15 abril 2010

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2010-A-MDM
Mala, 25 de Marzo de 2010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALA
VISTO:
El Informe Nº 028-2010-GPP/MDM de fecha 11.03.2010, sobre la propuesta del Cronograma de Actividades para la Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Mala PDLC 2010 – 2021, el cual fue aprobado en Sesión Ordinaria del día 23 de Marzo de los corrientes para su cumplimiento por el Equipo Técnico y Actores Locales Participantes del Proceso Participativo para la elaboración del PDLC 2010 – 2021 del Distrito de Mala, y;
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades Distritales, son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencias, conforme se ha establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 28607, concordante con lo previsto en los artículos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, según los artículos 197° y 199° de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley N° 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del capítulo XIV del Titulo sobre descentralización, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población;
Que, mediante Ordenanza N° 005-2010–MDM de fecha 23 de Marzo del 2010, se aprobó el Reglamento para el Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Mala 2010 - 2021; estipulando en su Segunda Disposición Complementaria y Final que el cronograma del proceso de formulación del PDLC 2010 - 2021 será aprobado mediante Decreto de Alcaldía;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidad es – Ley N° 27972 y en cumplimiento de la Ordenanza N° 005–2010-MDM;
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el cronograma de Actividades para la Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Mala 2010 - 2021, según el cuadro adjunto que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.
ARTICULO SEGUNDO: Encargar al Gerente de Planificación y Presupuesto en su calidad de Presidente del Equipo Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía en cuanto le corresponda.
ARTICULO TERCERO: Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Oficial de la Localidad y en la página web de la Municipalidad Distrital de Mala – www.munimala.gob.pe.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde

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