MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
«Año de la Consolidación Económica y Social del Perú»
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2010/MDCA
Cerro Azul, 11 de Febrero de 2010
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
POR CUANTO:
VISTO.-
En la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha once de Enero del presente año, el proyecto de Ordenanza que precisa que la Ordenanza Municipal Nº 010-2009/MDCA es de aplicación para el ejercicio 2010;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 010-2009 MDCA del 28 de mayo del 2009, se aprobaron las normas reglamentarias que debe cumplir la Administración para otorgar y ejecutar gastos por concepto de Subvenciones;
Que, si bien en la parte considerativa de dicha Ordenanza se hace referencia a que en el presupuesto del año 2009, en la partida subvenciones se asignó al monto ascendente a S/.30,000.00. Sin embargo debe entenderse que la normatividad reglamentaria que contiene dicha Ordenanza debe ser aplicable para las subvenciones que se otorguen en el presente ejercicio 2010;
Que, de acuerdo al Informe Nº 030-2010/PP-MDCA, de fecha 19 de enero del 2010, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; en el Presupuesto Inicial de Apertura 2010, se ha previsto en la Partida Subvenciones el monto ascendente a S/.30,000.00 Nuevos Soles;
Que, es conveniente precisar que la Ordenanza Municipal Nº 010-2009/MDCA, de fecha 28 de mayo de 2009, es de aplicación para el ejercicio fiscal 2010;
De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades No.27972, la Ley Nº 29465 de Presupuesto del Sector Publico 2010, Ley No.28411 del Sistema Nacional de Presupuesto;
Estando a lo expuesto, los señores miembros del Concejo, por unanimidad con dispensa del trámite de aprobación y lectura del Acta, aprobaron la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO UNICO.- PRECISAR que la Ordenanza Municipal Nº 010-2009/MDCA, de fecha 28 de mayo de 2009, que aprobó las normas reglamentarias que debe cumplir la Administración para otorgar y ejecutar gastos por concepto de SUBVENCIONES, es de aplicación para el ejercicio 2010.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
JUANA RASPA VDA. DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
«AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ»
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2010/MDCA
Cerro Azul, 11 de Febrero de 2010
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha once de enero de 2010, el proyecto de Ordenanza respecto a la adopción de acciones tendientes a superar la problemática de la violencia familiar y sexual contra mujeres y menores de edad;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 84º de la Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece como competencia de las Municipalidades planificar y promover el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. Así mismo organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo como niños, adolescentes, mujeres y otros grupos de la población en situación de discriminación.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-07- PCM de fecha 22 de marzo del 2007, se establecen las políticas nacionales en materia de igualdad de Hombres y Mujeres, entre las cuales se señala el impulsar en la sociedad en sus acciones y comunicaciones, la adopción de valores, prácticas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación de las mujeres y la erradicación de la violencia familiar y sexual.
Que, mediante la Ley Nº 28983 de Igualdad de Oportunidades, en su Art. 6º establece como lineamiento para los gobiernos locales desarrollar políticas, planes y programas para la prevención, atención y eliminación de la violencia en todas sus formas y en todos sus espacios, en especial la ejercida contra las mujeres.
Que, asimismo mediante el D.S Nº 09-2005-MIMDES, de fecha doce de setiembre de 2005, en el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010, se determinan responsabilidades a los Gobiernos Locales para generar opinión pública contraria a la violencia a la mujer y promover una cultura de paz.
Que, es necesario fortalecer el rol comunitario a través del apoyo de todos los organismos que tienen presencia en una determinada zona o comunidad, realizando actividades para sensibilizar a la población, promoviendo la toma de conciencia sobre la problemática; la magnitud y los efectos nefastos que genera la violencia sobre todo en los niños y adolescentes.
De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo Municipal; el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER como una problemática que merece urgente atención a la violencia familiar y sexual contra mujeres, niños, niñas y adolescentes.
ARTÍCULO SEGUNDO.- INCORPORAR como líneas estratégicas de las políticas locales prioritarias en el desarrollo social de la comunidad la Prevención de la Violencia basada en Género.
ARTÍCULO TERCERO.- INCORPORAR en la agenda de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, el PLAN TOLERANCIA CERO, a la violencia familiar y sexual, en virtud al cual se desarrollarán las acciones del Plan de prevención.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Oficina de DEMUNA articular acciones con el Centro Emergencia Mujer, Entidad Pública, asignando un presupuesto para las actividades a desarrollar, a través de la DEMUNA, orientada a disminuir la violencia familiar y sexual, de acuerdo al compromiso adquirido.
ARTÍCULO QUINTO.- ESTABLECER acciones de coordinación con Instituciones del Estado y la Sociedad Civil, a fin de coadyuvar al éxito de la aplicación de las estrategias que prevengan y atiendan a las víctimas de violencia familiar y sexual en el Distrito de Cerro Azul, a través de una acción articulada y concertada.
ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial de la Provincia de Cañete «Al día con Matices».
REGISTRESE, COMINIQUESE, CUMPLASE.
JUANA RASPA VDA. DE PAIN
ALCALDESA
Municipalidad Distrital de Cerro Azul
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