «Régimen Tributario de las Tasas de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio 2011», por encontrarse conforme con las disposiciones técnicas y legales vigentes;

Que, a través del Dictamen Nº 031-2010-CPEAM-SR-MPC, de la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal, opinan por la procedencia de lo solicitado por la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, elevándolo al Pleno del Concejo para su debate y ulterior aprobación;

Que, en aplicación del artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades y lo establecido en las Sentencias recaídas en los Expedientes Nº0041-2004-AI/TC y 0053-2004-PI/TC, las ordenanzas que aprueban tributos municipales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia; por lo que su aplicación sin la publicación del Acuerdo de Concejo Provincial que aprueba su ratificación resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva;

Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, el Decreto Legislativo Nº776-Ley de Tributación Municipal, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta;

SE ACORDO:
Artículo 1º.- Ratificar la Ordenanza Nº017-2010/MDCA, de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, que extiende la vigencia de la Ordenanza Nº022-2007/MDCA «Régimen Tributario de las Tasas de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio 2011, de acuerdo a los considerandos del presente.

Artículo 2º.- Notifíquese el presente a la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, y a las unidades orgánicas que corresponda.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

JOSE ANTONIO ESPINOZA PEÑA
ALCALDE
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
«Año de la Consolidación Económica y Social del Perú»
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2010/MDCA

Cerro Azul, 28 de Octubre del 2010

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

POR CUANTO:
VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha veintisiete de Octubre del 2010, el Proyecto de Ordenanza que dispone que se extienda la Vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 020-2009/MDCA, que Estableció la Tasa de Estacionamiento Vehicular en las playas del distrito de Cerro Azul, para el ejercicio 2011;

CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Lit. d) del Art. 68° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; las Municipalidades se encuentran facultadas para imponer las tasas por estacionamiento de vehículos;

Que, mediante Ordenanza N° 015-2008-MDCA, de 24 de Octubre de 2008, ratificada mediante Acuerdo de Concejo N° 090-2008-MPC, del 04 de Diciembre de 2008, de la Municipalidad Provincial de Cañete, se estableció en la jurisdicción del Distrito de Cerro Azul, el tributo denominado tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal por la prestación efectiva del servicio de estacionamiento que brindara la Municipalidad en zonas de Parqueo determinadas y habilitadas para dicho fin;

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 020-2009-MDCA, de 26 de Noviembre del 2009 se Prorroga la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 015-2008-MDCA, para el ejercicio 2010;

Que, la Gerencia de Administración Tributaria, mediante Informe Nº 195/MDCA/GAT de fecha 26 de Octubre 2010, opina en el sentido que para el ejercicio 2011 debe mantenerse la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 015-2008-MDCA, en vista que subsisten las mismas condiciones para la prestación del servicio;

De conformidad con los artículos 9º, 20º y 40º de la Ley Nº 27972- Orgánica de Municipalidades, el D.S. Nº 135-99-EF-TUO del Código Tributario, Dec. Leg. Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de la aprobación del acta, aprobó la siguiente;

ORDENANZA QUE MANTIENE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 015-2008/MDCA, QUE APROBO LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR EN EL DISTRITO

Artículo Primero.- MANTENER durante el año 2011, la vigencia de la Ordenanza Nº 015-2008-MDCA, prorrogada mediante Ordenanza Municipal Nº 020-2009/MDCA, que estableció el tributo denominado Tasa por Estacionamiento Vehicular temporal por la prestación efectiva del servicio de estacionamiento en las zonas de parqueo especificadas en dicha Ordenanza.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Gerencia de Servicios Generales el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza y a la oficina de Imagen institucional, su difusión.

Artículo Tercero.- Facultar a la señora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente y dicte medidas complementarias para dar cumplimiento a los alcances de la presente ordenanza, así como para la prórroga de la misma.

Artículo Cuarto.- Remitir la presente Ordenanza a la Municipalidad Provincial de Cañete para los fines de Ley.

REGISTRARSE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

JUANA RASPA VDA. DE PAÍN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ACUERDO DE CONCEJO N° 087-2010-MPC

Cañete, 28 de diciembre de 2010

Visto; en Sesión de Concejo Ordinaria de la fecha, la ratificación de la Ordenanza Nº 016-2010-MDCA del distrito de Cerro Azul, que extiende la vigencia de la Ordenanza Nº015-2008-MDCA sobre establecimiento de tasas por estacionamiento vehicular;

CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; que tiene como finalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, mediante Informe Legal Nº1355-2010-AS.LEG-MPC de fecha 26 de noviembre del 2010 la Asesoría Jurídica opinó que debía desestimarse la solicitud presentada por la Municipalidad Distrital de Cerro Azul a fin de que se ratifique su Ordenanza Nº016-2010/MDCA, en razón a que no se había cumplido con el plazo establecido en la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº029-2007-MPC de fecha 07 de diciembre del 2007, según la cual, a partir del ejercicio fiscal 2009, las solicitudes de ratificación de ordenanzas distritales que establecen tasas de estacionamiento vehicular debían presentarse hasta el último día hábil del mes de octubre del ejercicio anterior al de su aplicación;

Que, con fecha 10 de diciembre del 2010, la Municipalidad Distrital de Cerro azul a través de su Oficio Nº236-2010-AL/MDCA, reitera su pedido de ratificación de la Ordenanza Nº016-2010/MDCA, precisando que dicho dispositivo legal no establece una nueva tasa de estacionamiento vehicular, sino que extiende la vigencia de la Ordenanza Nº015-2008/MDCA, la misma que fue ratificada en su oportunidad por la Municipalidad Provincial de Cañete;

Que, revisado nuevamente los hechos, se advierte que, en efecto, la Ordenanza Nº016-2010/MDCA únicamente dispone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº015-2008-MDCA, más no crea una nueva tasa de estacionamiento vehicular, no encontrándose por tal motivo dentro de los alcances de la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 029-2007-MPC;

Que, no obstante ello, siendo evidente el contenido tributario que tiene la Ordenanza Nº016-2010/MDCA, corresponde se proceda a su ratificación en virtud a la norma del artículo 40º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades de su circunscripción para su vigencia;

Que, se cuenta con el Informe Legal Nº1401-2010-AS-LEG-MPC, quien opina que es procedente lo solicitado por la Municipalidad Distrital de Cerro Azul a fin de que se ratifique su Ordenanza Nº016-2010/MDCA; elevándolo los actuados al Concejo Provincial para su deliberación, previo dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos;

Que, mediante Dictamen Nº018-2010-CEAJ-SR-MPC, de la Comisión Especial de Asuntos Jurídicos, quien opinan por la procedencia de la Ratificación de la Ordenanza Nº016-2010/MDCA de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, sobre establecimiento de tasas por estacionamiento vehicular, elevándolo al Pleno del Concejo para su debate y ulterior aprobación;

Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, el Decreto Legislativo Nº776-Ley de Tributación Municipal, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta;

SE ACORDO:
Artículo 1º.- Ratificar la Ordenanza Nº016-2010/MDCA, de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, que extiende la vigencia de la Ordenanza Nº015-2008-MDCA sobre establecimiento de tasas por estacionamiento vehicular, de acuerdo a los considerandos del presente.

Artículo 2º.- Notifíquese el presente a la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, y a las unidades orgánicas que corresponda.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

JOSE ANTONIO ESPINOZA PEÑA
ALCALDE
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ACUERDO DE CONCEJO Nº 090-2010-MPC

Cañete, 28 de diciembre de 2010

Visto; En Sesión de Concejo Ordinaria de la fecha, la ratificación de la Ordenanza Nº 015-2010-A/MDA del distrito de Asia, que determina el «Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales ( Limpieza Pública y Serenazgo) para el ejercicio 2011;

CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; que tiene como finalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, mediante Oficio Nº0140-2010-A/MDA, la Municipalidad Distrital de Asia solicita la ratificación de la Ordenanza Nº015-2010-A/MDA de fecha 28 de octubre del 2010, que determina el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales (Limpieza Pública y Serenazgo) para el ejercicio 2011;

Que, mediante Informe Legal Nº1497-2010-AS.LEG-MPC de fecha 28 de diciembre del 2010 la Asesoría Jurídica opinó que se ratifique la Ordenanza Nº015-2010-A/MDA de fecha 28 de octubre de 2010, que determina Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales ( Limpieza Pública y Serenazgo) para el ejercicio 2011, por encontrarse conforme con las disposiciones técnicas y legales vigentes;

Que, a través del Dictamen Nº 007-2010-CSSPP-SR-MPC, de la Comisión de Servicios Públicos, opinan por la procedencia de lo solicitado por la Municipalidad Distrital de Asia, elevándolo al Pleno del Concejo para su debate y ulterior aprobación;

Que, en aplicación del artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades y lo establecido en las sentencias recaídas en los Expedientes Nº0041-2004-AI/TC y 0053-2004-PI/TC, las ordenanzas que aprueban tributos municipales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia; por lo que su aplicación sin la publicación del Acuerdo de Concejo Provincial que aprueba su ratificación resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva;

Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, el Decreto Legislativo Nº776-Ley de Tributación Municipal, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta;

SE ACORDO:
Artículo 1º.- Ratificar la Ordenanza Nº015-2010-A/MDA, de la Municipalidad Distrital de Asia, que determina el «Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales (Limpieza Pública y Serenazgo) durante el ejercicio 2011, en dicho distrito, de acuerdo a los considerandos del presente.

Artículo 2º.- Notifíquese el presente a la Municipalidad Distrital de Asia, y a las unidades orgánicas que corresponda.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

JOSE ANTONIO ESPINOZA PEÑA
ALCALDE
EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente: Dr. MARTINEZ, Cita, llama y emplaza aL siguientes procesados, para que asistan a la Sala de Audiencias en la fecha señalada, se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra y defiendan de los cargos que se les imputa:
EXP.-2009-0033; a LUIS HUMBERTO BERMEJO SAAVEDRA; DIA: 05.01.2011; HORA: 09.00.a.m; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad en Grado de Tentativa; Agraviado: menor de edad; Secretario: Miranda-Cañete.09.12.2010.
EXP.-2009-0358; a GIANCARLO SANCHEZ CARBONEL (en calidad de cómplice primario);. DIA: 05.01.2011: HORA: 09.15.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Empresa Kola Real y otro; Secretario: Miranda;-Cañete.09.12.2010.
EXP.-2003-0620; a NARCISO EDUARDO SANCHEZ ESPINOZA Y FAUSTO RENE HUAPAYA PONCE;. DIA: 05.01.2011: HORA: 09.30.a.m.; Delito: Aprovechamiento Indebido del Cargo; Agraviado: Municipalidad Distrital de Imperial y el Estado Peruano; Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2010-0014; a VICTOR ELMO HIPOLITO APOLINARIO Y HERNAN JUSTO DAMIÁN COTACHE;. DIA: 05.01.2011: HORA: 09.45.a.m.; Delito:Peculado Doloso Agravado y otro; Agraviado: Estado Peruano; Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2010-0010; a JESUS ARMANDO ALVARADO PALOMARES; DIA: 05.01.2011; HORA: 10.00.a.m; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad de iniciales D.E.O.C; Secretario: Miranda-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2009-0255; a MANUEL EMANUEL ORMEÑO SILVA ; DIA: 05.01.2011: HORA: 10.15.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Robert Nestor Ojeda Vicente y otro; Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2003-0117; a ROLANDO ANGEL CROCCO ANGULO; PEDRO GREGORIO FIGUEROA VELIZ, ROSA RAVICHAGUA AGUILAR Y YOEL ALBERTO MARAVI MEZA;. DIA: 05.01.2011: HORA: 10.30.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Melciades Juan de Dios Zárate y otros Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2007-0507; a PEDRO VICENTE PEREZ CISNEROS Y CESAR AUGUSTO BENAVENTE TORREBLANCA; DIA: 07.01.2011; HORA: 09.00.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Melciades Juan de Dios Zárate y otros Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2009-0505; a WILLIAMS GUSTAVO PALOMINO MENDOZA; DIA: 07.01.2011; HORA: 09.10.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Jose Antonio Arizaga Casas; Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2008-1035; a ESTEBAN DANIEL PISCONTI LUYO Y ENRIQUE CELEDONIO LUYO; DIA: 07.01.2011; HORA: 09.30.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Edward Isaias Izanortegui Rivera; Secretario: Miranda;-Cañete.13.12.2010.
EXP.-2002-0257; a JUAN ARTURO YAYA HUAPAYA; DIA: 07.01.2011; HORA: 09.45.a.m.; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano; Secretario: Miranda;-Cañete.13.12.2010.
EXP.-2007-0078; a JULIO LAURA MANRIQUE Y JONAS DESIDERIO VICENTE MAURICIO; DIA: 07.01.2011; HORA: 10.00.a.m.; Delito: Contra la Libertad-Actos contra el Pudor de Menor de Edad y otro; Agraviado: menor de edad de iniciales D.F.V.L.; Secretario: Miranda;-Cañete.13.12.2010
EXP.-2009-0449; a HECTOR LUIS CHAVEZ CASTILLO: DIA: 07.01.2011; HORA: 10.15.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Wilfredo Ruben Peña Pachas; Secretario: Miranda;-Cañete.13.12.2010
EXP.-2010-0065; a JUAN CARLOS ESTEBAN CHAVEZ; DIA: 07.01.2011; HORA: 10.30.a.m.; Delito: Robo Agravado en Grado de Tentativa; Agraviado: Christhian Melo Zavaleta y otro; Secretario: Miranda;-Cañete.13.12.2010
EXP.-2009-0352; a MARIA SOLEDAD CHOQUEVILCA CUNO; DIA: 07.01.2011; HORA: 10.45.a.m.; Delito: Contra la Administración Publica-Peculado; Agraviado: El Estado Peruano; Secretario: Miranda;-Cañete.13.12.2010
EXP.-2010-0001; a JORGE EBERT VITON HERRERA; DIA: 07.01.2011; HORA: 11.00.a.m.; Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual de Menor de edad; Agraviado: menor de edad de iniciales J.M.CH.V..; Secretario: Miranda;-Cañete.13.12.2010

EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez LUQUE, Cita, llama y emplaza a los siguientes procesados, para que concurran al Juzgado, en los procesos sigueintes:
EXP.-2009-0559; a HECTOR LUIS CHAVEZ CASTILLO, LUIS DAVID SANCHEZ QUISPE Y RAFAEL OSWALDO HUALLANCA SUAREZ, para diligencias de LECTURA DE SENTENCIA; DIA: 06.01.2011; HORA: 11.00.a.m. ; Delito: Lesiones Graves; bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ y disponerse ubicación y captura en caso de inconcurrencia;.-Secretario: Bautista.-Cañete,.17.12.2010.
EXP.-2006-0224; a MARCO ANTONIO REYNA DEL AGUILA, para diligencias de LECTURA DE SENTENCIA; DIA: 06.01.2011; HORA: 03.00.p.m. ; Delito: Homicidio Culposo; bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ y disponerse ubicación y captura en caso de inconcurrencia;.-Secretario: Bautista.-Cañete,.17.12.2010.
Publicar: 29, 30 y 31 de Diciembre

EDICTO DE FAMILIA INFRACCIÓN PENAL (Aux. Jud.)
EXP.-2010-0931.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA.-Juez GASPAR; en la Investigación seguida contra los adolescentes de iniciales F.M.CH.D, A.J.Q.Q. y M.A.B.H. sobre Infracción a la Ley Penal-Robo Agravado, en agravio de JEAN PAUL SARAVIA DIAZ, ha ordenado notificar a los nvestigados mediante extracto de Resolución N°.-SEIS de fecha 20.12.10: RESUELVE: 1°.-Señálese como nueva fecha para la AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS el DIA 04.01.2011, A HORA 12.00.m.; notificándose;-Secretario: Calagua.-Cañete, 20.12.2010.
Publicar: 29, 30 y 31 de Diciembre

EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente: Dr. MARTINEZ, Cita, llama y emplaza aL siguientes procesados, para que asistan a la Sala de Audiencias en la fecha señalada, se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra y defiendan de los cargos que se les imputa:
EXP.-2005-0735; a LOPEZ QUISPE CARLOS FREDY; DIA: 11.01.2011; HORA: 09.00.a.m; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Cosme Portillon Quispe; Secretario: Miranda-Cañete.01.12.2010.
EXP.-2008-0923; a VALENZUELA PALOMINO JOSE; DIA: 11.01.2011: HORA: 09.15.a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: Menor Y. B. T; Secretario: Miranda;-Cañete.01.12.2010.
EXP.-2008-0351; a GUERRA PEREZ GUSTAVO ADOLFO; DIA: 11.01.2011: HORA: 09.30.a.m.; Delito: Robo Agravado en grado de tentativa; Agraviado: Carmen Rosa Sánchez Tomas; Secretario: Miranda;-Cañete.18.12.2010.
EXP.-2009-0189; a CUETO SANCHEZ JUAN ENRIQUE; DIA: 11.01.2011: HORA: 09.45.a.m.; Delito: violación de la Libertad Sexual; Agraviado: Menor Y. P. V. M; Secretario: Miranda;-Cañete.14.12.2010.
EXP.-2008-0150; a VILLAR CASTILLO MANUEL AUGUSTO; DIA: 11.01.2011; HORA: 10.00.a.m; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad de iniciales C. D. B. M; Secretario: Miranda-Cañete. 01.12.2010.
EXP.-2008-0564; a JOSE LUIS SANCHEZ SANCHEZ Y JIMY PAUL SANTOS FERNANDEZ; DIA: 11.01.2011: HORA: 10.15.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Deyvis Chumpitaz Salhuana; Secretario: Miranda;-Cañete. 01.12.2010.
EXP.-2003-0134; a HENRY ROSARIO MATEO PAUCAR; DIA: 11.01.2011: HORA: 10.30.a.m.; Delito: Violación de Libertad Sexual; Agraviado: Menor Y. C. G. Secretario: Miranda;-Cañete.14.12.2010.
EXP.-2005-0939; a NUMA FREDY RUEDA CAYCHO, FREDY ARTEMIO CAYCHO ARIAS, JENNY MARGARITA HUAPAYA BARRIOS DE CAYCHO, MIRTHA LILIANA RUIZ GONZALES Y RICARDO ANGEL SOTELO CAYCHO; DIA: 12.01.2011; HORA: 09.30.a.m.; Delito: Colusión; Agraviado: El estado. Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2008-0583; a CARMEN ZEGARRA ARGUMEDO Y JOEL MIKE LAZARO RODRIGUEZ; DIA: 12.01.2011; HORA: 09.45.a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: Menor Y. A. C. Y; Secretario: Miranda;-Cañete.01.12.2010.
EXP.-2008-0038; a VICTORIANO ANGEL PASTOR CASTILLO; DIA: 12.01.2011; HORA: 10.00.a.m.; Delito: violación De la Libertad Sexual; Agraviado: Menor R. L. H; Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2008-0108; a JAVIER OMAR SANCHEZ LOPEZ Y ANGEL JAIME LEGARIO NARCISO; DIA: 12.01.2011; HORA: 10.15.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Eduardo Becerra Herrera; Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2008-0752; a JULIO ARMANDO NOA HUARCAYA; DIA: 12.01.2011; HORA: 10.30.a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: menor D. E. C. V; Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010

EL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAÑETE, Jueces ARONI/ FLORES / LUYO Citan, llaman y emplaza a lo siguientes procesados, para que concurran al Juzgado, en los procesos siguientes:
EXP.- 00068-2010-66; a OLIMPIO OSCAR CHAMBERGO QUISPE declarado REO CONTUMAZ, para Audiencia de Juicio Oral; Delito: Violación de Libertad Sexual; Agraviada: Menor O. CH. Y. L; se decreta su ubicación y captura a Nivel Nacional mediante Resolución dos del 22.12.2010; Asistente: Acosta.-Cañete 23.12.2010.
EXP.-00369-2010-46; a ELMER SILVA MARQUEZ declarado REO CONTUMAZ, para Audiencia de Juicio Oral; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Geraldine Fiorella Avila Ayala y otros; se decreta su ubicación y captura a Nivel Nacional mediante Resolución seis del 14.12.2010; Asistente: Acosta.-Cañete 23.12.2010
EXP.-0128-2010-58; a EDMER JOEL BALBIN ARO declarado REO CONTUMAZ, para Audiencia de Juicio Oral; Delito: Robo Agravado; Agraviado Eugenio Edgar Palacio Paccori; se decreta su ubicación y captura a Nivel Nacional mediante Resolución dos del 17.12.2010; Asistente: Romero.-Cañete 20.12.2010

EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE, Juez FLORES Cita, llama y emplaza, para que concurran al Juzgado, en el proceso siguiente:
EXP.-0491-2010-31; a JOSE ALFREDO VILCA MENDOZA declarado REO CONTUMAZ, para Audiencia de Juicio Oral; Delito: Actos Contra el Pudor; Agraviado: Menor L. N. R. L.; se decreta su ubicación y captura a Nivel Nacional mediante Resolución cuatro del 20.12.2010; Asistente: Romero.-Cañete 20.12.2010
Publicar 30 y 31 de Diciembre del 2010, y 03 de Enero del 2011.

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARIA “CAMACHO GALVEZ”
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi N° 324, de San Vicente - Cañete, se presentó doña CLARA VICTORIA LOCK ARGUEDAS, quien solicita se rectifique su Partida de Nacimiento, inscrito en la Municipalidad Provincial de Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (PARTE PRINCIPAL): DATOS DEL PADRE DE LA TITULAR DE LA PARTIDA: Dice: Manuel Lock.- Debe Decir: Manuel Lock Chang.- DATOS DE LA TITULAR DE LA PARTIDA: Dice: Clara Victoria Lock. Debe Decir: Clara Victoria Lock Arguedas. DATOS DE LA MADRE DE LA TITULAR DE LA PARTIDA: Dice: Elena Arguedas de Lock. Debe Decir: Elena Arguedas Gion. (PARTE MARGINAL): DATOS DE LA TITULAR DE LA PARTIDA: Dice: Clara Victoria Lock. Debe Decir: Clara Victoria Lock Arguedas. Lo que comunico para los fines de Ley. Cañete, 28 de Diciembre del 2010.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

EDICTO JUDICAL
Exp. N° 2009-303.- Por ante el Juzgado Especializado Civil de Cañete, el señor Juez ha dictado la siguiente Resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ.- Cañete, 17 de Agosto de 2010, publíquese un extracto de la demanda y el auto admisorio: 1.- Interpongo demanda de CAMBIO de mi segundo NOMBRE actual FERNANDO por el de ALONSO, a fin de que su despacho se sirva ordenar que es legítimo que me corresponda el de JIMMY ALONSO BUSTAMANTE GUERRA (…).
2.- RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, Cañete 14 de Agosto del 2009.- AUTOS Y VISTOS: (…) SE RESUELVE: 1.- ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JIMMY FERNANDO BUSTAMENTE GUERRA en contra del REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN y ESTADO CIVIL, MAXIMO FERNANDO BUSTAMANTE MALPARTIDA y FIDENCIA ALICIA GUERRA PALOMINO, sobre CAMBIO DE NOMBRE; debiendo sustanciarse en la vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO.
NOTIFÍQUESE a los demandados para que en el plazo de TREINTA DIAS, contesten la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía.
PONGASE en conocimiento de la presente demanda al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y a la Municipalidad Distrital de San Luis Cañete.- Una firma del doctor Jacinto Cama Quispe – Juez.- una firma del doctor Luis M. Yalán Ahedo – Secretario Judicial.
Cañete, 14 de Diciembre de 2010.
Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil
Publicar: 21, 27 y 31 de Diciembre.

30 diciembre 2010

Corte Superior de Justicia de Cañete
COMUNICADO
AMPLIACION DE LA CONVOCATORIA A CONCURSO PUBLICO PARA EL REGISTRO TRANSITORIO DE JUECES SUPERNUMERARIOS

La Comisión de Selección de Abogados para Integrar el Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios del Distrito Judicial de Cañete 2010; comunica al público en general que el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante resolución de fecha 14 de diciembre del 2010, ha autorizado la AMPLIACION DE LA CONVOCATORIA A CONCURSO PUBLICO PARA CUBRIR EL REGISTRO TRANSITORIO DE JUECES SUPERNUMERARIOS EN LAS PLAZAS DE JUECES SUPERIORES Y ESPECIALIZADOS DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE. En tal sentido, se CONVOCA a los abogados interesados que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4º de la Ley de la Carrera Judicial y con los requisitos especiales según corresponda al nivel jerárquico a asumir.
Debiendo presentar:
Solicitud dirigida a la Presidencia de la Comisiòn, indicando el nivel y la especialidad a la que postula (Juez Superior Civil y/ o Penal o Juez Especializado Civil, Penal, Familia, Laboral, Mixto), consignàndose obligatoriamente el correo electrónico y se presentará en la Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior, ubicada en la Av. Benavides Nº 657 – Distrito de San Vicente- Cañete en el horario de 8:00 am a 1:30 y de 2:15 a 4:45 pm, precisando que la Corte tiene competencia en las Provincias de Cañete y Yauyos del Departamento de Lima. El formato de la solicitud y declaración jurada se encuentran en la página web del Poder Judicial.(www.pj.gob.pe.) Clicar en el link Cortes Superiores y luego Cañete), debiéndose acompañar los siguientes documentos:

1.- Copia certificada de la Partida de Nacimiento expedida por el Registro civil correspondiente.
2.- Copia legalizada del título de abogado
3.- Fotocopia legalizada de su D.N.I vigente con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones, o en su defecto la dispensa respectiva.
4.- Tener el pleno ejercicio de la ciudadanía y de los derechos civiles
5.- Declaración jurada de no haber sido condenado, ni haber sido pasible de una sentencia con reserva de fallo condenatorio por la comisión de un delito doloso. La rehabilitación luego de cumplida una sentencia condenatoria, no habilita para postular a Juez Supernumerario.
6.- Declaración Jurada de no encontrarse en estado de quiebra culposa o fraudulenta, ni ser deudor alimentario moroso.
7.- Acreditar debidamente no presentar discapacidad mental, fìsica o sensorial, que lo imposibilite a cumplir con sus funciones.
8.- Declaración Jurada de no haber sido destituido por medida disciplinaria del Poder Judicial o del Ministerio Pùblico, ni despedido de cualquier otra dependencia de la administraciòn pùblica, empresas estatales o de la actividad privada por falta grave.
9. Declaración Jurada de no estar incurso en ninguna de las otras incompatibilidades señaladas por ley.
10.- 02 fotografìas recientes de frente tamaño pasaporte
11.- Constancia de Colegiatura del respectivo Colegio de Abogados, con indicaciòn de la fecha de incorporación y de encontrarse hábil.
12.- Curriculo vitae no documentado.

Ver anexos: Plazas vacantes y cronograma respectivo.

San Vicente 22 de Diciembre de 2010



AMPLIACION DE CONCURSO PUBLICO PARA CUBRIR PLAZAS VACANTES
DE JUECES SUPERIORES Y ESPECIALIZADOS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE

CRONOGRAMA DEL PROCESO


- Publicación de la convocatoria en los Diarios:l El Peruano y Al Dia Con Matices: 27, 28, 29 y 30 de Diciembre
- Presentaciòn de solicitudes : Del 04 al 07 de enero de 2011
- Notificación de Omisiones (*) : 10 de enero de 2011
- Subsanaciòn de Omisiones : 11, 12 y 13 de enero de 2011
- Presentaciòn de tachas (***) : 14, 17 y 18 de enero de 2011
- Traslado de tachas : 19 al 20 de enero de 2011
- Resoluciòn de tachas : 21, 24 y 25 de enero de 2011
- Examen escrito elaborado y aplicado por la AMAG : En la fecha que la AMAG señalarà
- Calificación curricular : En la fecha que la Comisiòn publicarà en su
oportunidad para aquellos que aprueben el examen
escrito.
- Examen psicològico y/o psicomètrico : En la fecha que la Comisiòn publicarà en su
oportunidad para aquellos que aprueben el examen
curricular.
- Entrevista personal pùblica : En la fecha que la Comisiòn señalarà para aquellos
que aprueben las etapas anteriores
- Publicación de resultados : En la Fecha que la Comisiòn señalarà en su
oportunidad.

(*) Notificación de omisiones se realizarà vìa correo electrònico consignado en la solicitud.
(**)Se publicarà en el Diario Oficial de Cañete Al Dìa Con Matices y en el Diario Oficial El Peruano y en la pàgina web del Poder Judicial (www.pj.gob.pe) y en las vitrinas de la sede institucional ubicada la Av. Mariscal Benavides 657.
(***)Las tachas se formularàn por escrito y debe adjuntarse prueba sustentatoria y dentro del plazo establecido en la convocatoria. El postulante harà su descargo por escrito acompañando medios probatorios pertinentes dentro del quinto dìa hábil de notificado. Las tachas seràn resueltas por la Comisiòn en el plazo de 03 dìas subsiguientes. La resoluciòn que recaiga es inimpugnable; la cual serà notificada vìa correo electrònico.
LA COMISION

SE VIENE CONSOLIDANDO PRONTO INICIO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE...

Siguiendo el ejemplo de la Municipalidad Distrital de Chilca, hace un par de días, la Municipalidad Distrital de Lunahuaná, que lidera don Ovidio Espinoza Escajadillo, transfirió la infraestructura de la sede universitaria de la Universidad Nacional Faustino Sánchez Carrión a la Comisión Organizadora de la Univerdidad Nacional de Cañete, Francisco Quevedo Ganoza; la misma que venía funcionando en su distrito, consolidando de esta manera la en breve, puesta en funcionamiento, de la Universidad Nacional de Cañete.
De otro lado, tal y como se venía señalando, se indicó que a partir del 7 de enero del 2011, comienza a funcionar también en la ciudad de San Vicente, Chilca y Lunahuaná, la Academia Pre Universitaria de la Universidad Nacional de Cañete, la misma que proyecta realizar su primer examen de admisión en abril próximo.
Sin embargo muchos padres de familia vienen expresaron su disconformidad por la forma como se proyecta distribuir el funcionamiento de algunas facultades a nivel provincial.
Aunque todavía no hay nada oficial al respecto, ha transcendido que las Facultades de Ingeniería de Sistemas, Informática y Ambiental, funcionarian en el norteño distrito de Chilca.
En el caso del distrito de Lunahuaná, se anuncia que las carreras de Enfermería, Industrias Alimentarias y Turismo, serian las que funcionarían en dicho lugar.
Mientras que para la sede de San Vicente, hasta el momento se ha confirmado que las Facultades de Contabilidad, Administración, Zootecnia y Agronomía serian las que se abrirían en la capital de la provincia.
Para el vecino de San Vicente, la descentralización es un paso importante para promover el desarrollo de los pueblos. Sin embrago, la manera como se esta distribuyendo las facultades, dijeron no es la más adecuada y no se ajusta a la realidad del lugar donde se proyecta que funcionen.

DISTRITOS SERAN LOS MAS AFECTADOS ANTE LA TORPEZA DE EX ALCALDESA QUE HA HECHO PERDER 4´724,764.77 DE NUEVOS SOLES AL MUNICIPIO PROVINCIAL...

Tal y como lo adelantáramos el día de ayer, se confirmó el embargo en forma de retención de más de cuatro millones setecientos mil nuevos soles, de las cuentas de la Municipalidad Provincial de Cañete.
Y este embargo se lo debemos a la gestión de la ex Alcaldesa Provincial, Rufina Lévano Quispe, que tuvo la feliz idea de desconocer un contrato firmado por su antecesor Jaime Wong Barranca con la TEC Corporation, por el cual dicha empresa se comprometía a brindar el servicio de semaforización eN la capital provincial.
Tal y como ya hemos señalado, las cuentas embargadas son las del FINVER y del FONCOMUN.
Hay que recordar que el argumento que utilizó la ex alcaldesa Rufina Lévano Quispe, para romper el contrato celebrado por la Municipalidad Provincial de Cañete con la mencionada empresa, fue que el contrato era leonino y brindaba muchas ventajas a la empresa.
La controvertida ex autoridad municipal que buscó sin éxito su retorno a la comuna local, durante su administración edil además de desconocer las clausulas del contrato como consecuencia de un mediocre asesoramiento legal, tampoco busco el arbitraje para llegar a un acuerdo y evitar que TEC Corporation procediera legalmente, perjudicando la economía municipal.
Como se sabe el reciente embargo contra las cuentas del Finver y Foncomun afectarían las operaciones de pagos que se mantienen con los contratistas de las diferentes obras que la MPC viene desarrollando hasta le fecha; aunque hay que reconocer que la mayor parte dinero es de la cuenta FINVER que pertenece a todos los distritos, por el impuesto del alcabala.
José Espinoza Peña, Alcalde Provincial, lamentó que el pueblo tenga que pagar por la irresponsabilidad de una ex autoridad que no tuvo la inteligencia suficiente para evitar estos problemas, agregando que la acción emprendida por TEC Corporation era inminente a pesar de que se hicieron todos los esfuerzos legales posibles por evitarlo.

LOS MONTOS…
El Sub Gerente de Tesorería, Luis Alberto Bravo Flores, mediante Informe Nº 0184-2010 dirigido al Gerente de Administración Erick Fernando Caso Giraldo y con cargo a Alcaldía, Gerencia Municipal, Procuraduría Pública y OCI, señaló que el día 27 de diciembre se ha recepcionado por parte del Banco de la Nación, 05 Notas de Cargo por concepto de Retenciones Judiciales de fondos ordenado por el 11 Juzgado Civil Comercial de Lima por Juicio seguido por el demandante TRAFICC ENGINEERING CONTROL CORP. SA , en las siguientes Cuentas Corrientes de la Municipalidad Provincial: Cta. Cte.: 571-001306 del Fondo de Inversiones Cañete; una nota de Cargo por S/. 3’292,000.00; una segunda nota de Cargo por S/. 97,606.14; y una tercera nota de cargo por S/. 120.00, haciendo un total de S/. 3´389,726.14 nuevos soles.
De otro lado, de la Cta. Cte.: 571-018969, que pertenece al Fondo de Compensación Municipal –FONCOMUN, una Nota de Cargo por S/. 1’334,978.63; y una segunda nota de Cargo por S/. 60.00, haciendo un monto total en esta cuenta de S/. 1´335,038.63.
El Total Embargado en ambas cuentas ascienden a la nada despreciable suma de S/. 4’724,764.77.
El encargado de Tesorería demandó que su informe sea derivado a la Procuraduría Pública de la MPC, a fin de que se puedan tomar las acciones que el caso amerita, a fin de evitar el embargo definitivo, ya que dicha retención va a afectar las operaciones de pagos que se tiene a los Contratistas de Obras, así como las transferencias del 50 % de la Recaudación del Impuesto de Alcabala del Mes de Diciembre 2010 a los distritos de la Provincia de Cañete.
Este desenlace se veía venir ya que la empresa tenía todas las de ganar pero que el Embargo de las cuentas se da justo en momentos de la transferencia de gestión y será una de las «bombas» que tendrá que desactivar la nueva alcaldesa.
Serán los asesores legales de María Montoya quienes tendrán que llevar adelante acciones legales como una Medida Cautelar para impedir que se efectivice el embargo toda vez que recién en el mes de Enero podrían hacer efectivo el cobro del dinero lo que ocasionaría todo un desbalance iniciando la nueva gestión edilicia.

SE BUSCO
LAUDO ARBITRAL…
Es preciso señalar que durante la gestión del hoy presidente regional, Javier Alvarado, mediante Adjudicación de Menor Cuantia Nº 010-2008-SS-MPC en el 2008 –vale decir un año después que denunciará lo que le dejaba Rufina Levano- entregó el caso de la defensa del laudo arbitral en contra de TEC CORPORATION a manos del abogado Víctor Madrid Horna, único postor en el proceso. El profesional por el patrocinio recibió una suma total de 21 mil nuevos soles como concepto por honorarios; sin embargo, por los resultados que hoy se tienen, es muy poco lo que se logró ante tamaña inversión.
Madrid Horna es especialista en el tema arbitral, egresado y docente de la Universidad Católica y colaborador asiduo en revistas especializadas sobre dicho tema.
Hay que reconocer que si el embargo hasta el día de hoy no se había materializado, se debió más que nada a las argucias legales que presentaron Ari Toulier y Wanus Gonzáles durante la presente gestión, pero en definitiva, en cualquier momento se hubiera producido el embargo de las cuentas ediles.
La nueva gestión que en pocos días asumirá tendrá que estar preparada, porque de no cumplirse los pagos en forma puntual, a los contratistas que vienen ejecutando diversas obras, se vendría una serie de demandas y hasta juicios que darían una mala señal a la naciente gestión de María Montoya.
Finalmente, hay que reconocer que este embargo nos deja una amarga lección, y cobra mucha vigencia lo que señalara hace algunos días, Pedro Pablo Kuczynski candidato a la Presidencia de la República, por «Alianza para el Gran Cambio», al indicar que de llegar a la presidencia, no revisaría ningún contrato firmado por su antecesor, y se limitaría a cumplir todo lo que se haya pactado; pero los que firme de llegar a la presidencia los revisara minuciosamente para sacarle la mayor ventaja posible; sin duda, sabios concejos, que hay que cumplir al pie de la letra, si no queremos que cosas como las que ocurre hoy en el municipio provincial, se repitan.
EDICTO
Exp. N° 755-2010.- Ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial, Juez: Dra. Alicia Isabel Valdivieso Roque: Secretario, Dr. Ricardo Lovera Hernández, MARIA TERESA CARRILLO VICENTE, solicita la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO de su esposo fallecido JUSTO JESUS GUERRA, a fin de que se rectifiquen los apellidos del padre de su esposo, ya que dice ALBERTO GUERRA, siendo lo correcto “ALBERTO JESUS RUIZ”. Asimismo se ha consignado erróneamente los nombres de su madre como SECUNDINA GONZALES, siendo lo correcto “SEGUNDINA GUERRA GONZALES”, su edad cronológica aparece 26 años, cuando corresponde a su edad cronológica 33 años. Se comunica para los fines de Ley.
27 de Diciembre del 2010.
Dr. Ricardo Lovera Hernández
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Corte Superior de Justicia de Cañete

PRESIDENTE DE CORTE MONITOREA INVENTARIO DE EXPEDIENTES EN CORTE SUPERIOR DE CAÑETE

En virtud de la Resolución Administrativa N° 407-2010-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el pasado martes 28 de diciembre del 2010, la Presidente de esta Corte Superior, Dra. Silvia Rueda realizó el monitoreo y evaluación del Inventario Nacional de Expedientes Principales, Cuadernos y/o Incidentes a fin de que los diferentes Juzgados dispongan de una base real de información de la carga procesal, para efectos de una adecuada toma de decisiones en materia de descarga procesal; además para el establecimiento de metas de producción judicial por parte de los jueces de las diferentes instancias.
La Dra. Silvia Rueda Fernández, visitó los diferentes órganos jurisdiccionales acompañada de la responsable de la Unidad de Informática para supervisar el adecuado uso del aplicativo informático, a fin de facilitar a los órganos jurisdiccionales el registro de la respectiva información. Asimismo, dicha resolución señala que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, tienen la responsabilidad de monitorear y evaluar el adecuado registro de datos derivado del inventario de los respectivos órganos jurisdiccionales, y sobre la base de los resultados proponer a las instancias correspondientes las acciones pertinentes.
Cabe señalar que la mayoría de órganos jurisdiccionales de la sede central han realizado la depuración y actualización de los Expedientes y en algunos casos han remitido al archivo central.
Los órganos jurisdiccionales de cada Distrito Judicial deberán entregar a la respectiva Presidencia de Corte Superior de Justicia la información del inventario, la cual a su vez remitirá al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el inventario consolidado del Distrito Judicial en medio magnético (CD), dentro de los cinco días calendario de haber concluido el inventario.

ASPECTOS CRÍTICOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Por: Silvia Consuelo Rueda Fernández

El sistema de administración de justicia organizado y concebido como un medio de heterocomposición de solución de conflicto de última ratio, no goza de la aceptación y ventajas de otros mecanismos que dependen de la voluntad de las partes y que objetivamente pueden ser más adecuados en términos de satisfacción y costo en la solución reduciendo los efectos del conflicto, como sucede con la conciliación, transacción, negociación. Cuando y donde no son posibles ni útiles los otros medios de solución, el sistema de administración de justicia respaldado por el poder público y garantizado en el artículo 139 de la Constitución Política, brinda el acceso a una vía donde el Juez un tercero imparcial e independiente tiene la elevada misión de impartir justicia garantizando la protección de los derechos y bienes jurídicos, actuando en un proceso judicial cuya finalidad es resolver el conflicto reponiendo la paz social. En esta labor de larga data, permanente y necesaria presencia, muchos cambios se han dado y otros se exigen tratando de mejorar el sistema que si bien no es perfecto es perfectible, tanto más si se trata de resolver con justicia los casos humanos y pretensiones de diferente naturaleza, donde al final siempre se espera una decisión justa; empero las decisiones judiciales no dejan de ser cuestionadas y el porcentaje de aceptación del Poder Judicial es reducido frente al alto índice que alcanza la percepción de corrupción. El sistema tiene aspectos críticos que lo hacen vulnerable no solo a la percepción sino también a espacios y prácticas de corrupción e impunidad demandando medidas, estrategias de prevención y control, que permitan garantizar y proyectar la esperada legitima decisión judicial justa, y no « La Justicia en Tiempos de Desconfianza y Miedo» (1) como titula su libro el doctor Roberto Mac Lean y cita entre paréntesis y letras mayúsculas reclamando ser oído, el siguiente texto: «Historia íntima de su libertad enamorada y de la justicia que Dios defiende por la voluntad general de los pueblos, en tiempos de escepticismo, de indiferencia, y de miedo: La imposible conquista de lo obvio», expresión propia de quien reclama un derecho de justicia que le pertenece y que sin embargo encuentra escepticismo, indiferencia y miedo, en un sistema que debería más bien garantizar los derechos fundamentales como el de acceso a la justicia y tutela jurisdiccional efectiva.

Rezago procesal: El retraso denominado también rezago procesal es señalado como punto crítico de la administración de justicia, en tanto impide el acceso a una decisión final dentro de los plazos y términos legales -justicia pronta-. El justiciable espera salir exitoso del proceso judicial y en esa espera es mayor la expectativa sobre el sentido de la decisión, como señala Azuela Guiton «… esto es no que se les dé la razón, sino que sirve para que sepan simplemente a que se atienen al buscar un sistema jurídico claro, pero además a un sistema judicial que con rapidez resuelva los conflictos es fundamental en una economía dinámica y globalizada como es la que hoy vivimos» (2). El retraso y demora en resolver los procesos muchas veces se produce por la excesiva carga procesal frente a la cual el Juez tiene la disyuntiva de resolver rápido bajo sacrificio de la calidad con mayor probalidad de errores por no dedicar el tiempo suficiente a cada expediente judicial; el cumplimiento de las metas procesales y la cantidad para los cuadros estadísticos es una presión continua que puede atentar contra la justeza de la decisión e incrementar las posibilidades de errores judiciales, y si bien se requiere una justicia rápida, célere, el sistema tradicional y excesivamente formalista –en vez de garantista- suele convertirse en un obstáculo que se complica con la falta de jueces y personal suficiente.
El retraso procesal no es un tema que solo afecte a la administración de justicia peruana, varios países también enfrenta esta situación y plantean diferentes alternativas, como el Plan de Transparencia del Ministerio de Justicia de España del año 2007: «Es un ambicioso proyecto destinado a conseguir una mayor transparencia de los procedimientos judiciales, reforzando los principios de independencia, imparcialidad, competencia, accesibilidad, eficacia, duración razonable en las tramitaciones, calidad, previsibilidad, igualdad y responsabilidad. Se trata de garantizar una adecuada correspondencia entre el coste y el rendimiento del servicio público». El Pleno del Congreso de Diputados de España el 22 de abril de 2002 señalaba como urgencia de la sociedad española en el siglo XXI tener una «Justicia más abierta, que sea capaz de dar servicio a los ciudadanos con mayor agilidad, calidad y eficacia, incorporando para ello métodos de organización e instrumentos procesales más modernos y avanzados»(3). En marzo del 2010, en la Universidad de Murcia en España se desarrolló un congreso con participación de especialistas y políticos, señalando el Ministro de Justicia que invertir en justicia es invertir por salir de la crisis económica. Alemania, país caracterizado por sus premisas de disciplina, orden y eficiencia, invierte mayor cantidad de su presupuesto en el sector justicia, contando con mayor cantidad de jueces y fiscales por habitantes, permitiendo el mayor acceso a la justicia y que los jueces asuman cargas prudentes de procesos judiciales evitando la sobrecarga y consecuente rezago procesal. En un estudio realizado en 37 países, Edgardo Buscaglia plantea la simplificación de procesos, modernización y uso de nueva tecnología para superar las deficiencias en los sistemas de justicia, además de la capacitación de los operadores. En el Perú se aplican gradualmente nuevos sistemas procesales que contribuyen a la celeridad como el Nuevo Código Procesal Penal y la Nueva Ley Procesal del Trabajo que coinciden en la oralidad, concentración de etapas en audiencia estelar, eficiencia, efectividad, transparencia, publicidad, con reducción de quejas funcionales.

Desconfianza: La falta de confianza es un aspecto que conduele a la justicia y afecta al pueblo que requiere de jueces que les garanticen y brinden protección cuando sus derechos y bienes jurídicos son vulnerados; jueces que gocen de legitimidad y brinden confianza a los usuarios de que resolverán con justicia, imparcialidad y transparencia. Empero los casos de corrupción, la ineficiencia, la lentitud de los procesos, el desconocimiento y complejidad de los instrumentos y vías procedimentales ocasionan que se perciba a los procesos judiciales como inaccesibles, complicados y al Poder Judicial como una institución poco confiable e ineficaz, señalando Roberto Mac              Lean que en el Perú los índices de confianza en lo que se refiere a la justicia de acuerdo a los datos históricos son muy bajos. El autor recomienda un dialogo verdadero y serio; a este dialogo sería positivo sumar no solo a la comunidad y operadores, sino en un dialogo permanente en cada caso de justicia con inclusión del principal interesado -el usuario-, dialogo traducido en sentencias entendibles que relaten con claridad y en forma completa las razones de la decisión exponiendo y sustentando la decisión judicial; un dialogo coherente con decisiones judiciales predecibles, y un dialogo verdadero en los talleres que permitan acercarse y escuchar los reclamos y sugerencias de los usuarios y la comunidad, como lo está llevando Ocma.
Cultura Jurisdiccional: La población suele reclamar justicia y confundir las instituciones y autoridades creyendo que los miembros de la Policía Nacional, Ministerio Público son también parte del Poder Judicial, cuando lo correcto es que son parte del Sistema de Justicia mas no del Poder Judicial; por otro lado desconocen cómo funciona el sistema y de reglas procesales, acudiendo a los procesos judiciales sin asesoría legal, o sin un abogado permanente en procesos judiciales donde todo es reglado y aún siendo escrito u oral requiere de defensa técnica legal anterior al inicio del proceso judicial hasta su conclusión y ejecución, sin embargo las consecuencias adversas por no contar con adecuada asesoría legal o nula defensa, las imputa al Magistrado o al personal jurisdiccional; ello debido a que la mayoría de las personas carecen de cultura jurisdiccional, la que también se manifiesta cuando pese a acudir al Poder Judicial para que se resuelva su conflicto de intereses, al final no aceptan la sentencia y se oponen férreamente a su ejecución cuando le es contraria a sus intereses e incluso hablan de corrupción manchado la imagen del Juez y del Poder Judicial; señalando al respecto Mariano Azuela: « Es cómodo lanzar alabanzas y elogios al Juzgador cuando uno ha ganado y fácil lanzarle improperios cuando se ha perdido. La verdadera grandeza reside en reconocer la majestad de quien imparte justicia». (4) Se requiere de una cultura jurisdiccional en la población que conlleve a conocer el sistema de justicia, aceptar, respetar al magistrado y sus decisiones judiciales.

Perfil del Magistrado: Un sistema de justicia que brinde confianza y respeto, efectivo y eficiente, con decisiones justas y oportunas, requiere de profesionales que cumplan el perfil del magistrado, que se materialice en sus actos y labores diarias desempeñadas con eficiencia, honestidad, probidad, responsabilidad, sentido de justicia, vocación de servicio, que constituya el primer garante de los derechos fundamentales y sobre todo respetuoso de los derechos de cada una de las personas y usuarios que están atentos y a la espera de su labor de justicia.
(1) MACLEAN UGARTECHE, Roberto, La Justicia en Tiempos de Desconfianza y Miedo, Edición a cargo de la Corte Superior de Justicia de Loreto, Perú, 2008.
(2) AZUELA GUITON, Mariano, Elementos críticos sobre la Reforma Judicial en Mexico, pag, 70.
(3) En Plan de Transparencia del año 2007 del Ministerio de Justicia de España.
(4) Azuela Guiaron, Mariano, op. Cit., pag. 81.

PRESIDENTE REGIONAL ELECTO POR LIMA PROVINCIAS RECIBE APOYO DE CAÑETANOS

El electo presidente regional de Lima Provincias fue homenajeado por sus paisanos de Cañete, una de las siete provincias de la Región Lima.
Como lo reconoció el anterior presidente de esta región el señor Chui, fue Cañete la que decidió la elección de Javier Alvarado del Valle.
Al ágape fueron invitados los electos alcaldes del distrito cañetano de Lunahuaná, el empresario Luis Conislla y del, también distrito de la misma provincia, Pacarán Edwin Sánchez Cama.
Como se sabe, la Región Lima está compuesta por 10 provincias: Cañete; Yauyos; Oyón; Huaral; Canta; Cajatambo; Huarochirí. También Barranca; Huaura y Lima. Esta última provincia, por ser la ciudad capital del Perú, tiene un régimen especial como Región Lima Capital y su presidente es la alcaldesa elegida. Las 9 provincias restantes conforman la Región Lima Provincias.
El joven  empresario y nuevo presidente fue reconocido por sus paisanos y tuvo oportunidad de dar un discurso con sus reflexiones y su voluntad de seguir escalando en la política nacional hasta llegar a la más alta magistratura. El electo presidente regional estuvo acompañado por su señora madre y su esposa  Silvia y otras altas autoridades cañetanas, entre las que se encontraban dos ex, exitosas, alcaldesas de turístico distrito de Lunahuaná. La presidenta del Comité Organizador fue la entusiasta señora Lelia Luyo.

ENTREVISTA
Señor Alvarado ¿Qué falta hacer por Lima Provincias?
Hay muchas necesidades, está el tema de los servicios básicos y hay que trabajar en ello. Hay gente que no tiene agua, que no tiene luz que  no tiene atención en salud y eso es lo que me interesa: que más gente tenga calidad de vida y voy a trabajar duro en eso.
Usted es el presidente de todos los de Lima Provincias, hoy está usted reunido con sus paisanos de Cañete, ¿que tiene que decirles a los ciudadanos de las otras provincias?
Bueno, ahora hay que trabajar por las nueve provincias, incluida Cañete, que son provincias que esperan mucho de nosotros. Hay que procurar que tengan buenas carreteras y segundo que tengan cada una ambulancias para que puedan trasladar sus emergencias con eficiencia  para que tengan sus servicios médicos a tiempo.
¿En cuanto a la educación…?
Hemos prometido a los maestros que les vamos a entregar una lap top a cada uno. Vamos a apoyar mucho para que la educación mejore mucho en la región.
Hay un reto grande. En la administración anterior, Cañete no fue la prioridad. ¿Qué es lo que usted ha visto como prioridad en las otras provincias?
Bueno hay muchas necesidades, no solo las deficiencias en los servicios básicos. Está el tema de la  desnutrición que me preocupa. Hay muchos niños desnutridos, hay una mala alimentación. Además está el tema de las comunicaciones, hay pueblos que no tienen servicios de teléfonos otros ni siquiera tienen Internet. También se instalaran escuelas deportivas en diferentes distritos para fomentar el deporte en la niñez y la juventud. Nos preocupa el arte y la cultura.
Díganos señor Alvarado ¿La sede del Gobierno Regional de Lima Provincias va estar en el sur chico?
Mire eso no es facultad de un gobierno regional, eso le corresponde al Congreso de la República o del Tribunal Constitucional.
Hablando de temas personales ¿Usted acaba de hacer un recuento de su corta, pero fructífera carrera política. Ha dicho que ha sido alcalde distrital (Lunahuaná) alcalde provincial (San Vicente de Cañete, la capital de Cañete) y ahora presidente regional. Pero ha dicho de manera directa y, sin tapujos, que va camino a la presidencia de la República.
Mire, trabajaremos para ello. Yo creo que es importante soñar y como ser humano debes tratar que tus sueños coincidan con la realidad. En mi vida empresarial como política considero que tengo un 95% de eficiencia y eso hace que tengamos que trabajar para hacer un buen gobierno. Nuestro objetivo es el 2016, en que postularemos a la presidencia de la República.
¿Eso es una convicción personal o un poco de vanidad política?
No, yo creo que es un honor, para cualquier peruano servir a su país y a mi me gustaría tener el grato honor de ser el presidente de la República y así servir a mi país.
A diferencia de otros políticos que niegan u ocultan sus aspiraciones políticas, incluso, hasta el final, usted lo ha dicho directamente y lo confirma ¿a que se debe eso?
Bueno, yo creo que los amigos y los ciudadanos deben permitir concebir tus sueños, porque ese objetivo tiene que ser de todos y por lo tanto mis hermanos reunidos acá deben saber cual es el objetivo, la buena fe, el entusiasmo y las ganas que le ponga cada uno de ellos hará que nuestro sueño sea una realidad.
¿Usted considera que todas sus gestiones han sido exitosas’
Mire, los resultados se ven en las urnas. Yo fui alcalde de Lunahuaná con una votación mayoritaria del pueblo que me permitió llegar. Luego fui alcalde de la provincia de Cañete y de cada 100 habitante 83 han votado por nosotros, eso demuestra que hemos hecho un buen trabajo.
¿Tiene usted alguna crítica, que se ha quedado en el tintero?
Hay algunas cosas que se han quedado, hay mucha gente que no tiene servicios básicos que por falta de tiempo  no he ha podido dar, pero estoy seguro que hemos trabajado eficientemente y nuestra capacidad es del 98%. Un de los pocos alcaldes provinciales que ha tenido esa capacidad de obras. No lo digo yo ustedes pueden ingresar al portal del Ministerio de Economía y podrán ver la eficiencia de nuestra gestión
¿Qué deben esperar los cañetanos, luego del terremoto del 97, en que han quedado muchas cosas pendientes?
Creo que todos los cañetanos y las otras provincias tienen que esperar, tengo la convicción de trabajar por ellos.
Quisiéramos pedirle una reflexión final al empezar su nueva gestión
Quisiera pedir que no se pierda las esperanzas, que no se pierda la fe, hoy tenemos una nueva oportunidad de cambios y yo estaré a la altura de las circunstancias de trabajar, de entregarme con pasión y espero lograr una gestión en el Gobierno Regional exitosa.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRIMER JUZGADO MIXTO DE CAÑETE
EDICTO JUDICIAL
Expediente N° 2010-046 por ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, el señor Juez ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION NUMERO DOS.- Cañete seis de Agosto del año 2010. ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO que dio origen 1) A LAS TRANSFERENCIAS DESDE SU CELEBRACION EL CONTENIDO DEL CONTRATO PRIVADO DE FECHA DIECISIETE DE ENERO DEL DOS MIL UNO y DE LA ESCRITURA DE TRASPASO DE POSESION POR COMPRAVENTA DE FECHA VEINTISIETE DE JULIO DEL DOS MIL SIETE y 2) NULIDAD DE LOS MENCIONADOS DOCUMENTOS, debiendo tramitarse la misma en la VIA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO. (…) EMPLACESE la demanda a sus SUCESORES DE DON DIMAS YAYA SANCHEZ. Para que dentro de SESENTA DIAS de notificado por EDICTO absuelvan la demanda, bajo APERCIBIMIENTO de NOMBRANSELE CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento. (…) PUBLIQUESE en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «Matices» de esta localidad un extracto de la presente resolución (Auto Admisorio); por TRES VECES con Intervalo de TRES DIAS.
José de la Cruz Vargas Juez; Fdo.- Carlos Coñes Falcón.- Secretario Judicial.
Cañete, 17 de Diciembre de 2010.
Carlos Coñes Falcón
Secretario Judicial - Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 20, 24 y 30 de Diciembre

NOTARIA GARRAFA - SUCESION INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 - San Vicente - Cañete - Lima, GLORIA MARIA ARIAS ROJAS, con DNI 15405545, solicita la Sucesión Intestada de su progenitora VICTORIA ROJAS PEREZ, fallecida el 10 de Enero de 1997, teniendo como último domicilio el distrito de Quilmaná - Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley. San Vicente, 28 de Diciembre del 2010.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada - Notario de Cañete

NOTARIA GARRAFA - SUCESION INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 - San Vicente - Cañete - Lima, VICTOR BENAVIDES LLACUA, con DNI 15423595, solicita la Sucesión Intestada de su progenitor VICTOR BENAVIDES MIRANDA, fallecido el 29 de Setiembre de 1995, teniendo como último domicilio el distrito de Imperial - Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley. San Vicente, 22 de Diciembre del 2010.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada - Notario de Cañete

NOTARIA GARRAFA - SUCESION INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 - San Vicente - Cañete - Lima, VICTORIA CANDELA CARBONEL, con DNI 15348920, solicita la Sucesión Intestada de su esposo VICTOR DARIO LIRA ORMEÑO, fallecido el 24 de Octubre del 2001, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente - Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley. San Vicente, 28 de Diciembre del 2010.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada - Notario de Cañete

EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente: Dr. MARTINEZ, Cita, llama y emplaza aL siguientes procesados, para que asistan a la Sala de Audiencias en la fecha señalada, se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra y defiendan de los cargos que se les imputa:
EXP.-2009-0033; a LUIS HUMBERTO BERMEJO SAAVEDRA; DIA: 05.01.2011; HORA: 09.00.a.m; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad en Grado de Tentativa; Agraviado: menor de edad; Secretario: Miranda-Cañete.09.12.2010.
EXP.-2009-0358; a GIANCARLO SANCHEZ CARBONEL (en calidad de cómplice primario);. DIA: 05.01.2011: HORA: 09.15.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Empresa Kola Real y otro; Secretario: Miranda;-Cañete.09.12.2010.
EXP.-2003-0620; a NARCISO EDUARDO SANCHEZ ESPINOZA Y FAUSTO RENE HUAPAYA PONCE;. DIA: 05.01.2011: HORA: 09.30.a.m.; Delito: Aprovechamiento Indebido del Cargo; Agraviado: Municipalidad Distrital de Imperial y el Estado Peruano; Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2010-0014; a VICTOR ELMO HIPOLITO APOLINARIO Y HERNAN JUSTO DAMIÁN COTACHE;. DIA: 05.01.2011: HORA: 09.45.a.m.; Delito:Peculado Doloso Agravado y otro; Agraviado: Estado Peruano; Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2010-0010; a JESUS ARMANDO ALVARADO PALOMARES; DIA: 05.01.2011; HORA: 10.00.a.m; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad de iniciales D.E.O.C; Secretario: Miranda-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2009-0255; a MANUEL EMANUEL ORMEÑO SILVA ; DIA: 05.01.2011: HORA: 10.15.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Robert Nestor Ojeda Vicente y otro; Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2003-0117; a ROLANDO ANGEL CROCCO ANGULO; PEDRO GREGORIO FIGUEROA VELIZ, ROSA RAVICHAGUA AGUILAR Y YOEL ALBERTO MARAVI MEZA;. DIA: 05.01.2011: HORA: 10.30.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Melciades Juan de Dios Zárate y otros Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2007-0507; a PEDRO VICENTE PEREZ CISNEROS Y CESAR AUGUSTO BENAVENTE TORREBLANCA; DIA: 07.01.2011; HORA: 09.00.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Melciades Juan de Dios Zárate y otros Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2009-0505; a WILLIAMS GUSTAVO PALOMINO MENDOZA; DIA: 07.01.2011; HORA: 09.10.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Jose Antonio Arizaga Casas; Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2008-1035; a ESTEBAN DANIEL PISCONTI LUYO Y ENRIQUE CELEDONIO LUYO; DIA: 07.01.2011; HORA: 09.30.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Edward Isaias Izanortegui Rivera; Secretario: Miranda;-Cañete.13.12.2010.
EXP.-2002-0257; a JUAN ARTURO YAYA HUAPAYA; DIA: 07.01.2011; HORA: 09.45.a.m.; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano; Secretario: Miranda;-Cañete.13.12.2010.
EXP.-2007-0078; a JULIO LAURA MANRIQUE Y JONAS DESIDERIO VICENTE MAURICIO; DIA: 07.01.2011; HORA: 10.00.a.m.; Delito: Contra la Libertad-Actos contra el Pudor de Menor de Edad y otro; Agraviado: menor de edad de iniciales D.F.V.L.; Secretario: Miranda;-Cañete.13.12.2010
EXP.-2009-0449; a HECTOR LUIS CHAVEZ CASTILLO: DIA: 07.01.2011; HORA: 10.15.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Wilfredo Ruben Peña Pachas; Secretario: Miranda;-Cañete.13.12.2010
EXP.-2010-0065; a JUAN CARLOS ESTEBAN CHAVEZ; DIA: 07.01.2011; HORA: 10.30.a.m.; Delito: Robo Agravado en Grado de Tentativa; Agraviado: Christhian Melo Zavaleta y otro; Secretario: Miranda;-Cañete.13.12.2010
EXP.-2009-0352; a MARIA SOLEDAD CHOQUEVILCA CUNO; DIA: 07.01.2011; HORA: 10.45.a.m.; Delito: Contra la Administración Publica-Peculado; Agraviado: El Estado Peruano; Secretario: Miranda;-Cañete.13.12.2010
EXP.-2010-0001; a JORGE EBERT VITON HERRERA; DIA: 07.01.2011; HORA: 11.00.a.m.; Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual de Menor de edad; Agraviado: menor de edad de iniciales J.M.CH.V..; Secretario: Miranda;-Cañete.13.12.2010

EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE, Juez LUQUE, Cita, llama y emplaza a los siguientes procesados, para que concurran al Juzgado, en los procesos sigueintes:
EXP.-2009-0559; a HECTOR LUIS CHAVEZ CASTILLO, LUIS DAVID SANCHEZ QUISPE Y RAFAEL OSWALDO HUALLANCA SUAREZ, para diligencias de LECTURA DE SENTENCIA; DIA: 06.01.2011; HORA: 11.00.a.m. ; Delito: Lesiones Graves; bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ y disponerse ubicación y captura en caso de inconcurrencia;.-Secretario: Bautista.-Cañete,.17.12.2010.
EXP.-2006-0224; a MARCO ANTONIO REYNA DEL AGUILA, para diligencias de LECTURA DE SENTENCIA; DIA: 06.01.2011; HORA: 03.00.p.m. ; Delito: Homicidio Culposo; bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ y disponerse ubicación y captura en caso de inconcurrencia;.-Secretario: Bautista.-Cañete,.17.12.2010.
Publicar: 29, 30 y 31 de Diciembre

EDICTO DE FAMILIA INFRACCIÓN PENAL (Aux. Jud.)
EXP.-2010-0931.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA.-Juez GASPAR; en la Investigación seguida contra los adolescentes de iniciales F.M.CH.D, A.J.Q.Q. y M.A.B.H. sobre Infracción a la Ley Penal-Robo Agravado, en agravio de JEAN PAUL SARAVIA DIAZ, ha ordenado notificar a los nvestigados mediante extracto de Resolución N°.-SEIS de fecha 20.12.10: RESUELVE: 1°.-Señálese como nueva fecha para la AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS el DIA 04.01.2011, A HORA 12.00.m.; notificándose;-Secretario: Calagua.-Cañete, 20.12.2010.
Publicar: 29, 30 y 31 de Diciembre

EDICTOS PENALES
LA SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE, Presidente: Dr. MARTINEZ, Cita, llama y emplaza aL siguientes procesados, para que asistan a la Sala de Audiencias en la fecha señalada, se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra y defiendan de los cargos que se les imputa:
EXP.-2005-0735; a LOPEZ QUISPE CARLOS FREDY; DIA: 11.01.2011; HORA: 09.00.a.m; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Cosme Portillon Quispe; Secretario: Miranda-Cañete.01.12.2010.
EXP.-2008-0923; a VALENZUELA PALOMINO JOSE; DIA: 11.01.2011: HORA: 09.15.a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: Menor Y. B. T; Secretario: Miranda;-Cañete.01.12.2010.
EXP.-2008-0351; a GUERRA PEREZ GUSTAVO ADOLFO; DIA: 11.01.2011: HORA: 09.30.a.m.; Delito: Robo Agravado en grado de tentativa; Agraviado: Carmen Rosa Sánchez Tomas; Secretario: Miranda;-Cañete.18.12.2010.
EXP.-2009-0189; a CUETO SANCHEZ JUAN ENRIQUE; DIA: 11.01.2011: HORA: 09.45.a.m.; Delito: violación de la Libertad Sexual; Agraviado: Menor Y. P. V. M; Secretario: Miranda;-Cañete.14.12.2010.
EXP.-2008-0150; a VILLAR CASTILLO MANUEL AUGUSTO; DIA: 11.01.2011; HORA: 10.00.a.m; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de edad de iniciales C. D. B. M; Secretario: Miranda-Cañete. 01.12.2010.
EXP.-2008-0564; a JOSE LUIS SANCHEZ SANCHEZ Y JIMY PAUL SANTOS FERNANDEZ; DIA: 11.01.2011: HORA: 10.15.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Deyvis Chumpitaz Salhuana; Secretario: Miranda;-Cañete. 01.12.2010.
EXP.-2003-0134; a HENRY ROSARIO MATEO PAUCAR; DIA: 11.01.2011: HORA: 10.30.a.m.; Delito: Violación de Libertad Sexual; Agraviado: Menor Y. C. G. Secretario: Miranda;-Cañete.14.12.2010.
EXP.-2005-0939; a NUMA FREDY RUEDA CAYCHO, FREDY ARTEMIO CAYCHO ARIAS, JENNY MARGARITA HUAPAYA BARRIOS DE CAYCHO, MIRTHA LILIANA RUIZ GONZALES Y RICARDO ANGEL SOTELO CAYCHO; DIA: 12.01.2011; HORA: 09.30.a.m.; Delito: Colusión; Agraviado: El estado. Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2008-0583; a CARMEN ZEGARRA ARGUMEDO Y JOEL MIKE LAZARO RODRIGUEZ; DIA: 12.01.2011; HORA: 09.45.a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: Menor Y. A. C. Y; Secretario: Miranda;-Cañete.01.12.2010.
EXP.-2008-0038; a VICTORIANO ANGEL PASTOR CASTILLO; DIA: 12.01.2011; HORA: 10.00.a.m.; Delito: violación De la Libertad Sexual; Agraviado: Menor R. L. H; Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2008-0108; a JAVIER OMAR SANCHEZ LOPEZ Y ANGEL JAIME LEGARIO NARCISO; DIA: 12.01.2011; HORA: 10.15.a.m.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Eduardo Becerra Herrera; Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010.
EXP.-2008-0752; a JULIO ARMANDO NOA HUARCAYA; DIA: 12.01.2011; HORA: 10.30.a.m.; Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: menor D. E. C. V; Secretario: Miranda;-Cañete.17.12.2010

EL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAÑETE, Jueces ARONI/ FLORES / LUYO Citan, llaman y emplaza a lo siguientes procesados, para que concurran al Juzgado, en los procesos siguientes:
EXP.- 00068-2010-66; a OLIMPIO OSCAR CHAMBERGO QUISPE declarado REO CONTUMAZ, para Audiencia de Juicio Oral; Delito: Violación de Libertad Sexual; Agraviada: Menor O. CH. Y. L; se decreta su ubicación y captura a Nivel Nacional mediante Resolución dos del 22.12.2010; Asistente: Acosta.-Cañete 23.12.2010.
EXP.-00369-2010-46; a ELMER SILVA MARQUEZ declarado REO CONTUMAZ, para Audiencia de Juicio Oral; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Geraldine Fiorella Avila Ayala y otros; se decreta su ubicación y captura a Nivel Nacional mediante Resolución seis del 14.12.2010; Asistente: Acosta.-Cañete 23.12.2010
EXP.-0128-2010-58; a EDMER JOEL BALBIN ARO declarado REO CONTUMAZ, para Audiencia de Juicio Oral; Delito: Robo Agravado; Agraviado Eugenio Edgar Palacio Paccori; se decreta su ubicación y captura a Nivel Nacional mediante Resolución dos del 17.12.2010; Asistente: Romero.-Cañete 20.12.2010

EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE, Juez FLORES Cita, llama y emplaza, para que concurran al Juzgado, en el proceso siguiente:
EXP.-0491-2010-31; a JOSE ALFREDO VILCA MENDOZA declarado REO CONTUMAZ, para Audiencia de Juicio Oral; Delito: Actos Contra el Pudor; Agraviado: Menor L. N. R. L.; se decreta su ubicación y captura a Nivel Nacional mediante Resolución cuatro del 20.12.2010; Asistente: Romero.-Cañete 20.12.2010
Publicar 30 y 31 de Diciembre del 2010, y 03 de Enero del 2011.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COAYLLO
EDICTO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto con el Código Civil se hace saber que Don: EGEL MICHEL ESPINOZA HUERTO, Identificado con DNI. Nº 10337375, de 34 años de edad, natural de HUANUCO, de nacionalidad peruano, de estado Civil SOLTERO, de ocupación Comerciante, domiciliado en el Jr. García Naranjo s/n Coayllo y Doña: YSABEL MERCEDES GARCIA VILLALOBOS, Identificada con DNI. Nº 40299852, de 31 años de edad, natural de COAYLLO, de nacionalidad Peruana, de estado civil SOLTERA, de ocupación Costurera, domiciliada en el Jr. García Naranjo s/n Coayllo; Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad, acto que se llevara a cabo el sábado 08 de enero del año 2011 a horas 9:00 p.m. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciar dentro del termino y conforme lo prescrito en el Código Civil.
Coayllo, 28 de Diciembre del 2010.

29 diciembre 2010

EMBARGAN MAS DE 4 MILLONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL...

Aunque la Municipalidad Provincial de Cañete, todavía no ha sido notificada, el día de ayer la noticia corrió como reguero de pólvora. Dos cuentas de la Municipalidad Provincial de Cañete, que mantiene en el Banco de la Nación, han sido embargadas por la firma TEC Corporation que mantiene un litigio con la Municipalidad Provincial, por el tema de los semáforos. Como se sabe TEC Corporation firmó un contrato para brindar el servicio de semaforización a la MPC, y en vista de que se dejó sin efecto dicho contrato, TEC Corporation solicitó un laudo arbitral que le ha dado la razón, y que obliga a la MPC a cancelar una suma de más de 4.7 millones con costas e intereses. Monto que ahora se sabe ha sido embargado de las cuentas de FONCOMUN y la del Alcabala, ésta última cuenta tiene que ver con el FINVER.
Hay que precisar que en la Cta. del Alcalbala se deposita el impuesto generado como producto de la venta de los inmuebles, en los diversos distritos de la provincia; dinero que luego tiene que ser revertido a los municipios distritales que generaron dicho impuesto, en forma de obras. En conclusión, ese dinero embargado, no le corresponde a la Municipalidad Provincial de Cañete, sino a los distritos, que son los que producto de éste embargo, los que al final pagarán los platos rotos.

MINISTERIO PÚBLICO BUSCA PREVENIR USO DE ARTEFACTOS PIROTECNICOS ILEGALES...

Con la intención de prevenir los efectos negativos que produce la manipulación, almacenamiento y venta ilegal de productos pirotécnicos, las Fiscalías Provinciales Civiles y de Familia de Cañete, orientaron mediante charlas dirigidas a la población y escolares en diferentes locaciones de la Capital de la Provincia de Cañete.
La Primera Fiscalía Provincial Penal que dirige la Dra. Rocio del Pilar Ruiz Arrieta, realizó una labor de orientación mediante charlas en Instituciones Educativas como: «Nuestra Señora de la Concepción», «Centro de Varones», José Buenaventura Sepúlveda» y «Santa Rita de Cassia», donde se beneficiaron un total de 3681 alumnos de estos colegios y un total de 451 padres de familia, los que conocieron acerca de los riesgos a que se exponen todos en la manipulación de productos pirotécnicos ilegales, concientizando así a través de la charla y trípticos que contienen información del tema.
De otro lado La Segunda Fiscalía Civil y de Familia de Cañete, a través de la Fiscal Adjunta Dra. Shirley Valdivia Rios, hizo lo propio apersonándose con fecha 16 de diciembre a las Centros Educativos Santa Rita de Cassia, el Centro de Varones de San Vicente y la I.E. Nº 20145 de imperial, para exhortar a los docentes y alumnado en general con material informativo acerca de los efectos negativos que produce la manipulación, almacenamiento y venta ilegal de artículos pirotécnicos.
Del mismo modo representantes del Ministerio Público, visitaron con la misma intención de difundir y prevenir en temas de pirotecnia a los representantes de la parroquia de Imperial, así como en Casas Comerciales de la Av. 28 de Julio, establecimientos del Mercado Modelo de San Vicente en los puestos Nº 30, Nº 60, Nº 88 y Nº 229, pudiendo tratar personalmente con los dueños de estos puestos de venta de artículos y juguetes para niños y adolescentes, recomendándoles y colocando el afiche de «Alto al Fuego», para que de este modo se prevenga lo mencionado. Estas visitas fiscales y actividades continuarán realizándose con ocasión del Año Nuevo.

A ULTIMA HORA Y CON EL TIEMPO EN CONTRA SE CONFORMO COMISION DE TRANSFERENCIA EN LA REGION LIMA..

Luego de conformarse la Comisión Mixta de Transferencia de Gestión, un pequeño ambiente pre fabricado en donde funcionaba la actual Gerencia Regional de Recursos Humanos, fue el punto de partida del proceso de transmisión en la región Lima, el último lunes 27.
Las comisiones son presididas por el Dr. Luis Enrique Fernández Estrella quien representa al Presidente Regional electo, Javier Alvarado; y por Sonia Arce Serpa, actual Gerente General del Gobierno Regional de Lima, en representación del presidente saliente. Asimismo participa una comisión del Órgano de Control Interno del GRL presidida por César Valdivieso Cornetero.
Los presidentes de ambas comisiones trabajaron en los ambientes de la Gerencia General hasta pasadas las 7 de la noche conformando allí las subcomisiones que a partir de mañana iniciarán a su vez el proceso de transferencia. Hasta ese momento se calculaba que serán más de 120 las personas que participarán en el proceso.

Experiencia que no se debe
repetir
Al término de la ardua jornada los responsables del nuevo Gobierno Regional sostuvieron reuniones de coordinación hasta promediar la media noche. El Dr. Fernández Estrella expresó su preocupación por los plazos extremos que han regido las elecciones regionales, al punto que sólo se cuenta con 4 días para transferir la Región.
«El organigrama funcional del Gobierno Regional de Lima es muy complejo y el plazo es extremadamente corto, es una experiencia que no debe volver a ocurrir desde la ineficiencia de la ONPE al demorarse más de un mes en contar los votos de la primera vuelta, el JNE que llevó al último día la entrega de credenciales ye l propio GRL que también nos convoca en la hora nona.
Sin embargo nuestro personal va a demostrar unidad, criterio y conocimiento hasta el último minuto del presente año para garantizar el cumplimiento eficaz de su tarea», indicó.
«La transferencia implica un inventario físico detallado de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del GRL, indicando si se encuentran pendientes de saneamiento. Precisar los activos que se encuentran en condición de baja y aquellos que no han sido incorporados en el inventario de bienes.
Además se tiene que corroborar el estado en que se encuentran los libros de contabilidad, toda la documentación sobre operaciones contables y financieras», indicó el Presidente de la Comisión de Transferencia.
El gobierno entrante que preside Javier Alvarado también deberá conocer al detalle la relación del personal y su régimen de contratación, el monto de la planilla, trabajadores contratados por servicios no personales, los préstamos concedidos al personal, el inventario de sistemas informáticos y bases de datos de gestión, el grado de cumplimiento de las metas programadas, los juicios seguidos por el GRL o contra él, el acervo documentario incluido el referente a los programas sociales, de salud o de educación, la relación de las principales obras ejecutadas, entre otros aspectos de sumo interés.
Ambas comisiones y sub comisiones continuaron sus trabajos el día de ayer, martes, y hoy miércoles a partir de las 8 am se debe seguir el trabajo. La nueva gestión entrante está tratando de agilizar las transferencias en las Unidades Descentralizadas que existen en las 8 provincias restantes donde el proceso se debió iniciar ayer en horas de la tarde.