25 junio 2009

REGION ENTREGO EQUIPO DE LABORATORIO A TECNOLOGICO PUBLICO DE PACARAN EN SU ANIVERSARIO...

En el marco de una emotiva ceremonia el Gobierno Regional de Lima entregó muebles enseres y equipo de laboratorio a las autoridades del Instituto Superior Tecnológico público del distrito de Pacarán, con la finalidad de implementar los programas de Enfermería Técnica y Agropecuaria en la referida casa de estudios.
La entrega estuvo a cargo del Coordinador de la Oficina Zonal de Cañete Víctor Mancini Echevarría, quien en el acto destacó la tarea que cumplen en ésta institución el Personal jerárquico y los profesores en bien de la comunidad.
En su oportunidad el Director del Instituto Tecnológico Ing. Freddy Bejarano Huamán agradeció el gesto del Presidente del Gobierno Regional de Lima Ing. Nelson Chui Mejía quien anteriormente había asumido el compromiso con los estudiantes.
La autoridad educativa del Instituto en la ceremonia de entrega dijo « Yo no quería que pase desapercibido esta ayuda que nos da el Gobierno Regional, no sólo con este módulo de laboratorio para los estudiantes de enfermería y Agropecuaria, sino también con las aulas prefabricadas que nos entregó anteriormente. Estoy convencido que las inversiones en el sector educación que esta haciendo el Gobierno Regional a través del Presidente beneficia actualmente a muchos estudiantes en Cañete»
El Director recordó asimismo que esta ayuda llega cuando el Instituto a su cargo está cumpliendo el 17º aniversario de creación y funcionamiento, y para esta fecha se han programado una serie de actividades de carácter social cultural y deportivo.
ALCALDE DE NUEVO IMPERIAL INAUGURA TECHADO DE CAPILLA EN «EL PORVENIR-LA ENCAÑADA»

Un verdadero ambiente festivo se vivió en el anexo «El Porvenir-La Encañada» al inaugurarse la obra del techado de la Capilla, ejecutada por la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial.
Al lugar se hizo presente el alcalde Jorge García Quispe quien recibió muestras de agradecimiento de los lugareños, ya que por fin pudieron realizar una misa al estar la capilla reconstruida tras ser afectada por el terremoto de agosto del 2005.
Esta obra fue considerada dentro del presupuesto participativo del año 2008 y fue ejecutado teniendo como presupuesto el monto de S/. 70, 058.10 (Setenta Mil Cincuenta y Ocho con 10/100 nuevos soles).
El párroco de Lunahuaná fue quien ofició la misa y tuvo palabras de agradecimiento para el burgomaestre nuevoimperialino por el apoyo decidido para con la población que se sienten orgullosos de tener una capilla que les permite encontrarse con la palabra de Dios. A su turno, el alcalde destacó que esta obra no es la única que han realizado en dicha zona ya que en el 2007 se ha construido una multilosa deportiva y que para este 2009 tienen otra obra a realizarse dentro del presupuesto participativo, estando a la espera que el estado desembolse el presupuesto respectivo para iniciarla.




Con Motivo del «Día del Campesino»...
AGRICULTORES DE CAÑETE PARTICIPARON EN II CONCURSO PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA

Por segundo año consecutivo y con gran éxito se realizó el día de ayer, el II Concurso Provincial de Producción Agraria en Cañete, que se llevó a cabo en la Plaza de Armas del distrito de San Vicente, con motivo de la conmemoración del «Día del Campesino», evento organizado por la Municipalidad Provincial de Cañete a través de la Sub Comisión de Agricultura que preside el Regidor Alan Juarez.
Al lugar se dieron cita, diferentes productores agrario, los mismos que estuvieron acompañados de las principales autoridades de la provincia, presididos por el burgomaestre Javier Alvarado.
Los festejos del Día del Campesino, se iniciaron desde las 8 de la mañana con la realización de una acción litúrgica realizada en la Catedral de Cañete, posteriormente procedieron a rendir honores a nuestro emblema patrio cumpliendo con el izamiento del Pabellón Nacional.
De inmediato se dio inicio al II Concurso Provincial de Producción Agraria con la participación de 130 productores agrarios, quienes expusieron sus productos entre frutas, verduras y tubérculos, Finalmente los miembros del Jurado Calificador dieron a conocer los resultados de los ganadores, quienes recibieron cuatro y dos bolsas de Urea a los primeros y segundos lugares respectivamente, además se entregaron 12 picos y 12 lampas a los agricultores participantes.

PALTA:
1º Lugar: Alberto Abarca Huaraca de Casa Pintada – Imperial; mientras que el segundo lugar fue para Eugenio Torres Huanca de Pueblo. Nuevo de Conta Roma.

MAIZ:
1º Lugar: María Ureta de Velita, de Playa Hermosa
2º Lugar: Eleuterio Sánchez Viuda de Yaya, del Fdo. Roldan Bajo - Quilmaná

YUCA:
1º Lugar: Alfonso Alvites Guillén, de Casa Blanca – Cerro Azul
2º Lugar: Pedro Asunción Berrocal Arteaga, de Casa Blanca – Cerro Azul

CAMOTE:
1º Lugar: Wenceslao Simón Cerrón, de Casa Blanca –Cerro Azul
2º Lugar: Nélida María Pérez Balbín de C.P. Unanue
ALGODÓN:
1º Lugar: Urbana Lacho de Soto, de Casa Pintada
2º Lugar: Luzmila Torres Hurtado, de Casa Blanca – Cerro Azul

AJÍ:
1º Lugar: Delia Llerena Chumpitaz.
2º Lugar: Cornelio Del Pino Rodríguez, de Fdo. Cerro Cuete

FRESA:
1º Lugar: Martina Feliciano Julia Nolazco, de Hacienda Palo – Herbay Alto
2º Lugar: Norma Oro Reyes, de Girasoles – San Vicente

MANZANA:
1º Lugar: Héctor Daniel Romero Martínez, de Pacarán
2º Lugar: Julián Francia Marcos, de San Antonio - Cañete

GUANABANA:
1º Lugar: Doris Eugenio Fernández Ch., de Roldán - Quilmaná
2º Lugar: Maura Flores Campos, de Ihuanco – Cerro Azul
CHIRIMOYA:
1º Lugar: Manuel Espichán Alvarado, de Cerro Alegre - Imperial
2º Lugar: Francisco Mancha Santos, de Cerro Alegre- Imperial

FRIJOLES:
1º Lugar: Etelvina Rodríguez, de Zúñiga
2º Lugar: Arsenio De La Cruz De La Cruz, de Zúñiga

TOMATE:
1º Lugar: Luís Pareja Alejos, de San Luís
2º Lugar: Julio Berrocal.

LÚCUMA:
1º Lugar: Isabel Elizabeth Ibarra de Alvino, de Anexo el Tigre- Quilmana
2º Lugar: María Esther Espinoza Osco, de Cerro Alegre - Imperial

ZANAHORIA:
1º Lugar: Teófilo Rivera Luyo, de Casa Pintada
2º Lugar: Julia Pérez Balvín, de Unanue – San Vicente

ZAPALLO:
1º Lugar: Guillermo Abarca Allcca, de Casa Pintada
2º Lugar: Marcelina Diestra, de CAU el Chilcal – San Vicente


PAPAYA:
1º Lugar: Vicia Castillón, de Canta Gallo Viejo - Quilmana
2º Lugar: Carmen Villa, de Fdo Roldan - Quilmana

También se sortearon dos mochilas fumigadoras siendo los favorecidos los agricultores María Ureta de Velita de agua Dulce y Guillermo Abarca Allcca de Casa Pintada, Asimismo gracias al apoyo de la entidad bancaria Scotiabank se entregaron 7 mochilas escolares entre los hombres del campo de la provincia de Cañete.






MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ORDENANZA MUNICIPAL N°008 -2009-MDM

Mala, 11 de Junio de 2009

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE MALA

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 11 de Junio del 2009, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo en la Municipalidad Distrital de Mala; y,

CONSIDERANDO:
Que, según los artículos 197° y 199° de la Constitución Política del Perú, modificada mediante
Ley N° 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del capítulo XIV del Titulo sobre descentralización, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población;

Que, conforme al artículo 53° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción;

Estando a lo señalado en la Ley Marco del Presupuesto Participativo N° 28056, su reglamento mediante Decreto Supremo N° 171-2003-EF, El Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo dado por Resolución Directoral N° 021-2008-EF-76.01, Ley Nº 29298 que modifica la Ley Nº 28056, Decreto Supremo Nº 097-2009-EF en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 y 14 del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, luego del debate correspondiente en Sesión Ordinaria de la fecha con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por Unanimidad con los aportes del pleno del Concejo Municipal se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

TITULO I
OBJETO, FINALIDAD Y BASE LEGAL

Artículo 1º.- OBJETO.-
La presente Ordenanza tiene por objeto regular el Proceso del Presupuesto Participativo así como los mecanismos y procedimientos a través de los cuales las organizaciones de la sociedad civil del Distrito de Mala participan en la priorización de los proyectos que promuevan mayor rentabilidad social, reflejando de manera efectiva los compromisos y aportes de la población y de los diferentes organismos públicos y privados.

Artículo 2º.- FINALIDAD.-
El proceso de formulación del Presupuesto Participativo del Distrito de Mala se desarrolla cada año y tiene por finalidad:
2.1.- Promover la creación de condiciones económicas, sociales, ambientales y culturales que mejoren los niveles de vida de la población.
2.2.- Establecer de manera permanente, relaciones y vínculos entre la Municipalidad Distrital de Mala y el conjunto de la sociedad civil del distrito.
2.3.- Permitir de manera regular un adecuado traslado de información económica y administrativa de la Institución Municipal a la sociedad civil.
2.4.- Desarrollar una coordinación permanente sobre el desarrollo local integral entre la
Institución Municipal y la sociedad civil.
2.5.- Fijar prioridades del gasto público en materia de gastos de inversión.
2.6.- Buscar el aumento de la competitividad local así como la superación de la pobreza.
2.7.- Involucrar y comprometer a la sociedad civil y al sector privado en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos de Desarrollo Distrital.

Artículo 3°.- BASE LEGAL
* Constitución Política del Perú.
* Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783.
* Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972.
* Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411.
* Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056.
* Reglamento de la Ley N 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo, D. S. N 171-2003-EF.
* Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, disposiciones complementarias y modificatorias. Ley N» 27293.
* Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de Mala 2004–2010, Acuerdo de Concejo Nº 57-2004-MDM
* Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo, Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01.
* Ley que modifica la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 29298.
* Precisan Criterios para Delimitar Proyectos de Impacto Regional, Provincial y Distrital en el
Presupuesto Participativo, D.S. Nº 097-2009-2009-EF.

TITULO II
DEFINICIONES BÁSICAS

Artículo 4°.- Para efectos de la presente norma se entenderá por:
4.1.- Agentes Participantes: Son quienes participan con voz y voto en la discusión y toma de
decisiones en el Proceso del Presupuesto Participativo.
4.2.- Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como a Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito local.
4.2.1.- Son organizaciones sociales de base territorial o temática aquellas cuyos miembros residen mayoritariamente dentro del ámbito local, tales como juntas y comités vecinales, clubes de madres, comedores populares, comités de vaso de leche, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jóvenes, las mesas de concertación y cualquier otra agrupación social representativa en la localidad, debidamente inscrita en el RUOS de la Municipalidad.
4.2.2.- Los organismos e instituciones privadas son todas las organizaciones, instituciones y demás entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, cámara de
comercio, asociaciones o gremios empresariales, laborales, de productores o comerciantes, organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones, iglesia, entre otras, con presencia en la jurisdicción, debidamente inscritas en los Registros Públicos.
4.3.- Equipo Técnico: Tiene la misión de brindar soporte técnico en el proceso de planeamiento del desarrollo concertado local y del Proceso de Presupuesto Participativo y desarrollar el trabajo de evaluación técnica, así mismo de organizar la realización de las acciones de capacitación y/o talleres y brindar asesoría a los Agentes Participantes en la ejecución de las diversas fases del Proceso Participativo.
4.4.- Talleres de Trabajo: Son reuniones de trabajo de los Agentes Participantes, convocadas por el alcalde con la finalidad de identificar desde la perspectiva sectorial y territorial los problemas y las potencialidades del distrito, se plantean las acciones a implementar y se toman las decisiones más convenientes, mediante la definición de prioridades de las acciones propuestas en función a los recursos presupuéstales existentes.
4.5.- Delegados de Organizaciones: Son personas elegidas en asamblea y acreditadas por su organización para participar y representarlas en el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo.
4.6.- Ejes temáticos: Son los canales de contenido alrededor de los cuales se organizan los Foros Sociales, este eje implica una visión macro en la comprensión global del fenómeno de la sociedad. Dentro de estos ejes se realizarán las actividades concordantes con el Plan de Desarrollo Concertado 2004 – 2010. Los Foros son espacios democráticos de reflexión y profundización de ideas, intercambio de experiencias, articulación de movimientos sociales en redes y la
formulación de propuestas.

TÍTULO III
DE LAS INSTANCIAS DE PARTICIPACION, COORDINACIÓN, CONFORMACION Y FUNCIONES DEL EQUIPO TECNICO Y FISCALIZACION DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

CAPITULO I
DE LOS PARTICIPANTES DEL PROCESO

Artículo 5º.- De los Agentes participantes
Son todas aquellas personas que participan de manera activa en el proceso de planeamiento del presupuesto participativo, en el análisis, discusión y toma de decisiones en el proceso de
presupuesto participativo, estando facultados sea por su cargo o por la designación recaído en ellos a proponer y/u opinar sobre los proyectos considerados en la cartera de proyectos propuestos por el alcalde.
Los Agentes participantes se agrupan en dos niveles:
5.1.- Agentes Participantes con Voz y Voto
a) El Alcalde
b) Concejo Municipal Distrital
c) Miembros del Concejo de Coordinación Local
d) Representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil del Distrito debidamente inscritos en el Libro de Agentes Participantes.
e) Representantes de los Organismos e Instituciones Privadas y Públicas que desarrollen
acciones en la jurisdicción inscritos en el Libro de Agentes Participantes.
5.2.- Agentes Participantes con voz pero sin Voto.
- El equipo Técnico

Artículo 6°.- Funciones del Alcalde
a) Convoca y dirige las reuniones necesarias que den inicio al Presupuesto Participativo y durante su formulación.
b) Establece el monto máximo de asignación presupuestal que será destinada al presupuesto participativo.
c) Propone la cartera de proyectos de la Municipalidad
d) Vela por el cumplimiento de los acuerdos adoptados.

Artículo 7°.- Funciones de los Agentes Participantes
a) Emite opinión respecto a la información económica y administrativa que proporcione la institución municipal.
b) Prioriza y elige, de la cartera de proyectos propuesto por el Alcalde, los proyectos que deben ser articulados al Plan de Desarrollo Concertado Distrital y demás planes, de acuerdo a las orientaciones de la presente Ordenanza.
c) Elige y/o puede ser elegido miembro del Comité de vigilancia.
d) Cofinancia la ejecución de proyectos mediante recursos económicos y/o mano de obra.
e) Fiscaliza mediante el comité de Vigilancia el Proceso del Presupuesto Participativo y la ejecución de los acuerdos.

Artículo 8°.- De los Delegados
Son los representantes elegidos por los agentes participantes inscritos que participan en los talleres del presupuesto participativo, quienes sustentaran las propuestas en los talleres deliberativos de sus respectivos cuadrantes.

CAPITULO II
DE LA COORDINACIÓN

Artículo 9º.- De la Coordinación
En el marco de la legislación vigente se establece que el Alcalde en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital es la instancia encargada de coordinar, monitorear y garantizar el desarrollo de las actividades de difusión y sensibilización de la importancia de la Participación Ciudadana y del Marco Normativo vigente, así como de velar por el normal desarrollo del Proceso.
Articulo 10º.- De la Conformación y Funciones del Equipo Técnico
10.1.- De la conformación del Equipo Técnico, estará integrado por los responsables de las siguientes Oficinas y/o Gerencias:
a) Oficina de Planificación y Presupuesto Presidente
b) Gerencia de Desarrollo Humano Miembro
c) Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Públicos Miembro
d) Oficina de Programación de Inversiones Miembro
e) Gerencia de Desarrollo Urbano Miembro
f) Sub Gerencia de Obras Públicas Miembro
g) Un (1) Representante Especializado de la Sociedad Civil
elegido por los Agentes participantes en el Primer Taller Miembro

10.2.- De las funciones del Equipo Técnico
a) Formular la metodología, programación y cronograma del Proceso Participativo
b) Revisar la cartera de proyectos de la Municipalidad a ser presentados en el Proceso de Presupuesto Participativo.
c) Preparar la información para el debate en los Talleres de Trabajo.
d) Organizar todas las actividades de capacitación que se consideren necesarias.
e) Brindar asesoría permanente en la toma de decisiones de los agentes participantes durante la ejecución de los Talleres de Trabajo.
f) Elaborar y proponer la metodología, programación del Proceso y organización de los Talleres para el Proceso de Presupuesto Participativo.
g) Evaluar la viabilidad técnica y financiera de cada una de las acciones propuestas según criterios de Priorización resultante de los talleres.
h) Elaborar el Resumen de Propuestas de Acciones con sus costos, ordenados de acuerdo a los criterios de Priorización previamente acordados, sometiéndolos a la aprobación de los Agentes Participantes.
i) Elaborar el Documento del Presupuesto Participativo del año correspo
ndiente.
j) Otros que disponga el Titular del Pliego.

Articulo 11°.- De la Fiscalización del Proceso Participativo
En el marco de la transparencia de la gestión pública se constituye el Comité de Vigilancia y Control del Proceso de Presupuesto Participativo, elegidos en el tercer taller de Agentes Participantes, cuya vigencia rige hasta el 31 de diciembre del periodo fiscal que corresponda, los que son designados mediante Resolución de Alcaldía.

TÍTULO IV
PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO SECUENCIA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

Artículo 12°.- De la Preparación
El Alcalde, el Consejo de Coordinación Local Distrital y las áreas responsables de la Municipalidad se encargaran del desarrollo de las actividades de difusión y sensibilización sobre la importancia de la participación ciudadana en los Procesos Participativos, así como de las normas que señalan su cumplimiento; seleccionando la información y/o documentación que será distribuida a los Agentes Participantes en el momento que se inicien los Talleres.

Artículo 13°.- De la Convocatoria
La Alcaldía en coordinación con los Miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital convoca al Proceso del Presupuesto Participativo en general y a los Agentes Participantes a registrarse y a participar en el proceso, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados en la localidad y otros medios disponibles para garantizar una amplia participación y representatividad local.

Artículo 14º.- De la Identificación y Registro de Agentes Participantes
La identificación de los Agentes Participantes debe permitir la mayor participación y representatividad de la sociedad en el Distrito de Mala.
Para los fines de la presente Ordenanza la Municipalidad a través de la Gerencia de Desarrollo Humano apertura un registro que permita identificar la participación ciudadana en el proceso participativo.

Artículo 15º.- De la Acreditación y Requisitos de los representantes de la Sociedad Civil
La acreditación es el proceso mediante el cual se determina la representatividad, crédito y confianza que una organización de la sociedad civil reconocida da a una persona dado que este cumple con los requisitos para que lo represente en el Proceso del Presupuesto Participativo.
Las organizaciones, deben de registrarse en el Libro de Agentes Participantes, que para tal efecto la Municipalidad dispondrá su apertura, con los siguientes requisitos:
a) Copia del Acta de Asamblea o Declaración Jurada donde se designa a los delegados, debidamente firmados por sus asistentes. Titular (01) y alterno (01).
b) Copia del DNI de los delegados propuestos.
c) No participar como organización registrada en otras instancias de gobierno para el proceso participativo.

Artículo 16º.- De la Capacitación de Agentes Participantes
La capacitación para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo se efectuará a través de talleres o reuniones en las que las autoridades, equipo técnico y los agentes participantes se informen y comprendan las tareas que involucra dicho Proceso, así como de otros tema de interés vecinal.
Tiene como objetivo brindar las herramientas metodológicas, técnicas y legales para el desempeño de sus funciones, de tal forma que la definición de prioridades y la distribución de recursos apunten al desarrollo concertado del Distrito por ello es fundamental fijar la importancia de los temas de capacitación a desarrollar a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos en
procura del desarrollo socio-económico de la población. Para ello, se deberá invitar a representantes de la Dirección Nacional de Presupuesto Público, de Organismos No Gubernamentales y/u otros especialistas de los sistemas de Planificación y Presupuesto.

Artículo 17º.- De la Citación, Desarrollo de los Talleres de Trabajo y Criterios de Evaluación
17.1.- De la Citación: La Secretaría General del Concejo Municipal se encargará de citar a los agentes participantes debidamente registrados al Proceso del Presupuesto Participativo.
17.2.- De la Rendición de Cuentas: Se informará de los avances logrados según los objetivos planteados brindándose la información correspondiente sobre la ejecución del Proceso del Presupuesto Participativo del año precedente, así como respecto al impacto en el desarrollo Local de la inversión realizada como resultado del proceso anterior, en lo que se hubiera ejecutado y la
ejecución del presupuesto institucional, del nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por cada uno de los actores, públicos y privados participantes del proceso, con el objetivo de mejorar y orientar el proceso en curso.
A través de la Rendición de Cuentas el Alcalde dará a conocer a los Agentes Participantes el cumplimiento de los Acuerdos tomados en el Presupuesto Participativo del año anterior; así mismo, informarán de manera general respecto los resultados de su Gestión en el año anterior y el nivel de avance en la ejecución del Presupuesto del Año Actual, tanto a nivel de actividades como de Proyectos.
17.3.- Del Plan de Desarrollo: Se presentará la Visión de Desarrollo, los Objetivos Estratégicos contenidos en el Plan de Desarrollo Concertado Distrital 2004 – 2010 para su validación correspondiente, en este estado si fuese necesario, es factible ajustar la visión y los objetivos
estratégicos con aportes de los agentes participantes.
17.4.- Del Diagnóstico Temático y Territorial
17.4.1.- Al inicio de este taller se elegirán dos (02) delegados por cada Eje territorial (un varón y una dama participantes de la zona, siendo al menos uno de ellos de ser posible menor de 29 años. Estos delegados tienen la representatividad de cada eje y les corresponde sustentar los proyectos de inversión que le corresponden a su eje y asistir con derecho a voz y voto en la etapa de aprobación y formulación de acuerdos finales del Proceso Participativo.
17.4.2.- En los Talleres Temáticos el diagnóstico se realizará en función a grandes ejes de análisis como pueden ser el económico, humano, socio cultural, urbano, salud, medio ambiente, seguridad ciudadana y político institucional. Las acciones propuestas deben constituir la mejor alternativa de un conjunto de opciones y cursos de acción previamente analizados y evaluados cualitativa y
cuantitativamente.
17.4.3.- La asignación de recursos para el financiamiento de las acciones propuestas en el Presupuesto Participativo y finalmente priorizadas para su inclusión en el Presupuesto Institucional, deben determinarse de acuerdo a los criterios que orientan la determinación de recursos a ser considerados para los proyectos y/o actividades del Proceso del Presupuesto Participativo.
17.5.- De trabajo, de definición, de criterios y de priorización de acciones: En estos talleres los Agentes Participantes discuten y definen los criterios para la priorización de las acciones a ejecutar. La priorización es un mecanismo que sirve para establecer un orden de prelación de las acciones identificadas como resultado de los Talleres de Trabajo, considerando la distribución temática y territorial de los recursos previamente elaborados por el Equipo Técnico.
17.6.- Los criterios para la priorización deben en general recoger las principales aspiraciones de la sociedad en términos del desarrollo, estos criterios incluyen:
17.6.1.- Proyectos estratégicos para el Desarrollo Concertado del Distrito.
17.6.2.- Niveles de pobreza.
17.6.3.- Cofinanciamiento por parte de la población beneficiaria u otro.
17.6.4.- Necesidades básicas insatisfechas.
17.6.5.- Población en riesgo.
17.6.6.- Perfil de proyecto.
17.6.7.- Densidad poblacional (Numero de Beneficiarios).
17.6.8.- Cumplimiento de obligaciones tributarias de la población beneficiaria.
17.6.9.- Efecto en la generación de empleo local.
En función a los criterios antes mencionados se establecen los puntajes que ayudarán a precisar una prioridad de las acciones. Tanto los criterios como los puntajes señalados en el Instructivo y normas específicas de la Municipalidad deben ser validados en este Taller.
Sobre la base de los criterios y puntajes definidos por los Agentes Participantes, el Equipo Técnico brinda el Soporte Técnico para la evaluación de las acciones priorizadas, las cuales son presentadas para que los Agentes Participantes consideren y determinen su inclusión en el Presupuesto Institucional del Ejercicio que corresponda.
17.7.- Los agentes participantes, públicos o privados, presentarán las propuestas de proyectos como alternativas de solución a los problemas priorizados, para lo cual el equipo técnico distribuirá la ficha correspondiente.

Articulo 18º.- Evaluación Técnica
18.1.- La Evaluación Técnica está a cargo del Equipo Técnico, consiste en el análisis y desarrollo técnico y financiero de cada una de las acciones propuestas para poder evaluar su viabilidad y posterior ejecución. Para los efectos de la evaluación técnica financiera el Equipo Técnico cuenta con el apoyo de personal de diversas áreas de la Municipalidad, según su especialidad.
18.2.- La evaluación del financiamiento de las propuestas se realiza teniendo en cuenta estrictamente los recursos específicos determinados para la atención de acciones resultantes del Proceso del Presupuesto Participativo, las que incluyen todas las formas de financiamiento disponibles, tales como los aportes de la Cooperación Internacional, del sector empresarial, de las entidades que tienen presencia en determinadas localidades y que actualmente vienen desarrollando acciones en beneficio de las poblaciones sin la debida articulación con el Plan de Desarrollo Concertado Distrital citado o con el Proceso de Presupuesto Participativo,
preservando siempre el equilibrio entre los recursos disponibles y los montos de recursos requeridos para la atención de las necesidades.
18.3.- Las propuestas de acciones con sus costos estimados, en función a la verificación en campo, se preverá en el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo, en caso de ser necesario; así como su ordenamiento de acuerdo a los criterios de priorización acordados; son resumidos y presentados luego por el Equipo Técnico a los Agentes Participantes para su priorización y aprobación. Las acciones priorizadas en el proceso y cuyo financiamiento requiera total o parcialmente recursos públicos, serán tomadas en cuenta para su incorporación en el Plan Operativo Institucional o en el Plan de Desarrollo Institucional y en el Presupuesto Institucional del Ejercicio que corresponda, como Proyectos y/o Actividades, según corresponda.
18.4.- El Equipo Técnico es el responsable de preparar el «Documento del Presupuesto Participativo» para el periodo en el cual se desarrolle, el mismo que debe reflejar de manera diferenciada e integrada los compromisos y acuerdos establecidos entre los distintos Agentes Participantes.

Articulo 19º.- De la Coordinación entre los Niveles de Gobierno
Implica la articulación y consistencia de los proyectos de inversión a nivel de gobierno local y regional (distrital, provincial y regional). Para tal efecto, le corresponde al gobierno regional organizar los mecanismos de coordinación y consistencia presupuestaria en materia de gastos de inversión y entre niveles de gobierno, respetando competencias, así como procurando economías de escala, concertación de esfuerzos y coordinación de recursos.
De no pronunciarse el Gobierno Regional, el Equipo Técnico realizará las gestiones necesarias para el desarrollo de esta fase del proceso participativo, teniendo en cuenta el marco legal vigente relacionado a la materia.

Articulo 20º.- Formalización de Acuerdos
20.1.- Los resultados del Proceso del Presupuesto Participativo consolidados por el Equipo Técnico en el «Documento del Presupuesto Participativo», incluyendo la evaluación y el desarrollo técnico y financiero de las propuestas, son presentados por el Alcalde, en su condición de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, a los Agentes Participantes.
20.2.- Las propuestas de modificaciones deben ser justificadas en el marco del resultado de los Talleres y deberán ser evaluadas por el Equipo Técnico para su consideración.
20.3.- Aprobados los acuerdos, los Agentes Participantes los formalizarán suscribiendo el Acta respectiva. Es responsabilidad de todos los participantes firmar el Acta de Acuerdos y Compromisos correspondientes.

Artículo 21º.- El Comité de Vigilancia y Control
El comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo está conformado por cuatro (4) miembros elegidos entre los representantes de la Sociedad Civil inscritos y participantes en el Proceso de Presupuesto Participativo. Su labor finaliza en diciembre del año siguiente, de tal manera que en un (01) año coexisten dos (02) Comités de Vigilancia y Control, el conformado para el año en curso y el que se elige para la ejecución de los acuerdos adoptados del próximo año.

Artículo 22º.- De las competencias del Comité de Vigilancia y Control.
22.1.- Vigilar el desenvolvimiento de las distintas etapas del Proceso Participativo, según los principios del Instructivo, para el cumplimiento de los acuerdos concertados en el Presupuesto Participativo.
22.2.- Informar Semestralmente sobre los resultados de la vigilancia, al Consejo de Coordinación Local y a la Sociedad Civil en general.
22.3.- Vigilar que los proyectos priorizados formen parte del Presupuesto Institucional de Apertura del Ejercicio Fiscal.

TITULO V
DE LA APROBACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

Articulo 23°.- El Presupuesto Participativo es aprobado por los miembros del Concejo Municipal luego que el Concejo de Coordinación Local Distrital y los Agentes Participantes en general formalizan suscribiendo el Acta respectiva de los acuerdos y compromisos correspondientes a dicho Proceso.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Primera.- Facultad Reglamentaria
El Alcalde queda facultado para dictar, mediante Resolución o Decreto, las normas complementarias y reglamentarias a la presente ordenanza

Segunda.- Convocatoria
El Alcalde dispondrá la utilización de los medios de comunicación masiva para la convocatoria de los agentes participantes en el Presupuesto Participativo.

Tercera.- El cronograma del proceso del presupuesto participativo que corresponda a cada periodo fiscal será aprobado mediante Decreto de Alcaldía.

Cuarta.- El Gerente Municipal y las Unidades Orgánicas de la Municipalidad en el marco del Presupuesto Participativo son responsables de brindar el apoyo de recursos al Equipo Técnico.

Quinta.-Encargase a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza.

Sexta.- Deróguese toda norma municipal que se opongan a la presente Ordenanza.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA PENAL
SEGUNDA AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA

En el Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a los veintidós días del mes de junio del dos mil nueve, a horas nueve de la mañana. Se constituye los señores vocales Moisés Martínez Meza (Presidente de la Sala Penal) Roberto Paredes Dávila y Víctor Durand Prado, a efecto de realizarse la SEGUNDA AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA conforme lo ordenado mediante Resolución Administrativa 014-2009-P-CSJCÑ, de fecha siete de enero del dos mil nueve, señalando fecha para el día TREINTA DE JUNIO del presente, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, a efecto de garantizar que los procesos penales se tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonado o a ser puesta en libertad por exceso de detención conforme lo establece el Decreto Ley 25476; en consecuencia OFICIESE a los Juzgados Especializado en lo Penal de Cañete, Fiscalía Provincial de Cañete, Fiscalía Superior de Cañete y al Establecimiento Penal de Nuevo Imperial, a efecto de que INFORME en el DIA el PLAZO DE DETENCION de los procesados, cuyos procesos se encuentran pendientes de sentenciar y dictaminar. Notificándose y Oficiándose.
Dr. Martínez Meza. Dr. Paredes Dávila. Dr. Durand Prado
Patricia Martínez Guando
Secretaria de Sala Penal
CSJCÑ.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2009-A-MDM

Mala, 18 de Junio de 2009

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALA

VISTO:
El Informe Nº 064-2009-GPP/MDM de fecha 17 de Junio del 2009, sobre el Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo 2010 que deberá ser de cumplimiento por el Equipo Técnico y Agentes Participantes del Proceso Participativo para el Año 2010;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al artículo 53° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción;

Que, mediante Ordenanza N° 008-2009–MDM de fecha 11.06.2009, se aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo en la Municipalidad Distrital de Mala; estipulando en su Tercera Disposición Complementaria y Final que el cronograma del Presupuesto Participativo que corresponda a cada período fiscal será aprobado mediante Decreto de Alcaldía;

Que, mediante Informe N° 064-2009-GPP/MDM de fecha 17.06.2009, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, remite el Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo 2010;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidad es – Ley N° 27972 y la Ordenanza N° 008–2009-MDM;

D E C R E T A:

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo 2010, según el cuadro adjunto que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

ARTICULO SEGUNDO: Encargar al Gerente de Planificación y Presupuesto en su calidad de Presidente del Equipo Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía en cuanto le corresponda.

ARTICULO TERCERO: Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Oficial de la Localidad y en la página web de la Municipalidad Distrital de Mala – www.munimala.gob.pe.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde

JUDICIALES

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por VICTOR VIDAL AGAPITO RODRÍGUEZ, contra JUAN MARCACUZCO VIVANCO sobre, PAGO DE MEJORAS, en el Expediente Nº 2002-529, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Especialista Legal Dr. Luis Miguel Yalán Ahedo quien ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente inmueble ubicado en: Parcela denominada Marinero U.C. 10657, del distrito de Mala provincia de Cañete y departamento de Lima, inscrito en la foja 245 del tomo 53 y su continuación en Partida Electrónica Nº 90228889 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima y Callao.
VALOR DE TASACIÓN: US $ 8,798.60 Ocho Mil setecientos noventa y ocho 60/100 dólares americanos. BASE DEL REMATE: US$ 5,865.73 (cinco mil ochocientos sesenta y cinco 73/100 dólares americanos), que corresponde a las 2/3 partes del valor de la tasación. AFECTACIONES: 1) EMBARGO: Expedido por el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, se ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción sobre el inmueble inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 35,000.00 (treinta y cinco mil 00/100 Nuevos Soles) en los autos seguidos por VICTOR VIDAL AGAPITO RODRÍGUEZ contra JUAN MARCACUZCO VIVANCO sobre Pago de Mejoras, inscrito en el asiento D0001. DIA Y HORA DEL REMATE: 30 de Junio del 2009, a las 12:30 p.m. LUGAR DE REMATE: En el primer Juzgado Civil de Cañete en la sede de la Corte Superior de Cañete ubicada en Panamericana Sur Km. 144, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación del inmueble y presentarán Tasa de Postor Judicial respectiva por cada inmueble (con copia del Arancel y del DNI o RUC) suscribiendo dicho arancel con número de expediente y generales de ley. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV.
Marco Antonio Urbina Chumpitass
Abogado Martillero Público - Reg. O.R.L.C. 196
Luis Miguel Yalan Ahedo
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil - Cañete
Publicar desde el 20 al 26 de Junio.

EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, Cita, llama y emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-0918, a MIGUEL ANGEL TRUJILLO FLORES; REO AUSENTE, Delito: Lesiones
Culposas Graves; Agraviado: Raúl Fortunato Tejada Llanquecha. Cañete, 15.06.2009.
EXP.-2008-0953, a JULIO EDILBERTO SOTO SANCHEZ; REO AUSENTE, Delito: Lesiones Leves; Agraviada: Lesly Geraldine Sueng Sánchez. Cañete, 15.06.2009.
Secretaria: Castillo.
EXP.-2008-0021.-EL JUZGADO MIXTO DE MALA.-Juez VILLANUEVA; Cita , Llama y Emplaza a la testigo LETICIA JURADO MALPARTIDA; para rendir su declaración TESTIMONIAL, Delito: Violación Sexual a menor de edad, Inculpado: Jorge Eberth Viton Herrera; Agraviada: J.M.CH. Fdo.Secretaria: Fernández. Cañete, 10.06.2009.
EXP.2009-0473.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez FLORES; ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN.N°01: RESUELVE: ADMITIR la Demanda contra CARLOS ROMAN HUAMAN ALVAREZ, sobre Violencia Familiar, Agraviada: Milagritos Rosario German Avalos, corrase traslado al demandado por el termino de cinco días, notifíquese para que dentro del plazo de TRES DIAS se apersone, bajo apercibimiento de declarársele REBELDE.-Fdo.Secretaria: Vargas. Cañete 11.06.2009
24, 25 y 26 de Junio
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA

DECRETO DE ALCALDIA Nº 021 -2009-MDCH

Chilca, 22 de Junio del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHILCA,

VISTO: El Informe Nº 003-GM/MDCH de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en su artículo 53º señala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley correspondiente y en concordancia con el Plan Integral de Desarrollo Concertado del distrito;
Que, asimismo la Decimosexta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, dispone que las municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos;

Que, mediante Ordenanza Nº 007-2008-MDCH de fecha 26 de junio del 2008 se aprobó el Reglamento del Proceso Integral de Formulación del Plan de Desarrollo Concertado y del Presupuesto Participativo para el año 2009 del distrito de Chilca, cuyos criterios resultan aplicables para la formulación del Presupuesto Participativo para el ejercicio 2010;

Que, sin perjuicio de lo expuesto resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la sociedad civil, sus responsabilidades, obligaciones, derechos; así como establecer el cronograma mínimo para el desarrollo de las acciones del proceso de programación del Presupuesto participativo para el año 2010;

Estando a lo informado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 20º numerales 6 y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con cargo dar cuenta al Concejo Municipal;

DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo en el Distrito de Chilca para el año fiscal 2010, el mismo que forma parte del presente Decreto.

ARTICULO SEGUNDO.- APROBAR el Cronograma del proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de Chilca para el ejercicio 2010, en la forma siguiente:
- CONVOCATORIA 25 de junio del 2009
- INVITACION Y DIFUSION del 25 de junio al 27 de junio del 2009
- INSCRIPCION DE PARTICIPANTES 26 y 27 de junio del 2009
- CAPACITACION DE AGENTES PARTICIPANTES 03 y 04 de julio del 2009
- RENDICION DE CUENTAS 03 de julio del 2009 2 p.m.
- TALLER DE DIAGNOSTICO Y PRIORIZACION
DE PROYECTOS 04 de julio del 2009 6 p.m.
- EVALUACION TECNICA DE PROYECTOS 10 de julio del 2009
- TALLER DE PRIORIZACION DE PROYECTOS
Y FORMULACION DE ACUERDOS 11 de julio del 2009

ARTICULO TERCERO.- CONFORMAR el Equipo Técnico del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de Chilca para el ejercicio 2010, el cual estará integrado por las siguientes personas:
Ing. HUGO HUAPAYA RUEDA, Director de Desarrollo Urbano, Rural y Medio Ambiente
CPC JORGE ALVAREZ RUIZ, Jefe de la Unidad de Contabilidad
Sr. MARIO CARDENAS BERTINI, Director de Servicios Comunales

ARTICULO CUARTO.- Encargar a la Gerencia Municipal y al Equipo Técnico el cumplimiento del presente Decreto.

REGISTRESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

PABLO NALDA QUIROZ
ALCALDE