05 diciembre 2009

UNIVERSIDAD PARA CAÑETE SI, PERO CON PLANIFICACION

La iniciativa de la Municipalidad Provincial de Cañete al mando de su alcalde Javier Alvarado junto al regidor Percy Alcalá ha dado el resultado que el pueblo de Cañete ha esperado por mucho tiempo. Por tanto es loable otorgarle el reconocimiento debido a su esfuerzo nada gratuito de que el Congreso de la República haya aprobado la creación de la Universidad Nacional para Cañete. Desde luego, este es uno de los pocos aciertos de esta gestión municipal provincial, y que aún está lejos de ser el alcalde de calidad que con mucha inversión se marqueteó durante la campaña pre-electoral última.
Entiendo que en esta excelente iniciativa, no haya tenido el espacio de dialogo, de propuestas ni de planificación integral con los diversos actores de la sociedad civil, para que no existan los rechazos como acontecieron con los posibles perjudicados como serian los alumnos de la Universidad del Callao y la Faustino Sánchez Carrión, que ahora han sido alcanzados en la ley aprobada en el congreso.
Esperamos que aquí no haya primado el criterio caudillista, de imposición de ideas y propuestas con fines netamente electoreros, pues todos sabemos que están próximas las elecciones municipales y regionales y todos los actores involucrados para que esto se logre, nos lo harán recordar en sus campañas políticas, para decirnos que se han fajado por el pueblo cañetano a fin que cuente con su Universidad. Lo cierto es que estas autoridades han sido elegidas para trabajar y ganar grandes sueldos o dietas por ello. Esto no ha sido una acción ad-honorem o altruista.
El hecho que se haya creado la Universidad para Cañete solo es el primer paso de un mega proyecto de trascendental importancia que marcaran los destinos de las nuevas generaciones Cañetanas, Yauyinas o de cualquier lugar del país o del extranjero. El objetivo a conseguir es que se convierta en una Universidad de calidad, de prestigio y dé soluciones a la múltiples problemáticas que existen en el país y que nos limitan a un desarrollo sostenible. Debemos marcar nuestra visión de qué tipo de Universidad queremos conseguir: Similar a la de San Marcos, o quizás a la de San Luis Gonzaga o a la Universidad de Yale o de Harvard o quizás similar a la de Cambridge de Inglaterra. Y creo que para que esto ocurra va a pasar muchos años y se va a necesitar mucha inversión, pues ahora mismo tenemos otras prioridades bastante necesarias y urgentes que ejecutar como son la dotación de servicio de agua potable, energía eléctrica o red de alcantarillado. O es que para estos rubros se los va a suprimir para otorgárselos a la Universidad de Cañete.
Los empresarios más poderosos del país reunidos en el último CADE en Arequipa han concluido que si el gobierno Peruano no le da la importancia primordial a la educación acorde a lo que la modernidad exige, va camino a no salir del subdesarrollo. Necesitamos cerebros, necesitamos inteligencia para que en 30 años mas, el país consiga obtener el calificativo de país desarrollado. En parte es cierto lo que han concordado los empresarios nacionales, pero también son ellos los que han co-gobernado con presidentes electos por el pueblo para obtener privilegios, ganancias fabulosas libre de impuestos y monopolios que han contribuido para que la distribución de las riquezas naturales y el desarrollo del país armonicen. Teniendo tanta riquezas, continuamos siendo pobres. No hay explicación, los culpables saltan a la vista. Solo corrupción, saqueo y mantener ignorados a la mayoría del pueblo han sido el deseo de ellos.
DE QUE NOS SIRVE TENER O CREAR MAS UNIVERSIDADES, cuando ninguno de ellos sobresalen por su calidad de enseñanza y de sus estudiantes. Muchos de ellos no investigan ni se actualizan. El gobierno central no tiene una política nacional de qué modelo de Universidad quiere el país. Solo se crean más y más universidades por cuestiones políticas para que después estén languideciendo por presupuestos que al final solo alcanzan para planillas y gastos corrientes, pero la investigación poco o nada. Bastaría con una Universidad de calidad a muchas mediocres.
MUNICIPIO DE SAN ANTONIO EMITE COMUNICADO SOBRE PAGO A PROVEEDOR FALLECIDO
En el transcurso de esta semana, para ser más exactos el 1° de diciembre, el Blog «Cañete Al Día» publicó la información de que la Municipalidad de San Antonio abonó la suma de 1953.70 nuevos soles a nombre de Manuel Arcadio Pinedo como proveedor de esta comuna correspondiente al año 2007. Lo curioso del caso es que el ciudadano san antoniano falleció en el 2006.
Esta información ha generado cierto conflicto entre los ciudadanos del distrito que han realizado comentarios en el referido blog, comentarios algunos de apoyo a la gestión de Esteban Agapito, otros cáusticos y críticos… que la verdad no vale la pena reproducir.
Indagamos que de verdad había sobre este hecho, y el Municipio Distrital de San Antonio nos hizo llegar la presente nota de prensa, mediante la cual hacen la aclaración del caso.
COMUNICADO A LA OPINIÓN PUBLICA

Municipalidad de San Antonio aclara malentendido sin fundamento Alcalde Esteban Agapito Ramos se muestra indignado por información calumniosa

Con relación a la publicación de una nota propalada por un blog local, en la que se ha desinformando a la opinión pública sobre «pagos a una persona fallecida en el año 2006», la Municipalidad de San Antonio aclara:

La imprenta EL LITORAL de Manuel Arcadio Pinedo Alva ha sido proveedora de bienes y servicios a la municipalidad, abasteciendo de manera regular de productos gráficos y útiles de oficina en el año 2007.

Esta empresa familiar cuyo RUC figura con el N° 10154079667 estuvo gerenciada por su propietario hasta su fallecimiento en Agosto del 2006, para luego asumir la dirección de dicha empresa su esposa Carmen Francia Vda. de Pineda conjuntamente con Oscar Albricio Francia como administrador, hasta el 31 de Enero del 2008, en que la SUNAT le da de baja por oficio.

Como es sabido esta empresa familiar continuo operando después del fallecimiento del titular, y no constituye actos de ilegalidad el seguir con su actividad empresarial, sobre todo, si es que su esposa continua con el emprendimiento que empezó su difunto cónyuge. En ese sentido, la municipalidad no tiene injerencia en asuntos societarios u otras actividades propias de las organizaciones empresariales.

Queremos dejar en claro la disposición de transparencia del municipio en relación de aclarar cualquier información a los ciudadanos y a los medios de comunicación, pero nos causa extrañeza que el periodista que mal informo, no haya podido contrastar su información con la municipalidad, a pesar que la ley de transparencia le permite tener acceso a dicha información.

Si bien es cierto nuestra constitución política garantiza y protege la libertad de expresión, también es muy cierto que dicha libertad, no se puede ejercer de manera irresponsable, dañando la imagen y la buena reputación de las personas. Es por ello, que la constitución también prevé que toda persona agraviada y afectada por afirmaciones inexactas o agraviadas en cualquier medio de comunicación social tiene derecho a que este se rectifique de forma inmediata de manera gratuita y proporcional, sin perjuicio de las responsabilidades de ley. Derecho de rectificación que exigimos a través de esta nota de prensa.

El alcalde del distrito de San Antonio – Cañete reiteró que en vez que algunos medios de comunicación estén transmitiendo «supuestas irregularidades administrativas» a manera de «escandaletes», deberían comunicar a la población sobre los logros de la gestión del municipio a favor de la población y del cumplimiento de lo prometido.

«Deberían comunicar sobre la formalización de la propiedad predial a través del convenio con Cofopri, el mejoramiento y la ampliación de todo el sistema de agua potable y alcantarillado en el Distrito, el mejoramiento de pistas y veredas en zonas urbanas y AAHH y la implementación de un Sistema de Seguridad Ciudadana organizando por primera vez el Serenazgo en el pujante distrito de San Antonio.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

CONVOCATORIA N°002 – 2009


BASES DEL CONCURSO INTERNO PARA CUBRIR PLAZAS VACANTES Y PRESUPUESTADAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

I.- OBJETIVO Y FINALIDAD DEL CONCURSO
Seleccionar al personal de mayor idoneidad al puesto, mediante la evaluación de los conocimientos y habilidades de los trabajadores del Poder Judicial que estén interesados en acceder a una plaza vacante y presupuestada de mayor nivel, responsabilidad y remuneración.
II.- ALCANCE
Podrán participar todos los trabajadores del Poder Judicial, bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 (sin importar su condición contractual). Además las personas que se encuentren contratados por Servicios No Personales, CAS. En todos los casos deben contar con una antigüedad mínima de dos (02) años prestando servicios ininterrumpidos en la Institución.
Cada trabajador interesado podrá postular a una sola plaza vacante y presupuestada. Quien presente más de una postulación será separado automáticamente del proceso, sin derecho a rectificación.
III.- BASE LEGAL
- Constitución Política del Perú
- Ley Orgánica del Poder Judicial.
- Presupuesto Analítico de Personal, aprobado mediante R.A. N° 214-2008-P/PJ.
- uadro de Asignación de Personal, aprobado mediante R.A.N°030-2002-P/PJ.
- Ley N° 29142 del Presupuesto del Sector Público para el Año fiscal 2008.
- Perfil de cargos para los trabajadores del Poder Judicial sujetos al Decreto Legislativo
N° 728, aprobados mediante R.A. N° 604-2003-GG-PJ.
- Manual de Organización y Funciones de la Corte Superior de Justicia de Cañete,
aprobados mediante R.A. N° 031-2004-P-CSJCÑ/PJ
- Reglamento Interno de Trabajo, aprobados mediante R.A. N° 010-2004-CE-PJ.
- Escala de Bono por Función Jurisdiccional para los trabajadores del Poder Judicial,
aprobado mediante R.A. N° 191-2006-P-PJ.
- Ley N° 27050, Ley de la Persona con Discapacidad.
- Reglamento para el desarrollo de concurso de selección de personal en el Poder Judicial.
Directiva N° 004-2008-CE-PJ, Aprobado por R.A. N° 22-2008-CE-PJ.
IV.- CANTIDAD DE PLAZAS A CUBRIR POR CONCURSO:

PLAZAS VACANTES Y PRESUPUESTADAS CANTIDAD Código de Plaza

Secretario Judicial 03 006527
006463
005480
Asistente Judicial 02 011254
011092
Técnico Judicial 02 005614
011105
Auxiliar Judicial 04 006339
011285
010853
011286
Asistente Administrativo I 01 009913
Auxiliar Administrativo I 04 007315
010716
009978
006910
Auxiliar Administrativo II 01 006924

Número total de plazas: 17

V.- DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA POSTULACION
(Contenido del Expediente)
a) Ficha del Postulante debidamente llenada (Anexo N° 03).
b) Declaración Jurada de no incurrir en incompatibilidad por parentesco, ni tener
antecedentes penales ni policiales (Anexo N° 04).
c) Si el personal es discapacitado, deberá presentar el certificado de discapacidad
permanente e irreversible, otorgado por institución competente que lo acredite como tal.
VI.-REQUISITOS GENERALES PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE
a) Tener una antigüedad mínima de dos (02) años de servicio ininterrumpido en la institución bajo los alcances de los D.L. N° 728 (sin importar su condición laboral) o de servicios no personales (CAS).
b) No haber sido sancionado con medida disciplinaria de Multa o de Suspensión en los seis (06) meses anteriores a la fecha en que presenta su postulación (Consentida y/o
ejecutoriada).
c) No haber sido ascendido en los doce (12) meses anteriores a la fecha en que postula.
d) No estar incurso en incompatibilidad por razón de parentesco conforme a la ley de la
materia.
VII.- PROCEDIMIENTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El anuncio de la convocatoria será publicado en el Diario Encargado de los Avisos Judiciales del distrito judicial, y en la Página Web del Poder Judicial, del 27 de Noviembre al 08 de Diciembre del 2009.
Las Bases de éste concurso se remitirán vía courier y correo electrónico a todas las dependencias del Distrito Judicial de Cañete, a fin de que se expongan en los paneles o vitrinas a las que tienen acceso los trabajadores. Paralelamente serán remitidas, vía pagina web y/o correo electrónico, a todos los Presidentes y Administradores de las Cortes Superiores de Justicia del país.
La presentación de los documentos será en la Oficina de Administración- Área de Personal de la Corte Superior de Cañete, sita en Av. Condoray Manzana «A-2» Lote Nº 09, Urbanización Las Casuarinas, Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, desde el 09 al 14 de Diciembre del 2009, en horario de oficina, 8.00 a.m. a 1.30. .p.m. y de 2.15 p.m.. a 4:45 p.m.
Para el presente concurso de selección se tomará en cuenta los siguientes criterios de evaluación:
A. Evaluación Curricular.
Evaluación del Perfil Académico y Profesional.
a) La Evaluación Curricular se realizará el 15 de Diciembre del 2009.
b) El postulante que no alcance a cubrir el perfil requerido para el puesto será descalificado
obteniendo automáticamente cero (00.00) puntos.
c) El postulante que cumpla con el perfil requerido para el puesto, estará calificado
obteniendo automáticamente 15 puntos y pasará a la siguiente etapa del concurso.
d) El postulante que exceda el perfil requerido para el puesto; no recibirá puntaje adicional
a los quince puntos. Esta situación se anota en la Hoja de Observaciones del concurso
de Selección, para que el comité Permanente de Selección tenga un criterio adicional al
momento de realizar la entrevista Personal.
Se revisará que los postulantes no tengan en su legajo personal observaciones o recomendaciones negativas realizadas por la Oficina de Inspectoría, en caso de tenerlas, el Comité permanente de evaluación decidirá la continuación del postulante en el proceso su decisión se formalizará mediante acta administrativa.
Esta evaluación se inicia con la existencia mínima de dos postulantes por cada puesto convocado.
B.- Evaluación de Conocimientos y Psicotécnica.-
1.- La prueba de conocimientos y psicotécnico, se realizará el 21 de Diciembre del 2009, se aprueba con la obtención mínima de 18 puntos y es eliminatoria, es decir que su desaprobación descalifica automáticamente al postulante y lo retira del concurso de selección. Únicamente quienes obtengan un puntaje igual o superior rinden las pruebas psicológicas. El puntaje máximo que pueda obtener cada postulante en esta prueba es 30 puntos.
C. Evaluación Psicológica.-
1.- La Prueba Psicológica, se realizará el 07 de Enero del 2010, se aprueba con la obtención mínima de 18 puntos. El puntaje máximo que puede obtener cada postulante en esta prueba es de 30 puntos.
Comprende la Prueba Psicológica y la Entrevista Psicológica.
D.- Entrevista Personal.
La finalidad de la entrevista personal es identificar a los postulantes más competentes para ocupar cada una de las vacantes. Se realizará el 18 de Enero del 2010, por la Comisión Permanente de Evaluación.
Los postulantes aptos para pasar a esta etapa serán los que hayan superado las anteriores etapas.
Cada miembro de la Comisión permanente de selección otorga de manera independiente y personal a cada postulante entrevistado la calificación que considere justa. El puntaje que obtiene cada postulante en esta evaluación resulta de promediar los puntajes otorgados por cada miembro de la comisión de selección.
La puntuación máxima de la entrevista personal es de 25 puntos.
E.- Ganador del Concurso.
El ganador será el candidato que luego de pasar satisfactoriamente las etapas del concurso, obtenga el mayor puntaje acumulado siendo el puntaje mínimo aprobatorio de 64 puntos, de acuerdo al artículo 55° del Reglamento para el desarrollo de concurso de selección de personal en el Poder Judicial. Directiva N° 004-2008-CE-PJ, Aprobado por R.A. N° 22-2008-CE-PJ.
La comisión permanente de selección otorgará una bonificación adicional equivalente al 15 % de su puntaje acumulado final de la evaluación, al postulante discapacitado que certifique su condición al momento de presentar su postulación. Este certificado de discapacidad permanente e irreversible es otorgado por la Instituciones que señala la Ley (Establecimientos del Ministerio de Salud, Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa y ESSALUD) o la resolución ejecutiva de inscripción en el Registro Nacional de la persona con discapacidad a cargo del CONADIS, según lo señalado en el Art. 53 del Reglamento de la Ley N° 27050, aprobado por D.S N° 0003-2000-PROMUDEH y su modificatoria señalada en al Art. Primero del D.S. 003-2006-MIMDES.
Caso contrario, la Comisión de Evaluación Permanente declarará desierta dicha plaza y autorizará su cobertura a través de la convocatoria a un próximo Concurso de Incorporación (Concurso Externo).
VIII.- PERFIL ACADEMICO DE LAS PLAZAS CONVOCADAS
(El Perfil Académico de las Plazas convocadas así como la ficha de Postulación se encuentran publicadas en la página Web del Poder Judidial-CSJCÑ)
IX. CONSIDERACIONES FINALES
Primero: Todo aspecto que no este contemplado en estas Bases será resuelto de conformidad al Reglamento para el desarrollo de concurso de selección de personal en el Poder Judicial. Directiva N° 004-2008-CE-PJ, Aprobado por R.A. N° 22-2008-CE-PJ.
Segundo: Los trabajadores del Poder Judicial, interesados en participar en el concurso interno tendrán derecho a gozar de licencia con goce de haber por el tiempo que duren las Evaluaciones de conocimientos y Psicológico y la Evaluación Personal, según les corresponde.
Tercero: Se recuerda que los postulantes a las diferentes plazas vacantes convocadas en el presente Concurso Interno de Promoción, deben reunir los requisitos generales, y además reunir los requisitos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para cada plaza, así como las normas conexas.
Cuarto: La Comisión Permanente de Selección está conformada por:
Dr. PAULO JORGE VIVAS SIERRA
Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Cañete - Presidente
Dr. FEDERICO QUISPE MEJIA
Juez del Tercer Juzgado Penal de Cañete - Miembro
Dr. JOSE DE LA CRUZ VARGAS
Juez del Juzgado de Paz Letrado de Imperial - Cañete - Miembro
Econ. ROMY GAIL ALVAREZ ROJAS
Jefe de la Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Cañete
Miembro
ANEXO 01

X.- CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA

ETAPAS DEL PROCESO FECHAS

1.- DIFUSIÓN DE LA CONVOCATORIA
a) Publicación Pagina Web
b) Correo electrónico
c) Diario de mayor circulación en la localidad
d) Oficios dirigidos a las Cortes Superiores. Del 27 de Noviembre al
08 de Diciembre del 2009}
Recepción de Documentos de los postulantes. Del 09 al 14 de Diciembre
(En los días y horas de trabajo). del 2009
2.- EVALUACIÓN CURRICULAR 15 de Diciembre del 2009
Publicación de resultados de la evaluación curricular 16 de Diciembre del 2009
Presentación de Recursos. 17 de Diciembre del 2009
Absolución de Recursos. 18 de Diciembre del 2009
3.- EVALUACION DE CONOCIMIENTOS – PSICOTECNICA Y PSICOLOGICA.
Prueba de conocimiento y psicotécnico 21 de Diciembre del 2009
Publicación de resultados de la evaluación de
conocimiento 22 de Diciembre del 2009
Presentación de Recursos. 23 de Diciembre del 2009
Absolución de Recursos. 28 de Diciembre del 2009 Prueba Psicológica. 07 de Enero del 2010 Publicación de resultados de las Prueba Psicológica. 08 de Enero del 2010 Presentación de Recursos o Reclamos. 11 de Enero del 2010
Absolución de Recursos o Reclamos. 12 de Enero del 2010
Publicación de la Relación de Postulantes
aptos para la entrevista Personal 13 de Enero del 2010
4.- ENTREVISTA PERSONAL 18 de Enero del 2010
Publicación de resultados de la entrevista 19 de Enero del 2010
Presentación de recursos 20 de Enero del 2010
Absolución de Recursos 21 de Enero del 2010
DECLARACIÓN DE GANADOR DEL CONCURSO 22 de Enero del 2010
NOTA.- Ningún recurso, petición, reconsideración o reclamo de algún postulante,
interrumpe el proceso del concurso.
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO DE BIENES INMUEBLES

Expediente N° 00622-2007-0-1801-JR-CO-09, en los autos seguidos por SERVICIOS COBRANZAS E INVERSIONES S.A.C. (Cesionario del Scotiabank Perú S.A.A.) contra Lourdes Cecilia Paredes Polar de Pezo; Walter Lizandro Pezo Vargas y Jaime Dario Pezo Vargas representado por Curador Procesal Christian Domingo Flores Rodríguez sobre EJECUCION DE GARANTIA. El Décimo Primer Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, a cargo del Juez Dr. Luis Oscco Coarita, Especialista Legal Dr. Carlos Huachallanqui Sarasi, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, los siguientes bienes inmuebles:
1.- Inmueble denominado Santa Rosa de Huarangal, ubicado en la Parcela 30 A del Proyecto San José de Monte, Valle Cañete, Código Catastral N° 11882 del distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida N° P03080563 de la Zona Registral N° IX – Sede Lima.
VALOR DE TASACION: El valor de tasación asciende a la suma de US $ 60,829.50 (sesenta mil ochocientos veintinueve con 50/100 dólares americanos).
BASE DEL REMATE: Las dos terceras partes de la tasación, que asciende a la suma de US $ 40,553.00 (Cuarenta mil quinientos cincuenta y tres con 00/100 dólares americanos).
AFECTACIONES: El bien inmueble tiene las siguientes afectaciones:
a.- Hipoteca Común: Constituida a favor del Banco de Lima – Sudameris, hasta por la suma de US $ 209,258.60 dólares americanos, monto que comprende también el predio inscrito con N° P03150348, Asiento 00007, fecha 11.03.1998.
b.- Modificación de Hipoteca: A efectos de modificar la hipoteca inscrita en el asiento N° 007 de la presente partida, sólo respecto al Beneficiario, en virtud de la Cesión de Garantía Hipotecaria que otorga LIMA SUDAMERIS HOLDING S.A. (antes Banco de Lima Sudameris, antes Banco de Lima), a favor del Banco Wiese Sudameris, asiento N° 00008 de fecha 21.03.2006.
c.- Hipoteca: Jaime Dario Pezo Vargas, propietario, constituye hipoteca sobre el predio registrado en esta partida, en conjunto con otro inmueble (P03150348), a favor de la Sociedad Conyugal constituida por EDSON OMAR VILCHEZ GUZMAN y ROSA LUZ VILCA RIOS, hasta por el monto de US $ 40,000.00, en garantía del contrato de mutuo por la suma de US $ 40,000.00 Asiento N° 00009, fecha 16.05.2007.
FECHA Y HORA DEL REMATE: 14 de Diciembre del 2009, a las 15:30 horas.
LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates N° 1, ubicado en el Primer Piso del Edificio Alzamora Valdez (ex sede del Ministerio de Educación) sito en la esquina de Abancay con Nicolás de Piérola, distrito, provincia y departamento de Lima.
2.- Inmueble denominado Aquisito, ubicado en la Parcela 30, del proyecto San José de Monte, Valle Cañete, Código Catastral N° 8_3208600_00045, del distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito con la partida N° P03150348 de la Zona Registral N° IX Sede Lima.
VALOR DE TASACION: El valor de tasación asciende a la suma de US $ 34,378.80 (treinta y cuatro mil trescientos setentiocho con 80/100 dólares americanos).
BASE DEL REMATE: Las dos terceras partes de la tasación, que asciende a la suma de US $ 22,919.20 (Veintidós mil novecientos diecinueve con 20/100 dólares americanos).
AFECTACIONES: El bien inmueble tiene las siguientes afectaciones:
a.- Hipoteca: Se Constituye hipoteca común a favor del Banco de Lima – Sudameris, hasta por la suma de US $ 209,258.60 dólares americanos, monto que comprende también el predio inscrito con N° P03080563, Asiento 00004, fecha 11.03.1998.
b.- Modificación de Hipoteca: A efectos de modificar la hipoteca inscrita en el asiento N° 00004 de la presente partida, sólo respecto al Beneficiario, en virtud de la Cesión de Garantía Hipotecaria que otorga LIMA SUDAMERIS HOLDING S.A. (antes Banco de Lima Sudameris, antes Banco de Lima), a favor del Banco Wiese Sudameris, asiento N° 00006 de fecha 21.03.2006.
c.- Hipoteca: Jaime Dario Pezo Vargas, propietario, constituye hipoteca sobre el predio registrado en esta partida, en conjunto con otro inmueble (P03080563), a favor de la Sociedad Conyugal constituida por EDSON OMAR VILCHEZ GUZMAN y ROSA LUZ VILCA RIOS, hasta por el monto de US $ 40,000.00, en garantía del contrato de mutuo por la suma de US $ 40,000.00 asiento N° 00007, fecha 16.05.2007.
FECHA Y HORA DEL REMATE: 14 de Diciembre del 2009, a las 16:00 horas.
LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates N° 1, ubicado en el primer piso del Edificio Alzamora Valdez (ex sede del Ministerio de Educación) sito en la esquina de Abancay con Nicolás de Piérola, distrito, provincia y departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación de cada bien, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el arancel judicial correspondiente en original y copia simple y DNI en original y copia simple, copia del RUC y del cheque de gerencia, suscribiendo dichos documentos con el número de expediente, Juzgado y generales de ley en forma legible, el poder del representante legal debe tener una antigüedad no mayor de 60 días. Alberto Oscar Ramos Wong, Abogado Martillero Público, Registro N° 226, con Telf. (01) 92636873. Los Honorarios del Martillero Público más el IGV será por cuenta del Adjudicatario. Lima, 16 de noviembre del 2009.
Carlos Huachallanqui Sarasi
Secretario Judicial
11° Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
Alberto Oscar Ramos Wong - Martillero Publico Reg. 226
Publicar: Del 30 de Noviembre al 07 de Diciembre del 2009.
EDICTOS JUDICIALES

EDICTOS DE FAMILIA
EXP.2009-0525.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez FLORES; ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN.N°07, fecha: 13.11.2009: RESUELVE: NOMBRAR CURADOR PROCESAL del demandado JORGE HUARACA DE LA CRUZ, al abogado CARLOS RAFAEL GONZÁLES PRADA, quien deberá aceptar el cargo dentro del TERCER DIA de notificado; NOTIFICAR a la agraviada HEGGAI MACNADEBAIL GAVILAN VIVANCO con la presente resolución, mediante EDICTOS..-Fdo.Secretaria: Claudio. Cañete 01.12.2009.
EXP.2006-0786.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez FLORES; ordenó publicar extracto de ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA-SENTENCIA, fecha: 16.11.2009: RESOLUCIÓN.N°23 Declara saneado el proceso y la existencia de una relación procesal valida entre las partes; RESOLUCIÓN.N°24: Admitir los medios probatorios del demandante; RESOLUCIóN.N°25-SENTENCIA: Declarar fundada la demanda de Violencia Familiar-Maltrato Físico y Psicológico ocasionado por LEONARDO DÍAZ CHOQUE en agravio de YOLANDA SARMIENTO MARCATOMA; EMPLÁCESE con EDICTOS al demandado y agraviada.-Fdo.Secretaria: Claudio. Cañete 01.12.2009.
Publicar: 3, 4, y 5 de Diciembre

EDICTOS PENALES
EL JUZGADO MIXTO DE YAUYOS, Juez SUAREZ, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2003-0021, a ISAIAS LLACCHUAS HUAMANI; con Mandato de Comparecencia; Delito: Contra la Seguridad Pública-Contaminación y Propagación; Agraviada: Municipalidad Distrital de Azangaro. Yauyos, 30.10.2009.
EXP.-2008-0021, a EUDOCIO TITO RAMOS TAIPE y JUAN RAFAEL RAMOS TRIGOS, con Mandato de Comparecencia; Delito: Contra la Fé Pública-Falsedad Ideológica; Agraviado: Pedro Blas Rojas Huaraca y otros. Yauyos 11.11.2009.
EXP.-2007-0015, a PERCY VIVAS ARENAS, con Mandato de Comparecencia; Delito: Contra el Patrimonio-Daños Agravados; Agraviada: Marden Vivas Arenas. Yauyos, 11.11.2009.
Secretario: Delgado.
Publicar: 3, 4, y 5 de Diciembre.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don RAUL TEODORO GUTIERREZ FERNANDEZ, con DNI 15436490, de 32 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión Obrero, de nacionalidad peruana, domiciliado en CPM Laura Caller Mz. M Lote 11 San Luis – Cañete; y doña JUDITH ROXANA ZUÑIGA CALDERON, con DNI 44066719, de estado civil soltera, ocupación/ profesión su casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en CPM Laura Caller Mz. M Lote 11 San Luis – Cañete; pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 27 de Noviembre del 2009.
Laudy Lady Chávez Casanova
Jefe de Registro Civil

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, MARIA HONORIA MUÑOZ RUEDA, con DNI 06242184, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor MOISES ABELARDO MUÑOZ SANCHEZ, fallecido el 19 de Octubre del 2008, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por Ley.
San Vicente, 03 de Diciembre del 2009.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

EDICTO
Exp. N° 2009-0753.- Ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Imperial de la provincia de Cañete, que despacha el Dr. José De la Cruz Vargas; Secretaria Fanny García Rengifo, solicita JOSÉ MARÍA ZAPATA TATAJE, la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO, expedida por la Municipalidad Distrital de Quilmaná; en el extremo que se agregue el número de Documento Nacional de Identidad de su esposa; quedando lo demás que contiene.- Fdo. Dr. De la Cruz.- Sec. García. Imperial, 01 e Diciembre del 2009.
Fanny Imelda García Rengifo
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL ASEGURA GARANTIAS PARA EL PROCESADO… Y PERMITE QUE VICTIMAS PUEDAN SER RESARCIDAS RAPIDAMENTE… SOSTIENE DECANO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE CAÑETE…

El Dr. Freddy Toribio Candela, Decano del Colegio de Abogados, señaló que «se ha empezado a capacitar a los abogados preparándolos para la aplicación o entrada en vigencia de este nuevo instrumento legal que tiene por finalidad agilizar los procesos judiciales, que en el anterior sistema acusatorio eran lentos tediosos y hasta onerosos.
Señaló que el primer día de aplicación del Nuevo Código Procesal Penal, mostró las bondades de lo que será su aplicación; «tengo conocimiento que por lo menos hay 4 casos que se han presentado pero estadísticamente no manejamos esto, salvo el Ministerio Público; pero, a las 00 horas del día primero de diciembre justamente se dio un caso de tenencia ilegal de armas de fuego, el mismo que culminó en un tiempo récord de 2 horas con sentencia», refirió.
Toribio Candela, indicó que «este nuevo instrumento legal tiene la finalidad de agilizar los procesos, vemos como este primer caso que se dio en Cañete de tenencia ilegal de arma de fuego donde estaba acreditada la comisión del delito consecuentemente también la responsabilidad penal, concluyo en un par de horas con sentencia, o sea desde la investigación con la intervención del Fiscal y con la sentencia expedida en este caso por el juez penal».
Agregó que «este nuevo sistema si bien es cierto hace los procesos judiciales mas ágiles, pero también es mas garantista, hoy ya el fiscal no puede formalizar una denuncia si es que no tiene elementos probatorios porque antes de aperturarse una investigación ya cuando pase el fuero judicial definitivamente, e l Fiscal como parte que representa a la sociedad y el abogado defensor van a tener la oportunidad cada quien de sustentar con argumentos propios de la defensa y los medios probatorios aportados en el proceso, para sustentar el por qué el juez debe tomar una decisión jurisdiccional».
Finalmente invocó a la ciudadanía a que tenga fe en este nuevo instrumento penal que es el código procesal penal; «va a agilizar no solamente los procesos judiciales sino que va a permitir que a las personas que no se le pueda probar su responsabilidad penal salga absuelto; es el fiscal el que tiene que probar o tiene la obligación de la carga de la prueba en este caso; con este nuevo instrumento estamos asegurando que tanto el procesado tenga las garantías mínimas garantizadas por nuestra constitución política; así como también la victima en estos casos de delitos pueda ser resarcido de manera inmediata con todo estos mecanismos de terminación anticipada que prevé este nuevo cuerpo legal».
Mientras Essalud Va En Retroceso...
HOSPITAL REZOLA SE RENUEVA...


Importantes cambios, son los que la Dirección Ejecutiva del Hospital Rezola de Cañete, anuncia para el año 2010. Además de seguir implementando nuevas especialidades con profesionales de la salud de primer nivel, el Director Ejecutivo de este nosocomio, Dr. Rodrigo Falero, informó que se estará instalando un moderno tomógrafo y mamógrafo de última generación.
Señaló que esto es parte de las acciones de mejoras en la calidad de servicio al paciente cañetano, agregando que se ha adquirido un nuevo equipo de Rayos X, que entrara en funcionamiento en corto plazo.
Explicó que estos logros para beneficio del Hospital Rezola, es el resultado de gestiones y convenios especiales con empresas privadas que cuenta con esta maquinaria de última generación y hacen posible que Cañete cuenta con su primera unidad especializada en el servicio de radiodiagnós-tico.
Aclaro que las tarifas estarán al alcance de todos los bolsillos, puntualizando que son costos hospitalarios y no de clínica particular.
«La Dirección no va ha permitir que haya distinciones de ningún tipo y esta tarifa hospitalaria hará posible que el paciente de bajos recursos sea atendido con calidad y con un diagnostico 99 por ciento seguro», puntualizo, tras recordar que el Hospital Rezola es un establecimiento que tiene como prioridad a las personas de escasos recursos económicos.
ALAN GARCIA PIDE EVALUACION DE UNIVERSIDADES PARA VERIFICAR CALIDAD DE ENSEÑANZA

Con el fin de verificar la idoneidad y la calidad de la enseñanza que imparten, el presidente de la República, Alan García, planteó una evaluación rápida y minuciosa de todas las universidades del país. «Tenemos que ir a una rápida evaluación de todas las universidades, de todas sin excepción, para ver dónde se da buena educación y dónde se está engañando a los muchachos», expresó.
El mandatario exigió, por ello, un informe al Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace) sobre el tema.
Dijo que la evaluación de universidades la pueden realizar instituciones nacionales o del exterior, que saben qué es lo que deben aprobar los profesionales que se forman en esos centros superiores de estudios.
El jefe del Estado comentó que en los últimos años, el país fue testigo de la proliferación de universidades privadas así de la cantidad de filiales que, en secreto, fueron creadas para ofrecer una educación de ínfima calidad.
Manifestó, asimismo, que entregan documentos como títulos a nombre de la Nación, pero afirmó que la Nación no debería dar títulos si no se acredita mediante un examen claro los méritos de cada centro de estudios, «porque se está engañando a la juventud».
En ese contexto, demandó Sineace, que en el marco de su autonomía, informe sobre el trabajo que realiza para supervisar la calidad de la enseñanza universitaria.
Sostuvo que muchas veces, con el escudo de la supuesta autonomía, «no se hace nada para verificar que la educación que se da a los jóvenes que pagan mensualmente su dinero tenga calidad».
«No podemos mercantilizar a ese extremo la educación, de manera que le exijo como jefe del Estado a la institución encargada que nos dé un informe cuanto antes sobre esto porque no puede volverse cómplice de una mala educación por parte del Estado», anotó.
El mandatario ofreció declaraciones a la prensa luego de reunirse con el ministro de Educación, José Antonio Chang, en la sede de esa cartera.

04 diciembre 2009

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE CONMEMORA XVI ANIVERSARIO DE CREACIÓN INSTITUCIONAL...
La presencia del Poder Judicial, a lo largo y ancho de nuestro territorio patrio, se ha dado a través de un proceso largo e inagotable, por lo que al cabo de 188 años de vida republicana, aún no ha finalizado su crecimiento, siendo significativo sobre todo en las últimas dos décadas, pero hasta la fecha no ha conseguido completar el número de órganos jurisdiccionales suficientes que la población requiere, pese al gran esfuerzo que sobre el particular han puesto sus Órganos de Gobierno, por lo que no podemos olvidar que uno de los factores que contribuyen a que se de esta situación es la dotación presupuestal que siempre resulta insuficiente, y de otro lado también, no puede soslayarse el crecimiento demográfico considerable que vive nuestro país, como otros países de la región considerados en vías de desarrollo.
En este contexto, hasta el año 1993 los justiciables, litigantes, agraviados y abogados, de las Provincias de Cañete y Yauyos, se veían obligados a desplazarse y viajar a la Provincia Constitucional del Callao, para continuar sus procesos judiciales ante la Corte Superior de Justicia del Callao, que era la instancia competente para resolver los Recursos de Apelación y/o consultas, en los casos tan cotidianos como divorcios, alimentos, tenencia de menor, reposición a sus centros de trabajo, beneficios sociales, entre otros, y en materia penal los juzgamientos o juicios orales y las apelaciones se procesaban ante la Corte Superior del Callao, en la Sala Superior correspondiente, puesto que las Provincias de Cañete y Yauyos, sólo contaban con Juzgados de Paz Letrados y Juzgados de Primera Instancia distribuidos de la siguiente forma: 02 Juzgados Penales con sede en el Distrito de San Vicente de Cañete, donde también funcionaba 01 Juzgado Especializado en lo Civil que veía también asuntos de Menores, y 01 Juzgado Agrario (antes denominado Juzgado de Tierras), y un Juzgado de Paz Letrado. Para toda la Provincia de Yauyos sólo funcionaba 01 Juzgado Mixto, con sede en la Capital de Yauyos, con competencia en asuntos civiles y penales, de familia, laboral, etc.
Es recién el 04 de Diciembre de 1993, cuando por Resolución Administrativa N° 061-93-EC-PJ se pone en funcionamiento la Corte Superior de Justicia de Cañete, por cuanto en el año 1992, por Decreto Ley N° 25680, de fecha 18 de Agosto de ese año, se había creado el DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE, que extiende su competencia geográfica a las Provincias de:
Cañete: (con sus 16 Distritos: Chilca, Mala, San Antonio, Santa Cruz de Flores, Calango, Asia, Coayllo, Cerro Azul, San Luis, San Vicente de Cañete, Quilmana, Imperial, Nuevo Imperial, Lunahuaná, Pacarán, y Zuñiga.)
Yauyos: (con 33 Distritos: Alis, Allauca, Ayavirí, Asángaro, Cacra, Carania, Catahuasi, Chocos, Cochas, Colonia, Hongos, Huampará, Huancaya, Huañec, Huangáscar, Huantán, Laraos, Nincha, Madean, Miraflores, Omas, Putinza, Quinches, Quinocay, San Joaquín, San Pedro de Pilas, Tanta, Tauripampa, Tomas, Tupe, Viñac, Vitis y Yauyos).
Hoy, 16 años después la realidad de la Corte Superior de Justicia de Cañete, el 1° de Diciembre acaba de inaugurarse una nueva sede, la misma que tiene un costo que sobrepasa los ocho millones de nuevos soles; y como una señal que se va rumbo a la modernidad, se acaba de implementar y poner en funcionamiento del Nuevo Código Procesal Penal.
Desde su fundación la Corte Superior tuvo a varios Presidentes de Cortes, entre los que señalamos a Ricardo Pequeño Valdivia, a José Blancas Bustamante, al Dr. Moisés Martínez Meza, a Ricardo Astoquilca Medrano, Roberto Paredes Dávila, Paulo Vivas Sierra hasta llegar a la actual doctora Silvia Consuelo Rueda Fernández.
En este trayecto, las mejoras se han venido dando a todo nivel... Se ha visto una lucha frontal contra la corrupción, se trabaja insistentemente en lograr una pronta actuación de la justicia. Se busca tener una carga procesal adecuada que permita la solución de los procesos en forma adecuada.
Sin duda, hoy es un día de regocijo para todos los que están involucrados en el quehacer judicial de la corte cañetana. Desde esta tribuna permitásenos felicitarlos e instarlos a seguir en la lucha de buscar una justicia oportuna y reiteradamente justa para la población cañetana.
A PARTIR DEL 11 FUNCIONARA CASA DE LA JUSTICIA EN QUILMANA

Gracias a la alianza estratégica interinstitucional entre el Ministerio de Justicia y la Municipalidad de Quilmaná, la población de esta localidad podrá contar a partir del 11 de diciembre con su Casa de la Justicia, que funcionará en el segundo nivel de la Galería Municipal. Ante la proximidad de la fecha de inauguración, el viceministro de Justicia, Gerardo Castro Rojas, visitó esta provincia de Cañete, donde inspeccionó las obras de remodelación, quedando conforme con los trabajos que se encuentran bastante avanzados hasta el momento. Precisamente, hace pocos días don Celestino Yactayo, Alcalde Distrital suscribió un convenio interinstitucional con el Ministerio de Justicia, a fin de entregar tres ambientes del segundo nivel para implementar la Casa de la Justicia. Asimismo, Castro Rojas se reunió con la presidenta de la Corte de Cañete, Silvia Rueda Fernández, con quien conversó e informó acerca de los servicios que brindarán estas instituciones, ya que, próximamente entrará en funcionamiento en este distrito judicial una de ellas. La titular de la Corte quedó muy satisfecha y saludó la iniciativa del Ministerio de Justicia, sobretodo porque en algunos distritos de Cañete no hay juzgados. El viceministro arribó a Cañete para participar en los actos de implementación del nuevo Código Procesal Penal, que también se implementó en el distrito judicial de Ica.
Como se recuerda, la primera Casa de la Justicia se inauguró en el distrito de Santo Tomás, capital de Chumbivilcas, Cusco, con la finalidad de acercar a la población a los servicios del sector Justicia. En estas instituciones, los pobladores podrán encontrar siete servicios de justicia y uno del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes). Se trata de los servicios del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ); el Consultorio Jurídico Popular; la Defensoría de Oficio; la Procuraduría Pública; el Procurador Anticorrupción; la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp); el Centro de Conciliación Gratuito y el Centro de Emergencia Mujer-Mimdes.
RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO, GARANTIZA A ESTUDIANTES CULMINAR SUS ESTUDIOS…

SAN VICENTE.- El rector de la Universidad Nacional del Callao, Mag. Víctor Merea Llanos, ratificó que los alumnos que estudian las diferentes carreras, culminarán sin ningún problema en su «alma mater».
«La ley señala claramente que ellos continuarán sus estudios hasta abrazar su carrera profesional y una vez que egresen, podrán dejar todos los bienes para la Universidad de Cañete», manifestó Merea Llanos.
Felicitó y se comprometió en colaborar para la creación de la Universidad Nacional de Cañete dada la amplia experiencia que tiene esta casa de estudios en lo referente a la Universidad. «Felicitamos a la población de Cañete por contar con su Universidad en base a la del Callao. Somos respetuosos de la Ley, todos los bienes en su momento pasaran a esta nueva casa de estudios», manifestó.

PETICIÓN…
Por otro lado, en la reciente visita que hizo a la Municipalidad Provincial y en diálogo que con el regidor Alan Juárez y el gerente municipal Manuel Márquez, Merea Llanos, exigió que la comuna cumpla con los ofrecimientos.
Fueron tres puntos que solicitó el rector de la Universidad del Callao. Primero, las llaves de los nuevos ambientes de material prefabricado que ha construido la comuna en el campus universitario.
Precisó que en esos nuevos ambientes, estudiarán los alumnos que ingresarán del último examen de admisión programado por la Universidad Nacional del Callao para el próximo 27 de Diciembre.
El segundo punto, recordó que la Municipalidad esclarezca sobre el compromiso que asumió la ex alcaldesa Rufina Lévano Quispe de dar un aporte de 50 soles para rebajar el costo de la enseñanza de los alumnos.
«Todos sabemos que la Sede - Callao en Cañete, es autofinanciada. Ahora, si la Municipalidad da un apoyo a los alumnos, estos podrán cancelar sólo la suma de cien nuevos soles y mejoraría en algo su economía», precisó.
En el tercer punto, Merea Llanos, pidió se concretice la vía de acceso a la ciudad universitaria que en el futuro será la Universidad Nacional de Cañete, petición que data de hace más de dos años.
Por su parte, el regidor Alan Juárez, se comprometió en hacer de conocimiento público al burgomaestre Javier Alvarado para que en sesión de concejo pueda aprobar con relación al aporte de los 50 soles.
A su turno, el gerente municipal, Manuel Márquez, puntualizó que la entrega de la obra de los nuevos ambientes prefabricados se realizará en enero próximo. «Con respecto a la vía de acceso para la universidad, se conversará con el propietario del terreno, señor José Sánchez, para comprar el área de terreno o ver alguna permuta», precisó Márquez.
Mala: Gran Reencuentro de Promoción…Después de 20 Años
Escribe. Marcelino Antonio Agapito Manco (corresponsal en Mala)
La rica biografía de Dionisio Nepomuce-no Manco Campos, nacido el 8 de Mayo de 1914, hijo de don Eusebio Manco Huapaya y Adelaida Campos de Manco, incluye, sus dotes de Maestro, Escritor, Poeta y Periodista; por cosas del destino el nombre Dionisio es de origen griego que significa, «el que consagra a Dios en la adversidad» y vayan a saber las vicisitudes que pasó este ejemplar hombre. En Mala la institución emblemática de educación secundaria perenniza su memoria llevando su nombre, I.E.P «DIONISIO MANCO CAMPOS», y es la casa que cobijó a la Promoción «José María Arguedas «durante 5 años (1985-1989), sembrando amistades que perduran con el tiempo, pensamientos que duermen y se convierten en hermosos sueños al despertar, aún se escuchan las voces del himno vibrante, diciendo: «Una ruta de luz al futuro, va trazando la acción juvenil, de esta pléyade noble y pujante, que es promesa de un nuevo Perú, el valle de Mala fecundo y sereno, nos brinda el aliento de su corazón y el limpio recuerdo del gran Manco Campos enciende en sus mentes fulgor e ideal, Florecen las almas de los estudiantes, en pos de la ciencia que da la verdad y prende su llama purificadora, la sana conducta que da la virtud, fervor en la siembra de grandes ideas, palpitan en las aulas de nuestro plantel, amor al trabajo, cariño al estudio, son frutos dilectos que ofrecen su afán, con fe en el mañana se elevan las voces, vibrantes y claras de la juventud, son himnos sonoros de manco campinos, llevando la antorcha del nuevo Perú»…es el alma que se vivifica mucho más, es el recuerdo de reconocimiento al espléndido Maestro que derramó sabiduría, esperanzas y fue el guía espartano que secundó al padre, al gran guerrero, que se convierte en héroe cada día para educar a sus hijos; al amigo (a) inolvidable, al que no se le ve durante muchos años; hoy han progresado muchos de ellos, ocupando cargos importantes en la administración pública y privada, acrecentaron su familia y entienden que hay que dar gracias a DIOS, y por ello han programado para mañana sábado a horas 18.00 p.m. una Misa de Salud en el Templo Matriz de Mala, luego habrá una Ceremonia de Reencuentro a las 19.30 p.m. en el patio central, iniciando con la expresión cívica del Himno Nacional, el Himno del colegio, la proyección de un video clip con imágenes inéditas de la promoción, cena de confraternidad y a partir de las 20.30 un gran baile general con la Orquesta Show Internacional «Joselito»; se ha invitado a los Profesores Asesores y personas que son un referente para la promoción, saludamos este gesto de gratitud a su alma mater, y si es posible que el reencuentro sirva para reunir voluntades y apoyo entre compañeros, y que siempre caminen como un solo puño devolviendo todo aquello que se recibió un día gratuitamente y ahora puedan fructificar en las nuevas generaciones.

Corporación Educativa
Guadalupe Organiza VIII
Concurso de Marinera Norteña…
La Mag. Adriana Romucho Guillen (Directora General) y el C.P.C Wilfredo Francia Arias (Promotor) de la IEPI «Guadalupanitos» R.D. Nº 00544 - UGEL 08 - IEP «Virgen de Guadalupe» R.D. Nº 0097 - 92 - ISPP «Nuestra Señora de Guadalupe» D.S. 027 - 95 – ED, en base a tenacidad y perseverancia, han logrado que sea la única institución de educación privada en la ciudad de Mala, que desde el año 1992 hasta la fecha han desarrollado institucionalmente en todos los niveles de la educación, INICIAL, PRIMARIA, SECUNDARIA, SUPERIOR (Av. Panamericana Nº 115).
Los esposos Francia-Romucho cuentan con el apoyo espiritual, moral y material de sus hijos Giovana Ruth, Ing. Industrial (residente en EE.UU); Cesar Augusto, Ing. Industrial; y William, Ing. Petróleo (residente en Canadá); de tal manera que corporativamente muestran una solidez y disciplina, liderado por la Maestra Adriana Romucho Guillen quien laboró por mas de 20 años en el Colegio Rector de la República «Guadalupe» de Lima, como profesora de Matemática y Física; esta replica ha dado resultados exitosos, que son motivo de orgullo para los habitantes del valle de Mala; por ello todos los años sus alumnos ocupan los primeros lugares de ingreso en los exámenes de admisión a las mejores universidades del país, aquí algunos ejemplos para distinguir a sus ex – alumnos que han hecho honor a su lema ¡Del Colegio…A la Universidad!: Iván Jhonatan Agapito Evangelista (4º Puesto Computo General UNMSM - 2009), Daniel Leonardo Palomino Cama; (2º Puesto Ing. Electrónica UNMSM - 2009) y muchos otros que han ocupado un puesto de honor ingresando a las mejores Universidades del país; comprendiendo que todas las áreas del desarrollo humano son importantes.
Hoy se lleva a cabo el concurso en la categoría Pre infantes (nivel inicial), mañana sábado 5 de diciembre a partir de las 08.00 a.m continúa el VIII Festival y Concurso de Marinera Norteña - 2009, para difundir la identidad nacional y regional, el mismo que cuenta con la participación de todos los alumnos, generando mucha expectativa y sana competencia entre padres de familia, profesores y los propios alumnos, quienes por convicción se preparan intensamente. Cabe destacar la identificación y como propulsor de este arte ante la familia guadalupana del profesor Oscar Galindo Huerta, las bandas, escapularios, medallas para el I, II y III puesto están listos para ceñirse en el pecho de los campeones por categorías, Infantes (1º al 3º), Infantiles (4º al 6º) en el nivel primario, y Junior (1º al 5º) en secundaria.

Correligionarios del
cono norte irán en caravana...
Hoy a horas 18.30 p.m en la Av. 2 de Mayo 464 - San Vicente, se realizará la Ceremonia de Juramentación de autoridades electas para el periodo 2009 – 2011 del partido que fundará Don Fernando Belaunde Terry, y ante la ampliamente esperada renovación de cuadros solicitado por sus partidarios y simpatizantes, han cifrado sus expectativas en la figura de la flamante Secretaria General Provincial Mag. Ana María Palomino Cueto, quien hasta ahora no ocupó cargo partidario alguno, siendo postergada, al igual que otros por la «vieja» dirigencia; también lo acompañan Mario Cárdenas Bertini, de impecable trayectoria, entre otros, que según sus partidarios permiten abrigar esperanzas de revitalizar este partido, cabe señalar que los distritos del cono norte como: Chilca, San Antonio, y Asia están representados por el partido de la lampa, por tal motivo sus dirigentes confirman que viajaran en caravana a la hora y lugar señalado; entrevistada Ana María Palomino en Radio Activa 107.1 F.M – Programa» Poder Político» manifestó que hoy estarán presentes los Congresistas Jhony Lescano Ancieta (Secretario General Nacional) y Víctor Andrés García Belaunde.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

CONVOCATORIA N°002 – 2009


BASES DEL CONCURSO INTERNO PARA CUBRIR PLAZAS VACANTES Y PRESUPUESTADAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE

I.- OBJETIVO Y FINALIDAD DEL CONCURSO
Seleccionar al personal de mayor idoneidad al puesto, mediante la evaluación de los conocimientos y habilidades de los trabajadores del Poder Judicial que estén interesados en acceder a una plaza vacante y presupuestada de mayor nivel, responsabilidad y remuneración.
II.- ALCANCE
Podrán participar todos los trabajadores del Poder Judicial, bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 (sin importar su condición contractual). Además las personas que se encuentren contratados por Servicios No Personales, CAS. En todos los casos deben contar con una antigüedad mínima de dos (02) años prestando servicios ininterrumpidos en la Institución.
Cada trabajador interesado podrá postular a una sola plaza vacante y presupuestada. Quien presente más de una postulación será separado automáticamente del proceso, sin derecho a rectificación.
III.- BASE LEGAL
- Constitución Política del Perú
- Ley Orgánica del Poder Judicial.
- Presupuesto Analítico de Personal, aprobado mediante R.A. N° 214-2008-P/PJ.
- uadro de Asignación de Personal, aprobado mediante R.A.N°030-2002-P/PJ.
- Ley N° 29142 del Presupuesto del Sector Público para el Año fiscal 2008.
- Perfil de cargos para los trabajadores del Poder Judicial sujetos al Decreto Legislativo
N° 728, aprobados mediante R.A. N° 604-2003-GG-PJ.
- Manual de Organización y Funciones de la Corte Superior de Justicia de Cañete,
aprobados mediante R.A. N° 031-2004-P-CSJCÑ/PJ
- Reglamento Interno de Trabajo, aprobados mediante R.A. N° 010-2004-CE-PJ.
- Escala de Bono por Función Jurisdiccional para los trabajadores del Poder Judicial,
aprobado mediante R.A. N° 191-2006-P-PJ.
- Ley N° 27050, Ley de la Persona con Discapacidad.
- Reglamento para el desarrollo de concurso de selección de personal en el Poder Judicial.
Directiva N° 004-2008-CE-PJ, Aprobado por R.A. N° 22-2008-CE-PJ.
IV.- CANTIDAD DE PLAZAS A CUBRIR POR CONCURSO:

PLAZAS VACANTES Y PRESUPUESTADAS CANTIDAD Código de Plaza

Secretario Judicial 03 006527
006463
005480
Asistente Judicial 02 011254
011092
Técnico Judicial 02 005614
011105
Auxiliar Judicial 04 006339
011285
010853
011286
Asistente Administrativo I 01 009913
Auxiliar Administrativo I 04 007315
010716
009978
006910
Auxiliar Administrativo II 01 006924

Número total de plazas: 17

V.- DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA POSTULACION
(Contenido del Expediente)
a) Ficha del Postulante debidamente llenada (Anexo N° 03).
b) Declaración Jurada de no incurrir en incompatibilidad por parentesco, ni tener
antecedentes penales ni policiales (Anexo N° 04).
c) Si el personal es discapacitado, deberá presentar el certificado de discapacidad
permanente e irreversible, otorgado por institución competente que lo acredite como tal.
VI.-REQUISITOS GENERALES PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE
a) Tener una antigüedad mínima de dos (02) años de servicio ininterrumpido en la institución bajo los alcances de los D.L. N° 728 (sin importar su condición laboral) o de servicios no personales (CAS).
b) No haber sido sancionado con medida disciplinaria de Multa o de Suspensión en los seis (06) meses anteriores a la fecha en que presenta su postulación (Consentida y/o
ejecutoriada).
c) No haber sido ascendido en los doce (12) meses anteriores a la fecha en que postula.
d) No estar incurso en incompatibilidad por razón de parentesco conforme a la ley de la
materia.
VII.- PROCEDIMIENTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El anuncio de la convocatoria será publicado en el Diario Encargado de los Avisos Judiciales del distrito judicial, y en la Página Web del Poder Judicial, del 27 de Noviembre al 08 de Diciembre del 2009.
Las Bases de éste concurso se remitirán vía courier y correo electrónico a todas las dependencias del Distrito Judicial de Cañete, a fin de que se expongan en los paneles o vitrinas a las que tienen acceso los trabajadores. Paralelamente serán remitidas, vía pagina web y/o correo electrónico, a todos los Presidentes y Administradores de las Cortes Superiores de Justicia del país.
La presentación de los documentos será en la Oficina de Administración- Área de Personal de la Corte Superior de Cañete, sita en Av. Condoray Manzana «A-2» Lote Nº 09, Urbanización Las Casuarinas, Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, desde el 09 al 14 de Diciembre del 2009, en horario de oficina, 8.00 a.m. a 1.30. .p.m. y de 2.15 p.m.. a 4:45 p.m.
Para el presente concurso de selección se tomará en cuenta los siguientes criterios de evaluación:
A. Evaluación Curricular.
Evaluación del Perfil Académico y Profesional.
a) La Evaluación Curricular se realizará el 15 de Diciembre del 2009.
b) El postulante que no alcance a cubrir el perfil requerido para el puesto será descalificado
obteniendo automáticamente cero (00.00) puntos.
c) El postulante que cumpla con el perfil requerido para el puesto, estará calificado
obteniendo automáticamente 15 puntos y pasará a la siguiente etapa del concurso.
d) El postulante que exceda el perfil requerido para el puesto; no recibirá puntaje adicional
a los quince puntos. Esta situación se anota en la Hoja de Observaciones del concurso
de Selección, para que el comité Permanente de Selección tenga un criterio adicional al
momento de realizar la entrevista Personal.
Se revisará que los postulantes no tengan en su legajo personal observaciones o recomendaciones negativas realizadas por la Oficina de Inspectoría, en caso de tenerlas, el Comité permanente de evaluación decidirá la continuación del postulante en el proceso su decisión se formalizará mediante acta administrativa.
Esta evaluación se inicia con la existencia mínima de dos postulantes por cada puesto convocado.
B.- Evaluación de Conocimientos y Psicotécnica.-
1.- La prueba de conocimientos y psicotécnico, se realizará el 21 de Diciembre del 2009, se aprueba con la obtención mínima de 18 puntos y es eliminatoria, es decir que su desaprobación descalifica automáticamente al postulante y lo retira del concurso de selección. Únicamente quienes obtengan un puntaje igual o superior rinden las pruebas psicológicas. El puntaje máximo que pueda obtener cada postulante en esta prueba es 30 puntos.
C. Evaluación Psicológica.-
1.- La Prueba Psicológica, se realizará el 07 de Enero del 2010, se aprueba con la obtención mínima de 18 puntos. El puntaje máximo que puede obtener cada postulante en esta prueba es de 30 puntos.
Comprende la Prueba Psicológica y la Entrevista Psicológica.
D.- Entrevista Personal.
La finalidad de la entrevista personal es identificar a los postulantes más competentes para ocupar cada una de las vacantes. Se realizará el 18 de Enero del 2010, por la Comisión Permanente de Evaluación.
Los postulantes aptos para pasar a esta etapa serán los que hayan superado las anteriores etapas.
Cada miembro de la Comisión permanente de selección otorga de manera independiente y personal a cada postulante entrevistado la calificación que considere justa. El puntaje que obtiene cada postulante en esta evaluación resulta de promediar los puntajes otorgados por cada miembro de la comisión de selección.
La puntuación máxima de la entrevista personal es de 25 puntos.
E.- Ganador del Concurso.
El ganador será el candidato que luego de pasar satisfactoriamente las etapas del concurso, obtenga el mayor puntaje acumulado siendo el puntaje mínimo aprobatorio de 64 puntos, de acuerdo al artículo 55° del Reglamento para el desarrollo de concurso de selección de personal en el Poder Judicial. Directiva N° 004-2008-CE-PJ, Aprobado por R.A. N° 22-2008-CE-PJ.
La comisión permanente de selección otorgará una bonificación adicional equivalente al 15 % de su puntaje acumulado final de la evaluación, al postulante discapacitado que certifique su condición al momento de presentar su postulación. Este certificado de discapacidad permanente e irreversible es otorgado por la Instituciones que señala la Ley (Establecimientos del Ministerio de Salud, Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa y ESSALUD) o la resolución ejecutiva de inscripción en el Registro Nacional de la persona con discapacidad a cargo del CONADIS, según lo señalado en el Art. 53 del Reglamento de la Ley N° 27050, aprobado por D.S N° 0003-2000-PROMUDEH y su modificatoria señalada en al Art. Primero del D.S. 003-2006-MIMDES.
Caso contrario, la Comisión de Evaluación Permanente declarará desierta dicha plaza y autorizará su cobertura a través de la convocatoria a un próximo Concurso de Incorporación (Concurso Externo).
VIII.- PERFIL ACADEMICO DE LAS PLAZAS CONVOCADAS
(El Perfil Académico de las Plazas convocadas así como la ficha de Postulación se encuentran publicadas en la página Web del Poder Judidial-CSJCÑ)
IX. CONSIDERACIONES FINALES
Primero: Todo aspecto que no este contemplado en estas Bases será resuelto de conformidad al Reglamento para el desarrollo de concurso de selección de personal en el Poder Judicial. Directiva N° 004-2008-CE-PJ, Aprobado por R.A. N° 22-2008-CE-PJ.
Segundo: Los trabajadores del Poder Judicial, interesados en participar en el concurso interno tendrán derecho a gozar de licencia con goce de haber por el tiempo que duren as Evaluaciones de conocimientos y Psicológico y la Evaluación Personal, según les corresponde.
Tercero: Se recuerda que los postulantes a las diferentes plazas vacantes convocadas en el presente Concurso Interno de Promoción, deben reunir los requisitos generales, y además reunir los requisitos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para cada plaza, así como las normas conexas.
Cuarto: La Comisión Permanente de Selección está conformada por:
Dr. PAULO JORGE VIVAS SIERRA
Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Cañete - Presidente
Dr. FEDERICO QUISPE MEJIA
Juez del Tercer Juzgado Penal de Cañete - Miembro
Dr. JOSE DE LA CRUZ VARGAS
Juez del Juzgado de Paz Letrado de Imperial - Cañete - Miembro
Econ. ROMY GAIL ALVAREZ ROJAS
Jefe de la Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Cañete
Miembro
ANEXO 01

X.- CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA

ETAPAS DEL PROCESO FECHAS

1.- DIFUSIÓN DE LA CONVOCATORIA
a) Publicación Pagina Web
b) Correo electrónico
c) Diario de mayor circulación en la localidad
d) Oficios dirigidos a las Cortes Superiores. Del 27 de Noviembre al
08 de Diciembre del 2009}
Recepción de Documentos de los postulantes. Del 09 al 14 de Diciembre
(En los días y horas de trabajo). del 2009
2.- EVALUACIÓN CURRICULAR 15 de Diciembre del 2009
Publicación de resultados de la evaluación curricular 16 de Diciembre del 2009
Presentación de Recursos. 17 de Diciembre del 2009
Absolución de Recursos. 18 de Diciembre del 2009
3.- EVALUACION DE CONOCIMIENTOS – PSICOTECNICA Y PSICOLOGICA.
Prueba de conocimiento y psicotécnico 21 de Diciembre del 2009
Publicación de resultados de la evaluación de
conocimiento 22 de Diciembre del 2009
Presentación de Recursos. 23 de Diciembre del 2009
Absolución de Recursos. 28 de Diciembre del 2009 Prueba Psicológica. 07 de Enero del 2010 Publicación de resultados de las Prueba Psicológica. 08 de Enero del 2010 Presentación de Recursos o Reclamos. 11 de Enero del 2010
Absolución de Recursos o Reclamos. 12 de Enero del 2010
Publicación de la Relación de Postulantes
aptos para la entrevista Personal 13 de Enero del 2010
4.- ENTREVISTA PERSONAL 18 de Enero del 2010
Publicación de resultados de la entrevista 19 de Enero del 2010
Presentación de recursos 20 de Enero del 2010
Absolución de Recursos 21 de Enero del 2010
DECLARACIÓN DE GANADOR DEL CONCURSO 22 de Enero del 2010
NOTA.- Ningún recurso, petición, reconsideración o reclamo de algún postulante,
interrumpe el proceso del concurso.
ANEXO 02
CONVOCATORIA N° 002-2009-CPSCPVCSJCÑ- PJ
LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE CONVOCA A CONCURSO INTERNO DE PROMOCION PARA CUBRIR LAS SIGUIENTES PLAZAS PRESUPUESTADAS VACANTES:
I.- FINALIDAD DEL CONCURSO DE SELECCIÓN
Cubrir la plaza vacantes y presupuestadas conforme al cuadro adjunto al presente, para la Corte Superior de Justicia de Cañete.
II.- REQUISITOS GENERALES PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE
- Podrán participar todos los trabajadores del Poder Judicial, bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 (sin importar su condición contractual). Además las personas que se encuentren contratados por Servicios no Personales. En todos los casos deben contar con una antigüedad mínima de 02 años prestando servicios ininterrumpidos en la Institución.
- No haber sido sancionado con medida disciplinaria de Multas o de Suspensión en los seis (06) meses anteriores a la fecha en que se presente la postulación.
- No haber sido ascendido en los doce (12) meses anteriores a la fecha en que se presenta la postulación.
- No incurrir en incompatibilidad por razón de parentesco previsto en el artículo 198° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
III.- ASPECTOS DE INTERÉS
Las Bases del Concurso de Selección, así como la Ficha de Postulación, los formatos de declaraciones juradas y el cronograma se encuentran publicados en la página web del Poder Judicial: www.pj.gob.pe
La presentación de los documentos solicitados, precisados en las Bases del Concurso así como la Ficha de Postulación, se recibirá en la Oficina de Administración - Área de Personal de la Corte Superior de Cañete, sita en Av. Condoray Manzana «A», Lote Nº 09, Urbanización Las Casuarina, Distrito de San Vicente de Cañete, Provincia de Cañete. En el horario de Oficina de 8:00 a 1:30 y 2:15 a 4:45 pm.
Los documentos presentados por los postulantes no serán devueltos por que forman parte del acervo documentario del concurso.
LA COMISIÓN DE CONCURSO PERMANENTE
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO DE BIENES INMUEBLES
Expediente N° 00622-2007-0-1801-JR-CO-09, en los autos seguidos por SERVICIOS COBRANZAS E INVERSIONES S.A.C. (Cesionario del Scotiabank Perú S.A.A.) contra Lourdes Cecilia Paredes Polar de Pezo; Walter Lizandro Pezo Vargas y Jaime Dario Pezo Vargas representado por Curador Procesal Christian Domingo Flores Rodríguez sobre EJECUCION DE GARANTIA. El Décimo Primer Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, a cargo del Juez Dr. Luis Oscco Coarita, Especialista Legal Dr. Carlos Huachallanqui Sarasi, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, los siguientes bienes inmuebles:
1.- Inmueble denominado Santa Rosa de Huarangal, ubicado en la Parcela 30 A del Proyecto San José de Monte, Valle Cañete, Código Catastral N° 11882 del distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida N° P03080563 de la Zona Registral N° IX – Sede Lima.
VALOR DE TASACION: El valor de tasación asciende a la suma de US $ 60,829.50 (sesenta mil ochocientos veintinueve con 50/100 dólares americanos).
BASE DEL REMATE: Las dos terceras partes de la tasación, que asciende a la suma de US $ 40,553.00 (Cuarenta mil quinientos cincuenta y tres con 00/100 dólares americanos).
AFECTACIONES: El bien inmueble tiene las siguientes afectaciones:
a.- Hipoteca Común: Constituida a favor del Banco de Lima – Sudameris, hasta por la suma de US $ 209,258.60 dólares americanos, monto que comprende también el predio inscrito con N° P03150348, Asiento 00007, fecha 11.03.1998.
b.- Modificación de Hipoteca: A efectos de modificar la hipoteca inscrita en el asiento N° 007 de la presente partida, sólo respecto al Beneficiario, en virtud de la Cesión de Garantía Hipotecaria que otorga LIMA SUDAMERIS HOLDING S.A. (antes Banco de Lima Sudameris, antes Banco de Lima), a favor del Banco Wiese Sudameris, asiento N° 00008 de fecha 21.03.2006.
c.- Hipoteca: Jaime Dario Pezo Vargas, propietario, constituye hipoteca sobre el predio registrado en esta partida, en conjunto con otro inmueble (P03150348), a favor de la Sociedad Conyugal constituida por EDSON OMAR VILCHEZ GUZMAN y ROSA LUZ VILCA RIOS, hasta por el monto de US $ 40,000.00, en garantía del contrato de mutuo por la suma de US $ 40,000.00 Asiento N° 00009, fecha 16.05.2007.
FECHA Y HORA DEL REMATE: 14 de Diciembre del 2009, a las 15:30 horas.
LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates N° 1, ubicado en el Primer Piso del Edificio Alzamora Valdez (ex sede del Ministerio de Educación) sito en la esquina de Abancay con Nicolás de Piérola, distrito, provincia y departamento de Lima.
2.- Inmueble denominado Aquisito, ubicado en la Parcela 30, del proyecto San José de Monte, Valle Cañete, Código Catastral N° 8_3208600_00045, del distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito con la partida N° P03150348 de la Zona Registral N° IX Sede Lima.
VALOR DE TASACION: El valor de tasación asciende a la suma de US $ 34,378.80 (treinta y cuatro mil trescientos setentiocho con 80/100 dólares americanos).
BASE DEL REMATE: Las dos terceras partes de la tasación, que asciende a la suma de US $ 22,919.20 (Veintidós mil novecientos diecinueve con 20/100 dólares americanos).
AFECTACIONES: El bien inmueble tiene las siguientes afectaciones:
a.- Hipoteca: Se Constituye hipoteca común a favor del Banco de Lima – Sudameris, hasta por la suma de US $ 209,258.60 dólares americanos, monto que comprende también el predio inscrito con N° P03080563, Asiento 00004, fecha 11.03.1998.
b.- Modificación de Hipoteca: A efectos de modificar la hipoteca inscrita en el asiento N° 00004 de la presente partida, sólo respecto al Beneficiario, en virtud de la Cesión de Garantía Hipotecaria que otorga LIMA SUDAMERIS HOLDING S.A. (antes Banco de Lima Sudameris, antes Banco de Lima), a favor del Banco Wiese Sudameris, asiento N° 00006 de fecha 21.03.2006.
c.- Hipoteca: Jaime Dario Pezo Vargas, propietario, constituye hipoteca sobre el predio registrado en esta partida, en conjunto con otro inmueble (P03080563), a favor de la Sociedad Conyugal constituida por EDSON OMAR VILCHEZ GUZMAN y ROSA LUZ VILCA RIOS, hasta por el monto de US $ 40,000.00, en garantía del contrato de mutuo por la suma de US $ 40,000.00 asiento N° 00007, fecha 16.05.2007.
FECHA Y HORA DEL REMATE: 14 de Diciembre del 2009, a las 16:00 horas.
LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates N° 1, ubicado en el primer piso del Edificio Alzamora Valdez (ex sede del Ministerio de Educación) sito en la esquina de Abancay con Nicolás de Piérola, distrito, provincia y departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación de cada bien, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el arancel judicial correspondiente en original y copia simple y DNI en original y copia simple, copia del RUC y del cheque de gerencia, suscribiendo dichos documentos con el número de expediente, Juzgado y generales de ley en forma legible, el poder del representante legal debe tener una antigüedad no mayor de 60 días. Alberto Oscar Ramos Wong, Abogado Martillero Público, Registro N° 226, con Telf. (01) 92636873. Los Honorarios del Martillero Público más el IGV será por cuenta del Adjudicatario. Lima, 16 de noviembre del 2009.
Carlos Huachallanqui Sarasi
Secretario Judicial
11° Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial
Corte Superior de Justicia de Lima
Alberto Oscar Ramos Wong - Martillero Publico Reg. 226
Publicar: Del 30 de Noviembre al 07 de Diciembre del 2009.
EN ELECCIONES REGIONALES HABRA SEGUNDA VUELTA... SI ES QUE NO LLEGAN AL 30% DE VOTOS VALIDOS...

El pleno del Congreso aprobó el día de ayer, un dictamen que establece la segunda vuelta en las elecciones regionales, que entrará en vigor en noviembre del 2010 y se aplicará cuando ninguno de los candidatos alcance el 30% de los votos válidos.
La norma aprobada precisa que el presidente y vicepresidentes regionales deberán ser elegidos con «no menos del 30 % de los votos válidos». En caso que ninguna de las listas alcance ese porcentaje, se procederá a una segunda vuelta entre las fórmulas que lograron las dos más altas votaciones.
Así, la segunda elección se desarrollará dentro de los 30 días siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales de la citada elección. En esta oportunidad ganará la lista que haya alcanzado la mayoría simple de los votos válidamente emitidos.
La propuesta legal aprobada modifica también algunos artículos referidos al número y elección de los miembros del Consejo Regional, la inscripción de los movimientos, organizaciones y alianzas políticas regionales.
En ese contexto, señala que en adelante los movimientos regionales para lograr su inscripción deberán adecuarse a los requisitos que establece la Ley de Partidos Políticos.
En cuanto al número de miembros del Consejo Regional, éste deberá estar conformado por un número no menor 7 ni mayor de 25 consejeros. El Jurado Nacional de Elecciones deberá determinar el número de miembros que corresponderá a cada región.
El texto sustitutorio de la norma, que modifica diversos artículos de la Ley de Elecciones Regionales, fue aprobado por 64 votos a favor, 28 en contra y 11 abstenciones. Previamente, la representación nacional aprobó una reconsideración a la votación que desestimó dicha propuesta legal en la sesión del pasado 17 de setiembre.

OTROS PROYECTOS...
Durante la sesión plenaria matinal, el Congreso aprobó una ley que autoriza el aumento de capital de la Corporación Andina de Fomento (CAF), de cinco mil millones a diez mil millones de dólares, lo cual permitirá al Perú cumplir compromisos asumidos con esa entidad regional.
Dicho monto se pagará con cargo a los recursos presupuestales asignados al pago de servicio de la deuda pública, dentro de un plazo máximo de ocho años, mediante cuotas anuales y consecutivas a ser acordadas por el Gobierno peruano.
La norma también autoriza la suscripción, a través del Ministerio de Economía, de 26 mil 760 acciones nominativas de la Serie B, que corresponden al capital ordinario de la CAF, cada una con un valor patrimonial, al año 2009, de 14 mil 200 dólares, los que hacen un total de 379 mil 992 dólares.
La propuesta presentada por el Poder Ejecutivo modifica el artículo 5º del Convenio Constitutivo de dicha entidad, aprobado en la XI Asamblea Extraordinaria de Accionistas.
La representación nacional aprobó por unanimidad la Ley de Impulso a la Promoción, Obtención, Donación y Trasplante de órganos y tejidos humanos.
Asimismo, sancionó favorablemente la norma que establece el nivel jerárquico en el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú
ECONOMIA DESEMBOLSARA RECURSOS PARA PROGRAMA DE MODERNIZACION MUNICIPAL EN PRIMER TRIMESTRE DEL 2010...

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estimó hoy que durante el primer trimestre del año 2010 se realizará el primer desembolso para el Programa de Modernización Municipal, más conocido como Foncomun 2, el cual tiene como objetivo fortalecer la gestión de los gobiernos locales.
Este programa, que se ejecutará entre los años 2010 y 2012, cuenta con un financiamiento de 600 millones de nuevos soles, cuyas transferencias a las municipalidades serán condicionadas y no incondicionales como era en un principio con el Fondo de Compensación Municipal (Foncomun).
Para ello se ha dividido a las municipalidades en cuatro grupos. El primero (D1) está compuesto por 30 municipalidades de Lima, y el segundo (D2) por 219 municipalidades (19 de Lima y 200 de provincias).
El tercer grupo (D3) está compuesto por 550 municipalidades, que tienen entre 500 y 5,000 viviendas urbanas; y el cuarto grupo (D4) tiene a 1,030 municipalidades, con menos de 500 viviendas urbanas.
«Estamos terminando el reglamento correspondiente y el primer desembolso debe hacerse en el primer trimestre del próximo año según lo proyectado», manifestó el ministro de Economía y Finanzas, Luis Carranza.
Indicó que este proyecto tendrá dos etapas en las que se busca construir las condiciones de manera gradual y dinámica, porque una vez que se alcanzan ciertas metas se tienen que ir generando nuevas.
«Se debe tener claro que este programa es diferente a Foncomun que lleva una lógica de compensación, de distribución en base a las necesidades de la población», subrayó durante la presentación del informe Doing Business 2010, elaborado por el Banco Mundial.
AVISOS JUDICIALES

EDICTOS DE FAMILIA
EXP.2009-0525.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez FLORES; ordenó publicar extracto de RESOLUCIÓN.N°07, fecha: 13.11.2009: RESUELVE: NOMBRAR CURADOR PROCESAL del demandado JORGE HUARACA DE LA CRUZ, al abogado CARLOS RAFAEL GONZÁLES PRADA, quien deberá aceptar el cargo dentro del TERCER DIA de notificado; NOTIFICAR a la agraviada HEGGAI MACNADEBAIL GAVILAN VIVANCO con la presente resolución, mediante EDICTOS..-Fdo.Secretaria: Claudio. Cañete 01.12.2009.
EXP.2006-0786.-EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE.-Juez FLORES; ordenó publicar extracto de ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA-SENTENCIA, fecha: 16.11.2009: RESOLUCIÓN.N°23 Declara saneado el proceso y la existencia de una relación procesal valida entre las partes; RESOLUCIÓN.N°24: Admitir los medios probatorios del demandante; RESOLUCIóN.N°25-SENTENCIA: Declarar fundada la demanda de Violencia Familiar-Maltrato Físico y Psicológico ocasionado por LEONARDO DÍAZ CHOQUE en agravio de YOLANDA SARMIENTO MARCATOMA; EMPLÁCESE con EDICTOS al demandado y agraviada.-Fdo.Secretaria: Claudio. Cañete 01.12.2009.
Publicar: 3, 4, y 5 de Diciembre

EDICTOS PENALES
EL JUZGADO MIXTO DE YAUYOS, Juez SUAREZ, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes procesados, para que se pongan a derecho en la instrucción seguida en su contra:
EXP.-2003-0021, a ISAIAS LLACCHUAS HUAMANI; con Mandato de Comparecencia; Delito: Contra la Seguridad Pública-Contaminación y Propagación; Agraviada: Municipalidad Distrital de Azangaro. Yauyos, 30.10.2009.
EXP.-2008-0021, a EUDOCIO TITO RAMOS TAIPE y JUAN RAFAEL RAMOS TRIGOS, con Mandato de Comparecencia; Delito: Contra la Fé Pública-Falsedad Ideológica; Agraviado: Pedro Blas Rojas Huaraca y otros. Yauyos 11.11.2009.
EXP.-2007-0015, a PERCY VIVAS ARENAS, con Mandato de Comparecencia; Delito: Contra el Patrimonio-Daños Agravados; Agraviada: Marden Vivas Arenas. Yauyos, 11.11.2009.
Secretario: Delgado.
Publicar: 3, 4, y 5 de Diciembre.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
EDICTO MATRIMONIAL
Se hace saber que ante la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, han solicitado apertura del pliego Matrimonial, don Richard Paul Ochoa Sánchez, de veintiocho años, identificado con DNI N° 41044273, natural de San Vicente de Cañete, nacionalidad peruano, estado civil soltero, domiciliado en Jr. Comercio N° 707 - Cerro Azul, Ocupación Ingeniero, hijo de don Esmelin Fermín Ochoa Peláez; y doña Beatríz Susana Sánchez Chumpitaz; y doña Grethel Gianina Garay Vicente, de veintidos años de edad, identificada con DNI N° 44996313, natural de San Vicente de Cañete, nacionalidad peruana, estado civil soltera, domiciliada en Jr. Comercio N° 707, Cerro Azul, Ocupación Empleada, hija de don César Augusto Garay Audante y doña María Yolanda Vicente Padilla; pretendiendo contraer Matrimonio Civil en este Municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlas dentro del término de ocho días, conforme a Ley.
Cerro Azul, 23 de Noviembre del 2009.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz - Jefe
Juana Raspa Vda. de Pain - Alcaldesa
¿HAY SOLUCION AL PROBLEMA DE LA VIOLENCIA FAMILIAR...?
Jessica Elizabeth Santos Jareca - Abogada con Reg. Cal Nº 32770

El problema de la violencia familiar es, que duda cabe, un problema social que aún no ha encontrado soluciones eficaces y que por el contrario se ha visto incrementado en los últimos años. Las políticas dirigidas a su erradicación no han sido productivas, las estadísticas muestran índices de violencia mayores cada año, ello puede responder a que no se ha analizado el problema a fondo, ni que se haya tomado en cuenta algunos aspectos principales que trataremos de analizar en el presente artículo.
La violencia familiar, en general, comprende todos aquellos actos violentos, desde el empleo de la fuerza física hasta las actitudes matonescas, acoso o la intimidación, que se producen en el seno de un hogar y que perpetra al menos un miembro de la familia contra otro u otros.
Este tipo de violencia tiene lugar en el ámbito familiar, pero no solo se da en el hogar (léase, entre las cuatro paredes de una casa). El término «familiar» habrá de entenderse también en sentido amplio. Así, podemos referir que la violencia familiar contiene, entre otros, a que se da entre una pareja de adultos, entre descendientes y ascendientes, la violencia hacia los niños (que suele denominarse abuso de menores), etc. Ergo, este tipo de violencia puede ser ejercida por una persona hacia su cónyuge o hijos, por un hijo hacia sus progenitores o entre hermanos.
En nuestro país el Texto Único Ordenado de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar (Decreto Supremo N° 006-97-JUS) la define como cualquier acción u omisión que cause daño físico o psicológico, maltrato sin lesión, inclusive la amenaza o coacción graves y/o reiteradas, así como la violencia sexual, que se produzcan entre: Cónyuges, ex cónyuges, convivientes, ex convivientes, ascendientes, descendientes, parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, quienes habitan en el mismo hogar siempre que no medien relaciones contractuales o laborales, quienes hayan procreado hijos en común independientemente que convivan o no al momento de producirse la violencia, uno de los convivientes y los parientes del otro hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad en las uniones de hecho.
Es precisamente este dispositivo y su reglamento los únicos que han intentado solucionar el problema. En efecto, en la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar se consagran diversas políticas para combatir y erradicar la violencia familiar.
Por ejemplo, se plantea fortalecer en todos los niveles educativos la enseñanza de valores éticos; emprender campañas de difusión de los mecanismos de defensa; promover el estudio e investigación sobre las causas de violencia familiar y medidas a adoptarse para su corrección; establecer procesos legales eficaces para las víctimas de violencia familiar, caracterizados por el mínimo de formalismo y la tendencia a brindar medidas cautelares y resarcimiento por los daños y perjuicios causados; facilitar la atención gratuita en los reconocimientos médicos requeridos por la Policía, Ministerio Público o Poder Judicial; promover a nivel nacional, a través de los gobiernos locales, políticas, programas y servicios de prevención, atención y rehabilitación, como Defensorías de la Mujer, creación de Hogares de Refugio Temporal; etc.
Todas estás directivas han sido poco eficaces, porque no se ha erradicado el problema de fondo, parecen estar dirigidas más a reparar el daño que a prevenirlo; consideramos que el aporte de está ley y su reglamento es la celeridad que le han dado al proceso policial y judicial que a nivel penal se le ha dado a la problemática de la violencia familiar, pero ¿Es esa la solución?
Si bien es importante que los procedimientos sean rápidos y poco onerosos para contrarrestas las situaciones patológicas que siempre se presentarán, todo problema no se soluciona con su criminalización o represión penal, necesitamos buscar políticas preventivas o, al menos, efectivizar las que han sido consagradas en la Ley de Violencia Familiar pero que por el momento son letra muerta.
Basta con que hagamos referencia al gran número de denuncias retiradas. Este fenómeno es bien conocido en este tipo de asuntos, en los que los lazos afectivos tiene repercusión en el tratamiento de las conductas y pone de manifiesto que la represión judicial/penal de las mismas no es si no la solución.
Entonces ¿cuál es la solución?, soy de la opinión que el marco normativo ya lo tenemos, el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar consagra una serie de políticas reparativas pero también preventivas, lamentablemente estás últimas no se han puesto en marcha. Lo primero es promover el estudio e investigación sobre las causas de violencia familiar y determinar las medidas a adoptarse para su corrección, una vez que identifiquemos las principales aristas donde se origina el problema, se deberá promover la participación activa de organizaciones, entidades públicas del nivel central, regional y local e instituciones privadas dedicadas a la protección de niños y adolescentes, adultos mayores, mujeres y en general a los asuntos familiares, para el desarrollo de labores preventivas y de control sobre la ejecución de medidas reparativas, así como para el apoyo y tratamiento de la violencia y rehabilitación de los agresores.
Estás ideas están plasmadas en los incisos c) y e) del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar, lo ideal es que se empiece a operativizar de manera sistemática e integral. Con la aplicación de tales políticas considero que los índices de violencia familiar se verán reducidos; ya tenemos un procedimiento especial, gratuito y rápido para las situaciones donde ya se haya producido algún tipo de violencia familiar, corresponde ahora trabajar en los mecanismos de prevención referidos líneas arriba.
MULTARAN HASTA CON 17,750 A MUNICIPIOS QUE REALICEN COBROS ILEGALES EN PLAYAS...

Las autoridades municipales que realicen cobros ilegales a los ciudadanos para ingresar a las playas podrían ser sancionadas con multas de hasta 17 mil 750 nuevos soles, en el marco de las acciones de fiscalización que inició esa entidad con miras a la temporada de verano. La primera medida del Indecopi fue recordar a las autoridades ediles, a través de cartas, los requisitos que deben cumplir para cobrar por concepto de estacionamiento vehicular en las diversas playas. Según la ley, el cobro tiene que estar aprobado mediante ordenanza municipal publicada en el Diario Oficial El Peruano (o en los diarios encargados de los avisos judiciales, en el caso del interior del país). Además, esta decisión debe ser ratificada por la municipalidad provincial correspondiente y también publicada en el diario oficial. La cobranza debe realizarse después de brindar el servicio y no antes, es decir, está prohibido que los municipios condicionen el ingreso a las playas al pago por estacionamiento vehicular. Asimismo, el monto a cobrar será calculado en función al tiempo que el vehículo permanezca en la zona de estacionamiento habilitada por el municipio. El Indecopi publicará en su página web la relación de playas autorizadas a cobrar parqueo vehicular y llevará a cabo inspecciones a escala nacional para verificar el cumplimiento de la ley. La participación de los ciudadanos en la fiscalización es importante, por lo que pueden presentar su queja llamando al 224-7800, anexo 1782, si se encuentran en Lima, o al 0-800-4-4040 desde cualquier provincia. También pueden escribir al correo consultasbarreras@indecopi.gob.pe. Cabe precisar que en el presente año, la institución realizó 100 inspecciones en las playas de Lima, donde detectó que los municipios de Ancón, Pucusana, Chorrillos, Chilca, San Antonio y Santa Rosa exigían pagos irregulares a los veraneantes.El alcalde de Ancón corrigió su actuar, mientras que los de Pucusana y Chorrillos fueron multados con S/. 7,100 y S/. 10,650, respectivamente.A los alcaldes de Chilca y San Antonio se les sancionó con S/. 17,750 cada uno y al de Santa Rosa con S/. 7,100. Estos tres casos se encuentran en apelación ante la Sala de Defensa de la Competencia del Indecopi.

03 diciembre 2009

OCMA SERA QUIEN INVESTIGARA QUEJAS CONTRA JUECES: CASO SEDE REGIONAL...
Ordenan Que En Cañete Y En Huaura Se Abstengan Del Conocimiento De Los Procesos...

La Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), tomó en sus manos la investigación completa de las quejas contra los Vocales de la Sala Civil de Cañete y el juez Jacinto Cama Quispe, quienes emitieron un fallo disponiendo el traslado de la sede del GRL de Huacho a Cañete, sentencia que favoreció a los cañetanos. La decisión adoptada por la Dra. Elcira Vásquez Cortez, en su condición de Jefa de la OCMA, comprende la abstención de los magistrados cañetanos y de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de ese Distrito Judicial, en la investigación sobre las quejas presentadas por el alcalde de la provincia de Huaura, Pedro Zurita Paz.

EL ARGUMENTO…
La resolución Nº 07 de fecha 13 de noviembre del 2009, pero notificada en los últimos días a la autoridad edil huachana, precisa que el Jefe de la Unidad de Visitas y Prevención de la OCMA, advirtió en el mes de octubre que ante la ODECMA de Cañete, se tramita la investigación preliminar Nº 023-2009, así como la Queja Nº 040-2009, ambas iniciadas ante la ODECMA e instauradas contra el juez Jacinto Cama y aperturadas de oficio, tomando en cuenta notas periodísticas en las que se dan cuenta de la actuación del citado magistrado, relacionadas con la acción de cumplimiento que presentaran la Municipalidad Provincial de Cañete y el ciudadano Ítalo Maldonado Montoya, solicitando el traslado de la sede del GRL de Huacho a Cañete.
Asimismo se advierte que en la Oficina de la magistrada de primera instancia de la OCMA, Dra. María Isabel Gonzáles Núñez, se ha constatado la existencia de la Investigación Preliminar Nº 8134-2009-Huaura, abierta también contra el magistrado Cama, por presunta conducta irregular en el caso de la sede del GRL, al no tomar en cuenta los precedentes vinculantes expedidos por el Tribunal Constitucional, desconociendo la jerarquía de las normas al momento de resolver.
Frente a ello, la jefa de la OCMA, dispuso la acumulación de la investigación. Es decir, que no puede haber procesos separados, sino que tanto la queja contra el juez Jacinto Cama como la de los Vocales Ricardo Fortunado Astoquilca Medrano, Paulo Jorge Vivas Sierra y Víctor Durand Prado, deben investigarse en forma conjunta para evitar decisiones contradictorias.
Asimismo, la Dra. Elcira Vásquez, ordenó que tanto la ODECMA de Cañete, así como la magistrado de Primera Instancia de OCMA, María Isabel González Núñez, se abstengan del conocimiento de los procesos administrativos (quejas) y remitan los actuados de ambos procesos a la jefatura de la OCMA para continuar con el trámite respectivo, debiendo remitirse todo al Juez Superior a cargo de la sustanciación de la investigación preliminar para su continuación.
EDE CAÑETE S.A.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.

LUGAR: Camino carrozable a la Hacienda Arona.
ZONAS AFECTADAS: CPM Arona, CPM Los Olivos, Fdo. Alayza, CPM
Santa Cruz, CPM Santa Bárbara, Distrito de San
Luis, Distrito de Cerro Azul y parte del Circuito
de Playas del Distrito de Asia de la Provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-05
CIRCUITOS: CEPS 5010
DIA: Martes 01 de diciembre de 2009.
HORA DE INICIO: 07:39 hrs. Martes 01 de Diciembre 2009.
HORA FINAL: 20:03 hrs. Martes 01 de Diciembre 2009.

Las interrupciones del servicio fueron causadas por daños en la red M.T., ocasionada Afectación por Terceros, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
OVIDIO CASTILLON EXIGE BALANCE DE OBRAS EJECUTADAS EN PLAZA DE ARMAS, PALACIO EDIL Y ESTADIO OSCAR RAMOS CABIESES...
También De Espectáculos Realizados En Festejos Imperialinos...

Ovidio Castillón, Regidor del Distrito de Imperial dio a conocer su malestar porque hasta la fecha no se le hace llegar el Balance de las diversas actividades que se realizaron durante los festejos imperialinos.
«Hasta el momento no nos hacen entrega, durante esta semana que viene ya debe estar listo, porque hubo varias sub comisiones que tienen que rendir su informe, para que la Comisión Central pueda hacer un balance general de todo lo que se ha llevado a cabo, ingresos y gastos que ha tenido por todas las actividades que se han realizado; espero que sea lo mas pronto posible, por mi parte estoy solicitando que se rinda lo mas pronto posible, pero especialmente que se rinda el balance con respecto al presupuesto que se le ha asignado a la Plaza de Armas de Imperial, por el monto de algo de 25 mil soles, y al Palacio Municipal por el monto de 22 mil soles, de los cuales hasta el momento no se me hace entrega de dicho informe; se dijo que se iba a hacer un mantenimiento pero no se ha hecho mucho según lo que se ha observado, pero es importante que se rinda cuenta de los gastos que sean realizado tanto ene el palacio municipal como en la plaza de armas de imperial, como también es el requerimiento que se haga un informe de los gastos que se han realizado en el estadio con respecto al mantenimiento con un presupuesto qué se le ha asignado de 50 mil soles. Espero que se me haga entrega de este informe para dar a conocer a la población como se ha invertido los 50 mil soles en el estadio que inicialmente tenía un presupuesto de 100 mil soles; de los 100 mil soles se gastó 25 mil soles en hacer el techado una especie de sombrilla en la tribuna y se señala que se ha gastado 25 mil soles mas para hacer el cambio de gramado, pero esa obra se paralizó porque todo el espectáculo se iba a hacer en el estadio, entonces quedo un saldo de 50 mil soles que se utilizo para hacer mantenimiento al estadio y por lo cual espero que se de cuenta y que se rinda el balance al respecto», detalló.
Ovidio Castillón ha señalado que ha presentado los documentos correspondientes solicitando los balances de dichos espectáculo que se han llevado en Imperial, «el balance no solo se debe rendir a groso modo, sino que tiene que ser sustentado con todos los documentos, tanto boletas, facturas, que se yo, que sustente los gastos eso seria un buen balance y esperemos que así sea».
Finalmente indicó que si no se entrega el balance, lo único que le queda es hacer público los documentos, «para que la población saque sus propias conclusiones, y si hay una posible denuncia que se desee realizar yo estoy gustoso de apoyarle y darle los documentos correspondientes».
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA

ORDENANZA N° 016-MDCH

Chilca, 26 de Noviembre del 2009

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA
POR CUANTO:
El Concejo de la Municipalidad Distrital de Chilca
VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha ; y,

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa;

Que, de otro lado el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos;

Que, las Ordenanzas Municipales tienen jerarquía de Ley, y a través de ellas se aprueba entre otros, la organización interna de la entidad;

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 37º de la Ley Orgánica de Municipalidades, los funcionarios y empleados de las municipalidades se sujetan al régimen laboral general aplicable a la administración pública, a decir, la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público aprobada por el D. Leg. 276, y su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 005-90-PCM;

Que, el Artículo 4º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa establece que la misma es permanente y se rige, entre otros, por los principios de Igualdad de oportunidades y de Retribución justa y equitativa, regulada por un sistema único homologado;

Que, asimismo el Artículo 5º del cuerpo legal antes citado señala que el Sistema Unico de Remuneraciones se rige por los principios de Universidad y Adecuada compensación económica;

Que, finalmente el Artículo 8º de la norma antes señalada, prevé que la Carrera Administrativa se estructura por grupos ocupacionales y niveles;

Que, de las disposiciones antes acotadas se desprende que la remuneraciones de los servidores del Sector Público deben establecerse en función a los grupos ocupaciones y niveles, correspondiendo a los servidores que están en un mismo grupo ocupacional y nivel una misma remuneración;

Que, la Municipalidad Distrital de Chilca no cuenta con una Escala remunerativa que establezca las remuneraciones de sus servidores de acuerdo a grupos ocupacionales y niveles; como consecuencia de ello, las remuneraciones de los servidores de la entidad no resultan equivalentes entre si para aquellos que pertenecen a un mismo grupo ocupacional y nivel remunerativo, contraviniéndose los principios señalados precedentemente;

Que, por tanto resulta necesario establecer la Escala Remunerativa de la Municipalidad Distrital de Chilca, con arreglo a Ley;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 – Ley del Sistema Nacional Presupuestario y la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el 2007; Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, con el voto Mayoritario de los miembros del Concejo y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente Ordenanza;

ORDENANZA QUE REGULA LA ESCALA REMUNERATIVA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA

ARTÍCULO PRIMERO.- ESTABLECER la Escala Remunerativa de la Municipalidad Distrital de Chilca conforme a lo siguiente:

GRUPO OCUPACIONAL REMUNERACION
FUNCIONARIOS
ALCALDE 2600
GERENTE MUNICIPAL 2400
GERENTES 1600
SUB GERENTES 1200

EMPLEADOS ULTIMO NIVEL NIVEL MAXIMO
PROFESIONALES 1000 1100
TECNICOS 900 1000
AUXILIARES 700 800

ARTICULO SEGUNDO.- La presente Escala Remunerativa entrará en vigencia a partir del ejercicio fiscal 2010.

ARTICULO TERCERO.- Facultar al Despacho de Alcaldía a emitir las disposiciones pertinentes que garanticen la aplicación de la presente Ordenanza.

ARTICULO CUARTO.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Presupuesto y Planeamiento y a las Sub Gerencias de Contabilidad y Personal el cumplimiento de la presente Ordenanza.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

PABLO NALDA QUIROZ
ALCALDE