17 abril 2008

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2008-MDQ.
Quilmaná, 02 de Abril del 2008
CAMPAÑA DE VACUNACIÓN CONTRA LA
HEPATITIS B Nº 001-2008-MDQ
El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete
CONSIDERANDO:
Que, en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se establece las competencias Municipales, donde los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencias.
Que la Ley General de Salud Nº 26842 contempla en su título preliminar que la salud es condición indispensable del derecho humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la promoción de la salud tiene como objetivo conservar y mejorar las condiciones deseables de salud para la construcción colectiva de una cultura de salud orientada a la generación de estilos de vida y entornos saludables.
Que, el Estado Peruano, el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional, los Gobiernos Provinciales y Locales, consideran de prioridad sanitaria la "Campaña de Vacunación contra la Hepatitis B", siendo necesario alcanzar coberturas de 100% en todos sus distritos, por grupos de edad: hombres y mujeres comprendidos en las edades de 02 años a 19 años de edad, se asume la corresponsabilidad de l desarrollo y conducción de dicha campaña que se realizará de la siguiente manera:
Primera Dosis …………… 01 al 30 de Abril
Segunda Dosis …………… 01 al 30 de Junio
Tercera Dosis …………… 01 al 31 de Octubre
Que es preciso garantizar el compromiso del Gobierno Local del Distrito de Quilmaná garantizando el apoyo político, legal, técnico, administrativo y los recursos en el desarrollo de las acciones a favor de la Campaña de Vacunación contra la Hepatitis B, con la finalidad de proteger la salud de la población de 02 años a 19 años de edad, del Distrito de Quilmaná; tal como señala el Art. 73, Numeral 2 (2.1) de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972; por ello el Consejo Distrital mencionado, por unanimidad, y con dispensa de la lectura y aprobación del Acta.
RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar de interés Municipal la Campaña de Vacunación contra la Hepatitis B en el municipio de Quilmaná – Cañete.
Artículo 2.- Iniciar el proceso de sensibilización a la población, asiendo uso de comunicación de concertación sobre la importancia de la campaña de vacunación.
Artículo 3.- Incorporar en la agenda pública el tema de vacunación en coordinación con sector Salud.
Artículo 4.- Facilitar al personal, de salud la información de las Organizaciones, Vaso de Leche, Comedores Populares, otros para las respectiva vacunación.
Artículo 5.- Promover la corresponsabilidad y participación social de las diferentes Organizaciones y actores claves en la acciones y educación durante el proceso de vacunación.
Artículo 6.- Involucrar a la sociedad civil Organizada, organizaciones sociales de bases, grupos juveniles, deportivos, comedores populares, instituciones educativas y sector privado en las acciones de movilización social y participación comunitaria.
Artículo 7.- Garantizar el apoyo Político Legal, Técnico, Administrativo en la campaña de vacunación contra la hepatitis B, siendo esta actividad de interés Nacional, Regional y Local, de beneficio para la población y futuras del Distrito de Quilmaná.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
CELESTINO YACTAYO VILLALOBOS
Alcalde del Distrito de Quilmaná - Cañete

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