07 diciembre 2009

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA Nº031-2009-MPC

Cañete, 27 de noviembre de 2009

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

POR CUANTO:
El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en Sesión Extraordinaria de fecha 25 de noviembre de 2009; y, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Estado modificada por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Entre sus competencias está la de planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial.

Que, el artículo 79° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalida-des, establece que las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen entre una de sus funciones: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifi-que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental.

Que, el artículo 2º de la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el Aprove-chamiento de los Recursos Naturales establece como objetivo promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables, estableciendo un marco adecuado para el fomento a la inversión, procurando un equilibrio dinámico entre el crecimiento económico, la conservación de los recursos naturales y del ambiente y el desarrollo integral de la persona humana.

Que, el artículo 3° del Decreto Supremo N° 027-2003 establece que las municipalidades, en materia de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano, formularán los siguientes instrumentos: a.- Plan de Acondi-cionamiento Territorial; b. Plan de Desarrollo Urbano; c. Plan Específico y, d. Plan Urbano Distrital.

Que, el artículo 11º del D.S. Nº 087-2004-PCM, Reglamento de Zonifica-ción Ecológica y Económica – ZEE, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son las entidades encargadas de la ejecución de la Zonificación Ecológica y Económica dentro de sus respectivas jurisdicciones, asimismo en el artículo 16º de la misma norma legal se establece que cada proceso de Zonificación Ecológica y Económica – ZEE desarrollado en el ámbito regional y local, requiere la conformación de una Comisión Técnica y de manera opcional para el caso de microzonificación;

Que, el artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 07-2009-MPC, referido a los objetivos de la Política Ambiental Local de la Provincia de Cañete, establece como prioridad implementar el Sistema de Ordenamiento Territorial que considere la Zonificación Ecológica Económica.

En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y demás normas pertinentes, a lo acordado por unanimidad, y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se aprobó la:

ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERÉS EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA PROVINCIA DE CAÑETE Y APRUEBA LA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN TÉCNICA PROVINCIAL PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Artículo 1º.- DECLÁRASE de Interés en el ámbito Provincial el Ordenamiento Territorial de la Provincia de Cañete.

Artículo 2º.- APROBAR la conformación de la Comisión Técnica Provincial para el Ordenamiento Territorial de la Provincia de Cañete, integrada por representantes de las siguientes instituciones:

1.- Representante de la Municipalidad Provincial de Cañete, quien la presidirá.
2.- Representante del Gobierno Regional de Lima
3.- Representante de cada una de las Municipalidades Distritales, de la provincia de Cañete
4.- Representante del Instituto del Mar del Perú - IMARPE
5.- Representante de las Universidades con jurisdicción en la provincia de Cañete
6.- Representante de las Empresas Privadas.
7.- Representante de los Organismos No Guberna-mentales inscritos en la Agencia Peruana de Coope-ración Internacional, que desarrollan proyectos en la provincia.
8.- Representantes de los Sectores del Estado con competencia en Gestión Territorial y Recursos Naturales.
9.- Representante de la Sociedad Civil, debidamente organizada.
Los integrantes de la referida Comisión serán designados, mediante Resolución de Alcaldía.
La Comisión Técnica podrá convocar a otras institucio-nes con responsabilidad y/o interés en el tema, para que participen en este.

Artículo 3º.- La Comisión Técnica de Ordenamiento Territorial, tendrá las siguientes funciones:
a) Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de Ordenamiento Territorial a nivel provincial y local;
b) Proponer los mecanismos de consultas y participación ciudadana y procesos de difusión y capacitación.

Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano y Rural, a través del área técnica correspondiente en representación de la Municipalidad Provincial de Cañete, la implementación del proceso de Ordenamiento Territorial de la Provincia de Cañete.

Artículo 5º.- CONFORMAR el equipo técnico Municipal, encargado de prestar apoyo técnico administrativo a la Comisión Técnica el cual estará integrado por:
1.- Representante de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano y Rural, quien la presidirá.
2.- Representante de la Gerencia de Servicios Públicos.
3.- Representante de la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal.
4.- Representante de la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial
5.- Otras áreas de la Municipalidad que se considere necesario.

Artículo 6º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal la publicación de la presente Ordenanza.

POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

JAVIER JESUS ALVARADO GONZALES DEL VALLE
ALCALDE
MUNICIPIO DE SAN ANTONIO EMITE COMUNICADO SOBRE PAGO A PROVEEDOR FALLECIDO

En el transcurso de esta semana, para ser más exactos el 1° de diciembre, el Blog «Cañete Al Día» publicó la información de que la Municipalidad de San Antonio abonó la suma de 1953.70 nuevos soles a nombre de Manuel Arcadio Pinedo como proveedor de esta comuna correspondiente al año 2007. Lo curioso del caso es que el ciudadano san antoniano falleció en el 2006.
Esta información ha generado cierto conflicto entre los ciudadanos del distrito que han realizado comentarios en el referido blog, comentarios algunos de apoyo a la gestión de Esteban Agapito, otros cáusticos y críticos… que la verdad no vale la pena reproducir.
Indagamos que de verdad había sobre este hecho, y el Municipio Distrital de San Antonio nos hizo llegar la presente nota de prensa, mediante la cual hacen la aclaración del caso.
COMUNICADO A LA OPINIÓN PUBLICA

Municipalidad de San Antonio aclara malentendido sin fundamento Alcalde Esteban Agapito Ramos se muestra indignado por información calumniosa

Con relación a la publicación de una nota propalada por un blog local, en la que se ha desinformando a la opinión pública sobre «pagos a una persona fallecida en el año 2006», la Municipalidad de San Antonio aclara:

La imprenta EL LITORAL de Manuel Arcadio Pinedo Alva ha sido proveedora de bienes y servicios a la municipalidad, abasteciendo de manera regular de productos gráficos y útiles de oficina en el año 2007.

Esta empresa familiar cuyo RUC figura con el N° 10154079667 estuvo gerenciada por su propietario hasta su fallecimiento en Agosto del 2006, para luego asumir la dirección de dicha empresa su esposa Carmen Francia Vda. de Pineda conjuntamente con Oscar Albricio Francia como administrador, hasta el 31 de Enero del 2008, en que la SUNAT le da de baja por oficio.

Como es sabido esta empresa familiar continuo operando después del fallecimiento del titular, y no constituye actos de ilegalidad el seguir con su actividad empresarial, sobre todo, si es que su esposa continua con el emprendimiento que empezó su difunto cónyuge. En ese sentido, la municipalidad no tiene injerencia en asuntos societarios u otras actividades propias de las organizaciones empresariales.

Queremos dejar en claro la disposición de transparencia del municipio en relación de aclarar cualquier información a los ciudadanos y a los medios de comunicación, pero nos causa extrañeza que el periodista que mal informo, no haya podido contrastar su información con la municipalidad, a pesar que la ley de transparencia le permite tener acceso a dicha información.

Si bien es cierto nuestra constitución política garantiza y protege la libertad de expresión, también es muy cierto que dicha libertad, no se puede ejercer de manera irresponsable, dañando la imagen y la buena reputación de las personas. Es por ello, que la constitución también prevé que toda persona agraviada y afectada por afirmaciones inexactas o agraviadas en cualquier medio de comunicación social tiene derecho a que este se rectifique de forma inmediata de manera gratuita y proporcional, sin perjuicio de las responsabilidades de ley. Derecho de rectificación que exigimos a través de esta nota de prensa.

El alcalde del distrito de San Antonio – Cañete reiteró que en vez que algunos medios de comunicación estén transmitiendo «supuestas irregularidades administrativas» a manera de «escandaletes», deberían comunicar a la población sobre los logros de la gestión del municipio a favor de la población y del cumplimiento de lo prometido.

«Deberían comunicar sobre la formalización de la propiedad predial a través del convenio con Cofopri, el mejoramiento y la ampliación de todo el sistema de agua potable y alcantarillado en el Distrito, el mejoramiento de pistas y veredas en zonas urbanas y AAHH y la implementación de un Sistema de Seguridad Ciudadana organizando por primera vez el Serenazgo en el pujante distrito de San Antonio.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

CONVOCATORIA N°002 – 2009
BASES DEL CONCURSO INTERNO PARA CUBRIR PLAZAS VACANTES Y PRESUPUESTADAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

I.- OBJETIVO Y FINALIDAD DEL CONCURSO
Seleccionar al personal de mayor idoneidad al puesto, mediante la evaluación de los conocimientos y habilidades de los trabajadores del Poder Judicial que estén interesados en acceder a una plaza vacante y presupuestada de mayor nivel, responsabilidad y remuneración.
II.- ALCANCE
Podrán participar todos los trabajadores del Poder Judicial, bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 (sin importar su condición contractual). Además las personas que se encuentren contratados por Servicios No Personales, CAS. En todos los casos deben contar con una antigüedad mínima de dos (02) años prestando servicios ininterrumpidos en la Institución.
Cada trabajador interesado podrá postular a una sola plaza vacante y presupuestada. Quien presente más de una postulación será separado automáticamente del proceso, sin derecho a rectificación.
III.- BASE LEGAL
- Constitución Política del Perú
- Ley Orgánica del Poder Judicial.
- Presupuesto Analítico de Personal, aprobado mediante R.A. N° 214-2008-P/PJ.
- uadro de Asignación de Personal, aprobado mediante R.A.N°030-2002-P/PJ.
- Ley N° 29142 del Presupuesto del Sector Público para el Año fiscal 2008.
- Perfil de cargos para los trabajadores del Poder Judicial sujetos al Decreto Legislativo
N° 728, aprobados mediante R.A. N° 604-2003-GG-PJ.
- Manual de Organización y Funciones de la Corte Superior de Justicia de Cañete,
aprobados mediante R.A. N° 031-2004-P-CSJCÑ/PJ
- Reglamento Interno de Trabajo, aprobados mediante R.A. N° 010-2004-CE-PJ.
- Escala de Bono por Función Jurisdiccional para los trabajadores del Poder Judicial,
aprobado mediante R.A. N° 191-2006-P-PJ.
- Ley N° 27050, Ley de la Persona con Discapacidad.
- Reglamento para el desarrollo de concurso de selección de personal en el Poder Judicial.
Directiva N° 004-2008-CE-PJ, Aprobado por R.A. N° 22-2008-CE-PJ.
IV.- CANTIDAD DE PLAZAS A CUBRIR POR CONCURSO:

PLAZAS VACANTES Y PRESUPUESTADAS CANTIDAD Código de Plaza

Secretario Judicial 03 006527
006463
005480
Asistente Judicial 02 011254
011092
Técnico Judicial 02 005614
011105
Auxiliar Judicial 04 006339
011285
010853
011286
Asistente Administrativo I 01 009913
Auxiliar Administrativo I 04 007315
010716
009978
006910
Auxiliar Administrativo II 01 006924

Número total de plazas: 17

V.- DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA POSTULACION
(Contenido del Expediente)
a) Ficha del Postulante debidamente llenada (Anexo N° 03).
b) Declaración Jurada de no incurrir en incompatibilidad por parentesco, ni tener
antecedentes penales ni policiales (Anexo N° 04).
c) Si el personal es discapacitado, deberá presentar el certificado de discapacidad
permanente e irreversible, otorgado por institución competente que lo acredite como tal.
VI.-REQUISITOS GENERALES PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE
a) Tener una antigüedad mínima de dos (02) años de servicio ininterrumpido en la institución bajo los alcances de los D.L. N° 728 (sin importar su condición laboral) o de servicios no personales (CAS).
b) No haber sido sancionado con medida disciplinaria de Multa o de Suspensión en los seis (06) meses anteriores a la fecha en que presenta su postulación (Consentida y/o
ejecutoriada).
c) No haber sido ascendido en los doce (12) meses anteriores a la fecha en que postula.
d) No estar incurso en incompatibilidad por razón de parentesco conforme a la ley de la
materia.
VII.- PROCEDIMIENTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El anuncio de la convocatoria será publicado en el Diario Encargado de los Avisos Judiciales del distrito judicial, y en la Página Web del Poder Judicial, del 27 de Noviembre al 08 de Diciembre del 2009.
Las Bases de éste concurso se remitirán vía courier y correo electrónico a todas las dependencias del Distrito Judicial de Cañete, a fin de que se expongan en los paneles o vitrinas a las que tienen acceso los trabajadores. Paralelamente serán remitidas, vía pagina web y/o correo electrónico, a todos los Presidentes y Administradores de las Cortes Superiores de Justicia del país.
La presentación de los documentos será en la Oficina de Administración- Área de Personal de la Corte Superior de Cañete, sita en Av. Condoray Manzana «A-2» Lote Nº 09, Urbanización Las Casuarinas, Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, desde el 09 al 14 de Diciembre del 2009, en horario de oficina, 8.00 a.m. a 1.30. .p.m. y de 2.15 p.m.. a 4:45 p.m.
Para el presente concurso de selección se tomará en cuenta los siguientes criterios de evaluación:
A. Evaluación Curricular.
Evaluación del Perfil Académico y Profesional.
a) La Evaluación Curricular se realizará el 15 de Diciembre del 2009.
b) El postulante que no alcance a cubrir el perfil requerido para el puesto será descalificado
obteniendo automáticamente cero (00.00) puntos.
c) El postulante que cumpla con el perfil requerido para el puesto, estará calificado
obteniendo automáticamente 15 puntos y pasará a la siguiente etapa del concurso.
d) El postulante que exceda el perfil requerido para el puesto; no recibirá puntaje adicional
a los quince puntos. Esta situación se anota en la Hoja de Observaciones del concurso
de Selección, para que el comité Permanente de Selección tenga un criterio adicional al
momento de realizar la entrevista Personal.
Se revisará que los postulantes no tengan en su legajo personal observaciones o recomendaciones negativas realizadas por la Oficina de Inspectoría, en caso de tenerlas, el Comité permanente de evaluación decidirá la continuación del postulante en el proceso su decisión se formalizará mediante acta administrativa.
Esta evaluación se inicia con la existencia mínima de dos postulantes por cada puesto convocado.
B.- Evaluación de Conocimientos y Psicotécnica.-
1.- La prueba de conocimientos y psicotécnico, se realizará el 21 de Diciembre del 2009, se aprueba con la obtención mínima de 18 puntos y es eliminatoria, es decir que su desaprobación descalifica automáticamente al postulante y lo retira del concurso de selección. Únicamente quienes obtengan un puntaje igual o superior rinden las pruebas psicológicas. El puntaje máximo que pueda obtener cada postulante en esta prueba es 30 puntos.
C. Evaluación Psicológica.-
1.- La Prueba Psicológica, se realizará el 07 de Enero del 2010, se aprueba con la obtención mínima de 18 puntos. El puntaje máximo que puede obtener cada postulante en esta prueba es de 30 puntos.
Comprende la Prueba Psicológica y la Entrevista Psicológica.
D.- Entrevista Personal.
La finalidad de la entrevista personal es identificar a los postulantes más competentes para ocupar cada una de las vacantes. Se realizará el 18 de Enero del 2010, por la Comisión Permanente de Evaluación.
Los postulantes aptos para pasar a esta etapa serán los que hayan superado las anteriores etapas.
Cada miembro de la Comisión permanente de selección otorga de manera independiente y personal a cada postulante entrevistado la calificación que considere justa. El puntaje que obtiene cada postulante en esta evaluación resulta de promediar los puntajes otorgados por cada miembro de la comisión de selección.
La puntuación máxima de la entrevista personal es de 25 puntos.
E.- Ganador del Concurso.
El ganador será el candidato que luego de pasar satisfactoriamente las etapas del concurso, obtenga el mayor puntaje acumulado siendo el puntaje mínimo aprobatorio de 64 puntos, de acuerdo al artículo 55° del Reglamento para el desarrollo de concurso de selección de personal en el Poder Judicial. Directiva N° 004-2008-CE-PJ, Aprobado por R.A. N° 22-2008-CE-PJ.
La comisión permanente de selección otorgará una bonificación adicional equivalente al 15 % de su puntaje acumulado final de la evaluación, al postulante discapacitado que certifique su condición al momento de presentar su postulación. Este certificado de discapacidad permanente e irreversible es otorgado por la Instituciones que señala la Ley (Establecimientos del Ministerio de Salud, Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa y ESSALUD) o la resolución ejecutiva de inscripción en el Registro Nacional de la persona con discapacidad a cargo del CONADIS, según lo señalado en el Art. 53 del Reglamento de la Ley N° 27050, aprobado por D.S N° 0003-2000-PROMUDEH y su modificatoria señalada en al Art. Primero del D.S. 003-2006-MIMDES.
Caso contrario, la Comisión de Evaluación Permanente declarará desierta dicha plaza y autorizará su cobertura a través de la convocatoria a un próximo Concurso de Incorporación (Concurso Externo).
VIII.- PERFIL ACADEMICO DE LAS PLAZAS CONVOCADAS
(El Perfil Académico de las Plazas convocadas así como la ficha de Postulación se encuentran publicadas en la página Web del Poder Judidial-CSJCÑ)
IX. CONSIDERACIONES FINALES
Primero: Todo aspecto que no este contemplado en estas Bases será resuelto de conformidad al Reglamento para el desarrollo de concurso de selección de personal en el Poder Judicial. Directiva N° 004-2008-CE-PJ, Aprobado por R.A. N° 22-2008-CE-PJ.
Segundo: Los trabajadores del Poder Judicial, interesados en participar en el concurso interno tendrán derecho a gozar de licencia con goce de haber por el tiempo que duren las Evaluaciones de conocimientos y Psicológico y la Evaluación Personal, según les corresponde.
Tercero: Se recuerda que los postulantes a las diferentes plazas vacantes convocadas en el presente Concurso Interno de Promoción, deben reunir los requisitos generales, y además reunir los requisitos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para cada plaza, así como las normas conexas.
Cuarto: La Comisión Permanente de Selección está conformada por:
Dr. PAULO JORGE VIVAS SIERRA
Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Cañete - Presidente
Dr. FEDERICO QUISPE MEJIA
Juez del Tercer Juzgado Penal de Cañete - Miembro
Dr. JOSE DE LA CRUZ VARGAS
Juez del Juzgado de Paz Letrado de Imperial - Cañete - Miembro
Econ. ROMY GAIL ALVAREZ ROJAS
Jefe de la Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Cañete
ANEXO 01

X.- CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA

ETAPAS DEL PROCESO FECHAS

1.- DIFUSIÓN DE LA CONVOCATORIA
a) Publicación Pagina Web
b) Correo electrónico
c) Diario de mayor circulación en la localidad
d) Oficios dirigidos a las Cortes Superiores. Del 27 de Noviembre al
08 de Diciembre del 2009}
Recepción de Documentos de los postulantes. Del 09 al 14 de Diciembre
(En los días y horas de trabajo). del 2009
2.- EVALUACIÓN CURRICULAR 15 de Diciembre del 2009
Publicación de resultados de la evaluación curricular 16 de Diciembre del 2009
Presentación de Recursos. 17 de Diciembre del 2009
Absolución de Recursos. 18 de Diciembre del 2009
3.- EVALUACION DE CONOCIMIENTOS – PSICOTECNICA Y PSICOLOGICA.
Prueba de conocimiento y psicotécnico 21 de Diciembre del 2009
Publicación de resultados de la evaluación de
conocimiento 22 de Diciembre del 2009
Presentación de Recursos. 23 de Diciembre del 2009
Absolución de Recursos. 28 de Diciembre del 2009 Prueba Psicológica. 07 de Enero del 2010 Publicación de resultados de las Prueba Psicológica. 08 de Enero del 2010 Presentación de Recursos o Reclamos. 11 de Enero del 2010
Absolución de Recursos o Reclamos. 12 de Enero del 2010
Publicación de la Relación de Postulantes
aptos para la entrevista Personal 13 de Enero del 2010
4.- ENTREVISTA PERSONAL 18 de Enero del 2010
Publicación de resultados de la entrevista 19 de Enero del 2010
Presentación de recursos 20 de Enero del 2010
Absolución de Recursos 21 de Enero del 2010
DECLARACIÓN DE GANADOR DEL CONCURSO 22 de Enero del 2010
NOTA.- Ningún recurso, petición, reconsideración o reclamo de algún postulante,