Su voz fuerte trasmitía energía, incitaba a las horas de lucha, se resistía a la agonía, fue un hombre de izquierda y bien derecho, lo conocí hace más de dos décadas en la plenitud de su existencia, en esos interminables viajes que realizaba hacia al valle de Mala, al que nunca negó, lo amaba y lo decía con mucho orgullo, porque parte de su sangre que recorría por sus venas – por su árbol genealógico – también era de Mala (Bujama) pues su madre fue nativa de la «cuna y capital del plátano, los tamales y chicharrones»; hoy sus familiares y grandes amigos lo lloramos, en lo personal fue uno de mis primeros y mejores amigos que he tenido en el periodismo. Juan Rojas Rueda, estaba en su domicilio y combatía valientemente un coma diabético, lamentablemente no pudo resistir un terrible infarto, cuando el reloj marcaba las 13:30 pm del domingo 27 de mayo, el destino quiso que a su lado estuvieran los seres más queridos de su existencia para la triste despedida.
CORAZÒN DE LEÒN
Por aquellos días el seudónimo de »Juan Pueblo» fue el titulo que nació de las entrañas del pueblo cañetano y él se lo ganó cariñosamente como premio a su humildad y sencillez, que honró apostólicamente a lo largo de su existencia, porque se identificaba con la solución de los problemas del excluido, necesitado y pobre, ese fue su itinerario de vida, fiel a sus convicciones en la búsqueda permanente de la verdad y justicia, «cuantas veces lo vi poner de la suya» para ayudar a la gente, su vida fue una lección apostólica, percibí que tenia un corazón de león que latía fiero con el abusivo, el mordedor y el corrupto, incluso poniendo en riesgo su propia integridad.
LO QUE SE HEREDA NO SE HURTA
Por esas cosas maravillosas de la vida en el 2005 en las aulas de la ULADECH conozco a su hijo Juan Vladimir, quien estudiaba ahí y luego a Vladimir Alexander que venia de San Marcos, ambos estudiantes de Derecho y Ciencia Política, la amistad y respeto mutuo fue muy rápido, ellos llevaban un apellido al que están obligados a dignificar siempre, de un padre ejemplar llamado JUAN ROJAS RUEDA, y por supuesto de una extraordinaria mujer que fue DIGNA compañera y el sarcay del hogar para que se inspire y brille colosal JUAN PUEBLO, sirviendo al Perú con devoción, como profesional, dirigente, padre y amigo... empezando por su Cañete querido, su voz se escuchó en todos los rincones de la patria a través de Radio «El Sol» con Antonio Llerena Marotti... la agricultura fue su pasión, entendiendo que con las ideas también se siembra y cosecha dignidad, verdad y justicia para el oprimido agricultor, como político fue en sustancia un demócrata y «rebelde con causa», como padre fue un artesano en potencia que supo construir un gran edificio familiar solido y lleno de valores, sus mejores obras de arte para embellecerla fue que cada uno de sus hijos los hiciera profesionales, inculcándole valores que hoy tesoneramente le sirven para caminar derecho.
El nombre del multifacètico «JUAN PUEBLO» lo encontraremos esculpido como buen dirigente en la Ex federación de Empleados Bancarios, de instituciones periodísticas, gremiales vinculados a la agricultura como la ASONADAP y otras más, obviamente que lo escrito son solo destellos, pero suficiente para alumbrar en la noche oscura de la tristeza y el amanecer de un legado que será permanente para aquellos hombres de prensa que quieran seguir sus huellas.
EL ÙLTIMO ADIOS
El Perú necesita muchos «Juan Pueblo» y cada vez que se refleje en el actuar de un buen periodista, dirigente… hombre de bien, daré testimonio que Juan Rojas Rueda no ha muerto. A toda la familia Rojas-Hinostroza mis sinceras condolencias recordándoles que sino fuera suficiente el aliento humano de familiares y amigos, hay alguien que le está esperando para enjuagar esas lágrimas, quizá aquel pasaje bíblico (Jeremías Cap. 33: 3) «Clama a mi, que yo os responderé y haré ver cosas ocultas que tu no cocones» estoy por seguro los aliviará, porque ÈL es DIOS y en su infinita misericordia nunca nos abandona.
HOMENAJE PÓSTUMO
Los restos mortales se velaron en el local de Gremios Unidos en San Vicente, su sepelio fue el día de ayer, martes 29 de mayo.
En el cono norte cañetano los hombres de prensa acordaron guardar el luto correspondiente y www.poderpolitico.info le rendirá un tributo y homenaje póstumo, el mismo que se difundirá durante dos horas en un medio radial local. MURIÒ EL PERIODISTA JUAN ROJAS RUEDA, Q.E.P.D. y D.D.G, PERO NO HAY DUDA DE QUE QUEDA VIVO «JUAN PUEBLO»
30 mayo 2012
FAMILIARES DE OCCISA TOMAN POSESIÓN DE INMUEBLE EN MALA
MALA.- Para evitar que la Parroquia de Mala, pueda apoderarse del predio de doña Eliza Miranda Francia (QEDP), los descendientes de esta última, ingresaron en forma pacífica al inmueble, ubicado en la céntrica calle Real de esta ciudad.
TOMARON POSESION DEL PREDIO PACIFICAMENTE
Don Augusto Miranda y su sobrino Manuel, tomaron la posesión del predio en presencia de la Policía Nacional del Perú, quien constató el hecho «sin novedad».
Los vecinos se solidarizaron con los familiares de la occisa y esgrimieron algunos comentarios negativos contra el sacerdote, coincidiendo que «ni en los curas se podía confiar».
La posesión se realizó el día sábado a las 12.50 del día aproximadamente, encabezado por don Augusto Miranda y su sobrino Manuel, quienes manifestaron ser los herederos legítimos de doña. Eliza Miranda.
TRAMITES ANTE MUNICIPIO PARA INSCRIBIR PREDIO
Por otro lado, se tuvo conocimiento que los de la Parroquia de Mala, estarían realizando los trámites respectivos ante la comuna local y buscar que inscribir el predio a su nombre, trámite que no se consumará.
Como se sabe, se tuvo conocimiento que la difunta Eliza Miranda Francia (QEPD), antes de su deceso, le habría entregado su predio, ubicado en Jr. Real Nº 119, al sacerdote, situación que hoy se torna controversial.
TOMARON POSESION DEL PREDIO PACIFICAMENTE
Don Augusto Miranda y su sobrino Manuel, tomaron la posesión del predio en presencia de la Policía Nacional del Perú, quien constató el hecho «sin novedad».
Los vecinos se solidarizaron con los familiares de la occisa y esgrimieron algunos comentarios negativos contra el sacerdote, coincidiendo que «ni en los curas se podía confiar».
La posesión se realizó el día sábado a las 12.50 del día aproximadamente, encabezado por don Augusto Miranda y su sobrino Manuel, quienes manifestaron ser los herederos legítimos de doña. Eliza Miranda.
TRAMITES ANTE MUNICIPIO PARA INSCRIBIR PREDIO
Por otro lado, se tuvo conocimiento que los de la Parroquia de Mala, estarían realizando los trámites respectivos ante la comuna local y buscar que inscribir el predio a su nombre, trámite que no se consumará.
Como se sabe, se tuvo conocimiento que la difunta Eliza Miranda Francia (QEPD), antes de su deceso, le habría entregado su predio, ubicado en Jr. Real Nº 119, al sacerdote, situación que hoy se torna controversial.
4 DISTRITOS DE CAÑETE Y 9 DE YAUYOS IRAN A PROCESO DE REVOCATORIA
Ya es oficial, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones el pedido de consulta popular de revocatoria de autoridades municipales en cuatro distritos cañetanos y nueve yauyinos que cumplieron con los requisitos establecidos.
Por Cañete, habrá revocatoria en Cerro Azul, Chilca, San Antonio y Pacarán; mientras que los distritos yauyinos que se someterán al proceso de revocatoria de sus autoridades son: Azangaro, Catahuasi, Chocos, Hongos , Omas, Tanta, Tomas, Tupe y Viñac.
Hay que precisar que en el distrito de Nuevo Imperial, si bien es cierto, se alcanzó la cantidad de firmas validas para la consulta popular de 2 regidores, pero el promotor parece que se quedó dormido, y no habría cumplido con enviar la solicitud respectiva adjuntando el documento emitido por Reniec que certificaba haber alcanzado las firmas requeridas. Lo mismo ha sucedido en los distritos yauyinos de Cacra y Huampará, ya que ellos han logrado alcanzar el número de firmas validas requeridas, sin embargo, oficialmente no están en la lista de distritos que van a la revocatoria, al menos por el momento.
Por su parte, la alcaldesa Delia Solórzano Carrión del distrito moreno de San Luis, esta mucho mas tranquila, luego de conocer que no será sometido al proceso de revocatoria, toda vez que el promotor de la misma, no alcanzó a presentar los requisitos solicitados.
Cabe indicar que luego de obtener la constancia de haber alcanzado el número mínimo de firmas válidas emitida por el RENIEC, el promotor de la revocatoria debe acercarse a la ONPE y ratificar su voluntad de continuar con el proceso; luego de lo cual se envía el expediente al organismo electoral jurisdiccional para que continúe con su trámite.
La Onpe envió al JNE las solicitudes de revocatoria recibidas al viernes 25 de mayo a las 22:00 horas, que era el último día de plazo establecido dentro del cronograma electoral para dicho proceso que debe efectivizarse con la consulta popular el 30 de setiembre próximo.
LOS QUE VAN A PROCESO DE REVOCATORIA…
En Cerro Azul, la revocatoria es contra el alcalde Hugo Rivas y todos sus regidores.
En Chilca, también es contra el alcalde Alfredo Chauca Navarro y todos sus regidores,
En Pacarán, es contra el alcalde Rooselvet Avalos y 4 regidores.
Y finalmente, en San Antonio el proceso de revocatoria es contra el alcalde Esteban Jesús Agapito Ramos y 4 regidoresr.
Cabe recordar que en caso de la provincia de Cañete, se adquirieron 28 kits de revocatoria; uno para la provincial; 4 para Imperial, 4 para Nuevo Imperial, 3 para Asia, 2 para Pacarán; 3 para Chilca; 3 para San Luis; 2 para Calango; 1 para Coayllo; 2 para San Antonio: 1 para Cerro Azul; 1 para Quilmaná y 1 para Lunahuaná.
En la provincia de Yauyos, serán 9 los distritos donde el Jurado Nacional de Elecciones ha convocado al proceso de consulta popular.
AZANGARO: contra el alcalde Francisco Rodríguez y todos los regidores. Se presentaron 243 firmas, siendo validas 154, se requerían 137 firmas.
CACRA: contra el alcalde Edison Sulca y todos los regidores. Se presentaron 196 firmas, siendo validas 153, se requerían 132
CATAHUASI: contra el alcalde Melecio Ascencio Quispe y regidora Rosario Vilchez. Se validaron 304 firmas, se requerían 268.
CHOCOS: contra el alcalde Macedonio Aburto Gutiérrez y 4 regidores. Presentaron 394 firmas, 364 fueron validas, se requerían 293.
HONGOS: contra el alcalde Mauro Tupac Alan y 2 regidores. El promotor presentó 109 firmas, de las cuales fueron validas 94, se requerían 83 firmas.
HUAMPARÁ: contra el alcalde Luís Alberto Pérez Tomas. NO habrá consulta ya que el promotor presentó 143 firmas de las cuales solo fueron validas 110, se requerían 133 firmas validas, les faltó 23 firmas.
OMAS: contra el alcalde Luís Ponce Fernández y 4 regidores. Habrá consulta ya que presentaron 184 firmas, de las cuales 175 fueron validas, se requerían 162.
TANTA: contra la alcaldesa Gloria Reyes Trigos y todos los regidores. SÍ habrá consulta ya que presentaron 127 firmas, 114 fueron validas, se requerían 98.
TOMAS: contra el alcalde Elmer Bonilla Castillo. SÍ habrá consulta. El promotor presentó 195 firmas, de las cuales 169 fueron validas, se requerían 164.
TOMAS: contra los regidores Aquiles y Rosalinda Ruiz Dionisio. SÍ habrá consulta. El promotor presentó 228 firmas, siendo validas 195, se requerían 164 firmas.
TUPE: contra el alcalde Benjamín Ordoñez y todos los regidores. SÍ habrá consulta. Presentaron 139 firmas, 118 fueron validas , se requerían 117 firmas.
VIÑAC: contra el alcalde Amadeo Carrión y todos los regidores. SÍ habrá consulta. Presentaron 520 firmas, 422 fueron validas, se requería 395.
SAN JOAQUIN: Se pide la revocatoria del alcalde Heriberto Terrei Alarcón Reyes. En este caso aún las cosas no están definidas ya que la RENIEC le ha puesto suspenso al caso. El promotor presentó un primer lote de 51 firmas, de las cuales fueron validas 48, para este distrito se requieren 49 firmas, es decir le falta 1 sola firma por lo que el promotor ha presentado un nuevo «lote» de 2 firmas más que aún no han sido procesadas. Si al menos una es valida sí habrá consulta, sino pasará como un caso anecdótico en que por una sola firma no pasó el proceso, habrá que esperar lo que se resuelva con la verificación.
Cabe recordar que la provincia de Yauyos batió el record de compra de kits contra una sola autoridad a nivel nacional ya que hubieron 11 kits contra el alcalde y regidores de la Municipalidad Provincial de Yauyos, de los cuales no se presentó ninguno.
En Yauyos se adquirieron 42 kits; siendo los siguientes: 3 para Cacra; 2 para Hongos, 5 para Viñac, 4 para Madean, 1 para Putinza, 2 para Omas, 2 para Liincha, 1 para Azangaro, 2 para Catahuasi, 2 para Tupe, 2 para San Pedro de Pilas, 2 para Chocos, 2 para Tomas, 1 para Huañec, 4 para Huampara, 1 para Tanta, 1 para San Joaquin, 1 para Alis, 1 para Quinches, 1 para Tauripampa y 1 para Ayauca.
Por Cañete, habrá revocatoria en Cerro Azul, Chilca, San Antonio y Pacarán; mientras que los distritos yauyinos que se someterán al proceso de revocatoria de sus autoridades son: Azangaro, Catahuasi, Chocos, Hongos , Omas, Tanta, Tomas, Tupe y Viñac.
Hay que precisar que en el distrito de Nuevo Imperial, si bien es cierto, se alcanzó la cantidad de firmas validas para la consulta popular de 2 regidores, pero el promotor parece que se quedó dormido, y no habría cumplido con enviar la solicitud respectiva adjuntando el documento emitido por Reniec que certificaba haber alcanzado las firmas requeridas. Lo mismo ha sucedido en los distritos yauyinos de Cacra y Huampará, ya que ellos han logrado alcanzar el número de firmas validas requeridas, sin embargo, oficialmente no están en la lista de distritos que van a la revocatoria, al menos por el momento.
Por su parte, la alcaldesa Delia Solórzano Carrión del distrito moreno de San Luis, esta mucho mas tranquila, luego de conocer que no será sometido al proceso de revocatoria, toda vez que el promotor de la misma, no alcanzó a presentar los requisitos solicitados.
Cabe indicar que luego de obtener la constancia de haber alcanzado el número mínimo de firmas válidas emitida por el RENIEC, el promotor de la revocatoria debe acercarse a la ONPE y ratificar su voluntad de continuar con el proceso; luego de lo cual se envía el expediente al organismo electoral jurisdiccional para que continúe con su trámite.
La Onpe envió al JNE las solicitudes de revocatoria recibidas al viernes 25 de mayo a las 22:00 horas, que era el último día de plazo establecido dentro del cronograma electoral para dicho proceso que debe efectivizarse con la consulta popular el 30 de setiembre próximo.
LOS QUE VAN A PROCESO DE REVOCATORIA…
En Cerro Azul, la revocatoria es contra el alcalde Hugo Rivas y todos sus regidores.
En Chilca, también es contra el alcalde Alfredo Chauca Navarro y todos sus regidores,
En Pacarán, es contra el alcalde Rooselvet Avalos y 4 regidores.
Y finalmente, en San Antonio el proceso de revocatoria es contra el alcalde Esteban Jesús Agapito Ramos y 4 regidoresr.
Cabe recordar que en caso de la provincia de Cañete, se adquirieron 28 kits de revocatoria; uno para la provincial; 4 para Imperial, 4 para Nuevo Imperial, 3 para Asia, 2 para Pacarán; 3 para Chilca; 3 para San Luis; 2 para Calango; 1 para Coayllo; 2 para San Antonio: 1 para Cerro Azul; 1 para Quilmaná y 1 para Lunahuaná.
En la provincia de Yauyos, serán 9 los distritos donde el Jurado Nacional de Elecciones ha convocado al proceso de consulta popular.
AZANGARO: contra el alcalde Francisco Rodríguez y todos los regidores. Se presentaron 243 firmas, siendo validas 154, se requerían 137 firmas.
CACRA: contra el alcalde Edison Sulca y todos los regidores. Se presentaron 196 firmas, siendo validas 153, se requerían 132
CATAHUASI: contra el alcalde Melecio Ascencio Quispe y regidora Rosario Vilchez. Se validaron 304 firmas, se requerían 268.
CHOCOS: contra el alcalde Macedonio Aburto Gutiérrez y 4 regidores. Presentaron 394 firmas, 364 fueron validas, se requerían 293.
HONGOS: contra el alcalde Mauro Tupac Alan y 2 regidores. El promotor presentó 109 firmas, de las cuales fueron validas 94, se requerían 83 firmas.
HUAMPARÁ: contra el alcalde Luís Alberto Pérez Tomas. NO habrá consulta ya que el promotor presentó 143 firmas de las cuales solo fueron validas 110, se requerían 133 firmas validas, les faltó 23 firmas.
OMAS: contra el alcalde Luís Ponce Fernández y 4 regidores. Habrá consulta ya que presentaron 184 firmas, de las cuales 175 fueron validas, se requerían 162.
TANTA: contra la alcaldesa Gloria Reyes Trigos y todos los regidores. SÍ habrá consulta ya que presentaron 127 firmas, 114 fueron validas, se requerían 98.
TOMAS: contra el alcalde Elmer Bonilla Castillo. SÍ habrá consulta. El promotor presentó 195 firmas, de las cuales 169 fueron validas, se requerían 164.
TOMAS: contra los regidores Aquiles y Rosalinda Ruiz Dionisio. SÍ habrá consulta. El promotor presentó 228 firmas, siendo validas 195, se requerían 164 firmas.
TUPE: contra el alcalde Benjamín Ordoñez y todos los regidores. SÍ habrá consulta. Presentaron 139 firmas, 118 fueron validas , se requerían 117 firmas.
VIÑAC: contra el alcalde Amadeo Carrión y todos los regidores. SÍ habrá consulta. Presentaron 520 firmas, 422 fueron validas, se requería 395.
SAN JOAQUIN: Se pide la revocatoria del alcalde Heriberto Terrei Alarcón Reyes. En este caso aún las cosas no están definidas ya que la RENIEC le ha puesto suspenso al caso. El promotor presentó un primer lote de 51 firmas, de las cuales fueron validas 48, para este distrito se requieren 49 firmas, es decir le falta 1 sola firma por lo que el promotor ha presentado un nuevo «lote» de 2 firmas más que aún no han sido procesadas. Si al menos una es valida sí habrá consulta, sino pasará como un caso anecdótico en que por una sola firma no pasó el proceso, habrá que esperar lo que se resuelva con la verificación.
Cabe recordar que la provincia de Yauyos batió el record de compra de kits contra una sola autoridad a nivel nacional ya que hubieron 11 kits contra el alcalde y regidores de la Municipalidad Provincial de Yauyos, de los cuales no se presentó ninguno.
En Yauyos se adquirieron 42 kits; siendo los siguientes: 3 para Cacra; 2 para Hongos, 5 para Viñac, 4 para Madean, 1 para Putinza, 2 para Omas, 2 para Liincha, 1 para Azangaro, 2 para Catahuasi, 2 para Tupe, 2 para San Pedro de Pilas, 2 para Chocos, 2 para Tomas, 1 para Huañec, 4 para Huampara, 1 para Tanta, 1 para San Joaquin, 1 para Alis, 1 para Quinches, 1 para Tauripampa y 1 para Ayauca.
MÁS DE MILLÓN Y MEDIO DE SOLES RECIBIRÁ EL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA POR SU CAPACIDAD DE INVERSIÓN EN EL PRESUPUESTO ANUAL
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) reafirmó la transferencia de un millón y medio de nuevos soles para la actual gestión del Gobierno Regional de Lima que lidera el presidente Javier Alvarado Gonzales Del Valle, como incentivo por haber demostrado capacidad de inversión del presupuesto anual, al término del primer trimestre del 2012.
A través de la Resolución Directoral N° 010 -2012 –EF/50.01 publicada -recientemente- en el Diario Oficial El Peruano, el Director General de Presupuesto Público, Rodolfo Acuña Namihas, aprobó el resultado de las evaluaciones respecto a las inversiones ejecutadas por los Gobiernos Regionales al finalizar el 31 de marzo de este año.
En la publicación, el Gobierno Regional de Lima se encuentra en la relación de jurisdicciones que lograron las metas establecidas por el MEF, para la referida fecha, que consistía en alcanzar el 15% de ejecución de proyectos de inversión pública del presupuesto anual. La gestión del presidente Javier Alvarado superó esas cifras, al lograr el 24.6% de ejecución del gasto público.
FINANCIAMIENTO PARA NUEVOS PROYECTOS
Este incentivo económico de un millón y medio de soles permitirá a la región Lima financiar la ejecución de nuevos proyectos de Infraestructura, Educación, Salud, Vías de Comunicación, Agricultura y otros, a favor de las nueve provincias.
Como se recuerda, la actual administración del Gobierno Regional de Lima continúa reafirmando su capacidad en la ejecución del gasto público, dado que anteriormente también recibió un bono económico del MEF por superar la meta establecida del 71% para el período 2011.
Cabe mencionar que los últimos reportes del MEF, muestran a Lima provincias en los primeros lugares del ranking nacional de inversiones, confirmando la eficiencia de la ejecución del presupuesto anual.
A través de la Resolución Directoral N° 010 -2012 –EF/50.01 publicada -recientemente- en el Diario Oficial El Peruano, el Director General de Presupuesto Público, Rodolfo Acuña Namihas, aprobó el resultado de las evaluaciones respecto a las inversiones ejecutadas por los Gobiernos Regionales al finalizar el 31 de marzo de este año.
En la publicación, el Gobierno Regional de Lima se encuentra en la relación de jurisdicciones que lograron las metas establecidas por el MEF, para la referida fecha, que consistía en alcanzar el 15% de ejecución de proyectos de inversión pública del presupuesto anual. La gestión del presidente Javier Alvarado superó esas cifras, al lograr el 24.6% de ejecución del gasto público.
FINANCIAMIENTO PARA NUEVOS PROYECTOS
Este incentivo económico de un millón y medio de soles permitirá a la región Lima financiar la ejecución de nuevos proyectos de Infraestructura, Educación, Salud, Vías de Comunicación, Agricultura y otros, a favor de las nueve provincias.
Como se recuerda, la actual administración del Gobierno Regional de Lima continúa reafirmando su capacidad en la ejecución del gasto público, dado que anteriormente también recibió un bono económico del MEF por superar la meta establecida del 71% para el período 2011.
Cabe mencionar que los últimos reportes del MEF, muestran a Lima provincias en los primeros lugares del ranking nacional de inversiones, confirmando la eficiencia de la ejecución del presupuesto anual.
PREOCUPA CONOCER QUE EXISTA NUEVA ESCALA REMUNERATIVA EN EL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
El 20 de abril del presente año, el presidente regional Javier Alvarado Gonzáles del Valle firmó la polémica Resolución Ejecutiva Regional Nº 341-2012-PRES que aprobó la nueva escala remunerativa de la Unidad Ejecutora 001 Región Lima, por el cual, el titular del Gobierno Regional percibirá 24,800 nuevos soles.
La sorpresiva, mañosa y patética decisión de establecer esa nueva escala remunerativa por la cual el presidente regional sufre un incremento de más de 10,000 nuevos soles, se convierte en una verdadera cachetada a la pobreza y un insulto a quienes a duras penas ganan el sueldo mínimo de 750 nuevos soles, o a aquellos profesionales que perciben menos de 1 500 mensuales.
Además, la decisión infringe los alcances del Decreto de Urgencia Nº 019-2006, que establece que los presidentes regionales percibirán la compensación por el ejercicio de sus funciones que no excederá la suma de 14,300.
Además, la misma no tiene la aprobación del consejo regional que se supone es la instancia indicada para determinar las condiciones de los sueldos; evidenciando que el Ejecutivo del gobierno regional ejerce con prepotencia, absolutismo y de espaldas al pueblo, porque con estas decisiones la gestión del líder de Patria Joven deja un claro mensaje que llegó a convertirse en autoridad para servirse y no servir a los demás.
En la R. E. R que fija al margen de la Ley la escala remunerativa del presidente regional en 24 800 soles, también considera cuatro nuevos cargos, los que son E 1A, E 1B, E 1C y E 1D, que ganarán entre 2 500 a 3 300 nuevos soles En la anterior escala remunerativa.
CONSEJEROS CONSIDERAN ILEGAL Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS DEL PUEBLO, APROBACIÓN DE LA NUEVA ESCALA REMUNERATIVA QUE FIJA EN 24 800 SOLES EL SUELDO DEL PRESIDENTE REGIONAL
Revuelo ha causado en una parte de los consejeros regionales la desatinada y reciente aprobación de la nueva escala remunerativa del gobierno regional de Lima, por la cual se establece que el sueldo del presidente regional Javier Alvarado Gonzáles del Valle es 24,800 nuevos soles, según se puede certificar en la R. E. R. Nº 341-2012-PRES.
Para el controvertido consejero regional por la provincial de Yauyos, Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro, esta decisión es ilegal porque ninguna autoridad nacional, regional ni local ha incrementado sus remuneraciones, por lo que afirmó, «Cuando se ha tratado el tema de dietas yo he planteado que sea un sol, yo soy de la idea que se plantee como esta, un incremento es ilegal, hay una escala remunerativa establecida por el ejecutivo, el presidente regional no de be ganar más de los 14 mil y picos, así como los consejeros solo el 30 % de ese monto».
La autoridad regional reflexionó que «ninguna autoridad distrital, provincial, regional, ni el propio presidente regional se han incrementado el sueldo, hay una tabla básica de cuánto debe ganar un regidor distrital, regidor provincial, alcalde distrital, alcalde provincial, presidente regional, un consejero regional, vicepresidente regional, ministro de Estado y el presidente de la República, tengo entendido que viene estancado varios años el incremento de sueldos de las autoridades».
«A la sinceridad en lo que va del año, no se ha tocado el tema de sueldos y dietas, ni siquiera se ha ratificado los existentes; en la próxima reunión de la sesión ordinaria o extraordinaria de consejo regional estoy en condiciones de plantearlo para que se trate el tema», finalizó
Por su parte, el no menos polémico consejero regional por la provincia de Huaura, Marcial Alcibiades Palomino García Milla; desconocía el tema de la aprobación de la nueva escala remunerativa por el cual se fija el monto señalado como nuevo sueldo para el presidente regional, seguramente porque esta muy ocupado en sus visitas a las comunidades que muchas veces sobrepasan su jurisdicción, que hacen pensar que esta pensando en el bando presidencial regional.
«Desconozco el tema, no tengo conocimiento, y si fuese yo la rechazo, definitivamente no es el momento de aprovecharse del dinero del pueblo, más bien tomar acciones sobre ese hecho», expresó el consejero regional Marcial Palomino.
Asimismo, Palomino García Milla acotó que era una acción negativa la aprobación de la nueva escala, «mal momento, inoportuno, nosotros no hemos venido a servirnos del pueblo, yo he venido a servir, no me preocupa eso, yo no necesito, mis dietas lo estoy invirtiendo a una labor social para el pueblo de la provincia de Huaura, rechazo no estoy de acuerdo rechazo si eso es así, lo analizaremos si eso es así». (Carlos Papa Sánchez)
La sorpresiva, mañosa y patética decisión de establecer esa nueva escala remunerativa por la cual el presidente regional sufre un incremento de más de 10,000 nuevos soles, se convierte en una verdadera cachetada a la pobreza y un insulto a quienes a duras penas ganan el sueldo mínimo de 750 nuevos soles, o a aquellos profesionales que perciben menos de 1 500 mensuales.
Además, la decisión infringe los alcances del Decreto de Urgencia Nº 019-2006, que establece que los presidentes regionales percibirán la compensación por el ejercicio de sus funciones que no excederá la suma de 14,300.
Además, la misma no tiene la aprobación del consejo regional que se supone es la instancia indicada para determinar las condiciones de los sueldos; evidenciando que el Ejecutivo del gobierno regional ejerce con prepotencia, absolutismo y de espaldas al pueblo, porque con estas decisiones la gestión del líder de Patria Joven deja un claro mensaje que llegó a convertirse en autoridad para servirse y no servir a los demás.
En la R. E. R que fija al margen de la Ley la escala remunerativa del presidente regional en 24 800 soles, también considera cuatro nuevos cargos, los que son E 1A, E 1B, E 1C y E 1D, que ganarán entre 2 500 a 3 300 nuevos soles En la anterior escala remunerativa.
CONSEJEROS CONSIDERAN ILEGAL Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS DEL PUEBLO, APROBACIÓN DE LA NUEVA ESCALA REMUNERATIVA QUE FIJA EN 24 800 SOLES EL SUELDO DEL PRESIDENTE REGIONAL
Revuelo ha causado en una parte de los consejeros regionales la desatinada y reciente aprobación de la nueva escala remunerativa del gobierno regional de Lima, por la cual se establece que el sueldo del presidente regional Javier Alvarado Gonzáles del Valle es 24,800 nuevos soles, según se puede certificar en la R. E. R. Nº 341-2012-PRES.
Para el controvertido consejero regional por la provincial de Yauyos, Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro, esta decisión es ilegal porque ninguna autoridad nacional, regional ni local ha incrementado sus remuneraciones, por lo que afirmó, «Cuando se ha tratado el tema de dietas yo he planteado que sea un sol, yo soy de la idea que se plantee como esta, un incremento es ilegal, hay una escala remunerativa establecida por el ejecutivo, el presidente regional no de be ganar más de los 14 mil y picos, así como los consejeros solo el 30 % de ese monto».
La autoridad regional reflexionó que «ninguna autoridad distrital, provincial, regional, ni el propio presidente regional se han incrementado el sueldo, hay una tabla básica de cuánto debe ganar un regidor distrital, regidor provincial, alcalde distrital, alcalde provincial, presidente regional, un consejero regional, vicepresidente regional, ministro de Estado y el presidente de la República, tengo entendido que viene estancado varios años el incremento de sueldos de las autoridades».
«A la sinceridad en lo que va del año, no se ha tocado el tema de sueldos y dietas, ni siquiera se ha ratificado los existentes; en la próxima reunión de la sesión ordinaria o extraordinaria de consejo regional estoy en condiciones de plantearlo para que se trate el tema», finalizó
Por su parte, el no menos polémico consejero regional por la provincia de Huaura, Marcial Alcibiades Palomino García Milla; desconocía el tema de la aprobación de la nueva escala remunerativa por el cual se fija el monto señalado como nuevo sueldo para el presidente regional, seguramente porque esta muy ocupado en sus visitas a las comunidades que muchas veces sobrepasan su jurisdicción, que hacen pensar que esta pensando en el bando presidencial regional.
«Desconozco el tema, no tengo conocimiento, y si fuese yo la rechazo, definitivamente no es el momento de aprovecharse del dinero del pueblo, más bien tomar acciones sobre ese hecho», expresó el consejero regional Marcial Palomino.
Asimismo, Palomino García Milla acotó que era una acción negativa la aprobación de la nueva escala, «mal momento, inoportuno, nosotros no hemos venido a servirnos del pueblo, yo he venido a servir, no me preocupa eso, yo no necesito, mis dietas lo estoy invirtiendo a una labor social para el pueblo de la provincia de Huaura, rechazo no estoy de acuerdo rechazo si eso es así, lo analizaremos si eso es así». (Carlos Papa Sánchez)
JAVIER ALVARADO SEÑALA QUE NO SE HA AUMENTADO EL SUELDO
Y salió el presidente regional de Lima Javier Alvarado al frente. Y no se cayó nada. Y es que la oposición destructiva no descansa, pues a través de sus medios de comunicación salieron a denunciar una «supuesta» nueva escala remunerativa, en la que según ellos, se «privilegiaba» un nuevo sueldo a Javier Alvarado, con la suma de 24 mil 800 nuevos soles.
Según los acuciosos denunciantes, el 20 de abril se emitió la Resolución Ejecutiva Regional Nº 341-2012, que aprobó la nueva escala remunerativa de la Unidad Ejecutora 001 Región Lima, por el cual, el titular del Gobierno Regional percibirá 24 800 nuevos soles.
Lógicamente no dijeron nada de los alcances del Decreto de Urgencia Nº 019-2006, que establece que los presidentes regionales percibirán una compensación por el ejercicio de sus funciones que no excederá la suma de 14 300, por lo que cualquier aumento no solo es ilegal, sino irregular por no existir incluso Acuerdo de Consejo Regional.
En la Resolución Ejecutiva Regional motivo de la denuncia, y que fija la nueva escala remunerativa del Gobierno Regional, fue a solicitud de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del empleo en cuatro nuevos cargos, los que son E 1A, E 1B, E 1C y E 1D, que ganarán entre 2,500 a 3,300 nuevos soles, pero que claramente indica sobre el Decreto de Urgencia Nº 019-2006, trazando tácitamente que el sueldo del presidente regional es de S/. 14,300 nuevos soles, siendo el monto de S/.24,800 soles, como referencial, tratándose de un error administrativo que ya fue resuelto mediante la adenda 230, que indica que el sueldo de Javier Alvarado, tal como el mismo lo ha aclarado, no se ha aumentado ni piensa en aumentar, en más de lo que dice y establece obligatoriamente, el decreto de urgencia Nº 019-06,y que está vigente.
No somos empíricos ni nos hacemos llamar «expertos» como los muchos eruditos que hoy abundan (expertos en todo, conocedores de nada), pero la verdad se debe de decir objetivamente y no ser manipulada caprichosamente, al gusto que se desee, con la intención de hacer daño.
Se nota un tufillo de venganza y odio, revanchista, que sería bueno se deje de lado de una buena vez.
Según los acuciosos denunciantes, el 20 de abril se emitió la Resolución Ejecutiva Regional Nº 341-2012, que aprobó la nueva escala remunerativa de la Unidad Ejecutora 001 Región Lima, por el cual, el titular del Gobierno Regional percibirá 24 800 nuevos soles.
Lógicamente no dijeron nada de los alcances del Decreto de Urgencia Nº 019-2006, que establece que los presidentes regionales percibirán una compensación por el ejercicio de sus funciones que no excederá la suma de 14 300, por lo que cualquier aumento no solo es ilegal, sino irregular por no existir incluso Acuerdo de Consejo Regional.
En la Resolución Ejecutiva Regional motivo de la denuncia, y que fija la nueva escala remunerativa del Gobierno Regional, fue a solicitud de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del empleo en cuatro nuevos cargos, los que son E 1A, E 1B, E 1C y E 1D, que ganarán entre 2,500 a 3,300 nuevos soles, pero que claramente indica sobre el Decreto de Urgencia Nº 019-2006, trazando tácitamente que el sueldo del presidente regional es de S/. 14,300 nuevos soles, siendo el monto de S/.24,800 soles, como referencial, tratándose de un error administrativo que ya fue resuelto mediante la adenda 230, que indica que el sueldo de Javier Alvarado, tal como el mismo lo ha aclarado, no se ha aumentado ni piensa en aumentar, en más de lo que dice y establece obligatoriamente, el decreto de urgencia Nº 019-06,y que está vigente.
No somos empíricos ni nos hacemos llamar «expertos» como los muchos eruditos que hoy abundan (expertos en todo, conocedores de nada), pero la verdad se debe de decir objetivamente y no ser manipulada caprichosamente, al gusto que se desee, con la intención de hacer daño.
Se nota un tufillo de venganza y odio, revanchista, que sería bueno se deje de lado de una buena vez.
DICTARAN SENTENCIA A IMPUTADO YAUYINO POR DELITO CONTRA EL PUDOR EN AGRAVIO DE MENOR
SAN VICENTE.- La Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior de Justicia de Cañete, dictará sentencia contra el imputado Osterlin Huari (21) por la presunta comisión delitos de actos contra el pudor, en agravio de una menor de cinco años, ocurrido el año pasado en Yauyos.
«Estamos convencidos que los magistrados harán justicia contra los hechos suscitados hace un año en el sector de Villafranca (Cacra)», expresó muy confiado el Dr. Edmundo Arenas Vivas, abogado de los familiares de la agraviada.
Los familiares de la menor, también confían que se hará justicia y revelaron que aùn no se reponen del trauma que padecieron hace un año en su jurisdicción. Como se recuerda, el hecho conmocionó a la provincia de Yauyos e incluso, gracias a la rápida participación del Destacamento Antisubversivo de Catahuasi, se logró capturar al sujeto.
«Estamos convencidos que los magistrados harán justicia contra los hechos suscitados hace un año en el sector de Villafranca (Cacra)», expresó muy confiado el Dr. Edmundo Arenas Vivas, abogado de los familiares de la agraviada.
Los familiares de la menor, también confían que se hará justicia y revelaron que aùn no se reponen del trauma que padecieron hace un año en su jurisdicción. Como se recuerda, el hecho conmocionó a la provincia de Yauyos e incluso, gracias a la rápida participación del Destacamento Antisubversivo de Catahuasi, se logró capturar al sujeto.
PRIMEROS DIEZ MINUTOS DESPUES DE UN TERREMOTO SON FUNDAMENTALES PARA SALVAR VIDAS...
Los diez primeros minutos tras un terremoto son fundamentales para salvar vidas y por ello durante ese tiempo la población debe permanecer fuera de sus viviendas, a fin de evitar que las réplicas hagan colapsar las estructuras y causen algún muerto o herido.
Pedro Ferrara, asesor de Gestión de Riesgo de la comuna capitalina, indicó que a fin de que la población sepa qué hacer tras un sismo de gran magnitud, la municipalidad de Lima ha preparado el Protocolo de Actuación Interinstitucional en Casos de Sismo o Tsunami, el cual será lanzado el miércoles 30.
Uno de los datos que consigna ese protocolo es, por ejemplo, que al momento del sismo los habitantes bajen la palanca de la caja de energía eléctrica de sus viviendas, para impedir que el movimiento telúrico genere una chispa y produzca un incendio.
La salida de las personas de las viviendas o del lugar donde se encuentren debe ser ordenada, porque el tumulto puede ser fatal. Además, quienes se encuentren en un edificio deben buscar zonas seguras, como el área cercana a los ascensores. Una vez que hayan evacuado es mejor esperar fuera no menos de 10 minutos.
«Los 10 primeros minutos son importantes, porque es cuando se producen los mayores riesgos de muerte y, además, se pueden salvar vidas si se adopta el comportamiento adecuado tras el siniestro», explicó.
Ferrara indicó, también, que tras el sismo las personas que presentan heridas leves deben dirigirse a pie al centro de salud más cercano a sus viviendas y no usar vehículos, porque congestionarían las calles y avenidas.
Esta acción, comentó, es necesaria para permitir que los hospitales públicos puedan atender con mayor fluidez a las personas que presentan lesiones graves originadas por el sismo.
Además, recordó, la población tiene que hacer uso de los mensajes de texto y de voz, a través de la línea de emergencia 119, para comunicar su estado de salud y ubicación a sus familiares.
Si alguna persona se encuentra cerca del mar, el funcionario señaló que debe dirigirse a las zonas más elevadas, porque cabe la posibilidad de originarse un tsunami de gran magnitud.
En el marco de este protocolo, las municipalidades distritales deben habilitar de inmediato zonas de refugio o albergues, cuya ubicación tiene que ser advertida previamente, para trasladar a los damnificados a estos centros.
Dicho centros de refugio son parques o albergues que cuenten con agua, luz, alimentos, medicinas, abrigo y carpas, para que la población afectada permanezca allí. «Hasta el momento Lima cuenta con 80 puntos (entre parques zonales, distritales y albergues).
Por último, el asesor municipal estimó que un sismo de ocho o nueve grados de intensidad generaría una pérdida económica por 157,000 millones de dólares.
De este total, el 40 por ciento correspondería a fábricas colapsadas, el 30 por ciento a viviendas afectadas y el porcentaje restante a diversos daños materiales causados por la antigüedad o la falta de reforzamiento de las infraestructuras.
Pedro Ferrara, asesor de Gestión de Riesgo de la comuna capitalina, indicó que a fin de que la población sepa qué hacer tras un sismo de gran magnitud, la municipalidad de Lima ha preparado el Protocolo de Actuación Interinstitucional en Casos de Sismo o Tsunami, el cual será lanzado el miércoles 30.
Uno de los datos que consigna ese protocolo es, por ejemplo, que al momento del sismo los habitantes bajen la palanca de la caja de energía eléctrica de sus viviendas, para impedir que el movimiento telúrico genere una chispa y produzca un incendio.
La salida de las personas de las viviendas o del lugar donde se encuentren debe ser ordenada, porque el tumulto puede ser fatal. Además, quienes se encuentren en un edificio deben buscar zonas seguras, como el área cercana a los ascensores. Una vez que hayan evacuado es mejor esperar fuera no menos de 10 minutos.
«Los 10 primeros minutos son importantes, porque es cuando se producen los mayores riesgos de muerte y, además, se pueden salvar vidas si se adopta el comportamiento adecuado tras el siniestro», explicó.
Ferrara indicó, también, que tras el sismo las personas que presentan heridas leves deben dirigirse a pie al centro de salud más cercano a sus viviendas y no usar vehículos, porque congestionarían las calles y avenidas.
Esta acción, comentó, es necesaria para permitir que los hospitales públicos puedan atender con mayor fluidez a las personas que presentan lesiones graves originadas por el sismo.
Además, recordó, la población tiene que hacer uso de los mensajes de texto y de voz, a través de la línea de emergencia 119, para comunicar su estado de salud y ubicación a sus familiares.
Si alguna persona se encuentra cerca del mar, el funcionario señaló que debe dirigirse a las zonas más elevadas, porque cabe la posibilidad de originarse un tsunami de gran magnitud.
En el marco de este protocolo, las municipalidades distritales deben habilitar de inmediato zonas de refugio o albergues, cuya ubicación tiene que ser advertida previamente, para trasladar a los damnificados a estos centros.
Dicho centros de refugio son parques o albergues que cuenten con agua, luz, alimentos, medicinas, abrigo y carpas, para que la población afectada permanezca allí. «Hasta el momento Lima cuenta con 80 puntos (entre parques zonales, distritales y albergues).
Por último, el asesor municipal estimó que un sismo de ocho o nueve grados de intensidad generaría una pérdida económica por 157,000 millones de dólares.
De este total, el 40 por ciento correspondería a fábricas colapsadas, el 30 por ciento a viviendas afectadas y el porcentaje restante a diversos daños materiales causados por la antigüedad o la falta de reforzamiento de las infraestructuras.
HAY NECESIDAD DE REALIZAR SIMULACROS EN CASA LOS FINES DE SEMANA... HAY QUE ESTAR PREPARADOS...
Las familias peruanas deben realizar en casa simulacros de sismo durante todos los fines de semana, a fin de prepararse ante un posible movimiento telúrico, sugirió el director de Sismología del Instituto Geofísico Peruano (IGP), Hernando Tavera.
El especialista indicó que la población debe movilizarse por iniciativa propia y no esperar a que representantes del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) o de los gobiernos locales organicen este tipo de prácticas preventivas para recién prepararse ante un posible desastre natural.
«Un simulacro de sismo es una obligación familiar que no les tomará más de 10 minutos en los días de fin de semana. Este tipo de acción es fundamental para replicarlo en los colegios, universidades y en otros locales», aseguró.
El especialista del IGP agregó que es importante que los jefes de familia organicen sus propias prácticas los sábados y/o domingos, en horario diurno y nocturno, porque en esos días todos los integrantes suelen estar al interior de sus hogares.
Como resultado de esta práctica, sostuvo Tavera, cada miembro de familia podrá saber el tiempo del que dispone para evacuar y ponerse a salvo, identificar las zonas seguras y las funciones que le corresponde adoptar durante las ocurrencias del sismo.
Por último, consideró que el simulacro diurno de sismo y tsunami previsto para este jueves 31 de mayo es lo único que permitirá a la población educarse respecto a cómo actuar y qué hacer durante la ocurrencia de un movimiento telúrico de gran magnitud.
Este 31 de mayo se realizará el Primer Simulacro Nacional de Sismo y Tsunami del 2012, en el cual se recreará un movimiento sísmico de ocho grados en la escala Richter.
Dicho ejercicio de prevención se efectuará a las 10.00 horas y se espera contar con la participación de toda la población.
Para ello, autoridades del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) coordinan con los gobiernos regionales y locales de todo el Perú, a fin de obtener un mejor resultado respecto al último simulacro realizado el 29 de noviembre del año pasado.
En ese sentido, cada dirección regional junto con las municipalidades deben preparar a su respectiva población para que sepa cómo actuar, de acuerdo con la geografía que presenta su jurisdicción.
El especialista indicó que la población debe movilizarse por iniciativa propia y no esperar a que representantes del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) o de los gobiernos locales organicen este tipo de prácticas preventivas para recién prepararse ante un posible desastre natural.
«Un simulacro de sismo es una obligación familiar que no les tomará más de 10 minutos en los días de fin de semana. Este tipo de acción es fundamental para replicarlo en los colegios, universidades y en otros locales», aseguró.
El especialista del IGP agregó que es importante que los jefes de familia organicen sus propias prácticas los sábados y/o domingos, en horario diurno y nocturno, porque en esos días todos los integrantes suelen estar al interior de sus hogares.
Como resultado de esta práctica, sostuvo Tavera, cada miembro de familia podrá saber el tiempo del que dispone para evacuar y ponerse a salvo, identificar las zonas seguras y las funciones que le corresponde adoptar durante las ocurrencias del sismo.
Por último, consideró que el simulacro diurno de sismo y tsunami previsto para este jueves 31 de mayo es lo único que permitirá a la población educarse respecto a cómo actuar y qué hacer durante la ocurrencia de un movimiento telúrico de gran magnitud.
Este 31 de mayo se realizará el Primer Simulacro Nacional de Sismo y Tsunami del 2012, en el cual se recreará un movimiento sísmico de ocho grados en la escala Richter.
Dicho ejercicio de prevención se efectuará a las 10.00 horas y se espera contar con la participación de toda la población.
Para ello, autoridades del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) coordinan con los gobiernos regionales y locales de todo el Perú, a fin de obtener un mejor resultado respecto al último simulacro realizado el 29 de noviembre del año pasado.
En ese sentido, cada dirección regional junto con las municipalidades deben preparar a su respectiva población para que sepa cómo actuar, de acuerdo con la geografía que presenta su jurisdicción.
RED DE SALUD CAÑETE YAUYOS BRINDA IMPORTANTE CURSO DE FARMACOVIGILANCIA Y USO RACIONAL EN LA COMUNIDAD
Con la masiva participación de los representantes del servicio de farmacia de los establecimientos de salud, la Red de Salud Cañete – Yauyos y el Servicio de Farmacia, realizaron un importante Curso Taller de «Farmacovigilancia y Uso Racional en la Comunidad en los Establecimientos de Salud de Primer Nivel de Atención».
Este evento se realiza con la finalidad de contribuir, a que el personal de salud motive a la población a conocer más de los medicamentos que consume, hacer que estos sean medicamentos esenciales y que se usen de manera adecuada; así como de prevenir, y detectar los efectos adversos de los medicamentos que se aplica en todas las etapas del ciclo de estos, vigilar el desarrollo y la calidad de los medicamentos, e informar sobre sus efectos perjudiciales y facilitar la información precisa para su uso seguro.
El curso taller organizado por la Red de Salud Cañete – Yauyos, desarrollado el día martes 29 de mayo, contó con la presencia de la Q.F. Patricia Romero Pacheco, Q.F. Luis Visalot Laurente – Representantes de DIREMID - DIRESA Lima y el Dr. Wellinton Koo Venegas – Director Ejecutivo de la Red de Salud Cañete Yauyos, quien en su discurso de apertura manifestó la importancia de realizar la capacitación a los profesionales de la salud, para que así los pacientes reciben la medicación adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis correspondientes a sus requisitos individuales, durante un período de tiempo adecuado y al menor costo posible para ellos y para la comunidad».
MEDIDAS A TOMAR
Finalmente, informó que dentro de las políticas regionales de protección a la población, se debe eliminar el uso de modo irracional de los medicamentos, para poder así elegir estrategias adecuadas, eficaces y factibles, indicando que muchas de las causas del uso irracional es la falta de conocimientos, habilidades o información independiente, la disponibilidad sin restricciones de los medicamentos, el exceso de trabajo del personal sanitario, la promoción inadecuada de medicamentos y las ventas de medicinas basadas en el ánimo de lucro, medidas que debemos evitar para no poner en riesgo la salud de la comunidad.
Este evento se realiza con la finalidad de contribuir, a que el personal de salud motive a la población a conocer más de los medicamentos que consume, hacer que estos sean medicamentos esenciales y que se usen de manera adecuada; así como de prevenir, y detectar los efectos adversos de los medicamentos que se aplica en todas las etapas del ciclo de estos, vigilar el desarrollo y la calidad de los medicamentos, e informar sobre sus efectos perjudiciales y facilitar la información precisa para su uso seguro.
El curso taller organizado por la Red de Salud Cañete – Yauyos, desarrollado el día martes 29 de mayo, contó con la presencia de la Q.F. Patricia Romero Pacheco, Q.F. Luis Visalot Laurente – Representantes de DIREMID - DIRESA Lima y el Dr. Wellinton Koo Venegas – Director Ejecutivo de la Red de Salud Cañete Yauyos, quien en su discurso de apertura manifestó la importancia de realizar la capacitación a los profesionales de la salud, para que así los pacientes reciben la medicación adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis correspondientes a sus requisitos individuales, durante un período de tiempo adecuado y al menor costo posible para ellos y para la comunidad».
MEDIDAS A TOMAR
Finalmente, informó que dentro de las políticas regionales de protección a la población, se debe eliminar el uso de modo irracional de los medicamentos, para poder así elegir estrategias adecuadas, eficaces y factibles, indicando que muchas de las causas del uso irracional es la falta de conocimientos, habilidades o información independiente, la disponibilidad sin restricciones de los medicamentos, el exceso de trabajo del personal sanitario, la promoción inadecuada de medicamentos y las ventas de medicinas basadas en el ánimo de lucro, medidas que debemos evitar para no poner en riesgo la salud de la comunidad.
EDICTOS JUDICIALES
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5112-2012, doña Carmen Rosa Flores Paredes, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO de Julio Alberto Flores Paredes, inscrita en esta Municipalidad en el libro 89, folio 13, año 1947, en el extremo que se consigna como nombre del padre del titular ALBERTO FLORES RODRIGUEZ, siendo lo correcto ALBERTO AUGUSTO FLORES RODRIGUEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 28 de Mayo de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, EDUARDO ROLANDO SANCHEZ YAYA, MAXIMA SANCHEZ YAYA y JULIA ROSA SANCHEZ DE BORJAS, solicitan la SUCESIÓN INTESTADA de su abuela MARIA IRENE VICENTE PORTUGUEZ, fallecida el 30 de Abril de 1999, teniendo como último domicilio el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 24 de Mayo de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, HILDA ISABEL PISCONTE PORTUGUEZ con DNI 15351394, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor HUBERDINO HUBERT PISCONTE FERNANDEZ, fallecido el 19 de Junio del 2010, teniendo como último domicilio en el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 24 de Mayo de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, VICTOR JESUS YACTAYO OCHOA, con DNI Nº 08837098, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre CIRA OCHOA VICENTE, fallecida el 25 de Noviembre del 2011, teniendo como último domicilio el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 26 de Mayo de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, LIDIA BERCHMANS CHUMPITAZ RAMOS, con DNI 15350748, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su hijo VICTOR ALFREDO MENDIETA CHUMPITAZ, fallecido el 19 de Enero de 2012, teniendo como último domicilio en el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 25 de Mayo de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
EDICTO
En los seguidos por SOLEDAD ARROSPIDE UGARTE y HUBERT CAMACHO GALVEZ, contra LILIA ELVIRA BERROCAL MENDOZA, sobre ADOPCION POR EXCEPCION, Expediente N° 2012-00166, Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Cañete, Dra. Guevara; Especialista Calagua, ha ordenado se notifique por esta vía, con un extracto de la resolución número UNO y DOS de fecha trece de marzo y diez de abril del año dos mil doce; cuyo extracto es como sigue:
RES. N° 01 Integrada por RES. 02: SE RESUELVE: 1°) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por SOLEDAD ARROSPIDE UGARTE y HUBERT CAMACHO GALVEZ, sobre ADOPCION POR EXCEPCION del menor HUBERT JESUS BERROCAL MENDOZA; 2°) TRASLADO de la demanda a la demandada LILIA ELVIRA BERROCAL MENDOZA, para que en el plazo de CINCO DIAS absuelva el traslado de la demanda; BAJO APERCIBIMIENTO de declarársele REBELDE; 3°) TRASLADO de la demanda, a las personas que se crean con derecho del menor, por un plazo de QUINCE DIAS, notificándoseles mediante EDICTOS, bajo el apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL; 4°) Téngase por ofrecidos los medios probatorios; con intervención del MINISTERIO PUBLICO. Notificándose.
Cañete, 26 de Abril del 2012.
Max F. Calagua Remuzgo
Secretario Judicial
2° Juzgado Especializado de Familia de Cañete
28, 29 y 30 de Mayo del 2012.
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. 5112-2012, doña Carmen Rosa Flores Paredes, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO de Julio Alberto Flores Paredes, inscrita en esta Municipalidad en el libro 89, folio 13, año 1947, en el extremo que se consigna como nombre del padre del titular ALBERTO FLORES RODRIGUEZ, siendo lo correcto ALBERTO AUGUSTO FLORES RODRIGUEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 28 de Mayo de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Jefe
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, EDUARDO ROLANDO SANCHEZ YAYA, MAXIMA SANCHEZ YAYA y JULIA ROSA SANCHEZ DE BORJAS, solicitan la SUCESIÓN INTESTADA de su abuela MARIA IRENE VICENTE PORTUGUEZ, fallecida el 30 de Abril de 1999, teniendo como último domicilio el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 24 de Mayo de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, HILDA ISABEL PISCONTE PORTUGUEZ con DNI 15351394, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor HUBERDINO HUBERT PISCONTE FERNANDEZ, fallecido el 19 de Junio del 2010, teniendo como último domicilio en el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 24 de Mayo de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, VICTOR JESUS YACTAYO OCHOA, con DNI Nº 08837098, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre CIRA OCHOA VICENTE, fallecida el 25 de Noviembre del 2011, teniendo como último domicilio el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 26 de Mayo de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, LIDIA BERCHMANS CHUMPITAZ RAMOS, con DNI 15350748, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su hijo VICTOR ALFREDO MENDIETA CHUMPITAZ, fallecido el 19 de Enero de 2012, teniendo como último domicilio en el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 25 de Mayo de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
EDICTO
En los seguidos por SOLEDAD ARROSPIDE UGARTE y HUBERT CAMACHO GALVEZ, contra LILIA ELVIRA BERROCAL MENDOZA, sobre ADOPCION POR EXCEPCION, Expediente N° 2012-00166, Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Cañete, Dra. Guevara; Especialista Calagua, ha ordenado se notifique por esta vía, con un extracto de la resolución número UNO y DOS de fecha trece de marzo y diez de abril del año dos mil doce; cuyo extracto es como sigue:
RES. N° 01 Integrada por RES. 02: SE RESUELVE: 1°) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por SOLEDAD ARROSPIDE UGARTE y HUBERT CAMACHO GALVEZ, sobre ADOPCION POR EXCEPCION del menor HUBERT JESUS BERROCAL MENDOZA; 2°) TRASLADO de la demanda a la demandada LILIA ELVIRA BERROCAL MENDOZA, para que en el plazo de CINCO DIAS absuelva el traslado de la demanda; BAJO APERCIBIMIENTO de declarársele REBELDE; 3°) TRASLADO de la demanda, a las personas que se crean con derecho del menor, por un plazo de QUINCE DIAS, notificándoseles mediante EDICTOS, bajo el apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL; 4°) Téngase por ofrecidos los medios probatorios; con intervención del MINISTERIO PUBLICO. Notificándose.
Cañete, 26 de Abril del 2012.
Max F. Calagua Remuzgo
Secretario Judicial
2° Juzgado Especializado de Familia de Cañete
28, 29 y 30 de Mayo del 2012.
29 mayo 2012
DESPEDIDA A JUAN ROJAS RUEDA
Escribe: Antonio Ruiz Tovar - Primavera WISCONSIN USA
Son las 10.04 de la noche del día Domingo 27 de Mayo del 2012.
Al abrir mi página de Facebook tomé conocimiento del fallecimiento de JUAN ROJAS RUEDA, un hombre común, como tú y yo, pero diferente a muchos porque en su mente y corazón bullía la semilla de amor por la gente necesitada, por la gente pobre de nuestro querido pueblo de Cañete en particular, y de la patria entera en general.
Sí, y no hay nadie que pueda negar esta afirmación.
Al abrir la referida página encuentro una nota dolorosa, pero escrita con fortaleza, por parte de su hijo Vladimir, y extracto el dolor escondido tras esos trazos descritos. La noticia me afecta, porque otro más de mi entorno añorado se ausenta y yo no estoy presente; y al discurrir mis ojos por esos pensamientos escritos por el hijo amado recuerdo los tiempos de lucha que asumimos juntos en Cañete Perú cuando nos unió el anhelo de que el grueso popular militante de la izquierda unida llegase a la conducción de la patria teniendo como cabeza al respetado Alfonso Barrantes Lingan... Tiempos de sueños puros, sinceros, transparentes, quebrantados por la traición de unos ...
Tiempos bravos también, cuando descubrimos que exaltados y enfermizos, delincuentes terroristas estaban disfrazados dentro de ese movimiento...
Lo recuerdo llevando siempre en sus manos un folder y dentro de él, esos sueños escritos de lucha político social enmarcados dentro de la ley...
Al terminar la lectura de la nota de su hijo Vladimir, he repasado rapidamente los momentos lejanos que parecen cercanos, en que nuestros pasos caminaron juntos visitando a los dirigentes y militantes de las diferentes bases de Cañete, las decenas de veces en que llegaba a mi estudio para informarme que de Yauyos u otros lugares habian sido detenidos ciertos dirigentes, a efecto de interponer los servicios y lograr los esclarecimientos del caso y asi conseguir sus libertades.
Fue estrecha nuestra relación,y muy respetable, alimentada por esa influencia de ideales que el fenecido siglo inculcó a las generaciones...
Me acordé también del abrazo que me dió cuando me designaron subprefecto de la provincia y sus palabras de hermano: « Antonio, has aceptado un cargo en un momento dificil, cuidate «. Hacía alusión a a la presencia del terrorismo nefasto que imperó en la patria y sobre todo en Cañete con esos actos malditos que paralizó el accionar de las comunas de Nuevo Imperial hacia arriba.
Lo sentí sincero, fraterno, y eso me agradó y al contestarle que dicho cargo lo acepté de buen agrado, pues tenía que demostrar que mi posición política estaba muy lejos de la de los enemigos de la paz, se sintió tranquilizado.
Yo trasunto estas líneas porque un amigo, no puede ignorar la muerte de quien en su pueblo significó una presencia importante; sería desleal y tricionaría la causa de la fraternidad que debe extenderse entre los que se van y los que quedamos. No quiero ser como muchos que decían ser del movimiento y a la hora de la hora traicionaron el ideal y muchos de los cuales están tras un escritorio comiéndose buenos sueldos y sin decir, esta boca es mía; apertrechados cuales burócratas permanecen -en silencio- medrando el erario de alguna entidad...
No, yo no quiero aparecer silencioso ante esta partida de un hombre que siguió en la lucha, haciendo de su palabra praxis.
Reconozco que aún cuando pudo haber tenido errores, como yo, tú, dado que la labor del lider es tarea difícil, LOS SUPO CORREGIR, PUES JAMAS LO VI NI LO CONOCI SECTARIO; Y, lo más significativo no se apartó de los necesitados.
Que tuvo detractores, los tuvo, como los tengo yo, y tu, pero ello no le amedrentó ni lo separó de ser útil, en el recojo de los gritos del hombre marginado...
Aún en la lejanía observo su inquietud como luz, como lumbrera, como faro, que estoy seguro en momentos tristes como este, será recogida por las nuevas generaciones de hermanos de la zona sin odios ni rencores y verán en el una huella digna de seguir. Y esto es una necesidad frente a los nuevos esquemas geopolíticos organizados en la estructura nacional, ante los diversos problemas que no se han resuelto en este nuevo devenir bajo el imperio de la configuración regional, que hace urgente la tenencia de nuevos cuadros dirigenciales que unifiquen esfuerzos enterrando protagonismos baratos y efímeros. Sabemos que la mies es mucha, en Cañete y la región Lima, pero tambien, que hay ausencia de obreros que dirijan su recojo. OREMOS PARA QUE DIOS MANDE A ESA NUEVA DIRIGENCIA QUE TRABAJE EN GRUPO, CON VISION CLARA EN LOS OBJETIVOS, Y TODO POR LOS MISMOS SUEÑOS DE QUIENES ENTREGARON SUS VIDAS A LA CAUSA MAS SAGRADA, QUE UN HOMBRE PUEDE ABRAZAR :
LA DEFENSA DE LOS POBRES.
JUAN ROJAS RUEDA, HERMANO AMIGO; AMIGO HERMANO, DESCANSA EN PAZ.
Son las 10.04 de la noche del día Domingo 27 de Mayo del 2012.
Al abrir mi página de Facebook tomé conocimiento del fallecimiento de JUAN ROJAS RUEDA, un hombre común, como tú y yo, pero diferente a muchos porque en su mente y corazón bullía la semilla de amor por la gente necesitada, por la gente pobre de nuestro querido pueblo de Cañete en particular, y de la patria entera en general.
Sí, y no hay nadie que pueda negar esta afirmación.
Al abrir la referida página encuentro una nota dolorosa, pero escrita con fortaleza, por parte de su hijo Vladimir, y extracto el dolor escondido tras esos trazos descritos. La noticia me afecta, porque otro más de mi entorno añorado se ausenta y yo no estoy presente; y al discurrir mis ojos por esos pensamientos escritos por el hijo amado recuerdo los tiempos de lucha que asumimos juntos en Cañete Perú cuando nos unió el anhelo de que el grueso popular militante de la izquierda unida llegase a la conducción de la patria teniendo como cabeza al respetado Alfonso Barrantes Lingan... Tiempos de sueños puros, sinceros, transparentes, quebrantados por la traición de unos ...
Tiempos bravos también, cuando descubrimos que exaltados y enfermizos, delincuentes terroristas estaban disfrazados dentro de ese movimiento...
Lo recuerdo llevando siempre en sus manos un folder y dentro de él, esos sueños escritos de lucha político social enmarcados dentro de la ley...
Al terminar la lectura de la nota de su hijo Vladimir, he repasado rapidamente los momentos lejanos que parecen cercanos, en que nuestros pasos caminaron juntos visitando a los dirigentes y militantes de las diferentes bases de Cañete, las decenas de veces en que llegaba a mi estudio para informarme que de Yauyos u otros lugares habian sido detenidos ciertos dirigentes, a efecto de interponer los servicios y lograr los esclarecimientos del caso y asi conseguir sus libertades.
Fue estrecha nuestra relación,y muy respetable, alimentada por esa influencia de ideales que el fenecido siglo inculcó a las generaciones...
Me acordé también del abrazo que me dió cuando me designaron subprefecto de la provincia y sus palabras de hermano: « Antonio, has aceptado un cargo en un momento dificil, cuidate «. Hacía alusión a a la presencia del terrorismo nefasto que imperó en la patria y sobre todo en Cañete con esos actos malditos que paralizó el accionar de las comunas de Nuevo Imperial hacia arriba.
Lo sentí sincero, fraterno, y eso me agradó y al contestarle que dicho cargo lo acepté de buen agrado, pues tenía que demostrar que mi posición política estaba muy lejos de la de los enemigos de la paz, se sintió tranquilizado.
Yo trasunto estas líneas porque un amigo, no puede ignorar la muerte de quien en su pueblo significó una presencia importante; sería desleal y tricionaría la causa de la fraternidad que debe extenderse entre los que se van y los que quedamos. No quiero ser como muchos que decían ser del movimiento y a la hora de la hora traicionaron el ideal y muchos de los cuales están tras un escritorio comiéndose buenos sueldos y sin decir, esta boca es mía; apertrechados cuales burócratas permanecen -en silencio- medrando el erario de alguna entidad...
No, yo no quiero aparecer silencioso ante esta partida de un hombre que siguió en la lucha, haciendo de su palabra praxis.
Reconozco que aún cuando pudo haber tenido errores, como yo, tú, dado que la labor del lider es tarea difícil, LOS SUPO CORREGIR, PUES JAMAS LO VI NI LO CONOCI SECTARIO; Y, lo más significativo no se apartó de los necesitados.
Que tuvo detractores, los tuvo, como los tengo yo, y tu, pero ello no le amedrentó ni lo separó de ser útil, en el recojo de los gritos del hombre marginado...
Aún en la lejanía observo su inquietud como luz, como lumbrera, como faro, que estoy seguro en momentos tristes como este, será recogida por las nuevas generaciones de hermanos de la zona sin odios ni rencores y verán en el una huella digna de seguir. Y esto es una necesidad frente a los nuevos esquemas geopolíticos organizados en la estructura nacional, ante los diversos problemas que no se han resuelto en este nuevo devenir bajo el imperio de la configuración regional, que hace urgente la tenencia de nuevos cuadros dirigenciales que unifiquen esfuerzos enterrando protagonismos baratos y efímeros. Sabemos que la mies es mucha, en Cañete y la región Lima, pero tambien, que hay ausencia de obreros que dirijan su recojo. OREMOS PARA QUE DIOS MANDE A ESA NUEVA DIRIGENCIA QUE TRABAJE EN GRUPO, CON VISION CLARA EN LOS OBJETIVOS, Y TODO POR LOS MISMOS SUEÑOS DE QUIENES ENTREGARON SUS VIDAS A LA CAUSA MAS SAGRADA, QUE UN HOMBRE PUEDE ABRAZAR :
LA DEFENSA DE LOS POBRES.
JUAN ROJAS RUEDA, HERMANO AMIGO; AMIGO HERMANO, DESCANSA EN PAZ.
JUAN ROJAS: EL COMBATIVO NACIONALISTA CAÑETANO
Escribe: Crisanto Laura Cueva
La sorpresiva desaparicion en vida del ejemplar amigo- periodista Juan Rojas Rueda, nos cayo como un rayo fulminante a todos sus amigos que lo conociamos, nadie lo podia creer. A eso de la 3 p.m., la noticia se difundio como un reguero en polvora en todo el valle y en todo el pais, pues fue un dirigente social de reconocida trayectoria en defensa del agro y los intereses de los pueblos.
Considero al amigo Juan (que partio a la eternidad) como el padre de los nacionalistas cañetanos, porque transmitia mucho coraje, ecuanimidad, fuerza y firmeza hacia los militantes y simpatizantes del Partido Ncionalista Peruano en la base de San Vicente. La lucha para que Ollanta Humala alcanzara el poder fue tenazmente peleada por el amigo Juan, en calles y plazas y en la radio misma. Se regocijo grandemente y festejo como nunca, tanto como yo, por el triunfo del nacionallismo, de la izquierda contra la derecha, contra la corrupcion, contrael poder de las transnacionales neoliberales. Teniamos los mismos principios e ideales de izquierdismo, por eso nos alegrabamos tanto, porque despues de 22 años, por fin llegaria un nuevo amanecer para los excluidos de este sistema de gobierno excluyente e injusto.
GRACIAS AL AMIGO JUAN, por darme la oportunidad de conducir su programa radial «HABLA EL PUEBLO» que se transmite todos los dias por las mañanas en radio FIERA. Me permitio llevar las banderas del izquierdismo, de la lucha social, del nacionalismo, de un nuevo cambio que favorezca a los mas necesitados.
Recordamos a Juan Rojas como unos de los ultimos baluartes del periodismo de izquierda, de ideas progresistas. Todos los dias difundia la voz editorial del diario LA PRIMERA, que escribia el prestigioso Cesar Levano, el cual el apreciaba mucho, porque seguramente compartia los mismos principios y pensamientos de este respetable periodista nacional.
Su deseo imperial era que las aguas del rio Cañete en un futuro proximo irrigaran toda la pampa Cañetana, por eso nos acompaño en la Gran Campaña POR EL AGUA, que organizamos con la Asociacion Ecologista Rio Sostenible en la cuidadela Incaica de UNGARA, el 22 de marzo ultimo, celebrando con muchos amigos «EL DIA MUNDIAL DEL AGUA». Brindo y rindio homenaje de gratitud al liquido vital mas preciado del valle. Se dio un expectacular chapuzon en el rio Cañete, estaba reconfortado, alegre como pocas veces.
HASTA PRONTO, NOBLE AMIGO JUAN ROJAS RUEDA. TUS DESEOS DE LUCHA QUE NOS TRANSMITIAS LO VAMOS A SEGUIR REALIZANDO, TAL COMO TU LO HACIAS EN TODOS LOS LUGARES DONDE TRANSITABAS.
La sorpresiva desaparicion en vida del ejemplar amigo- periodista Juan Rojas Rueda, nos cayo como un rayo fulminante a todos sus amigos que lo conociamos, nadie lo podia creer. A eso de la 3 p.m., la noticia se difundio como un reguero en polvora en todo el valle y en todo el pais, pues fue un dirigente social de reconocida trayectoria en defensa del agro y los intereses de los pueblos.
Considero al amigo Juan (que partio a la eternidad) como el padre de los nacionalistas cañetanos, porque transmitia mucho coraje, ecuanimidad, fuerza y firmeza hacia los militantes y simpatizantes del Partido Ncionalista Peruano en la base de San Vicente. La lucha para que Ollanta Humala alcanzara el poder fue tenazmente peleada por el amigo Juan, en calles y plazas y en la radio misma. Se regocijo grandemente y festejo como nunca, tanto como yo, por el triunfo del nacionallismo, de la izquierda contra la derecha, contra la corrupcion, contrael poder de las transnacionales neoliberales. Teniamos los mismos principios e ideales de izquierdismo, por eso nos alegrabamos tanto, porque despues de 22 años, por fin llegaria un nuevo amanecer para los excluidos de este sistema de gobierno excluyente e injusto.
GRACIAS AL AMIGO JUAN, por darme la oportunidad de conducir su programa radial «HABLA EL PUEBLO» que se transmite todos los dias por las mañanas en radio FIERA. Me permitio llevar las banderas del izquierdismo, de la lucha social, del nacionalismo, de un nuevo cambio que favorezca a los mas necesitados.
Recordamos a Juan Rojas como unos de los ultimos baluartes del periodismo de izquierda, de ideas progresistas. Todos los dias difundia la voz editorial del diario LA PRIMERA, que escribia el prestigioso Cesar Levano, el cual el apreciaba mucho, porque seguramente compartia los mismos principios y pensamientos de este respetable periodista nacional.
Su deseo imperial era que las aguas del rio Cañete en un futuro proximo irrigaran toda la pampa Cañetana, por eso nos acompaño en la Gran Campaña POR EL AGUA, que organizamos con la Asociacion Ecologista Rio Sostenible en la cuidadela Incaica de UNGARA, el 22 de marzo ultimo, celebrando con muchos amigos «EL DIA MUNDIAL DEL AGUA». Brindo y rindio homenaje de gratitud al liquido vital mas preciado del valle. Se dio un expectacular chapuzon en el rio Cañete, estaba reconfortado, alegre como pocas veces.
HASTA PRONTO, NOBLE AMIGO JUAN ROJAS RUEDA. TUS DESEOS DE LUCHA QUE NOS TRANSMITIAS LO VAMOS A SEGUIR REALIZANDO, TAL COMO TU LO HACIAS EN TODOS LOS LUGARES DONDE TRANSITABAS.
EDICTOS JUDICIALES
EDICTO
En los autos seguidos por FELICIANA ROJAS CORA y CIPRIANO CORNELIO QUISPE CCANTO, sobre ADOPCIÓN POR EXCEPCIÓN de menor de nombre Azumi Quispe Rojas, Exp. Nº 0042-2012, la señora Juez del Segundo Juzgado de Familia de Cañete, Dr. Guevara y Sec. Calagua, ha ordenado se publique un extracto de la Res. 02 de Fecha 05/03/2012; a fin de poner en conocimiento de las personas que se crean con derecho del menor cumplan con apersonarse al proceso y contestar la demanda; siendo el extracto de la resolución como sigue:
1º) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por FELICIANA ROJAS CORAS y CIPRIANO CORNELIO QUISPE CCANTO sobre ADOPCIÓN POR EXCEPCIÓN del menor AZUMI QUISPE ROJAS, y tramítese conforme a las pautas para PROCESO UNICO; 2º) TRASLADO de la demanda, a las persona que se crean con derecho del menor; por el plazo de QUINCE DÍAS, 3º) Téngase por ofrecidos los MEDIOS PROBATORIOS, que se precisan en la demanda; con intervención del MINISTERIO PÚBLICO.- Fdo. Dra. Guevara Fdo. Sec. Calagua.
Cañete, 27 de Abril de 2012.
Max Calagua Remuzgo
Secretario Judicial
2º Juzgado Especializado de Familia de Cañete
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. Nº 00225-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Srta. Juez Dra. Patricia Razzeto Zavala y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, doña LUCIA JULIA CARRASCO ONTON DE QUISPE solicita la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de PRIMITIVO CARRASCO ANTON, en el extremo que se rectifique su apellido materno ANTON siendo lo correcto «ONTON» y además se rectifique el nombre y apellido de su progenitora APOLONIA UNTON siendo lo correcto APOLONIA ONTON QUEVEDO, debiendo figurar que el titular de la partida es PRIMITIVO CARRASCO ONTON y que es hijo de APOLONIA ONTON QUEVEDO.
Lo que se publica para conocimiento.
Cañete, 22 de Mayo de 2012.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2º Juzgado de Paz Letrado – Cañete
AVISO DE SUCESIÓN INTESTADA
NOTARÍA INGA VÁSQUEZ
Ante mi despacho notarial, sito en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete, doña JUANA OCHOA MALDONADO VDA. DE ZAPATA, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su cónyuge, don ALBERTO ZAPATA BASURTO, fallecido el día SIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL UNO señalando bajo Declaración Jurada que tuvo como último domicilio en Cañete, siendo sus únicos herederos universales los siguientes: JUANA OCHOA MALDONADO, CARLOS ZAPATA OCHOA y PAULA ZAPATA OCHOA. Se publica para fines y efectos de ley.
Imperial, Cañete, 13 de marzo del dos mil doce.
Dr. Javier Alberto Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
EDICTO
En los seguidos por SOLEDAD ARROSPIDE UGARTE y HUBERT CAMACHO GALVEZ, contra LILIA ELVIRA BERROCAL MENDOZA, sobre ADOPCION POR EXCEPCION, Expediente N° 2012-00166, Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Cañete, Dra. Guevara; Especialista Calagua, ha ordenado se notifique por esta vía, con un extracto de la resolución número UNO y DOS de fecha trece de marzo y diez de abril del año dos mil doce; cuyo extracto es como sigue:
RES. N° 01 Integrada por RES. 02: SE RESUELVE: 1°) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por SOLEDAD ARROSPIDE UGARTE y HUBERT CAMACHO GALVEZ, sobre ADOPCION POR EXCEPCION del menor HUBERT JESUS BERROCAL MENDOZA; 2°) TRASLADO de la demanda a la demandada LILIA ELVIRA BERROCAL MENDOZA, para que en el plazo de CINCO DIAS absuelva el traslado de la demanda; BAJO APERCIBIMIENTO de declarársele REBELDE; 3°) TRASLADO de la demanda, a las personas que se crean con derecho del menor, por un plazo de QUINCE DIAS, notificándoseles mediante EDICTOS, bajo el apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL; 4°) Téngase por ofrecidos los medios probatorios; con intervención del MINISTERIO PUBLICO. Notificándose.
Cañete, 26 de Abril del 2012.
Max F. Calagua Remuzgo
Secretario Judicial
2° Juzgado Especializado de Familia de Cañete
28, 29 y 30 de Mayo del 2012.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don JHONY ALBERTO GUIA ALCARRAZ, de 24 años de edad, natural de Quilmaná, de nacionalidad peruano, identificado con DNI Nº 44851016, con domicilio en CP Los Angeles Mz. G Lote 10 – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión u ocupación obrero, y GUADALIPE DEL ROSARIO, de 19 años de edad, natural de Quilmaná, de nacionalidad peruana, identificada con DNI Nº 47493912, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, con domicilio en Jr. Piura Nº 772 – Quilmaná.
Pretenden contraer Matrimonio Civil ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 02 de Junio del 2012 a horas 03:00 p.m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 28 de Mayo de 2012.
Lizbeth Escate Padilla
Registrador Civil
En los autos seguidos por FELICIANA ROJAS CORA y CIPRIANO CORNELIO QUISPE CCANTO, sobre ADOPCIÓN POR EXCEPCIÓN de menor de nombre Azumi Quispe Rojas, Exp. Nº 0042-2012, la señora Juez del Segundo Juzgado de Familia de Cañete, Dr. Guevara y Sec. Calagua, ha ordenado se publique un extracto de la Res. 02 de Fecha 05/03/2012; a fin de poner en conocimiento de las personas que se crean con derecho del menor cumplan con apersonarse al proceso y contestar la demanda; siendo el extracto de la resolución como sigue:
1º) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por FELICIANA ROJAS CORAS y CIPRIANO CORNELIO QUISPE CCANTO sobre ADOPCIÓN POR EXCEPCIÓN del menor AZUMI QUISPE ROJAS, y tramítese conforme a las pautas para PROCESO UNICO; 2º) TRASLADO de la demanda, a las persona que se crean con derecho del menor; por el plazo de QUINCE DÍAS, 3º) Téngase por ofrecidos los MEDIOS PROBATORIOS, que se precisan en la demanda; con intervención del MINISTERIO PÚBLICO.- Fdo. Dra. Guevara Fdo. Sec. Calagua.
Cañete, 27 de Abril de 2012.
Max Calagua Remuzgo
Secretario Judicial
2º Juzgado Especializado de Familia de Cañete
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. Nº 00225-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Srta. Juez Dra. Patricia Razzeto Zavala y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, doña LUCIA JULIA CARRASCO ONTON DE QUISPE solicita la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de PRIMITIVO CARRASCO ANTON, en el extremo que se rectifique su apellido materno ANTON siendo lo correcto «ONTON» y además se rectifique el nombre y apellido de su progenitora APOLONIA UNTON siendo lo correcto APOLONIA ONTON QUEVEDO, debiendo figurar que el titular de la partida es PRIMITIVO CARRASCO ONTON y que es hijo de APOLONIA ONTON QUEVEDO.
Lo que se publica para conocimiento.
Cañete, 22 de Mayo de 2012.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2º Juzgado de Paz Letrado – Cañete
AVISO DE SUCESIÓN INTESTADA
NOTARÍA INGA VÁSQUEZ
Ante mi despacho notarial, sito en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete, doña JUANA OCHOA MALDONADO VDA. DE ZAPATA, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su cónyuge, don ALBERTO ZAPATA BASURTO, fallecido el día SIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL UNO señalando bajo Declaración Jurada que tuvo como último domicilio en Cañete, siendo sus únicos herederos universales los siguientes: JUANA OCHOA MALDONADO, CARLOS ZAPATA OCHOA y PAULA ZAPATA OCHOA. Se publica para fines y efectos de ley.
Imperial, Cañete, 13 de marzo del dos mil doce.
Dr. Javier Alberto Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
EDICTO
En los seguidos por SOLEDAD ARROSPIDE UGARTE y HUBERT CAMACHO GALVEZ, contra LILIA ELVIRA BERROCAL MENDOZA, sobre ADOPCION POR EXCEPCION, Expediente N° 2012-00166, Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Cañete, Dra. Guevara; Especialista Calagua, ha ordenado se notifique por esta vía, con un extracto de la resolución número UNO y DOS de fecha trece de marzo y diez de abril del año dos mil doce; cuyo extracto es como sigue:
RES. N° 01 Integrada por RES. 02: SE RESUELVE: 1°) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por SOLEDAD ARROSPIDE UGARTE y HUBERT CAMACHO GALVEZ, sobre ADOPCION POR EXCEPCION del menor HUBERT JESUS BERROCAL MENDOZA; 2°) TRASLADO de la demanda a la demandada LILIA ELVIRA BERROCAL MENDOZA, para que en el plazo de CINCO DIAS absuelva el traslado de la demanda; BAJO APERCIBIMIENTO de declarársele REBELDE; 3°) TRASLADO de la demanda, a las personas que se crean con derecho del menor, por un plazo de QUINCE DIAS, notificándoseles mediante EDICTOS, bajo el apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL; 4°) Téngase por ofrecidos los medios probatorios; con intervención del MINISTERIO PUBLICO. Notificándose.
Cañete, 26 de Abril del 2012.
Max F. Calagua Remuzgo
Secretario Judicial
2° Juzgado Especializado de Familia de Cañete
28, 29 y 30 de Mayo del 2012.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, hago saber que don JHONY ALBERTO GUIA ALCARRAZ, de 24 años de edad, natural de Quilmaná, de nacionalidad peruano, identificado con DNI Nº 44851016, con domicilio en CP Los Angeles Mz. G Lote 10 – Quilmaná, de estado civil soltero, de profesión u ocupación obrero, y GUADALIPE DEL ROSARIO, de 19 años de edad, natural de Quilmaná, de nacionalidad peruana, identificada con DNI Nº 47493912, de estado civil soltera, de ocupación ama de casa, con domicilio en Jr. Piura Nº 772 – Quilmaná.
Pretenden contraer Matrimonio Civil ante la Municipalidad de nuestro distrito, el día 02 de Junio del 2012 a horas 03:00 p.m. en el Salón de Actos de la Municipalidad Distrital de Quilmaná.
Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de 8 días, conforme indica el Art. 253 del Código Civil vigente.
Quilmaná, 28 de Mayo de 2012.
Lizbeth Escate Padilla
Registrador Civil
28 mayo 2012
JUICIO A EX ALCALDES Y FUNCIONARIOS... EL GRAN GANADOR TELEFONICA DEL PERU Y CONSULTORAS...
Por: Marcelino A. Agapito Manco
Por estos días gran espectativa ha generado las sentencias judiciales que a su favor se siguen dando en las diversas Cortes Superiores del Perú. Cañete siendo parte no escapa a ellas, pareciera que todos los alcaldes y funcionarios hubiesen delinquido y el trato periodístico es cruel, más aún si algunos tienen animadversión contra ellos por razones políticas o personales, por ende es necesario aportar con éste modesto análisis.
Cada caso es diferente al otro, se debe tener en cuenta que hubo un grupo de consultoras jurídicas que se presentaban a las municipalidades ofertando lograr en el menor tiempo posible hacer pagar a Telefónica ciertos derechos, pero en el contrato ellos se llevaban desde 25 a 40% del monto total por haber hecho el trabajito, que a decir verdad lo hacían en tiempo récord, una vez logrado el objetivo desaparecieron, lo que es peor en algunos le asistía el derecho, pero no estaba reglamentado dicho cobro vía ordenanza en su TUPA, lo cual demuestra que estas empresas seudodefensoras jugaban a dos ases y en muchos lugares tenían topos en ambos lados para cometer el delito, en otros simplemente convencieron a todo el consejo en pleno que, ante los pocos recursos vieron que el dinero podría servir para realizar muchas obras, son solo ejemplos que permiten señalar que algunos actuaron de Buena Fe, otros NO. Pero no puede ser que con la cultura y el derecho a la transparencia de la administración publica, algunos quieran santificarse de su vergonzosa actuar político.
En el Caso de Numa Rueda en Chilca lamentablemente el dinero deTelefónica de España, dicese llamar del Perú, no ingresó a la cuenta regular de las arcas municipales, no se hizo obra alguna y fue descubierto por la administración de Pablo Nalda en la etapa de transferencia. Estuve en esa etapa de asunción de mando, debo ser enfático, simplemente abandonaron la municipalidad, consta en denuncia policial, pues no hubo relevo por lo explicado, mas tarde Nalda siguió el juicio y recuperó el dinero.
En el caso de Santa Cruz de Flores la CORTE SUPRENA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA, emitió la SENTENCIA A.C.A 118-2004 – SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL del 02 de setiembre 2005 resolviendo el cobro ilegal de DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NUEVOS SOLES y accesoriamente se ordene a la demandada pague los intereses legales devengados que a la fecha debe estar bordeando o superando los 5 MILLONES DE SOLES.
En primer lugar la MDSCF DETERMINÓ LA DEUDA N° 021-99 MDSCF señalando que TELEFÓNICA DEL PERÚ tenia una deuda con la municipalidad ascendente al monto de S/. 739,440.00.
Asimismo se le impuso la multa N° 002-99-MDSCF-C, uno por el Monto de S/. 2´218,320 por concepto de ejecución de trabajos, sin la respectiva autorización municipal y la segunda asciende a S/. 739,440 por concepto de construir sin autorización municipal, ambas multas en conjunto ascendieron al monto de S/. 2´957,770.
En el caso de Asia, José Arias Chumpitaz es el que más obras ha realizado en el decenio que se fue, invirtió todo el dinero en obras que cambió el rostro del distrito,se enfrentó tenazmente a la cuestionada Comunidad Campesina de Asia por el trafico de tierras, esta ha realizado aproximadamente 60 ventas millonarias irregulares y del cual muchos callan, porque hay mucho poder y dinero de por medio. Mis respetos a quienes valientemente abordan el tema de manera objetiva.
En cuanto a Lunahuaná quienes están más cerca por su labor periodística tendrán una opinión mas certera, en mi caso marco mi territorio periodístico porque conozco muy de cerca a sus actores, debo ser consciente que los Alcaldes son responsables políticos y administrativos de los actos de su gobierno, por lo tanto es tarea del Poder Judicial determinar responsabilidades de cada uno de sus funcionarios de entonces y si alcanza al alcalde debemos respetar esa decisión, sin embargo debemos saber calificar y no decir que todos son delincuentes, como irresponsablemente se viene escuchando, algunos hacen de jueces y ¨sabelotodo¨ no olvidemos que en el Perú hay muchos que delinquieron y siguen caminando libres e impunemente.
Finalmente como moraleja estas experiencias debe servir para que las autoridades tomen más celo sobre su administración, lo cual indica una mayor preparación y mejor asesoría, lo cierto es que al final la ganadora será TELEFÓNICA que se ve favorecida porque el 95% del dinero que tuvo que desembolsar a las municipalidades por lo explicado en todo el país, lo está recuperando, un ejemplo en Cañete es Calango que viene devolviendo en armadas lo que alguna vez fue un dinero esperanza de progreso y derecho, Santa Cruz de Flores tarde o temprano deberá seguir los pasos y así probablemente todas, pregunto tan bien lo hicieron estas empresas intermediarias con nombre de consultoras jurídicas, etc, que son intocables. Un fuerte abrazo a todos.
Por estos días gran espectativa ha generado las sentencias judiciales que a su favor se siguen dando en las diversas Cortes Superiores del Perú. Cañete siendo parte no escapa a ellas, pareciera que todos los alcaldes y funcionarios hubiesen delinquido y el trato periodístico es cruel, más aún si algunos tienen animadversión contra ellos por razones políticas o personales, por ende es necesario aportar con éste modesto análisis.
Cada caso es diferente al otro, se debe tener en cuenta que hubo un grupo de consultoras jurídicas que se presentaban a las municipalidades ofertando lograr en el menor tiempo posible hacer pagar a Telefónica ciertos derechos, pero en el contrato ellos se llevaban desde 25 a 40% del monto total por haber hecho el trabajito, que a decir verdad lo hacían en tiempo récord, una vez logrado el objetivo desaparecieron, lo que es peor en algunos le asistía el derecho, pero no estaba reglamentado dicho cobro vía ordenanza en su TUPA, lo cual demuestra que estas empresas seudodefensoras jugaban a dos ases y en muchos lugares tenían topos en ambos lados para cometer el delito, en otros simplemente convencieron a todo el consejo en pleno que, ante los pocos recursos vieron que el dinero podría servir para realizar muchas obras, son solo ejemplos que permiten señalar que algunos actuaron de Buena Fe, otros NO. Pero no puede ser que con la cultura y el derecho a la transparencia de la administración publica, algunos quieran santificarse de su vergonzosa actuar político.
En el Caso de Numa Rueda en Chilca lamentablemente el dinero deTelefónica de España, dicese llamar del Perú, no ingresó a la cuenta regular de las arcas municipales, no se hizo obra alguna y fue descubierto por la administración de Pablo Nalda en la etapa de transferencia. Estuve en esa etapa de asunción de mando, debo ser enfático, simplemente abandonaron la municipalidad, consta en denuncia policial, pues no hubo relevo por lo explicado, mas tarde Nalda siguió el juicio y recuperó el dinero.
En el caso de Santa Cruz de Flores la CORTE SUPRENA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA, emitió la SENTENCIA A.C.A 118-2004 – SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL del 02 de setiembre 2005 resolviendo el cobro ilegal de DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NUEVOS SOLES y accesoriamente se ordene a la demandada pague los intereses legales devengados que a la fecha debe estar bordeando o superando los 5 MILLONES DE SOLES.
En primer lugar la MDSCF DETERMINÓ LA DEUDA N° 021-99 MDSCF señalando que TELEFÓNICA DEL PERÚ tenia una deuda con la municipalidad ascendente al monto de S/. 739,440.00.
Asimismo se le impuso la multa N° 002-99-MDSCF-C, uno por el Monto de S/. 2´218,320 por concepto de ejecución de trabajos, sin la respectiva autorización municipal y la segunda asciende a S/. 739,440 por concepto de construir sin autorización municipal, ambas multas en conjunto ascendieron al monto de S/. 2´957,770.
En el caso de Asia, José Arias Chumpitaz es el que más obras ha realizado en el decenio que se fue, invirtió todo el dinero en obras que cambió el rostro del distrito,se enfrentó tenazmente a la cuestionada Comunidad Campesina de Asia por el trafico de tierras, esta ha realizado aproximadamente 60 ventas millonarias irregulares y del cual muchos callan, porque hay mucho poder y dinero de por medio. Mis respetos a quienes valientemente abordan el tema de manera objetiva.
En cuanto a Lunahuaná quienes están más cerca por su labor periodística tendrán una opinión mas certera, en mi caso marco mi territorio periodístico porque conozco muy de cerca a sus actores, debo ser consciente que los Alcaldes son responsables políticos y administrativos de los actos de su gobierno, por lo tanto es tarea del Poder Judicial determinar responsabilidades de cada uno de sus funcionarios de entonces y si alcanza al alcalde debemos respetar esa decisión, sin embargo debemos saber calificar y no decir que todos son delincuentes, como irresponsablemente se viene escuchando, algunos hacen de jueces y ¨sabelotodo¨ no olvidemos que en el Perú hay muchos que delinquieron y siguen caminando libres e impunemente.
Finalmente como moraleja estas experiencias debe servir para que las autoridades tomen más celo sobre su administración, lo cual indica una mayor preparación y mejor asesoría, lo cierto es que al final la ganadora será TELEFÓNICA que se ve favorecida porque el 95% del dinero que tuvo que desembolsar a las municipalidades por lo explicado en todo el país, lo está recuperando, un ejemplo en Cañete es Calango que viene devolviendo en armadas lo que alguna vez fue un dinero esperanza de progreso y derecho, Santa Cruz de Flores tarde o temprano deberá seguir los pasos y así probablemente todas, pregunto tan bien lo hicieron estas empresas intermediarias con nombre de consultoras jurídicas, etc, que son intocables. Un fuerte abrazo a todos.
JUAN ROJAS RUEDA NOS TOMA LA DELANTERA
Hay partidas que duelen… que lo dejan a uno con los ánimos por los suelos… la ocurrida el día de ayer, es una de ellas… El domingo era un día para escuchar fútbol… y así lo hicimos como tantos días… pero una noticia nos agarró mal parados… el fallecimiento de Juan Rojas Rueda, un hombre muy conocido en el seno familiar… compadre de mis padres… infaltable en cuanta reunión había en casa, había partido a encontrarse con mi «jefe».
En los últimos años, Juan Rojas se convirtió en un empecinado luchador social, que estuvo siempre al frente en el panorama político cañetano… supo en su largo trajinar por la vida, hacer amigos, que seguramente lo acompañarán hasta su última morada… pero también supo despertar a los cañetanos con sus gritos combativos, buscando un mejor futuro para los cañetanos.
A toda la familia de Juan Rojas, nuestras más sinceras condolencias, no solo las personales, sino la de toda mi familia, porque todos los estimábamos… Es la ley de la vida, a todos nos toca, a unos más tempranos que a otros… pero igual pronto nos reuniremos en la eternidad.
En los últimos años, Juan Rojas se convirtió en un empecinado luchador social, que estuvo siempre al frente en el panorama político cañetano… supo en su largo trajinar por la vida, hacer amigos, que seguramente lo acompañarán hasta su última morada… pero también supo despertar a los cañetanos con sus gritos combativos, buscando un mejor futuro para los cañetanos.
A toda la familia de Juan Rojas, nuestras más sinceras condolencias, no solo las personales, sino la de toda mi familia, porque todos los estimábamos… Es la ley de la vida, a todos nos toca, a unos más tempranos que a otros… pero igual pronto nos reuniremos en la eternidad.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD»
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2012-MDCH.
Chilca, 27 de Marzo del 2012.
El Alcalde de Chilca;
POR TANTO:
El Concejo Distrital de Chilca, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de marzo del 2012;
VISTO:
El Informe Nº 0187-2012-GDUR/MDCH., de la Gerencia de Desarrollo Urbano de ésta Municipalidad; por el cual informa el estado situacional del agua potable en Chilca, recomendando se declare en estado de Emergencia el Abastecimiento de Agua en el distrito, ante una situación de inminente desabastecimiento, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme con establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, se establece que los municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, de igual modo el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 precisa que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; con aprobación por unanimidad del Pleno del Concejo Municipal; con dispensa de lectura y aprobación del Acta; aprobaron la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE DECLARA EN EMERGENCIA LOS RECURSOS HÍDRICOS Y ACCESO AL AGUA DE LA POBLACIÓN URBANA Y RURAL DEL DISTRITO DE CHILCA, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA.
ARTÍCULO 1º.- Declarar en emergencia los recursos hídricos y acceso al agua de la población urbana y rural del distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, por déficit extremo del recurso hídrico, que permita la priorización de la ejecución de los proyectos de inversión pública por parte del Gobierno Local, Regional y Central en los próximos cuatro años.
ARTÍCULO 2º.- Disponer la conformación de una Comisión Multidisciplinaria la cual estará encargada de desempeñar las siguientes funciones:
A.- Levantar un inventario de los pozos de agua (con autorización o sin ella) existentes en el distrito;
B.- Levantar un Inventario de las fuentes de recursos hídricos existentes;
C.- Identificar nuevas fuentes de recursos hídricos, a fin de generar proyectos de desarrollo;
D.- Identificar aquellas empresas del distrito que por su alta demanda y consumo del recurso hídrico, estén afectando directamente el suministro de agua potable a la población del distrito;
E.- Coordinar con las diversas autoridades competentes con la finalidad de priorizar y ejecutar los proyectos de inversión pública con el fin de solucionar los problemas hídricos del distrito y de la provincia de Cañete.
ARTÍCULO 3º.- Encargar a la Secretaría General y a la Subgerencia de Imagen Institucional la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial de mayor circulación de la Provincia de Cañete, así como en el portal institucional.
POR CUANTO:
Regístrese, Comuníquese y Publíquese.
ALFREDO R. CHAUCA NAVARRO
ALCALDE
AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD»
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2012-MDCH.
Chilca, 27 de Marzo del 2012.
El Alcalde de Chilca;
POR TANTO:
El Concejo Distrital de Chilca, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de marzo del 2012;
VISTO:
El Informe Nº 0187-2012-GDUR/MDCH., de la Gerencia de Desarrollo Urbano de ésta Municipalidad; por el cual informa el estado situacional del agua potable en Chilca, recomendando se declare en estado de Emergencia el Abastecimiento de Agua en el distrito, ante una situación de inminente desabastecimiento, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme con establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, se establece que los municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, de igual modo el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 precisa que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; con aprobación por unanimidad del Pleno del Concejo Municipal; con dispensa de lectura y aprobación del Acta; aprobaron la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE DECLARA EN EMERGENCIA LOS RECURSOS HÍDRICOS Y ACCESO AL AGUA DE LA POBLACIÓN URBANA Y RURAL DEL DISTRITO DE CHILCA, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA.
ARTÍCULO 1º.- Declarar en emergencia los recursos hídricos y acceso al agua de la población urbana y rural del distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, por déficit extremo del recurso hídrico, que permita la priorización de la ejecución de los proyectos de inversión pública por parte del Gobierno Local, Regional y Central en los próximos cuatro años.
ARTÍCULO 2º.- Disponer la conformación de una Comisión Multidisciplinaria la cual estará encargada de desempeñar las siguientes funciones:
A.- Levantar un inventario de los pozos de agua (con autorización o sin ella) existentes en el distrito;
B.- Levantar un Inventario de las fuentes de recursos hídricos existentes;
C.- Identificar nuevas fuentes de recursos hídricos, a fin de generar proyectos de desarrollo;
D.- Identificar aquellas empresas del distrito que por su alta demanda y consumo del recurso hídrico, estén afectando directamente el suministro de agua potable a la población del distrito;
E.- Coordinar con las diversas autoridades competentes con la finalidad de priorizar y ejecutar los proyectos de inversión pública con el fin de solucionar los problemas hídricos del distrito y de la provincia de Cañete.
ARTÍCULO 3º.- Encargar a la Secretaría General y a la Subgerencia de Imagen Institucional la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial de mayor circulación de la Provincia de Cañete, así como en el portal institucional.
POR CUANTO:
Regístrese, Comuníquese y Publíquese.
ALFREDO R. CHAUCA NAVARRO
ALCALDE
EDICTOS JUDICIALES
EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado Civil de Cañete, que despacha el Juez Enrique Amilcar Cárdenas Chancos, y Secretario Judicial Henrry Manolo Dantas Aparcana, se tramita el Exp. Nº 1770-2000, en los seguidos por el BANCO DE CREDITO DEL PERU con CELESTINO YACTAYO VILLALOBOS Y OTRA sobre Ejecución de Garantías, en el cual se ha dictado la siguiente resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO CIENTO VEINTICUATRO.- Cañete, siete de mayo del dos mil doce: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: NOTIFÍQUESE a los sucesores de la causante doña María Magdalena Caycho de Yactayo, mediante EDICTOS, teniéndose por notificados en el tercer día contado desde la última publicación, para que dentro del quinto día de notificados se apersonen al presente proceso en ejecución, en el estado que se encuentre este en calidad de sucesores, acreditando debidamente su calidad de herederos, bajo apercibimiento de designarse Curador Procesal. Cañete, siete de Mayo del dos mil doce.
Henrry Manolo Dantas Aparcana
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 24, 25 y 28 de Mayo de 2012.
EDICTOS DE FAMILIA Y PENAL (3 días)
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA.- Juez Castillo; cita y emplaza:
EXP. 55-2008, a EUFRACIO VARGAS ANTEZANA, para diligencia de Lectura de Sentencia, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Día:31.05.2012. Hora:09:15 a.m. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Jhon Billy Vargas Castro. Secretario: Caceda.
EXP. 12-2008, a MARCO ANTONIO MIRANDA RODRIGUEZ, para diligencia de Lectura de Sentencia, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Día:19.06.2012. Hora:10:45 a.m. Delito: Contra La Vida, El Cuerpo y la Salud-Lesiones Culposas Graves. Agraviado: Jackelin Vilca Romero y otros. Secretario: Caceda.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MALA; Juez: Huamani; emplaza:
EXP. 2011-145-00-JIP-MALA, Resolución 01:ADMITIR a tramite el Requerimiento de Acusación Directa efectuada por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala en contra de Zosimo Ramos Orejon, por el Delito contra el Patrimonio-Receptación, en agravio de Oscar Sócrates Ochoa Palacios, corriéndose traslado a las partes procesales. Otórguese un plazo de tres días después de la ultima notificación por edicto para que el imputado se apersone a este Juzgado señalando su domicilio real y procesal para notificársele el requerimiento acusatorio y formule sus pretenciones, bajo apercibimiento de darse por notificado con el integro del requerimiento acusatorio; computarse diez días desde el vencimiento de los tres días después de la ultima publicación y darse por notificado con las subsiguientes resoluciones. Asistente: Cabrera.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE YAUYOS.- Juez Parvina; Ha mandado a publicar:
EXP. 2011-003-0-ETI-JIP-MPY, Resolución 01(08.05.2012) notificar a: MARISA CLEMENTINA SANABRIA PAYANO, Resolución 01(08.05.2012): Correr traslado a los sujetos procesales por el plazo de 10 días hábiles para que puedan por escrito: a)Observar formalmente la acusación, b)Deducir excepciones y otros medios de defensa. c)solicitar imposición o revocación de medida coercitiva o actuación de prueba anticipada. d)pedir sobreseimiento. e)instar aplicación del criterio de oportunidad. f)Ofrecer prueba. g) objetar la reparación civil. h) Proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados. i)Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba, y j) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. A fin de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.- Juez Alejos ; Ha mandado a publicar:
EXP. 0807-2011, Resolución 01: ADMITIR la demanda interpuesta por el Representante del Ministerio Publico, contra RAUL RONAL LAZARO SACSA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR- MALTRATO FISICO en agravio de KATHERIN VERONICA YACTAYO DE LA CRUZ. TRAMITESE conforme a las pautas del PROCESO UNICO. Secretari
24, 25 y 26 de Mayo
Ante el Juzgado Civil de Cañete, que despacha el Juez Enrique Amilcar Cárdenas Chancos, y Secretario Judicial Henrry Manolo Dantas Aparcana, se tramita el Exp. Nº 1770-2000, en los seguidos por el BANCO DE CREDITO DEL PERU con CELESTINO YACTAYO VILLALOBOS Y OTRA sobre Ejecución de Garantías, en el cual se ha dictado la siguiente resolución que sumariamente se transcribe: RESOLUCIÓN NÚMERO CIENTO VEINTICUATRO.- Cañete, siete de mayo del dos mil doce: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: NOTIFÍQUESE a los sucesores de la causante doña María Magdalena Caycho de Yactayo, mediante EDICTOS, teniéndose por notificados en el tercer día contado desde la última publicación, para que dentro del quinto día de notificados se apersonen al presente proceso en ejecución, en el estado que se encuentre este en calidad de sucesores, acreditando debidamente su calidad de herederos, bajo apercibimiento de designarse Curador Procesal. Cañete, siete de Mayo del dos mil doce.
Henrry Manolo Dantas Aparcana
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 24, 25 y 28 de Mayo de 2012.
EDICTOS DE FAMILIA Y PENAL (3 días)
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA.- Juez Castillo; cita y emplaza:
EXP. 55-2008, a EUFRACIO VARGAS ANTEZANA, para diligencia de Lectura de Sentencia, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Día:31.05.2012. Hora:09:15 a.m. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Jhon Billy Vargas Castro. Secretario: Caceda.
EXP. 12-2008, a MARCO ANTONIO MIRANDA RODRIGUEZ, para diligencia de Lectura de Sentencia, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Día:19.06.2012. Hora:10:45 a.m. Delito: Contra La Vida, El Cuerpo y la Salud-Lesiones Culposas Graves. Agraviado: Jackelin Vilca Romero y otros. Secretario: Caceda.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MALA; Juez: Huamani; emplaza:
EXP. 2011-145-00-JIP-MALA, Resolución 01:ADMITIR a tramite el Requerimiento de Acusación Directa efectuada por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala en contra de Zosimo Ramos Orejon, por el Delito contra el Patrimonio-Receptación, en agravio de Oscar Sócrates Ochoa Palacios, corriéndose traslado a las partes procesales. Otórguese un plazo de tres días después de la ultima notificación por edicto para que el imputado se apersone a este Juzgado señalando su domicilio real y procesal para notificársele el requerimiento acusatorio y formule sus pretenciones, bajo apercibimiento de darse por notificado con el integro del requerimiento acusatorio; computarse diez días desde el vencimiento de los tres días después de la ultima publicación y darse por notificado con las subsiguientes resoluciones. Asistente: Cabrera.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE YAUYOS.- Juez Parvina; Ha mandado a publicar:
EXP. 2011-003-0-ETI-JIP-MPY, Resolución 01(08.05.2012) notificar a: MARISA CLEMENTINA SANABRIA PAYANO, Resolución 01(08.05.2012): Correr traslado a los sujetos procesales por el plazo de 10 días hábiles para que puedan por escrito: a)Observar formalmente la acusación, b)Deducir excepciones y otros medios de defensa. c)solicitar imposición o revocación de medida coercitiva o actuación de prueba anticipada. d)pedir sobreseimiento. e)instar aplicación del criterio de oportunidad. f)Ofrecer prueba. g) objetar la reparación civil. h) Proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados. i)Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba, y j) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. A fin de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.- Juez Alejos ; Ha mandado a publicar:
EXP. 0807-2011, Resolución 01: ADMITIR la demanda interpuesta por el Representante del Ministerio Publico, contra RAUL RONAL LAZARO SACSA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR- MALTRATO FISICO en agravio de KATHERIN VERONICA YACTAYO DE LA CRUZ. TRAMITESE conforme a las pautas del PROCESO UNICO. Secretari
24, 25 y 26 de Mayo
CHILCA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003 - 2012-MDCH.
Chilca, 24 de Mayo de 2012.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA – CAÑETE.
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria, celebrada el día 24 de Mayo del Dos Mil Doce, acordaron y aprobaron en acta mediante voto Unánime lo siguiente: Apoyar toda iniciativa que impulse el desarrollo de Municipio Saludable, vinculada con la protección de la salud y el medio ambiente, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 194º de la Constitución política del Perú y el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Art. 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establecen que las municipalidades, tienen funciones especificas exclusivas y compartidas en materia de saneamiento, salubridad y salud; en ese sentido regulan, controlan el proceso de disposición final de los desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales en el ámbito de su jurisdicción; regulan y controlan la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente, así como difunden programas de saneamiento ambiental en coordinación con las comunidades, las municipalidades de los centro poblados menores y los organismos Provinciales, Regionales y Nacionales pertinentes.
Que, en ese sentido, es menester para la actual gestión municipal dictar las medidas que se estimen necesarias a efectos de regular los aspectos relacionados con el saneamiento, salubridad y la salud, cuidando el bienestar general de los ciudadanos.
Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley orgánica de Municipalidades, ley 27972, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Chilca, de la Provincia de Cañete, de la Región Lima, adopto por voto Unánime la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE CONSTITUYE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES EN EL AMBITO DEL DISTRITO DE CHILCA, PROVINCIA DE CAÑETE, REGION LIMA.
DEL CONTENIDO Y ALCANCES
ARTÍCULO PRIMERO.- Constituir los Municipios y Comunidades Saludables en el ámbito de la jurisdicción del Distrito de Chilca, promoviendo la constitución de Comunidades Saludables, Barrios Saludables, Escuelas Saludables, Mercados Saludables, Ferias Saludables, entorno Ambiental Saludable, entorno Laboral Saludable, Familias Saludable; a efectos de que a partir de su aplicación se mejore la cobertura con calidad de las atenciones integrales de salud a nivel individual y colectivo, involucrando en ese objetivo a la sociedad civil en su conjunto.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Aprobar el cumplimiento por parte de la Municipalidad Distrital de Chilca, de las obligaciones contraídas con los puestos de salud del ámbito del Distrito de Chilca, mediante convenio de cooperación técnica suscritos , en el marco de Municipios y Comunidades Saludables.
ARTÍCULO TERCERO.- Apoyar toda iniciativa procedente de la Sociedad Civil, vinculada con la protección de la salud y medio ambiente.
ARTÍCULO CUARTO.- Posibilitar el trabajo coordinado con entidades públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras, tendientes a la promoción de la salud y el mejoramiento de la calidad de vida de la población.
ARTÍCULO QUINTO.- Fortalecer el Plan de municipios y comunidades saludables, aprobada por la municipalidad Distrital de Chilca, cumpliendo y haciendo cumplir el programa diseñado.
ARTÍCULO SEXTO.- Trascríbase la presente ordenanza y hágase público con arreglo a ley.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
ALFREDO ROSAS CHAUCA NAVARRO
ALCALDE
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003 - 2012-MDCH.
Chilca, 24 de Mayo de 2012.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA – CAÑETE.
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria, celebrada el día 24 de Mayo del Dos Mil Doce, acordaron y aprobaron en acta mediante voto Unánime lo siguiente: Apoyar toda iniciativa que impulse el desarrollo de Municipio Saludable, vinculada con la protección de la salud y el medio ambiente, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 194º de la Constitución política del Perú y el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Art. 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establecen que las municipalidades, tienen funciones especificas exclusivas y compartidas en materia de saneamiento, salubridad y salud; en ese sentido regulan, controlan el proceso de disposición final de los desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales en el ámbito de su jurisdicción; regulan y controlan la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente, así como difunden programas de saneamiento ambiental en coordinación con las comunidades, las municipalidades de los centro poblados menores y los organismos Provinciales, Regionales y Nacionales pertinentes.
Que, en ese sentido, es menester para la actual gestión municipal dictar las medidas que se estimen necesarias a efectos de regular los aspectos relacionados con el saneamiento, salubridad y la salud, cuidando el bienestar general de los ciudadanos.
Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley orgánica de Municipalidades, ley 27972, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Chilca, de la Provincia de Cañete, de la Región Lima, adopto por voto Unánime la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE CONSTITUYE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES EN EL AMBITO DEL DISTRITO DE CHILCA, PROVINCIA DE CAÑETE, REGION LIMA.
DEL CONTENIDO Y ALCANCES
ARTÍCULO PRIMERO.- Constituir los Municipios y Comunidades Saludables en el ámbito de la jurisdicción del Distrito de Chilca, promoviendo la constitución de Comunidades Saludables, Barrios Saludables, Escuelas Saludables, Mercados Saludables, Ferias Saludables, entorno Ambiental Saludable, entorno Laboral Saludable, Familias Saludable; a efectos de que a partir de su aplicación se mejore la cobertura con calidad de las atenciones integrales de salud a nivel individual y colectivo, involucrando en ese objetivo a la sociedad civil en su conjunto.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Aprobar el cumplimiento por parte de la Municipalidad Distrital de Chilca, de las obligaciones contraídas con los puestos de salud del ámbito del Distrito de Chilca, mediante convenio de cooperación técnica suscritos , en el marco de Municipios y Comunidades Saludables.
ARTÍCULO TERCERO.- Apoyar toda iniciativa procedente de la Sociedad Civil, vinculada con la protección de la salud y medio ambiente.
ARTÍCULO CUARTO.- Posibilitar el trabajo coordinado con entidades públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras, tendientes a la promoción de la salud y el mejoramiento de la calidad de vida de la población.
ARTÍCULO QUINTO.- Fortalecer el Plan de municipios y comunidades saludables, aprobada por la municipalidad Distrital de Chilca, cumpliendo y haciendo cumplir el programa diseñado.
ARTÍCULO SEXTO.- Trascríbase la presente ordenanza y hágase público con arreglo a ley.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
ALFREDO ROSAS CHAUCA NAVARRO
ALCALDE
26 mayo 2012
COFOPRI REALIZA CAMPAÑA PARA FORMALIZAR A 1,300 FAMILIAS DE LA PROVINCIA DE CAÑETE...
El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) desarrolla una campaña de empadronamiento que beneficiará con títulos de propiedad a 1,300 familias de la provincia de Cañete, afectadas por el terremoto de 2007, se informó el día de ayer.
Los beneficiarios están agrupados en unos 45 centros poblados y asentamientos humanos, precisa la entidad a través de una nota de prensa.
La campaña de empadronamiento beneficiará a las localidades de Pacarán, Lunahuaná, Imperial, Calango, San Luis, Nuevo Imperial, Quilmaná, San Vicente de Cañete, Cerro Azul, Coayllo, Mala y Chilca.
La entidad indicó que, además, se visitará a aquellas familias que en anteriores visitas estuvieron ausentes o no pudieron entregar los documentos que les permitían acreditar su propiedad.
La documentación recabada pasará por un proceso de calificación, cuyo objeto es determinar el cumplimiento de los requisitos establecidos para el proceso de formalización del predio y su posterior inscripción a los Registros Públicos.
El titular del lote o apoderado (con carta poder simple), deberá esperar en su casa el día del empadronamiento, previa notificación realizada por Cofopri.
También debe presentar copias simples de algunos de los siguientes documentos como su DNI vigente (obligatorio del titular o titulares), contrato de compra venta, escritura pública, testamento, recibos por servicios de agua, luz u otros documentos que demuestren la posesión o propiedad de la vivienda.
El proceso de formalización de propiedades informales representa una importante herramienta de apoyo social a los pobladores para salir de la pobreza y mejorar su calidad de vida.
Gracias a la titulación los nuevos propietarios tendrán oportunidades de crecimiento económico y podrán incorporarse al sistema financiero como nuevos sujetos de créditos, accediendo a programas de vivienda y otros programas sociales del Estado, señala la institución.
Los beneficiarios están agrupados en unos 45 centros poblados y asentamientos humanos, precisa la entidad a través de una nota de prensa.
La campaña de empadronamiento beneficiará a las localidades de Pacarán, Lunahuaná, Imperial, Calango, San Luis, Nuevo Imperial, Quilmaná, San Vicente de Cañete, Cerro Azul, Coayllo, Mala y Chilca.
La entidad indicó que, además, se visitará a aquellas familias que en anteriores visitas estuvieron ausentes o no pudieron entregar los documentos que les permitían acreditar su propiedad.
La documentación recabada pasará por un proceso de calificación, cuyo objeto es determinar el cumplimiento de los requisitos establecidos para el proceso de formalización del predio y su posterior inscripción a los Registros Públicos.
El titular del lote o apoderado (con carta poder simple), deberá esperar en su casa el día del empadronamiento, previa notificación realizada por Cofopri.
También debe presentar copias simples de algunos de los siguientes documentos como su DNI vigente (obligatorio del titular o titulares), contrato de compra venta, escritura pública, testamento, recibos por servicios de agua, luz u otros documentos que demuestren la posesión o propiedad de la vivienda.
El proceso de formalización de propiedades informales representa una importante herramienta de apoyo social a los pobladores para salir de la pobreza y mejorar su calidad de vida.
Gracias a la titulación los nuevos propietarios tendrán oportunidades de crecimiento económico y podrán incorporarse al sistema financiero como nuevos sujetos de créditos, accediendo a programas de vivienda y otros programas sociales del Estado, señala la institución.
PRESIDENTE REGIONAL ENTREGA CARRETERAS REHABILITADAS AL SERVICIO DE LA POBLACION DE YAUYOS
El Sr. Presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales del Valle, inspeccionó los trabajos de rehabilitación de carreteras en los distritos de Huantan y la vía Huallampi-Lincha en la provincia de Yauyos.
Desde muy temprano la máxima autoridad de la Región Lima, llegó al distrito de Huantan a 3,200 m.s.n.m., donde fue recibido por el alcalde anfitrión Nobert Arroyo, autoridades y pobladores, quienes le colocaron un poncho característico de la zona y lo invitaron a recorrer los lugares afectados a consecuencia de las inclemencias de la naturaleza.
Con la participación del consejero regional Ulises Rodríguez y el alcalde de Yauyos Diomedes Dionisio, el presidente regional entregó formalmente la carreta Tigo Alis-Huantan totalmente recuperada al servicio de la población.
En el lugar las autoridades locales, provinciales y regionales se comprometieron en impulsar prontamente las tareas de defensa ribereña, así como también mejorar las instalaciones del colegio y del centro de salud de la localidad.
AVANZA RECUPERACIÓN DE LA CARRETERA HUALLAMPI-LINCHA
De los 40 kilómetros de la vía Huallampi-Lincha, 26 ya han sido totalmente recuperados por el Gobierno Regional de Lima. El presidente regional llegó hasta el paraje denominado “Apalac”, para proceder a la inspección de esta importante carretera, donde se reunió con los alcaldes y los comuneros de la zona.
“Mi agradecimiento a mis hermanos de Cacra, Lincha, Hongos, Tana, Villafranca y Chacamarca por el trabajo desplegado, han avanzado bastante, mi reconocimiento a las autoridades, a los funcionarios y técnicos de la región. Les comento hermanos hoy hemos visitado el distrito de Huantan, allí hemos invertido al igual que los municipios locales una buena cantidad de dinero, que permitió abrir la vía colapsada por los embates de la naturaleza”, señaló la autoridad regional.
En esta visita de inspección participaron los alcaldes de Cacra, Hongos, Tana, los comuneros de las diversas localidades afectadas, el gerente sub regional Lima Sur Sabino Julián, el coordinador regional de Yauyos Miguel Arbieto y la jefa de obras de la Unidad Ejecutora Lima Sur Ing. Janina Espinoza.
Desde muy temprano la máxima autoridad de la Región Lima, llegó al distrito de Huantan a 3,200 m.s.n.m., donde fue recibido por el alcalde anfitrión Nobert Arroyo, autoridades y pobladores, quienes le colocaron un poncho característico de la zona y lo invitaron a recorrer los lugares afectados a consecuencia de las inclemencias de la naturaleza.
Con la participación del consejero regional Ulises Rodríguez y el alcalde de Yauyos Diomedes Dionisio, el presidente regional entregó formalmente la carreta Tigo Alis-Huantan totalmente recuperada al servicio de la población.
En el lugar las autoridades locales, provinciales y regionales se comprometieron en impulsar prontamente las tareas de defensa ribereña, así como también mejorar las instalaciones del colegio y del centro de salud de la localidad.
AVANZA RECUPERACIÓN DE LA CARRETERA HUALLAMPI-LINCHA
De los 40 kilómetros de la vía Huallampi-Lincha, 26 ya han sido totalmente recuperados por el Gobierno Regional de Lima. El presidente regional llegó hasta el paraje denominado “Apalac”, para proceder a la inspección de esta importante carretera, donde se reunió con los alcaldes y los comuneros de la zona.
“Mi agradecimiento a mis hermanos de Cacra, Lincha, Hongos, Tana, Villafranca y Chacamarca por el trabajo desplegado, han avanzado bastante, mi reconocimiento a las autoridades, a los funcionarios y técnicos de la región. Les comento hermanos hoy hemos visitado el distrito de Huantan, allí hemos invertido al igual que los municipios locales una buena cantidad de dinero, que permitió abrir la vía colapsada por los embates de la naturaleza”, señaló la autoridad regional.
En esta visita de inspección participaron los alcaldes de Cacra, Hongos, Tana, los comuneros de las diversas localidades afectadas, el gerente sub regional Lima Sur Sabino Julián, el coordinador regional de Yauyos Miguel Arbieto y la jefa de obras de la Unidad Ejecutora Lima Sur Ing. Janina Espinoza.
Comunicar: El poder de la lengua y las palabras
Todos queremos comunicar algo y lo hacemos por palabras básicamente. Una palabra cuyo contenido sea bueno edifica. Una palabra mala, falsa y negativa puede destruir una persona. Siempre tenemos que resaltar las cualidades de los demás, jamás divulgar las cosas negativas. Si es el caso, consultamos con quienes nos puedan ayudar para intervenir. De igual modo las cosas confiadas por otros no se ventilan. Debe cuidarse el secreto profesional. Las cosas personales no se pueden arreglar desde lo público. La Radio, la televisión, internet en sus diversas formas, el periódico no pueden convertirse en jueces. El fin es formar e informar. Los lectores y oyentes merecemos respeto y buenos productos.
La biblia nos dice “Si ponemos frenos en la boca a los caballos para que nos obedezcan, dirigimos todo su cuerpo. Mirad también las naves: aunque sean tan grandes y las empujen vientos fuertes, un pequeño timón las dirige adonde quiere la voluntad del piloto. Del mismo modo, la lengua es un miembro pequeño, pero va presumiendo de grandes cosas. ¡Mirad qué poco fuego basta para quemar un gran bosque! Así también la lengua es un fuego...” (Sant 3,3-6). Hay que prestar mucha atención qué decimos, cómo lo decimos y a quién lo decimos.
Hablar con la verdad y de la verdad edifica. Enriquece a la persona misma. Mantenerse en el camino de la verdad puede ser difícil, pero al fin la verdad triunfa.
Narremos una historia. Se cuenta que un grupo de ranas viajaba por el bosque y, de repente, dos de ellas cayeron en un hoyo profundo. Todas las demás ranas se reunieron alrededor del hoyo. Cuando vieron cuan hondo era el hoyo, le dijeron a las dos ranas en el fondo que para efectos prácticos, se debían dar por muertas.
Las dos ranas no hicieron caso a los comentarios de sus amigas y siguieron tratando de saltar fuera del hoyo con todas sus fuerzas. Las otras ranas seguían insistiendo que sus esfuerzos serian inútiles. Finalmente, una de las ranas puso atención a lo que las demás decían y se rindió. Ella se desplomo y murió. La otra rana continúo saltando tan fuerte como le era posible.
Una vez más, la multitud de ranas le gritó que dejara de sufrir y simplemente se dispusiera a morir. Pero la rana saltó cada vez con más fuerza hasta que finalmente salió del hoyo. Cuando salió, las otras ranas le preguntaron: «¿No escuchaste lo que te decíamos?» La rana les explicó que era sorda. Ella pensó que las demás la estaban animando a esforzarse mas para salir del hoyo.
Esta historia contiene dos lecciones: La lengua tiene poder de vida y muerte. Una palabra de aliento dirigida a alguien que se siente desanimado puede ayudarle y superarse. Una palabra destructiva a alguien que se encuentre en dificultades puede acabar con él. Al parecer que nos olvidamos de la solidaridad. Ante una persona en dificultades lanzamos nuestros pareceres y la sepultamos más bajo el escombro de las críticas, chismes e ironía.
Tengamos cuidado con lo que decimos. Hoy se habla mucho pero no se sabe de qué se habla. Todos quieren opinar, pero sin valorar los efectos. Los comentarios hirientes, las críticas negativas, las palabras desalentadoras, los falsos testimonios, calumnias y mentiras destruyen. Basta decir algo negativo de una persona para destruirla. Peor aún si se trata de difusión de mentiras, ideologías o decir cosas para buscar intereses personales.
Mas grave todavía si aquello que se dice es falso. La difamación es una injusticia y causa un grave daño a la persona e instituciones. Un secreto para ser leales: pensemos las cosas antes de hablar. También conviene saber con quién, cuándo y cómo hablar. No podemos hablar de temas delicados con cualquiera. Hay que buscar buenos consejos. No significa pérdida de libertad, mas bien fortalecimiento y seguridad. Un ciego no puede guiar a otro ciego. La Iglesia tiene un medio y es la dirección espiritual. Allí se juegan muchas cosas buenas y positivas. Aprovechemos esta ocasión. Pues “Más vale el reproche de un sabio que la alabanza de un necio”.
La biblia nos dice “Si ponemos frenos en la boca a los caballos para que nos obedezcan, dirigimos todo su cuerpo. Mirad también las naves: aunque sean tan grandes y las empujen vientos fuertes, un pequeño timón las dirige adonde quiere la voluntad del piloto. Del mismo modo, la lengua es un miembro pequeño, pero va presumiendo de grandes cosas. ¡Mirad qué poco fuego basta para quemar un gran bosque! Así también la lengua es un fuego...” (Sant 3,3-6). Hay que prestar mucha atención qué decimos, cómo lo decimos y a quién lo decimos.
Hablar con la verdad y de la verdad edifica. Enriquece a la persona misma. Mantenerse en el camino de la verdad puede ser difícil, pero al fin la verdad triunfa.
Narremos una historia. Se cuenta que un grupo de ranas viajaba por el bosque y, de repente, dos de ellas cayeron en un hoyo profundo. Todas las demás ranas se reunieron alrededor del hoyo. Cuando vieron cuan hondo era el hoyo, le dijeron a las dos ranas en el fondo que para efectos prácticos, se debían dar por muertas.
Las dos ranas no hicieron caso a los comentarios de sus amigas y siguieron tratando de saltar fuera del hoyo con todas sus fuerzas. Las otras ranas seguían insistiendo que sus esfuerzos serian inútiles. Finalmente, una de las ranas puso atención a lo que las demás decían y se rindió. Ella se desplomo y murió. La otra rana continúo saltando tan fuerte como le era posible.
Una vez más, la multitud de ranas le gritó que dejara de sufrir y simplemente se dispusiera a morir. Pero la rana saltó cada vez con más fuerza hasta que finalmente salió del hoyo. Cuando salió, las otras ranas le preguntaron: «¿No escuchaste lo que te decíamos?» La rana les explicó que era sorda. Ella pensó que las demás la estaban animando a esforzarse mas para salir del hoyo.
Esta historia contiene dos lecciones: La lengua tiene poder de vida y muerte. Una palabra de aliento dirigida a alguien que se siente desanimado puede ayudarle y superarse. Una palabra destructiva a alguien que se encuentre en dificultades puede acabar con él. Al parecer que nos olvidamos de la solidaridad. Ante una persona en dificultades lanzamos nuestros pareceres y la sepultamos más bajo el escombro de las críticas, chismes e ironía.
Tengamos cuidado con lo que decimos. Hoy se habla mucho pero no se sabe de qué se habla. Todos quieren opinar, pero sin valorar los efectos. Los comentarios hirientes, las críticas negativas, las palabras desalentadoras, los falsos testimonios, calumnias y mentiras destruyen. Basta decir algo negativo de una persona para destruirla. Peor aún si se trata de difusión de mentiras, ideologías o decir cosas para buscar intereses personales.
Mas grave todavía si aquello que se dice es falso. La difamación es una injusticia y causa un grave daño a la persona e instituciones. Un secreto para ser leales: pensemos las cosas antes de hablar. También conviene saber con quién, cuándo y cómo hablar. No podemos hablar de temas delicados con cualquiera. Hay que buscar buenos consejos. No significa pérdida de libertad, mas bien fortalecimiento y seguridad. Un ciego no puede guiar a otro ciego. La Iglesia tiene un medio y es la dirección espiritual. Allí se juegan muchas cosas buenas y positivas. Aprovechemos esta ocasión. Pues “Más vale el reproche de un sabio que la alabanza de un necio”.
PODER JUDICIAL
Poder Judicial
Del Perú
AVISO DE CONVOCATORIA
CONCURSO PARA CUBRIR PLAZAS VACANTES Y PRESUPUESTADAS
Nº 02-2012-PJ-CAÑETE
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
I.- FINALIDAD DEL CONCURSO DE SELECCIÓN
Cubrir 18 plazas vacantes y presupuestas, en las diversas dependencias de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
II.- REQUISITOS GENERALES PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE
Los requisitos generales que debe cumplir cada postulante serán los siguientes:
a.- No haber sido sancionado con medida disciplinaria en los seis (06) meses anteriores a la fecha en que presenta su postulación.
b.- No incurrir en incompatibilidad por razón del parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por matrimonio y unión de hecho, previsto en el artículo 42º de la Ley Nº 29277, Ley de la Carrera Judicial.
c.- En caso de ser ex trabajador de alguna entidad de la administración pública, no haberse extinguido el vínculo laboral por causal de despido o destitución; renuncia con incentivos o, en caso de haberse retirado voluntariamente, no tener registrado en su legajo personal una observación o recomendación negativa escrita por el órgano de control interno o quien haga sus veces.
III.- ASPECTOS DE INTERES
En el presente concurso, la postulación se efectuará a través del Aplicativo de Postulación, Selección y Evaluación de Personal, el cual se encuentra en la dirección de enlace Oportunidad Laboral de la página Web Institucional (www.pj.gob.pe), en el cual se encuentran las Bases, los Perfiles de los Puestos y el Cronograma del Concurso.
· Para acreditar su inscripción al concurso, el postulante debe obtener el reporte impreso de la Ficha de Postulación del Aplicativo de Selección de Personal. El detalle de las plazas, con sus perfiles estarán disponibles desde el 23 hasta el 25 de Mayo de 2012, la postulación podrá realizarse vía web del 28 hasta el 29 de mayo del presente año (hasta las 12:00 de la medianoche), de acuerdo al cronograma publicado.
· Los postulantes que pasen a la Entrevista Personal presentarán sus documentos en Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte de Cañete ubicada en Av. Mariscal Benavides Nº 657 – San Vicente de Cañete, 3er Piso, en las fechas señaladas en el cronograma. Estos documentos no se devolverán al postulante, por ningún motivo, ya que formarán parte del acervo documentario del concurso.
Las consultas se efectuarán a través del correo electrónico ctorresa@pj.gob.pe, o al teléfono 410-0909 Anexo 19302, señor Carlos Alberto Torres Angulo.
PLAZAS VACANTES Y PRESUPUESTADAS
Nº 02-2012-PJ-CAÑETE
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
BASES DEL CONCURSO ABIERTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL N° 02-2012-CAÑETE
I. OBJETIVO Y FINALIDAD
Seleccionar al personal idóneo para cubrir 18 plazas vacantes y presupuestadas en las diversas dependencias de la Corte Superior de Justicia de Cañete, cuyo régimen laboral será bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 728 a Plazo Indeterminado.
II. ALCANCES
Podrán participar en este concurso, tanto el personal del Poder Judicial, bajo el régimen Laboral de D. Leg. 728, 276 y régimen especial del D. Leg. 1057 (CAS); así como las personas que no tienen vínculo laboral con este Poder del Estado, siempre que cumplan con los requisitos generales establecidos en el presente documento.
III. BASE LEGAL
· Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
· Decreto Supremo N° 003-97-TR, Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley Productividad y competitividad Laboral.
· Ley N° 26772 que dispone que las ofertas de empleo no podrán contener requisitos que constituyen discriminación, anulación o alteración de igualdad de oportunidad o de trato y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-98-TR.
· Ley N° 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, su reglamento aprobado mediante D. S. N° 003-2000-PROMUDEH, y su modificatoria mediante Decreto Supremo Nº 003-2006-MINDES.
· Ley N° 26771 que establece las prohibiciones para ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el Sector Público en casos de parentesco y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021- 2000-PCM y sus modificatorias.
· Decreto Supremo N° 013-2002-EF, que aprueba la Escala Remunerativa para los trabajadores del Poder Judicial sujetos al Decreto Legislativo N° 728.
· Ley N° 27588 que establece las prohibiciones e incompatibilidades de los funcionarios y servidores públicos así como del personal que preste servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2002-PCM.
· Resolución Administrativa N° 123-2012-GG-PJ, que a prueba el documento técnico denominado «Perfiles de puestos de trabajo de los trabajadores del Poder Judicial sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada».
· Resolución N° 010-2004-CE-PJ que aprueba el Reglamento interno de Trabajo del Poder Judicial.
· Resolución Administrativa N° 056-2008-P/PJ que aprueba el Reglamento del bono por función jurisdiccional para los trabajadores del Poder Judicial.
· Resolución Administrativa N° 087-2008-CE-PJ que aprueba la Directiva N° 006- 2008-GG/PJ sobre «Normas y Procedimientos para el Control de Nepotismo e Incompatibilidad en el Poder Judicial».
· Decreto Legislativo N° 1023, que crea la Autoridad Nacional de Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Decreto Supremo N° 007-2010-PCM, aprueba el Texto Único Ordenado de la Normatividad del Servicio Civil y Decreto Supremo N° 008-2010-PCM, aprueba el Reglamento del Tribunal del Servicio Civil.
· Ley N° 28175 – Ley marco del empleo Público.
· Ley N° 29277, artículo 42 de la Ley de la Carrera Judicial; sobre incompatibilidad por razón del parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por matrimonio y unión de hecho.
· Resolución Administrativa N° 298-2009-CE-PJ, Exhorta a magistrados y personal auxiliar que para el desempeño del cargo requiera título de abogado, que se encuentren habilitados en el ejercicio profesional por el Colegio de Abogados en el cual están registrados.
· Resolución Nº 061-2010-SERVIR/PE que establece los criterios para asignar una bonificación del 10% en concurso para puestos de trabajo en la Administración Pública en beneficio del personal licenciado de las fuerzas armadas.
· Resolución Administrativa N° 303-2009-P-PJ, que determina los cargos funcionales de dirección y de Confianza del Poder Judicial y Resolución Administrativa N° 251-2010-P-PJ, que incluye otros cargos de Dirección y confianza del Poder Judicial, dentro de los alcances de la Resolución Administrativa antes señalada.
· Resolución Administrativa Nº 172-2012-P-PJ, que aprueba los Cuadros para Asignación de Personal (CAP) de las Cortes Superiores de Justicia de Cañete, Lima Norte y Loreto.
· Resolución Administrativa N° 305-2011-P-PJ que modifica el artículo tercero y escala vigente del Reglamento del bono por función jurisdiccional.
· Ley N° 29852 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2012.
· Resolución Administrativa N° 357-2011-P/PJ que aprueba el Presupuesto Analítico de Personal del Poder Judicial correspondiente al año 2011.
· Ley N° 29607, Ley de simplificación de la Certificación de los antecedentes penales en beneficio de los postulantes a un empleo.
· Resolución Administrativa Nº 395-2012-P-CSJCÑ7PJ, que conforma la Comisión de Concurso Abierto de Selección de Personal de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
· Resolución Administrativa Nº 038-2012-CE-PJ «Reglamento para el desarrollo de los Concursos Públicos y Abiertos de Selección de Personal en el Poder Judicial», Artículo 10º.- La plaza vacante y presupuestada sometida a concurso debe de ser de condición permanente. En caso de personal nuevo, que resulte ganador del concurso, deberá superar satisfactoriamente el periodo de prueba legal para adquirir la permanencia en el puesto.
· Resolución Administrativa Nº 078-2012-CE-PJ, que modifica el Reglamento para el desarrollo de los Concursos Públicos y Abiertos de Selección de Personal en el Poder Judicial.
· Resolución Administrativa Nº 456-2012-P-CSJCÑ/PJ, que reconforma la Comisión Permanente de Selección para la cobertura de plazas vacantes de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
Las decisiones motivadas, la absolución de consultas respecto al esclarecimiento del Reglamento para el desarrollo de concursos y la regulación en los casos no previstos en él, determinadas por la comisión Permanente de Selección se constituirán como base legal para el desarrollo del concurso.
Las decisiones a que se refiere el párrafo precedente deberán ser redactadas y registrada mediante acta, de conformidad con lo establecido en el artículo 16° literal «q», del Reglamento para el desarrollo de los concursos de selección de personal.
IV. REQUISITOS GENERALES.
Los requisitos generales que debe cumplir cada postulante serán los siguientes:
Artículo 9º de la Resolución Administrativa Nº 038-2012-CE-PJ, en caso de reingreso de postulantes al Poder Judicial, los siguientes incisos:
a) Renuncia o retiro voluntario del trabajador, o vencimiento del plazo final de un contrato de trabajo sujeto a modalidad.
b) Renuncia o retiro voluntario del trabajador a plazo indeterminado siempre que haya transcurrido por lo menos un año del cese de acuerdo a lo establecido en el artículo 78 º del
c) Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728.
Artículo 22º de la Resolución Administrativa Nº 038-2012-CE-PJ, que establece que ninguna persona puede postular a más de una plaza vacante en un mismo concurso público y abierto de selección de personal. La inobservancia de esta disposición conllevará a la separación automática del proceso, sin derecho a rectificación.
Artículo 23º de la Resolución Administrativa Nº 038-2012-CE-PJ, que señala los requisitos generales que debe cumplir cada postulante:
a.- No haber sido sancionado con medida disciplinaria en los seis (06) meses anteriores a la fecha en que presenta su postulación.
b.- No incurrir en incompatibilidad por razón del parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad por matrimonio y unión de hecho, previsto en el artículo 42° de la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial.
c.- En caso de ser ex trabajador de alguna entidad de la administración pública, no haberse extinguido el vínculo laboral por causal de despido o destitución; renuncia con incentivos o, en caso de haberse retirado voluntariamente, no tener registrado en su legajo personal una observación o recomendación negativa escrita por el órgano de control interno o quien haga sus veces.
V. PROCEDIMIENTO
El concurso de personal deberá seguir el siguiente procedimiento:
5.1. CONVOCATORIA
El anuncio de convocatoria, bases del concurso, cronograma, relación de puestos de trabajo que serán sometidos al concurso y el perfil requerido para cada uno de ellos, se publicará en el enlace oportunidad laboral de la página Web institucional y en el diario oficial de mayor circulación. Paralelamente serán remitidos vía correo electrónico en forma masiva a los Administradores de las Cortes Superiores de Justicia, a efecto de que hagan llegar a trabajadores de su jurisdicción.
5.2. POSTULACIÓN
La postulación se efectuará a través del aplicativo de Postulación, Selección y evaluación de personal, el cual se encuentra en el enlace oportunidad laboral de la página Web del Poder Judicial.
Para efectuar una postulación exitosa debe evitar postular en horas de tráfico alto en el servicio internet y además usar el internet Explorer 7 o superior.
Esta etapa está a cargo del postulante y es de su entera responsabilidad, tiene por objetivo consignar los datos personales, académicos y laborales, declaraciones juradas y otra información requerida. Esta información permitirá establecer el cumplimiento de los requisitos generales y específicos del puesto de trabajo.
Considerando lo establecido en el párrafo anterior no se permitirá realizar cambios, anulaciones y/o desistimiento en la postulación.
Para acceder a la ficha de postulación, deberán efectuar los siguientes pasos:
_ Acceder a la página Web del Poder Judicial: www.pj.gob.pe.
_ Seleccionar el enlace oportunidad laboral.
_ Seleccionar la opción: Convocatorias Externas.
_ Seleccionar Concurso Público-02-2012-CAÑETE.
_ Seleccionar el puesto de trabajo al que desea postular.
_ Registrar la información de la ficha electrónica.
Para el adecuado registro, la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial ha desarrollado un Manual del Usuario, el cual se encuentra publicado al lado derecho del detalle de los puestos sometidos a concurso.
Los postulantes podrán efectuar sus consultas y remitirlas a la dirección del correo electrónico: ctorresa@pj.gob.pe.
Si el postulante ha realizado una inscripción correcta, el aplicativo le mostrará un código que será el único documento de identificación como postulante durante el proceso de selección, el mismo que deberá mostrar en cada fase de evaluación conjuntamente con el DNI o fotocheck si es trabajador del Poder Judicial.
En caso de extravío o deterioro de la ficha, el postulante tendrá la opción de obtener un duplicado en el mismo aplicativo Web.
5.3 EVALUACIONES
Es de responsabilidad del postulante consultar el enlace denominado Oportunidad Laboral en la página Web del Poder Judicial, para efectos de tomar conocimiento de los comunicados emitidos por la Comisión Permanente de Selección.
5.3.1 EVALUACIÓN CURRICULAR Y POR COMPETENCIAS.
5.3.1.1. Evaluación del perfil académico y requisitos (filtro de información)
La finalidad de esta evaluación es conocer a los postulantes que cumplen con el perfil exigido para el puesto al que postula.
El filtro de información se realiza sobre la base de los reportes emitidos por el Aplicativo, el cual detalla la información registrada por cada postulante, determinándose el cumplimiento de los requisitos generales.
Concluido el proceso de filtro de información, se procederá a la publicación a través de los comunicados del concurso que se ubica en el link de oportunidad laboral, respecto a los códigos de los postulantes aptos y no aptos, por un período de un (01) día, a fin de que aquellos que consideren pertinente presenten sus observaciones, las mismas que serán resueltas en un plazo máximo de 02 días.
Vencido el plazo se procederá a la publicación definitiva de los resultados de esta etapa consignando los códigos de los postulantes aptos y no aptos, además, de la relación de los puestos declarados desiertos.
El postulante que cumple con el perfil requerido para el puesto, será declarado apto y por lo tanto obtiene automáticamente quince (15) puntos.
La Comisión Permanente de Selección, podrá otorgar al postulante hasta 20 puntos adicionales, una vez efectuada la valoración de la ponderación de la experiencia laboral de la Administración Pública bajo el criterio de haber ocupado cargos similares o equivalentes, cuyas funciones estén directamente vinculadas al perfil requerido.
5.3.1.2. Evaluación de conocimientos.
La prueba de conocimientos se inicia con la existencia mínima de un (01) postulante, y es de carácter eliminatorio, es decir, que su desaprobación descalifica automáticamente al postulante y lo retira del concurso.
El puntaje máximo que podrá obtener el postulante en esta fase será de treinta (30) puntos, siendo el puntaje mínimo aprobatorio para acceder a la siguiente fase de veinte (20) puntos.
Obtenidos los resultados de la evaluación de conocimientos, la Comisión procederá a publicar la relación de los códigos con sus respectivas notas, consignando además la condición de aprobado o no aprobado.
5.3.1.3. Evaluación Psicológica.
La prueba psicológica se inicia con la existencia mínima de un (01) postulante cuya postulación haya sido declarada apta en la Evaluación del perfil académico y requisitos (filtro de información).
El puntaje máximo que podrá obtener el postulante en esta fase será de diez (10) puntos, siendo el puntaje mínimo aprobatorio el de ocho (08) puntos para acceder a la siguiente etapa de evaluación.
Culminado el proceso se procederá a la publicación de los códigos de los postulantes con sus respectivas notas, así también del listado de los puestos de trabajo que hayan sido declarados desiertos.
5.3.2. ENTREVISTA PERSONAL.
Esta etapa comprende las siguientes fases:
5.3.2.1. Verificación de la hoja de vida.
Previa a la entrevista personal, la Comisión Permanente de Selección de Personal, obtendrá del Aplicativo de Postulación, Selección y Evaluación de Personal, el código, nombres, apellidos y puntajes acumulados por cada postulante que haya superado la etapa de evaluación de conocimientos.
Luego publicará dicha información en todos los medios posibles de comunicación, dando un plazo para que dichos postulantes acrediten con los certificados académicos y/o laborales en copia simple únicamente la documentación registrada en el aplicativo de selección de personal.
Los documentos que presentarán los postulantes aptos serán:
- Resumen ejecutivo (hoja de vida actualizada) – Anexo 01.
- Declaración Jurada – Anexo 02.
- Copia simple de DNI vigente.
- Constancia de trabajo.
- Record de medidas disciplinarias (función jurisdiccional) emitido por ODECMA de la Corte a la que pertenece, en caso de ser trabajador del Poder Judicial.
- Record de medidas disciplinarias (faltas administrativas) en caso de ser trabajador del Poder Judicial.
- Copia simple del diploma, constancia o certificado que acredite la formación académica requerida para el puesto de trabajo al que postula y declarada en la ficha de postulación.
- En el caso de los puestos en los que se exija ser profesional colegiado, deberán presentar la constancia de habilitación emitida por el colegio profesional respectivo.
La documentación antes referida deberá ser presentada en Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, y dirigida a la Presidenta de la Comisión Permanente, sito en la Av. Mariscal Benavides Nº 657 – San Vicente de Cañete, 3er Piso; en la fecha señalada en el cronograma del concurso y en horario de oficina, desde 8:00 am - 1:30 pm y desde 2:15 pm – 4:45 pm.
En la verificación de la hoja de vida se tendrá en cuenta lo siguiente:
- En caso de incumplimiento del plazo para la presentación de la documentación requerida será automáticamente descalificado.
- No se validará la información que no se relacione con el puesto a la que postula.
- Si no acredita los documentos registrados en la ficha de postulación será automáticamente descalificado y/o incurra en falsificación o adulteración de documentos, se remitirán los actuados a la dependencia correspondiente para la aplicación de la medida disciplinaria o apertura del proceso que corresponda.
- De comprobarse que no cumple uno de los requisitos del perfil del puesto será descalificado del concurso.
- Los documentos que se presenten no serán devueltos ya que forman parte del acervo documentario del concurso.
5.3.2.2. Entrevista personal.
Esta etapa final estará a cargo de los miembros de la Comisión Permanente de Selección de Personal, siguiendo los siguientes criterios:
- Motivo(s) por el (los) cual(es) no desea continuar en el puesto o trabajo actual, o por el (los) cual(es) se retiró del trabajo anterior, según sea el caso.
- Expectativa, interés y/o motivación para postular al puesto específico en la institución.
- Logros obtenidos en sus puestos o trabajo anteriores, siempre que haya tenido en ellos intervención directa.
- Exploración adicional de las competencias del entrevistado, en relación con aquellas requeridas para el puesto (en base a su evaluación psicotécnica).
- Impresión que causa el entrevistado (como contraste o complemento de lo establecido en su perfil psicológico)
- Otras de relevancia que considere la comisión Permanente de Selección.
Los miembros de la Comisión registrarán los puntajes directamente en el Aplicativo de Postulación, Evaluación y Selección de Personal (PSEP) el cual permitirá la publicación inmediatamente terminada la entrevista personal del puntaje obtenido por cada postulante.
En el caso de que haya más de tres (03) postulantes aptos para la entrevista personal, solo pasarán a la etapa de entrevista personal los que hayan obtenido los tres (03) puntajes más altos como resultado de las sumas de las puntuaciones de la evaluación curricular, pruebas de conocimiento y psicológica.
El puntaje máximo que podrá obtener cada postulante en esta fase será de 25 puntos.
5.4. Resultado final del concurso.
La comisión Permanente de Selección declarará ganador al postulante de la plaza que apruebe satisfactoriamente cada una de las fases anteriores y obtenga el mayor puntaje, considerando el puntaje mínimo aprobatorio total de 65 puntos. En caso contrario, la comisión declarará desierta dicha plaza.
La declaración de los ganadores de cada plaza convocada será publicada en la dirección Web antes citada.
VI. CONSIDERACIONES FINALES.
6.1 Ninguna personal puede postular a más de una plaza. El incumplimiento de esta disposición ocasiona la descalificación automática del concurso sin derecho a rectificación.
6.2 Los trabajadores del Poder Judicial interesados en participar, tendrán derecho a gozar de licencia y/o permisos con goce de haber por el tiempo que dure la evaluación Psicotécnica y/o la Evaluación Personal, según corresponda.
6.3 En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley General de la Persona con discapacidad y su Reglamento, la Comisión Permanente de Selección otorgará una bonificación adicional (equivalente al 15% de su puntaje final acumulado) a los candidatos que certifiquen efectivamente su discapacidad.
6.4 En aplicación de lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Nº 061-2010- SERVIR/PE, el personal licenciado de las fuerzas armadas se beneficiará con una bonificación adicional del 10% de la nota obtenida en la entrevista personal, personal, siempre y cuando esta condición sea acreditada.
6.5 En caso que se registre un empate entre los puntajes finales acumulados de dos o más candidatos, la Comisión Permanente de Selección decidirá cuál de ellos será el ganador de la plaza concursada. Para tal efecto se registrará en cada acta administrativa el criterio utilizado para tomar esta decisión.
6.6 La Comisión Permanente de Selección podrá modificar el cronograma del concurso de Selección cuando lo estime conveniente.
6.7. Los postulantes que resulten ganadores en el presente concurso serán designados a la dependencia que postularon, por ninguna circunstancia serán ubicados en otro órgano Jurisdiccional y/o administrativo.
VII. PLAZAS CONVOCADAS A CONCURSO ABIERTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL Nº 02-2012-PJ-CAÑETE.
Del Perú
AVISO DE CONVOCATORIA
CONCURSO PARA CUBRIR PLAZAS VACANTES Y PRESUPUESTADAS
Nº 02-2012-PJ-CAÑETE
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
I.- FINALIDAD DEL CONCURSO DE SELECCIÓN
Cubrir 18 plazas vacantes y presupuestas, en las diversas dependencias de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
II.- REQUISITOS GENERALES PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE
Los requisitos generales que debe cumplir cada postulante serán los siguientes:
a.- No haber sido sancionado con medida disciplinaria en los seis (06) meses anteriores a la fecha en que presenta su postulación.
b.- No incurrir en incompatibilidad por razón del parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por matrimonio y unión de hecho, previsto en el artículo 42º de la Ley Nº 29277, Ley de la Carrera Judicial.
c.- En caso de ser ex trabajador de alguna entidad de la administración pública, no haberse extinguido el vínculo laboral por causal de despido o destitución; renuncia con incentivos o, en caso de haberse retirado voluntariamente, no tener registrado en su legajo personal una observación o recomendación negativa escrita por el órgano de control interno o quien haga sus veces.
III.- ASPECTOS DE INTERES
En el presente concurso, la postulación se efectuará a través del Aplicativo de Postulación, Selección y Evaluación de Personal, el cual se encuentra en la dirección de enlace Oportunidad Laboral de la página Web Institucional (www.pj.gob.pe), en el cual se encuentran las Bases, los Perfiles de los Puestos y el Cronograma del Concurso.
· Para acreditar su inscripción al concurso, el postulante debe obtener el reporte impreso de la Ficha de Postulación del Aplicativo de Selección de Personal. El detalle de las plazas, con sus perfiles estarán disponibles desde el 23 hasta el 25 de Mayo de 2012, la postulación podrá realizarse vía web del 28 hasta el 29 de mayo del presente año (hasta las 12:00 de la medianoche), de acuerdo al cronograma publicado.
· Los postulantes que pasen a la Entrevista Personal presentarán sus documentos en Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte de Cañete ubicada en Av. Mariscal Benavides Nº 657 – San Vicente de Cañete, 3er Piso, en las fechas señaladas en el cronograma. Estos documentos no se devolverán al postulante, por ningún motivo, ya que formarán parte del acervo documentario del concurso.
Las consultas se efectuarán a través del correo electrónico ctorresa@pj.gob.pe, o al teléfono 410-0909 Anexo 19302, señor Carlos Alberto Torres Angulo.
PLAZAS VACANTES Y PRESUPUESTADAS
Nº 02-2012-PJ-CAÑETE
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
BASES DEL CONCURSO ABIERTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL N° 02-2012-CAÑETE
I. OBJETIVO Y FINALIDAD
Seleccionar al personal idóneo para cubrir 18 plazas vacantes y presupuestadas en las diversas dependencias de la Corte Superior de Justicia de Cañete, cuyo régimen laboral será bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 728 a Plazo Indeterminado.
II. ALCANCES
Podrán participar en este concurso, tanto el personal del Poder Judicial, bajo el régimen Laboral de D. Leg. 728, 276 y régimen especial del D. Leg. 1057 (CAS); así como las personas que no tienen vínculo laboral con este Poder del Estado, siempre que cumplan con los requisitos generales establecidos en el presente documento.
III. BASE LEGAL
· Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
· Decreto Supremo N° 003-97-TR, Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley Productividad y competitividad Laboral.
· Ley N° 26772 que dispone que las ofertas de empleo no podrán contener requisitos que constituyen discriminación, anulación o alteración de igualdad de oportunidad o de trato y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-98-TR.
· Ley N° 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, su reglamento aprobado mediante D. S. N° 003-2000-PROMUDEH, y su modificatoria mediante Decreto Supremo Nº 003-2006-MINDES.
· Ley N° 26771 que establece las prohibiciones para ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el Sector Público en casos de parentesco y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021- 2000-PCM y sus modificatorias.
· Decreto Supremo N° 013-2002-EF, que aprueba la Escala Remunerativa para los trabajadores del Poder Judicial sujetos al Decreto Legislativo N° 728.
· Ley N° 27588 que establece las prohibiciones e incompatibilidades de los funcionarios y servidores públicos así como del personal que preste servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2002-PCM.
· Resolución Administrativa N° 123-2012-GG-PJ, que a prueba el documento técnico denominado «Perfiles de puestos de trabajo de los trabajadores del Poder Judicial sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada».
· Resolución N° 010-2004-CE-PJ que aprueba el Reglamento interno de Trabajo del Poder Judicial.
· Resolución Administrativa N° 056-2008-P/PJ que aprueba el Reglamento del bono por función jurisdiccional para los trabajadores del Poder Judicial.
· Resolución Administrativa N° 087-2008-CE-PJ que aprueba la Directiva N° 006- 2008-GG/PJ sobre «Normas y Procedimientos para el Control de Nepotismo e Incompatibilidad en el Poder Judicial».
· Decreto Legislativo N° 1023, que crea la Autoridad Nacional de Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Decreto Supremo N° 007-2010-PCM, aprueba el Texto Único Ordenado de la Normatividad del Servicio Civil y Decreto Supremo N° 008-2010-PCM, aprueba el Reglamento del Tribunal del Servicio Civil.
· Ley N° 28175 – Ley marco del empleo Público.
· Ley N° 29277, artículo 42 de la Ley de la Carrera Judicial; sobre incompatibilidad por razón del parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por matrimonio y unión de hecho.
· Resolución Administrativa N° 298-2009-CE-PJ, Exhorta a magistrados y personal auxiliar que para el desempeño del cargo requiera título de abogado, que se encuentren habilitados en el ejercicio profesional por el Colegio de Abogados en el cual están registrados.
· Resolución Nº 061-2010-SERVIR/PE que establece los criterios para asignar una bonificación del 10% en concurso para puestos de trabajo en la Administración Pública en beneficio del personal licenciado de las fuerzas armadas.
· Resolución Administrativa N° 303-2009-P-PJ, que determina los cargos funcionales de dirección y de Confianza del Poder Judicial y Resolución Administrativa N° 251-2010-P-PJ, que incluye otros cargos de Dirección y confianza del Poder Judicial, dentro de los alcances de la Resolución Administrativa antes señalada.
· Resolución Administrativa Nº 172-2012-P-PJ, que aprueba los Cuadros para Asignación de Personal (CAP) de las Cortes Superiores de Justicia de Cañete, Lima Norte y Loreto.
· Resolución Administrativa N° 305-2011-P-PJ que modifica el artículo tercero y escala vigente del Reglamento del bono por función jurisdiccional.
· Ley N° 29852 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2012.
· Resolución Administrativa N° 357-2011-P/PJ que aprueba el Presupuesto Analítico de Personal del Poder Judicial correspondiente al año 2011.
· Ley N° 29607, Ley de simplificación de la Certificación de los antecedentes penales en beneficio de los postulantes a un empleo.
· Resolución Administrativa Nº 395-2012-P-CSJCÑ7PJ, que conforma la Comisión de Concurso Abierto de Selección de Personal de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
· Resolución Administrativa Nº 038-2012-CE-PJ «Reglamento para el desarrollo de los Concursos Públicos y Abiertos de Selección de Personal en el Poder Judicial», Artículo 10º.- La plaza vacante y presupuestada sometida a concurso debe de ser de condición permanente. En caso de personal nuevo, que resulte ganador del concurso, deberá superar satisfactoriamente el periodo de prueba legal para adquirir la permanencia en el puesto.
· Resolución Administrativa Nº 078-2012-CE-PJ, que modifica el Reglamento para el desarrollo de los Concursos Públicos y Abiertos de Selección de Personal en el Poder Judicial.
· Resolución Administrativa Nº 456-2012-P-CSJCÑ/PJ, que reconforma la Comisión Permanente de Selección para la cobertura de plazas vacantes de la Corte Superior de Justicia de Cañete.
Las decisiones motivadas, la absolución de consultas respecto al esclarecimiento del Reglamento para el desarrollo de concursos y la regulación en los casos no previstos en él, determinadas por la comisión Permanente de Selección se constituirán como base legal para el desarrollo del concurso.
Las decisiones a que se refiere el párrafo precedente deberán ser redactadas y registrada mediante acta, de conformidad con lo establecido en el artículo 16° literal «q», del Reglamento para el desarrollo de los concursos de selección de personal.
IV. REQUISITOS GENERALES.
Los requisitos generales que debe cumplir cada postulante serán los siguientes:
Artículo 9º de la Resolución Administrativa Nº 038-2012-CE-PJ, en caso de reingreso de postulantes al Poder Judicial, los siguientes incisos:
a) Renuncia o retiro voluntario del trabajador, o vencimiento del plazo final de un contrato de trabajo sujeto a modalidad.
b) Renuncia o retiro voluntario del trabajador a plazo indeterminado siempre que haya transcurrido por lo menos un año del cese de acuerdo a lo establecido en el artículo 78 º del
c) Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728.
Artículo 22º de la Resolución Administrativa Nº 038-2012-CE-PJ, que establece que ninguna persona puede postular a más de una plaza vacante en un mismo concurso público y abierto de selección de personal. La inobservancia de esta disposición conllevará a la separación automática del proceso, sin derecho a rectificación.
Artículo 23º de la Resolución Administrativa Nº 038-2012-CE-PJ, que señala los requisitos generales que debe cumplir cada postulante:
a.- No haber sido sancionado con medida disciplinaria en los seis (06) meses anteriores a la fecha en que presenta su postulación.
b.- No incurrir en incompatibilidad por razón del parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad por matrimonio y unión de hecho, previsto en el artículo 42° de la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial.
c.- En caso de ser ex trabajador de alguna entidad de la administración pública, no haberse extinguido el vínculo laboral por causal de despido o destitución; renuncia con incentivos o, en caso de haberse retirado voluntariamente, no tener registrado en su legajo personal una observación o recomendación negativa escrita por el órgano de control interno o quien haga sus veces.
V. PROCEDIMIENTO
El concurso de personal deberá seguir el siguiente procedimiento:
5.1. CONVOCATORIA
El anuncio de convocatoria, bases del concurso, cronograma, relación de puestos de trabajo que serán sometidos al concurso y el perfil requerido para cada uno de ellos, se publicará en el enlace oportunidad laboral de la página Web institucional y en el diario oficial de mayor circulación. Paralelamente serán remitidos vía correo electrónico en forma masiva a los Administradores de las Cortes Superiores de Justicia, a efecto de que hagan llegar a trabajadores de su jurisdicción.
5.2. POSTULACIÓN
La postulación se efectuará a través del aplicativo de Postulación, Selección y evaluación de personal, el cual se encuentra en el enlace oportunidad laboral de la página Web del Poder Judicial.
Para efectuar una postulación exitosa debe evitar postular en horas de tráfico alto en el servicio internet y además usar el internet Explorer 7 o superior.
Esta etapa está a cargo del postulante y es de su entera responsabilidad, tiene por objetivo consignar los datos personales, académicos y laborales, declaraciones juradas y otra información requerida. Esta información permitirá establecer el cumplimiento de los requisitos generales y específicos del puesto de trabajo.
Considerando lo establecido en el párrafo anterior no se permitirá realizar cambios, anulaciones y/o desistimiento en la postulación.
Para acceder a la ficha de postulación, deberán efectuar los siguientes pasos:
_ Acceder a la página Web del Poder Judicial: www.pj.gob.pe.
_ Seleccionar el enlace oportunidad laboral.
_ Seleccionar la opción: Convocatorias Externas.
_ Seleccionar Concurso Público-02-2012-CAÑETE.
_ Seleccionar el puesto de trabajo al que desea postular.
_ Registrar la información de la ficha electrónica.
Para el adecuado registro, la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial ha desarrollado un Manual del Usuario, el cual se encuentra publicado al lado derecho del detalle de los puestos sometidos a concurso.
Los postulantes podrán efectuar sus consultas y remitirlas a la dirección del correo electrónico: ctorresa@pj.gob.pe.
Si el postulante ha realizado una inscripción correcta, el aplicativo le mostrará un código que será el único documento de identificación como postulante durante el proceso de selección, el mismo que deberá mostrar en cada fase de evaluación conjuntamente con el DNI o fotocheck si es trabajador del Poder Judicial.
En caso de extravío o deterioro de la ficha, el postulante tendrá la opción de obtener un duplicado en el mismo aplicativo Web.
5.3 EVALUACIONES
Es de responsabilidad del postulante consultar el enlace denominado Oportunidad Laboral en la página Web del Poder Judicial, para efectos de tomar conocimiento de los comunicados emitidos por la Comisión Permanente de Selección.
5.3.1 EVALUACIÓN CURRICULAR Y POR COMPETENCIAS.
5.3.1.1. Evaluación del perfil académico y requisitos (filtro de información)
La finalidad de esta evaluación es conocer a los postulantes que cumplen con el perfil exigido para el puesto al que postula.
El filtro de información se realiza sobre la base de los reportes emitidos por el Aplicativo, el cual detalla la información registrada por cada postulante, determinándose el cumplimiento de los requisitos generales.
Concluido el proceso de filtro de información, se procederá a la publicación a través de los comunicados del concurso que se ubica en el link de oportunidad laboral, respecto a los códigos de los postulantes aptos y no aptos, por un período de un (01) día, a fin de que aquellos que consideren pertinente presenten sus observaciones, las mismas que serán resueltas en un plazo máximo de 02 días.
Vencido el plazo se procederá a la publicación definitiva de los resultados de esta etapa consignando los códigos de los postulantes aptos y no aptos, además, de la relación de los puestos declarados desiertos.
El postulante que cumple con el perfil requerido para el puesto, será declarado apto y por lo tanto obtiene automáticamente quince (15) puntos.
La Comisión Permanente de Selección, podrá otorgar al postulante hasta 20 puntos adicionales, una vez efectuada la valoración de la ponderación de la experiencia laboral de la Administración Pública bajo el criterio de haber ocupado cargos similares o equivalentes, cuyas funciones estén directamente vinculadas al perfil requerido.
5.3.1.2. Evaluación de conocimientos.
La prueba de conocimientos se inicia con la existencia mínima de un (01) postulante, y es de carácter eliminatorio, es decir, que su desaprobación descalifica automáticamente al postulante y lo retira del concurso.
El puntaje máximo que podrá obtener el postulante en esta fase será de treinta (30) puntos, siendo el puntaje mínimo aprobatorio para acceder a la siguiente fase de veinte (20) puntos.
Obtenidos los resultados de la evaluación de conocimientos, la Comisión procederá a publicar la relación de los códigos con sus respectivas notas, consignando además la condición de aprobado o no aprobado.
5.3.1.3. Evaluación Psicológica.
La prueba psicológica se inicia con la existencia mínima de un (01) postulante cuya postulación haya sido declarada apta en la Evaluación del perfil académico y requisitos (filtro de información).
El puntaje máximo que podrá obtener el postulante en esta fase será de diez (10) puntos, siendo el puntaje mínimo aprobatorio el de ocho (08) puntos para acceder a la siguiente etapa de evaluación.
Culminado el proceso se procederá a la publicación de los códigos de los postulantes con sus respectivas notas, así también del listado de los puestos de trabajo que hayan sido declarados desiertos.
5.3.2. ENTREVISTA PERSONAL.
Esta etapa comprende las siguientes fases:
5.3.2.1. Verificación de la hoja de vida.
Previa a la entrevista personal, la Comisión Permanente de Selección de Personal, obtendrá del Aplicativo de Postulación, Selección y Evaluación de Personal, el código, nombres, apellidos y puntajes acumulados por cada postulante que haya superado la etapa de evaluación de conocimientos.
Luego publicará dicha información en todos los medios posibles de comunicación, dando un plazo para que dichos postulantes acrediten con los certificados académicos y/o laborales en copia simple únicamente la documentación registrada en el aplicativo de selección de personal.
Los documentos que presentarán los postulantes aptos serán:
- Resumen ejecutivo (hoja de vida actualizada) – Anexo 01.
- Declaración Jurada – Anexo 02.
- Copia simple de DNI vigente.
- Constancia de trabajo.
- Record de medidas disciplinarias (función jurisdiccional) emitido por ODECMA de la Corte a la que pertenece, en caso de ser trabajador del Poder Judicial.
- Record de medidas disciplinarias (faltas administrativas) en caso de ser trabajador del Poder Judicial.
- Copia simple del diploma, constancia o certificado que acredite la formación académica requerida para el puesto de trabajo al que postula y declarada en la ficha de postulación.
- En el caso de los puestos en los que se exija ser profesional colegiado, deberán presentar la constancia de habilitación emitida por el colegio profesional respectivo.
La documentación antes referida deberá ser presentada en Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, y dirigida a la Presidenta de la Comisión Permanente, sito en la Av. Mariscal Benavides Nº 657 – San Vicente de Cañete, 3er Piso; en la fecha señalada en el cronograma del concurso y en horario de oficina, desde 8:00 am - 1:30 pm y desde 2:15 pm – 4:45 pm.
En la verificación de la hoja de vida se tendrá en cuenta lo siguiente:
- En caso de incumplimiento del plazo para la presentación de la documentación requerida será automáticamente descalificado.
- No se validará la información que no se relacione con el puesto a la que postula.
- Si no acredita los documentos registrados en la ficha de postulación será automáticamente descalificado y/o incurra en falsificación o adulteración de documentos, se remitirán los actuados a la dependencia correspondiente para la aplicación de la medida disciplinaria o apertura del proceso que corresponda.
- De comprobarse que no cumple uno de los requisitos del perfil del puesto será descalificado del concurso.
- Los documentos que se presenten no serán devueltos ya que forman parte del acervo documentario del concurso.
5.3.2.2. Entrevista personal.
Esta etapa final estará a cargo de los miembros de la Comisión Permanente de Selección de Personal, siguiendo los siguientes criterios:
- Motivo(s) por el (los) cual(es) no desea continuar en el puesto o trabajo actual, o por el (los) cual(es) se retiró del trabajo anterior, según sea el caso.
- Expectativa, interés y/o motivación para postular al puesto específico en la institución.
- Logros obtenidos en sus puestos o trabajo anteriores, siempre que haya tenido en ellos intervención directa.
- Exploración adicional de las competencias del entrevistado, en relación con aquellas requeridas para el puesto (en base a su evaluación psicotécnica).
- Impresión que causa el entrevistado (como contraste o complemento de lo establecido en su perfil psicológico)
- Otras de relevancia que considere la comisión Permanente de Selección.
Los miembros de la Comisión registrarán los puntajes directamente en el Aplicativo de Postulación, Evaluación y Selección de Personal (PSEP) el cual permitirá la publicación inmediatamente terminada la entrevista personal del puntaje obtenido por cada postulante.
En el caso de que haya más de tres (03) postulantes aptos para la entrevista personal, solo pasarán a la etapa de entrevista personal los que hayan obtenido los tres (03) puntajes más altos como resultado de las sumas de las puntuaciones de la evaluación curricular, pruebas de conocimiento y psicológica.
El puntaje máximo que podrá obtener cada postulante en esta fase será de 25 puntos.
5.4. Resultado final del concurso.
La comisión Permanente de Selección declarará ganador al postulante de la plaza que apruebe satisfactoriamente cada una de las fases anteriores y obtenga el mayor puntaje, considerando el puntaje mínimo aprobatorio total de 65 puntos. En caso contrario, la comisión declarará desierta dicha plaza.
La declaración de los ganadores de cada plaza convocada será publicada en la dirección Web antes citada.
VI. CONSIDERACIONES FINALES.
6.1 Ninguna personal puede postular a más de una plaza. El incumplimiento de esta disposición ocasiona la descalificación automática del concurso sin derecho a rectificación.
6.2 Los trabajadores del Poder Judicial interesados en participar, tendrán derecho a gozar de licencia y/o permisos con goce de haber por el tiempo que dure la evaluación Psicotécnica y/o la Evaluación Personal, según corresponda.
6.3 En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley General de la Persona con discapacidad y su Reglamento, la Comisión Permanente de Selección otorgará una bonificación adicional (equivalente al 15% de su puntaje final acumulado) a los candidatos que certifiquen efectivamente su discapacidad.
6.4 En aplicación de lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Nº 061-2010- SERVIR/PE, el personal licenciado de las fuerzas armadas se beneficiará con una bonificación adicional del 10% de la nota obtenida en la entrevista personal, personal, siempre y cuando esta condición sea acreditada.
6.5 En caso que se registre un empate entre los puntajes finales acumulados de dos o más candidatos, la Comisión Permanente de Selección decidirá cuál de ellos será el ganador de la plaza concursada. Para tal efecto se registrará en cada acta administrativa el criterio utilizado para tomar esta decisión.
6.6 La Comisión Permanente de Selección podrá modificar el cronograma del concurso de Selección cuando lo estime conveniente.
6.7. Los postulantes que resulten ganadores en el presente concurso serán designados a la dependencia que postularon, por ninguna circunstancia serán ubicados en otro órgano Jurisdiccional y/o administrativo.
VII. PLAZAS CONVOCADAS A CONCURSO ABIERTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL Nº 02-2012-PJ-CAÑETE.
EDICTOS JUDICIALES
EDICTOS DE FAMILIA Y PENAL (3 días)
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA.- Juez Castillo; cita y emplaza:
EXP. 55-2008, a EUFRACIO VARGAS ANTEZANA, para diligencia de Lectura de Sentencia, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Día:31.05.2012. Hora:09:15 a.m. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Jhon Billy Vargas Castro. Secretario: Caceda.
EXP. 12-2008, a MARCO ANTONIO MIRANDA RODRIGUEZ, para diligencia de Lectura de Sentencia, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Día:19.06.2012. Hora:10:45 a.m. Delito: Contra La Vida, El Cuerpo y la Salud-Lesiones Culposas Graves. Agraviado: Jackelin Vilca Romero y otros. Secretario: Caceda.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MALA; Juez: Huamani; emplaza:
EXP. 2011-145-00-JIP-MALA, Resolución 01:ADMITIR a tramite el Requerimiento de Acusación Directa efectuada por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala en contra de Zosimo Ramos Orejon, por el Delito contra el Patrimonio-Receptación, en agravio de Oscar Sócrates Ochoa Palacios, corriéndose traslado a las partes procesales. Otórguese un plazo de tres días después de la ultima notificación por edicto para que el imputado se apersone a este Juzgado señalando su domicilio real y procesal para notificársele el requerimiento acusatorio y formule sus pretenciones, bajo apercibimiento de darse por notificado con el integro del requerimiento acusatorio; computarse diez días desde el vencimiento de los tres días después de la ultima publicación y darse por notificado con las subsiguientes resoluciones. Asistente: Cabrera.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE YAUYOS.- Juez Parvina; Ha mandado a publicar:
EXP. 2011-003-0-ETI-JIP-MPY, Resolución 01(08.05.2012) notificar a: MARISA CLEMENTINA SANABRIA PAYANO, Resolución 01(08.05.2012): Correr traslado a los sujetos procesales por el plazo de 10 días hábiles para que puedan por escrito: a)Observar formalmente la acusación, b)Deducir excepciones y otros medios de defensa. c)solicitar imposición o revocación de medida coercitiva o actuación de prueba anticipada. d)pedir sobreseimiento. e)instar aplicación del criterio de oportunidad. f)Ofrecer prueba. g) objetar la reparación civil. h) Proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados. i)Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba, y j) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. A fin de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.- Juez Alejos ; Ha mandado a publicar:
EXP. 0807-2011, Resolución 01: ADMITIR la demanda interpuesta por el Representante del Ministerio Publico, contra RAUL RONAL LAZARO SACSA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR- MALTRATO FISICO en agravio de KATHERIN VERONICA YACTAYO DE LA CRUZ. TRAMITESE conforme a las pautas del PROCESO UNICO. Secretari
24, 25 y 26 de Mayo
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don LUIS ALBERTO VICENTE CAMPOS, manifestando ser conviviente de quien fuera en vida doña KELINDA SOLEDAD YUPANQUI DOLORIER, quien falleció AB.INTESTADA el día 26 de Setiembre de 2011, a efecto de que se declare como únicos y universales herederos a sus hijos JOSE LUIS VICENTE YUPANQUI, DANIEL ALBERTO VICENTE YUPANQUI y THALIA SOLEDAD VICENTE YUPANQUI. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 22 de Mayo de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña PRIMITIVA APOLONIA HUARACA PEÑALOZA, manifestando ser esposa de quien fuera en vida don JORGE INDALECIO TITO ACEVEDO, quien falleció AB-INTESTADO el día 14 de Abril de 2012, a efecto de que se declare como únicos y universales herederos a su cónyuge doña PRIMITIVA APOLONIA HUARACA PEÑALOZA y a su hija DENYS ANDRINA TITO HUARACA. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 22 de Mayo de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
EDICTO
Ante la Registradora Civil de la Municipalidad Distrital de Coayllo, la Sra. Laura Elisabeth Sánchez Advendaño ha solicitado con fecha 21 de Mayo del año 2012, la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE NACIMIENTO Nº 53, libro del año 1979 ya que se consigna incorrectamente su apellido materno debiendo consignarse como AVENDAÑO, asimismo el apellido paterno de su madre, debe consignarse como AVENDAÑO, y no como erróneamente figura registrado, por lo que solicita se corrija el error.
Coayllo, 24 de Mayo de 2012.
Liliana Torres Cosme
Jefe de Registro Civil
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Juez Dr. Luis F. Chávez Acharte y Sec. María R. Sánchez Soriano. Exp. 2012-0027 EUDOCIO SALVADOR ALCALA, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su cónyuge FELICITA PORTUGUEZ CARBONERO DE SALVADOR, quien falleciera con fecha dos de Mayo del dos mil ocho, y que tuviera como su último domicilio en el Centro Poblado de Langla del distrito de Lunahuaná, provincia de Cañete, departamento de Lima. Lo que comunico a todas las personas que se consideren con derecho a ser incluidos en esta sucesión, para los fines de ley.
Lunahuaná, 03 de Abril de 2012.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA.- Juez Castillo; cita y emplaza:
EXP. 55-2008, a EUFRACIO VARGAS ANTEZANA, para diligencia de Lectura de Sentencia, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Día:31.05.2012. Hora:09:15 a.m. Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar. Agraviado: Jhon Billy Vargas Castro. Secretario: Caceda.
EXP. 12-2008, a MARCO ANTONIO MIRANDA RODRIGUEZ, para diligencia de Lectura de Sentencia, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Día:19.06.2012. Hora:10:45 a.m. Delito: Contra La Vida, El Cuerpo y la Salud-Lesiones Culposas Graves. Agraviado: Jackelin Vilca Romero y otros. Secretario: Caceda.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MALA; Juez: Huamani; emplaza:
EXP. 2011-145-00-JIP-MALA, Resolución 01:ADMITIR a tramite el Requerimiento de Acusación Directa efectuada por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala en contra de Zosimo Ramos Orejon, por el Delito contra el Patrimonio-Receptación, en agravio de Oscar Sócrates Ochoa Palacios, corriéndose traslado a las partes procesales. Otórguese un plazo de tres días después de la ultima notificación por edicto para que el imputado se apersone a este Juzgado señalando su domicilio real y procesal para notificársele el requerimiento acusatorio y formule sus pretenciones, bajo apercibimiento de darse por notificado con el integro del requerimiento acusatorio; computarse diez días desde el vencimiento de los tres días después de la ultima publicación y darse por notificado con las subsiguientes resoluciones. Asistente: Cabrera.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE YAUYOS.- Juez Parvina; Ha mandado a publicar:
EXP. 2011-003-0-ETI-JIP-MPY, Resolución 01(08.05.2012) notificar a: MARISA CLEMENTINA SANABRIA PAYANO, Resolución 01(08.05.2012): Correr traslado a los sujetos procesales por el plazo de 10 días hábiles para que puedan por escrito: a)Observar formalmente la acusación, b)Deducir excepciones y otros medios de defensa. c)solicitar imposición o revocación de medida coercitiva o actuación de prueba anticipada. d)pedir sobreseimiento. e)instar aplicación del criterio de oportunidad. f)Ofrecer prueba. g) objetar la reparación civil. h) Proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados. i)Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba, y j) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. A fin de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.- Juez Alejos ; Ha mandado a publicar:
EXP. 0807-2011, Resolución 01: ADMITIR la demanda interpuesta por el Representante del Ministerio Publico, contra RAUL RONAL LAZARO SACSA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR- MALTRATO FISICO en agravio de KATHERIN VERONICA YACTAYO DE LA CRUZ. TRAMITESE conforme a las pautas del PROCESO UNICO. Secretari
24, 25 y 26 de Mayo
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don LUIS ALBERTO VICENTE CAMPOS, manifestando ser conviviente de quien fuera en vida doña KELINDA SOLEDAD YUPANQUI DOLORIER, quien falleció AB.INTESTADA el día 26 de Setiembre de 2011, a efecto de que se declare como únicos y universales herederos a sus hijos JOSE LUIS VICENTE YUPANQUI, DANIEL ALBERTO VICENTE YUPANQUI y THALIA SOLEDAD VICENTE YUPANQUI. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 22 de Mayo de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña PRIMITIVA APOLONIA HUARACA PEÑALOZA, manifestando ser esposa de quien fuera en vida don JORGE INDALECIO TITO ACEVEDO, quien falleció AB-INTESTADO el día 14 de Abril de 2012, a efecto de que se declare como únicos y universales herederos a su cónyuge doña PRIMITIVA APOLONIA HUARACA PEÑALOZA y a su hija DENYS ANDRINA TITO HUARACA. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 22 de Mayo de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
EDICTO
Ante la Registradora Civil de la Municipalidad Distrital de Coayllo, la Sra. Laura Elisabeth Sánchez Advendaño ha solicitado con fecha 21 de Mayo del año 2012, la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE NACIMIENTO Nº 53, libro del año 1979 ya que se consigna incorrectamente su apellido materno debiendo consignarse como AVENDAÑO, asimismo el apellido paterno de su madre, debe consignarse como AVENDAÑO, y no como erróneamente figura registrado, por lo que solicita se corrija el error.
Coayllo, 24 de Mayo de 2012.
Liliana Torres Cosme
Jefe de Registro Civil
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Juez Dr. Luis F. Chávez Acharte y Sec. María R. Sánchez Soriano. Exp. 2012-0027 EUDOCIO SALVADOR ALCALA, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su cónyuge FELICITA PORTUGUEZ CARBONERO DE SALVADOR, quien falleciera con fecha dos de Mayo del dos mil ocho, y que tuviera como su último domicilio en el Centro Poblado de Langla del distrito de Lunahuaná, provincia de Cañete, departamento de Lima. Lo que comunico a todas las personas que se consideren con derecho a ser incluidos en esta sucesión, para los fines de ley.
Lunahuaná, 03 de Abril de 2012.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná
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