22 julio 2009

CONGRESISTA EGUREN PLANTEA ELEVAR A 600 UIT MONTO DE ADJUDICACION DIRECTA PARA ACELERAR INVERSIONES...

El congresista y vicepresidente del PPC, Juan Carlos Eguren, planteó una serie de propuestas como la elevación del tope para la adjudicación directa a fin de acelerar la ejecución del gasto de inversión pública.
Explicó que resulta fundamental elevar el valor referencial de licitación pública, para obras superiores a 600 unidades impositivas tributarias (UIT) que actualmente es de 340 UIT.
Consecuentemente se debe impulsar la adjudicación directa hasta por 600 UIT, unos dos millones 100 mil soles, establecido en la Ley 29289, Ley de Presupuesto, añadió.
Asimismo planteó desconcentrar el Tribunal Nacional de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para agilizar la solución de conflictos producidos en la adjudicación de obras, pudiendo instalarse en otros puntos del país como Trujillo (zona norte), Arequipa (zona sur) y Huánuco (zona oriente).
Eguren sostuvo que las disposiciones y normas legales deberían dictarse «en el menor tiempo posible» para garantizar su inmediata aplicación y el éxito de los mismos en lo que resta del año.
«Esperar el mensaje a la Nación del Presidente Alan García (28 de julio), que el premier Javier Velásquez exponga su plan de gobierno o la presentación de iniciativas legislativas con el tiempo de elaboración de dictamen, debate en el Pleno y promulgación de las mismas, sólo generaría demora cuando lo que se requiere es prontitud y oportunidad», enfatizó.
En tal sentido, insistió en flexibilizar durante el 2009 y 2010 algunas disposiciones y procedimientos del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) referidas a los estudios de preinversión y expedientes técnicos para proyectos del alto impacto social y de generación de empleos.
Citó entre estos, los programas de agua y desagüe, construcción de carreteras, postas médicas, colegios y electrificación rural, hasta montos de entre ocho y diez millones de soles.
Eguren propuso destinar que los recursos del Fondo de Apoyo Gerencial (FAG) para los Gobiernos Regionales se destinen exclusivamente para contratación de profesiones especializados en formulación y evaluación de proyectos, adquisiciones y contrataciones, y elaboración de expedientes técnicos.
«También se deben simplificar los procedimientos exigidos para el canje de impuestos por obras que está absolutamente paralizado, así como la inversión directa de las empresas mineras con los recursos provenientes del óbolo minero del cual solo se ha invertido el 30% en más de dos años de su disponibilidad», dijo.
Finalmente, sostuvo que urge la Ley del Empleo Público para incorporar meritocracia en la administración pública desde una exigente evaluación para el ingreso, pasando por capacitación y evaluación permanente y remuneraciones diferenciadas en función de eficiencia en el logro de metas y objetivos y que sean competitivas con el sector privado.
IMPERIAL EN SU CENTENARIO VIVE EL PEOR CAOS EDIL Y SIN NINGUNA OBRA PUBLICA DE IMPACTO…
Escribe: Cleto Aguado Gutiérrez

Todos reconocemos que Imperial es uno de los distritos de mayor población demográfica, en consecuencia también tiene múltiples problemas y necesidades sociales; pero lamentablemente en el distrito de los pueblos hay autoridades mediocres e improvisados con ínfulas de soberbia y petulencia. Un sabio pensamiento nos ilustra que, «es mala autoridad quien se refugia en la mentira, la arrogancia y el abuso del poder para tratar de acallar la voz del pueblo», y en Imperial no estamos lejos de esta deplorable realidad, donde la monotonía radial de adulación y echarle incienso al alcalde de parte de los autodenominados «comunicadores sociales» a cambio de pagos con fondos municipales, pretenden opacar o silenciar el clamor del pueblo que padece, siente y anhela logros impactantes como hitos recordatorios al encontrarse en el presente año 2009 en plena conmemoración simbólica de histórica trayectoria distrital. Respecto a la prensa, la constitución política señala que, «los medios de comunicación social deben colaborar con el Estado en la educación y en la formación moral y cultural»; pero en Imperial practican todo lo contrario a fin de alimentar la corrupción y disfrutar las coimas y gollerías, por lo que deberían llamarse «comunicadores antisociales», porque no están al lado del pueblo, ni cumplen la esencia de lo que significa el verdadero periodismo.

IMPERIAL, TRISTES 100 AÑOS DE VIDA DISTRITAL…
En el presente lapso de Enero a Diciembre del 2009, Imperial está cumpliendo su centenario de existencia distrital en medio de una desastrosa y estéril administración municipal, pero para el cretinismo edil recién el próximo 15 de Noviembre será el centenario, fecha que no es más que un día de actividad central del protocolo. Para el colmo paradójico, este acontecimiento que debió ser un verdadero jolgorio popular se ha convertido en días de indignación y lamentos del vecindario como la movilización de protesta de los moradores de Ramos Larrea contra el municipio por retardar un año y medio la remodelación de su parque.
Han transcurridos dos años y medio faltando solo 16 meses para la finalización del actual período municipal, y todo lo que ha hecho son pequeños trabajos de parchado, añadiduras, agregados o modificaciones de obras de otros alcaldes anteriores; por tanto, no existe el pregonado «cambio» que es una palabra hueca, salvo que ha llenado todos los ambientes del municipio con supuestos «trabajadores» improvisados e improductivos.

EDILES CON EPITAFIO IMBORRABLE…
Hasta el momento en forma desapercibida, Imperial dentro de 100 días estará rememorando su centenaria creación distrital; pero los autores de la catástrofe municipal sólo se caracteriza por presentar su show dominical en la Plaza de Armas convirtiendo un acto cívico – patriótico en charlatanería chabacana inoportuna con tintes para ganar adeptos en su afán reeleccionista. No olvidar que, «los escritos son sepulcros que conservan el nombre y memoria de cada uno», y por la responsabilidad en su función municipal período 2007 – 2010; así como tienen preferencia por hacer figurar sus nombres en placas recordatorias incluyendo las camionetas de la municipalidad con la leyenda «Richard Yactayo Duran», ojalá también les agraden la simbólica placa recordatoria siguientes: ALCALDE: Richard Yactayo Duran; REGIDORES: Angélica Arata Tasso, Hebert Raúl Huamaní Sermeño, Ovidio Julián Castillón Matos, Luis Enrique Candela Ochoa, Greta Narda Stucchi Peña, Florentino Campos Egui y Andrés Oré Cárdenas.

NECESIDADES PUBLICAS EN ABANDONO…
Es cierto que, «se puede engañar a muchos algún tiempo, pero es imposible engañar a todos todo el tiempo», por eso la colectividad imperialina con su silencio e indiferencia expresan su descontento contra el municipio inoperante y donde los regidores han perdido la noción de FISCALIZACION y se han puesto al servicio del Alcalde y no del pueblo, cuya acción coludida viene generando inmenso daño y múltiples irregularidades en perjuicio del progreso de Imperial, conforme sintetizamos a continuación: 1.- Desde 2007 no rinde balance de inversión sobre la rústica remodelación de la plaza de armas. 2.- No informa el monto del dinero que recibe mensualmente del gobierno central. 3.- No informa documentadamente la inversión efectuada en cada uno de los pequeños trabajos inconclusos que realiza. 4.- Tiene preferencia por la construcción de piletas en diversos lugares a pesar que cada vez se agudiza la escasez de agua. 5.- Por el alquiler de una decena de locales comerciales del municipio (ex galerías), sigue cobrando irrisoria suma. 6.- La biblioteca funciona en un cuartucho inadecuado, mientras que el Tragamonedas Oba – Oba ocupa un amplio local preferencial. 7.- En la biblioteca sólo existen libros desactualizados, pese a la demanda de estudiantes de secundaria y universitarios. 8.- En diferentes calles, avenidas y veredas hacen intransitables montículos de desmontes y cúmulos de basura en céntricas arterias. 9.- En la esquina de las calles El Carmen y Dos de Mayo desde el año pasado al desplomarse la antigua pared de adobe ha bloqueado la vereda convirtiéndose en un basural, a solo media cuadra de la Comisaría (continúa).
Aspirantes a Carrera Pública Magisterial
PRUEBA DE IDONEIDAD PARA MAESTROS SERA EL 16 DE AGOSTO Y EL 27 DE SETIEMBRE...

El 16 de agosto y el 27 de setiembre los maestros que aspiran acceder a la Carrera Pública Magisterial rendirán la prueba de idoneidad, en la que se evaluará el conocimiento y manejo de los conceptos específicos de las áreas en las que los postulantes desempeñan sus funciones, dijo hoy el viceministro de Gestión Institucional, Víctor Raúl Díaz Chávez,
Indicó que las pruebas irán de acuerdo a la modalidad, nivel, especialidad, ciclo o forma educativa de los postulantes, y que contendrán 60 preguntas para el II y III Nivel Magisterial, 45 para el IV Nivel Magisterial y 35 para el V Nivel Magisterial.
Para el II y III nivel magisterial el examen será el 16 de agosto y contará con la participación de 5,543 profesores. En tanto que, para el IV y V nivel magisterial, la prueba será el 27 de septiembre, con la participación de 1,565 profesores de todo el país.
Díaz Chávez detalló que las preguntas constarán de un enunciado y cuatro opciones de respuesta identificadas con las letras A, B, C y D; y se considerarán la expresión y comprensión oral, segunda lengua, comprensión y producción de textos, expresión y apreciación artística, número y relaciones, geometría y medición de psicomotricidad, léxico, artes visuales, danza, música, historia, Identidad Intercultural, entre otros.
El viceministro agregó que en el caso de los postulantes del II y III Nivel Magisterial, el 22 y 24 de julio se realizará la evaluación de formación, méritos, experiencia laboral y desempeño. Los resultados se conocerán el 30 y 31 de julio.
«Los postulantes podrán hacer los reclamos que consideren pertinentes el tres de agosto, los que deben ser absueltos al día siguiente por el Comité de evaluación. Los resultados finales se conocerán el cinco de agosto», anotó.
Del 9 al 11 de septiembre será la evaluación en el caso de los postulantes al IV y V nivel magisterial, el 14 de septiembre se publicarán los resultados, al día siguiente los profesores que así lo consideren podrán presentar sus reclamos, los que deben ser resueltos en 24 horas. Los resultados serán publicados el 17 de septiembre.
PARO DE TRANSPORTISTAS FUE A MEDIAS EN CAÑETE…

El paro de transportistas fue acatado por la mayoría de las combis en la provincia de Cañete, pero, ello no fue suficiente para impedir que la población trabajadora de Cañete cumpla con acudir a su centro de labores.
En las primeras horas del día, el tránsito fue fluido, hasta que aproximadamente cerca de las ocho de la mañana, a la altura de la Balanza de El Chilcal, se conglomeraron los transportistas, rompieron botellas, quemaron llantas, y obstaculizaron el tránsito por cerca de una hora, hasta que llegaron los efectivos policiales, que habían estado desde temprano, tratando de que los transportistas no obstaculicen la Panamericana Sur.
En la Balanza de El Chilcal, pudimos ver a Italo Maldonado viendo y alentando la obstaculización de la carretera de Imperial a San Vicente, pese a que luego se supo que el día anterior en reunión con el Gerente de Transportes, había acordado participar del Plan Regulador de Rutas, y no participar en el paro.
Cerca de las 08:30 a.m., acudieron los efectivos policiales a la Balanza de El Chilcal, y lograron rehabilitar la ruta… y tuvieron que estar durante varias horas, para evitar que nuevamente pueda ser tomada.
En el resto de la provincia, se tuvo conocimiento de escaramuzas en Quilmaná, en Nuevo Imperial, también en Mala… pero que no pasaron a mayores, porque el paro no se sintió, ya que existían colectivos y mototaxis que estuvieron a la orden del día, y que fueron los que finalmente hicieron su agosto en julio.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

«Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa»

ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-2009/MDCA

Cerro Azul, 21 de Julio de 2009

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha dieciséis de julio del 2009, el Informe Técnico Nº 348-2009 GDUR/MDCA de fecha 14 de julio del 2009, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural y el Informe de fecha 15 de Julio del mismo año de la Asesoría Legal Externa, respecto a la Exoneración del Proceso de Selección para la contratación de la elaboración del Expediente Técnico de la Obra «Instalación del Sistema de Alcantarillado y Construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de los C.P. Casa Blanca y Señor de los Milagros; del Distrito de Cerro Azul; Provincia de Cañete; departamento de Lima»;

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Titulo Preliminar de la Ley No.27972 Orgánica de Municipalidades. Asimismo la autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno y de administración con sujeción a Ley;

Que, vistas las necesidades apremiantes del Distrito, entre las cuales se encuentra la de la población del Centro Poblado de Casa Blanca y Señor de los Milagros, que no cuenta con el servicio de saneamiento; por tanto, esta en situación de riesgo de ver afectada su salud y además debido a los estragos del terremoto de agosto del 2007, que han dado lugar incluso a que la Provincia de Cañete en general continué en situación de emergencia en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo No.043-2009 PCM, publicado en el Diario Oficial el Peruano el 9 de julio del presente año; al subsistir necesidades sobrevinientes a esa emergencia; la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, con fecha 7 de abril del año 2009, dentro del marco de las disposiciones que rigen el Sistema Nacional de Inversión Publica, Ley 27293 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No.102-2007 EF y demás normas complementarias vigentes; suscribió un convenio con la Municipalidad Distrital de Jesús Maria de la Provincia y Departamento de Lima, para la formulación y evaluación de Proyectos de Inversión Publica;

Que, al amparo del mencionado convenio, la Oficina de Programación de Inversiones de la Municipalidad Distrital de Jesús Maria, luego de la revisión, análisis y evaluación del estudio de pre inversión a nivel de Perfil del Proyecto «Instalación del Sistema de Alcantarillado y Construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de los C.P. Casa Blanca y Señor de los Milagros», declaró la viabilidad del mismo con Código SNIP No.117190.

Que, el objetivo del Proyecto consiste en disminuir la incidencia de enfermedades diarreicas y parasitarias en los referidos Centros Poblados cuya población se encuentra en permanente riesgo de afectar su salud debido a que no cuentan con servicios de saneamiento, situación que se ve agravada por la vigente Pandemia de Gripe A(H1N1) habiéndose comprendido en el Proyecto el Sistema de Alcantarillado, el Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas y la Construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, cuya ejecución es prioritaria e indispensable para cautelar la salud de sus pobladores;

Que, asimismo con fecha 30 de abril del 2009, con Oficio Nº 091-2009/MDCA se presento el Perfil de la referida Obra al Programa «Agua Para Todos» del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a fin de obtener el financiamiento respectivo, siendo el valor referencial de la Obra: S/ 3’455,548.83 Nuevos Soles;

Que, mediante informe Técnico No 348-2009 GDUR/MDCA, el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural señala que debe presentarse al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en plazo perentorio el Expediente Técnico de dicha obra, sin el cual no podrá ser considerado el proyecto para su financiamiento correspondiente y ejecución inmediata:

Que, dada la urgencia que se tiene a fin de cumplir con presentar dicho expediente técnico, así como la prioridad y urgencia que tiene la población de contar con el servicio de saneamiento, se hace necesario exonerar del proceso de selección la contratación para la elaboración del Expediente Técnico, cuyo financiamiento estará a cargo de la Municipalidad, y que de acuerdo a su valor referencial corresponderia efectuar un Proceso de Adjudicación Directa Selectiva.

Que, la Asesoría Legal Externa mediante informe de fecha 15 de Julio del 2009, opina favorablemente sobre la exoneración del proceso de selección, siendo que la situación se subsume dentro de la causal de desabastecimiento prevista en el articulo 20º inciso c) de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y en el artículo 129º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No.184-2008 EF. En efecto, la necesidad del servicio es actual e imprescindible para atender el requerimiento inmediato de la elaboración del Expediente Técnico a fin que oportunamente sea presentado al Programa «Agua para Todos», para obtener el financiamiento de la ejecución de la Obra, señalándose que no existe responsabilidad funcional alguna, por cuanto el requerimiento inmediato del servicio se debe a la necesidad de cumplir oportunamente con presentar el expediente técnico al referido Programa.

Que, teniendo a la vista los Informes Técnico y Legal; el Concejo Municipal por unanimidad con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; aprobó el siguiente:

ACUERDO:
ARTICULO 1º.- EXONERAR del Proceso de Selección; adjudicación directa selectiva, por DESABASTECIMIENTO INMINENTE, la contratación del Consultor que se encargue de elaborar el Expediente Técnico de la Obra «Sistema de Alcantarillado y Construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de los Centros Poblados Casa Blanca y Señor de los Milagros, del Distrito de Cerro Azul, Provincia de Cañete, Departamento de Lima».

ARTICULO 2º.- Encargar a la Oficina de Abastecimiento de la Gerencia de Administración, la formalización de la contratación directa, de acuerdo a Ley.

ARTICULO 3º.- Publíquese en el plazo de 10 días hábiles el presente acuerdo en el Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado SEACE y en el Diario Matices de la Provincia de Cañete.

ARTICULO 4º.- Remítase el presente acuerdo a la Contraloría General de la República, dentro del mismo plazo fijado en el artículo anterior.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE

Juana Raspa Vda.de Paín
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA N° 022-2009-MPC

Cañete, 13 de julio de 2009.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

POR CUANTO:
El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en sesión ordinaria de fecha 10 de julio del presente año; y, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales como órgano de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, establece en su artículo 36º que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante Decreto Supremo o norma de mayor jerarquía; en el caso de los gobiernos municipales por Ordenanza Municipal;

Que, asimismo el artículo 38º de la norma antes referida dispone que una vez aprobado el TUPA toda modificación referida a la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitación o requisitos se debe realizar mediante Ordenanza Municipal;

Que, mediante Ordenanza Nº 031-2007-MPC de fecha 28 de diciembre del 2007, se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Cañete;

Que, mediante Informe Nº 089-2009-MMH-GODUR-MPC la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural consideró conveniente la propuesta de la Gerencia General a fin de incluir nuevos procedimientos al TUPA de la Municipalidad, y de modificar algunos ya existentes, propuesta que aparece contenida en el documento denominado «Relación de Modificaciones e Inclusión de Nuevos Procedimientos al TUPA de la Municipalidad Provincial de Cañete», el que se adjunta al presente informe;

Que, las modificaciones propuestas para el TUPA de la Municipalidad cumplen con los requisitos establecidos en la Ley 24777, Ley del Procedimiento Administrativo General, y en el Decreto Legislativo 776, Ley de Tributación Municipal;

Que, de conformidad con el numeral 8) del artículo 9 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo está facultado para aprobar, modificar y derogar Ordenanzas;

Estando a lo expuesto, y, en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial de Cañete, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

«ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO UNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS -TUPA- DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE»

Artículo 1º.- MODIFICAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA- de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobado por Ordenanza No. 031-2007-MPC de fecha 28 de diciembre del año 2007, según se indica en el Anexo de Modificaciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), el que forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo 2º.- APROBAR las modificaciones de los requisitos y derechos de procedimientos administrativos según lo señalado en el anexo referido en el Artículo Primero.

Artículo 3º.- APROBAR la inclusión de los nuevos procedimientos administrativos al TUPA de la Municipalidad según lo establecido en el anexo referido en el Artículo Primero.

Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Secretaría General y Gerencias involucradas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, incluida la publicación respectiva en el Diario Oficial el Peruano; y en la página Web de la Municipalidad.

POR TANTO:
Mando se Registre, Publique y Cumpla.

Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
Alcalde

JUDICIALES

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL
En el proceso seguido por Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora Finanzas contra CHUQUIZUTA HUAPAYA ALEXANDER Y OTROS, materia EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente Nº 529-2003, el PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE CAÑETE, a cargo del Juez Doctor Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Doctora Daisy Guzmán Sánchez, ha dispuesto con Resolución Nº 48 sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA al INMUEBLE ubicado en Av. Bolívar Nº 107 (hoy Av. Bauzate y Meza), distrito La Victoria, provincia y departamento Lima, cuyo dominio corre inscrito en la Partida Electrónica Nº 49021274 que viene de la Ficha Nº 1674453 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX, Sede Lima, Sunarp. VALOR DE LA TASACION: US $ 22,105.00 (veintidós mil ciento cinco y 00/100 dólares americanos). BASE DEL REMATE: US $ 14,736.66 (catorce mil setecientos treinta y seis y 66/100 dólares americanos). CARGAS Y GRAVAMENES: ASIENTO D00001) HIPOTECA: Constituida hasta por US $ 17,684 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. ASIENTO D00002) Embargo, hasta por US $ 4,000.00 mediante Resolución Nº 1 del 20-07-2005 expedida por el 3º Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja. DIA Y HORA DEL REMATE: Cinco de Agosto del dos mil nueve a las 11:30 horas. LUGAR DEL REMATE: Sede de los Juzgados Civiles del Distrito Judicial de Cañete, sito en Panamericana Sur Km. 144.5, distrito San Vicente, provincia Cañete, departamento Lima. LOS POSTORES: presentarán su DNI y arancel judicial consignando el número de DNI del postor, número de expediente y juzgado respectivo (con copia de DNI y arancel), y oblarán el 10% del valor de tasación en cheque de gerencia a nombre del postor (con copia) o en efectivo. EL ADJUDICATARIO: Pagará los honorarios del Martillero Público según Reglamento de Ley del Martillero Nº 27728, 28374, y están afectos al IGV. Lima, 03 de Julio del 2009.
Carolina T. Barriga Sánchez
Martillero Público a Nivel Nacional - Registro Nº 192.
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil – Cañete
Del 16 al 22 de Julio del 2009.

PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por Editorial Escuela Activa S.A. con Blanca Inés Guerrero Tenema, sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 049-2007, el Primer Juzgado Civil de Cañete, a cargo del señor Juez Doctor Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Doctor Luis Miguel Yalán Ahedo, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- En Primera Convocatoria: El bien inmueble ubicado en Jr. Santa Rosa Nº 219, distrito de San Vicente, provincia de Cañete y departamento de Lima, cuyas características y dominio se encuentran inscrito en la Partida Nº 90285190 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
2.- Valor de la tasación: S/. 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles).
3.- Base del Remate: S/. 33,333.33 (Treinta y tres mil trescientos treinta y tres con 33/100 Nuevos Soles).
4.- Afectaciones:
a.- Hipoteca.- Constituida por sus propietarios a favor de Editorial Escuela Activa S.A., hasta por la suma de S/. 50,000.00 Nuevos Soles, según Escritura Pública del 12/03/2005 ante Notario Público de Cañete, Ernesto Cáceres Enriquez.
5.- Día y Hora del Remate: 31 de Julio de 2009, a las 03:30 horas de la tarde.
6.- Lugar del Remate: El mismo que se llevará a cabo en el local del Primer Juzgado Civil de Cañete.
7.- Los Postores: Oblarán el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios del Martillero más IGV de acuerdo a Ley. El remate será efectuado por Flavio Alberto Villanelo Ninapaytan – Martillero Público – Registro Nacional Nº 263.
Flavio A. Villanelo Ninapaytan
Martillero Público – Reg. Nº 263
Luis Miguel Yalán Ahedo
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil – Cañete
15, 16, 17, 20, 21 y 22 de Julio.

EDICTO FAMILIA
EXP.-2008-0997,EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez FLORES cita, llama y emplaza a JOSÉ MANUEL SOTO CAMPOS y DORIS ALICIA PORTA SERVA a fin que conduzcan y trasladen a su menor hijo J.M.S.P. para la Audiencia de Esclarecimiento; Día 06-08-2009; Hora: 11.00 am bajo apercibimiento de ser declarado ADOLESCENTE CONTUMAZ en caso de inasistencia. Cañete: 03.07.2009. Secretaria: Vargas.
22, 23 y 24 de Julio

EDICTO
Exp. 402-2009, ante el J.P.L. Imperial: Juez Dr. De la Cruz: LUCIA TEODOCIA CUYAMANI PAMPAÑAUPA solicita SE RECTIFIQUE LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE SU HIJA, en los extremos: 1) En el Extremo de corregir su apellido materno consignado erróneamente como CUYAMANI. Se comunica para los fines de Ley,
Imperial, 21 de Julio del 2009.
Dr. Ernesto Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial - Cañete

EDICTOS PENAL
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-0629, a ROBERT EDWIN PAULINO SÁNCHEZ, para AMPLIACIÓN DE INSTRUCTIVA, Delito: Lesiones Culposas Graves, Agraviada: Delia Susana Coaguila Flores, pongase a derecho dentro del tercer día a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ. Cañete: 15.07.2009
Secretaria: Flores.

EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2009-0031, a BETTY MARGOT JARAMILLO TORRES, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 10-08-2009, Hora: 11.00 am, Delito: Estafa, Agraviado: Grifo Central S.A.C., bajo apercibimiento de ser declarada REO CONTUMAZ. Cañete: 10.07.2009.
Secretario: Morales.
EXP.-2008-1066, a MIGUEL ÁNGEL GARRIDO ESPINOZA, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Delito: Estafa, Agraviada: Dora Vásquez Lujan. Cañete: 30.06.2009.
EXP.-2007-0826, a MIGUEL ÁNGEL ALEJO VICENTE, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Delito: Lesiones Culposas Leves, Agraviada: Giovanna Griselda Castro de Vásquez. Cañete: 13.07.2009
EXP.-2008-0868, a GIANNI RAÚL HERNÁNDEZ ORMEÑO, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Delito: Hurto Agravado, Agraviado: Apolonia Primitiva Rodríguez Roman. Cañete: 09.07.2009
Secretario: Vivas.

EL JUZGADO MIXTO DE MALA, Juez VILLANUEVA, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2007-0033, a ROSA COAQUIRA YAPU, para LECTURA DE SENTENCIA, Día: 14-08-2009, Hora: 08.30 am, Delito: Denuncia Calumniosa, Agraviado: Feliciano James Chipa y el Estado Peruano, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ. Cañete: 01.07.2009.
Secretaria: Fernández.

LA SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, Presidente MARTÍNEZ, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2006-0035, a ELMER NILTHON MELCHOR CONDOR, para DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA, Día: 24-07-2009, Hora: 10.00 am, Delito: Violación Sexual. Cañete: 01.07.2009. Secretario: Miranda.
22, 23 y 24 de Julio

ASOCIACION DE COMERCIANTES DEL MERCADO VIRGEN DEL CARMEN DE IMPERIAL
CITACION
El Presidente de la Asociación de Comerciantes del Mercado Virgen del Carmen de Imperial (ACMMOVICIC), cita a todos los comerciantes del Mercado a la Asamblea General Extraordinaria a llevarse a cabo el Día Jueves 23 de Julio del 2009, sito, almacén del Mercado, Av. Oscar Ramos Cabieses s/n; Ramos Larrea, Distrito de Imperial, hora:
Primera citación: 3.30 p.m.
Segunda citación: 4.00 p.m.
AGENDA:
1.- Cumplimiento De la Ordenanza Municipal Nº 001-99 MDI
2.- Informe del Administrador sobre su gestión en el Mercado
3. Informe Elaboración y aprobación del Proyecto Integral de Luz en el Mercado
4.- XI Aniversario del traslado de comerciantes de la parada de Imperial al Mercado
Imperial, 19 de Julio del 2009.
Carlos F. Oré Cayllahua
PRESIDENTE
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA Nº 024-2009-MPC
Cañete, 17 de Julio del 2009.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE,

POR CUANTO:
El pleno del concejo, en sesión ordinaria de la fecha, evaluó los alcances del Informe No. 079-2009-GTM-MPC de la Gerencia de Tributación Municipal, de fecha 02 de Julio de 2009, respecto del pedido de ampliación del plazo para el pago de la primera y segunda cuota del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular y los Arbitrios Municipales, correspondientes a los meses de Enero a Junio del 2009;

CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales;

Que, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 15º y 35º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, el vencimiento para el pago al contado del Impuesto Predial y del Impuesto al Patrimonio Vehicular o la primera cuota fraccionada sobre estos tributos, vence el último día hábil del mes de febrero, y en el caso de la segunda cuota fraccionada sobre estos tributos, vence el último día hábil del mes de Mayo;

Que, mediante Ordenanza Nº 02-2009-MPC de fecha 23 de enero del 2009, se aprobó el Vencimiento para el pago del Impuesto Predial del Primer Trimestre el 27 de Febrero del 2009, el Segundo Trimestre el 31 de Mayo del 2009. Mediante Ordenanza Nº 03-2009-MPC de fecha 23 de enero del 2009, se aprobó el vencimiento para el pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular del Primer Trimestre el 27 de Febrero del 2009, el Segundo Trimestre el 31 de Mayo del 2009;

Que, el Artículo 5 de la Ordenanza No. 037-2008-MPC, establece que los arbitrios municipales son de periodicidad y determinación mensual, debiendo cancelarse dentro de los plazos establecidos, esto es el último día hábil de cada mes, habiéndose determinado que el pago de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de enero y febrero del 2009 tenían como fecha de vencimiento el día 27 de febrero del presente año fiscal;

Que, sobre el particular, conviene mencionar que el Artículo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, establece que las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fije la Ley;

Que, asimismo, conforme lo dispone el último párrafo del Artículo 29º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, la Administración Tributaria, entiéndase gobierno local, en el presente caso, se encuentra facultada a prorrogar con carácter general el plazo para el pago de la deuda tributaria;

Que, a través del Informe Nº 079-2009-GTM-MPC de la Gerencia de Tributación Municipal, de fecha 02 de Julio de 2009, solicita ampliación del plazo para el pago de la primera y segunda cuota del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular y los Arbitrios Municipales, correspondientes a los meses de Enero a Julio del 2009;

Que, a través del Informe Nº 569-2009-AS.LEG-MPC, la Asesoría Legal, considera procedente la ampliación de plazo de beneficios otorgado por la Ordenanza No. 017-2009-MPC, elevándolo al pleno del concejo para su determinación;

Que, por lo anteriormente expuesto, y de conformidad con el Artículo 9º, numeral 8, el Artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Pleno del Concejo, y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se aprueba lo siguiente Ordenanza:

AMPLIA PLAZO PARA EL PAGO DE LAS PRIMERAS CUOTAS DEL IMPUESTO PREDIAL, IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR Y DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES A LOS MESES DE ENERO A JULIO DEL EJERCICIO FISCAL 2009.

ARTICULO PRIMERO.- Ampliar el Plazo para efectuar el pago al contado, o pagos de las Primeras cuotas de Impuesto Predial y al Patrimonio Vehicular 2009, así como el pago del vencimiento de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Serenazgo correspondientes a los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio y Julio del 2009, hasta el 31 de Agosto del presente año.

ARTICULO SEGUNDO.- Prorróguese hasta el 31 de Agosto del presente año, el incentivo por pago al contado establecido en la Primera Disposición Final de la Ordenanza No. 037-2008-MPC.

ARTICULO TERCERO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

ARTICULO CUARTO.-Encargar a la Gerencia de Tributación Municipal, a través de las Sub Gerencias que la conforman, y a la Oficina de Ejecutoría Coactiva el cumplimiento de la presente Ordenanza, y a la Oficina de Relaciones Públicas é Imagen Institucional la divulgación y difusión de sus alcances y, a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA Nº 025-2009-MPC

Cañete, 17 de Julio del 2009.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE,
POR CUANTO:
El pleno del concejo, en sesión ordinaria de la fecha, trata el Informe Nº 079-2009-GTM-MPC de la Gerencia de Tributación Municipal, de fecha 02 de Julio de 2009, respecto del pedido de ampliación de los términos de la Ordenanza No. 018-2009-MPC;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales;

Que, mediante Ordenanza Nº 018-2009-MPC, de fecha 15 de Mayo de 2009, se otorga Beneficio de Regularización Tributaria en la Vía Administrativa y Coactiva, para el pago del Impuesto Predial , Impuesto al Patrimonio Vehicular, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Serenazgo, Multas Administrativas, Multas Tributarias, Papeletas de Infracción de Tránsito y Transporte;

Que, sobre el particular, conviene mencionar que el Artículo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, establece que las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fije la Ley;

Que, a través del Informe Nº 079-2009-GTM-MPC de la Gerencia de Tributación Municipal, de fecha 02 de Julio de 2009, solicita se amplíe hasta fines del presente mes, la vigencia de la Ordenanza No. 018-2009-MPC, en consideración al mayor poder adquisitivo de los contribuyentes por percibir gratificación por Fiestas Patrias;

Que, a través del Informe Nº 569-2009-AS.LEG-MPC, la Asesoría Legal, considera procedente la ampliación de plazo de beneficios otorgado por la Ordenanza Nº 017-2009-MPC, elevándolo al pleno del concejo para su determinación;

Que, por lo anteriormente expuesto, y de conformidad con el Artículo 9º, numeral 8, el Artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Pleno del Concejo, y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se aprueba lo siguiente;

ORDENANZA QUE AMPLIA VIGENCIA DEL RÉGIMEN DE BENEFICIOS DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA

ARTICULO PRIMERO.- Ampliar hasta el 31 de Agosto de 2009, el plazo de vigencia de los beneficios otorgados en la Ordenanza No. 018-2009-MPC, por los considerandos expuestos en la presente.

ARTICULO SEGUNDO.- De los beneficios de las deudas generadas por Multas Administrativas, en caso de realizar el pago al contado, la deuda podrá ser cancelada, condonándose hasta el 85% el monto de las multas administrativas que hubiesen sido aplicadas al 30 de Junio del 2009.
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ARTICULO TERCERO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

ARTICULO CUARTO.-Encargar a la Gerencia de Tributación Municipal, a través de las Sub Gerencias que la conforman, y a la Oficina de Ejecutoría Coactiva el cumplimiento de la presente Ordenanza, y a la Oficina de Relaciones Públicas é Imagen Institucional la divulgación y difusión de sus alcances y, a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE
EMPEZARON A COLOCAR CARPETA ASFALTICA ENTRE CASA PINTADA Y PUEBLO NUEVO DE CONTA

La verdad es que ya la población estaba cansada de las promesas… y lo que es peor, el hecho de tener que estar cambiando de ruta para llegar hasta Pueblo Nuevo de Conta, simplemente mortificaba a la población.
Ayer, en horas de la tarde, esa molestia parece que llegará a su fin… y es que se dio inicio a la colocación de la carpeta asfáltica en la vía que conecta el C.P «Pueblo Nuevo de Conta» y el anexo «Casa Pintada».
Dichos trabajos están a cargo de la empresa que ganó la buena pro, encargada por el Gobierno Regional y con el aporte de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial.
La colocación de la carpeta asfáltica en caliente de 2 pulgadas de espesor se realizazá a lo ancho de 2 carriles, cada uno de 3.10 que totalizan 6.20 y que se extiende a lo largo de los 3.200 Km , que comprende el tramo a trabajarse.
Para garantizar que la obra quede en óptimas condiciones se trabaja con diversas maquinarias como : Esparcidora de mezcla, Rodillo con neumático y un Rodillo Liso Vibratorio autopropulsado. La mezcla es traída desde Lima con una temperatura en planta de 140º y llega a la zona de trabajo con 135º a 130º, ideal para que quede compacto.
Los responsables de la obra están midiendo el control de calidad del material a fin de garantizar que el asfalto sea de lo mejor y no se presenten problemas en su acabado.
Al lugar se hizo presente el alcalde de Nuevo Imperial, Jorge García Quispe, que agradeció a las autoridades de la región que vienen cumpliendo con lo programado para tranquilidad de los pobladores y de los transportistas de dicho centro poblado.
Según señala, los responsables de la obra han proyectado que deben culminarla entre el domingo 26 y lunes 27 de julio, por lo que asegura que para fiestas patrias esté concluida al 100 por ciento. A su turno la alcaldesa delegada de «Pueblo Nuevo de Conta», Enma Campusano no dejó de agradecer a quienes hacen realidad una obra tan anhelada por todos, y que pese al escepticismo y pesimismo de muchos hoy es una realidad. (Buenos Dìas Cañete)
INTERNOS DEL PENAL REALIZARON DESFILE CIVICO POR FIESTAS PATRIAS





Por segundo año consecutivo y con un marco patriótico, los internos del Establecimiento Penal de Cantera en Nuevo Imperial celebraron las Fiestas Patrias Peruanas con un singular Desfile Cívico. Esta vez las medidas de seguridad fueron impecables, sobretodo tratando de prevenir un posible contagio con relación a un posible contagio de la Gripe Porcina. Hay que precisar que todos los periodistas tuvimos que ingresar con nuestra respectiva mascarilla. Además se nos informó de que en el interior de penal, no hay ningún interno que sufra o padezca de esta gripe.
Ya refiriéndonos al desfile, diremos que los internos de los diversos pabellones, hombres y mujeres, peruanos y extranjeros fueron reunidos ordenadamente en el amplio patio del penal donde demostraron sus habilidades y la buena preparación en esta competencia.
La ceremonia se inició con el izamiento del pabellón nacional a cargo del director del penal Lic. John Fernández Morales, acompañado del alcalde de Nuevo Imperial , Jorge García Quispe y del Crnl.. PNP (r) Miguel Angel Zuloeta Marchand.
Luego se entonó las sagradas notas de nuestro himno nacional. Irónicamente los reclusos entonaron el «somos libres, seámoslo siempre». Pese a ello todos lo cantaron con voz fuerte y henchidos de emoción, tanto así que algunos derramaron lágrimas de emoción.
Fue espectacular ver el desfile de los «ancianos»; internos que superan los 70 años de edad. El grupo de la legión de extranjeros llamó también la atención con un paso de desfile distinto y con un saludo especial. El pabellón de mujeres se hizo presente encabezadas por su Reina, danzarinas y un batallón enfundadas en ponchos de color rojo y blanco, dando forma a nuestra bandera nacional.
Pero la disputa estuvo con los integrantes de los pabellones 2 y 6, quienes ejecutaron espectaculares formas y figuras así como alegorías como si fuera la parada militar con tanque militar, camuflados, anfibios, unidad canina, paramédicos, rangers y comandos. Muchos de los internos recordaron su formación militar.
Fue una verdadera fiesta de civismo que mostraron los internos, que pese a estar privados de su libertad no dejan de honrar a su patria a pesar que cometieron delitos que hoy pagan. Los resultados fueron los justos para quienes lo hicieron mejor. Se llevaron premios como pelotas, DVD, alimentos, kits de limpieza, kits de utiles escolares, entre otros que fueron repartidos entre los tres primeros lugares.
Fue la primera vez que permitieron el ingreso de la prensa cañetana y limeña, brindándoles las facilidades del caso para la cobertura especial, como es el caso de BUENOS DIAS CAÑETE y el Magazine LA VENTANA , que se difundirá este domingo de 8 a 10 a.m por Cañete TV-Canal 31.