07 mayo 2011

COMITE DE DAMAS DEL MUNICIPIO DE CERRO AZUL RINDE HOMENAJE A LAS MADRES PORTEÑAS
El Comité de Damas de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul que preside la señora Teresa Arias de Rivas, rendirá hoy un justo y merecido homenaje a las madres de los centros poblados, anexos y la zona urbana de este distrito.
“Nuestro más profundo reconocimiento a las mamás en su día”, expresó Teresa Arias, remarcando que la actividad de hoy consistirá en una ceremonia especial con un vasto programa especial.
Expresó que habrá un show artístico - musical, entrega de presentes, ágapes a los asistentes y otras sorpresas en esta antesala de la celebración al ser más sublime de la tierra que se celebra en todo el mundo.
“Mis saludos a todas las mamás de nuestra provincia. Pero, muy en especial a aquellas madres trabajadoras y emprendedoras del distrito de Cerro Azul”, expresó muy emotiva la primera dama del puerto de la “bella esperanza”.
ALCALDE HUGO RIVAS TAMBIEN TRIBUTO HOMENAJE
Por otro lado, el burgomaestre de Cerro Azul, Hugo Rivas Sánchez, rindió ayer el homenaje a las madres trabajadoras de su comuna entregándoles sendos reconoci-mientos por la abnegada labor que desempeñan a favor de la comunidad.
“Nuestro reconocimiento a todas las madres cerroazuleñas y muy en especial a las madres trabajadoras de la Municipali-dad Distrital de Cerro Azul”, expresó Hugo Rivas en medio de la algarabía de las madres trabajadoras.

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ITALO MALDONADO "ME LARGO SI ME CALLO COMO LA MPC EN EL CASO FINVER"
Por JuvrohSin lugar a dudas Italo Maldonado Montoya ahora como flamante presidente del Frente de Defensa de los Intereses de Cañete ha salido con el pie en alto y esta dispuesto a aclarar diversos puntos que son de interés local.
Mediante un pronunciamiento señalan que sus planteamientos debidamente fundamentados y acreditados demuestra la razón valedera de sus exigencias en el derecho que les asiste a nuestro pueblo.
Los cinco puntos del documento son: Respeto E Intangibilidad A Nuestros Límites Territoriales Con La Region Ica. Cumplimento Del Art. 32 De La Ley De Bases De La Descentralización Sobre La Sede Regional En Cañete. Por El Funcionamiento De La Universidad Nacional De Cañete. Por La Construcción Del Hospital Regional De Cañete.
Esclarecimiento Y Sanción A Los Culpables Del Caso Finver.
Abordado por los hombres de prensa, Ítalo Maldonado señalo que “solicitaremos toda la información concerniente al caso: FINVER por cuanto la Municipalidad Provincial de Cañete a través de una audiencia pública precisaron que cuentan con toda la documentación respectiva y que por ende no vamos a esperar que se queden callados y no hagan nada y será mejor que faciliten todas las copias necesarias para iniciar las acciones legales contra los responsables de este escandaloso hecho”.
“Solicitaremos que nos envíen las copias fedateada de los 300 cheques girados y requeriremos al banco que señale quienes fueron los que los cobraron y así sabremos quienes fueron estas ratas, ratitas y pericotes que se beneficiaron con la plata del pueblo”.
FRENTE DE DEFENSA SERIA FLOR DE UN SOLO DIA
Al cuestionársele la organización del frente y que sería como otras anteriores que aparecieron en cañete y que solo fueron reuniones amicales y que nunca realizaron jornada de lucha conocida y más bien sirvió de trampolín político, Maldonado Montoya preciso “me largo a mi tierra allauca si no hago nada por el bien de mi Cañete querido y si tengo que ir a la cárcel por estar al frente de una lucha me iré con la frente en alto porque no le temo a nada” concluyó el presidente del Frente De Defensa De Los Intereses De Cañete.
ESTA ES LA DIRECTIVA DEL FRENTE DE DEFENSA
Hay que señalar que acompañan a Italo Maldonado Montoya que ha sido elegido Presidente del Frente de Defensa de los Intereses de Cañete; el Ing. Lazaro Vicente Yactayo en calidad de Vicepresidente; César Flores Villarrubia en calidad de Secretario de Organización; Teodosio Virginio Huamán Fernández,comoSecretario de Defensa; Rita Carmen Chiok Barraza como Secretario de Actas y Archivo; Carmela Apolaya como Secretaría de Economía.
Igualmente integran el Frente de Defensa, Juan Rojas Rueda como Secretario de Comunicaciones; Favio Carbonero Tocasque como Secretario de Movilizaciones; Juan Pablo de la Cruz como Secretario de Juventudes; y como Fiscales Miguel Fernández Valencia y Blanca Cecilia Vicente Prada.

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A Solicitud De La Segunda Fiscalía Provincial Penal De Mala...
CONDENAN A 35 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD A VIOLADOR DE MENOR DE EDAD
En el caso seguido por el Delito de Violación de la Libertad Sexual al imputado Gregorio Vidal Espilco Guzman, en agravio de la menor de 14 años, de iniciales K.R.M.D.L.C., la Segunda Fiscalía Provincial a cargo del Fiscal Provincial Penal Dr. Fernando Escobar Arrese y la Fiscal Adjunta Dra. Ruth Karina Loayza Sánchez, quienes fundamentaron la acusación penal al colegiado de la Corte Superior de Justicia de Cañete, quien después del debido proceso de juzgamiento dictó sentencia, condenando al imputado a 35 años de Pena Privativa de la Libertad y el pago de una reparación civil de S/. 8,000.00 nuevos soles.
De los hechos se conoce que el imputado era su profesor de matemáticas en la Institución Educativa « Nuestra señora de la Asunción» de Chilca, quien habría abusado sexualmente de la menor agraviada en dos oportunidades, aprovechando que este tenía la confianza y calidad de docente de dicha menor.


IMPORTANTES ACUERDOS ASUMIERON REGIDORES EN SESION DE CONCEJO
Importantes acuerdos tomaron los regidores de la Municipalidad Distrital de Imperial en sesión de concejo celebrada la mañana de hoy viernes 6 de mayo.
Bajo la conducción del alcalde Eddy del Mazo Tello se pusieron al debate del pleno diversos temas establecidos en agenda.
Uno de los primeros temas abordados fue la propuesta de aprobar documentos de gestión como el Reglamento de Organización y Funciones-ROF.
De otro lado, se aprobó la participación en la evaluación ante el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - Foniprel. para el Cofinanciamiento del proyecto de la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos.
Asimismo, se aprobó el Reglamento del Presupuesto Participativo por resultados para el año fiscal 2012.
Una de las novedades asumidas por el pleno fue la aprobación del CAFAE Municipal, que fue propuesta por el Alcalde Eddy del Mazo con la finalidad de poder administrar y revertir a favor de los trabajadores lo que se les descuenta por faltas y tardanzas.

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CITACIÓN
El Coordinador del Proyecto Productivo «Crianza de Cuy» del Convenio PNUD/ADSAVIC, cita a los beneficiarios a la reunión que se llevará a cabo el día Lunes 09 de Mayo del 2011, a horas 3:00 p.m. en su local institucional ubicado en Jr. San Agustín N° 265 San Vicente – Cañete, con la finalidad de informar sobre el proyecto en referencia.
Se espera contar con su puntual asistencia.
Atentamente
Juan Alberto Neyra Bolívar
Coordinador

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN
«Enrique Guzmán y Valle»
Escuela de Post Grado
Sede – Cañete.
COMUNICADO
Se comunica a los alumnos ingresantes de la PROMOCIÓN 2011 y a los estudiantes del 2010 que desde la fecha deben acercarse a recoger sus textos de las asignaturas y el cronograma de clases a iniciarse el próximo viernes 20 de Mayo del 2011, sito en la Sede del Instituto «Jesús de Nazareth».
Cañete, 05 de Mayo del 2011
José Sánchez Torres
Coordinador Académico
Sede -Cañete

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
CONVOCATORIA A CONCURSO PUBLICO DE MERITOS PARA DESIGNACION DE UN EJECUTOR COACTIVO
TERCERA CONVOCATORIA
La Municipalidad Distrital de Mala formula 3ra convocatoria a concurso público de méritos para la designación de un Ejecutor Coactivo. Plazo de inscripción del 09 al 12 de Mayo 2011.
Las Bases del Concurso se Podrán recabar gratuitamente en la Sub Gerencia de Personal de la Municipalidad, Plaza de Armas N° 177 - 3er piso en horario de oficina.
Para información llamar al 206-2670 anexo 213, en horario de oficina.
LA COMISIÓN


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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010- 2011-MDM

Mala, 14 de Abril del 2011

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de Abril del 2,011, el Informe Nº 265-2011-GDH-MDM de la Gerencia de Desarrollo Humano, presentando la propuesta de Ordenanza Municipal respecto a la problemática de la Violencia Familiar y Sexual de Menores en el Distrito de Mala por recomendación del Programa Nacional Contra la Violencia y Sexual –CEM Cañete – MINDES a través del Oficio Nº 037-2011/MINDES CEM – CAÑETE (Exp. Nº 1556-11-MDM), e Informe Nº 088-2011-GAL/MDM de la Gerencia de Asesoría Legal de esta Municipalidad.

CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; concordante con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización;

Que, las Municipalidades cumplen función normativa, entre otros mecanismos a través de la Ordenanza Municipal, y de conformidad al numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Estado tiene rango de Ley el Gobierno Distrital de Mala, al amparo de las políticas del Acuerdo Nacional, y la Ley Orgánica de Municipalidades, que en su Artículo 194º, establece como funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social, en concordancia con la política general del Gobierno Regional y Nacional, los Planes Sectoriales y los Programas correspondientes de los Gobiernos Locales; así como formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la violencia política, familiar y sexual;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-07-PCM se establecen las políticas nacionales en materia de igualdad de Hombres y Mujeres, entre las cuales se señala el impulsar en la sociedad en sus acciones y comunicaciones, la adopción de valores, prácticas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación de las mujeres y la erradicación de la violencia familiar y sexual;

Que, en concordancia con las recomendaciones, convenciones y declaraciones de carácter internacional, aprobada y suscritas por el Estado Peruano entre las que tenemos: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Recomendación General Nº 19º del 11º Grupo de Sesiones de la ONU, Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (Resolución de la Asamblea General 48/104 del 20 de Diciembre de 1993 de la ONU, Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer «Convención de Belem do Pará» (1984);

Que, la violencia contra la mujer, los niños, las niñas, los adolescentes, los adultos y los adultos mayores, de acuerdo a informes nacionales e internacionales, es uno de los problemas más severos que se padecen en el país y en particular en el Distrito de Mala, la misma que es afrontada a lo largo de todo el ciclo de vida de las personas afectadas y en cada espacio donde desarrollan su vida; constituyéndose en un flagelo que impide el desarrollo personal, lo cual incide negativamente en el desarrollo social del Distrito de Mala;

Que, considerando las estadísticas nacionales registran que el 41.2% de las mujeres sufre violencia física por parte de la pareja y 70 de cada 100 mujeres ha sufrido violencia familiar.

Asimismo en el Distrito de Mala, se ha verificado que la problemática de violencia contra la mujer, los niños, las niñas y los adolescentes, tanto en las familias y en los espacios públicos, persiste con amparo y complicidad social;

Que, según los registros oficiales del Centro Emergencia Mujer se atendieron a un total de 4,272 casos de Violencia Familiar y Sexual, de los cuales el 88 % son mujeres y el 12% son varones.

En el 2009 de Enero a Octubre se ha reportado 614 casos de ellos el 93% son mujeres, 113 caso en menores de 18 años; 52 casos de violencia sexual de ellos 33, corresponde a menores de 17 años;

Que, es necesario fortalecer el rol comunitario a través del apoyo de todos los organismos que tienen presencia en una determinada zona o comunidad, realizando actividades para sensibilizar a la población, promoviendo la toma de conciencia sobre la problemática; la magnitud y los efectos nefastos que genera la violencia sobre todo en los niños y adolescentes;

Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Reglamento Interno del Concejo y estando conforme a lo expuesto en el Acta del Primer Encuentro Descentralizado de Autoridades Municipales de la Provincia de Cañete de fecha 20 de enero del 2011, el Concejo con 06 votos a favor y un voto de abstención, por mayoría ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA:
ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER como prioridad y necesidad pública la atención a la problemática que merece urgente atención a la violencia familiar y sexual contra mujeres, niños, niñas y adolescentes en el distrito de Mala.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR como mes de lucha contra la violencia en agravio de la mujer, al mes de noviembre y marzo a efectos de intensificar las acciones de concientización a fin de coadyuvar con la prevención, atención y protección frente a la Violencia Familiar y Sexual.

ARTÍCULO TERCERO.- INCORPORAR en la agenda del Gobierno Distrital campañas de promoción, difusión y de sensibilización a la población en general, dirigidas a la reducción de la violencia familiar y sexual contra mujeres, niños, niñas y adolescentes.

ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano articular acciones con el Centro Emergencia Mujer y asignar un presupuesto para las actividades a desarrollar, orientada a disminuir la violencia familiar y sexual, de acuerdo al compromiso adquirido.

ARTÍCULO QUINTO.- INCORPORAR en la agenda de Desarrollo Humano el desarrollo de planes de prevención a fin de coadyuvar al éxito de la aplicación de las estrategias que prevengan y atiendan a las víctimas de violencia familiar y sexual en el distrito de Mala.

ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR al área de Imagen Institucional, la publicación de la presente Ordenanza en el diario de circulación local, así como otros medios de comunicación oficial.

ARTÍCULO SETIMO.- DISPENSAR la presente Ordenanza del trámite de lectura de aprobación del acta.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde

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EDICTOS PENALES
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIO DE CAÑETE; Presidente: Dr. MARTINEZ; Cita, llama y emplaza a los siguientes procesados:
EXP.- 2008-520; a RICHARD MELANIO LAZARO DIAZ. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito Robo Agravado en Agravio de Ciro Melchor de la Cruz. Secretario Miranda. San Vicente 27.04.2011
EXP.- 2003-185; a ANDRES AQUILINO ASIN MELENDEZ E YSELA YANET CASTILLO DE LA CRUZ. DÍA 17.05.2011 a horas 03:00p.m. Delito Peculado en Agravio del Estado. Bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario Miranda. San Vicente 03.05.2011

EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAÑETE.- Juez Aroni; Cita, llama y emplaza a:
EXP.- 358-2010-11; a CESAR ARMANDO GARCIA VALERIO. Para el DÍA LUNES 16-05-2011 a horas 8:30a.m en Sala de Audiencia de los Juzgados Penales Unipersonales, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Resol. 2 del 25.02.2011. Asistente Ascona. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 049-2011-93; Resol. 2 del 29.04.2011 Se Resuelve: Haciendo efectivo el apercibimiento decretado mediante resolución 01, DECLARAR REO CONTUMAZ al acusado DANIEL TATAJE GAMONAL ordenándose su ubicación y captura a Nivel Nacional. Oficiándose a la autoridad policial. Se nombra como abogada a Isabel Rosario Ríos Silva. Resérvese provisionalmente el presente proceso hasta que se ponga a derecho ante el Juzgado. Asistente Ochoa. San Vicente 29.04.2011

EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE.- Juez Solano; Cita, llama y Emplaza a:
EXP.- 2007-785; a DANIEL FLORENCIO RAMOS FERNANDEZ. Para que se ponga a derecho por habérsele declarado REO AUSENTE, habiéndose ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Violación de Libertad Sexual en Agravio R. S. Y. Z. Secretario Soto. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 2003-893; a MIGUEL ANGEL FRANCIA VILLALOBOS. Para que se ponga a derecho por habérsele declarado REO CONTUMAZ, habiéndose ordenarse su ubicación y captura a Nivel Nacional. Delito Hurto Agravado en Agravio Luis Alayza de Losada. Secretario Soto. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 2009- 087; a JESUS ENRIQUE RAMOS ARONE. Día 16.05.2011 a horas 11:45a.m. Lectura de Sentencia. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Lesiones Culposas en Agravio Jacinto Felipe Arias Ochoa. Secretario Ramos. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 2008- 013; a LOURDES SONCCO FLORIAN. Día 16.05.2011 a horas 12:15a.m. Lectura de Sentencia. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Contra la administración Pública en Agravio del Estado. Secretario Ramos. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 200-2000; a PEDRO LIBER MONTANO ORTIZ. Día 19.05.2011 a horas 10:00a.m. Lectura de Sentencia. Delito Tenencia Ilegal de armas de Fuego y Municiones en Agravio del Estado. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 2002-681; a ALBERTO GUILLERMO HUERTAS PEÑA. Día 19.05.2011 a horas 10:30a.m. Lectura de Sentencia. Bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Homicidio Culposo en Agravio de Emilio Suárez Tapiaza. Secretario Soto. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 155-2004; a JORGE LUIS CUADROS VASQUEZ. Instructiva. Delito Lesiones Leves en Agravio de Mónica Patricia Vivanco Campos. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 159-2006; a EUSTACIO AVILA RIOS. Lectura de Sentencia. Delito Contra la Libertad Sexual en Agravio de la menor A. A. M. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 028-2001; a JUAN BENANCIO SILVERA BELLIDO. Para que se ponga a disposición de éste Juzgado para su internamiento en el Establecimiento Penal de Cañete, a consecuencia de la revocatoria del beneficio penitenciario de Semi Libertad. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 473-2005; a IRLANDINA ALPINA CHAHUA QUISPE Y GERALD HUMBERTO LLATA SANCHEZ. Instructivas. Delito Contra los Derechos de autor y Conexos en Agravio de APDAYC. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 513-2004; a ALICIA ROSA CASTILLA LEVANO y ANA DEL PILAR ORMEÑO TRILLO. Instructivas. Delito Hurto Agravado en Agravio de Esther María Delgado Lume de Apolinario. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 2009-746; a ALEX JAIME GUTIERREZ RODRIGUEZ. Día 11.05.2011 a horas 9:30 a.m. Instructiva. Bajo apercibimiento de revocársele el mandato de comparecencia por detención en caso de incumplimiento. Secretario Flores. San Vicente 03.05.2011

EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA.- Juez Chipana; Ha ordenado Publicar lo siguiente:
EXP.- 2011-013; Archivar lo actuado dejando a salvo el derecho de las partes. En mérito a resolución uno del 03.03.2011 emplazando al agraviado JORGE LUIS PEREZ contra ELIAS LUCAS MERINO por daños materiales. Secretaria Medina. Asia 28.04.2011
EXP.- 2011-020; al agraviado ALARCON SAAVEDRA DEMETRIO FAVIO CON RESOL. 01 DEL 01.04.2011 que resuelve Archivar en forma definitiva la denuncia contra SEBASTIAN BEDOYA JULIO GEAN KARLO por daños materiales. Secretaria Medina. Asia 28.04.2011
5, 6 y 7 de Mayo.

EDICTOS PENALES
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA.- Juez Castillo; Cita, llama y Emplaza a:
EXP.- 2009-271; a GUILLERMO MENACHO RIOS. Día 16.05.2011 a horas 11:15a.m. Lectura de Sentencia. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Omisión a la Asistencia Familiar en Agravio Guillermo Yair Menacho Dolorier. Secretario Ramos. Mala 04.05.2011
EXP.- 2007- 120; a LUIS BARTOLOME SÁNCHEZ SANCHEZ, TITO RAYME SANCHEZ, LUIS BRAVO BILARROEL, MAURO MOZO ARROYO, CRISTIAN JAVIER SÁNCHEZ CAMPOS, VICTOR ALBERTO SALINAS MORENO. Día 13.05.2011 a horas 09:45a.m. Lectura de Sentencia. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Apropiación Ilícita en Agravio del Antero Díaz Vásquez. Secretario Ramos. Mala 05.05.2011
6, 7 y 9 de Mayo

EDICTOS DE FAMILIA (AUXILIO JUDICIAL)
EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA.- Juez Guevara: Ha ordenado Publicar lo siguiente:
EXP.- 2011- 276; Al agraviado JHON CARLOS SANDOVAL CANO con Resolución 13 del 05.05.2011. Se Resuelve: 1. Cortar la secuela del proceso al acreditarse la mayoría de edad de Hugo Henry de la Cruz Garica, debiendo continuar el proceso con el Adolescente Manuel Alonzo Garrido de la Cruz. 2. Remitir copia certificada a la Fiscalía Provincial penal de Turno. 3. Pasen los autos a Despacho para sentenciar. Con Resolución 14 del 05.05.2011. Fija Lectura de sentencia para el día 12.05.2011 a horas 12:00 a.m. Delito Hurto Agravado. Secretaria Claudio. San Vicente 05.05.2011
6, 7 y 9 de Mayo

EDICTOS
(Auxilio Judicial)
EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA.- Juez Guevara: Ha ordenado Publicar lo siguiente:
EXP.- 2011- 368; Se resuelve admitir a trámite la demanda de Violencia Familiar interpuesta por el Ministerio Público contra VICTOR ANTONIO CUCHO YUPANQUI en agravio de Beatriz Quispe Linares y CORRASE traslado al presunto autor por el término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nómbrasele curador procesal. Secretaria Díaz. San Vicente 29.04.2011.
EXP.- 2010- 1090; Se resuelve ADMITIR A TRÁMITE la demanda de Violencia Familiar interpuesta por el Ministerio Público contra DINER VIDAL ANDRES AVALOS en agravio de su menor hija BRIGHIT CAROLAY ANDRES GALLARD representada por su Madre Santa Isabella Gallardo Medina (Resolución 01 del 07.07.2010).- CORRASE traslado al presunto autor por el término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nómbrasele curador procesal, EMPLACESE a la menor agraviada representada por su madre (Resolución 06 del 15.04.2011). Secretaria Claudio. San Vicente 28.04.2011.
EXP.- 2011- 276; Cita a la agraviada ANA MARIA MARTINEZ CULLAS. Día 24.05.2011 a horas 11:00 a.m. para Continuación de Audiencia de Esclarecimiento de los hechos. Bajo apercibimiento de prescindirse de su declaración en caso de inasistencia. Delito Hurto Agravado. Secretaria Claudio. San Vicente 28.04.2011.
EXP.- 2010- 015; sobre Abandono Moral y Material, Cita a los padres biológicos: de menor tutelada, RAIDA FLORINDA CONDORI CHOQUE Y WILFREDO GUTIERREZ CERVANTES. Día 19.05.2011 a horas 3:00 p.m. para Audiencia de Esclarecimiento de los hechos fecha en la cual se deberán recabar su declaración, evaluación psiquiátrica que debe practicarse ante el departamento psiquiátrico de Essalud Cañete. Bajo apercibimiento de prescindirse de sus declaraciones en caso de inasistencia. Secretario Calagua. San Vicente 28.04.2011.
5, 6 y 7 de Mayo

06 mayo 2011

COMISION DE CONSEJO REGIONAL APRUEBA CAP DE LA UNIDAD EJECUTORA LIMA SUR
La Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, aprobó ayer el Cuadro de Asignación Personal (CAP) de la Unidad Ejecutora Lima Sur y que a más tardar deberán entrar en funcionamiento el próximo mes.
Así lo confirmó el Dr. Ulises Rodríguez Lázaro, consejero y presidente de la citada comisión, remarcando que la Unidad Ejecutora Lima Sur, comprenderá las provincias de Cañete y Yauyos que contarà con una Gerencia Sub Regional y un Órgano Desconcetrando respectivamente.
Precisó que en Cañete estará la Oficina de Órgano de Control Institucional, Oficina de Asesoría Jurídica, Área de Planeamiento, Oficina de Administración, Sub. Gerencia de Desarrollo Social, Sub Gerencia de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Agricultura y Transporte, Sub Gerencia de Recursos Naturales, y Gestión de Medio Ambiente,
Mientras que el Órgano Desconcentrado que funcionará en Yauyos contará con diez plazas a cargo de un Coordinador Zonal y los especialistas en: Obras, Proyectos y Estudios, Inversión y Supervisión de Obras, Turismo y Artesanía, Energía y Minas, Desarrollo Agropecuario, Desarrollo Social, Recursos Naturales y Medio Ambiente, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil.
Pecisó que luego de un amplio debate entre los consejeros que conforman su Comisión, se aprobó el instrumento de gestiòn y que en próxima sesiòn a desarrollarse en Huaral, se pondrá en debate al pleno para la aprobaciòn.
Como se recuerdad la Unidad Ejecutora Lima Sur, se creó en el periodo de Nelson Chui, ex presidente regional, con quien Ulises Rodríguez, ocupó el mismo cargo, augurando que a más tardar el proyecto se pondrà en marcha el próximo mes.



A PROPOSITO DE LOS CENTROS POBLADOS
Escribe: Ceguferno
«Desde el instante en que el pueblo está legítimamente reunido en cuerpo soberano cesa toda jurisdicción del gobierno, se suspende el poder ejecutivo y la persona del último ciudadano es tan sagrada e inviolable como la del primer magistrado, porque donde se encuentra el representado no hay representante», es una cita del «Contrato Social» de J. J. Rousseau allá por el siglo XVIII, donde nos ofrece su versión de democracia directa, una forma superior a la democracia representativa pero que resulta casi una utopía en estos tiempos con los estados y ciudades tan grandes que es bastante difícil y poco práctico reunir a toda una ciudad en una «Asamblea del pueblo»; pero que en determinadas circunstancias si las aplicamos, como por ejemplo cuando sufragamos para presidentes o alcaldes o el referéndum para el FONAVI, la revocatoria de alcaldes, el presupuesto participativo, los cabildos abiertos donde el pueblo se reúne para escuchar y opinar y fiscalizar la gestión de sus representantes o también cuando los centros poblados que por definición son de algunos pocos ciudadanos y donde si es concebible una asamblea del pueblo donde no sólo se elijan a sus autoridades sino también aprueben sus obras, realicen las labores comunales, fiscalicen la gestión de sus autoridades, en fin, decidan su destino.
En este contexto, la delegación de funciones a los centros poblados con la consiguiente asignación de recursos resulta una forma en la que el mismo ciudadano directamente administre su pueblo.
Pero el decidir los destinos de otro con su atribución de mando es lo que llamamos «poder» y el poder tiende a ser adictivo y el gobernante que eventualmente detenta el poder nunca fácilmente va a delegar ese poder, pensar lo contrario es simplemente pecar de ingenuidad, para concretizar lo ya tipificado (escrito) en el papel podemos apelar a las medidas legales pertinentes o en su defecto a la fuerza ( no violencia) de las marchas en apoyo a sus representantes.
EL ASPECTO JURÍDICO
Para la creación de un centro poblado se deben cumplir ciertos requisitos (art. 129, LOM) como un mínimo de 1000 ciudadanos, no se halle en el área urbana, acuerdo del concejo municipal sustentado en un informe técnico, etc. Y en la ordenanza de creación o adecuación deben determinarse las funciones, recursos y atribuciones del centro poblado (art 128, LOM).
Solo después de ello procede transferir los recursos mensualmente y bajo responsabilidad de alcalde y gerente y aquí se dice «En proporción a su población y los servicios públicos delegados» (art 133 LOM) cuando creemos que debería decir «en proporción a la magnitud de los servicios públicos delegados» porque podría ser que un centro poblado tenga 3000 habitantes y solo se le delega baja policía, y sus gastos serian mucho menores que el de un centro poblado de mil personal a las que se le designa además de baja policía, parques y jardines, serenazgo y pudiera ser también el servicio de agua y desagüe.
Dice el mismo artículo 133 en su tercer párrafo que las transferencias pueden ser también en la forma de delegar la facultad de cobrar arbitrios y entiendo que a la municipalidad de Pueblo Nuevo de Conta se le ha delegado el cobro del predial que es un impuesto y no un arbitrio; cierto ambos son tributos pero mientras el impuesto no origina una contraprestación por parte del municipio, el arbitrio si tiene como hecho generador la prestación efectiva de un servicio público, esto es, te cobro baja policía porque mantengo limpia tus calles, te cobro serenazgo porque cuido la ciudad, etc., a la luz de ello habrá que replantear el caso de Pueblo Nuevo de Conta. Por último, expresa la misma ley que la percepción de los recursos por delegación obliga a una rendición de cuentas mes a mes.
Ahora bien la ley habla de transferencia de recursos y no habla de la administración de ellos y esto implica asesores, gerentes, secretarias, personal obrero, etc., esto es una nuevo empleocracía con lo que se encarecería la gestión municipal o es que acaso habrá un apoyo de la municipalidad a los centros poblados, esto deberá quedar establecido en la ordenanza de adecuación.
Un último tema planteado es la modificatoria del presupuesto, cierto, el presupuesto es por naturaleza previsional, esto es, se elabora un año antes y allí se detallan los ingresos (tributos, transferencias del gobierno nacional) y los egresos (pago por servicios) que se prevén en el año fiscal, pero se puede modificar?
Sí, sí se puede modificar, acordémonos cuantas veces se ha modificado presupuestos participativos, pero una modificación del presupuesto municipal necesariamente tiene que ser aprobada por el concejo municipal (art 9, inciso 1, LOM) y no por el alcalde ni mucho menos el gerente y una resolución de alcaldía en ese sentido seria materia de nulidad y motivo de cese al gerente municipal por acto doloso (usurpar funciones con conocimiento y voluntad).
Por otro lado, si bien la transferencia de recursos no es vinculante y cada centro poblado una vez cuente con la ordenanza de adecuación queda expedito para reclamar por igual su derecho a la transferencia, el reclamo de los centros poblados de Nuevo Imperial sienta un precedente para que cada centro poblado pueda administrar sus recursos y nos acerquemos a la democracia directa.


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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA CIVIL
CRÓNICA JUDICIAL DEL MES DE MARZO DE 2011

DÍA: 03 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: VIVAS SIERRA, DURAND PRADO y QUISPE MEJÍA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 15-2010.- En los seguidos por el Ministerio Público sobre Abandono Material y Moral de la menor Thalia Gutiérrez Condori; DECLARARON NULA la sentencia de fecha 25 de noviembre de 2010, DISPUSIERON que el A quo renueve los actos procesales. Dr. Vivas.

DÍA: 04 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: VIVAS SIERRA, DURAND PRADO y QUISPE MEJÍA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 845-2009.- En los seguidos por el Ministerio Público con Elizardo Alberto Nolazco Vicente y otro, sobre Violencia Familiar en la modalidad de maltrato psicológico y otro; APROBARON la sentencia de fecha 19 de noviembre de 2010. Dr. Vivas.
Exp. N° 109-2010.- En los seguidos por el Ministerio Público contra José Alexander Quispe Huapaya y Guillermo Ramos Huapaya, en agravio de Juana Alejandrina Armas Durand de Quispe, sobre Violencia Familiar – en la modalidad de maltrato físico; APROBARON la sentencia de fecha 19 de julio de 2010. Dr. Vivas.
Exp. N° 175-2010.- En los seguidos por el Ministerio Público contra Cirilo Gómez Rojas, sobre Violencia Familiar – en la modalidad de maltrato físico en agravio de María Diego de Gómez; CONFIRMARON la sentencia de fecha 16 de noviembre de 2010. Dr. Vivas.

DÍA: 07 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: VIVAS SIERRA, DURAND PRADO y QUISPE MEJÍA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 453-2008.- En los seguidos por Italo Maldonado Montoya y otro con el Gobierno Regional de Lima Provincias y otro, sobre Proceso Constitucional de Cumplimiento; CONFIRMARON la Resolución N° 32 (Auto) de fecha 03 de diciembre del 2009 que resuelve ejecutar la medida cautelar innovativa. Dr. Vivas.
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNÁNDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 72-2009.- En los seguidos por Hilda Cuzcano Luyo con la Municipalidad Provincial de Cañete, sobre Desnaturalización de contrato; CONFIRMARON la sentencia de fecha 26 de octubre de 2010 y CONFIRMARON la Resolución N° 9 (Auto) de fecha 9 de julio de 2010. Dra. Rueda.
Exp. N° 09-2001-18.- En los seguidos por Luis Orlando Apolaya Hidalgo con Telefónica del Perú S.A.A., sobre Ejecución de Resolución Administrativa; DECLARARON que CARECE DE OBJETO PRONUNCIARSE sobre el auto venido en grado de apelación (Resolución N° 106) de fecha 13 de agosto del 2010. Dr. Astoquilca.

DÍA: 08 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: RUEDA FERNÁNDEZ, ASCENCIO ORTIZ y QUISPE MEJÍA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 58-2010.- En los seguidos por Inversiones Los Ángeles de Huachipa SRL con Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A., sobre Indemnización por daños y perjuicios; CONFIRMARON la Resolución N° 14 (Auto) de fecha 7 de abril de 2010. Dra. Rueda.
Exp. N° 59-2010.- En los seguidos por Inversiones Los Ángeles de Huachipa SRL con Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A., sobre Pago de Nuevos Soles; CONFIRMARON la Resolución N° 13 (Auto) de fecha 8 de abril de 2010. Dra. Rueda.
Exp. N° 60-2010.- En los seguidos por Luis Enrique Godomar Galindo con Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A., sobre Pago de Nuevos Soles; CONFIRMARON la Resolución N° 15 (Auto) de fecha 8 de abril de 2010. Dra. Rueda.
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNÁNDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 03-2011.- En los seguidos por el Ministerio Público con Jhony Miguel Sandoval Santos, sobre Violencia Familiar - maltrato psicológico; DECLARARON NULO la Resolución N° 12 (Auto) de fecha 27 de enero del 2011, DISPUSIERON que el magistrado del Juzgado de origen RENUEVE los actos procesales. Dr. Vivas.
Exp. N° 04-2011.- En los seguidos por el Ministerio Público con Álvaro Adolfo Ruiz Reyna, sobre sobre Violencia Familiar - maltrato psicológico; CONFIRMARON la sentencia de fecha 19 de noviembre del 2010. Dr. Vivas.

DÍA: 09 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNÁNDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 21-2003-96.- En los seguidos por Ana Milagros Benavente Bravo con EMAPA CAÑETE S.A., sobre Pago de Beneficios Sociales; REVOCARON la Resolución N° 50 (Auto) de fecha 26 de agosto de 2010 en el extremo que aprueba el monto de los costos en la suma de mil quinientos cuarentinueve nuevos soles con ochentiseis céntimos, y REFORMANDO la misma en dicho extremo, se fija en la suma de un mil Nuevos Soles. Dr. Vivas.
Con los señores Jueces Superiores doctores: VIVAS SIERRA, DURAND PRADO y QUISPE MEJIA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 2009-387.- En los seguidos por Maximiliana Villalobos Carbonero con Pedro Benigno Villalobos Carbonel, sobre Interdicción Civil; APROBARON la sentencia de fecha 17 de noviembre del 2010. Dr. Vivas.

DÍA: 10 de marzo de 2011
Con el señor Juez Superior del Tribunal Unipersonal doctor ASTOQUILCA MEDRANO se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 99-2009.- En los seguidos por Santiago Bernardino Cárdenas Cárdenas con Empresa Hnos. Giron SAC, sobre Pago de Beneficios Sociales; CONFIRMARON la sentencia de fecha 12 de octubre del 2010.
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 267-2009-75.- En los seguidos por la Municipalidad Distrital de Lunahuaná con Ignacio Guerrero Candela, sobre Reivindicación; CONFIRMARON la Resolución N° 11 (Auto) de fecha 06 de diciembre de 2010. Dr. Astoquilca.
DÍA: 11 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 61-2010.- En los seguidos por Pedro Rufino Arias Bruno y otros con Aurelio Rodríguez Marzano, sobre Proceso de Amparo; declararon NULA la sentencia de fecha 24 de setiembre de 2010, DISPUSIERON que el juez de la causa emita nueva resolución. Dr. Astoquilca.
DÍA: 14 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 334-2010.- En los seguidos por Rogelio Perez Flores con Pedro Espino Godoy y otros, sobre Otorgamiento de Escritura Pública; CONFIRMARON la Resolución N° 2 (Auto) de fecha 27 de setiembre de 2010. Dr. Vivas.
DÍA: 15 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 23-2010-33.- En los seguidos por Cerro Alto EIRL con He Builders SAC y otros, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero; CONFIRMARON la Resolución N° 4 (Auto) de fecha 10 de setiembre de 2010. Dra. Rueda.
DÍA: 16 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 49-2007-64.- En los seguidos por Editoral Escuela Activa S.A. con Blanca Inés Guerrero Tenema, sobre Ejecución de Garantía; CONFIRMARON la Resolución N° 59 (Auto) de fecha 7 de octubre de 2010. Dr. Vivas.
Exp. N° 431-2010.- En los seguidos por Porfirio Huacho Leguía con el Juez del Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Cañete, sobre Proceso de Amparo; CONFIRMARON la Resolución N° 1 (Auto) de fecha 21 de diciembre de 2010. Dra. Rueda.
Exp. N° 415-2010.- En los seguidos por Eusebio Francisco Quintero Osorio y otros con la Municipalidad Distrital de Imperial sobre Proceso de Amparo; CONFIRMARON la Resolución N° 1 (Auto) de fecha 21 de diciembre de 2010. Dr. Astoquilca.
Exp. N° 15-2011.- En los seguidos por Guillermo Felipe Herrera Rosas con la Municipalidad Provincial de Cañete y otro, sobre Proceso de Amparo; CONFIRMARON la Resolución N° 1 (Auto) de fecha 18 de enero de 2011. Dr. Vivas.

DÍA: 17 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 105-2010.- En los seguidos por Víctor Taya Perez con Teódulo Quispe Cubillas y otro, sobre Pago de Beneficios Sociales; por mayoría declararon NULO la Resolución N° 2 (Auto) de fecha 15 de setiembre de 2010, DISPUSIERON que el Juez de la causa proceda nuevamente a calificar el escrito de subsanación de demanda. Dr. Astoquilca.
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y POLANCO TINTAYA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 23-2007
En los seguidos por Zacarías Huamán Albino con Jaime Antonio Arregui Blume y otros, sobre Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta; CONFIRMARON la sentencia de fecha 25 de junio del 2010. Dra. Rueda.

DÍA: 21 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 451-2009.- En los seguidos por Cynthia Yaya Ramírez con la Zona Registral N° IX Sede Lima, sobre Proceso de Amparo; CONFIRMARON la sentencia de fecha 09 de diciembre del 2010. Dr. Vivas.

DÍA: 22 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: RUEDA FERNANDEZ, QUISPE MEJIA y POLANCO TINTAYA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 777-2006-71.- En los seguidos por Niceas Norma Alcalá Castilla con Asociación de Comerciantes Minoristas de la Parada de Imperial, sobre Nulidad de Acto Jurídico; REVOCARON la Resolución N° 4 (Auto) de fecha 10 de setiembre de 2010, y REFORMÁNDOLA, se declara: FUNDADA la excepción de oscuridad y ambigüedad en el modo de proponer la demanda, y FUNDADA la excepción de caducidad formulada por Asociación de Comerciantes Minoritas de la Parada de Imperial. Dra. Rueda.

DÍA: 23 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 49-2010.- En los seguidos por Jorge Alberto Villalobos Aguayo con Agropecuaria MAYLAM SAC y otro, sobre Mejor Derecho de Propiedad y Reivindicación; CONFIRMARON la Resolución N° 2 (Auto) de fecha 14 de setiembre de 2010. Dr. Vivas.
Exp. N° 119-2002-55.- En los seguidos por Máximo Fernando Flores Cama y otro con Juana María Flores Cama y otros, sobre División y Partición; DECLARARON NULA la Resolución N° 138 (Auto) de fecha 21 de junio de 2010. Dr. Vivas.

DÍA: 24 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 332-2009.- En los seguidos por Simón Jacinto Cárdenas Martínez con Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso de Amparo; CONFIRMARON la sentencia de fecha 02 de noviembre del 2010. Dra. Rueda.
Exp. N° 02-2011.- En los seguidos contra Ricardo Absalón Alberto Martínez sobre Violencia Familiar – maltratos físicos, en agravio de Emilia Marcela Castro Ramos; DECLARARON NULA la Resolución N° 13 (Auto) de fecha 24 de noviembre 2010. Dr. Vivas.

DÍA: 25 de marzo de 2011
Con el señor Juez Superior del Tribunal Unipersonal doctor VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 71-2008.- En los seguidos por Eddy David Chuquispuma Manrique con Empresa PLANTISEM S.R.L., sobre Pago de Beneficios Sociales y otros; Declara NULA la sentencia de fecha 30 de diciembre de 2010, y NULO el concesorio de apelación contenido en la Resolución N° 21 de fecha 18 de octubre de 2010.
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido las siguientes resoluciones:
Exp. N° 2009-154.- En los seguidos por Mario Fernando Pérez Hipólito con la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Lima Provincias y otro, sobre Proceso Contencioso Administrativo; CONFIRMARON la sentencia de fecha 14 de setiembre del 2010. Dra. Rueda.
Exp. N° 88-2009.- En los seguidos por Agustín Hilario Arias Fernández con el Hospital Rezola de Cañete y otro, sobre Proceso Contencioso Administrativo; CONFIRMARON la sentencia de fecha 16 de noviembre del 2010. Dr. Astoquilca.

DÍA: 28 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 126-2003-55.- En los seguidos por AGROSERVI S.A.C. con la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, DECLARARON NULA la Resolución N° 84 (Auto) de fecha 06 de diciembre 2010, y REPONIÉNDOSE al estado en que se cometió el vicio o error, DECLARARON INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEA el recurso de apelación presentada por la litis consorte ROMA RECURSOS EMPRESARIALES S.A.C. entidad liquidadora de CECOACAM. Dr. Astoquilca.
DÍA: 30 de marzo de 2011
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y POLANCO TINTAYA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 185-2009.- En los seguidos por Juan Bruno Chumpitaz Guzmán con Roxana Isabel Meneses Bernales, sobre Pago de Beneficios Sociales y otros; CONFIRMARON la sentencia de fecha 14 de setiembre del 2010. Dra. Rueda.
Con los señores Jueces Superiores doctores: RUEDA FERNANDEZ, VIVAS SIERRA y POLANCO TINTAYA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 46-2011.- En los seguidos contra el menor de iniciales V.A.C.M. por Infracción contra el patrimonio – robo agravado, en agravio de Judith Cecilia Castro Gutiérrez; CONFIRMARON la sentencia de fecha 04 de marzo del 2011. Dra. Rueda.
DÍA: 31 de marzo de 2011
Con el señor Juez Superior del Tribunal Unipersonal doctor ASTOQUILCA MEDRANO se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 67-2008.- En los seguidos por Javier Oswaldo Rodríguez Briceño con Empresa Fezano S.C.R.L., sobre Pago de Beneficios Sociales; CONFIRMA la sentencia de fecha 07 de diciembre de 2010.
Con los señores Jueces Superiores doctores: ASTOQUILCA MEDRANO, RUEDA FERNANDEZ y VIVAS SIERRA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 259-2011-3.- En los seguidos contra el menor de iniciales J.F.R.S. por Infracción a la ley penal – Robo agravado, en agravio de la menor de iniciales N.A.F.CH.; CONFIRMARON la Resolución N° 2 (Auto) de fecha 23 de marzo del 2011. Dr. Vivas.
Con los señores Jueces Superiores doctores: RUEDA FERNANDEZ, VIVAS SIERRA y POLANCO TINTAYA se ha expedido la siguiente resolución:
Exp. N° 114-2010.- En los seguidos contra el menor de iniciales B.P.C. por Infracción contra la vida, el cuerpo y la salud - lesiones, en agravio de Jesús Saman Ruiz; CONFIRMARON la sentencia de fecha 08 de marzo del 2011. Dr. Vivas.
Cañete, 07 de abril del 2011

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DIRIMENCIA
SALA CIVIL.- Exp. N° 00146-2007-0-0801-JM-CI-01
DEMANDANTE: MANUEL PASCUAL NOVOA JARA
DEMANDADO: FRANCISCO LAZARO GUTIERREZ y otros
Mejor derecho de propiedad
RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ.- Cañete, veintinueve de abril del dos mil once.-
AUTOS Y VISTOS; con la razón que antecede, y llevado a cabo la vista de la causa en audiencia pública; Y, CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, los señores Jueces Superiores doctor es Ricardo Astoquilca Medrano y Silvia Rueda Fernández emiten su VOTO para que se declare NULA la sentencia resolución Número veinte, de fecha dieciocho de enero del dos mil diez, venida en grado de apelación, que declara improcedente la demanda interpuesta por Manuel Pascual Novoa Jara, y RENOVANDO el acto procesal viciado, se DISPONGA que la A quo dicte nueva sentencia con arreglo a los hechos y al derecho. SEGUNDO.- Que, el señor Juez superior doctor Paulo Vivas Sierra, emite su VOTO en discordia para que se CONFIRME la sentencia apelada(resolución número veinte) de fecha dieciocho de enero del dos mil diez que declara improcedente la demanda interpuesta por Manuel Pascual Novoa Jara; con todo lo demás que contiene. TERCERO.- Que, no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, por haberse producido discordia, y al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado. CUARTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario. QUINTO.- Por otro lado, el Relator de ésta Sala Civil mediante informe que antecede, señala que el doctor Jacinto Cama Quispe en su calidad de Juez del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ha actuado en primera instancia dictando actos procesales que no son de mero trámite en el presente proceso conforme es de verse de los actuados de fojas treintinueve, cuarenticuatro , y la resolución de fojas noventicuatro; hecho que efectivamente se advierte en los actuados de autos, por lo que el citado magistrado, en aplicación del artículo 305 inciso 5) del Código Procesal Civil, se encuentra impedido de avocarse a su conocimiento en ésta superior instancia, ya que actualmente se encuentra integrando el Colegiado en calidad de Juez superior Provisional, siendo así, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe integrarse el Colegiado con el llamado por ley. Por las consideraciones expuestas, se RESUELVE: 1°) DECLARAR IMPEDIDO al señor Juez Superior doctor Jacinto Cama Quispe de avocarse al conocimiento de la presente causa en ésta superior instancia; y, 2°) LLAMAR al señor Juez Superior de la Sala Penal Liquidadora, doctor ANGEL POLANCO TINTAYA para que integre el Colegiado, y además dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el señor Juez dirimente el día VEINTICUATRO DE MAYO del año en curso, a horas TRES DE LA TARDE. DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA. Notificándose.
J.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
RUEDA FERNANDEZ

DIRIMENCIA
SALA CIVIL.- Exp. N° 00430-2006-0-0801-JR-CI-01
DEMANDANTE: MANCO LEDESMA JOSE EUSEBIO
DEMANDADO: YAYA MANCO ANANIAS VICTOR y otros
Nulidad de acto jurídico
RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS.- Cañete, veintisiete de abril del dos mil once.-
AUTOS Y VISTOS; con la razón que antecede, y llevado a cabo la vista de la causa con el señor Juez superior dirimente; Y, CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, los señores Jueces Superiores doctores Ricardo Astoquilca Medrano(ponente) y Paulo Jorge Vivas Sierra, emiten su VOTO para que se DESAPRUEBE la sentencia venida en consulta(resolución número veinticuatro) de fecha treintiuno de enero del dos mil ocho obrante en fojas doscientos sesentiuno a doscientos sesentiseis; INSUBSISTENTE la resolución que manda se leven los autos en consulta, y se DISPONGA que el Juzgado de origen emita nueva resolución conforme a derecho.
SEGUNDO.- Que, la señora Juez Superior doctora Silvia Rueda Fernandez, emite su VOTO en discordia para que se declare IMPROCEDENTE la consulta dispuesta por resolución número cincuenticinco de fecha seis de diciembre del dos mil diez, al haberse producido la sucesión procesal, en consecuencia que prosiga el trámite conforme al estado del proceso, y que el Juez del Juzgado de origen cumpla con actuar con mayor diligencia y emita sus resoluciones con arreglo a los hechos y derecho, y al estado del proceso.
TERCERO.- Que, llamado al señor Juez superior doctor Angel Polanco Tintaya para que dirima la discordia descrita precedentemente, el citado magistrado con una consideración adicional, se adhiere al voto de la señora Juez superior doctora Silvia Consuelo Fernandez
CUARTO.- Que, no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, por haberse producido discordia, y al haber emitido dos votos que ponen fin a la instancia, y estando a lo que dispone el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado.
QUINTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario.
SEXTO.- Por otro lado, el Relator de ésta Sala Civil mediante informe que antecede, señala que el doctor Jacinto Cama Quispe en su calidad de Juez del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ha actuado en primera instancia dictando una serie de actos procesales que no son de mero trámite en el presente proceso, y que incluso ha expedido la sentencia que es materia de revisión por haber venido en grado de consulta; hecho que efectivamente se advierte en los actuados de autos, por lo que el citado magistrado, en aplicación del artículo 305 inciso 5) del Código Procesal Civil, se encuentra impedido de avocarse a su conocimiento en ésta superior instancia, ya que actualmente se encuentra integrando el Colegiado en calidad de Juez superior Provisional, siendo así, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe integrarse el Colegiado con el llamado por ley. Por las consideraciones expuestas, se RESUELVE: 1°) DECLARAR IMPEDIDO al señor Juez Superior doctor Jacinto Cama Quispe de avocarse al conocimiento de la presente causa en ésta superior instancia, en consecuencia, INTEGRESE al Colegiado de la Sala Civil al señor Juez superior de la Sala Penal Liquidadora doctor Angel Polanco Tintaya; y 2°) LLAMAR al señor Juez Superior de la Sala Penal de apelaciones doctor FEDERICO QUISPE MEJIA para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el señor Juez dirimente el día VEINTICUATRO DE MAYO del año en curso, a horas OCHO DE LA MAÑANA CON VEINTE MINUTOS. DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA. Notificándose.
J.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
RUEDA FERNANDEZ

DIRIMENCIA
SALA CIVIL.- Exp. N° 00045-2004-0-0801-JM-CI-01
DEMANDANTE: Luis Enrique Fernández Estrella
DEMANDADO: Héctor Reyes Candela y otro
Mejor derecho de dominio y otro
RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE
Cañete, cuatro de mayo del dos mil once.-
AUTOS Y VISTOS; con la razón del Relator de la Sala Civil, y con los votos de los señores Jueces superiores; Y, CONSIDERANDO: —-————————————————————
PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, los señores Jueces Superiores doctores Ricardo Astoquilca Medrano y Silvia Rueda Fernández(Ponente), emiten su VOTO para que se declare NULA la sentencia(Resolución Número setentisiete), de fecha seis de abril del dos mil diez, venida en grado de apelación, que declara improcedente la demanda sobre mejor derecho de domino y reivindicación con entrega de bien, y REPONIENDO el acto procesal viciado, se DISPONGA que la A quo dicte nueva sentencia en breve término, con arreglo a los hechos y al derecho, y se REMITA copias certificadas de los actuados pertinentes a la ODECMA para que proceda con arreglo a sus atribuciones. SEGUNDO.- Que, el señor Juez superior doctor Paulo Vivas Sierra emite su VOTO en discordia para que se CONFIRME la sentencia apelada(resolución número setentisiete) de fecha seis de abril del dos mil diez que declara improcedente la demanda interpuesta por Luis Enrique Fernández Estrella sobre mejor derecho de dominio y reivindicación con entrega de bien. TERCERO.- Que, no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución, por haberse producido discordia, y al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del texto legal acotado. CUARTO.- Que, resulta necesario señalar que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, éste no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos a través de cualquier medio de prensa o difusión o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que deberá omitirse la publicación en el diario oficial «El Peruano» debido al costo que esto implicaría, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario. QUINTO.- Por otro lado, el Relator de ésta Sala Civil mediante informe que antecede, señala que el doctor Jacinto Cama Quispe en su calidad de Juez del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ha actuado en primera instancia dictando actos procesales que no son de mero trámite en el presente proceso conforme es de verse de los actuados hasta fojas doscientos setentisiete, y que incluso el citado magistrado mediante resolución número treinta de fecha veintidós de enero del dos mil cuatro obrante en fojas doscientos setentiuno se ha declarado impedido por decoro de seguir conociendo el proceso por tratarse la materia de litis de un bien rústico, disponiendo que los actuados se remitan al Juzgado Mixto; hecho que efectivamente se advierte en los actuados de autos, por lo que el citado magistrado, en aplicación del artículo 305 inciso 5) del Código Procesal Civil, se encuentra impedido de avocarse a su conocimiento en ésta superior instancia, ya que actualmente se encuentra integrando el Colegiado en calidad de Juez superior Provisional, siendo así, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe integrarse el Colegiado con el llamado por ley. Por las consideraciones expuestas, se RESUELVE: 1°) DECLARAR IMPEDIDO al señor Juez Superior doctor Jacinto Cama Quispe de avocarse al conocimiento de la presente causa en ésta superior instancia; y, 2°) LLAMAR al señor Juez Superior de la Sala Penal Liquidadora, doctor ANGEL POLANCO TINTAYA para que integre el Colegiado, y además dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el señor Juez dirimente el día VEINTICUATRO DE MAYO del año en curso, a horas TRES DE LA TARDE CON DIEZ MINUTOS. DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia «Al Día con Matices» por el término de UN DIA. Notificándose.
J.S.
ASTOQUILCA MEDRANO
RUEDA FERNANDEZ

NOTIFICACIÓN JUDICIAL
Exp. N° 138-2010.- La señora Juez del Juzgado Mixto de Mala Dra. Norma Gonzales Ventura ha dispuesto la publicación del extracto de la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio y Deslinde interpuesta por Vicente Lopez Giraldo y otros, sobre terrenos ubicados a la altura del Km. 99 de la Carretera Panamericana Sur, que formaron parte del Fundo Asia del Mar;
PRETENSIONES:
1.- PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO contra la sociedad conyugal José Antonio Noriega Deza y Lucia Grace Castañeda Gaviño sobre parte del predio rural Asia del Mar con U.C. N° 11322, inscrito en la Partida Registral P03154374 del Registro de la Propiedad Inmueble de Cañete.
2.- PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO contra Luis Fernando Leiblinger Gereda, BARINOCHE S.A.C., y Luis Miguel Cárdenas Vargas, sobre parte del denominado lote X y Lote Remanente parte del predio con U.C. N° 11311, inscritos en la Partida N° 90011960 del Registro de la Propiedad Inmueble de Cañete.
3.- PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO contra CENTEC S.A.C. sobre parte de los lotes Y, y Z independizados del predio con U.C. N° 11311, inscritos en la Partidas Nros. 21003759, 21025301, 21003758, 21025298, 21025299, 21025300 del Registro de la Propiedad Inmueble de Cañete.
4.- DELIMITACIÓN DE AREA Y LINDEROS, contra todos los citados demandados.
RESOLUCIÓN Nro. 3 Mala, 10 de Febrero del 2011.- Se resuelve: Primero.- Admitir a trámite la presente demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio, la misma que se ventilara en la vía del proceso abreviado en consecuencia se concede el plazo no mayor de diez días a los demandados para que contesten la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; Segundo.- dispongo que el extracto de la presente demanda se publique por tres veces con intervalo de tres días en el Diario Oficial «El Peruano» y «Al Día Con Matices», asimismo al ser el predio materia de Prescripción un predio rústico, conforme se aprecia en las escrituras públicas ofrecidas como medios de prueba, efectúese la notificación por radio difusión por cinco días consecutivos, conforme dispone el artículo 169° del Código Procesal Civil.- Dra. Norma Gonzales Ventura. Juez.- John L. Galarza Silva. Secretario Judicial.
RESOLUCIÓN Nro. 4 Mala, 6 de Abril del 2011.- Autos y Vistos: Que, del estudio de autos, Y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, del petitorio de la demanda se tiene como pretensiones PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Y DELIMITACIÓN DE AREAS Y LINDEROS, teniéndose que en la presente acción existe acumulación objetiva originaria, conforme prescribe el artículo 83 del Código Procesal Civil, y cumple con los requisitos exigidos por el artículo 86 del Código acotado, existiendo una debida acumulación objetiva originaria de pretensiones; SEGUNDO: Que, el artículo 172 quinto párrafo del Código Procesal Civil, se establece: (…) El Juez puede integrar una resolución de oficio o a pedido de parte cuando haya omitido pronunciamiento sobre algún punto principal o accesorio (…)»; por lo que en su aplicación debe integrarse la resolución número tres de fecha diez de Febrero del dos mil once, precisándose que en la presente acción existe acumulación objetiva originaria de pretensiones; TERCERO: Que, en caso de autos, mediante resolución número tres de fecha diez de Febrero del dos mil once, se admite la demanda a trámite y en su parte resolutiva omite pronunciarse respecto a la pretensión de Delimitación de Áreas y Linderos, y siendo este un acto principal, requiere integrarse dicha resolución a fin de evitar futuras nulidades. Por los expuesto DE OFICIO SE RESUELVE: INTEGRAR la resolución número tres, de fecha diez de Febrero del dos mil once en el extremo de admitir la demanda en forma Acumulativa Objetiva originaria, la pretensión de Delimitación de Áreas y Linderos. Interviene el secretario cursor por disposición superior. NOTIFICÁNDOSE.- Dra. Norma Gonzales Ventura. Juez.- Luis Jesús Raymondi Lorenzo. Secretario Judicial.- Juzgado Mixto de Mala. Corte Superior de Justicia de Cañete.
Mala, 15 de Abril de 2011.
Luis Jesús Raymondi Lorenzo
Secretario Judicial
Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 26 de Abril, 02 y 06 de Mayo de 2011.

EDICTO
Que, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Mala, a cargo del señor Juez Dr. Juan Siguas Fuentes, y Secretaria Judicial que da cuenta, se admitió a trámite la solicitud de Sucesión Intestada presentado por NORMA LUCIA TORRES CONDE, de quien en vida fuera su esposo don EPIFANIO ODILON CAYCHO JIMENEZ, fallecido el día 03-02-2011, AB INTESTATO, en el distrito de San Antonio. Lo que se comunica para que se presenten las personas que se crean con vocación hereditaria.
Lo que se publica para los fines legales pertinentes.
Mala, 04 de Mayo del 2011.
Paola Ramos Condori
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Mala
Por un día

EDICTOS
(Auxilio Judicial)
EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA.- Juez Guevara: Ha ordenado Publicar lo siguiente:
EXP.- 2011- 368; Se resuelve admitir a trámite la demanda de Violencia Familiar interpuesta por el Ministerio Público contra VICTOR ANTONIO CUCHO YUPANQUI en agravio de Beatriz Quispe Linares y CORRASE traslado al presunto autor por el término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nómbrasele curador procesal. Secretaria Díaz. San Vicente 29.04.2011.
EXP.- 2010- 1090; Se resuelve ADMITIR A TRÁMITE la demanda de Violencia Familiar interpuesta por el Ministerio Público contra DINER VIDAL ANDRES AVALOS en agravio de su menor hija BRIGHIT CAROLAY ANDRES GALLARD representada por su Madre Santa Isabella Gallardo Medina (Resolución 01 del 07.07.2010).- CORRASE traslado al presunto autor por el término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nómbrasele curador procesal, EMPLACESE a la menor agraviada representada por su madre (Resolución 06 del 15.04.2011). Secretaria Claudio. San Vicente 28.04.2011.
EXP.- 2011- 276; Cita a la agraviada ANA MARIA MARTINEZ CULLAS. Día 24.05.2011 a horas 11:00 a.m. para Continuación de Audiencia de Esclarecimiento de los hechos. Bajo apercibimiento de prescindirse de su declaración en caso de inasistencia. Delito Hurto Agravado. Secretaria Claudio. San Vicente 28.04.2011.
EXP.- 2010- 015; sobre Abandono Moral y Material, Cita a los padres biológicos: de menor tutelada, RAIDA FLORINDA CONDORI CHOQUE Y WILFREDO GUTIERREZ CERVANTES. Día 19.05.2011 a horas 3:00 p.m. para Audiencia de Esclarecimiento de los hechos fecha en la cual se deberán recabar su declaración, evaluación psiquiátrica que debe practicarse ante el departamento psiquiátrico de Essalud Cañete. Bajo apercibimiento de prescindirse de sus declaraciones en caso de inasistencia. Secretario Calagua. San Vicente 28.04.2011.
5, 6 y 7 de Mayo

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251-CC
Se hace saber que don Oscar Eduardo Gonzales Samán, de 32 años, natural de San Vicente - Cañete, de ocupación Empleado, con DNI N° 40064671, domiciliado en Asoc. Viv. Víctor Raúl Haya de la Torre, Mz. B, Lote 42, San Vicente; y doña ROSALYN AMY PALOMINO BULEJE, de 31 años, natural de Ica, con DNI N° 40243407, de ocupación su casa, domiciliada en Asoc. Viv. Víctor Raúl Haya de la Torre Mz. B., Lote 42, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el 21 de Mayo del 2011.
Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlas conforme a Ley.
San Vicente, 05 de Mayo del 2011.
Marible Sánchez
Jefe del RRCC

EDICTOS PENALES
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIO DE CAÑETE; Presidente: Dr. MARTINEZ; Cita, llama y emplaza a los siguientes procesados:
EXP.- 2008-520; a RICHARD MELANIO LAZARO DIAZ. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito Robo Agravado en Agravio de Ciro Melchor de la Cruz. Secretario Miranda. San Vicente 27.04.2011
EXP.- 2003-185; a ANDRES AQUILINO ASIN MELENDEZ E YSELA YANET CASTILLO DE LA CRUZ. DÍA 17.05.2011 a horas 03:00p.m. Delito Peculado en Agravio del Estado. Bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario Miranda. San Vicente 03.05.2011

EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAÑETE.- Juez Aroni; Cita, llama y emplaza a:
EXP.- 358-2010-11; a CESAR ARMANDO GARCIA VALERIO. Para el DÍA LUNES 16-05-2011 a horas 8:30a.m en Sala de Audiencia de los Juzgados Penales Unipersonales, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Resol. 2 del 25.02.2011. Asistente Ascona. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 049-2011-93; Resol. 2 del 29.04.2011 Se Resuelve: Haciendo efectivo el apercibimiento decretado mediante resolución 01, DECLARAR REO CONTUMAZ al acusado DANIEL TATAJE GAMONAL ordenándose su ubicación y captura a Nivel Nacional. Oficiándose a la autoridad policial. Se nombra como abogada a Isabel Rosario Ríos Silva. Resérvese provisionalmente el presente proceso hasta que se ponga a derecho ante el Juzgado. Asistente Ochoa. San Vicente 29.04.2011

EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE.- Juez Solano; Cita, llama y Emplaza a:
EXP.- 2007-785; a DANIEL FLORENCIO RAMOS FERNANDEZ. Para que se ponga a derecho por habérsele declarado REO AUSENTE, habiéndose ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Violación de Libertad Sexual en Agravio R. S. Y. Z. Secretario Soto. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 2003-893; a MIGUEL ANGEL FRANCIA VILLALOBOS. Para que se ponga a derecho por habérsele declarado REO CONTUMAZ, habiéndose ordenarse su ubicación y captura a Nivel Nacional. Delito Hurto Agravado en Agravio Luis Alayza de Losada. Secretario Soto. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 2009- 087; a JESUS ENRIQUE RAMOS ARONE. Día 16.05.2011 a horas 11:45a.m. Lectura de Sentencia. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Lesiones Culposas en Agravio Jacinto Felipe Arias Ochoa. Secretario Ramos. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 2008- 013; a LOURDES SONCCO FLORIAN. Día 16.05.2011 a horas 12:15a.m. Lectura de Sentencia. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Contra la administración Pública en Agravio del Estado. Secretario Ramos. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 200-2000; a PEDRO LIBER MONTANO ORTIZ. Día 19.05.2011 a horas 10:00a.m. Lectura de Sentencia. Delito Tenencia Ilegal de armas de Fuego y Municiones en Agravio del Estado. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 2002-681; a ALBERTO GUILLERMO HUERTAS PEÑA. Día 19.05.2011 a horas 10:30a.m. Lectura de Sentencia. Bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Homicidio Culposo en Agravio de Emilio Suárez Tapiaza. Secretario Soto. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 155-2004; a JORGE LUIS CUADROS VASQUEZ. Instructiva. Delito Lesiones Leves en Agravio de Mónica Patricia Vivanco Campos. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 159-2006; a EUSTACIO AVILA RIOS. Lectura de Sentencia. Delito Contra la Libertad Sexual en Agravio de la menor A. A. M. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 028-2001; a JUAN BENANCIO SILVERA BELLIDO. Para que se ponga a disposición de éste Juzgado para su internamiento en el Establecimiento Penal de Cañete, a consecuencia de la revocatoria del beneficio penitenciario de Semi Libertad. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 473-2005; a IRLANDINA ALPINA CHAHUA QUISPE Y GERALD HUMBERTO LLATA SANCHEZ. Instructivas. Delito Contra los Derechos de autor y Conexos en Agravio de APDAYC. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 513-2004; a ALICIA ROSA CASTILLA LEVANO y ANA DEL PILAR ORMEÑO TRILLO. Instructivas. Delito Hurto Agravado en Agravio de Esther María Delgado Lume de Apolinario. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 2009-746; a ALEX JAIME GUTIERREZ RODRIGUEZ. Día 11.05.2011 a horas 9:30 a.m. Instructiva. Bajo apercibimiento de revocársele el mandato de comparecencia por detención en caso de incumplimiento. Secretario Flores. San Vicente 03.05.2011

EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA.- Juez Chipana; Ha ordenado Publicar lo siguiente:
EXP.- 2011-013; Archivar lo actuado dejando a salvo el derecho de las partes. En mérito a resolución uno del 03.03.2011 emplazando al agraviado JORGE LUIS PEREZ contra ELIAS LUCAS MERINO por daños materiales. Secretaria Medina. Asia 28.04.2011
EXP.- 2011-020; al agraviado ALARCON SAAVEDRA DEMETRIO FAVIO CON RESOL. 01 DEL 01.04.2011 que resuelve Archivar en forma definitiva la denuncia contra SEBASTIAN BEDOYA JULIO GEAN KARLO por daños materiales. Secretaria Medina. Asia 28.04.2011
5, 6 y 7 de Mayo.

SUCESION INTESTADA
Exp. N° 00159-2011-CI.- Ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Señorita Juez Dra. Patricia Razzeto Zavala y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, doña Margarita Montes Quispe, solicita la Sucesión Intestada de quien en vida fuera AQUILINA QUISPE GOMEZ, fallecida del 05 de Mayo de 2008, en el Hospital Rezola - Dos de Mayo s/n. San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima. Lo que se publica para que se apersonen los que se crean con derecho a que se le incluya como heredero.
Cañete, 14 de Abril del 2011.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2° Juzgado de Paz Letrado - Cañete

EDICTOS PENALES
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MALA.- Juez Castillo; Cita, llama y Emplaza a:
EXP.- 2009-271; a GUILLERMO MENACHO RIOS. Día 16.05.2011 a horas 11:15a.m. Lectura de Sentencia. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Omisión a la Asistencia Familiar en Agravio Guillermo Yair Menacho Dolorier. Secretario Ramos. Mala 04.05.2011
EXP.- 2007- 120; a LUIS BARTOLOME SÁNCHEZ SANCHEZ, TITO RAYME SANCHEZ, LUIS BRAVO BILARROEL, MAURO MOZO ARROYO, CRISTIAN JAVIER SÁNCHEZ CAMPOS, VICTOR ALBERTO SALINAS MORENO. Día 13.05.2011 a horas 09:45a.m. Lectura de Sentencia. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Apropiación Ilícita en Agravio del Antero Díaz Vásquez. Secretario Ramos. Mala 05.05.2011

EDICTOS DE FAMILIA (AUXILIO JUDICIAL)
EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA.- Juez Guevara: Ha ordenado Publicar lo siguiente:
EXP.- 2011- 276; Al agraviado JHON CARLOS SANDOVAL CANO con Resolución 13 del 05.05.2011. Se Resuelve: 1. Cortar la secuela del proceso al acreditarse la mayoría de edad de Hugo Henry de la Cruz Garica, debiendo continuar el proceso con el Adolescente Manuel Alonzo Garrido de la Cruz. 2. Remitir copia certificada a la Fiscalía Provincial penal de Turno. 3. Pasen los autos a Despacho para sentenciar. Con Resolución 14 del 05.05.2011. Fija Lectura de sentencia para el día 12.05.2011 a horas 12:00 a.m. Delito Hurto Agravado. Secretaria Claudio. San Vicente 05.05.2011
6, 7 y 9 de Mayo

NOTIFICACION POR PUBLICACION
EL JEFE DE TRAMITE DOCUEMENTARIO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS DE CAÑETE, NOTIFICA AL SEÑOR HUMBERTO GREGORIO SUAREZ DURAN, LA RESOLUCION DE ALCALDIA N° 064-2011/AL-MDSL DE FECHA 06 DE ABRIL DEL 2011, DONDE DECLARA INFUNDADO SU RECURSO DE APELACION CONTRA LA RESOLUCION GERENCIAL N° 01-2011 DEL 20 DE ENERO DEL 2011, POR LO QUE DEBERA DE APERSONARSE A ESTA OFICINA A RECABAR EL REFERIDO DOCUMENTO.
San Luis, 06 de Abril del 2011.

05 mayo 2011

LA VIEJA INDECENTE
Escribe: César Hildebrandt
El único mérito que puedo concederme en esta vida moteada de algunos éxitos y muchos fracasos, en esta carrera ingrata que me eligió, en este oficio artesanal de tratar de encontrar la verdad que a pocos importa y las mentiras que ya no escandalizan, el único mérito que me concedo, digo, es no haber cedido a la tentación del medio: resígnate, así es el Perú, tolera lo que todos, créeles a los idiotas de la derecha, a los que hacen negocios turbios y a la vez editorializan en relación con «los valores de la democracia» (cuando la verdad es que se zurran en ella y en lo que significa).
Naces en este país hermoso y complicado y la primera sugerencia que te asalta es la del estoicismo: quédate quieto, tranquilo hermano, así es esta vaina, esto no lo arregla ni el sillau. Y se te puede pasar la vida haciéndote el de la vista gorda, haciéndote el loco y asistiendo con cara de palo a las grandes mecidas.
–Nada puedes hacer, esas son las reglas– susurra el aire tóxico de Lima.
–Esto no lo ha cambiado nadie– remacha una sombra, la sombra de lo que pudiste ser.
Me van a perdonar pero yo jamás creí en eso. Jamás hice el muertito en el mar de los sargazos de las voluntades, quebradas o roídas. ¿Por qué? Porque siempre creí que en el país de las cabezas gachas había que mirar lo más lejos que se pudiera. Porque viendo a las hormigas a uno le dan ganas de volar. Porque hay belleza en la rebeldía y una flácida fealdad en el conformismo.
Porque, en fin, siendo un viejo creyente del agnosticismo siempre he pensado que Jesucristo fue un hombre revoltoso asesinado por el orden imperante. Y que sin la rebeldía de Cáceres habríamos detenido nuestra historia en el mísero Iglesias. Y que sin la rebeldía de De Gaulle los franceses habrían tenido que arrastrarse junto a Petain, ese gran derechista pro-nazi.
Mi generación ha fracasado. Pudimos tener a un refundador del país y construimos a García. Pudimos tener a un inconforme consagrado por las multitudes, a alguien que estuviese más impulsado por el amor que por el odio, pero nos detuvimos en Robespierre y en sus encarnaciones criollas.
Pudimos tener un país y lo que permitimos fue un mal. Ahora la pelota está en el tejado de los jóvenes. De ellos dependerá que este país cambie de verdad.
Hace como mil años que vivimos hablando en voz baja, consintiendo.
Hablamos bajito cuando los incas podían desollarte. Y más bajito cuando los españoles te podían trocear. Y todavía con murmullos cuando fuimos libres de boca para afuera pero súbditos de los sucesivos caudillos que creían que el Estado era un bien raíz y una chacra para los amigotes. Así fuimos haciendo esta gran Aracataca. Macondo hicimos.
Pensar era –y es– una anomalía. Disentir, una provocación. Rebelarse, una extensión de la locura. En un país dominado por la injusticia hablar de la injusticia te podía costar El Frontón. Y luchar contra ella, la vida.
Frente a un Túpac Amaru hubo cien Piérolas creando sus propios califatos. Porque el miedo a la libertad no es solo el título de un libro de Fromm. Es la consigna que la derecha le ha impuesto al Perú. Está en su escudo desarmado y en sus genes vendedores mayoristas de su propio país.
Todos roban –te dicen–. Y eso es casi una invitación a robar. Porque si todos roban, ya nadie roba.
–Aquí no hay castigos ni recompensas, todo se olvida– te muelen repitiéndolo. Y eso es otra incitación a la impunidad.
Lo criollo es también esta salsa espesa de quietud egoísta. Las verdaderas tradiciones peruanas no son las de Ricardo Palma: son decir sí y estar en la foto.
¿Exigir cambios? Eso es –dicen los que cortan el jamón y los idiotas de sus services – de chapistas , rojos, perfeccionistas, amargados y renegones.
En el Perú la ira de los pobres se combate con misas o balazos y hay un estoico agazapado en cada futuro, detrás de la maleza de los días. Y cuando estemos lo suficientemente ablandados, vendrá el tiro de gracia. Y cuando venga el tiro de gracia, cuando ya no pienses sino en ti mismo y bailes solo en la loseta ínfima que te asignaron, ese será el día final de tu hechura: serás uno de ellos. Hablarás como ellos, maldecirás como ellos, venderás como ellos. Y, sobre todo, harás lo que ellos: negar al otro y sólo reconocerte entre los tuyos.
Que los jóvenes aprendan la lección. Nada cambiará si no matamos la resignación.
Porque la democracia no consiste en votar de vez en cuando. Consiste en ejercer la libertad a cada rato.
Los esclavos no aman la libertad –esa es una mentira altruista–. Solo los libres pueden amar la libertad y defenderla.
La mansedumbre no es madurez sino derrota. El aguante es la amnistía crónica. La docilidad es lo que se les exigía a los negros carabalíes embarcados a la fuerza en el puerto de Macao. La libertad no mata. La paciencia es una mentira teologal que contradice a Cristo y que Cipriani aplica en cada hostia. Cristo fue impaciente. La vida es una ráfaga impaciente.
Los peruanos no nacimos un día en el que Dios estuvo enfermo, como decía Vallejo de sí mismo. Naceremos el día en que sepamos apreciar el vértigo creador de la palabra desacato. El desacato no es el caos. Caos es lo que vendrá cuando las presiones sociales, contenidas por el plomo y la mentira, revienten otra vez.
Y ahora sería un magnífico desacato, un descomunal acto de rebelión democrática o dejarse engatusar por quienes quieren, en el colmo de la indignidad, que premiemos a la hija de un ladrón y asesino –ladrona ella misma al gozar del dinero robado– con la presidencia de la República.
Y todo por cerrarle el camino a un señor que quiere cambiar algunas cosas. Solo algunas cosas. Un señor al que la experiencia ha moderado y que se ha comprometido a no hacer experimentos anacrónicos. Pero que sí quiere que las mineras paguen lo que deben, que los impuestos sean más directos, que los viejos estén menos desamparados, que haya menos hambre y que la pobreza rural se atenúe todo lo que se pueda sin desbaratar la economía. Y que quiere también que el gas peruano abastezca primero a los peruanos y que los grandes proyectos de exploración y explotación de la minería y del petróleo se concilien con los intereses nativos y las normas ambientales que no se están cumpliendo.
La derecha quiere volver a demostrarnos que siempre gana. Presentó cuatro candidatos –cuatro variaciones de la misma melodía: Castañeda, Toledo, PPK y K. Fujimori– y los cuatro perdieron. Ganó un hombre gris que propuso algunos cambios. Y lo peor: sale la primera encuesta pos primera vuelta y el hombre sin demasiados atributos ¡sigue ganando! Y sigue ganando porque Lima, este espanto, no es el Perú. Porque el gobierno de Las Casuarinas está en crisis. Porque el modelo García, una combinación de Caco con Friedman, drena sanguaza.
Entonces, la derecha propone liquidar, de una vez y para siempre, esta pesadilla que aturde al dólar, baja las acciones, hace chorrear el rímel. Para eso están su tele, su radio, sus periódicos. Y se deciden por lo previsible: la campaña del terror.
Solo el terror podrá salvarlos. Porque saben que su prontuariada candidata es impresentable aun para 75 por ciento de peruanos.
Lo único que cabe, entonces, es bombardear al incómodo reformista con todos los B-52 de la calumnia, el rumor, la mugre, la idiotez que los cándidos pueden propagar. El propósito es el homicidio político del hombre que propone algunos cambios. Y los muertos no pueden ganar elecciones.
Hablan de intromisión extranjera los que quisieran anexarse a los Estados Unidos o al Chile potente que sus tatarabuelos dejaron entrar con su cobardía y su desunión. Denuncian que la libertad de prensa peligra quienes despiden a periodistas que se niegan a sumarse al lodo de la campaña contra Humala. Y advierten que el empleo está amenazado quienes han creado la mayor cantidad imaginable de empleos basura y services explotadoras.
Y a todo esto le llaman «elecciones democráticas». A ensuciar la inmundicia le llaman «debate». Y no tienen problema alguno bancando a una candidata indecente. Ellos representan la vieja indecencia de las encomiendas, las ladronas leyes de consolidación, el festín del guano. La señora Keiko Fujimori les cae como anillo al dedo


Fiscales De Familia En El Centro De Varones...
PADRES DE FAMILIA RECIBIERON CHARLA REFERENTE A MALTRATO INFANTIL Y VIOLENCIA FAMILIAR

En el marco de las funciones de prevención y en cumplimiento del desarrollo del Programa de Fiscales Escolares y Ambientales, el Ministerio Público del Distrito Judicial de Cañete, realizó la charla sobre «Maltrato Infantil» y «Violencia Familiar».
La actividad se desarrolló la tarde del veintiocho de abril en el patio de la Institución Educativa Nº 20874 «Centro de Varones» de San Vicente de Cañete, estando la exposición a cargo de la Dra. Rocío Ruiz Arrieta, Fiscal Provincial Civil y de Familia y la Dra. Cecilia Carhuamaca Ibarra, Fiscal Adjunta, para lo cual se contó con la asistencia de más de trescientos padres de familia de dicha institución.
En el tema abordado, la doctora Ruiz Arrieta, explicó que el Maltrato Infantil es cualquier acción u omisión, no accidental que provoque daño físico o psicológico a un niño por parte de sus padres o cuidadores afectando su normal desarrollo. Acotó que hay formas y es deber de los padres corregir el comportamiento inadecuado de los hijos pero ello no significa que se debe hacer a través del ejercicio de la violencia.
Por su parte la doctora Cecilia Carhuamaca desarrolló el tema Violencia familiar, refiriendo que estos actos se manifiestan a través de la violencia física, violencia psicológica, violencia sexual. Estos actos de violencia últimamente son frecuentes pero muchas veces por temor al agresor no se denuncia, por lo que exhortó a los presentes que de ser victima de maltrato o conocer estos casos deben recurrir o comunicar a las oficinas del Ministerio Público quien como institución del Estado, intervendrá para tomar las acciones pertinentes.
En la actividad se hizo entrega de folletos sobre el tema expuesto, los padres de familia se mostraron muy participativos formulando diversas preguntas. Así mismo el director de la Institución Educativa Lic. Felipe Huamán Gutiérrez, expresó su agradecimiento por la presencia de los representantes de la Fiscalía y por la importancia del tema tratado.


AMPLIAN HASTA EL 09 DE MAYO PLAZO PARA INSCRIPCION DE AGENTES PARTICIPANTES ANTE EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2012
La Municipalidad Distrital de Imperial ha ampliado hasta el 9 de mayo la inscripción de los Agentes Participantes al presupuesto participativo por Resultados Año Fiscal 2012.
Esta ampliación se da con la finalidad de que más organizaciones sociales de base, instituciones públicas y privadas puedan participar democráticamente en la toma de decisiones para el próximo proceso del Presupuesto Participativo.
Los requisitos a presentar son:
Solicitud dirigida al Alcalde Distrital suscrita por el representante legal de la organización y tendrá calidad de Declaración jurada en formatos entregados por el área de participación vecinal
fFcha de inscripción debidamente llenado suscrita por el titular y suplente
Copia simple de la ficha registral de la organización u otro documento que acredite su funcionamiento según corresponda
Acta de asamblea donde se designan a los Agentes Participantes tanto titular como suplente, documento que debe estar debidamente fedateado por la Municipalidad Distrital.
Copia simple del DNI del agente participante titular y del suplente con domicilio de la jurisdicción.
Los interesados deberán acercarse a la oficina de Participación Vecinal ubicado en el Palacio Municipal en horario de oficina de 8 a.m a 1.00 p.m y de 2:30 a 5:30 de Lunes a Viernes y de 8 a.m a 12:00 p.m los sábados.

LIMPIEZA DE RESERVORIO GENERA CORTE DE SERVICIO EN SAN VICENTE
Con la finalidad que no se genere problemas con mayores consecuencias, la Gerencia de Operaciones de Emapa Cañete S.A. ha programado la limpieza del reservorio de San Vicente. Dichos trabajos provocaran el corte de servicio de agua potable el día jueves 05 de mayo desde las 2:00pm hasta las 5:00pm. Los sectores que serán afectados son: A.A.H.H. El Progreso, Los Libres, Villa El Carmen (sector I y II), Las Viñas y El Chilcal.
EMAPA CAÑETE S.A. pide disculpas por las molestias que estos trabajos pudieran ocasionar, sin embargo les garantiza la reparación en el más breve plazo posible.


CEM DE IMPERIAL CONVOCA A REUNIÓN PARA COORDINACIONES DE LOS JUEGOS ESCOLARES 2011
El CEM del distrito de Imperial comunica a todos los señores Directores, Profesores de Educación Física y/o delegados de las diversas Instituciones Educativas de la jurisdicción que el día jueves 05 de mayo se llevará a cabo la reunión de coordinación de los Juegos Escolares 2011, a partir de las 3:00 p.m en las instalaciones del Colegio Nacional de Imperial CNI.


RETIRAN DE CLASE DE ACADEMIA REGIONAL DE FUTBOL A DOS NIÑOS POR NO TENER UNIFORMES COMPLETOS ENTREGADO POR JAVIER ALVARADO
Lamentable hecho sucedió el fin de semana durante el desarrollo de las clases de la Escuela Deportiva Regional de Fútbol en Cañete que se desarrollan en las instalaciones del estadio municipal «Roberto Yañez». Dos niños fueron vejados por el profesor Llanos quien los sacó de la práctica por no estar vestidos con el uniforme completo que la región les ha dado. Extrañamente otros alumnos en similar situación no corrieron la misma suerte.
El sábado 30 de abril ocurrió este cuestionable acto por parte de un profesor que entendemos ha olvidado que no se puede maltratar a un menor, atentando contra su dignidad, retirando a dos estudiantes del campo de juego por el solo hecho de no tener completo el uniforme de prácticas, cosa que bajo cualquier contexto y pretexto no puede constituirse en motivación valedera para justificar tan recriminable actitud.
Familaires de los menores exigieron que los responsables de este programa del gobierno regional de Lima realicen una exhaustiva investigación del hecho, acto que fue presenciado por todos los integrantes de esta escuela deportivo, en donde el primer jalado por conducta debería ser el profesor a quien se le pago por sus servicios.Denucniaron que el daño ocasionado a los alumnos expulsados es irremediable, tanto que los niños agraviados han manifestado que ya no desean recibir más clases de fútbol con cuestionado docente.
Al mismo tiempo indicaron que debería existir mayor control de este programa ya que en la práctica los alumnos sólo reciben una hora de clase efectiva a la semana, pese a que el horario establecido es de dos horas. Señalaron que si bien las clases se inician a las 9 de la mañana, por la cantidad de participantes se culmina de pasar la lista a las 9.30 a.m. A partir de esta hora se inician las clases hasta las 10 de la mañana en que se procede a un descanso para refrigerio que dura alrededor de 30 minutos; a partir de la 10.30 a.m. hasta las 11.00 a.m.(hora de salida) se realizan las prácticas de fútbol divididos en grupos.
Cuestionaron también, que se mantenga encerrados, bajo llave de las puertas de ingreso, a los niños dentro del campo de juego, poniendo en riesgo ante cualquier emergencia que pueda presentarse debido a que estos no podrían salir del ambiente deportivo de la cancha de fútbol del estadio cañetano, así como tampoco se podría auxiliar rápidamente a cualquier menor que sufra una contusión o golpe y requiera de ser derivado de emergencia a un centro asistencial.
Manifestaron que el último sábado , brillaron por su ausencia personal de apoyo que dispone la Unidad Ejecutora Lima Sur en Cañete del Gobierno Regional de Lima, así como personal médico o asistencial con ambulancia incluida, debido a que como el presidente regional Javier Alvarado estab cumpliendo labores en San Vicente, capital de la provincia de Cañete, todo el personal estuvo con él en el C.P. «Nuevo Ayacucho», dejando sin mayor cuidado, control y resguardo a los participantes del programa. (Elarquim)


EDICTOS PENALES
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIO DE CAÑETE; Presidente: Dr. MARTINEZ; Cita, llama y emplaza a los siguientes procesados:
EXP.- 2008-520; a RICHARD MELANIO LAZARO DIAZ. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra. Delito Robo Agravado en Agravio de Ciro Melchor de la Cruz. Secretario Miranda. San Vicente 27.04.2011
EXP.- 2003-185; a ANDRES AQUILINO ASIN MELENDEZ E YSELA YANET CASTILLO DE LA CRUZ. DÍA 17.05.2011 a horas 03:00p.m. Delito Peculado en Agravio del Estado. Bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Secretario Miranda. San Vicente 03.05.2011
EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAÑETE.- Juez Aroni; Cita, llama y emplaza a:
EXP.- 358-2010-11; a CESAR ARMANDO GARCIA VALERIO. Para el DÍA LUNES 16-05-2011 a horas 8:30a.m en Sala de Audiencia de los Juzgados Penales Unipersonales, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Resol. 2 del 25.02.2011. Asistente Ascona. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 049-2011-93; Resol. 2 del 29.04.2011 Se Resuelve: Haciendo efectivo el apercibimiento decretado mediante resolución 01, DECLARAR REO CONTUMAZ al acusado DANIEL TATAJE GAMONAL ordenándose su ubicación y captura a Nivel Nacional. Oficiándose a la autoridad policial. Se nombra como abogada a Isabel Rosario Ríos Silva. Resérvese provisionalmente el presente proceso hasta que se ponga a derecho ante el Juzgado. Asistente Ochoa. San Vicente 29.04.2011
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE CAÑETE.- Juez Solano; Cita, llama y Emplaza a: EXP.- 2007-785; a DANIEL FLORENCIO RAMOS FERNANDEZ. Para que se ponga a derecho por habérsele declarado REO AUSENTE, habiéndose ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Violación de Libertad Sexual en Agravio R. S. Y. Z. Secretario Soto. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 2003-893; a MIGUEL ANGEL FRANCIA VILLALOBOS. Para que se ponga a derecho por habérsele declarado REO CONTUMAZ, habiéndose ordenarse su ubicación y captura a Nivel Nacional. Delito Hurto Agravado en Agravio Luis Alayza de Losada. Secretario Soto. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 2009- 087; a JESUS ENRIQUE RAMOS ARONE. Día 16.05.2011 a horas 11:45a.m. Lectura de Sentencia. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Lesiones Culposas en Agravio Jacinto Felipe Arias Ochoa. Secretario Ramos. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 2008- 013; a LOURDES SONCCO FLORIAN. Día 16.05.2011 a horas 12:15a.m. Lectura de Sentencia. Bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Contra la administración Pública en Agravio del Estado. Secretario Ramos. San Vicente 28.04.2011
EXP.- 200-2000; a PEDRO LIBER MONTANO ORTIZ. Día 19.05.2011 a horas 10:00a.m. Lectura de Sentencia. Delito Tenencia Ilegal de armas de Fuego y Municiones en Agravio del Estado. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 2002-681; a ALBERTO GUILLERMO HUERTAS PEÑA. Día 19.05.2011 a horas 10:30a.m. Lectura de Sentencia. Bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Delito Homicidio Culposo en Agravio de Emilio Suárez Tapiaza. Secretario Soto. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 155-2004; a JORGE LUIS CUADROS VASQUEZ. Instructiva. Delito Lesiones Leves en Agravio de Mónica Patricia Vivanco Campos. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 159-2006; a EUSTACIO AVILA RIOS. Lectura de Sentencia. Delito Contra la Libertad Sexual en Agravio de la menor A. A. M. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 028-2001; a JUAN BENANCIO SILVERA BELLIDO. Para que se ponga a disposición de éste Juzgado para su internamiento en el Establecimiento Penal de Cañete, a consecuencia de la revocatoria del beneficio penitenciario de Semi Libertad. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 473-2005; a IRLANDINA ALPINA CHAHUA QUISPE Y GERALD HUMBERTO LLATA SANCHEZ. Instructivas. Delito Contra los Derechos de autor y Conexos en Agravio de APDAYC. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 513-2004; a ALICIA ROSA CASTILLA LEVANO y ANA DEL PILAR ORMEÑO TRILLO. Instructivas. Delito Hurto Agravado en Agravio de Esther María Delgado Lume de Apolinario. Secretario Astohuaman. San Vicente 03.05.2011
EXP.- 2009-746; a ALEX JAIME GUTIERREZ RODRIGUEZ. Día 11.05.2011 a horas 9:30 a.m. Instructiva. Bajo apercibimiento de revocársele el mandato de comparecencia por detención en caso de incumplimiento. Secretario Flores. San Vicente 03.05.2011
EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ASIA.- Juez Chipana; Ha ordenado Publicar lo siguiente:
EXP.- 2011-013; Archivar lo actuado dejando a salvo el derecho de las partes. En mérito a resolución uno del 03.03.2011 emplazando al agraviado JORGE LUIS PEREZ contra ELIAS LUCAS MERINO por daños materiales. Secretaria Medina. Asia 28.04.2011
EXP.- 2011-020; al agraviado ALARCON SAAVEDRA DEMETRIO FAVIO CON RESOL. 01 DEL 01.04.2011 que resuelve Archivar en forma definitiva la denuncia contra SEBASTIAN BEDOYA JULIO GEAN KARLO por daños materiales. Secretaria Medina. Asia 28.04.2011
5, 6 y 7 de Mayo.

EDICTOS (Auxilio Judicial)
EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA.- Juez Guevara: Ha ordenado Publicar lo siguiente:
EXP.- 2011- 368; Se resuelve admitir a trámite la demanda de Violencia Familiar interpuesta por el Ministerio Público contra VICTOR ANTONIO CUCHO YUPANQUI en agravio de Beatriz Quispe Linares y CORRASE traslado al presunto autor por el término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nómbrasele curador procesal. Secretaria Díaz. San Vicente 29.04.2011.
EXP.- 2010- 1090; Se resuelve ADMITIR A TRÁMITE la demanda de Violencia Familiar interpuesta por el Ministerio Público contra DINER VIDAL ANDRES AVALOS en agravio de su menor hija BRIGHIT CAROLAY ANDRES GALLARD representada por su Madre Santa Isabella Gallardo Medina (Resolución 01 del 07.07.2010).- CORRASE traslado al presunto autor por el término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nómbrasele curador procesal, EMPLACESE a la menor agraviada representada por su madre (Resolución 06 del 15.04.2011). Secretaria Claudio. San Vicente 28.04.2011.
EXP.- 2011- 276; Cita a la agraviada ANA MARIA MARTINEZ CULLAS. Día 24.05.2011 a horas 11:00 a.m. para Continuación de Audiencia de Esclarecimiento de los hechos. Bajo apercibimiento de prescindirse de su declaración en caso de inasistencia. Delito Hurto Agravado. Secretaria Claudio. San Vicente 28.04.2011.
EXP.- 2010- 015; sobre Abandono Moral y Material, Cita a los padres biológicos: de menor tutelada, RAIDA FLORINDA CONDORI CHOQUE Y WILFREDO GUTIERREZ CERVANTES. Día 19.05.2011 a horas 3:00 p.m. para Audiencia de Esclarecimiento de los hechos fecha en la cual se deberán recabar su declaración, evaluación psiquiátrica que debe practicarse ante el departamento psiquiátrico de Essalud Cañete. Bajo apercibimiento de prescindirse de sus declaraciones en caso de inasistencia. Secretario Calagua. San Vicente 28.04.2011.
5, 6 y 7 de Mayo

PUBLICACION
Ante mi oficio notarial, sito en Jirón O´Higgins 228 del distrito de San Vicente – Cañete – Lima, se han presentado MARIO EDILBERTO GARCIA HERRERA y LILIANA SANCHEZ SANCHEZ, con DNI 15411083 y 17894567 respectivamente, domiciliados en Jr. Dos de Mayo N° 135 distrito de San Vicente – Cañete – Lima, quienes de conformidad a lo dispuesto la Ley Número 21157, su Reglamento el D.S. N° 008-2000-MTC, la Ley N° 27333, D.L. 035-2006-VIVIENDA, y por los artículos 950 y 2018 del Código Civil, solicitan a su favor, la PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO con independización del Lote 2 de la Mz. B, ubicado en Asociación de Vivienda Bancrédito – Cañete, del distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, cuya área matriz se encuentra inscrito en Registros Públicos de Cañete en las fichas 1285 y 1285-B, como propiedad de Asociación Bancrédito Cañete Ltda.
LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: Por el norte: Colinda con Lote N° 10 de propiedad de Olga Manero Martínez, con una línea 3-4. Haciendo una longitud de 6.72 m.l. Por el Este: colinda con Lote N° 01 de propiedad de Gabriela Viale Oré, con una línea 2-3. Haciendo una longitud de 24.10 m.l. Por el Oeste: Colinda con los lotes 03, 04 y 05 de propiedad de José Raymondi Gutiérrez, José Marquez Vivanco, Martín Aurelio Aburto respectivamente con una línea 1-4. Haciendo una longitud de 24.10 m.l. Perímetro 61.64 m. Area: 161.86 m2.
Lo que se tramite con notificación de sus colindantes y titular registral. Se dispone su publicación por tres veces con intervalo de tres días hábiles para los fines de Ley.
Cañete, 28 de Abril del 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
5,11 y 17 de Mayo

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, hace de conocimiento que en mérito al Exp. Adm. N° 3686-2011, la recurrente KETTY CECILIA VICENTE BRAVO, solicita la rectificación administrativa de su partida de nacimiento, inscrita en esta Municipalidad en el libro N° 174, folio 281, que erróneamente se han consignado en el cuerpo del acta los siguientes datos:
DATOS DE LA MADRE:
Dice: ELVIRA MARTIMIANA BRAVO PELÁEZ
Debe decir: ELVIRA MARTIMINIANA BRAVO PELÁEZ
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 03 de Mayo de 2011.
Mirtha De Los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, hace de conocimiento que en mérito al Exp. Adm. N° 3295-2011, la recurrente PEDRO GABRIEL CABRERA GUTIERREZ, solicita la rectificación administrativa de su partida de nacimiento, inscrita en esta Municipalidad en el libro N° 296, folio 094, que erróneamente se han consignado en el cuerpo del acta los siguientes datos:
DATOS DE LA MADRE:
Dice: MERY GREGORIA GUTIERREZ LAZARO
Debe decir: MERI GREGORIA GUTIERREZ LAZARO
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente de Cañete, 03 de Mayo de 2011.
Mirtha De Los Angeles Sotelo Pérez
Jefe

EDICTO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, que despacha el Señor Juez, Dr. Juan E. Kuan Gil y Sec. María R. Sánchez Soriano, Exp. 2011-0024, VICTOR SANCHEZ LUYO, solicita la rectificación de la Partida de Nacimiento de su señora madre FELICIA LUYO SANCHEZ; a fin de que se ADICIONE su apellido materno «SANCHEZ», siendo su nombre y correcto FELICIA LUYO SANCHEZ. Lunahuaná, 08 de Abril del 2011.
María R. Sánchez Soriano
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná

EDICTO
Exp. N° 218-2011 ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial, Juez Dr. Luis Miguel Yalan Ahedo, Secretario Dr. Ricardo Lovera Hernández, LIDIA MARLENY BERNEDO YESCA, solicita la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de su poderdante Lourdes Victoria Medina Bonet, en su segundo nombre de pila donde se le ha consignado como LOURDES VICTORIANA, siendo lo correcto «LOURDES VICTORIA MEDINA BONET» conforme corresponde. Se comunica para los fines de ley.
Imperial, 03 de Mayo de 2011.
Dr. Ricardo Lovera Hernández
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Corte Superior de Justicia de Cañete

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ALICIA MILA ACEVEDO GALVEZ, identificada con DNI 15419743, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su esposo ALEJANDRO CAMPOS VICENTE, fallecido el 13 de Abril del 2011, teniendo como último domicilio en el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 27 de Abril de 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, YOLANDA ALEJANDRINA HIRAOKA GALVEZ DE MORENO, con DNI N° 15358788, solicita se rectifique su Partida de Matrimonio, asentada en registro del estado civil de la Municipalidad de San Martín de Porres – Lima, la misma que actualmente ha sido expedida por RENIEC de Cañete – Lima, en el que se omite el primer nombre de su difunto esposo dice: SANTIAGO MORENO TORRES, debe decir: PEDRO SANTIAGO MORENO TORRES, lo que se publica para los fines de ley.
Cañete, 27 de Abril de 2011.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
EDICTO JUDICIAL
Exp. N° 2011-40.- Por ante el Juzgado Especializado Civil de Cañete, Juez Jacinto Cama Quispe, y Secretario Judicial Luis Alberto Melgarejo Fernández, se ha dispuesto publicar un EXTRACTO DE LA DEMANDA: «… la ASOCIACIÓN CENTRO DE ESPARCIMIENTO DEL SECTOR AGRARIO DE CAÑETE interpone la acción de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, a fin de que se le declare propietario del predio urbano denominado «LAZARETO» de un área de 04 Has. 1,482 m2, ubicado a la altura del Km. 130 de la Panamericana Sur, del distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete, departamento de Lima; consecuentemente se ordene la independización del predio de mayor extensión, y se cancele los asientos anteriores. Dirigiendo la demanda contra don JAIME ALEJANDRO MURGUIA CAVERO, y SOFIA VICTORIA SALLERES RAMOS DE MURGUIA. … El predio materia de prescripción se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N° 21001138…; los linderos y colindantes son: Por el Norte, colinda con camino carrozable afirmado y propiedad del Club AELU, con 86.70 ml.; Por el Sur, colinda con terrenos de la misma Asociación Centro de Esparcimiento Sector Agrario Cañete, con 116.70 ml.; Por el Este, colinda con U.C. 10242, con 89.50 ml. y con dos tramos de 60.00 ml. y 300.80 ml. con terrenos de la misma Asociación Centro de Esparcimiento Sector Agrario Cañete; y por Oeste, colinda con camino carrozable afirmado por dos tramos de 81.30 ml. y 119.50 ml. y con Malecón de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul con 226.14 ml.; inmueble que viene ocupando mediante posesión en forma directa, pública, pacífica y continua desde el 29 de Julio del 2000.- RESOLUCIÓN NÚMERO UNO: Cañete, 08 de Marzo del 2011. SE RESUELVE: ADMÍTASE la demanda interpuesta por la Asociación Centro de Esparcimiento del Sector Agrario de Cañete, contra Jaime Alejandro Murguía Cavero, y Sofía Victoria Salleres Ramos de Murguía, sobre Prescripción Adquisitiva del predio urbano «Lazareto» de un área de 04 Has. 1482 m2. ubicado a la altura del Km. 130 de la Panamericana Sur, distrito de Cerro Azul – Cañete – TRASLADO a Jaime Alejandro Murguía Cavero, y Sofia Victoria Salleres Ramos de Murguía, por el plazo de DIEZ DIAS, para que la contesten, bajo apercibimiento de ser seguir el proceso en su rebeldía… Notifíquese a los propietarios u ocupantes de los bienes colindantes… INCORPORAR al proceso como LITISCONSORTE NECESARIO PASIVO a ESTEBAN FLORES DELGADO, debiendo ser emplazado con la demanda y demás recaudos respectivo, para que cumpla con absolverla dentro del mismo plazo antes referido, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde…» RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Cañete, 31 de Marzo del 2001".- SE RESUELVE: PRIMERO: TÉNGASE presente la CORRECCIÓN efectuada por la parte demandante; en el sentido, que el inmueble materia de Reivindicación se encuentra registrada en la Partida Electrónica N° 21001139.- SEGUNDO: Emplazar a la sucesión de Esteban Flores Delgado, para que en el plazo de treinta días, conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal (…).- Una firma del doctor Jacinto Cama Quispe – Juez.- una firma del doctor Luis Alberto Melgarejo Fernández.- Secretario .
Cañete, 31 de Marzo del 2011.
Dr. Luis Alberto Melgarejo Fernández
Secretario
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 05, 11 y 17 de Mayo del 2011.

MUNCIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
CONVOCATORIA AL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2012
La Municipalidad Distrital de Cerro Azul conjuntamente con el Consejo de Coordinación Local, en cumplimiento de la Ley
CONVOCA
A la población organizada, a las organizaciones públicas y privadas legalmente constituidas A PARTICIPAR EN EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2012, el cual se da inicio luego de la aprobación de la Ordenanza Municipal N° 007-2011/MDCA conforme al CRONOGRAMA siguiente:
ACTIVIDADES: FECHAS
Difusión y Convocatoria: Del 26 al 30 de Abril
Inscripción de Agentes: Del 02 al 07 de Mayo
Taller Informativo y de capacitación: 14 de Mayo
Taller de diagnóstico y priorización de resultados: 21 de Mayo
Evaluación Técnica: Del 23 de Mayo al 04 de Junio
Taller de priorización y formulación de acuerdos: 11 de Junio
Hugo Rivas Sánchez
Alcalde