12 octubre 2012

MUNICIPIO CERROAZULEÑO CONTINUA CON ETAPA FINAL DE REMODELACION DE PLAZA DE ARMAS

Siguiendo con los lineamientos de su plan de Obras 2012, el municipio cerroazuleño que lidera Don Hugo Álvaro Rivas Sánchez, estará inaugurando en los próximos días, la remodelada Plaza de Armas del Distrito, acto para el cual se invitará a toda la población para que disfrute de esta moderna construcción.
Esta información, la dio a conocer el burgomaestre del «Primer Encanto del Sur» quien aseveró que todo el conjunto arquitectónico que muestra el diseño permite que se pueda ver de esta manera, un modernísimo centro de la ciudad, que realza el encanto que ya tiene Cerro Azul.
Rivas Sánchez, indicó que en los próximos días se inaugurará esta bella Plaza de Armas, en la que se desarrollarán los principales actos cívicos y que «nuestra gente podrá disfrutar de todo esto, que ha sido hecho con mucho cariño para los cerroazuleños, teniendo en cuenta que se ha mejorado la Glorieta que data del año 1,928 como un homenaje a quienes –a lo largo del tiempo- nos legaron una historia singular de esfuerzo y progreso». Subrayó.
Finalmente, Rivas Sánchez indicó que el nombre de quienes apadrinarán esta importante obra, se darán a conocer en las próximas horas y serán personajes que darán brillo a este acto que formará parte de la historia cerroazuleña, porque según dijo «juntos construimos nuestro desarrollo».

SE REPUSO CARPETA ASFÁLTICA QUE HABÍA SIDO DAÑADA EN CALLE «PEDRO VICENTE ARTEAGA» EN IMPERIAL

Cumpliendo con lo ofrecido a los vecinos, la Municipalidad Distrital de Imperial realizó el cambio total de la estructura de base y sub bases para la puesta de la carpeta asfáltica en la calle «Pedro Vicente Arteaga», que había sido dañada por una filtración de agua.
Un pool de maquinarias como Tren de Asfalto, Rodillo Neumático y Rodillo Tandem fueron puestos en operatividad para la colocación de la mezcla asfáltica en caliente que ha permitido colocar totalmente la carpeta que anteriormente fue retirada al ser dañada.
Previo a esto, se realizaron trabajos de compactación en la base y sub-base y para garantizar su buen trabajo se realizaron pruebas de compactación de suelo.
Los vecinos del lugar aprobaron los trabajos ya que han sido testigos todo lo que se hizo para reponer lo afectado que no solo ha sido un parchado sino la colocación de nueva carpeta asfáltica en toda el área afectada.
«Nosotros reclamábamos por un buen trabajo y damos fé que así se ha realizado, inclusive tuvimos incomodidad con la potencia del rodillo vibrador que utilizaron para compactar el terreno, pero entendimos que lo hacían para probar que no hubieran problemas», señaló una de las vecinas.
El ingeniero supervisor, el Gerente de Obras y el Alcalde Eddy del Mazo Tello presenciaron los trabajos que permite retomar la tranquilidad en los vecinos.

LOS AGRICULTORES PIDEN AL CONGRESO AMPLÍE LEY PREDA

Más de tres mil agricultores se beneficiarán con la ampliación del Programa de Reestructuración de la Deuda Agraria (Preda Ley Nº 29264). Así lo señaló la presidenta de la Asociación Nacional de Defensa del Agricultor Peruano (Asonadap), Elizabeth Martínez.
Sin embargo, según la dirigente la ampliación de esta norma no resultaría suficiente para atender a los más de 6 mil agricultores que se encuentran amenazados ante el posible remate de sus tierras, su único sustento de vida.
«Agrobanco exige una serie de requisitos para poder comprar la deuda, lo que ha ocasionado que muchos agricultores se queden excluidos de la norma», manifestó Martínez.
Debe recordarse que la Ley Preda fue aprobada por el Congreso en octubre del 2008 y está destinada a brindar una oportunidad a los agricultores para que puedan honrar sus deudas y extinguir los intereses generados por créditos agropecuarios contraídos en entidades financieras y vencidas al 31 de diciembre del 2007.

Son perjudicados
De otro lado, el representante de los agricultores de Viyacurí (Ica), Alfredo García, denunció que más del 90% de los agricultores que forman parte del Programa de Productos Financieros Estructurados (PFE) de Cofide han sido «estafados» a través de fideicomisos.
«Exigimos al presidente Ollanta Humala y al Congreso para que se forme una comisión investigadora ya que a través de contratos de fideicomisos con los agricultores el articulador (gerente de ejecución del proyecto) junto con el proveedor se enriquecen de los desembolsos del proyecto», afirmó.
Asimismo, Antonio Yarmas, representante de los agricultores de Ica, demandó se cite a los funcionarios comprometidos de Cofide para que expliquen sobre este problema.
«Desde el 2008 se empezaron a suspender los créditos y las tierras se quedaron en total abandono», manifestó.

Las claves
Los agricultores exigen que el gobierno los apoye con un Banco Agrario que cobre bajos intereses ya que, de lo contrario, el sector continuaría colapsando. Así lo dijo la presidenta de Asonadap, Elizabeth Martínez.
El representante de los agricultores de Viyacurí (Ica), Alfredo García, sostuvo que en el país hay carencia de planeamiento, diseño para los agricultores, quienes son los principales abastecedores de alimentos para los peruanos.

AYER SE REALIZO EL III SIMULACRO DE SISMO EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA UGEL Nº 08

La Unidad de Gestión Educativa Local Nº 08 Cañete, realizó el día de ayer, el tercer simulacro de sismo previsto para este año.
Este simulacro se realizó con el fin de fortalecer la práctica de las actividades de Educación en Gestión de Riesgo, así como preparar a la comunidad estudiantil ante un eventual desastre natural. Asimismo, reflexionaron sobre la importancia de estar prevenidos ante este tipo de desastres que ya se han registrado en nuestro país.
Este es el tercero de los cuatro simulacros de sismo previstos para este año en las instituciones educativas públicas y privadas del país. Este evento se encuentra enmarcado dentro de la Resolución Ministerial Nº 622-2012-ED.
La actividad, se realizó en tres turnos: 10:00, 15:00 y 20:00 horas respectivamente, encontrando la participación de toda la población estudiantil en una educación preventiva de riesgo.
Hay que señalar que de todo lo actuado los diferentes Directores de los Centros Educativos emitirán sus respectivos informes a la UGEL 08.

MERCADO MAYORISTA DE FRUTAS «

Con el propósito de brindar un mejor servicio a sus clientes, se inició a pasos agigantados la construcción del Mercado Mayorista de Frutas «Don Mariano», ubicado en la avenida circunvalación sur, entre los límites de Imperial – San Vicente.
Gracias el esfuerzo de su junta directiva, presidida por la señora María Esther Portuguez de Ninazque, se hace realidad este esfuerzo, que – sin duda – no se haría realidad sino fuese por la aprobación de sus asociados.
En esta parte del país, será uno de los pocos mercados que contará con una infraestructura metálica en cada uno de los puestos de venta, mejorando así la calidad de presentación para ofertar sus productos.
«El recinto comercial contará con seguridad, parqueo, servicios higiénicos. Camerinos y otros. Es decir, todo lo que requieran los clientes que llegan de distintos puntos del país»; manifestó Esther Portuguez.
La obra la viene ejecutando la firma TAM SAC, una empresa que posee una amplia experiencia a nivel nacional en la construcción y mejoramiento de los recintos comerciales, previéndose su culminación en un mes.
Como se recuerda, «Don Mariano»,se inició hace diez años, gracias a un grupo de comerciantes que cansados de expender sus productos en la Calle Huancayo de Imperial, plantearon hacer realidad el proyecto con la anuencia de don Oscar Ramos Buzaglo. (Heber Ñañez)

CIUDADANIA CERROAZULEÑA ELEGIRA A JUEZ DE PAZ

Cumpliendo con lo dispuesto en la Ley 29824, este domingo 14 de Octubre, se realizará la elección del nuevo Juez de Paz del distrito de Cerro Azul, actividad que está a cargo de la Comisión Electoral Especial, la misma que fuera elegida en asamblea pública convocada por la Municipalidad Distrital de Cerro Azul.
Así lo dio a conocer la Señora Nelly Watanabe de Lara, quien preside el Comité que tendrá a su cargo este proceso eleccionario, quien indicó que para el efecto, se han presentado cuatro candidatos que aspiran a ostentar tan importante cargo en el sector, los mismos que son las siguientes personas: Juan Torres Hurtado con el Nº 1, Samuel Córdova Herrera con el Nº 2, Moisés Tofenio Guerra con el Nº 3 y José Ciriaco Chávez con el Nº 4.
El acto de sufragio se iniciará a las 08:00hrs. y se desarrollará en el frontis de la sede municipal, frente a la Plaza de Armas del denominado «Puerto de los Ensueños» y se prevé una gran cantidad de ciudadanos que acudirán a participar de este acto.
El Alcalde, Hugo Álvaro Rivas Sánchez, ha dispuesto se otorguen todas las facilidades para que los actos se desarrollen con normalidad, toda vez que la ciudadanía cerroazuleña, va a elegir a quien reemplazará en el cargo al Dr. Martín Córdova, actual Juez de Paz.
El Comité Electoral Especial ha cursado la invitación respectiva a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de la provincia, con la finalidad de contar con un veedor de dicho organismo judicial.

PROYECTO DEL SISTEMA DE RIEGO TECNIFICADO SE REALIZA EN LA COMUNIDAD CAMPESINA DE PUTINZA

YAUYOS.- En las alturas de la provincia de Yauyos, muchas son las obras que se desarrollan en forma silenciosa. Uno de los trabajos que se observa es el Proyecto del Sistema de Riego Tecnificado en la Comunidad Campesina de San Lorenzo de Putinza.
Su presidente Gumercindo Centeno Quispe, expresa que el objetivo de este hermoso paraje que se sitúa en el ande limeño, es mejorar la calidad de vida de los lugareños, ganando más áreas de terrenos eriazos.
Puntualiza que el proyecto consiste en la construcción de una represa de mil 500 litros de agua para irrigar las extensas pampas del «Fundo San Lorenzo» y sembrar dos mil 300 plantones de chirimoya cumbe o mejorada.
Precisa que el proyecto deberá culminarse en un mes y en tres años se debe observar los primeros frutos. «Los productos serán de primer nivel y se exportarán», expresa Centeno quien ya cuenta con los técnicos para asumir el reto.
Precisa que el costo de la obra asciende a más 180 mil soles, dinero que aportó la firma CELEPSA en compensación de unos predios que afectó durante la ejecución de su proyecto energético.
El dirigente, precisa que la obra estaba programada hace dos años, pero por diversos factores no se inició. Sin embargo, confía que la firma CELEPSA pueda reajustar los gastos, dado que los costos a la actualidad se han elevado.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LUNAHUANA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LUNAHUANA
«Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Integridad»

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN MUNICIPAL DE PROTECCION Y CONTROL DEL CONSUMO DE TABACO EN EL DISTRITO DE LUNAHUANA

ORDENANZA N° 021-2012-MDL

Lunahuaná, 12 de Setiembre del 2012.

El Concejo de la Municipalidad de Lunahuaná de la provincia de Cañete;

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de Setiembre de 2012, el Oficio N° 1140-2012-FPPD-C-MP-FN de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito y Materia Ambiental de Cañete de fecha 02-08-12-MDL-ALE, de fecha, emitido por la Asesoría Legal Externa, respecto del Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Régimen Municipal de Protección y Control del Consumo de Tabaco en el distrito, y,

CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 26607, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, y,

Que, por Ley N° 28705 modificada por la Ley N° 29517 se ha establecido el marco normativo para la prevención y control del tabaco cuyo objetivo es proteger a la persona, la familia y la comunidad contra las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco y;

Que, el Reglamento de la Ley N° 28705 (modificada por la Ley N° 29517), Ley General para la prevención y control de los riesgos del consumo de tabaco, aprobado por D.S. N° 015-2008-SA y modificado por D.S. N° 001-2010-SA, disponen que es potestad de la autoridad municipal implementar sistemas complementarios de vigilancia para fiscalizar el cumplimiento de la Ley y del Reglamento en el ámbito de su competencia, así como de establecer sanciones reconocidas en el artículo 46° de la Ley N° 27972 y;

Que, por mérito del oficio del visto la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito y Materia Ambiental han solicitado que esta Municipalidad Distrital expida Ordenanza que sancione a las personas que incumplan los dispositivos antes citados y;

Que, la Asesoría Legal Externa de esta Municipalidad atendiendo al requerimiento del órgano del Ministerio Público, ha cumplido con elaborar un Proyecto de Ordenanza que ha establecido el Régimen de Control y Protección del consumo de Tabaco en el distrito de Lunahuaná, el cual adjunta a su informe, y;

Que revisado el referido proyecto por parte de Concejo Municipal, se aprecia que el mismo cumple con la normativa citada y se hace necesario su aprobación a efecto de realizar fiscalizaciones y operativos de control con el Ministerio Público en protección a la salud pública, por lo que corresponde que la misma sea aprobada, y;

De conformidad con lo establecido en el artículo 40 de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del artículo 9 de la precitada norma el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, emitido la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGIMEN MUNICIPAL DE PROTECCION Y CONTROL DEL CONSUMO DE TABACO EN EL DISTRITO DE LUNAHUANA PROVINCIA DE CAÑETE

Artículo Primero.- APROBAR la presente Ordenanza que regula el Régimen Municipal de Control del consumo de Tabaco en la jurisdicción del Distrito de Lunahuaná, asimismo el cuadro de sanciones, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza. La cual contiene once artículos y dos disposiciones complementarias y finales y que están contenidas en el Anexo Único de la presente.

Artículo Segundo.- INCORPORESE al Reglamento General de Sanciones Administrativas (RAS) los códigos de infracciones que contiene la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Ordenanza en el diario de Avisos Judiciales de la provincia de Cañete, y en la página web de esta Municipalidad cuya dirección electrónica es www.munilunahuana.gob.pe.

Artículo Cuarto.- COMUNICARSE de la presente Ordenanza a la Fiscalía de Prevención del Delito y Materia Ambiental de Cañete.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Luis Alberto Conislla Jara
Alcalde


ANEXO UNICO
REGIMEN MUNICIPAL DE PROTECCION Y CONTROL DEL CONSUMO DEL TABACO EN EL DISTRITO

CAPITULO I

Artículo 1°.- Objeto y ámbito de aplicación
El presente Régimen establece medidas de protección y control de los riesgos del consumo de productos de tabaco y de la exposición al humo del tabaco dentro de la jurisdicción del distrito de Lunahuaná, a fin de salvaguardar los derechos a la salud y a un ambiente saludable de sus vecinos.
Están obligados a cumplir el presente Régimen las personas que residan o se encuentren en tránsito en el distrito de Lunahuaná. Asimismo, están obligados a exigir su cumplimiento, las personas naturales o jurídicas responsables por:
a.- La conducción de establecimientos públicos o privados a los que se hace referencia en la Ley N° 28705 modificada por la Ley N° 29517; y su Reglamento, ubicados en el distrito de Lunahuaná.
b.- La instalación de elementos de publicidad exterior en el distrito de Lunahuaná.

CAPITULO II
MEDIDAS DE PROTECCION

Artículo 2°.- Prohibiciones
Se encuentra prohibido fumar en:
a.- Prohíbase fumar en los establecimientos dedicados a la salud o a la educación, en las dependencias públicas, en los interiores de los lugares de trabajo, en los espacios públicos cerrados y en cualquier medio de transporte público, los que son ambientes ciento por ciento libres de humo de tabaco.
b.- Se entiende por interiores o espacios públicos cerrados todo lugar de trabajo o de acceso al público que se encuentre cubierto por un techo y cerrado entre paredes, independientemente del material utilizado para el techo y de que la estructura sea permanente o temporal.
c.- Esta prohibido fumar en las aéreas abiertas y cerradas de los establecimientos públicos y privados dedicados a la salud y a la educación, en las dependencias públicas, así como en los medios de transporte público y demás que se establezcan en el Reglamento de la Ley N° 28705.

Artículo 3°.- Habilitación de aéreas de fumdadores
Los propietarios, representantes legales y administradores de los centros laborales privados, restaurantes, cafés, bares, hoteles, centros deportivos y centros de entretenimiento, podrán habilitar un área cerrada designada para fumadores; siempre que se cumpla con los siguientes requisitos:
a.- Estar separado físicamente de las áreas donde se prohíbe fumar.
b.- Contar con mecanismos de ventilación hacia el aire libre o extracción de aire hacia el exterior que impida el paso del humo hacia el resto del local y viviendas colindantes.
c.- Su área total no será mayor del 10% del área asignada a la atención al público.
d.- No se permitirá el ingreso a menores de edad.
e.- Debe estar provista con ceniceros y extintores contra incendio.

Artículo 4°.- Señalizaciones
En establecimiento donde se encuentra prohibido sumar, por lo menos en todas sus entradas, pasadizos y cada espacio interior, se deberán colocar carteles, en lugares visibles, según el modelo y características indicados en el Anexo 1 del Reglamento de la Ley N° 28705, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2008-SA.
En el área para fumadores habilitada en los establecimientos expresamente autorizados por la Municipalidad, se deberán colocar por lo menos dos carteles en lugares visibles, según el modelo y características indicados en el Anexo 2 del Reglamento de la Ley N° 28705, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2008-SA.

CAPITULO III
CONTROL DE LA COMERCIALIZACION

Artículo 5°.- Prohibiciones
Se encuentra prohibida
a.- La venta directa o indirecta de productos del tabaco cualquiera sea su presentación, dentro de cualquier establecimiento público o privado dedicado a la salud y a la educación y en las dependencias públicas.
b.- La venta de productos de tabaco en forma ambulatoria.
c.- La venta y suministro de productos de tabaco a menores de 18 años de edad, sea para consumo propio o no, debiendo exigirse la identificación en caso de duda.
d.- La venta y suministro de productos de tabaco por menores de 18 años de edad.
e.- La venta de cigarrillos sin filtro.
f.- La venta de productos de tabaco en paquetes que contengan menos de (10) unidades-
g.- La distribución gratuita promocional de productos de tabaco en la vía pública o en establecimientos que se permita el ingreso a menores de 18 años de edad. En otros lugares, solamente se permitirá su distribución cuando en forma objetiva y verificable se pueda demostrar que el receptor es mayor de edad.
h.- La promoción, venta, distribución o donación de juguetes que tengan forma o aludan a productos de tabaco o que puedan resultar atractivos a menores de edad.

Artículo 6°.- Máquinas expendedoras
Las máquinas expendedoras de producto de tabaco solo podrán instalarse en establecimientos cuyo acceso solo está permitido para mayores de 18 años de edad.
Las máquinas expendedoras que cuenten con publicidad del producto deberán consignar una de las frases de advertencia sanitaria elaborados para los envases de cigarrillos en la parte inferior del espacio publicitario, en un recuadro de fondo negro y letras mayúsculas blancas tipo Ariel Black, en un área del 15% del espacio dedicado a la publicidad, según el model del Anexo N° 5 del Reglamento de la Ley N° 28705, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2008-SA.
Los administradores de los establecimientos donde están ubicadas y los propietarios de las máquinas expendedoras responderán solidariamente frente a la autoridad municipal por las infracciones detectadas referidas a la presente disposición.

Artículo 7°.- Señalizaciones
En establecimientos autorizados para la venta de productos de tabaco, se deberá fijar en un lugar visible, un cartel según el modelo y características indicados en el Anexo 3 del Reglamento de la Ley N° 28705, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2008-SA.

CAPITULO IV
CONTROL DE PUBLICIDAD

Artículo 8°.- Prohibiciones
Se encuentra prohibida la publicidad directa o indirecta de productos de tabaco en:
a.- Establecimientos dedicados a la salud y educación, públicos y privados, dependencias públicas y donde se presten servicios de atención al público de propiedad pública o privada.
b.- Cualquier elemento de publicidad exterior.
c.- Actividades deportivas de cualquier tirpo.
d.- Centros de entretenimientos, exhibiciones, espectáculos y similares en los que este permitido el ingreso de menores de 18 años de edad.

CAPITULO V
INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 9°.- Régimen de Infracciones y Sanciones
Se establecen las siguientes infracciones y sanciones por incumplimiento a lo establecido en la Ley N° 28705 y su modificatoria, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 015-2008-SA y modificatoria, y la presente Ordenanza.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

PRIMERA DISPOSICION.- Se autoriza a la Alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía pueda realizar las modificaciones que correspondan a la presente.

SEGUNDA DISPOSICION.- Se dispone la derogatoria de toda Ordenanza o disposición municipal de esta Municipalidad Distrital que se oponga a la presente.

Sr. Luis Alberto Conislla Jara
Alcalde

EDICTOS

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARÍA «CAMACHO GÁLVEZ»
Ante mi despacho notarial, sito en Jr. Bolognesi Nº 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña< BACILIZA BENITA MANCO QUISPE, quien solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de Mala – Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos del Padre de la titular del a Partida de Nacimiento: Dice: FELIPE MANCO, debe decir: FELIPE FRANCISCO ANICETO MANCO YAYA. Datos de la Madre del a titular de la Partida de Nacimiento: Dice: EULALIA QUISPE, debe decir: EULALIA QUISPE FRANCIA. Lo que comunico para los fines de ley. Cañete, 10 de Setiembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don JUAN CARLOS DE LA CRUZ CENTENO, de 30 años de edad, natural de San Vicente – Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI Nº 41253692, con domicilio en Jr. Tumbes Mz. L1 Lote 10 – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión u ocupación Docente y CLARA BARAZORDA CRUZ, de 30 años de edad, natural de Curahuasi – Apurimac, de nacionalidad peruana, identificada con DNI Nº 41392710, de estado civil soltera, de profesión u ocupación Docente, domiciliada en Jr. Tumbes Mz. L1 Lote 10 – Quilmaná. Pretenden contraer Matrimonio Civil ante la Municipalidad de nuestro distrito el día 26 de Octubre de 2012, a horas 3:00 p.m. en el Salón de Actos de la Municipalidad. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro del término de 8 horas, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 09 de Octubre de 2012.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil

EDICTOS PENALES (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; Comunica:
EXP.- 2010-0271; Cita y emplaza a BOVIS YAPIAS JULIO ALBINO, se apersone a audiencia. Día: 16.10.2012. Hora: 9:45 a.m. Delito: Contra la Libertad-Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: menor de edad con identificación en reserva, bajo apercibimiento de revocar el mandato de Comparecencia restringida por la detención, su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario: Miranda.

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; Comunica:
EXP.- 2010-0039; Cita y emplaza a MIRIAM LEONOR ORELLANA FLORES y ABAD DOMINGO ORELLANA FLORES, se apersone a audiencia. Día:16.10.2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario: Miranda.

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; Comunica:
EXP.- 2006-0339; Cita y emplaza a ALVA BRINGAS SEGUNDO GUSTAVO, VELAPATIÑO CARPIO DAVID ROLANDO, LOZANO LOPEZ ESMELIN, PORTILLO ÑAHUE ROLANDO RUFINO, DAVILA MENA HUMBERTO KENNEDY, VILLANUEVA MORENO RICHARD EVER, PARDO MENDOZA JHON SANTIAGO, VERA NEGRA HERNAN SABINO, CORDOVA VERGARA JOSE LUIS, RAMIREZ URBANO BREINTNER DALMACIO, CUBA GUTIERREZ ADOLFO, GALAN TREBEJO PABLO CESAR, ROBLES MEDINA FELIX TEODORO, se apersonen a audiencia. Día: 17.10.2012 Hora:09:30 a.m. Delito: Contra el Patrimonio-Robo Agravado en Grado de Tentativa. Agraviado: Empresa Comercial Corpac SAC. Bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario: Miranda.

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; Comunica:
EXP.- 2009-0092; Cita y emplaza a ALEXI WALDIR ROJAS CHANCA, se apersone a audiencia. Día: 17.10.2012. Hora: 9:30 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: menor con identidad reservada. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario: Miranda.

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; Comunica:
Exp.- 2010-0049; Cita y emplaza a WENCESLAO ARBIZU REYNOSO, se apersone a audiencia. Día: 17.10.2012. Horas: 09:45 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado. Agraviado: El Estado Peruano. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario: Miranda.

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; Comunica:
EXP.- 2009-0588; Cita y emplaza a JORGE ALFONSO VARGAS SALVATIERRA, se apersone a audiencia. Día: 16.10.2012. Hora: 9:15 a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual. Agraviado: menor con identidad reservada. Bajo apercibimiento revocar la comparecencia por la detención, ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario: Miranda.

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; Comunica:
EXP.- 2010-0027; Cita y emplaza a JESUSI MORALES CELSO MARCELINO, se apersone a audiencias. Día: 17.10.2012. Hora: 9:30 a.m. Delito: Peculado. Agraviado: El Estado Peruano. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario: Miranda.

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Durand; Comunica:
EXP.- 2010-0157; Cita y emplaza a HERNANDO LEON CLEMENTE DE LA CRUZ Y CARLOS ALBERTO SANCHEZ VICENTE, se apersone a audiencias. Día: 17.10.2012. Hora: 10:00 a.m. Delito: Contra la Administración Publica-Peculado Doloso. Agraviado: El Estado Peruano. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenar su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario: Miranda.


JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ASIA; Juez: Chipana; Comunica:
EXP.- 2012-0013; Seguidos contra SANTIAGO CONDOR RIVAS. Agraviado: Richard Loa Huaraca. Delito: Contra el Patrimonio-Estafa. Notificar al agraviado: Oscar Galván Durand. Resol 02 (fecha:20.06.2012). RESUELVE: 1) Formar el cuaderno de la etapa intermedia con la Acusación Fiscal Directa, agregándose como anexo al original del Expediente Fiscal. 2) Corrase traslado plazo de 10 días a los demás sujetos procesales a fin que efectúen proposiciones que les faculta el articulo 350 del CPP, y hecho dese cuenta a despacho para señalar lo que corresponda. 3) Notifíquese el presente requerimiento y resolución a SANTIAGO CONDOR RIVAS, en su domicilio real y procesal señalado en la carpeta fiscal, bajo el apercibimiento decretado en la parte infine del segundo considerando; asimismo a las partes agraviadas en su domicilio real señalado en la carpeta fiscal. Asistente: Fajardo

SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA; Juez: Guzmán; Comunica:
EXP.- 2010-0954; Cita llama y emplaza 1) a través de sus padres ROBERTO JESUS GONZALES URBANO Y PAOLA ISABEL VARGAS MONTALVO a los adolescentes JHONATAN JESUS GONZALES VARGAS (17) y CESAR AUGUSTO GONZALES VARGAS (16), 2) A través de su madre MARIA ISABEL GONZALES PEÑA al adolescente JORGE LUIS CASTRO GONZALES para los efectos que se apersonen al juzgado, por haber sido declarados ADOLESCENTES CONTUMAZ, y respondan a los cargos que se han formulado en su contra en la instrucción seguida por infracción contra el patrimonio-Robo Agravado y Hurto Agravado, en Grado de Tentativa, en agravio de Miriam Rosario Guzmán Uñañe y otro. Secretario: Vargas
11, 12 y 13 de Octubre

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARÍA «CAMACHO GÁLVEZ»
Ante mi despacho notarial, sito en Jr. Bolognesi Nº 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña YRENE MANCO SINTI, quien solicita se rectifique la PARTIDA DE NACIMIENTO, de su padre: ESTEBAN MANCO QUISPE, inscrito en la Municipalidad Distrital de Mala – Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: Parte Principal: Datos del Padre del titular de la Partida de Nacimiento: Dice: FELIPE MANCO, debe decir: FELIPE FRANCISCO ANICETO MANCO YAYA, Datos de la Madre del titular de la Partida de Nacimiento: Dice: EULALIA QUISPE, debe decir: EULALIA QUISPE FRANCIA. Lo que comunico para los fines de ley. Cañete, 10 de Setiembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARÍA «CAMACHO GÁLVEZ»
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña MARIA ISABEL MEZA MANCO, quien solicita se rectifique la PARTIDA DE NACIMIENTO de su madre CARMEN ROSA MANCO QUISPE, inscrito en la Municipalidad Distrital de Mala – Cañete, en donde omitieron los siguientes datos: (Parte Principal) Datos del Padre de la titular de la Partida de Nacimiento: Dice: FELIPE MANCO YAYA, debe decir: FELIPE FRANCISCO ANICETO MANCO YAYA. Datos de la Madre del titular de la Partida de Nacimiento: Dice: CARMEN ROSA, debe decir: CARMEN ROSA MANCO QUISPE. Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 10 de Setiembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
NOTARÍA «CAMACHO GÁLVEZ»
Ante mi despacho notarial, sito en Jr. Bolognesi Nº 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña VERONICA SUSANA VERGARA MANCO, quien solicita se rectifique la PARTIDA DE NACIMIENTO, de su madre MARIA ANGELA MANCO QUISPE, inscrito en la Municipalidad Distrital de Mala – Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos del Padre de la titular de la Partida de Nacimiento: Dice: FELIPE MANCO YAYA, debe decir: FELIPE FRANCISCO ANICETO MANCO YAYA. Datos de la titular de la Partida de Nacimiento: Dice: MARIA ANGELA, debe decir: MARIA ANGELA MANCO QUISPE. Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 10 de Setiembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

FISCALIA DE LA NACION

MINISTERIO PUBLICO
FISCALIA DE LA NACION

DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE

COMUNICADO

El Ministerio Público a través de la Administración del Distrito Judicial de Cañete, requiere contratar los servicios de personal para realizar inventario en las Sedes de Yauyos, San Vicente de Cañete y Mala.}


REQUISITOS MINIMOS:

- Bachiller universitario de las carreras de Administración, Contabilidad, Ingeniería Industrial e Ingeniería de Sistemas.

- Conocimiento y experiencia laboral en temas de inventarios de haber laborado en Instituciones Públicas o Privadas.

- Conocimientos de Ofimática (Word y Excel)

- Predisposición para el trabajo en equipo, de trato amable.

- No tener antecedentes policiales y penales.

NOTA.-
Los interesados presentarse con curriculum viate en la Administración del Distrito Judicial de Cañete, el día lunes 15 de Octubre del presente año, a las 10:00 a.m. sito en Jirón Sepúlveda N° 217 – San Vicente de Cañete.

Cañete, 11 de Octubre del 2012.

NOTIFICACIONES

PUBLICACION - NOTIFICACION
La Municipalidad Provincial de Cañete, notifica al Señor que se relaciona a continuación, infractor de la Ordenanza N° 013-2003-MPC por la Comisión de Infracción que dio lugar a la imposición de papeleta para que se apersone a la ventanilla de la Sección Caja de la Municipalidad Provincial de Cañete, para cancelar su adeudo y evitar la cobranza coactiva.
Papeleta Multa: 002579
Fecha: 06-05-2012
Conductor - Infractor: Pedro Miguel Velásquez Félix
Tipo de Infracción: Por negarse al control municipal y/o obstruir la inspección ocular.
Monto: S/. 365.00
Resolución de Gerencia: 075-2012-GSP-MPC
Fecha de la Resolución: 03 de Julio del 2012.

PUBLICACION - NOTIFICACION
La Municipalidad Provincial de Cañete, notifica al Señor que se relaciona a continuación, infractor de la Ordenanza N° 039-2003-MPC por la Comisión de Infracción que dio lugar a la imposición de papeleta para que se apersone a la ventanilla de la Sección Caja de la Municipalidad Provincial de Cañete, para cancelar su adeudo y evitar la cobranza coactiva.
Papeleta Multa: 004634
Fecha: 07-06-2012
Conductor - Infractor: Carlos Alberto Ccasani Salazar
Tipo de Infracción: Por no renovar carnet de sanidad N° 1131-1130-1132 y 1133.
Monto: S/. 438.00
Resolución de Gerencia: 102-2012-GSP-MPC
Fecha de la Resolución: 03 de Setiembre del 2012.