13 abril 2011

Aurelia Tan, Elard Melgar, Manuel Zerillo y Wilder Ruíz... Al Congreso Por Lima Provincias...

Cuando solo falta resolver las actas observadas de la Región Lima Provincias, que suman 893, la lucha por conocer oficialmente quienes serán los congresistas del naciente Distrito Electoral de Lima Provincias, se trasladará a las oficinas de los diferentes Jurados Electorales Especiales de la Región, donde allí librarán los personeros una batalla legal, por sumar o restar votos a sus oponentes.

GANA PERU VS. SOLIDARIDAD NACIONAL...
En este caso, será una lucha entre Gana Perú y Solidaridad Nacional… y es que los dos congresistas de Fuerza 2011 ya están definidos… Aurelia Tan de Inafuko de Fuerza 2011, resultó la candidata al Congreso más votada, con 21,814 votos… sin duda toda una sorpresa; ella llega seguida de Elard Galo Melgar Valdez de su misma agrupación, que obtuvo nada menos que 21258 votos. El tercero de Fuerza 2011, y que pese a su alta votación no llegará al Congreso, resultó siendo Santiago Fujimori Fujimori quien se quedó con 18589 votos, muy distante de nuestra Isabel Loayza que solo consiguió 4609 votos.
Fuerza 2011, en esta elección congresal, hasta el momento ha obtenido 101,460 votos… La segunda agrupación política es Gana Perú que obtuvo 75,073 votos congresales, donde su candidato más votado es Manuel Salvador Zerillo Bazalar que obtuvo 20,762 votos… aquí en esta agrupación, Wilder Ruíz Loayza el número 3 de la lista se convierte en el segundo más votado, con 7,976 votos, dejando el tercer lugar para Katia Vanessa Espadín Díaz que consiguió 7,282 votos, y en cuarto lugar Elisabet Aurora Martínez Condori con 4,659 votos.
La tercera agrupación es Solidaridad Nacional que obtiene 36,592 votos, donde su candidato más votado es Gonzalo Aguirre Arriz con 12,459 votos, mucho más que lo conseguido por Wilder Ruíz Loayza de Gana Perú.

ESTE ES EL MECANISMO PARA LA OBTENCION DE UNA CURUL...
Cuál es el mecanismo para lograr una curul.
Pues bien se divide el número de votos obtenido por cada agrupación entre 1, 2, 3 y 4 respectivamente; así:
Fuerza 2011: 101,460; 50730; 33,820; y 25,365
Gana Perú: 75,073; 37,536.5; 25,024.3; 18768.25
Solidaridad Nacional: 36592; 18296; 12,197.3; y 9148.
Luego ordenamos los números de mayor a menor.
101,460 (F. 2011); 75,073 (Gana Perú); 50,730 (F. 2011); 37,536.5 (Gana Perú); 36,592 (Solidaridad Nacional); 33,820 (F. 2011).
Como se verá los cuatro primeros números le corresponden a Fuerza 2011 (2) y Gana Perú (2); y como se podrá apreciar los 36,592 de Solidaridad Nacional están muy cercas de los 37,536.5 de Gana Perú. En otras palabras si la votación de Gana Perú es el doble o más de la votación de Solidaridad Nacional, entonces Gana Perú colocará dos congresistas… pero, sí en el levantamiento de las observaciones o impugnaciones de votos, Solidaridad Nacional consiguiese que Gana Perú no le doble su votación, entonces el cuarto congresista será Gonzalo Aguirre.
La verdad es que vemos bien difícil que ello ocurra, pero todo es probable. Por lo pronto, lo que dicen las cifras es que van dos de Fuerza 2011 y 2 de Gana Perú.
Una pena por nuestra provincia, porque nos quedamos sin ningún congresista oriundo de esta tierra, o que por lo menos esté identificado con nuestra tierra, y por ende con nuestros problemas.

DENUNCIA PENAL CONTRA ALCALDE YAUYINO Y FUNCIONARIOS CAMINA A PASO DE «TORTUGA REUMÁTICA» EN YAUYOS

YAUYOS.- «La justicia camina a paso de tortuga reumática en la provincia de Yauyos», dijo un yauyino en clara alusión a la labor del Ministerio Público por no administrar correctamente la justicia, pese a que los litigantes presentan con la debida antelación las denuncias.
Son muchas las quejas que se escuchan en la sede del Ministerio Público e  –incluso – ni con la presencia del Presidente del Junta de Fiscales de Cañete, Dr. Julio Manrique Zegarra, han podido aplacar la sed de justicia que reclama los pobladores del «ande limeño».
«Para muestra un botón», dice el dicho. Según denuncia presentada a la Fiscalía Provincial de Yauyos con fecha 09 de setiembre del año 2010 por el ciudadano Willard Darcy Matos Juan de Dios, se pregunta: ¿por qué la Fiscalía no viene actuando conforme a ley en ordenar en investigar los hechos denunciados?.
El ciudadano sumamente mortificado, señala que pese haber transcurrido de la demanda interpuesta al alcalde provincial, Diomides Dionisio Inga y sus funcionarios, hasta la fecha ni siquiera se ha señalado fecha y hora para la ratificación de la misma.

ANTECEDENTES
Según la denuncia, el 22 de abril del año 2010, la Municipalidad Provincial de Yauyos, a través del SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO (SEACE) convocó a dos procesos de selección. El primero en la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía N° 003-2010-IV- MPY para la contratación del servicio de mantenimiento rutinario del camino vecinal Shuque – Vitis de 9.23 km. por el valor referencial de S/. 20,666.00 nuevo soles; y, el segundo de Adjudicación de Menor Cuantía N° 004-2010-IV-MPY para la contratación del servicio rutinario del camino vecinal y Llapay – Laraos 8,84 km. por el valor referencial de S/. 19,808.00.
La Empresa COEMAT S.R.L. cumpliendo con el cronograma y las bases publicadas, con fecha 27 de abril 2010, presentó en la Oficina del IVP de Yauyos, encargada de realizar el Proceso de Selección, las respectivas propuestas técnicas y económicas en sobre cerrado, al igual, que don Germán Paulino Fernández Ravichagua.
El Comité Especial estaba integrado por el Ing. Isaías Néstor Ravichagua Bejarano, quien dicho sea de paso actual alcalde de la Municipalidad Distrital de Huancaya; y la Sra. Maura Jiménez Venturo y don Yerogov Garay Díaz, encargados de llevar a cabo la adjudicación de menor cuantía.

COMITÉ ESPECIAL FAVORECE CON BUENA PRO A FAMILIAR
«Sin embargo contradiciendo las normas vigentes el Comité Especial encabezado por su presidente del Comité Especial Ing. Isaías Néstor Ravichagua Bejarano, manipulando a los demás miembros de dicho Comité Especial, acuerdan otorgar la buena pro a su primo Germán Paulino Fernández Ravivhagua», expresa Willard Matos.

ALCALDE DIÓMIDES DIONICIO AVALA ESTE PROCESO
El alcalde Diómides Dionisio Inga, y su Gerente Municipal Víctor Arana Vera, lejos de corregir esta irregularidad ratifica la buena pro otorgando al primo del hoy alcalde de Huancaya, quien ocultó el expediente de inscripción y propuesta de COEMAT SRL, empresa de propiedad del demandante.
Precisa que los miembros de la Comisión Especial, para hacer creer publicaron en el cuadro comparativo, sólo la inscripción de un postor (Germán Paulino Fernández Ravichagua), quien por su estrecha vinculación familiar fue escandalosamente favorecido en la calificación técnica en los dos procesos de selección, sin reunir los requisitos exigidos en las bases.
«Incluso no se le exigió la garantía de seriedad de oferta (carta fianza) que equivale al 1% del valor referencial, acto que también se produjo en otros procesos de selección similar convocatoria tales como: mantenimiento rutinario del camino vecina tramo: Tinco – Alis – Miraflores, perjudicando a otros participantes», expresó Matos.
No faltaron las «malas lenguas» que señalan que las autoridades del Ministerio Público y el Poder Judicial, parecieran tratar con guantes de seda a las autoridades políticas y edilicias que están envueltos en una serie de denuncias en agravio del Estado.
«Peor, aún que señalan que en la provincia de Yauyos ya se viene aplicando el Nuevo Código Procesal Penal, instrumento que no llega cuando se trata de investigar a las autoridades de la Municipalidad Provncial de Yauyos», comentó el ciudadano Raúl Ticllacuri quien sigue el sonado Caso Huayo, «puente fantasma».

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL INICIÓ TRABAJOS DE MEJORAMIENTO DE VEREDAS EN DIVERSAS CALLES DE SAN VICENTE

Importantes trabajos de Mejoramiento de Veredas en diversas calles de San Vicente ha iniciado la Municipalidad Provincial de Cañete.
Maquinarias y herramientas que son utilizadas por sus operarios vienen realizando actualmente la demolición de las veredas que luego lucirán totalmente renovadas y mejoradas para la comodidad de la población.
Los trabajos se dan en Jr. Sepúlveda, en los tramos 1-3 teniendo como presupuesto S/. 75,755 y se realiza bajo administración directa. Se inició el 30 de marzo y tiene como plazo de ejecución 30 días calendarios.
Asimismo, se vienen realizando trabajos de Mejoramiento de veredas en el Jr. 2 de mayo, en los tramos 3-6. El presupuesto de dicha obra es de S/. 115,096.
Las labores se realizan con maquinarias especializadas como martillo neumático con comprensor de aire, mini cargador frontal, volquete y compactadora manual, que al ocupar parte de la vía pública interrumpe temporalmente el tránsito vehicular por lo que se pide las disculpas por las incomodidades que pueda ocasionar.
En parte de las labores se ha encontrado cajas de desagüe en mal estado que son renovadas por nuestros propios operarios con la finalidad de garantizar que la obra sea de calidad.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004 – 2011- A/MDA

Asia, 07 de abril del 2011.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA.

VISTO:
El Acuerdo de Concejo N° 018-2011-MDA de fecha 06.04.2011, el Informe N° 082-11-DATR/MDA División de Administración Tributaria – MDA, y la conformidad de Gerencia Municipal - MDA;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley 27680, las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su competencia;

Que, la norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar o derogar Arbitrios, Derechos y Licencias, así mismo el artículo 41° del mismo cuerpo legal señala que excepcionalmente podrán condonar con carácter general é interés moratorio y las sanciones de los tributos que administra.

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Inciso 5° del Artículo N° 195° de la Constitución Política del Estado, dispone que los Gobiernos Locales en ejercicio de su autonomía política, económica y administrativa, tiene competencia para organizar, reglamentar y administrar servicios públicos, locales de su responsabilidad;

Que, el Artículo 74° de la Constitución Política del Estado, faculta a los gobiernos locales para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdicción, siendo esta facultad corroborada por el Art. 60° del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal y la Norma IV del Título Preliminar del Decreto Supremo N° 135-99-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario y el Art. 9°, numeral 9) de la Ley 27972 Orgánica de Municipalidades;

Que, el Artículo 40° de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, señala «Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el Artículo 70° de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, dispone que el sistema tributario de la Municipalidades, se rige por la Ley especial y el Código Tributario en la parte pertinente;

Que, el Inc. 2 del Artículo 69° de la misma Ley, señala como una de las rentas municipales: «Las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por el Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios»;

Que, el Artículo 40° de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, señala que es mediante Ordenanzas que se procede a crear, modificar, suprimir o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley;

Que, mediante Informe N° 082-11-DATR/MDA de la División de Administración Tributaria de la Municipalidad, de fecha 25 de marzo del 2011, informa sobre el retardo en la entrega de las cuponeras de Impuesto Predial y Arbitrios del año 2011, y sugiere que se amplíe el plazo por treinta (30) días, es decir hasta el 30 de abril del presente año, con el fin de no causar malestar a los contribuyentes y estos puedan realizar sus pagos sin intereses y mora hasta esa fecha;

Que, la Gerencia Municipal da su conformidad lo manifestado por las áreas involucradas con el proveído que ellos anotan;

Que, apreciándose que lo solicitado tiene como finalidad brindar un beneficio a los contribuyentes para que cumplan con sus obligaciones tributarias sin perjuicio alguno, siendo esta medida, también, beneficiosa para la administración municipal en cuanto esto permite mejorar la recaudación en esta temporada del año, es que el Concejo Municipal considera pertinente acceder al pedido realizado, para lo cual se emite la presente Ordenanza;

Que, de conformidad con lo previsto en el Artículo N° 20° inciso 5) y Art. 9 inciso 9), de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, en Sesión de Concejo de fecha 05 de abril del presente año, con el voto por unanimidad de los Señores Regidores, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE AMPLIA EL PLAZO PARA EL PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS DEL 2011 EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

ARTICULO PRIMERO.- OBJETO:
El objeto de la presente Ordenanza es ampliar el plazo para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios del 2011 en la Municipalidad Distrital de Asia.

ARTICULO SEGUNDO.- BENEFICIARIOS:
Podrán acogerse a los beneficiarios de la presente Ordenanza todos los pobladores del Distrito de Asia.

ARTICULO TERCERO.- VIGENCIA DEL BENEFICIO
El beneficio al que se refiere la presente Ordenanza tiene una vigencia desde la fecha de publicación hasta el día 30 de abril del 2011.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

Primera.- Facultase al Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Asia para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la aplicación de la presente norma.

Segunda.- Dispóngase que la Gerencia Municipal, conjuntamente con las áreas pertinentes se encarguen de la ejecución y difusión de la presente Ordenanza

Tercera.- la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación

REGÌSTRESE, COMUNÌQUESE Y CÚMPLASE.

JOSE ARIAS CHUMPITAZ
ALCALDE

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

SALA CIVIL
CRÓNICA JUDICIAL DEL MES DE MARZO DE 2011

DÍA: 03 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: VIVAS SIERRA, DURAND PRADO y QUISPE MEJÍA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 15-2010.- En los seguidos por el Ministerio Público sobre Abandono Material y Moral de la menor Thalia Gutiérrez Condori; DECLARARON NULA la sentencia de fecha 25 de noviembre de 2010, DISPUSIERON que el A quo renueve los actos procesales. Dr. Vivas.

DÍA: 04 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: VIVAS SIERRA, DURAND PRADO y QUISPE MEJÍA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 845-2009.- En los seguidos por el Ministerio Público con Elizardo Alberto Nolazco Vicente y otro, sobre Violencia Familiar en la modalidad de maltrato psicológico y otro; APROBARON la sentencia de fecha 19 de noviembre de 2010. Dr. Vivas.
Exp. N° 109-2010.- En los seguidos por el Ministerio Público contra José Alexander Quispe Huapaya y Guillermo Ramos Huapaya, en agravio de Juana Alejandrina Armas Durand de Quispe, sobre Violencia Familiar – en la modalidad de maltrato físico; APROBARON la sentencia de fecha 19 de julio de 2010. Dr. Vivas.
Exp. N° 175-2010.- En los seguidos por el Ministerio Público contra Cirilo Gómez Rojas, sobre Violencia Familiar – en la modalidad de maltrato físico en agravio de María Diego de Gómez; CONFIRMARON la sentencia de fecha 16 de noviembre de 2010. Dr. Vivas.

DÍA: 07 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: VIVAS SIERRA, DURAND PRADO y QUISPE MEJÍA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 453-2008.- En los seguidos por Italo Maldonado Montoya y otro con el Gobierno Regional de Lima Provincias y otro, sobre Proceso Constitucional de Cumplimiento; CONFIRMARON la Resolución N° 32 (Auto) de fecha 03 de diciembre del 2009 que resuelve ejecutar la medida cautelar innovativa. Dr. Vivas.

Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNÁNDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 72-2009.- En los seguidos por Hilda Cuzcano Luyo con la Municipalidad Provincial de Cañete, sobre Desnaturalización de contrato; CONFIRMARON la sentencia de fecha 26 de octubre de 2010 y CONFIRMARON la Resolución N° 9 (Auto) de fecha 9 de julio de 2010. Dra. Rueda.
Exp. N° 09-2001-18.- En los seguidos por Luis Orlando Apolaya Hidalgo con Telefónica del Perú S.A.A., sobre Ejecución de Resolución Administrativa; DECLARARON que CARECE DE OBJETO PRONUNCIARSE sobre el auto venido en grado de apelación (Resolución N° 106) de fecha 13 de agosto del 2010. Dr. Astoquilca.

DÍA: 08 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: RUEDA FERNÁNDEZ, ASCENCIO ORTIZ y QUISPE MEJÍA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 58-2010.- En los seguidos por Inversiones Los Ángeles de Huachipa SRL con Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A., sobre Indemnización por daños y perjuicios; CONFIRMARON la Resolución N° 14 (Auto) de fecha 7 de abril de 2010. Dra. Rueda.
Exp. N° 59-2010.- En los seguidos por Inversiones Los Ángeles de Huachipa SRL con Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A., sobre Pago de Nuevos Soles; CONFIRMARON la Resolución N° 13 (Auto) de fecha 8 de abril de 2010. Dra. Rueda.
Exp. N° 60-2010.- En los seguidos por Luis Enrique Godomar Galindo con Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A., sobre Pago de Nuevos Soles; CONFIRMARON la Resolución N° 15 (Auto) de fecha 8 de abril de 2010. Dra. Rueda.

Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNÁNDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 03-2011.- En los seguidos por el Ministerio Público con Jhony Miguel Sandoval Santos, sobre Violencia Familiar - maltrato psicológico; DECLARARON NULO la Resolución N° 12 (Auto) de fecha 27 de enero del 2011, DISPUSIERON que el magistrado del Juzgado de origen RENUEVE los actos procesales. Dr. Vivas.
Exp. N° 04-2011.- En los seguidos por el Ministerio Público con Álvaro Adolfo Ruiz Reyna, sobre sobre Violencia Familiar - maltrato psicológico; CONFIRMARON la sentencia de fecha 19 de noviembre del 2010. Dr. Vivas.

DÍA: 09 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNÁNDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 21-2003-96.- En los seguidos por Ana Milagros Benavente Bravo con EMAPA CAÑETE S.A., sobre Pago de Beneficios Sociales; REVOCARON la Resolución N° 50 (Auto) de fecha 26 de agosto de 2010 en el extremo que aprueba el monto de los costos en la suma de mil quinientos cuarentinueve nuevos soles con ochentiseis céntimos, y REFORMANDO la misma en dicho extremo, se fija en la suma de un mil Nuevos Soles. Dr. Vivas.

Con los señores Jueces Superiores doctores: VIVAS SIERRA, DURAND PRADO y QUISPE MEJIA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 2009-387.- En los seguidos por Maximiliana Villalobos Carbonero con Pedro Benigno Villalobos Carbonel, sobre Interdicción Civil; APROBARON la sentencia de fecha 17 de noviembre del 2010. Dr. Vivas.

DÍA: 10 de marzo de 2011
Con el señor Juez Superior del Tribunal Unipersonal doctor ASTOQUILCA MEDRANO se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 99-2009.- En los seguidos por Santiago Bernardino Cárdenas Cárdenas con Empresa Hnos. Giron SAC, sobre Pago de Beneficios Sociales; CONFIRMARON la sentencia de fecha 12 de octubre del 2010.

Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 267-2009-75.- En los seguidos por la Municipalidad Distrital de Lunahuaná con Ignacio Guerrero Candela, sobre Reivindicación; CONFIRMARON la Resolución N° 11 (Auto) de fecha 06 de diciembre de 2010. Dr. Astoquilca.

DÍA: 11 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 61-2010.- En los seguidos por Pedro Rufino Arias Bruno y otros con Aurelio Rodríguez Marzano, sobre Proceso de Amparo; declararon NULA la sentencia de fecha 24 de setiembre de 2010, DISPUSIERON que el juez de la causa emita nueva resolución. Dr. Astoquilca.

DÍA: 14 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 334-2010.- En los seguidos por Rogelio Perez Flores con Pedro Espino Godoy y otros, sobre Otorgamiento de Escritura Pública; CONFIRMARON la Resolución N° 2 (Auto) de fecha 27 de setiembre de 2010. Dr. Vivas.

DÍA: 15 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 23-2010-33.- En los seguidos por Cerro Alto EIRL con He Builders SAC y otros, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero; CONFIRMARON la Resolución N° 4 (Auto) de fecha 10 de setiembre de 2010. Dra. Rueda.

DÍA: 16 de marzo de 2011

Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 49-2007-64.- En los seguidos por Editoral Escuela Activa S.A. con Blanca Inés Guerrero Tenema, sobre Ejecución de Garantía; CONFIRMARON la Resolución N° 59 (Auto) de fecha 7 de octubre de 2010. Dr. Vivas.
Exp. N° 431-2010.- En los seguidos por Porfirio Huacho Leguía con el Juez del Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Cañete, sobre Proceso de Amparo; CONFIRMARON la Resolución N° 1 (Auto) de fecha 21 de diciembre de 2010. Dra. Rueda.
Exp. N° 415-2010.- En los seguidos por Eusebio Francisco Quintero Osorio y otros con la Municipalidad Distrital de Imperial sobre Proceso de Amparo; CONFIRMARON la Resolución N° 1 (Auto) de fecha 21 de diciembre de 2010. Dr. Astoquilca.
Exp. N° 15-2011.- En los seguidos por Guillermo Felipe Herrera Rosas con la Municipalidad Provincial de Cañete y otro, sobre Proceso de Amparo; CONFIRMARON la Resolución N° 1 (Auto) de fecha 18 de enero de 2011. Dr. Vivas.

DÍA: 17 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 105-2010.- En los seguidos por Víctor Taya Perez con Teódulo Quispe Cubillas y otro, sobre Pago de Beneficios Sociales; por mayoría declararon NULO la Resolución N° 2 (Auto) de fecha 15 de setiembre de 2010, DISPUSIERON que el Juez de la causa proceda nuevamente a calificar el escrito de subsanación de demanda. Dr. Astoquilca.

Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y POLANCO TINTAYA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 23-2007.- En los seguidos por Zacarías Huamán Albino con Jaime Antonio Arregui Blume y otros, sobre Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta; CONFIRMARON la sentencia de fecha 25 de junio del 2010. Dra. Rueda.

DÍA: 21 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 451-2009.- En los seguidos por Cynthia Yaya Ramírez con la Zona Registral N° IX Sede Lima, sobre Proceso de Amparo; CONFIRMARON la sentencia de fecha 09 de diciembre del 2010. Dr. Vivas.

DÍA: 22 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: RUEDA FERNANDEZ, QUISPE MEJIA y POLANCO TINTAYA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 777-2006-71.- En los seguidos por Niceas Norma Alcalá Castilla con Asociación de Comerciantes Minoristas de la Parada de Imperial, sobre Nulidad de Acto Jurídico; REVOCARON la Resolución N° 4 (Auto) de fecha 10 de setiembre de 2010, y REFORMÁNDOLA, se declara: FUNDADA la excepción de oscuridad y ambigüedad en el modo de proponer la demanda, y FUNDADA la excepción de caducidad formulada por Asociación de Comerciantes Minoritas de la Parada de Imperial. Dra. Rueda.

DÍA: 23 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 49-2010.- En los seguidos por Jorge Alberto Villalobos Aguayo con Agropecuaria MAYLAM SAC y otro, sobre Mejor Derecho de Propiedad y Reivindicación; CONFIRMARON la Resolución N° 2 (Auto) de fecha 14 de setiembre de 2010. Dr. Vivas.
Exp. N° 119-2002-55.- En los seguidos por Máximo Fernando Flores Cama y otro con Juana María Flores Cama y otros, sobre División y Partición; DECLARARON NULA la Resolución N° 138 (Auto) de fecha 21 de junio de 2010. Dr. Vivas.

DÍA: 24 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 332-2009.- En los seguidos por Simón Jacinto Cárdenas Martínez con Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso de Amparo; CONFIRMARON la sentencia de fecha 02 de noviembre del 2010. Dra. Rueda.
Exp. N° 02-2011.- En los seguidos contra Ricardo Absalón Alberto Martínez sobre Violencia Familiar – maltratos físicos, en agravio de Emilia Marcela Castro Ramos; DECLARARON NULA la Resolución N° 13 (Auto) de fecha 24 de noviembre 2010. Dr. Vivas.

DÍA: 25 de marzo de 2011
Con el señor Juez Superior del Tribunal Unipersonal doctor VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 71-2008.- En los seguidos por Eddy David Chuquispuma Manrique con Empresa PLANTISEM S.R.L., sobre Pago de Beneficios Sociales y otros; Declara NULA la sentencia de fecha 30 de diciembre de 2010, y NULO el concesorio de apelación contenido en la Resolución N° 21 de fecha 18 de octubre de 2010.

Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2009-154.- En los seguidos por Mario Fernando Pérez Hipólito con la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Lima Provincias y otro, sobre Proceso Contencioso Administrativo; CONFIRMARON la sentencia de fecha 14 de setiembre del 2010. Dra. Rueda.
Exp. N° 88-2009.- En los seguidos por Agustín Hilario Arias Fernández con el Hospital Rezola de Cañete y otro, sobre Proceso Contencioso Administrativo; CONFIRMARON la sentencia de fecha 16 de noviembre del 2010. Dr. Astoquilca.
DÍA: 28 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 126-2003-55.- En los seguidos por AGROSERVI S.A.C. con la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, DECLARARON NULA la Resolución N° 84 (Auto) de fecha 06 de diciembre 2010, y REPONIÉNDOSE al estado en que se cometió el vicio o error, DECLARARON INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEA el recurso de apelación presentada por la litis consorte ROMA RECURSOS EMPRESARIALES S.A.C. entidad liquidadora de CECOACAM. Dr. Astoquilca.

DÍA: 30 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y POLANCO TINTAYA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 185-2009.- En los seguidos por Juan Bruno Chumpitaz Guzmán con Roxana Isabel Meneses Bernales, sobre Pago de Beneficios Sociales y otros; CONFIRMARON la sentencia de fecha 14 de setiembre del 2010. Dra. Rueda.

Con los señores Jueces Superiores doctores: RUEDA FERNANDEZ, VIVAS SIERRA y POLANCO TINTAYA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 46-2011.- En los seguidos contra el menor de iniciales V.A.C.M. por Infracción contra el patrimonio – robo agravado, en agravio de Judith Cecilia Castro Gutiérrez; CONFIRMARON la sentencia de fecha 04 de marzo del 2011. Dra. Rueda.

DÍA: 31 de marzo de 2011
Con el señor Juez Superior del Tribunal Unipersonal doctor ASTOQUILCA MEDRANO se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 67-2008.- En los seguidos por Javier Oswaldo Rodríguez Briceño con Empresa Fezano S.C.R.L., sobre Pago de Beneficios Sociales; CONFIRMA la sentencia de fecha 07 de diciembre de 2010.

Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 259-2011-3.- En los seguidos contra el menor de iniciales J.F.R.S. por Infracción a la ley penal – Robo agravado, en agravio de la menor de iniciales N.A.F.CH.; CONFIRMARON la Resolución N° 2 (Auto) de fecha 23 de marzo del 2011. Dr. Vivas.

Con los señores Jueces Superiores doctores: RUEDA FERNANDEZ, VIVAS SIERRA y POLANCO TINTAYA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 114-2010.- En los seguidos contra el menor de iniciales B.P.C. por Infracción contra la vida, el cuerpo y la salud - lesiones, en agravio de Jesús Saman Ruiz; CONFIRMARON la sentencia de fecha 08 de marzo del 2011. Dr. Vivas.

Cañete, 07 de abril del 2011
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 2011-04; el señor Juez ha dictado la siguiente Resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Cañete, 16 de Marzo del 2011.- AUTOS Y VISTOS: (……) SE RESUELVE: 1.- ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Fanny Cecilia Sotelo Vicuña, contra Asterio Ilizarbe Canales, sobre Otorgamiento de Escritura Pública; debiendo sustanciarse en la VIA DE PROCESO SUMARÍSIMO; 2.- Correr TRASLADO de la demanda a la demandada, por el plazo especial de QUINCE DIAS; Téngase por ofrecidos los medios probatorios y resérvese su admisibilidad o procedencia para el estadío procesal correspondiente.- AL PRIMERO OTROSÍ del escrito de demanda y subsanación, NOTIFÍQUESE por edicto al demandado Asterio Ilizarbe Canales, en el Diario Oficial El Peruano, y en el Diario local Al Día Con Matices, por tres veces con intervalo de tres días, a fin de que en el plazo antes señalado conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; asimismo notifíquesele en la dirección domiciliara consignada en la Ficha de la RENIEC (…).
Una firma del doctor Jacinto Cama Quispe – Juez.- una firma del doctor Luis Alberto Melgarejo Fernández – Secretario Judicial.
Cañete, 08 de Abril de 2011.
Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 13, 19 y 27 de Abril.

EDICTO
Exp. N° 2010-086-CI.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha el señor Juez De La Cruz Mallaupoma y secretario Aquino Dolorier. Por Resolución número Dos de fecha diez de Junio del dos mil diez, en la vía del proceso abreviado se ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por RICARDO FERNANDO CARRION KURIYAMA contra la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LOS ACANTILADOS DE BUJAMA, a fin de que se le declare propietario del predio ubicado en el Lote SL-9, cuya extensión es de 198.16 m2 ubicado en el sector Los Acantilados de Bujama Baja, distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima; otorgándosele el plazo de diez días a los demandados para que contesten la demanda bajo apercibimiento de seguirse el proceso en Rebeldía, notificándose asimismo a los propietarios de los predios colindantes. Mala, uno de Setiembre del dos mil diez.
Gerardo Aquino Dolorier
Secretario Judicial - Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar; 13, 19 y 27 de Abril.