30 diciembre 2012

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL RATIFICA ORDENANZA DE ARBITRIOS DE LUNAHUANA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ACUERDO DE CONCEJO
Nº 108-2012-MPC

Cañete, 18 de diciembre de 2012.

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;

Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº 285-2012-MDL, por el cual la Municipalidad Distrital de Lunahuaná, solicita la Ratificación de la Ordenanza Nº 041-2012-MDL que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales del distrito de Lunahuaná, para el año Fiscal 2013, y;

CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, y las sentencias recaídas en los Expedientes Nº 0041-2004-AI/TC, 0053-2004-PI/TC y 0018-2008-PI/TC, establecen que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; por lo que su aplicación sin la publicación del Acuerdo de Concejo Provincial que aprueba su ratificación resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva;

Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del Art. 68º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal – Decreto Legislativo Nº 776, los arbitrios municipales son las tasas que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente;

Que, asimismo el Art. 69º del referido Decreto Supremo, dispone que las tasas por servicios públicos o arbitrios, se calcularán dentro del último trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicación en función del costo efectivo del servicio a prestar. En consecuencia, estando dentro del plazo de ley, corresponde al Concejo Provincial de Cañete proceder a ratificar la ordenanza en mención, conforme a sus atribuciones;

Que, Subgerencia de Asesoría Legal mediante Informe Legal Nº 553-2012-AJ-MPC, de fecha 14 de Diciembre, opina porque se apruebe la ratificación de la Ordenanza Nº 041-2012-MDL que establece el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales y su estructura de costos correspondientes al año Fiscal 2013 de la Municipalidad Distrital de Lunahuaná, refiriendo sea sometido a consideración del Pleno del Concejo para su aprobación;

Que, la Comisión de Administración, Economía y Finanzas, con Dictamen Nº 033-2012-CPEAM/MPC, de fecha 13 de diciembre de 2012, recomienda ratificar la Ordenanza Nº 041-2012-MDL que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales y su Estructura de Costos, correspondiente al año Fiscal 2013 de la Municipalidad Distrital de Lunahuaná;

Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores regidores; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

SE ACORDÓ:

Artículo 1º.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 041-2012-MDL que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales del Distrito de Lunahuaná para el año Fiscal 2013, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo.

Artículo 2º.- Notificar el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de Lunahuaná y a las unidades orgánica que corresponda para los fines correspondientes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

MARÍA M. MONTOYA CONDE
ALCALDESA

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