07 enero 2017

GEUNI BECA A DOS ALUMNOS DEL COLEGIO DE NUEVO AYACUCHO PARA CURSO VACACIONAL VERANO 2017

Los alumnos de la IEP "Andrés Avelino Cáceres" del C.P. Nuevo Ayacucho, Gonzalo Victoria Cáceres y Rosmery Ruiz Flores, fueron becados por la Academia GEUNI para el curso vacacional Verano 2017 que se inicia este lunes nueve de enero.
Los alumnos que calificaron la más alta nota en el citado plantel y obtuvieron el "Premio Excelencia 2016" de manos de su director Lic. Eddy Céspedes Pozo, ingresan al tercer grado de educación secundaria en el presente año.
Ambos agradecieron el gesto de la Academia GEUNI y manifestaron que no desaprovecharán esta oportunidad, puesto que sus metas son claras: convertirse en grandes profesionales, Dios mediante.
Pero, el objetivo cercano de ambos es postular al Colegio de Alto Rendimiento (COAR) de la Región Lima que en marzo se debe convocar el primer examen para seleccionar a los mejores alumnos de esta parte del país.
Los alumnos que estuvieron acompañados de sus mamas Rosario Cáceres y Alfreda Flores, dieron las "mil gracias" a los promotores del también colegio cañetano, por este gesto filantrópico,
VICKY CÁCERES EN EL RECUERDO.
Lo anecdótico de esta pequeña, pero significativa ceremonia, fue que Rubén Auqui vio en una de las diplomas el nombre de Victoria Cáceres, nombre de su recordada madre, el mismo que le embargó la emoción.
"Pensé que era el nombre de la niña. Pero, era el apellido paterno del niño. Igual, lleva el nombre de mi madre... Esto me parece una premonición para un bien de ambos alumnos", alcanzó a comentar el popular "Jito":
Pero, sea cuál fuera la premonición, en el lugar donde se encuentre Victoria Cáceres de Auqui, debe estar muy contenta y feliz, al lado del maestro, Mario Auqui, por esta loable acción que emprendieron con ese principio y que su progenitor lo continúa con éxito. (Wilfredo Cayllahua)

COPROSEC CAÑETE 2017... JURAMENTARON AYER...

Las principales autoridades de la Provincia de Cañete juramentaron como integrantes del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de esta Provincia.
Ellos serán los que organicen, acuerden, hagan cumplir las normas y cumplan las metas que se planteen para este año 2017, todo ello con la finalidad de que los ciudadanos de la provincia de Cañete, con su participación claro está, puedan vivir en una sociedad pacífica.
Lo que llamo poderosamente la atención en esta juramentación es que solo tres alcaldes, el de Imperial, Nuevo Imperial y Mala juramentaron en este CORPROSEC, el resto brilló por su ausencia.
Ojalá que estas ausencias pasen a ser solo una anécdota, y que el trabajo serio y responsable que deben de aportar las autoridades distritales, sea un común denominador en esta lucha contra la delincuencia, que tiene que ser como dice un slogan señala, una tarea de todos. Lo que si es necesario recalcar, que la autoridad y el liderazgo debe de asumirlo con mucha entereza y energía, el alcalde provincial, Alexander Julio Bazán Guzmán.

JOSELYN CHYCLLA FAJARDO... ES LA SOBERANA SANLUISINA...

En el marco de los 146 aniversario del distrito de San Luis, la representante de la Calle Salavarry alcanzo el titulo de Srta San Luis 2017.
Con tan solo 15 años Joselyn Chyclla Fajardo, fue coronada el día de hoy dentro de las 7 concursantes que aspiraron a obtener la corona del Srta San Luis .

ACOGERSE A LA CONFESIÓN SINCERA...

El hombre de leyes, Martín Yactayo Cama, recomendó al ex tesorero de la Municipalidad Distrital de Imperial (MDI), Carlos Marlon Vásquez Sánchez, solicitar la ampliación de su declaración a través de la modalidad de la confesión sincera.
Tras precisar que el caso del robo de más de medio millón de soles de la comuna imperialina, se encuentra en etapa  preliminar, informó que el imputado en cualquier estado de la investigación puede presentar los medios probatorios que crea conveniente, contradiciendo de esta forma a lo expresado por el discutido gerente municipal Jaime Cubillas Caycho.
«El inculpado puede acogerse al beneficio de la confesión sincera y su declaración tendrá un valor legal cuando haya sido confirmada con otros elementos de convicción», explicó.
Acotó que la ley solo exige que las declaraciones sean espontáneas, sinceras y se encuentren corroboradas  con medios probatorios idóneos.

ALCALDE DE IMPERIAL NO QUISO DECLARAR…
La singular autoridad de la otrora capital comercial de Cañete, Carlos Pariona, alcalde de Imperial, fue abordado luego de dejar la ceremonia de  juramentación de los nuevos integrantes del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) en el Salón de Sesiones de la comuna local.
Carlos Pariona Lizana evitó hablar de la escandalosa acusación de su ex tesorero Marlon Vásquez Sánchez, que lo involucra en la pérdida o robo de más de medio millón de soles de las arcas ediles.
Al carecer de un léxico abundante que le facilite las cosas al momento de hablar en público, Carlos Pariona Lizana, no encontró mejor estrategia que evitar a la prensa y no dar declaraciones luego que los reporteros de Infored Comunicaciones lo abordaran y le solicitaran una entrevista para conocer su versión/descargo sobre la escandalosa acusación de su ex tesorero Marlon Vásquez Sánchez, quien lo ha incluido en  el robo de más de medio millón de soles de las arcas ediles.
«¡Estoy apurado! ¡No tengo tiempo!»,  dijo – Pariona – para de inmediato emprender su partida con rumbo desconocido.

DIVERSOS MEDIOS SE PRONUNCIARON SOBRE LAS DECLARACIONES DE MARLON VÁSQUEZ
Luego de darse a conocer la primera parte de la entrevista brindada por Carlos Marlon Vásquez Sánchez a Jesús Ludeña de Infored Comunicaciones, los diversos medios de comunicación tocaron el tema de diferentes formas.
Todos de una forma u otra, reconocieron a Carlos Marlon Vásquez Sánchez, como el que cometió un delito... sin embargo, unos trataron de derivar toda la culpa en él, mientras otros lo hicieron incluyendo al alcalde imperialino en la comisión de dicho delito.
Aquí hay que entender que nadie señala que Marlon Vásquez no sea culpable... sino que las declaraciones vertidas por él, señalan a una autoridad que disponía la entrega del dinero como si fuera suyo.
Es evidente que todo señala a que Vásquez Sánchez recibía la orden de entregar el dinero... y lógicamente si no lo hacia, de patitas en la calle... En este caso, es evidente que lo digno hubiese sido renunciar... no lo hizo... y por eso es que hoy está recibiendo un cargamontón desde todos los sectores.
Entre las opiniones de mucha gente que llamaron a los diversos medios radiales que tocaron el tema, no faltó quien comparó éste robo con lo que sucedió en la época del ex Alcalde Javier Alvarado Gonzales del Valle, y Manuel Marquez en la desaparición de varios millones de soles del FINVER.
Nuevamente un funcionario que hace uso y abuso del dinero que circuló entre sus manos... En dicho caso, lo que se evidenció fue la denuncia de Javier Alvarado sobre la desaparición del dinero del FINVER. Las posteriores investigaciones señalaron a Marquez y otros funcionarios como quienes hicieron su festin con el dinero desaparecido.
En algún momento, Marquez señaló que había muchos responsables, y que la autoridad de turno conocía de los hechos.
Situación similar a la que se vive en la actualidad.
Y de ese caso, ya van varios años, y todavía la justicia no se pronuncia sobre la culpabilidad de los funcionarios o de las ex autoridades.
Ojalá que el presente caso, no duerma el sueño de los justos, como tantas denuncias por corrupción han culminado en dicha situación.
Hay que señalar que en el distrito, el ciudadano Gustavo Adolfo Payano Auris, viene promoviendo una marcha contra la corrupción existente en el distrito imperialino, para el día 19 de Enero, en horas de la tarde... su face, día a día, tiene muchas adhesiones... y cada vez más personas se suman a esta iniciativa que trata de demostrar la indignación de la población.

MUNICIPALIDADES DE CAÑETE ENTRE EL 87% Y EL 26% EN LA EJECUCION REAL DEL GASTO CERRANDO ASI EL 2016 Y AHORA CUAL SERAN LAS EXCUSAS, DECIMOS SIEMPRE QUE NO HAY PLATA??? SIN EMBARGO NO SABEMOS GASTAR LO QUE TENEMOS….


De acuerdo al Portal de Transparencia Económica la Ejecución del Gasto a nivel de la provincia de Cañete culmino en algunos casos en pésimas condiciones, es por ello que tenemos a la Municipalidad Distrital de Pacarán con solo 26.2% de Ejecución seguidos de las Municipalidades de Coayllo con 58.9% y Asia con 59% de gasto; sin embargo en los primeros lugares se encontrarían las Municipalidades de Quilmana con 90.7%, Calango con 87.5% e Imperial con 84.9%. Debemos indicar que la ejecución del Gasto resulta de la división del monto del Devengado y del Presupuesto Institucional Modificado (PIM) según lo calculado por el Ministerio de Economía y Finanzas lo cual no estamos de acuerdo porque la ejecución real del gasto seria cuando se efectúa la cancelación a los proveedores o sea de la fase Pagado. De ser el caso y tomando como referencia la fase Pagado de acuerdo al cuadro mostrado por Consulta amigable (http://apps5.mineco.gob.pe/) encontramos sorpresas y justamente en el distrito que lidera la Ejecución que la diferencia entre el devengado y pagado es de S/. 2,903,799.00 equivalente a 25% del PIM, similar caso sucede con Coayllo que dicha diferencia es de S/. 605,349.00 equivalente al 13% del PIM lo que variaría su ejecución real de gasto. Dichos importes se ven reflejados en el siguiente cuadro:



Bajo esta óptica de analizar la ejecución presupuestal a nivel de pagado, la Municipalidad que lidera la Ejecución del Gasto serian Calango con 87.5% seguidos de Zuñiga con 83% y de Mala con 82%. Y en las ultimas posiciones se mantendrían las Municipalidades de Pacaran con 26%, Coayllo con 46% y Asia con 54%. Debemos resaltar que la Municipalidad de Quilmana caería desde el 1º lugar al puesto 11 en su ejecución.

CONGRESO APROBÓ 15 LEYES POR UNANIMIDAD EN LA PRIMERA LEGISLATURA…

El Congreso aprobó 15 leyes por unanimidad durante la primera legislatura ordinaria de agosto a diciembre de 2016 y siete de ellas fueron propuestas por el Poder Ejecutivo, informó el Parlamento.
Según el reporte de la Oficina de Gestión de la Información y Estadística del Parlamento una de las  iniciativas que tuvo  respaldo unánime fue la de la delegación de facultades legislativas al Poder Ejecutivo, con 117 adhesiones. 
También la norma que autoriza al Seguro Integral de Salud (SIS) efectuar modificaciones presu-puestales a nivel institucional a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, que tuvo 119 votos a favor.
De este listado de normas aprobadas por unanimidad, aparece la ley que establece la trayectoria del resultado fiscal estructural del sector público no financiero para los años fiscales 2017, 2018, 2019, 2010 y 2021 y la que sancionó el quinto tramo del aumento remunerativo para los efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
Otra norma legal aprobada por unanimidad es aquella que establece disposiciones para el financiamiento de proyectos de inversión pública y dicta otras medidas prioritarias; y aquella que fuera solicitada por la Contraloría General de la República para que no sea exigible la conciliación extrajudicial en las acciones legales indemnizatorias ejercidas por el ente contralor.

AMPLIACIÓN DE SEDE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE...
La ampliación de la sede de la Universidad Nacional de Cañete fue aprobada con 95 votos a favor, mientras que una propuesta de la Contraloría para extender la obligación de los funcionarios públicos para que presenten sus declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas, obtuvo 112 adhesiones. 
Otra norma que alcanzó alta votación parlamentaria fue aquella que prorroga el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) para las micro y pequeñas empresas -más conocida como el IGV Justo- que consiguió 107 votos a favor.
La ley que autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias para la implementación de las acciones previstas en el decreto legislativo 1153 obtuvo 90 votos de respaldo; mientras que la ley que modifica la Ley 30001 -de Reinserción Económica y Social para el Migrante Peruano- consiguió 96 votos.

DECRETOS LEGISLATIVOS SON REVISADOS EXHAUSTIVAMENTE POR EL CONGRESO…
De otro lado, hay que señalar que los decretos emitidos por el Poder Ejecutivo, al amparo de las facultades que le delegó el parlamento, son examinados de forma exhaustiva y profunda en la Comisión de Constitución de Congreso de la República, sostuvo su presidente, Miguel Ángel Torres.
Detalló que esa revisión está a cargo de un grupo de trabajo presidido por la legisladora  Úrsula Letona (FP), cuya labor incluye la emisión de informes que servirán de insumo para que la Comisión de Constitución, en posteriores sesiones, dictamine si estos decretos proceden o no.
«El tema de revisión ya se inició. Aspiramos a que en febrero podamos concluir con esta labor para no dilatar la agenda que ya es recargada en la comisión, porque en marzo (tras el receso parlamentario) retoma-mos nuestras sesiones ordinarias», indicó Torres.
El legislador explicó que la comisión que preside podrá dar su conformidad a los decretos legislativos o, en su defecto, derogarlos parcial o totalmente; esto último, siempre y cuando el Ejecutivo haya excedido los límites establecidos en la delegación de facultades.
Agregó que incluso el Congreso podrá emitir normas que complementen algunos decretos dictados por el Ejecutivo.
Según consideró, en caso sean derogados algunos decretos, esto no debería ser tomado como una actitud obstruccionista por parte del Congreso de la República, pues este poder del Estado solo cumple con su trabajo y su función establecida por la Constitución.
«Este Congreso no le teme al trabajo y cumple con sus promesas, porque nosotros delegamos las facultades y señalamos claramente que haríamos una revisión exhaustiva de los decretos, uno por uno, a diferencia de Congresos anteriores», aseveró.
Torres, de las filas de Fuerza Popular, indicó que en el periodo legislativo 2015-2016 solo fue revisado un único decreto legislativo, de un total de 62 que fueron emitidos por el gobierno anterior, por lo que esta vez -remarcó- será revisado el 100% de las normas dictadas.
Informó también que el jefe del gabinete ministerial, Fernando Zavala, ha sido invitado a esta comisión para que el miércoles 11 de enero, a las 09:45 horas, pueda explicar el contenido de los decretos emitidos y absolver las dudas e inquietudes que existan al respecto.
«Estoy seguro que el Premier no va a tener ningún problema en visitarnos junto con los ministros que lo acompañen», apuntó el parlamentario.

GOBIERNO DICTA MEDIDAS DE PROTECCIÓN A DENUNCIANTES DE CORRUPCIÓN…

El Gobierno dictó medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción en el Estado, y sanciones para las denuncias que se hagan de mala fe, a fin de fomentar y facilitar que cualquier persona que conoce de un hecho de corrupción pueda denunciarlo.
Mediante un decreto legislativo, dictado al amparo de las  facultades que el Congreso delegó al Poder Ejecutivo, se busca proteger los derechos personales o laborales de los denunciantes y testigos de actos de corrupción en la administración estatal, en cuanto fuere aplicable.
Entre las medidas de protección figura la absoluta reserva de la identidad del denunciante, a quien se considera como un tercero colaborador de la administración pública y del Sistema de Justicia.
De esta manera, la denuncia que se presente ante la entidad debe registrarse reemplazando la identidad del denunciante por un código cifrado.
La protección de la identidad puede mantenerse, incluso, con posterioridad a la culminación de los procesos de investigacióny sanción de la falta contraria a la ética pública denunciada.
Además de la reserva de la identidad, la autoridad administrativa competente puede otorgar las medidas de protección laboral necesarias y adecuadas, se señala en el decreto, publicado en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Se establece también que las medidas de protección que otorga la entidad son ejecutadas por la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, previa evaluación de su viabilidad operativa, salvo la referida a la reserva de la identidad.
Del mismo modo, se establece que la denuncia presentada por un postor o contratista no puede perjudicar su posición como postor en el proceso de contratación en el que participa o su posición en la relación contractual establecida con la entidad.
Tampoco puede perjudicarlo en futuros procesos en los que participe. Si la denuncia se dirige contra servidores civiles que tengan a su cargo el proceso de contratación en el que participa el denunciante, la entidad dispondrá, previa evaluación, apartarlo del mismo.
Se recalca, además, que la interposición de una denuncia no servirá en ningún caso para paralizar un proceso de contratación del Estado.
De acuerdo con el decreto, los autores y partícipes de actos de corrupción que decidan denunciarlos pueden ser beneficiados con algunas de medidas de protección, sin que ello signifique la exculpación por las conductas lesivas a la ética pública.
Su colaboración oportuna y pertinente significa la reducción de la sanción administrativa a imponer.
El otorgamiento de las medidas de protección se extiende mientras dure el peligro que las motiva, incluso con posterioridad a los procedimientos que conduzcan a la sanción de la falta. 
También podrán extenderse estas medidas a personas distintas del denunciante, si las circunstancias del caso lo justifican.
Las medidas de protección establecidas en el presente decreto legislativo no afectan las competencias de la Contraloría General de la República, se indica en el dispositivo legal.

Obligaciones de los protegidos
Las personas protegidas deben cumplir ciertas obligaciones orientadas a garantizar la salvaguarda del procedimiento administrativo iniciado como consecuencia de la denuncia presentada, según el presente decreto.
Por ejemplo, deberán cooperar en las diligencias necesarias, a convocatoria de la entidad, y mantener un comportamiento adecuado que preserve la eficacia de las medidas de protección otorgadas, asegurando su propia integridad y seguridad.
Salvaguardar la confidencia-lidad de las operaciones y condiciones que se den con las medidas de protección, incluso cuando cesen las mismas, es otra de las obligaciones de las personas protegidas.
En tanto, las personas naturales o jurídicas que, en un trámite ante una entidad pública, detecten un acto de corrupción y lo denuncien ante la autoridad competente, son beneficiados con la devolución de los costos administrativos que le generó dicho trámite.

Denuncia de mala fe
Se considera denuncia falsa cuando esta se realiza, a sabiendas de que los actos de corrupción denunciados no se han cometido o cuando se simulan pruebas o indicios de la comisión de un acto de corrupción.
Los denunciantes y testigos que denuncien actos de corrupción de mala fe, conforme a los supuestos son excluidos inmediatamente de las medidas de protección otorgadas, sin perjuicio de las responsabilidades de naturaleza civil, penal y administrativa a que hubiese lugar.
El Reglamento del presente Decreto Legislativo se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, en el plazo de 60 días contados a partir del día siguiente de su publicación.
La norma lleva las firmas del presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski; así como del titular del Consejo de Ministros, Fernando Zavala; y de la ministra de Justicia y Derechos Humanos, María Soledad Pérez Tello.

DECRETOS LEGISLATIVOS AHORRARÁN TIEMPO Y DINERO A TRABAJADORES Y EMPRESARIOS…

El MTPE destacó hoy que las empresas y trabajadores ahorrarán tiempo y costos con la simplificación administrativa emprendida por el Gobierno, a través de los Decretos Legislativos 1246 y 1310, aprobados en el marco de las facultades otorgadas por el Congreso.
Con el Decreto Legislativo 1246 que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, se eliminó la obligación de presentar formalmente, sea vía física o medios electrónicos, los contratos de trabajo sujetos a modalidad.
«Antes se exigía a los emplea-dores el registro de los contratos, pese a que la información de los mismos ya era declarada por ellos a través de la planilla electrónica. Entonces el Gobierno eliminó este registro (…) Se destrabó la contratación», sostuvo el asesor del Gabinete del MTPE, Enzo Flores.
El plazo para que los empleadores presenten los contratos de trabajo era de 15 días (de haber sido celebrados) y además tenían que pagar por registrar esos contratos en dicho plazo, de lo contrario tenían que pagar un recargo por registro extemporáneo, recordó. 
Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), los empleadores debían pagar una tasa de 11.70 soles por presentar los contratos de trabajo sujetos a modalidad y su presentación extemporánea generaba un pago de una tasa de 30.15 soles.
Destacó que con este Decreto no se deroga ningún derecho de los trabajadores, ni se elimina la obligación de celebrar los contratos por escrito y entregarlos al trabajador dentro de los tres días hábiles desde su celebración.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) cumplirá una labor importante de gestión en la verificación del cumplimiento de las obligaciones referidas a los contratos modales, con la información que recoja de la planilla electrónica, refirió el MTPE. 

Personal extranjero
El MTPE indicó además que con ese Decreto se simplificó los requisitos para la presentación de los contratos de personal extranjero, exigiéndose solamente la presentación del contrato de trabajo y una declaración jurada general.
«Se exigían algunos requisitos adicionales (antes) como que el extranjero presente sus títulos validados, trámite que demoraba y retrasaba la contratación formal de trabajadores del exterior y la idea es que su contratación formal sea rápida para que hagan sus labores», precisó Flores.
Antes conjuntamente con el contrato de trabajo de personal extranjero, el empleador debía presentar una declaración jurada del cumplimiento de los porcentajes limitativos, copias apos-tilladas de los títulos profesionales y de las constancias de trabajo; así como acreditar la garantía de retorno del trabajador y su familia a su país de origen al finalizar la relación laboral. 
Asimismo, no se deroga ningún derecho de los trabajadores extranjeros, ni se eliminan las obligaciones de cumplir con los porcentajes limitativos, ni que los extranjeros cuenten con títulos y certificados que correspondan conforme a ley.
Tampoco se deja de garantizar el retorno del trabajador y su familia su familia a su país de origen. Sólo que todo ello, no debe ser presentado a la Autoridad Administrativa de Trabajo.
El cumplimiento de estas obligaciones podrá ser exigido por la Autoridad de Trabajo, independientemente de la multa que pudiera imponer la Autoridad Inspectiva.
Sunafil cumplirá una labor importante de gestión en la verificación del cumplimiento de las obligaciones referidas a los contratos de extranjeros, con la información que recoja de la planilla electrónica.

Convenios formativos
De otro lado, el MTPE señaló que se eliminó con el referido decreto, la exigencia de los requisitos mínimos de los planes de capacitación para las modalidades formativas y de la obligación de presentar formalmente, sea en físico o vía medios electrónicos, tales planes y convenios ante la Autoridad Administrativa de Trabajo.
«No se derogó ningún derecho de los jóvenes en formación (que no son trabajadores) ni se eliminó la obligación de celebrar los convenios por escrito y entregarlos a los beneficios, ni se eliminó la obligación de contar con un plan de capacitación», resaltó Flores.
Precisó que se derogó la exigencia de un contenido mínimo de los planes de capacitación para todas las modalidades. Las empresas deberán elaborar un plan de capacitación a criterio de ésta y teniendo en cuenta la modalidad de la cual se trata, así como las características específicas en cada caso concreto y del joven beneficiado.

Boletas de pago digitales
El Decreto Legislativo 1310, que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, busca facilitar algunos documentos de gestión y permite así, realizar la firma digital en documentos laborales como en la boleta de pago.
También permite la entrega de boletas digitales por parte del empleador, siempre y cuando el pago de las obligaciones laborales económicas se realice a través de entidades financieras, y además el trabajador pueda tener acceso a ellos, comentó. 
Flores, refirió que ahora la entrega de documentos como todos los contratos de los trabajadores requeridos por la autoridad en una inspección laboral u otras diligencias, por ejemplo, pueden presentarse en formato digital, entre otras.

«Se está otorgando facilidades a las empresas para que cumplan con sus obligaciones y en unos tres meses se puede mostrar resultados preliminares de los beneficios de la simplificación administrativa», puntualizó.

EDICTOS JUDICIALES

EDICTO PENALES (03 DIAS)
JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE YAUYOS: Juez Dr. Julio Cesar Parvina Melgar: Especialista: Víctor Raúl Silva Pérez: Ha ordenado la publicación siguiente:
EXP. N° 00028-2011-01: Resolución número 05 de fecha 15-12-2016, que dispone REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE ACUSACIÓN FISCAL, para el DÍA MARTES DIECISIETE DE ENERO DEL AÑO 2017, A HORAS TRES DE LA TARDE, hora exacta a realizarse en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación preparatoria de Yauyos, sito en plaza de armas s/n – Provincia de Yauyos; Audiencia que se instalara con la presencia obligatoria del Fiscal , de los acusados y del abogado defensor de su propia elección de los acusados; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de este ultimo, de nombrase en el acto un abogado defensor de oficio, a fin de que asuma la defensa necesaria de los imputados: notifíquese por edictos a los imputados WALTER CLEMENTE CONDOR, CRISTHIAN ESPINOZA MARTINEZ y FROYLAN RICARDO CLEMENTE QUISPE, cursándose los oficios respectivos; asimismo cúrsese oficio a la defensoría publica de Yauyos, a efecto de que asuma la defensa necesaria de los imputados citados. Notifíquese y Ofíciese.
6, 7 y 9 de Enero

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don GUIMY ROSARIO ALVITES HUAROTO, de 28 años de edad, natural del distrito de San Luis – Cañete, de nacionalidad peruana, identificado con DNI N° 45507522, con domicilio en Vía Jesús Salvador Mz. K Lote 13 del distrito de San Luis, provincia Cañete, departamento de Lima, de estado civil soltero, de profesión albañil y LUZ MARINA SAAVEDRA BARRIOS, de 25 años de edad, natural de San Luis, de nacionalidad peruana, identificada con DNI N° 47451843, de estado civil soltera, de profesión Contadora, domiciliada en Asentamiento Humano Vía Jesús Salvador Mz. K Lote 1 del distrito de San Luis, provincia Cañete, departamento de Lima.
Pretenden contraer Matrimonio Civil ante la Municipalidad Distrital de San Luis, el día 27 de Enero de 2017, a horas 3:00 p.m., en el local de la Municipalidad de San Luis. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de 8 días conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Cristian Alfredo Pérez Franco
Alcalde
Marlene Rosario Quispe Cama
Encargada de la Ofic. Registro Civil