30 marzo 2008

240 BONOS 6000 SE ENTREGARAN MAÑANA EN IMPERIAL...

Con la presencia del Viceministro de Vivienda, el día de mañana a partir de las 09:30 a.m., a la ciudad de Imperial se entregarán 240 Bonos a los ciudadanos favorecidos. Al igual que ellos, 25 pobladores del distrito de Nuevo Imperial, también serán beneficiados con dicha entrega.
De esta manera, se viene incrementando poco a poco el número de beneficiados de ambos distritos del Programa Bono 6000.
La Municipalidad No Es Beneficencia Caritativa...
ALCALDE DE IMPERIAL REGALA FLUIDO ELECTRICO A "GLOBAL LASER" MEDIANTE CONEXION DESDE EL MUNICIPIO...

Según establece la Constitución Política del Estado, todos tenemos derecho al trabajo; pero ello no implica que algunas autoridades municipales disfrazada de virtudes filantrópicas hagan mal uso de los bienes de la municipalidad conculcando los derechos legítimos de toda la ciudadanía contribuyente.
Es el caso que, ante la tolerancia e impotencia de la colectividad imperialina, el Alcalde Richard Yactayo Duran usurpando funciones que no son propias de una municipalidad se ha permitido autorizar la instalación ambulatoria del consultorio oftalmológico "GLOBAL LASER" en plena pista de la Plaza de Armas de Imperial con fines comerciales porque cada consulta es pagada por el paciente y el pueblo no se beneficia en nada ni con nada, porque también otras instituciones similares cobran igual tarifa por consulta.
Pero, el hecho insólito e inexplicable es que el mencionado Alcalde permite que este Consultorio "Global Láser", para el funcionamiento de sus equipos eléctricos utilice indebidamente el fluido eléctrico captando desde una tomacorriente ubicada en el interior de la Municipalidad a través de un cable tirado a lo largo de la pista vehicular. Es oportuno enfatizar que este "consultorio" viene funcionando diariamente y con la misma modalidad de servicio eléctrico desde comienzos de Enero pasado a la fecha y en las noches guarda sus equipos en la municipalidad.
Sobre esta utilización ilícita del fluido eléctrico hemos tratado de indagar si "Global Láser" paga o no su consumo eléctrico, pero en el municipio de Imperial nadie sabe nada, si hay o no recibos y cuánto es el valor y a quien paga. Los regidores de adorno y no entienden el significado de la palabra FISCALIZAR, también ignoran este curioso caso pero lamentable porque se trata de una institución particular con fines comerciales, en consecuencia no se diga falsedades haciendo creer que es una campaña a favor del pueblo, y "el que regala lo que no es de él, es generoso con el trabajo de los demás". Nos preguntamos, ¿por qué tanta gollería y preferencia…?, ¿quién o quiénes son los favorecidos…?. Esperamos respuesta.
POSTULANTES A INSTITUTOS PEDAGOGICOS DAN EXAMEN HOY...

Hoy domingo 30 de marzo, a partir de las 8:30 de la mañana, se aplicará, en todo el país, la prueba del Examen de Admisión Único Nacional para los postulantes a Institutos Superiores Pedagógicos (ISP), Escuelas Superiores de Formación Artística e Institutos Superiores de Formación Docente, tanto públicos como privados, anunció el viceministro de Gestión Pedagógica, Idel Vexler.
Señaló que de acuerdo al cronograma de actividades, el proceso de admisión 2008, para el cual se presentan 6 mil 914 jóvenes, está constituido por dos fases, ambas con carácter eliminatorio. La nota mínima para aprobar, en ambas etapas, es 14, recordó el viceministro.
Idel Vexler explicó que la primera etapa, a cargo del Ministerio de Educación, es de aplicación nacional y medirá la capacidad comunicativa y lógico matemático, así como los conocimientos generales básicos del postulante. El 5 de abril se darán a conocer los resultados a nivel nacional, remarcó el viceministro.
Asimismo, indicó que dos días después se desarrollará la segunda fase a nivel regional, con pruebas de tipo psicológico, vocacional y de aptitudes personales respecto al nivel y la especialidad a los que aspira el postulante. Luego tendrá lugar una entrevista personal que verificará las capacidades de expresión comunicacional, conocimiento de la actualidad regional, y actitudes personales para la carrera a la que se postula, agregó Idel Vexler.
Por su parte, el director de Educación Superior Pedagógica del Ministerio de Educación, Guillermo Molinari Palomino, recordó que desde el año pasado, por decisión expresa del ministro Antonio Chang, empezó esta nueva modalidad de concurso, que – aseguró- busca elevar la calidad educativa mediante una mejor selección de los interesados en la carrera docente.
El año pasado, de los 14 mil 847 postulantes a los ISP, Escuelas Superiores de Formación Artística e Institutos Superiores de Formación Docente, sólo ingresaron 454.
En años anteriores se presentaban entre 25 mil y 30 mil postulantes y todos ingresaban. Pero desde el año 2007, con la aplicación, por primera vez en la historia del país, de la prueba única establecida por el Ministerio de Educación se ha generado una reducción considerable de la demanda. Entre los años 2002 y 2006, el número de postulantes promedio que ingresaban superaban los 24 mil.
Entre otras medidas que han permitido reducir la oferta de formación docente en el Perú figuran: La suspensión de la creación de nuevos institutos superiores pedagógicos hasta el 2011, el recorte de metas de ingreso al primer año de estudios en los institutos que no lograron una evaluación satisfactoria de su funcionamiento, y la aplicación de la evaluación nacional para el ingreso a estudios en la carrera docente que supone obtener un puntaje mínimo de 14 en una escala vigesimal.
14 DOCENTES INGRESAN CON PUNTOS DE VENTAJA A SEGUNDA ETAPA DE NOMBRAMIENTO...
Plazo Para Presentar Expedientes Vence El 1º de Abril y, Prueba Para Ocupar Una De Ls 23,970 Plazas Orgánicas, Se Inicia El Martes 08 Del Mismo Mes...

Catorce de los 151 maestros que calificaron para la segunda etapa del Concurso Público de Nombramiento de Docentes ingresarán a la prueba, que se iniciará el 8 de abril próximo, con puntos de bonificación, de acuerdo al Artículo 53 del Decreto Supremo Nº 027-2007-ED, que aprobó el Reglamento de la Ley 28649 y que autoriza el concurso.
Así lo aseguró la jefa de la Unidad de Personal del Ministerio de Educación, Magnet Márquez, tras indicar que el mencionado artículo a la letra dice: "los postulantes que obtuvieron 53 puntos y más y no les fueron adjudicadas plazas en el concurso público autorizado por la Ley Nº 27491, tendrán, por mandato de la Ley Nº 28649, una bonificación excepcional del diez por ciento (10%) sobre el puntaje obtenido en la etapa de selección".
Indicó que los docentes favorecidos con esta bonificación son: María Orellana Santibáñez, Percy Cordero Estefo, Santos Bartolo Collantes, Francisco Julián Huaman, Gianina del Rosario Ortiz Almeyda, Augusto Maza Quispe, Marlene Tipula Tipula, Liliana Delgado de la Cruz, Teresa Robles Musaja, Walter Mesías Almeyda, Yraida Acco Ccaico, Rosa Gómez Gonzáles, Victoria Medina Bellido, y Elizabeth Aquije Tipiana.
El Ministerio de Educación remitió esta información a las autoridades de las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y de las Unidades de gestión Educativa Local (UGEL) con el objetivo que expida la constancia correspondiente a cada uno de los docentes mencionados, remarcó Magnet Márquez.
EL 1º DE ABRIL VENCE PLAZO PARA PRESENTAR EXPEDIENTES...
Asimismo, recordó que el martes 1 de abril vence el plazo para que los profesores que calificaron para la segunda etapa del Concurso Público de Nombramiento de Docentes presenten sus respectivos expedientes en las DRE o UGELs donde postularon.
De acuerdo al cronograma establecido en enero último, la revisión de dichos expedientes se hará en los 4 días siguientes y la aplicación de la evaluación correspondiente se realizará entre el 8 y el 17 de abril. Al día siguiente se publicarán los resultados y la presentación de reclamos se efectuará el 21 y 22 de abril.
El cronograma establece que la resolución de los reclamos presentados por los maestros sea del 23 al 25 y que la publicación definitiva del cuadro de méritos se haga el 28 de abril. El proceso de adjudicación de las plazas se desarrollará del 29 de abril al 27 de mayo del presente año.
Del total de las 23 mil 970 plazas orgánicas existentes para el nombramiento de docentes de Educación Básica Regular, Educación Especial, y Educación Alternativa y Técnico Productiva, 4 mil 385 están en Loreto (18.29%), 2 mil 787 en Lima Metropolitana (11,63%), mil 463 en Ucayali, mil 396 en Ayacucho, mil 76 en Lima Provincias, mil 69 en Cusco, mil 49 en Ancash, mil 36 en San Martín y mil 17 en Junín, entre otros.
QUE PASA EN CAÑETE... LA MODERNIDAD ADMINISTRATIVA NO HA LLEGADO...
Escribe: Lic. Enrique Nuñez Palomino

El presente articulo no es con la intencion de perjudicar a ninguna entidad Municipal, sino el de impulsar que se cumpla con lo prescrito por ley, y que las municipalidades cuenten con profesionales idóneos que cumplan la tarea de trabajar en la modernidad de la administración del estado.
Es necesario que pongamos el hombro para una buena gestión, es el momento de la competitividad y de gente con calidad de trabajo, hay que saber rodearnos, y sin distingos políticos… no a los que siempre dicen si, por satisfacer egoísmos y engaños… la amistad y el partidarismo no se deben de confundir con la capacidad innovadora.
EL D.S. Nº 079-2007-PCM INDICA EL PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR EL TUPA (EL TEXTO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOS PARA LOS COBROS Y REQUISITOS QUE EXIGEN LAS MUNICIPALIDADES).
SI ESTOS NO HAN CUMPLIDO CON LA LEY, EL CIUDADANO NO ESTA OBLIGADO AL PAGO Y REQUISITOS EXIGIDOS POR ELLOS…
El Gobierno ha considerado conveniente actualizar la normativa de los procedimientos administrativos en las entidades de la Administración Pública que constan en el respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, documento de gestión cuya elaboración debe realizarse sobre la base de criterios de simplicidad y flexibilidad en un contexto de uso racional de los recursos públicos y de mejora en la calidad de atención al administrado. Considerando lineamientos para elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA.- y habiéndose expedido la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y estando el Estado peruano en proceso de modernización la finalidad es mejorar la gestión pública en todos sus niveles.
Y además el presente Decreto Supremo se ampara en la ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, que en su artículo 48 otorga competencia a la Presidencia del Consejo de Ministros para garantizar el cumplimiento de las normas sobre simplificación administrativa.
Así mismo habiéndose expedido mediante Ley Nº 29060, la Ley del Silencio Administrativo Positivo, se modificaron los procedimientos sujetos al procedimiento administrativo positivo, reduciendo el ámbito de aplicación del silencio administrativo negativo, con la finalidad de ofrecer una mejor atención de los procedimientos y no obstaculizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos. De igual forma se establece que, en caso de que se venza el plazo para que opere el silencio administrativo positivo, los administrados podrán presentar una Declaración Jurada ante la propia entidad, y que dicho documento configura prueba suficiente de la resolución aprobatoria ficta de la solicitud o trámite iniciado;( ya lo hemos Explicado en Ediciones anteriores).

DE LOS ORGANOS RESPONSABLES DE LA ELABORACION DEL TUPA
La dirección o gerencia de Planificación o planeamiento, es el órgano encargado de conducir el proceso de elaboración, que se sustenta legalmente con la gerencia de asesoría jurídica, y la gerencia de Administración que se encarga de la sustentación de los costos que debe de cobrar cada municipalidad o gobierno local, previamente a su aprobación.

DEL COBRO A LOS USUARIOS Y SUS EFECTOS
En el caso de los costos que se cobran por los trámites administrativos, estos se deberán haber adecuado a la metodología aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 087-95-INAP/DTSA que aprueba la Directiva Nº 001-95-INAP/DTSA, con la finalidad de sustentar y cobrar el costo adecuado de inversión de los administradores (Gobierno Regional y Municipios) a los administrados (Usuarios).
Rescatemos dos aspectos importantes por ejemplo, "el monto de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos no deberá exceder el costo real del servicio, y ninguna Entidad puede cobrar tasa alguna al interior de un procedimiento administrativo como condición o requisito previo a la impugnación de un acto emitido por la propia Entidad (ejemplo para solicitar una Reconsideración, Apelación o Revisión), si los Gobiernos regionales cobran al respecto se declara nula la norma que aprueba dicho TUPA.".

DE SU CONTENIDO, APROBACION , Y PUBLICACION…
Contenido del TUPA.- El TUPA de las entidades debe establecer de manera clara todos los procedimientos administrativos, incluidos los recursos administrativos, así como los servicios prestados en exclusividad, y también los formatos para su aprobación deberán contar con la opinión favorable de la Gerencia Regional y de la Gerencia Municipal, respectivamente. Así como que también debe de estar sustentado los mecanismos de procedimientos expresados en dicha propuestas, presentada por los órganos involucrados encargados de la elaboración de sus TUPAs. Para su Publicación se hará en el diario de los avisos Judiciales de la Región y localidad, además que cada entidad deberá de difundir y publicitar el TUPA aprobado.

EN CASO DE INCUMPLIMEINTO
Efectos en caso de incumplimiento: La no remisión de la sustentación contenida en los documentos arriba señalados o su remisión incompleta, conllevará a que la Entidad no aparezca en la relación que deberá publicar la Presidencia del Consejo de Ministros, otorgándosele 15 días calendarios para su subsanación. De no efectuarse la justificación la Entidad no podrá exigir dichos procedimientos, quedando sin efecto hasta que se complete o regularice dicha omisión. Asimismo, le impedirá aplicar el silencio administrativo negativo en sus procedimientos, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, debiendo aplicar a los mismos el silencio administrativo positivo

EN EL CASO DE CAÑETE... ¿quienes han cumplido?
Como se podrá apreciar en la Portal de LA PRESIDENCIA DEL CONCEJO DE MINISTROS (www.pcm.gob.pe), el último 26 de Marzo del 2007, la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, ha presentado una relación de las entidades que cumplieron con remitir la documentación establecida en la primera disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, luego de haberse dado el plazo de subsanación; el mismo que señala lo siguiente:
"Conforme lo establecido en el punto 5 de la primera disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros otorgó un plazo de subsanación de 15 días calendarios para que las
entidades que no hayan remitido la sustentación legal y técnica de los procedimientos contenidos en sus TUPAs dentro del plazo por establecido lo hagan. En ese sentido, la
Secretaría de Gestión Pública cumple con publicar la relación de entidades que han cumplido con remitir dicha documentación dentro del plazo de subsanación establecido. (Ver Anexo N°
001)".
En el Anexo 001, se tiene una relación de las diversas entidades de gobierno, así como municipios que han cumplido con todo el proceso. En el caso de Cañete, no hay ninguna municipalidad que haya cumplido. En cambio, es destacable saber que ha cumplido la Municipalidad Provincial de Yauyos, así como las Municipalidades Distritales de Ayavirí, Catahuasi, Omas, Pilas y Quinocay de la vecina provincia de Yauyos.
Hay que precisar que en anterior boletín informativo del 13 de Febrero de la PCM se tenía a los municipios de Cerro Azul y San Antonio, como los únicos distritos de Cañete que habían cumplido con presentar la documentación sustentatoria, pero parece que ha tenido observaciones, las mismas que no han levantado, por ello, es que no se encuentran en la actual relación de municipios que han cumplido con remitir la documentación.
EDE CAÑETE S.A.

AVERIA POR TERCEROS

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico producida por Avería por Terceros ocasionada por caída de antena sobre red de MT 10 kV en la Urb. Santa Bárbara, distrito de San Luis de la provincia de Cañete, que afectó a las zonas indicadas líneas abajo.
De tener información que ayuden en dar con los responsables de estos hechos que se vienen repitiendo muy frecuentemente, le agraderecemos comunicarse a FONOCAÑETE al 4494400.
LUGAR: Urb. Santa Bárbara - San Luis..
ZONAS AFECTADAS: Los Olivos, Arona, CP Santa Bárbara, Santa Cruz, San Luis, Laura Caller, Sector Tranquera de Fierro, CP Don Oscar, CP Casa Blanca, CP Señor de los Milagros, Sector Paguatodo, Asoc. de Viv. Miraflores, CP Bellavista, Nuevo Cerro Azul, Zona céntrica del distrito de Cerro Azul, Circuito de Playas al Norte de Cerro Azul y parte de playas del distrito de Asia de la provincia de Cañete del departamento de Lima.
ALIMENTADOR: CÑ-05
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 5010 a PMI 55360 T SAM 301A
FECHA: Viernes 28 de Marzo de 2008.
HORA DE INICIO: 19:48 hrs., Viernes 28 de Marzo de 2008.
HORA FINAL: 21:09 hrs., Viernes 28 de Marzo de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T., ocasionada por terceras personas, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después EDECAÑETE S.A. procedió a la normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE S.A. agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causas fuera de su control.