31 octubre 2012

EMAPA CAÑETE VIENE REALIZANDO CAMPAÑA DE EDUCACIÓN SANITARIA EN MALA Y ASIA

Con la finalidad de dar a conocer a nuestros usuarios los hábitos de cuidado y ahorro del agua, EMAPA CAÑETE S.A. a través de su área de Educación Sanitaria viene realizando diversos talleres y charlas en las organizaciones sociales y comités vecinales de los distritos de Cerro Azul, San Luis, Mala y Asia.
Así mismo se realizará una capacitación en temas de Valor Económico del Agua a las Promotoras Educativas de los diferentes módulos de la Ugel 08 de Cañete a fin de que incorporen dentro de sus actividades educativas temas relacionados al cuidado del agua.
Estas actividades buscan crear conciencia de ahorro del agua, como recurso vital para nuestras vidas, entre todos los usuarios de nuestra empresa.
Si estás interesado en recibir una capacitación en temas de educación sanitaria en tu barrio o distrito, comunícate con nosotros al 581-3040 anexo 106, Oficina de Imagen Institucional. Los talleres no totalmente gratuitos.

EDICTOS

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA
En el Expediente Nº 4744-2011 en los seguidos por PEDRO ROGER CACERES BARRIONUEVO, en representación de CARLOS ENRIQUE CACERES BARRIONUEVO, contra KARIN RUTH DAÑINO GAERTIG, KARIN ANIKA PORTUGAL DAÑINO y CESAR JAVIER JESUS PORTUGAL SIGNORI, con intervención del acreedor no ejecutante ALEJANDRO JOSÉ SALAS DE LA VEGA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el Séptimo Juzgado Civil de Subespecialidad Comercial de Lima a cargo del señor Juez Dr. Juan Gustavo Varillas Solano, Especialista Legal Oscar Fernando Martínez Tejada ha autorizado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro Nº 293 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien:
1.- INMUEBLE: Ubicado en Calle Los Agaves Vivienda Nº 26, en el distrito de Asia (referencia condominio Las Brisas, a espaldas del Boulevard de Asia y del Kartódromo Racing Dakart), provincia de Cañete y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 550,000.00 (Quinientos Cincuenta mil y 00/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$ 366,666.67 (Trescientos Sesenta y Seis mil Seiscientos Sesenta y Seis y 67/100 (Dólares Americanos), que son las dos terceras partes del valor de la tasación.
AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: Constituida a favor de Alejandro José Salas De la Vega hasta por la suma de US$ 90,000.00 (Noventa mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00005 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 2) HIPOTECA: A favor de Carlos Enrique Cáceres Barrionuevo hasta pro la suma de US$ 140,000.00 (Ciento Cuarenta mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00006 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 3) HIPOTECA: A favor de AFS GROUP S.A.C., hasta por la suma de US$ 150,000.00 (Ciento Cincuenta mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00007 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 4) MODIFICACIÓN DE LA HIPOTECA: Se modifica la hipoteca inscrita en el asiento D00007 de la presente partida en el sentido que las partes han modificado la cláusula Octava de la Escritura Pública primigenia, siendo el tenor: «El plazo de la hipoteca es de seis meses computado desde el momento en que se verifique el primer desembolso de dinero a que se hace referencia en el segundo párrafo del término tercero del presente documento y se mantendrán vigente y será perfectamente ejecutable, en tanto y cuanto no se encuentren totalmente canceladas las obligaciones garantizadas, siempre que el adeudo se remita en su origen, al plazo antes referido», inscrita la modificación de la hipoteca en el asiento D00008 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: Día 13 de Noviembre del 2012 a horas 2:30 p.m. (Dos y treinta del a tarde).
LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remate Nº 01, Piso 01 del local de los Juzgados Civiles de Lima, ubicado en la intersección de la Av. Abancay, Av. Nicolás de Piérola (Ex – Edificio del Ministerio de Educación) – Cercado de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando DNI en original y copia, tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, copia y original firmados. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de Conformidad con el Artículo 732º del Código Procesal Civil y Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelarán culminado el Acto de Remate. GIANNI GASTTONE CHÁVEZ ENCISO, Martillero Público con Registro Nº 293; Especialista Legal Oscar Fernando Martínez Tejada, Séptimo Juzgado Comercial de Lima.
Gianni Gasttone Chávez Enciso
Martillero Público - Registro Nº 293
Oscar Fernando Martínez Tejada - Secretario Judicial
7mo. Juzgado Civil Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
Publicar: Del 25 de Octubre al 02 de Noviembre de 2012.

EDICTOS PENALES (3 DIAS)
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Dr. Chávez; Comunica:
EXP.- 2012-0023; Se notifica al imputado JOHNNY JAMES OYANGUREN AHUANARI, con la Res. 08 (25.10.2012), la cual CITA AUDIENCIA PRELIMINAR de control de Acusación Directa. Día: 13.11.12. Horas: 03.00 p.m. Lugar: Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Lunahuaná, sito en Jr. Grau N° 265 Distrito de Lunahuaná - Cañete. Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Menor Nelson Domingo Oyanguren Candela. Especialista: Rodríguez.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MALA; Juez: Dra. Castillo; Comunica:
EXP.- 2009-298; Cita, llama y emplaza al encausado EUFRASIO VARGAS ANTEZANA, para que concurran a la diligencia de Lectura de Sentencia. Día 13.11.12. Hora: 2:30 p.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: JHON BILLY VARGAS CASTRO. Secretario: Caceda.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MALA; Juez: Dra. Huamani; Dispone notificar lo siguiente:
EXP.- 2011-0111-02-JIP-MALA; Con el acta de registro de audiencia de control de sobreseimiento, Res. 07 (21.09.12). RESUELVE: PRIMERO: Declarar FUNDADO el Requerimiento de SOBRESEIMIENTO TOTAL de la causa con relación a la investigación preparatoria seguida contra RENZO AIRTON SALAZAR LAURENTE por el delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD- HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA. Agraviado: Carlos Flores Napan y por LESIONES LEVES. Agraviado: Alberto Ramón Castellano Solano, tipificado y sancionado en el Art. 106 concordante con los Arts. 16 y 22 del Código Penal respectivamente. SEGUNDO: DECLARO EL ARCHIVAMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. TERCERO: DISPONGO se anule antecedentes penales, policiales y/o judiciales que se hubieran registrado en el presente proceso. CUARTO: LEVANTENSE las medidas de coerción procesal de carácter personal o real que hubieren dictado contra el imputado o sus bienes. QUINTO: Se notifica al agraviado Alberto Ramón Castellano Solano domiciliado en Prolg. Santo Domingo 669 – Chincha Alta-Chincha-Ica para que dentro del plazo de cinco días, luego de la ultima publicación por edicto presente recurso de apelación si así lo cree pertinente. Asistente: Carbajal.
30, 31 de Octubre y 01 de Noviembre

EDICTO NOTARIAL
Ante mi oficio se ha presentado SANTIAGO BENIGNO MAEDA HATAE, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio ubicado en la Mz. «Ñ», Lote s/n o (Av. Jorge Chávez s/n) con un área de 296.95 m2. ,estando sus medidas y demás características inscritos en la Partida Nº 21000669 del Registro de Predios de Cañete. Dirije la solicitud contra la SUCESIÓN DE LUIS ALBERTO CHEVARRIA HUARCAYA integrado por: ROSA KERSCHBAUMER SERRANO VIUDA DE CHEVARRIA, GRACIELA ANTONIETA CHEVARRIA CILICH, LUIS ALBERTO CHEVARRIA CILICH, VLADIMIRO HERNANDO CHEVARRIA CILICH, LUIS ALBERTO CHEVARRIA KERSCHBAUMER, ELIZABETH ANTONIA CHEVARRIA KERSCHBAUMER, LILIANA CHEVARRIA KERSCHBAUMER y MILAGROS DE JESUS CHEVARRIA KERSCHBAUMER, titulares registrales del predio, y alega poseerlo de manera pacífica, pública y continua por más de diez años, para lo cual presenta documentos y testigos. Lo que se comunica de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26662, 27333 y demás Normas Complementarias, para los fines consiguientes.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario de Cañete
Publicar: 19, 25 y 31 de Octubre

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 010595-2012, doña Segundina Huaranga Fernandez, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO, inscrita en el acta 21, libro 041, año 1986, en el extremo que se ha consignado como nombre de la contrayente SEGUNDINA HUARANCCA FERNANDEZ, siendo lo correcto SEGUNDINA HUARANGA FERNANDEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 29 de Octubre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil

PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, FELIPE SANTIAGO MENDOZA FERNANDEZ, con DNI Nº 15391187, solicita se RECTIFIQUE LA PARTIDA DE DEFUNCIÓN de quien en vida fuera su cónyuge: ISABEL CRISALIDA ZAVALA AVILA, inscrita en la Municipalidad Distrital de Mala, en el que existe error material en el acápite concerniente a: Estado Conyugal dice: 6 SEPARADA CON MENDOZA FERNANDEZ FELIPE, debe decir: CASADA CON MENDOZA FERNANDEZ FELIPE SANTIAGO. Lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 26 de Octubre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

AGROINDUSTRIA DOÑA PAULA S.A.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
Por acuerdo del Directorio, se convoca a los señores accionistas a la Junta General de Accionistas que se llevará a cabo en el local ubicado en Urb. Papa León XIII, Tercera Avenida, Mz. M, Lote 7, Chilca, Cañete, el día 15 de Noviembre de 2012, a las 09:00 horas, en Primera Convocatoria.
AGENDA:
1.- Adecuación a la Ley de Sociedades.
2.- Aprobación de la gestión social, las cuentas y el balance al 31-12-2011.
3.- Propuesta de aumento de capital.
4.- Adaptación de la sociedad al régimen de sociedad anónima cerrada y consecuente modificación total del estatuto social.
5.- Designación de Gerente General
6.- Otros asuntos societarios que decida la Junta.
Lima, 29 de Octubre de 2012
El Directorio
Emilio Breca Bocanegra.

EDICTOS PENALES (1 DIA)
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez: Dr. Huertas ; Comunica:
EXP.- 00444-2012-82; Res. 02 (25.10.12) Resuelve: Emplazar a GUILLEN ALARCON GILBERTO, para que concurra a la REPROGRAMACIÓN de la Audiencia de JUICIO ORAL. Día: 21.11.12. Hora: 08:30 a.m. Lugar: Sala de Audiencias de los Juzgados Penal Unipersonal de Cañete. Bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada, ser declarado Reo Contumaz o Ausente y Ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito: Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción. Agraviado: La Sociedad. Asistente: Chumpitaz.
EXP.- 0896-2012-95; Se emplaza a MIGUEL ANGEL CHULLUNCUY CARDENAS para que asista a la REPROGRAMACIÓN de la sesión de JUICIO ORAL. Día: 16.11.12. Hora: 02:30 p.m. Asistente: Soto.

EDICTOS PENALES (3 DIAS)
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Juez: Dr. Ventura; Comunica:
EXP.- 00258-2012-0; Notifica a LUIS EUGENIO AMADO LUYO la Res. 08 (24.10.12). Dispone: CITAR a Audiencia de Control De Acusación. Día: 12.11.12. Hora: 08:30 a.m. Lugar: Sala de Audiencia «B» de las salas de audiencia del módulo penal. Diligencia que deberá contar con la asistencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste ultimo de ser excluido de la defensa. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviados: Luis Ascensión Amado Flores y Victoria Angélica Amado Flores. Asistente: Anchiraico.
Exp.- 00083-2012-0; Notifica a JOSE QUISPE YARANGA la Res. 09 (24.10.12). Dispone: CITAR a Audiencia de Control De Acusación. Día: 07.11.12. Hora: 10:00 a.m. Lugar: Sala de Audiencia «B» de las salas de audiencia del módulo penal. Diligencia que deberá contar con la asistencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste ultimo de ser excluido de la defensa. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Henry Mathias Quispe Pardo. Asistente: Anchiraico.
Exp.- 00722-2012-0; Habeas Corpus interpuesta por Carlos Quinto Céspedes a favor de David Cesar Melo Quispe contra María Dolores Cachay Rojas Juez del segundo Juzgado Unipersonal de Chincha, Paucar Felix, Ríos Montalvo y Gutiérrez Martinez Vocales de la Sala Superior Mixta de Chincha, mediante Res. 07 se resolvió declarando IMPROCEDENTE la Acción de Garantía Constitucional de Habeas Corpus. Asistente: Romero.

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente: Dr. Polanco; Comunica:
EXP.- 2010-0139; Cita y emplaza a TORRES JUNCO JULIO CESAR, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Peculado Doloso. Agraviado: El Estado Peruano. Secretario: Miranda.
31 de Octubre, 1 y 2 de Noviembre

EDICTO
Exp. Nº 69-2007-JMY, el Juez del Juzgado Mixto de Yauyos, ordena se publique un extracto de la Res. Nº 45, que tiene el siguiente texto: Notifíquese vía Edicto en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario Oficial de Avisos Judiciales de Cañete «Al Día Con Matices» al demandado Teodoro Trujillo Oré, para que se apersone al proceso o en su caso sus sucesores dentro del término de sesenta días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de no apersonarse. Debiendo la demandante facilitar la publicación de los respectivos edictos y cumplir con las formalidades señaladas en el artículo 165 del Código Procesal Civil.
Yauyos, 28 de Setiembre de 2012.
José Víctor Castro Correa
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 29, 30 y 31 de Octubre de 2012.

30 octubre 2012

OCMA EFECTUARÁ VISITA JUDICIAL ORDINARIA A CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE



Con la finalidad de verificar el desempeño funcional de los Magistrados  y Auxiliares que integran los órganos jurisdiccionales de las Cortes del país, la Oficina de Control de la Magistratura – OCMA que jefatura el Juez Supremo Titular, Doctor Enrique Javier Mendoza Ramírez, mediante Resolución Jefatural Nº 125 -2012-J-OCMA/PJ, de fecha quince de agosto del dos mil doce, ha establecido el cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias a realizar durante los meses de Octubre y Noviembre del año 2012, a las diversas Cortes Superiores de Justicia de la República.

EL 08 Y 09 DE NOVIEMBRE EN LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
En ese sentido es pertinente hacer de conocimiento que este Órgano de Control del Poder Judicial visitará la Corte Superior de Justicia de Cañete, durante los días 08 y 09 de Noviembre del presente año.

VISITA JUDICIAL A CARGO DE UNIDAD DE LA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
Cabe indicar que estas Visitas Judiciales Ordinarias se encuentran a cargo de la Unidad de Visitas y Prevención de la Oficina de  control de la Magistratura del Poder Judicial.

ALCALDESA PROVINCIAL DE CAÑETE FORMALIZADO PEDIDO DE NULIDAD DE RESOLUCION QUE RECORTA JURISDICCION POLICIAL

Las autoridades de la provincia de Cañete, en compañía del congresista por la Región Lima, Elard Melgar Valdez, acudieron hasta las instalaciones del Ministerio del Interior, entrevistándose en primer momento con los asesores del viceministro, a quienes se les expreso la preocupación por la dación de la reciente resolución directoral Nº 913-2012, que tendenciosamente mutila 14 kilómetros de la jurisdicción policial cañetana.
En la misma sala de reunión se hizo presente luego el Gral. Raúl Salazar, Director General de la Policía Nacional, a quien se le manifiesto la inquietud de rechazo de la población de Cañete al haberse firmado una resolución directoral con muchos vicios administrativos e información inexacta, ocasionando zozobra, desconcierto y rechazo por parte de los cañetanos, quienes reafirman categóricamente el límite en el km 179.369 de la antigua carretera panamericana sur.
Se hizo saber de otro lado, que la inoportuna, impertinente y parcializada resolución directoral promovida por el congresista iqueño Jose Luis Elías Avalos, no hace más que reavivar el conflicto limítrofe entre ambas provincias, no respetándose el informe técnico Nº 001-2004-PCM-DNTDT de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Concejo de Ministros, que con elementos técnicos, históricos , geográficos necesarios y suficientes ha determinado como límite entre los departamentos de Lima (Cañete) e Ica (Chincha) el km 179.369 de la carretera panamericana sur.
Finalmente por mesa de parte, las autoridades de cañete y el congresista Melgar Valdez, cumplieron con presentar el recurso de nulidad de oficio, existiendo el compromiso de parte del Gral. de la Policía Nacional, y sus asesores atender en el más breve plazo el pedido planteado por las autoridades de nuestra provincia y pronunciarse sobre el tema.

FUERZA REGIONAL EMITE PRONUNCIAMIENTO SOBRE SOBRE EL RECORTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN POLICIAL ENTRE CAÑETE Y CHINCHA

El Movimiento Independiente Fuerza Regional, en torno a los últimos acontecimientos que solivianta la hermandad de nuestros pueblos ocasionado por pseudo líderes con apetitos políticos, es necesario expresar lo siguiente:
1ro.- Nosotros, como emergente movimiento político que circunscribe a las 9 provincias de la región LIMA PROVINCIAS, defendemos irrestrictamente el respeto a la demarcación territorial de la hermana provincia de Cañete, por cuanto es un asunto oleado y sacramentado. No hay más vuelta que darle.
2do.- Rechazamos la decisión equivocada del Director PNP RAUL SALAZAR en emitir contradictoria resolución que nuevamente pone al tapete y reaviva la tensión entre Chincha y Cañete, por cuanto este tipo de discusión exclusivamente le compete al Congreso, y éste a su vez dictamine en base a los fundamentos técnicos, cartográficos, históricos y geográficos que existen, refrendada por el Informe Técnico de la Oficina Técnica de Demarcación Territorial (OTDT) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) que FIJA LOS LIMITES entre las provincias a la Quebrada de Topará el Km 179.369"
3ro.- Exhortamos a los congresistas de la región LIMA PROVINCIAS a compenetrarse con el sentimiento Cañetano en la defensa de su jurisdicción, porque el pueblo los ha elegido para tal fin.
4to.- Exigimos al Gobierno Regional que elabore una estrategia frontal en forma inmediata que lleve a la unidad de criterios para el logro de los objetivos, al parecer se estaría actuando desordenadamente y este caos es aprovechado por el congresista Elías Avalos quien maliciosamente pretende desestabilizar lo avanzado. Se establezca mayor coordinación con la Municipalidad Provincial de Cañete y su sociedad civil organizada.
5to.- De solicitárnoslo, ofrecemos el apoyo desinteresado de nuestro equipo técnico para actuar en esta problemática que ya lleva varios años sin solución. El Movimiento Independiente FUERZA REGIONAL, respalda contundentemente a la férrea decisión de Cañete en la defensa de sus límites.
El documento lo firma el Comité Ejecutivo Regional de Fuerza Regional que lidera el Ing. Ricardo Chavarría Oria

«CONFIANZA PERÚ» SOLICITA CAMBIO DEL GENERAL PNP RAUL SALAZAR POR EMITIR CUESTIONADO RESOLUCION EN CONTRA DE CAÑETE

El Comité Ejecutivo del Movimiento Regional «Confianza Perú», ante el grave hecho que significa la emisión de la Resolución 913-2012-PNP, firmada por el Gral. Raúl Salazar Salazar, Director General de la PNP, en nota de prensa se dirigió a la ciudadanía y la opinión pública de la Región Lima para expresar lo siguiente:
1. Que es absolutamente inaceptable que la modificación de los límites jurisdiccionales de las Divisiones Policiales de Cañete e Ica no se sujete al ordenamiento legal vigente y se base en una interpretación inexacta y sospechosa realizada por la propia policía de Ica sobre los límites entre Cañete (Lima) e Ica.
2. Que es inexacto también lo señalado por el Congresista José Luis Elías Avalos de que debe restituirse a la Policía Nacional con sede en Chincha la jurisdicción policial hasta el km 145, pues jamás la PNP con sede en Chincha había tenido jurisdicción hasta esa zona, por lo que no puede restituirse lo que nunca se ejerció.
3. Que alertamos que el Gral. Raúl Salazar Salazar estuvo involucrado además en el Caso Chehade contra la Cooperativa Andahuasi, por lo que sus acciones contra la Región Lima vienen siendo recurrentes y negativas.
4. Por lo expuesto, solicitamos la inmediata derogatoria de la Resolución 913-2012-PNP o el cambio del General Raúl Salazar Salazar de no procederse a ello. Llamamos a todas las fuerzas vivas a movilizarse por la defensa de nuestros derechos, y exigimos a las autoridades regionales a ejercer sus funciones como les compete.

AÑO DE LA FE

LA FE PASO A PASO
Partes del Catecismo: Segunda parte, los sacramentos de la fe
15 La segunda parte del catecismo expone cómo la salvación de Dios, realizada una vez por todas por Cristo Jesús y por el Espíritu Santo, se hace presente en las acciones sagradas de la liturgia de la Iglesia (primera sección), particularmente en los siete sacramentos (segunda sección).
*Lo que debemos recibir: los sacramentos.

P. Arnaldo Alvarado
arnaldo.alvar@gmail.com

CAÑETE: CONCILIACIONES AUMENTAN EN UN 12% Y LA ORALIDAD ES VITAL PARA LA CELERIDAD PROCESAL...

El 87% de los procesos iniciados al amparo de la nueva Ley Procesal del Trabajo culminaron en menos de un año, reveló el presidente de la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia, Roberto Acevedo Mena, sobre la base de la información obtenida a partir de una muestra de 48 casaciones con pronunciamientos de fondo, actualizada al 30 de julio del año en curso.
A su juicio, la oralidad ha contribuido a la celeridad procesal en estos casos, teniendo en cuenta que de la misma data se desprende que el 65% de las causas bajo la nueva norma culminaron en un plazo entre los 8 y 11 meses, y que el 17% de estos procesos terminaron en un período entre los 11 meses y un año.
«El 6% de los juicios al amparo de la nueva ley, además, culminaron entre los 6 y 8 meses, mientras que solo el 17% de los casos tramitados mediante esta norma terminaron entre un año y 18 meses», reveló el también miembro del Comité Consultivo del Equipo Técnico de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

CONCILIACIÓN
Durante su participación en el Quinto Congreso Nacional de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Tendencias y Perspectivas Laborales: Juicios, Relaciones Sindicales y Marco Interdisciplinario, el magistrado destacó como otro logro de la aplicación de la nueva norma y la oralidad, el efecto multiplicador respecto de las conciliaciones.
El porcentaje de las conciliaciones al año 2011 al amparo de la nueva ley procesal aumentó del 2% al 12% en las cortes superiores de Tacna, Cañete, La Libertad, Arequipa, Lambayeque y Cusco.

PRONTO EN LIMA
El magistrado Acevedo Mena consideró que los beneficios de la implementación de la nueva ley procesal en la Corte de Lima, desde el 5 de noviembre, se apreciarán con celeridad pues será aplicada por 10 juzgados de paz, 16 jueces especializados y una sala.
Resaltó el uso de la oralidad como un resultado importante de este cambio. «El porcentaje de este uso por los jueces de primera instancia es de 38%, y en segunda instancia es de 37% en La Libertad, Cusco, Arequipa y Tacna».
DATO
Al 31.09.12 su tribunal ha resuelto el fondo en 91 casaciones, las cuales se encuentran publicadas en la página web del Poder Judicial.

RINCON CONCILIATORIO

Directora Abogada Rocío López Luna
DIRECTORA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN «MADRE DE CRISTO CONCILIADORA»
Av. Benavides 799, 2do Piso, San Vicente, Cel. 999 210 236, T. 01 3005603

En este espacio trataremos casos de la vida real ADAPTADOS a nuestra realidad cañetana, y ello, a fin de acercar al pueblo UNA JUSTICIA REAL de una manera rápida, económica y efectiva. Recordemos que la Conciliación no es «Reconciliación» sino la última posibilidad que tienen 2 personas de arreglar su conflicto DIRECTAMENTE, sin necesidad de ser acompañados por abogados, cuyo Acuerdo tiene un peso similar al de una Sentencia… ¡con la ventaja de la RAPIDEZ y CONFIDENCIALIDAD!

DÉCIMO OCTAVO CASO:
Ahora tendremos un Caso RECONCILIATORIO que empezó conciliatorio ;) YA VERÁN…
Una madre de familia se acerca porque su ex pareja recoge por Visitas a su pequeña hija de cinco años los sábados y la devuelve los domingos, totalmente escaldada, con resfríos y bastante hambrienta. A fin de evitar conflictos comenzó a enviarla con una mochila con talco y toallitas refrescantes. Pasó el tiempo y añadió frutas y galletas. Sin embargo, en lugar de mejorar las cosas, actualmente el padre reclama disminuir la Pensión Alimenticia por tenerla 2 días de los 7 de la semana. Aquí nuestro diálogo:
Dra. Rocío: El tema es enfrentar su conflicto y no evitarlo, ¿qué le parece invitarlo a conciliar para regularizar el Régimen de Visitas poniendo sin violencia las cartas sobre la mesa?
Señora: ¡Sí Doctora! Eso nada más quisiera, porque he notado que cuando discuto con mi ex, mi hijita comienza ese mismo día a orinarse en la noche en la cama…
Dra. Rocío: Entonces llenamos los formularios, adjuntamos copias simples del Acta de Nacimiento de la niña, de la DNI suya, y en el mínimo legal de 4 días hábiles celebramos la primera audiencia… ¡manos a la obra!
… A los 4 días, justamente un viernes:
Dra. Rocío: Amigos, aquí estamos reunidos para encontrar una solución práctica, que busque el bien de Nadine, al Régimen de Visitas para que exista armonía y para que sin ansiedad, su hija tenga el necesario contacto con ambos padres. (La madre repite al padre el pedido, a lo que responde éste)
Señor: (dirigiéndose a la madre, cosa que es más positiva): tú sabes que aunque las amo a ambas, soy bastante inútil para cuidar a la bebe. Lo que es claro es que cumplo con sus Alimentos, que quiero verla a ella y a ti, pero, ¡qué bueno que conversamos esto con la Dra. que es neutral!, la verdad es que estoy desesperado con este rompimiento de ya 1 año, ¡y todo por tu familia!
Dra. Rocío: Permítame entenderle Señor, ¿lo que Usted intenta trasmitir a la madre de su hija es que desea ser un padre responsable, pero que no sabe o puede atenderla debidamente por falta de experiencia, y que por otro lado, Usted no se siente bien porque extraña y ama a la Sra. y a la niña?
Señor: ¡Eso mismito Dra.! Lo que pasa es que convivimos en casa de mi suegra y sus 4 hermanos para ahorrar pagar alquiler, pero al final, hubo tanto lío que más cara me salió la lavada que la camisa y acabé perdiendo a mi familia. Y esto lo quiero por fin gritar –dirigiéndose otra vez a la Sra.- ¡TÚ ERES LA ÚNICA MUJER DE MI VIDA ELSA! ¡SIN USTEDES DOS SOY UN DESGRACIADO!
Dra. Rocío: (Viendo lo conmovida que se puso la Sra.) ¿Tiene alguno de Ustedes una nueva relación de pareja? (ambos negaron inmediatamente con la cabeza) Entonces sugiero que aprovechen la confidencialidad y neutralidad que les ofrece el Centro de Conciliación, y conversen a solas 10 minutos, porque noto que Ustedes no pueden hablar sólo como padres, porque se aman como pareja, ¿están de acuerdo? (ambos asintieron rápidamente también), así que ahorita vuelvo…
Luego de los 10 minutos…
Me di con la sorpresa de encontrarlos abrazados, llorando entre besos apasionados. Tosí un poquito para calmar los ánimos, y les pedí la palabra:
Señora: Doctora mi marido tiene razón, lo barato sale caro, y sin mala intención, la familia se inmiscuye en problemas de pareja, y todo porque nosotros mismos nos fuimos a meter a la casa de mi mami. Tengo un terrenito que me ha dado mi abuelo en La Quebrada, y allí nos vamos a vivir los 3… (Su sonrisa feliz iluminaba toda la oficina)
Señor: Sí Doctora, tengo S/. 5,000.- de ahorritos y con eso nos da para construir con adobe nomás unos cuartitos, pero quisiera que igual todo quede claro respecto a la plata que le estoy dando…
Dra. Rocío: Propongo entonces cambiar la materia a conciliar, y que ésta no sea la de Régimen de Visitas porque vivirán juntos, entonces sería absurdo, y más bien determinamos la Pensión Alimenticia, PARA TRANQUILIDAD DE AMBAS PARTES.
Nota de la Dra. Rocío: A veces tenemos diferentes maneras de ver una misma realidad, pero con nuestro apoyo conciliatorio, resolvemos no sólo problemas jurídicos, sino, por sobre todo, los humanos, descubriendo los verdaderos intereses que tienen las personas frente a un conflicto. Esta pareja aceptó alegre mi oferta, firmaron el Acta de Acuerdo Total, se fueron como dos enamorados, pero antes me dieron ambos un abrazo que me llenó de ternura y fuerza, y ello gracias a que ¡LA CONCILIACIÓN EXISTE! Los esperamos…

EDICTOS

EDICTOS PENALES (3 DIAS)
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Dr. Chávez; Comunica:
EXP.- 2012-0023; Se notifica al imputado JOHNNY JAMES OYANGUREN AHUANARI, con la Res. 08 (25.10.2012), la cual CITA AUDIENCIA PRELIMINAR de control de Acusación Directa. Día: 13.11.12. Horas: 03.00 p.m. Lugar: Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Lunahuaná, sito en Jr. Grau N° 265 Distrito de Lunahuaná - Cañete. Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Menor Nelson Domingo Oyanguren Candela. Especialista: Rodríguez.
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MALA; Juez: Dra. Castillo; Comunica:
EXP.- 2009-298; Cita, llama y emplaza al encausado EUFRASIO VARGAS ANTEZANA, para que concurran a la diligencia de Lectura de Sentencia. Día 13.11.12. Hora: 2:30 p.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: JHON BILLY VARGAS CASTRO. Secretario: Caceda.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MALA; Juez: Dra. Huamani; Dispone notificar lo siguiente:
EXP.- 2011-0111-02-JIP-MALA; Con el acta de registro de audiencia de control de sobreseimiento, Res. 07 (21.09.12). RESUELVE: PRIMERO: Declarar FUNDADO el Requerimiento de SOBRESEIMIENTO TOTAL de la causa con relación a la investigación preparatoria seguida contra RENZO AIRTON SALAZAR LAURENTE por el delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD- HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA. Agraviado: Carlos Flores Napan y por LESIONES LEVES. Agraviado: Alberto Ramón Castellano Solano, tipificado y sancionado en el Art. 106 concordante con los Arts. 16 y 22 del Código Penal respectivamente. SEGUNDO: DECLARO EL ARCHIVAMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. TERCERO: DISPONGO se anule antecedentes penales, policiales y/o judiciales que se hubieran registrado en el presente proceso. CUARTO: LEVANTENSE las medidas de coerción procesal de carácter personal o real que hubieren dictado contra el imputado o sus bienes. QUINTO: Se notifica al agraviado Alberto Ramón Castellano Solano domiciliado en Prolg. Santo Domingo 669 – Chincha Alta-Chincha-Ica para que dentro del plazo de cinco días, luego de la ultima publicación por edicto presente recurso de apelación si así lo cree pertinente. Asistente: Carbajal.
30, 31 de Octubre y 01 de Noviembre

EDICTOS (1 DIA)
JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LUNAHUANA; Juez: Dr. Chávez ; Comunica:
EXP.- 2012-0020; Cita y emplaza a AURORA SABINA RUGEL VILLARREAL y VICTORIA HAYDEE VILLAREAL SANCHEZ, se apersonen a la audiencia de JUICIO ORAL. Día: 14.11.12. Hora: 11:00 a.m. Delito: Faltas contra la Persona-Lesiones. Agraviada: María Elena Quispe Hidalgo. Disponiéndose su conducción Compulsiva por la Fuerza Publica. Secretaria: Sánchez.
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA; Juez: Dra. Castillo; Comunica:
EXP.- 2012-72-01; Se notifica a JORGE ANTONIO RÍOS ANCCARI la Res. 02. Resuelve: REPROGRAMAR la audiencia de JUICIO ORAL. Día: 14.11.12. Hora: 09:00 a.m. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Ausent

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA
En el Expediente Nº 4744-2011 en los seguidos por PEDRO ROGER CACERES BARRIONUEVO, en representación de CARLOS ENRIQUE CACERES BARRIONUEVO, contra KARIN RUTH DAÑINO GAERTIG, KARIN ANIKA PORTUGAL DAÑINO y CESAR JAVIER JESUS PORTUGAL SIGNORI, con intervención del acreedor no ejecutante ALEJANDRO JOSÉ SALAS DE LA VEGA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el Séptimo Juzgado Civil de Subespecialidad Comercial de Lima a cargo del señor Juez Dr. Juan Gustavo Varillas Solano, Especialista Legal Oscar Fernando Martínez Tejada ha autorizado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro Nº 293 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien:
1.- INMUEBLE: Ubicado en Calle Los Agaves Vivienda Nº 26, en el distrito de Asia (referencia condominio Las Brisas, a espaldas del Boulevard de Asia y del Kartódromo Racing Dakart), provincia de Cañete y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 550,000.00 (Quinientos Cincuenta mil y 00/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$ 366,666.67 (Trescientos Sesenta y Seis mil Seiscientos Sesenta y Seis y 67/100 (Dólares Americanos), que son las dos terceras partes del valor de la tasación.
AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: Constituida a favor de Alejandro José Salas De la Vega hasta por la suma de US$ 90,000.00 (Noventa mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00005 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 2) HIPOTECA: A favor de Carlos Enrique Cáceres Barrionuevo hasta pro la suma de US$ 140,000.00 (Ciento Cuarenta mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00006 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 3) HIPOTECA: A favor de AFS GROUP S.A.C., hasta por la suma de US$ 150,000.00 (Ciento Cincuenta mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00007 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 4) MODIFICACIÓN DE LA HIPOTECA: Se modifica la hipoteca inscrita en el asiento D00007 de la presente partida en el sentido que las partes han modificado la cláusula Octava de la Escritura Pública primigenia, siendo el tenor: «El plazo de la hipoteca es de seis meses computado desde el momento en que se verifique el primer desembolso de dinero a que se hace referencia en el segundo párrafo del término tercero del presente documento y se mantendrán vigente y será perfectamente ejecutable, en tanto y cuanto no se encuentren totalmente canceladas las obligaciones garantizadas, siempre que el adeudo se remita en su origen, al plazo antes referido», inscrita la modificación de la hipoteca en el asiento D00008 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: Día 13 de Noviembre del 2012 a horas 2:30 p.m. (Dos y treinta del a tarde).
LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remate Nº 01, Piso 01 del local de los Juzgados Civiles de Lima, ubicado en la intersección de la Av. Abancay, Av. Nicolás de Piérola (Ex – Edificio del Ministerio de Educación) – Cercado de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando DNI en original y copia, tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, copia y original firmados. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de Conformidad con el Artículo 732º del Código Procesal Civil y Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelarán culminado el Acto de Remate. GIANNI GASTTONE CHÁVEZ ENCISO, Martillero Público con Registro Nº 293; Especialista Legal Oscar Fernando Martínez Tejada, Séptimo Juzgado Comercial de Lima.
Gianni Gasttone Chávez Enciso
Martillero Público - Registro Nº 293
Oscar Fernando Martínez Tejada - Secretario Judicial
7mo. Juzgado Civil Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
Publicar: Del 25 de Octubre al 02 de Noviembre de 2012.

SUCESIÓN INTESTADA
Exp. N° 00576-2012-CI, Ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha el Señor Juez Dr. Juan Siguas Fuentes y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, don MANUEL ANTONIO PINEDA BUENO, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera JOSE JUAN ARDILES MORENO, fallecido el 07 de Junio de 1955 en la ciudad de Lima. Lo que se publica para que se apersonen los que se crean con derecho a que se le incluya como heredero.
Cañete, 25 de Octubre de 2012.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete
EDICTO
Exp. Nº 69-2007-JMY, el Juez del Juzgado Mixto de Yauyos, ordena se publique un extracto de la Res. Nº 45, que tiene el siguiente texto: Notifíquese vía Edicto en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario Oficial de Avisos Judiciales de Cañete «Al Día Con Matices» al demandado Teodoro Trujillo Oré, para que se apersone al proceso o en su caso sus sucesores dentro del término de sesenta días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de no apersonarse. Debiendo la demandante facilitar la publicación de los respectivos edictos y cumplir con las formalidades señaladas en el artículo 165 del Código Procesal Civil.
Yauyos, 28 de Setiembre de 2012.
José Víctor Castro Correa
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 29, 30 y 31 de Octubre de 2012.

DIRIMENCIA
SALA CIVIL - Sede Central
EXPEDIENTE: 00745-2002-0-0801-JR-CI-01
MATERIA: PRESCRIPCION ADQUISITIVA
RELATOR: CARMEN NELLY RANGEL PURILLA
CURAD. PROCESAL: GUTIERREZ QUISPE GREGORIO CURADOR PROCESAL DE LA SUCES
DEMANDANTE: CORDOVA BACA, CARMEN ROSA
RESOLUCION NUMERO OCHO.- Cañete, veintidós de octubre del dos mil doce. AUTOS Y VISTOS; Y, CONSIDERANDO:
Primero.- Que, en la votación de la presente causa el señor Juez Superior Ángel Polanco Tintaya (Ponente), emite su VOTO para que se APRUEBE la sentencia, materia de consulta; contenida en la resolución numero setenta y dos, de fojas cuatrocientos noventa y cinco a quinientos cincuenta y dos, de fecha dieciocho de junio del año dos mil doce, que Falla: Declarando, FUNDADA en parte la demanda de fojas treinta a treinta y cuatro subsanada a fojas cuarenta a cuarenta y cinco, en consecuencia DECLARA a CARMEN ROSA CÓRDOVA BACA, propietaria por Usucapión del Inmueble ubicado en el avenida Lima número un mil doscientos diez; identificado también como Manzana: Noventa. Lote: cincuenta y cuatro, del Distrito de Chilca Provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de cuatrocientos ochenta metros cuadrados con las siguientes medidas perimétricas y colindancias: Por el frente, con doce metros lineales colindante con la carretera a Lima (antigua) ahora Avenida Lima; por el Lado derecho entrando, con cuarenta metros lineales colindante propiedad de Felicito Cuya; por el lado Izquierdo entrando, con cuarenta metros lineales colindante con la propiedad de Dorila Fajardo Viuda de Vivanco; por el fondo con doce metros lineales colindante con la Calle Piérola. Con lo demás que contiene.—
Segundo.- Que, los señores Jueces Superiores doctores Federico Quispe Mejía y Isaías Ascencio Ortiz, emiten voto en discordia para que se DESAPRUEBE la sentencia, materia de consulta; contenida en la resolución numero setenta y dos, de fojas cuatrocientos noventa y cinco a quinientos cincuenta y dos, de fecha dieciocho de junio del año dos mil doce; en consecuencia NULA dicha resolución y todo lo actuado desde fojas cuarentiuno inclusive la que contiene la resolución número dos de autoadmisorio de la demanda; DISPUSIERON que el A quo subsane y califique nuevamente la demanda teniendo presente los considerandos expuestos en la presente resolución.—
Tercero.- Que, llamado al señor Juez superior doctor Cirilo Enor Suárez Mirabal, para que dirima la discordia descrita precedentemente, el citado magistrado se adhiere al VOTO del señor Juez superior doctor Ángel Polanco Tintaya.—————————————————————
Cuarto.- Que, al no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, por haberse producido discordia, y al tratarse la resolución que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del Texto legal acotado.————————————
Quinto.- Que, el citado artículo 144° señala que si resulta discordia, se publica y notifica el punto que lo motiva, bajo sanción de nulidad. En la misma resolución se llama al Vocal dirimente expedito y se señala día y hora para la vista de la causa por él.—————————————
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON a la señorita Juez Superior doctora JUDITH MARCELO CIRIACO, para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha de VISTA DE LA CAUSA para dicha dirimencia el día DOCE DE NOVIEMBRE del año en curso, a horas NUEVE de la mañana. DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de la Provincia “Al Día con Matices” por el término de UN DIA. Interviene. Notificándose.
J.S.
POLANCO TINTAYA
QUISPE MEJIA
SUAREZ MIRABAL

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 10709-2012, doña Maria Alejandrina Gonzales Joya, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el acta 227, libro 174, año 1968, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre de la titular ANTONIO GONZÁLES PELÁEZ, siendo lo correcto ANTONIO GONZALES PELÁEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 29 de Octubre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub Gerente de Registro de Estado Civil

NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
En el Expediente 2012-409 que se tramita ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete, a cargo de la Sra. Juez Dra. Estela Solano Alejos, Secretaria Judicial Victoria Lisbeth Mesías De la Cruz, se ha ordenado se publique la RESOLUCIÓN UNO de fecha 22-09-2012 SE RESUELVE: 1°) ADMITIR la presente solicitud promovida por ELENA JESUS IGLESIAS DE GAMARRA, sobre RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, en la cual se ha consignado en el rubro de datos de su progenitora como «Eustiquia Velásquez Ochevarria», debiendo ser lo correcto EUSTIQUIA ROMUALDA VELASQUEZ ECHEVARRIA. Lo que se publica conforme a ley.
Cañete, 26 de Setiembre de 2012.
Victoria Lisbeth Mesías de la Cruz
Secretaria Judicial
Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete

SUCESIÓN INTESTADA
Exp. N° 2012-658, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha el Sr. Juez Dr. Miguel Eduardo Morán Ruiz y Secretaria Judicial Victoria Lisbeth Mesías de la Cruz, doña LUCIA HIYAJANQUI MALDONADO solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue BENEDICTA HIYAJANQUI MALDONADO, fallecida en San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, el 23 de Agosto de 2012. Lo que se publica conforme a ley, para que se apersonen los que se crean con derecho a herencia.
Cañete, 18 de Octubre de 2012.
Victoria Lisbeth Mesías De la Cruz
Secretaria Judicial
Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete

AVISO DE SUCESIÓN INTESTADA
NOTARÍA INGA VÁSQUEZ
Ante mi despacho notarial, sito en Jr. Jorge Chávez N° 291 – Imperial – Cañete – Lima, doña CLARA BUENDIA DE YARANGA solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su padre, don DOMINGO FERMANDO BUENDIA LAZARO, fallecido el día SEIS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ, señalando bajo declaración jurada que tuvo como último domicilio en Cañete y siendo sus únicos herederos universales los siguientes: CLARA BUENDIA PARIONA, MARIA ELENA BUENDIA PARIONA, DOMITILA BUENDIA PARIONA, PEDRO DAMIANO BUENDIA PARIONA, ATILIO ALBERTO BUENDIA PARIONA – HIJOS DEL CAUSANTE respectivamente. Se publica para fines y efectos de ley. Imperial, Cañete, 26 de Octubre del dos mil doce.
Dr. Javier Alberto Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado don Sixto Alejandro Chumpitaz Campos, identificado con DNI N° 15387486, con Exp. N° 9422-12 de fecha 18-10-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su ACTA DE NACIMIENTO, inscrito en el libro N° 035, folio N° 129, del año 1948, por haberse omitido consignar el apellido materno de la madre «CUYA» debiendo ser el nombre correcto de la madre: Alejandrina Campos Cuya.
De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 22 de Octubre de 2012.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado don Jorge Salomón Chumpitaz Campos, identificado con DNI N° 10188621, con Exp. N° 9271-12 de fecha 15-10-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su ACTA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro N° 027, folio N° 039 del año 1937, por haberse consignado con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y haberse omitido el apellido materno del titular «Campos» debiendo ser el nombre correcto del titular: Jorge Salomón Chumpitaz Campos, y del padre se consignó con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y se omitió el apellido materno, debiendo ser el nombre correcto del padre: Felipe Chumpitaz Chumpitaz, de igual manera se omitió consignar el apellido materno de la madre «CUYA» debiendo ser el nombre correcto de la madre: Alejandrina Campos Cuya. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada. Mala, 20 de Octubre de 2012.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Luisa Chumpitaz Campos, identificada con DNI N° 06168523, con Exp. N° 9286-12 de fecha 15-10-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su ACTA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro N° 028, folio N° 313 del año 1940, por haberse consignado con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y haberse omitido el apellido materno de la titular «Campos» debiendo ser el nombre correcto de la titular: Luisa Chumpitaz Campos, y del padre se consignó con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y se omitió el apellido materno, debiendo ser el nombre correcto del padre: Felipe Chumpitaz Chumpitaz, de igual manera se omitió consignar el apellido materno de la madre «CUYA», debiendo ser el nombre correcto de la madre: Alejandrina Campos Cuya. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 20 de Octubre de 2012.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado doña Sixta Chumpitaz Campos, identificada con DNI N° 25695903, con Exp. N° 9287-12 de fecha 15-10-12, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su ACTA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro N° 030, folio N° 095 del año 1942, por haberse consignado con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y haberse omitido el apellido materno de la titular «Campos», debiendo ser el nombre correcto de la titular: Sixta Chumpitaz Campos, y del padre se consignó con error el apellido paterno «Chúmpitaz» y se omitió el apellido materno, debiendo ser el nombre correcto del padre: Felipe Chumpitaz Chumpitaz, de igual manera se omitió consignar el apellido materno de la madre «CUYA», debiendo ser el nombre correcto de la madre: Alejandrina Campos Cuya. De conformidad con lo establecido en la Directiva DI N° 263-GRC/017 y Decreto Supremo N° 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 20 de Octubre de 2012.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil

29 octubre 2012


AÑO DE LA FE

LA FE PASO A PASO
Partes del Catecismo: Primera parte: la profesión de la fe
14 Los que por la fe y el Bautismo pertenecen a Cristo deben confesar su fe bautismal delante de los hombres (cf. Mt 10,32; Rom 10,9). Para esto, el catecismo expone en primer lugar en qué consiste la Revelación por la que Dios se dirige y se da al hombre, y la fe, por la cual el hombre responde a Dios (primera sección). El Símbolo de la fe resume los dones que Dios hace al hombre como Autor de todo bien, como Redentor, como Santificador y los articula en torno a los «tres capítulos» de nuestro Bautismo —la fe en un solo Dios: el Padre Todopoderoso, el Creador; y Jesucristo, su Hijo, nuestro Señor y Salvador; y el Espíritu Santo, en la Santa Iglesia (segunda sección).
* Todo lo que el cristiano tiene que saber está en el Credo.

P. Arnaldo Alvarado
arnaldo.alvar@gmail.com

EDICTOS

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA
En el Expediente Nº 4744-2011 en los seguidos por PEDRO ROGER CACERES BARRIONUEVO, en representación de CARLOS ENRIQUE CACERES BARRIONUEVO, contra KARIN RUTH DAÑINO GAERTIG, KARIN ANIKA PORTUGAL DAÑINO y CESAR JAVIER JESUS PORTUGAL SIGNORI, con intervención del acreedor no ejecutante ALEJANDRO JOSÉ SALAS DE LA VEGA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el Séptimo Juzgado Civil de Subespecialidad Comercial de Lima a cargo del señor Juez Dr. Juan Gustavo Varillas Solano, Especialista Legal Oscar Fernando Martínez Tejada ha autorizado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro Nº 293 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien:
1.- INMUEBLE: Ubicado en Calle Los Agaves Vivienda Nº 26, en el distrito de Asia (referencia condominio Las Brisas, a espaldas del Boulevard de Asia y del Kartódromo Racing Dakart), provincia de Cañete y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 550,000.00 (Quinientos Cincuenta mil y 00/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$ 366,666.67 (Trescientos Sesenta y Seis mil Seiscientos Sesenta y Seis y 67/100 (Dólares Americanos), que son las dos terceras partes del valor de la tasación.
AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: Constituida a favor de Alejandro José Salas De la Vega hasta por la suma de US$ 90,000.00 (Noventa mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00005 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 2) HIPOTECA: A favor de Carlos Enrique Cáceres Barrionuevo hasta pro la suma de US$ 140,000.00 (Ciento Cuarenta mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00006 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 3) HIPOTECA: A favor de AFS GROUP S.A.C., hasta por la suma de US$ 150,000.00 (Ciento Cincuenta mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en el asiento D00007 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete. 4) MODIFICACIÓN DE LA HIPOTECA: Se modifica la hipoteca inscrita en el asiento D00007 de la presente partida en el sentido que las partes han modificado la cláusula Octava de la Escritura Pública primigenia, siendo el tenor: «El plazo de la hipoteca es de seis meses computado desde el momento en que se verifique el primer desembolso de dinero a que se hace referencia en el segundo párrafo del término tercero del presente documento y se mantendrán vigente y será perfectamente ejecutable, en tanto y cuanto no se encuentren totalmente canceladas las obligaciones garantizadas, siempre que el adeudo se remita en su origen, al plazo antes referido», inscrita la modificación de la hipoteca en el asiento D00008 de la Partida Nº 90018132 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: Día 13 de Noviembre del 2012 a horas 2:30 p.m. (Dos y treinta del a tarde).
LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remate Nº 01, Piso 01 del local de los Juzgados Civiles de Lima, ubicado en la intersección de la Av. Abancay, Av. Nicolás de Piérola (Ex – Edificio del Ministerio de Educación) – Cercado de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando DNI en original y copia, tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, copia y original firmados. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de Conformidad con el Artículo 732º del Código Procesal Civil y Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelarán culminado el Acto de Remate. GIANNI GASTTONE CHÁVEZ ENCISO, Martillero Público con Registro Nº 293; Especialista Legal Oscar Fernando Martínez Tejada, Séptimo Juzgado Comercial de Lima.
Gianni Gasttone Chávez Enciso
Martillero Público - Registro Nº 293
Oscar Fernando Martínez Tejada - Secretario Judicial
7mo. Juzgado Civil Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
Publicar: Del 25 de Octubre al 02 de Noviembre de 2012.

EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente: Polanco; Comunica:
EXP.- 2000-3661; Cita y emplaza a JESUSI MATEO ABNER ABRAHAM, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Robo agravado. Agraviado: Cesar Daniel Jorge Wong. Secretario: Miranda.
EXP.- 2003-0352; Cita y emplaza a BUENDIA ANTIALON JUAN CARLOS, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2004-0342; Cita y emplaza a CAYLLAHUA DURAN RUBEN LEONCIO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad de iniciales D.J.S.A. Secretario: Miranda.
EXP.- 2008-0321; Cita y emplaza a ROSENDO TAPIA VASQUEZ, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2008-0496; Cita y emplaza a CALDERON SANCHEZ SEGUNDO GASPAR TITO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2005-0587; Cita y emplaza a ALCAHUAMAN SAPALLANAY WILMER, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Tenencia Ilegal de Armas. Agraviado: La Sociedad. Secretario: Miranda.
EXP.- 2010-0185; Cita y emplaza a DE LA CRUZ PALOMINO HECTOR ALEJANDRO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2009-0182; Cita y emplaza a RICHARD ALBERTO GOICOCHEA MIRANDA, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-Homicidio Calificado y otro. Agraviado: Carlos A. Negron Vicente y otro. Secretario: Miranda.
EXP.- 2002-0954; Cita y emplaza a JORGE LUIS CASTILLO PEREZ, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2003-0005; Cita y emplaza a RUIZ BONILLA OTTMAR DIDI, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Cohecho Propio. Agraviado: El Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.- 2003-0023; Cita y emplaza a HUARACA CHINCHON MARCOS ANTONIO y RAMOS TORALBA ENRREY, se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Robo Agravado. Agraviado: Antolina Zenteno Vda. De Ramos. Secretario: Miranda.
EXP.- 2007-0719; Cita y emplaza a RICARDO CUADROS CUCHO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2008-0156; Cita y emplaza a CANCHARI RODRIGUEZ JESUS MIGEL, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2000-2032; Cita y emplaza a PELAGIO VILLAGARAY CRISANTE, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Andrés Sánchez Celestino. Secretario: Miranda.

SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CAÑETE; Juez: García; Comunica:
EXP.- 0539-2000; Cita, llama y emplaza a JOSE FERNANDO ARMAS DURAND, para que acuda ante este Juzgado para efectos de la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA. Delito: Contra la Seguridad Pública. Agraviado: La sociedad. Secretario: Astohuaman.
EXP.- 0579-2004; Cita, llama y emplaza a SANTOS ROMAS QUISPE LAZARO, para que acuda ante este Juzgado para efectos de la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA. Delito: Contra el Orden Financiero y Monetario – Falsificación de monedas y billetes falsos. Agraviado: Banco de Reservas del Perú. Secretario: Astohuaman.
EXP.- 0945-2009; Llama y emplaza a JOSE QUISPE ARONI, para que acuda ante este Juzgado para efectos de la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA. Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – Lesiones Leves. Agraviada: Adriana Bertha Rojas Cuadros. Secretario: Astohuaman.
26, 27 y 29 de Octubre

EDICTO
Exp. Nº 69-2007-JMY, el Juez del Juzgado Mixto de Yauyos, ordena se publique un extracto de la Res. Nº 45, que tiene el siguiente texto: Notifíquese vía Edicto en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario Oficial de Avisos Judiciales de Cañete «Al Día Con Matices» al demandado Teodoro Trujillo Oré, para que se apersone al proceso o en su caso sus sucesores dentro del término de sesenta días, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de no apersonarse. Debiendo la demandante facilitar la publicación de los respectivos edictos y cumplir con las formalidades señaladas en el artículo 165 del Código Procesal Civil.
Yauyos, 28 de Setiembre de 2012.
José Víctor Castro Correa
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Yauyos
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 29, 30 y 31 de Octubre de 2012.

EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Jueza: Guzmán; Comunica:
EXP.- 2012-0556; Cita, llama y emplaza al adolescente RUBEN FELIX GUERRA MANRIQUE (17), con la RES. 09 (09.10.12); se resuelve PRIMERO: AMPLIAR la investigación por 30 días y SEÑALAR fecha para la CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS para el día 06.11.2012 a horas 11:30 a.m; a fin: 1) RECIBASE la declaración referencial del investigado RUBEN FELIX GUERRA MANRIQUE (17), quien deberá concurrir a dicha diligencia acompañado de uno de sus progenitores y un abogado de su elección y en caso no tenerlo el juzgado le designará un abogado de oficio; 2) RECIBASE la declaración testimonial de la madre de la menor agraviado doña LEANDRA PALOMINO GUERRA; 3) RECABESE la ratificación del CERTIFICADO MEDICO LEGAL por la profesional pertinente; SEGUNDO: DECLARAR ADOLESCENTE CONTUMAZ al investigado RUBEN FELIX GUERRA MANRIQUE; y responda a los cargos que se han formulado en su contra, en la investigación que se le sigue por el Delito Contra la Libertad Sexual en grado de Tentativa en agravio de la menor de iniciales Y.L.C.P (11). Secretaria: Katherine Claudio.
EXP.- 2012-01000; Res. 01(10.10.12). Resuelve: ADMITASE a tramite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR en la modalidad de MALTRATO SIN LESIÓN, interpuesta por el Ministerio Publico contra DINERTH VIDAL ANDRES AVALOS en agravio de su conviviente SANTA ISABELLA GALLARDO MEDINA, debiendo tramitarse en la via de PROCESO UNICO: Notificar al demandado DINERTH VIDAL ANDRES AVALOS para que en el plazo especial de QUINCE DÍAS se apersone al proceso y haga valer sus derechos conforme a Ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Secretaria: Katherine Claudio.

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Chávez; Comunica:
EXP.- 2011-0021-02; Notifica al imputado ANGEL REMIGIO LIMANTA SACSA con el auto de enjuiciamiento contenido en la Res. 09 (18.07.12), investigación seguida en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de su menor hijo Brandy Paul Limanta Gutiérrez. Especialista: Rodríguez.
EXP.- 2012-0037; Notifica al imputado ANGEL REMIGIO LIMANTA SACSA, la Res. 01(09.07.2012), en la cual se le concede tres días para que designe abogado defensor y señale domicilio procesal, bajo apercibimiento de nombrarle abogado defensor de oficio, investigación seguida en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de su menor hijo Brandy Paul Limanta Gutiérrez. Asistente: Rodríguez.

27 octubre 2012

PROYECTO ARQUEOLÓGICO PISQUILLO – LAS SHICRAS REVELA PRIMEROS RASGOS DE DOS FARDOS FUNERALES DE LA CULTURA CHANCAY.


Los expertos del proyecto arqueológico Pisquillo -Las Shicras que promueve el Gobierno Regional de Lima en la provincia de Huaral, lograron el histórico desenfardelamiento de dos de los tres fardos funerarios hallados a principios de este año, pertenecientes a la cultura Chancay que se desarrolló entre el año 1,100 a 1,480 después de Cristo.
Tras un trabajo científico de dos días, el grupo de profesionales integrado por bioarqueólogos, conservadores y expertos textiles descubrieron los principales rasgos de ambos personajes bautizados como «Chata» y «Chiqui»; la primera, una mujer adulta y la segunda, una niña.
El jefe del proyecto arqueológico Pisquillo -Las Shicras, arqueólogo. Walter Tosso, contó que durante el desenfardelamiento de los restos de la mujer adulta se encontró a sus extremidades flexionadas, que fueron cubiertas con varios textiles. «Es muy probable que «La Chata» haya sido enterrada en otro lugar y luego trasladada al sector de Las Shicras. También se halló huesos de otros seres en ese fardo, así como semillas de algodón», concluyó.
Además, los especialistas, entre ellos la jefa del equipo de investigación, Patricia Landa mostró su sorpresa por el estado de preservación en el que fue encontrado la lengua de «la Chata», toda vez que esa zona del cuerpo humano es una de las primeras en degradarse cuando fallece una persona. Al respecto de «Chiqui», el arqueólogo Tosso explicó que dicho fardo funeral fue enterrado cubierto de pocos telares, por lo que fue de facilidad su desenfardelamiento. Las investigaciones no han determinado que ambos personajes tengan parentescos. Esta última jornada científica contó con la presencia del gerente general Regional Dr. Luis Fernández Estrella, quien señaló que «Pocas veces la opinión pública es testigo de un desenfardelamiento, hoy se ha podido revelar algo más de la historia de la cultura Chancay. La ejecución del proyecto Pisquillo -Las Shicras es una muestra del interés del presidente Javier Alvarado por ejecutar proyectos de preservación, puesta en valor y difusión de nuestros sitios arqueológicos». Los restos de ambos fardos funerales fueron depositados en recipientes bajo un cuidado especial, dado que el proceso de investigación continuará posteriormente en la ciudad de Lima a fin de conocer mayores detalles de sus entierros, edades, características físicas, entre otros.
Al término del desenfardelamiento, los integrantes del proyecto Pisquillo –Las Shicras en compañía del Dr. Fernández Estrella e invitados especiales realizaron el tradicional pago a la Pachamama, para darle una ofrenda a la tierra por haberle dado las facilidades de conocer la historia de la cultura Chancay.

ECLARAN DESIERTO EL CONCURSO PARA CONSTRUIR EL HOSPITAL REGIONAL

Por Edgar Cama Quispe

Uno de los ofrecimientos electorales del Pdte. Regional de Lima, Javier Alvarado, fue la construcción del Hospital Regional de Cañete; una obra anhelada por años, impulsada luego a raíz del terremoto del 2007 y concretada su financiamiento a través del Decreto de Urgencia 016-2012 por el que se destinó 33’900,000 nuevos soles.
Hoy podemos decir que es una realidad, toda vez que ya se está convocando a Licitación Pública la ejecución de la Obra denominada «CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL REGIONAL EN LA PROVINCIA DE CAÑETE – META I».
La Licitación Pública Nº 16-2012/GRL/CE se convocó el 10 de setiembre del 2012, teniendo la obra un valor referencial de 38 millones 110 mil 960.72 nuevos soles y el Periodo de Ejecución de la Obra es de Doscientos Diez (210) días calendarios.
La presentación, calificación y evaluación de propuestas fue el 22 de octubre pasado, en los ambientes de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente en la ciudad de Huacho.
El proceso estuvo a cargo de la Ing. Miriam Mullisaca en su calidad de Presidente del Comité, asistiendo el Dr. Marco Antonio Montoya Cieza, el Sr. Ángel Matos, el Notario Público Carlos Reyes y como representante del OCI el Ing. Julio Martínez.
Al proceso de presentaron 20 postores, de los cuales desistieron 17 (diecisiete) quedando solo tres postores: Consorcio Ejecutor Cañete; Ortiz Construcciones y Proyectos SA Sucursal del Perú; y, Consorcio Constructora Cañete.
De la evaluación de las propuestas se observó el siguiente resultado:
1.- Consorcio Ejecutor Cañete, no fue admitida su propuesta técnica, porque su propuesto Residente de Obra no cumplió con acreditar siete de diez actividades en obras similares.
2.- Ortiz Construcciones y Proyectos SA Sucursal del Perú, no fue admitida su propuesta técnica, porque en el certificado de trabajo de su Residente de Obra no contiene los datos de la entidad o empresa privada a la que prestó sus servicios.
3.- Consorcio Constructora Cañete, no fue admitida su propuesta, pues no cumplió con adjuntar la copia simple del título profesional del residente de obra, adjuntando solamente la copia simple del grado de Bachiller.
Ante la no admisión de los tres únicos postores que se presentaron al Concurso, el Comité Especial declaró «DESIERTO el proceso de selección LICITACIÓN PÚBLICA Nº 016-2012-GRL/CE, EJECUCIÓN DE OBRA ‘CONSTERUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL REGIONAL, EN LA PROVINCIA DE CAÑETE. META – I’»
Ante esta situación y de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado, el Comité Especial resolverá los reclamos presentados por algunos postores y si son declarados improcedentes se fijará un nuevo cronograma de Licitación.

UNA NECESARIA PRECISIÓN.
Hace unos días se ha difundido la noticia de la gestión del congresista Elard Melgar ante el Ministerio de Salud sobre la partida económica para el Hospital Regional, una «noticia» que encierra el afán de protagonismo del congresista Elard Melgar, toda vez que la partida económica se dispuso a través del Decreto de Urgencia Nº 016-2012 del 25 de Junio del 2012 y publicada en El Peruano el 26 de Junio 2012. Este desembolso económico, a diversos gobiernos regionales y locales (uno de ellos es la obra de saneamiento de La Florida - Nuevo Imperial) que hizo el Gobierno fue como parte de contarestar la crisis mundial e impulsar el dinamismo de la economia nacional.

AGENDA LOCAL Y REGIONAL ANTE «BURRADA ADMINISTRATIVA POLICIAL»

Escribe: Vladimir Alexander Rojas Hinostroza

El Gral. Raúl Salazar las verá verde estas horas, no sólo por la violencia y saqueo registrado en Gamarra (La Victoria – Lima), sino además, por la decisión que han tomado el Consejo Regional de Lima, con un pedido stentado por la Consejera Regional Liliana Torre, y las autoridades locales de Cañete.
Dichas instancias han coincidido (a Dios gracias), en rechazar la resolución «Salazar» que merma de manera ilegal, usurpadora, y sin argumentos, la jurisdicción policial de Cañete; sino además en plantear las impugnaciones respectivas ante el Ministro del Interior, quien al parecer desconocía lo hecho por el Gral. Salazar.
A estas horas, nuestras autoridades ya cuentan con los elementos de juicio necesarios para que se corrija el «error grosero» en que incurre el mandamás del aparato policial. Restablecer la vigencia de la Resolución Directoral 511-2003-DIRGEN/EMG, es el primer camino. Presionar para que se defina legalmente la demarcación territorial es un camino más complejo. Esto último debieron hacerlo hace tiempo, y no esperar las argucias del «tonto cacique congresal» llamado José Elías.
Porque inducir a cometer un error a un oficial (de más alto rango de la PNP) debe ser catalogado como crimen. Lástima que ello no esté tipificado en el Código Penal.
Debió acordarse además, exigir que nuestros 4 congresistas formulen acusación ante la Comisión de Ética del congreso, para que se suspenda al citado personaje de Ica, porque no sólo ha sorprendido a un oficial de la PNP, sino que con su actitud está mermando la paz pública entre dos provincias con un diferendo limítrofe por subsanar en dicho órgano del Estado.
¿POR QUÉ NUESTRAS AUTORIDADES NO SE ATREVEN A PARARLE EL «MACHO» A ESTE CONGRESISTA IQUEÑO, SI CUENTAN CON TODO PARA HACERLO?, ¿O ACASO, LOS CONGRESISTAS DE LIMA – PROVINCIAS LE TEMEN A UN FUNCIONARIO QUE GOZA DE LAS MISMAS PRERROGATIVAS QUE ELLOS? Veremos el desenlace, pero no se extrañen, si en las próximas horas recibimos «nuevas noticias» del falso líder de la Región Ica. — con Vicente Sanchez Vasquez y 18 personas más.

JUZGADO DE PAZ DE NUEVO AYACUCHO ALISTA SHOW INFANTIL PARA EL 31 DE OCTUBRE...



SAN VICENTE.- El Juzgado de Paz del Centro Poblado de «Nuevo Ayacucho», en coordinación con algunas instituciones caritativas, realizará un show infantil dirigido a los niños de nivel primario de la IEP 20795 «Andrés Avelino Cáceres» de esta localidad.
Susana Carrera Viuda de Flores, Juez de paz del CP «Nuevo Ayacucho», expresó que la fiesta infantil se realizará el próximo 31 del mes en curso en la misma institución educativa.
La autoridad judicial, precisó que el show artístico consistirá en la presentación de payasos, animaciones, concurso de bailes, regalos, bocaditos y muchas sorpresas más.
«Realizamos esta actividad con el propósito de brindar un momento de sano esparcimiento a los niños de Nuevo Ayacucho que son el futuro de nuestra frontera», precisó Susana Carrera.
Mostró su agradecimiento a las instituciones como la Asociación Cultural «Frontera Viva», Familia Alina Mora, Federación de Apafas de Cañete, Amancio Astorayme Flores, Ing. Esteban Vega, Lic. Max Cuzcano Reyes y otros.
Precisa que la fiesta infantil consistirá en el inicio de una campaña de sensibilización a cargo de un grupo de moradores con el objeto que nuestras autoridades provincial y de la región brinden mayor prioridad a Nuevo Ayacucho.

AÑO DE LA FE

IV. La estructura del «Catecismo de la Iglesia Católica»
13 El plan de este catecismo se inspira en la gran tradición de los catecismos, los cuales articulan la catequesis en torno a cuatro «pilares»: la profesión de la fe bautismal (el Símbolo), los sacramentos de la fe, la vida de fe (los Mandamientos), la oración del creyente (el Padre Nuestro).

P. Arnaldo Alvarado
arnaldo.alvar@gmail.com


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 007-2012-A-MDM

Mala, 18 de Octubre del 2012

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del Distrito de Mala, de fecha 18 de Octubre del 2012, respecto al Informe Nº 04-2012-CPIMGM-MDM, emitido por el Coordinador del Plan de Incentivos a la mejora de la Gestión y Modernización de la Municipalidad Distrital de Mala, donde se solicita la implementación de la Ciclovía Recreativa de 2 Km en el Distrito de Mala», de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud.

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política, concordante con el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, prescribe que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, de acuerdo Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos de Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012, donde la Municipalidad de Distrital de Mala deberá cumplir metas, siendo unas de ellas la «Identificación de las Zonas de Riesgo de Accidentes de Tránsito en el distrito de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud».

Que, el Ministerio de Salud ha establecido un instructivo, donde establecen los pasos a seguir para el cumplimiento de la meta antes mencionada. Siendo uno de ellos, la conformación de un equipo de trabajo, conformado por la Municipalidad Distrital de Mala, la Policía Nacional, Personal de Establecimiento de Salud, y otras organizaciones afines, quienes tendrán la facultad de tomar decisiones para el cumplimiento de la Meta «Implementación de la ciclovía recreativa en el Distrito de Mala» de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud.

Que, mediante R.A. Nº 639-2012-A-MDM de fecha 03/09/12 se conforma el equipo de trabajo, para el cumplimiento de la meta antes citada, con representantes de la Municipalidad, Policía Nacional, del sector salud y otras instituciones.

Que, estando de conocimiento de las responsabilidades que la Ley asigna en condición de Titular del Pliego, en base a las atribuciones conferidas por el voto unánime del Concejo Municipal, se ha aprobado la siguiente Ordenanza Municipal;

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la Implementación de la Ciclovía de 2 Km en el Distrito de Mala, la cual comprenderá desde la Plaza de Armas (Municipalidad) salida por Pasaje Plaza de Armas, Jirón Real hasta la intersección con la Calle Coronel Castillo, giro a la derecha hasta vía auxiliar de la Antigua Panamericana Sur, de allí continua en dirección sur hasta intersección con Av. Alfonso Ugarte, dobla a la izquierda hasta llegar a prolongación Real, giro al sur hasta llegar al acceso a la Comunidad Campesina de San Marcos de la Aguada por el sector de Lumbreras, haciendo los 2 km, requisito para el cumplimiento de la meta.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Establecer como fechas para el evento durante los días domingos, comprendidos a partir del 28 de los corrientes, hasta el 16 de diciembre del presente año, entre las 7.00 a las 13.00 horas.
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar al Coordinador y el Equipo de Trabajo, designados mediante Resolucion de Alcaldía Nº 639-2012-A-MDM, para el logro de la presente meta, de acuerdo a los lineamientos y plazos establecidos por el Ministerio de Salud.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE.

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde

EDICTOS

EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS SAN LUIS OBISPO DE TOLOZA S.A.
JUNTA GENERAL DE SOCIOS ACCIONISTAS

Se convoca a todos los socios accionistas de la Empresa de Transporte de Pasajeros San Luis Obispo de Toloza S.A., a la reunión que se llevará a cabo el día Miércoles 07 de Noviembre del 2012, a horas 8:00 p.m. en la casa del socio Alejandro Centeno (Calle Comercio – San Luis – Cañete); para tratar la siguiente Agenda:
- Disminución del capital social según mandato de ley.

Cañete, 27 de Octubre de 2012.
El Directorio.

*****

EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente: Polanco; Comunica:
EXP.- 2000-3661; Cita y emplaza a JESUSI MATEO ABNER ABRAHAM, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Robo agravado. Agraviado: Cesar Daniel Jorge Wong. Secretario: Miranda.
EXP.- 2003-0352; Cita y emplaza a BUENDIA ANTIALON JUAN CARLOS, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2004-0342; Cita y emplaza a CAYLLAHUA DURAN RUBEN LEONCIO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad de iniciales D.J.S.A. Secretario: Miranda.
EXP.- 2008-0321; Cita y emplaza a ROSENDO TAPIA VASQUEZ, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2008-0496; Cita y emplaza a CALDERON SANCHEZ SEGUNDO GASPAR TITO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2005-0587; Cita y emplaza a ALCAHUAMAN SAPALLANAY WILMER, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Tenencia Ilegal de Armas. Agraviado: La Sociedad. Secretario: Miranda.
EXP.- 2010-0185; Cita y emplaza a DE LA CRUZ PALOMINO HECTOR ALEJANDRO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2009-0182; Cita y emplaza a RICHARD ALBERTO GOICOCHEA MIRANDA, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-Homicidio Calificado y otro. Agraviado: Carlos A. Negron Vicente y otro. Secretario: Miranda.
EXP.- 2002-0954; Cita y emplaza a JORGE LUIS CASTILLO PEREZ, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2003-0005; Cita y emplaza a RUIZ BONILLA OTTMAR DIDI, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Cohecho Propio. Agraviado: El Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.- 2003-0023; Cita y emplaza a HUARACA CHINCHON MARCOS ANTONIO y RAMOS TORALBA ENRREY, se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Robo Agravado. Agraviado: Antolina Zenteno Vda. De Ramos. Secretario: Miranda.
EXP.- 2007-0719; Cita y emplaza a RICARDO CUADROS CUCHO, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor de edad con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2008-0156; Cita y emplaza a CANCHARI RODRIGUEZ JESUS MIGEL, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: Menor con identidad reservada. Secretario: Miranda.
EXP.- 2000-2032; Cita y emplaza a PELAGIO VILLAGARAY CRISANTE, se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado. Agraviado: Andrés Sánchez Celestino. Secretario: Miranda.

SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CAÑETE; Juez: García; Comunica:
EXP.- 0539-2000; Cita, llama y emplaza a JOSE FERNANDO ARMAS DURAND, para que acuda ante este Juzgado para efectos de la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA. Delito: Contra la Seguridad Pública. Agraviado: La sociedad. Secretario: Astohuaman.
EXP.- 0579-2004; Cita, llama y emplaza a SANTOS ROMAS QUISPE LAZARO, para que acuda ante este Juzgado para efectos de la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA. Delito: Contra el Orden Financiero y Monetario – Falsificación de monedas y billetes falsos. Agraviado: Banco de Reservas del Perú. Secretario: Astohuaman.
EXP.- 0945-2009; Llama y emplaza a JOSE QUISPE ARONI, para que acuda ante este Juzgado para efectos de la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA. Delito: Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – Lesiones Leves. Agraviada: Adriana Bertha Rojas Cuadros. Secretario: Astohuaman.
26, 27 y 29 de Octubre

EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Jueza: Guzmán; Comunica:
EXP.- 2012-0556; Cita, llama y emplaza al adolescente RUBEN FELIX GUERRA MANRIQUE (17), con la RES. 09 (09.10.12); se resuelve PRIMERO: AMPLIAR la investigación por 30 días y SEÑALAR fecha para la CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS para el día 06.11.2012 a horas 11:30 a.m; a fin: 1) RECIBASE la declaración referencial del investigado RUBEN FELIX GUERRA MANRIQUE (17), quien deberá concurrir a dicha diligencia acompañado de uno de sus progenitores y un abogado de su elección y en caso no tenerlo el juzgado le designará un abogado de oficio; 2) RECIBASE la declaración testimonial de la madre de la menor agraviado doña LEANDRA PALOMINO GUERRA; 3) RECABESE la ratificación del CERTIFICADO MEDICO LEGAL por la profesional pertinente; SEGUNDO: DECLARAR ADOLESCENTE CONTUMAZ al investigado RUBEN FELIX GUERRA MANRIQUE; y responda a los cargos que se han formulado en su contra, en la investigación que se le sigue por el Delito Contra la Libertad Sexual en grado de Tentativa en agravio de la menor de iniciales Y.L.C.P (11). Secretaria: Katherine Claudio.
EXP.- 2012-01000; Res. 01(10.10.12). Resuelve: ADMITASE a tramite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR en la modalidad de MALTRATO SIN LESIÓN, interpuesta por el Ministerio Publico contra DINERTH VIDAL ANDRES AVALOS en agravio de su conviviente SANTA ISABELLA GALLARDO MEDINA, debiendo tramitarse en la via de PROCESO UNICO: Notificar al demandado DINERTH VIDAL ANDRES AVALOS para que en el plazo especial de QUINCE DÍAS se apersone al proceso y haga valer sus derechos conforme a Ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Secretaria: Katherine Claudio.

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LUNAHUANA; Juez: Chávez; Comunica:
EXP.- 2011-0021-02; Notifica al imputado ANGEL REMIGIO LIMANTA SACSA con el auto de enjuiciamiento contenido en la Res. 09 (18.07.12), investigación seguida en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de su menor hijo Brandy Paul Limanta Gutiérrez. Especialista: Rodríguez.
EXP.- 2012-0037; Notifica al imputado ANGEL REMIGIO LIMANTA SACSA, la Res. 01(09.07.2012), en la cual se le concede tres días para que designe abogado defensor y señale domicilio procesal, bajo apercibimiento de nombrarle abogado defensor de oficio, investigación seguida en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de su menor hijo Brandy Paul Limanta Gutiérrez. Asistente: Rodríguez.

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. Nº 00570-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha el Sr. Juez Dr. Juan Siguas Fuentes y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, doña VICTORIA ILLACCANQUI MALDONADO, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se rectifique su apellido paterno ILLACCANQUI siendo lo correcto «HIYAJANQUI» y además se rectifique el nombre y apellido paterno de su padre ELOY ILLACCANQUI TORRES siendo lo correcto «EULOGIO HIYAJANQUI TORRES», debiendo figurar que la titular de la partida es VICTORIA HIYAJANQUI MALDONADO y que es hija de EULOGIO HIYAJANQUI TORRES. Lo que se publica para conocimiento. Cañete, 24 de Octubre de 2012.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial - 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete

EDICTO
Ante mí se ha presentado JOSE ALEJANDRO ESPINOZA CANDELA, solicitando la RECFTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de su hermana: MARIA ELENA ESPINOZA CANDELA, expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima en el siguiente extremo: Nombre del Padre dice: JOSE ESPINOZA, debe decir: JOSE TEOFILO ESPINOZA Y CUADROS. Nombre de la madre dice: AUGUSTA CANDELA, debe decir: AUGUSTA LUCIA CANDELA SANCHEZ.
Lo que se notifica en cumplimiento de la ley 26662.
Cañete, 25 de Octubre de 2012.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario

SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don NICANOR AVALOS PORTUGUEZ, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña BENITA PORTUGUEZ SANCHEZ, quien falleció AB-INTESTADA el día 20 de Setiembre del año 2008, a efecto de que se declare como único y universal heredero a su hijo NICANOR AVALOS PORTUGUEZ, lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia
Cañete, 11 de Octubre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 008-2012-MDM

Mala, 18 de Octubre del 2012

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de Octubre del 2012, el Informe N° 347-2012-GAT/MDM de la Gerencia de Administración Tributaria e Informe Nº 509-2012-GAL/MDM de la Oficina de Asesoría Legal respecto al Proyecto de Ordenanza que Otorga Beneficios para el Pago de Deudas de Arbitrios Municipales, para los contribuyentes del distrito de Mala.

CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades gozan de autonomía política y administrativa en asuntos de su competencia, conforme lo reconoce el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú.

Que, a su vez el artículo 195° de la Constitución Política del Estado reconoce la autonomía política, económica y administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la ley.

Que, el artículo 2° del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, establece que las Municipalidades, como órganos de gobierno local tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2004-EF, establece que los gobiernos locales, mediante ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción, asimismo establece en el Artículo 41° en su segundo párrafo que los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administra.

Que, es política de la Municipalidad Distrital de Mala incentivar el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes mediante un régimen temporal que permita el saneamiento de las deudas tributarias.

Que, estando a lo expuesto y a lo dispuesto en los incisos 8) y 9) del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, el Concejo Municipal por unanimidad con las observaciones del caso y con la dispensa de lectura de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS PARA EL PAGO DE DEUDAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES

ARTÍCULO PRIMERO: OBJETIVO
El objeto de la presente Ordenanza es establecer un beneficio temporal para el pago de las deudas de Arbitrios Municipales.

ARTÍCULO SEGUNDO: ALCANCES DEL BENEFICIO
Los contribuyentes que se acojan a la presente ordenanza tendrán los siguientes beneficios:
a) Condonación del 100% de los intereses moratorios y/o reajustes generados por deudas de arbitrios municipales vencidos.
b) Descuento especial en porcentajes por años conforme al cuadro adjunto:

Años 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011
% a descontar 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30%


ARTÍCULO TERCERO: PAGOS EFECTUADOS
Los pagos realizados por los contribuyentes con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza son válidos, por lo cual no son materia de devolución y/o compensación.

ARTÍCULO CUARTO: VIGENCIA
La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 03 de Noviembre y vence el 30 de Noviembre del 2012.

ARTÍCULO QUINTO: Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza.

DISPOSICIÓN FINAL Y ÚNICA
Facultar al Alcalde para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecución de la presente Ordenanza.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde

26 octubre 2012

EDICTO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
OFICINA DE REGISTROS CIVILES
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO VIA ADMINISTRATIVA
OFICINA REGISTRAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO
REGISTRADOR: Felícita Eusebia Arias de Torres.
SOLICITANTE: Julio Emilio Chumpitaz Huapaya
RECTIFICACION: Acta de Nacimiento del Solicitante.
Error en el segundo prenombre de la madre del titular y falta consignar el segundo prenombre del padre.
DICE: Josefa Estela Huapaya Espinoza
DEBE DECIR: Josefa Estilita Huapaya Espinoza.
DICE: Pedro Chumpitaz Atencio
DEBE DECIR: Pedo Pablo Chumpitaz Atencio.
Fecha de Presentación de la solicitud: 24-10-2012.
Felícita Eusebia Arias de Torres
Jefe Of. de Registro de Estado Civil

CONSEJO REGIONAL DE LIMA RECHAZA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PNP QUE RESTRINGE JURISDICCIÓN POLICIAL DE CAÑETE

En Sesión Extraordinaria realizada el día de ayer, el Consejo Regional de Lima por unanimidad ha adoptado el acuerdo de rechazar los alcances de la Resolución Directoral 913-2012-DIRGEN-PNP/EMG, la que adoleciendo de vicios de legalidad, dispone dejar sin efecto el límite policial de la provincia de Cañete hasta la Quebrada de Topará, esto es el Km. 179.369 de la Carretera Panamericana Sur (CPS).
El pedido fue sustentado y formulado por la Consejera de la provincia de Cañete, Dra. Liliana Torres, quien informó al máximo ente regional que la Dirección General de la PNP ha ejercido una competencia que es atribución del Ministerio del Interior, invocando en forma arbitraria la Ley 27444, más aún si la jurisdicción policial de Cañete fue válidamente establecida en la Resolución Directoral 511-2003-DIRGEN/EMG.
Además, precisó la Dra. Liliana Torres, ambas resoluciones hacen referencia a que el límite policial entre las provincias de Cañete y Chincha, es la Quebrada de Topará, ubicada a la altura del Km. 179.369 de la CPS, y no el Km. 165 de la CPS, como en forma errónea considera la Resolución Directoral 913-2012-DIRGEN-PNP/EMG.
De la misma forma, el Consejo Regional de Lima ha autorizado al Presidente Regional, Javier Alvarado, disponer las acciones administrativas respectivas a efectos de impugnar la citada resolución ante el Ministerio del Interior.

JURISDICCIÓN POLICIAL EN ABIERTO ATENTADO CONTRA TERRITORIALIDAD CAÑETANA
Hay que señalar que el cambio de la jurisdicción policial, fue realizado a solicitud del Congresista Iqueño José Luís Elías Ávalos, lo que produjo que el Director General de la Policía Nacional del Perú Raúl Salazar Salazar emitiese la Resolución Directoral N° 913-2012-DIRGEN-PNP/EMG el pasado 05 de octubre del año en curso, mediante la cual establece, que mientras los Poderes Ejecutivo y Legislativo determine la delimitación y demarcación política de Lima e Ica, como límite de jurisdicción policial de la División Policial de Cañete y la Dirección Territorial Ica de la región Policial Sur, el km. 165 de la panamericana sur de la nueva autopista carretera.
Esta decisión como se señala, deja sin efecto la Resolución Directoral N° 211-2003-DIRGEN/EMG del 27 de febrero del 2003, que establecía que los límites jurisdiccionales policiales de Cañete y Chincha estaban determinados en el sector de la quebrada Topará a la altura del kilómetro 179.369 de la carretera panamericana sur, hecho que definitivamente atenta contra la integridad territorial cañetana y de la región Lima, desconociendo toda documentación histórica y legal, inclusive el Informe Técnico entre ambas provincias elaborado por la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la PCM.
Esta situación, no es más que una más de las maquiavélicas acciones que viene llevando adelante el cuestionado congresista iqueño Elías Ávalos, tratando de generar un nuevo conflicto social y limítrofe, pretendiendo tener dominio policial, con esta resolución, a diversas poblaciones cañetanas afincadas en la zona, como el Centro Poblado «Nuevo Ayacucho» y la Planta de Licuefacción de Camisea.
Ante el clamor de la población cañetana inmediatamente las autoridades de la Municipalidad Provincial de Cañete y el Gobierno Regional de Lima (cuya responsabilidad es la defensa territorial) han iniciado de inmediato las coordinaciones necesarias, para que con el concurso de los congresistas de Lima Provincias, se deje sin efecto tan aberrante disposición.

RED CHILCA MALA REALIZÓ ACTIVIDADES POR LA SEMANA DE LA PREVENCIÓN DEL CANCER

En el marco de la celebración de La Semana de la Prevención del Cáncer, la Red de Salud Chilca Mala, realizó una serie de actividades; entre ellas, la Caminata por la Vida que tuvo como punto de partida el ISTP San Pedro del Valle de Mala, recorriendo diversas calles del distrito, hasta llegar al frontis del Mercado Virgen de las Mercedes, lugar de concentración de la referida jornada de salud.
En dicho escenario el personal de salud brindó consejería de prevención en los cinco tipos de Cáncer priorizados como el Cáncer de Cuello Uterino, Pulmón, Estómago, Próstata, y Mamas, dirigido al público en general.
Muchos son los factores de riesgo, como el fumar, el sobrepeso, la obesidad, el sedentarismo, trabajar en zonas de contaminación ambiental, así como la exposición al sol; todo esto contribuye a contraer el Cáncer. Los mismos que pueden ser prevenibles si adoptamos conductas saludables, dejando de consumir comidas chatarras, gaseosas, licor, etc.
La actividad física regular, según algunos estudios se ha demostrado que ayuda a controlar el peso del cuerpo y puede disminuir el riesgo de cáncer del colon. Motivo por el cual la actividad física (Baile) estuvo presente con la participación de los alumnos del Instituto San Pedro del Valle de Mala.
Es preciso indicar que La Caminata por la Vida pretende sensibilizar Informar y educar a la familia, y población en general, sobre la importancia de la adopción de estilos de vida y conductas saludables para una mejor calidad de vida.

DRA. PATRICIA RAZZETO JURAMENTÓ COMO FISCAL ADJUNTA CIVIL Y DE FAMILIAþ

La Doctora Patricia Razzeto Zavala, juramentó el día de ayer, 25 de octubre del presente, como Fiscal Adjunta Provincial Titular de la Segunda Fiscalía Provincial en lo Civil y Familia de Cañete, de acuerdo con la resolución de Fiscalía de la Nación Nº 2834-2012-MP.FN.
La toma de juramento estuvo a cargo del Dr. Jhonny Hans Contreras Cuzcano, Presidente de la Junta de Fiscales Provinciales y la Dra. Alicia Palomino Villaverde, Presidenta (E) de la Junta de Fiscales Superiores de Cañete, realizándose en el auditorio institucional del Ministerio Público en San Vicente de Cañete.

AÑO DE LA FE

III. Fin y destinatarios de este Catecismo
12 El presente catecismo está destinado principalmente a los responsables de la catequesis: en primer lugar a los Obispos, en cuanto doctores de la fe y pastores de la Iglesia. Les es ofrecido como instrumento para la realización de su tarea de enseñar al Pueblo de Dios. A través de los Obispos, se dirige a los redactores de catecismos, a los sacerdotes y a los catequistas. Será también de útil lectura para todos los demás fieles cristianos.

P. Arnaldo Alvarado
arnaldo.alvar@gmail.com

SENSIBILIZACIÒN PARA BUSCAR UNA AUTÉNTICA POLÌTICA DE DESARROLLO EN LA «FRONTERA VIVA»·

Por Nohemí Flores C. (*)

A pesar de los múltiples ofrecimientos hechos por las autoridades locales y regionales para el desarrollo de la «frontera viva» de nuestra provincia, muy poco – por no decir casi nada - son los que se han obtenido hasta la fecha.
Las esperanzas que tuvieron los moradores del CP Nuevo Ayacucho para cristalizar su sueño con alguna obra de impacto, poco a poco se desvanecen y generan el descontento popular al cerrar la breca del 2012.
El mejoramiento de la calidad de vida que debe ser punto primordial en la zona, brindando la atención a los niños en desamparo porque sus padres están en «busca de trabajo», es política muerta.
El tan comentado problema limítrofe y el saneamiento físico legal de la zona, son dos problemas álgidos que deberían de resolver con prontitud los padres de la patria, sin buscar protagonismos.
Acudir los domingos a los izamientos, estar en las fechas festivas, o llevar regalitos en aniversario, no es una política de desarrollo, sino simplemente tranquilizantes que a la larga tiene un costo social.
De las autoridades edilicias de nuestro lar, ni qué decir porque al carecer de una política transparente de gestión, existen muchas suspicacias y genera el descontento de la población.
Existen numerosos organismos no gubernamentales que brindan el apoyo social a los sectores marginales, sin embargo, no se realiza gestión alguna para obtener alguna obra de envergadura.
Empero, la población de Nuevo Ayacucho, no baja la guardia, menos se amilana ante la adversidad y, muy por el contrario, renueva su compromiso de creer en sus autoridades de Cañete y la región Lima.
Por tal motivo, se gesta la Asociación Cultural «Frontera Viva» de Cañete, para iniciar una serie de proyectos, iniciando con una campaña de sensibilización, no sólo local, regional sino a nivel nacional.
Es hora que las autoridades: provincial, regional, así como nuestros congresistas, se aboquen en ejecutar un proyecto auténtico de desarrollo sostenible en la «frontera viva» de la región Lima.
Han transcurrido diez años del primer arribo de los ayacuchanos a este «valle bendito» y no debemos postergar otro tanto para solucionar las necesidades básicas que exige todo ser humano para su existencia.
Los «soldados» de la frontera viva» de Cañete, como nos calificó alguien por radicar en la zona, requieren hoy de sus «municiones», «rancho» y «cantimplora» para vencer con inteligencia a la extrema pobreza.
(*) Ex trabajadora del diario «La Voz de Huamanga»