08 abril 2011

EDICTOS PENALES
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIO DE CAÑETE, Presidente: Dr. MARTINEZ, Cita, llama y emplaza a las siguientes procesados, para que asistan a la Sala de Audiencias en la fecha señalada, se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra y defiendan de los cargos que se les imputa:
EXP.-2007-274; a JESUS CUSI ROJAS; día 27-04-2011 a horas 9:00a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: Menor A.E.R.C.. Secretario Miranda. Cañete.31.03.2011.
EXP.-2008-898; a ROBERTO MARQUEZ HILARIO; día 26.04.2011 a horas 10:15a.m Delito: violación a la Libertad Sexual. Agraviado: Menor K.M.L; Secretario Miranda.-Cañete.31.03.2011.
EXP.-2010-016; a LUIS ANTONIO ALBITES DE LA CRUZ; ponga a derecho, Delito: violación a la Libertad Sexual. Agraviado: Menor S. Y. O. S; Secretario Miranda.-Cañete.31.03.2011.

SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE: Juez Chuquillanqui; Cita, llama y emplaza;
EXP.-2008-312 a ANDY OMAR VILLAR TOLEDO; día 13-04-2011 a horas 10:30a.m. Bajo apercibimiento de declarárseles Reo Ausente. Delito: Derechos De Autor. Agraviado: APDAYC. Secretario Miranda.-Cañete.24.03.2011.-

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ASIA: Juez Siguas; Emplaza
EXP.-2010-10; Agraviados MAURO YACJOA ENTUSCA Y JESUS MIGUEL ASTOCAZA CUCHO. Día 11.04.2011 a horas 11:00 a.m. Audiencia TERMINACIÓN ANTICIPADA la misma que se realizara en Penal Cantera – Nuevo Imperial. Delito: Robo Agravado. Inculpado: QUISPE CONISLLA FEDDY JHONNY. Agraviado. Jesús Astocaza Cucho, John Choque Romero y Otro. Secretaria Medina. Asia. 05.04.2011.-

EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA: Juez Chipana; Ha ordenado Publicar lo siguiente:
EXP.-2010- 21; Declara CONSENTIDA la resolución 08 del 07.03.2011 (sentencia) y remítase a archivo. Delito: Hurto; Agraviado: tiendas Wong. Resol.09; fecha 28.03.2011 – Asia. Secretario Medina.-Asia. 30.03.2011.-
EXP.-2010- 94; Resuelve el Archivar el proceso consentida o ejecutoriada la presente resolución. Agraviado: Enrique Velásquez Huiza. Resol.05 30.03.2011 - Asia Secretario Medina-Asia. 05.04.2011.-
6, 7 y 8 de Abril.

EDICTO JUDICIAL
Ante el 1° Juzgado Mixto de Cañete que despacha el Señor Juez José De La Cruz Vargas y la Secretaria Jovanna Hernández Vásquez, se tramita el Exp. N° 2011-001-0-0801-JR-CI-1, seguido por interpuesta por NEGOCIACIÓN INMOBILIARIA AGRICOLA DEL VALLE DE PACARAN S.A., a través de su apoderado WILTON HERMINIO CANALES ANICAMA, contra MIRIAM VALENTINA SANCHEZ PEREZ sobre INTERDICTO DE RETENER (Pretensión Principal) e INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS (Pretensión Accesoria); en el que dispone se notifique un extracto de la resolución dos (04/03/2011) en el sentido:
1° ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por NEGOCIACIÓN INMOBILIARIA AGRICOLA DEL VALLE DE PACARAN, a través de su apoderado WILTON HERMINIO CANALES ANICAMA, contra MIRIAN VALENTINA SANCHEZ PEREZ sobre INTERDICTO DE RETENER (Pretensión Principal) e INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS (Pretensión Accesoria), debiendo sustanciarse en la vía procedimental de PROCESO SUMARISIMO.
2° EMPLAZAR a la demandada MIRIAN VALENTINA SANCHEZ PEREZ, a fin de que en el plazo de VEINTICINCO DIAS, comparezca al proceso y haga valer derecho con arreglo a ley, bajo apercibimiento de proseguirse el proceso con Curador Procesal, por OFRECIDOS los medios probatorios y AGRÉGUESE a los autos los anexos que adjunta.
3° NOTIFIQUESE por EDICTOS para tal efecto el accionante deberá efectuar las publicaciones de los edictos en el Diario Oficial «El Peruano» y el Diario de la localidad «Al Día Con Matices» por tres días hábiles.
4° PRACTIQUESE UNA DILIGENCIA DE INSPECCION JUDICIAL en el inmueble materia de litis, con asistencia de dos peritos agrónomos, conforme lo establece el artículo 606° último párrafo del Código Procesal Civil, debiéndose PREVIAMENTE OFICIAR AL REGISTRO DE PERITOS JUDICIALES DE CAÑETE, para que designe dos peritos y unas vez aceptado el cargo conferido señálese día y hora para la referida diligencia. Firmado por el Juez y Secretaria Judicial. San Vicente, 04 de Marzo de 2011.
Jovanna Elizabeth Hernández Vásquez
Secretaria Judicial - Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar 6, 7 y 8 de Abril.
EDICTO
Exp. N° 2010-92.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha la doctora Norma Gonzales Ventura y Secretario Luis Raymondi, por Resolución número DOS, en la vía del proceso abreviado mediante Resolución N° 02 SE ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, la demanda es interpuesta por SEGUNDO AGUILAR VALLEJO contra los QUE SE CREAN TENER DERECHO SOBRE EL PREDIO, ubicado en la Antigua Carretera Panamericana Sur del distrito de San Antonio de la provincia de Cañete del departamento de Lima, cuya extensión es de Tres Mil Quinientos Veintisiete punto noventa y nueve metros cuadrados, y el predio rústico ubicado en Esquivilca del distrito de San Antonio de la provincia de Cañete del departamento de Lima, cuya extensión es de Un Mil Trescientos Catorce punto catorce metros cuadrados: Ordenándose notificar a los demandados (los que crean tener derecho sobre el predio), para que contesten la demanda en el plazo no mayor a DIEZ días, notificándose además a los predios colindantes, por ofrecidos los medios probatorios; Mala a los cuatro días de Abril del dos mil once.
Luis Jesús Raymondi Lorenzo - Secretario Judicial - Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 6, 7 y 8 de Abril de 2011.
EDICTO
Expediente: 2011-011-CI.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha la doctora Norma Gonzáles Ventura y Secretario Judicial John Galarza Silva; por Resolución número uno de fecha veinticuatro de Enero del dos mil once, en vía del proceso NO CONTENCIOSO se admitió a trámite la solicitud interpuesta por FLOR DE MARÍA NARVAES AMARINGO, quien postula como pretensión el CAMBIO DE NOMBRE de su menor hijo hoy de nombre EAR LAURA NARVAES por la de KEVIN JORDAN LAURA NARVAES. Mala, veintiocho de Marzo del dos mil once.
John L. Galarza Silva
Secretario Judicial - Juzgado Mixto y Juzgado Penal Unipersonal de Mala
Publicar: 06, 07 y 08 de Abril.

EDICTOS PENALES
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE. Presidida por el Dr. Vivas; Cita, llama y emplaza a:
EXP.-2002-1213; a BLANCA BRIGIDA LOPEZ AYLAS para que se ponga a derecho y cumpla con la sentencia condenatoria en su contra. Delito Tráfico Ilícito de Drogas en agravio Estado Peruano. Secretario. Miranda. Cañete 29.03.2011

EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA. Juez Castillo; Cita, llama y emplaza a:
EXP.-2009-250; a RHOLANDO JESUS LESCANO GUTIERREZ. Día 07.04.2011 a horas 10:45 a.m. Lectura de Sentencia bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz. Delito Omisión a la asistencia Familiar. Agraviado Leslie Isabel Simón Navarro. Secretario. Herrera.- Mala 23.03.2011
EXP.-2009-096; a CARLOS ALBERTO PAITAN CONTRERAS. Día 08.04.2011 a horas 09:00 a.m. INSTRUCTIVA bajo apercibimiento de ser declarado Ausente. Delito Desobediencia y Resistencia a la Autoridad. Agraviado el Estado. Secretario. Herrera.- Mala 24.03.2011
EXP.-2009-080; a EDWIN ALEX CORTEZ ORDINOLA. Día 08.04.2011 a horas 11:15 a.m. Lectura de Sentencia bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Lesiones culposas graves. Agraviado Augusto Fortunato Rivera Cochachi. Secretario. Cabrera.- Mala 23.03.2011
EXP.-2009-200; a PABLO ESCRIBA CACERES y ERNESTO ALTAMIRANO PALOMINO. Día 08.04.2011 a horas 02:15 p.m. INSTRUCTIVA bajo apercibimiento de ser declarado reos Ausentes. Delito Circulación de Billetes y Monedas Falsificadas. Agraviado el Estado. Secretario. Herrera.- Mala 24.03.2011
EXP.-2009-191; a CARLOS HECTOR ESPINOZA HUAPAYA. Día 08.04.2011 a horas 10:45 a.m. Lectura de Sentencia bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado Nicol Araceli Espinoza Body. Secretario. Herrera.- Mala 24.03.2011
EXP.-2009-152; a MARDONIO FERNANDEZ QUISPE y SERGIO CESAR DE LA CRUZ CHILLCCE. Día 11.04.2011 a horas 09:10 a.m. INSTRUCTIVA bajo apercibimiento de ser declarados Reos Ausentes. Delito Hurto Agravado. Agraviado Telefónica de Perú. Secretario. Herrera.- Mala 24.03.2011
EXP.-2009-328; a CESAR JULIO LOZANO CHUMPITAZ. Día 13.04.2011 a horas 09:00 a.m. INSTRUCTIVA bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz. Delito Falsedad Genérica. Agraviado el Estado. Secretario. Herrera.- Mala 24.03.2011
EXP.-2009-290; a ZOILA ROSA RUIZ DÍAZ DE SÁNCHEZ Y RAMÓN SANCHEZ VÁSQUEZ. Día 13.04.2011 a horas 09:10 a.m. INSTRUCTIVA bajo apercibimiento de ser declarado Ausente. Delito Tenencia Ilegal de Explosivos. Agraviado La Sociedad. Secretario. Herrera.- Mala 24.03.2011

DIRIMENCIA
SALA CIVIL
Exp. N° 2007-00142-0-0801-JM-CI-01
Demandante: Pedro Celestino Guizado Portillo y otro
Demandado : COFOPRI y otros
Proceso Contencioso Administrativo

RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE
Cañete, seis de abril del dos mil once.-
AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y, CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, la señora Juez Superior doctora Luz Roque Montesillo(Ponente), emite su VOTO para que se CONFIRME la sentencia(Resolución Número veinticuatro), de fecha veinte de mayo del dos mil diez, venida en grado de apelación, que declara entre otros, fundada en parte la demanda, en consecuencia, nulo los títulos de dominio extendido por el Registrador Público de ésta ciudad a favor de Doris Casas Paypay. SEGUNDO.- Que, los señores Jueces Superiores doctores Ricardo Astoquilca Medrano y Paulo Jorge Vivas Sierra, emiten su VOTO en discordia para que se declare NULA la sentencia apelada(resolución veinticuatro) de fecha veinte de mayo del dos mil diez, con la que se declara fundada en parte la demanda, con todo lo demás que contiene; y se DISPONGA que el magistrado del Juzgado de origen emita nueva sentencia conforme a derecho, e INSUBSISTENTE el concesorio de apelación. TERCERO.- Que, llamado para dirimir la discordia citada precedentemente, el señor Juez Superior doctor Federico Quispe Mejía emite su VOTO para que se CONFIRME la sentencia de fecha veinte de mayo del dos mil diez. CUARTO.- Que subsistiendo la discordia señalada precedentemente, se llamo a la señora Juez superior doctora Silvia Rueda Fernandez como dirimente, quien emite su VOTO, para que: 1) Se declare IMPROCEDENTE la caducidad del derecho y la acción, en éste proceso de nulidad de actuaciones administrativas, formulada por Wilton Herminio Canales Anicama en representación de Pedro Celestino Guizado Portillo y Nemesio Quintín Guizado Portillo contra Doris Casas Paypay y otros; y 2) Se declare NULA la sentencia(resolución número veinticuatro) de fecha veinte de mayo del dos mil diez con la que se declara fundada en parte la demanda; con lo demás que contiene, y se DISPONGA que el A-quo REPONGA el acto procesal viciado dictando nueva resolución con arreglo a los hechos y a derecho. QUINTO.- Que, no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, por haberse producido discordia, y al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado. SEXTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial “El Peruano” debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.
Por las consideraciones expuestas, LLAMARON al señor Juez Superior doctor ANGEL POLANCO TINTAYA Juez superior de la Sala Penal liquidadora, para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para dicha dirimencia el VEINTIOCHO de abril del año en curso, a horas TRES DE LA TARDE. DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia “Al Día con Matices” por el término de UN DIA. Notificándose. Reasumiendo funciones el señor Juez Superior doctor Paulo Vivas Sierra por conclusión de licencia.
J.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
RUEDA FERNANDEZ
VIVAS SIERRA

EDICTOS PENALES
EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA. Juez Gonzáles; Cita, llama y emplaza a:
EXP.-2010-008-02; a LUIS JAVIER ANDAMAYO GOMEZ. Día 12.04.2011 a horas 3:00 p.m. Audiencia de Juicio Oral en el local del Juzgado. Secretario. Loyola.- Mala 06.04.2011
EXP.-2011-003-01; a DAN ALAN ALMIDON QUILLA. Día 03.05.2011 a horas 04:00 p.m. Audiencia de Juicio Oral en el local del Juzgado. Secretario. Loyola.- Mala 06.04.2011
EXP.-2010-009-02; a OSCAR EMERSON MEDINA ZAMORA. Día 05.05.2011 a horas 11:00 a.m. Audiencia de Juicio Oral en el local del Juzgado. Secretario. Loyola.- Mala 06.04.2011

EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA. Juez Castillo; Cita y emplaza a:
EXP.-2009- 152; A MARDONIO FERNANDEZ QUISPE Y SERGIO CESAR DE LA CRUZ CHILCCE. Día 11.04.2011 a horas 9:00 a.m. y 10:00 a.m. respectivamente. Declaración de Instructiva bajo apercibimiento de declararse reos Ausentes. Secretaria Herrera.- Mala 06.04.2011
7, 8 y 9 de Abril.

07 abril 2011

KEIKO FUJIMORI ESTUVO EN CAÑETE... Y PROTAGONIZO COLORIDO MITIN...

Keiko Fujimori, la candidata de FUERZA 2011, que está a punto de convertirse en la primera mujer presidente del Perú, arribó el día de ayer, en la tarde a nuestra Provincia, para su mitin de cierre de campaña.
La ex primera dama, fue recibida en forma multitudinaria, ante asombró de propios y extraños. Desde su arribo a San Vicente, a la altura del grifo autopasa, la presencia de la candidata, literalmente paralizó el tráfico, organizándose, una caravana vehícuilar de más de cincuenta vehículos, los cuales acompañaron a Keiko Sofía, en su recorrido por San Vicente, y posteriormente se dirijieron al distrito de Imperial, en cuya plaza de armas se organizó un mitin expontáneo de proporciones sorprendentes.
Por sus características, Keiko Fujimori protagonizó uno de los mitines más numeroso, mas entusiasta y más bullicioso, de la presente campaña presidencial, durante su participación Keiko, de manera apasionada habló sobre sus planes para invertir en los programas sociales, que nuestra población requiere. En tal sentido señaló que había que mejorar la educación, dotando a las instituciones educativas de toda la infraestructura necesaria, agregando que ello se dará desde el nivel inicial con la construcción de wawa wasis, proneis, donde los niños puedan tener una buena alimentación. Igualmente indicó que en los últimos años de educación secundaria, se incidirá en que los alumnos puedan recibir formación técnicapara que ya puedan ser útiles a la sociedad.
En todo momento estuvo acompañada de los candidatos al Congreso por nuestra región, Santiago Fujimori, Elard Melgar, e Isabel Loayza, conviertiéndose en los patrocinadores de la llegada de Keiko a Cañete.

ASOCIACION DE MAGISTRADOS Y CORTE CAÑETANA REALIZAN EVENTO ACADEMICO... HOY...

La Asociación Distrital de Magistrados de Cañete y la Corte Superior de Justicia de esta provincia, han programado para el día de hoy, un Evento Académico que le permitirá abordar Temas de Derecho Procesal Penal.
De esta forma se analizarán dos temas de palpitante actualidad como lo es la «Prisión Preventiva» y la «Tutela del Derecho».
En cuanto al tema de Prisión Preventiva, tendrá como ponente al Dr. Isaías JoséAscencio Ortíz, Juez Superior de la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Cañete, y a la vez tendrá como panelistas al Dr. Juan Vicente Veliz Brendell, Fiscal Superior Penal de Cañete, al Dr. Carlos Alberto Zavaleta Grandez, Juez de Investigación Preparatoria, y al Dr. Fortunato David Paredes Hernández, Defensor de Oficio.
Posteriormente se abordará el tema «Tutela de Derecho», que estará a cargo del Dr. Federico Quispe Mejía, Juez Superior de la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Cañete, en este tema participarán como panelistas el Dr. Luis Manuel Alvarez Martínez, Fiscal Superior Adjunto; el Dr. Javier Donato Ventura López, Juez de Investigación Preparatoria; y el Dr. Wilfredo Romero Alarcón, Defensor de Oficio.
Hay que precisar que el evento se desarrollará en el Auditorio de la Corte Superior de Justicia de Cañete, ubicado en la Av. Mariscal Benavides 657, San Vicente, a partir de las 05:00 p.m.
El Ingreso es libre y por se tendrá derecho a certificación previo pago de S/. 5.00.

VOTEMOS A CONCIENCIA... POR TRATAR DE TENER QUIEN NOS REPRESENTE...

Rómulo Pardo Ortega al ver que sus posibilidades de llegar al Congreso son mínimas, ha querido encontrar una salida digna de la competencia congresal, y ha optado por la posición de tratar de endosar sus posibles votos, para un candidato que él considera tiene mayor opción para llegar al Congreso, como lo es Gonzalo Aguirre.
Esta decisión, sin embargo, le ha provocado un cargamontón, porque evidentemente todos no tienen la misma idea… hay quienes ven en Gonzalo Aguirre un buen candidato, y hay quienes no lo ven así, por múltiples razones.
Lo cierto es que la actual coyuntura política, nos ha permitido poder apreciar a nuevos líderes en nuestro escenario político. Rubén Goycochea por ejemplo, nos parece un buen candidato, sin embargo, la razón y la lógica nos dice que pese a que pueda tener una muy interesante votación, estará muy distante de llegar al Congreso… pero lo que sí es cierto, es que ha nacido una figura política, que dará que hablar en los años venideros.
Isabel Loayza, el Dr. Ramírez, la misma Marcelina Diestra, Emperatríz «la chola» Manzo, también son figuras distintas que se han presentado a una contienda, sin conocerla a profundidad. Salvo el Dr. Ramírez, muy pocos han tenido la experiencia de los años vividos en política… sin embargo, los tres primeros tuvieron la posibilidad de integrarse a listas que bien podrían llevarlos al Congreso, pero no han sabido sacar provecho de ello.
Y es que a priori, se hablaba de algunas fuerzas que estarían en la pelea presidencial… Perú Posible, Solidaridad Nacional, Fuerza 2011, Gana Perú… a ellas se ha sumado Alianza Para El Gran Cambio… el APRA, por la pérdida de su candidata presidencial, perdió mucho, y sus posibilidades de debilitaron al igual que los de Cambio Radical... El resto, valgan verdades, y duela a quien le duela, tenían y tienen muy pocas posibilidades de acceder a la Presidencia, y por arrastre, de llegar al Congreso, salvo que haya un movimiento aluvional, de otra forma no se podría justificar una alta votación.
Por eso apena, que tanto Loayza, como el Dr. Ramírez y Marcelina Diestra no esté entre los favoritos para llegar al Congreso; y es que si hiciéremos un análisis de quienes podrían llegar podríamos afirmar que:
Gana Perú, Perú Posible, Alianza Para El Gran Cambio, Fuerza 2011 y Solidaridad Nacional estarán disputando los cuatro asientos congresales… con algo de posibilidades, aunque escasas, podrían aparecer el APRA y Cambio Radical. El resto, lamentablemente sus posibilidades son remotas.
En Gana Perú, hay un candidato fuerte y es Zerillo, el N° 1 de Ollanta en nuestra región… así, las posibilidades de Elisabet Martínez Condori, se vuelven escasas. En Perú Posible, pese a que se dice que Roberto Rojas es cañetano, puntualmente de Cerro Azul, la verdad es que los cañetanos no lo sienten así… él esta luchando una curul con Gago, el otro candidato fuerte de Perú Posible… uno de los dos llegará al Congreso, los dos restantes tienen muy poca opción.
En Alianza Para El Gran Cambio, aparece Vicente Sánchez, como el abanderado… también se presenta como cañetano… pero la verdad es que padece de lo mismo que Rojas de Perú Posible… Pese a no ser natural de Cañete, los cañetanos nos identificamos más con Marcelina Diestra que con Vicente Sánchez; y ojo, si Cañete votase en bloque por Marcelina, bien podría catapultarla como congresista… ya que Vicente Sánchez, tiene resistencia no solo en Cañete, también en el norte, pero de que va a cosechar votos, evidentemente lo hará…no con la magnitud de Tello o de Mufarech, pero logrará los votos suficientes para ser el 1 de su agrupación, lo que lo podría llevarlo al Congreso.
De allí nuestra percepción de que si Cañete decide votar por Marcelina Diestra, podría ubicarla como la 1 de su agrupación, y lograr la ansiada curul en el Congreso… ello, porque el 1 de su agrupación, Vicente Sánchez no es tan fuerte como los «unos» del resto de agrupaciones políticas.
En Fuerza 2011… están Santiago Fujimori y Elard Melgar, dos pesos pesados del fujimorismo, muy distantes de Isabel Loayza, a la que le faltó, sin duda, buscar el voto cañetanos con más pasión. Tendrá sus votos, pero difícil de ganar a los pesos pesados del fujimorismo.
Lo mismo le pasa al Dr. Ramírez… puede ser un buen candidato, pero tiene un peso pesado en su agrupación, como lo es Gonzalo Aguirre… es más, la campaña de Ramírez, ha sido muy tenue… pese a su fuerte inversión… opacada sin duda por la gran inversión realizada por Gonzalo Aguirre, que recorrió toda la región, sin más ni más.
Nos quedamos finalmente con Tello del APRA, y Miguel Angel Mufarech Nemy y la Chola Manzo de Cambio Radical. Ambos tienen que pasar primero la valla electoral… quizás lo puedan lograr… si ello sucede, ojalá que el efecto arrastre en ambos candidatos funcione… ambos son conocidos en Cañete… con Tello y Mufarech, Cañete se sentiría bien representado, si ambos llegan… pero no hay que olvidar que las candidaturas presidenciales jalan siempre a sus listas congresales, y ello puede ser determinante.
De lo que sí estamos seguros, es que si Mufarech o Tello, hubiesen postulado por cualquiera de las agrupaciones que lideran la presidencial, sin duda, serían los primeros que estarían en el Congreso… Lastimosamente, Tello tiene que cargar con el pasivo aprista… y Mufarech, con lo desconocida que es su agrupación en la provincia de Cañete.
Así que amigos lectores… analicemos bien nuestro voto… queremos que Cañete se sienta defendida en el Congreso… hagamos que nuestro voto sea provechoso… y ojalá podamos lograr que un o una candidata identificada con nuestra tierra pueda llegar al Congreso.

EL FACTOR RUBEN GOYCOCHEA HUARI Y LA VALLA ELECTORAL

Prof. WILLY CONTRERAS HUARACHI - JEFE DE CAMPAÑA REGION LIMA PROVINCIAS - FUERZA NACIONAL - ZONA SUR
elzariri@hotmail.com

LA VALLA ELECTORAL es una disposición normativa que regula o limita el acceso a la participación de algunos partidos políticos o candidatos en una elección, que al no alcanzar un determinado número o porcentaje de votos, pierden el derecho de ocupar un escaño o curul en el parlamento. Art. 20 de la Ley Orgánica de Elecciones. Art. 13 de la Ley de Partidos Políticos, las listas parlamentarias de los partidos deben obtener el 5% de votos válidamente emitidos a nivel nacional o en su defecto deben obtener al menos 7 representantes al Congreso en más de una circunscripción electoral. Esa es la Ley.
Se presentó un pedido de inconstitucionalidad bajo el «indebido argumento» de la representación proporcional, lo que el TC declaro infundado para «salvar la gobernabilidad». El veredicto es: «la atomización es nociva en cuanto limita la capacidad de llegar a acuerdos y de formar coaliciones duraderas al interior del Legislativo. Se trata pues, de una decisión políticamente acertada ya que favorece la gobernabilidad. En este caso, se sacrifica una mayor proporcionalidad en el sistema de elección de los representantes a cambio de obtener una mayor estabilidad. Si bien un Congreso con menos agrupaciones no garantiza llegar a acuerdos con más facilidad, lo contrario implica casi con seguridad que el camino del consenso estará empedrado…»
Que tal payasada, y lo dicen eminencias jurídicas de la nación. O sea que en buen castellano el TC explica que un país es gobernable mientras menos personas hayan discutiendo una solución… ¿acaso olvida el TC que somos un país pluridiverso, y esa diversidad misma de ideas es nuestra principal riqueza?, como entonces entender al hermano «campa», al «shipibo», al quechua, al aymara, al tupino, al cristiano, al evangélico, al ateo, etc. Pues nuestro reto es escuchar a toda esa gente y luego en base a las leyes que la democracia consigna llegar a una conclusión armoniosa a todas las partes, ¡eso es democracia…!, La valla propugna el resquebrajamiento, la polarización, silenciar a las minorías y condenarlos a que no se les escuche…¡¡¡SEÑORES, HE AQUÍ LA PIRRICA VICTORIA DEL CENTRALISMO Y EL PODER DEL DINERO…!!!!
Menos mal que un solitario voto de un integrante del TC expreso genialmente lo siguiente: «El panorama electoral acredita la existencia de muchas agrupaciones políticas que presentarán, separadamente o en alianzas, un número apreciable de listas parlamentarias. La dispersión y fragmentación de la votación, por lo tanto, puede ocurrir. En consecuencia, la ley materia de impugnación debió prever la solución pertinente. No se ajustaría a la justicia electoral que si, por ejemplo, superan la barrera electoral dos o tres agrupaciones, que en conjunto, reciban el tercio de la votación, obtengan el cien por ciento de los escaños parlamentarios. Los ciudadanos no estarían realmente representados en el Congreso. En tal supuesto, la representación proporcional sería ilusoria»
¡¡Esa es la respuesta que el pueblo embandera!!. ¡Que el pueblo exige!, ¿Cómo le explicamos a Rudecindo Huaraca Condori cuando dice?: «SIEMPRE HAY PERSONAS PREPARADAS, CAPACITADAS Y HONESTAS EN CADA PROVINCIA, POR ESO SE DEBE DE ELEGIR A LOS MEJORES, PARA CAMBIARLE EL ROSTRO A NUESTRO ALICAIDO CONGRESO», pero al final, el candidato que él y toda su región escogió, GANÓ PERO NO ENTRARÁ AL CONGRESO. Esto hace que aflore la corrupción dentro de los partidos y la venta de posiciones para las listas al Congreso «a escala industrial», la idea de «tengo plata y fundo un partido» se vuelve en «tengo plata, me compro un sitio en un partido grande», y las alternativas para votar de elección en elección serán menos… porque estaremos escogiendo solo entre aquellos grupos de poder que tanto rechazamos…y luego se quejan que aparezca un Fujimori y ahora Ollanta… ¡que gane Ollanta entonces! Y cadena perpétua a esos congresistas y miembros del TC que cercenaron la representación democrática del pueblo.
Por tanto, a nombre de FUERZA NACIONAL sector CAÑETE YAUYOS, expresamos nuestro total rechazo por la corriente de declinación que los poderosos imponen en los «partidos chicos». No caeremos en ese sucio juego que solo fortalece la supremacía de los Goliats de la política so pretexto de salvar la representación de Cañete ¡¡¡que infantil!!!. Nos sometimos a esta regla de juego y aceptamos su desenlace, sea cual fuere. Y CAÑETE - YAUYOS NO QUEDARÁ EN LA ORFANDAD si un Cañetano o Yauyino no llega al Congreso, por que el pueblo ya abrió los ojos y este 10 de abril dará su voto fortaleciendo a sus emergentes líderes regionales que pondrán el pecho a cuanta afrenta tenga NUESTRA SAGRADA TIERRA. Se abre una nueva luz al cual los caducos se corren, esconden Y NO QUIEREN VER, hay una nueva fuerza que avanza incontenible, y la verdadera misión CON VALLA O SIN VALLA comienza el 11 de abril. Rubén GOYCOCHEA HUARI, el Nº 2 de FN ¡¡¡¡¡NO RENUNCIA!!!!!!!, SIGUE ADELANTE, Y HACE UN LLAMADO a los «partidos pequeños», a los marginados por las encuestas porque NO QUEREMOS pagarlos, a los jóvenes, a la prensa con coraje, al pueblo, a perseverar con nuestra lucha, porque RUBEN no postula solo para el congreso, RUBEN POSTULA PARA QUEDARSE EN EL CORAZÓN DEL PUEBLO y desde allí, defender los ideales de su gente… con la vida misma…¡Viva Cañete - Yauyos!¡Viva nuestra región!
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
«Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo»

ORDENANZA MUNICIPAL N° 002- 2011-MDI

Imperial, 31 de Marzo del 2011

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

POR CUANTO:
VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 28 de Febrero del 2011, el Informe Legal Nº 54-2011/ASE.LEG.-MDI, del Asesor Legal de La Municipalidad Distrital de Imperial; El Oficio Nº 001-2011-AVY-RMDI, presentado por la Regidora Aurora Vicente Yaya, quien adjunta el Proyecto de Ordenanza Municipal que establece la obligación de entonar el Himno a Imperial en hora de ingreso y actos cívicos desarrollados en todas la IEPs del distrito de Imperial, promoviendo la identidad y el sentimiento cívico a nuestro Distrito.

CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional ley Nº 27680, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dentro de este contexto de autonomías otorgadas a las Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal, las de índole política, es decir, que el Concejo Municipal detenta potestad normativa para regular materias que le corresponden al ámbito de su competencia, las cuales se instrumentalizan a través de Ordenanzas Municipales que tienen Rango de Ley.

Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece: «Las Ordenanzas Municipales Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales, se aprueban la Organización Interna, la Regulación, administración y Supervisión de los Servicios Públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa».

Que, asimismo, el Artículo 82º en los Incisos 2), 3), 19) y 20) de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece: Las municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones compartidas con el gobierno nacional y el regional; el de Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo de su jurisdicción, contribuyendo en la política educativa regional y nacional con un enfoque y acción intersectorial, Promover la diversificación curricular, incorporando contenidos significativos de su realidad sociocultural, económica, productiva y ecológica, Promover actividades culturales diversas y la de Promover la consolidación de una cultura de ciudadanía democrática y fortalecer la identidad cultural de la población campesina, nativa y afro peruana.

La Resolución Ministerial Nº 0031-2007-ED, que aprueba El Plan de Municipalización de la Gestión Educativa y Lineamientos del Plan Piloto, define claramente la municipalización. «La municipalización de la educación, entendida como el ejercicio de la dirección y conducción de los servicios educacionales, que se brinda en el ámbito jurisdiccional de un distrito, a cargo del órgano de gobierno local más inmediato, la municipalidad distrital...» «El Gobierno Local participa directamente en la gestión de las Instituciones Educativas tomando las principales decisiones en el ámbito pedagógico, institucional y administrativo para mejorar la calidad el servicio educativo (...) La gestión de la educación implica el manejo, dirección y conducción de instituciones, personal y procesos.

Por los considerandos expuestos, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado y en la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de las Municipalidades y con el Voto Unánime de los miembros del Concejo Municipal; y con la dispensa de lectura y aprobación del Acta se ha emitido la siguiente:

«ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE LA OBLIGACION DE ENTONAR EL HIMNO A IMPERIAL EN HORA DE INGRESO Y ACTOS CIVICOS DESARROLLADOS EN TODAS LAS IEPS DEL DISTRITO DE IMPERIAL»

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, el Texto completo del Proyecto que establece la obligación de entonar el Himno a Imperial en hora de ingreso y actos cívicos desarrollados en todas la IEPs del Distrito de Imperial, promoviendo la identidad y el sentimiento cívico a nuestro Distrito.

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER el cumplimiento del presente proyecto por todas las Instituciones Educativas Publicas de nuestra Jurisdicción; ya sean estatales o privadas que se encuentren inmersas dentro del Plan de Municipalización de la Gestión Educativa y Lineamientos del Plan Piloto de nuestro Distrito.

ARTCULO TERCERO.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, a la Secretaria Técnica del CEM del Distrito de Imperial, bajo responsabilidad.

ARTÍCULO CUARTO.- ENCÁRGUESE, la difusión de la presente Ordenanza Municipal a la a la Secretaria Técnica del CEM de Imperial; a la Oficina de Imagen Institucional, y las demás Unidades estructurales de la Municipalidad Distrital de Imperial, bajo responsabilidad.

ARTICULO QUINTO.- COMUNÍQUESE, al Consejo Educativo Municipal del Distrito de Imperial – Cañete y a todas las Unidades Estructurales de la Municipalidad Distrital de Imperial, para los fines pertinentes conforme a Ley.

ARTÍCULO SEXTO.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

POR TANTO MANDO:
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Eddy César del Mazo Tello
Alcalde
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
«Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo»

ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2011-MDI

Imperial, 31 de Marzo del 2011

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

POR CUANTO:
VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 28 de Febrero del 2011, el Informe Legal Nº 55-2011/ASE.LEG-MDI, del Asesor Legal de La Municipalidad Distrital de Imperial; Oficio Nº 002-2011-AVY-RMDI, presentado por la Regidora Aurora Vicente Yaya, el cual adjunta el proyecto de Ordenanza Municipal sobre la prohibición de acceso a Menores de Edad a paginas Web de contenido y/o información pornográfica, violencia extrema y/u otras formas que puedan atentar su integridad personal y/o familiar, en las cabinas públicas del distrito de Imperial;

CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, asimismo, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades, como órganos de gobierno local, tienen autonomía económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el desarrollo y usos de las tecnologías de la información, ejercen gran influencia en todos los ámbitos de la sociedad, principalmente por su tendencia a representar un medio eficaz para difundir y acceder a todo tipo de información; lo que ha ocasionado el nacimiento de situaciones que atentan contra de la integridad emocional e intelectual de los menores de edad, habiéndose detectado un preocupante incremento del acceso de los mismos a información de carácter controversial con contenidos reñidos con la moral y el pudor;

Que, asimismo, se ha podido identificar que uno de los factores del crecimiento de la delincuencia y la violencia juvenil en nuestro distrito es la proliferación del uso de videojuegos violentos en las cabinas de internet, hecho que permite que los menores de edad desarrollen habilidades por medio de una capacitación virtual que después es traducida a la realidad a la hora de formar lar organizaciones juveniles informales (pandillas) y una conducta agresiva que se acrecienta cada día más;

Que, son funciones exclusivas y compartidas de las municipalidades, conforme lo dispone los numerales 2.4 y 3.1 del Artículo 84º de la Ley Orgánica de Municipalidades, organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación y difundir y promover los derechos del niño y el adolescente, de la mujer y del adulto mayor, propiciando espacios para su participación en el nivel de las instancias municipales;

Que, en el Artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, Ley No. 27337, establece que toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte el estado a través de instituciones estatales, como los gobiernos locales, se considerará y privilegiará el principio del interés superior del niño y el adolescente, así como el respeto a sus derechos;

Que, la Ley 28119, Ley que prohíbe el acceso de menores de edad a páginas web de contenido pornográfico y su Reglamento aprobado por D.S. N°025-2010-ED, modificada por la Ley 29139, tiene por objeto la defensa de la integridad moral y la intimidad personal y familiar de los menores de edad, quienes pueden ver agredidos sus derechos por el acceso a contenidos y/o información pornográfica u otras formas reñidas con la moral o el pudor, que atenten contra su integridad física, psicológica o que afecten su integridad personal y/o familiar;

Que, el D.S. N°025-2010-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28119, dispone que las Municipalidades Distritales mediante Resolución de Alcaldía, conformarán una Comisión Multisectorial que estará integrada de la siguiente manera: - Un representante de la Municipalidad Distrital respectiva, quien la presidirá. - Un representante de la Unidad de Gestión Educativa Local. - Un representante de la Policía Nacional del Perú, la misma que podrá solicitar la participación de un representante del Ministerio Público y/o la Defensoría del Pueblo; cuando sean requeridos, los mismos que deberán participar bajo responsabilidad. Esta Comisión Multisectorial debe contar con técnicos con conocimientos en Informática y especialmente en el programa «Control Parental o Paterno».

Que, en vista de lo expuesto anteriormente, es necesario que la autoridades públicas, educadores, padres de familia y menores de edad en general tomen conciencia de las implicancias que tiene el acceso indiscriminado y no controlado a la Internet, por cuanto la información que en ella se maneja permite la transmisión de mensajes explícitos, implícitos o subliminales que tienen como consecuencia la distorsión de valores y la generación de conductas inadecuadas y de riesgo en perjuicio del desarrollo de la niñez y juventud Imperialina;

Que, mediante la Ordenanza 001-2004-MDI, se PROHIBE EL ACCESO DE MENORES DE EDAD A PAGINAS WEB DE CONTENIDO PORNOGRAFICO, PORNOGRAFIA INFANTIL, VIOLENCIA EXTREMA Y/O SIMILARES, siendo el objeto de dicha norma regular las competencias delegadas por la Ley Nº 28119 – Ley que prohíbe el acceso de menores de edad a páginas web de contenido pornográfico dentro del ámbito del Distrito de Imperial;

De conformidad con los artículos 9º numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por Unanimidad, la siguiente:

ORDENANZA QUE PROHIBE EL ACCESO DE MENORES DE EDAD A PAGINAS WEB DE CONTENIDOS Y/O INFORMACIÓN PORNOGRÁFICA, VIOLENCIA EXTREMA Y/U OTRAS FORMAS QUE PUEDAN ATENTAR SU INTEGRIDAD PERSONAL Y/O FAMILIAR, EN LAS CABINAS PÙBLICAS DEL DISTRITO DE IMPERIAL.

Artículo 1º.- OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN
La presente ordenanza prohíbe que los establecimientos con autorización municipal para uso de cabinas públicas de Internet permitan que menores de edad accedan a páginas web, chats, correos electrónicos y videojuegos de contenido pornográfico, violencia extrema, discriminación racial, social, económica religiosa o de cualquier tipo, así como aquellos que inducen a la generación de hábitos que atentan contra la salud física y mental, al consumo de drogas, bebidas alcohólicas y/o sustancias ilegales, así como a cualquier tipo de información que pudiera afectar su integridad física, psicológica y/o familiar.
El cumplimiento de esta ordenanza se hace efectivo mediante la instalación en todas las computadoras de los referidos establecimientos, de programas o software especial de filtro o bloqueo o cualquier otro medio que sirva para impedir que los menores de edad tengan acceso a las citadas páginas web, canales de conversación u otra forma de comunicación en red. Estos medios deben actualizarse y encontrarse vigentes.

Artículo 2º.- DEFINICIONES
La presente Ordenanza establece las siguientes definiciones:
1. CONDUCTOR.- Persona natural y/o jurídica que conduce, opera, tiene a cargo, y/o administra los establecimientos y/o negocios que brindan servicios de alquiler de cabinas de Internet, respetando las obligaciones y responsabilidades que dispone la presente Ordenanza.
2. APLICATIVO.- Programa informático que permite interactuar al usuario con el computador y que tienen como objetivo una tarea específica.
3. FILTROS DE ACCESO.- Es un aplicativo que permite restringir la navegación en Internet sobre páginas de contenido pornográfico y/o similares. Los sitios restringidos serán definidos por los conductores.
4. VIDEOJUEGOS.- Nombre genérico con el que se conocen ciertos programas de carácter lúdico que se desarrolla mediante la interacción de uno o más jugadores con imágenes video electrónicas producidas por un programa informático que se ejecuta en un ordenador personal o en uno diseñado específicamente para ejecutar dichas imágenes (videoconsolas).
5. CABINA PÚBLICA DE INTERNET.- Establecimiento comercial que brinda a sus usuarios el servicio de acceso a información, así como a recibir servicios de comunicación, capacitación y esparcimiento a través de la navegación vía Internet, y/o uso de computadores personales.
6. SISTEMA PEGI.- Es el primer sistema paneuropeo que establece una clasificación por edades y contenidos para videojuegos y juegos de computadora. Ofrece información fiable de fácil comprensión, en forma de etiquetas de clasificación por edades y descripciones del contenido en los estuches de los juegos, permitiendo así tomar decisiones informadas. Ofrece recomendaciones detalladas en relación con la idoneidad del contenido de los juegos para los menores de edad.
7. PUNTO NEUTRO.- Mecanismo que funciona como modo de acceso y distribución del tráfico de internet.
8. MENOR DE EDAD.- Se consideran menores de edad, conforme al Artículo 1° del Título Preliminar del Niño y Adolescente – Ley Nº 27337, a todo niño o niña menor de 12 años de edad y adolescentes de 12 a 17 años.

Artículo 3º.- RESPONSABLES
Son responsables del cumplimiento de la presente Ordenanza, los conductores de las cabinas de Internet, y tendrá la condición de agravante de su responsabilidad el no contar con los sistemas informáticos de seguridad para el bloqueo de páginas web de contenidos pornográficos, violencia extrema y/o similar establecida en la presente Ordenanza. Están obligados a controlar que los menores de edad que concurran a sus establecimientos no tengan acceso a páginas de contenido pornográfico que atenten contra su intimidad personal y familiar.
Son co-responsables, los padres de familia y/o tutores que no cumplan con corregir a sus hijos o menores a su custodia por el incumplimiento de las disposiciones expuestas en la presente norma, dando cuenta de ese incumplimiento a la Policía Nacional para que actúe de acuerdo a sus atribuciones.

Artículo 4º.- OBLIGACIONES
Además de las obligaciones establecidas en el Artículo 2 de la Ley Nº 28119, modificada por la Ley Nº 29139, los conductores y/o administradores de los establecimientos que brinden servicios de alquiler de cabinas de Internet están obligados a cumplir con lo siguiente:
1.- Impedir el ingreso y permanencia de menores de edad en horario escolar salvo que se encuentren acompañados de sus docentes o tutores escolares quedando anotado en el registro la procedencia de su colegio y/o después de las 23.00 horas, acompañados de sus padres.
2.- Impedir que personas mayores ingresen a las cabinas privadas acompañadas de menores de edad sin comprobar su relación familiar.
3.- Colocar carteles o letreros que informen sobre las prohibiciones a los menores de edad.
4.- Solicitar a toda persona, que ingresa al establecimiento, su Documento Nacional de Identidad - DNI para identificar si se trata de un menor o mayor de edad, para ser anotados en el registro de usuarios; dicho registro es obligatorio, el cual exhibirá cada vez que sea requerido por la autoridad competente.
5.- Impedir el acceso de menores de edad a computadoras no acondicionadas con filtros y bloqueo de acceso a páginas web pornográficas o de violencia.

El incumplimiento de las obligaciones previstas en los párrafos precedentes trae como consecuencia la imposición de la respectiva sanción.

Artículo 5º.- COMPETENCIAS MUNICIPALES
Corresponde a la Municipalidad de Imperial efectuar las siguientes acciones:
1.- Mediante Resolución de Alcaldía, se conformará una Comisión Multisectorial conformado por un integrante de la Municipalidad, un integrante del Concejo Educativo Municipal y uno de la Policía Nacional del Perú, el mismo que diseñara un Plan de fiscalización Anual.
2.- Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza y en especial la instalación de filtros de control para el acceso a Internet para los menores de edad.
3.- Suscribir Convenios con entidades para promover campañas de capacitación y difusión para el conocimiento, respeto y cumplimiento de la presente Ordenanza, así como de la importancia de contar con los filtros de bloqueo referidos en esta norma.

Artículo 6º.- PROCESO DE ADECUACION
Los operadores de las cabinas de Internet implementarán las condiciones establecidas en la presente norma, en un plazo de sesenta (20) días calendarios a partir de su publicación.

Artículo 7º.- DE LAS INFRACCIONES
El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza será sancionado conforme a lo establecido en el Régimen de Aplicación de Sanciones y Cuadro de Infracciones y Sanciones que se anexa en la presente Norma.

Artículo 8º.- INFORMACION
La Municipalidad Distrital de Imperial facilitará a los padres de familia, profesores, propietarios, conductores y/o administradores de establecimientos dedicados al giro de cabinas de Internet y/o alquiler de video juegos, y demás involucrados en el desarrollo de la niñez y adolescencia del distrito, información sobre los mecanismos de seguridad y control establecidos en la presente Ordenanza a fin de contribuir con su difusión y cumplimiento.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalización el cumplimiento de las disposiciones de carácter sancionador contenidas en la presente Ordenanza; debiendo coordinar con la Gerencia de Sistema e Informática el apoyo técnico correspondiente a fin de fiscalizar la instalación de filtros de control para el acceso a Internet para los menores de edad, dispuesto en la presente ordenanza.
Encargar a la Gerencia de Desarrollo Humano y Proyección Social el desarrollo de campañas de promoción, difusión y capacitación sobre la importancia del uso e implementación de lo dispuesto en la presente norma, en coordinación con la Oficina de Relaciones Publicas.

Segunda.- Sin perjuicio de lo establecido en la presente norma, los operadores de las cabinas de Internet deberán consultar en el Sistema de Clasificación de Videojuegos por edades y contenidos administrado por la «PAN EUROPEAN GAME INFORMATION» (PEGI), a través de su página web: www.pegi.eu, utilizado como parámetro para determinar si los juegos electrónicos y/o accesos a páginas web de video juegos son apropiados para la niñez del distrito en virtud a su edad y a la naturaleza de su contenido.

Tercera.- Deróguese la Ordenanza Municipal N°001-2004-MDI y déjese sin efecto todo lo que se oponga a la presente Norma.

Cuarta.- La presente norma entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

POR TANTO MANDO:
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Eddy César Del Mazo Tello
Alcalde
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS

«Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo»

ORDENANZA N° 005– 2011 – AL/MDSL

San Luis de Cañete, 28 de Marzo de 2011

El consejo Municipal Distrital de San Luis de Cañete,

Vistos en sesión ordinaria de Consejo 28 de Marzo de 2011 y,

CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; concordante con el Artículo I del Título preliminar de la ley 27972.

Que, el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las Municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específicas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales.

Que, el sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidia-ridad, consistencia con las políticas nacionales, especialización de las funciones, competitividad e integración.

Que, el artículo 119° de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe: «El cabildo abierto es una instancia de consulta directa del gobierno local al pueblo, convocada con un fin específico. El concejo provincial o el distrital, mediante ordenanza reglamentará la convocatoria a cabildo abierto».

Que, el pleno del consejo de conformidad con lo establecido en el Artículo 9° numeral 3) de la ley 27972, Ley Orgánica de Municipa-lidades, y con la dispensa del trámite del trámite de aprobación del Acta aprobó por UNANIMIDAD, lo siguiente:

ORDENANZA QUE REGULA EL CABILDO ABIERTO EN LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS DE CAÑETE

Artículo 1°: El objeto de la presente Ordenanza es reglamentar la convocatoria a cabildo abierto en la jurisdicción del distrito de San Luis de Cañete.

El cabildo abierto es una instancia de consulta directa del gobierno local al pueblo, convocada con un fin específico

Artículo 2°: Los temas y/o asuntos a tratarse en el Cabildo Abierto, se encuentran relacionados íntegramente a la gestión Municipal, en concordancia con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972.

Artículo 3°: La Alcaldesa podrá proponer que se convoque a Cabildo Abierto, de acuerdo a su criterio, a través de un Acuerdo de Consejo que así lo disponga; el mismo que será publicado en un diario de mayor circulación.

Artículo 4°: El consejo Municipal convocará a Cabildo Abierto, de acuerdo a su criterio, a través de un Acuerdo de Consejo que así lo disponga; el mismo que será publicado en un diario de mayor circulación.

En la referida convocatoria deberá precisarse el tema materia de consulta, la fecha, la hora y lugar en que se llevará a cabo el referido cabildo; todo ello con la finalidad de asegurar la participación efectiva de los vecinos de nuestra comuna. Dicha convocatoria deberá hacerse con una anticipación no menor de 05 días de la fecha de realización del mencionado evento.

Artículo 5°: El Cabildo Abierto estará presidido por la Sra. Alcaldesa, quien estará acompañada por los Regidores, Secretaria General, Gerente Municipal, los funcionarios cuyas gerencias, jefaturas u oficinas se encuentren vinculadas al tema de materia de consulta.

Artículo 6°: La realización del Cabildo abierto se conducirá de acuerdo a lo regulado en el Reglamento Interno del Consejo Municipal y se llevará a cabo de la siguiente manera:

1.- La Señora Alcaldesa dará las palabras de bienvenida a los asistentes al referido evento, dando por iniciado el mismo. Acto seguido, explicará el motivo y tema de la convocatoria.

2.- Posterior a esto, se le cederá el uso de la palabra a los vecinos, quienes ejecutaran, de estimarlo necesario, las preguntas que tengan sobre el tema para el que se convocó al mencionado Cabildo, no pudiendo realizar preguntas relacionadas a temas ajeno a la convocatoria. Cada vecino podrá hacer uso de la palabra por un lapso no mayor a 03 minutos, no pudiendo excederse de este tiempo, además, tendrán derecho a dos intervenciones, lo que incluye la réplica y repregunta.

3.- Las preguntas serán absueltas, al final del rol de preguntas o una por una, por la Sra. Alcaldesa o por cualquiera de los funcionarios que se encuentren presentes, si la Alcaldesa así lo estime pertinente.
4.- Una vez absueltas las consultas y no habiendo mas temas a tratar, la Señora Alcaldesa procederá a declarar concluido el Cabildo Abierto.

Artículo 7°: el resultado del Cabildo Abierto, no tiene carácter vinculante, sino referencial, habida cuenta que la decisión final del asunto materia de consulta, será tomada por el Consejo Municipal en pleno, de conformidad con las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972.

Artículo 8°: Derógase cualquier otra norma municipal que se oponga a la presente ordenanza

Artículo 9°: Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y demás Unidades Orgánicas de esta corporación Edil, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.

Artículo 10°: ENCARGAR a la Secretaria General del Concejo su publicación en el Diario Oficial de la provincia de cañete, así como notificar la presente Ordenanza a las Gerencia Municipal y Unidades Orgánicas para su conocimiento y fines.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Delia Victoria Solórzano Carrión
Alcaldesa
EDICTOS PENALES
EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA. Juez Gonzáles; Cita, llama y emplaza a:
EXP.-2010-008-02; a LUIS JAVIER ANDAMAYO GOMEZ. Día 12.04.2011 a horas 3:00 p.m. Audiencia de Juicio Oral en el local del Juzgado. Secretario. Loyola.- Mala 06.04.2011
EXP.-2011-003-01; a DAN ALAN ALMIDON QUILLA. Día 03.05.2011 a horas 04:00 p.m. Audiencia de Juicio Oral en el local del Juzgado. Secretario. Loyola.- Mala 06.04.2011
EXP.-2010-009-02; a OSCAR EMERSON MEDINA ZAMORA. Día 05.05.2011 a horas 11:00 a.m. Audiencia de Juicio Oral en el local del Juzgado. Secretario. Loyola.- Mala 06.04.2011

EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA. Juez Castillo; Cita y emplaza a:
EXP.-2009- 152; A MARDONIO FERNANDEZ QUISPE Y SERGIO CESAR DE LA CRUZ CHILCCE. Día 11.04.2011 a horas 9:00 a.m. y 10:00 a.m. respectivamente. Declaración de Instructiva bajo apercibimiento de declararse reos Ausentes. Secretaria Herrera.- Mala 06.04.2011
7, 8 y 9 de Abril.

EDICTOS PENALES
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIO DE CAÑETE, Presidente: Dr. MARTINEZ, Cita, llama y emplaza a las siguientes procesados, para que asistan a la Sala de Audiencias en la fecha señalada, se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra y defiendan de los cargos que se les imputa:
EXP.-2007-274; a JESUS CUSI ROJAS; día 27-04-2011 a horas 9:00a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: Menor A.E.R.C.. Secretario Miranda. Cañete.31.03.2011.
EXP.-2008-898; a ROBERTO MARQUEZ HILARIO; día 26.04.2011 a horas 10:15a.m Delito: violación a la Libertad Sexual. Agraviado: Menor K.M.L; Secretario Miranda.-Cañete.31.03.2011.
EXP.-2010-016; a LUIS ANTONIO ALBITES DE LA CRUZ; ponga a derecho, Delito: violación a la Libertad Sexual. Agraviado: Menor S. Y. O. S; Secretario Miranda.-Cañete.31.03.2011.

SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE: Juez Chuquillanqui; Cita, llama y emplaza;
EXP.-2008-312 a ANDY OMAR VILLAR TOLEDO; día 13-04-2011 a horas 10:30a.m. Bajo apercibimiento de declarárseles Reo Ausente. Delito: Derechos De Autor. Agraviado: APDAYC. Secretario Miranda.-Cañete.24.03.2011.-

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ASIA: Juez Siguas; Emplaza
EXP.-2010-10; Agraviados MAURO YACJOA ENTUSCA Y JESUS MIGUEL ASTOCAZA CUCHO. Día 11.04.2011 a horas 11:00 a.m. Audiencia TERMINACIÓN ANTICIPADA la misma que se realizara en Penal Cantera – Nuevo Imperial. Delito: Robo Agravado. Inculpado: QUISPE CONISLLA FEDDY JHONNY. Agraviado. Jesús Astocaza Cucho, John Choque Romero y Otro. Secretaria Medina. Asia. 05.04.2011.-

EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA: Juez Chipana; Ha ordenado Publicar lo siguiente:
EXP.-2010- 21; Declara CONSENTIDA la resolución 08 del 07.03.2011 (sentencia) y remítase a archivo. Delito: Hurto; Agraviado: tiendas Wong. Resol.09; fecha 28.03.2011 – Asia. Secretario Medina.-Asia. 30.03.2011.-
EXP.-2010- 94; Resuelve el Archivar el proceso consentida o ejecutoriada la presente resolución. Agraviado: Enrique Velásquez Huiza. Resol.05 30.03.2011 - Asia Secretario Medina-Asia. 05.04.2011.-
6, 7 y 8 de Abril.

EDICTO JUDICIAL
Ante el 1° Juzgado Mixto de Cañete que despacha el Señor Juez José De La Cruz Vargas y la Secretaria Jovanna Hernández Vásquez, se tramita el Exp. N° 2011-001-0-0801-JR-CI-1, seguido por interpuesta por NEGOCIACIÓN INMOBILIARIA AGRICOLA DEL VALLE DE PACARAN S.A., a través de su apoderado WILTON HERMINIO CANALES ANICAMA, contra MIRIAM VALENTINA SANCHEZ PEREZ sobre INTERDICTO DE RETENER (Pretensión Principal) e INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS (Pretensión Accesoria); en el que dispone se notifique un extracto de la resolución dos (04/03/2011) en el sentido:
1° ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por NEGOCIACIÓN INMOBILIARIA AGRICOLA DEL VALLE DE PACARAN, a través de su apoderado WILTON HERMINIO CANALES ANICAMA, contra MIRIAN VALENTINA SANCHEZ PEREZ sobre INTERDICTO DE RETENER (Pretensión Principal) e INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS (Pretensión Accesoria), debiendo sustanciarse en la vía procedimental de PROCESO SUMARISIMO.
2° EMPLAZAR a la demandada MIRIAN VALENTINA SANCHEZ PEREZ, a fin de que en el plazo de VEINTICINCO DIAS, comparezca al proceso y haga valer derecho con arreglo a ley, bajo apercibimiento de proseguirse el proceso con Curador Procesal, por OFRECIDOS los medios probatorios y AGRÉGUESE a los autos los anexos que adjunta.
3° NOTIFIQUESE por EDICTOS para tal efecto el accionante deberá efectuar las publicaciones de los edictos en el Diario Oficial «El Peruano» y el Diario de la localidad «Al Día Con Matices» por tres días hábiles.
4° PRACTIQUESE UNA DILIGENCIA DE INSPECCION JUDICIAL en el inmueble materia de litis, con asistencia de dos peritos agrónomos, conforme lo establece el artículo 606° último párrafo del Código Procesal Civil, debiéndose PREVIAMENTE OFICIAR AL REGISTRO DE PERITOS JUDICIALES DE CAÑETE, para que designe dos peritos y unas vez aceptado el cargo conferido señálese día y hora para la referida diligencia. Firmado por el Juez y Secretaria Judicial. San Vicente, 04 de Marzo de 2011.
Jovanna Elizabeth Hernández Vásquez
Secretaria Judicial - Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar 6, 7 y 8 de Abril.
EDICTO
Exp. N° 2010-92.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha la doctora Norma Gonzales Ventura y Secretario Luis Raymondi, por Resolución número DOS, en la vía del proceso abreviado mediante Resolución N° 02 SE ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, la demanda es interpuesta por SEGUNDO AGUILAR VALLEJO contra los QUE SE CREAN TENER DERECHO SOBRE EL PREDIO, ubicado en la Antigua Carretera Panamericana Sur del distrito de San Antonio de la provincia de Cañete del departamento de Lima, cuya extensión es de Tres Mil Quinientos Veintisiete punto noventa y nueve metros cuadrados, y el predio rústico ubicado en Esquivilca del distrito de San Antonio de la provincia de Cañete del departamento de Lima, cuya extensión es de Un Mil Trescientos Catorce punto catorce metros cuadrados: Ordenándose notificar a los demandados (los que crean tener derecho sobre el predio), para que contesten la demanda en el plazo no mayor a DIEZ días, notificándose además a los predios colindantes, por ofrecidos los medios probatorios; Mala a los cuatro días de Abril del dos mil once.
Luis Jesús Raymondi Lorenzo - Secretario Judicial - Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 6, 7 y 8 de Abril de 2011.
EDICTO
Expediente: 2011-011-CI.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha la doctora Norma Gonzáles Ventura y Secretario Judicial John Galarza Silva; por Resolución número uno de fecha veinticuatro de Enero del dos mil once, en vía del proceso NO CONTENCIOSO se admitió a trámite la solicitud interpuesta por FLOR DE MARÍA NARVAES AMARINGO, quien postula como pretensión el CAMBIO DE NOMBRE de su menor hijo hoy de nombre EAR LAURA NARVAES por la de KEVIN JORDAN LAURA NARVAES. Mala, veintiocho de Marzo del dos mil once.
John L. Galarza Silva
Secretario Judicial - Juzgado Mixto y Juzgado Penal Unipersonal de Mala
Publicar: 06, 07 y 08 de Abril.
NOTARIA GARRAFA - SUCESION INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 - San Vicente - Cañete - Lima, JUAN JOSE SANCHEZ FARFAN, con DNI N° 70239664, solicita la Sucesión Intestada de su madre MARIA DEL ROSARIO FARFAN MARTINEZ, fallecida el 22 de Febrero del 2011, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente - Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley. San Vicente, 05 de Abril del 2011.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada - Notario de Cañete
NOTARIA GARRAFA - SUCESION INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 - San Vicente - Cañete - Lima, JACQUELINE BRANDO NAVARRO CHUMPITAZ, con DNI N° 41070198, solicita la Sucesión Intestada de su madre JUANA ROSA CHUMPITAZ CAYCHO, fallecida el 20 de Enero del 2011, teniendo como último domicilio el distrito de Chilca - Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley. San Vicente, 05 de Abril del 2011.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada - Notario de Cañete
PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 - San Vicente - Cañete - Lima, MARIA LUCRECIA CARRILLO SANCHEZ, con DNI N° 15350257, solicita se rectifique la Partida de Defunción, de quien en vida fuera su madre: ALEJANDRINA TEODORA SANCHEZ DE CARRILLO, inscrita en el RENIEC - Jesús María - Lima, en el acápite referente a su estado conyugal, se omite el segundo nombre del cónyuge, dice: CASADO CON CARRILLO APOLAYA, LUIS; debe decir: CASADA CON CARRILLO APOLAYA, LUIS VICTORIANO. Lo que se publica para los fines de Ley.
Cañete, 02 de Abril del 2011.
Itala A. Garrafa Peña - Abogada - Notario de Cañete
EDICTOS PENALES
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE. Presidida por el Dr. Vivas; Cita, llama y emplaza a:
EXP.-2002-1213; a BLANCA BRIGIDA LOPEZ AYLAS para que se ponga a derecho y cumpla con la sentencia condenatoria en su contra. Delito Tráfico Ilícito de Drogas en agravio Estado Peruano. Secretario. Miranda. Cañete 29.03.2011
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA. Juez Castillo; Cita, llama y emplaza a:
EXP.-2009-250; a RHOLANDO JESUS LESCANO GUTIERREZ. Día 07.04.2011 a horas 10:45 a.m. Lectura de Sentencia bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz. Delito Omisión a la asistencia Familiar. Agraviado Leslie Isabel Simón Navarro. Secretario. Herrera.- Mala 23.03.2011
EXP.-2009-096; a CARLOS ALBERTO PAITAN CONTRERAS. Día 08.04.2011 a horas 09:00 a.m. INSTRUCTIVA bajo apercibimiento de ser declarado Ausente. Delito Desobediencia y Resistencia a la Autoridad. Agraviado el Estado. Secretario. Herrera.- Mala 24.03.2011
EXP.-2009-080; a EDWIN ALEX CORTEZ ORDINOLA. Día 08.04.2011 a horas 11:15 a.m. Lectura de Sentencia bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Lesiones culposas graves. Agraviado Augusto Fortunato Rivera Cochachi. Secretario. Cabrera.- Mala 23.03.2011
EXP.-2009-200; a PABLO ESCRIBA CACERES y ERNESTO ALTAMIRANO PALOMINO. Día 08.04.2011 a horas 02:15 p.m. INSTRUCTIVA bajo apercibimiento de ser declarado reos Ausentes. Delito Circulación de Billetes y Monedas Falsificadas. Agraviado el Estado. Secretario. Herrera.- Mala 24.03.2011
EXP.-2009-191; a CARLOS HECTOR ESPINOZA HUAPAYA. Día 08.04.2011 a horas 10:45 a.m. Lectura de Sentencia bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado Nicol Araceli Espinoza Body. Secretario. Herrera.- Mala 24.03.2011
EXP.-2009-152; a MARDONIO FERNANDEZ QUISPE y SERGIO CESAR DE LA CRUZ CHILLCCE. Día 11.04.2011 a horas 09:10 a.m. INSTRUCTIVA bajo apercibimiento de ser declarados Reos Ausentes. Delito Hurto Agravado. Agraviado Telefónica de Perú. Secretario. Herrera.- Mala 24.03.2011
EXP.-2009-328; a CESAR JULIO LOZANO CHUMPITAZ. Día 13.04.2011 a horas 09:00 a.m. INSTRUCTIVA bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz. Delito Falsedad Genérica. Agraviado el Estado. Secretario. Herrera.- Mala 24.03.2011
EXP.-2009-290; a ZOILA ROSA RUIZ DÍAZ DE SÁNCHEZ Y RAMÓN SANCHEZ VÁSQUEZ. Día 13.04.2011 a horas 09:10 a.m. INSTRUCTIVA bajo apercibimiento de ser declarado Ausente. Delito Tenencia Ilegal de Explosivos. Agraviado La Sociedad. Secretario. Herrera.- Mala 24.03.2011
5, 7 y 8 de Abril del 2011.

06 abril 2011

MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Y PNP REALIZAN TRABAJO CONJUNTO CONTRA LA DELINCUENCIA...

La Municipalidad del Distrito de San Luis que dirige la señora Delia Victoria Solórzano Carrión, a través del personal de Seguridad Ciudadana en coordinación con la Policía Nacional del Perú, vienen realizando patrullaje en horas de la noche en los diferentes Centros Poblados y Zona Urbana del Distrito de San Luis.
Este trabajo se realiza luego de las coordinaciones realizadas por la alcaldesa de San Luis Señora Delia V. Solórzano Carrión y el Mayor PNP Comisario del Distrito José Montañés Alvis, con la finalidad de erradicar la delincuencia en toda nuestra jurisdicción.
Asimismo se viene coordinando con los alcaldes de los Distritos de Nuevo Imperial, Quilmaná, Cerro Azul, Lunahuaná, Imperial conformantes de la mancomunidad, con la finalidad de realizar un trabajo en conjunto como medida de prevención contra la delincuencia.
Si usted detecta algún indicio o tiene sospecha de un acto delincuencial le solicitamos que de manera inmediata se comunique al celular de seguridad ciudadana Nº 978-505642 o con la Comisaria del Distrito de San Luis al teléfono 284-4001.

ALEX KOURI SEÑALA QUE CAMBIO RADICAL LIMA PROVINCIAS TENDRÁ UN REPRESENTANTE EN EL PRÓXIMO CONGRESO DE LA REPÚBLICA

«El partido Cambio Radical tendrá un representante de la región Lima Provincias en el próximo Congreso, de acuerdo a los últimos sondeos de opinión, confirmando con ello, que hemos superado la barrera de la vaya electoral» expresó categóricamente Alex Kouri Bumachar durante su visita a esta parte del país.
Con esas palabras, Kouri, dejan abiertas las posibilidades que este representante sea Miguel Ángel Mufarech Nemy, dada su trayectoria política como parlamentario y ex presidente del gobierno regional de Lima, además de contar con el respaldo de un importante sector del electorado de las nueve provincias y los ciento veintiocho distritos de la región, por eso, tanto él como toda la bancada de Cambio Radical que llegue al Congreso respaldará todas las iniciativas y proyectos de Ley que Mufarech presente.
La llegada del ex presidente regional del Callao y cabeza de lista de los candidatos al Congreso por Cambio Radical en Lima Metropolitana tuvo la finalidad de respaldar a los aspirantes al legislativo por la región Lima, los mismos que a su vez han intensificado su campaña en esta recta final.
Kouri recorrió las provincias de Huaral, Huaura y Barranca teniendo como anfitrión principal a Miguel Ángel Mufarech Nemy, mientras que en cada una de las provincias en mención fue recibido por los también candidatos al legislativo Yalu Carmelo Bautista e Yvidio Rosales Cano respectivamente.
De esta manera, Cambio Radical ratifica que en el próximo Congreso será una organización preocupada por tratar temas que conciernen a la descentralización, que a su vez permitirá a los pueblos del interior del país como la región Lima, mejoras en la educación, salud, agricultura, seguridad ciudadana, transporte público, turismo, entre otros.

CEM CAÑETE REALIZA CAMPAÑA CASA POR CASA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR

El Centro Emergencia Mujer en Coordinación con la Municipalidad Distrital de Imperial – Participación Ciudadana; viene desarrollando una CAMPAÑA CASA POR CASA, visitando personalmente a mujeres del AAHH. Las Lomas – Cerro Candela, para realizar entrevistas y derivación de casos con respecto a la violencia familiar y sexual, visitándose 99 casas de los cuales 12 de ellos de alto riesgo derivados al CEM Cañete ubicado en Imperial  con el apoyo de las facilitadoras y equipo de apoyo de Centro Emergencia Mujer -MIMDES, también se contó con la presencia de 3 efectivos policiales de la PNP de Imperial con desde las 4pm hasta las 6:15pm.
Es importante remarcar que aún así se percibió el temor a denunciar y creer que aún la violencia física es pan de cada día, por ello recomendamos a las mujeres que la violencia familiar de cualquier tipo ya sea física, psicológica o abuso sexual debe ser denunciado inmediatamente ante las autoridades: (PNP, MINISTERIO PÚBLICO, CORTE SUPERIOR, SERENAZGO, PARROQUIA entre otros)

CHARLAS PREVENCION DE LA VIOLENCIA FAMILIAR – Y GENERO A ESTUDIANTES
De otro lado, también se tuvo conocimiento de las Charlas informativas que viene desarrollando Centro Emergencia Mujer Cañete en la IE 20147 «Heladio Hurtado», Ayer se tuvo del 4toA 20 alumnos y del 5toA 28 alumnos; previa coordinación con la dirección, para prevenir casos de violencia familiar y abuso sexual en el distrito de Imperial, replicas que serán desarrolladas con centros educativos a nivel de toda la provincia.

RUFINA, SEGUNDO Y KAREN MELENDEZ... CIERRAN FILAS CON GONZALO AGUIRRE...

No podía ser de otra manera... son afines... y en ello mucho ha tenido que ver, la cercanía, porque no decirlo la amistad que tienen con Carlos Sertzen Seminario...
Ayer en una concurrida conferencia de prensa, realizada en el Mariana Chickens, tanto Rufina Lévano, como Segundo Díaz y Karen Meléndez, cerraron filas apoyando la  candidatura de  Gonzalo Aguirre, quien postula con el N° 1 por la Alianza Solidaridad Nacional.
Rufina Lévano Quispe, ex alcaldesa de  Cañete y tres  veces alcaldesa del distrito de Nuevo Imperial,dijo: «Cañete esta en peligro de que candidatos que nunca han venido a Cañete nos representen,  consideramos que Gonzalo Aguirre es la única  y mejor opción para la Región y para Cañete, por eso pido a mis miles de simpatizantes que apoyen  este 10 de Abril a  Gonzalo Aguirre, marcando el Sol y escribiendo el N° 1 para congresista, él si esta identificado con nosotros y la Región, es el único capaz  para defender nuestro límites de la intención expansionista de los vecinos de Chincha que pretenden invadir nuestros territorios» enfatizó la polémica ex alcaldesa provincial.
Por su parte el ex candidato a Alcalde Provincial por las filas de Arriba Cañete y el PADIN, Segundo Díaz sostuvo que: «Los cañetanos tenemos una gran responsabilidad, el único candidato que tiene opción segura es Gonzalo Aguirre y él si verdaderamente es de nuestra región, él no es golondrino como otros, él vive en Santa Cruz de Flores, es nuestro vecino y por eso también lo apoyamos» señalando a su vez que también pueden  votar por el Número 2 de Solidaridad Nacional, remarcando en todo momento que la mejor opción para la Región es Gonzalo Aguirre y pidió a sus simpatizantes que este 10 de Abril voten por el  Sol de Solidaridad Nacional.
Por otro lado, la ex regidora provincial, Karen Meléndez,  señaló que  la juventud esta con Gonzalo Aguirre, «él es el único candidato que se ha identificado con la juventud y por eso todo nuestro respaldo... los jóvenes de la región estamos con Gonzalo Aguirre» puntualizó la ex autoridad.
Asimismo una comitiva de la vecina provincia de Yauyos que también participaron  de esta  conferencia de prensa  comprometieron su respaldo a Gonzalo Aguirre, quedando demostrado de esa forma el apoyo que poco a poco se viene inclinando do hacia el candidato de Solidaridad en las próximas contiendas electorales por ser la mejor opción para que represente en el parlamento nacional a la región Lima.

REALIZAN CAPACITACION ELECTORAL PARA FISCALES, PERSONAL FISCAL Y ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE

De acuerdo con las coordinaciones entre instituciones autónomas como lo son el Ministerio Público y la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE, se realizó en el auditorio Institucional del Ministerio Público, desde las 8:25 a 9:45 de la mañana, una capacitación electoral para los señores fiscales, personal fiscal y administrativo de esta Institución.
El señor Presidente de la Junta de Fiscales Superiores, Dr. Julio Manrique Zegarra, les dio la bienvenida a 4 integrantes de la ODPE – Cañete dirigidos por la capacitadora Judith Estrada, quienes abordaron la temática con respecto a las próximas elecciones de este 10 de abril, con material audiovisual e impreso acerca de cómo emitir sufragio en estas elecciones presidenciales, congresales y de parlamento andino, la ilustración abarcó también al personal que trabaja en esta Institución y que ha sido por sorteo elegido como miembro de mesa, se expusieron ejemplos acerca de votos válidos y votos nulos.
La reunión sirvió además para coordinar también los trabajos en conjunto para el día de las elecciones en caso de que se cometan ilícitos como por ejemplo la suplantación de identidad en este proceso, donde estarán presentes en los locales de votación los señores Fiscales y la Policía Nacional del Perú.
Para culminar la reunión el personal de la ONPE absolvió adecuadamente las consultas de los señores fiscales y personal administrativo del Ministerio Público, aceptando del mismo modo las sugerencias de los señores fiscales para el mejor desenvolvimiento de estas elecciones 2011.

CERRO AZUL, PRESENTE EN DÍA DE LA INMIGRACIÓN PERUANO JAPONESA

El distrito de Cerro Azul se hizo presente en el Campo de Marte (Lima), a través del alcalde Hugo Rivas y los regidores, con la finalidad de participar de la ceremonia que conmemoró los 112 años de la Inmigración Japonesa a nuestro país.
A la ceremonia se hizo presente el embajador de Japón en el Perú, Shuichiro Megata, quien acompañado de los alcaldes de Jesús María y Cerro Azul, así como del Presidente de la Asociación Peruano Japonés, colocaron las ofrendas florales en el Puente de la Amistad que simboliza el lazo de amistad entre el Perú y Japón.
Al momento de hacer uso de la palabra y dirigirse a los asistentes, el alcalde, Hugo Rivas, expresó su solidaridad con el hermano país del Japón por el difícil momento que le ha tocado vivir a raíz del terremoto y posterior tsunami del día 11 de Marzo.
En su discurso, el alcalde Hugo Rivas Sánchez,  reconoció el valioso aporte de la comunidad peruano japonesa, señalando que como parte de las actividades por el 112 aniversario de la inmigración japonesa al Perú, se realizará en el monumento que se ubica en Puerto Viejo una ceremonia que rememora el desembarcó del último contingente del primer grupo de inmigrantes japoneses que arribó al Perú en el año 1899.

IZQUIERDA UNIDA RESPALDA A GANA PERÚ

Por: Daciano Ramírez Valerio, corresponsal de Yauyos

Los militantes y simpatizantes de Izquierda Unidad de la Provincia de Yauyos, se ha pronunciado a través de su Comité Provincial, respaldando la Candidatura a la Presidencia de la República del Comandante Ollanta Humala Tasso de la Alianza Gana Perú, que propone al pueblo peruano un Plan de Gobierno (2011 – 2016) de carácter democrático participa-tivo y nacionalista, como alternativa a la política económica neoliberal, hambreadora de los pueblos; que aplicaron en el Perú los gobiernos desde la dictadura del triunvirato Alberto Fujimori, Vladimiro Montesinos y Hermoza Ríos; así como durante la alianza Toledo – fujimorismo y el actual gobierno de la alianza Apro – fujimorista, que continúa poniendo en subasta mediante los Decretos de Urgencia números 001 y 002, los recursos naturales y empresas públicas de la Nación a favor de las empresas transnacionales y oligopólicas, comprometiendo peligrosamente la soberanía nacional del Perú; con el argumento de siempre: «inversión extranjera», «continuar con el crecimiento económico», «El Perú avanza», etc., que solo favorece a los intereses económicos y financieros de las grandes empresas monopólicas, dejando en el Perú solamente migajas (ejemplo: las utilidades, netas de la gran minería del 2007 al 2011 (febrero), fue de US$ 17, 000 millones de dólares y el célebre «Óbolo minero» captó solamente US$ 640 millones de dólares en beneficio del estado); preservando una economía primario exportador, dependiente de las potencias extranjeras, cuyos resultados son: desigual distribución de las riqueza nacional, que afecta a más de 12 millones de peruanos pobres, de las cuales 3 millones en estado de extrema pobreza, principalmente los que viven en los andes y la selva del Perú; una educación de mala calidad, a consecuencia de un presupuesto pírrico de 2,8 % del PBI y pésima política educativa de los gobiernos; crisis agraria y ganadera en los andes de la provincia de Yauyos y del Perú, donde los campesinos se han convertido en mercaderes de las empresas monopólicas; la contaminación ambiental (tierra, agua, aire), es cada vez más agresiva, y afecta la salud de la población; en los pueblos de la provincia de Yauyos y otras provincias de la Región Lima.
No existe una empresa industrial teniendo recursos naturales suficientes, que fomente empleo productivo; los pequeños agricultores y empresas asociativas de tipo comunales están en quiebra, por falta de apoyo técnico, financiero y por la competencia desleal de las empresas transnacionales. A consecuencia de la crisis por la que atraviesa el campo, la juventud emigran a las grandes ciudades, principalmente Lima buscando trabajo que no encuentran, sino solamente crisis económica, social y moral.
En las grandes ciudades aumentan cada vez más la delincuencia juvenil organizada, tan peligrosa como el terrorismo y el narcotráfico; la prostitución juvenil e infantil en Lima y otras ciudades, están a la orden del día. Estas son las repercusiones de la crisis económica social y moral, por la que atraviesa la sociedad peruana que no concuerda con los fríos datos estadísticos que el INEI que publica semanalmente».

PRONUNCIAMIENTO DE IZQUIERDA UNIDA
En el pronunciamiento de Izquierda Unida de la provincia de Yauyos, suscribe el «Plan de Gobierno de la Alianza Gana Perú, resumida en 10 Ejes: 1.- Renovación política democrática, 2.- La económica nacional de mercado como estrategia de desarrollo, 3.- Erradicación de la corrupción, 4.- Recuperación soberana sobre los recursos naturales y activos de la Nación, 5.- Descentralización con participación popular, 6.- Educación y salud de calidad, 7.- Trabajo decente, pensiones dignas para los trabajadores y sectores informales, 8.- Vida segura para todo el pueblo, 9.- Derechos humanos y paz social, 10.- Por una política exterior soberana».
«Izquierda Unidad de la provincia de Yauyos, hace un fervoroso llamado a sus militantes, amigos y simpatizantes, a sus exmilitantes que por algunas razones poderosas razones pasaron a otros partidos y que en el pasado respaldaron al primer Alcalde Socialista de la Municipalidad de Lima, Dr. Alfonzo Barrantes Lingan, fundador del Programa Vaso de Leche; a votar en las elecciones del 10 de abril por Gana Perú, marcando con un aspa la letra «O», para Presidente y Vicepresidente de la República, para el Congreso de la República por la provincia de Lima, los números 10 y 25 de Carmela Sifuentes y Fidel Ríos, respectivamente y al Parlamento Andino el número 4 de Roberto de la Cruz Huaman».
Finalmente, I.U. de Yauyos, «Rechaza enérgicamente la «guerra sucia», el terrorismo psicológico y el chantaje electoral, propiciado por los 4 candidatos neoliberales, contra el candidato de Gana Perú de Ollanta Humala Tasso; por el simple hecho que está en ascenso su preferencia electoral». Los referidos candidatos, no hicieron nada por los pobres del Perú, cuando fueron gobierno o altos funcionarios de los ministerios y Municipalidad de Lima, al no atender las demandas de los pobres, reprimieron ferozmente sus reclamos; ahora, ofrecen el «cielo y el moro», incluso divergentes con su política neoliberal, hecho que demuestra que no van a cumplir» y agrega: «La política neoliberal se caracteriza: practica la democracia liberal tutela por el «Consenso de Washington» de 1990; economía primario exportador de materias primas para los países llamados emergentes, como el Perú y desarrollo industrial con avanzada tecnología para los países desarrollados, como EE.UU. y Comunidad Económica Europea; mercado internacional abierto en los países emergentes y cerrado en los países industrializados; la economía principalmente en manos del sector privado y no injerencia el estado en los países emergentes y economía plural (privado y estatal) en los países desarrollados; considera al Perú como su satélite: controla la política interna, prohibiendo el principio de auto determinación de los países; invierten el Perú principalmente en obras de infraestructura y en explotación de recursos naturales ( oro, plata, cobre), petróleo y gas y no en la producción manufacturera. El 80% de sus utilidades netas logradas en el Perú transfieren a sus países de origen, muy pocas empresas extranjeras pagan sus impuestos a la renta en el Perú, la mayoría pagan en sus países de origen».
La Alianza Gana Perú y el nacionalismo, pretenden corregir estas limitaciones del neoliberalismo, regulando la inversión de capital extranjero, equitativamente con el capital nacional de carácter plural, que propicie desarrollo económico y social mediante la industrialización con tecnología de punta. Por esta iniciativa los políticos neoliberales y algunas empresas mercantilistas acusan que Ollanta Humala y Gana Perú es el «Antisistema», y a nuestro juicio no es así.

PUEBLO DEMANDA CAMBIO DE POLÍTICA ECONÓMICA

Por. Daciano Ramirez Valerio

La mayoría del pueblo peruano nunca ha votado por la aplicación de una política económica neoliberal en el Perú, diseñada por el «Consenso de Washington». El expresidente Alberto Fujimori Fujimori con «Cambio 90» ganó en las elecciones al neoliberal Mario Vargas Llosa del FREDEMO en 1990; con un Programa de Gobierno de Centro Izquierda, rechazando el modelo neoliberal. Una vez tomado el Gobierno, mandó al tacho de la basura su Programa de Gobierno, al realizar el autogolpe el 5 de abril de 1992; reemplazando por un Programa de Gobierno sustentado con la política económica neoliberal fondomonetarista.

1.- Dictadura Fujimorista Instauró el Neoliberalismo en el Perú
Los resultados de diez años de gobierno de la dictadura fujimorista han sido desastrosas para la mayoría del pueblo; superando largamente las funestas dictaduras de Leguia, Sánchez Cerro, Benavidez, Odria y Morales Bermudez.
En Política Económica, retrocedieron del modelo de industrialización por sustitución de importaciones, al modelo primario exportador, sin valor agregado y la importación de bienes manufacturados de países capitalista desarrollados; destruyendo las fuerzas productivas en el país y multiplicando la desocupación y la sobre-explotación de los trabajadores. Esta política regresiva torpedió el desarrollo económico y social Perú: Liberalizó el comercio, la rebaja de los aranceles y la desregulación; destruyó el 50% de la capacidad instalada de la industria y quebraron miles de medianas y pequeñas empresas, quedando sin empleo más de un millón de trabajadores; arrasó los derechos de los trabajadores; con el D.L. 25593 se propuso eliminar las organizaciones sindicales, la negociación colectiva y el derecho de huelga; eliminación de la negociación colectiva por ramas de producción, afectando principalmente a los trabajadores de construcción civil.
De los 11,700 millones que formaban la PEA, 2 millones se convertieron en desempleados absolutos (9%) y 5,2 millones en subempleados (43%) y la precarización laboral alcanzó las dos terceras partes de la fuerza laboral del País.
La constitución fujimorista de 1993, terminó de liquidar el sistema de protección de los trabajadores, que había conquistado en grandes jornadas de lucha. Convirtiendo la legislación laboral más retrograda de América Latina, atentando incluso los convenios y resoluciones de la OIT.
La libre importación de productos agropecuarios, destruyó a la agricultura y ganadería nacional y la dependencia alimenticia de la población de las empresas transnacionales, principalmente norteamericanas. La política agraria fujimorista se refleja en la pobreza crónica de la población campesina y comunera, de cada 100 campesinos rurales 70 son pobres.
En la historia del Perú no hubo un gobierno más entreguista y traidora, como fue la dictadura de Fujimori, su política privatizadora, con el argumento de «inversión extranjera», vendió más de 70 empresas estatales más rentables y de valor estratégico a un precio de ganga, y los 9 millones de dólares que obtuvieron de esta venta no sirvieron para aliviar la pobreza, ni promocionar el desarrollo nacional; sino para el pago de la deuda externa y en negocios oscuros, con las cuales se enriquecieron la familia Fujimori y Montesinos.
Quedando desmentido en la práctica, que el mito de la inversión externa para el desarrollo ha sido un fracaso total. El capitalismo transnacional se benefició de las bonanzas y privilegios de la política económica neoliberal: más altas tasas de ganancias , exoneraciones tributarias, repatriación de utilidades, subsidios, desregulación y flexibilización laboral, etc. mientras quedaron miles de trabajadores despedidos arbitrariamente, alzas exorbitantes de servicios públicos y grandes utilidades de las empresas monopólicas y oligopólicas que no reinvirtieron en el Perú sus utilidades. Sería extenso narrar los efectos negativos de la política neoliberal capitalista en la población peruana.

2.- Gobierno de Toledo «Segundo piso del Fujimorismo»
El economista Alejandro Toledo Manrique, del Perú Posible ganó las elecciones presidenciales en junio del 2001, a la candidata neoliberal Lourdes Flores Nano de la Alianza Unidad Nacional; con un programa de gobierno de Centro Derecha. Una vez designado su primer gabinete ministerial influido por el Ministro Pablo Pedro Kuczynski Gordad acuerdan mantener el Proyecto Neoliberal, puesto en práctica desde 1990. Es decir estableció un gobierno fujimorista sin Fujimori, con el respaldo de la Alianza Unidad Nacional, APRA y Acción Popular.
El gobierno de Toledo fue típico continuista de Fujimori, él mismo se definió el «segundo piso del fujimorismo». Se mantuvieron invariables las políticas neoliberales diseñadas por consenso de Washington y la Constitución Neoliberal de 1993 mantuvo intocable la legislación laboral, encarpetando el Proyecto e la Ley General de Trabajo en el Congreso de la República, aprobado por el Consejo Nacional de Trabajo.
La economía, creció en proporción de 5% anual. Es decir, 25% del PBI en el quinquenio, las exportaciones se triplicaron, pasando de 7 mil a 20 millones de dólares, por la demanda de las materias primas y el alza de los precios, las reservas internacionales alcanzaron cifras records. Sin embargo los indicadores sociales se mantuvieron invariables: 52% de la población en situación de pobreza y una cuarta parte de ésta en extrema pobreza, 70% de la PEA desempleados y subempleados y la desnutrición infantil, alcanzó en las regiones andinas hasta 80% en los menores de 5 años. En cambio las utilidades de las empresas transnacionales se multiplicaron y se acentuó la concentración de la riqueza en un puñado de rico de la sociedad, mientras que los sueldos y salarios reales, han caído al nivel de la década de los 80 y se han deteriorado los servicios básicos de salud, seguridad social y educación. Se acrecentó la desnacionalización del patrimonio nacional y la subordinación del País a los intereses del imperialismo norteamericano. Pruebo de ello es la negociación incondicional de TLC con los EE.UU. Esto es solo un ejemplo.

3.- Gobierno Aprista Paladín del Neoliberalismo
Alan García Pérez, con el Partido Aprista Peruano para asumir la Presidente de la República, ganó en las elecciones del 2006, al nacionalista Ollanta Humala Tasso, con un programa de centro izquierdo, con el eslogan «Cambio Responsable». Que nunca ejecutó. Todo lo contrario, continuó aplicando la política económica neoliberal, con el slogan «Solo el mercado y la gran empresa salvarán al Perú» y en vez de «solo el APRA salvará el Perú»
Ofreció en su campaña electoral, «Cambio de modelo neoliberal», no lo hizo, formó la alianza Aprafujimorismo; ofreció restablecer la Constitución de 1979, no lo hizo; ofreció borrar la firma del ex presidente Toledo del TLC con EE.UU., no lo hizo; negoció la ratificación del TLC con EE.UU. en el parlamento norteamericano sin modificación alguna; ofreció libre desafiliación de las AFPs, no lo hizo, estableció, quien se retira y quien no de las AFPs; ofreció promulgación de la Ley del Trabajo, no lo hizo; continúa en el parlamento archivado el Proyecto, desde el gobierno de Toledo; ofreció suspender las privatizaciones, continúo privatizando; ofreció programas sociales, el pueblo, recibió migajas con los óvulos mineros. Es decir no atacó las raíces de la pobreza en el Perú, sino fue por las ramas, otorgando mendrugos como si el pueblo peruano fuesen mendigos. Mientras que los 18 monopolios económicos transnacionales se llevaron sus utilidades a sus matrices explotando a los trabajadores y contaminando el medio ambiente.
Estas son una de las modalidades de la dictadura de la democracia neoliberal en el Perú, de gobernar a espaldas de la mayoría del pueblo. Según la última encuesta del Instituto de Opinión Pública de la Universidad Católica: solamente el 22% de la población opinan en mantener inalterable la actual política económica, el 69% opinan cambiar radicalmente o parcialmente la actual política económica del gobierno, por otra política económica que propicie el desarrollo industrial manufacturera que incremente puestos de trabajo, abandonado la política primario exportador de materias primas. Además el 56% de la población opinan que las actividades económicas deben estar en manos del Estado y el 26% plantean que las empresas privadas actúen en cualquier actividad productiva.
Estas opiniones del pueblo coinciden con el Programa de Gobierno del Partido Gana Perú, porque alienta el pluralismo económico: propiedad estatal, propiedad privada, y asociativos, dentro de una economía nacional de libre mercado como estrategia de desarrollo y no solamente de crecimiento económico. Por esta propuesta programática electoral, los candidatos neoliberales, con respaldo de algunos medios de comunicación escrita, desataron una campaña de guerra sucia, de terrorismo psicológico. Tratando de presionar al electoral que no voten por el líder de Gana Perú, tales como: «Ollanta el peón del ajedrez brasileño», «Revisar TLC con EE.UU. tumbará exportaciones y un millón de empleos». Todo lo contrario, la pluralidad de gestión económica proporcionará el desarrollo industrial independiente y soberano las utilidades de las empresas quedaran en el Perú, que generará más trabajo con un salario decoroso y una transacción comercial internacional equitativa, subvencionando los productos nacionales para competir, con éxito en el mercado internacional, así como lo hacen EE.UU. y otros países capitalistas desarrollados con sus mercancías de exportación.
EDICTOS PENALES
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIO DE CAÑETE, Presidente: Dr. MARTINEZ, Cita, llama y emplaza a las siguientes procesados, para que asistan a la Sala de Audiencias en la fecha señalada, se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra y defiendan de los cargos que se les imputa:
EXP.-2007-274; a JESUS CUSI ROJAS; día 27-04-2011 a horas 9:00a.m. Delito: Violación de la Libertad Sexual; Agraviado: Menor A.E.R.C.. Secretario Miranda. Cañete.31.03.2011.
EXP.-2008-898; a ROBERTO MARQUEZ HILARIO; día 26.04.2011 a horas 10:15a.m Delito: violación a la Libertad Sexual. Agraviado: Menor K.M.L; Secretario Miranda.-Cañete.31.03.2011.
EXP.-2010-016; a LUIS ANTONIO ALBITES DE LA CRUZ; ponga a derecho, Delito: violación a la Libertad Sexual. Agraviado: Menor S. Y. O. S; Secretario Miranda.-Cañete.31.03.2011.

SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE: Juez Chuquillanqui; Cita, llama y emplaza;
EXP.-2008-312 a ANDY OMAR VILLAR TOLEDO; día 13-04-2011 a horas 10:30a.m. Bajo apercibimiento de declarárseles Reo Ausente. Delito: Derechos De Autor. Agraviado: APDAYC. Secretario Miranda.-Cañete.24.03.2011.-

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ASIA: Juez Siguas; Emplaza
EXP.-2010-10; Agraviados MAURO YACJOA ENTUSCA Y JESUS MIGUEL ASTOCAZA CUCHO. Día 11.04.2011 a horas 11:00 a.m. Audiencia TERMINACIÓN ANTICIPADA la misma que se realizara en Penal Cantera – Nuevo Imperial. Delito: Robo Agravado. Inculpado: QUISPE CONISLLA FEDDY JHONNY. Agraviado. Jesús Astocaza Cucho, John Choque Romero y Otro. Secretaria Medina. Asia. 05.04.2011.-

EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA: Juez Chipana; Ha ordenado Publicar lo siguiente:
EXP.-2010- 21; Declara CONSENTIDA la resolución 08 del 07.03.2011 (sentencia) y remítase a archivo. Delito: Hurto; Agraviado: tiendas Wong. Resol.09; fecha 28.03.2011 – Asia. Secretario Medina.-Asia. 30.03.2011.-
EXP.-2010- 94; Resuelve el Archivar el proceso consentida o ejecutoriada la presente resolución. Agraviado: Enrique Velásquez Huiza. Resol.05 30.03.2011 - Asia Secretario Medina-Asia. 05.04.2011.-
6, 7 y 8 de Abril.

EDICTO JUDICIAL
Ante el 1° Juzgado Mixto de Cañete que despacha el Señor Juez José De La Cruz Vargas y la Secretaria Jovanna Hernández Vásquez, se tramita el Exp. N° 2011-001-0-0801-JR-CI-1, seguido por interpuesta por NEGOCIACIÓN INMOBILIARIA AGRICOLA DEL VALLE DE PACARAN S.A., a través de su apoderado WILTON HERMINIO CANALES ANICAMA, contra MIRIAM VALENTINA SANCHEZ PEREZ sobre INTERDICTO DE RETENER (Pretensión Principal) e INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS (Pretensión Accesoria); en el que dispone se notifique un extracto de la resolución dos (04/03/2011) en el sentido:
1° ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por NEGOCIACIÓN INMOBILIARIA AGRICOLA DEL VALLE DE PACARAN, a través de su apoderado WILTON HERMINIO CANALES ANICAMA, contra MIRIAN VALENTINA SANCHEZ PEREZ sobre INTERDICTO DE RETENER (Pretensión Principal) e INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS (Pretensión Accesoria), debiendo sustanciarse en la vía procedimental de PROCESO SUMARISIMO.
2° EMPLAZAR a la demandada MIRIAN VALENTINA SANCHEZ PEREZ, a fin de que en el plazo de VEINTICINCO DIAS, comparezca al proceso y haga valer derecho con arreglo a ley, bajo apercibimiento de proseguirse el proceso con Curador Procesal, por OFRECIDOS los medios probatorios y AGRÉGUESE a los autos los anexos que adjunta.
3° NOTIFIQUESE por EDICTOS para tal efecto el accionante deberá efectuar las publicaciones de los edictos en el Diario Oficial «El Peruano» y el Diario de la localidad «Al Día Con Matices» por tres días hábiles.
4° PRACTIQUESE UNA DILIGENCIA DE INSPECCION JUDICIAL en el inmueble materia de litis, con asistencia de dos peritos agrónomos, conforme lo establece el artículo 606° último párrafo del Código Procesal Civil, debiéndose PREVIAMENTE OFICIAR AL REGISTRO DE PERITOS JUDICIALES DE CAÑETE, para que designe dos peritos y unas vez aceptado el cargo conferido señálese día y hora para la referida diligencia. Firmado por el Juez y Secretaria Judicial. San Vicente, 04 de Marzo de 2011.
Jovanna Elizabeth Hernández Vásquez
Secretaria Judicial - Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar 6, 7 y 8 de Abril.

EDICTO
Exp. N° 2010-92.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha la doctora Norma Gonzales Ventura y Secretario Luis Raymondi, por Resolución número DOS, en la vía del proceso abreviado mediante Resolución N° 02 SE ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, la demanda es interpuesta por SEGUNDO AGUILAR VALLEJO contra los QUE SE CREAN TENER DERECHO SOBRE EL PREDIO, ubicado en la Antigua Carretera Panamericana Sur del distrito de San Antonio de la provincia de Cañete del departamento de Lima, cuya extensión es de Tres Mil Quinientos Veintisiete punto noventa y nueve metros cuadrados, y el predio rústico ubicado en Esquivilca del distrito de San Antonio de la provincia de Cañete del departamento de Lima, cuya extensión es de Un Mil Trescientos Catorce punto catorce metros cuadrados: Ordenándose notificar a los demandados (los que crean tener derecho sobre el predio), para que contesten la demanda en el plazo no mayor a DIEZ días, notificándose además a los predios colindantes, por ofrecidos los medios probatorios; Mala a los cuatro días de Abril del dos mil once.
Luis Jesús Raymondi Lorenzo
Secretario Judicial - Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 6, 7 y 8 de Abril de 2011.

EDICTO
Expediente: 2011-011-CI.- Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha la doctora Norma Gonzáles Ventura y Secretario Judicial John Galarza Silva; por Resolución número uno de fecha veinticuatro de Enero del dos mil once, en vía del proceso NO CONTENCIOSO se admitió a trámite la solicitud interpuesta por FLOR DE MARÍA NARVAES AMARINGO, quien postula como pretensión el CAMBIO DE NOMBRE de su menor hijo hoy de nombre EAR LAURA NARVAES por la de KEVIN JORDAN LAURA NARVAES. Mala, veintiocho de Marzo del dos mil once.
John L. Galarza Silva
Secretario Judicial - Juzgado Mixto y Juzgado Penal Unipersonal de Mala
Publicar: 06, 07 y 08 de Abril.

CITACIÓN
ORLANDO JOSE QUISPE GARCÍA, en mi calidad de Presidente del «FRENTE DE DEFENSA DE LAS ORGANIZACIONES DE CONCON TOPARÁ», inscrita en los Registros Públicos de Cañete con Partida N° 21097722, cita a la Convocatoria a las Asociaciones integrantes de esta institución, para el proceso de elección y proclamación del nuevo Consejo Directivo, en aplicación a los estatutos de la institución, que se llevará a cabo en el local de la Asociación las Brisas de Concon, ubicado en Panamericana Sur, Km. 164,500.
Día: Viernes 08 de Abril del 2011.
PRIMERA CONVOCATORIA: 3:00 p.m. SEGUNDA CONVOCATORIA: 3:30 p.m.
AGENDA ÚNICA: Elección y Proclamación del nuevo Consejo Directivo
Agradeciéndole anticipadamente la atención que le brinden a la presente, aprovecho la oportunidad para reiterarles los sentimientos de mi especial consideración y estima personal. Atentamente
Orlando Quispe García
Presidente

EDICTO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el señor Juez, Dr. Juan E. Kuan Gil y Sec. María R. Sánchez Soriano. Exp. 2011-0023, DESIDERIO MANUEL QUIROZ CUZCANO, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de su menor hija ALESSANDRA LISBETH QUIROZ LEVANO; a fin de que se RECTIFIQUE el nombre en el rubro relacionado al padre, que figura como Manuel Desiderto, debiendo ser lo correcto Desiderio Manuel Quiroz Cuzcano
María R. Sánchez Soriano - Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná

EDICTO
Exp. N° 172-2011 ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial, Juez Dr. Luis Miguel Yalán Ahedo Secretario Dr. Ricardo Lovera Hernández JORGE ALBERTO LA MADRID FRANCIA solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en virtud de que se ha consignado el nombre de su padre como MANUEL ENCARNACIÓN LA MADRID GUTIERREZ, siendo lo correcto ENCARNACION LA MADRID GUTIERREZ, asimismo se ha consignado por error su nombre como JORGE ALBERTO LA MADRID Y FRANCIA, siendo lo correcto JORGE ALBERTO LA MADRID FRANCIA. Se comunica para los fines de ley. Imperial, 05 de Abril de 2011.
Dr. Ricardo Lovera Hernández
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Corte Superior de Justicia de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LUNAHUANA
FIJAN REMUNERACION MENSUAL DE ALCALDE Y DIETA DE REGIDORES

ACUERDO DE CONCEJO
N° 030-2011-MDL

28 de Marzo del 2011.

El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lunahuaná;

VISTO:
En Sesión Ordinaria de fecha 28 de Marzo del 2011 mediante el Informe 030-GM/MDL con relación a la remuneración de alcalde y dieta de los señores regidores:

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar la remuneración del Alcalde y las dietas de los regidores;

Que, el artículo 21° de la misma norma establece que el Alcalde desempeña su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneración mensual fijada por Acuerdo de Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. De igual forma, el artículo 12° de la mencionada Ley establece que los regidores tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del año de gestión. El acuerdo que la fija será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad.

Que, el literal “e” del artículo 4 de la Ley 28212, ley que desarrolla el artículo 39 de la Constitución Política en lo que se refiere a la jerarquía y remuneración de los altos funcionarios del estado señala que los Alcaldes Distritales reciben una remuneración mensual que es fijada por el Concejo Municipal correspondiente en proporción a la población electoral de su circunscripción hasta un máximo de cuatro un cuarto (4 ¼) URSP por todo concepto.

Que, el Decreto de Urgencia N° 038-2006 norma que modifica el artículo 5 de la Ley N° 28212 establece que los regidores municipales reciben dietas según el monto que fijen los respectivos concejos municipales de conformidad que disponen sus respectivas leyes orgánicas agregando la citada norma que en ningún caso pueden superar el 30% de la remuneración del Señor Alcalde Distrital correspondiente

Que, conforme se señala en el Informe 032 emitido por la Asesoría Legal de la Municipalidad Distrital de Lunahuaná, le corresponde al Concejo Municipal, fijar la remuneración del Alcalde y las dietas de los señores regidores de acuerdo a los parámetros establecidos en la Ley 27972, Ley 28212 y Decreto Supremo N° 025-2007-PCM.

Que, conforme se señala en el Informe de Vistos se encuentra dentro de la Escala XV correspondiéndole percibir al Alcalde un ingreso máximo mensual por todo concepto de 2,340.00 (dos mil trescientos cuarenta) al que se le debe añadir la asignación especial que deben recibir los Alcaldes de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima conforme al punto 2 del Anexo DS N° 025-2007 de la PCM que asciende a la suma de 1,300.00 (Un mil Trescientos nuevos soles), siendo la suma total de ambos montos de S/. 3,640.00 (tres mil seiscientos cuarenta), correspondiéndoles a los regidores un monto máximo del 30% del monto percibido por el Alcalde.

Estando a los expuestos y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con la opinión favorable de la Gerencia Municipal y Asesoría Legal, el Concejo Municipal adoptó por unanimidad con la dispensa del trámite de lectura y de aprobación del acta.

ACUERDO
Artículo Primero.- Fijar la remuneración mensual del Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lunahuaná, en 3,640.00 (tres mil seiscientos cuarenta nuevos soles) para la presente gestión municipal de conformidad con los dispositivos legales vigentes.

Artículo Segundo.- Fijar en 1,092.00 (mil noventay dos nuevos soles), el monto que por concepto de dietas percibirán los señores regidores del Concejo Distrital de Lunahuaná, precisando que serán cuatro sesiones rentadas al mes por su asistencia efectiva a las mismas, el monto será establecido en el presente artículo y se aplicará durante la presente gestión municipal.

Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acuerdo a la Gerencia Municipal, Contabilidad y Presupuesto, y Secretaria General.

Artículo Cuarto.- Dispóngase la publicación del presente Acuerdo en el Diario Matices.

Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese

Luis Alberto Conislla Jara
Alcalde