17 noviembre 2009

El fin de semana estuvo en Lunahuaná…
JURADO ELECTORAL ESPECIAL INTENSIFICA FUNCIÓN FISCALIZADORA EN CAÑETE Y YAUYOS…


LUNAHUANÁ.- El Jurado Electoral Especial de Cañete, cumpliendo con su función de Fiscalización Electoral, visitó el fin de semana el distrito de Lunahuaná y participó en las dos inauguraciones programadas por las autoridades edilicias del lugar, que se encuentran en proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales.
La presidenta del Jurado Dra. Judith Marcelo Ciriaco, realizó la visita de acuerdo a sus atribuciones que establece la Ley Orgánica de Elecciones en su Artículo 36, Inciso A) que señala que la Autoridad en Proceso de Consulta puede inaugurar e inspeccionar las obras públicas.
«Lo que no está permitido a la autoridad en cuestión es realizar Proselitismo Político en dichos actos, y es el Jurado Electoral Especial el encargado de velar por el fiel cumplimiento de esta disposición», remarcó la presidenta la Dra. Judith Marcelo Ciriaco.
Precisamente el día domingo 15 de noviembre, el Jurado Electoral Especial de Cañete, tomó conocimiento de las dos inauguraciones programadas por el Concejo Municipal del Distrito de Lunahuaná que preside el alcalde Ovidio Espinoza Escajadillo, motivo por el cual, acudió al lugar.
Tras señalar que no se presentó ninguna incidencia electoral, la Presidenta del Jurado Electoral especial de Cañete, Dra. Judith Marcelo Ciriaco, dijo que similar labor vienen cumpliendo en los 13 distritos de Cañete y Yauyos, involucrados en el proceso de consulta popular y nuevas elecciones.
Como es de conocimiento tanto la consulta popular como las nuevas elecciones se realizarán el próximo 29 de noviembre y la titular del Jurado Electoral Especial de Cañete, instó a los actores de ambos grupos, cumplir con «las reglas de juego» y respetar la decisión del soberano.
MADRES E HIJOS DE COMEDORES POPULARES Y VASOS DE LECHE PARTICIPARON EN II CONCURSO DE COMPRENSIÓN LECTORA «MI MAMÁ LEE, POR ESO, YO TAMBIÉN»

Con gran éxito se llevó a cabo el pasado 14 de Noviembre, el II Concurso de Comprensión Lectora «Mi mamá lee, por eso, yo también», realizado en la Plaza de Armas de San Vicente; convocando nada menos que a más de quinientas madres y niños de los comedores populares y programas de vaso de leche de la provincia.
El jurado calificador, de este importante evento, fue presidido por la reconocida escritora y periodista Josefina Barrón Mifflin, quien fue distinguida como «Visitante Ilustre de la provincia de Cañete», recibiendo la «Medalla Cívica de la Ciudad» de manos del burgomaestre Javier Alvarado Gonzáles del Valle, para luego desarrollar una Conferencia Magistral titulada «para mujeres valiosas como tú». Complementaron el colegiado calificador la Lic. Genoveva Herrera Williams, Coordinadora del PRONAFCAP del Instituto Superior Pedagógico «San Josemaría» y la Lic. Amelia García Pérez Capacitadora Docente del PRONAFCAP también del Instituto Superior Pedagógico «San Josemaría».
Fueron cuatro las categorías en que fueron segmentados los participantes, siendo los ganadores:
En la Categoría I (6 y 7 años): El Primer Lugar fue obtenida por Hilda Maryeli Paucar Solórzano (San Vicente) que tuvo como premio el Televisor y DVD; el segundo Lugar lo obtuvo Camila Napanga Camacho (San Antonio) que recibió como premio una Bicicleta montañera; mientras que el tercer Lugar fue obtenido por Nicol Valerano Camacho (San Antonio), que recibió como premio una canasta de víveres.
En la Categoría II ( 8 y 9 años), el primer lugar fue para Carmen Rosa Víncula Ruíz (Chilca) que también recibió un Televisor y DVD de premio; el segundo lugar para Rosa Camacho Morales (San Antonio), premiada con una Bicicleta montañera; y el tercer lugar para Ray Herly García Jayo (San Vicente) que obtuvo una Canasta de víveres.
En la Categoría III (10 y 12 años), el primer Lugar fue para Janet Teresa Ccasihui Acevedo (San Vicente), que también obtuvo de premio un Televisor y DVD; el segundo lugar fue para José Alexis Lazo Lévano (San Vicente) que tuvo de premio su Bicicleta montañera; y el tercer Lugar fue para Gianella Ramírez Cayahuallpa (Chilca), que obtuvo de premio su Canasta de víveres.
Finalmente en la Categoría IV (Madres de familia), el primer lugar fue para Diana Uribe Rivas. (San Vicente), que obtuvo de premio una Refrigeradora; el segundo lugar fue para Lucila Manrique De La Cruz (Asia) que obtuvo como premio un Juego de comedor; mientras que el tercer lugar fue para Rosa Evaristo Chumpitaz Huapaya (San Vicente) que recibió de premio una Cocina.

APOSTAMOS POR PROMOVER LA LECTURA EN MADRES E HIJOS...
«Estamos apostando en promover la lectura en las madres e hijos de los comedores populares y comités de vaso de leche, quienes día a día luchan por hacer realidad sus sueños. Hoy se habla del poder del conocimiento y esto se logra gracias a la lectura, porque todo no debe quedar allí sino que se tiene que transformar en acciones concretas en bien del desarrollo de nuestra realidad y que pueda cristalizarse en favor de la provincia y el Perú» sostuvo el alcalde cañetano Javier Alvarado al momento de la premiación a los ganadores.
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA INAUGURO IMPORTANTE CARRETERA ASFALTADA EN CAÑETE Y ANUNCIÓ INAUGURACIÓN DE ELECTRIFICACIÓN EN TAURIPAMPA - YAUYOS...

«Estamos inaugurando y ejecutando una serie de obras en la región y en esta etapa estamos dando énfasis a la electrificación y la construcción de carreteras como vías de comunicación, porque consideramos que son los conductores del desarrollo de los pueblos» sostuvo en Cañete el Presidente del Gobierno Regional de Lima Ing. Nelson Chui Mejía en la ceremonia de inauguración del asfaltado de la carretera que une a Casa Pintada, San Benito, La Quebrada con el distrito de San Luis.

SERA VERDAD TANTO OFRECIMIENTO...
Reveló que «En Cañete en breve vamos a licitar la carretera San Antonio - Santa Cruz de Flores, asimismo estamos solicitando al Ministerio de Economía la transferencia de los recursos para hacer realidad la Carretera Quilmaná Puerto Fiel, una vía de evitamiento tan importante como ésta que unirán a 4 distritos, igualmente estamos transfiriendo esta semana 800 mil soles al alcalde de Imperial para la construcción del Coliseo Deportivo, de igual modo se está coordinando con los alcaldes el inicio de la carretera entre Imperial y Carmen alto por más de dos millones y también en 15 días se empezará a construir la Casa de la Cultura y las obras en el Instituto Tecnológico de Cañete».
Hay que señalar que la carretera inaugurada, es la continuación de la pista que une San Luis hasta Pueblo Nuevo de Conta, pueblos aledaños que comprenden a 4 distritos como zonas de influencia.

SERVICIO DE ENERGIA
ELECTRICA EN
TAURIPAMPA - YAUYOS...
El Presidente Regional en esta concurrida ceremonia, asimismo anunció la inauguración del servicio de energía eléctrica para beneficiar a cientos de pobladores del distrito de Tauripampa en la Provincia de Yauyos, acto que se llevará acabo el próximo lunes 23 de Noviembre.

TAMBIEN INAUGURACION EN MALA...
Antes, el Ing. Nelson Chui, conjuntamente con el Alcalde del distrito de Mala Víctor Hugo Carvajal Gonzáles y dirigentes de la Comunidad Campesina de Mala, inauguró la electrificación del Anexo «Cerro La Libertad», obra que contó con una inversión del Gobierno Regional de 130 mil nuevos soles.
En la ceremonia principal el Presidente Regional estuvo acompañado de diversas personalidades entre ellas, la congresista Rosario Sasieta, el Vicepresidente Regional Dr. Luis Custodio Calderón, los Alcaldes de Imperial Richard Yactayo Durán, de Nuevo Imperial Jorge García Quispe, de San Luis Arturo Antezana Urbina, de Quilmaná Celestino Yactayo Villalobos y la alcaldesa de la Quebrada Rosario Meneses García.
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87 y Articulo 90, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.

LUGAR: Entrada CPM Unanue.
ZONAS AFECTADAS: Fdo. Sta. Rosita, C.P. Agua Dulce, CP Cochahuasi,
CP Playa Hermosa, CP Boca del Río, C.P. La
Encañada, C.P. Inmaculada Santa. Rosa, C.P. H.
Unanue, C.P. La Esmeralda, C.P. La Pampilla, C.P.
San Pedro, C.P. Cuiva, C.P. Pampa Castilla, Pío Pampa
Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo.
Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP
San Judas Tadeo, Zaire, San Juan, C.P. Espíritu Sto.
de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de
la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03.
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 3000
DIA: Martes 17 Noviembre de 2009.
HORA DE INICIO: 03:45 hrs. Martes 17 Noviembre de 2009.
HORA FINAL: 08:27 hrs. Martes 17 Noviembre de 2009.

La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T., ocasionada por Hurto de Conductor, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
RESULTADOS DE LA EVALUACION PARA INTEGRAR LA NOMINA DE MAGISTRADOS SUPLENTES 2009-2010


N° Orden Postulante Puntaje Acumulado Cargo al que postula Orden de Mérito
1 Marcelo Ciriaco, Judith Lucía; 82.6, Juez Superior, 1°.
2 Huayta Rojas, Luis Manuel, 73.9; Juez Superior, 2°
3 Vento Delgado, Juan Manuel, 61.2; Juez Superior, 3°
4 Chuquillanqui Huaringa, Edgar Jesús; 50.6; Juez Superior, 4°
5 Suárez Mirabal, Cirilo Enor; 86.3; Juez Especializado/Mixto; 1°
6 Zavaleta Grandez, Carlos Alberto; 81.2; Juez Especializado/Mixto; 2°
7 Alvarez Lira, Pablo Ysmael; 74.8; Juez Especializado/Mixto; 3°
8 Sulca Salvador, Juan José; 73.9; Juez Especializado/Mixto; 4°
9 De La Cruz Mallaupoma, Luis Gustavo; 68.2; Juez Especializado/Mixto; 5°
10 Vargas Sánchez, Manuel Rigoberto; 67.9; Juez Especializado/Mixto; 6°
11 Meza Farfán, Marco Antonio; 64.5; Juez Especializado/Mixto; 7°
12 Sandoval Peves, Riquelmer Amarildo; 55.2; Juez Especializado/Mixto; 8°
13 León León, José David; 48.6; Juez Especializado/Mixto; 9°
14 Razzeto Zavala, Patricia; 79.6; Juez de Paz Letrado; 1°
15 Valdivieso Roque, Alicia Isabel; 79.2; Juez de Paz Letrado; 2°
16 Jáuregui Flores, Gustavo Rafael; 78.6; Juez de Paz Letrado; 3°
17 Yalan Ahedo, Luis Miguel; 73.3; Juez de Paz Letrado; 4°
18 Soto Borjas, Daniel Alexander; 73.0; Juez de Paz Letrado; 5°
19 Fernández Portocarrero, Gladys Maruy; 66.6; Juez de Paz Letrado; 6°
20 Mallma Soto, Yskra Elvira; 65.9; Juez de Paz Letrado; 7°
21 Gaspar Calle, Marilin Doris; 62.9; Juez de Paz Letrado; 8°
22 Castro Castillo, Luis Oswaldo; 60.3; Juez de Paz Letrado; 9°
23 Cucho Mendoza, Angélica Victoria; 56.2; Juez de Paz Letrado; 10°

NOTA: De conformidad con el Reglamento de Evaluación, la presente nómina será puesta de conocimiento de la Sala Plena de la CSJCÑ.

San Vicente de Cañete, 16 de Noviembre del 2009.

La Comisión de Evaluación y Selección
(R.A. N° 140-2009-P-CSJCÑ)
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
CONCURSO EXTERNO DE INCORPORACION PARA CUBRIR PLAZAS VACANTES
RESULTADOS DE LA EVALUACION CURRICULAR

PSICOLOGO (APTOS)
N° APELLIDOS Y NOMBRES - CARGO AL QUE POSTULA - EVALUACION CURRICULAR
1.- Dongo Lombardi Erika Yovana - Psicólogo - 15
2.- Loayza Callata José Alejandro - Psicólogo - 15
3.- Vidal Magallanes Carlos Roberto - Psicólogo - 15
TOTAL: 03

CONCURSO EXTERNO DE INCORPORACION PARA CUBRIR PLAZAS VACANTES
RESULTADOS DE LA EVALUACION CURRICULAR

ASISTENTE SOCIAL (APTOS)
N° APELLIDOS Y NOMBRES - CARGO AL QUE POSTULA - EVALUACION CURRICULAR
1.- Malpartida Rodríguez Rosa Claudia - Asistente Social - 15
2.- Pizarro Guerrero Gisella Mariel - Asistente Social - 15
3.- Rojas Quispe Ana María - Asistente Social - 15
TOTAL: 03

RESULTADOS DE EVALUACION CURRICULAR
ASISTENTE SOCIAL (NO APTOS )
N° APELLIDOS Y NOMBRES - CARGO AL QUE POSTULA - MOTIVO
1.- Ortiz Rodríguez Charo Veronica - Asistente Social - No acredita conocimiento en Informática o computación básica, no adjunta constancia o certificados.(No cumple requisitos)
2.- Salas Castillo Blanca Sary - Asistente Social - No adjunta ficha de postulante, ni declaraciones juradas (No cumple requisitos)
TOTAL: 02

NOTA: Se le comunica a los señores postulantes declarados Aptos que, según el Cronograma el Examen de Conocimiento – Psicotécnico, se llevará a cabo el día Martes 17 de Noviembre a horas 5:00 p.m., en los ambientes de la Sala de Audiencias de las Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Cañete, ubicada en la Panamericana Sur kilómetro 144, (Frente al Instituto Valle Grande) San Vicente de Cañete.

Recomendaciones:
1.-Portar su DNI
2.-Portar un lapicero color azul
3.-Asistir a la hora programada ( 5:00 p.m.)
4.-No se admitirá el uso de celulares por ningún motivo
5.-No se admitirá el uso de carteras
6.-Si al momento del examen se advierte desorden se les suspenderá el examen, anulándose.
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Registro de Organizaciones Políticas


Resolución N° 067-2009-ROP/JNE

Lima, 09 de noviembre de 2009

VISTA:
La solicitud de inscripción presentada por el ciudadano Juan Segundo Huamán Castillo, Personero Legal Titular de la organización política local distrital “UNIÓN POR EL PROGRESO DE QUILMANÁ” del distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima;

CONSIDERANDO:
Que, el 01 de julio de 2009, el ciudadano Juan Segundo Huamán Castillo, Personero Legal Titular de la organización política local distrital “UNIÓN POR EL PROGRESO DE QUILMANÁ”, solicitó la inscripción de dicha organización política ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones;

Que, de acuerdo al artículo 17° de la Ley de Partidos Políticos – Ley N° 28094, modificado por el artículo 2º de la Ley N° 28581, para la inscripción de una organización política local se requiere: I) Relación de adherentes en número no menor al 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que el movimiento u organización política local desarrolle sus actividades; y II) El acta de constitución de cuando menos un comité en el distrito correspondiente al desarrollo de sus actividades electorales, la cual deberá estar suscrita por no menos de cincuenta (50) adherentes debidamente identificados;

Que, mediante Oficio N° 588-2009-SGAE/GOR/RENIEC, la Sub Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, informó que de un total de 185 firmas presentadas por la organización política, se declararon válidas 141, cantidad que supera las 79 firmas necesarias, es decir, el 1% requerido por ley. En cuanto al comité distrital de Quilmaná, se ha verificado que su acta de constitución ha sido suscrita por más de cincuenta (50) adherentes debidamente identificados según ha informado la Sub Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC mediante Oficio N° 687-2009-SGAE/RENIEC; asimismo, la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales ha constatado el funcionamiento de dicho comité según se advierte del Memorando N° 339-2009-DNFPE/JNE;

Que, asimismo, han presentado un acta de fundación que contiene la denominación de la organización política, su domicilio legal, un ideario con principios, objetivos y visión del distrito, la designación de un órgano directivo con expresa mención de quienes lo conforman, la designación del personero legal titular y alterno, de los personeros técnicos que han acreditado cinco años de experiencia en informática, del apoderado y del representante legal;

Que, con fechas 22 y 23 de octubre de 2009, se publicaron en el diario local “Al Día con Matices” y en el Diario Oficial “El Peruano”, respectivamente, la síntesis de la solicitud de inscripción a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerza su derecho de formular tacha contra la inscripción de la organización política solicitante dentro del plazo de 5 días hábiles posteriores a la publicación, conforme lo señala el artículo 10º de la Ley Nº 28094; sin embargo, de acuerdo al Memorando Nº 1129-2009-SC/JNE de fecha 03 de noviembre de 2009, se observa que no se ha presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripción dentro del plazo de ley;

Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas;

Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones;

SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones a la organización política local distrital “UNIÓN POR EL PROGRESO DE QUILMANÁ” del distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima.

Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el libro especial de organizaciones políticas locales, Tomo diez, Partida Electrónica número cuarenta y siete, y regístrese la inscripción en el Asiento número uno.

Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personeros legal titular y alterno a los ciudadanos Juan Segundo Huamán Castillo y Juan Manuel Castillo Rojas respectivamente.

Regístrese y notifíquese.

FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓN
Director del Registro de Organizaciones Políticas
Jurado Nacional de Elecciones
JUDICIALES

DIRIMENCIA
SALA CIVIL.-
EXP. N° 2006-00251-0-0801-JR-CI-1.-
Civil – Indemnización por Daños y Perjuicios
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y CUATRO.-
Cañete, cinco de noviembre del año dos mil nueve.-
AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, la señora Juez Superior doctora Luz Gladys ROQUE MONTESILLO (Ponente), emite su VOTO para que se CONFIRME la sentencia de fecha veintisiete de abril del dos mil siete, de fojas ciento cincuenta y uno a ciento cincuenta y ocho, que resuelve declarar fundada en parte la demanda de fojas veinticinco a veintiocho subsanada a fojas cincuenta y cuatro a cincuenta y seis; en consecuencia, consentida y ejecutoriada que sea la presente resolución, DISPONE que el demandado Banco de Crédito del Perú abone a favor de la demandante Julia Elia Benavides la suma de veinte mil nuevos soles por concepto de indemnización por daño moral, intereses legales, deducidos desde el veinte de enero del dos mil cuatro; e INFUNDADA la misma demanda en el extremo que peticiona la suma de cuatro millones de nuevos Soles por concepto de indemnización por daño emergente y lucro cesante. Con costas y costos. ————
SEGUNDO.- Que, la señora Juez Superior doctora Silvia RUEDA FERNÁNDEZ, emite su VOTO en discordia para que se REVOQUE la sentencia apelada resolución de fecha veintisiete de junio del dos mil ocho, que obra a fojas doscientos cincuenta y siete a doscientos sesenta y cinco que resuelve declarar fundada en parte la demanda interpuesta por Julia Elia Estela Benavides sobre Indemnización de daños y perjuicios contra el Banco de Crédito del Perú; REFORMÁNDOLA se declare INFUNDADA. Sin costas ni costos procesales por haber tenido motivo para litigar, mas la demanda se declara infundada por improbada. Que, el señor Juez Superior doctor Víctor DURAND PRADO se adhiere al voto en discordia de la señora Juez Superior antes citada.—————————————————
TERCERO.- Que, el señor Juez Superior (Provisional) Dirimente doctor Jorge VILLANUEVA PÉREZ, con fecha treinta de junio del año en curso se adhiere al voto de la señora Juez Superior doctora Luz Gladys Roque Montesillo.———————————————————
CUARTO.- Que, asimismo, con fecha cuatro de noviembre último, el señor Juez Superior (Suplente) Dirimente doctor Luis Manuel HUAYTA ROJAS, emite su voto para que se CONFIRME la Sentencia de fecha veintisiete de junio del dos mil ocho, que obra a fojas doscientos cincuenta y siete a doscientos sesenta y cinco, que resuelve declarar FUNDADA en parte la demanda, y SE DISPONGA REFORMAR el monto de veinte mil nuevos soles, a UN MILLÓN DE NUEVOS SOLES, por concepto de Daño Moral, Personal y a la Salud, con intereses legales que corren desde el veinte de enero del dos mil cuatro; e INFUNDADA la misma demanda en el extremo que peticiona indemnización por daño emergente y lucro cesante patrimonial por improbada. Con Costos y Costas.———————————————
QUINTO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente, haciendo tres votos conformes necesarios para hacer resolución, al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; sin embargo no existe conformidad con respecto al monto de la indemnización, en consecuencia se ha producido discordia en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.————————————
SEXTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.———
Por las consideraciones expuestas, atendiendo que en autos se encuentran impedidos de intervenir en la presente causa los señores Jueces Superiores Titulares doctores Moisés Martínez Meza, Ricardo Astoquilca Medrano, Manuel Roberto Paredes Dávila y Paulo Jorge Vivas Sierra, y los señores Jueces Provisionales doctores Isaías Ascencio Ortiz y Federico Quispe Mejía; y de conformidad a la nómina de Magistrados Suplentes para el año judicial dos mil nueve (Resolución Administrativa N° 65-2009-P-CSJCÑ/PJ de fecha 04 de febrero del 2009), obrante a fojas quinientos setenta y siete, donde se observa la designación de Jueces Superiores Suplentes por orden de mérito para la Sala Civil, estando en primer lugar la doctora Judith Lucía Marcelo Ciriaco, en segundo lugar el doctor Luis Manuel Huayta Rojas y en tercer lugar el doctor Augusto Sánchez Bustillos, la primera de los nombrados se encuentra ejerciendo funciones como Presidenta del Jurado Nacional de Elecciones, el segundo de los nombrados, ya ha intervenido como Dirimente en la presente causa; en consecuencia, corresponde hacer el llamado al señor Juez Superior Provisional doctor AUGUSTO SÁNCHEZ BUSTILLOS para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el Juez Superior Dirimente el próximo TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE, a horas OCHO de la mañana con TREINTA MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA.- Notificándose. En los seguidos por Julia Elia Estela Benavides con Banco de Crédito del Perú, sobre Indemnización por daños y perjuicios.
S.S.
ROQUE MONTESILLO
DURAND PRADO

PRIMER REMATE JUDICIAL
Exp. Nº 2893-2006, en los seguidos por el BANCO REPÚBLICA EN LIQUIDACIÓN contra EMPRESA CANAS S.A. EMPRESA GORE S.A. CONTRATISTAS GENERALES (Garante Hipotecario), WENCESLAO TOMAS ESCALANTE PEZO Y ELSA CARRERA CABRERA DE ESCALANTE (Garantes Hipotecarios), ARTURO URDANIGA VARGAS (Fiador Solidario) y CLARA EULALIA LAZARO CORDOVA, (Fiadora Solidario), sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA HIPOTECARIA, el 7º Juzgado Comercial de Lima, a cargo del Juez Dr. Néstor Fernando Paredes Flores, Especialista Legal, Dr. Rolando Fredy Vivanco Rojas, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO, EN PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en la Manzana N, Lote 16, Urbanización Parcelación Semi-rústica Papa León XIII, distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, cuyas características corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90139282, del Registro de Predios de Cañete, TASADO: en la suma de Veintinueve mil doscientos ochenta y 00/100 Dólares Americanos (US$ 29,280.00); BASE DEL REMATE: las dos terceras partes del valor de la tasación, es decir, Diecinueve mil quinientos veinte y 00/100 Dólares Americanos (US$ 19,520.00).
AFECTACIONES:
1) Hipoteca por US$ 30,495.00 a favor del Bandesco, actualmente Banco República en Liquidación, inscrita en el Asiento 5, Fojas 188, Tomo 33 del Registro de Predios de Cañete y que continúa en la Partida Electrónica Nº 90139282.
2) Reducción de Hipoteca a la suma de US$ 24,824.00, inscrito en el Asiento E00001 de la Partida Electrónica Nº 90139282.
DIA Y HORA DEL REMATE: El 23 de Noviembre del 2009, a horas 11:30 a.m.
LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates Nº 1, piso 1 del Edificio «Alzamora Valdez» (ex-sede del Ministerio de Educación), sito entre las avenidas Abancay y Nicolás de Piérola s/n, Lima.
LOS POSTORES: intervendrán presentando la tasa judicial correspondiente y copia de la misma, en la que se consignarán a este Juzgado; así como el número del Expediente, y oblarán el 10% del valor de la tasación. Lima, 21 de Octubre del 2009.
Rolando Fredy Vivanco Rojas
Secretario Judicial - 7mo. Juzgado Civil Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
Carlos A. Moyano Dietrich - Martillero Público - Abogado - Registro Nº 166
Publicar: Del 10 al 17 de Noviembre.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
AVISO MATRIMONIAL
HAGO SABER que Don Luis Alberto Orihuela Saravia con D.N.I. 43003879 de 24 años de edad, de estado civil soltero, de nacionalidad peruano, domiciliado en Anexo Santa Bárbara Mz. F Lote 4 San Luis – Cañete y Doña María Cecilia Matías Guías, con D.N.I. 42911998 de 24 años de edad, de estado civil soltera, de nacionalidad peruana, domiciliada en A. H. Los Ficus Mz. D Lt 05, Grocio Prado - Chincha. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley.
San Luis, Noviembre del 2009.
Municipalidad Distrital de San Luis – Cañete
Laudy Lady Chávez Casanova
Jefe de Registro Civil

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251-CC
HAGO SABER que Don Wilber Vicente Huayta Santos, de 30 años, natural de Imperial – Cañete, de ocupación Técnico Electricista, con D.N.I. N° 40119286, domiciliado en Urb. Tercer Mundo Mz. A3 – Lte. 04 San Vicente; y Doña Lady Diana Ayala Huanay, de 29 años, natural de San Vicente – Cañete, con D.N.I. 40708540, de ocupación Secretaria, domiciliada en Urb. Tercer Mundo Mz. A3 – Lte 04, San Vicente, van a contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el 27 de Noviembre del 2009, a las 3:00 p.m. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley.
San Vicente de Cañete, 16 de Noviembre del 2009.
División de Registro del Estado Civil
Jessica Janet Lengua Grandez
Jefe

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251-CC
HAGO SABER que Don Luciano Herbert Correa Vicente, de 28 años, natural de San Vicente – Cañete, de ocupación Ingeniero de Sistemas, con D.N.I. N° 40910069 domiciliado en Urb. San Agustín – U – 29 San Vicente; y Doña Natalí Milagros Cotera Escobar, de 21 años, natural de Chanchamayo – Junín, con D.N.I. 45243619, de ocupación Comerciante, domiciliada en Urb. San Agustín U – 29 San Vicente, van a contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el Sábado 28 de Noviembre del 2009, a las 8:00 p.m. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley.
San Vicente de Cañete, 16 de Noviembre del 2009.
División de Registro del Estado Civil
Jessica Janet Lengua Grandez
Jefe

EDICTO
EXP. N° 2009-0689- Ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Imperial de la Provincia de Cañete, que despacha el Dr. José De La Cruz Vargas; Secretaria Georgina Ferrer Manrique, solicita LUCIA TEODOCIA CUYAMANI PAMPAÑAUPA, la Rectificación de la Partida de NACIMIENTO de su hija Lisseth Marisol Soto Cuyamani, expedida por la Municipalidad Distrital de Imperial – San Vicente, departamento de Lima, inscrito en el Libro N° 138 del Folio N° 257799; en el extremo que se ha consignado como apellido materno «CUYAMANE», debiendo ser lo correcto «CUYAMANI», quedando intacto lo demás que contiene; así mismo se ha consignado a su señora madre como «LUCIA CUYAMANE PAMPAÑAUPA», debiendo ser lo correcto «LUCIA TEODOCIA CUYAMANI PAMPAÑAUPA».- Fdo. Dr. De La Cruz.- Sec. García. Imperial, 16 de Noviembre del año 2009.
FANNY IMELDA GARCIA RENGIFO
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial

PRIMER REMATE PÚBLICO
En el proceso sobre Ejecución de Garantías, expediente N° 7120-2006, seguido por MOLITALIA S.A. en contra de TEODOSIA PEÑA VILLARUBIA Y LA SUCESIÓN PROCESAL DE CIRILO CASTILLO GUTIERREZ, ante el señor Juez del Noveno Juzgado Especializado Civil Comercial de Lima, a cargo del Dr. Carlos Armando Huerta, con intervención del Especialista Legal Dr. Edgar Auqui Huerta, se ha designado al Martillero Público Milton Huallpa Macedo, con Registro N° 217, para llevar a cabo la realización del REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en el Jirón 28 de Julio N° 684 6ta. Cuadra, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, registrado en la Partida N° 21005357 de los Registros de Propiedad Inmueble de la Oficina de Registro de Propiedad Inmueble de Cañete. TASACIÓN: US $. 27,231.00 Dólares Americanos. PRECIO BASE: US $. 18,154.00 Dólares Americanos, remate que se realizará el 27 DE NOVIEMBRE A HORAS 3:00 A 3:30 p.m. en la Sala de Remates N° 01, ubicado en el Primer Piso del Edificio Javier Alzamora Valdez, sito en la intersección de las avenidas Nicolás de Piérola y Abancay, Cercado Provincia y departamento Lima. REQUISITO PARA SER POSTOR depositar en efectivo o en cheque de Gerencia o en depósito judicial del Banco de la Nación, no menos del 10% de la tasación del bien; es decir la suma de US $. 2,723.10 Dólares Americanos, además del arancel por derecho a participar en remate de inmuebles, debiendo consignarse el número del expediente, suscribir la tasa judicial y generales de Ley. Los honorarios del Martillero Público están afectos al IGV y son por cuenta del adjudicatario según el artículo 732 del Código Procesal Civil y el Decreto Supremo (N° 008-2005-JUS Art. 18°) en el mismo acto de remate. GRAVÁMENES: 1) Hipoteca constituida por sus propietarios a favor de Molitalia S.A. hasta por la suma de S/. 25,000.00 Nuevos Soles, que es materia del presente remate. Especialista Legal Dr. Edgar Auqui Huerta, Martillero Público Milton Huallpa Macedo, con Registro N° 217. Celular 054-958940610 – RPC 054-959749466 Lima, 30 de Octubre del 2009.
Abogado Milton Huallpa Macedo
Martillero Público Reg. 217
Teófanes Edgar Auqui Huerta
Especialista Legal
9° Juzgado Civil Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
Publicar Del 16 al 21 de Noviembre.

CONVOCATORIA A TERCER REMATE PÚBLICO
En los seguidos por BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ con LILIANA ADRIANA JORDAN SALAS, con intervención de Jaime Rodríguez Huamán en representación de trabajadores, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA, Exp. N° 118 – 2000, el Señor Juez del Primer Juzgado Civil de Cañete Dr. Jacinto Cama Quispe, Especialista Miguel Yalán Ahedo, ha ordenado sacar a REMATE PÚBLICO EN TERCERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en calle El Carmen N° 450-452-454 del distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la ficha N° 1961 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete, zona Registral IX Sede Lima.
AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor del ejecutante hasta por la suma de US$ 109,481.00 (ciento nueve mil cuatrocientos ochenta y uno y 00/100 dólares americanos) inscrito en el asiento 2-D de la ficha 1961 del registro de propiedad inmueble de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US $ 109,481.00 (ciento nueve mil cuatrocientos ochenta y uno y 00/100 dólares americanos).
BASE DEL REMATE: US $ 52,733.35 (cincuenta y dos mil setecientos treinta y tres y 35/100 dólares americanos) equivalentes a las 2/3 partes del valor de tasación con una deducción del 15%, más 15%.
DÍA Y HORA DEL REMATE: 11 de Diciembre de 2009 a las 11.00 a.m.
LUGAR DEL REMATE: Local del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Av. Condoray Mz A, Lote 9, Sede de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Km. 144 de la Panamericana Sur (frente a Valle Grande), provincia de Cañete, departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia (sin sello de «no negociable») y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y de su D.N.I.) suscribiéndolo con número de expediente, generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el art. 732 del Código Procesal Civil y están afectado a I.G.V. Cañete, 27 de Octubre del 2009
Mauricio Ponce Valdivia - Martillero Público - Reg. N°236
LUIS MIGUEL YALAN AHEDO
SECRETARIO JUDICIAL
JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL – CAÑETE
PUBLICAR: DEL 17 AL 23 DE NOVIEMBRE DEL 2009.

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por VICTOR VIDAL AGAPITO RODRÍGUEZ, contra JUAN MARCACUZCO VIVANCO sobre, PAGO DE MEJORAS, en el Expediente Nº 2002-529, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Cañete, a cargo del Señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe y Especialista Legal Dr. Luis Miguel Yalan Ahedo quien ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente inmueble ubicado en: Parcela denominada Marinero U.C. 10657, del distrito de Mala provincia de Cañete y departamento de Lima, inscrito en la foja 245 del tomo 53 y su continuación en Partida Electrónica Nº 90228889 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima y Callao.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 9,639.05 Nueve Mil setecientos treinta y nueve 05/100 dólares americanos. BASE DEL REMATE: US$ 6,426.03 (Seis mil cuatrocientos veintiséis 03/100 dólares americanos) que corresponde a las 2/3 partes del valor de la tasación. AFECTACIONES: 1) EMBARGO: Expedido por el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, se ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción sobre el inmueble inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 35,000.00 (Treinta y cinco mil y 00/100 Nuevos Soles) en los autos seguidos por VICTOR VIDAL AGAPITO RODRÍGUEZ contra JUAN MARCACUZCO VIVANCO sobre Pago de Mejoras, inscrito en el asiento D0001. DIA Y HORA DEL REMATE: 2 de Diciembre del 2009, a las 12:30 p.m. LUGAR DE REMATE: En el primer Juzgado Civil de Cañete en la sede de la Corte Superior de Cañete ubicada en Panamericana Sur Km. 144 distrito de San Vicente provincia de Cañete, departamento de Lima. LOS POSTORES: oblarán el 10% del valor de tasación del inmueble y presentarán Tasa de Postor Judicial respectiva por cada inmueble (con copias del Arancel y del DNI o RUC) suscribiendo dicho arancel con número de expediente y generales de ley. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV.
Lima, 12 de Octubre 2009.
Marco Antonio Urbina Chumpitassi
Abogado – Martillero Público
Reg. O.R.L.C. 196
Publicar: Del 11 al 17 de Noviembre.

PUBLICACION
«ANTE EL OFICIO NOTARIAL DE LA NOTARIA ITALA A. GARRAFA PEÑA, SITO EN JR. O´HIGGINS 228 – SAN VICENTE – CAÑETE – LIMA, FELICITA HERLINDA VALENCIA CHUMPITAZI VDA. DE HIDALGO, SOLICITA SE RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ASENTADA EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE, EN LA QUE SE OMITE EL PRIMER NOMBRE Y APELLIDO MATERNO DE SU PROGENITORA, DICE: TEODOLINDA CHUMPITAZI; DEBE DECIR: JUANA TEODOLINDA CHUMPITAZI MORE. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY».
CAÑETE, 14 DE NOVIEMBRE DEL 2009.
ITALA A. GARRAFA PEÑA
ABOGADA
NOTARIO DE CAÑETE

PUBLICACION
«ANTE EL OFICIO NOTARIAL DE LA NOTARIA ITALA A. GARRAFA PEÑA, SITO EN JR. O´HIGGINS 228 – SAN VICENTE – CAÑETE – LIMA, LUISA DOMITILA GRIMALDO EUGENIO, CON DNI N° 07963595, SOLICITA SE RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ASENTADA EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE, EN LA QUE SE OMITE EL APELLIDO MATERNO DE SU PROGENITORA, DICE: VICTORIA EUGENIO; DEBE DECIR: VICTORIA EUGENIO CHUMPITAZ. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY».
CAÑETE, 14 DE NOVIEMBRE DEL 2009.
ITALA A. GARRAFA PEÑA
ABOGADA
NOTARIO DE CAÑETE

EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO PENAL DE CAÑETE, Juez ASCENCIO, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-0874, a JOSE LUIS LEVANO LOAYZA, REO AUSENTE, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra el Patrimonio–DEFRAUDACIÓN(Estelionato) en Agravio de Teodoro Chumpitaz Yupan, Deudato Hilario Huerta y María Sandoval de Chumpitaz. Cañete: 09.11.2009.
Secretaria: Castillo

EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE CAÑETE, Juez ARONI, Cita, Llama y Emplaza al siguiente procesado, para que se ponga a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2008-0384, a PROSPERO JUAN CHAVEZ SANCHEZ, REO AUSENTE, para INSTRUCTIVA, Delito: Contra la Fé Pública–Falsificación de Documentos en Agravio del Estado, la Oficina de Normalización Provisional, Pedro Antonio Lara Escate y Julio Abdomiro Romero Pérez. Cañete: 09.11.2009. Secretario: Astohuaman.

EXP.-2009-0111.- EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA.-Juez CHIPANA; ordenó publicar lo siguiente: SE RESUELVE: CITAR a la agraviada Hilda Rivera Urbano, a fin de que concurra al Juzgado el día 18-12-2009, a horas 09.00 am; para su declaración preliminar, respecto a los hechos denunciados a nivel policial, y presente el correspondiente certificado médico legal realizado en su persona, bajo apercibimiento de desestimarse y archivarse en forma definitiva la denuncia en caso de inconcurrencia.- Asia: 21.10.2009.
Secretaria: Medina.
17, 18 y 19 de Noviembre
PODER JUDICIAL
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
SALA CIVIL
EXP. N° 2008-0196-0-0801-JR-CI-1.- Proceso de Amparo.-
Resolución N° 15.- Cañete, dos de noviembre del Año dos mil nueve.-
AUTOS Y VISTOS; Y, CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, los señores Jueces Superiores Ricardo Astoquilca Medrano (ponente) y Luz Roque Montesillo, emiten su VOTO para que se REVOQUE la Sentencia (Resolución N° 12) que viene en revisión de fojas219/226 su fecha veintiséis de enero del dos mil nueve, con el que se declara fundada la demanda de fojas 37/44, que declara inaplicable para la demandante Universidad Privada Sergio Bernales S.A.C. el último párrafo de la Tercera Disposición Transitoria del Decreto Legislativo N° 882, adicionado por la Ley N° 27278, en consecuencia se tiene a la demandante por sustraída del ámbito de evaluación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades; y declara infundada la demandada respecto a las dos últimas pretensiones; REFORMANDOLA se declare infundada la demanda de fojas 37/44 presentada por la Universidad Privada Sergio Bernales S.A.C.—
SEGUNDO.- Que, el señor Juez Superior doctor Paulo Jorge Vivas Sierra, emite su VOTO en discordia para que se CONFIRME la Sentencia (Resolución N° 12) que viene en revisión de fojas 219/226 su fecha veintiséis de enero del dos mil nueve, con el que se declara fundada la demanda de fojas 37/44, y que declara inaplicable para la demandante Universidad Privada Sergio Bernales S.A.C. el último párrafo de la Tercera Disposición Transitoria del Decreto Legislativo N° 882, adicionado por la Ley N° 27278, en consecuencia se tiene a la demandante por sustraída del ámbito de evaluación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades; con lo demás que la contiene.—
TERCERO.- Que, por resolución nueve de fecha veintisiete de agosto del año dos mil nueve, al no haberse obtenido tres votos conformes de conformidad con lo previsto por el artículo 141° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial se llamó al doctor Víctor Raymundo Durand Prado, quien emite su VOTO en discordia para que se declare NULA la Resolución doce (Sentencia) de fecha veintiséis de enero del año dos mil nueve, obrante de fojas 219/226 que declara fundada la demanda de fojas 37/44; en consecuencia, INAPLICA para la demandante Universidad Privada Sergio Bernales Sociedad Anónima Cerrada, el último párrafo de la Tercera Disposición Transitoria del Decreto Legislativo N° 882, adicionado por la Ley N° 27278, en consecuencia tiene por sustraída del ámbito de evaluación de CONAFU; asimismo declarar INFUNDADA la misma demanda en sus dos últimas pretensiones…; y renovando el acto procesal, SE DISPONGA que el A quo dicte nueva sentencia con arreglo a lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.
CUARTO.- Que, no habiendo obtenido los tres votos conformes, y habiéndose producido discordia, al amparo de lo previsto por el artículo 141° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por resolución trece de fecha dieciséis de octubre del año dos mil nueve, se llamó al señor Juez Superior Manuel Roberto Paredes Dávila a efectos que dirima la discordia descrita en el considerando primero, segundo y tercero de la presente resolución. QUINTO.- Que, habiéndose realizado la vista de causa por ante el magistrado dirimente doctor Manuel Roberto Paredes Dávila, éste se ADHIERE al voto emitido por el magistrado Víctor Raymundo Durand Prado, en el sentido que se declare NULA la Resolución doce (Sentencia) de fecha veintiséis de enero del año dos mil nueve, obrante de fojas 219/226 que declara fundada la demanda de fojas 37/44; en consecuencia, INAPLICA para la demandante Universidad Privada Sergio Bernales Sociedad Anónima Cerrada, el último párrafo de la Tercera Disposición Transitoria del Decreto Legislativo N° 882, adicionado por la Ley N° 27278, en consecuencia tiene por sustraída del ámbito de evaluación de CONAFU; asimismo declarar INFUNDADA la misma demanda en sus dos últimas pretensiones…; y renovando el acto procesal, SE DISPONGA que el A quo dicte nueva sentencia con arreglo a lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.——
SEXTO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en consecuencia se ha producido discordia en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.——————————————————————————————
SETIMO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia, conforme a lo previsto en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.—
Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Vocal doctor MOISES MARTINEZ MEZA para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el Vocal Dirimente el próximo VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE próximo, a horas OCHO de la mañana con TREINTA Y CINCO MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA.-
S.S.
ASTOQUILCA MEDRANO.-
ROQUE MONTESILLO.-
VIVAS SIERRA.-