17 septiembre 2011

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011 - 2011/A/MDA

Asia, 17 de setiembre del 2011.

EL CONCEJO MUNICPAL DEL DISTRITO DE ASIA

VISTO:
En Sesión de Concejo de fecha 17.09.2011; el informe Nº 0207-11-DART/MDA, de la División de Administración Tributaria/MDA, que solicita la ampliación del plazo de la Amnistía Tributaria, dispuesta mediante Ordenanza Municipal N° 009-2011-A/MDA de fecha 10.08.2011, y;

CONSIDERANDO:
Que, conforme de Artículo 19º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades Provinciales y distritales son órganos de Gobiernos Local que gozan de autonomía economía y administrativas en asuntos de su competencia;

Que, la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, establece que los Gobiernos Locales mediantes Ordenanzas pueden crear, modificar o derogar Arbitrios, Derechos y Licencia, así mismo el artículo 41º del mismo cuerpo legal señala que excepcionalmente podrán condonar con carácter general el Interés moratorio y las sanaciones de los tributos que administra;

Que, el inciso 5) del artículo 195º de la Constitución Política del Estado, dispone que los Gobiernos Locales en ejercicio de su autonomía política, económica y administrativa, tiene competencia para organizar, reglamentar y administrar servicios públicos, locales de su responsabilidad;

Que, elarticulo74º de la Constitución Política del Perú, faculta a los gobiernos locales para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas arbitrios. Licencias y derechos municipales dentro de su jurisdicción, siendo esta facultad corroborada por el Art. 60º del Decreto Legislativo Nº 776. Ley de Tributación Municipal y la Norma IV del título preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99EF que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario y el Art. 9º numeral 9) de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, según el Artículo 40º de la ley Orgánica de las Municipalidades, «Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y as materias en la que la municipalidad tiene competencia normativa»

Que el artículo 70º de la misma norma dispone que el sistema tributario de las municipalidades, se rige por la ley especial y el Código Tributario en la parte pertinente;

Que, el artículo 69º señala que «Son rentas municipales…. las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por el concejo municipal, los que constituyen sus ingresos propios»

Que, al respecto, el artículo 40º de la mencionada Ley señala que es mediante Ordenanza que se procede a crear, modificar, suprimir o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley;

Que, mediante Ordenanza N° 009-2011-A/MDA de fecha 10.08.2011, se aprueba la Amnistía Tributaria en el Distrito de Asia, exonerando el 100% de los intereses moratorios y reajustes correspondiente al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el mes de diciembre del 2010 respectivamente, que se encontraban pendientes de pagos a la fecha;

Que, mediante Informe Nº 0207-10-DART/MDA, la División de Administración Tributaria/MDA informa que la Ordenanza descrita en el párrafo que antecede, ha tenido muy buena acogida y una considerable recaudación, hecho que motiva solicitar la ampliación de la Amnistía con la finalidad de mejorar la recaudación tributaria del impuesto predial y arbitrios que se encuentra impagos hasta el año 2010, y se extienda dicho beneficio hasta el día 15 de octubre del 2011;

Que, de conformidad con lo previsto en el articulo 20 inciso 5), y Art. 9 inciso 9). De la Ley Orgánica de la Ley de la Municipalidades Nº 27972, en Sesión de Concejo de fecha 17 de setiembre del 2011, con el voto por unanimidad del los señores regidores, se aprobó la siguiente;
ORDENANZA QUE AMPLIA LA AMNISTIA TRIBUTARIA DISPUESTA MEDIANTE ORDENANZA N° 009-2011-A/MDA PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS HASTA EL AÑO 2010 EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

Artículo Primero.- Objeto
El objeto de la presente Ordenanza es ampliar la Amnistía Tributaria, dispuesta mediante Ordenanza Municipal N° 009-2011-A/MDA de fecha 10.08.2011, que exonera el 100% de los intereses moratorios y reajustes correspondiente al impuesto predial y arbitrios hasta el año 2010 en la Municipalidad Distrital de Asia.

Articulo Segundo.- Todos los Contribuyentes de este Municipio podrán acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- Vigencia del beneficio:
El beneficio al que se refiere la presente Ordenanza tiene una vigencia hasta el día 15 de octubre del 2011.

Artículo Cuarto.- Dispóngase que la Gerencia Municipal, conjuntamente con los Órganos de línea pertinentes se encarguen de la ejecución y difusión de la presente Ordenanza.

Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación.

Por tanto:
REGISTRASE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

José Arias Chumpitaz
Alcalde

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