16 julio 2008

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2008-MDSL
Cañete, 30 de Junio de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS;
VISTO:
El Informe Nº 004-2008-JRC-MDSL de fecha 05 de Junio de 2008, emitido por el área de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luís, referente a la programación de la Ceremonia del Matrimonio Civil Masivo a realizarse en los meses de Agosto y setiembre del presente año;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 4º de la Constitución establece que la Comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconociéndoles como instituciones naturales y fundamentales de la sociedad;
Que, es objetivo primordial de la presente gestión municipal propiciar las bases sólidas de formación de la familia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento y protección como célula básica de la sociedad en armonía a nuestro ordenamiento jurídico;
Que, asimismo, es necesario proporcionar facilidades a los vecinos de escasos recursos económicos para que regularicen su situación civil exonerándole de requisitos y efectuándose un pago mínimo, como ayuda a la colectividad Sanluisina;
Que, para la ejecución de éste fin social a realizarse, se debe disponer las acciones reglamentarias establecidas en el Código Civil y la Ley Orgánica de Municipalidades sobre ésta materia;
Que, mediante Informe Legal Nº 108-2008-AL-DMSL, la Oficina de Asesoría Legal opina que es procedente la realización del Matrimonio Civil Masivos a realizarse los días sábado 16 de Agosto y domingo 21 de septiembre de 2008;
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; contando con las visaciones de la Gerencia Municipal y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la celebración del Matrimonio Civil Masivo, para los días sábado 16 de Agosto en el Distrito de San Luís y Domingo 21 de Septiembre de 2008 en el Anexo C. P. M. La Quebrada, en el horario siguiente:
Sábado 16 de Agosto del 2008
Matrimonio Civil Masivo.
Hora: 12:00m.
Lugar: Frontis del Palacio Municipal.
Domingo 21 de Septiembre del 2008
Matrimonio Civil Masivo.
Hora: 12:00m.
Lugar: C.P.M. La Quebrada Frontis de la Iglesia del C. P. M.
ARTÍCULO 2º.- CONVÓQUESE a las parejas residentes en la jurisdicción de San Luís de Cañete, y anexos que deseen acogerse al artículo que antecede, debiendo presentar los siguientes requisitos:
Matrimonio Civil Masivo.
1.- Fotocopias de DNI de los contrayentes.
2.- Copias Certificadas de Partidas de Nacimiento actualizada ó con 03
Meses de antigüedad expedida por la Municipalidad correspondiente.
3.- Certificado de Salud pre-nupcial.
4.- Declaración Jurada de Soltería.
5.- Certificado Domiciliario de los contrayentes o Declaración Jurada de
Domicilio.
6.- Dos Testigos con sus respectivos DNI.
ARTÍCULO 3º.- LOS CONTRAYENTES que se acojan a los alcances de la presente Ordenanza Municipal sobre Matrimonio Civil Masivo, deberán aperturar su expediente en el Área de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luís.
ARTÍCULO 4º.- LAS INSCRIPCIONES se realizarán en la Oficina de Registro de Estado Civil, desde:
- Lunes 14 de Julio al viernes 08 de agosto de 2008, para el Matrimonio Civil Masivo a realizarse el día 16 de Agosto.
- Lunes 18 de Agosto al lunes 15 de septiembre, para el Matrimonio Civil Masivo a realizarse el día 21 de Septiembre en el C. P. M. La Quebrada.
ARTÍCULO 5º.- LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUÍS, brindará el asesoramiento gratuito por medio de la Oficina de Asesoría Legal, para la dispensa correspondiente a los menores de edad.
ARTÍCULO 6º.- ENCÁRGUESE expresamente a la Oficina de Relaciones Públicas la ejecución de una Campaña de Difusión por todos los medios posibles, para lograr captar el mayor número de parejas contrayentes y lograr los objetivos del Matrimonio Civil Masivo que autoriza la Municipalidad Distrital de San Luís.
ARTÍCULO 7º.- DISPENSAR la publicación de los Edictos Matrimoniales y de los plazos legales para la referida celebración a los contrayentes.
ARTÍCULO 8º.- ENCÁRGUESE a la Comisión de Desarrollo Humano y Social, Área de Registro de Estado Civil, Demuna y Oficina de Relaciones Públicas, coordinar y ejecutar las acciones convenientes para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ARTURO ANTEZANA URBINA
ALCALDE
Municipalidad Distrital de San Luís
JUDICIALES

EDICTOS
EXP. 2006–0595, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 21/06/2006: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra HERMÓGENES CHUQUIPUY SAUÑE en agravio de Kevin Arnold Chuquipuy Challco, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN ONCE, Cañete 25/06/2008 emplácese con edictos al demandado a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL. Cañete 25/06/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén.
14, 15 y 16 de Julio

EDICTO
EXP. 2007–0837, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 06/12/2007: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra LUZ GUERRA LEVANO Y HERMES EDGARDO SOTELO YATACO en agravio de Jhordan Smith Huallpa Guerra, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN SEIS, Cañete 01/07/2008 emplácese con edictos al demandado HERMES EDGARDO SOTELO YATACO a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. Cañete 01/07/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén. 14, 15 y 16 de Julio

EDICTO
EXP. 2008-0098; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 31/01/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra JOSÉ SIMÓN FLORES RODRIGUEZ sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente HAYDEE VICTORIA QUISPE GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN SEIS, fecha 20/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio

EDICTO
EXP. 2008-0335; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 12/05/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra ISRAEL CRISTOPHER CUENCA SOTO sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente VALENTINA ELIANA YUPAN GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN TRES, Cañete, 26/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 2004-00447-0-0801-JR-CI-1 seguido por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. (antes Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete S.A.A.) contra HERMEN GREGORIO GOMEZ VILLAR Y ELSA CASTILLO ESPINOZA DE GOMEZ sobre ejecución de garantías reales, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzales Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Av. Ramos Nº 447 (antes Nº 487) Distrito de Imperial, Provincia de Cañete y Departamento de Lima; cuyo dominio, área y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
TASACIÓN: US$. 36,212.92 (treinta y seis mil doscientos doce con 92/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 24,141.94 (veinticuatro mil ciento cuarenta y uno con 94/ 100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1) Primera y Preferencial Hipoteca a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de US $ 20,000.00 (veinte mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana).
LUGAR DE REMATE: En el local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando a la tasa judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de expediente y número de DNI en original y copia, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005- JUS y están afectos al IGV Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 11 al 17 de Julio.

EDICTO JUDICIAL
Exp. Nº 2008-0197.- Dte. Cristina Vanessa Córdova Pacheco. Ddo. Andrés Fredy Avila Manco. Mat. Reconocimiento de Convivencia; por ante el Primer Juzgado Especializado de Familia – Cañete, el señor Juez ha dictado la siguiente resolución que se transcribe.
RESOLUCION Nº 02, de fecha 31 de Marzo del 2008.
1º) ADMITIR la demanda interpuesta por CRISTINA VANESSA CORDOVA PACHECO, sobre RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA, y la dirige contra la SUCESION DE ANDRES FREDY AVILA MANCO, y tramítese en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, en consecuencia córrase TRASLADO de la demanda a los emplazados a efectos de que la absuelva en el plazo de SESENTA DIAS; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; y para tale efecto NOTIFIQUESE por Edicto.
Fanny Imelda García Rengifo
Secretaria Judicial
1º Juzgado de Familia de Cañete
15, 16 y 17 de Julio

EDICTO
Exp. Nº 086-2008 ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José De La Cruz Vargas, Secretario Ernesto Hurtado Villavicencio en los seguidos por CARLOS VITALIANO SANCHEZ NEGRON contra Pilar Guanilo Vda. De Paucar y Etelvina Paucar Guanilo se ha proveído: RESOLUCION UNO, Imperial, veintinueve de Febrero del año dos mil ocho. ADMITASE la demanda de Prueba Anticipada (Reconocimiento de documento y absolución de posiciones) vía proceso no contencioso, contra Pilar Guanilo Vda. De Paucar y Etelvina Paucar Guanilo citándose a las partes para Audiencia de Actuación y Declaración Judicial. RESOLUCION TRES, Imperial, veintiocho de Abril del año dos mil ocho. NOTIFIQUESE a la Sucesión de don Jesús Mateo Paucar Vicente mediante edictos bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.
Imperial, 01 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
15, 16 y 17 de Julio.

RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN
NOTARÍA "CAMACHO GÁLVEZ"
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, San Vicente – Cañete, se presentó doña BENEDICTA ALEJANDRINA JULIAN DE ALVAREZ, quien solicita se rectifique el ACTA DE DEFUNCION de su recordado cónyuge don ARTEMIO JAVIER ALVAREZ FRANCIA, inscrita en la Municipalidad Provincial de Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la cónyuge del Titular del Acta de Defunción: dice: ALEJANDRINA BENEDICTA JULIAN CAYCHO, debe decir: BENEDICTA ALEJANDRINA JULIAN CAYCHO. Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 03 de Julio del 2008.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi 199 – San Vicente – Cañete – Lima, MANUELA CARMEN PERALTA DE CERRON, con DNI Nº 15409805, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre CELSO PERALTA MUÑOZ, fallecido el 19 de Noviembre del 2002, teniendo como último domicilio el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 14 de Julio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

CONVOCATORIA A PRIMER REMATE PÚBLICO
En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. con MARIA ELIZABETH CERRON SANCHEZ, EDELMIRA DORIS CERRON SANCHEZ y GERVASIO NESTOR RIVAS MORENO sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente 350-2004, el Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete, a cargo del señor Juez Dr. José De La Cruz Vargas, Especialista Legal Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná Mz. 45, lote 1A, distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, e inscrito en el código de predio P17009670 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete, zona Registral IX Sede Lima.
AFECTACIONES: 1) Hipoteca registrada en el asiento 00004 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. hasta por la suma de S/. 7,000.00 (siete mil y 00/100 nuevos soles) título presentado el 11.06.03 e inscrito el 20.06.03. 2) Embargo en forma de inscripción registrado en el asiento 00005 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. por la suma de S/. 5,200.00 inscrito con fecha 14.10.04, y que origina el presente remate.
VALOR DE TASACIÓN: US $. 3,822.80 (tres mil ochocientos veintidós y 80/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 2,548.53 (dos mil quinientos cuarenta y ocho con 53/ 100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación.
DIA Y HORA DEL REMATE: 31 de Julio del 2008, a las 11:00 a.m.
LUGAR DE REMATE: Local del Juzgado: Jr. Dos de Mayo Nº 598, primer piso, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en efectivo o cheque de Gerencia y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y DNI) suscribiéndolo con número de expediente, generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Cañete, 11 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial - Cañete
Mauricio Ponce Valdivia
Martillero Público
Registro Nº 236
Publicar: Del 15 al 21 de Julio.

NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi 199 – San Vicente – Cañete – Lima, MANUELA CARMEN PERALTA DE CERRON, Con DNI Nº 15409805, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre MERCEDES SALOME AVILA DE PERALTA, fallecida el 22 de Noviembre del 2002, teniendo como último domicilio el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 14 de Julio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

AGROINDUSTRIA SAN ISIDRO S.A.
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
El Directorio de Agroindustrias San Isidro S.A. de conformidad con el Art. 13º de los Estatutos de la Sociedad y el Art. 113 de la Ley General de Sociedades, cita en Primera Convocatoria a la Junta General de Accionistas para el 24 de Julio del 2008, a horas 3:00 p.m. sito en el Auditorio de nuestras oficinas C.P.M. San Isidro Imperial – Cañete, a efectos de tratar la siguiente Agenda
AGENDA:
1.- Informe económico de la empresa al 30 de Junio del 2008.
2.- Otros puntos
En caso que en la Primera Convocatoria no se contara con el quórum reglamentario, se cita en Segunda Convocatoria para el día 31 de Julio del 2008, a horas 3:00 p.m. en el mismo lugar de la Primera Convocatoria.
Cañete, San Isidro, 14 de Julio del 2008.
El Directorio

UGEL 08 DE CAÑETE
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA Nº 022-D.UGEL Nº 08-C-TRAM-DOC
El Jefe de Trámite Documentario de la UGEL Nº 08 de Cañete, notifica la Resolución Directoral Nº 2137 de fecha 18 de Junio del 2008 donde se resuelve Instaurar Proceso Administrativo por el presunto acto de violación sexual a Don Gaudencio Damián GOITIA LUCAS, Profesor de la I.E.P "Augusto B. Leguía" -Nuevo Imperial-Cañete, por las razones expuestas en la presente publicación. Téngase por notificado a fin de ejercer su derecho a defensa conforme a ley.
San Vicente, 04 de Julio del 2008

15 julio 2008

SE NECESITAN CAMBIOS YA...
Escribe: César Calagua Gutiérrez

Ayer indicábamos algunas deficiencias en nuestras autoridades y hacíamos notar la importancia de que se preocupen por nuestra provincia, pero que sobretodo recapaciten y piensen bien antes de actuar y que deben cambiar algunos de sus colaboradores.
Indicamos igualmente algunas cosas que son importantes resaltar, pero de manera urgente como es el caso de la cárcel que se quiere construir en Nuevo Imperial, a pesar de la negativa de la población que se siente impotente ante la arremetida del ministerio correspondiente, sin que las autoridades se pongan fuertes y hagan sentir la voluntad de la población en contra de este deseo autoritario del ministerio de justicia que seguiría afectando la tranquilidad de nuestra población.
La población ya hizo lo suyo en una manifestación popular y ahora le toca a nuestras autoridades ponerse de pie y hacer sentir su autoridad, deben mostrarse fuertes, pero unidos, porque esto no es solo función y obligación del alcalde, sino de las autoridades y funcionarios en su conjunto, ya que de darse este hecho todos seremos los afectados.
Por otro lado Lunahuaná esta pasando por momentos muy críticos en torno al deterioro de los puentes por el paso de maquinarias enormes con sobrepeso, poniendo en peligro la estabilidad de los mismos que se ven afectados por la continuidad del paso de estos vehículos de las empresas particulares que viene explotando minerales en nuestra zona y la de Yauyos, sin percatarse del mal que vienen ocasionando y que perjudica directamente a los pobladores de la zona y por ende ponen en peligro el ingreso a este distrito.
En fin, nuestra provincia se encuentra en un caos, que pareciera no ven o en todo caso no quieren ver quienes tienen la responsabilidad de velar por la seguridad, el desarrollo y progreso de la provincia, pues simplemente porque no tienen interés en las cosas que acontecen y perjudican a la población.
Cañete se encuentra en un abandono total, denuncias por uno y otro lado, inseguridad ciudadana, sin mercado, con un caos vehicular permanente, con amenazas de revocatoria por todos lados, con una región que no se preocupa por nuestra provincia, donde los proyectos de obras se presentan indistintamente, cada quien quiere sacar mejor provecho, todos quieren figurar, algunos inclusive se dan tiempo para pagar con el dinero de la población publicidad que no tiene razón de ser, etc. etc. etc.
Por estas cosas es necesario e importante para nuestra provincia que las autoridades y funcionarios piensen un poquito en nuestra provincia, en su gente, en su futuro, es necesario que cambien de actitud pero ya. Esperamos,
En Cañete...
ENTREGAN CERTIFICACION A PRIMERA PROMOCION DE MAESTROS DE OBRAS Y OPERARIOS ESPECIALIZADOS EN CONSTRUCCION ANTISISMICA...

Un total de 22 maestros de obra y operarios de la construcción –de la provincia de Cañete- culminaron con éxito el curso de especialización en construcción antisísmica, informó el Fondo de Reconstrucción del Sur (FORSUR).
El curso de capacitación, que se inició el 2 de junio en el distrito de San Antonio en Cañete, fue financiado por FORSUR y forma parte del convenio de cooperación interinstitucional que fue suscrito con el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (Sencico).
A la clausura del curso "Perfeccionamiento para maestros y operarios en construcción y reconstrucción de viviendas unifamiliares", que se realizó en la Municipalidad de San Antonio, asistió el director ejecutivo de Sencico, Fernando Chaparro y el gerente general de FORSUR, Luis Hernández.
Luis Hernández señaló que el segundo grupo de maestros de obra y operarios de la construcción iniciarán sus clases el próximo lunes 21 de julio en el distrito de Cerro Azul.
Cabe desatacar que los cursos que forman parte del programa "Perfeccionamiento para maestros y operarios en construcción y reconstrucción de viviendas unifamiliares" se desarrollan simultáneamente en las provincias de Ica, Pisco y Chincha.
Las clases en Ica culminarán el próximo 19 del presente, mientras que en Chincha el domingo 20.
Las clases, de cuatro horas diarias, se realizan en el local de Sencico en Ica y en el Centro Cultural de la Municipalidad Chincha Alta. De igual modo, esta capacitación se viene realizando en el distrito de San Andrés en Pisco.
FORSUR informa que los maestros de obra y operarios que deseen participar en los programas de capacitación tienen que cumplir los siguientes requisitos: comprobar una experiencia en el sector construcción no menor de 2 años y haber cursado como mínimo el tercero de secundaria.
El programa denominado "Perfeccionamiento para maestros y operarios en construcción y reconstrucción de viviendas unifamiliares", permitirá contar con personal especializado en la construcción de viviendas seguras y antisísmicas para los damnificados.
Cada uno de los cursos consta de 140 horas lectivas y se dictan las siguientes asignaturas: organización y control de obra, programación de obra, tecnología de concreto, reforzamiento de estructuras, rehabilitación de edificaciones, y control de acabados.
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley Nº 25844, Artículo 87, informamos de una interrupción eléctrica en el servicio elèctrico.
LUGAR: San Vicente (Panamericana Sur Km. 147)
ZONAS AFECTADAS: Fdo. Santa Rosita, CP Agua Dulce, CP Cochahuasi, CP Playa Hermosa, CP Boca del Río, CP La Encañada, CP Inmaculada Santa Rosa, CP H. Unanue, CP La Esmeralda, CP La Pampilla, CP San Pedro, CP Cuiva, CP Pampa Castilla, Pío Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, Zaire, San Juan, CP Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 3000
DIA: Lunes 14 de Julio de 2008.
HORA DE INICIO: 01:06 hrs. Lunes 14 de Julio de 2008.
HORA FINAL: 01:31 hrs. Lunes 14 de Julio de 2008.
LUGAR: San Vicente (Panamericana Sur Km. 150.8 Altura entrada al CPM Herbay Bajo)
ZONAS AFECTADAS: CP La Pampilla, CP San Pedro, CP Cuiva, CP Pampa Castilla, Pío Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, Zaire, San Juan, CP Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 3010
DIA: Lunes 14 de Julio de 2008.
HORA DE INICIO: 03:42 hrs. Lunes 14 de Julio de 2008.
HORA FINAL: 09:58 hrs. Lunes 14 de Julio de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T. ocasionada por Acto Vandálico y Hurto de Conductor, lo que originó la actuación de nuestros dispostivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDE CAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.
EDE CAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
JUDICIALES

PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, OLGA YOLANDA CONDOR NUÑEZ, con DNI Nº 15412848, solicita se RECTIFIQUE LA PARTIDA DE DEFUNCION, de quien en vida fuera su cónyuge: HENRY ALBINO ORTEGA GALLEGOS, inscrito ante la Municipalidad Provincial de Ica, en la parte que se refiere a estado conyugal se ha consignado como: SOLTERO, debiendo ser: CASADO CON CONDOR NUÑEZ OLGA YOLANDA. Lo que se publica para los fines de Ley.
Cañete, 11 de Julio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

AVISO JUDICIAL
Exp. Nº 2008-0309.- Ante el 2º JPLCÑ, que despacha la Dra. Patricia Martínez Guando, solicita RIGOBERTO ALBINO CAMPOS ZAMUDIO la Rectificación de su Partida de Defunción 154, año 1970, en el extremo que se ha consignado su primer nombre del titular de la partida como BERNARDO siendo lo correcto "BERNABE" y su segundo nombre como BERNABE siendo lo correcto "BERNARDINO" debiendo ser en lo sucesivo que el titular de la partida es BERNABE BERNARDINO CAMPOS DAVILA, quedando intacto lo demás que contiene.
Cañete, 04 de Julio del 2008.
Elizabeth A. Yaya Alcalá
Secretario Judicial
2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete

CONVOCATORIA A PRIMER REMATE PÚBLICO
En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. con MARIA ELIZABETH CERRON SANCHEZ, EDELMIRA DORIS CERRON SANCHEZ y GERVASIO NESTOR RIVAS MORENO sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente 350-2004, el Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete, a cargo del señor Juez Dr. José De La Cruz Vargas, Especialista Legal Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná Mz. 45, lote 1A, distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, e inscrito en el código de predio P17009670 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete, zona Registral IX Sede Lima.
AFECTACIONES: 1) Hipoteca registrada en el asiento 00004 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. hasta por la suma de S/. 7,000.00 (siete mil y 00/100 nuevos soles) título presentado el 11.06.03 e inscrito el 20.06.03. 2) Embargo en forma de inscripción registrado en el asiento 00005 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. por la suma de S/. 5,200.00 inscrito con fecha 14.10.04, y que origina el presente remate.
VALOR DE TASACIÓN: US $. 3,822.80 (tres mil ochocientos veintidós y 80/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 2,548.53 (dos mil quinientos cuarenta y ocho con 53/ 100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación.
DIA Y HORA DEL REMATE: 31 de Julio del 2008, a las 11:00 a.m.
LUGAR DE REMATE: Local del Juzgado: Jr. Dos de Mayo Nº 598, primer piso, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en efectivo o cheque de Gerencia y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y DNI) suscribiéndolo con número de expediente, generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Cañete, 11 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial - Cañete
Mauricio Ponce Valdivia
Martillero Público
Registro Nº 236
Publicar: Del 15 al 21 de Julio.

EDICTOS
EXP. 2006–0595, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 21/06/2006: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra HERMÓGENES CHUQUIPUY SAUÑE en agravio de Kevin Arnold Chuquipuy Challco, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN ONCE, Cañete 25/06/2008 emplácese con edictos al demandado a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL. Cañete 25/06/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén.
14, 15 y 16 de Julio

EDICTO
EXP. 2007–0837, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 06/12/2007: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra LUZ GUERRA LEVANO Y HERMES EDGARDO SOTELO YATACO en agravio de Jhordan Smith Huallpa Guerra, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN SEIS, Cañete 01/07/2008 emplácese con edictos al demandado HERMES EDGARDO SOTELO YATACO a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. Cañete 01/07/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén. 14, 15 y 16 de Julio

EDICTO
EXP. 2008-0098; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 31/01/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra JOSÉ SIMÓN FLORES RODRIGUEZ sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente HAYDEE VICTORIA QUISPE GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN SEIS, fecha 20/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio

EDICTO
EXP. 2008-0335; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 12/05/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra ISRAEL CRISTOPHER CUENCA SOTO sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente VALENTINA ELIANA YUPAN GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN TRES, Cañete, 26/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio

EDICTO JUDICIAL
Exp. Nº 2008-0197.- Dte. Cristina Vanessa Córdova Pacheco. Ddo. Andrés Fredy Avila Manco. Mat. Reconocimiento de Convivencia; por ante el Primer Juzgado Especializado de Familia – Cañete, el señor Juez ha dictado la siguiente resolución que se transcribe.
RESOLUCION Nº 02, de fecha 31 de Marzo del 2008.
1º) ADMITIR la demanda interpuesta por CRISTINA VANESSA CORDOVA PACHECO, sobre RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA, y la dirige contra la SUCESION DE ANDRES FREDY AVILA MANCO, y tramítese en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, en consecuencia córrase TRASLADO de la demanda a los emplazados a efectos de que la absuelva en el plazo de SESENTA DIAS; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; y para tale efecto NOTIFIQUESE por Edicto.
Fanny Imelda García Rengifo
Secretaria Judicial
1º Juzgado de Familia de Cañete
15, 16 y 17 de Julio

EDICTO
Exp. Nº 086-2008 ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José De La Cruz Vargas, Secretario Ernesto Hurtado Villavicencio en los seguidos por CARLOS VITALIANO SANCHEZ NEGRON contra Pilar Guanilo Vda. De Paucar y Etelvina Paucar Guanilo se ha proveído: RESOLUCION UNO, Imperial, veintinueve de Febrero del año dos mil ocho. ADMITASE la demanda de Prueba Anticipada (Reconocimiento de documento y absolución de posiciones) vía proceso no contencioso, contra Pilar Guanilo Vda. De Paucar y Etelvina Paucar Guanilo citándose a las partes para Audiencia de Actuación y Declaración Judicial. RESOLUCION TRES, Imperial, veintiocho de Abril del año dos mil ocho. NOTIFIQUESE a la Sucesión de don Jesús Mateo Paucar Vicente mediante edictos bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.
Imperial, 01 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
15, 16 y 17 de Julio.

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 2004-00447-0-0801-JR-CI-1 seguido por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. (antes Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete S.A.A.) contra HERMEN GREGORIO GOMEZ VILLAR Y ELSA CASTILLO ESPINOZA DE GOMEZ sobre ejecución de garantías reales, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzales Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Av. Ramos Nº 447 (antes Nº 487) Distrito de Imperial, Provincia de Cañete y Departamento de Lima; cuyo dominio, área y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
TASACIÓN: US$. 36,212.92 (treinta y seis mil doscientos doce con 92/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 24,141.94 (veinticuatro mil ciento cuarenta y uno con 94/ 100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1) Primera y Preferencial Hipoteca a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de US $ 20,000.00 (veinte mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana).
LUGAR DE REMATE: En el local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando a la tasa judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de expediente y número de DNI en original y copia, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005- JUS y están afectos al IGV Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 11 al 17 de Julio.
COMUNICADO

Western Cotton S.A. informa a la comunidad de Cañete la reducción de actividades, paralizando parte de sus operaciones, entre estas las plantas más antiguas de la empresa, con elevado consumo de energía y menor nivel de calidad y competitividad. Como consecuencia de esta decisión, que de no hacerse comprometería seriamente la estabilidad económica y financiera de la empresa, nos vemos obligados muy a nuestro pesar, a una reducción sustancial de trabajadores, esperando que cambien las condiciones de mercado y la empresa esté en posibilidades de hacer inversiones urgentes para reabrirlas con maquinaria más moderna, la misma que constituye indispensable para lograr ser competitivos frente a los gigantes asiáticos, principalmente China e India, que nos invaden y devastan nuestra industria con productos con un alto índice de subsidio.
En efecto, la importación de productos textiles de Asia, que en el año 1998 fue de 33,081 toneladas, en el año 2007 fue de 131,509 toneladas, y el año 2008 proyectado de Enero – Junio, fue de 169,481 toneladas; lo que mostraría un incremento de 512% aproximadamente.
Por otro lado, la importación de hilado de algodón que fue de 2,632 toneladas en 1998, llegó a 29,558 toneladas en el 2007, y el 2008 se proyecta a 43,498 toneladas, lo que mostraría un incremento de 1,652% aproximadamente; los cuales el 87% proviene sólo de la India.
De acuerdo a lo visto anteriormente, solicitamos al gobierno evaluar los productos sensibles en los próximos tratados de libre comercio que se piensa pactar con China e India, países con ingresos per cápita muy inferiores al nuestro y con importantes incentivos a sus industrias, que implican subsidios, que mayormente nos compran materias primas y que nos invaden con productos manufacturados. Esta situación está significando, en la práctica reemplazar puestos de trabajo de los peruanos por puestos de trabajo asiáticos. Esperamos que nuestras autoridades negocien adecuadamente estos tratados bloqueando dumpings y subsidios con el objeto de que no siga siendo ésta una competencia desleal.
La Empresa
SECTOR ENERGIA Y MINAS
INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
PETITORIO DE CONCESION MINERA

1.- DATOS DEL PETITORIO
Nombre: RANCHO AZUL; Código: 01-03357-08; Fecha y Hora de presentación: 04/06/2008, 15:20:00; Hectáreas: 100,0000; Clasificación: No metálica; Coordenadas UTM de los vértices del petitorio (expresado en miles).
V01: N8 556 E366; V02: N8 555 E366; V03: N8 555 E365; V04: N8 556 E365
2.- UBICACIÓN DEL PETITORIO
Distrito Nuevo Imperial, Provincia Cañete, Departamento Lima;
Nombre y Número de Hoja de la Carta Nacional: Chincha 27-k; Zona: 18.
3.- DATOS DEL TITULAR
Nombre: Eulalio Milquiades Gutiérrez Godoy. Domicilio: Jr. Calle 7 Mz. H1 Lt. 6; Urb. 9 de Octubre; Distrito: San Juan de Lurigancho; Provincia: Lima; Departamento: Lima.
Lima, 27 de Junio del 2008.
Angel Chávez Mendoza
Director de la Dirección de Concesiones Mineras
Instituto Geológico Minero y Metalúrgico.

14 julio 2008

CAOS EN LA PROVINCIA...
Escribe: César Calagua Gutiérrez

Nuestra provincia pareciera que se encuentra en un caos tremendo que involucra a las autoridades locales y algunas empresas dependientes de la misma que se encuentran en uno de sus peores momentos, como es el caso de EMAPACSA que viene de problema en problema, perjudicando a la población, sin que al parecer nadie se percate de lo que viene sucediendo.
En estas últimas semanas hemos podido ver como los accionistas y los miembros del directorio de esta empresa han hecho notar la precariedad de la misma que no se preocupan por mejorar y mucho menos por brindar un servicio a la colectividad, porque quienes dirigen esta empresa no tienen la menor preocupación y mucho menos les importa si avanzan o retroceden.
Por otro lado, la casi totalidad de municipios vienen siendo criticados por los damnificados por el terremoto, quejándose de la deficiente labor que vienen realizando los alcaldes o sus comisiones que tienen que ver con la certificación y poder acogerse a un bono de S/. 6,000.00 que tanta falta les hace a estas personas que siguen viviendo en carpas, con esteras, con plásticos, etc.
Lo mismo sucede con la oficina de registros públicos que, a decir de los alcaldes es la única responsable en la demora de emitir la relación de los que tienen derecho a ser beneficiados con este aporte del gobierno para los damnificados del sur del país.
También los municipios se ven envueltos en el problema de las obras prioritarias o no que se vienen realizando o faltan realizar en beneficio de la población, porque se quieren amparar en el presupuesto de FORSUR, para realizar las obras que deben ejecutar con el dinero del municipio, entonces la pregunta es: ¿si las obras de desarrollo las debe ejecutar el FORSUR, que hará el municipio con los ingresos que tiene y donde se encuentran presupuestadas las obras con antelación?.
¿Si todo lo va a hacer FORSUR que harán los municipios, gastarse el dinero en cosas superfluas o algo por el estilo?. Creemos que es el momento de cambiar, es necesario que los alcaldes piensen para que fueron elegidos, que cambien a sus trabajadores de confianza, que se den cuenta que no avanzan, que son criticados con razón y que la población necesita ser escuchada por sus autoridades.
El transporte es un caos, los servicios básicos son deficientes, el ornato da pena con banderolas por todos lados, paredes empapeladas y pintarrajeadas por doquier sin tener en consideración la propiedad privada que hace esfuerzos por mantener sus fachadas limpias y que son mal utilizadas por propios y extraños.
Nuestros municipios deben preocuparse un poco más en la labor que viene desarrollando, deben mirar más allá de sus narices, deben buscar personas que los orienten y les hagan ver las cosas realmente como son, deben dejar de lado a quienes les pintan y cuentan maravillas al oído, porque están rodeados de ficción y nada más, no todos deben ser fotos, avisos radiales, gigantografías con gran pompa y reiterativamente con el nombre de los alcaldes, a quienes todos conocemos y la población sabe que las obras que se hacen en sus distrito, son realizadas por su municipio y no es necesario poner el nombre del acalde en cada esquina. Esperamos
MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS EN EL PROCESO CIVIL...
Por Víctor Tomás Quispe Campos

El conflicto de intereses ha existido siempre, desde los inicios de la humanidad, es así, que surgido un conflicto de intereses era resuelto por la imposición de la fuerza, conocida también por la doctrina como Acción Directa, que se caracteriza por la ausencia de terceros para resolver el conflicto de intereses.
Con la evolución de la humanidad llegamos a la etapa moderna, en donde el Estado se apodera de la facultad sancionadora; es decir, se prohíbe la justicia por propia mano, llegando a tipificarse como delito esa conducta.
Pero existen ocasiones en que el Estado no llega o no puede llegar oportunamente con su poder de jurisdicción (administrar justicia), entonces reconoce como solución, pero en forma excepcional, la solución del conflicto imponiendo la fuerza y con ausencia de terceros como por ejemplo: la legítima defensa y la defensa posesoria, etc.
Una de las formas de resolver conflicto de intereses, consiste en que las propias partes resuelven su problema (Autocomposición) y también con la ausencia de un tercero para resolver el conflicto de intereses. Por ejemplo: el desistimiento, que consiste en que el pretensor renuncie al conflicto sacrificando su propio interés; el allanamiento en que el demandado reconoce la pretensión de su atacante. Estas dos formas de resolver el conflicto de intereses pueden darse dentro del proceso. Pero también la Autocomposición se puede darse fuera del proceso como el caso de la transacción, que se deriva de acuerdo entre ambas partes, las mismas que mediante concesiones recíprocas ponen fin a sus conflictos de intereses.
En la Heterocomposición, quien resuelve la controversia es el tercero, el Juez quien representa al Estado en su función jurisdiccional, cuya característica es el sometimiento a un tercero para resolver el conflicto, y por lo tanto aceptar su decisión. Con la Heterocomposición nace el derecho de acción que tiene todo sujeto de derecho de recurrir al órgano jurisdiccional pidiendo tutela jurídica efectiva, para que el Estado, a través del Poder Judicial, resuelva el conflicto de interés mediante el proceso.
Un proceso normalmente termina con la expedición de la sentencia que pone fin a la instancia o al proceso; sin embargo, existen otras formas extraordinarias de terminación de un proceso, ya sea por acto procesal unilateral o bilateral voluntario que interrumpe el desarrollo normal del proceso. Estas formas extraordinarias de conclusión del proceso son: La conciliación, el allanamiento y reconocimiento, la transacción judicial, el desistimiento y el abandono o perención de la instancia.
La existencia de un gran número de litigios en los que la sociedad se ve inmersa y, ante la posibilidad de que los particulares en mérito a la autonomía de la voluntad puedan establecer una forma de juzgamiento sustraído de la jurisdicción estatal - ordinaria, podemos afirmar que los métodos alternativos de solución de conflictos, son útiles para la pacífica convivencia de las personas en sociedad.
La importancia de los medios alternativos de solución de conflictos deviene por las ventajas que confieren. Las ventajas están dadas por que los tribunales del Estado no satisfacen la verdadera necesidad de proporcionar una justicia rápida y de lo posible gratuita, por los procedimientos lentos y complicados que permiten que los juicios se alarguen con incidentes y dificultades.
Una intensa divulgación de los medios alternativos de solución de conflictos, y la conformación de una conciencia de resolución de los conflictos, llevarán a una disminución de las desavenencias, y si estas existen la solución estará dada precisamente por la utilización de estos métodos.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
"AÑO DE LAS CUMBRES MUNDIALES EN EL PERU"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2008-MDI

Imperial, 18 de Junio del 2008
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
POR CUANTO:
VISTO.- En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 17 de Junio del 2008; se contempló Otorgar la Autorización y Permiso de Operación a nuevas Empresas de Transporte de Vehículos Menores, presentado por la Unidad de Transporte de la Municipalidad Distrital de Imperial;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización en su articulo 194º estipula que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y el articulo 195º numeral 5) precisa que las municipalidades tienen competencias para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad;
Que, por mandato del Artículo 200° numeral 4) de la Constitución Política del Estado, las ordenanzas municipales tienen rango de ley, y son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa, conforme lo dispone el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;
Que, el Artículo 81° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 establece que las municipalidades distritales, en materia de tránsito, vialidad y transporte público, ejercen, entre otros, la función específica compartida de otorgar la AUTORIZACIÓN Y PERMISO DE CIRCULACIÓN, nuevas Empresas de vehículos menores y demás, de acuerdo con lo establecido en la regulación provincial; las cuales deberán estar legalmente constituidas e inscrita en los Registros Públicos;
Que, siendo responsabilidad de la Municipalidad Distrital de Imperial, el ordenamiento del tránsito de vehículos menores en la jurisdicción, se realizo un estudio técnico de campo por los Inspectores de Transporte (Informe Nº 028–2008–RGR), en el cual se observa que en el Distrito de Imperial existen alrededor de 1600 vehículos menores (mototaxis), en el Parque Automotor;
Que, actualmente existen 2 Asociaciones y 9 Empresas de Vehículos Menores (mototaxis), inscritas en esta comuna, las cuales han sido analizadas después de la Inspección Visual 2008, y a través del INFORME Nº 001–2008 emitido por los Inspectores encargados de la Inspección Visual, se llego a la conclusión, que estas Empresas y/o Asociaciones no cumplen con la debida regulación y administración, por tener gran numero de socios, locatario y/o inquilinos, generando desorden y caos, sin respetar las normas o disposiciones;
Que, siendo deber de la Municipalidad Distrital de Imperial garantizar que el servicio de transporte público de pasajeros urbano en vehículos menores sea dado en condiciones de calidad y eficiencia, cautelando que los prestadores del servicio organizados en asociaciones, comités y empresas de vehículos menores (mototaxis) cuenten con la autorización municipal y el permiso de operatividad vigentes, garantizando así que sus unidades operen bajo condiciones óptimas de seguridad, se ha visto por conveniente otorgar la Autorización y Permiso de Circulación a 20 Nuevas Empresas debidamente constituidas;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 004–2004–MDI se aprobó el Reglamento para la prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores (Mototaxi) del Distrito de Imperial – Cañete estableciendo en su Art. 12° el período de tres (03) años de vigencia del Permiso de Operación, luego de cumplido los requisitos establecidos por la Municipalidad Distrital de Imperial y la renovación se efectuará en períodos iguales y siempre que se soliciten con anticipación no menor de 30 días hábiles a su vencimiento; plazo que fue ampliado mediante Ordenanza N° 004–2006–MDI, publicado el 29 de septiembre de 2006, por el plazo de diez (10) días hábiles a partir de la fecha de publicación de la referida norma, teniéndose por no presentado en caso de incumplimiento; en el mismo sentido se aprobó el proceso de adecuación a que se refiere la Primera Disposición Complementaria de la referida Ordenanza Municipal;
Que, el legislador municipal, al proceder a la ampliación del plazo actuó con certeza al comprobarse que diversas empresas no se habían acogido a la Ordenanza Municipal, por diversas razones; sin embargo el plazo otorgado de diez (10) días resulta exiguo para que estas empresas tomen conocimiento a través de una amplia campaña publicitaria y reúnan los exigentes requisitos a que se refiere el Artículo 16° de la Ordenanza N° 004–2004–MDI, lo que ha originado que a la fecha algunas empresas continúen operando sin las autorizaciones correspondientes, aún cuando hayan cumplido con las normas contenidas en el Reglamento invocado;
Que, bajo este contexto, es necesario la aplicación de los principios generales del derecho, entre ellos el principio de eficacia preventiva que significa que siempre que exista una posibilidad de evitar que alguien cometa una falta o un delito, o que vuelva a cometerlo, la ley y la justicia deben explotar esa posibilidad, y no otra; siendo en el presente caso una necesidad imperiosa lograr el efecto que se desea o se espera de la Ordenanza Municipal N° 004–2004–MDI, esto es, contar con empresas de transporte en vehículos menores cuya actividad permite la movilización, en rutas cortas, de un importante sector de la población, bajo condiciones de seguridad y permanente control, eliminándose de la mera tramitación los defectos de que adolezca, entre ellos la presentación fuera de los plazos establecidos, ordenando que se subsanen por el interesado, a fin de evitar nulidades de las autorizaciones; vale decir, privilegiar el objetivo de la norma municipal, antes que las formas;
Estando en concordancia con la Ley Nº 27189 Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehículos Menores y de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 el Concejo Municipal Distrital de Imperial, por mayoría aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
ARTICULO 1°.- AUTORIZAR, la inscripción de 20 Nuevas Empresas de Vehículos Menores (Mototaxi), las cuales deberán tener como mínimo 20 socios y como máximo 40 socios.
ARTICULO 2°.- Las Empresas y/o Asociaciones formalizadas, que se encuentran inscritas en este Municipio que superen las 40 unidades, no podrán inscribir nuevas unidades, ni realizar sustituciones. Solo podrán realizar sustituciones presentando su correspondiente carta de baja e inscripciones, cuando se trate de completar la suma autorizada de 40 unidades.
ARTICULO 3º.- Toda Empresa de Vehículo Menor (mototaxis), que solicite su inscripción, será revisado su expediente y analizado por una Comisión Interna, que designe el Alcalde bajo una Resolución de Alcaldía.
ARTICULO 4º.- A las Nuevas Empresas, se les otorgara paraderos, previo estudio técnico, por el Departamento de Transporte , previa coordinación con la Gerencia de Transporte de la M.P.C. y en base a la Ordenanza Nº 020–2004–MPC.
ARTICULO 5º.- Se otorga 60 días hábiles de plazo, para la presentación de los expedientes, solicitando la inscripción, dicha vigencia corre a partir de la publicación de la presente Ordenanza. ARTICULO 6°.- DEJAR sin efecto las disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza.
ARTICULO 7º .- Esta Ordenanza entra en vigencia a partir de su publicación.
POR TANTO:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA
RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
Alcalde
JUDICIALES

EDICTOS
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2006-0164, a MARIO DAVID FUENTES GUERRA, JUAN FELIPE LOLI DEL RIO Y OFELIA LUYO SUAREZ; declarado REO CONTUMAZ, para LECTURA DE SENTENCIA, Día: 18/07/2008, a horas: 11:30 AM., bajo apercibimiento de ordenarse su ubicación y captura, Delito: ASOCIACION ILICITA PARA DILINQUIR Y OTROS; agraviado: CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE CHINCHA. Cañete 01/07/2008.
Secretario: Castillo

EDICTOS
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0838, a TOMAS EDWINNG SOTO RAMOS, Delito: VIOLACION SEXUAL EN INCAPACIDAD DE RESISTENCIA; agraviado: M.A.F.N. Cañete, 04/07/2008.
Secretario: Vivas

EDICTOS
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2008-0009, a WILLIAM MIRARDO VEDIA GUILLEN, Delito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR; agraviado: menor hija JACKELINE LOREANA VEDIA RENOJO. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2007-0566, a JESUS ANTONIO HUARACA LEVANO, Delito: ROBO AGRAVADO; agraviado: de la menor de iniciales D.L.F.R. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2004-0983, a EDUARDO ALEXANDER RAMIREZ RESURRECCION, Delito: CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR; agraviado: APDAYC. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2006-0857, a JOAO ALBERTO ORE BIONDI, JOHNNTANN RINO ORE BIONDI Y ROBERTO ANGEL CUBILLAS QUIROZ, Delito: ROBO AGRAVADO; agraviado: DANIEL CARBAJAL VIRRUETA. Cañete, 27/06/2008.
Secretario: Ferrer

RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete: CESAR CUBILLAS BARRAZA, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, se ha consignado por error el nombre de su madre, como: BERTHA BARRAZA MENES; debiendo ser correctamente como: LEANDRA PROCOPIA BARRAZA MENES. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 08 de Julio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete

EDICTOS
EXP. 2006–0595, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 21/06/2006: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra HERMÓGENES CHUQUIPUY SAUÑE en agravio de Kevin Arnold Chuquipuy Challco, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN ONCE, Cañete 25/06/2008 emplácese con edictos al demandado a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL. Cañete 25/06/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén.
14, 15 y 16 de Julio

EDICTO
EXP. 2007–0837, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 06/12/2007: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra LUZ GUERRA LEVANO Y HERMES EDGARDO SOTELO YATACO en agravio de Jhordan Smith Huallpa Guerra, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN SEIS, Cañete 01/07/2008 emplácese con edictos al demandado HERMES EDGARDO SOTELO YATACO a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. Cañete 01/07/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén. 14, 15 y 16 de Julio

EDICTO
EXP. 2008-0098; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 31/01/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra JOSÉ SIMÓN FLORES RODRIGUEZ sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente HAYDEE VICTORIA QUISPE GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN SEIS, fecha 20/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio

EDICTO
EXP. 2008-0335; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 12/05/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra ISRAEL CRISTOPHER CUENCA SOTO sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente VALENTINA ELIANA YUPAN GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN TRES, Cañete, 26/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 2004-00447-0-0801-JR-CI-1 seguido por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. (antes Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete S.A.A.) contra HERMEN GREGORIO GOMEZ VILLAR Y ELSA CASTILLO ESPINOZA DE GOMEZ sobre ejecución de garantías reales, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzales Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Av. Ramos Nº 447 (antes Nº 487) Distrito de Imperial, Provincia de Cañete y Departamento de Lima; cuyo dominio, área y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
TASACIÓN: US$. 36,212.92 (treinta y seis mil doscientos doce con 92/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 24,141.94 (veinticuatro mil ciento cuarenta y uno con 94/ 100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1) Primera y Preferencial Hipoteca a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de US $ 20,000.00 (veinte mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana).
LUGAR DE REMATE: En el local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando a la tasa judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de expediente y número de DNI en original y copia, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005- JUS y están afectos al IGV Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez - Secretaria Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 11 al 17 de Julio.

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 189-2003 seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra MAXIMO FAUSTO ALARCON ROMAN Y DEMETRIA DELIA LOPEZ DE ALARCON sobre ejecución de garantías, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Jirón Puno Nº 154 distrito de Mala, provincia de Cañete del departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral Nº 21003701 del Registro de Predios de Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao.
TASACIÓN: US$. 49,028.65 (cuarenta y nueve mil veintiocho con 65/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 32,685.76 (treinta y dos mil seiscientos ochenta y cinco con 76/100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: Hipoteca hasta por la suma de US$. 49,028.65 Dólares Americanos a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU inscrita en el asiento D00001 de la partida registral Nº 21003701 del Registro de Predios de Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008, a las 09:00 a.m. (nueve de la mañana).
LUGAR DE REMATE: Local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando DNI en original con copia y tasa judicial en original con copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de Expediente y número de DNI, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal, Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete.
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil Cañete
Publicar: Del 07 al 14 de Julio del 2008.

12 julio 2008

VAMOS A LEER...
Autor: José Luís De la Cruz Aréstegui

Algunos, desde niños hemos sentido pasión por la lectura. Recordar las horas pasadas viviendo las aventuras de piratas, agentes secretos, caballeros y princesas como las más hermosas de la infancia. Llevando un mundo secreto, lleno de personajes que los libros presentan y a los que otorgábamos estilo, vestimenta y señas particulares al antojo. ¡Cuántas aventuras compartidas y recreadas con los amigos!. Las historias que habíamos leído se ramificaban en nuestros juegos incorporando nuevos personajes, distintos finales, más fantasía. En las tardes de campo reunirse a contar los cuentos más inverosímiles que escribíamos para tales ocasiones.
Si les escribo de mi, pues diré que, al ir creciendo seguí amando los buenos relatos a los que fui sumando otros géneros: poesía, ensayo, ciencia... El arduo trabajo de contrastar ideas, comparar autores, leer entre líneas, se tornó un maravilloso desafío y un modo fascinante de conocer el mundo. No sólo leía el material obligatorio para la escuela: leer era ya una parte infaltable de mi vida cotidiana.
Creo que he sido muy afortunado pues este amor por los libros lo heredé de mi familia. Mis padres, tíos y abuelos supieron transmitirme la afición y el respeto por el arte de leer. Ellos mismos hablaban con ilusión de alguna obra que les había impresionado en especial. Para mis cumpleaños y las fiestas no faltaban libros entre mis regalos. El camino iniciado en el seno familiar se fue ampliando en el colegio y en mis estudios posteriores. Tuve la suerte de encontrar docentes que siguieron alimentando mi amistad con los libros. Ellos me enseñaron a interpretar textos, a descubrir su forma y apreciar aún más su contenido. De verdad tuve mucha suerte. Esa que les falta hoy a tantos niños y adultos que no abren un libro si no es por obligación. Y cuando es por obligación, leer se les hace un trabajo harto penoso.
Quien me esté leyendo pensará que he nacido en el Renacimiento, pero no, soy profesor, y nací en esta edad moderna. Cuando nací ya existían el cine y la televisión, y los he disfrutado desde siempre, cada vez que han ofrecido espectáculos e información de calidad. Pero hay que reconocer que la imagen servida en bandeja a veces priva a la imaginación de su imprescindible vuelo.
Recuerdo una reflexión de un sabio escritor peruano, que decía ¿Cómo mirar a la luna? , pues éste alienta a padres y educadores a presentar la lectura ante los ojos del niño apelando a sus emociones, para que los jóvenes se enamoren de la lectura y descubran el riquísimo universo que ella alberga. Si los niños no leen no es porque aborrezcan la lectura: es porque no se les ha mostrado el camino hasta ella; un camino que no es fácil y que por eso mismo guarda un valor enorme: el del afecto por aquello que se ha conseguido con esfuerzo.
Leamos amigos, al leer nuestra imaginación será más prolífica y las ideas vendrán por doquier para así contribuir con nuestras opiniones en nuestro entorno especialmente, en cañete que tanto nos necesita.
¡FELICITACIONES! a la profesora Rossana Peña Huapaya por ser una de las ganadoras en el Concurso Público de Nombramiento de Docentes, organizado por el Ministerio de Educación.
Como se sabe, en este año, más de 189 mil profesores, de todo el país, participaron en mencionado concurso, de los cuales aproximadamente sólo 3 mil profesores aprobaron las dos etapas.
En nuestro distrito la profesora Rossana Peña Huapaya, después de someterse a la exigente evaluación nacional de conocimientos, de capacidad didáctica, clase modelo, entrevista personal, formación profesional, producción intelectual y experiencia laboral ha cubierto la plaza orgánica de nombramiento en la Institución Educativa de Acción Conjunta “Apóstol San Pedro”, según el Reglamento de la Ley Nº 28649 y Decreto Supremo Nº 027-2007-ED.
Sus familiares, amigos y alumnos le desean muchas felicidades por su flamante logro y por ser la profesora más joven de nuestra provincia de Cañete que ha logrado nombrarse
SUB REGION CAÑETE, YAUYOS, HUAROCHIRI…¿COMPROMISO QUE YA PASO AL OLVIDO?
Presidente Regional Nelson Chui, al mismo estilo que su antecesor, ahora promueve oficina de enlace en Lima

Por. Eladio Quispe Muchotrigo

Cañete, Huarochirí y Yauyos, conocidas como las provincias cenicientas de la región Lima, no solamente han permanecido postergadas por la inoperancia de las autoridades del gobierno central y regional, sino peor aún, por la indiferencia de las propias autoridades, quienes parece ser que ya se han olvidado que en tiempo pre electoral cautivaron el voto electoral a través de un ofrecimiento claro, rotundo y concreto. Sacar del olvido a las también llamadas provincias de “sur de la región”.
El tiempo ha pasado y tristemente nos está dando la razón, aunque ojalá aún tengamos el tiempo para equivocarnos. Hoy al cierre de nuestra edición con sincera amargura en la boca, hojeo en mis manos nuestra edición Nº 40 correspondiente al mes de enero 2007, donde henchidos de orgullo, esperanza y felicidad titulábamos nuestra primera página, (cuya copia hoy acompaña este artículo) “SUB REGION CAÑETE, YAUYOS HUAROCHIRI SERA REALIDAD”.
Era el inicio de una gestión al frente del Gobierno Regional de Lima que lideraba Nelson Chui Mejía y los sueños, ojalá no de opio, y las esperanzas de tres provincias hermanas y unidas por la indiferencia y el olvido, esperaban con ansia. Ese titular recogía el ofrecimiento político y el discurso trillado que enarbolaba Chui Mejía y su gente, la misma oferta que le permitió recoger votos a favor de muchos ciudadanos y estamos seguros llegar a donde hoy se encuentra.
SE DIJO QUE COMISION TRABAJABA DESDE EPOCA PRE ELECTORAL…
Hemos sido consecuentes con muchas acciones en bien de nuestros pueblos, pero no podemos ser tolerantes ante tamaña mentira que puede haber servido para engatusar mentes y conciencias, pero no para mancillar la dignidad de tres provincias, históricas y heroicas.
“Ya se formó una comisión porque es una de las prioridades que hemos dado, inclusive ya tenemos el local del Ministerio de Agricultura, que se va a arreglar en un sector para que allí funcione y así evitaremos costos porque definitivamente el local de la Plaza de Armas genera gastos. Lo importante es que estamos avanzando”.
Estas fueron textualmente las palabras pronunciadas por el hoy presidente regional limeño. Había una supuesta comisión trabajando en el tema, y consideramos que las cosas iban por buen camino, porque muchos consideramos que había llegado el tiempo del cambio, luego de un cuestionado trabajo del antecesor de Chui. Ya se tenía inclusive local, pero lamentablemente la infraestructura de Agricultura sirvió para trasladar la oficina de coordinación de la Plaza de Armas de la capital de Cañete, hacia un ambiente más cercano a la panamericana sur. Allí no existiría ni la intención, mucho menos los cimientos de la sede de una Sub Región.
DE SUB REGION A DIRECCION REGIONAL…
Recordamos, que lo primero que se nos dijo del ilusionado proyecto de la Sub Región, era que el tema lo estaba manejando directamente el propio vicepresidente regional Dr. Luís Custodio Calderón, aquel que estamos seguros logró mayoritarios votos en las provincias de Yauyos y Cañete, por su entornillada labor como Director Ejecutivo del Sector Salud en estas dos provincias y que de seguro ahora estos hermanos limeños le exigen honrar la palabra empeñada.
No hace muchos meses, el propio consejero Cañetano Ing. José Mosto Fonseca, en una entrevista, nos comunicaba que el tema ya no de Sub Región sino de la posible Gerencia Sub Regional estaba siendo analizado por los funcionarios ejecutivos del Gobierno Regional de Lima, porque ese era un tema que les competía directamente. Lo cierto es que hasta hoy no se sabe nada del tema, y parece que nadie quiere hablar del mismo. Hasta el folklórico consejero Yauyino, el hoy sentenciado Ulises Rodríguez Lázaro del mismo partido que el presidente regional, ha sabido decir que las autoridades de Huarochirí habrían dado la voz discordante en el tema, porque en el hipotético caso que esta “pesadilla”, perdón, sueño de la primigenia Sub Región y posterior Gerencia Sub Regional se logre concretar, ellos se sentían con derecho a ser la posible sede.
AHORA SOLO OFICINA DE ENLACE EN LIMA…
Pero, tristemente para nuestro asombro, en el mes de mayo de este año, nos llega una nota de prensa donde se hace de conocimiento público que en Gobierno Regional de Lima pondría en Funcionamiento Oficina de Coordinación en la Ciudad de Lima…Acaso no se había cuestionado al ex presidente regional por tener una Oficina de Coordinación en Lima, cuando su trabajo debería centralizar en la capital regional, en este caso Huacho?.
Señala textualmente dicha información oficial (Nota de Prensa Nº 244-2008)…”La autoridad regional informó que se trata de un edificio de seis pisos, de los cuales cuatro serán ocupados por el Gobierno Regional de Lima. En tres pisos, funcionarán oficinas administrativas y el laboratorio de la Dirección Regional de Salud (DIRESA). En este lugar-agregó- se atenderá a personas que provienen de Canta, Huarochirí y del sur de la Región Lima”.
A buen entendedor, pocas palabras, con ello queda claramente entendido que en esta oficina se daría atención a todos los trámites de personas, instituciones inclusive autoridades de las provincias de Canta, Huarochirí, Cañete y Yauyos (llamadas sur de la región). Siendo así el anuncio oficial, entonces nos preguntamos, qué interés podría tener a partir de este anuncio la creación de la Sub Región o Dirección Regional Cañete, Yauyos, Huarochirí en el manejo del tema descentralizador dentro del propio Gobierno Regional de Lima?
Seguramente que algunas voces indicarán que esta oficina de enlace, (antes Mufarech la llamó de coordinación) no representa ningún costo para el Gobierno Regional de Lima por ser un local incautado; pero los servicios, material de oficina, escritorio y sueldo del personal que trabajará acaso no saldrán de las arcas regionales. O es que creen ustedes que nos vamos a comer el cuento de que allí solo trabajarán dos personas?
INQUILINOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA CAMBIAN DE BARRIO…
Con todas estas situaciones, solo nos atrevemos a señalar que habríamos sido vilmente engañados con el sueño de la creación de la Sub Región o llámele si quiere Gerencia Sub Regional Cañete, Yauyos, Huarochirí. Esto quedaría confirmado con lo escrito en los últimos reglones de esa famosa nota de prensa 244, que a la letra dice…”las mencionadas oficinas empezarán a funcionar a partir de julio próximo. Indicó (Chui) que un día a la semana atenderá a los alcaldes o autoridades que lo requieran de tal manera-dijo- que tanto los pobladores del centro como del sur de la Región de Lima no tengan que ir hasta Huacho a realizar una gestión sino efectuarla en Lima”.
Acaso no es mejor centralizar el trabajo de las llamadas provincias del sur con la creación de una Sub Región, con capacidad de atención y solución de los problemas que existen en estos pueblos antes que seguir con la vieja cantaleta de las hoy nuevamente famosas “oficinas de Coordinación en Lima Metropolitana” donde el radio de acción de nuestro Gobierno Regional es nulo. ..Señores no queremos pensar que el caviar de San Isidro ahora se va a convertir en un buen cebiche con bastante leche de tigre de Lince.
ROSSANA PEÑA HUAPAYA GANO UNICA PLAZA VACANTE EN EL DISTRITO DE MALA...
El Otro docente maleño que aprobó evaluación, Jesús Larquernaqué Chumpitaz ganó plaza vacante en Ate - Vitarte...

Como se sabe, en este año, más de 189 mil profesores, de todo el país, participaron en el Concurso Público de Nombramiento de Docentes, organizado por el Ministerio de Educación, de los cuales sólo 151 obtuvieron la nota aprobatoria de 14 a más, en tanto que 8 mil 593 obtuvieron entre 11 y 13.9 como nota, teniendo que pasar a la evaluación excepcional del 1 de junio.
En nuestro distrito el profesor Jesús Lequernaqué Chumpitaz estuvo dentro de los 151 maestros, y entre los que pasaron a la evaluación excepcional del 1 de junio fueron cuatro profesores maleños Rossana Peña Huapaya, Angélica Vega Legua, Milagros Lescano Huapaya y Jeyson Garro Rosas.
Esta evaluación excepcional del 1 de junio del Concurso Público de Nombramiento de Docentes, exigía notas suficientemente altas para demostrar sus capacidades.
De los cinco profesores maleños sólo tres aprobaron la 1º FASE ELIMINATORIA NACIONAL, entre ellos figuran: Jesús Lequernaqué Chumpitaz (en el primer grupo), Rossana Peña Huapaya y Jeyson Garro Rosas (en el segundo grupo). Estos tres profesores maleños se sometieron a la 2º FASE DE SELECCIÓN REGIONAL para cubrir las plazas orgánicas de nombramiento en la Instituciones Educativas.
(En la UGEL Nº 08 Cañete, la única plaza vacante en el distrito de Mala era en la Institución Educativa de Acción Conjunta “Apóstol San Pedro” en el nivel primaria.)
De los tres profesores maleños que aprobaron la 1º etapa, sólo dos salieron victoriosos en la 2º etapa:
El profesor Jesús Lequernaqué Chumpitaz, quien ganó la plaza orgánica de nombramiento en la Institución Educativa de Varones del distrito de Ate Vitarte.
La profesora Rossana Peña Huapaya, quien ganó la plaza orgánica de nombramiento en la Institución Educativa de Acción Conjunta “Apóstol San Pedro” del distrito de Mala, UGEL Nº 08 - CAÑETE

ACOTACIÓN:
El profesor Jesús Lequernaqué no es el único que ganó el concurso, fueron dos los maleños, la diferencia está en la fecha de aprobar la 1º Etapa (uno el 9 de marzo y la otra el 1 de junio) y en el lugar que se desarrolló la 2º Etapa (uno en Ate Vitarte y la otra en Mala).
Triste final de una joven extrovertida.
LUIS QUISPE CAMA PRESENTA SU NUEVO LIBRO..."CAROCHA”


IMPERIAL.- El autodidacta cañetano Luis Quispe Cama, anunció presentar su nuevo libro “Carocha”, relato que trata sobre el triste final de una joven extrovertida, cuya muerte le llega tempranamente a consecuencia de una penosa enfermedad.
Luis Quispe, anunció que su obra lo presentará dentro de las celebraciones del 452 aniversario de la fundación de la “Villa de Santa María de Cañete”, en el auditórium “Jesús Garro Muñante”.
Luis Quispe, ya hizo de conocimiento tanto a la regidorA Liliana Torres Castillo en su condición de presidenta de la Comisión Semana de Cañete – 2008 y el alcalde provincial, Javier Alvarado Gonzáles del Valle.
“Es un nuevo trabajo que encarna parte de mi vivencia. Espero pueda ser acogida por la población”, expresó muy emocionado Luis Quispe, quien el año pasado presentó su primer libro “Grata Flor de María” con sumo éxito.
JUDICIALES

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 2004-00447-0-0801-JR-CI-1 seguido por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. (antes Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete S.A.A.) contra HERMEN GREGORIO GOMEZ VILLAR Y ELSA CASTILLO ESPINOZA DE GOMEZ sobre ejecución de garantías reales, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzales Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Av. Ramos Nº 447 (antes Nº 487) Distrito de Imperial, Provincia de Cañete y Departamento de Lima; cuyo dominio, área y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
TASACIÓN: US$. 36,212.92 (treinta y seis mil doscientos doce con 92/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 24,141.94 (veinticuatro mil ciento cuarenta y uno con 94/ 100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1) Primera y Preferencial Hipoteca a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de US $ 20,000.00 (veinte mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana).
LUGAR DE REMATE: En el local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando a la tasa judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de expediente y número de DNI en original y copia, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005- JUS y están afectos al IGV Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez - Secretaria Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 11 al 17 de Julio.
JUDICIALES

RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete: CESAR CUBILLAS BARRAZA, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, se ha consignado por error el nombre de su madre, como: BERTHA BARRAZA MENES; debiendo ser correctamente como: LEANDRA PROCOPIA BARRAZA MENES. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 08 de Julio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete

EDICTOS
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2006-0164, a MARIO DAVID FUENTES GUERRA, JUAN FELIPE LOLI DEL RIO Y OFELIA LUYO SUAREZ; declarado REO CONTUMAZ, para LECTURA DE SENTENCIA, Día: 18/07/2008, a horas: 11:30 AM., bajo apercibimiento de ordenarse su ubicación y captura, Delito: ASOCIACION ILICITA PARA DILINQUIR Y OTROS; agraviado: CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE CHINCHA. Cañete 01/07/2008.
Secretario: Castillo

EDICTOS
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0838, a TOMAS EDWINNG SOTO RAMOS, Delito: VIOLACION SEXUAL EN INCAPACIDAD DE RESISTENCIA; agraviado: M.A.F.N. Cañete, 04/07/2008.
Secretario: Vivas

EDICTOS
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2008-0009, a WILLIAM MIRARDO VEDIA GUILLEN, Delito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR; agraviado: menor hija JACKELINE LOREANA VEDIA RENOJO. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2007-0566, a JESUS ANTONIO HUARACA LEVANO, Delito: ROBO AGRAVADO; agraviado: de la menor de iniciales D.L.F.R. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2004-0983, a EDUARDO ALEXANDER RAMIREZ RESURRECCION, Delito: CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR; agraviado: APDAYC. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2006-0857, a JOAO ALBERTO ORE BIONDI, JOHNNTANN RINO ORE BIONDI Y ROBERTO ANGEL CUBILLAS QUIROZ, Delito: ROBO AGRAVADO; agraviado: DANIEL CARBAJAL VIRRUETA. Cañete, 27/06/2008.
Secretario: Ferrer

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que don WILLIAMS ADOLFO URCIA CASAS, de 32 años, natural de San Vicente, de ocupación empleado, con DNI Nº 15428875, domiciliado en Urb. Libertad Mz. I Lote 11 – San Vicente; y doña JOVANA MARGARITA FERNÁNDEZ RUIZ, de 23 años, natural de Tomas – Yauyos, con DNI 43000559, de ocupación Estud. Sup., domiciliada en Urb. San José Mz. I Lote 21 – San Vicente; van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el Sábado 02 de Agosto del 2008. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Vicente de Cañete, 10 de Julio del 2008.
División de Registro del Estado Civil
Ofelia Lévano Carrillo
Jefe

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251 – cc
Se hace saber que don Manoel Dos Santos Félix Canchari, de 31 años de edad, natural de Chincha – Ica, de ocupación Ing. Mecánico, con DNI Nº 10798253, domiciliado en Jr. José Gálvez Nº 107 – San Vicente, y doña Katia Gloria Canales Coello, de 30 años, natural de Jesús María – Lima, con DNI Nº 15450324, de ocupación contador, domiciliada en Urb. Libertad Mz. “A”, Lote 20, San Vicente, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el sábado 02 de Agosto del 2008.
Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley.
San Vicente de Cañete, 11 de Julio del 2008.
Ofelia Lévano Carrillo
Jefe del RRCC

11 julio 2008

EN MPC PRORROGAN PLAZO DE BENEFICIO TRIBUTARIO...

Mediante Decreto de Alcaldía Nº 08-2008-AL del pasado 26 de junio del año en curso, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete, dispuso la prórroga hasta el 10 de agosto del 2008, en vía de regularización, el Régimen Temporal de Beneficios de Regularización de Deudas Tributarias y no Tributarias en la jurisdicción de San Vicente, dispuesto por la Ordenanza Nº 009-2008-MPC.
Esta medida, se dicta teniendo en cuenta que la actual gestión municipal, reconoce que muchos contribuyentes no han podido acogerse a los beneficios otorgados con anterioridad, por lo cual corresponde brindar a los contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones, sean de naturaleza tributaria y no tributaria, máxime si la situación económica de los vecinos de San Vicente de Cañete, se vio seriamente afectada a consecuencia del sismo del 15 de agosto de 2007, encontrándose abocados en los procesos de reconstrucción y/o rehabilitación de sus viviendas, así como en el saneamiento físico-legal de sus predios.
PERU LNG

Lima, 03 de Julio de 2008.
PERU LNG informa a la población en general que como parte de las actividades requeridas para la construcción de la Planta de Licuefacción ubicada a la altura del kilómetro 170 de la carretera Panamericana Sur, la empresa contratista Stiglich Transportes S.A. transportará, desde el día sábado 05 de julio hasta el día lunes 14 de julio del presente año, equipos sobre dimensionados por la carretera Panamericana Sur desde el Puerto de San Martín en Paracas hasta local de la planta. El Transporte se realizará en horas de la noche para evitar molestias al normal desarrollo de las actividades de su población.
Para ello se han tomado las previsiones de seguridad necesaria y se ha coordinado con las autoridades correspondientes cumpliendo con todos los requerimientos normativos.
Para mayor información favor acercarse a las siguientes oficinas informativas:
Chincha: Calle Pedro Moreno 114, Chincha Alta.
Cañete: Calle Jirón Grau 329, San Vicente de Cañete
PERU LNG agradece su comprensión.
PERU LNG es un proyecto de infraestructura que posicionará al Perú como líder en la industria de gas natural licuado en Sudamérica. Los beneficios generados por PERU LNG serán un gran estímulo de desarrollo y crecimiento para nuestro país.
Atrás, Atrás, Atrás... gobierno incapaz... gritaban gremios sindicales...
"BAUTIZARON" A CGTP - CAÑETE CON BOMBAS LACRIMOGENAS Y VARZOS EN EXITOSO PARO CIVICO...

SAN VICENTE (cl).- ¡Sin duda, fue un día histórico! Los gremios sindicales y organizaciones sociales, salieron a las calles a protestar contra la política neoliberal del régimen aprista, por vez primera, bajo la bandera de la Confederación General de Trabajadores del Perú, CGTP.
Cuando todos pensaban que el paro de 24 horas, convocado por la central de la CGTP, no se iba a sentir en Cañete, sorpresivamente aparecieron trabajadores de Construcción Civil. "Atrás, atrás, atrás… gobierno incapaz", "CGTP, siempre de pie, nunca de rodillas", eran las arengas que lanzaban los trabajadores durante su manifestación.
Las primeras escaramuzas se produjeron en la tercera cuadra de la calle O´Higgins entre trabajadores y efectivos policiales, en vista que los primeros trataron de ganar la Panamericana Sur.
Los efectivos policiales, llegados de Lima, sin medir las consecuencias, comenzaron a lanzar bombas lacrimógenas, causando zozobra y caos en la población. Los trabajadores se dispersaron. Pero, pasado el impase nuevamente se agruparon y comenzaron a lanzar arengas con más fuerza, arengas contra el gobierno actual.
Posteriormente, a pesar que no tenían la autorización de la Gobernación de San Vicente, los manifestantes lograron burlar a la policía y tomaron la plaza de armas de San Vicente.
Ahí, el secretario general de la CGTP, Favio Carbonero, fustigó al régimen de Alan García y pidió el cambio de rumbo de la política económica "orientando y beneficiando a la clase trabajadora".
Hicieron los propio los dirigentes gremiales, José Sánchez (SUTE), Humberto Vidal (Sitramun), Fausta Suárez (Hospital Rezola), Juan Rojas (Agro) entre otros manifestantes.
Pero, lo más anecdótico fue la presencia de Alejandro Vicente Vicente, popular "cien por ciento cañetano", quien fustigó duramente a los alcaldes de Imperial (Richard Yactayo) y Cañete (Javier Alvarado), de quienes señaló que las gestiones no son transparentes. "El pueblo pide balance y cuentas claras", gritó a través de su propio megáfono.
El colega Luís Alberto Tasayco Carbonero, hacía todos los esfuerzos para ganar la primicia y transmitir en vivo todas las incidencias a través del programa de "Collage Noticias" que dirige Carmen Chumpitaz en Radio A -1. Luego los trabajadores procedieron el recorrido por las arterias de San Vicente tratando de tomar en todo momento la Panamericana Sur, pero el cerco policial y la utilización de las bombas lacrimógenas impedían su acceso.
No sabemos cuál ha sido la estrategia sindical, pero sorpresivamente un grupo de manifestantes lograron burlar el cerco policial y aparecieron por el sector de San Luís. Ahí, bloquearon la Panamericana Sur. Los vehículos de carga pesada fueron obligados a parar y cuadrarse en sentido horizontal para bloquear así la vía principal por más de tres horas.
Cuando llegaron los efectivos policiales y trataron de mover los vehículos, se dieron con la sorpresa que las llantas estaban desinfladas y era imposible moverlas.
La Policía logró dispersar a los manifestantes, pero hicieron malabares para desbloquear la pista, abriendo una pequeña vía de acceso para el normal desenvolvimiento de los vehículos.
Los efectivos policiales y los manifestantes se miraban fijamente a un lado de la Panamericana Sur, altura de la ex hacienda Arona. Los relojes marcaban más de la una y procedieron a retirarse de a poco.
Fue una jornada histórica y a la vez temeraria. Los comerciantes prefirieron cerrar sus puertas por el temor a los "infiltrados" que no faltan en estas jornadas de protesta.
Se comentó de algunos heridos y detenidos, noticia que debe ser confirmada por los dirigentes sindicales de la flamante CGTP que se bautizó con "palos y bombas lacrimógenas".
EMAPA CAÑETE FIRMO CONVENIO CON EMPRESA "ULLOA" PARA GUARDAR RESIDUOS SOLIDOS PELIGROSO EN LAGUNA DE OXIDACION DE CHILCA...

SAN VICENTE.- El burgomaestre de la Municipalidad Distrital de Chilca, Pablo Nalda Quiroz, reiteró su acusación contra los directivos de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, EMAPA – Cañete SA, por firmar un convenio con la empresa "Ulloa" para transportar y arrojar los residuos tóxicos a la laguna de oxidación de su jurisdicción.
Nalda hizo esta grave acusación ante el pleno de la Junta de Accionistas de EMAPA – Cañete, durante la reunión llevado a cabo ayer en el salón de sesiones de la Municipalidad Provincial de Cañete.
Pablo Nalda, responsabilizó directamente a la ahora ex gerente de EMAPA – Cañete, María del Carmen Quevedo Cayña y a los miembros del Directorio de esta empresa por firmar y permitir respectivamente la comisión de un delito de "lesa humanidad".
"Hace siete meses se firmó el contrato de prestación de servicios y disposición sanitaria de residuos sólidos entre EMAPA y la empresa Ulloa, entidad que se dedica a transportar residuos sólidos peligrosos y no peligrosos", manifestó.
Pablo Nalda, dijo que se percató del hecho cuando dos vecinos le alertaron que estaban vaciando residuos tóxicos en la laguna de oxidación, en horas de madrugada. "Yo pensé que EMAPA – Cañete, nos enviaba los residuos sólidos para mejorar nuestra laguna de oxidación. Pero, resulta que un olor intenso de ácido, hizo que me despertaran a las tres de la madrugada y con la Policía comprobamos el hecho", manifestó.
Pablo Nalda, mostrando el documento policial al pleno de la Junta de Accionistas de EMAPA – Cañete, dijo que los encargados de la empresa le dijo que arrojaban a la laguna de oxidación de Chilca residuos sólidos peligrosos.
Manifestó que en su momento conversó con la Gerente de EMAPA – Cañete, María Del Carmen Quevedo Cayña, y le respondió que los residuos sólidos no eran peligrosos.
"Si no son peligrosos, ¿Por qué no lo ponen en cualquier otro lugar?, Pero, ¿Por qué allí?, ¿Por qué a las tres de la madrugada?, ¿por qué no avisan?. ¿Cuántos tanques se han vaciado, ahí?", se preguntó.
En tono irónico dijo que en Chilca es el único lugar en el país donde se pueden guardar los residuos sólidos peligrosos, sin contar con el permiso o la autorización gubernamental.
Aclaró que su presencia, no era con el ánimo de perjudicar a la gerente o los directivos de EMAPA – Cañete, sino actuar con la verdad; y prueba de ello ni siquiera hará la denuncia ante las instancias judiciales.
"Sólo queremos que la empresa Ulloa se retire de Chilca y nada más", expresó Nalda Quiroz, quien recibió la solidaridad del pleno de los alcaldes accionistas.
DESMIENTE COMUNICADO…
Por otro lado, refiriéndose al comunicado que emitió EMAPA – Cañete, expresó que los miembros del directorio y la gerenta no tienen conocimiento en lo absoluto de los hechos que se suscitan en Chilca.
"No, nos ayudan en lo absoluto, en nada. No tienen una miserable idea de lo que se trata, no saben nada. No tienen idea de nada", dijo Nalda al ser abordado por los hombres de prensa.
Puso como ejemplo el caso del proyecto integral de instalación del sistema de agua potable y alcantarillado en los asentamientos humanos de 15 de Enero y Olf Palme con el apoyo del Ministerio de Vivienda y Construcción y Saneamiento por un monto de 12 millones de soles.
"EMAPA dicen 12 y luego nueve. Pero, la verdad es 15 millones y medio. Todo el proyecto está en el Ministerio de Vivienda hace dos años y medio", manifestó Nalda Quiroz.
El alcalde chilcano precisó que los directivos de EMAPA – Cañete, ni siquiera tienen conocimiento del proyecto que está en el Ministerio de Vivienda y que dicho sea de paso hace unos días salió la licitación de la obra.
Pobladores respaldan al Ing. Raúl Ramos Buzaglo
VECINOS SEÑALAN QUE HARAN DE HUALCARA LA "CIUDAD MODELO" DE LA ZONA DE EMERGENCIA...

SAN VICENTE.- Vecinos del Centro Poblado Menor de Hualcará, a través de un memorial, dieron su más amplio respaldo al Ing. Raúl Ramos Buzaglo, por el proyecto de vivienda que desarrollará en esta zona.
El documento desmiente también todo tipo de comentarios negativos que pudiera existir en la zona, aduciendo que se trata de un minúsculo grupo humano que tiene "rencillas" de carácter personal.
"En primer lugar, la familia Ramos nos va construir nuestra vivienda con el apoyo del Estado y una ONG. Los hualcarinos no vamos a gastar ni un sol", expresan los vecinos.
Aclaran también que todo esto es un compromiso del gobierno de Alan García, quien durante su visita a Hualcará, renovó su compromiso de hacer realidad que Hualcará, sea la Ciudad Piloto de la zona de Emergencia del sur chico.
"Estamos seguros que lo cumplirán. Todo lo hará en coordinación con la familia Ramos que está representado por el Ing. Raúl, quien es una bellísima persona", expresan los hualcarinos.
APRUEBAN EJECUCION DE CONSTRUCCION DE SEGUNDA ETAPA DE VEREDAS EN EL PARQUE SINDICATO DE CHOFERES...

El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete Javier Jesús Alvarado Gonzáles del Valle, mediante Resolución de Alcaldía Nº 263-2008-AL-MPC del 26 de junio del año en curso, aprobó el Expediente Técnico de la Obra " Construcción de Veredas en el Parque Sindicato de Choferes II Etapa-San Vicente-Cañete", con un presupuesto total ascendente a S/.70,000.00 nuevos soles.
Dicha obra deberá ejecutarse en un plazo de 30 días calendarios, bajo la modalidad de Obra por Administración Directa, con fuente de financiamiento del rubro: Recursos Determinados-Regalías Mineras.
Mediante la misma norma municipal, se encarga al Comité Especial Permanente de Adjudicación Directa y Menor Cuantía realizar el Proceso de Selección que corresponda para los efectos de la ejecución de la citada obra, con las formalidades de que señala la ley.
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley Nº 25844, Artículo 87, informamos de una interrupción eléctrica en el servicio elèctrico.
LUGAR: San Vicente (Panamericana Sur Km. 151.8 Altura CPM Arena Alta)
ZONAS AFECTADAS: CP La Pampilla, CP San Pedro, CP Cuiva, CP Pampa Castilla, Pío Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, Zaire, San Juan, CP Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 3010
DIA: Jueves 10 de Julio de 2008.
HORA DE INICIO: 02:58 hrs. Jueves 10 de Julio de 2008.
HORA FINAL: 08:52 hrs. Jueves 10 de Julio de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T. ocasionada por Hurto de Conductor, lo que originó la actuación de nuestros dispostivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDE CAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.
EDE CAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.