03 mayo 2010

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

Decreto de Alcaldía Nº 002-2010-A-MDM

Mala, 22 de Abril de 2010

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALA

VISTO:
El Informe Nº 048-2010-GPP/MDM de fecha 20.04.2010, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, remitiendo el Acta de Trabajo del Equipo Técnico para la Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Mala PDLC 2010 – 2021;

CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades Distritales, son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencias, conforme se ha establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 28607, concordante con lo previsto en los artículos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, según los artículos 197° y 199° de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley N° 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del capítulo XIV del Titulo sobre descentralización, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2010-MDM de fecha 25 de Marzo del 2010, se aprobó el cronograma de Actividades para la Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Mala 2010 – 2021.

Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 150-2010-A/MDM de fecha 25 de Marzo del 2010, se conformo el Equipo Técnico de la Municipalidad Distrital de Mala para el Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Mala 2010 - 2021

Que, estando a lo señalado en el Informe Nº 048-2010-GPP/MDM, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, hace conocer que mediante Acta de Trabajo del citado Equipo Técnico de fecha 19 de Abril del presente año, ha acordado ajustar el cronograma de actividades ampliando el plazo hasta el día 05 de Mayo del 2010, como fecha máxima para que la consultoría contratada inicie las actividades de la fase de Desarrollo de Metodología y Talleres del Proceso.

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidad es – Ley N° 27972;

D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Cronograma de Actividades aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2010-MDM de fecha 25 de Marzo del 2010, según el cuadro adjunto que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía, por lo expuesto en la parte considerativa del presente Decreto de Alcaldía.

ARTICULO SEGUNDO: Encargar al Gerente de Planificación y Presupuesto en su calidad de Presidente del Equipo Técnico para la Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Mala PDLC 2010 – 2021, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía en cuanto le corresponda.

ARTICULO TERCERO: Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Oficial de la Localidad y en la página web de la Municipalidad Distrital de Mala – www.munimala.gob.pe.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde



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