JUDICIALES
EDICTO NOTARIAL
En mi oficio notarial se ha presentado MEDALIT CRISTINA MENESES GUTIERREZ solicitando la RECITFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMENTO de LUSI ARMANDO MENESES GUTIERREZ expedido por la Municipalidad Provincial de Cañete, en los siguientes extremos: Dice: JUAN MENESES. Debe Decir: JUAN PABLO MENESES SARAVIA
Dice: CRISTINA GUTIERREZ. Debe Decir: CRISTINA YSABEL GUTIERREZ LINARES
Lo que se comunica de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26662, para los fines consiguientes. Cañete, 14 de Julio del 2008.
Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario
EDICTO NOTARIAL
En mi oficio notarial se ha presentado MEDALIT CRISTINA MENESES GUTIERREZ, solicitando la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de JAIME AUGUSTO MENESES GUTIERREZ, expedido por la Municipalidad Provincial de Cañete, en los siguientes extremos: Dice: JUAN MENESES. Debe Decir: JUAN PABLO MENESES SARAVIA
Dice: CRISTINA GUITERREZ. Debe Decir: CRISTINA YSABEL GUTIERREZ LINARES
Lo que se comunica de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26662, para los fines consiguientes. Cañete, 14 de Julio del 2008.
Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario
EDICTO NOTARIAL
En mi oficio notarial se ha presentado MEDALIT CRISTINA MENESES GUTIERREZ solicitando la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMENTO de JUAN JORGE MENESES GUTIERREZ, expedido por la Municipalidad Provincial de Cañete, en los siguientes extremos:
Dice: JUAN MENESES. Debe Decir: JUAN PABLO MENESES SARAVIA
Dice: CRISTINA GUTIERREZ. Debe Decir: CRISTINA YSABEL GUTIERREZ LINARES
Lo que se comunica de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26662, para los fines consiguientes. Cañete, 14 de Julio del 2008.
Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vasquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete; AMARILDO VALERO DAVILA GARCIA, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMEINTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, se ha consignado por error el nombre de su madre como: CANDELARIA GARCIA LEVANO; debiendo ser correctamente, como: FELICITA GARCIA LEVANO, presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley. Cañete, 18 de Junio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado - Notario de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete; BEATRIZ NOEMI DAVILA GARCIA, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO inscrito en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, se ha consignado por error el nombre de su madre, como: CANDELARIA GARCIA LEVANO, debiendo ser correctamente, como: FELICITA GARCIA LEVANO, presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley. Cañete, 18 de Junio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado - Notario de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante Notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete; NORMA EDELVIRA DAVILA GARCIA, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, se ha consignado por error los nombres de sus padres, como: ABEL ESTEBAN DAVILA CALDERON Y CANDELARIA FELICITA GARCIA LEVANO; debiendo ser correctamente como: ABEL DAVILA CALDERON Y FELICITA GARCIA LEVANO, presenta medios de prueba, se publica para fines de Ley. Cañete, 13 de Mayo del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Imperial – Cañete, dieciocho de Junio del año dos mil ocho
De conformidad con lo establecido en la Ley 26662, VISTOS, la solicitud de RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de don LUIS ALBERTO DAVILA GARCIA, presentado por EL MISMO, para que se RECTIFIQUE dicha partida, y siendo que la solicitud cumple con los requisitos de ADMISIBILIDAD y con los anexos correspondientes, SE ADMITE A TRAMITE dicha solicitud, y por tanto se realice las publicaciones y demás de Ley. Con conocimiento del (a) solicitante.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
EDICTO JUDICIAL
Exp. Nº 2008-0197.- Dte. Cristina Vanessa Córdova Pacheco. Ddo. Andrés Fredy Avila Manco. Mat. Reconocimiento de Convivencia; por ante el Primer Juzgado Especializado de Familia – Cañete, el señor Juez ha dictado la siguiente resolución que se transcribe.
RESOLUCION Nº 02, de fecha 31 de Marzo del 2008.
1º) ADMITIR la demanda interpuesta por CRISTINA VANESSA CORDOVA PACHECO, sobre RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA, y la dirige contra la SUCESION DE ANDRES FREDY AVILA MANCO, y tramítese en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, en consecuencia córrase TRASLADO de la demanda a los emplazados a efectos de que la absuelva en el plazo de SESENTA DIAS; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; y para tale efecto NOTIFIQUESE por Edicto.
Fanny Imelda García Rengifo
Secretaria Judicial
1º Juzgado de Familia de Cañete
15, 16 y 17 de Julio
EDICTO
Exp. Nº 086-2008 ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José De La Cruz Vargas, Secretario Ernesto Hurtado Villavicencio en los seguidos por CARLOS VITALIANO SANCHEZ NEGRON contra Pilar Guanilo Vda. De Paucar y Etelvina Paucar Guanilo se ha proveído: RESOLUCION UNO, Imperial, veintinueve de Febrero del año dos mil ocho. ADMITASE la demanda de Prueba Anticipada (Reconocimiento de documento y absolución de posiciones) vía proceso no contencioso, contra Pilar Guanilo Vda. De Paucar y Etelvina Paucar Guanilo citándose a las partes para Audiencia de Actuación y Declaración Judicial. RESOLUCION TRES, Imperial, veintiocho de Abril del año dos mil ocho. NOTIFIQUESE a la Sucesión de don Jesús Mateo Paucar Vicente mediante edictos bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.
Imperial, 01 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
15, 16 y 17 de Julio.
EDICTO NOTARIAL
En mi oficio notarial se ha presentado FRANCISCO TRUJILLO CISNEROS, solicitando la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE SU MATRIMONIO de fecha 28 de Noviembre de 1981, expedido por la Municipalidad Provincial de Cañete, en los siguientes extremos: Dice: FRANCISCO TRUJILLO ROCA. Debe Decir: FRANCISCO TRUJILLO CISNEROS.
Lo que se comunica de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26662, para los fines consiguientes. Cañete, 14 de Julio del 2008.
Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario
EDICTO NOTARIAL
En mi oficio notarial se ha presentado MEDALIT CRISTINA MENESES GUTIERREZ, solicitando la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de MARIA ELENA MENESES GUTIERREZ, expedido por la Municipalidad Provincial de Cañete, en los siguientes extremos: Dice: JUAN MENESES. Debe Decir: JUAN PABLO MENESES SARAVIA
Dice: CRISTINA GUTIERREZ. Debe Decir: CRISTINA YSABEL GUTIERREZ LINARES.
Lo que se comunica de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26662, para los fines consiguientes.
Cañete, 14 de Julio del 2008.
Alonso Noriega Altamirano
Abogado - Notario
EDICTO NOTARIAL
En mi oficio notarial se ha presentado MEDALIT CRISTINA MENESES GUTIERREZ, solicitando la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de MARISA ISABEL MENESES GUTIERREZ, expedido por la Municipalidad Provincial de Cañete, en los siguientes extremos: Dice: JUAN MENESES. Debe Decir: JUAN PABLO MENESES SARAVIA
Dice: CRISTINA GUTIERREZ. Debe Decir: CRISTINA YSABEL GUTIERREZ LINARES
Lo que se comunica de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26662, para los fines consiguientes.
Cañete, 14 de Julio del 2008.
Alonso Noriega Altamirano
Abogado - Notario
EDICTO NOTARIAL
En mi oficio notarial se ha presentado MEDALIT CRISTINA MENESES GUTIERREZ, solicitando la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO expedida por la Municipalidad Provincial de Cañete, en los siguientes extremos: Dice: JUAN MENESES. Debe Decir: JUAN PABLO MENESES SARAVIA
Dice: CRISTINA GUITERREZ. Debe Decir: CRISTINA YSABEL GUTIERREZ LINARES
Lo que se comunica de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26662, para los fines consiguientes.
Cañete, 14 de Julio del 2008.
Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario de Cañete
CONVOCATORIA A PRIMER REMATE PÚBLICO
En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. con MARIA ELIZABETH CERRON SANCHEZ, EDELMIRA DORIS CERRON SANCHEZ y GERVASIO NESTOR RIVAS MORENO sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente 350-2004, el Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete, a cargo del señor Juez Dr. José De La Cruz Vargas, Especialista Legal Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná Mz. 45, lote 1A, distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, e inscrito en el código de predio P17009670 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete, zona Registral IX Sede Lima.
AFECTACIONES: 1) Hipoteca registrada en el asiento 00004 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. hasta por la suma de S/. 7,000.00 (siete mil y 00/100 nuevos soles) título presentado el 11.06.03 e inscrito el 20.06.03. 2) Embargo en forma de inscripción registrado en el asiento 00005 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. por la suma de S/. 5,200.00 inscrito con fecha 14.10.04, y que origina el presente remate.
VALOR DE TASACIÓN: US $. 3,822.80 (tres mil ochocientos veintidós y 80/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 2,548.53 (dos mil quinientos cuarenta y ocho con 53/ 100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación.
DIA Y HORA DEL REMATE: 31 de Julio del 2008, a las 11:00 a.m.
LUGAR DE REMATE: Local del Juzgado: Jr. Dos de Mayo Nº 598, primer piso, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en efectivo o cheque de Gerencia y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y DNI) suscribiéndolo con número de expediente, generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Cañete, 11 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial - Cañete
Mauricio Ponce Valdivia
Martillero Público
Registro Nº 236
Publicar: Del 15 al 21 de Julio.
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 2004-00447-0-0801-JR-CI-1 seguido por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. (antes Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete S.A.A.) contra HERMEN GREGORIO GOMEZ VILLAR Y ELSA CASTILLO ESPINOZA DE GOMEZ sobre ejecución de garantías reales, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzales Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Av. Ramos Nº 447 (antes Nº 487) Distrito de Imperial, Provincia de Cañete y Departamento de Lima; cuyo dominio, área y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
TASACIÓN: US$. 36,212.92 (treinta y seis mil doscientos doce con 92/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 24,141.94 (veinticuatro mil ciento cuarenta y uno con 94/ 100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1) Primera y Preferencial Hipoteca a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de US $ 20,000.00 (veinte mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana).
LUGAR DE REMATE: En el local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando a la tasa judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de expediente y número de DNI en original y copia, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005- JUS y están afectos al IGV Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti
Martillero Público
Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 11 al 17 de Julio.
17 julio 2008
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ORDENANZA Nº 019-2008-MPC
Cañete, 08 de julio de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha sobre el embanderamiento y pintado de fachada de los inmuebles en el distrito de San Vicente, provincia de Cañete y departamento de Lima, con motivo de las próximas Fiestas Patrias.
CONSIDERANDO:
Que, el 28 de julio de 2008, la Nación celebra el 187º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.
Que, es deber del Gobierno Local realizar este magno acontecimiento patrio, incentivando la participación cívica del vecindario y afirmado el respecto a los símbolos de la patria;
Que, además, siendo trascendental dicha fecha en nuestra historia, es obligación de los vecinos presentar una ciudad con fachadas limpias, debidamente pintadas, mejorando el ornato, y proceder al embanderamiento de la ciudad, como manifestación Cívico Patriótico de la ciudadanía Cañetana.
Estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidad Ley Nº 27972, con el voto unánime de los Señores Regidores, y con la dispensa de lectura y aprobación del acta; se aprueba la siguiente:
ORDENANZA DE EMBANDERAMIENTO Y PINTADO EN EL DISTRITO DE SAN VICENTE
Artículo 1º.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO general del distrito de San Vicente, provincia de Cañete, a partir de la fecha de publicación de la presente Ordenanza hasta el 31 de Julio de 2008, con motivo de celebrarse el 187º Aniversario de la Independencia del Perú, incluyéndose en esta disposición todos los predios sean privados o públicos, de vivienda o comercio
Artículo 2º.- INVOCAR el ESPIRITU CIVICO de la población y vecinos de la ciudad de San Vicente de Cañete, a efectos de que procedan al pintado y/o limpieza de sus fachadas de los inmuebles que ocupan el ámbito urbano y rural de la ciudad; manteniéndose el color uniforme de las fachadas, dentro del perímetro de la Plaza de Armas con el tono similar al del Edificio de la Municipalidad.
Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza, a la Gerencia de Servicios Públicos a través de la División de la Policía Municipal, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, a efectos que la entidad edil adopte las medidas pertinentes para sancionar a los que no cumplan con el presente.
POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE
ORDENANZA Nº 019-2008-MPC
Cañete, 08 de julio de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha sobre el embanderamiento y pintado de fachada de los inmuebles en el distrito de San Vicente, provincia de Cañete y departamento de Lima, con motivo de las próximas Fiestas Patrias.
CONSIDERANDO:
Que, el 28 de julio de 2008, la Nación celebra el 187º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.
Que, es deber del Gobierno Local realizar este magno acontecimiento patrio, incentivando la participación cívica del vecindario y afirmado el respecto a los símbolos de la patria;
Que, además, siendo trascendental dicha fecha en nuestra historia, es obligación de los vecinos presentar una ciudad con fachadas limpias, debidamente pintadas, mejorando el ornato, y proceder al embanderamiento de la ciudad, como manifestación Cívico Patriótico de la ciudadanía Cañetana.
Estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidad Ley Nº 27972, con el voto unánime de los Señores Regidores, y con la dispensa de lectura y aprobación del acta; se aprueba la siguiente:
ORDENANZA DE EMBANDERAMIENTO Y PINTADO EN EL DISTRITO DE SAN VICENTE
Artículo 1º.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO general del distrito de San Vicente, provincia de Cañete, a partir de la fecha de publicación de la presente Ordenanza hasta el 31 de Julio de 2008, con motivo de celebrarse el 187º Aniversario de la Independencia del Perú, incluyéndose en esta disposición todos los predios sean privados o públicos, de vivienda o comercio
Artículo 2º.- INVOCAR el ESPIRITU CIVICO de la población y vecinos de la ciudad de San Vicente de Cañete, a efectos de que procedan al pintado y/o limpieza de sus fachadas de los inmuebles que ocupan el ámbito urbano y rural de la ciudad; manteniéndose el color uniforme de las fachadas, dentro del perímetro de la Plaza de Armas con el tono similar al del Edificio de la Municipalidad.
Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza, a la Gerencia de Servicios Públicos a través de la División de la Policía Municipal, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, a efectos que la entidad edil adopte las medidas pertinentes para sancionar a los que no cumplan con el presente.
POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE
16 julio 2008
Novenas y verbenas se llevaron con éxito...
ANOCHE FUE LA SERENATA A LA SANTISIMA VIRGEN DEL CARMEN DE IMPERIAL... HOY ES EL DIA CENTRAL...
IMPERIAL.- Anoche fue la gran serenata en homenaje a la reyna y santísima Virgen del Carmen, patrona del distrito de Imperial y hoy "madre protectora" de la provincia de Cañete.
El mayordomo de la Hermandad de la Santísima Virgen del Carmen de Imperial, Fred Calderón Sánchez, dio las gracias a toda la feligresía que se hizo presente anoche en la gran serenata.
"Quiero agradecer a toda la feligresía de Imperial que ha participado de una u otra forma en las diferentes novenas que se ha desarrollado a lo largo de esta semana, y que ha acudido en masa a celebrar la gran serenata que se le ha dedicado a nuestra santa patrona", acotó Fred Calderón.
16 DE JULIO… FECHA CENTRAL...
Hoy fecha central de la festividad en homenaje a la Virgen se inicia a prtir de las 06 de la mañana con una salva de cohetes saludando la fecha; luego a partir de las 09 de la mañana habrá una retreta musical con lo mejor del repertorio de la Banda Oficial «Mi Perú». Luego se desarrollará el paseo e izamiento del pabellón nacional a cargo de la Hermandad de la Virgen del Carmen.
A las 11 de la mañana se iniciará el recibimiento de las hermandades y diferentes instituciones educativas policiales; luego la Misa de Fiesta se realizará a partir de las 12 del día.
A partir de la 01:00 de la tarde se iniciará el tradicional besamanos a la Virgen; para pasar a la realización de una Kermese organizada por la Hermandad; para luego por la tarde efectuarse el recorrido procesional de la sagrada imagen por las principales arterias de Imperial.
Hay que señalar que la misa central será oficiada por el Párroco de este distrito, Monseñor, Frutus Berzal Robledo en los ambientes de la Parroquia "Virgen del Carmen", debido que la iglesia está en plena refacción.
LAS VERBENAS…
Hay que precisar que fueron los comerciantes del mercado "San Leonardo", quienes cerraron con broche de oro las novenas y rindieron el homenaje a la reyna y patrona del mundo; esta verbena se llevó a cabo el último lunes 14.
GREMIO DE PROFESIONALES… ¡SE PASÓ!
De otro lado, el presidente de los gremios profesionales que ofreció una de las mejores novenas y verbenas, Dr. Mario Cama Sánchez, mostró su agradecimiento por esta nueva experiencia.
"La verdad que agradezco mucho a todos los amigos que me han brindado el apoyo, tal es el caso de Roberto Lázaro, el Ing. Hubert Luyo Soto, el Ing. Fredy Vicente y muchos más que nos brindaron su apoyo"; acotó Mario Cama.
MAÑANA... FIN DE FIESTA... CON SEGUNDO RECORRIDO PROCESIONAL..
La festividad se cierra con un nuevo recorrido procesional de la sagrada imagen de la Virgen del Carmen por diversas calles del distrito de Imperial, a partir de las 04:00 p.m.
ANOCHE FUE LA SERENATA A LA SANTISIMA VIRGEN DEL CARMEN DE IMPERIAL... HOY ES EL DIA CENTRAL...
IMPERIAL.- Anoche fue la gran serenata en homenaje a la reyna y santísima Virgen del Carmen, patrona del distrito de Imperial y hoy "madre protectora" de la provincia de Cañete.
El mayordomo de la Hermandad de la Santísima Virgen del Carmen de Imperial, Fred Calderón Sánchez, dio las gracias a toda la feligresía que se hizo presente anoche en la gran serenata.
"Quiero agradecer a toda la feligresía de Imperial que ha participado de una u otra forma en las diferentes novenas que se ha desarrollado a lo largo de esta semana, y que ha acudido en masa a celebrar la gran serenata que se le ha dedicado a nuestra santa patrona", acotó Fred Calderón.
16 DE JULIO… FECHA CENTRAL...
Hoy fecha central de la festividad en homenaje a la Virgen se inicia a prtir de las 06 de la mañana con una salva de cohetes saludando la fecha; luego a partir de las 09 de la mañana habrá una retreta musical con lo mejor del repertorio de la Banda Oficial «Mi Perú». Luego se desarrollará el paseo e izamiento del pabellón nacional a cargo de la Hermandad de la Virgen del Carmen.
A las 11 de la mañana se iniciará el recibimiento de las hermandades y diferentes instituciones educativas policiales; luego la Misa de Fiesta se realizará a partir de las 12 del día.
A partir de la 01:00 de la tarde se iniciará el tradicional besamanos a la Virgen; para pasar a la realización de una Kermese organizada por la Hermandad; para luego por la tarde efectuarse el recorrido procesional de la sagrada imagen por las principales arterias de Imperial.
Hay que señalar que la misa central será oficiada por el Párroco de este distrito, Monseñor, Frutus Berzal Robledo en los ambientes de la Parroquia "Virgen del Carmen", debido que la iglesia está en plena refacción.
LAS VERBENAS…
Hay que precisar que fueron los comerciantes del mercado "San Leonardo", quienes cerraron con broche de oro las novenas y rindieron el homenaje a la reyna y patrona del mundo; esta verbena se llevó a cabo el último lunes 14.
GREMIO DE PROFESIONALES… ¡SE PASÓ!
De otro lado, el presidente de los gremios profesionales que ofreció una de las mejores novenas y verbenas, Dr. Mario Cama Sánchez, mostró su agradecimiento por esta nueva experiencia.
"La verdad que agradezco mucho a todos los amigos que me han brindado el apoyo, tal es el caso de Roberto Lázaro, el Ing. Hubert Luyo Soto, el Ing. Fredy Vicente y muchos más que nos brindaron su apoyo"; acotó Mario Cama.
MAÑANA... FIN DE FIESTA... CON SEGUNDO RECORRIDO PROCESIONAL..
La festividad se cierra con un nuevo recorrido procesional de la sagrada imagen de la Virgen del Carmen por diversas calles del distrito de Imperial, a partir de las 04:00 p.m.
Con éxito se llevó a cabo la selección en la CPRE-UNAC...
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO CONVOCA EXAMEN DE ADMISION EL PROXIMO 27 DE JULIO EN CAÑETE...
SAN VICENTE.- Con éxito se realizó el examen de selección en el Centro Pre Universitario de la Universidad Nacional del Callao donde cubrieron las 120 vacantes en las diferentes especialidades que dicha casa de estudios ofertó.
El examen se realizó sin contratiempo alguno el pasado domingo 13 de Julio en la IEP "República de Chile", tal como se desarrolla anualmente en esta casa de estudios.
Los alumnos contentos y felices, ingresaban a rendir su examen, teniendo en cuenta que aquellos que no hayan logrado alcanzar el puntaje requerido, tienen la opción del próximo 27 de Julio.
El presidente de la Comisión de Implementación de la UNAC, CPC Wieliche Vicente Alva, invitó a todos los jóvenes a participar en su próximo examen de admisión a realizarse antes de fiestas patrias.
Las carreras que ofrece la universidad son Ingeniería de Sistemas, Ingeniería de Alimentos, e Ingeniería Ambiental y de Recursos Naturales, en el Bloque I.
Mientras que en el Bloque II están Administración, Contabilidad y Enfermería. Cabe señalar, que los postulantes tienen doble opción para poder ingresar; es decir, si no agarra la primera opción lo puede hacer la otra especialidad.
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO CONVOCA EXAMEN DE ADMISION EL PROXIMO 27 DE JULIO EN CAÑETE...
SAN VICENTE.- Con éxito se realizó el examen de selección en el Centro Pre Universitario de la Universidad Nacional del Callao donde cubrieron las 120 vacantes en las diferentes especialidades que dicha casa de estudios ofertó.
El examen se realizó sin contratiempo alguno el pasado domingo 13 de Julio en la IEP "República de Chile", tal como se desarrolla anualmente en esta casa de estudios.
Los alumnos contentos y felices, ingresaban a rendir su examen, teniendo en cuenta que aquellos que no hayan logrado alcanzar el puntaje requerido, tienen la opción del próximo 27 de Julio.
El presidente de la Comisión de Implementación de la UNAC, CPC Wieliche Vicente Alva, invitó a todos los jóvenes a participar en su próximo examen de admisión a realizarse antes de fiestas patrias.
Las carreras que ofrece la universidad son Ingeniería de Sistemas, Ingeniería de Alimentos, e Ingeniería Ambiental y de Recursos Naturales, en el Bloque I.
Mientras que en el Bloque II están Administración, Contabilidad y Enfermería. Cabe señalar, que los postulantes tienen doble opción para poder ingresar; es decir, si no agarra la primera opción lo puede hacer la otra especialidad.
DIRECTORES DE LAS PROVINCIAS DE CAÑETE, YAUYOS, HUAROCHIRI Y CANTA SERAN CAPACITADOS EN EL COLEGIO PARROQUIAL "SAN JOSE"...
Mediante nota de prensa enviada a los diferentes medios de comunicación, la UGEL 08 de Cañete convoca a los Directores de las diversas Instituciones Educativas Públicas del ámbito de la Ugel 08, que no hayan sido capacitados anteriormente; a participar de la capacitación que se llevará a cabo del 21 al 25 de Julio del 2008, en el Auditórium de la Institución Educativa Parroquial "San José" del Centro Poblado Cerro Alegre del distrito de Imperial, en el horario de 08:00 a.m. a 18:00 horas.
Este evento que ejecutará el Ministerio de Educación a los directores de las diferentes Instituciones Educativas se desarrollará gracias a la coordinación entre la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Lima, la Dirección Regional de Educación Lima Provincias y la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 08 Cañete.
La provincia de Cañete, será sede de la capacitación que recibirá además a los Directores de las provincias de Yauyos, Huarochirí y Canta.
Se comunica a los Directores que a continuación se menciona a recoger el Oficio Múltiple Nº 196-2008-D.UGEL Nº 08-C-JAGP.
01.- PISCOYA MANRIQUE, JOSÉ; Nº 20165
02.- CAMPOS ABURTO, FERMÍN; Nº 20167
03.- AGÜERO CUYA, ANTONIO LAURO, Nº 20169
04.- GUERRERO HUAMÁN, JORGE YONY, MIGUEL GRAU
05.- HUAYAMARES DE RODRIGUEZ, ROSA; Nº 20975
06.- LAZARO HUAMÁN, GUIDO; Nº 20243
07.- CONTRERAS ESPINOZA, JOSÉ; Nº 21531.
08.- LIZANA ENCISO, FERNANDO; Nº 20876.
09.- CHUMPITAZ SOLIS, JOSÉ; Nº 20927
10.- REYNA RAMOS JUSTO; Nº 21506
11.- QUISPE DE LA CRUZ, WALTER, "NSTRA SRA. DE LA ASUNCIÓN"
12.- MENDOZA PADILLA, CÉSAR AUGUSTO "ANTUÑEZ DE MAYOLO"
13.- ÑAÑEZ VARGAS, HEBERT SANTOS Nº 20975
14.- QUISPE GUERRA, LUIS ALBERTO, "NSTRA. SRA. DE LA ASUNCIÓN" – CHILCA
15.- FRANCIA CALAGUA, MARIBEL, Nº 20125
16.- MORALES LEÓN, JUAN MANUEL Nº 20163
17.- VALENTÍN VILLAREAL, ESMIGDIA Nº 20970
18.- ATUNCAR ALMEYDA, JOSÉ SANTOS Nº 20123
19.- GUERRERO CANDELA, IGNACIO "MARISCAL BENAVIDES"
20.- GUZMAN SÁNCHEZ, WILFREDO SAÚL "NSTRA. SRA. DEL VALLE"
21.- CAYCHO CHUMPITAZ, CLARA DOMITILA Nº 20203
22.- CHUMPITAZ ARIAS, PABLO Nº 20969
23.- ALMEYDA JACOBO, JOSÉ FERNANDO Nº 20965
24.- LA ROSA HUAPAYA, JOSEFINA Nº 20960
25.- VALENCIA SALDAÑA, ALEXANDER Nº 20925
26.- JOAQUIN ATENCIO, SMITH JUSTO Nº 20944
27.- CANDELA CAYCHO, JOSÉ LUIS Nº 21001
28.- HERNANDEZ FRANCO, LUIS ALBERTO, Nº 20147
29.- HUAMÁN MEDINA, ANTONIA Nº 21506
30.- JESÚS HIPÓLITO, JUAN IRALDO Nº 20168
31.- CARDENAS SÁNCHEZ, WALTER Nº 20193
32.- CASTRO CÁCERES, LUIS ALBERTO Nº 20147
33.- VILCA CANCINO, QUINTÍN FREDI Nº 20177
34.- COLQUEPISCO MARTÍNEZ, JESÚS Nº 20179
35.- YATACO YATACO, MARÍA LUISA Nº 20182
36.- CALDERÓN DE LA CRUZ, MARÍA CONSUELO, Nº 20872
37.- BONILLA MELO, BETTY LUCY Nº 20200
38.- SANTIBAÑEZ PEÑA, MINER, Nº 20957
39.- ALEGRÍA PÉREZ, CIRO, Nº 20149
40.- ALVIZURI GOMEZ, EFRAÍN, Nº 20236
41.- SAENZ LÉVANO, MIRIAM JACQUELINE I.E.I Nº 594
42.- MELO FLORES, DARIELA I.E.I Nº 440
43.- RAMOS TORRES, ZULEMA I.E.I Nº 323
44.- SÁNCHEZ SÁNCHEZ, LUCY I.E.I Nº 444
45.- GUTIERREZ GALLO, ROSARIO I.E.I Nº 346
46.- QUILLAMA ROJAS, CARMEN I.E.I Nº 476
47.- VARGAS TUYA, LUZ ZULEMA I.E.I Nº 098
48.- REYNA YUPANQUI, CONSUELO I.E.I Nº 463
49.- MORALES LUYO, FELICIA JULIA I.E.I Nº 034
50.- SALAZAR ARGUMEDO, PAOLA I.E.I Nº 612
Mediante nota de prensa enviada a los diferentes medios de comunicación, la UGEL 08 de Cañete convoca a los Directores de las diversas Instituciones Educativas Públicas del ámbito de la Ugel 08, que no hayan sido capacitados anteriormente; a participar de la capacitación que se llevará a cabo del 21 al 25 de Julio del 2008, en el Auditórium de la Institución Educativa Parroquial "San José" del Centro Poblado Cerro Alegre del distrito de Imperial, en el horario de 08:00 a.m. a 18:00 horas.
Este evento que ejecutará el Ministerio de Educación a los directores de las diferentes Instituciones Educativas se desarrollará gracias a la coordinación entre la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Lima, la Dirección Regional de Educación Lima Provincias y la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 08 Cañete.
La provincia de Cañete, será sede de la capacitación que recibirá además a los Directores de las provincias de Yauyos, Huarochirí y Canta.
Se comunica a los Directores que a continuación se menciona a recoger el Oficio Múltiple Nº 196-2008-D.UGEL Nº 08-C-JAGP.
01.- PISCOYA MANRIQUE, JOSÉ; Nº 20165
02.- CAMPOS ABURTO, FERMÍN; Nº 20167
03.- AGÜERO CUYA, ANTONIO LAURO, Nº 20169
04.- GUERRERO HUAMÁN, JORGE YONY, MIGUEL GRAU
05.- HUAYAMARES DE RODRIGUEZ, ROSA; Nº 20975
06.- LAZARO HUAMÁN, GUIDO; Nº 20243
07.- CONTRERAS ESPINOZA, JOSÉ; Nº 21531.
08.- LIZANA ENCISO, FERNANDO; Nº 20876.
09.- CHUMPITAZ SOLIS, JOSÉ; Nº 20927
10.- REYNA RAMOS JUSTO; Nº 21506
11.- QUISPE DE LA CRUZ, WALTER, "NSTRA SRA. DE LA ASUNCIÓN"
12.- MENDOZA PADILLA, CÉSAR AUGUSTO "ANTUÑEZ DE MAYOLO"
13.- ÑAÑEZ VARGAS, HEBERT SANTOS Nº 20975
14.- QUISPE GUERRA, LUIS ALBERTO, "NSTRA. SRA. DE LA ASUNCIÓN" – CHILCA
15.- FRANCIA CALAGUA, MARIBEL, Nº 20125
16.- MORALES LEÓN, JUAN MANUEL Nº 20163
17.- VALENTÍN VILLAREAL, ESMIGDIA Nº 20970
18.- ATUNCAR ALMEYDA, JOSÉ SANTOS Nº 20123
19.- GUERRERO CANDELA, IGNACIO "MARISCAL BENAVIDES"
20.- GUZMAN SÁNCHEZ, WILFREDO SAÚL "NSTRA. SRA. DEL VALLE"
21.- CAYCHO CHUMPITAZ, CLARA DOMITILA Nº 20203
22.- CHUMPITAZ ARIAS, PABLO Nº 20969
23.- ALMEYDA JACOBO, JOSÉ FERNANDO Nº 20965
24.- LA ROSA HUAPAYA, JOSEFINA Nº 20960
25.- VALENCIA SALDAÑA, ALEXANDER Nº 20925
26.- JOAQUIN ATENCIO, SMITH JUSTO Nº 20944
27.- CANDELA CAYCHO, JOSÉ LUIS Nº 21001
28.- HERNANDEZ FRANCO, LUIS ALBERTO, Nº 20147
29.- HUAMÁN MEDINA, ANTONIA Nº 21506
30.- JESÚS HIPÓLITO, JUAN IRALDO Nº 20168
31.- CARDENAS SÁNCHEZ, WALTER Nº 20193
32.- CASTRO CÁCERES, LUIS ALBERTO Nº 20147
33.- VILCA CANCINO, QUINTÍN FREDI Nº 20177
34.- COLQUEPISCO MARTÍNEZ, JESÚS Nº 20179
35.- YATACO YATACO, MARÍA LUISA Nº 20182
36.- CALDERÓN DE LA CRUZ, MARÍA CONSUELO, Nº 20872
37.- BONILLA MELO, BETTY LUCY Nº 20200
38.- SANTIBAÑEZ PEÑA, MINER, Nº 20957
39.- ALEGRÍA PÉREZ, CIRO, Nº 20149
40.- ALVIZURI GOMEZ, EFRAÍN, Nº 20236
41.- SAENZ LÉVANO, MIRIAM JACQUELINE I.E.I Nº 594
42.- MELO FLORES, DARIELA I.E.I Nº 440
43.- RAMOS TORRES, ZULEMA I.E.I Nº 323
44.- SÁNCHEZ SÁNCHEZ, LUCY I.E.I Nº 444
45.- GUTIERREZ GALLO, ROSARIO I.E.I Nº 346
46.- QUILLAMA ROJAS, CARMEN I.E.I Nº 476
47.- VARGAS TUYA, LUZ ZULEMA I.E.I Nº 098
48.- REYNA YUPANQUI, CONSUELO I.E.I Nº 463
49.- MORALES LUYO, FELICIA JULIA I.E.I Nº 034
50.- SALAZAR ARGUMEDO, PAOLA I.E.I Nº 612
Lic. Vidal Candela Cilich, afirma que dicha casa de estudios es como su hija...
"AUTORIDADES MUNICIPALES Y REGIONALES DEBEN TOMAR MAYOR INTERES EN LA UNIVERSIDAD DE LUNAHUANA"...
LUNAHUANA.- El Lic. Vidal Candela Cilich, exigió un mayor apoyo de parte de las autoridades municipales y regionales a la Universidad "José Faustino Sánchez Carrión", sede de Lunahuaná.
Vidal Candela, dio estas versiones "ad portas" de cumplir los ocho años de hacerse "realidad la universidad en Cañete" en donde él fue el coordinador para la firma del Convenio.
"Los estudiantes con justa razón hace poco salieron a protestar porque no recibe ningún tipo de apoyo del alcalde de Lunahuaná, Ovidio Espinoza. ¿No sé qué pasa?", expresó Vidal Candela.
Precisó que lo mismo ocurre con la autoridad provincial que hasta la fecha aún no se hace efectiva la entrega de los 200 mil soles que fue aprobado en sesión de concejo en el distrito de Mala.
"Me parece que mi amigo Javier Alvarado quiere borrar con el codo, lo que él consiguió con mucho esfuerzo cuando fue alcalde de Lunahuaná", precisó Candela Cilich.
Con relación a las autoridades regionales, dijo que su presidente Nelson Chui, no han hecho gestión alguna para brindar su apoyo a esta casa de estudios a pesar de las múltiples peticiones.
"Sabemos que su antecesor, Miguel Ángel Mufarech, entregó una partida económica a la Universidad de Huacho, dinero del canon, y del cual medio millón de soles iba destinado a la sede de Lunahuaná para la implementación del laboratorio. Pero, no se ve nada", precisó.
NO A LA DESCENTRALIZACION…
Candela Cilich, uno de los propulsores de la Universidad de Lunahuaná, recordó que no era partícipe de la descentralización de los programas académicos porque esto le parecía un "juego".
"Ahí están los problemas. En Imperial, los jóvenes iniciaron muy tarde el ciclo, en Cerro Azul, no dieron los resultados y en Chilca, gracias a la intervención de su alcalde Pablo Nalda, las cosas caminan", dijo.
A pesar que "curiosamente" el actual alcalde, Ovidio Espinoza, lo ha "excluido" de la coordinación, Candela Cilich, continuará apoyando a la Universidad de Lunahuaná.
"La Universidad de Lunahuaná es como mi hija. Y tengo que seguir apoyándolo desde donde me encuentre. Tocaré puertas a los amigos para que brinden su apoyo", precisó Vidal Candela.
Finalmente, dijo que los pueblos salen de su letargo a través de una formación científica que brinda la universidad a los jóvenes que labran una carrera profesional. (Elimaría Salazar).
"AUTORIDADES MUNICIPALES Y REGIONALES DEBEN TOMAR MAYOR INTERES EN LA UNIVERSIDAD DE LUNAHUANA"...
LUNAHUANA.- El Lic. Vidal Candela Cilich, exigió un mayor apoyo de parte de las autoridades municipales y regionales a la Universidad "José Faustino Sánchez Carrión", sede de Lunahuaná.
Vidal Candela, dio estas versiones "ad portas" de cumplir los ocho años de hacerse "realidad la universidad en Cañete" en donde él fue el coordinador para la firma del Convenio.
"Los estudiantes con justa razón hace poco salieron a protestar porque no recibe ningún tipo de apoyo del alcalde de Lunahuaná, Ovidio Espinoza. ¿No sé qué pasa?", expresó Vidal Candela.
Precisó que lo mismo ocurre con la autoridad provincial que hasta la fecha aún no se hace efectiva la entrega de los 200 mil soles que fue aprobado en sesión de concejo en el distrito de Mala.
"Me parece que mi amigo Javier Alvarado quiere borrar con el codo, lo que él consiguió con mucho esfuerzo cuando fue alcalde de Lunahuaná", precisó Candela Cilich.
Con relación a las autoridades regionales, dijo que su presidente Nelson Chui, no han hecho gestión alguna para brindar su apoyo a esta casa de estudios a pesar de las múltiples peticiones.
"Sabemos que su antecesor, Miguel Ángel Mufarech, entregó una partida económica a la Universidad de Huacho, dinero del canon, y del cual medio millón de soles iba destinado a la sede de Lunahuaná para la implementación del laboratorio. Pero, no se ve nada", precisó.
NO A LA DESCENTRALIZACION…
Candela Cilich, uno de los propulsores de la Universidad de Lunahuaná, recordó que no era partícipe de la descentralización de los programas académicos porque esto le parecía un "juego".
"Ahí están los problemas. En Imperial, los jóvenes iniciaron muy tarde el ciclo, en Cerro Azul, no dieron los resultados y en Chilca, gracias a la intervención de su alcalde Pablo Nalda, las cosas caminan", dijo.
A pesar que "curiosamente" el actual alcalde, Ovidio Espinoza, lo ha "excluido" de la coordinación, Candela Cilich, continuará apoyando a la Universidad de Lunahuaná.
"La Universidad de Lunahuaná es como mi hija. Y tengo que seguir apoyándolo desde donde me encuentre. Tocaré puertas a los amigos para que brinden su apoyo", precisó Vidal Candela.
Finalmente, dijo que los pueblos salen de su letargo a través de una formación científica que brinda la universidad a los jóvenes que labran una carrera profesional. (Elimaría Salazar).
EMAPA CAÑETE NECESITA PERSONAL PROFESIONAL
La Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, con la finalidad de cumplir con Obras que se vienen realizando en nuestra Provincia, y darle a la comunidad cañetana la seguridad debida, a través de la convocatoria de profesionales con conocimientos en saneamiento.
Por ello EMAPA CAÑETE, invita a presentar curriculum vitae a profesional Ing. de Obras y un Topógrafo Dibujante, para el Departamento de Proyectos y Obras; la recepción de los expedientes se hará efectiva desde el Martes 15 hasta el Lunes 21 de Julio presente año.
REQUISITOS:
Para Ing. Obras:
- 01 Ing. Civil o Sanitario (titulado), responsable de obra y liquidaciones de obras.
- 01 Ing. Sanitario (titulado), con 03 años de experiencia.
Dibujante Topógrafo: Técnico en topografía y habilidad para dibujo en Autocad, con experiencia de 2 años.
Los interesados presentar su Curriculum Vitae, en las oficinas de EMAPA Cañete, sito en Jirón Bellavista Nº 170 San Vicente
Agradecemos su difusión.
14 de Julio de 2008.
EMAPA CAÑETE… SIEMPRE A TU SERVICIO!
Oficina de Imagen Institucional . EMAPA CAÑETE S.A.
La Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, con la finalidad de cumplir con Obras que se vienen realizando en nuestra Provincia, y darle a la comunidad cañetana la seguridad debida, a través de la convocatoria de profesionales con conocimientos en saneamiento.
Por ello EMAPA CAÑETE, invita a presentar curriculum vitae a profesional Ing. de Obras y un Topógrafo Dibujante, para el Departamento de Proyectos y Obras; la recepción de los expedientes se hará efectiva desde el Martes 15 hasta el Lunes 21 de Julio presente año.
REQUISITOS:
Para Ing. Obras:
- 01 Ing. Civil o Sanitario (titulado), responsable de obra y liquidaciones de obras.
- 01 Ing. Sanitario (titulado), con 03 años de experiencia.
Dibujante Topógrafo: Técnico en topografía y habilidad para dibujo en Autocad, con experiencia de 2 años.
Los interesados presentar su Curriculum Vitae, en las oficinas de EMAPA Cañete, sito en Jirón Bellavista Nº 170 San Vicente
Agradecemos su difusión.
14 de Julio de 2008.
EMAPA CAÑETE… SIEMPRE A TU SERVICIO!
Oficina de Imagen Institucional . EMAPA CAÑETE S.A.
SANTISIMA VIRGEN DEL CARMEN... "PROTECTORA DE LA PROVINCIA DE CAÑETE"... MADRE DEL SANTISIMO CARMELO...
Escribe: Luis Roberto Pérez Manrique
Una de las notas características de la espiritualidad del Carmelo es la presencia de la Virgen María en nuestra vida, la comunión con su persona, la imitación de sus virtudes, el culto de especial veneración.
El Carmelo, según una expresión medieval, es "Todo de María". No se trata pues de una nota marginal del carisma, sino de una de las expresiones más íntimas y más queridas del culto a la Santísima Madre del Carmelo.
La presencia de la Virgen en nuestras comunidades acrecienta el sentido de "familia", por la constante y común referencia a la Virgen como presencia materna en medio de sus hijos e hijas; la dedicación a su amor y a su culto, como especial consagración, determina la intensidad del culto mariano, dentro de la más pura tradición litúrgica y espiritual de la Iglesia, renovada actualmente por las orientaciones del Concilio Vaticano II.
La consagración religiosa y la vida cristiana vivida en el Carmelo tienen como meta, según la espiritualidad de la Orden, la perfección de la caridad, del amor de Dios y del prójimo; la tensión hacia la santidad que caracteriza nuestra vida tiene en la Virgen María no sólo el modelo mas alto sino también la compañía mas eficaz de nuestra vida.
El Escapulario es uno de los mayores tesoros de la familia Carmelitana. Esencialmente, el Escapulario es el mismo hábito del Carmelita simplificado y reducido a la mínima expresión para comodidad de los seglares. Cuando a alguien le es impuesto, entra a formar parte de la gran familia del Carmelo, que está dedicada al servicio de Nuestra Señora para el bien de toda la iglesia.
Por ello cada mes de julio nuestra Provincia junto al Mundo entero, se reviste del hábito marrón y del santo Escapulario, que llevan sus devotos como muestra de su total filiación y confianza a la "Mamita del Carmen".
Aquí en nuestra provincia ya se dio inicio de la festividad de Nuestra Madre del Carmelo, especialmente en Imperial y San Vicente, donde se están y se estarán realizando unas series de actividad, con motivo del mes del Carmelo.
En San Vicente, las actividades se vienen desarrollando a lo largo de los días del presente mes, en el reciente inaugurado Santuario de la Virgen del Carmen, bajo la regencia de las Madres Carmelitas Descalzas del Monasterio de San José de San Vicente de Cañete.
SOLEMNES CULTOS EN HONOR A NUESTRA SANTISIMA MADRE LA ‘’VIRGEN DEL CARMEN" – SAN VICENTE DE CAÑETE
Del 1 al 31 de julio, a partir de las 6:30 p.m. Rezo del Santo Rosario, Oraciones del mes
7.00 p.m. Santa Misa
Del 11 al 19 de julio: SOLEMNE NOVERNARIO
6:30 p.m. Rezo el Santo Rosario y a las 7.00 p.m. Santa Misa
El Miércoles 16 de julio, a las
10:00 a.m. Solemne Misa, en honor a la Santísima Virgen del Carmen; a las 11:00 a.m. Gran Rifa Carmelitana
El Sábado 19 de julio, las SOLEMNES VISPERAS DE NUESTRA ‘’SANTÍSIMA MADRE"
7:00 p.m. Misa Solemne ofrecida por la hermanas de la cofradía
8:00 p.m. Imposición del Santo Escapulario
9:00 p.m. Gran Serenata Criolla; con la presentación de los talleres de danzas: I.S.P.P. Josemaría Escriva de Cañete, C.E.P. Victoria Barcia Boniffatti; igualmente el Grupo Musical Criollo ‘’Alicia Villalobos y los muchachos del Sabor"; así como la participación de Artistas invitados.
A las 12:00 p.m. Quema de un hermoso castillo en honor de la Santísima ‘’Virgen del Carmen".
El Domingo 20 de julio: DÍA CENTRAL, a partir de las 6:30 a.m. 21 camaretazos de saludo matutino; y a las 11:00 a.m. Misa solemne ofrecida por el grupo de oferentes de Cañete y Lima. Presidida por el Excmo. y Rvdmo. Mons. Ricardo García y García. Obispo Prelado de Cañete y los padres Carmelitas.
1:00 PM. – Gran Kermés Carmelitana con los mejores platos típicos de Cañete.
3:00 PM. – Procesión de la Sagrada Imagen de Nuestra Santísima Madre por las principales calles: 28 de julio, San Agustin, Plaza San Martín y Plaza de Armas, dando su bendición a todos sus hijos de Cañete. Acompañará la Banda Orquesta ‘’Ritmo y Sabor" Surco – Lima.
Jueves 31 de julio:
6:30 PM. – Misa y procesión por la Urb. Libertad
Madre y Hermosura del Carmelo ¡Rogad por nosotros!
Escribe: Luis Roberto Pérez Manrique
Una de las notas características de la espiritualidad del Carmelo es la presencia de la Virgen María en nuestra vida, la comunión con su persona, la imitación de sus virtudes, el culto de especial veneración.
El Carmelo, según una expresión medieval, es "Todo de María". No se trata pues de una nota marginal del carisma, sino de una de las expresiones más íntimas y más queridas del culto a la Santísima Madre del Carmelo.
La presencia de la Virgen en nuestras comunidades acrecienta el sentido de "familia", por la constante y común referencia a la Virgen como presencia materna en medio de sus hijos e hijas; la dedicación a su amor y a su culto, como especial consagración, determina la intensidad del culto mariano, dentro de la más pura tradición litúrgica y espiritual de la Iglesia, renovada actualmente por las orientaciones del Concilio Vaticano II.
La consagración religiosa y la vida cristiana vivida en el Carmelo tienen como meta, según la espiritualidad de la Orden, la perfección de la caridad, del amor de Dios y del prójimo; la tensión hacia la santidad que caracteriza nuestra vida tiene en la Virgen María no sólo el modelo mas alto sino también la compañía mas eficaz de nuestra vida.
El Escapulario es uno de los mayores tesoros de la familia Carmelitana. Esencialmente, el Escapulario es el mismo hábito del Carmelita simplificado y reducido a la mínima expresión para comodidad de los seglares. Cuando a alguien le es impuesto, entra a formar parte de la gran familia del Carmelo, que está dedicada al servicio de Nuestra Señora para el bien de toda la iglesia.
Por ello cada mes de julio nuestra Provincia junto al Mundo entero, se reviste del hábito marrón y del santo Escapulario, que llevan sus devotos como muestra de su total filiación y confianza a la "Mamita del Carmen".
Aquí en nuestra provincia ya se dio inicio de la festividad de Nuestra Madre del Carmelo, especialmente en Imperial y San Vicente, donde se están y se estarán realizando unas series de actividad, con motivo del mes del Carmelo.
En San Vicente, las actividades se vienen desarrollando a lo largo de los días del presente mes, en el reciente inaugurado Santuario de la Virgen del Carmen, bajo la regencia de las Madres Carmelitas Descalzas del Monasterio de San José de San Vicente de Cañete.
SOLEMNES CULTOS EN HONOR A NUESTRA SANTISIMA MADRE LA ‘’VIRGEN DEL CARMEN" – SAN VICENTE DE CAÑETE
Del 1 al 31 de julio, a partir de las 6:30 p.m. Rezo del Santo Rosario, Oraciones del mes
7.00 p.m. Santa Misa
Del 11 al 19 de julio: SOLEMNE NOVERNARIO
6:30 p.m. Rezo el Santo Rosario y a las 7.00 p.m. Santa Misa
El Miércoles 16 de julio, a las
10:00 a.m. Solemne Misa, en honor a la Santísima Virgen del Carmen; a las 11:00 a.m. Gran Rifa Carmelitana
El Sábado 19 de julio, las SOLEMNES VISPERAS DE NUESTRA ‘’SANTÍSIMA MADRE"
7:00 p.m. Misa Solemne ofrecida por la hermanas de la cofradía
8:00 p.m. Imposición del Santo Escapulario
9:00 p.m. Gran Serenata Criolla; con la presentación de los talleres de danzas: I.S.P.P. Josemaría Escriva de Cañete, C.E.P. Victoria Barcia Boniffatti; igualmente el Grupo Musical Criollo ‘’Alicia Villalobos y los muchachos del Sabor"; así como la participación de Artistas invitados.
A las 12:00 p.m. Quema de un hermoso castillo en honor de la Santísima ‘’Virgen del Carmen".
El Domingo 20 de julio: DÍA CENTRAL, a partir de las 6:30 a.m. 21 camaretazos de saludo matutino; y a las 11:00 a.m. Misa solemne ofrecida por el grupo de oferentes de Cañete y Lima. Presidida por el Excmo. y Rvdmo. Mons. Ricardo García y García. Obispo Prelado de Cañete y los padres Carmelitas.
1:00 PM. – Gran Kermés Carmelitana con los mejores platos típicos de Cañete.
3:00 PM. – Procesión de la Sagrada Imagen de Nuestra Santísima Madre por las principales calles: 28 de julio, San Agustin, Plaza San Martín y Plaza de Armas, dando su bendición a todos sus hijos de Cañete. Acompañará la Banda Orquesta ‘’Ritmo y Sabor" Surco – Lima.
Jueves 31 de julio:
6:30 PM. – Misa y procesión por la Urb. Libertad
Madre y Hermosura del Carmelo ¡Rogad por nosotros!
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2008-MDSL
Cañete, 30 de Junio de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS;
VISTO:
El Informe Nº 004-2008-JRC-MDSL de fecha 05 de Junio de 2008, emitido por el área de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luís, referente a la programación de la Ceremonia del Matrimonio Civil Masivo a realizarse en los meses de Agosto y setiembre del presente año;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 4º de la Constitución establece que la Comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconociéndoles como instituciones naturales y fundamentales de la sociedad;
Que, es objetivo primordial de la presente gestión municipal propiciar las bases sólidas de formación de la familia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento y protección como célula básica de la sociedad en armonía a nuestro ordenamiento jurídico;
Que, asimismo, es necesario proporcionar facilidades a los vecinos de escasos recursos económicos para que regularicen su situación civil exonerándole de requisitos y efectuándose un pago mínimo, como ayuda a la colectividad Sanluisina;
Que, para la ejecución de éste fin social a realizarse, se debe disponer las acciones reglamentarias establecidas en el Código Civil y la Ley Orgánica de Municipalidades sobre ésta materia;
Que, mediante Informe Legal Nº 108-2008-AL-DMSL, la Oficina de Asesoría Legal opina que es procedente la realización del Matrimonio Civil Masivos a realizarse los días sábado 16 de Agosto y domingo 21 de septiembre de 2008;
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; contando con las visaciones de la Gerencia Municipal y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la celebración del Matrimonio Civil Masivo, para los días sábado 16 de Agosto en el Distrito de San Luís y Domingo 21 de Septiembre de 2008 en el Anexo C. P. M. La Quebrada, en el horario siguiente:
Sábado 16 de Agosto del 2008
Matrimonio Civil Masivo.
Hora: 12:00m.
Lugar: Frontis del Palacio Municipal.
Domingo 21 de Septiembre del 2008
Matrimonio Civil Masivo.
Hora: 12:00m.
Lugar: C.P.M. La Quebrada Frontis de la Iglesia del C. P. M.
ARTÍCULO 2º.- CONVÓQUESE a las parejas residentes en la jurisdicción de San Luís de Cañete, y anexos que deseen acogerse al artículo que antecede, debiendo presentar los siguientes requisitos:
Matrimonio Civil Masivo.
1.- Fotocopias de DNI de los contrayentes.
2.- Copias Certificadas de Partidas de Nacimiento actualizada ó con 03
Meses de antigüedad expedida por la Municipalidad correspondiente.
3.- Certificado de Salud pre-nupcial.
4.- Declaración Jurada de Soltería.
5.- Certificado Domiciliario de los contrayentes o Declaración Jurada de
Domicilio.
6.- Dos Testigos con sus respectivos DNI.
ARTÍCULO 3º.- LOS CONTRAYENTES que se acojan a los alcances de la presente Ordenanza Municipal sobre Matrimonio Civil Masivo, deberán aperturar su expediente en el Área de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luís.
ARTÍCULO 4º.- LAS INSCRIPCIONES se realizarán en la Oficina de Registro de Estado Civil, desde:
- Lunes 14 de Julio al viernes 08 de agosto de 2008, para el Matrimonio Civil Masivo a realizarse el día 16 de Agosto.
- Lunes 18 de Agosto al lunes 15 de septiembre, para el Matrimonio Civil Masivo a realizarse el día 21 de Septiembre en el C. P. M. La Quebrada.
ARTÍCULO 5º.- LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUÍS, brindará el asesoramiento gratuito por medio de la Oficina de Asesoría Legal, para la dispensa correspondiente a los menores de edad.
ARTÍCULO 6º.- ENCÁRGUESE expresamente a la Oficina de Relaciones Públicas la ejecución de una Campaña de Difusión por todos los medios posibles, para lograr captar el mayor número de parejas contrayentes y lograr los objetivos del Matrimonio Civil Masivo que autoriza la Municipalidad Distrital de San Luís.
ARTÍCULO 7º.- DISPENSAR la publicación de los Edictos Matrimoniales y de los plazos legales para la referida celebración a los contrayentes.
ARTÍCULO 8º.- ENCÁRGUESE a la Comisión de Desarrollo Humano y Social, Área de Registro de Estado Civil, Demuna y Oficina de Relaciones Públicas, coordinar y ejecutar las acciones convenientes para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ARTURO ANTEZANA URBINA
ALCALDE
Municipalidad Distrital de San Luís
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2008-MDSL
Cañete, 30 de Junio de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS;
VISTO:
El Informe Nº 004-2008-JRC-MDSL de fecha 05 de Junio de 2008, emitido por el área de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luís, referente a la programación de la Ceremonia del Matrimonio Civil Masivo a realizarse en los meses de Agosto y setiembre del presente año;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 4º de la Constitución establece que la Comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconociéndoles como instituciones naturales y fundamentales de la sociedad;
Que, es objetivo primordial de la presente gestión municipal propiciar las bases sólidas de formación de la familia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento y protección como célula básica de la sociedad en armonía a nuestro ordenamiento jurídico;
Que, asimismo, es necesario proporcionar facilidades a los vecinos de escasos recursos económicos para que regularicen su situación civil exonerándole de requisitos y efectuándose un pago mínimo, como ayuda a la colectividad Sanluisina;
Que, para la ejecución de éste fin social a realizarse, se debe disponer las acciones reglamentarias establecidas en el Código Civil y la Ley Orgánica de Municipalidades sobre ésta materia;
Que, mediante Informe Legal Nº 108-2008-AL-DMSL, la Oficina de Asesoría Legal opina que es procedente la realización del Matrimonio Civil Masivos a realizarse los días sábado 16 de Agosto y domingo 21 de septiembre de 2008;
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; contando con las visaciones de la Gerencia Municipal y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la celebración del Matrimonio Civil Masivo, para los días sábado 16 de Agosto en el Distrito de San Luís y Domingo 21 de Septiembre de 2008 en el Anexo C. P. M. La Quebrada, en el horario siguiente:
Sábado 16 de Agosto del 2008
Matrimonio Civil Masivo.
Hora: 12:00m.
Lugar: Frontis del Palacio Municipal.
Domingo 21 de Septiembre del 2008
Matrimonio Civil Masivo.
Hora: 12:00m.
Lugar: C.P.M. La Quebrada Frontis de la Iglesia del C. P. M.
ARTÍCULO 2º.- CONVÓQUESE a las parejas residentes en la jurisdicción de San Luís de Cañete, y anexos que deseen acogerse al artículo que antecede, debiendo presentar los siguientes requisitos:
Matrimonio Civil Masivo.
1.- Fotocopias de DNI de los contrayentes.
2.- Copias Certificadas de Partidas de Nacimiento actualizada ó con 03
Meses de antigüedad expedida por la Municipalidad correspondiente.
3.- Certificado de Salud pre-nupcial.
4.- Declaración Jurada de Soltería.
5.- Certificado Domiciliario de los contrayentes o Declaración Jurada de
Domicilio.
6.- Dos Testigos con sus respectivos DNI.
ARTÍCULO 3º.- LOS CONTRAYENTES que se acojan a los alcances de la presente Ordenanza Municipal sobre Matrimonio Civil Masivo, deberán aperturar su expediente en el Área de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Luís.
ARTÍCULO 4º.- LAS INSCRIPCIONES se realizarán en la Oficina de Registro de Estado Civil, desde:
- Lunes 14 de Julio al viernes 08 de agosto de 2008, para el Matrimonio Civil Masivo a realizarse el día 16 de Agosto.
- Lunes 18 de Agosto al lunes 15 de septiembre, para el Matrimonio Civil Masivo a realizarse el día 21 de Septiembre en el C. P. M. La Quebrada.
ARTÍCULO 5º.- LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUÍS, brindará el asesoramiento gratuito por medio de la Oficina de Asesoría Legal, para la dispensa correspondiente a los menores de edad.
ARTÍCULO 6º.- ENCÁRGUESE expresamente a la Oficina de Relaciones Públicas la ejecución de una Campaña de Difusión por todos los medios posibles, para lograr captar el mayor número de parejas contrayentes y lograr los objetivos del Matrimonio Civil Masivo que autoriza la Municipalidad Distrital de San Luís.
ARTÍCULO 7º.- DISPENSAR la publicación de los Edictos Matrimoniales y de los plazos legales para la referida celebración a los contrayentes.
ARTÍCULO 8º.- ENCÁRGUESE a la Comisión de Desarrollo Humano y Social, Área de Registro de Estado Civil, Demuna y Oficina de Relaciones Públicas, coordinar y ejecutar las acciones convenientes para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ARTURO ANTEZANA URBINA
ALCALDE
Municipalidad Distrital de San Luís
JUDICIALES
EDICTOS
EXP. 2006–0595, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 21/06/2006: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra HERMÓGENES CHUQUIPUY SAUÑE en agravio de Kevin Arnold Chuquipuy Challco, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN ONCE, Cañete 25/06/2008 emplácese con edictos al demandado a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL. Cañete 25/06/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén.
14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2007–0837, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 06/12/2007: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra LUZ GUERRA LEVANO Y HERMES EDGARDO SOTELO YATACO en agravio de Jhordan Smith Huallpa Guerra, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN SEIS, Cañete 01/07/2008 emplácese con edictos al demandado HERMES EDGARDO SOTELO YATACO a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. Cañete 01/07/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén. 14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2008-0098; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 31/01/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra JOSÉ SIMÓN FLORES RODRIGUEZ sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente HAYDEE VICTORIA QUISPE GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN SEIS, fecha 20/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2008-0335; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 12/05/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra ISRAEL CRISTOPHER CUENCA SOTO sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente VALENTINA ELIANA YUPAN GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN TRES, Cañete, 26/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 2004-00447-0-0801-JR-CI-1 seguido por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. (antes Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete S.A.A.) contra HERMEN GREGORIO GOMEZ VILLAR Y ELSA CASTILLO ESPINOZA DE GOMEZ sobre ejecución de garantías reales, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzales Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Av. Ramos Nº 447 (antes Nº 487) Distrito de Imperial, Provincia de Cañete y Departamento de Lima; cuyo dominio, área y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
TASACIÓN: US$. 36,212.92 (treinta y seis mil doscientos doce con 92/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 24,141.94 (veinticuatro mil ciento cuarenta y uno con 94/ 100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1) Primera y Preferencial Hipoteca a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de US $ 20,000.00 (veinte mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana).
LUGAR DE REMATE: En el local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando a la tasa judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de expediente y número de DNI en original y copia, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005- JUS y están afectos al IGV Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 11 al 17 de Julio.
EDICTO JUDICIAL
Exp. Nº 2008-0197.- Dte. Cristina Vanessa Córdova Pacheco. Ddo. Andrés Fredy Avila Manco. Mat. Reconocimiento de Convivencia; por ante el Primer Juzgado Especializado de Familia – Cañete, el señor Juez ha dictado la siguiente resolución que se transcribe.
RESOLUCION Nº 02, de fecha 31 de Marzo del 2008.
1º) ADMITIR la demanda interpuesta por CRISTINA VANESSA CORDOVA PACHECO, sobre RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA, y la dirige contra la SUCESION DE ANDRES FREDY AVILA MANCO, y tramítese en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, en consecuencia córrase TRASLADO de la demanda a los emplazados a efectos de que la absuelva en el plazo de SESENTA DIAS; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; y para tale efecto NOTIFIQUESE por Edicto.
Fanny Imelda García Rengifo
Secretaria Judicial
1º Juzgado de Familia de Cañete
15, 16 y 17 de Julio
EDICTO
Exp. Nº 086-2008 ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José De La Cruz Vargas, Secretario Ernesto Hurtado Villavicencio en los seguidos por CARLOS VITALIANO SANCHEZ NEGRON contra Pilar Guanilo Vda. De Paucar y Etelvina Paucar Guanilo se ha proveído: RESOLUCION UNO, Imperial, veintinueve de Febrero del año dos mil ocho. ADMITASE la demanda de Prueba Anticipada (Reconocimiento de documento y absolución de posiciones) vía proceso no contencioso, contra Pilar Guanilo Vda. De Paucar y Etelvina Paucar Guanilo citándose a las partes para Audiencia de Actuación y Declaración Judicial. RESOLUCION TRES, Imperial, veintiocho de Abril del año dos mil ocho. NOTIFIQUESE a la Sucesión de don Jesús Mateo Paucar Vicente mediante edictos bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.
Imperial, 01 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
15, 16 y 17 de Julio.
RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN
NOTARÍA "CAMACHO GÁLVEZ"
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, San Vicente – Cañete, se presentó doña BENEDICTA ALEJANDRINA JULIAN DE ALVAREZ, quien solicita se rectifique el ACTA DE DEFUNCION de su recordado cónyuge don ARTEMIO JAVIER ALVAREZ FRANCIA, inscrita en la Municipalidad Provincial de Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la cónyuge del Titular del Acta de Defunción: dice: ALEJANDRINA BENEDICTA JULIAN CAYCHO, debe decir: BENEDICTA ALEJANDRINA JULIAN CAYCHO. Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 03 de Julio del 2008.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi 199 – San Vicente – Cañete – Lima, MANUELA CARMEN PERALTA DE CERRON, con DNI Nº 15409805, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre CELSO PERALTA MUÑOZ, fallecido el 19 de Noviembre del 2002, teniendo como último domicilio el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 14 de Julio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
CONVOCATORIA A PRIMER REMATE PÚBLICO
En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. con MARIA ELIZABETH CERRON SANCHEZ, EDELMIRA DORIS CERRON SANCHEZ y GERVASIO NESTOR RIVAS MORENO sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente 350-2004, el Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete, a cargo del señor Juez Dr. José De La Cruz Vargas, Especialista Legal Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná Mz. 45, lote 1A, distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, e inscrito en el código de predio P17009670 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete, zona Registral IX Sede Lima.
AFECTACIONES: 1) Hipoteca registrada en el asiento 00004 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. hasta por la suma de S/. 7,000.00 (siete mil y 00/100 nuevos soles) título presentado el 11.06.03 e inscrito el 20.06.03. 2) Embargo en forma de inscripción registrado en el asiento 00005 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. por la suma de S/. 5,200.00 inscrito con fecha 14.10.04, y que origina el presente remate.
VALOR DE TASACIÓN: US $. 3,822.80 (tres mil ochocientos veintidós y 80/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 2,548.53 (dos mil quinientos cuarenta y ocho con 53/ 100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación.
DIA Y HORA DEL REMATE: 31 de Julio del 2008, a las 11:00 a.m.
LUGAR DE REMATE: Local del Juzgado: Jr. Dos de Mayo Nº 598, primer piso, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en efectivo o cheque de Gerencia y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y DNI) suscribiéndolo con número de expediente, generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Cañete, 11 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial - Cañete
Mauricio Ponce Valdivia
Martillero Público
Registro Nº 236
Publicar: Del 15 al 21 de Julio.
NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi 199 – San Vicente – Cañete – Lima, MANUELA CARMEN PERALTA DE CERRON, Con DNI Nº 15409805, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre MERCEDES SALOME AVILA DE PERALTA, fallecida el 22 de Noviembre del 2002, teniendo como último domicilio el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 14 de Julio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AGROINDUSTRIA SAN ISIDRO S.A.
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
El Directorio de Agroindustrias San Isidro S.A. de conformidad con el Art. 13º de los Estatutos de la Sociedad y el Art. 113 de la Ley General de Sociedades, cita en Primera Convocatoria a la Junta General de Accionistas para el 24 de Julio del 2008, a horas 3:00 p.m. sito en el Auditorio de nuestras oficinas C.P.M. San Isidro Imperial – Cañete, a efectos de tratar la siguiente Agenda
AGENDA:
1.- Informe económico de la empresa al 30 de Junio del 2008.
2.- Otros puntos
En caso que en la Primera Convocatoria no se contara con el quórum reglamentario, se cita en Segunda Convocatoria para el día 31 de Julio del 2008, a horas 3:00 p.m. en el mismo lugar de la Primera Convocatoria.
Cañete, San Isidro, 14 de Julio del 2008.
El Directorio
UGEL 08 DE CAÑETE
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA Nº 022-D.UGEL Nº 08-C-TRAM-DOC
El Jefe de Trámite Documentario de la UGEL Nº 08 de Cañete, notifica la Resolución Directoral Nº 2137 de fecha 18 de Junio del 2008 donde se resuelve Instaurar Proceso Administrativo por el presunto acto de violación sexual a Don Gaudencio Damián GOITIA LUCAS, Profesor de la I.E.P "Augusto B. Leguía" -Nuevo Imperial-Cañete, por las razones expuestas en la presente publicación. Téngase por notificado a fin de ejercer su derecho a defensa conforme a ley.
San Vicente, 04 de Julio del 2008
EDICTOS
EXP. 2006–0595, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 21/06/2006: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra HERMÓGENES CHUQUIPUY SAUÑE en agravio de Kevin Arnold Chuquipuy Challco, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN ONCE, Cañete 25/06/2008 emplácese con edictos al demandado a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL. Cañete 25/06/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén.
14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2007–0837, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 06/12/2007: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra LUZ GUERRA LEVANO Y HERMES EDGARDO SOTELO YATACO en agravio de Jhordan Smith Huallpa Guerra, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN SEIS, Cañete 01/07/2008 emplácese con edictos al demandado HERMES EDGARDO SOTELO YATACO a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. Cañete 01/07/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén. 14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2008-0098; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 31/01/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra JOSÉ SIMÓN FLORES RODRIGUEZ sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente HAYDEE VICTORIA QUISPE GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN SEIS, fecha 20/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2008-0335; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 12/05/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra ISRAEL CRISTOPHER CUENCA SOTO sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente VALENTINA ELIANA YUPAN GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN TRES, Cañete, 26/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 2004-00447-0-0801-JR-CI-1 seguido por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. (antes Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete S.A.A.) contra HERMEN GREGORIO GOMEZ VILLAR Y ELSA CASTILLO ESPINOZA DE GOMEZ sobre ejecución de garantías reales, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzales Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Av. Ramos Nº 447 (antes Nº 487) Distrito de Imperial, Provincia de Cañete y Departamento de Lima; cuyo dominio, área y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
TASACIÓN: US$. 36,212.92 (treinta y seis mil doscientos doce con 92/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 24,141.94 (veinticuatro mil ciento cuarenta y uno con 94/ 100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1) Primera y Preferencial Hipoteca a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de US $ 20,000.00 (veinte mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana).
LUGAR DE REMATE: En el local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando a la tasa judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de expediente y número de DNI en original y copia, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005- JUS y están afectos al IGV Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 11 al 17 de Julio.
EDICTO JUDICIAL
Exp. Nº 2008-0197.- Dte. Cristina Vanessa Córdova Pacheco. Ddo. Andrés Fredy Avila Manco. Mat. Reconocimiento de Convivencia; por ante el Primer Juzgado Especializado de Familia – Cañete, el señor Juez ha dictado la siguiente resolución que se transcribe.
RESOLUCION Nº 02, de fecha 31 de Marzo del 2008.
1º) ADMITIR la demanda interpuesta por CRISTINA VANESSA CORDOVA PACHECO, sobre RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA, y la dirige contra la SUCESION DE ANDRES FREDY AVILA MANCO, y tramítese en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, en consecuencia córrase TRASLADO de la demanda a los emplazados a efectos de que la absuelva en el plazo de SESENTA DIAS; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; y para tale efecto NOTIFIQUESE por Edicto.
Fanny Imelda García Rengifo
Secretaria Judicial
1º Juzgado de Familia de Cañete
15, 16 y 17 de Julio
EDICTO
Exp. Nº 086-2008 ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José De La Cruz Vargas, Secretario Ernesto Hurtado Villavicencio en los seguidos por CARLOS VITALIANO SANCHEZ NEGRON contra Pilar Guanilo Vda. De Paucar y Etelvina Paucar Guanilo se ha proveído: RESOLUCION UNO, Imperial, veintinueve de Febrero del año dos mil ocho. ADMITASE la demanda de Prueba Anticipada (Reconocimiento de documento y absolución de posiciones) vía proceso no contencioso, contra Pilar Guanilo Vda. De Paucar y Etelvina Paucar Guanilo citándose a las partes para Audiencia de Actuación y Declaración Judicial. RESOLUCION TRES, Imperial, veintiocho de Abril del año dos mil ocho. NOTIFIQUESE a la Sucesión de don Jesús Mateo Paucar Vicente mediante edictos bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.
Imperial, 01 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
15, 16 y 17 de Julio.
RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN
NOTARÍA "CAMACHO GÁLVEZ"
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, San Vicente – Cañete, se presentó doña BENEDICTA ALEJANDRINA JULIAN DE ALVAREZ, quien solicita se rectifique el ACTA DE DEFUNCION de su recordado cónyuge don ARTEMIO JAVIER ALVAREZ FRANCIA, inscrita en la Municipalidad Provincial de Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos de la cónyuge del Titular del Acta de Defunción: dice: ALEJANDRINA BENEDICTA JULIAN CAYCHO, debe decir: BENEDICTA ALEJANDRINA JULIAN CAYCHO. Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 03 de Julio del 2008.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi 199 – San Vicente – Cañete – Lima, MANUELA CARMEN PERALTA DE CERRON, con DNI Nº 15409805, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre CELSO PERALTA MUÑOZ, fallecido el 19 de Noviembre del 2002, teniendo como último domicilio el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 14 de Julio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
CONVOCATORIA A PRIMER REMATE PÚBLICO
En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. con MARIA ELIZABETH CERRON SANCHEZ, EDELMIRA DORIS CERRON SANCHEZ y GERVASIO NESTOR RIVAS MORENO sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente 350-2004, el Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete, a cargo del señor Juez Dr. José De La Cruz Vargas, Especialista Legal Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná Mz. 45, lote 1A, distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, e inscrito en el código de predio P17009670 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete, zona Registral IX Sede Lima.
AFECTACIONES: 1) Hipoteca registrada en el asiento 00004 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. hasta por la suma de S/. 7,000.00 (siete mil y 00/100 nuevos soles) título presentado el 11.06.03 e inscrito el 20.06.03. 2) Embargo en forma de inscripción registrado en el asiento 00005 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. por la suma de S/. 5,200.00 inscrito con fecha 14.10.04, y que origina el presente remate.
VALOR DE TASACIÓN: US $. 3,822.80 (tres mil ochocientos veintidós y 80/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 2,548.53 (dos mil quinientos cuarenta y ocho con 53/ 100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación.
DIA Y HORA DEL REMATE: 31 de Julio del 2008, a las 11:00 a.m.
LUGAR DE REMATE: Local del Juzgado: Jr. Dos de Mayo Nº 598, primer piso, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en efectivo o cheque de Gerencia y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y DNI) suscribiéndolo con número de expediente, generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Cañete, 11 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial - Cañete
Mauricio Ponce Valdivia
Martillero Público
Registro Nº 236
Publicar: Del 15 al 21 de Julio.
NOTARIA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi 199 – San Vicente – Cañete – Lima, MANUELA CARMEN PERALTA DE CERRON, Con DNI Nº 15409805, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre MERCEDES SALOME AVILA DE PERALTA, fallecida el 22 de Noviembre del 2002, teniendo como último domicilio el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 14 de Julio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AGROINDUSTRIA SAN ISIDRO S.A.
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
El Directorio de Agroindustrias San Isidro S.A. de conformidad con el Art. 13º de los Estatutos de la Sociedad y el Art. 113 de la Ley General de Sociedades, cita en Primera Convocatoria a la Junta General de Accionistas para el 24 de Julio del 2008, a horas 3:00 p.m. sito en el Auditorio de nuestras oficinas C.P.M. San Isidro Imperial – Cañete, a efectos de tratar la siguiente Agenda
AGENDA:
1.- Informe económico de la empresa al 30 de Junio del 2008.
2.- Otros puntos
En caso que en la Primera Convocatoria no se contara con el quórum reglamentario, se cita en Segunda Convocatoria para el día 31 de Julio del 2008, a horas 3:00 p.m. en el mismo lugar de la Primera Convocatoria.
Cañete, San Isidro, 14 de Julio del 2008.
El Directorio
UGEL 08 DE CAÑETE
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA Nº 022-D.UGEL Nº 08-C-TRAM-DOC
El Jefe de Trámite Documentario de la UGEL Nº 08 de Cañete, notifica la Resolución Directoral Nº 2137 de fecha 18 de Junio del 2008 donde se resuelve Instaurar Proceso Administrativo por el presunto acto de violación sexual a Don Gaudencio Damián GOITIA LUCAS, Profesor de la I.E.P "Augusto B. Leguía" -Nuevo Imperial-Cañete, por las razones expuestas en la presente publicación. Téngase por notificado a fin de ejercer su derecho a defensa conforme a ley.
San Vicente, 04 de Julio del 2008
15 julio 2008
SE NECESITAN CAMBIOS YA...
Escribe: César Calagua Gutiérrez
Ayer indicábamos algunas deficiencias en nuestras autoridades y hacíamos notar la importancia de que se preocupen por nuestra provincia, pero que sobretodo recapaciten y piensen bien antes de actuar y que deben cambiar algunos de sus colaboradores.
Indicamos igualmente algunas cosas que son importantes resaltar, pero de manera urgente como es el caso de la cárcel que se quiere construir en Nuevo Imperial, a pesar de la negativa de la población que se siente impotente ante la arremetida del ministerio correspondiente, sin que las autoridades se pongan fuertes y hagan sentir la voluntad de la población en contra de este deseo autoritario del ministerio de justicia que seguiría afectando la tranquilidad de nuestra población.
La población ya hizo lo suyo en una manifestación popular y ahora le toca a nuestras autoridades ponerse de pie y hacer sentir su autoridad, deben mostrarse fuertes, pero unidos, porque esto no es solo función y obligación del alcalde, sino de las autoridades y funcionarios en su conjunto, ya que de darse este hecho todos seremos los afectados.
Por otro lado Lunahuaná esta pasando por momentos muy críticos en torno al deterioro de los puentes por el paso de maquinarias enormes con sobrepeso, poniendo en peligro la estabilidad de los mismos que se ven afectados por la continuidad del paso de estos vehículos de las empresas particulares que viene explotando minerales en nuestra zona y la de Yauyos, sin percatarse del mal que vienen ocasionando y que perjudica directamente a los pobladores de la zona y por ende ponen en peligro el ingreso a este distrito.
En fin, nuestra provincia se encuentra en un caos, que pareciera no ven o en todo caso no quieren ver quienes tienen la responsabilidad de velar por la seguridad, el desarrollo y progreso de la provincia, pues simplemente porque no tienen interés en las cosas que acontecen y perjudican a la población.
Cañete se encuentra en un abandono total, denuncias por uno y otro lado, inseguridad ciudadana, sin mercado, con un caos vehicular permanente, con amenazas de revocatoria por todos lados, con una región que no se preocupa por nuestra provincia, donde los proyectos de obras se presentan indistintamente, cada quien quiere sacar mejor provecho, todos quieren figurar, algunos inclusive se dan tiempo para pagar con el dinero de la población publicidad que no tiene razón de ser, etc. etc. etc.
Por estas cosas es necesario e importante para nuestra provincia que las autoridades y funcionarios piensen un poquito en nuestra provincia, en su gente, en su futuro, es necesario que cambien de actitud pero ya. Esperamos,
Escribe: César Calagua Gutiérrez
Ayer indicábamos algunas deficiencias en nuestras autoridades y hacíamos notar la importancia de que se preocupen por nuestra provincia, pero que sobretodo recapaciten y piensen bien antes de actuar y que deben cambiar algunos de sus colaboradores.
Indicamos igualmente algunas cosas que son importantes resaltar, pero de manera urgente como es el caso de la cárcel que se quiere construir en Nuevo Imperial, a pesar de la negativa de la población que se siente impotente ante la arremetida del ministerio correspondiente, sin que las autoridades se pongan fuertes y hagan sentir la voluntad de la población en contra de este deseo autoritario del ministerio de justicia que seguiría afectando la tranquilidad de nuestra población.
La población ya hizo lo suyo en una manifestación popular y ahora le toca a nuestras autoridades ponerse de pie y hacer sentir su autoridad, deben mostrarse fuertes, pero unidos, porque esto no es solo función y obligación del alcalde, sino de las autoridades y funcionarios en su conjunto, ya que de darse este hecho todos seremos los afectados.
Por otro lado Lunahuaná esta pasando por momentos muy críticos en torno al deterioro de los puentes por el paso de maquinarias enormes con sobrepeso, poniendo en peligro la estabilidad de los mismos que se ven afectados por la continuidad del paso de estos vehículos de las empresas particulares que viene explotando minerales en nuestra zona y la de Yauyos, sin percatarse del mal que vienen ocasionando y que perjudica directamente a los pobladores de la zona y por ende ponen en peligro el ingreso a este distrito.
En fin, nuestra provincia se encuentra en un caos, que pareciera no ven o en todo caso no quieren ver quienes tienen la responsabilidad de velar por la seguridad, el desarrollo y progreso de la provincia, pues simplemente porque no tienen interés en las cosas que acontecen y perjudican a la población.
Cañete se encuentra en un abandono total, denuncias por uno y otro lado, inseguridad ciudadana, sin mercado, con un caos vehicular permanente, con amenazas de revocatoria por todos lados, con una región que no se preocupa por nuestra provincia, donde los proyectos de obras se presentan indistintamente, cada quien quiere sacar mejor provecho, todos quieren figurar, algunos inclusive se dan tiempo para pagar con el dinero de la población publicidad que no tiene razón de ser, etc. etc. etc.
Por estas cosas es necesario e importante para nuestra provincia que las autoridades y funcionarios piensen un poquito en nuestra provincia, en su gente, en su futuro, es necesario que cambien de actitud pero ya. Esperamos,
En Cañete...
ENTREGAN CERTIFICACION A PRIMERA PROMOCION DE MAESTROS DE OBRAS Y OPERARIOS ESPECIALIZADOS EN CONSTRUCCION ANTISISMICA...
Un total de 22 maestros de obra y operarios de la construcción –de la provincia de Cañete- culminaron con éxito el curso de especialización en construcción antisísmica, informó el Fondo de Reconstrucción del Sur (FORSUR).
El curso de capacitación, que se inició el 2 de junio en el distrito de San Antonio en Cañete, fue financiado por FORSUR y forma parte del convenio de cooperación interinstitucional que fue suscrito con el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (Sencico).
A la clausura del curso "Perfeccionamiento para maestros y operarios en construcción y reconstrucción de viviendas unifamiliares", que se realizó en la Municipalidad de San Antonio, asistió el director ejecutivo de Sencico, Fernando Chaparro y el gerente general de FORSUR, Luis Hernández.
Luis Hernández señaló que el segundo grupo de maestros de obra y operarios de la construcción iniciarán sus clases el próximo lunes 21 de julio en el distrito de Cerro Azul.
Cabe desatacar que los cursos que forman parte del programa "Perfeccionamiento para maestros y operarios en construcción y reconstrucción de viviendas unifamiliares" se desarrollan simultáneamente en las provincias de Ica, Pisco y Chincha.
Las clases en Ica culminarán el próximo 19 del presente, mientras que en Chincha el domingo 20.
Las clases, de cuatro horas diarias, se realizan en el local de Sencico en Ica y en el Centro Cultural de la Municipalidad Chincha Alta. De igual modo, esta capacitación se viene realizando en el distrito de San Andrés en Pisco.
FORSUR informa que los maestros de obra y operarios que deseen participar en los programas de capacitación tienen que cumplir los siguientes requisitos: comprobar una experiencia en el sector construcción no menor de 2 años y haber cursado como mínimo el tercero de secundaria.
El programa denominado "Perfeccionamiento para maestros y operarios en construcción y reconstrucción de viviendas unifamiliares", permitirá contar con personal especializado en la construcción de viviendas seguras y antisísmicas para los damnificados.
Cada uno de los cursos consta de 140 horas lectivas y se dictan las siguientes asignaturas: organización y control de obra, programación de obra, tecnología de concreto, reforzamiento de estructuras, rehabilitación de edificaciones, y control de acabados.
ENTREGAN CERTIFICACION A PRIMERA PROMOCION DE MAESTROS DE OBRAS Y OPERARIOS ESPECIALIZADOS EN CONSTRUCCION ANTISISMICA...
Un total de 22 maestros de obra y operarios de la construcción –de la provincia de Cañete- culminaron con éxito el curso de especialización en construcción antisísmica, informó el Fondo de Reconstrucción del Sur (FORSUR).
El curso de capacitación, que se inició el 2 de junio en el distrito de San Antonio en Cañete, fue financiado por FORSUR y forma parte del convenio de cooperación interinstitucional que fue suscrito con el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (Sencico).
A la clausura del curso "Perfeccionamiento para maestros y operarios en construcción y reconstrucción de viviendas unifamiliares", que se realizó en la Municipalidad de San Antonio, asistió el director ejecutivo de Sencico, Fernando Chaparro y el gerente general de FORSUR, Luis Hernández.
Luis Hernández señaló que el segundo grupo de maestros de obra y operarios de la construcción iniciarán sus clases el próximo lunes 21 de julio en el distrito de Cerro Azul.
Cabe desatacar que los cursos que forman parte del programa "Perfeccionamiento para maestros y operarios en construcción y reconstrucción de viviendas unifamiliares" se desarrollan simultáneamente en las provincias de Ica, Pisco y Chincha.
Las clases en Ica culminarán el próximo 19 del presente, mientras que en Chincha el domingo 20.
Las clases, de cuatro horas diarias, se realizan en el local de Sencico en Ica y en el Centro Cultural de la Municipalidad Chincha Alta. De igual modo, esta capacitación se viene realizando en el distrito de San Andrés en Pisco.
FORSUR informa que los maestros de obra y operarios que deseen participar en los programas de capacitación tienen que cumplir los siguientes requisitos: comprobar una experiencia en el sector construcción no menor de 2 años y haber cursado como mínimo el tercero de secundaria.
El programa denominado "Perfeccionamiento para maestros y operarios en construcción y reconstrucción de viviendas unifamiliares", permitirá contar con personal especializado en la construcción de viviendas seguras y antisísmicas para los damnificados.
Cada uno de los cursos consta de 140 horas lectivas y se dictan las siguientes asignaturas: organización y control de obra, programación de obra, tecnología de concreto, reforzamiento de estructuras, rehabilitación de edificaciones, y control de acabados.
EDE CAÑETE S.A.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley Nº 25844, Artículo 87, informamos de una interrupción eléctrica en el servicio elèctrico.
LUGAR: San Vicente (Panamericana Sur Km. 147)
ZONAS AFECTADAS: Fdo. Santa Rosita, CP Agua Dulce, CP Cochahuasi, CP Playa Hermosa, CP Boca del Río, CP La Encañada, CP Inmaculada Santa Rosa, CP H. Unanue, CP La Esmeralda, CP La Pampilla, CP San Pedro, CP Cuiva, CP Pampa Castilla, Pío Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, Zaire, San Juan, CP Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 3000
DIA: Lunes 14 de Julio de 2008.
HORA DE INICIO: 01:06 hrs. Lunes 14 de Julio de 2008.
HORA FINAL: 01:31 hrs. Lunes 14 de Julio de 2008.
LUGAR: San Vicente (Panamericana Sur Km. 150.8 Altura entrada al CPM Herbay Bajo)
ZONAS AFECTADAS: CP La Pampilla, CP San Pedro, CP Cuiva, CP Pampa Castilla, Pío Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, Zaire, San Juan, CP Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 3010
DIA: Lunes 14 de Julio de 2008.
HORA DE INICIO: 03:42 hrs. Lunes 14 de Julio de 2008.
HORA FINAL: 09:58 hrs. Lunes 14 de Julio de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T. ocasionada por Acto Vandálico y Hurto de Conductor, lo que originó la actuación de nuestros dispostivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDE CAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.
EDE CAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley Nº 25844, Artículo 87, informamos de una interrupción eléctrica en el servicio elèctrico.
LUGAR: San Vicente (Panamericana Sur Km. 147)
ZONAS AFECTADAS: Fdo. Santa Rosita, CP Agua Dulce, CP Cochahuasi, CP Playa Hermosa, CP Boca del Río, CP La Encañada, CP Inmaculada Santa Rosa, CP H. Unanue, CP La Esmeralda, CP La Pampilla, CP San Pedro, CP Cuiva, CP Pampa Castilla, Pío Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, Zaire, San Juan, CP Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 3000
DIA: Lunes 14 de Julio de 2008.
HORA DE INICIO: 01:06 hrs. Lunes 14 de Julio de 2008.
HORA FINAL: 01:31 hrs. Lunes 14 de Julio de 2008.
LUGAR: San Vicente (Panamericana Sur Km. 150.8 Altura entrada al CPM Herbay Bajo)
ZONAS AFECTADAS: CP La Pampilla, CP San Pedro, CP Cuiva, CP Pampa Castilla, Pío Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, Zaire, San Juan, CP Espíritu Sto. de Palo, pertenecientes al distrito de San Vicente de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 3010
DIA: Lunes 14 de Julio de 2008.
HORA DE INICIO: 03:42 hrs. Lunes 14 de Julio de 2008.
HORA FINAL: 09:58 hrs. Lunes 14 de Julio de 2008.
La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T. ocasionada por Acto Vandálico y Hurto de Conductor, lo que originó la actuación de nuestros dispostivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDE CAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.
EDE CAÑETE agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
JUDICIALES
PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, OLGA YOLANDA CONDOR NUÑEZ, con DNI Nº 15412848, solicita se RECTIFIQUE LA PARTIDA DE DEFUNCION, de quien en vida fuera su cónyuge: HENRY ALBINO ORTEGA GALLEGOS, inscrito ante la Municipalidad Provincial de Ica, en la parte que se refiere a estado conyugal se ha consignado como: SOLTERO, debiendo ser: CASADO CON CONDOR NUÑEZ OLGA YOLANDA. Lo que se publica para los fines de Ley.
Cañete, 11 de Julio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AVISO JUDICIAL
Exp. Nº 2008-0309.- Ante el 2º JPLCÑ, que despacha la Dra. Patricia Martínez Guando, solicita RIGOBERTO ALBINO CAMPOS ZAMUDIO la Rectificación de su Partida de Defunción 154, año 1970, en el extremo que se ha consignado su primer nombre del titular de la partida como BERNARDO siendo lo correcto "BERNABE" y su segundo nombre como BERNABE siendo lo correcto "BERNARDINO" debiendo ser en lo sucesivo que el titular de la partida es BERNABE BERNARDINO CAMPOS DAVILA, quedando intacto lo demás que contiene.
Cañete, 04 de Julio del 2008.
Elizabeth A. Yaya Alcalá
Secretario Judicial
2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete
CONVOCATORIA A PRIMER REMATE PÚBLICO
En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. con MARIA ELIZABETH CERRON SANCHEZ, EDELMIRA DORIS CERRON SANCHEZ y GERVASIO NESTOR RIVAS MORENO sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente 350-2004, el Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete, a cargo del señor Juez Dr. José De La Cruz Vargas, Especialista Legal Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná Mz. 45, lote 1A, distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, e inscrito en el código de predio P17009670 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete, zona Registral IX Sede Lima.
AFECTACIONES: 1) Hipoteca registrada en el asiento 00004 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. hasta por la suma de S/. 7,000.00 (siete mil y 00/100 nuevos soles) título presentado el 11.06.03 e inscrito el 20.06.03. 2) Embargo en forma de inscripción registrado en el asiento 00005 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. por la suma de S/. 5,200.00 inscrito con fecha 14.10.04, y que origina el presente remate.
VALOR DE TASACIÓN: US $. 3,822.80 (tres mil ochocientos veintidós y 80/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 2,548.53 (dos mil quinientos cuarenta y ocho con 53/ 100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación.
DIA Y HORA DEL REMATE: 31 de Julio del 2008, a las 11:00 a.m.
LUGAR DE REMATE: Local del Juzgado: Jr. Dos de Mayo Nº 598, primer piso, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en efectivo o cheque de Gerencia y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y DNI) suscribiéndolo con número de expediente, generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Cañete, 11 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial - Cañete
Mauricio Ponce Valdivia
Martillero Público
Registro Nº 236
Publicar: Del 15 al 21 de Julio.
EDICTOS
EXP. 2006–0595, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 21/06/2006: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra HERMÓGENES CHUQUIPUY SAUÑE en agravio de Kevin Arnold Chuquipuy Challco, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN ONCE, Cañete 25/06/2008 emplácese con edictos al demandado a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL. Cañete 25/06/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén.
14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2007–0837, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 06/12/2007: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra LUZ GUERRA LEVANO Y HERMES EDGARDO SOTELO YATACO en agravio de Jhordan Smith Huallpa Guerra, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN SEIS, Cañete 01/07/2008 emplácese con edictos al demandado HERMES EDGARDO SOTELO YATACO a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. Cañete 01/07/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén. 14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2008-0098; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 31/01/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra JOSÉ SIMÓN FLORES RODRIGUEZ sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente HAYDEE VICTORIA QUISPE GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN SEIS, fecha 20/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2008-0335; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 12/05/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra ISRAEL CRISTOPHER CUENCA SOTO sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente VALENTINA ELIANA YUPAN GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN TRES, Cañete, 26/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio
EDICTO JUDICIAL
Exp. Nº 2008-0197.- Dte. Cristina Vanessa Córdova Pacheco. Ddo. Andrés Fredy Avila Manco. Mat. Reconocimiento de Convivencia; por ante el Primer Juzgado Especializado de Familia – Cañete, el señor Juez ha dictado la siguiente resolución que se transcribe.
RESOLUCION Nº 02, de fecha 31 de Marzo del 2008.
1º) ADMITIR la demanda interpuesta por CRISTINA VANESSA CORDOVA PACHECO, sobre RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA, y la dirige contra la SUCESION DE ANDRES FREDY AVILA MANCO, y tramítese en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, en consecuencia córrase TRASLADO de la demanda a los emplazados a efectos de que la absuelva en el plazo de SESENTA DIAS; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; y para tale efecto NOTIFIQUESE por Edicto.
Fanny Imelda García Rengifo
Secretaria Judicial
1º Juzgado de Familia de Cañete
15, 16 y 17 de Julio
EDICTO
Exp. Nº 086-2008 ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José De La Cruz Vargas, Secretario Ernesto Hurtado Villavicencio en los seguidos por CARLOS VITALIANO SANCHEZ NEGRON contra Pilar Guanilo Vda. De Paucar y Etelvina Paucar Guanilo se ha proveído: RESOLUCION UNO, Imperial, veintinueve de Febrero del año dos mil ocho. ADMITASE la demanda de Prueba Anticipada (Reconocimiento de documento y absolución de posiciones) vía proceso no contencioso, contra Pilar Guanilo Vda. De Paucar y Etelvina Paucar Guanilo citándose a las partes para Audiencia de Actuación y Declaración Judicial. RESOLUCION TRES, Imperial, veintiocho de Abril del año dos mil ocho. NOTIFIQUESE a la Sucesión de don Jesús Mateo Paucar Vicente mediante edictos bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.
Imperial, 01 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
15, 16 y 17 de Julio.
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 2004-00447-0-0801-JR-CI-1 seguido por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. (antes Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete S.A.A.) contra HERMEN GREGORIO GOMEZ VILLAR Y ELSA CASTILLO ESPINOZA DE GOMEZ sobre ejecución de garantías reales, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzales Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Av. Ramos Nº 447 (antes Nº 487) Distrito de Imperial, Provincia de Cañete y Departamento de Lima; cuyo dominio, área y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
TASACIÓN: US$. 36,212.92 (treinta y seis mil doscientos doce con 92/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 24,141.94 (veinticuatro mil ciento cuarenta y uno con 94/ 100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1) Primera y Preferencial Hipoteca a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de US $ 20,000.00 (veinte mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana).
LUGAR DE REMATE: En el local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando a la tasa judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de expediente y número de DNI en original y copia, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005- JUS y están afectos al IGV Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 11 al 17 de Julio.
PUBLICACION
Ante el oficio notarial de la Notaria Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. Bolognesi Nº 199 – San Vicente – Cañete – Lima, OLGA YOLANDA CONDOR NUÑEZ, con DNI Nº 15412848, solicita se RECTIFIQUE LA PARTIDA DE DEFUNCION, de quien en vida fuera su cónyuge: HENRY ALBINO ORTEGA GALLEGOS, inscrito ante la Municipalidad Provincial de Ica, en la parte que se refiere a estado conyugal se ha consignado como: SOLTERO, debiendo ser: CASADO CON CONDOR NUÑEZ OLGA YOLANDA. Lo que se publica para los fines de Ley.
Cañete, 11 de Julio del 2008.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AVISO JUDICIAL
Exp. Nº 2008-0309.- Ante el 2º JPLCÑ, que despacha la Dra. Patricia Martínez Guando, solicita RIGOBERTO ALBINO CAMPOS ZAMUDIO la Rectificación de su Partida de Defunción 154, año 1970, en el extremo que se ha consignado su primer nombre del titular de la partida como BERNARDO siendo lo correcto "BERNABE" y su segundo nombre como BERNABE siendo lo correcto "BERNARDINO" debiendo ser en lo sucesivo que el titular de la partida es BERNABE BERNARDINO CAMPOS DAVILA, quedando intacto lo demás que contiene.
Cañete, 04 de Julio del 2008.
Elizabeth A. Yaya Alcalá
Secretario Judicial
2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete
CONVOCATORIA A PRIMER REMATE PÚBLICO
En los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. con MARIA ELIZABETH CERRON SANCHEZ, EDELMIRA DORIS CERRON SANCHEZ y GERVASIO NESTOR RIVAS MORENO sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente 350-2004, el Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete, a cargo del señor Juez Dr. José De La Cruz Vargas, Especialista Legal Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado Quilmaná Mz. 45, lote 1A, distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, e inscrito en el código de predio P17009670 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete, zona Registral IX Sede Lima.
AFECTACIONES: 1) Hipoteca registrada en el asiento 00004 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. hasta por la suma de S/. 7,000.00 (siete mil y 00/100 nuevos soles) título presentado el 11.06.03 e inscrito el 20.06.03. 2) Embargo en forma de inscripción registrado en el asiento 00005 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Promotora de Finanzas S.A.A. por la suma de S/. 5,200.00 inscrito con fecha 14.10.04, y que origina el presente remate.
VALOR DE TASACIÓN: US $. 3,822.80 (tres mil ochocientos veintidós y 80/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 2,548.53 (dos mil quinientos cuarenta y ocho con 53/ 100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación.
DIA Y HORA DEL REMATE: 31 de Julio del 2008, a las 11:00 a.m.
LUGAR DE REMATE: Local del Juzgado: Jr. Dos de Mayo Nº 598, primer piso, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en efectivo o cheque de Gerencia y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y DNI) suscribiéndolo con número de expediente, generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Cañete, 11 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial - Cañete
Mauricio Ponce Valdivia
Martillero Público
Registro Nº 236
Publicar: Del 15 al 21 de Julio.
EDICTOS
EXP. 2006–0595, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 21/06/2006: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra HERMÓGENES CHUQUIPUY SAUÑE en agravio de Kevin Arnold Chuquipuy Challco, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN ONCE, Cañete 25/06/2008 emplácese con edictos al demandado a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL. Cañete 25/06/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén.
14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2007–0837, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 06/12/2007: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra LUZ GUERRA LEVANO Y HERMES EDGARDO SOTELO YATACO en agravio de Jhordan Smith Huallpa Guerra, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN SEIS, Cañete 01/07/2008 emplácese con edictos al demandado HERMES EDGARDO SOTELO YATACO a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. Cañete 01/07/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén. 14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2008-0098; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 31/01/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra JOSÉ SIMÓN FLORES RODRIGUEZ sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente HAYDEE VICTORIA QUISPE GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN SEIS, fecha 20/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2008-0335; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 12/05/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra ISRAEL CRISTOPHER CUENCA SOTO sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente VALENTINA ELIANA YUPAN GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN TRES, Cañete, 26/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio
EDICTO JUDICIAL
Exp. Nº 2008-0197.- Dte. Cristina Vanessa Córdova Pacheco. Ddo. Andrés Fredy Avila Manco. Mat. Reconocimiento de Convivencia; por ante el Primer Juzgado Especializado de Familia – Cañete, el señor Juez ha dictado la siguiente resolución que se transcribe.
RESOLUCION Nº 02, de fecha 31 de Marzo del 2008.
1º) ADMITIR la demanda interpuesta por CRISTINA VANESSA CORDOVA PACHECO, sobre RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA, y la dirige contra la SUCESION DE ANDRES FREDY AVILA MANCO, y tramítese en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, en consecuencia córrase TRASLADO de la demanda a los emplazados a efectos de que la absuelva en el plazo de SESENTA DIAS; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; y para tale efecto NOTIFIQUESE por Edicto.
Fanny Imelda García Rengifo
Secretaria Judicial
1º Juzgado de Familia de Cañete
15, 16 y 17 de Julio
EDICTO
Exp. Nº 086-2008 ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José De La Cruz Vargas, Secretario Ernesto Hurtado Villavicencio en los seguidos por CARLOS VITALIANO SANCHEZ NEGRON contra Pilar Guanilo Vda. De Paucar y Etelvina Paucar Guanilo se ha proveído: RESOLUCION UNO, Imperial, veintinueve de Febrero del año dos mil ocho. ADMITASE la demanda de Prueba Anticipada (Reconocimiento de documento y absolución de posiciones) vía proceso no contencioso, contra Pilar Guanilo Vda. De Paucar y Etelvina Paucar Guanilo citándose a las partes para Audiencia de Actuación y Declaración Judicial. RESOLUCION TRES, Imperial, veintiocho de Abril del año dos mil ocho. NOTIFIQUESE a la Sucesión de don Jesús Mateo Paucar Vicente mediante edictos bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.
Imperial, 01 de Julio del 2008.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
15, 16 y 17 de Julio.
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 2004-00447-0-0801-JR-CI-1 seguido por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. (antes Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete S.A.A.) contra HERMEN GREGORIO GOMEZ VILLAR Y ELSA CASTILLO ESPINOZA DE GOMEZ sobre ejecución de garantías reales, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzales Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Av. Ramos Nº 447 (antes Nº 487) Distrito de Imperial, Provincia de Cañete y Departamento de Lima; cuyo dominio, área y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
TASACIÓN: US$. 36,212.92 (treinta y seis mil doscientos doce con 92/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 24,141.94 (veinticuatro mil ciento cuarenta y uno con 94/ 100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1) Primera y Preferencial Hipoteca a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de US $ 20,000.00 (veinte mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana).
LUGAR DE REMATE: En el local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando a la tasa judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de expediente y número de DNI en original y copia, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005- JUS y están afectos al IGV Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 11 al 17 de Julio.
COMUNICADO
Western Cotton S.A. informa a la comunidad de Cañete la reducción de actividades, paralizando parte de sus operaciones, entre estas las plantas más antiguas de la empresa, con elevado consumo de energía y menor nivel de calidad y competitividad. Como consecuencia de esta decisión, que de no hacerse comprometería seriamente la estabilidad económica y financiera de la empresa, nos vemos obligados muy a nuestro pesar, a una reducción sustancial de trabajadores, esperando que cambien las condiciones de mercado y la empresa esté en posibilidades de hacer inversiones urgentes para reabrirlas con maquinaria más moderna, la misma que constituye indispensable para lograr ser competitivos frente a los gigantes asiáticos, principalmente China e India, que nos invaden y devastan nuestra industria con productos con un alto índice de subsidio.
En efecto, la importación de productos textiles de Asia, que en el año 1998 fue de 33,081 toneladas, en el año 2007 fue de 131,509 toneladas, y el año 2008 proyectado de Enero – Junio, fue de 169,481 toneladas; lo que mostraría un incremento de 512% aproximadamente.
Por otro lado, la importación de hilado de algodón que fue de 2,632 toneladas en 1998, llegó a 29,558 toneladas en el 2007, y el 2008 se proyecta a 43,498 toneladas, lo que mostraría un incremento de 1,652% aproximadamente; los cuales el 87% proviene sólo de la India.
De acuerdo a lo visto anteriormente, solicitamos al gobierno evaluar los productos sensibles en los próximos tratados de libre comercio que se piensa pactar con China e India, países con ingresos per cápita muy inferiores al nuestro y con importantes incentivos a sus industrias, que implican subsidios, que mayormente nos compran materias primas y que nos invaden con productos manufacturados. Esta situación está significando, en la práctica reemplazar puestos de trabajo de los peruanos por puestos de trabajo asiáticos. Esperamos que nuestras autoridades negocien adecuadamente estos tratados bloqueando dumpings y subsidios con el objeto de que no siga siendo ésta una competencia desleal.
La Empresa
Western Cotton S.A. informa a la comunidad de Cañete la reducción de actividades, paralizando parte de sus operaciones, entre estas las plantas más antiguas de la empresa, con elevado consumo de energía y menor nivel de calidad y competitividad. Como consecuencia de esta decisión, que de no hacerse comprometería seriamente la estabilidad económica y financiera de la empresa, nos vemos obligados muy a nuestro pesar, a una reducción sustancial de trabajadores, esperando que cambien las condiciones de mercado y la empresa esté en posibilidades de hacer inversiones urgentes para reabrirlas con maquinaria más moderna, la misma que constituye indispensable para lograr ser competitivos frente a los gigantes asiáticos, principalmente China e India, que nos invaden y devastan nuestra industria con productos con un alto índice de subsidio.
En efecto, la importación de productos textiles de Asia, que en el año 1998 fue de 33,081 toneladas, en el año 2007 fue de 131,509 toneladas, y el año 2008 proyectado de Enero – Junio, fue de 169,481 toneladas; lo que mostraría un incremento de 512% aproximadamente.
Por otro lado, la importación de hilado de algodón que fue de 2,632 toneladas en 1998, llegó a 29,558 toneladas en el 2007, y el 2008 se proyecta a 43,498 toneladas, lo que mostraría un incremento de 1,652% aproximadamente; los cuales el 87% proviene sólo de la India.
De acuerdo a lo visto anteriormente, solicitamos al gobierno evaluar los productos sensibles en los próximos tratados de libre comercio que se piensa pactar con China e India, países con ingresos per cápita muy inferiores al nuestro y con importantes incentivos a sus industrias, que implican subsidios, que mayormente nos compran materias primas y que nos invaden con productos manufacturados. Esta situación está significando, en la práctica reemplazar puestos de trabajo de los peruanos por puestos de trabajo asiáticos. Esperamos que nuestras autoridades negocien adecuadamente estos tratados bloqueando dumpings y subsidios con el objeto de que no siga siendo ésta una competencia desleal.
La Empresa
SECTOR ENERGIA Y MINAS
INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
PETITORIO DE CONCESION MINERA
1.- DATOS DEL PETITORIO
Nombre: RANCHO AZUL; Código: 01-03357-08; Fecha y Hora de presentación: 04/06/2008, 15:20:00; Hectáreas: 100,0000; Clasificación: No metálica; Coordenadas UTM de los vértices del petitorio (expresado en miles).
V01: N8 556 E366; V02: N8 555 E366; V03: N8 555 E365; V04: N8 556 E365
2.- UBICACIÓN DEL PETITORIO
Distrito Nuevo Imperial, Provincia Cañete, Departamento Lima;
Nombre y Número de Hoja de la Carta Nacional: Chincha 27-k; Zona: 18.
3.- DATOS DEL TITULAR
Nombre: Eulalio Milquiades Gutiérrez Godoy. Domicilio: Jr. Calle 7 Mz. H1 Lt. 6; Urb. 9 de Octubre; Distrito: San Juan de Lurigancho; Provincia: Lima; Departamento: Lima.
Lima, 27 de Junio del 2008.
Angel Chávez Mendoza
Director de la Dirección de Concesiones Mineras
Instituto Geológico Minero y Metalúrgico.
INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
PETITORIO DE CONCESION MINERA
1.- DATOS DEL PETITORIO
Nombre: RANCHO AZUL; Código: 01-03357-08; Fecha y Hora de presentación: 04/06/2008, 15:20:00; Hectáreas: 100,0000; Clasificación: No metálica; Coordenadas UTM de los vértices del petitorio (expresado en miles).
V01: N8 556 E366; V02: N8 555 E366; V03: N8 555 E365; V04: N8 556 E365
2.- UBICACIÓN DEL PETITORIO
Distrito Nuevo Imperial, Provincia Cañete, Departamento Lima;
Nombre y Número de Hoja de la Carta Nacional: Chincha 27-k; Zona: 18.
3.- DATOS DEL TITULAR
Nombre: Eulalio Milquiades Gutiérrez Godoy. Domicilio: Jr. Calle 7 Mz. H1 Lt. 6; Urb. 9 de Octubre; Distrito: San Juan de Lurigancho; Provincia: Lima; Departamento: Lima.
Lima, 27 de Junio del 2008.
Angel Chávez Mendoza
Director de la Dirección de Concesiones Mineras
Instituto Geológico Minero y Metalúrgico.
14 julio 2008
CAOS EN LA PROVINCIA...
Escribe: César Calagua Gutiérrez
Nuestra provincia pareciera que se encuentra en un caos tremendo que involucra a las autoridades locales y algunas empresas dependientes de la misma que se encuentran en uno de sus peores momentos, como es el caso de EMAPACSA que viene de problema en problema, perjudicando a la población, sin que al parecer nadie se percate de lo que viene sucediendo.
En estas últimas semanas hemos podido ver como los accionistas y los miembros del directorio de esta empresa han hecho notar la precariedad de la misma que no se preocupan por mejorar y mucho menos por brindar un servicio a la colectividad, porque quienes dirigen esta empresa no tienen la menor preocupación y mucho menos les importa si avanzan o retroceden.
Por otro lado, la casi totalidad de municipios vienen siendo criticados por los damnificados por el terremoto, quejándose de la deficiente labor que vienen realizando los alcaldes o sus comisiones que tienen que ver con la certificación y poder acogerse a un bono de S/. 6,000.00 que tanta falta les hace a estas personas que siguen viviendo en carpas, con esteras, con plásticos, etc.
Lo mismo sucede con la oficina de registros públicos que, a decir de los alcaldes es la única responsable en la demora de emitir la relación de los que tienen derecho a ser beneficiados con este aporte del gobierno para los damnificados del sur del país.
También los municipios se ven envueltos en el problema de las obras prioritarias o no que se vienen realizando o faltan realizar en beneficio de la población, porque se quieren amparar en el presupuesto de FORSUR, para realizar las obras que deben ejecutar con el dinero del municipio, entonces la pregunta es: ¿si las obras de desarrollo las debe ejecutar el FORSUR, que hará el municipio con los ingresos que tiene y donde se encuentran presupuestadas las obras con antelación?.
¿Si todo lo va a hacer FORSUR que harán los municipios, gastarse el dinero en cosas superfluas o algo por el estilo?. Creemos que es el momento de cambiar, es necesario que los alcaldes piensen para que fueron elegidos, que cambien a sus trabajadores de confianza, que se den cuenta que no avanzan, que son criticados con razón y que la población necesita ser escuchada por sus autoridades.
El transporte es un caos, los servicios básicos son deficientes, el ornato da pena con banderolas por todos lados, paredes empapeladas y pintarrajeadas por doquier sin tener en consideración la propiedad privada que hace esfuerzos por mantener sus fachadas limpias y que son mal utilizadas por propios y extraños.
Nuestros municipios deben preocuparse un poco más en la labor que viene desarrollando, deben mirar más allá de sus narices, deben buscar personas que los orienten y les hagan ver las cosas realmente como son, deben dejar de lado a quienes les pintan y cuentan maravillas al oído, porque están rodeados de ficción y nada más, no todos deben ser fotos, avisos radiales, gigantografías con gran pompa y reiterativamente con el nombre de los alcaldes, a quienes todos conocemos y la población sabe que las obras que se hacen en sus distrito, son realizadas por su municipio y no es necesario poner el nombre del acalde en cada esquina. Esperamos
Escribe: César Calagua Gutiérrez
Nuestra provincia pareciera que se encuentra en un caos tremendo que involucra a las autoridades locales y algunas empresas dependientes de la misma que se encuentran en uno de sus peores momentos, como es el caso de EMAPACSA que viene de problema en problema, perjudicando a la población, sin que al parecer nadie se percate de lo que viene sucediendo.
En estas últimas semanas hemos podido ver como los accionistas y los miembros del directorio de esta empresa han hecho notar la precariedad de la misma que no se preocupan por mejorar y mucho menos por brindar un servicio a la colectividad, porque quienes dirigen esta empresa no tienen la menor preocupación y mucho menos les importa si avanzan o retroceden.
Por otro lado, la casi totalidad de municipios vienen siendo criticados por los damnificados por el terremoto, quejándose de la deficiente labor que vienen realizando los alcaldes o sus comisiones que tienen que ver con la certificación y poder acogerse a un bono de S/. 6,000.00 que tanta falta les hace a estas personas que siguen viviendo en carpas, con esteras, con plásticos, etc.
Lo mismo sucede con la oficina de registros públicos que, a decir de los alcaldes es la única responsable en la demora de emitir la relación de los que tienen derecho a ser beneficiados con este aporte del gobierno para los damnificados del sur del país.
También los municipios se ven envueltos en el problema de las obras prioritarias o no que se vienen realizando o faltan realizar en beneficio de la población, porque se quieren amparar en el presupuesto de FORSUR, para realizar las obras que deben ejecutar con el dinero del municipio, entonces la pregunta es: ¿si las obras de desarrollo las debe ejecutar el FORSUR, que hará el municipio con los ingresos que tiene y donde se encuentran presupuestadas las obras con antelación?.
¿Si todo lo va a hacer FORSUR que harán los municipios, gastarse el dinero en cosas superfluas o algo por el estilo?. Creemos que es el momento de cambiar, es necesario que los alcaldes piensen para que fueron elegidos, que cambien a sus trabajadores de confianza, que se den cuenta que no avanzan, que son criticados con razón y que la población necesita ser escuchada por sus autoridades.
El transporte es un caos, los servicios básicos son deficientes, el ornato da pena con banderolas por todos lados, paredes empapeladas y pintarrajeadas por doquier sin tener en consideración la propiedad privada que hace esfuerzos por mantener sus fachadas limpias y que son mal utilizadas por propios y extraños.
Nuestros municipios deben preocuparse un poco más en la labor que viene desarrollando, deben mirar más allá de sus narices, deben buscar personas que los orienten y les hagan ver las cosas realmente como son, deben dejar de lado a quienes les pintan y cuentan maravillas al oído, porque están rodeados de ficción y nada más, no todos deben ser fotos, avisos radiales, gigantografías con gran pompa y reiterativamente con el nombre de los alcaldes, a quienes todos conocemos y la población sabe que las obras que se hacen en sus distrito, son realizadas por su municipio y no es necesario poner el nombre del acalde en cada esquina. Esperamos
MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS EN EL PROCESO CIVIL...
Por Víctor Tomás Quispe Campos
El conflicto de intereses ha existido siempre, desde los inicios de la humanidad, es así, que surgido un conflicto de intereses era resuelto por la imposición de la fuerza, conocida también por la doctrina como Acción Directa, que se caracteriza por la ausencia de terceros para resolver el conflicto de intereses.
Con la evolución de la humanidad llegamos a la etapa moderna, en donde el Estado se apodera de la facultad sancionadora; es decir, se prohíbe la justicia por propia mano, llegando a tipificarse como delito esa conducta.
Pero existen ocasiones en que el Estado no llega o no puede llegar oportunamente con su poder de jurisdicción (administrar justicia), entonces reconoce como solución, pero en forma excepcional, la solución del conflicto imponiendo la fuerza y con ausencia de terceros como por ejemplo: la legítima defensa y la defensa posesoria, etc.
Una de las formas de resolver conflicto de intereses, consiste en que las propias partes resuelven su problema (Autocomposición) y también con la ausencia de un tercero para resolver el conflicto de intereses. Por ejemplo: el desistimiento, que consiste en que el pretensor renuncie al conflicto sacrificando su propio interés; el allanamiento en que el demandado reconoce la pretensión de su atacante. Estas dos formas de resolver el conflicto de intereses pueden darse dentro del proceso. Pero también la Autocomposición se puede darse fuera del proceso como el caso de la transacción, que se deriva de acuerdo entre ambas partes, las mismas que mediante concesiones recíprocas ponen fin a sus conflictos de intereses.
En la Heterocomposición, quien resuelve la controversia es el tercero, el Juez quien representa al Estado en su función jurisdiccional, cuya característica es el sometimiento a un tercero para resolver el conflicto, y por lo tanto aceptar su decisión. Con la Heterocomposición nace el derecho de acción que tiene todo sujeto de derecho de recurrir al órgano jurisdiccional pidiendo tutela jurídica efectiva, para que el Estado, a través del Poder Judicial, resuelva el conflicto de interés mediante el proceso.
Un proceso normalmente termina con la expedición de la sentencia que pone fin a la instancia o al proceso; sin embargo, existen otras formas extraordinarias de terminación de un proceso, ya sea por acto procesal unilateral o bilateral voluntario que interrumpe el desarrollo normal del proceso. Estas formas extraordinarias de conclusión del proceso son: La conciliación, el allanamiento y reconocimiento, la transacción judicial, el desistimiento y el abandono o perención de la instancia.
La existencia de un gran número de litigios en los que la sociedad se ve inmersa y, ante la posibilidad de que los particulares en mérito a la autonomía de la voluntad puedan establecer una forma de juzgamiento sustraído de la jurisdicción estatal - ordinaria, podemos afirmar que los métodos alternativos de solución de conflictos, son útiles para la pacífica convivencia de las personas en sociedad.
La importancia de los medios alternativos de solución de conflictos deviene por las ventajas que confieren. Las ventajas están dadas por que los tribunales del Estado no satisfacen la verdadera necesidad de proporcionar una justicia rápida y de lo posible gratuita, por los procedimientos lentos y complicados que permiten que los juicios se alarguen con incidentes y dificultades.
Una intensa divulgación de los medios alternativos de solución de conflictos, y la conformación de una conciencia de resolución de los conflictos, llevarán a una disminución de las desavenencias, y si estas existen la solución estará dada precisamente por la utilización de estos métodos.
Por Víctor Tomás Quispe Campos
El conflicto de intereses ha existido siempre, desde los inicios de la humanidad, es así, que surgido un conflicto de intereses era resuelto por la imposición de la fuerza, conocida también por la doctrina como Acción Directa, que se caracteriza por la ausencia de terceros para resolver el conflicto de intereses.
Con la evolución de la humanidad llegamos a la etapa moderna, en donde el Estado se apodera de la facultad sancionadora; es decir, se prohíbe la justicia por propia mano, llegando a tipificarse como delito esa conducta.
Pero existen ocasiones en que el Estado no llega o no puede llegar oportunamente con su poder de jurisdicción (administrar justicia), entonces reconoce como solución, pero en forma excepcional, la solución del conflicto imponiendo la fuerza y con ausencia de terceros como por ejemplo: la legítima defensa y la defensa posesoria, etc.
Una de las formas de resolver conflicto de intereses, consiste en que las propias partes resuelven su problema (Autocomposición) y también con la ausencia de un tercero para resolver el conflicto de intereses. Por ejemplo: el desistimiento, que consiste en que el pretensor renuncie al conflicto sacrificando su propio interés; el allanamiento en que el demandado reconoce la pretensión de su atacante. Estas dos formas de resolver el conflicto de intereses pueden darse dentro del proceso. Pero también la Autocomposición se puede darse fuera del proceso como el caso de la transacción, que se deriva de acuerdo entre ambas partes, las mismas que mediante concesiones recíprocas ponen fin a sus conflictos de intereses.
En la Heterocomposición, quien resuelve la controversia es el tercero, el Juez quien representa al Estado en su función jurisdiccional, cuya característica es el sometimiento a un tercero para resolver el conflicto, y por lo tanto aceptar su decisión. Con la Heterocomposición nace el derecho de acción que tiene todo sujeto de derecho de recurrir al órgano jurisdiccional pidiendo tutela jurídica efectiva, para que el Estado, a través del Poder Judicial, resuelva el conflicto de interés mediante el proceso.
Un proceso normalmente termina con la expedición de la sentencia que pone fin a la instancia o al proceso; sin embargo, existen otras formas extraordinarias de terminación de un proceso, ya sea por acto procesal unilateral o bilateral voluntario que interrumpe el desarrollo normal del proceso. Estas formas extraordinarias de conclusión del proceso son: La conciliación, el allanamiento y reconocimiento, la transacción judicial, el desistimiento y el abandono o perención de la instancia.
La existencia de un gran número de litigios en los que la sociedad se ve inmersa y, ante la posibilidad de que los particulares en mérito a la autonomía de la voluntad puedan establecer una forma de juzgamiento sustraído de la jurisdicción estatal - ordinaria, podemos afirmar que los métodos alternativos de solución de conflictos, son útiles para la pacífica convivencia de las personas en sociedad.
La importancia de los medios alternativos de solución de conflictos deviene por las ventajas que confieren. Las ventajas están dadas por que los tribunales del Estado no satisfacen la verdadera necesidad de proporcionar una justicia rápida y de lo posible gratuita, por los procedimientos lentos y complicados que permiten que los juicios se alarguen con incidentes y dificultades.
Una intensa divulgación de los medios alternativos de solución de conflictos, y la conformación de una conciencia de resolución de los conflictos, llevarán a una disminución de las desavenencias, y si estas existen la solución estará dada precisamente por la utilización de estos métodos.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
"AÑO DE LAS CUMBRES MUNDIALES EN EL PERU"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2008-MDI
Imperial, 18 de Junio del 2008
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
POR CUANTO:
VISTO.- En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 17 de Junio del 2008; se contempló Otorgar la Autorización y Permiso de Operación a nuevas Empresas de Transporte de Vehículos Menores, presentado por la Unidad de Transporte de la Municipalidad Distrital de Imperial;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización en su articulo 194º estipula que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y el articulo 195º numeral 5) precisa que las municipalidades tienen competencias para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad;
Que, por mandato del Artículo 200° numeral 4) de la Constitución Política del Estado, las ordenanzas municipales tienen rango de ley, y son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa, conforme lo dispone el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;
Que, el Artículo 81° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 establece que las municipalidades distritales, en materia de tránsito, vialidad y transporte público, ejercen, entre otros, la función específica compartida de otorgar la AUTORIZACIÓN Y PERMISO DE CIRCULACIÓN, nuevas Empresas de vehículos menores y demás, de acuerdo con lo establecido en la regulación provincial; las cuales deberán estar legalmente constituidas e inscrita en los Registros Públicos;
Que, siendo responsabilidad de la Municipalidad Distrital de Imperial, el ordenamiento del tránsito de vehículos menores en la jurisdicción, se realizo un estudio técnico de campo por los Inspectores de Transporte (Informe Nº 028–2008–RGR), en el cual se observa que en el Distrito de Imperial existen alrededor de 1600 vehículos menores (mototaxis), en el Parque Automotor;
Que, actualmente existen 2 Asociaciones y 9 Empresas de Vehículos Menores (mototaxis), inscritas en esta comuna, las cuales han sido analizadas después de la Inspección Visual 2008, y a través del INFORME Nº 001–2008 emitido por los Inspectores encargados de la Inspección Visual, se llego a la conclusión, que estas Empresas y/o Asociaciones no cumplen con la debida regulación y administración, por tener gran numero de socios, locatario y/o inquilinos, generando desorden y caos, sin respetar las normas o disposiciones;
Que, siendo deber de la Municipalidad Distrital de Imperial garantizar que el servicio de transporte público de pasajeros urbano en vehículos menores sea dado en condiciones de calidad y eficiencia, cautelando que los prestadores del servicio organizados en asociaciones, comités y empresas de vehículos menores (mototaxis) cuenten con la autorización municipal y el permiso de operatividad vigentes, garantizando así que sus unidades operen bajo condiciones óptimas de seguridad, se ha visto por conveniente otorgar la Autorización y Permiso de Circulación a 20 Nuevas Empresas debidamente constituidas;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 004–2004–MDI se aprobó el Reglamento para la prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores (Mototaxi) del Distrito de Imperial – Cañete estableciendo en su Art. 12° el período de tres (03) años de vigencia del Permiso de Operación, luego de cumplido los requisitos establecidos por la Municipalidad Distrital de Imperial y la renovación se efectuará en períodos iguales y siempre que se soliciten con anticipación no menor de 30 días hábiles a su vencimiento; plazo que fue ampliado mediante Ordenanza N° 004–2006–MDI, publicado el 29 de septiembre de 2006, por el plazo de diez (10) días hábiles a partir de la fecha de publicación de la referida norma, teniéndose por no presentado en caso de incumplimiento; en el mismo sentido se aprobó el proceso de adecuación a que se refiere la Primera Disposición Complementaria de la referida Ordenanza Municipal;
Que, el legislador municipal, al proceder a la ampliación del plazo actuó con certeza al comprobarse que diversas empresas no se habían acogido a la Ordenanza Municipal, por diversas razones; sin embargo el plazo otorgado de diez (10) días resulta exiguo para que estas empresas tomen conocimiento a través de una amplia campaña publicitaria y reúnan los exigentes requisitos a que se refiere el Artículo 16° de la Ordenanza N° 004–2004–MDI, lo que ha originado que a la fecha algunas empresas continúen operando sin las autorizaciones correspondientes, aún cuando hayan cumplido con las normas contenidas en el Reglamento invocado;
Que, bajo este contexto, es necesario la aplicación de los principios generales del derecho, entre ellos el principio de eficacia preventiva que significa que siempre que exista una posibilidad de evitar que alguien cometa una falta o un delito, o que vuelva a cometerlo, la ley y la justicia deben explotar esa posibilidad, y no otra; siendo en el presente caso una necesidad imperiosa lograr el efecto que se desea o se espera de la Ordenanza Municipal N° 004–2004–MDI, esto es, contar con empresas de transporte en vehículos menores cuya actividad permite la movilización, en rutas cortas, de un importante sector de la población, bajo condiciones de seguridad y permanente control, eliminándose de la mera tramitación los defectos de que adolezca, entre ellos la presentación fuera de los plazos establecidos, ordenando que se subsanen por el interesado, a fin de evitar nulidades de las autorizaciones; vale decir, privilegiar el objetivo de la norma municipal, antes que las formas;
Estando en concordancia con la Ley Nº 27189 Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehículos Menores y de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 el Concejo Municipal Distrital de Imperial, por mayoría aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
ARTICULO 1°.- AUTORIZAR, la inscripción de 20 Nuevas Empresas de Vehículos Menores (Mototaxi), las cuales deberán tener como mínimo 20 socios y como máximo 40 socios.
ARTICULO 2°.- Las Empresas y/o Asociaciones formalizadas, que se encuentran inscritas en este Municipio que superen las 40 unidades, no podrán inscribir nuevas unidades, ni realizar sustituciones. Solo podrán realizar sustituciones presentando su correspondiente carta de baja e inscripciones, cuando se trate de completar la suma autorizada de 40 unidades.
ARTICULO 3º.- Toda Empresa de Vehículo Menor (mototaxis), que solicite su inscripción, será revisado su expediente y analizado por una Comisión Interna, que designe el Alcalde bajo una Resolución de Alcaldía.
ARTICULO 4º.- A las Nuevas Empresas, se les otorgara paraderos, previo estudio técnico, por el Departamento de Transporte , previa coordinación con la Gerencia de Transporte de la M.P.C. y en base a la Ordenanza Nº 020–2004–MPC.
ARTICULO 5º.- Se otorga 60 días hábiles de plazo, para la presentación de los expedientes, solicitando la inscripción, dicha vigencia corre a partir de la publicación de la presente Ordenanza. ARTICULO 6°.- DEJAR sin efecto las disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza.
ARTICULO 7º .- Esta Ordenanza entra en vigencia a partir de su publicación.
POR TANTO:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA
RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
Alcalde
"AÑO DE LAS CUMBRES MUNDIALES EN EL PERU"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2008-MDI
Imperial, 18 de Junio del 2008
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
POR CUANTO:
VISTO.- En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 17 de Junio del 2008; se contempló Otorgar la Autorización y Permiso de Operación a nuevas Empresas de Transporte de Vehículos Menores, presentado por la Unidad de Transporte de la Municipalidad Distrital de Imperial;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización en su articulo 194º estipula que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y el articulo 195º numeral 5) precisa que las municipalidades tienen competencias para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad;
Que, por mandato del Artículo 200° numeral 4) de la Constitución Política del Estado, las ordenanzas municipales tienen rango de ley, y son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa, conforme lo dispone el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;
Que, el Artículo 81° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 establece que las municipalidades distritales, en materia de tránsito, vialidad y transporte público, ejercen, entre otros, la función específica compartida de otorgar la AUTORIZACIÓN Y PERMISO DE CIRCULACIÓN, nuevas Empresas de vehículos menores y demás, de acuerdo con lo establecido en la regulación provincial; las cuales deberán estar legalmente constituidas e inscrita en los Registros Públicos;
Que, siendo responsabilidad de la Municipalidad Distrital de Imperial, el ordenamiento del tránsito de vehículos menores en la jurisdicción, se realizo un estudio técnico de campo por los Inspectores de Transporte (Informe Nº 028–2008–RGR), en el cual se observa que en el Distrito de Imperial existen alrededor de 1600 vehículos menores (mototaxis), en el Parque Automotor;
Que, actualmente existen 2 Asociaciones y 9 Empresas de Vehículos Menores (mototaxis), inscritas en esta comuna, las cuales han sido analizadas después de la Inspección Visual 2008, y a través del INFORME Nº 001–2008 emitido por los Inspectores encargados de la Inspección Visual, se llego a la conclusión, que estas Empresas y/o Asociaciones no cumplen con la debida regulación y administración, por tener gran numero de socios, locatario y/o inquilinos, generando desorden y caos, sin respetar las normas o disposiciones;
Que, siendo deber de la Municipalidad Distrital de Imperial garantizar que el servicio de transporte público de pasajeros urbano en vehículos menores sea dado en condiciones de calidad y eficiencia, cautelando que los prestadores del servicio organizados en asociaciones, comités y empresas de vehículos menores (mototaxis) cuenten con la autorización municipal y el permiso de operatividad vigentes, garantizando así que sus unidades operen bajo condiciones óptimas de seguridad, se ha visto por conveniente otorgar la Autorización y Permiso de Circulación a 20 Nuevas Empresas debidamente constituidas;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 004–2004–MDI se aprobó el Reglamento para la prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores (Mototaxi) del Distrito de Imperial – Cañete estableciendo en su Art. 12° el período de tres (03) años de vigencia del Permiso de Operación, luego de cumplido los requisitos establecidos por la Municipalidad Distrital de Imperial y la renovación se efectuará en períodos iguales y siempre que se soliciten con anticipación no menor de 30 días hábiles a su vencimiento; plazo que fue ampliado mediante Ordenanza N° 004–2006–MDI, publicado el 29 de septiembre de 2006, por el plazo de diez (10) días hábiles a partir de la fecha de publicación de la referida norma, teniéndose por no presentado en caso de incumplimiento; en el mismo sentido se aprobó el proceso de adecuación a que se refiere la Primera Disposición Complementaria de la referida Ordenanza Municipal;
Que, el legislador municipal, al proceder a la ampliación del plazo actuó con certeza al comprobarse que diversas empresas no se habían acogido a la Ordenanza Municipal, por diversas razones; sin embargo el plazo otorgado de diez (10) días resulta exiguo para que estas empresas tomen conocimiento a través de una amplia campaña publicitaria y reúnan los exigentes requisitos a que se refiere el Artículo 16° de la Ordenanza N° 004–2004–MDI, lo que ha originado que a la fecha algunas empresas continúen operando sin las autorizaciones correspondientes, aún cuando hayan cumplido con las normas contenidas en el Reglamento invocado;
Que, bajo este contexto, es necesario la aplicación de los principios generales del derecho, entre ellos el principio de eficacia preventiva que significa que siempre que exista una posibilidad de evitar que alguien cometa una falta o un delito, o que vuelva a cometerlo, la ley y la justicia deben explotar esa posibilidad, y no otra; siendo en el presente caso una necesidad imperiosa lograr el efecto que se desea o se espera de la Ordenanza Municipal N° 004–2004–MDI, esto es, contar con empresas de transporte en vehículos menores cuya actividad permite la movilización, en rutas cortas, de un importante sector de la población, bajo condiciones de seguridad y permanente control, eliminándose de la mera tramitación los defectos de que adolezca, entre ellos la presentación fuera de los plazos establecidos, ordenando que se subsanen por el interesado, a fin de evitar nulidades de las autorizaciones; vale decir, privilegiar el objetivo de la norma municipal, antes que las formas;
Estando en concordancia con la Ley Nº 27189 Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehículos Menores y de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 el Concejo Municipal Distrital de Imperial, por mayoría aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
ARTICULO 1°.- AUTORIZAR, la inscripción de 20 Nuevas Empresas de Vehículos Menores (Mototaxi), las cuales deberán tener como mínimo 20 socios y como máximo 40 socios.
ARTICULO 2°.- Las Empresas y/o Asociaciones formalizadas, que se encuentran inscritas en este Municipio que superen las 40 unidades, no podrán inscribir nuevas unidades, ni realizar sustituciones. Solo podrán realizar sustituciones presentando su correspondiente carta de baja e inscripciones, cuando se trate de completar la suma autorizada de 40 unidades.
ARTICULO 3º.- Toda Empresa de Vehículo Menor (mototaxis), que solicite su inscripción, será revisado su expediente y analizado por una Comisión Interna, que designe el Alcalde bajo una Resolución de Alcaldía.
ARTICULO 4º.- A las Nuevas Empresas, se les otorgara paraderos, previo estudio técnico, por el Departamento de Transporte , previa coordinación con la Gerencia de Transporte de la M.P.C. y en base a la Ordenanza Nº 020–2004–MPC.
ARTICULO 5º.- Se otorga 60 días hábiles de plazo, para la presentación de los expedientes, solicitando la inscripción, dicha vigencia corre a partir de la publicación de la presente Ordenanza. ARTICULO 6°.- DEJAR sin efecto las disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza.
ARTICULO 7º .- Esta Ordenanza entra en vigencia a partir de su publicación.
POR TANTO:
MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA
RICHARD ANDRES YACTAYO DURAN
Alcalde
JUDICIALES
EDICTOS
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2006-0164, a MARIO DAVID FUENTES GUERRA, JUAN FELIPE LOLI DEL RIO Y OFELIA LUYO SUAREZ; declarado REO CONTUMAZ, para LECTURA DE SENTENCIA, Día: 18/07/2008, a horas: 11:30 AM., bajo apercibimiento de ordenarse su ubicación y captura, Delito: ASOCIACION ILICITA PARA DILINQUIR Y OTROS; agraviado: CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE CHINCHA. Cañete 01/07/2008.
Secretario: Castillo
EDICTOS
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0838, a TOMAS EDWINNG SOTO RAMOS, Delito: VIOLACION SEXUAL EN INCAPACIDAD DE RESISTENCIA; agraviado: M.A.F.N. Cañete, 04/07/2008.
Secretario: Vivas
EDICTOS
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2008-0009, a WILLIAM MIRARDO VEDIA GUILLEN, Delito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR; agraviado: menor hija JACKELINE LOREANA VEDIA RENOJO. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2007-0566, a JESUS ANTONIO HUARACA LEVANO, Delito: ROBO AGRAVADO; agraviado: de la menor de iniciales D.L.F.R. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2004-0983, a EDUARDO ALEXANDER RAMIREZ RESURRECCION, Delito: CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR; agraviado: APDAYC. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2006-0857, a JOAO ALBERTO ORE BIONDI, JOHNNTANN RINO ORE BIONDI Y ROBERTO ANGEL CUBILLAS QUIROZ, Delito: ROBO AGRAVADO; agraviado: DANIEL CARBAJAL VIRRUETA. Cañete, 27/06/2008.
Secretario: Ferrer
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete: CESAR CUBILLAS BARRAZA, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, se ha consignado por error el nombre de su madre, como: BERTHA BARRAZA MENES; debiendo ser correctamente como: LEANDRA PROCOPIA BARRAZA MENES. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 08 de Julio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
EDICTOS
EXP. 2006–0595, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 21/06/2006: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra HERMÓGENES CHUQUIPUY SAUÑE en agravio de Kevin Arnold Chuquipuy Challco, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN ONCE, Cañete 25/06/2008 emplácese con edictos al demandado a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL. Cañete 25/06/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén.
14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2007–0837, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 06/12/2007: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra LUZ GUERRA LEVANO Y HERMES EDGARDO SOTELO YATACO en agravio de Jhordan Smith Huallpa Guerra, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN SEIS, Cañete 01/07/2008 emplácese con edictos al demandado HERMES EDGARDO SOTELO YATACO a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. Cañete 01/07/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén. 14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2008-0098; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 31/01/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra JOSÉ SIMÓN FLORES RODRIGUEZ sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente HAYDEE VICTORIA QUISPE GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN SEIS, fecha 20/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2008-0335; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 12/05/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra ISRAEL CRISTOPHER CUENCA SOTO sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente VALENTINA ELIANA YUPAN GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN TRES, Cañete, 26/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 2004-00447-0-0801-JR-CI-1 seguido por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. (antes Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete S.A.A.) contra HERMEN GREGORIO GOMEZ VILLAR Y ELSA CASTILLO ESPINOZA DE GOMEZ sobre ejecución de garantías reales, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzales Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Av. Ramos Nº 447 (antes Nº 487) Distrito de Imperial, Provincia de Cañete y Departamento de Lima; cuyo dominio, área y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
TASACIÓN: US$. 36,212.92 (treinta y seis mil doscientos doce con 92/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 24,141.94 (veinticuatro mil ciento cuarenta y uno con 94/ 100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1) Primera y Preferencial Hipoteca a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de US $ 20,000.00 (veinte mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana).
LUGAR DE REMATE: En el local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando a la tasa judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de expediente y número de DNI en original y copia, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005- JUS y están afectos al IGV Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez - Secretaria Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 11 al 17 de Julio.
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 189-2003 seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra MAXIMO FAUSTO ALARCON ROMAN Y DEMETRIA DELIA LOPEZ DE ALARCON sobre ejecución de garantías, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Jirón Puno Nº 154 distrito de Mala, provincia de Cañete del departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral Nº 21003701 del Registro de Predios de Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao.
TASACIÓN: US$. 49,028.65 (cuarenta y nueve mil veintiocho con 65/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 32,685.76 (treinta y dos mil seiscientos ochenta y cinco con 76/100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: Hipoteca hasta por la suma de US$. 49,028.65 Dólares Americanos a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU inscrita en el asiento D00001 de la partida registral Nº 21003701 del Registro de Predios de Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008, a las 09:00 a.m. (nueve de la mañana).
LUGAR DE REMATE: Local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando DNI en original con copia y tasa judicial en original con copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de Expediente y número de DNI, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal, Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete.
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil Cañete
Publicar: Del 07 al 14 de Julio del 2008.
EDICTOS
EL PRIMER JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2006-0164, a MARIO DAVID FUENTES GUERRA, JUAN FELIPE LOLI DEL RIO Y OFELIA LUYO SUAREZ; declarado REO CONTUMAZ, para LECTURA DE SENTENCIA, Día: 18/07/2008, a horas: 11:30 AM., bajo apercibimiento de ordenarse su ubicación y captura, Delito: ASOCIACION ILICITA PARA DILINQUIR Y OTROS; agraviado: CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE CHINCHA. Cañete 01/07/2008.
Secretario: Castillo
EDICTOS
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2007-0838, a TOMAS EDWINNG SOTO RAMOS, Delito: VIOLACION SEXUAL EN INCAPACIDAD DE RESISTENCIA; agraviado: M.A.F.N. Cañete, 04/07/2008.
Secretario: Vivas
EDICTOS
EL TERCER JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2008-0009, a WILLIAM MIRARDO VEDIA GUILLEN, Delito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR; agraviado: menor hija JACKELINE LOREANA VEDIA RENOJO. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2007-0566, a JESUS ANTONIO HUARACA LEVANO, Delito: ROBO AGRAVADO; agraviado: de la menor de iniciales D.L.F.R. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2004-0983, a EDUARDO ALEXANDER RAMIREZ RESURRECCION, Delito: CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR; agraviado: APDAYC. Cañete, 02/07/2008.
EXP. 2006-0857, a JOAO ALBERTO ORE BIONDI, JOHNNTANN RINO ORE BIONDI Y ROBERTO ANGEL CUBILLAS QUIROZ, Delito: ROBO AGRAVADO; agraviado: DANIEL CARBAJAL VIRRUETA. Cañete, 27/06/2008.
Secretario: Ferrer
RECTIFICACION DE PARTIDA
NOTARIA INGA VASQUEZ
Ante notario de Cañete Dr. Javier Inga Vásquez, en Jr. Jorge Chávez Nº 291, Imperial – Cañete: CESAR CUBILLAS BARRAZA, solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrito en la Municipalidad Distrital de Imperial – Cañete, se ha consignado por error el nombre de su madre, como: BERTHA BARRAZA MENES; debiendo ser correctamente como: LEANDRA PROCOPIA BARRAZA MENES. Presenta medios de prueba. Se publica para fines de ley.
Cañete, 08 de Julio del 2008.
Dr. Javier Inga Vásquez
Abogado
Notario de Cañete
EDICTOS
EXP. 2006–0595, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 21/06/2006: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra HERMÓGENES CHUQUIPUY SAUÑE en agravio de Kevin Arnold Chuquipuy Challco, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN ONCE, Cañete 25/06/2008 emplácese con edictos al demandado a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL. Cañete 25/06/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén.
14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2007–0837, EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Flores, mediante RESOLUCIÓN UNO, Cañete 06/12/2007: ADMITASE la Demanda sobre Violencia Familiar interpuesta contra LUZ GUERRA LEVANO Y HERMES EDGARDO SOTELO YATACO en agravio de Jhordan Smith Huallpa Guerra, vía proceso ÚNICO; RESOLUCIÓN SEIS, Cañete 01/07/2008 emplácese con edictos al demandado HERMES EDGARDO SOTELO YATACO a fin que dentro del Término de QUINCE DIAS, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. Cañete 01/07/2008. Fdo. Juez: Flores, Secretaria: Yerén. 14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2008-0098; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 31/01/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra JOSÉ SIMÓN FLORES RODRIGUEZ sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente HAYDEE VICTORIA QUISPE GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN SEIS, fecha 20/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio
EDICTO
EXP. 2008-0335; EL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CAÑETE, Juez Garnica, mediante RESOLUCIÓN UNO, fecha 12/05/2008: RESUELVE: 1°ADMITIR la Demanda interpuesta contra ISRAEL CRISTOPHER CUENCA SOTO sobre Violencia Familiar - Maltrato Físico en agravio de su conviviente VALENTINA ELIANA YUPAN GUTIERREZ, tramítase conforme al Proceso Unico. 2°. ORDENO como medida de proteccion inmediata que el demandado se abstenga de todo tipo de Violencia Familiar en agravio de su conviviente, bajo apercibimiento de ordenarse su detención. RESOLUCIÓN TRES, Cañete, 26/06/2008, Notifíquese y córrase TRASLADO al presunto agresor por el PLAZO ESPECIAL de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL. Fdo. Juez: Garnica, Secretaria: Lázaro.
14, 15 y 16 de Julio
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 2004-00447-0-0801-JR-CI-1 seguido por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A.A. (antes Caja Rural de Ahorro y Crédito Cañete S.A.A.) contra HERMEN GREGORIO GOMEZ VILLAR Y ELSA CASTILLO ESPINOZA DE GOMEZ sobre ejecución de garantías reales, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete de la Corte Superior de Justicia de Cañete, a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzales Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Av. Ramos Nº 447 (antes Nº 487) Distrito de Imperial, Provincia de Cañete y Departamento de Lima; cuyo dominio, área y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
TASACIÓN: US$. 36,212.92 (treinta y seis mil doscientos doce con 92/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 24,141.94 (veinticuatro mil ciento cuarenta y uno con 94/ 100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: 1) Primera y Preferencial Hipoteca a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CAÑETE hasta por la suma de US $ 20,000.00 (veinte mil con 00/100 Dólares Americanos), inscrita en la Partida Electrónica Nº 90285036, antes Ficha Nº 3387 y tomo 55 Fs. 303 a 304 del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana).
LUGAR DE REMATE: En el local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando a la tasa judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de expediente y número de DNI en original y copia, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005- JUS y están afectos al IGV Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez - Secretaria Judicial - Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Publicar: Del 11 al 17 de Julio.
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA
En el expediente Nº 189-2003 seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra MAXIMO FAUSTO ALARCON ROMAN Y DEMETRIA DELIA LOPEZ DE ALARCON sobre ejecución de garantías, el Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete a cargo del señor Juez Dr. Jacinto Arnaldo Cama Quispe, Especialista Legal Daisy Guzmán Sánchez de conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 28371 que modifica los Artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Jirón Puno Nº 154 distrito de Mala, provincia de Cañete del departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral Nº 21003701 del Registro de Predios de Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao.
TASACIÓN: US$. 49,028.65 (cuarenta y nueve mil veintiocho con 65/100 Dólares Americanos)
BASE DE REMATE: US$. 32,685.76 (treinta y dos mil seiscientos ochenta y cinco con 76/100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación.
AFECTACIONES: Hipoteca hasta por la suma de US$. 49,028.65 Dólares Americanos a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU inscrita en el asiento D00001 de la partida registral Nº 21003701 del Registro de Predios de Cañete de la Oficina Registral de Lima y Callao.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Julio del 2008, a las 09:00 a.m. (nueve de la mañana).
LUGAR DE REMATE: Local del Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete ubicado en Panamericana Sur Km. 144.5 (frente al Instituto Rural Valle Grande) distrito de San Vicente de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% por ciento de la tasación en cheque de Gerencia a su nombre o en efectivo adjuntando DNI en original con copia y tasa judicial en original con copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de Expediente y número de DNI, los honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil y Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Público Registro Nº 195; Especialista Legal, Daisy Guzmán Sánchez, Primer (1º) Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete.
Carlos Alberto Gonzáles Barzotti - Martillero Público - Registro Nº 195
Dra. Daisy Guzmán Sánchez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil Cañete
Publicar: Del 07 al 14 de Julio del 2008.
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