07 febrero 2011

PRESIDENTE REGIONAL DE LIMA SUSCRIBE ACUERDO NACIONAL PARA LA LUCHA CONTRA LA DESNUTRICIÓN

El Presidente Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales del Valle, firmó un acuerdo de compromiso para superar la pobreza, en el marco del 3er Encuentro Nacional con Presidentes de Gobiernos Regionales del 2011, convocado por la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.
En el evento participaron los Ministros de Economía, Ismael Benavides, Ministro de Agricultura, Rafael Toledo, Ministra de la Mujer, Virginia Borra, Ministro del Ambiente, Antonio Brack, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, Alfredo Ferrero Diez Canseco, 11 Presidentes Regionales de Lambayeque, Madre de Dios, Cerro de Pasco, Puno, Apurímac, Huancavelica, Moquegua, Cajamarca, Tumbes, Huánuco, Lima, además de los Vice Presidentes de las demás Regiones del Perú.
El Presidente Regional de Lima, Javier Alvarado, entregó al Dr. Max Hernández, representante de la Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza, el acta de compromiso por los Presidentes Regionales, a través de la cual se comprometen todas las organizaciones del país a disminuir radicalmente el índice de desnutrición en el Perú.
“Me preocupa que el 35% de nuestros niños en las provincias sean desnutridos, es una obligación de todos nosotros disminuir esa cifra, para ello tenemos un plan, crear comedores nutricionales en las escuelas más pobres, entre otros ya encaminados” sostuvo nuestro Presidente Regional.

CAÑETE DA LA ESPALDA A GONZALO AGUIRRE ARRIZ, «SOLIDARIOS» LO RECHAZAN POR ABUSAR DE ANCIANO

Escribe: Marcelino Agapito

PODER POLÍTICO: Solo el dinero puede comprar la conciencia de algún ayayero o servil franelero, que no le importa la dignidad, el sufrimiento, las lagrimas  de un longevo hombre, como don Teófilo Quispe Chanca de 76 años de edad con 14 hijos, en la vida hay personas insensibles, inhumanas, tan pecador es el que abusa como el que lo permite, los Judas Iscariote de esta época están por todas partes, hablan de justicia, pero sus actos lo delatan como serviles de la maldad porque hacen lo contrario, besan los pies y solo dependen de la voz de su amo y el dinero, trapean con ellos, lo pisotean y celebran a sus espaldas la compra de sus conciencias, de frente le dicen que son los mejores, de espaldas los escupen maldiciendo el día que lo conocieron porque tienen que «pagar» los favores (Leer otros artículos en www.poderpolítico.info).
Don Teófilo litiga por 11 años judicialmente con la Empresa AGROINDUSTRIAS SAN ANDRÉS de Gonzalo Aguirre Arriz y familia, y ha comprobado fehacientemente ser el propietario de un terreno de 4 hectáreas, ubicado en el fundo «El carrizo» ubicado en el distrito de San Antonio, su clamor de justicia ha calado profundamente en el pueblo cañetano que en masa pide sanción publica para el abusivo y usurpador de terrenos, Gonzalo Germán Aguirre Arriz, sujeto que lo niega a los cuatro vientos, pero las pruebas son irrefutables.

ENGAÑÓ AL PUEBLO CAÑETANO
«No tengo ninguna denuncia, voy a querellar a Marcelino Agapito» dijo Gonzalo Germán Aguirre Arriz, el engreído e iracundo político que incluso piensa ser padre de la patria por «Solidaridad Nacional» , creyéndose el dueño de Cañete, burlándose de un hijo de campesinos, éste inhumano hombre que no conoce a los cañetanos, que no vive en estas tierras, no nació, ni estudió, que piensa que por tener ciento de hectáreas de terrenos es uno de los dueños del Perú, y al que todos lo deben tener miedo porque te puede querellar, mismo hacendado de los años 70 del siglo pasado, aquel que nació en cuna de oro jamás comprenderá la empatía y sufrimiento de los hijos del campo que estamos hecho para las horas de lucha, miserablemente sigue mintiendo, por ello «PODER POL,ÍTICO» tiene un deber y  responsabilidad histórica con sus lectores, de seguir demostrando que la verdad está de nuestra parte.

GONZALO AGUIRRE, SI TIENE DENUNCIA ANTE EL MINISTERIO PUBLICO
Según la carpeta fiscal No 96 2009 del 11 de noviembre del 2010 Gonzalo Germán Aguirre Arriz si tiene denuncia ante el Ministerio Publico POR LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO CONTRA EL PATRIMOMIO,  LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA, DELITOS COMETIDOS POR PARTICULARES – RESISTENCIA A LA AUTORIDAD EN AGRAVIO DEL ESTADO el perjudicado es Marcelino Carrillo Rodríguez, Unidad Catastral 06682, superficie (Ha) Bajo Riego 19.5378 volumen máximo otorgado (m3) en bloque 298.811 a quien abusivamente utilizando su condición de Presidente de la Junta de Usuarios Mala- Omas (Gonzalo Aguirre es representado por su trabajador Carlos Sertzen Seminario quien es el nexo perfecto para cometer estos abusos y actos delictivos)   se resisten a cumplir con la Resolución Administrativa No 026-2005 de fecha 23 de febrero 2005, Resolución Administrativa No 111-2008 – GRL DRA/ATDR MOC de fecha 20 de agosto 2008 (donde se otorga el volumen equivalente a 298.811 m3 de agua para el riego de sus tierras ubicado en el fundo San Pedro km. 76.5 de la CPS) para un mejor entendimiento en forma arbitraria al agricultor Marcelino Carrillo Rodríguez le recortan la dotación de agua de 6 horas a 3 y 30 , mientras en paralelo como hemos demostrado AGROINDUSTRIAS SAN ANDRES  se dota de 682 Millones, 105 Mil, con 2632 M2 de agua del rio Mala para irrigar 100 Hectáreas de terrenos eriazos de manera ilegal, según la Resolución Administrativa No 265-2009-ANA-ALA. MOC.
Reza un refrán «La Justicia tarda, pero no olvida» por ello importa mucho el apoyo de organismos de Derechos Humanos que se han interesado por el caso de don Teófilo Quispe Chanca, lo cual demuestra que el dinero no es suficiente para corromper voluntades, me anima a decir que esta lucha entre David y Goliat, entre el pobre y el millonario, el humilde versus el abusivo pueda tener un final feliz algún día en favor del más débil, solo invoco meditación a aquellos que por desconocimiento o necesidad ya vendieron su conciencia, recuerden que «nunca hagas a otros, lo que no quisiera que hagan contigo».

JURAMENTÓ COMITÉ PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA PROVINCIA DE CAÑETE

En concurrida ceremonia pública juramentó la Presidenta y los integrantes del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de la Provincia de Cañete.
El acto estuvo encabezado por el Ex – Director General de la PNP y actual Secretario Nacional del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana Tnt. Gral. Eduardo Pérez Rocha. Asimismo estuvieron en la mesa de honor el Secretario Técnico Regional de Seguridad Ciudadana Crnl.. PNP (r) Miguel Angel Zuloeta Marchan, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete Dra. Luz Gladis Roque Montesillos y el Presidente de la Junta de Fiscales, Dr. Julio Manrique Zegarra.
Integran el comité provincial el Gobernador Provincial, el Jefe de la Policía en Cañete, la Directora de la Ugel, el Director Ejecutivo de la Red de Salud Cañete-Yauyos, los representantes del Poder Judicial y el Ministerio Público así como los alcaldes distritales de Nuevo Imperial, Zulma Matumay Santos, el burgomaestre de Imperial Eddy César del Mazo Tello y de Mala Víctor Hugo Carbajal Gonzáles y un representante de las Juntas Vecinales. El Tnt. Gral Eduardo Pérez Rocha exhortó a los integrantes del COPROSEC a trabajar en el tema de seguridad ciudadana tratando de convocar a todas las autoridades así como a la sociedad civil y poder realizar una labor conjunta que sea destacable lanzando la propuesta de que se haga un Piloto que pueda ser imitado a nivel nacional. Por su parte, la presidenta del COPROSEC María Montoya invocó a sus colegas alcaldes a implementar ya mismo los comités distritales y juntos organizar a su población.

CON MASIVA CONCURRENCIA SE CELEBRÓ «DIA NACIONAL DEL PISCO SOUR» EN CAÑETE

Cientos de cañetanos y turistas nacionales llenaron la plaza de Armas de San Vicente en los dos días de actividades que organizó la Municipalidad Provincial de Cañete por el «Día Nacional del Pisco Sour».
Desde el viernes 4 de febrero, con la presentación de artistas locales, se brindó un show por la Serenata a tan especial fecha y donde los productores vitivinícolas se lucieron preparando el rico Pisco Sour que fueron el deleite de la cantidad de gente que llegó hasta la plaza de armas sanvicentina.
Mientras que en el día central, sábado 5 de febrero, las actividades se iniciaron desde el mediodía con la presentación de números artísticos a cargo de las escuelas y talleres de danza negra y marinera norteña de la propia Municipalidad Provincial de Cañete.
Llamó la atención la presencia de una Carreta que data del año 1880 jalada por un hermoso Caballo que fue el centro de atracción de los asistentes y que fue traído por el productor José Casas Casas desde Apotara-Zuñiga. La alcaldesa María Montoya fue invitada a pasear en tan hermoso vehículo.
Luego se llevó a cabo una peculiar competencia de Mozos, que corrieron por medio de la plaza de armas cargando una botella de Pisco y una copa con tan preciado licor en un fuente, siendo el ganador Pedro Arizaga, representante de Pisco «Márquez», recibiendo como premio una Medalla y diploma.
El espectáculo se prolongó hasta pasada la medianoche donde los turistas y cañetanos presentes bailaron y gozaron con los diversos grupos musicales que alternaron en el escenario.
Los productores vitivinícolas quedaron complacidos con la organización ya que pudieron vender no solo copas de Pisco Sour sino también botellas de Pisco y Vino.
La alcaldesa María Montoya agradeció a los productores cañetanos por su apoyo así como a quienes encargó la organización del evento por parte de la corporación edil que sacaron adelante este primer gran evento de la nueva gestión cumpliendo con las expectativas trazadas, sobre todo por dar relevancia a nuestro preciado licor cañetano y dinamizando la economía local.

GERARDO CASTRO YA ESTA EN PRISION

El juez de investigación preparatoria, Carlos Morales Córdova, dispuso el internamiento en prisión del ex viceministro de Justicia, Gerardo Castro Rojas, al acoger el pedido de la Fiscalía para que se le detenga mientras se investiga su intento de sobornar a un funcionario del Ministerio de la Producción.
La misma medida de detención preventiva se ordenó para su presunta cómplice Adriana Pérez Guedes “La Pastora”. En tanto, se desestimó el pedido de prisión preventiva para el imputado Juan Palma Huamanchumo, contra quien se dictó comparecencia restringida y el pago de una caución de dos mil soles.
A los imputados Franklin Llontop Bernal y Eder Huancahuari Yarasca se les dio comparecencia simple, con la condición de que asistan a las diligencias programadas por el Juzgado y la Fiscalía.
De acuerdo con el nuevo Código Procesal Penal, la detención preventiva tiene un plazo de nueve meses y un máximo de 18 meses, si el caso se declara complejo. Si para entonces no hay sentencia, Castro y “La Pastora” salen libres.
Morales Córdova tomó esta decisión al término de una prolongada audiencia judicial, que se inició a las 11:00 de la mañana y concluyó a las 8:00 de la noche, donde escuchó la posición de las partes involucradas en este caso.
El fiscal Juan Pérez Gómez sustentó el pedido de detención de Gerardo Castro y los otros implicados sustentándose en las grabaciones de video hechas durante las reuniones que Adriana Pérez y Castro Rojas tuvieron con el funcionario Alejandro Ríos.
Por su parte, el ex viceministro de Justicia negó haber cometido un acto de corrupción y afirmó que asistió a la reunión a pedido de Ríos por lo que solicitó sentencia anticipada, pero el juez le dijo no.
A favor y en contra en las redes
Mientras en el Poder Judicial se decidía la situación de Gerardo Castro, sus compañeros y amigos discutían en la red Facebook sobre su proceder. La mayoría deplora su accionar, pero también hay críticas al ministro Jorge Villasante.
«Hoy, caído en desgracia y en aparente delito infraganti, no seré quien arroje más fuego para incinerarlo. (...). Es evidente que el c. Gerardo cayó en una trampa. Lo lamento por él y su familia”, escribió Walter Robles.
“Si el caso lo hubiera llevado a los fueros partidarios antes que hacer la denuncia ante las instancias judiciales pertinentes, el c. Villasante se hubiera convertido en cómplice del acto de corrupción de funcionarios”, respondió Jorge Villanueva.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

ACUERDO DE CONCEJO N° 006-2011-MDA

Cañete, 29 de Enero del 2011.

VISTO:
En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 27 de Enero de 2011, las propuestas de fijar el sueldo del señor Alcalde y dietas de los señores Regidores de la Municipalidad Provincial de Cañete, de conformidad a los alcances del Decreto Supremo N° 025-2007-PCM, determinándose en función de la proporción de la población electoral, y;

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 191 de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los órganos de gobierno local, que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de acuerdo al inciso 28 del Artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal tiene como atribución fijar el sueldo de Alcalde y la dieta de los Regidores;

Que, según el artículo 12 de la ley Orgánica de Municipalidades, referido a dietas y sueldos; los Regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijas por acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión;

Que, sin embargo el Decreto Supremo N° 025-2007-PCM determina y detalla los parámetros para el sueldo del Alcalde como ingreso máximo mensual, que debe ser fijado por el Concejo Municipal, considerando el anexo de la norma, según el Artículo 3.1 de la citada norma y según el Artículo 3.2, se debe tomar en cuenta los siguientes pasos:

1.- Determinar la proporción de la población electoral de nuestra circunscripción, de acuerdo a la población electoral emitida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, la misma que esta publicada en la página web de dicha entidad conforme a lo establecido en el Artículo 4° literal e) de la Ley N° 28212 que, para nuestro caso se ubica en la Escala XIV debido a nuestra población electoral de entre 5,001 y 10,000 electores, a lo que le correspondería un sueldo de S/. 2,600.00 (Dos Mil Seiscientos nuevos soles).

Que, las dietas que corresponden a los Regidores municipales por sesión efectiva de cada mes, en ningún caso podrán superar el total del 30% de los ingresos mensuales por todo concepto del Alcalde, lo que hace un monto de S/. 780.00 (setecientos ochenta y 00/100 nuevos soles), por las cuatro Sesiones de Concejo;

Que, es de opinión de los señores regidores que lo solicitado se encuentre acorde con lo señalado en la Ley Orgánica de Municipalidades y el Decreto Supremo N° 025-2007-PCM, norma que tiene por objeto establecer las disposiciones que permitan a los Concejos Municipales determinar que los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales, en el marco de la Ley N° 28212, modificado por el Decreto de Urgencia ° 038-2006;

Estando a lo expuesto con las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, con el voto mayoritario de los señores regidores y, con la dispensa de lectura y trámite de aprobación del acta;

SE ACORDO:

Artículo 1°.- Fijar como remuneración del Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Asia, el monto de S/. 2,600.00 (dos mil seiscientos y 00/100 nuevos soles), a partir del 01 de Enero del 2011.

Artículo Segundo: Fijar por concepto de Dieta de los Regidores de la Municipalidad Distrital de Asia, por cada sesión el monto de S/. 195.00 (Ciento noventaicinco y 00/100 nuevos soles), hasta por cuatro sesiones, por mes que equivale a S/. 780.00 (setecientos ochenta y 00/100 nuevos soles), a partir del 01 de Enero del 2009.

Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia General y a la Secretaría General el cumplimiento del presente acuerdo.

Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase

José Arias Chumpitaz
Alcalde
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2011-A/MDA

Asia, 29 de Enero del 2011

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE ASIA

VISTO:
El Acuerdo de Concejo Nº 002-2011/MDA, de fecha 12 de enero del 2011, referido a Aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal para la Ampliación de la Vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 017-2010-A/MDA relacionado al Otorgamiento de Amnistía de Regularización de Edificaciones Ejecutadas Sin Licencia de Obra para Uso de Vivienda-Comercio, Vivienda-Taller, Comercio o Local de Servicios, dentro de la jurisdicción del Distrito de Asia, y:

CONSIDERANDO:
Que, el Articulo 194ª de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modificatoria, ley Nº 27680 de la Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria;

Que, el Concejo Distrital ejerce su función normativa fundamentalmente a través de Ordenanzas que tienen rango de ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú;

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por DECRETO Legislativo Nº 935, establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ello dentro de su jurisdicción y con los limites que señala la ley;

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 017-2010-A/MDA de fecha 03 de diciembre del 2010, se aprueba la Amnistía de Regularización de Edificaciones Ejecutadas Sin Licencia de Obra para Uso de Vivienda-Comercio, Vivienda-Taller, Comercio o Local de Servicios, dentro de la jurisdicción del Distrito de Asia, y que hasta la fecha de emitida la Ordenanza no hayan regularizado.

Que, mediante Informe Nº 001-2011-RENP-ODUR/MDA de fecha 04 de enero del 2011 la Oficina de Desarrollo Urbano Y Rural/MDA da cuenta que, al efectuarse la Transferencia de Gestión y entrega de Cargo, se constata en la Oficina, la existencia la expedientes relacionados al trámite para la obtención de la Licencia de Obra que, por diversos motivos no han sido atendidos oportunamente, cuyas construcciones a la fecha sido ejecutadas y culminados sin que la municipalidad haya percibido los pagos por dicho concepto, lo que motivaría la aplicación de las sanciones y multas, sugiriendo al Pleno del Concejo la Aprobación de la Ampliación de la Vigencia de la Ordenanza Nº 017-2010-A/MDA.

Estando a las consideraciones expuestas y contando con la opinión favorable de la Oficina de Desarrollo Urbano y Rural /MDA; en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta aprobó lo siguiente:

SE RESUELVE:

Artículo Primero. – Aprobar la Ampliación de la Vigencia de la Ordenanza Nº 017-2010-A/MDA, que aprueba la Amnistía de Regularización de Edificaciones Ejecutadas Sin Licencia de Obra para Uso de Vivienda-Comercio, Vivienda-Taller, Comercio o Local de Servicios, dentro de la jurisdicción del Distrito de Asia.

Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación, hasta el 28 de febrero del 2011.

Artículo Tercero.- Encárguese a la Oficina de Desarrollo Urbano y Rural, Oficina de Administración Tributaria y Rentas, Unidad de Tesorería, el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza y la efectiva difusión de los alcances de la presente Ordenanza.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CUMPLASE Y ARCHIVESE.

JOSE ARIAS CHUMPITAZ
ALCALDE
ESCISIÓN Y REDUCCION DE CAPITAL
De conformidad con el Artículo 380 de la Ley General de Sociedades, se cumple con comunicar que por acuerdo de Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha 17 de enero del 2011 se ha acordado la escisión de Agrícola Viñasol S.A. mediante la segregación de un bloque patrimonial que será transferido a una nueva sociedad que se denominará Corporación Agrícola Viñasol S.A.C.
Con motivo de la referida escisión, Agrícola Viñasol S.A.C. procederá a reducir su capital social de la suma de Siete Millones Novecientos Sesenta Mil Seiscientos Cincuenta 00/100 Nuevos Soles (7,960,650.00) a Un Mil 00/100 Nuevos Soles (S/. 1,000.00), lo que se publica con arreglo a lo previsto por el artículo 217 de la Ley General de Sociedades.
Cañete, 18 de enero del 2011
Agrícola Viñasol S.A.
RUC: 20449165331
24 de Enero, 1 y 7 de Febrero.

AVISO JUDICIAL
Por ante este Juzgado de Paz Letrado de Yauyos - Lima, que despacha el Señor Juez Dr. Miguel Eduardo Miguel Moran Ruíz y Secretario Judicial Rosa D. Salazar Balvin; Exp. N° 2009-0049-C-JPLY, doña LUZMILA ALCANTARA SALVADOR DE JESUSI y LIDUVINA ALCANTARA SALVADOR solicitan la Sucesión Intestada de quien en vida fuera su padre don BRAULIO ALCANTARA MATEO fallecido intestado el primero de Agosto de mil novecientos ochenta y cuatro, en el distrito de “San Lorenzo de Putinza”, provincia de Yauyos - Lima; a fin de que se les declare como herederos universales a las solicitantes. Lo que se notifica, a fin de que se apersonen los que tengan derecho y que lo hagan valer en la forma establecida por Ley.
Yauyos, 20 de Enero del 2011
Rosa Delia Salazar Balvina
Secretaria Judicial - Juzgado de Paz Letrado de Yauyos