13 noviembre 2008

YULISSA VASQUEZ MATOS, REYNA DEL DISTRITO DE IMPERIAL 2008

CPM CARMEN ALTO... EJEMPLO DE UNION Y SOLIDARIDAD...
Escribe: Armando Samaniego Orellana

“La solidaridad no es un sentimiento superficial, es la determinación firme y perseverante de empeñarse por el bien común, es decir, el bien de todos y de cada uno para que todos seamos realmente responsables de todos”. Cuantas veces hemos visitado el CPM Carmen Alto del distrito de Nuevo imperial y hemos sido testigos de su desarrollo progresivo.  Gracias a la unión y solidaridad de su gente.  Ello ha quedado demostrado en las obras que se han propuesto y proyectan para bien de todos sus pobladores. 
Me encontré con Manuel  Chambergo Carhuancho poblador desde sus inicios de Carmen Alto. Conversando nos hace referencia que la parte baja fue posesionada en el año 1967 y la parte alta en 1970, ellos en principio se posesionaron en las Lomas pero SINAMO del Ministerio de Vivienda les pidieron que dejaran el lugar dándole a elegir tres lugares a trasladarse, Quilmana, San Luis o Carmen Alto.  Eligiendo todos este ultimo, es así que se trasladan a dicho lugar 200 familias quienes se instalan precariamente y desde allí planificaron su desarrollo y expansión. 
Hoy después de 38 años han logrado constituir un poblado digno de imitar. Ya que en base a la unión y la cooperación popular instrumento de transformación que creara el Arquitecto Fernando Belaunde Terry, pudieron lograr cambios sustanciales que hoy podemos apreciar y ello gracias a sus fundadores que supieron plasmar las bases de un anexo organizado y con fe en su propia capacidad de desarrollo. 

EL 20795…
Entre ellos tenemos a los señores Leónidas Huamán, Luyo, Bonifacio Chambergo, Donato Molina, Juan Sulca, Apolinario Huamán... Las obras visibles ejecutadas son: el Colegio Nº 20795 de Primaria y Secundaria hoy con 800 alumnos, cuyo director es el Prof. Guerrero, recordemos que empezó con aulas de estera y adobe para luego ser construida de material noble. Hoy cuentan con 10 aulas para bien de sus hijos. Siendo los docentes  que dejaron sus enseñanzas el Prof. Pinto, Eusebio Castillo, entre otros que la memoria no me permite recordar… 

EL 444… El Centro de Salud, La Iglesia…
Así también el Colegio Inicial Nº 444 educa a 60 niños siendo su directora fundadora la Prof. Adela Peñafiel. Los hombres y mujeres apoyaron decididamente con su mano de obra la construcción del Centro de Salud, puesto policial, la Iglesia, el local deportivo mini complejo, el parque, el local de seguridad ciudadana, el Juzgado de Paz entre otros. 
El señor Genaro Méndez promueve el agua potable y la electrificación como alcalde delegado, don Pedro Orellana gestiona y promueve el comedor Ama Quella,  así como el distrito electoral ya que cada vez que hay elecciones generales, regionales y locales se instalan 8 mesas de sufragio. 
Hoy cuentan con más de cuatro mil pobladores, entre ellos  artistas reconocidos del folklor, danza, canto y hasta cuentan con orquestas que amenizan las fiestas. Hay  cinco clubes del vaso de leche. Hombres y mujeres de trabajo que se dedican al campo, la construcción y diversas labores. Los hijos también están imbuidos de estas ganas de lograr lo que se proponen para bien y beneficio de sus habitantes. También han saneado los terrenos de manera organizada y hoy cuentan con sus respectivos títulos de propiedad que otros anexos no lo tienen. 

Unidos... Sí se puede...
Este es un digno ejemplo de unión y solidaridad, de esfuerzo, perseverancia y fe.  Esto es también Participación Ciudadana, pues están generando desarrollo sostenible para sus familias y las futuras generaciones. Aprendamos de ellos, que a pesar de sus diferencias e intereses individuales se han unido en un solo ideal que es “Mejorar su calidad de vida” y enseñar a sus hijos que “Unidos si se puede”, superando una serie de obstáculos y luchando con determinación ante la adversidad. Creo que seguirán progresando, porque este pueblo ha nacido para dar testimonio de unión y fe.
PARA SOLUCIONAR PROBLEMA CON CELEPSA... YAUYOS EXIGE COMISION DE ALTO NIVEL...
Comuneros se movilizan desde el sábado y tenían bloqueada vía Cañete-Huancayo...
Escribre: Liliana Rojas (La República)

Por cuarto día consecutivo, el día de ayer (11), cientos de comuneros se movilizaron en la provincia limeña de Yauyos y mantenían bloqueada la carretera que conduce a este lugar en protesta por la construcción de una hidroeléctrica que, según afirman, afectará su medio ambiente.
Las movilizaciones empezaron el último sábado y fueron pacíficas, pero el lunes se registraron varios enfrentamientos entre los comuneros y los policías procedentes de Cañete que intentaron despejar la carretera que conduce a Huancayo.  
No obstante, hasta anoche (11) los comuneros mantenían tomados los puentes de Huayllampi y San Jerónimo, impidiendo el tránsito. 
A consecuencia de los enfrentamientos resultaron heridos 20 campesinos que han sido evacuados al Hospital Rezola de Cañete.  Otros cinco dirigentes campesinos fueron detenidos por la policía, precisó el Consejero Regional por Yauyos, Eduardo Rodríguez, quien viajó a Lima, junto a otros dirigentes comuneros, para pedir al Ejecutivo que atienda las demandas de los comuneros de Yauyos a través de una Comisión de Alto Nivel que viaje al lugar y constate su denuncia.
Según Rodríguez, la Compañía Eléctrica El Platanal S.A., propietaria de la hidroeléctrica del mismo nombre, engañó a los comuneros ofreciéndoles beneficios, como el mejoramiento de la carretera o de la infraestructura educativa de sus comunidades, a cambio de que aceptaran la construcción de la obra.
«La empresa no ha cumplido, pero sí utilizará gran parte del agua del río Cañete, afectando las actividades agrícola y ganadera, y la crianza de camarones que son el sustento de las comunidades», concluyó el dirigente comunal.

PRECISIÓN…
El proyecto El Platanal, cuyo accionista mayoritario es Cementos Lima, empezó a ejecutarse hace dos años entre las provincias de Yauyos y Cañete. Consta de la concesión para construir dos centrales hidroeléctricas en la cuenca del río Cañete.
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
PROVINCIA DE YAUYOS

PRONUNCIAMIENTO

El que suscribe, Consejero del Gobierno Regional de Lima, representante de la Provincia de Yauyos, manifiesto lo siguiente:

PRIMERO.- Que, durante los días sábado 08, domingo 09, lunes 10 y martes 11 del presente mes, miles de pobladores de los pueblos de San Jerónimo, Huayllampi, Catahuasi, Canchán, Capillucas, Chicchicaye, Puente Putinsa, Pueblo Nuevo y Huancapuquio de la provincia de Yauyos de la Región Lima, realizaron una serie de movilizaciones en el Valle del Río Cañete, en vista que la Compañía CELEPSA (Compañía Eléctrica El Platanal S.A.) vienen incumpliendo una serie de compromisos asumidos antes de la construcción de la Central Hidroeléctrica “San Juan”, tales como contrato de personal de la jurisdicción, apoyo a la construcción de la infraestructura vial, apoyo a la construcción de la infraestructura educativa, etc, todos ellos sin indicios de inicio.

SEGUNDO.- Que, los mismos pobladores el día 11 de Noviembre tomaron los puentes principales de Huayllampi y San Jerónimo y en vista de ello los representantes de la Compañía CELEPSA trasladó desde la ciudad de Lima al lugar de los hechos, más de 400 policías a fin de reprimir a la modesta población campesina encontrándose a la fecha heridos en el Hospital de Cañete, inclusive los principales dirigentes se encuentran encarcelados en la ciudad de Cañete, tales como Genaro Vilcapuma Arbizu, Daniel Centeno Carrión, Huber Melgarejo Manrique, José Lévano Vicente y Abraham Guerra Vilcapuma.

TERCERO.- Por estas consideraciones rechazo el ejercicio abusivo del Derecho por parte de la Compañía Eléctrica El Platanal S.A. quien en complicidad con el Ministerio del Interior vienen reprimiento al modesto pueblo yauyino por reclamar sus derechos que fueron adquiridos a través de la historia, y solicito la intercesión de la prensa nacional e internacional para la liberación de los campesinos de la provincia de Yauyos.

Huacho, Región Lima, 12 de Noviembre del 2008.

Dr. Eduardo Ulíses Rodríguez Lázaro
Consejero del Gobierno Regional de Lima

CELEPSA

COMUNICADO

Ante los hechos de violencia ocurridos  en la zona de Huallampi y San Jerónimo, provincia de Yauyos;  Compañía Eléctrica El Platanal S.A. (CELEPSA) que construye la Central Hidroeléctrica El Platanal en la cuenca del Río Cañete - Yauyos desea informar a la opinión pública lo siguiente:

1.- Compañía Eléctrica El Platanal  S.A. es una empresa PERUANA que construye la Central Hidroeléctrica G-1 El Platanal, que tendrá una capacidad de generación de 220 MW y aportará al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional; vale decir, es energía eléctrica para TODOS los PERUANOS.

2.- CELEPSA desde el inicio de sus actividades (hace dos años) ha priorizado la gestión del impacto socioambiental en la cuenca. Muestra de ello es que a la fecha se viene ejecutando proyectos que asegurarán la preservación de la flora y fauna del río Cañete.  Estos proyectos se desarrollan en coordinación con las autoridades sectoriales respectivas y las comunidades campesinas. Adicionalmente, se ha firmado una serie de acuerdos con pobladores organizados y dispuestos a dialogar, para construir obras de infraestructura a favor de ellos mismos.

3.- Sin embargo, el pasado 5 de noviembre, algunos ciudadanos, sindicalistas y líderes políticos de Huallampi y San Jerónimo rompieron el diálogo con el representante de nuestra compañía y decidieron bloquear desde las 11.00 am. la carretera de penetración a Yauyos en las proximidades del Km 78.

4.- Frente a esta situación, el Ministerio Público, a través de sus representantes en Yauyos y la Policía Nacional del Perú invocaron retomar el diálogo en diversas oportunidades, desde el día miércoles 5 de noviembre. Es así que ayer, 11 de noviembre, la Fiscalía Provincial de Yauyos ordenó la apertura de la carretera y las personas agrupadas en San Jerónimo atacaron los vehículos del Proyecto y a la Policía Nacional del Perú. Este hecho, generó una situación violenta donde algunas personas quemaron parte del puente sobre el río Cacra, rompieron un canal de riego, obstaculizaron totalmente la carretera e hirieron a cuatro policías. Estos actos de violencia concluyeron con la detención de cinco personas y prosiguen las investigaciones a cargo de las autoridades.  

5.- Cabe señalar que los pueblos de Capillucas, Chicchicay, Chavín, Canchán, Catahuasi, Pueblo Nuevo, San Juan y Zúñiga, aledaños a nuestra zona de operaciones, se encuentran en situación normal y las coordinaciones con estas Comunidades Campesinas y pobladores no se ha visto obstaculizada.

CELEPSA lamenta y rechaza este tipo de actos de violencia e informa que mantendrá su disposición a retomar el diálogo con los pobladores de Huallampi y San Jerónimo en tanto se depongan las medidas de fuerza.

CELEPSA continuará con los trabajos de construcción de la Central Hidroeléctrica El Platanal y reiniciará el trabajo en proyectos sociales que viene ejecutando en los poblados organizados en normalidad.

Lima, 12 de noviembre de 2008

Compañía Eléctrica El Platanal S.A.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL

ORDENANZA MUNICIPAL N° 09-2008-MDNI

Nuevo Imperial, 31 de octubre de 2008

EL CONSEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL – CAÑETE

VISTO en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada con fecha 31 de octubre de 2008, el Proyecto de Ordenanza que propone constituir las Juntas Vecinales en el distrito de Nuevo Imperial;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 197° de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la Participación Vecinal en el desarrollo local. Asimismo, brindan servicio de seguridad ciudadana con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a Ley;

Que, el inciso 13) del Artículo 2° de la Constitución Política del Perú, señala que toda persona tiene derecho a asociarse y constituir fundaciones y diversas formas de organización jurídica sin fines de lucro, sin Autorización previa y con arreglo a Ley. No puede ser disuelta por Resolución Administrativa;

Que, el Artículo 113° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que “el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la Municipalidad de su distrito y su provincia, mediante Juntas Vecinales, Comités de Vecinos, Asociaciones Vecinales, Organizaciones Comunales, Sociales y otras similares de naturaleza vecinal;

Que, el Artículo 116° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que los Consejos Municipales constituyen Juntas Vecinales, mediante convocatoria pública a elecciones. El Consejo Municipal aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales, donde se determinan y precisan las normas generales a que deberán someterse;

Que, en consecuencia es necesario dictar la norma de convocatoria y reglamentaria que establezca la constitución de Juntas Vecinales en el distrito de Nuevo Imperial, con la finalidad que ejerzan su facultad de supervisión de la prestación de los servicios públicos locales, de las normas municipales, de la ejecución de obras municipales y otros;

Estando a lo dispuesto por la Constitución Política del Perú y al Artículo 9° numerales 8 y 14 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; y luego del debate pertinente, en la forma reglamentaria, por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente;

ORDENANZA
CONSTITUCIÓN DE JUNTAS VECINALES EN EL DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL

Artículo Primero.- Constitúyanse las Juntas Vecinales en el distrito de Nuevo Imperial; de acuerdo a lo establecido en el Artículo 116° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972.

Artículo Segundo.- Las Juntas Vecinales se rigen por la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, por la presente Ordenanza; y, por sus Estatutos.

Artículo Tercero.- Son objetivos de las Juntas Vecinales constituirse en instrumentos de integración comunal, con la finalidad de canalizar acciones de apoyo y colaboración al Gobierno Municipal, dentro del ámbito geográfico del distrito.

Artículo Cuarto.- Las Juntas Directivas de las Juntas Vecinales, están constituidas por mínimo de 5 (cinco) miembros. Un Presidente, una Secretaria de Actas, una Secretaria de Economía, un Fiscal y un  Vocal, los mismos que son elegidos democráticamente por el sistema de lista completa por el período máximo de dos (2) años.

Artículo Quinto.- Son atribuciones de las Juntas Vecinales del distrito de Nuevo Imperial:
a) Difundir las medidas de seguridad dictadas por la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad, en coordinación con esta dependencia.
b) Elegir y acreditar a sus representantes como “Vecinos Vigilantes”.
c) Canalizar la acción supervisora de los vecinos de su zona respecto de la prestación de los servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales y la ejecución de obras públicas y privadas, al amparo de lo establecido en el Artículo 116° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972.
d) Canalizar las quejas de los vecinos de su zona respecto de la prestación de los servicios públicos locales y la gestión municipal.
e) Promover la participación activa del vecindario en las facultades que le concede la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972.
f) Fomentar el desarrollo de actividades deportivas y de recreación pública en su zona  como una forma de promover la integración vecinal.
g) Motivar al vecindario a colaborar con el mantenimiento del ornato, la limpieza pública, la salubridad y otras acciones tendientes a mejorar la calidad de vida del distrito.
h) Promover acciones de bienestar social en la zona y en el distrito.
i) Motivar al vecindario a participar en las distintas acciones que emprenda la Municipalidad y la Junta Directiva.
j) Canalizar las sugerencias y recomendaciones propuestas por los vecinos para el mejoramiento de la prestación de los servicios públicos locales.

Artículo Sexto.- El Consejo Municipal, a propuesta del Alcalde, de los Regidores, o a petición de los vecinos constituyen Juntas Vecinales mediante Convocatoria Pública al Proceso de Elección y/o Renovación de las Juntas Directivas, de las Juntas Vecinales con una periodicidad de dos (2) años. Por Decreto de Alcaldía se aprobará la Reglamentación correspondiente al Proceso Electoral.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Primera.- Las Organizaciones Vecinales que tengan vigencia a la fecha de promulgación de la presente Ordenanza Municipal, podrán adecuarse a la misma.

Segunda.- Encárguese a la Oficina de Participación Vecinal, la supervisión del proceso electoral de elección y/o renovación de Juntas Directivas.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Jorge Alberto García Quispe
Alcalde del Distrito de Nuevo Imperial
COLEGIO Nº 20130  SELLÓ FIESTA DE CALANGO CON IMPLEMENTACION DE MODERNOS MOBILIARIOS EDUCATIVOS…


Viajar al cálido distrito de Calango, denominado “Capital de la Manzana Delicia”, dentro de la zona norte de la provincia de Cañete, es percibir directamente los verdes parajes y la hermosura de la cuenca del Río Mala, que hace resaltar a este bello distrito en terrenos fértiles y en la productividad de manzanas delicias, que caracteriza a este pueblo lleno de bondad, distinción de su gente  y el trabajo tesonero que desarrollan los habitantes de este lugar. 
Cuando uno arriba a su Plaza de Armas, observa la majestuosa infraestructura de la Institución Educativa Pública Nº 20130 “JESUS REY”, Alma Mater del distrito de Calango, que hoy con la moderna construcción de tres pisos, se vislumbra como uno de los pilares de la educación calanguina, todo ello gracias a la gestión del Lic. Mauro Blas Jara, Director de dicho colegio, que dentro del marco final del aniversario polìtico de Calango, dio una alegría más a esta tierra de suculentas manzanas,  al cristalizar su gestión con implementar con los módulos de mobiliario escolar a todos los ambientes educativos.

Esta gestión se realizó también con el apoyo del Congresista de la República Víctor Andrés García Belaúnde, quien desde la capital venía siguiendo conjuntamente con el Director Blas Jara, para que se concretice este equipamiento.  El traslado de estos  mobiliarios también recibió el apoyo del Alcalde de Calango, Juan Huapaya Avila; que conjuntamente con los padres de familia, hoy están orgullosos del novísimo local y mobiliario que tienen.
El colegio calanguino recordemos, el año pasado inauguró esta nueva infraestructura.  En la Región Lima Provincias, fue la única institución educativa que cristalizó su meta de tener un local moderno de tres pisos, acorde con la modernidad y el desarrollo en la búsqueda de la calidad educativa.
Desde estas páginas un agradecimiento muy especial al esfuerzo de los padres de familia, autoridades y población en general que apoyaron a la positiva gestión del Director Lic. Mauro Blas.
CAMPAÑA DE LIMPIEZA DE PLAYAS PRIORIDAD EN SAN ANTONIO… 

La Municipalidad de San Antonio, a través de su Dirección de Desarrollo Humano, en coordinación con el Ministerio de Salud MINSA,  anunció que han programado para el día de hoy, jueves 13 de noviembre, a las 10 a.m., una movilización con la finalidad de  recolectar la mayor cantidad de deshechos orgánicos y químicos que afectan el medio ambiente, principalmente en todas las playas del litoral costero de su jurisdicción, esta acción es por el advenimiento y el inicio de la temporada de verano 2009. 
Como es sabido, en los meses de verano existe una afluencia impresionante de turistas provenientes de diversos distritos de la capital y del interior del país, los mismos que inundan de basura las playas “León Dormido”, “Puerto Viejo”, “La Ensenada”, sufriendo un fuerte impacto en su entorno ambiental y la consecuente depredación de su costa y mar contiguo. 
“Espero que las personas que frecuenten estos lugares de esparcimiento familiar, adopten acciones responsables con la disposición de sus residuos, no arrojándolos en cualquier lugar. Hago un llamado a la población y a los turistas para que nos ayude seriamente en esta tarea”, recomendó Esteban Agapito, alcalde de San Antonio, quien lidera esta movilización ecológica en el citado distrito. 
“Con estas acciones vamos  ayudar a que las playas y lugares naturales puedan estar libres de contaminación. Los residuos deterioran el paisaje, pone en peligro la vida de las especies que viven en el lugar y genera focos de infección que pueden afectar la salud de las personas”..acotó el burgomaestre. 
Las playas de San Antonio están ubicadas a partir del Km. 80 de la carretera Panamericana Sur. En la temporada de verano, reciben la visita de más de un millón de turistas y veraneantes por temporada,  los mismos, que realizan diversas actividades de recreación y deporte al aire libre. 
  
Algunas Cifras…
La ejecución de esta movilización ecológica va a ser determinante para la reducción de casi el 60%  de los residuos sólidos de naturaleza plástica (envases) en riberas de las playas de San Antonio. Por eso consideramos que después de estas acciones, este estimado se va traducir mañana más tarde en playas más limpias y pobladas de fauna marina.
MÁS DE 200 MAESTROS DE OBRA SE CAPACITARON EN CONSTRUCCION ANTISÍSMICA EN ZONAS DE RECONSTRUCCIÓN...
Capacitación fue financiada por FORSUR y se dictó en oficinas de SENCICO de Ica, Pisco, Chincha y Cañete

El Fondo de Reconstrucción del Sur – FORSUR informó que un total de 221 maestros de obras y operarios de Ica, Pisco, Chincha y Cañete, se especializaron en la construcción de viviendas seguras y antisísmicas, gracias a una capacitación financiada por FORSUR. 
El programa de capacitación, denominado “Perfeccionamiento para maestros y operarios en construcción y reconstrucción de viviendas unifamiliares” se realizó en los locales que tiene el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO) de las mencionadas provincias, gracias a un convenio firmado con FORSUR en abril pasado.
Gracias a esta enseñanza los maestros de obra y operarios pudieron abordar temas como la organización y control de obra, programación de obra, tecnología de concreto, reforzamiento de estructuras, rehabilitación de edificaciones, y control de acabados, en un total de 140 horas lectivas.
En la provincia de Ica recibieron la certificación, otorgada por SENCICO, un total de 62 maestros de obra y operarios que participaron en los cuatro cursos dictados en esa zona.
En Chincha se realizaron a la fecha dos cursos en los que participaron 39 personas, mientras que en Pisco se organizaron tres cursos a donde asistieron 75 participantes.
En Cañete por su parte se certificó a 45 maestros de obra y operarios que asistieron a dos cursos realizados en la sede de SENCICO de dicha provincia.
Concluida la capacitación, los maestros de obra y operarios que participaron están en capacidad de elaborar una correcta planificación de las construcciones; realizar trabajos seguros con concreto (mezclas y pruebas de calidad del material); construcción adecuada de vigas, columnas y otros elementos estructurales; así como para realizar una evaluación y reparación de de fallas estructurales ocasionadas por los movimientos sísmicos.
Los cursos se dictaron de lunes a viernes con cuatro horas de duración. Los participantes tuvieron que cumplir como requisito necesario para llevar esta capacitación la experiencia de no menos de 2 años trabajando en construcción y haber cursado como mínimo el tercero de secundaria.
GOBIERNOS LOCALES Y REGIONALES DEBERAN ACREDITAR AL MEF OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO DE CORTO PLAZO...

La Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República aprobó el día de ayer modificar la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento Público para que los gobiernos regionales, gobiernos locales y las empresas no financieras informen al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) sobre la concertación de las operaciones de endeudamiento de corto plazo, es decir, menores a un año.
Dicha modificación figura en el dictamen del proyecto de la Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009.
Al respecto, el viceministro de Hacienda, José Arista, indicó que por operaciones de endeudamiento de corto plazo se comprende a los financiamientos sujetos a reembolso acordados con un acreedor, a plazos menores o iguales a un año.
Dichas operaciones de endeudamiento de corto plazo serán destinados a financiar proyectos de inversión.
Recordó que en la actualidad los gobiernos regionales y locales tienen la obligación de reportar al MEF sobre las deudas de mediano y largo plazo, pero no se contaba con un registro de endeudamiento de corto plazo.
Además, indicó que estas operaciones de endeudamiento de corto plazo, en el caso del gobierno nacional, se autorizan previamente mediante resolución del MEF.
En el caso de los gobiernos regionales, gobiernos locales y las empresas no financieras, estas operaciones se autorizarán por la máxima autoridad administrativa de la respectiva entidad, bajo su responsabilidad.
Por otro lado, la comisión también modificó la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento Público para autorizar que el MEF, a través de la Dirección Nacional de Endeudamiento Público (DNEP), pueda negociar y celebrar financiamientos contingentes, tales como líneas de crédito destinadas a afrontar las crisis económica y financiera a nivel internacional.
Arista mencionó que dicho cambio permitirá que exista un marco legal apropiado para que el MEF pueda usar, de ser necesario, los créditos que han dispuesto entidades multilaterales, como la Corporación Andina de Fomento (CAF), el Banco Mundial o el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para que Perú pueda enfrentar la crisis externa.
La comisión también dispuso que el MEF pueda asumir la deuda que tienen diversos pliegos presupuestarios con la Municipalidad de Lima Metropolitana por concepto de Impuesto Predial, Impuesto Vehicular, Arbitrios Municipales, entre otros, a cambio de canjearla por la deuda que tiene la Empresa Municipal de Mercados (EMMSA) con el Estado por 2.2 millones de dólares.

FEDAC: ES NECESARIO UNA ADECUADA INTERPRETACIÓN... 
DEL MANUAL  PARA  LOS  PADRES  DE  FAMILIA
Por: Marco A. Caldas Pozo – Presidente de la Federación de APAFAS Cañete

La Federación de APAFAS de la Provincia de Cañete, elabora el presente artículo con la finalidad de dar a conocer a los Padres de Familia la próxima recepción de un “Manual para Padres” y motivar su lectura e Interpretación adecuada a fin de contribuir a la mejora de la calidad educativa en la Provincia de Cañete.

PADRES DE FAMILIA ASUMEN NUEVAS RESPONSABILIDADES...
En los últimos años los Padres de Familia y las APAFAS, hemos sido receptores de mayores responsabilidades, asumiéndolas  de  acuerdo a la disponibilidad de tiempo y a la interpretación adecuada de las Normas Educativas. 
En los próximos días los Padres de Familia o Apoderados de las IEP (Instituciones Educativas Públicas) de EBR (Educación Básica Regular) y de los Niveles de Inicial, Primaria y Secundaria, recibirán en forma gratuita un Libro denominado “Manual para Padres”.

CONTENIDO DEL “MANUAL PARA PADRES”
Este Manual de 74 hojas, da a conocer los aprendizajes básicos que los escolares deben adquirir en los cursos de Comunicación, Matemáticas y Desarrollo Personal afín que los Padres de Familia participen de manera activa en el proceso de aprendizaje de sus hijos, como vigilantes de su rendimiento escolar. 

DISTRIBUCIÓN DE LOS MANUALES
El 28 de Julio del 2008, se publica en el diario oficial El Peruano la R. M. N° 0337-2008-ED, “Normas para la Distribución del Manual para Padres en IEP de Educación Inicial, Primaria y Secundaria en el ámbito Nacional 2008” con la finalidad de normar los procesos de recepción y distribución del “Manual para Padres” a los Padres de Familia o Apoderados de los Alumnos de EBR en el ámbito nacional.

ADECUADA INTERPRETACIÓN
La Federación de APAFAS de Cañete, invoca a las APAFAS y Padres de Familia  a participar de los eventos de Capacitación que realizará la Dirección de las IEP, la FEDAC,  la UGEL y la Dirección Regional de Educación, entre otros,  con el fín de brindar una adecuada interpretación al “Manual para Padres” y se logre los objetivos propuestos, pensando siempre en la mejora de los aprendizajes de nuestros Hijos.

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA FORMALIZÓ DENUNCIA PENAL CONTRA ELMER VÁSQUEZ DUEÑAS POR CUATRO DELITOS...

La magíster Sonia Arce Serpa, Gerente General Regional el pasado 07 de noviembre presentó ante el Fiscal Provincial Penal de turno de Huaura, la formalizan contra Elmer Celedonio Vásquez Dueñas por 4 cargos: apropiación ilícita, usurpación de funciones, violencia contra un funcionario público y resistencia y desobediencia a la autoridad en agravio del Gobierno Regional de Lima y el Estado, previstos en los artículos 190, 361, 365 y 368 respectivamente del Código Penal.
La Gerente General fundamenta los cargos en cuanto al DELITO DE APROPIACIÓN ILICITA, que “al apropiarse en provecho propio de los bienes muebles que se hallan en el despacho de la Dirección Regional de Educación, los cuales fueron entregados en administración, al asumir el cargo de Director Regional de Educación, que ostentaba Vásquez Dueñas, hasta el 31 de Octubre del 2008, en mérito a la Resolución Ejecutiva Regional Nº 362-2003-PRES, publicada el 12 de noviembre del 2003, siendo el plazo de su designación por dos años”, plazo que se cumplió largamente.
En lo que se refiere al DELITO DE USURPACIÓN DE FUNCIONES, manifiesta: “que habiendo sido debidamente notificado el imputado Elmer Celedonio Vásquez Dueñas del contenido de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 640-2008-PRES, pese a tener conocimiento de la aludida resolución dolosamente viene usurpando dicho cargo a la fecha, emitiendo disposiciones administrativas y de personal, así como disponiendo de los recursos y bienes del estado”.
Se establece también que Vásquez Dueñas estuvo en el cargo al momento de su cese 2 años y 9 días debido a que del 01 de noviembre del 2003 al 23 de noviembre del 2004, estuvo 12 meses y 22 días y desde el 14 de Noviembre del 2007 hasta el 31 de octubre del 2008, han transcurrido, desde que fuera incorporado por mandato judicial, un total de once meses y catorce días, que se calcularon al 31 de Octubre fecha de la Resolución de cese.
Se argumenta también que la conducta delictuosa del denunciado Elmer Celedonio Vásquez Dueñas, se configura desde el momento que teniendo conocimiento que no le correspondía ejercer la Dirección Regional de Educación ha continuado de manera ilegítima e ilegal en dicho cargo, evidenciando de esta manera la comisión del ilícito penal denunciado y la participación personal y directa del denunciado en estos hechos.
En cuanto al delito de VIOLENCIA CONTRA UN FUNCIONARIO PÚBLICO, se fundamenta que “el bien jurídico protegido en la trasgresión de esta norma penal es el cabal y normal funcionamiento de la administración pública, que a la fecha viene perturbando y obstruyendo el imputado Vásquez Dueñas. Evidenciándose la actuación dolosa del imputado en la comisión de este ilícito.
Respecto AL DELITO DE RESISTENCIA Y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD se indica en la denuncia formulada que “desobedece el cumplimiento de la ejecución de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 640-2008-PRES, significa no aceptar, negarse a admitir, incumplir el mandato dictado, en este caso, por Elmer Vásquez Dueñas como autoridad competente, afectando gravemente el bien jurídico protegido.
También se dice que la desobediencia o renuencia al cumplimiento de la referida Resolución Ejecutiva Regional que cesa en el cargo al imputado, por considerarla injusta o ilegal no puede tomarse como una justificación”.
JUDICIALES

EDICTOS
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y  defiendan de los cargos efectuados en su contra en  el  proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0370, a KARIN SARA LUI TORRES; para que concurra a la LECTURA DE SENTENCIA, en condición de Tercero Civilmente Responsable; Día: 20/11/2008, Hora: 16:00 p.m., por el Delito: CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD – LESIONES CULPOSAS;  agraviado: ESTEVIN UTANI HUAYTA. Bajo apercibimiento de llevarse a cabo sin su presencia. Cañete, 30/10/2008.
SECRETARIO: FLORES

EXP. 2006-0164, a MARIO DAVID FUENTES GUERRA, JUAN FELIPE LOLI DEL RIO y OFELIA LUYO SUAREZ; para que concurran a la LECTURA DE SENTENCIA, Día: 20/11/2008, Hora: 12:30 p.m., por el Delito: ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR y OTROS; agraviado: CAJA MUNICIPAL DE AHORRO y CREDITO DE CHINCHA y OTROS. Bajo apercibimiento de ser declarado REOS CONTUMACES  y ordene su  captura  en caso de inconcurrencia. Cañete, 31/10/2008.
EXP. 2007-0770, a PEDRO ALBERTO SAMAN GUERRA, para que concurran a la LECTURA DE SENTENCIA, Día: 20/11/2008, Hora: 16:00 p.m., por el Delito: CONTRA EL PATRIMONIO – HURTO AGRAVADO; agraviado: WENDY ELIZABETH MOSCOSO VELASQUEZ. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ  y ordene su  captura  en caso de inconcurrencia. Cañete, 24/10/2008.
EXP. 2007-0074, a MARCELINO SAMUEL HUAMAN REYNOSO; para que concurra a la LECTURA DE SENTENCIA, Día: 27/11/2008, Hora: 15:00 p.m., por el Delito: CONTRA LA FAMILIA – OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR; agraviado: KIMBERLY GIANELLA CHAVEZ ARMAS. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ  y ordene su  captura  en caso de inconcurrencia. Cañete, 23/10/2008.
SECRETARIO: CASTILLO 
11, 12 y 13 de Noviembe

EDICTO
EXP. 2008-0337 sobre Violencia Familiar; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Juez Garnica, ha dictado las resoluciones siguientes: RESOLUCIÓN N° 01, de fecha junio del 2008, RESUELVE: 1°)Admitir la demanda interpuesta por el Ministerio Público, contra JORGE LUIS PALOMINO YAURI sobre Violencia Familiar – Maltrato sin Lesión en agravio de Sarita Graciela Obregón Rojas, Tramítese a las pautas del proceso único; traslado al presunto agresor Jorge Luis Palomino Yauri  por el plazo de quince días , bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal. 2°)Ordenó que el demandado Jorge Luis Palomino Yauri se abstenga de todo tipo de violencia familiar en agravio de Sarita Graciela Obregón Rojas, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. Fdo. Juez Garnica, Secretaria Mesías. Cañete,  

EXP. 2008-0469 sobre Violencia Familiar; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Juez Garnica, ha dictado las resoluciones siguientes: RESOLUCIÓN N° 01, de fecha junio del 2008, RESUELVE: 1°)Admitir la demanda interpuesta por el Ministerio Público, contra FAUSTINO VICTOR AGUADO LOPEZ sobre Violencia Familiar – Maltrato Psicológico  en agravio de MARITZA JULIA GABRIEL GUTIERREZ, Tramítese a las pautas del proceso único; traslado al presunto agresor Faustino Victor Aguado López por el plazo de quince días, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal. 2°)Ordenó que el demandado Faustino Victor Aguado López se abstenga de todo tipo de violencia familiar en agravio de Maritza Julia Gabriel Gutiérrez, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. Fdo. Juez Garnica, Secretaria Mesías. Cañete,  
SECRETARIO: MESIAS
11, 12 y 13 de Noviembre

EDICTOS
EL JUZGADO MIXTO DE MALA, Juez VILLANUEVA, cita, llama y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y  defiendan de los cargos efectuados en su contra en  el  proceso que se les sigue:
EXP. 2008-0069, a PERCY OSCAR ROBLES BRONCANO; para que rinda su instructiva, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE  y ordenarse su captura a nivel nacional; por el delito: HOMICIDIO CULPOSO;  agraviado: ROLY TARAZONI GARCIA VALERIANO. Cañete, 10/10/2008.
EXP. 2007-0327, a JOSE ANTONIO CASANA ALZAMORA; para que rinda su instructiva, día: 28/11/2008, hora: 10.00 a.m. bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE  y declararse su captura a nivel nacional; por el delito: XX;  agraviado: NN. Cañete, 10/10/2008.
SECRETARIO: SARTORI
11, 12 y 13 de Noviembre

EDICTOS
LA  SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, PRESIDENTE MARTÍNEZ; cita  y  emplaza  al siguiente procesado para que asista a la Sala de Audiencias y responda por  los cargos  que se le imputa  en  el   proceso  siguiente:
EXP.-2002-0115, a BLADIMIR LENIN TUPIÑO FABIAN ó BLADIMIR TUPIÑO FABIAN; delito: CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD – HOMICIDIO CALIFICADO;  agraviado: ELIO HERMÓGENES PAMPAS ZURICHAQUI. Cañete, 30/10/2008.
SECRETARIO: PERALTA
11, 12 y 13 de Noviembre

EDICTO
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez VENTURA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y  defiendan de los cargos efectuados en su contra en  el  proceso que se les sigue:
EXP. 2000-02878, a MIGUEL ANGEL PEÑA SAMANIEGO; por el Delito: CONTRA LA SALUD PUBLICA – TRAFICO ILICITO DE DROGAS – MICRO COMERCIALIZACION DE DROGAS; agraviado: ESTADO PERUANO. Cañete, 04/11/2008.
EXP. 2004-00468, a JUAN BENANCIO SILVERA BELLIDO; por el Delito: CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD – LESIONES LEVES A MENOR DE EDAD; agraviado: J. A. S. S. Cañete, 04/11/2008.
SECRETARIO: VIVAS
11, 12 y 13 de Noviembre

EDICTO
EXP.-2008-00107.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores; en los seguidos por el MINISTERIO PUBLICO A ha favor de la menor C.E.T.M. sobre ABANDONO MORAL Y MATERIAL,  se ha ordenado publicar extracto de la Resolución 23 de fecha 28/10/2008, Señalar fecha para la continuación de la Audiencia de Esclarecimiento para el día: 09/12/2008  hora: 11:00 a.m., en la cual se recibirá la declaración de MARIA MENDOZA MENDOZA, notificándose mediante EDICTO.  -Fdo.-Secretaria Herrera.-Cañete.-28/10/2008. 
SECRETARIO: HERRERA
11, 12 y 13 de Noviembre

SUCESION INTESTADA
Exp. Nº 2008-00534.- Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Señorita Juez Doctora Patricia Martínez Guando y Secretaria Elizabeth Ada Yaya Alcalá, don LUIS ALEJANDRO PELAEZ GARCIA solicita la SUCESION INTESTADA de quien en vida fuera FORTURNATA GARCIA RIVERA, fallecida en San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, el 19 de Diciembre del 2007.
Lo que se publica conforme a Ley.
Cañete, 29 de Octubre del 2008.
Elizabeth A. Yaya Alcalá
Secretaria Judicial
Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete
PODER JUDICIAL
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

CONVOCATORIA N° 001-2008
                                                                                             
BASES DEL CONCURSO INTERNO DE ASCENSO PARA CUBRIR PLAZAS VACANTES Y PRESUPUESTADAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE 

I. OBJETIVO Y FINALIDAD DEL CONCURSO 
Seleccionar al personal de mayor idoneidad al puesto, mediante la evaluación de los conocimientos y habilidades de los trabajadores del Poder Judicial que estén interesados en acceder a una plaza vacante y presupuestada de mayor nivel, responsabilidad y remuneración. 

II. ALCANCE
Podrán participar todos los trabajadores del Poder Judicial, bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 (sin importar su condición contractual). Además las personas que se encuentren contratados por  Servicios no Personales. En todo los casos deben contar con una antigüedad mínima de 02 años prestando servicios ininterrumpidos en la Institución.
Cada trabajador interesado podrá postular a una sola plaza vacante y presupuestada. Quien presente más de una postulación será separado automáticamente del proceso, sin derecho a rectificación.

III. BASE LEGAL.
- Constitución Política del Perú
- Ley Orgánica del Poder Judicial.
- Presupuesto Analítico de Personal, aprobado mediante R.A. N° 214-2008-P/PJ.  
- Cuadro de Asignación de Personal, aprobado mediante R.A.N°030-2002-P/PJ.
- Ley N° 29142 del Presupuesto del Sector Público para el Año fiscal 2008.
- Perfil de cargos para los trabajadores del Poder Judicial sujetos al Decreto Legislativo 
  N° 728, aprobados mediante R.A. N° 604-2003-GG-PJ.
- Manual de Organización y Funciones de la Corte Superior de Justicia de Cañete, 
  aprobados mediante R.A. N° 031-2004-P-CSJCÑ/PJ
- Reglamento Interno de Trabajo, aprobados mediante R.A. N° 010-2004-CE-PJ.
- Escala de Bono por Función Jurisdiccional para los trabajadores del Poder Judicial, 
  aprobado mediante R.A. N° 191-2006-P-PJ.
- Ley N° 27050, Ley de la Persona con Discapacidad.
- Reglamento para el desarrollo de concurso de selección de personal en el Poder Judicial. 
  Directiva N° 004-2008-CE-PJ, Aprobado por R.A. N° 22-2008-CE-PJ.

IV.-  CANTIDAD DE PLAZAS A CUBRIR POR CONCURSO:

PLAZAS VACANTES Y PRESUPUESTADAS: CANTIDAD
Relator de Sala: 02
Secretario de Sala: 01

PLAZAS POR DEPENDENCIAS

CARGO DEPENDENCIA CODIGO   Nº PLAZA
01 Relator de Sala  Sala Civil  RS-SC   004922
02 Relator de Sala Sala Penal RS-SP   005289
03 Secretario de Sala Sala Penal SS-SP   005567

V.-DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA POSTULACION (Contenido del Expediente) 
a) Ficha del Postulante debidamente llenada (Anexo N° 03).
b) Declaración Jurada de no incurrir en incompatibilidad por parentesco, ni tener antecedentes penales ni policiales (Anexo N° 04).
c) Si el personal es discapacitado, deberá presentar el certificado de discapacidad permanente e irreversible, otorgado por institución competente que lo acredite como tal.

VI.-REQUISITOS GENERALES PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE
a) Tener una antigüedad mínima de dos (02) años de servicio ininterrumpido en la institución bajo los alcances de los D.L. N° 728 (sin importar su condición laboral) o de servicios no personales. 
b) No haber sido sancionado con medida disciplinaria de Multa o de Suspensión en los seis (06) meses anteriores a la fecha en que  presenta su postulación (Consentida y/o ejecutoriada).
c) No haber sido ascendido en los doce (12) meses anteriores a la fecha en que postula.
d) No estar incurso en incompatibilidad por razón de parentesco previsto en el artículo 198° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

VII.- PROCEDIMIENTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN 
El anuncio de la convocatoria será publicado en el Diario Encargado de los Avisos Judiciales del distrito judicial, y en la Página Web del Poder Judicial, del  10 al 21 de noviembre del presente año 2008.
Las Bases de éste concurso se remitirán vía courier y correo electrónico a todas las dependencias del Distrito Judicial de Cañete, a fin de que se expongan en los paneles o vitrinas a las que tienen acceso los trabajadores. Paralelamente serán remitidas, vía correo electrónico, a todos los Presidentes y Administradores de las Cortes Superiores de Justicia del país.
La presentación de los documentos será en la Oficina de Administración- Área de Personal  de la Corte Superior de Cañete, sita en Av. Condoray Manzana “A-2” Lote Nº 09, Urbanización Las Casuarinas, Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, desde el día 24 al 28 de noviembre del presente año,  en horario de oficina, 8.00 am a 1.30. pm. y de 2.15 pm. a  4:45 pm. 
Para el presente concurso de selección se tomará en cuenta los siguientes criterios de evaluación:

A. Evaluación Curricular.
Evaluación del Perfil Académico y Profesional.
a) El postulante que no alcance a cubrir el perfil requerido para el puesto será descalificado obteniendo automáticamente cero  (00.00) puntos. 
b) El postulante que cumpla con el perfil requerido para el puesto, estará calificado obteniendo automáticamente 15 puntos y pasará a la siguiente etapa del concurso.
c) El postulante que exceda el perfil requerido para el puesto; no recibirá puntaje adicional a los quince puntos. Esta situación se anota en la Hoja de Observaciones del concurso de Selección, para que el comité Permanente de Selección tenga un criterio adicional al momento de realizar la entrevista Personal. 

Se revisará que los postulantes no tengan en su legajo personal observaciones o recomendaciones negativas realizadas  por la Oficina de Inspectoría, en caso de tenerlas, el Comité permanente de evaluación decidirá la continuación del postulante en el proceso su decisión se formalizará mediante acta administrativa.
Esta evaluación se inicia con la existencia mínima de dos postulantes por cada puesto convocado.

B. Evaluación de Conocimientos, Psicotécnica-Psicológica.- 
1.- La prueba de conocimientos, se realizará el 09 de diciembre, se aprueba con la obtención mínima de 18 puntos y es eliminatoria, es decir que su desaprobación descalifica automáticamente al postulante y lo retira del concurso de selección. Únicamente quienes obtengan un puntaje igual o superior rinden las pruebas psicológicas. El puntaje máximo que pueda obtener cada postulante en la prueba de conocimientos es 30 puntos.
2.- La prueba psicológica, se realizará el 17 de diciembre, se aprueban con la obtención mínima de 18 puntos. El puntaje máximo que pueda obtener cada postulante en las pruebas psicológicas es 30 puntos.

El puntaje máximo que podrá obtener cada postulante en esta fase será de 60 puntos.

C. Entrevista Personal.
La finalidad de la entrevista personal es identificar a los   postulantes más competentes para ocupar cada una de las vacantes.  Se realizará el 29 de diciembre del presente año, por la Comisión Permanente de Evaluación. 
El número de postulantes aptos para pasar a la etapa de entrevista personal serán los que hayan obtenido los 03 puntajes más altos para el cargo al que postulan, como resultado de la suma de las puntuaciones de la evaluación curricular la prueba de conocimientos y la prueba psicológica.
Cada miembro de la Comisión permanente de selección otorga de manera independiente y personal a cada postulante entrevistado la calificación que considere justa. El puntaje que obtiene cada postulante en esta evaluación resulta de promediar los puntajes otorgados por cada miembro de la comisión de selección.
La puntuación máxima de la entrevista personal es de 25 puntos. 
El ganador será el candidato que luego de pasar satisfactoriamente las etapas del concurso, obtenga el mayor puntaje acumulado siendo el puntaje mínimo aprobatorio de 64 puntos.
La comisión permanente de selección otorgará una bonificación adicional equivalente al 15 % de su puntaje acumulado final de la evaluación, al postulante discapacitado que certifique su condición al momento de presentar su postulación. Este certificado de discapacidad permanente e irreversible es otorgado por la Instituciones que señala la Ley (Establecimientos del Ministerio de Salud, Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa y ESSALUD) o la resolución ejecutiva de inscripción en el Registro Nacional de la persona con discapacidad a cargo del CONADIS, según lo señalado en el Art. 53 del Reglamento de la Ley N° 27050, aprobado por D.S N° 0003-2000-PROMUDEH y su modificatoria señalada en al Art. Primero del D.S. 003-2006-MIMDES.
 Caso contrario, la Comisión de Evaluación Permanente   declarará desierta dicha plaza y autorizará su cobertura a través de la convocatoria a un próximo Concurso de Incorporación (Concurso Externo).
La declaración de los ganadores de la plaza convocada será informada formalmente al Gerente General del Poder Judicial.
Todo aspecto no contemplado en estas bases, será resuelto de conformidad a la Directiva N° 004-2008-CE-PJ.

VIII.- PERFIL ACADEMICO DE LA PLAZA DE RELATOR Y SECRETARIO DE SALA  

TITULO DEL PUESTO: RELATOR /SECRETARIO DE SALA SUPERIOR
OBJETIVO DEL PUESTO: 
Realiza labores jurisdiccionales, de apoyo y asistencia en las Salas Superiores. Apoya a los vocales superiores en las actuaciones o diligencias que se realizan dentro o fuera del local jurisdiccional respectivo, proyectan sentencias, oficios, memorandums, etc de su Sala.

PERFIL
1. Requisitos personales:
· Peruano de Nacimiento, ciudadano en ejercicio
· Edad: mayor de 23 años
· Incompatibilidad: No contar con antecedentes penales, judiciales. 
2. Formación: 
· Título de Abogado, debidamente colegiado y habilitado.
3. Habilidades requeridas:
· Conocimiento de los derechos procesales: Derecho Civil / Penal, Derecho Constitucional, 
  Derecho Administrativo, Derecho Laboral, Derecho de Familia, según corresponda. 
· Dominio de comunicación escrita y oral.
· Comprensión de lectura.
· Conocimiento del entorno de la actividad profesional. 
· Habilidad para atender al público y redactar con rapidez todo tipo de documentos. 
· Manejo de equipos de oficina (fotocopiadora, fax, calculadoras, teléfono, etc.).
· Conocimiento de computación: Procesador de textos y de ser posible hoja de cálculo.
4. Experiencia
· Experiencia mínima de dos años  ininterrumpida como secretario de juzgado o de haber ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitaria en disciplina jurídica por igual término.
5. Competencias de personalidad 
· Dinamismo y proactividad.
· Capacidad de análisis de los problemas.
· Autoorganización
· Confidencialidad
· Dinamismo y pro actividad.
· Flexibilidad 
· Honradez y Honestidad.
· Integridad 
· Responsabilidad (por personas y documentos).
· Tolerancia para trabajar bajo presión.
6. Autonomía en el trabajo 
· Recibe supervisión de sus superiores de las tareas de cargo. 
· Requiere de criterio e iniciativa.
7. Supervisión
· Ejerce supervisión sobre los asistentes, técnicos y auxiliares encargados de la Sala donde labora.

REMUNERACION MENSUAL:  S/. 1700.00
ASIGNACIONES EXTRAORDINARIAS:  S/. 420.00
BONIFICACION (Plazo Indeterminado):  S/. 460.00

CONSIDERACIONES FINALES
Primero: Los trabajadores del Poder Judicial, interesados en participar en el concurso interno tendrán derecho a gozar de licencia con goce de haber por el tiempo que duren las Evaluaciones de conocimientos y Psicológico y la Evaluación Personal, según les corresponde.

Segundo: Los discapacitados gozarán del 15% adicional al puntaje final, según Ley 27050, Art. 31° modificado por Ley 28164. 

Tercero: La Comisión Permanente de Selección está conformada por:

Dr. MANUEL ROBERTO PAREDES DÁVILA
Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Cañete 
Presidente 

Dr. JOSÉ ISAÍAS ASCENCIO ORTÍZ
Juez del Primer Juzgado Penal de Cañete
Miembro

Dr. MARÍA DE LOS MILAGROS LUYO SÁNCHEZ 
Jueza (p) del Juzgado Mixto de Cañete 
Miembro

Dra. JÉSSIKA VARGAS HILASACA 
Jefe de la Oficina de Administración Distrital 
de la Corte Superior de Justicia de Cañete
Miembro

ANEXO 01
CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA 

Etapas del Proceso  Fechas  Días Efectivos
1.- DIFUSIÓN DE LA CONVOCATORIA     
a) Publicación Pagina Web        Del 10 al 21 de Noviembre del 2008. - 10 días.
b) Correo electrónico       
c) Diario de mayor circulación en la localidad         
d) Oficios dirigidos a las Cortes Superiores. 

Recepción de Documentos de los postulantes. (En los días y horas de trabajo). Del 24 al 28 de Noviembre 2008 05 días 

2.- EVALUACIÓN CURRICULAR  01-12-2008 01 día
- Publicación de resultados de la evaluación curricular. 02-12-2008; 01 día
- Presentación de Recursos.    03 y 04-12-2008;  02 días
- Absolución de Recursos.   05-12-2008; 01 día

3.- EVALUACION PSICOTECNICA: DE CONOCIMIENTOS Y PSICOLOGICA.
- Prueba de conocimientos:  09-12-2008; 01 día 
- Publicación de resultados de la evaluación de conocimiento: 10-12-2008; 01 día
- Presentación de Recursos: 11 y 12-12-2008; 02 días 
- Absolución de Recursos:   15-12-2008; 01 día
- Prueba  Psicológica: 17-12-2008; 01 día
- Publicación de resultados de la Prueba Psicológica: 18-12-2008; 01 día
- Presentación de Recursos o Reclamos: 19 y 22-12-2008; 02 días
- Absolución de Recursos o Reclamos: 23-12-2008; 01 día

- Publicación de la Relación de Postulantes aptos para la entrevista personal: 24-12-2008; 01 día

4.- ENTREVISTA PERSONAL  29-12-2008; 01 día
Publicación de resultados de la entrevista 30-12-2008; 01 día 

DECLARACIÓN DE GANADOR DEL CONCURSO : 31-12-2008 ; 01 día

NOTA.- Ningún recurso,  petición, reconsideración o reclamo de algún postulante,  interrumpe el proceso del concurso.
ANEXO 02
CONVOCATORIA N° 001-2008-CPS-CSJCÑ/PJ

LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE CONVOCA A CONCURSO  INTERNO DE ASCENSO PARA CUBRIR  LAS SIGUIENTES PLAZAS  PRESUPUESTADAS VACANTES:

I. FINALIDAD DEL CONCURSO DE SELECCIÓN
Cubrir la plaza vacantes y presupuestadas conforme al cuadro adjunto al presente, para la Corte Superior de Justicia de Cañete.

II. REQUISITOS GENERALES PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE
- Podrán participar todos los trabajadores del Poder Judicial, bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 (sin importar su condición contractual). Además las personas que se encuentren contratados por Servicios no Personales. En todos los casos deben contar con una antigüedad mínima de 02 años prestando servicios ininterrumpidos en la Institución.
- No haber sido sancionado con medida disciplinaria de Multas o de Suspensión en los seis (06) meses anteriores a la fecha en que se presente la postulación (Consentida y/o ejecutoriada).
- No haber sido ascendido en los doce (12) meses anteriores a la fecha en que se presenta la postulación.
- No incurrir en incompatibilidad por razón de parentesco previsto en el artículo 198° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

III. ASPECTOS DE INTERÉS
Las Bases del Concurso de Selección, así como la Ficha de Postulación, los formatos de declaraciones juradas y el cronograma se encuentran publicados en la página web del Poder Judicial: www.pj.gob.pe
La presentación de los documentos solicitados, precisados en las Bases del Concurso así como la Ficha de Postulación, se recibirá en la Oficina de Administración - Área de Personal  de la Corte Superior de Cañete, sita en Av. Condoray Manzana “A”,  Lote Nº 09, Urbanización Las Casuarinas, Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete. En el horario de Oficina de 8:00 a 1:30 y 2:15 a 4:45 pm.
Los documentos presentados por los postulantes no serán devueltos por que forman parte del acervo documentario del concurso.

LA COMISIÓN DE CONCURSO